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UNIDAD 8: CIUDADANÍA, DEMOCRACIA Y ESTADO 1. DEL SÚBDITO AL CIUDADANO El concepto de ciudadanía surge con el Estado de derecho, la primera de cuyas formas fue el Estado liberal que más adelante describimos. Con anterioridad a la aparición del Estado derecho no podemos hablar propiamente de ciudadano sino que tenemos que hablar de súbdito. Ambos conceptos se refieren a la persona natural de un país y sujeta al ordenamiento jurídico y político del mismo. Pero el concepto de súbdito, a diferencia del concepto ciudadano, conlleva la idea de sometimiento, la persona queda a expensas de un poder que está al margen del control de las leyes. Por el contrario el concepto ciudadano supone que la persona es reconocida no sólo como sujeto de obligaciones sino también de derechos. Los ciudadanos son miembros de sociedades que reconocen los mismos derechos y deberes para todos los individuos incluso para los que detentan el poder, que están igualmente sometidos al ordenamiento jurídico. La relación entre el ciudadano y el poder no se basa en el sometimiento, como en el caso del súbdito, se basa en que el primero legitima el segundo, es decir, el poder emana del reconocimiento del mismo que hacen los ciudadanos, por eso el ciudadano participa del poder político. 2. FORMAS DE ESTADO 1

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UNIDAD 8: CIUDADANÍA, DEMOCRACIA Y ESTADO

1. DEL SÚBDITO AL CIUDADANO

El concepto de ciudadanía surge con el Estado de derecho, la primera de cuyas

formas fue el Estado liberal que más adelante describimos. Con anterioridad a la

aparición del Estado derecho no podemos hablar propiamente de ciudadano sino que

tenemos que hablar de súbdito.

Ambos conceptos se refieren a la persona natural de un país y sujeta al ordenamiento

jurídico y político del mismo. Pero el concepto de súbdito, a diferencia del concepto

ciudadano, conlleva la idea de sometimiento, la persona queda a expensas de un poder

que está al margen del control de las leyes. Por el contrario el concepto ciudadano

supone que la persona es reconocida no sólo como sujeto de obligaciones sino también

de derechos. Los ciudadanos son miembros de sociedades que reconocen los mismos

derechos y deberes para todos los individuos incluso para los que detentan el poder, que

están igualmente sometidos al ordenamiento jurídico. La relación entre el ciudadano y

el poder no se basa en el sometimiento, como en el caso del súbdito, se basa en que el

primero legitima el segundo, es decir, el poder emana del reconocimiento del mismo

que hacen los ciudadanos, por eso el ciudadano participa del poder político.

2. FORMAS DE ESTADO

A continuación nos ocuparemos de las diferentes formas del Estado moderno y

contemporáneo: Estado absolutista, Estado liberal de derecho, Estado socialista y

Estado democrático y social de derecho.

2.1. El Estado absolutista:

El Estado moderno comienza a fraguarse en Europa durante los siglos XV y XVI

con el auge de las monarquías absolutas. La tendencia general en ese momento fue la

progresiva formación de los grandes Estados. Esto se conseguía por medio de uniones

matrimoniales, como en el caso de Castilla y Aragón; por la absorción de países

vasallos, como hizo Francia con los ducados de Bretaña y Borgoña; o por la anexión

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militar de un Estado menor a una gran potencia, como es el caso de Gales e Inglaterra.

Los monarcas comenzaron a combatir el poder de la nobleza y a poner en marcha una

serie de mecanismos administrativos que les permitieron hacerse con el control

absoluto del poder:

- Centralizan el poder gobernando el Estado desde la capital: reducen la

autonomía de las ciudades, atraen la nobleza a las capitales formándose las

cortes reales, núcleo del poder y centro de la vida social del Estado.

- Se crean redes territoriales de poder gracias al nombramiento de representantes

del Estado en las poblaciones importantes.

- Se amplia y mejora la administración del Estado.

- Se crea un ejército al servicio exclusivo del monarca.

- Se crea un sistema de recaudación de impuestos para mantener el aparato del

Estado, la corte real y toda la burocracia necesaria para la centralización del

poder y el mantenimiento del ejército permanente.

El Estado absolutista se basaba en los siguientes principios:

- La separación entre la sociedad y el rey. Todos los poderes del Estado

emanaban del rey, sujeto absoluto de derechos.

