Tratados Suscritos Entre Peru y Chile

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  • 7/24/2019 Tratados Suscritos Entre Peru y Chile

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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    OTAZU GALLEGOS JESUS

    ILLACUTIPA ANAHUA WILBER

    CHURA CHAMBI RONY

    BERRIOHUARAHUARAMARITZA

    VILCAPAZA MAMANI EVA

    MAMANI CACERES SANDRO JOSE

    HISTORIA TERRITORIAL DEL PERU

    Las actuales fronteras del Per, son producto de un proceso de consolidacin de muchos

    aos, que se inicia en1821, tomando como base el Uti possidetis iurede 1810y se terminar

    consolidando durante elsiglo XXI !in embargo, no son a"enos a la consolidacin de esas

    #ronteras los $stados del%ntiguo &er'$l territorio del (irreinato del &er'de1810, es el mismo

    que sir(i de base para #ormar la)ep'blica del &er'*o #ueron a"enos a este proceso de

    consolidacin, los es#uer+os diplomticosde la cancillera peruanaque en algunos casos#racasaron y deri(aron en con#lictos armados, tomando protagonismo las -uer+as armadas del

    &er'.asta elsiglo XIX, tu(ieron un importante protagonismo el $"/rcito del &er', la arina

    de uerra del &er'y la&olica *acional del &er'en dichos con#lictos, mientras que en los

    del siglo XX, lo hi+o tambi/n la -uer+a %/rea del &er'

    Las #ronteras as con#iguradas, con en#rentamiento b/lico o no, culminaron en una serie

    de tratadoscon los pases(ecinos, ya sean de pa+, amistad y lmites o

    de na(egacinycomercio,como es el caso de los tratados y con(enios con los (ecinos

    pases ama+nicos

    %ctualmente el&er'es uno de los doce pases independientes de %m/rica del !ur !e locali+a

    en la parte central y occidental de dicha parte de%m/rica, tiene una super#iciecontinentalde

