UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN … · BIONEGOCIO CON EL POTENCIAL DE CRECER DE MANERA RÁPIDA,...

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1 UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN INNPULSA COLOMBIA ADENDA 01 A través de la presente adenda se modifican los Términos de Referencia publicados en la página web de INNPULSA COLOMBIA: http://www.innpulsacolombia.com/es/ofertas el 11 de abril de 2014, correspondientes a la convocatoria TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA ADJUDICAR RECURSOS DE COFINANCIACIÓN NO REEMBOLSABLES A PROPUESTAS DE BIOEMPRESA QUE TENGAN POR OBJETO EL DESARROLLO DE UN PROYECTO QUE CONSISTA EN UN BIONEGOCIO CON EL POTENCIAL DE CRECER DE MANERA RÁPIDA, RENTABLE Y SOSTENIDA. CONVOCATORIA CEE005 CAPITAL SEMILLA PARA BIOEMPRESAS Los textos de los numerales ajustados con la presente adenda son lo que se indican a continuación: 8. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA 12.1 PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA Bogotá D.C. Mayo de 2014

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UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN – INNPULSA COLOMBIA

ADENDA 01 A través de la presente adenda se modifican los Términos de Referencia publicados en la página web de INNPULSA COLOMBIA: http://www.innpulsacolombia.com/es/ofertas el 11 de abril de 2014, correspondientes a la convocatoria TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA ADJUDICAR RECURSOS DE COFINANCIACIÓN NO REEMBOLSABLES A PROPUESTAS DE BIOEMPRESA QUE TENGAN POR OBJETO EL DESARROLLO DE UN PROYECTO QUE CONSISTA EN UN BIONEGOCIO CON EL POTENCIAL DE CRECER DE MANERA RÁPIDA, RENTABLE Y SOSTENIDA.

CONVOCATORIA CEE005 CAPITAL SEMILLA PARA BIOEMPRESAS

Los textos de los numerales ajustados con la presente adenda son lo que se indican a continuación: 8. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA 12.1 PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA

Bogotá D.C.

Mayo de 2014

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TABLA DE CONTENIDO 1. ANTECEDENTES ........................................................................................................ 4

1.1 LA UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN ..................................................... 4

1.2 ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA ............................ 4

1.3 DEFINICIONES ......................................................................................................... 7

2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA ........................................................................... 12

3. MECANICA DE LA CONVOCATORIA ....................................................................... 12

4. TÉRMINOS JURÍDICOS ............................................................................................ 12

4.1 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE ......................................................................... 12

4.2 VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA .......................................... 12

4.3 CLÁUSULA DE RESERVA ..................................................................................... 13

4.4 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA .......................................................... 13

5. INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES .............................................................. 14

5.1 ESTUDIOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA .................................... 14

5.2 INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA PROPUESTA ..................................... 14

5.3 QUIENES PUEDEN SER PROPONENTES ............................................................ 14

5.4 ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN ......................... 16

6. QUIENES PUEDEN SER ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE RECURSOS. ...... 17

7. COBERTURA GEOGRÁFICA DE LA PROPUESTA ................................................ 17

8. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA ............................................................... 18

8.1 APERTURA DE LA CONVOCATORIA .................................................................... 18

8.2 CIERRE DE LA CONVOCATORIA .......................................................................... 18

9. FORMULACIÓN DE INQUIETUDES .......................................................................... 18

10. RESPUESTA DE INQUIETUDES ............................................................................... 18

11. LUGAR Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS ....................................................... 18

12. PORCENTAJE Y MONTOS MÁXIMOS DE COFINANCIACIÓN ................................ 19

12.1 PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA ................................................ 19

12.2 RUBROS COFINANCIABLES ................................................................................. 19

12.3 RUBROS NO COFINANCIABLES ........................................................................... 21

12.4 RECURSOS Y RUBROS DE CONTRAPARTIDA ................................................... 21

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12.5 DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN ............................... 22

13. RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO ......................................................................... 23

14. MONEDA .................................................................................................................... 23

15. EVALUACIÓN ............................................................................................................ 23

15.1 ETAPA DE ELEGIBILIDAD (DOCUMENTAL Y PRE-TÉCNICA) ............................. 23

15.1.1 Propuesta técnica mínima ...................................................................................... 23 15.1.2 Documentos legales ............................................................................................... 25 15.1.3 Evaluación Pre-Técnica .......................................................................................... 26 15.2 ETAPA DE VIABILIDAD .......................................................................................... 28

15.2.1 Criterios de Desempate .......................................................................................... 31 15.2.2 Rechazo de Propuestas ......................................................................................... 32 16. DECLARATORIA DE DESIERTA .............................................................................. 32

17. CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA ............................................... 33

17.1 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA .................................................................. 33

17.2 PERIODO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA ........................................................ 33

18. CONTRATO ............................................................................................................... 33

18.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO ........................................................................... 33

18.2 OBLIGACIONES DE LA UNIDAD ........................................................................... 34

18.3 OBLIGACIONES DEL PROPONENTE/ ENTIDAD ADMINISTRADORA DE RECURSOS ...................................................................................................................... 34

18.4 OBLIGACIONES ADICIONALES DE LA ENTIDAD ADMINISTRADORA ................ 35

18.5 GARANTÍAS DEL CONTRATO ............................................................................... 35

18.8 INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL ...................................................................... 36

18.9 IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES ......................................................... 37

18.10 INTERVENTORÍA ................................................................................................... 37

18.11 CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN ..................................................... 37

18.12 DIFUSIÓN, TRANSFERENCIA Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS ...................... 38

18.13 PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL DE LOS RESULTADOS .................. 38

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1. ANTECEDENTES

1.1 LA UNIDAD DE DESARROLLO E INNOVACIÓN La Unidad de Desarrollo e Innovación nace como parte del propósito del Gobierno Nacional de acelerar los motores que jalonan la locomotora de la innovación. El objetivo principal de la Unidad de Desarrollo e Innovación es estimular los sectores productivos del país y lograr que más innovadores y empresarios incursionen en procesos de alto impacto con énfasis en innovación. Esta Unidad estimula la alianza entre sector público, sector privado y la academia como eje fundamental para desarrollar la innovación en el marco de una estrategia nacional de innovación. La Unidad de Desarrollo e Innovación promueve las condiciones para apalancar el desarrollo del país desde la innovación y pone al servicio de los empresarios y los emprendedores dinámicos, nuevas herramientas y programas renovados para aprovechar la innovación como motor de la prosperidad. Adicionalmente, promueve la innovación como instrumento para el desarrollo y la competitividad, y para ello se enfoca en la innovación empresarial y el emprendimiento que genere alto impacto en términos de crecimiento, prosperidad y empleo de calidad. Para desarrollar su labor la Unidad utilizará un conjunto de herramientas de política industrial moderna, tales como convocatorias de recursos cofinanciados y no reembolsables. Esta figura permite articular diferentes instrumentos ya existentes, financieros y no financieros, y el diseño de nuevos mecanismos que tengan en cuenta las necesidades de los empresarios y los emprendedores. 1.2 ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA Las bases de la Ley 1450 de 2011 – Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 (Prosperidad para Todos), establecen que para fomentar la innovación y el uso del conocimiento se requiere: (i) Financiación adaptada a las características de los proyectos de investigación e innovación y a la estructura productiva y necesidades regionales, (ii) La formación de capital humano que pueda transformar ideas y conocimiento en innovaciones, y (iii) Una institucionalidad que organice, asesore, acompañe y vigile los procesos de identificación, producción, difusión, uso e integración del conocimiento en la transformación productiva y social del país. En desarrollo de lo anterior y con la finalidad de ejecutar los objetivos que el Gobierno Nacional se ha trazado para el periodo 2010-2014, el artículo 46 de la Ley 1450 de 2011 estableció:

“Artículo 46. FINANCIACIÓN UNIDAD DE DESARROLLO BANCOLDEX. El Gobierno Nacional, previa instrucción sobre su distribución a la Nación por el CONPES, podrá destinar recursos de las utilidades del Banco de Comercio Exterior – Bancoldex, para el

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diseño, montaje y funcionamiento de una Unidad de Desarrollo y para la estructuración e implementación de proyectos y programas identificados por dicha unidad. Tales recursos se manejarán a través de un sistema de manejo separado de cuentas que para todos sus efectos se asimilará a un patrimonio autónomo. Bancoldex administrará dichos recursos a través de una cuenta de orden.

Para los propósitos señalados en este artículo, Bancoldex podrá celebrar convenios con las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación.”

La Unidad de Desarrollo e Innovación tiene como objetivos: a) apoyar la estructuración de las líneas de acción de los proyectos estratégicos con enfoque regional, b) identificar los instrumentos de apoyo públicos y privados adecuados y hacer seguimiento a su ejecución, c) identificar las líneas de redescuento enfocadas a las necesidades de las empresas del Programa y d) diseñar iniciativas para financiamiento de riesgo de los emprendimientos con carácter innovador en etapa temprana. En atención a lo establecido en el mencionado artículo y a lo dispuesto en las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. - Bancóldex (en adelante Bancóldex), suscribió con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (en adelante el MCIT) el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 164 de 2011, cuyo objeto es poner en marcha la Unidad de Desarrollo e Innovación. Por su parte el Documento Conpes 3697 del 14 de Junio de 2011 establece como objetivo crear las condiciones económicas, técnicas, institucionales y legales que permitan atraer recursos públicos y privados para el desarrollo de empresas y productos comerciales basados en el uso sostenible de la biodiversidad, específicamente de los recursos biológicos, genéticos y sus derivados. Estos recursos son la base de nuevos productos para diversas industrias como la cosmética, la farmacéutica, la agroalimentaria y la de ingredientes naturales, entre otras. Para lograr lo anterior, se proponen las siguientes iniciativas: i) mejorar la capacidad institucional para el desarrollo comercial de la biotecnología a partir del uso sostenible de la biodiversidad, específicamente de los recursos biológicos, genéticos y sus derivados ; ii) desarrollar un conjunto de instrumentos económicos para atraer inversiones públicas y privadas para el desarrollo de empresas y productos basados en el uso sostenible con fines comerciales de la biodiversidad, específicamente de los recursos biológicos, genéticos y sus derivados y la biotecnología; iii) adecuar y revisar el marco normativo relacionados con el acceso a los recursos genéticos, los procesos de registro sanitario de medicamentos biotecnológicos, y la regulación sobre producción y comercialización de productos fitoterapéuticos; y iv) evaluar la creación de la empresa nacional de bioprospección. A través del documento Conpes 3697 del 14 de junio de 2011 se determina que el Gobierno promoverá la constitución de una cadena de financiación para la industria biotecnológica, impulsando la creación de instrumentos que realicen inversiones en los siguientes tipos de empresas: i) desarrolladoras de productos de origen natural o insumos biotecnológicos, ii) de base biotecnológica, iii) de productos con alto valor agregado, iv) así como empresas que elaboren productos finales destinados para consumo de hogares y