- El derecho divino de la autoridad del monarca. La autoridad emanada de Dios

es depositada en cada una de las naciones cristianas. El cuerpo social, incapaz

de gobernarse por sí mismo, ha de delegar sus poderes en el monarca. Por ello

hablamos de súbditos, no de ciudadanos.

- La negación del derecho de rebelión. El monarca puede emplear todos los

medios que estime convenientes para el gobierno de la nación (razón de

Estado). Ni siquiera en caso de injusticia flagrante está admitida la rebelión

contra su autoridad.

2.2. El Estado liberal de derecho:

El Estado moderno creado por la monarquía absoluta se pondrá al servicio de la

nobleza y de la alta burguesía, como clases dominantes en las que se sustenta. Pero a lo

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largo del siglo XVIII aparecerá un movimiento revolucionario apoyado por las clases

medias burguesas basado ideológicamente en doctrinas de carácter liberal. Este

movimiento revolucionario triunfará con la Independencia de los Estados Unidos (1782)

y con la Revolución Francesa (1789), que marca el tránsito de la sociedad estamental a

la sociedad de clases y la aparición del Estado liberal que se pone al servicio de los

intereses del conjunto de la sociedad y abre el camino para el moderno estado

democrático.

En el Estado liberal la soberanía se trasladará de la voluntad absoluta del rey al

pueblo formado por los ciudadanos (en realidad la burguesía). Por ello hablamos de tres

conceptos clave: ciudadano, soberanía nacional y de Estado de derecho. La soberanía

nacional exige el recurso a un sistema representativo que haga posible la expresión de la

voluntad general de los ciudadanos. Se establece así un sistema parlamentario.

El Estado liberal se basa en los siguientes principios:

- El imperio de la ley. Lo que significa que tanto los gobernantes como los

gobernados están sometidos a una ley común, que está por encima de ellos. Esta

ley quedará plasmada en un texto escrito en forma de Constitución o Carta

Magna. Las actuaciones de los representantes del Estado no pueden ser

discrecionales o arbitrarias, sino que están sometidas a la ley, a cuyo control los

representantes están sujetos como cualquier ciudadano (legalidad de la

administración).

- La división de poderes. Charles-Louis de Secondat, barón de Montesquieu

(1689-1755), consideró que la adecuada organización política del Estado debía

apoyarse en una Constitución que no permitiera a ningún gobierno abusar del

poder que se le había confiado. Para evitar esos abusos, propuso la división de

poderes que se ha hecho clásica. En el estado liberal el poder legislativo elabora

las leyes, el poder ejecutivo las aplica, y el poder judicial vela por su correcto

cumplimiento. Además de la división de poderes, tiene que darse una efectiva

independencia entre ellos; es decir, no puede ser un único poder el que dicte las

leyes, el que las haga cumplir, y el que juzgue si se han violado. El poder

legislativo será además elegido por los ciudadanos.

- El sufragio. EI Estado liberal es una organización política de carácter

representativo, fundada en la regla de las mayorías, en la cual reside la soberanía

nacional. Esas mayorías representativas se construyen mediante el ejercicio del

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derecho al voto por medio de la convocatoria de elecciones periódicas. En un

primer momento el Estado liberal se basará en fórmulas limitadoras de este

derecho por razones fundamentalmente económicas. Es lo que llamamos

sufragio censitario, en el que sólo tienen derecho al voto aquellos ciudadanos

con un cierto nivel económico. Hasta finales del siglo XIX y comienzos del XX

no se establecerá el sufragio universal. En el parlamento democrático, elegido

por sufragio universal, todos los ciudadanos tienen derecho al voto.

- Los derechos y libertades fundamentales. El Estado liberal se caracteriza por ser

un Estado de derecho basado en el establecimiento de un conjunto de derechos

básicos que garantizan la vida, la seguridad jurídica y las libertades o derechos

fundamentales y naturales de todo individuo en cuanto ciudadano del Estado.

- Los derechos naturales de los individuos son libertad, igualdad ante la ley,

seguridad y propiedad privada. Este último es declarado un derecho natural

absoluto, sagrado e inviolable. Soporte ideológico de la burguesía ascendente, el

derecho de propiedad será la medida de la capacidad individual y habrá de

ajustarse a las condiciones de la libre competencia mercantil.

