Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de...

47
www.ruoti.com.py

Transcript of Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de...

Page 1: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Page 2: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación de dependencia, se obliga a vender o a comprar efectos de comercio, actuando en nombre propio y por cuenta del comitente.

  NATURALEZA JURÍDICA: Es un “mandato sin

representación con fines específicos”, que sólo pueden ser de compra o de venta. No hay relación de dependencia.

 

Comitente PARTES CELEBRANTES DEL CONTRATO DE COMISIÓN

Comisionista

Page 3: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

COMITENTE: Comerciante que encomienda a otro la venta o compra de bienes, actuando en su propio nombre.

  COMISIONISTA: Comerciante o empresa que

vende o compra bienes “en nombre propio” y “por cuenta de un tercero”, comprometiendo su propio patrimonio.

 

REVOCACIÓN DE LA COMISIÓN: Mientras no haya concluido el negocio, el comitente podrá revocar el mandato, debiendo pagar la comisión en forma proporcional y restituir los gastos efectuados.

Page 4: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

El comisionista actúa a nombre propio

El mandatario actúa a nombre del mandante

Con el Mandato El comisionista compromete su patrimonio

El mandatario compromete el patrimonio del mandante.

DIFERENCIAS La comisión sólo comprende

negocios de c/vta. determinados CON El mandato puede

comprender todos los negocios del mandante

OTROS CONTRATOS El comisionista contrata por sí;

es parte en el contrato

  Con el Corretaje El corredor no contrata;

sólo acerca a las partes contratantes

Page 5: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Comisión de compra: puede vender lo que es suyo, siempre

que no lo haga a un precio superior al corriente el día de la operación.

ENTRADA DEL COMISIONISTA EN EL CONTRATO Comisión de venta: puede comprar

lo que se le encargó vender, siempre

que no lo haga a un precio inferior al corriente el día de la operación.

Page 6: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Asunción por el Comisionista de los riesgos de la cobranza: Asume el carácter

de codeudor solidario o deudor principal y

tiene derecho a mayor comisión.

  

 

Mala fe del Comisionista: Pierde el derecho a toda

remuneración.

Page 7: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Mandato mercantil

Oneroso

Caracteres del contrato Bilateral de Comisión No formal

Comprende operaciones de compra y de venta.

Page 8: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

*Cumplir la comisión, ajustándose a las instrucciones del

Comitente *Conservar en buen estado los

efectos recibidos del Comitente

Del Comisionista *Comunicar al Comitente las condiciones concertadas de

venta a plazos * Rendir cuentas documentadas de

las operaciones cumplidas Obligaciones   *Dar las instrucciones para el

cumplimiento de la comisión

* Entregar los efectos necesarios para el cumplimiento de la comisión

Del Comitente * Pagar la comisión, salvo mala fe del comisionista

*Reembolsar los gastos incurridos por el comisionista

Page 9: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Entre Comitente

y Comisionista: Se rigen por las reglas del mandato

Relaciones emergentes

Del Se rigen por las reglas de la c/vta.

Contrato de Comisión Entre Comisionista

y sus contratantes

El comisionista se obliga personalmente como comprador o vendedor, según el caso.

Page 10: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Percibir la comisión

Fundamentales

Derechos del Comisionista Restitución de

los gastos

 

 

Accesorio Derecho de Retención

Page 11: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Concepto: Contrato por el cual un comerciante encarga a otro, que no se halla en relación de dependencia, para mediar con interesados en la celebración de uno o más contratos tenidos en mira por el primero, con la promesa de abonarle, como comisión, un porcentaje determinado sobre el monto del contrato celebrado.

Page 12: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Mayoría de edadRequisitos para ser Título de BachillerCorredor Libre administración

de sus bienes Reunir las condiciones para ser comerciante

*Ministro de alguna iglesia

No ser *Juez

*Fiscal *Defensor Público

*Funcionario Público

*Fallido

Page 13: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Pluralidad de Corredores: Cada uno cobra una parte de la comisión

 

 

Consensual

Bilateral (Oneroso)

Caracteres del contrato No formal

Vinculado a un contrato principal

Page 14: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Con el mandato

 Diferencia con otrosContratos similares Con la

comisión

 

 

Con la agencia

Page 15: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

*El corredor no contrata.

*El mandatario contrata en nombre del mandante.

*El mandato tiene una aplicación temporal extensa.

Con el de mandato *El corretaje se pacta para uno o varios actos de-

terminados.

*El mandato implica una intermediación prevalecientemente jurídica.

*El corretaje implica una intermedicación prevale-

cientemente fáctica

Page 16: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

*El corredor no contrata.

*El comisionista contrata a nombre propio.

*El corredor no puede adquirir para sí lo que se le encargó vender.

Con la comisión *El comisionista puede, ajustándose al precio corriente.

*El corredor no tiene derecho a la restitución de los gastos (salvo acuerdo

en contrario).

*El comisionista tiene derecho al reembolso de los gastos.

Page 17: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

*El corredor no tiene limitaciones geográficas fijadas por el

comitente.

Con la Agencia *La agencia tiene fijadas sus competencias geográficas

*El corretaje se contrata para ciertos contratos concretos.