    12821,34m5que sumados a los 6611676 4m5 demarperuanosoberano, totali+an

    223710, 4m59 y unpermetrode 1063,04m, incluyendo eloc/ano

    REFLEXIONANDO DE LA SENTENCIA MARIMA ENTRE PERU Y CHILE Pgina 1

    https://es.wikipedia.org/wiki/Fronteras_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/1821https://es.wikipedia.org/wiki/1821https://es.wikipedia.org/wiki/Uti_possidetis_iurehttps://es.wikipedia.org/wiki/1810https://es.wikipedia.org/wiki/Siglo_XXIhttps://es.wikipedia.org/wiki/Siglo_XXIhttps://es.wikipedia.org/wiki/Antiguo_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Antiguo_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Antiguo_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Virreinato_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/1810https://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Diplom%C3%A1ticohttps://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_de_Relaciones_Exteriores_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Fuerzas_armadas_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Fuerzas_armadas_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Fuerzas_armadas_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Siglo_XIXhttps://es.wikipedia.org/wiki/Siglo_XIXhttps://es.wikipedia.org/wiki/Ej%C3%A9rcito_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Marina_de_Guerra_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Marina_de_Guerra_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Marina_de_Guerra_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Polic%C3%ADa_Nacional_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Polic%C3%ADa_Nacional_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Siglo_XXhttps://es.wikipedia.org/wiki/Fuerza_A%C3%A9rea_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttps://es.wikipedia.org/wiki/Pa%C3%ADshttps://es.wikipedia.org/wiki/Navegaci%C3%B3nhttps://es.wikipedia.org/wiki/Navegaci%C3%B3nhttps://es.wikipedia.org/wiki/Comerciohttps://es.wikipedia.org/wiki/Comerciohttps://es.wikipedia.org/wiki/Selva_amaz%C3%B3nicahttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Am%C3%A9ricahttps://es.wikipedia.org/wiki/Am%C3%A9ricahttps://es.wikipedia.org/wiki/%C3%81reahttps://es.wikipedia.org/wiki/Continentehttps://es.wikipedia.org/wiki/Km%C2%B2https://es.wikipedia.org/wiki/Km%C2%B2https://es.wikipedia.org/wiki/Marhttps://es.wikipedia.org/wiki/Marhttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Soberan%C3%ADahttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%ADmetrohttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%ADmetrohttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%ADmetrohttps://es.wikipedia.org/wiki/Kmhttps://es.wikipedia.org/wiki/Kmhttps://es.wikipedia.org/wiki/Oc%C3%A9ano_Pac%C3%ADficohttps://es.wikipedia.org/wiki/1821https://es.wikipedia.org/wiki/Uti_possidetis_iurehttps://es.wikipedia.org/wiki/1810https://es.wikipedia.org/wiki/Siglo_XXIhttps://es.wikipedia.org/wiki/Antiguo_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Virreinato_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/1810https://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Diplom%C3%A1ticohttps://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_de_Relaciones_Exteriores_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Fuerzas_armadas_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Fuerzas_armadas_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Siglo_XIXhttps://es.wikipedia.org/wiki/Ej%C3%A9rcito_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Marina_de_Guerra_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Marina_de_Guerra_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Polic%C3%ADa_Nacional_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Siglo_XXhttps://es.wikipedia.org/wiki/Fuerza_A%C3%A9rea_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttps://es.wikipedia.org/wiki/Pa%C3%ADshttps://es.wikipedia.org/wiki/Navegaci%C3%B3nhttps://es.wikipedia.org/wiki/Comerciohttps://es.wikipedia.org/wiki/Selva_amaz%C3%B3nicahttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Am%C3%A9ricahttps://es.wikipedia.org/wiki/%C3%81reahttps://es.wikipedia.org/wiki/Continentehttps://es.wikipedia.org/wiki/Km%C2%B2https://es.wikipedia.org/wiki/Marhttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Soberan%C3%ADahttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%ADmetrohttps://es.wikipedia.org/wiki/Kmhttps://es.wikipedia.org/wiki/Oc%C3%A9ano_Pac%C3%ADficohttps://es.wikipedia.org/wiki/Fronteras_del_Per%C3%BA
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    MARITIMA

    &ac#ico:denominado en el &er' Mar de Grau; y los lmites de las 200 millasen cada #rontera,

    norte y sur

    I< %*=$>$?$*=$!

    $l antecedente directo de lo que #ue conocido como &er' a la llegada de los espaoles a

    %m/rica #ue el Imperio inca,que dura hasta 1@2en que es conquistado por el

    espaol-rancisco &i+arro $l imperio incaico tu(o un (asto desarrollo territorial que abarc

    casi toda la costa del Ac/ano &ac#ico de la%m/rica del !ury es el territorio sobre el cual se

    organi+aron los (irreinatos, colonias de $spaa !u territorio abarc tres millones de

    4ilmetros cuadrados

    $n el momento de mayor eBtensin, en el reinado del Inca.uayna >pac, el imperio incaico

    comprenda gran parte de los actuales territorios de &er',Coli(ia, $cuadory>hile=ambi/n

    abarcaba algunas +onas de >olombiay%rgentina!us lmites #ueronD

    &or el norteD el ro ayoo%ncasmayo, pequeo a#luente del&ataa 2E

    de latitudnorte, en >olombia La sede de su asentamiento norteo ms ale"ado e

    importante estu(o ubicado en la actual ciudad de&asto:departamento de *ario; a 1E 7F

    18G de latitud norte

    &or el sur el puertode >onstituciny el ro aule, a @E 3F 6G de latitud sur Hn a(ance

    posterior habra situado ese lmite en el ro Co bo, entre la punta =umbes y el pueblo de

    Los ngeles, en @E 2@F G de latitud sur

    &or el suresteD el norte de %rgentina, en la +ona de =ucma :=ucumn;

    &or el esteD los contra#uertes andinosde la regin andino sel(tica o rupa

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    II< KI))$*%=A ?$L &$)H

    &roducida la conquista del Imperio Inca y hasta el siglo XKIII, en la %m/rica

    espaola eBistieron dos grandes di(isiones administrati(asD

    Kirreinato de *ue(a $spaa :o /Bico, creado en 172 y gobernado hasta ese

    ao por .ernn >ort/s9 pero ya desde 1@, haba sido nombrado (irrey %ntonio

    de endo+a, quien asumi reci/n cuando .ernn >ort/s de" la gobernacin !us

    lmites abarcaron los del imperio %+teca $stu(o con#ormado porD

    )eal %udiencia de !anto ?omingo, creada en 111 :o"o, antes que la #echa de

    creacin del (irreinato de *ue(a $spaa;