- Puesto que el Estado recibe su poder del pueblo éste siempre tiene el derecho de

rebelarse contra la tiranía y contra cualquier exceso de de poder.

- Liberalismo económico (desarrollado Adam Smith, 1723-1790): Economía de

mercado y minimización o no intervención del Estado en asuntos económicos

que debe dejar la máxima libertad posible a la sociedad. El Estado liberal debe

ser un mero árbitro que armonice los intereses individuales y garantice

imparcialmente las reglas de la libre concurrencia económica, limitando sus

funciones a aquellas actividades que el interés individual no promueve, defensa,

justicia y obras públicas. Debe dejar libertad para comprar y vender, para la

contratación y el despido de los trabajadores, para la búsqueda del beneficio,

limitando al máximo su intervención en asuntos económicos ya que la libertad

de los individuos para defender sus intereses egoístas llevará por sí sola a un

progreso continuo y a un equilibrio en el reparto de la riqueza, como si una

mano invisible dirigiera el progreso económico a favor de todos.

2.3. El Estado socialista:

Si en el siglo XVIII surge la concepción política liberal que lucha por la libertad

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individual (Independencia de EEUU y Revolución Francesa) en el siglo XIX aparece la

concepción política socialista que lucha por la igualdad.

En ese siglo se extiende en Europa y en América del Norte la denominada

Revolución Industrial que había surgido en la segunda mitad del siglo XVIII. La

producción de bienes realizada hasta entonces mediante el uso de herramientas es

modificada radicalmente con la aparición de las máquinas, que constituyen el centro del

proceso productivo. Las consecuencias sociales del maquinismo serán las siguientes:

- La sustitución del trabajo masculino especializado por el más económico de

mujeres y niños.

- El tránsito del taller a la fábrica y el consiguiente empeoramiento de las

condiciones laborales.

- La ruina de los artesanos, que no pueden competir con la producción en serie, y

su progresiva conversión en un proletariado suburbano, desarraigado de su

medio social originario.

- La sustitución del capital variable o mano de obra por el capital constante,

formado por la maquinaria, y la creación de una población de parados y

marginados (ejército industrial de reserva).

- La tendencia del capitalismo industrial a la acumulación de capital, sin ninguna

concesión a la función social de la propiedad, lo que determinará una escalada

de la tensión y del conflicto social, la denominada lucha de clases.

Se puede considerar al socialismo como un movimiento social, teórico y práctico, en

lucha contra las consecuencias surgidas del liberalismo económico y de la Revolución

Industrial. Frente a las doctrinas liberales, que sostenían que la libre competencia habría

de llevar a un equilibrio en el reparto de la riqueza, la realidad demostró que este

sistema liberal propiciaba el enriquecimiento rápido de los empresarios y comerciantes

más hábiles y conducía a una gran masa de la población a una vida miserable. Frente a

esta situación surgen las organizaciones obreras y las doctrinas políticas de corte

socialista.

Ejemplos históricos: En Inglaterra aparecen en 1834 la Grand National Consolidated

Trade Unions. En Francia surgen en 1930 las Sociedades de Socorros Mutuos, cuyo

objetivo era auxiliar a sus miembros en caso de enfermedad, vejez o especiales

dificultades económicas. Asociaciones internacionales de trabajadores: AIT o Primera

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Internacional en 1864 y Segunda Internacional en 1889. En las sociedades modernas

democráticas los sindicatos fueron instituciones imprescindibles.

El socialismo es un movimiento social que lucha contra las desigualdades

económicas surgidas como consecuencia del liberalismo económico. Se dieron varias

corrientes:

- Anarquismo, que no sólo lucha contra las desigualdades económicas sino

también contra el Estado y toda forma centralizada de poder.

- Socialismo utópico, que pretendió reformar la sociedad a base de buena

voluntad, mediante la educación, constituyendo empresas donde los obreros

fuesen tratados de forma más equitativa o creando sociedades cooperativas.

- Comunismo que hace una defensa estricta de la igualdad defendiendo la

comunidad de bienes. El impulso decisivo al movimiento comunista se lo dieron

Karl Marx (1818-1883) y Friedrich Engels (1820-1895) que estableció el

socialismo científico o marxismo frente al socialismo voluntarista o utópico.