*La agencia implica una actividad permanente (de cap- tación de clientes)

Page 18: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

En la Ciudad de Asunción, Capital de la República del En la Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los diez y nueve días del mes de marzo de Paraguay, a los diez y nueve días del mes de marzo de dos mil doce, entre la firma “dos mil doce, entre la firma “AA” S.AAA” S.A., con domicilio en ., con domicilio en Mariscal López Nº.223, Edificio “AA”, Piso 3, Oficina Mariscal López Nº.223, Edificio “AA”, Piso 3, Oficina “B”, de esta capital, RUC. ............., representada por su “B”, de esta capital, RUC. ............., representada por su Presidente, Sr. Presidente, Sr. MARIO PEDRO GONZÁLEZ MARIO PEDRO GONZÁLEZ RAMÍREZRAMÍREZ, que en adelante podrá ser denominada , que en adelante podrá ser denominada LA LA COMITENTECOMITENTE, por una parte, y por la otra el Señor , por una parte, y por la otra el Señor VÍCTOR PEDRO MARTÍNEZ RIALTO, VÍCTOR PEDRO MARTÍNEZ RIALTO, con con C.I.Nº............ y R.U.C. Nº.............C.I.Nº............ y R.U.C. Nº.............,, en adelante EL en adelante EL COMISIONISTA, domiciliado en ......................., COMISIONISTA, domiciliado en ......................., igualmente de esta capital,igualmente de esta capital,

Page 19: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

EXPONEN  1) 1) Que LA COMITENTE es una persona jurídica Que LA COMITENTE es una persona jurídica

de derecho privado, legalmente constituida como de derecho privado, legalmente constituida como sociedad anónima de conformidad con las leyes sociedad anónima de conformidad con las leyes de la República del Paraguay, según consta en la de la República del Paraguay, según consta en la escritura pública número ....., de escritura pública número ....., de fecha................., pasada ante el Escribano fecha................., pasada ante el Escribano Público................., debidamente inscripta en el Público................., debidamente inscripta en el Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones bajo el Nº....., al folio............., en fecha............ y bajo el Nº....., al folio............., en fecha............ y en el Registro Público de Comercio bajo el en el Registro Público de Comercio bajo el Nº..........., al folio..........., en fecha............Nº..........., al folio..........., en fecha............

  2) 2) Que LA COMITENTE tiene por objeto social Que LA COMITENTE tiene por objeto social

primordial la fabricación de.................., actividad primordial la fabricación de.................., actividad que es realizada en los establecimientos fabriles que es realizada en los establecimientos fabriles ubicados en..............ubicados en..............

Page 20: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

3) 3) Que LA COMITENTE tiene producidas tantas Que LA COMITENTE tiene producidas tantas unidades de..................., con las siguientes unidades de..................., con las siguientes características: a).........; b)....; c)...........características: a).........; b)....; c)...........

  

4) 4) Que siendo interés de LA COMITENTE la venta Que siendo interés de LA COMITENTE la venta de la referida producción fabril al mejor precio de la referida producción fabril al mejor precio posible, sin asumir las responsabilidades derivadas posible, sin asumir las responsabilidades derivadas del contrato de compraventa, requiere del concurso del contrato de compraventa, requiere del concurso de profesionales del comercio que concreten, a de profesionales del comercio que concreten, a nombre propio, la venta de la producción de nombre propio, la venta de la producción de referencia, estando en condiciones de cumplir referencia, estando en condiciones de cumplir acabadamente con las obligaciones que el acabadamente con las obligaciones que el COMISIONISTA llegue a contraer.COMISIONISTA llegue a contraer.

Page 21: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

5) 5) Que quien firma por LA COMITENTE es su Que quien firma por LA COMITENTE es su representante legal y cuenta con las debidas representante legal y cuenta con las debidas potestades estatutarias para la celebración del potestades estatutarias para la celebración del presente contrato y para obligar a su representada en presente contrato y para obligar a su representada en los términos del mismo.los términos del mismo.

  

6) 6) Que EL COMISIONISTA es una persona física que Que EL COMISIONISTA es una persona física que se dedica con exclusividad a la profesión de se dedica con exclusividad a la profesión de comisionista mercantil, encontrándose debidamente comisionista mercantil, encontrándose debidamente inscripto como comerciante en el Registro Público de inscripto como comerciante en el Registro Público de Comercio.Comercio.

  

7) 7) Que EL COMISIONISTA tiene por especialidad Que EL COMISIONISTA tiene por especialidad profesional la compraventa de productos correspon-profesional la compraventa de productos correspon-dientes al rubro a cuya fabricación se dedica LA dientes al rubro a cuya fabricación se dedica LA COMITENTE.COMITENTE.

Page 22: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

8) 8) Que siendo interés del COMISIONISTA la Que siendo interés del COMISIONISTA la obtención de la ganancia que, en concepto de obtención de la ganancia que, en concepto de comisión, se abona por la tarea indicada, están dadas comisión, se abona por la tarea indicada, están dadas las condiciones para la concreción de un contrato de las condiciones para la concreción de un contrato de comisión de venta la mencionada producción,.comisión de venta la mencionada producción,.

  

9) 9) Que en virtud de lo expuesto, ambas partes han Que en virtud de lo expuesto, ambas partes han decidido libre y voluntariamente celebrar el presente decidido libre y voluntariamente celebrar el presente contrato de comisión de venta de los productos que contrato de comisión de venta de los productos que se mencionan en este contrato, el cual se regirá por se mencionan en este contrato, el cual se regirá por las anteriores declaraciones y al tenor de las las anteriores declaraciones y al tenor de las siguientes: siguientes:

Page 23: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

CLÁUSULAS Y CONDICIONESCLÁUSULAS Y CONDICIONES

  

PRIMERA: Objeto del contrato. PRIMERA: Objeto del contrato. LA LA COMITENTE encomienda al COMISIONISTA, y COMITENTE encomienda al COMISIONISTA, y éste acepta, la realización de la gestión comercial éste acepta, la realización de la gestión comercial consistente en la venta de los productos de su consistente en la venta de los productos de su fabricación correspondiente al año 2012, fabricación correspondiente al año 2012, individualizados como: a).......; b).............; individualizados como: a).......; b).............; c)....................., con el encargo de no cerrar c)....................., con el encargo de no cerrar ninguna operación por un precio inferior a ninguna operación por un precio inferior a (Gs............) ............GUARANÍES por cada unidad.(Gs............) ............GUARANÍES por cada unidad.