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empresas, desarrollados a través del uso de biotecnología que se encuentren en etapa de expansión. En relación con el acceso a financiamiento para el desarrollo comercial de la biotecnología a partir del uso sostenible de la biodiversidad, el documento Conpes 3697 de 2011 indica:

“En el caso de negocios que hagan uso sostenible de la biodiversidad, se puede afirmar que son pocos los instrumentos sectoriales que existen para su fortalecimiento, con contadas excepciones, entre ellos el Fondo de Biocomercio. Esta situación no ha permitido que el uso sostenible de la biodiversidad sea un factor diferenciador de la producción nacional en los mercados, y mucho menos en aquellos mercados en los que la biotecnología es un elemento de competencia, en los que Colombia tendría mayores oportunidades”

La financiación de las empresas de bioprospección, las desarrolladoras de productos de origen natural, de base biotecnológica, de productos con valor agregado, así como empresas que elaboren productos finales a través del uso de la biotecnología moderna y de materiales derivados de la biodiversidad colombiana, debe concebirse como una cadena, donde cada mecanismo de inversión se activa dependiendo del estado de desarrollo en el cual se encuentra cada empresa o proyecto. Para entender mejor el potencial de la industria de biotecnología en el País, la Unidad de Desarrollo e Innovación, con el apoyo técnico del Departamento Nacional de Planeación, contrató en el año 2013 un estudio que definió las principales estrategias y actividades necesarias para la creación de instrumentos financieros acordes con las capacidades del país, que permiten atraer inversiones y llevar al mercado global empresas de base biotecnológica y productos biotecnológicos basados en el uso sostenible de los recursos biológicos, genéticos y sus derivados de la biodiversidad. En el “Estudio Potencial de la Industria de la Biotecnología en el País1”, en el que se recomiendan mejoras a la convocatoria de capital semilla realizada por La Unidad en el año 2013, para que se atiendan las necesidades de desarrollo de bioempresas se indica que se requiere:

Incrementar los umbrales máximos (montos) de los proyectos, por tratarse de un sector intensivo en capital (ejemplo: convocatoria de capital semilla).

Continuar apoyando los procesos de acompañamiento, tal y como está haciendo iNNpulsa, para que se incorporen las rutinas, metodologías y buenas prácticas en las empresas beneficiarias de las ayudas.

Adicionalmente en el marco del Plan de Estímulo para la Productividad y el Empleo (PIPE), lanzado el 15 de abril de 2013, por el Presidente Juan Manuel Santos y que tiene como fin consolidar y extender los beneficios del crecimiento económico a todos los sectores de la economía inyectándoles dinamismo a través de medidas transversales y sectoriales para sectores específicos para así poder alcanzar el crecimiento de 4,8% propuesto para este año2, Bancoldex tiene contemplado un programa de financiación de apoyo al sector industrial.

1 Estudio sobre el potencial de la industria de biotecnología en el país – www.innpulsacolombia.com

2 Plan de Impulso a la Productividad y Empleo (PIPE). Conversatorio 16 de Abril de 2013. Cámara de Comercio de Bogotá

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Dicha medida asignó recursos para la UNIDAD destinados a capital semilla y otros mecanismos financieros y no financieros que generen crecimiento en empresas de todos los tamaños y grados de madurez3. Teniendo en cuenta el documento CONPES 3697 de 2011, los resultados del estudio “Potencial de la Industria de Biotecnología en el País” y en desarrollo de las obligaciones asumidas por la Unidad de Desarrollo e Innovación, La Unidad procede a realizar esta convocatoria pública para adjudicar recursos de cofinanciación no reembolsables a propuestas de bioempresas que tengan por objeto el desarrollo de un proyecto con el potencial de crecer de manera rápida, rentable y sostenida. Las erogaciones que resulten de la presente convocatoria fueron aprobadas por la Junta Asesora de la Unidad de Desarrollo e Innovación en la sesión N° 34 del 31 de enero de 2014, la cual aprobó el presupuesto de la Unidad de Desarrollo e Innovación para el año 2014 y su respectivo plan operativo. 1.3 DEFINICIONES Para efectos de los presentes términos de referencia, se adoptan las siguientes definiciones: a) Unidad de Desarrollo e Innovación (LA UNIDAD): Es un programa especial (asimilado a

un patrimonio autónomo) que administra el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancoldex, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 1450 de 2011.

b) Crecimiento rápido, rentable y sostenido (CRRS): Para el caso de los presentes términos de referencia, se calificarán por emprendimientos y empresas con potencial de crecer de manera rápida, rentable y sostenida en el tiempo –CRRS- teniendo en cuenta las siguientes definiciones:

• Crecimiento Rápido: crecimiento rápido está asociado a la dinámica en ventas o

ingresos operacionales, los cuales se consideran sinónimos para los fines de la presente convocatoria. La variación en ventas, es la variable que se utiliza para establecer si la firma presentó un crecimiento rápido.

• Crecimiento Rentable: el crecimiento rentable se relaciona con el crecimiento en

las utilidades antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones, indicador financiero conocido como EBITDA, por sus siglas en inglés (Earnings Before Interest, Taxes, Depreciation, and Amortization).

• Crecimiento Sostenido: el crecimiento sostenido está relacionado con las dos

variables anteriormente mencionadas: ingresos operacionales y EBITDA. A nivel conceptual, se considera que las firmas con Crecimiento Sostenido son aquellas que tienen “ingresos sostenidos” y “EBITDA sostenido” durante un período de tiempo de cinco (5) años.

3 Plan de Impulso a la Productividad y Empleo (PIPE). ABC del Plan de Estímulo para la Productividad y el Empleo (PIPE).

15 de abril de 2013. https://www.mincomercio.gov.co/publicaciones.php?id=6179

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Para el caso de los presentes Términos de Referencia, las empresas CRRS serán aquellas que tengan el potencial de alcanzar los siguientes resultados:

Margen Operativo superior al 8%.

Potencial de llegar a vender $4.000 millones en el año 10 si tienen más de 3 años.

Ventas iniciales acumuladas superiores a $400 millones si tienen menos de 3 años.

Promedio histórico de margen operativo mayor al 4%.

Empleados con ingresos superiores a 3X el SMMLV (X= 1 SMMLV).

c) Bioempresario: Es un individuo que en solitario o como parte de un grupo

emprende una iniciativa empresarial aplicando biociencias en el contexto del negocio.

d) Bioempresa: en estos términos de referencia se adopta la definición del Conpes

3697 del 14 de junio de 2011 donde se determinan como bioempresas las empresas: i) desarrolladoras de productos de origen natural o insumos biotecnológicos, ii) de base biotecnológica, iii) de productos con alto valor agregado, iv) así como empresas que elaboren productos finales destinados para consumo de hogares y empresas, desarrollados a través del uso de biotecnología que se encuentren en etapa de expansión.

e) Desarrollo Bioempresarial: Es el proceso de creación de valor extraordinario en

el tiempo a través de una bioempresa que tiene el potencial de crecer rápido, rentable y sostenidamente.

f) Validación comercial: Es la demostración y evidencia de la posible aceptación

del mercado, del bionegocio. Todos los proponentes sin excepción deberán presentar al menos uno de los siguientes soportes, para argumentar la validación comercial, además del estudio de mercado y prueba de concepto:

Cartas de intención de compra.

Ventas realizadas a través de facturas.

Dos (2) cartas de empresas del sector donde se pueda aplicar la tecnología manifestando la relevancia de incorporarla en el mercado.

Documento que certifique o evidencie un proceso de debida diligencia entre el comprador o licenciatario de la tecnología o la empresa y la empresa interesada.

H) Estudio de Mercado: Es un estudio que determina el potencial de mercado del

producto, el servicio de la empresa. Este debe incluir:

Definición del mercado Tamaño del mercado

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Análisis general de la industria, entorno del negocio y tendencias demográficas Industria local Principales competidores (fortalezas y debilidades) Posicionamiento en el mercado Objetivos de mercado Estrategia de participación en el mercado

Dicho estudio deberá contemplar elementos cualitativos y cuantitativos y debe presentar para las variables enunciadas Información con una vigencia no mayor a (12 meses). El estudio debe presentarse de conformidad con la definición planteada en estos términos como un anexo a la propuesta técnica.

I) Entidad administradora de recursos: En el caso en el que el proponente no cuente con las condiciones definidas para administración de los recursos definidos en el numeral 5.4 de los presentes términos de referencia, se deberá presentar con una entidad administradora de los recursos, que cuente con las condiciones e indicadores definidas para tal fin. Podrán ser entidades administradoras de recursos, personas jurídicas privadas que cuenten con la experiencia y capacidades demostrables definidas en el numeral 6 de los presentes Términos de Referencia. Las entidades administradoras de recursos para efectos de esta convocatoria responderán solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones del contrato que se suscriba en el evento que se adjudiquen los recursos de cofinanciación. Estas entidades deberán cumplir con todas las obligaciones contractuales, y particularmente las descritas en el numeral 18.4 de los presentes términos de referencia.

J) Equipo Gestor de Alto Nivel - EGAN: La Unidad podrá disponer de un Equipo

Gestor de Alto Nivel de Bionegocios con experiencia internacional demostrada, quie acompañará a los proponentes que reciban los recursos de cofinanciación. El rol del EGAN consistirá en propender por el fortalecimiento del proponente como empresa, para lo que desarrollará entre otras, las siguientes actividades:

Acompañar a las Bioempresas en el desarrollo de un plannegocio para la empresa.

Diseñar e implementar procesos de apoyo para el desarrollo de la Bioempresa

Facilitar el desarrollo de la Bioempresa trabajando de la mano con el bioempresario, posibles clientes, aliados (proveedores, co-desarrolladores, abogados, universidades, etc.)

Desarrollar y mantener relaciones de alto nivel con posibles clientes, compradores o aliados de la Bioempresa.

Conducir a la empresa para facilitar la celebración de contratos (incluyendo la identificación de nuevos clientes y mercados, desarrollando aproximaciones al mercado, identificación de clientes potenciales, preparación de propuestas, etc).

