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Universidad Tecnológica de Tehuacán Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla CONVENIO ESPECIFICO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TEHUACÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA "UTTEHUACÁN", REPRESENTADA POR EL MTRO. FRANCISCO VALENCIA PONCE, EN SU CARÁCTER DE RECTOR Y POR LA OTRA, LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA SELVA, QUE EN LOS SUCESIVO DE DENOMINARÁ COMO "LA UTSELVA" REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL M. EN F. JUAN JOSÉ ORTEGA COUTTOLENC EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, EL CUAL SUSCRIBEN AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES DECLARA "LA UTTEHUACÁN": 1.1 Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla, con personalidad jurídica y patrimonio propio, según el Decreto de Creación emitido por el H. Congreso del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial de la Entidad el día catorce de enero de dos mil once y, que cuenta con el reconocimiento oficial de la SEP y de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas. 1.2 Que sus objetivos son: ofrecer programas de educación de tipo superior con olas características de intensidad, pertinencia, flexibilidad y calidad; formar a partir de egresados del bachillerato, técnicos superiores universitarios aptos para la aplicación de conocimientos y la solución de problemas con un sentido de innovación en la incorporación de los avances científicos y tecnológicos; ofrecer programas de continuidad de estudios para sus egresados y para egresados del nivel técnico superior universitario o profesional asociado de otras instituciones de educación superior que permitan a los estudiantes alcanzar el nivel académico de licenciatura. 1.3 Realizar investigación científica y tecnológica que coadyuve al constante mejoramiento económico, social y cultural e impulse la producción industrial y de servicios de la reg' 'n; ampliar la cobertura de servicios educativos de tipo superior en el área de la cie ia y tecnología, desarrollar apoyo técnico en beneficio de la comunidad, promover la ultura científica, tecnológica y humanística a nivel estatal, nacional e internacional. 1.4 Vincular los aprendizajes científicos y tecnológicos con las necesidades de los sectores público, social y privado para apoyar el desarrollo económico y productivo de la regióliI y del estado; y 1.5 Cumplir con cualquier otro que permita consolidar el modelo educativo.

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Universidad Tecnológica de TehuacánOrganismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla

CONVENIO ESPECIFICO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE,LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TEHUACÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LEDENOMINARÁ LA "UTTEHUACÁN", REPRESENTADA POR EL MTRO. FRANCISCO VALENCIAPONCE, EN SU CARÁCTER DE RECTOR Y POR LA OTRA, LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICADE LA SELVA, QUE EN LOS SUCESIVO DE DENOMINARÁ COMO "LA UTSELVA"REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL M. EN F. JUAN JOSÉ ORTEGA COUTTOLENC ENSU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, EL CUAL SUSCRIBEN AL TENOR DE LASDECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

DECLARA "LA UTTEHUACÁN":

1.1 Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla, conpersonalidad jurídica y patrimonio propio, según el Decreto de Creación emitido por el H.Congreso del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial de la Entidad el díacatorce de enero de dos mil once y, que cuenta con el reconocimiento oficial de la SEP yde la Coordinación General de Universidades Tecnológicas.

1.2 Que sus objetivos son: ofrecer programas de educación de tipo superior con olascaracterísticas de intensidad, pertinencia, flexibilidad y calidad; formar a partir deegresados del bachillerato, técnicos superiores universitarios aptos para la aplicación deconocimientos y la solución de problemas con un sentido de innovación en laincorporación de los avances científicos y tecnológicos; ofrecer programas de continuidadde estudios para sus egresados y para egresados del nivel técnico superior universitarioo profesional asociado de otras instituciones de educación superior que permitan a losestudiantes alcanzar el nivel académico de licenciatura.

1.3 Realizar investigación científica y tecnológica que coadyuve al constante mejoramientoeconómico, social y cultural e impulse la producción industrial y de servicios de la reg' 'n;ampliar la cobertura de servicios educativos de tipo superior en el área de la cie ia ytecnología, desarrollar apoyo técnico en beneficio de la comunidad, promover la ulturacientífica, tecnológica y humanística a nivel estatal, nacional e internacional.

1.4 Vincular los aprendizajes científicos y tecnológicos con las necesidades de los sectorespúblico, social y privado para apoyar el desarrollo económico y productivo de la regióliI ydel estado; y

1.5 Cumplir con cualquier otro que permita consolidar el modelo educativo.

1.6 Que el Mtro. Francisco Valencia Ponce es el Rector de la "UTTEHUACÁN", como lodemuestra mediante nombramiento aprobado por el Gobernador del Estado de Pueblade fecha veintiséis de enero del dos mil once, con base al oficio suscrito por la Secretariade Educación Pública.

1.7 Que el Mtro. Francisco Valencia Ponce, tiene facultades suficientes para firmar elpresente convenio en términos de lo señalado en el artículo 13, fracción XVIII, delDecreto que crea la Universidad Tecnológica de Tehuacán.