Page 24: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

SEGUNDA: Documentos que integran este contrato. Además del presente texto, forman parte de este contrato los siguientes documentos:

a) Los que sean necesarios para el ofrecimiento de la mercadería cuya venta constituye el objeto del presente acuerdo;

b) La matrícula de comerciante del COMISIONISTA;

c) Cualquier otro documento adicional o posterior que acordaren emitir las partes para complementación o aclaración de lo estipulado en el presente contrato; y

d) Todas las cartas, notas o comunicaciones que las partes se hicieren recíprocamente, durante la vigencia del presente contrato.

Page 25: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

TERCERA: Instrucciones. TERCERA: Instrucciones. En el cumplimiento del En el cumplimiento del presente contrato, el COMISIONISTA deberá cumplir presente contrato, el COMISIONISTA deberá cumplir fielmente, sin perjuicio de otras que se le den en lo fielmente, sin perjuicio de otras que se le den en lo sucesivo, las siguientes instrucciones: a) .........; b).........; sucesivo, las siguientes instrucciones: a) .........; b).........; c).............c).............

   CUARTA: Comisión. CUARTA: Comisión. La retribución del La retribución del

COMISIONISTA, en caso de concretar efectivamente la COMISIONISTA, en caso de concretar efectivamente la operación de venta de los productos antes operación de venta de los productos antes individualizados, será del (....%) .................POR CIENTO, individualizados, será del (....%) .................POR CIENTO, calculado directamente sobre el precio neto de venta – calculado directamente sobre el precio neto de venta – excluidos los gastos – de cada unidad vendida. El monto excluidos los gastos – de cada unidad vendida. El monto resultante será abonado, IVA incluido, contra entrega de resultante será abonado, IVA incluido, contra entrega de las facturas correspondientes.las facturas correspondientes.

   QUINTA: Forma de pago de la comisión. QUINTA: Forma de pago de la comisión. El pago de El pago de

las sumas resultantes de la gestión de venta las sumas resultantes de la gestión de venta encomendada al COMISIONISTA le será abonado por la encomendada al COMISIONISTA le será abonado por la COMITENTE en forma mensual, el día 5 de cada mes, COMITENTE en forma mensual, el día 5 de cada mes, conforme a la producción correspondiente al mes conforme a la producción correspondiente al mes inmediato anteriorinmediato anterior

Page 26: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

SEXTA: Gastos. SEXTA: Gastos. Los gastos que demande el Los gastos que demande el cumplimiento de la comisión correrán por cuenta de cumplimiento de la comisión correrán por cuenta de LA COMITENTE. A los efectos de la restitución, EL LA COMITENTE. A los efectos de la restitución, EL COMISIONISTA deberá presentar a la primera, a más COMISIONISTA deberá presentar a la primera, a más tardar el último día de cada mes, los comprobantes tardar el último día de cada mes, los comprobantes legales respectivos. La restitución mencionada será legales respectivos. La restitución mencionada será efectivizada juntamente con el pago de las comisiones efectivizada juntamente con el pago de las comisiones en las oportunidades previstas en la cláusula anterior.en las oportunidades previstas en la cláusula anterior.

  

SÉPTIMA: Muestras.SÉPTIMA: Muestras. A la firma del presente A la firma del presente contrato, LA COMITENTE entrega al contrato, LA COMITENTE entrega al COMISIONISTA, para facilitar la oferta en venta de COMISIONISTA, para facilitar la oferta en venta de los productos a los que se hace referencia en la los productos a los que se hace referencia en la cláusula primera, las siguientes muestras: cláusula primera, las siguientes muestras: a)..............., b).............., c)................a)..............., b).............., c)................

Page 27: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

OCTAVA: Venta a plazos.OCTAVA: Venta a plazos. El COMISIONISTA podrá El COMISIONISTA podrá vender los efectos mencionados en el presente vender los efectos mencionados en el presente contrato, concediendo plazos para el pago a los contrato, concediendo plazos para el pago a los respectivos compradores no mayores a seis meses. EL respectivos compradores no mayores a seis meses. EL COMISIONISTA asumirá para tales casos la calidad COMISIONISTA asumirá para tales casos la calidad de codeudor solidario de las sumas por las que ha de codeudor solidario de las sumas por las que ha concedido los referidos plazos para el cumplimiento concedido los referidos plazos para el cumplimiento por los compradores de la obligación de pago.por los compradores de la obligación de pago.

   NOVENANOVENA Entrega de la mercancía vendida por el Entrega de la mercancía vendida por el

comisionistacomisionista: LA COMITENTE se obliga a entregar : LA COMITENTE se obliga a entregar al comprador la mercancía que en cumplimiento del al comprador la mercancía que en cumplimiento del presente contrato sea vendida por el COMISIONISTA. presente contrato sea vendida por el COMISIONISTA. La entrega deberá ser realizada debidamente La entrega deberá ser realizada debidamente empacada en el plazo de.......días contado desde el empacada en el plazo de.......días contado desde el pedido que, en tal sentido, le haga este último, el cual pedido que, en tal sentido, le haga este último, el cual deberá indicar los datos del comprador, así como la deberá indicar los datos del comprador, así como la cantidad a ser entregada y el lugar de entrega. cantidad a ser entregada y el lugar de entrega.