Marx y sus seguidores sostenían que el Estado no es un árbitro imparcial en la lucha

de clases sino que está siempre al servicio de la clase dominante. Proponen una

revolución social que acabe con el Estado e instaure una dictadura del proletariado.

Sin embargo, contrariamente a las predicciones de Karl Marx, no fue en los países

más industrializados de Europa (Inglaterra y Alemania) donde se produjo esa

revolución social, sino en Rusia con La Revolución Bolchevique de 1917.

Los principios en los que se basa del Estado socialista son los siguientes:

- La revolución comunista. El desequilibrio entre las fuerzas productivas y las

relaciones de producción conducirá inevitablemente a una revolución social, en

la que la burguesía como clase dominante será sustituida por la clase

trabajadora.

- La desaparición de las clases sociales. La revolución social acaba con la división

social entre burgueses, explotadores, propietarios de los medios de producción,

y proletarios, explotados, poseedores únicamente de su fuerza de trabajo,

poniendo fin a la estructura clasista propia de las sociedades capitalistas. No se

trata de que la clase trabajadora se alterne en el poder con la burguesía como

clase dominante, sino que la burguesía como clase es eliminada. El Estado

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socialista es exclusivamente un Estado obrero con una sola clase social, los

trabajadores o proletariado.

- La dictadura del proletariado. A pesar del carácter internacional de la clase

trabajadora, la revolución social será nacional en la medida en que es nacional el

Estado burgués que se ha de destruir. Tras la conquista del poder por la clase

obrera se instaura como forma de organización política "la dictadura del

proletariado"; un Estado obrero de partido único, el Partido Comunista, que

liquida toda oposición política en su empeño por construir una sociedad sin

clases.

- La abolición de la propiedad privada. La dictadura del proletariado elimina la

institución de la propiedad privada, pilar del Estado liberal, socializando los

bienes y los medios de producción social, "expropiando a los expropiadores", y

estableciendo finalmente la propiedad colectiva, gestionada totalmente por el

Estado.

- La planificación económica. Al pasar los medios de producción social a manos

del Estado socialista desaparece la iniciativa privada y la libre competencia

mercantil. Corresponde por tanto al Estado determinar qué, cuánto y cuándo se

va a producir; quién lo va a producir, es decir, la división del trabajo; y cómo se

a distribuir lo producido, es decir, la distribución social de la riqueza. El Estado

se convierte en el representante y depositario de los intereses de la sociedad.

- La destrucción del Estado. Tras un período de duración indeterminada se

conquistará la sociedad comunista autogestionada, el "paraíso socialista", reino

utópico de la libertad, en el que la ausencia de clases sociales y la eliminación

de la propiedad privada harán finalmente innecesaria la existencia del Estado.

Lo cierto es que en los países en los que después de las respectivas revoluciones se

instauró el comunismo (la antigua URSS, países del este de Europa, China, Cuba …),

tras la toma de poder, los partidos comunistas socializaron los medios de producción,

eliminaron la propiedad privada, suprimieron las libertades que llamaban

despectivamente “burguesas” e impusieron un control ideológico y político total de la

sociedad que en algunos casos dio lugar a un estado fascista totalitario en el que un

partido único se hizo con el Estado usándolo para imponer un control total de la

sociedad basado en el terror, es el caso de la URSS de Stalin y la Camboya de Pol Pot

(Pol Pot fue el principal líder de los Jemeres Rojos que instauró un régimen fascista y

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muy cruento en los años 70 y que ha pasado a la historia como el principal responsable

del genocidio camboyano), entre otros, estados fascistas como lo fueron el Tercer Reich

alemán y el fascismo italiano de Benito Mussolini.

Como alternativa frente a los excesos de los movimientos comunistas surge la

socialdemocracia que defiende:

- La vía reformista hacia el socialismo mediante la participación de los obreros

y las clases explotadas en la política de los Estados

- Las instituciones políticas democráticas

2.4. El Estado democrático y social de derecho:

Tras la Segunda Guerra Mundial, el Estado democrático y social de derecho se

constituye en el modelo político del mundo occidental. El contexto político y

económico, dada la presión que sobre el capitalismo ejercía el bloque comunista,

favorecía su aparición. En este modelo de Estado a los derechos característicos del

Estado liberal, que pretenden garantizar la libertad de los individuos, se suman otros

derechos, exigidos por la socialdemocracia, que conciernen al plano de la igualdad

entre los ciudadanos como son el derecho a la sanidad, a la educación y al trabajo.