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    )eal %udiencia de /Bico, creada en 12 :creada antes que el (irreinato de

    *ue(a $spaa;

    )eal %udiencia de &anam, creada en 1@8, que altern con el Kirreinato del

    &er'

    )eal %udiencia de uatemala, creada en 17@

    )eal %udiencia de uadala"ara, creada en 178

    )eal %udiencia de anila, creada de 18@

    Kirreinato del &er', creado en 172, tomando como base las gobernaciones de

    *ue(a >astilla y *ue(a =oledo !u eBtensin original abarc toda la parte

    occidental y sur de %m/rica del !ur, desde &anam hasta =ierra del -uego :>hileolombia,

    Kene+uela y $cuador &or reales c/dulas de 1802 y 180@ retornaron al Kirreinato

    del &er' la >omandancia eneral de aynas :actuales departamentos de

    %ma+onas, !an artn y Loreto en &er'; y el obierno de uayaquil Ncita

    requeridaO La pro(incia peruana de Pa/n, en el actual departamento de>a"amarca, perteneci a la )eal %udiencia de Muito slo entre 13@ y 13 y entre

    1816 y 1821, habi/ndose pronunciado multitudinariamente por su pertenencia al

    &er' en ambas oportunidades, decisin rati#icada por el (irrey -rancisco de =oledo

    :136

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    Kirreinato del )o de la &lata, creado en 13 $stu(o integrado porD

    )eal %udiencia de Cuenos %ires, creada en 1331 :antes de la creacin del

    (irreinato del )o de la &lata; y que perteneci al Kirreinato del &er'

    )eal %udiencia de >harcas, que altern con el Kirreinato del &er' hasta 1810, en

    que regresa al (irreinato del &er', como %lto &er', hasta su segregacin de la ya

    )ep'blica del &er'

    La )eal %udiencia de >harcas :%lto &er'; >on el inicio del proceso

    independentista en el (irreinato del )o de la &lata a partir de 1806, la )eal

    %udiencia de >harcas se desintegr para #ormar cinco pro(incias alto &eru

    autnomas adheridas a las &ro(incias Hnidas del )o de la &lata, hasta no(iembre

    de 1813, cuando #ueron ocupadas por el e"/rcito espaol y reincorporadas al

    Kirreinato del &er' $s por ello que a la llegada de la independencia de la

    )ep'blica del &er', en 1821, la )eal %udiencia de >harcas es el 'ltimo territorio

    en manos del (irrey del &er' :liberado de#initi(amente tras el triun#o

    independentista en la batalla de %yacucho;

    $ste (irreinato origin las actuales rep'blicas de %rgentina, &araguay y Hruguay

    %dems, del Kirreinato del &er', se crearon las siguientes capitanasD

    >apitana eneral de >hile, creada en 186 =ena gobierno autnomo porque el

    capitn general go+aba de atribuciones similares a las del (irrey del &er' ?e esa

    capitana se origin la actual )ep'blica de >hile $stu(o con#ormada porD

    )eal %udiencia de >oncepcin, creada entre 13 y 1 y que perteneci al

    Kirreinato del &er'

    )eal %udiencia de !antiago, creada en 1306 y que perteneci al Kirreinato del

    &er'

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    MARITIMA

    >apitana eneral de Kene+uela, creada en 1@, tambi/n con gobierno

    autnomo La )ep'blica de Kene+uela se origin en territorio de esta capitanageneral $stu(o con#ormada porD

    >apitana eneral de Kene+uela, creada en 1

    )eal %udiencia de >aracas, creada en 183

    >artogra#a del Kirreinato

    ?urante el Kirreinato del &er', $spaa lle( un registro cartogr#ico minucioso de

    sus colonias en %m/rica $sto #ue as con los propsitos de, en primer lugar, #i"arsus posiciones coloniales #rente a los dems pases colonialistas de $uropa, como