Page 28: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

DÉCIMA. Revocación de la comisión.DÉCIMA. Revocación de la comisión. Cuando lo Cuando lo estime conveniente y sin necesidad de expresión de causa, estime conveniente y sin necesidad de expresión de causa, LA COMITENTE podrá resolver el presente contrato, LA COMITENTE podrá resolver el presente contrato, bastando la mera comunicación fehaciente de tal decisión bastando la mera comunicación fehaciente de tal decisión al COMISIONISTA, quien deberá cesar de inmediato en al COMISIONISTA, quien deberá cesar de inmediato en sus gestiones. El pago proporcional por las gestiones sus gestiones. El pago proporcional por las gestiones cumplidas hasta entonces y la restitución de los gastos cumplidas hasta entonces y la restitución de los gastos realizados en virtud de ellas será efectivizado por LA realizados en virtud de ellas será efectivizado por LA COMITENTE en el plazo de diez días, contado desde la COMITENTE en el plazo de diez días, contado desde la presentación por el COMISIONISTA de los comprobantes presentación por el COMISIONISTA de los comprobantes respectivos.respectivos.

   UNDÉCIMA: EXCLUSIONES: UNDÉCIMA: EXCLUSIONES: Queda expresamente Queda expresamente

excluido del presente contrato cualquier otro producto de excluido del presente contrato cualquier otro producto de fabricación de la COMITENTE que no haya sido fabricación de la COMITENTE que no haya sido especificado en la cláusula primera.especificado en la cláusula primera.

   DUODÉCIMA: Modificaciones del contrato. DUODÉCIMA: Modificaciones del contrato. Cualquier Cualquier

modificación del presente contrato deberá efectuarse modificación del presente contrato deberá efectuarse previo acuerdo por escrito en Anexos al mismo, los cuales previo acuerdo por escrito en Anexos al mismo, los cuales deberán ser suscriptos por las partes.deberán ser suscriptos por las partes.

Page 29: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

DÉCIMO-TERCERA: Resolución del contrato por DÉCIMO-TERCERA: Resolución del contrato por motivos imputables a la comitente.motivos imputables a la comitente. Serán causas de Serán causas de resolución del presente contrato: a) la omisión en la resolución del presente contrato: a) la omisión en la comunicación de las instrucciones que impida el comunicación de las instrucciones que impida el cumplimiento de la comisión; b) la no entrega de los cumplimiento de la comisión; b) la no entrega de los elementos necesarios para el normal desarrollo de la elementos necesarios para el normal desarrollo de la gestión encomendada; c) la falta de pago de la gestión encomendada; c) la falta de pago de la comisión; y d) la negativa expresa o tácita de comisión; y d) la negativa expresa o tácita de reembolsar los gastos ocasionados por el cumplimiento reembolsar los gastos ocasionados por el cumplimiento del contrato.del contrato.

   DÉCIMO-CUARTA: Resolución del contrato por DÉCIMO-CUARTA: Resolución del contrato por

motivos imputables al comisionista. motivos imputables al comisionista. Serán causas Serán causas de resolución del presente contrato: a) el apartamiento de resolución del presente contrato: a) el apartamiento de las instrucciones conferidas por LA COMITENTE; b) de las instrucciones conferidas por LA COMITENTE; b) la no conservación en buen estado de los efectos la no conservación en buen estado de los efectos recibidos para el cumplimiento del contrato; c) la no recibidos para el cumplimiento del contrato; c) la no comunicación a la COMITENTE de las condiciones en comunicación a la COMITENTE de las condiciones en que ha realizado las ventas a plazos, con la justificación que ha realizado las ventas a plazos, con la justificación documental correspondiente; d) la no rendición de documental correspondiente; d) la no rendición de cuentas respecto a las operaciones cumplidas.cuentas respecto a las operaciones cumplidas.

Page 30: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

DÉCIMO-QUINTA. Vigencia del contratoDÉCIMO-QUINTA. Vigencia del contrato. Ambas . Ambas partes convienen que una vez que LA COMITENTE haya partes convienen que una vez que LA COMITENTE haya entregado la totalidad de la mercancía vendida por el entregado la totalidad de la mercancía vendida por el COMISIONISTA y éste haya percibido plenamente todos y COMISIONISTA y éste haya percibido plenamente todos y cada uno de los créditos a su favor estipulados en el cada uno de los créditos a su favor estipulados en el presente instrumento, operará automáticamente su presente instrumento, operará automáticamente su terminación. terminación.

   DÉCIMO-SEXTA. Incesibilidad de derechos y DÉCIMO-SEXTA. Incesibilidad de derechos y

obligacionesobligaciones EL COMISIONISTA no podrá ceder o EL COMISIONISTA no podrá ceder o transferir total o parcialmente las obligaciones derivadas transferir total o parcialmente las obligaciones derivadas para él de este contrato, sin la anuencia prestada por LA para él de este contrato, sin la anuencia prestada por LA COMITENTE, la que deberá constar por escrito fehaciente.COMITENTE, la que deberá constar por escrito fehaciente.

   DÉCIMO-SÉPTIMA. Confidencialidad. DÉCIMO-SÉPTIMA. Confidencialidad. Ambas partes Ambas partes

se obligan por tiempo indeterminado a mantener absoluta se obligan por tiempo indeterminado a mantener absoluta confidencialidad respecto a todos los datos, las confidencialidad respecto a todos los datos, las estadísticas y las informaciones técnica, legal, comercial o estadísticas y las informaciones técnica, legal, comercial o de cualquier índole a los cuales acceda o tome de cualquier índole a los cuales acceda o tome conocimiento como consecuencia directa o indirecta de la conocimiento como consecuencia directa o indirecta de la celebración del presente contrato.celebración del presente contrato.

Page 31: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

DÉCIMO-OCTAVA. Legislación aplicable.DÉCIMO-OCTAVA. Legislación aplicable. En En todo lo convenido y en lo que no se encuentre todo lo convenido y en lo que no se encuentre expresamente previsto, este contrato se regirá por expresamente previsto, este contrato se regirá por las disposiciones pertinentes del Código Civil las disposiciones pertinentes del Código Civil Paraguayo y, en su defecto, por los usos y prácticas Paraguayo y, en su defecto, por los usos y prácticas comerciales reconocidos por éste. comerciales reconocidos por éste.