1.8 Que cuenta con Registro Federal de Contribuyente ante la Secretaría de Hacienda yCrédito Público, clave: UTT110114837

1.9 Que señala como domicilio para los efectos del presente convenio, el ubicado en lacalle prolongación de la 1a Sur número 1101, San Pablo Tepetzingo, Tehuacán, Puebla.C.P. 75859.

DECLARA "LA UTSELVA":

2.1.- Que es un organismo descentralizado de la administración pública del Estado deChiapas, de orden público e interés social, con personalidad jurídica y patrimoniopropio, contribuye a consolidar los programas de desarrollo de la educación superior Jtecnológica en la entidad, formando parte del Sistema Nacional de Universidades . I

Tecnológicas, como lo demuestra con su Decreto de Creación número 184-A-97,publicado en el Periódico Oficial del Estado número 057, Segunda Sección, del 19 denoviembre de 1997, modificado mediante Decretos números 1046-A-2003, publicadoen el Periódico Oficial del Estado número 164, del 09 de abril del 2003; 3019-A-2006,publicado en el Periódico Oficial del Estado número 399, del 06 de diciembre del 2006;1523-A-2010-A, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 214, Tomo 111, del10 de febrero del 2010; y 3043-A-2011-B, publicado en el Periódico Oficial del Estadonúmero 322, Tomo 111, Segunda Sección, del 17 de agosto del 2011; y de conformidadcon los artículos 36,44, fracción VI, 45 Y47 de la Constitución Política local vigente; 1°,2°, 3°, 5°; Y40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

2.2.- Que de conformidad con el artículo 5° de su Decreto de Creación, tiene como objetiv :

a).- Impartir educación de nivel superior de tipo tecnológico, para formar técnicos superioresuniversitarios de los egresados del nivel medio superior, aptos para la aplicación deconocimientos y la solución creativa de problemas con un sentido de innovación en laincorporación de los avances científicos y tecnológicos, de acuerdo con losrequerimientos del desarrollo económico y social de la región, del Estado y del país. •

b).- Realizar investigación aplicada e innovación científica y tecnológica, así como,desarrollar estudios y/o proyectos en las áreas de su competencia, que se traduzcan naportaciones concretas que contribuyan al mejoramiento y mayor eficiencia dproducción y elevación de la calidad de vida de la región, del Estado y del país.

y

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c).- Desarrollar programas académicos de superación y especialización, así como, deprestación de servicios tecnológicos en colaboración con las autoridades municipales,estatales y federales, y los grupos de industriales, investigadores y académicos, enbeneficio de la comunidad universitaria, científica, tecnológica y de la población engeneral.

d).- Promover la cultura científica y tecnológica estatal, nacional e internacional, y difundir lasmanifestaciones de la cultura universal.

e).- Desarrollar las funciones de vinculación con los sectores público, privado y social, paracontribuir al desarrollo tecnológico y social en la Entidad y del país.

f).- Prestar servicios de asesoría en general y de servicios tecnológicos, a los sectorespúblico, social y privado, que lo requieran para la elaboración y desarrollo de planes yprogramas de investigación científica y en la ejecución de éstos, para la capacitación delpersonal de dichos sectores y entidades, así como para la ejecución de programas desolución de problemas específicos relacionados con los mismos y a los problemasconcretos de la actividad tecnológica en general.

2.3.- Que su Rector, M. en F. Juan José Ortega Couttolenc, acredita su personalidad con elnombramiento expedido por el Gobernador del Estado de Chiapas, el 14 de diciembredel 2011, de conformidad con los artículos 44, fracción XXIII, y 45 de la ConstituciónPolítica del Estado; 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado deChiapas; 27 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas; y en términosde los artículos 30 y 34, fracciones XIII y XXII, del Decreto de Creación de la UniversidadTecnológica de la Selva, vigente; 18, fracción 111, 27 Y 31, fracción XXI, del ReglamentoGeneral de la Universidad Tecnológica de la Selva; se encuentra debidamente facultadopara suscribir este convenio.

2.4.- Que su Registro Federal de Contribuyentes lo es: UTS9711202F3.

2.5.- Que para los efectos del presente convenio señala como su domicilio el ubicado en elkilómetro 0.5 del entronque Toniná, carretera Ocosingo-Altamirano, código post29950, apartado postal 30, en Ocosingo, Chiapas.

AMBAS PARTES DECLARAN:

A. Su interés de establecer las bases y mecanismos de coordinación para proporcionar losbeneficios del programa de movilidad estudiantil a las alumnas:

B. Soledad León López, Matricula: 1112001 No. De Afiliación de seguro: 2235120158-1Cuatrimestre cursado: Octavo Cuatrimestre a cursar: Noveno. SI CUENTA eoBECA DE MOVILIDAD.