    Inglaterra y &ortugal9 y en segundo t/rmino, repartir las gobernaciones entre los

    conquistadores sobre todo en la primera etapa de la conquista del &er'

    La organi+acin administrati(a del (irreinato contemplaba la presencia, entre otros

    #uncionarios, de un >artgra#o ayor, que era el encargado de lle(ar los registros

    cartogr#icos de los dominios espaoles en el continente americano, que eran

    actuali+ados toda (e+ que la corona espaola creaba nue(os (irreinatos, reales

    audiencias o capitanas generales $ra tarea del cartgra#o, registrar los cambiosinternos que se hacan dentro de sus circunscipciones territoriales como

    encomiendas, corregimientos e intendencias y partidos $s por ello, que en la

    actualidad se cuenta con registros cartogr#icos de toda la /poca (irreinal

    La impresin cartogr#ica basada en lminas de cobre tiene sus orgenes en la

    ciudad de %mberes %lgunos cartgra#os espaoles que regresaron a $uropa

    despu/s de haber estado en el &er' traba"aron en estos mapas con los

    cartgra#os amberinos en el siglo XKI y posteriormente en msterdam en el siglo

    XKII La cartogra#a espaola que utili+a esta t/cnica se desarroll en el siglo XIX,

    siguiendo los pasos de aquella de %mberes, de msterdam, de Londres, de &ars

    y de la escuela alemana, principalmente

    &rimer atlas cient#ico

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    MARITIMA

    >abe indicar que el mapa de ?iego /nde+, &eru(iae %uri#erae )egionis =ypus,

    apareci en el #amoso %tlas de %braham Artelius, con la denominacin latina de=heatrum Arbis =errarum $ste es el Qprimer atlas cient#ico de la cartogra#a

    renacentistaQ !u primera edicin tu(o lugar en 10, en %mberes $n las

    sucesi(as impresiones de este /Bito editorial cartogr#ico del siglo XKI, se reedit,

    con ampliaciones, en dos #ormatos distintos, magno o prncipe y burgu/s

    :reducido; hasta 1312, y en lenguas di(ersas al latn de la edicin prncipe

    :alemn, castellano, #ranc/s, holand/s, ingl/s, e italiano;9 en castellano se hicieron

    dos ediciones que corresponden a la d/cada #inal del siglo XKI y a la primera del

    siglo XKII y son las ms escasas

    $l autor del traba"o, ?iego /nde+, #ue un sacerdote secular, capelln del

    onasterio de la $ncarnacin en Lima y cosmgra#o del (irreinato hasta su muerte

    a inicios del siglo XKII

    apas del &er' durante el Kirreinato

    % continuacin, se describen una serie de mapas que sobre el &er' se reali+aron

    en su /poca y en donde ya se menciona en detalle la eBistencia de di(ersas

    ciudades y puertos desde donde #ueron embarcados para su transporte a otrasciudades o para su eBportacin, di(ersos productos de intercambio o el Muinto

    )eal1

    $(olucin de los lmites (irreinales

    $n la serie de mapas que se reproduce, se puede (eri#icar los distintos cambios en

    los lmites territoriales del (irreinato, desde 13@, con el mapa elaborado por el

    cartgra#o uil"emus ClaeuR :edicin prncipe, @00 e"emplares impresos;92 la

    posicin es curiosa y a'n no sigue los principios actuales de la cartogra#a

    moderna en cuanto a la posicin de los puntos cardinales !e destacan en este

    mapa los dominios espaoles sobre la costa y sierra, de"ando la %ma+ona como

    Qterritorios no descubiertosQ $l lmite norte es el Kirreinato de *ue(a $spaa o de

    /Bico9 el sur, el desierto de %tacama9 por el este, de"a #uera el lago =iticaca9 y por

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    el oeste, el lmite es el oc/ano &ac#ico o ar del !ur ?ada la escala empleada no

    aparecen los dominios del reino de &ortugal

    $l mapa del cartgra#o *icolas !anson ?S%bbe(ille :1300

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    MARITIMA

    eBiste registro de modi#icacin sustancial del litoral por catstro#es yo #enmenos

    aleatorios

    Mapa del Virreina! del Per" en #$#%

    (Pons Muzzo 1962, 47)