  

DÉCIMO-NOVENA. Domicilios. DÉCIMO-NOVENA. Domicilios. Para todo lo que Para todo lo que hubiere lugar en derecho, las partes constituyen hubiere lugar en derecho, las partes constituyen sus domicilios en los lugares mencionados al inicio. sus domicilios en los lugares mencionados al inicio. Todo cambio de domicilio deberá ser notificado por Todo cambio de domicilio deberá ser notificado por escrito, vía carta certificada, telegrama o telefax, escrito, vía carta certificada, telegrama o telefax, para tener validez legal.para tener validez legal.

Page 32: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

VIGÉSIMA. Arbitraje. VIGÉSIMA. Arbitraje. Las partes acuerdan someter Las partes acuerdan someter cualquier controversia que surja de la ejecución de este cualquier controversia que surja de la ejecución de este contrato o tenga relación con el mismo, con su contrato o tenga relación con el mismo, con su interpretación, validez o invalidez, a un proceso de interpretación, validez o invalidez, a un proceso de mediación ante el Centro de Arbitraje y Mediación del mediación ante el Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay de la Cámara de Comercio y Servicios del Paraguay de la Cámara de Comercio y Servicios del Paraguay. Para el caso que las partes no resuelvan la Paraguay. Para el caso que las partes no resuelvan la controversia en el procedimiento de mediación, se obligan controversia en el procedimiento de mediación, se obligan a someter sus diferencias a arbitraje ante un tribunal a someter sus diferencias a arbitraje ante un tribunal arbitral conformado por tres árbitros designados de la lista arbitral conformado por tres árbitros designados de la lista del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación del del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo Paraguay, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo definitivo vinculante para las partes. En ambos casos, se definitivo vinculante para las partes. En ambos casos, se aplicarán los reglamentos respectivos y demás aplicarán los reglamentos respectivos y demás disposiciones que regulen dichos procedimientos al disposiciones que regulen dichos procedimientos al momento de recurrir a los mismos, declarando las partes momento de recurrir a los mismos, declarando las partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato. Para la ejecución del integrante del presente contrato. Para la ejecución del laudo arbitral, las partes establecen la competencia de los laudo arbitral, las partes establecen la competencia de los tribunales de Asunción, República del Paraguay, con tribunales de Asunción, República del Paraguay, con renuncia expresa a cualquier otro que pudiere llegar a renuncia expresa a cualquier otro que pudiere llegar a corresponder.corresponder.

Page 33: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Así se da por perfeccionado el presente  contrato, a Así se da por perfeccionado el presente  contrato, a  cuyo fiel cumplimiento se obligan las partes y, en  cuyo fiel cumplimiento se obligan las partes y, en  prueba  de conformidad,  lo suscriben en el lugar y  prueba  de conformidad,  lo suscriben en el lugar y fecha arriba  expresados en dos ejemplares de un fecha arriba  expresados en dos ejemplares de un mismo tenor y efecto, recibiendo  cada parte el que mismo tenor y efecto, recibiendo  cada parte el que le corresponde, conforme a derecho.le corresponde, conforme a derecho.

P/LA COMITENTE EL COMISIONISTA

Page 34: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

En la Ciudad de Asunción, Capital de la República En la Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los diez y nueve días del mes de del Paraguay, a los diez y nueve días del mes de marzo de dos mil doce, entre la firma “marzo de dos mil doce, entre la firma “AA” S.AAA” S.A., ., con domicilio en Mariscal López Nº.223, Edificio con domicilio en Mariscal López Nº.223, Edificio “AA”, Piso 3, Oficina “B”, de esta capital, “AA”, Piso 3, Oficina “B”, de esta capital, RUC. ............., representada por su Presidente, Sr. RUC. ............., representada por su Presidente, Sr. MARIO PEDRO GONZÁLEZ RAMÍREZMARIO PEDRO GONZÁLEZ RAMÍREZ, que en , que en adelante podrá ser denominada adelante podrá ser denominada LA COMITENTELA COMITENTE, , por una parte, y por la otra el Señor por una parte, y por la otra el Señor VÍCTOR VÍCTOR PEDRO MARTÍNEZ RIALTO, PEDRO MARTÍNEZ RIALTO, con C.I.Nº............ y con C.I.Nº............ y R.U.C. Nº.............R.U.C. Nº.............,, en adelante EL CORREDOR, en adelante EL CORREDOR, domiciliado en ......................., igualmente de esta domiciliado en ......................., igualmente de esta capital,capital,

Page 35: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

EXPONEN  1) 1) Que LA COMITENTE es una persona jurídica de derecho Que LA COMITENTE es una persona jurídica de derecho

privado, legalmente constituida como sociedad anónima privado, legalmente constituida como sociedad anónima de conformidad con las leyes de la República del de conformidad con las leyes de la República del Paraguay, según consta en la escritura pública Paraguay, según consta en la escritura pública número ....., de fecha................., pasada ante el número ....., de fecha................., pasada ante el Escribano Público................., debidamente inscripta en el Escribano Público................., debidamente inscripta en el Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones bajo el Registro de Personas Jurídicas y Asociaciones bajo el Nº....., al folio............., en fecha............ y en el Registro Nº....., al folio............., en fecha............ y en el Registro Público de Comercio bajo el Nº..........., al folio..........., en Público de Comercio bajo el Nº..........., al folio..........., en fecha............fecha............