Ayudar a desarrollar estrategias de mercadeo y ventas.

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Apoyar el proceso de levantamiento de recursos financieros identificando fuentes de financiación, facilitando la presentación de la bioempresa ante la fuente de financiación y apoyando el proceso de negociación entre las partes.

Otras labores que se identifiquen sean necesarias para el desarrollo exitoso de la bioempresa.

Se reitera que las actividades que desarrolle el EGAN estarán orientadas al fortalecimiento integral de la Bioempresa y de sus capacidades, propendiendo por que se facilite en ésta el Crecimiento rápido, rentable y sostenido de la misma. Por lo anterior los proponentes que resulten beneficiarios de la presente convocatoria y, en caso que la Unidad disponga de éste equipo, deberán elaborar un plan de fortalecimiento conjuntamente con el Equipo Gestor de Alto Nivel - EGAN que deberá ejecutarse durante el desarrollo del proyecto cofinanciado, obligación que será incorporada a los contratos que eventualmente se celebren el marco de esta convocatoria.

K) Pitch: Es una técnica de discurso persuasivo, que busca convencer a un inversionista, cliente o publico sobre una idea o asunto en particular. Por lo general la presentación debe ser corta, concreta y clara y su técnica varía dependiendo del público ante el que se realice.

L) Propuesta: Es la oferta que presenta a esta convocatoria un proponente de

conformidad con los términos de referencia.

M) Prueba de Concepto: Para efectos de la presente convocatoria es la demostración tangible que verifica que el concepto o la investigación que se está desarrollando tiene una aplicación en el mundo real. En este caso el Proponente debe probar que ya avanzó en una investigación aplicada, que cuenta con un prototipo mínimamente viable que le permite demostrar su factibilidad y con usuarios identificados. Para tal fin el proponente deberá de describir en el formato de presentación de la propuesta los elementos que sustentan dicha situación, adicionalmente se debe aportar evidencia de intención de compra.

N) Bionegocio validado comercialmente: Es una compañía en proceso de gestación

que se encuentra validando su modelo de negocios y cuenta con soportes de esta validación de acuerdo a lo solicitado en esta convocatoria.

O) Proyecto: Es la propuesta que ha cumplido con los criterios de elegibilidad y

viabilidad requeridos por parte de LA UNIDAD.

P) Producto: La American Marketing Asociation (A.M.A.), lo define como "un conjunto de atributos (características, funciones, beneficios y usos) que le dan la capacidad para ser intercambiado o usado. Usualmente, es una combinación de aspectos tangibles e intangibles. Así, un producto puede ser una idea, una entidad física (un bien), un servicio o cualquier combinación de los tres. El producto existe para

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propósitos de intercambio y para la satisfacción de objetivos individuales y de la organización"4

Q) Prototipo Mínimamente Viable (PMV): Es un prototipo formado por el conjunto de

funcionalidades mínimas con los que el producto en desarrollo debe contar para probarlo y validarlo con los potenciales usuarios o clientes5.

R) Proponente: Es toda persona jurídica privada nacional, que presente una propuesta a la presente convocatoria. El proponente que se presente a esta convocatoria no puede ser o haber sido beneficiario de recursos de cofinanciación entregados dentro de las convocatorias EDI007, EDI19 o CEE004, abiertas por la Unidad de Desarrollo e Innovación ni de las convocatorias CIE002-12 y CIE007-13 del Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

En tal sentido se declarará NO ELEGIBLE aquella propuesta cuyo proponente haya sido beneficiario de alguna de las convocatorias anteriormente mencionadas. De la misma forma, se declarará NO ELEGIBLE la propuesta que presente para ser cofinanciado un proyecto que hubiera recibido recursos de cofinanciación dentro de cualquier convocatoria de la Unidad de Desarrollo e Innovación o del Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

S) Prototipo: Es un modelo original que incluye todas las especificaciones técnicas, características y determinantes del desempeño de un nuevo producto. El diseño, construcción y prueba de prototipos generalmente hace parte de procesos relacionados con la investigación y desarrollo (I+D). Así mismo de un prototipo también hacen parte aquellos elementos del diseño industrial incluidos planos y dibujos destinados a definir procedimientos, especificaciones técnicas y características operativas necesarias para la concepción, desarrollo y manufactura de nuevos productos o procesos antes de que estos lleguen al mercado6.

T) Recursos de Cofinanciación: Son aportes en dinero no reembolsables destinados

por LA UNIDAD para cubrir un porcentaje del proyecto, previo cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos señalados en estos términos de referencia.

U) Recursos de contrapartida en especie: Son los recursos (humanos, físicos y tecnológicos) diferentes a recursos en efectivo, aportados por los proponente seleccionados o terceros, de acuerdo al numeral 12.4, los cuales se requieren necesariamente para la ejecución de la propuesta.

Dependiendo de la clase de recurso aportado este no implica exclusivamente una erogación de dinero. Sin embargo para su validación y seguimiento, se

4 http://www.marketingpower.com/_layouts/dictionary.aspx?dLetter=P

5 Definición adoptada de http://www.emprered.org/libros/version-minimamente-viable-del-producto

(consultado el 16 de julio de 2013) 6 Definición adaptada del Manual de Frascatti, OECD 2002.

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solicitara los respectivos soportes que permitan verificar su valoración por parte de la interventoría.

V) Recursos de contrapartida en efectivo: Son todos aquellos recursos que el

proponente o un tercero proporciona en efectivo, para el desarrollo de las actividades contempladas exclusivamente en el proyecto. Los recursos de contrapartida deberán cumplir con los lineamientos establecidos en el numeral 12.4 de estos Términos.

W) Primer Lote de Prueba: es la manufactura de un nuevo producto donde se pone en marcha una línea de producción inicial. En esta se evalúa el comportamiento del producto en la línea de producción, se ajustan parámetros, métodos de producción, sistemas y producto final.

2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Adjudicar recursos de cofinanciación no reembolsables a propuestas presentadas por bioempresas que tengan por objeto el desarrollo de un proyecto que consista en un bionegocio con el potencial de crecer de manera rápida, rentable y sostenida. Las propuestas que se presenten deberán cumplir con las condiciones establecidas en los presentes términos de referencia. 3. MECANICA DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria cuenta con un proceso de evaluación que se realiza en dos (2) fases, una de Elegibilidad (documental y pre-técnica) y otra de Viabilidad, tal como se explica en el numeral 15 de los presentes términos de referencia: I Elegibilidad (documental y pre-técnica) II Viabilidad

4. TÉRMINOS JURÍDICOS

4.1 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE En atención al régimen de contratación de LA UNIDAD, el presente proceso de selección y la contratación que de él se derive, se encuentran sometidos a las normas del Derecho Privado Colombiano. 4.2 VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA El Proponente está obligado a responder por la veracidad de la información entregada durante el proceso de selección de Proponentes. LA UNIDAD, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el Proponente presente para el desarrollo de esta invitación es veraz, y corresponde a la realidad. No

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obstante, LA UNIDAD, se reserva el derecho de verificar toda la información suministrada por el Proponente. 4.3 CLÁUSULA DE RESERVA LA UNIDAD se reserva el derecho de cerrar anticipadamente la presente convocatoria y de rechazar cualquiera o todas las propuestas que se presenten, si así conviene a sus intereses, sin necesidad de dar explicación alguna a los proponentes y sin indemnizar ningún tipo de perjuicio o asumir costo alguno que con tal cierre o rechazo se pudiera generar a alguno de las entidades que presentaron propuesta. 4.4 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

El Proponente persona jurídica privada y la entidad administradora de recursos (en caso de que aplique), deberán constituir una garantía conjunta de seriedad de la oferta (una garantía por propuesta), con una suma asegurada equivalente al cinco por ciento (5,00%) del valor total de la propuesta, es decir, recursos de cofinanciación solicitados más recursos de contrapartida, en la cual se haga mención expresa a la propuesta que se está garantizando ante LA UNIDAD. Esta garantía podrá consistir en una garantía bancaria a primer requerimiento (on-demand) o en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, que sea satisfactoria para LA UNIDAD. La garantía deberá ajustarse a los presentes Términos de Referencia y a las disposiciones legales vigentes. Las compañías de seguros que otorguen la garantía deberán estar legalmente establecidas en Colombia, los establecimientos bancarios que otorguen la garantía podrán ser nacionales o extranjeros siempre que tengan límite de exposición crediticia con Bancóldex (cupo de crédito aprobado con Bancóldex). La garantía deberá ser válida por un periodo de ciento ochenta días (180) días calendario a partir de la fecha de radicación de documentos requeridos para la etapa de elegibilidad documental y técnica (Ver numeral 11). La garantía de seriedad de la oferta deberá ser otorgada a favor del Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. – Bancóldex – Unidad de Desarrollo e Innovación, NIT. 900.457.656-8, en formato para entidades particulares, la cual se hará efectiva si el proponente y/o la Entidad administradora de recursos retiran su propuesta dentro del período de validez estipulado, o si habiéndosele adjudicado el contrato no cumplen con los requisitos establecidos para la firma del mismo o se niegan a celebrar el contrato respectivo o no presenta las garantías del Contrato establecidas en estos Términos de Referencia o en el Contrato. Nota: En caso de que el proponente se presente con una entidad administradora de recursos, y teniendo en cuenta la responsabilidad compartida de los mismos, la garantía de seriedad de la oferta deberá mencionar expresamente que los tomadores/afianzados son tanto el proponente con su número de NIT y la entidad administradora con número de NIT, esta aclaración puede incluirse en las observaciones de las garantías emitidas por las aseguradoras.

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5. INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES

5.1 ESTUDIOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA Corresponde a todo Proponente efectuar los estudios y verificaciones que considere necesarios para la formulación de la Propuesta, asumiendo todos los gastos, costos, impuestos y riesgos que ello implique, que no serán reembolsados en ningún caso y bajo ningún concepto. La presentación de una Propuesta implicará que el Proponente realizó los estudios, análisis y valoraciones pertinentes para prepararla y, por lo mismo, no se reconocerá sobrecosto alguno derivado de deficiencias en ellos. 5.2 INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA PROPUESTA Las propuestas recibidas que no cumplan los requisitos y no vengan acompañadas de la documentación exigida en estos Términos de Referencia, serán excluidas del proceso de evaluación. La Propuesta debe ser presentada en español y todas sus páginas deben estar enumeradas en forma ascendente consecutiva, con el correspondiente índice o tabla de contenido que permita su fácil consulta, sin embargo, esto no será un criterio de elegibilidad. 5.3 QUIENES PUEDEN SER PROPONENTES Podrán ser proponentes de esta convocatoria toda persona jurídica privada, constituida legalmente en Colombia, que cumpla con las siguientes condiciones:

1. Cuente con una Bioempresa.7 Para lo cual en el formato de presentación de la propuesta deberá describir las actividades económicas y antecedentes de la Bioempresa.