C. Raquel Cid Muñoz, Matricula: 1112007 No. De Afiliación Seguro: 2235120067-4Cuatrimestre cursado Octavo Cuatrimestre a cursar: Noveno. NO CUENTA CONBECA DE MOVILIDAD; la posibilidad de realizar un cuatrimestre (máximo dos) fuera dela "Universidad Tecnológica de Tehuacán".

D. Que coordinarán esfuerzos para el desarrollo académico de "movilidad estudiantil"desde el diseño, instrumentación, ejecución y evaluación de las acciones que se derivendel presente acuerdo de voluntades.

E. LAS PARTES reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asícomo el alcance y contenido de este convenio y están de acuerdo en someterse a lassiguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA: LAS PARTES SE COMPROMETEN A:

a) Brindar espacios para que las alumnas de la "UTTEHUACÁN" referidas, cursen uncuatrimestre (máximo dos) de cualquiera de los programas educativos que oferta la"UTSELVA", los cuales podrán ser en las siguientes modalidades:

1. Programas homologados;2. Proyectos de titulación;3. Asignaturas con contenidos similares validadas por las Direcciones Académicas;4. Estadías técnicas;5. Asignaturas;6. Prácticas de laboratorio.

b) Los coordinadores de programas educativos asignarán un tutor que asesore y supervise alas alumnas del programa movilidad estudiantil.

e) Hacer del conocimiento de las alumnas, las normas y reglamentos que se aplicarán durantesu estancia en la "UTSELVA".

d) La Dirección de Vinculación de la "UTSELVA" proporcionará la informació"UTTEHUACÁN", sobre precios de hospedaje y alimentación, para proporcionársinteresadas.

e) Los tutores enviarán a la "UTTEHUACÁN", una información bimestral sobre el desempeñode las alumnas durante su estancia en la "UTSELVA".

f) Servicios Escolares de la "UTSELVA" extenderá, al término de la movilidad estudiantil, unaconstancia donde se especifiquen las asignaturas cursadas por cada una de ellas, así comsu calificación obtenida, la cual será considerada para asentarla en su historial académico dela "UTTEHUACÁN".

SEGUNDA: PROCEDIMIENTO PARA FACILITAR LA MOVILIDAD ESTUDIANTIL:

1. La "UTTEHUACÁN", enviará solicitud a la "UTSELVA", con anticipación para lamovilidad de las estudiantes, en la que se detallarán los datos de la alumna de acuerdoal formato de movilidad y cuadro de materias a cursar, anexando historial académico,número de afiliación vigente del seguro social estudiantil.

2. Las Direcciones Académicas a través de la Dirección de Vinculación, serán lasencargadas de informar la declinación o aceptación de la solicitud de movilidad.

3. Las alumnas de la "UTTEHUACÁN" harán el pago correspondiente en ella y presentarána la "UTSELVA" copia del recibo correspondiente a la inscripción.

4. Servicios Escolares de la "UTSELVA" enviará las calificaciones correspondientes alperiodo cursado por cada alumna de la "UTTEHUACÁN" a su oficina homóloga.

5. Por ningún motivo la "UTTEHUACÁN" y la "UTSELVA" utilizarán el siguiente conveniocomo estrategia para incrementar los índices de titulación por lo que este trámite se haráen la "UTTEHUACÁN" con las opciones de titulación fijadas.

6. La alumna en movilidad estudiantil hará el trámite para la expedición de su credencial deestudiante en la "UTSELVA", durante el intercambio o movilidad académica con el costofijado por esta institución. j

7. El programa de movilidad aplicará para el noveno cuatrimestre.

8. El programa de movilidad aplicará para los alumnos regulares, sin adeudo deasignaturas, lo cual cubren ambas alumnas.

TERCERA: VIGENCIA:

9. Las alumnas tendrán acceso a biblioteca, laboratorios, internet e instalacionesde la "UTSELVA".

El presente convenio tendrá una vigencia por el tiempo que dure la movilidad estudiantil delas alumnas de la "UTTEHUACÁN", Soledad León López y Raquel Cid Muñoz.

CUARTA: INTERPRETACiÓN Y CUMPLIMIENTO:

"LAS PARTES" acuerdan que el presente convenio, es producto de la buena fe con la queambas comparecen a su celebración, por lo que no se presentan vicios en el otorgamientode su consentimiento, asimismo, toda controversia e interpretación que surja con motivo desu contenido se resolverá de común acuerdo entre ellas.

/(

Con pleno conocimiento de su contenido, "LAS PARTES" firman por duplicado el presenteconvenio específico de movilidad en la ciudad de Ocosingo, Chiapas; el 08 de agosto de2012.

POR

Las presentes firmas corresponden al convenio específico de movilidad celebrado entre la UniversidadTecnológica de Tehuacán y la Universidad Tecnológica de la Selva, suscrito el 08 de agosto de 2012, enOcosingo, Chiapas.