    1. El primero de octubre de 180, el re! de Esp"#" $"rlos %& "prob' un" e"l rden en cu!o

    se*undo p+rr"o se est"bleci' -ue el puerto /del P"poso, sus cost"s ! territorio se "*re*uen "l

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    MARITIMA

    irrein"to de im", "s3 p"r" el *obierno pol3tico como p"r" lo milit"r. " disposici'n del

    mon"rc" esp"#ol ue comunic"d" por su ministro de 5r"ci" ! ustici" ose ntonio $"b"llero.u teto es el si*uiente:

    III< $&A>% )$&HCLI>%*%

    &roclamada la independencia del &er'el28 de "uliode 1821, el generalPos/ de !an

    artncon(oca a un >ongreso >onstituyente, el cual inicia sus labores en septiembre de1822

    ?e acuerdo al reglamento adoptado para el e#ecto, acuden a esta cita los delegados de los

    departamentos de Lima, =ru"illo, =arma, .uaylas, La >osta, >u+co, %requipa, &uno,.uanca(elica, aynas y Mui"os :Porge Casadre rohmann;

    Luego del desembarco del 8 de setiembre de 1820 en &aracas del Libertador Pos/ de !an

    artn, uayaquil proclam su independencia el 6 de octubre del mismo ao, y #orm parte de

    la ran >olombia $l de enero de 1821 =umbes proclam y "ur su independencia en un

    >abildo %bierto y el 7 de "unio del mismo, hi+o lo propio Pa/n ba"o el amparo de la proteccin

    de !an artn procediendo en 1822 a en(iar diputados al >ongreso >onstituyente del &er' de

    1822, pidiendo ser integrantes del territorio peruano aynas a su (e+, se incorpor a la (ida

    independiente como integrante del departamento de =ru"illo, "urando la >onstitucin liberal del

    &er' de 182@

    Uti possidetis iure

    $l principio del uti possidetis iure#ue aplicado durante el siglo XIXrespecto a los territorios

    emancipados delimperio espaolen la%m/ricahispana $s decir, que una (e+

    independi+ado, cada $stado surgido poseera el mismo territorio que le corresponda al #inal

    de la /poca colonial !e tom como base los territorios posedos en 1810

    %s en%m/rica del !ury%m/rica >entral, al pasar a la (ida independiente, se #i"aron para los

    nue(os pases, el uti possidetis iurede 18109 en otras palabras, los territorios que tenan a

    1810 como integrantes del (irreinatoocapitana generalcorrespondiente, seguan siendo

    posedos ahora como estado

    %l iniciarse la (ida Independiente del &er' se constituy sobre el territorio del Kirreinato del

    &eru con#ormado por IntendenciasD =ru"illo, =arma, Lima, .uanca(elica, .uamanga, %requipa,

    >usco y &uno La comandancia general de aynas y el obierno de uayaquil

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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    &or el principio del uti possidetis iure, la )ep'blica del &er' se erigi sobre los

    territorios de las ocho intendencias, la >omandancia eneral de aynas y el obierno deuayaquil, que eran territorios que #ormaban parte del Kirreinato del &er', seg'n las

    )eales >/dulas de 1802 y de 180@

    &or el principio de la libre determinacinpas a #ormar parte del &er', Pa/n de

    Cracamoros, que perteneca a la )eal %udiencia de Muito %simismo, uayaquil, que

    perteneca al &er', pas a #ormar parte de la ran >olombia

    % comien+os de la )ep'blica, el &er' limitaba al norte y noroeste con la ran

    >olombia9 por el este con Crasil9 por el sudeste y sur con Coli(ia y por el oeste con

    eloc/ano &ac#ico

    EXPANSIONISMO BRASILEO

    =erritorios en disputa por &er', $cuador y >olombia desde principios del siglo XIX hasta mediados del

    siglo XX

    &er', al igual que >olombia, no pudo reclamar la soberana de manera e#ecti(a sobre su

    regin de la sel(a ama+nica $n 183, y siendo presidente de &er' el coronel ariano

    Ignacio &rado, el pas andino perdi los territorios legali+ados por el =ratado de !an