2. Demuestre potencial de crecimiento rápido, rentable, sostenido, Es decir demuestre la capacidad de cumplir las métricas de: Margen Operativo, Potencial de Venta, y Promedio de Margen Operativo establecidos en el literal C) del numeral 1.3. Con el fin de evaluar este aspecto, se deberá diligenciar el Anexo- Plan de trabajo.

7 En estos términos de referencia se adopta la definición del Conpes 3697 del 14 de junio de 2011 donde se determinan

como bioempresas las empresas: i) desarrolladoras de productos de origen natural o insumos biotecnológicos, ii) de base

biotecnológica, iii) de productos con alto valor agregado, iv) así como empresas que elaboren productos finales destinados

para consumo de hogares y empresas, desarrollados a través del uso de biotecnología que se encuentren en etapa de

expansión. ( ver numeral 1.4 de los presentes términos de referencia)

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3. Presente un estudio de mercado, prueba de concepto y validación comercial del Bionegocio, Para lo cual igualmente deberá adjuntar la documentación exigible según las definiciones establecidas en el literal H) del numeral 1.3.

4. Cumpla con las condiciones establecidas y la documentación exigida por los presentes términos de referencia.

Para el caso en el que el proponente persona jurídica privada, NO cumpla con la capacidad financiera para administrar recursos y/o no cuente con más de un año de constitución legal a la fecha de radicación de la propuesta, deberá, sin excepción, presentarse en compañía de una entidad administradora de recursos que cumpla con los requisitos establecidos en el numeral 6 y con los requisitos establecidos para administrar recursos del numeral 5.4. de los presentes términos de referencia. En el caso en el que el proponente, persona jurídica privada, cumpla con la capacidad para administrar recursos relacionada en el numeral 5.4, NO tendrá que presentarse en compañía de una entidad administradora de recursos. Se precisa que cualquier persona jurídica nacional interesada en presentar propuesta, podrá presentar máximo dos (2) propuestas para recibir recursos de cofinanciación dentro de la presente convocatoria, de la siguiente forma: 1. Máximo una propuesta presentada directamente en su condición de persona jurídica. 2. Máximo una propuesta presentada por cualquier persona jurídica en la que figure como socia o propietaria de la misma, una persona jurídica que haya sido beneficiada por recursos de cofinanciación. Esta restricción aplica también para los socios personas naturales de las personas jurídicas que se presenten a esta convocatoria así: ° Una persona natural sólo podrá aparecer en calidad de socia o propietaria en máximo dos (2) propuestas presentadas por personas jurídicas para recibir recursos de cofinanciación dentro de la presente convocatoria. Se reitera que el proponente que se presente a esta convocatoria no puede ser o haber sido beneficiario de recursos de cofinanciación entregados dentro de las convocatorias EDI007, EDI19 o CEE004, abiertas por la Unidad de Desarrollo e Innovación ni de las convocatorias CIE002-12 y CIE007-13 del Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. En tal sentido se declarará NO ELEGIBLE aquella propuesta cuyo proponente haya sido beneficiario de alguna de las convocatorias anteriormente mencionadas. De la misma forma, se declarará NO ELEGIBLE la propuesta que presente para ser cofinanciado un proyecto que hubiera recibido recursos de cofinanciación dentro de cualquier convocatoria de la Unidad de Desarrollo e Innovación o del Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

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El suministro del Equipo Gestor de Alto Nivel (EGAN) por parte de La Unidad no implica que ésta asuma responsabilidad alguna por el éxito del proyecto cofinanciado. De la misma forma, al presentar una propuesta a la presente convocatoria, el proponente declara que exonera a La Unidad de cualquier responsabilidad derivada del acompañamiento del EGAN a una bioempresa que reciba recursos de cofinanciación. 5.4 ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN El Administrador de recursos podrá ser el proponente o la entidad administradora de los recursos, el cual en todo caso deberá contar con la capacidad financiera suficiente para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, de acuerdo con criterios de evaluación de ingresos, capacidad o suficiencia operativa y endeudamiento. Los recursos de cofinanciación podrán ser entregados al proponente y administrados directamente por éste, excepto que:

- El proponente persona jurídica privada no cuente con más de un año de constitución a la fecha de presentación de la propuesta.

- El proponente persona jurídica no cumpla con los parámetros financieros establecidos a continuación (capital de trabajo neto, Razón de liquidez y Razón de endeudamiento)

- Que el proponente decida presentarse con una Entidad Administradora, a pesar de que cumpla con las condiciones definidas para lo cual se debe definir esta situación en el plan de trabajo

En todo caso el administrador de los recursos que se proponga (Entidad administradora de recursos o Proponente), deberá cumplir con los siguientes parámetros financieros, o no pasará la etapa de elegibilidad conforme las condiciones exigidas en él numeral 15:

I. Capital de trabajo neto debe ser superior o igual al diez (10,00%) del valor de la

propuesta.

II. Razón de liquidez debe ser mayor o igual a uno (1). III. Razón de endeudamiento no debe ser superior al setenta por ciento (70,00%).

Para tal fin y con base en los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2013, se calcularán los siguientes indicadores:

o Capital de trabajo neto = Activo Corriente – Pasivo Corriente o Razón de liquidez = Activo Corriente / Pasivo corriente o Razón de Endeudamiento = Pasivo / Total Pasivo + Patrimonio

Dicho análisis de la situación financiera y respaldo que ofrece cada uno de los proponentes se realizará con base en los indicadores financieros enunciados, tomando como base estados financieros de 2013. (Año completo de Enero a Diciembre).

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Nota: Asegúrese de que quien va a actuar como administrador de los recursos cumple con las condiciones establecidas antes de radicar la propuesta. 6. QUIENES PUEDEN SER ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE RECURSOS.

Podrán ser entidades administradoras de recursos dentro de la presente convocatoria aquellas que demuestren su experiencia y capacidad en ejecución de proyectos con recursos de cofinanciación y que cuenten con la capacidad financiera para administrar recursos y antigüedad, según lo definido en el numeral 5.4. Para acreditar dicha experiencia y capacidades se deberá anexar con la propuesta: 1. Información de mínimo dos (2) contratos finalizados con entidades públicas, en los que se demuestre ejecución de proyectos con recursos de cofinanciación. Para acreditar la experiencia exigida, el Proponente deberá aportar copia del acta de liquidación o certificaciones expedidas por los supervisores o equivalentes que contengan mínimo la siguiente información:

Objeto y descripción

Fechas de realización y duración

Valor del contrato

Alcance del contrato Nombre, cargo, firma y datos de contacto de quien supervisó dicho o equivalentes

2. La Entidad administradora deberá relacionar el equipo de trabajo (de acuerdo con el formato Anexo), que acompañará la ejecución de la propuesta presentada, sus responsabilidades y la dedicación de tiempo. Toda esta información deberá ser verificable y podrá ser solicitada por LA UNIDAD durante el proceso de evaluación y ejecución. La información brindada por la Entidad administradora de recursos será evaluada en la fase de Elegibilidad (documental y pre-técnica), así como en la Fase de Viabilidad (Ver numeral 15). El rol de las Entidades administradoras de recursos definidas en el numeral 1.3 de estos Términos de Referencia consiste en apoyar los procesos de contratación, gestionar los pagos, administrar los recursos de cofinanciación, garantizar la correcta ejecución de los recursos, el seguimiento al cumplimiento del plan de trabajo y el manejo de las buenas relaciones de los involucrados en el proyecto, para lo cual igualmente suscribirá de forma solidaria con el proponente el contrato que eventualmente se derive de la presente convocatoria. 7. COBERTURA GEOGRÁFICA DE LA PROPUESTA

Podrán presentarse propuestas provenientes de todo el territorio nacional.

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8. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

El desarrollo de esta convocatoria tendrá lugar de conformidad con el siguiente cronograma, el cual podrá ser modificado por LA UNIDAD sin restricción, mediante adenda a los presentes Términos de Referencia.

EVENTO FECHA

Apertura y publicación de los Términos de Referencia

11 de Abril de 2014

Formulación y radicación o envío de inquietudes por parte de los Proponentes a la Unidad de Desarrollo e Innovación

Entre el 11 de Abril y el 6 de Junio de 2014

Respuesta de inquietudes enviadas por los Proponentes a la Unidad de Desarrollo e Innovación

Entre el 11 de Abril y el 13 de Junio de 2014

Entrega de las propuestas y cierre de la Convocatoria

Desde el 9 de Mayo hasta el 27 de Junio de 2014

8.1 APERTURA DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria se abrirá y se desarrollará conforme lo definido en el numeral 8 de los términos de referencia. 8.2 CIERRE DE LA CONVOCATORIA Se recibirán propuestas de acuerdo con lo estipulado en el numeral 8 de los términos de referencia. Se indica que se evaluarán las propuestas dando aplicación a los procesos de elegibilidad (documental y pre - técnica) y viabilidad descritos en los presentes Términos de Referencia, una vez cerrada la convocatoria. 9. FORMULACIÓN DE INQUIETUDES

Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes Términos de Referencia, que surjan por parte de los Proponentes, deberán ser presentadas, mediante correo electrónico a [email protected] dirigido a la Unidad de Desarrollo e Innovación, indicando en el asunto, el nombre y número de la convocatoria. 10. RESPUESTA DE INQUIETUDES

LA UNIDAD, publicará regularmente en su página web www.innpulsacolombia.com las respuestas a las inquietudes formuladas por los Proponentes en un documento titulado “Preguntas frecuentes”. 11. LUGAR Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

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Las propuestas deberán ser dirigidas a Catalina Ortiz Lalinde, Gerente de la Unidad de Desarrollo e Innovación y presentadas con la documentación en físico en la ventanilla de radicación de correspondencia, ubicada en la Calle 28 N° 13 A – 15, piso 39 en la Ciudad de Bogotá, hasta las 4:30 p.m. de lunes a viernes, en los tiempos establecidos en el numeral 8. LA UNIDAD, hará constar en recibo entregado a la persona que radique la propuesta la fecha y hora de presentación. Las propuestas presentadas después de la fecha y hora de cierre de la convocatoria se considerarán presentadas de forma extemporánea, por lo que serán rechazadas. Con el fin de no alterar el principio de igualdad entre los proponentes, las propuestas después de presentadas NO podrán ser modificadas por parte del proponente, salvo que UNIDAD lo haya requerido expresamente de oficio. No se aceptarán propuestas presentadas vía correo electrónico. 12. PORCENTAJE Y MONTOS MÁXIMOS DE COFINANCIACIÓN