Analizamos a continuación las características de esta forma de Estado:

a) Como Estado, el poder político está organizado de acuerdo con los

principios de soberanía y monopolio legítimo de la violencia.

b) Como Estado de Derecho, tiene las siguientes características y exigencias que

expusimos al hablar del Estado liberal:

- Es el imperio de la ley: Esta es la característica más importante. Todos los

ciudadanos e instituciones, también los poderes que articulan el Estado

(legislativo, ejecutivo y judicial), están bajo el control de las leyes. Pero,

además, se trata de un control emanado de la voluntad general, legitimado

democráticamente por el conjunto de la ciudadanía, la ley es entonces expresión

de la voluntad general, a la que todos, gobernantes y gobernados, están

sometidos. Dejamos claro este punto pues también las dictaduras modernas y

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los regímenes totalitarios, con doctos y dóciles juristas a su servicio, podrían

alegar a su favor ser el imperio de la ley, podrían aducir que su poder está

reglado por el Derecho (que el mismo dictador crea) y sometido a normas

jurídicas (ídem). Eso también es Derecho (ilegítimo, injusto) y también es

Estado (dictatorial, totalitario), pero no Estado de Derecho. Lo que en definitiva

diferencia, pues, de manera más radical y sustancial al Estado de Derecho es ser

el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.

- División de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Su función es servir de

contrapeso al propio poder, garantizar los derechos de los ciudadanos contra las

injerencias del Estado, así como evitar la concentración del poder, que puede

dar lugar a un uso arbitrario del mismo.

- Legalidad de la Administración: Necesidad de que las instituciones públicas

actúen de acuerdo con las normas legalmente establecidas y bajo el control del

poder judicial, que es el encargado de juzgar la transgresión de las leyes.

- Derechos y libertades fundamentales: la garantía jurídico-formal y efectiva

realización material de las mismas. Su reconocimiento constituye la garantía

formal del Estado contra el uso indebido del poder y son el fundamento sobre el

que se asienta el ordenamiento jurídico de la sociedad.

- La protección de los ciudadanos por tribunales independientes

- La responsabilidad del Estado y de la Administración por sus actos

c) Como Estado Social, reconoce que garantizar determinados derechos de los

ciudadanos exige la intervención del Estado como son el derecho a la educación, a la

sanidad y al trabajo.

d) Como Estado Democrático, promueve la participación política de los

ciudadanos y encuentra su legitimidad en el principio de soberanía ciudadana,

formulada y garantizada por el Derecho.

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Como vemos, este modelo de Estado constituye el modelo político del mundo

occidental y responde a la necesidad de incluir políticas sociales y de favorecer la

participación ciudadana en el marco de las democracias liberales. En su dimensión

económica supuso la aceptación de la economía de mercado y en su dimensión social,

supuso la intervención del Estado (contraria a las políticas más liberales) en aquellos

asuntos considerados fundamentales para la vida de los ciudadanos y para la

preservación de las instituciones y bienes públicos. Su logro más señalado fue el

denominado estado de bienestar.

Sin embargo, con el fin de la denominada Guerra Fría, coincidente con la caída del

muro de Berlín en 1989 y la desaparición de la Unión Soviética, el estado de bienestar

entra en crisis. La globalización, caracterizada por la expansión planetaria del sistema

de producción capitalista y del liberalismo económico, permitirá una proyección

verdaderamente internacional de este modelo de Estado pero al mismo tiempo minará

las bases sociales sobre las que se funda. Es decir se expande el modelo de economía de

mercado y el liberalismo económico pero no el modelo social de Estado.

El debate sobre si el Estado debe o no ocuparse de los asuntos sociales e intervenir

en el mercado es un debate que sigue abierto. Aquellos que se oponen al

intervencionismo del Estado en asuntos económicos o para garantizar ciertos servicios

sociales critican al Estado social porque produce un

- aumento de la burocracia y

- una disminución de la iniciativa individual que vuelve a los ciudadanos

sujetos pasivos a la espera de que el Estado resuelva sus problemas.

