Vta. y reemplazo
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Impuestos a las Ganancias
Venta y Reemplazo de bienes muebles e inmuebles.
Ley 20.628 Art. 67 Concordancia con la ley: Art 84
(Amort. Bienes muebles) y Art 89 (índice de actualiz.)
Concordancia con el Decreto Reglamentario: Art 96 (venta y reemplazo) y Art 113 (desuso, venta y reemplazo)
Vínculo con la Resolución General : N° 2140/06 (Venta y Reemplazo de bienes muebles e inmuebles)
Cuando el contribuyente vende un bien mueble amortizable tiene dos opciones
Imputar la ganancia proveniente Afectar la ganancia al costo de nuevo
de la venta del bien al Balance O bien .Es decir que la Amortización
Impositivo. se practicará sobre el costo reducido.
ART.67 primer párrafo
Condicionamiento: No debe transcurrir un plazo superior a un año entre la fecha de venta y la adquisición del bien de reemplazo o viceversa.Art.67 3er. Párrafo
Actualización: De acuerdo con lo que establece la ley o su decreto reglamentario, corresponda imputar al ejercicio utilidades afectadas a la adquisición o bienes de reemplazo, los importes respectivos deberán actualizarse aplicando Art. 89.Art 67 4to. párrafo
Manifestación Uso Venta y Reemplazo: Deberá informarse dentro del plazo establecido para la presentación de la respectiva DDJJ correspondiente al ejercicio en que se produzca la venta del bien . Art 96 DR 1er. párrafo
Particularidades: Si se opta por afectar la ganancia de la venta de un bien al costo de otro bien adquirido en el ejercicio anterior, el exceso de amortización deducido en dicho ejercicio se considerará ganancia del ejercicio en el que se efectuó la respectiva venta. Dicho importe deberá actualizarse al cierre del ejercicio de venta . Art 96 DR 2do.párrafo
Vencimiento del Plazo: Si al cumplirse el año aún no se ha adquirido el bien de reemplazo, entonces la ganancia correspondiente a la venta del bien por el cual se ejerció la opción, se incorpora al balance impositivo del ejercicio en el que se produzca el vencimiento del plazo , actualizada desde el cierre del ejercicio en que se afectó la utilidad hasta el cierre del ejercicio en el que debe imputarse.Art.96 DR 5to. Párrafo
Excedente de Utilidad: Cuando La utilidad por la venta del bien a reemplazar supere el costo del bien de reemplazo , dicho excedente de utilidad se imputará al ejercicio en el que se produzca el vencimiento de los plazos actualizado en la forma explicada precedentemente. Art 96 DR- 6to párrafo
Aplicación: Contribuyentes que obtengan ganancias de 3ra. Categoría y de 4ta. Categoría ,en tanto los resultados provenientes de la enajenación de los bienes reemplazados se encuentren alcanzados al presente gravamen. Art. 113 DR
Formalidades: La resolución que reglamenta el tema en cuestión es la RG 2140
A) VENTA Y COMPRA EN EL MISMO PERÍODO DDJJ X0
RDO.CONTABLE X
ANULO RDO.VTA. X
ANULO AMORT.CONTABLE X
AJUSTE AMORT.VTA Y REEMPLAZO X
Procedimiento: Informar que utilizo Vta. Y Reemplazo Anular utilidad contable Ajustar diferencia amortización Calcular Ganancia Bruta Impositiva
B)VENTA Y COMPRA EN DISTINTOS PERÍODOS DDJJ X0 - VENTA DDJJ X1 - COMPRA
RDO.CONTABLE X RDO.CONTABLE X
ANULO RDO.VTA. X
ANULO AMORT.CONTABLE X
AJUSTE AMORT.VTA Y REEMPLAZO X
Procedimiento DDJJ X0 Procedimiento DDJJ X1
* Verificar fecha de Venta y Compra : < 1 año * Ajustar diferencia amortización contable
* Anular utilidad contable ( no se declara la con Amortización Vta. Y Reemplazo
Utilidad )
* Informar que utilizo Vta. Y Reemplazo
* Calcular Ganancia Bruta Impositiva
C)COMPRA Y VENTA EN DISTINTOS PERÍODOS DDJJ X0 - COMPRA DDJJ X1 - VENTA
RDO.CONTABLE X RDO.CONTABLE X
ANULO RDO. CONTABLE X
AMORT. X1 X
AMORT. X0 X
Procedimiento DDJJ X0 Procedimiento DDJJ X1
* Calculo ambas amortizaciones * Verificar fecha de Venta y Compra : < 1 año
* “ NO HAY AJUSTE “ * Anular utilidad contable
* Informar que utilizo Vta. Y Reemplazo
* Obtener el valor amortizable del nuevo bien
* Calcular Amortizaciones X1
* Calcular Amortizaciones X0
D) EXCEDENTE DE UTILIDAD COMPRA Y VENTA EN DISTINTOS PERÍODOS DDJJ X0 - COMPRA DDJJ X1 - VENTA
RDO.CONTABLE X RDO.CONTABLE X
ANULO RDO. CONTABLE X
AMORT. X1 X
AMORT. X0 X
DECLARAR EXCESO GCIA. X0 X
Procedimiento DDJJ X0 Procedimiento DDJJ X1
* Calculo ambas amortizaciones * Verificar fecha de Venta y Compra : < 1 año
* “ NO HAY AJUSTE “ * Anular utilidad contable
* Informar que utilizo Vta. Y Reemplazo
* Obtener el valor amortizable del nuevo bien
* Calcular Amortizaciones X1
* Calcular Amortizaciones X0
* Exceso Utilidad: lo declaro o lo uso para otra
compra antes del vencimiento