Cada una de las propuestas presentadas que resulten viables, serán co-financiadas hasta un máximo del setenta por ciento (70,00%) del valor total del proyecto presentado.8 El porcentaje restante deberá ser aportado como contrapartida por el Proponente, según lo descrito en el numeral 12.4. En todo caso, el valor mínimo a cofinanciar por proyecto será la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000,oo) y máximo de MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.000.000.000,oo), sin que en ningún caso se pueda superar el porcentaje máximo de cofinanciación establecido. Si el costo real del proyecto, una vez concluido éste, excede el presupuesto inicialmente presentado, será responsabilidad del proponente asumir la diferencia en cumplimiento de las actividades y objetivos del proyecto. Así mismo, si el costo real del proyecto es menor al presupuesto inicialmente presentado, una vez concluido este, el proponente deberá reintegrar a LA UNIDAD los recursos que excedan el porcentaje aprobado de cofinanciación. 12.1 PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA LA UNIDAD cuenta con un presupuesto total para atender la presente convocatoria de SEIS MIL MILLONES DE PESOS ($6.000.000.000.oo). 12.2 RUBROS COFINANCIABLES

8 Se resalta que se cofinanciarán propuestas hasta el 70% del valor total del proyecto, por favor tener en cuenta aun las

fracciones de decimales por encima de este porcentaje, afectaran la elegibilidad de la propuesta

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Los recursos de cofinanciación podrán ser invertidos en los siguientes rubros de la propuesta presentada: R01- Pago de honorarios de asistencia técnica en temas relacionados con:

- Protección de la propiedad intelectual. - Internacionalización empresarial. - Escalonamiento técnico productivo y comercial del producto/servicio. - Fortalecimiento en conocimiento y capacidades del equipo bioempresarial

para el Bionegocio. - Desarrollo de estrategias comerciales y modelos de negocio. - Temas Legales relacionados con el desarrollo de la bioempresa.

R02 - Gastos asociados a Registro de propiedad Industrial (en el ámbito nacional o Internacional) tales como procesos de patentamiento y registros de Marca: todas aquellas actividades necesarias para obtener el patentamiento. (Honorarios de abogados, inscripciones y trámites, entre otros).

R03- Gestión comercial del bionegocio tal como: Materiales y estrategias de

comunicación, promoción y publicidad, participación en ruedas de negocio, ferias o eventos comerciales o de negocios nacionales e internacionales. Esto incluye transporte aéreo o terrestre y alojamiento por fuera del municipio base del emprendimiento, costos de inscripción, alquiler de stands, material publicitario y alquiler de equipos para los eventos mencionados. No incluyen gastos de alimentación, los cuales se aceptarán como contrapartida en efectivo.

R04- Primer lote de prueba (ver definiciones en el numeral1.3 sin que este rubro exceda

el 10% de los recursos de cofinanciación solicitados. R05- Capacitación del equipo bioempresarial en temas administrativos asociados al

negocio. R06- Estudios, registros sanitarios, permisos, estándares y certificaciones necesarios

para la comercialización de productos desarrollados en el marco del proyecto. Tales como pruebas de toxicología y ambientales, registros INVIMA, registros ICA, FDA, EMA, ECOCERT, USDA u otras que apliquen al tipo de industria. Así mismo homologación de nomenclatura o codificación del producto para mercados específicos.

R07- Ensayos y pruebas requeridas para entrar a mercados internacionales sobre el

producto o prototipo tal cómo:

Estabilidad Fisicoquímicos Organolépticos Composición Irritación Mutagénesis Toxicidad Homologación

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Otros que requiera la industria específica en donde el producto participa R08- Activos fijos ligados al proyecto cofinanciado (incluidas las licencias de software

especializado), máximo hasta el 25,00% de los recursos totales solicitados. R09- Materiales e insumos para el desarrollo del emprendimiento en caso de requerir

ajustes de prototipos. R10- Pago de tarifas de pauta y posicionamiento en plataformas digitales (móvil, web,

redes sociales, blogs, SEO.) R11- Administración de recursos: En el caso en el que los recursos sean administrados

por la entidad administradora de recursos diferente del mismo proponente se podrá reconocer un valor por dicha actividad, el cual será negociado entre el emprendedor y la entidad, pero en ningún caso podrá ser superior al 10,00% del valor total de los recursos de cofinanciación asignados; y su pago estará sujeto al cumplimiento de la ejecución del contrato.

12.3 RUBROS NO COFINANCIABLES No será cofinanciable ningún rubro diferente de los mencionados expresamente en el numeral 12.2 y particularmente los que se mencionan a continuación:

Estudios y capacitaciones que no estén asociados con el desarrollo del proyecto.

Estudios de aprobación de crédito o asesoría para diligenciar solicitudes de crédito.

Construcción de bases de datos.

Pago de pasivos (capital e intereses), pago de dividendos y aumento del capital social de la empresa.

Impuestos y aranceles, nacionales tales como el gravamen a los movimientos financieros generados por las transacciones de los recursos de cofinanciación entregados y el Impuesto al Valor Agregado IVA generado por la adquisición que haga el ejecutor de bienes o servicios cofinanciados.

Gastos de legalización del contrato de cofinanciación como pólizas de cumplimiento, impuestos de timbre y publicaciones.

Gastos de pólizas de seriedad de la oferta.

Arriendos, pagos de servicios públicos y gastos relacionados con adecuaciones de inmuebles.

Los demás que no estén explícitamente identificados en el numeral 12.2

12.4 RECURSOS Y RUBROS DE CONTRAPARTIDA Todas las propuestas deben incluir recursos de contrapartida que pueden provenir del mismo proponente u otras entidades públicas o privadas. Su naturaleza puede ser en efectivo o en especie. Sin embargo, el porcentaje en efectivo no podrá ser inferior al

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sesenta por ciento 60,00% del valor total de la contrapartida.9, de la misma forma el aporte en especie en ningún caso podrá superar el cuarenta por ciento 40,00% del valor total de la contrapartida; y corresponde a recursos dispuestos por el proponente y/o terceros que aporten a la propuesta, con erogación demostrable dentro del desarrollo de la misma. En ningún caso la contrapartida podrá estar compuesta por más del 75,00% de su valor con recursos públicos. Con los recursos de contrapartida podrán financiarse todos los rubros establecidos como cofinanciables (numeral 12.2), además de los siguientes: CO1- Los aportes de salarios del equipo bioempresarial; siempre y cuando los tiempos dedicados al proyecto que se establezcan como contrapartida puedan ser corroborados por la interventoría. Se debe tener en cuenta que la dedicación del equipo para ser considerado un aporte de contrapartida en efectivo debe corresponder al 100% del tiempo laboral, lo cual será verificado por la interventoría. CO2- Impuestos y gastos financieros que se causen por virtud del uso de los recursos entregados en cofinanciación aportados por la Unidad de Desarrollo e Innovación. (Solo considerados como contrapartida en efectivo). CO3- Gastos de legalización del contrato de cofinanciación como pólizas de cumplimiento y publicaciones. (Solo considerados como contrapartida en efectivo). 10

CO4- Gastos de alimentación cuando se asista a eventos internacionales (solo considerados como contrapartida en efectivo).

CO5- El Impuesto al Valor Agregado IVA generado por la adquisición que haga el ejecutor de bienes o servicios cofinanciados, aprobados dentro del presupuesto de cofinanciación para el desarrollo de la propuesta. (Solo considerados como contrapartida en efectivo).

CO6- Arriendos y gastos relacionados con adecuaciones de inmuebles.

C07- Equipos de laboratorio siempre y cuando estos sean adquiridos durante la ejecución del proyecto.

12.5 DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN De ser aprobada la propuesta, los desembolsos de los recursos de cofinanciación se efectuarán de la siguiente manera:

30% a título de anticipo, una vez legalizado el contrato y emitido el visto bueno para su desembolso por parte de la interventoría y de LA UNIDAD, previa presentación de la respectiva cuenta de cobro.

30% una vez entregados a satisfacción los resultados contemplados en el 50% del plan de trabajo y emitido el visto bueno para su desembolso por parte de la

9 Se resalta que el monto de la contrapartida en efectivo es del 60% del valor total de la contrapartida, por

favor tener en cuenta aun las fracciones de decimales por encima de este porcentaje, afectaran la elegibilidad de la propuesta. 10

No incluyen los gastos relacionados con la garantía de seriedad de la propuesta

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Interventoría y de LA UNIDAD, previa presentación de la respectiva cuenta de cobro

40% a la finalización de las actividades planteadas en el plan de trabajo y la entrega de los resultados contemplados en el 100% de realización del proyecto, y una vez cumplidas las metas de desempeño propuestas. Debe contar con el visto bueno la interventoría, para su desembolso por y con la firma del acta de liquidación del contrato.

13. RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO

El contrato que como consecuencia de la presente convocatoria se suscriba con los proponentes y la entidad administradora de recursos (si aplica)cuyas propuestas fueron declaradas viables, se sujetarán al derecho privado. 14. MONEDA

Para los efectos de esta convocatoria, las propuestas deberán expresarse en pesos colombianos. 15. EVALUACIÓN

La presente convocatoria contará con un proceso de evaluación en dos (2) fases, tal como se explica a continuación: 15.1 ETAPA DE ELEGIBILIDAD (DOCUMENTAL Y PRE-TÉCNICA) La primera fase del proceso de evaluación es la elegibilidad documental y pre - técnica, la cual tiene por objeto establecer si la propuesta cumple o no con los requisitos mínimos a nivel técnico y de potencial de negocio, además de la documentación requerida. Toda aquella propuesta que NO presente la documentación requerida en éste numeral o presente información imprecisa o incoherente será declarada no elegible y será excluida del proceso de evaluación. En todo caso y de forma previa al proceso elegibilidad (documental y pre-técnica), LA UNIDAD realizará consultas de control previo en relación con Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo –LAFT-, así como, en centrales de riesgo. Si el proponente se encuentra reportado en alguna de las listas de consulta de Bancóldex, la propuesta se rechazará inmediatamente. La evaluación de las propuestas en la fase de elegibilidad (documental y pre-técnica) se realizará una vez cerrada la convocatoria. Para surtir dicho proceso el proponente y la entidad administradora de los recursos (en caso que aplique) deberán presentar la siguiente documentación: 15.1.1 Propuesta técnica mínima

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La propuesta deberá incluir:

1. Carta de presentación de la propuesta, según anexo, en donde se exprese:

Declaración del proponente y de la entidad administradora de recursos (cuando aplique) en el sentido de no conocer ninguna circunstancia que implique conflicto de intereses con Bancóldex y/o Bancóldex como administrador de la Unidad de Desarrollo e Innovación.