    Ilde#onsode 1entre $spaa y &ortugal, mediante el =ratado #irmado entre Crasilolombiadurante la entre(ista de uayaquil, entre el generalsimo Pos/ de !an

    artn, Libertador del !ur y el general !imn Col(ar, Libertador del *orte

    $l 2 de mayode 1822, tropas &eruano gran colombianasderrotaron a los realistasen

    la batalla de &ichinchay ocuparonMuitoel2 de mayo $l contingente peruano que inter(ino

    en esta batalla, estu(o compuesto por 1300 e#ecti(os al mando del coronel%ndr/s de !anta

    >ru+y se uni a la tropa patriota gran colombiana en !araguroel 6 de #ebrerode 1822

    &osteriormente, el general !imn Col(ar aneBa manu militariuayaquila la ran >olombia, a

    pesar de que la pro(incia de uayaquil, si bien contaba con un #uerte partido &eruanista, se

    haba pronunciado por conser(ar "un gobierno independiente, hasta que los Estados del Per

    y Colombia sean libertados del gobierno espaol, en cuyo caso queda en entera libertad de

    agregarse al Estado que ms le coniniese"1=anto el Libertador del *orte, general !imn

    Col(ar, como el Libertador del !ur, general Pos/ de !an artn, estaban con(encidos que la

    de#inicin de la independencia americana, tena que darse en suelo peruano, por lo que el

    propsito de !imn Col(ar, era llegar al &er'

    La reclamacin por parte de $cuador de un acceso consoberanaa la cuenca

    del%ma+onasse remonta a 182,cuando !imn Col(ar, gobernante de la ran >olombia, dela que #orm parte $cuador hasta18@0, reclam como territorios que le correspondan a su

    pas los de=umbes, Pa/n:>a"amarca; y aynas:entendi/ndose aynas, con#ormado por los

    actuales territorios de Loreto,%ma+onasy!an artn; >olombiareclamaba esa comarca

    como compensacin por las deudas de lacampaa emancipadoray por los Qreempla+osQ :el

    costo de reponer con nue(os e#ecti(os las ba"as su#ridas en las tropas de apoyo a la guerra

    independentista peruana;Ncita requeridaO $n respuesta, el1 de mayode 1828, el >ongreso de la

    )ep'blica del &er'recha+ tales pretensiones, que de"aban de lado el principio de tomar

    como punto de partida el territorio tradicionalmente ocupado por cada pas al proclamarse la

    independencia :Uti possidetis iurede1810; y autori+ al presidentePos/ de La ara tomarlas medidas militaresdel caso

    $l armisticio del 10 de "uliode 1826, y el =ratado Larrea

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    MARITIMA

    *ue(as negociaciones condu"eron a un tratado peruano

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    MARITIMA

    perdi/ndose de#initi(amente la&ro(incia de %rica >on la guerra del &ac#ico, se cierran los

    con#lictos b/licos del &er' en el siglo XIXSi*lo XX

    $n el siglo XXse producen nue(os con#lictos en la #rontera norte con $cuador y >olombia, as

    como nue(as negociaciones con Crasil y Coli(ia

    $stos sucesos terminan por con#igurar las #ronteras del &er' en #orma de#initi(a y completa ya

    que el &er' actual no tiene reclamacin pendiente alguna con ninguno de sus (ecinos

    La $uesti%n del A$re

    $l territorio peruano se eBtenda desde las nacientes delro a(ara lo largo del Z! hasta

    la (aguadadel ro aderaque ser(a de #rontera con Crasil !in embargo, entre 183y 1606,

    todo el territorio del%crepas al Crasil sin librarse batalla Los presuntos derechos del Crasil

    sobre esa eBtensa +ona se remontan a que, en183, el presidente boli(ianoariano

    elgare"ohaba cedido por el =ratado de %yacuchoterritorios peruanos y lo hi+o nue(amente

    en 1886, luego de una larga disputa que dur casi @0 aos ?esde entonces Crasil quiso

    hacerse por la #uer+a de dichas tierras, deseando eBtenderse inclusi(e hasta el ro &ur'syel ro ar'a