  2) 2) Que LA COMITENTE tiene por objeto social primordial Que LA COMITENTE tiene por objeto social primordial

la fabricación de.................., actividad que es realizada la fabricación de.................., actividad que es realizada en los establecimientos fabriles ubicados en..............en los establecimientos fabriles ubicados en..............

  3) 3) Que LA COMITENTE tiene producidas tantas unidades Que LA COMITENTE tiene producidas tantas unidades

de..................., con las siguientes características: de..................., con las siguientes características: a).........; b)....; c)...........a).........; b)....; c)...........

Page 36: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

4) 4) Que siendo interés de LA COMITENTE la venta de la referida Que siendo interés de LA COMITENTE la venta de la referida producción fabril al mejor precio posible, requiere del concurso de producción fabril al mejor precio posible, requiere del concurso de intermediarios profesionales del comercio que consigan compradores intermediarios profesionales del comercio que consigan compradores de la producción de referencia, estando en condiciones de cumplir de la producción de referencia, estando en condiciones de cumplir acabadamente con las obligaciones que el CORREDOR llegue a acabadamente con las obligaciones que el CORREDOR llegue a contraer.contraer.

  

5) 5) Que quien firma por LA COMITENTE es su representante legal y Que quien firma por LA COMITENTE es su representante legal y cuenta con las debidas potestades estatutarias para la celebración del cuenta con las debidas potestades estatutarias para la celebración del presente contrato y para obligar a su representada en los términos del presente contrato y para obligar a su representada en los términos del mismo.mismo.

  

6) 6) Que EL CORREDOR es una persona física que se dedica con Que EL CORREDOR es una persona física que se dedica con exclusividad a la profesión de corretaje mercantil, encontrándose exclusividad a la profesión de corretaje mercantil, encontrándose debidamente inscripto como comerciante en el Registro Público de debidamente inscripto como comerciante en el Registro Público de Comercio.Comercio.

  

7) 7) Que EL CORRETAJE tiene por especialidad profesional la Que EL CORRETAJE tiene por especialidad profesional la intermediación en la compraventa de productos correspondientes al intermediación en la compraventa de productos correspondientes al rubro a cuya fabricación se dedica LA COMITENTE.rubro a cuya fabricación se dedica LA COMITENTE.

Page 37: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

8) 8) Que siendo interés del CORREDOR la obtención Que siendo interés del CORREDOR la obtención de la ganancia que, en concepto de comisión, se de la ganancia que, en concepto de comisión, se abona por la tarea indicada, están dadas las abona por la tarea indicada, están dadas las condiciones para la concreción de un contrato de condiciones para la concreción de un contrato de comisión de venta la mencionada producción.comisión de venta la mencionada producción.

  

9) 9) Que en virtud de lo expuesto, ambas partes han Que en virtud de lo expuesto, ambas partes han decidido libre y voluntariamente celebrar el decidido libre y voluntariamente celebrar el presente contrato de corretaje para la obtención de presente contrato de corretaje para la obtención de interesados en la adquisición en compra de los interesados en la adquisición en compra de los productos que se mencionan en este contrato, el productos que se mencionan en este contrato, el cual se regirá por las anteriores declaraciones y al cual se regirá por las anteriores declaraciones y al tenor de las siguientes: tenor de las siguientes:

Page 38: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

CLÁUSULAS Y CONDICIONESCLÁUSULAS Y CONDICIONES   PRIMERA: Objeto del contrato. PRIMERA: Objeto del contrato. LA COMITENTE encomienda al LA COMITENTE encomienda al

CORREDOR, y éste acepta, la realización de la gestión comercial CORREDOR, y éste acepta, la realización de la gestión comercial consistente en la obtención de interesados en la compra de los consistente en la obtención de interesados en la compra de los productos de su fabricación correspondiente al año 2012, productos de su fabricación correspondiente al año 2012, individualizados como: a).......; b).............; c)....................., con el individualizados como: a).......; b).............; c)....................., con el encargo de no ofrecer ninguna operación por un precio inferior a encargo de no ofrecer ninguna operación por un precio inferior a (Gs............) ............GUARANÍES por cada unidad.(Gs............) ............GUARANÍES por cada unidad.

   SEGUNDA: Documentos que integran este contrato. Además

del presente texto, forman parte de este contrato los siguientes documentos: a) Los que sean necesarios para el ofrecimiento de la mercadería cuya venta constituye el objeto del presente acuerdo; b) La matrícula de comerciante del CORREDOR;c) Cualquier otro documento adicional o posterior que acordaren emitir las partes para complementación o aclaración de lo estipulado en el presente contrato; yd) Todas las cartas, notas o comunicaciones que las partes se hicieren recíprocamente, durante la vigencia del presente contrato.

  

Page 39: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

TERCERA: Instrucciones. TERCERA: Instrucciones. En el cumplimiento En el cumplimiento del presente contrato, el CORREDOR deberá del presente contrato, el CORREDOR deberá cumplir fielmente, sin perjuicio de otras que se le cumplir fielmente, sin perjuicio de otras que se le den en lo sucesivo, las siguientes instrucciones: den en lo sucesivo, las siguientes instrucciones: a) .........; b).........; c).............a) .........; b).........; c).............

   CUARTA: Comisión. CUARTA: Comisión. La retribución del La retribución del

CORREDOR, en caso de obtener compradores de CORREDOR, en caso de obtener compradores de los productos antes individualizados, será del (....los productos antes individualizados, será del (....%) .................POR CIENTO, calculado %) .................POR CIENTO, calculado directamente sobre el precio neto de venta – directamente sobre el precio neto de venta – excluidos los gastos – de cada unidad vendida. El excluidos los gastos – de cada unidad vendida. El monto resultante será abonado, IVA incluido, monto resultante será abonado, IVA incluido, contra entrega de las facturas correspon-dientes. contra entrega de las facturas correspon-dientes. El pago se hará sin perjuicio de la comisión que EL El pago se hará sin perjuicio de la comisión que EL CORREDOR pueda percibir de la otra parte CORREDOR pueda percibir de la otra parte contratante.contratante.