Declaración del proponente y de la entidad administradora de recursos (cuando aplique) en el sentido de no estar incursos en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, según lo dispuesto en los artículos 8,9 y 10 de la Ley 80 de 1993, en el Decreto-Ley 128 de 1976 y en el Estatuto Anticorrupción Ley 1474 de 2011.

Declaración del proponente en la que certifique que no se encuentra incurso en ninguna de las condiciones establecidas en estos términos de referencia, que le impidan recibir recursos de cofinanciación dentro de la presente convocatoria.

Garantizar que toda la información consignada del oferente es verídica.

Se aceptan las condiciones establecidas en los términos de Referencia, anexos y sus adendas (Ver Anexo)

2. Formato de resumen ejecutivo de la empresa proponente diligenciado en su

totalidad, según anexo. Este formato no podrá exceder una página de extensión.

3. Formato de presentación de propuestas, diligenciado en su totalidad, según anexo.

4. Documentos de validación comercial según lo establecido en el numeral 1.3.

5. Documentación relacionada con la prueba de concepto como se define en el numeral 1.3.

6. Estudio de mercado actualizado según lo establecido en el numeral 1.3. que determina el potencial de mercado del producto, el servicio de la empresa. Este debe incluir:

Definición del mercado Tamaño del mercado Análisis general de la industria, entorno del negocio y tendencias demográficas Industria local Principales competidores (fortalezas y debilidades) Posicionamiento en el mercado Objetivos de mercado Estrategia de participación en el mercado

Dicho estudio deberá contemplar elementos cualitativos y cuantitativos y debe presentar para las variables enunciadas El estudio debe presentarse de conformidad con la definición planteada en estos términos como un anexo a la

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propuesta técnica.

7. Formato de plan de trabajo, indicadores, y base de cálculo, conforme las condiciones, los rubros y topes establecidos en la presente convocatoria (Según anexo)

8. La documentación de la entidad administradora (cuando aplique) establecida en el numeral 6 de los presentes Términos de Referencia.

9. Certificado de contrapartida según Anexo 15.1.2 Documentos legales Adicionalmente, los documentos legales que deberá presentar en esta fase son:

1) Formato de vinculación de clientes completamente diligenciado, firmado en original y con huella original del emprendedor. Se debe anexar este formato para la entidad administradora cuando aplique.

2) Original del certificado de existencia y representación legal con una vigencia no

mayor a dos (2) meses de la bioempresa y de la entidad administradora (sí se presenta esta figura)

3) Estados financieros del periodo (Ene –Dic) de 2012 y 2013 del emprendedor y la entidad administradora. (en caso que se presente).11 En este sentido se resalta que si quien va a actuar como administrador de los recursos no cumple con las condiciones establecidas en el numeral 5.4, será excluido del proceso de evaluación.

4) Fotocopia del RUT (Registro único tributario), tanto de la bioempresa como de la de

la entidad administradora de recursos (sí aplica)

5) Fotocopia de la declaración de renta de los últimos períodos gravables disponibles, tanto de la bioempresa como de la entidad administradora de recursos (sí aplica)

6) En caso de ser una entidad cooperativa, empresa privada, fondo de empleados o asociación mutual presentar listado con nombre, identificación y porcentaje de participación cuyo nivel de aporte sea igual o superior al cinco por ciento (5%) del capital social de la entidad. Este documento debe ser aportado por el emprendedor y por entidad administradora (sí aplica)

7) En caso de ser una fundación u organización no gubernamental relacionar los socios fundadores (nombre, identificación) y el valor de la donación o aporte realizado para constituir la entidad, si continúa recibiendo aportes o donaciones,

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En el caso en el que el proponente o la entidad administradora se hubiere constituido durante el 2013 Presentar estados financieros a diciembre de 2013. En caso de que el proponente se haya constituido durante el 2014 presentar estados financieros mas recientes.

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relacione el nombre, identificación y valor. Este documento debe ser aportado por el emprendedor y por la entidad administradora (sí se presenta esta figura)

8) Fotocopia de la resolución emitida por la DIAN que lo autoriza como autoretenedor (si aplica y si ya está vinculado a Bancóldex). Este documento debe ser aportado por el bioempresario y por la entidad administradora (sí aplica)

9) Certificación de representante legal o revisor fiscal mediante la cual se acredite el pago de los aportes a sus empleados a los sistemas de salud, riesgos y aportes a las cajas de compensación familiar. Este documento debe ser aportado por el bioempresario y entidad administradora (sí aplica)

10) Cuando exista la necesidad de alguna autorización al representante legal para presentar la propuesta y eventualmente suscribir el contrato (tanto del proponente como de la entidad administradora de recursos), acta del órgano social respectivo otorgando la autorización.

11) Garantía de seriedad de la propuesta expedida de acuerdo al numeral 4.4. y el

respectivo recibo de pago de prima si la garantía es un seguro. Si es una garantía bancaria, se deberá anexar el original de la garantía bancaria, la cual será analizada por la Unidad de Desarrollo e Innovación.

12) Certificados de contrapartida según anexo: certificación de contrapartida de las

diferentes fuentes de financiación que aportarán los recursos diferentes a los solicitados. Los certificados deben estar firmados por: proponente y representante legal de la entidad administradora de recursos (sí aplica), indicando nombre de la propuesta, tipo de contrapartida, monto a aportar (en números y letras).

En todo caso se indica que la responsabilidad de la presentación de la totalidad de la documentación e información requerida en estos términos de referencia es exclusiva del proponente y de la entidad administradora de recursos(sí se presenta esta figura) 15.1.3 Evaluación Pre-Técnica Con base en la documentación presentada, contenida en los numerales 15.1.1, 15.1.2 y la matriz de criterios técnicos que se enuncian a continuación, LA UNIDAD o quien esta determine para tal fin, emitirá un concepto de evaluación de esta etapa de elegibilidad pre-técnica:

ASPECTO ITEM CRITERIO A EVALUAR ( SI O NO)

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La aplicación del proceso de evaluación en esta etapa se realizará una vez cerrada la convocatoria. Para pasar a la etapa de viabilidad, las propuestas deberán obtener una respuesta afirmativa en todos los criterios a evaluar mencionados anteriormente. En todo caso se indica que la responsabilidad de la presentación de la totalidad de la documentación e información requerida en estos términos de referencia es exclusiva del proponente y la entidad administradora de recursos (si aplica).

DESCRIPCIÓN DEL BIONEGOCIO

Diferenciación del producto o servicio

¿La propuesta detalla si el producto o servicio tiene un valor agregado que lo hace diferente de otros que existen en el mercado y que le permite crecer más?

Estado de desarrollo del producto/servicio

¿Se presentan pruebas que la empresa cuenta con un producto mínimamente viable?

OPORTUNIDAD.

Potencial de crecimiento, rápido, rentable y sostenido

¿Las proyecciones financieras (2014 en adelante) permiten garantizar como mínimo:

* Ventas iniciales acumuladas

superiores a $400 millones en los primeros tres años * Un margen Operativo superior al 8%

Visión Global

¿Se encuentra planteado en la propuesta técnica un modelo de negocio con potencial de ser escalable en mercados nacionales e internacionales?

Oportunidad de negocio clara ¿Se describe la problemática por resolver o la necesidad de mercado insatisfecha en la propuesta?

EQUIPO BIOEMPRESARIAL Claridad sobre la necesidad del equipo interdisciplinario

¿El equipo emprendedor cuenta con perfiles interdisciplinarios (administrativos y técnicos) para el desarrollo y el crecimiento del negocio?

CONOCIMIENTO DEL MERCADO

Conocimiento del tamaño de mercado , cliente y competidores

¿El negocio cuenta con la cuantificación de su tamaño de mercado? ¿Define claramente el perfil del cliente objetivo y de sus competidores nacionales e internacionales?

Gestión y Validación comercial

¿Los soportes presentados son coherentes con el negocio y demuestran un potencial real?

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Las propuestas que sean declaradas elegibles (documental y técnicamente) en la presente etapa, pasarán a la fase de viabilidad. Esta decisión no admite reconsideración por parte de LA UNIDAD NOTA 1: El hecho que la propuesta haya superado la fase de elegibilidad no genera ningún derecho adquirido para el proponente ni para la entidad administradora (sí se presenta esta figura). Por lo que la adjudicación de recursos de cofinanciación se encuentra supeditada a que la misma sea declarada como VIABLE en la etapa correspondiente, y a que los recursos de cofinanciación existentes sean suficientes.

15.2 ETAPA DE VIABILIDAD La fase de viabilidad corresponde a la evaluación técnica integral de la propuesta presentada, durante la cual se analizarán los componentes técnico, financiero e institucional de cada una de las propuestas que hubieren llegado hasta esta etapa. La evaluación de viabilidad, así como la adjudicación de los recursos, se realizará posterior a la fase de elegibilidad. Para dicho análisis LA UNIDAD o quien está designe conformará un comité evaluador compuesto por tres (3) expertos, conforme al Manual de Evaluación de la Unidad de Desarrollo e Innovación. El proceso de evaluación de viabilidad contempla que cada proponente realice una sustentación (presencial) de la propuesta presentada, previa citación de LA UNIDAD, vía correo electrónico a la dirección de correo indicada en la carta de presentación. Se aclara que en caso que el proponente no se presente a la sustentación (de manera presencial) la propuesta presentada será considerada no viable. El proceso de evaluación de la Propuesta tendrá en cuenta los siguientes criterios técnicos con la respectiva ponderación, de acuerdo a sus definiciones en el numeral 1.3:

Criterios Calificación

máxima

Puntaje mínimo

requerido Variable

Calificación Max Variable

Potencial de 20 14 Definición del Mercado 4

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Criterios Calificación

máxima

Puntaje mínimo

requerido Variable

Calificación Max Variable

mercado Tamaño del Mercado y Objetivo (participación)

4

Competencia 4

Estrategia de participación en el mercado

4

Diferenciales de mercado 4

Barreras de entrada para la competencia

superadas por el bioempresario

5 3

Impacto Social Legal Normativo/Regulatorio Impacto Ambiental Tecnológicas De mercado

5

Estrategia de Expansión/Visión

global 15 11

Coherencia del Modelo del de negocio

5

Capacidad de llegar a mercados globales

10

Estado de desarrollo del Bionegocio

5 3 Cercanía al mercado posterior a prueba de concepto

5

Equipo Bioempresarial

15 11

El equipo humano vinculado al bionegocio cuenta con las capacidades y la experiencia requeridas para su desarrollo y crecimiento

15

Novedad Producto/ Servicio

15 11 Grado de Novedad 15

Pertinencia de los recursos solicitados a La Unidad

5 3 Pertinencia de los recursos solicitados en cuanto a requerimientos del Bioempresario

5

Proyecciones financieras

20 14

Proyección Crecimiento Rápido Rentable y Sostenido

10

Proyección del flujo de caja 10

Potencial del mercado: Hace referencia a las características del negocio que permiten proyectar la viabilidad del bionegocio en el mercado. Para ello se evaluaran las siguientes variables.