El filósofo norteamericano Robert Nozick (1938-2002) se opone a las ideas de otros

filósofos como John Rawls, del que ya hemos hablado, que sostienen que es necesario

que el Estado intervenga en la economía para redistribuir la riqueza y así propiciar la

igualdad. Nozick rechaza de plano cualquier forma de paternalismo o intromisión

estatal que prohíba o limite los actos capitalistas entre adultos que estén de acuerdo. La

idea de que el Estado tenga la obligación de mejorar la vida de los más necesitados en

virtud de una justicia redistributiva restándoles bienes a los más pudientes supone la

imposición de la desigualdad. Para este filósofo el papel del Estado debe quedar

reducido a las tareas del “vigilante nocturno”, un Estado “mínimo”, que proteja a los

ciudadanos de la violencia, el robo y el incumplimiento de los contratos.

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Por su parte el filósofo, Jürgen Habermas (1929), sostiene que el Estado moderno es

un producto y un factor de supervivencia del capitalismo. Afirmó en los años 70 que

ese Estado no podría proteger a los ciudadanos de los peores excesos de las crisis en la

economía capitalista porque su capacidad para recolectar las rentas necesarias para

apoyar los programas de bienestar era limitada. Ello implicaría que la legitimidad del

Estado quedaría también limitada pues limitada quedaba su capacidad para proteger a

los ciudadanos y esta es la tarea fundamental del Estado social de derecho.

3. MODELOS DE DEMOCRACIA

3.1. Definición y modelos:

Democracia significa, literalmente, gobierno del pueblo. La palabra procede de los

términos griegos demos (pueblo) y cratos (poder). La democracia ateniense del siglo V

a. de C. constituye el referente clásico de esta forma de organización política. Sin

embargo aquella democracia, pese a ser un precedente insólito en la historia política de

la humanidad, no reconocía los mismos derechos políticos a todos los miembros de la

comunidad. De la participación en los asuntos públicos quedaban excluidos los

extranjeros, los esclavos y las mujeres pues las condiciones de participación eran ser

varón, libre y natural de Atenas.

Actualmente suelen considerarse dos modelos de democracia: el modelo de

democracia representativa y el modelo de democracia directa o participativa. Las

características fundamentales del Estado democrático de derecho, expuestas

anteriormente, son todas ellas referibles a estos modelos de democracia.

- La democracia representativa. Se trata del modelo de democracia vigente, que

permite a los individuos elegir a sus representantes políticos o ser elegidos por el

conjunto de la ciudadanía. Las instituciones y los poderes democráticos están

bajo el control de la ley y sujetos a los procedimientos electivos que el

ordenamiento jurídico dispone.

- La democracia directa o participativa. La democracia directa consiste en la

participación de todos los ciudadanos en la administración y gestión de los

asuntos públicos. Modelo inspirado en la democracia ateniense, en la que no

sólo los ciudadanos tenían el derecho de participar en los asuntos de la polis,

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sino también la obligación de hacerlo, en él se sustituye el modelo

parlamentarista, propio de las democracias representativas, por un modelo en el

que el conjunto de los ciudadanos, reunidos en Asamblea, discute, y decide las

medidas políticas a adoptar. El problema fundamental del modelo directo

consiste en que su realización en sociedades tan complejas y masificadas como

las actuales no parece posible. A esta dificultad, sus defensores responden de

distintas maneras. Abogan, sobre todo, por la posibilidad de hacer un uso

político de las tecnologías de la información, que permita adoptar decisiones

conjuntas sin la intermediación de representantes. Los detractores de la

democracia directa consideran, sin embargo, que ese uso masivo de las

tecnologías de la comunicación, así como el carácter prácticamente instantáneo

de la información, eliminaría el necesario componente deliberativo que debe

acompañar la toma de decisiones.

Como hemos dicho el modelo vigente es el de la democracia representativa, pero este

modelo muchas veces es criticado porque, se dice, se trata de una democracia

meramente formal pero no social. Veamos la diferencia entre estos dos modelos:

- Democracia formal: En este tipo de democracia el Estado cumple las

condiciones abstractas, legales o formales para ser considerado democrático,

formalmente los ciudadanos pueden participar en la gestión de su comunidad

pero materialmente, es decir, realmente no lo hacen. Su intervención se limita a ir

a las urnas cada 4 años y nada más.

- Democracia social: Supone la primera pero va más allá. Los ciudadanos tienen

un poder real, efectivo y material de participar e intervenir en la gestión de su

comunidad, es decir el Estado articula estrategias y procedimientos reales de

participación ciudadana. Y dado que el poder de participación está en función

sobre todo del poder económico el Estado debe propiciar una redistribución

equitativa de la riqueza.