Page 40: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

QUINTA: Forma de pago de la comisión. QUINTA: Forma de pago de la comisión. El pago El pago de las sumas resultantes de la gestión de venta de las sumas resultantes de la gestión de venta encomendada al CORREDOR le será abonado por la encomendada al CORREDOR le será abonado por la COMITENTE en forma mensual, el día 5 de cada mes, COMITENTE en forma mensual, el día 5 de cada mes, conforme a las ventas concretadas a los clientes por él conforme a las ventas concretadas a los clientes por él conseguidos en el mes inmediato anterior.conseguidos en el mes inmediato anterior.

   SEXTA: Gastos. SEXTA: Gastos. Los gastos que demande el Los gastos que demande el

cumplimiento de la comisión correrán por cuenta del cumplimiento de la comisión correrán por cuenta del CORREDOR.CORREDOR.

   SÉPTIMA: Muestras.SÉPTIMA: Muestras. A la firma del presente A la firma del presente

contrato, LA COMITENTE entrega al CORREDOR, contrato, LA COMITENTE entrega al CORREDOR, para facilitar la obtención de clientes compradores de para facilitar la obtención de clientes compradores de los productos a los que se hace referencia en la los productos a los que se hace referencia en la cláusula primera, las siguientes muestras: a)..............., cláusula primera, las siguientes muestras: a)..............., b).............., c)................b).............., c)................

Page 41: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

OCTAVA: Revocación de la comisión.OCTAVA: Revocación de la comisión. Cuando lo Cuando lo estime conveniente y sin necesidad de expresión de causa, estime conveniente y sin necesidad de expresión de causa, LA COMITENTE podrá resolver el presente contrato, LA COMITENTE podrá resolver el presente contrato, bastando la mera comunicación fehaciente de tal decisión bastando la mera comunicación fehaciente de tal decisión al CORREDOR, quien deberá cesar de inmediato en sus al CORREDOR, quien deberá cesar de inmediato en sus gestiones, sin más derecho que percibir las comisiones gestiones, sin más derecho que percibir las comisiones por los negocios efectivamente efectuados mediante su por los negocios efectivamente efectuados mediante su intermediación. El monto resultante será efectivizado por intermediación. El monto resultante será efectivizado por LA COMITENTE en el plazo de diez días, contado desde la LA COMITENTE en el plazo de diez días, contado desde la conclusión del vínculo contractual.conclusión del vínculo contractual.

   NOVENA: Exclusiones: NOVENA: Exclusiones: Queda expresamente excluido Queda expresamente excluido

del presente contrato el ofrecimiento de cualquier otro del presente contrato el ofrecimiento de cualquier otro producto de fabricación de la COMITENTE que no haya producto de fabricación de la COMITENTE que no haya sido especificado en la cláusula primera.sido especificado en la cláusula primera.

   DÉCIMA: Modificaciones del contrato. DÉCIMA: Modificaciones del contrato. Cualquier Cualquier

modificación del presente contrato deberá efectuarse modificación del presente contrato deberá efectuarse previo acuerdo por escrito en Anexos al mismo, los cuales previo acuerdo por escrito en Anexos al mismo, los cuales deberán ser suscriptos por las partes.deberán ser suscriptos por las partes.

Page 42: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

UNDÉCIMA: Resolución del contrato por motivos UNDÉCIMA: Resolución del contrato por motivos imputables a la comitente.imputables a la comitente. Serán causas de resolución del Serán causas de resolución del presente contrato: a) la omisión en la comunicación de las presente contrato: a) la omisión en la comunicación de las instrucciones que impida el cumplimiento de la corretaje; b) la instrucciones que impida el cumplimiento de la corretaje; b) la no entrega de los elementos necesarios para el normal no entrega de los elementos necesarios para el normal desarrollo de la gestión encomendada; y c) la falta de pago de desarrollo de la gestión encomendada; y c) la falta de pago de la comisión.la comisión.

   DUODÉCIMA: Resolución del contrato por motivos DUODÉCIMA: Resolución del contrato por motivos

imputables al corredor. imputables al corredor. Serán causas de resolución del Serán causas de resolución del presente contrato: a) el apartamiento de las instrucciones presente contrato: a) el apartamiento de las instrucciones conferidas por LA COMITENTE; b) la no conservación en buen conferidas por LA COMITENTE; b) la no conservación en buen estado de los efectos recibidos para el cumplimiento del estado de los efectos recibidos para el cumplimiento del contrato; c) la no proposición de los negocios con exactitud, contrato; c) la no proposición de los negocios con exactitud, precisión y claridad; d) la no registración en los libros precisión y claridad; d) la no registración en los libros pertinentes de las operaciones concluidas; e) la violación del pertinentes de las operaciones concluidas; e) la violación del secreto profesional; f) la no asistencia a la firma de los secreto profesional; f) la no asistencia a la firma de los contratos por él obtenidos; g) la inasistencia al acto de entrega contratos por él obtenidos; g) la inasistencia al acto de entrega de los efectos negociados con su intermediación; h) la negativa de los efectos negociados con su intermediación; h) la negativa a certificar sobre las operaciones registradas en sus libros de a certificar sobre las operaciones registradas en sus libros de comercio; i) la negativa a entregar a los contratantes la minuta comercio; i) la negativa a entregar a los contratantes la minuta en la que se detalle las condiciones de la operación que en la que se detalle las condiciones de la operación que corresponda.corresponda.