Definición de mercado: El mercado está claramente definido con cifras que respalden dicha definición y estas cifras son coherentes.

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Tamaño del mercado y objetivo (participación): Se plantea un tamaño de mercado considerable, en donde se especifique el objetivo de participación de la empresa y se encuentra soportado numéricamente.

Competencia: Se define claramente los actores que hacen parte de este mercado y cómo compiten con la bioempresa directa e indirectamente.

Estrategia de participación en el mercado: Se define una estrategia clara en donde se muestren y consideren todas las variables para alcanzar el objetivo planteado.

Diferenciales de mercado: Se propone una solución que resuelve un problema no resuelto o el aprovechamiento de una oportunidad que aporta un valor agregado claro.

Barreras de entrada para la competencia superadas por el bioempresario: Son obstáculos que dificultan la entrada a un mercado o industria específica. Para los presentes términos de referencia se evaluarán las barreras de impacto social, legal, normativo/regulatorio, impacto ambiental, tecnológicas y de mercado, superadas por la bioempresa.

Estrategia de Expansión/Visión global: La expansión es una forma de desarrollo bioempresarial que se basa en intensificar el esfuerzo en la actividad actual de la empresa. En función del mantenimiento o no del mercado actual y la mejora de los productos ofrecidos se puede distinguir entre las siguientes estrategias de expansión: capacidad de llegar a mercados internacionales y la coherencia de esta en el modelo de negocio.

Estado de desarrollo del negocio: se evaluará teniendo en cuenta la distancia recorrida por la bioempresa entre la prueba de concepto y entrada al mercado.

Equipo Bioempresarial: El equipo humano vinculado al bionegocio cuenta con las capacidades y la experiencia requeridas para su desarrollo y crecimiento. Se revisará que los perfiles del equipo incluyendo los asesores y consultores propuestos tengan la capacidad de desarrollar un producto Innovador involucrando bio-ciencias y cuenten con la capacidad de llevar la solución al mercado

Novedad Producto/ Servicio: es una característica intrínseca del producto/ servicio que desde el punto de vista de los usuarios se mide por la cantidad de cambios comportamentales o cantidad de nuevos aprendizajes que requiere el usuario para utilizar el producto o servicio. Los productos o servicios disruptivos requieren gran cantidad de nuevos aprendizajes por parte de los usuarios ya que estos desempeñan una función insatisfecha previamente o una función existente pero de una nueva manera.

Pertinencia de los recursos solicitados a iNNpulsa: tomando la información de la base de cálculo y el valor de cofinanciación requerido se evaluará si los recursos solicitados son indispensables para el crecimiento de la empresa y el desarrollo de

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la propuesta y son razonables frente a sus necesidades de financiación, sin exceder los costos de mercado.

Proyecciones financieras: teniendo en cuenta la información presentada en la propuesta se evaluará si las proyecciones financieras cumplen con los criterios de CRRS, es decir se demuestre la capacidad de cumplir las métricas de: Margen Operativo, Potencial de Venta, y Promedio de Margen Operativo establecidos en el literal C) del numeral 1.3. Con el fin de evaluar este aspecto, se deberá diligenciar el Anexo- Plan de Trabajo.

La asignación de los recursos de co-financiación se realizará teniendo en cuenta la calificación de las propuestas de mayor a menor puntaje atendiendo siempre lo indicado en la siguiente nota. Nota: Para que la propuesta sea declarada viable y eventualmente reciba recursos de cofinanciación deberá obtener el puntaje mínimo establecido para cada criterio. Las propuestas que no superen dicho puntaje serán rechazadas. Con el concepto de viabilidad emitido por el comité evaluador, LA UNIDAD notificará al proponente y asignará los recursos de cofinanciación solicitados en las propuestas calificadas como viables sin superar el presupuesto destinado para la presente Convocatoria. LA ADJUDICACIÓN DE RECURSOS DE COFINANCIACIÓN SE ENCUENTRA SUPEDITADA A QUE LA PROPUESTA SEA DECLARADA COMO VIABLE EN ESTA ETAPA Y A QUE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN EXISTENTES SEAN SUFICIENTES. LA COMUNICACIÓN INFORMANDO LA NO VIABILIDAD DE LAS PROPUESTAS ES DEFINITIVA Y CONTRA LA MISMA NO PROCEDE RECURSO ALGUNO. En el caso en que la propuesta no sea viable, ésta propuesta y todos sus anexos deberán ser reclamados por el proponente en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posterior a la notificación en la que se informe dicha condición. Cumplido este plazo, si el proponente no reclama la documentación, se procederá con su destrucción. 15.2.1 Criterios de Desempate Cuando entre dos o más propuestas se presente un empate en la calificación total obtenida, se harán un desempate para la adjudicación de los recursos teniendo en cuenta los siguientes criterios en su orden señalado: 1) La calificación obtenida en Potencial de Mercado en su totalidad. 2) Orden de radicación de la propuesta como se señala en el numeral 11.

3) El proponente que acredite que por lo menos el 10% de su nómina la conforman empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997

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debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad de un año a la presentación de la propuesta. 15.2.2 Rechazo de Propuestas En la etapa del proceso de evaluación que proceda, se rechazarán de plano las Propuestas en las que: (i) El Proponente no cumpliere con los requisitos establecidos en estos Términos de

Referencia. (ii) No se incluya en la Propuesta la documentación exigida en los numerales 15.1.1 y

15.1.2 de estos Términos de Referencia. (iii) Se hubiere presentado la Propuesta en forma subordinada al cumplimiento de

cualquier condición. (iv) No se incluya la garantía de seriedad de la oferta o no se incluya el certificado de

pago de la prima si la garantía presentada es una póliza de seguro, o la garantía aportada no cumpla con los requisitos establecidos en los Términos de Referencia.

(v) Se incluya información que no sea veraz. (vi) Se incluyan disposiciones contrarias a la ley colombiana. (vii) Los recursos de cofinanciación solicitados sean mayores a los valores y topes

máximos establecidos en los Términos de Referencia en el numeral 12.1

(viii) Se rechazará de forma inmediata en caso de que el proponente o la entidad administradora se encuentren, reportado en alguna de las listas de consulta de Bancóldex, referidas a Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo –LAFT- y/o centrales de riesgo.

(ix) La propuesta se hubiere presentado de forma extemporánea.

16. DECLARATORIA DE DESIERTA

La convocatoria se declarará desierta en los siguientes casos: Cuando ninguna de las propuestas evaluadas cumpla con los requisitos exigidos en

los términos de referencia. Por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva, debidamente sustentados. Cuando se hubiere violado la reserva de las propuestas presentadas. Cuando no se presente ninguna propuesta. Cuando ninguna de las propuestas presentadas hubiera cumplido el puntaje

mínimo requerido.

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17. CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA

17.1 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Se deberá presentar una sola propuesta, en idioma español, en original (medio físico) en formato PDF ó TIFF Grupo IV en blanco y negro, debidamente suscrita por el representante legal de ambas partes y copia en medio magnético no re-grabable, como disco compacto – CD-R, disco versátil digital DVD-R u otros, con la documentación requerida en su totalidad. En caso de discrepancia entre la propuesta contenida en medio físico y la propuesta contenida en medio digital, prevalecerá la propuesta física. Cualquier información adicional que el proponente considere necesario presentar, debe incluirla o adjuntarla a la Propuesta que entregue de acuerdo con las fechas establecidas para el cierre de convocatoria. Una vez radicada la Propuesta en la oficina de correspondencia de LA UNIDAD, ésta no se podrá modificar, ni se podrá adjuntar ningún tipo de información adicional, a menos que LA UNIDAD lo haya requerido expresamente. La presentación de la Propuesta implica que el proponente acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas en los Términos de Referencia y sus adendas incluyendo las condiciones de evaluación, administración de los recursos y suscripción del contrato. 17.2 PERIODO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA La Propuesta tendrá un periodo de validez de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de radicación de la propuesta. 18. CONTRATO

18.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Si como resultado del proceso de evaluación adelantado la propuesta presentada es declarada viable se informar por escrito de dicha situación al proponente y a la entidad administradora para iniciar los trámites de legalización del contrato. No obstante se indica que el perfeccionamiento del contrato que eventualmente se celebre como resultado de la presente convocatoria se encuentra condicionado al cumplimiento de los requerimientos establecidos y el trámite de legalización exigida por la UNIDAD. Para iniciar dicho proceso de contratación la UNIDAD remitirá minuta del contrato proyectada al proponente, la cual no podrá modificarse ni ajustarse, por parte de la entidad administradora ni por el proponente. Una vez se revisen por parte de los contratistas los datos de identificación e información del contrato, el administrador de los recursos deberá radicar en la oficina de correspondencia tres (3) copias originales del contrato, debidamente suscritas y autenticadas (con reconocimiento de firma y texto notarial), así como adjuntar la siguiente documentación:

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1. Certificado actualizado de pago de aportes a seguridad social y parafiscales, suscrito por el Representante Legal de la entidad, el Revisor Fiscal o contador. Tanto para la entidad de administradora como para el proponente. ( este último cuando aplique)

2. Pólizas de cumplimiento, acorde con lo indicado en el numeral 18.5 del presente documento, anexando:

Condicionado general a favor de entidades particulares Certificado de pago

Al respecto se indica que la fecha de expedición y de cobertura de las pólizas de cumplimiento no puede superar un mes entre el momento de fecha de inicio de la cobertura y fecha de legalización del contrato. En caso de negativa u omisión del proponente o de la entidad administradora para suscribir el contrato en los plazos previstos, es decir dentro de los siguientes diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de remisión del documento para su firma y demás trámites de legalización, o cualquier otra causa o circunstancia que impida al proponente firmar el contrato, conforme a estos términos de referencia, LA UNIDAD podrá retirar la asignación de dichos recursos. Nota 1: Los recursos incluidos dentro del proyecto (contrapartidas y cofinanciación) sólo podrán ser utilizados una vez se perfeccione el contrato entre el proponente, la entidad administradora y LA UNIDAD. En el caso en que el proponente o la entidad administradora dispongan de los recursos o realice actividades previas a esta fecha, no serán validados como parte de la ejecución financiera del proyecto. Se exceptúa de esta circunstancia el rubro correspondiente a gastos de legalización del contrato (como contrapartida). Nota 2: Con el fin de dar a conocer los posibles parámetros de contratación, dentro de los cuales se ejecutaría el proyecto, en los documentos de la convocatoria se anexa un modelo de la minuta de contrato a título Informativo. No obstante se indica que dicho documento podrá modificarse sin restricción exclusivamente por parte de la UNIDAD. Nota 3: Para efectos de este texto, se entenderá que cuando LA UNIDAD realice algún acto contractual, lo hará a través de su administrador el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancóldex. 18.2 OBLIGACIONES DE LA UNIDAD

Girar al proponente / entidad ejecutora los recursos de cofinanciación, de acuerdo con lo previsto en estos términos de referencia y el contrato a suscribirse.