La concepción democrática del Estado se basa en los principios del Estado de

derecho a los que añade los siguientes:

- Debe existir libertad política para que los ciudadanos puedan participar en todo

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lo referente al gobierno del Estado

- Los individuos que gobiernan son elegidos por los ciudadanos y son sus

representantes

- Existen mecanismos que garantizan que gobiernen los representantes de la

mayoría de los ciudadanos

- Puesto que la democracia se basa en la regla de la mayoría deben existir

mecanismos para garantizar los derechos de las minorías

4. LOS DERECHOS HUMANOS

Los denominados "derechos humanos" constituyen el principal referente ético-

político de las actuales sociedades democráticas. Designan una serie de derechos que de

forma más o menos universal hemos acordado que son básicos, pertenecen a todo ser

humano por el hecho de serlo y por tanto deben ser respetados por todos los Estados. Su

objetivo es servir como marco general a los sistemas jurídicos de los Estados y proteger

la dignidad de las personas frente a cualquier forma de barbarie y fomentar la paz entre

las naciones y grupos con intereses diversos.

Como precedentes modernos de la Declaración Universal de los Derechos

Humanos, aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1948, encontramos el Bill

of Rights inglés (1689), la Declaración de Derechos de Virginia (1776) y la

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano francesa (1789). Estas

declaraciones surgieron en el contexto de las revoluciones burguesas. Los derechos

liberales encuentran en ellas su más clara expresión.

Los derechos humanos son universales (los poseen todos los seres humanos),

imprescriptibles (no se pierden con el transcurso del tiempo) e inalienables (nadie nos

los puede arrebatar).

Podemos distinguir tres generaciones o fases en el desarrollo de la DUDH:

- Derechos de primera generación. Estos derechos se basan en el reconocimiento de

las libertades y derechos individuales, civiles y políticos, contra la concepción

absolutista del poder característica del Antiguo Régimen. Son los derechos

reivindicados por el liberalismo durante los siglos XVIII y XIX. Los principales

son: el derecho a la vida y a la propiedad, la libertad de pensamiento y expresión, la

libertad de asociación y prensa, a un juicio justo.

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- Derechos de segunda generación. Estos derechos incluyen contenidos sociales,

económicos y culturales. Se corresponden históricamente con las reivindicaciones

del proletariado industrial en el siglo XIX y con las políticas características del

liberalismo social, de los partidos socialdemócratas y democristianos. Los

principales son: el derecho al trabajo, a la educación, a la sanidad y, en general, el

derecho a una vida digna.

- Derechos de tercera generación. Se denominan así a los derechos (y obligaciones)

relacionados con la preservación del medio ambiente, con el desarrollo económico y

productivo, con el acceso a las nuevas tecnologías, con las investigaciones

científicas (en particular, con la biotecnología) y con el uso que puede hacerse de las

mismas. También se incluyen entre estos derechos las reivindicaciones de las

minorías étnicas y de los denominados "pueblos sin Estado".

Los derechos de primera y segunda generación se recogen en la Declaración

Universal de los Derechos Humanos de 1948. En algunos casos, los derechos de tercera

generación son objeto de controversia. Así por ejemplo, el denominado derecho de

autodeterminación de los pueblos o el derecho de las minorías étnicas y religiosas a

instituir sus propios órganos de representación política en el interior de los Estados.

Algunos autores consideran incluso la posibilidad de separar algunos de estos

derechos y establecer una cuarta generación, que tendría como contenidos los

derechos propios de la nueva sociedad informatizada, fundamentalmente referidos a las

posibilidades de acceso y uso de la información.

Si los derechos de primera generación tenían al individuo como protagonista y los

derechos de segunda generación consideraban al individuo en tanto que miembro de

una comunidad política organizada, los derechos de tercera generación sólo podrán ser

construidos sobre la base de la solidaridad entre los seres humanos, de la defensa de la

paz y de la justicia mundial, así como del respeto al medio ambiente.

Lo cierto es que hoy la DUDH representa el horizonte de legitimación ético-política

de los ordenamientos jurídicos vigentes en cada Estado. La apelación constante a los

mismos así lo demuestra.

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