Page 43: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

DÉCIMO-TERCERA. Vigencia del contratoDÉCIMO-TERCERA. Vigencia del contrato. Ambas . Ambas partes convienen que una vez que LA COMITENTE haya partes convienen que una vez que LA COMITENTE haya dado cumplimiento a los contratos celebrados mediante la dado cumplimiento a los contratos celebrados mediante la intermediación del CORREDOR y éste haya percibido intermediación del CORREDOR y éste haya percibido plenamente todos y cada uno de los créditos a su favor plenamente todos y cada uno de los créditos a su favor estipulados en el presente instrumento, operará estipulados en el presente instrumento, operará automáticamente su terminación. automáticamente su terminación.

   DÉCIMO-SEXTA. Incesibilidad de derechos y DÉCIMO-SEXTA. Incesibilidad de derechos y

obligacionesobligaciones EL CORREDOR no podrá ceder o transferir EL CORREDOR no podrá ceder o transferir total o parcialmente las obligaciones derivadas para él de total o parcialmente las obligaciones derivadas para él de este contrato, sin la anuencia prestada por LA este contrato, sin la anuencia prestada por LA COMITENTE, la que deberá constar por escrito fehaciente.COMITENTE, la que deberá constar por escrito fehaciente.

   DÉCIMO-SÉPTIMA. Confidencialidad. DÉCIMO-SÉPTIMA. Confidencialidad. Ambas partes se Ambas partes se

obligan por tiempo indeterminado a mantener absoluta obligan por tiempo indeterminado a mantener absoluta confidencialidad respecto a todos los datos, las estadísticas confidencialidad respecto a todos los datos, las estadísticas y las informaciones técnica, legal, comercial o de cualquier y las informaciones técnica, legal, comercial o de cualquier índole a los cuales acceda o tome conocimiento como índole a los cuales acceda o tome conocimiento como consecuencia directa o indirecta de la celebración del consecuencia directa o indirecta de la celebración del presente contrato.presente contrato.

Page 44: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

DÉCIMO-OCTAVA. Legislación aplicable.DÉCIMO-OCTAVA. Legislación aplicable. En todo En todo lo convenido y en lo que no se encuentre lo convenido y en lo que no se encuentre expresamente previsto, este contrato se regirá por las expresamente previsto, este contrato se regirá por las disposiciones pertinentes del Código Civil Paraguayo disposiciones pertinentes del Código Civil Paraguayo y, en su defecto, por los usos y prácticas comerciales y, en su defecto, por los usos y prácticas comerciales reconocidos por éste. reconocidos por éste.

  

DÉCIMO-NOVENA. Domicilios. DÉCIMO-NOVENA. Domicilios. Para todo lo que Para todo lo que hubiere lugar en derecho, las partes constituyen sus hubiere lugar en derecho, las partes constituyen sus domicilios en los lugares mencionados al inicio. Todo domicilios en los lugares mencionados al inicio. Todo cambio de domicilio deberá ser notificado por escrito, cambio de domicilio deberá ser notificado por escrito, vía carta certificada, telegrama o telefax, para tener vía carta certificada, telegrama o telefax, para tener validez legal.validez legal.

Page 45: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

VIGÉSIMA. Arbitraje. VIGÉSIMA. Arbitraje. Las partes acuerdan someter Las partes acuerdan someter cualquier controversia que surja de la ejecución de este cualquier controversia que surja de la ejecución de este contrato o tenga relación con el mismo, con su contrato o tenga relación con el mismo, con su interpretación, validez o invalidez, a un proceso de interpretación, validez o invalidez, a un proceso de mediación ante el Centro de Arbitraje y Mediación del mediación ante el Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay de la Cámara de Comercio y Servicios del Paraguay de la Cámara de Comercio y Servicios del Paraguay. Para el caso que las partes no resuelvan la Paraguay. Para el caso que las partes no resuelvan la controversia en el procedimiento de mediación, se obligan controversia en el procedimiento de mediación, se obligan a someter sus diferencias a arbitraje ante un tribunal a someter sus diferencias a arbitraje ante un tribunal arbitral conformado por tres árbitros designados de la lista arbitral conformado por tres árbitros designados de la lista del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación del del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo Paraguay, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo definitivo vinculante para las partes. En ambos casos, se definitivo vinculante para las partes. En ambos casos, se aplicarán los reglamentos respectivos y demás aplicarán los reglamentos respectivos y demás disposiciones que regulen dichos procedimientos al disposiciones que regulen dichos procedimientos al momento de recurrir a los mismos, declarando las partes momento de recurrir a los mismos, declarando las partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato. Para la ejecución del integrante del presente contrato. Para la ejecución del laudo arbitral, las partes establecen la competencia de los laudo arbitral, las partes establecen la competencia de los tribunales de Asunción, República del Paraguay, con tribunales de Asunción, República del Paraguay, con renuncia expresa a cualquier otro que pudiere llegar a renuncia expresa a cualquier otro que pudiere llegar a corresponder.corresponder.

Page 46: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py

Así se da por perfeccionado el presente  contrato, a Así se da por perfeccionado el presente  contrato, a  cuyo fiel cumplimiento se obligan las partes y, en  cuyo fiel cumplimiento se obligan las partes y, en  prueba  de conformidad,  lo suscriben en el lugar y  prueba  de conformidad,  lo suscriben en el lugar y fecha arriba  expresados en dos ejemplares de un fecha arriba  expresados en dos ejemplares de un mismo tenor y efecto, recibiendo  cada parte el que mismo tenor y efecto, recibiendo  cada parte el que le corresponde, conforme a derecho.le corresponde, conforme a derecho.

P/LA COMITENTE EL CORREDOR

Page 47: Www.ruoti.com.py. CONCEPTO: Es aquél por el cual una de las partes, que reviste carácter de comerciante, a cambio de una comisión y sin hallarse en relación.

www.ruoti.com.py