Cooperar con el proponente para el normal desarrollo del contrato.

18.3 OBLIGACIONES DEL PROPONENTE/ ENTIDAD ADMINISTRADORA DE

RECURSOS

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El proponente y la entidad administradora de recursos(en caso de que aplique) tendrán, entre otras, las siguientes obligaciones: Desarrollar el proyecto.

Garantizar la existencia de los recursos de contrapartida.

Garantizarla correcta inversión de los recursos de co-financiación entregados. de

acuerdo con las condiciones contractuales que se establezcan. Desarrollar el proyecto durante el plazo de ejecución establecido en su propuesta, que

en todo caso no podrá ser superior a dieciocho (18) meses. Presentar los informes requeridos por la Interventoría, la UNIDAD y demás organismos

de seguimiento y control en las condiciones y plazos establecidos por los mismos y atender las visitas de seguimiento que adelanten dichos entes.

Abrir una cuenta corriente no remunerada para la administración de los recursos de

cofinanciación y de contrapartida.

Suscribir solidariamente la propuesta y el contrato que eventualmente se derive de la presente convocatoria.

Si la Unidad dispone del EGAN, será obligación del contratista Elaborar un plan de

fortalecimiento empresarial conjuntamente con el Equipo Gestor de Alto Nivel que deberá ejecutarse durante el desarrollo del proyecto.

Las demás que expresamente se incorporen en el texto del contrato de cofinanciación y aquellas inherentes a la naturaleza del mismo.

18.4 OBLIGACIONES ADICIONALES DE LA ENTIDAD ADMINISTRADORA Cuando el proponente presente la propuesta conjuntamente con la entidad administradora además de las obligaciones enunciadas anteriormente, las entidades administradoras de recursos tienen las siguientes obligaciones adicionales:

- Apoyar al proponente en la ejecución administrativa del proyecto - Administrar directamente los recursos de cofinanciación y de contrapartida de

acuerdo con los presentes Términos de Referencia. 18.5 GARANTÍAS DEL CONTRATO Para la ejecución del contrato, el Proponente y la entidad administradora deberán constituir a favor del Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. – Bancóldex / Unidad de Desarrollo e Innovación NIT 900.457.656-8 una garantía bancaria o un seguro de cumplimiento, en formato de entidades particulares, el cual deberá contener los amparos que se mencionan a continuación:

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(i) Cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato con una suma asegurada equivalente al veinte (20,00%) por ciento del valor del proyecto cofinanciado y con una vigencia igual a la del Contrato y tres (3) meses más.

(ii) Pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones laborales y demás

prestaciones de índole laboral del personal dedicado por el Contratista para la ejecución del Contrato, con una suma asegurada equivalente al treinta por ciento (30,00%) del valor del proyecto cofinanciado y con una vigencia igual a la del Contrato y tres (3) años y tres (3) meses más.

(iii) Correcto manejo e inversión del anticipo con una suma asegurada igual al

monto entregada bajo este concepto y cuya vigencia sea igual a la del contrato y tres (3) meses más

Las compañías de seguros que otorguen la garantía deberán estar legalmente establecidas en Colombia, los establecimientos bancarios que otorguen la garantía podrán ser nacionales o extranjeros, siempre que tengan límite de exposición crediticia con Bancóldex (cupo de crédito aprobado con Bancóldex). 18.6 DURACIÓN DEL CONTRATO La duración del contrato será igual al plazo de ejecución del proyecto presentado por el proponente y la entidad administradora, el cual en todo caso no podrá superar dieciocho (18) meses. 18.7 SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL CONTRATO Sin perjuicio del control y supervisión interno que deberá establecer el adjudicatario de la presente invitación para supervisar sus actividades, LA UNIDAD supervisará la ejecución del contrato, verificando las actividades relacionadas con el mismo. El supervisor del contrato por parte de LA UNIDAD, será, para todos los efectos, el que se designe en el contrato. 18.8 INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL El incumplimiento de los compromisos contractuales adquiridos por la entidad proponente y por la entidad administradora, de que tratan estos términos de referencia, así como el no cumplimiento de los productos intermedios y/o finales del proyecto, (entregables) acarreará la terminación del contrato y se hará efectiva la garantía arriba mencionada. Adicionalmente, en caso de que el interventor encuentre que la entidad proponente y la entidad administradora hayan incumplido los compromisos adquiridos o hayan suministrado información falsa o errónea, deberán pagar a Bancóldex como administrador de la Unidad de Desarrollo e Innovación, a título de cláusula penal, una sanción igual al veinte por ciento (20,00%) del total de los recursos de cofinanciación.

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Los proponentes y las entidades administradoras de recursos que presenten propuestas, deberán atender el contenido del artículo 26 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), el cual establece:

“ARTÍCULO 26. FRAUDE DE SUBVENCIONES. La Ley 599 de 2000 tendr un artículo 403A, el cual quedará así: El que obtenga una subvención, ayuda o subsidio proveniente de recursos públicos mediante engaño sobre las condiciones requeridas para su concesión o callando total o parcialmente la verdad, incurrirá en prisión de cinco (5) a nueve (9) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas de seis (6) a doce (12) años. Las mismas penas se impondrán al que no invierta los recursos obtenidos a través de una subvención, subsidio o ayuda de una entidad pública a la finalidad a la cual estén destinados.”

18.9 IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES Todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidas o que establezca la Nación, o cualquier entidad nacional o territorial, y que se causen por la celebración, ejecución y liquidación del contrato, serán a cargo del proponente y la entidad de apoyo. 18.10 INTERVENTORÍA Sin perjuicio del control y supervisión interna del contrato que deberá establecer el proponente y la entidad administradora para supervisar sus actividades, LA UNIDAD realizará la interventoría técnica y financiera del proyecto, verificando las actividades relacionadas, y podrá delegar en una persona natural o jurídica esta labor. La interventoría hará el seguimiento del aporte de la contrapartida, del cumplimiento de los objetivos y actividades del proyecto, así como del manejo de los recursos de cofinanciación y de contrapartida. Para ello, el proponente y entidad de apoyo deberán llevar de forma conjunta y unificada registros de las actividades realizadas y mantendrá la documentación pertinente para acreditar el cumplimiento de la propuesta, los soportes de la ejecución de los recursos de cofinanciación y contrapartida acorde con la normatividad vigente, así como el cumplimiento de las normas legales y tributarias que apliquen. 18.11 CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los recursos de cofinanciación entregados deberán manejarse en una cuenta

corriente destinada específicamente para este propósito. Se deberá anexar la certificación bancaria respectiva.

Cualquier uso diferente de los recursos de cofinanciación para finalidades distintas a

las que estén destinadas, pueden constituir en fraude de subvenciones previsto en el artículo 403A del código Penal.

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Todos los proponentes e entidades administradoras de recursos que reciban recursos de cofinanciación de LA UNIDAD asumen el compromiso de entregar información cualitativa y cuantitativa del proyecto (informes técnicos, datos sobre los proponentes, líneas de base) durante su ejecución y hasta por un período de dos (2) años después de la liquidación del mismo a LA UNIDAD, o a la persona natural o jurídica autorizada por esta o que haga sus veces. La no entrega de dicha información quedará en el historial del proponente en LA UNIDAD y podrá afectar la elegibilidad de futuras propuestas que presenten al mismo.

Así mismo, el administrador de los recursos y el proponente, deberá llevar por

separado un centro de costos para la contabilidad del proyecto, así como mantener información y documentación del proyecto que permita hacer verificaciones en terreno.

De igual forma, el proponente y la entidad administradora deberán otorgar a la

interventoría, a la Unidad de Desarrollo e Innovación o a quien este designe, todas las facilidades y colaboración necesaria para visitar y verificar en el lugar de ejecución las actividades desarrolladas y los gastos efectuados con cargo al proyecto.

18.12 DIFUSIÓN, TRANSFERENCIA Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS La difusión y transferencia de los resultados se realizará de acuerdo con lo establecido por la Unidad de Desarrollo e Innovación. No obstante, la Unidad de Desarrollo e Innovación podrá difundir libremente y sin limitaciones de ningún tipo, haciendo mención de la autoría cuando corresponda, toda información no confidencial o no reservada acerca del proyecto que recibiera a través de los informes. Asimismo la Unidad de Desarrollo e Innovación podrá, sin mencionar el nombre del proponente o entidad administradora, dará a conocer cualquier dato relacionado con el proyecto con el fin de publicar información estadística en general. Para los efectos de resguardar información confidencial de propiedad del proponente, éste deberá informar oportunamente a la Unidad de Desarrollo e Innovación, la obtención de un resultado apropiable dentro del proyecto. El proponente autoriza desde la radicación de la propuesta técnica a laUnidad de Desarrollo e Innovación, la utilización y distribución de material audiovisual relativo al proyecto para actividades de difusión. 18.13 PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL DE LOS RESULTADOS Las invenciones, investigaciones, publicaciones o descubrimientos realizados por el proponente en desarrollo del contrato que se celebre, serán de propiedad exclusiva de éste y se regirán por las disposiciones normativas vigentes sobre propiedad intelectual.