    $l 2 de octubrede1602, la guarnicin peruana de %muheya recha+ a un destacamento

    brasileo que le eBiga abandonar su puesto $n160@, una lancha con personal peruano del

    comisariato de>handles#ue baleada en el %cre $n 1607,elcoronelbrasileo Pos/ -erreira

    arrib al ro !anta )osa, a#luente del &ur's, y saque cauchoy siringa a eBtractores peruanos

    $n no(iembrede ese ao, la guarnicin de%muheyase rindi ante #uer+as brasileas

    superiores despu/s de dos das de combates >onsiderando imposible

    de#endermilitarmentela regin, la p/rdida peruana se hi+o e#ecti(a por el =ratado Kelarde

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    MARITIMA

    y sus protocolos can"eados ?ichos lmites, #ueron aprobados por Ley, quedando por tanto

    cerradas las #ronteras del &er', no eBistiendo reclamacin de territorios pendientes ni del &er'ni de sus (ecinos

    !ON E!UADOR

    $l &er' limita con $cuador desde 18@0,ao en que se desintegr la ran >olombia, dando

    origen a las rep'blicas de Kene+uela, >olombia y $cuador La #rontera con el $cuador qued

    delimitada mediante el &rotocolo de &a+, %mistad y Lmites de )o de Paneiro,#irmado el 26

    de enerode 1672,por el doctor %l#redo !ol# y uro, inistro de )elaciones $Bteriores del

    &er' y P'lio =obar ?onoso, inistro de )elaciones $Bteriores del $cuador !e constituyeron

    garantes de su cumplimiento Crasil, %rgentina, >hile y los $stados Hnidos de %m/rica

    $ste tratado internacional #ue aprobado por el >ongreso del &er', el 23 de

    #ebrerode 1672:)esolucin Legislati(a *E 67; y por el >ongreso del $cuador, el28 de

    #ebrerodel mismo ao

    La #rontera entre &er' y $cuador #ue demarcada a lo largo de 170 4ilmetros, en la d/cada

    de losaos 160 Los gobernantesecuatorianosse opusieron a que se concluyera la

    colocacin de los hitos en una parte de la cordillera del >ndor, eBactamente en un sector de

    8 4ilmetros, de un total de 128,7, que es la longitud de la #rontera entre ambos pases

    ?esde entonces se han generado numerosos con#lictos, el ms importante de todos en 1670

    % ra+ de laguerra del >enepade 166, se #irm el %cta de Crasilia, que complemente al&rotocolo de &a+, %mistad y Lmites de )o de Paneiro, habi/ndose colocados los hitos

    correspondientes a esos 8 4ilmetros de #rontera, quedando el con#licto de lmites resuelto

    de#initi(amente con el $cuador

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    L+MITES MAR+TIMOS ENTRE EL PER# " EL E!UADOR

    $n mayo del 2011, &er' y $cuador #irmaron notas diplomticas id/nticas, llamadas tambi/n

    notas re(ersales, las cuales constituyeron un entendimiento donde se de#ine de manera

    detallada la #rontera martima entre ambos pases en atencin a la eBistencia de

    \circunstancias especiales], sin mencionar la ?eclaracin de !antiago de 162 ni el >on(enio

    sobre Yona $special -ronteri+a artima de 167 ?ichas notas re(ersales #ueron registradasde manera con"unta por ambos pases en las*aciones Hnidas, por lo que, en de#initi(a,

    la )ep'blica del $cuadoreBpres que no participara en el proceso ante la >orte Internacional

    de Pusticia, sobre la contro(ersia de delimitacin martima entre >hile y &er' $l in#orme anual

    del !ecretario eneral de la *aciones Hnidas, correspondiente a 2011, indic que la

    !ecretara haba registrado como acuerdo internacional el #ormali+ado mediante el

    intercambio de notas de contenido id/ntico entre la )ep'blica del &er' y la )ep'blica del

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    $cuador, en 2 de mayode20111$n (irtud a este acuerdo, el &er' present una nota dirigida

    al !ecretario eneral de las *aciones Hnidasen la que eBpresa que est con#orme en que,debido a la presencia de islas, el paralelo geogr#ico que pasa por Coca de >apones ^seg'n

    se ilustra en la >arta *utica del $cuador IA%72^ es el lmite martimo entre ambos pases,

    con#orme al punto IK de la ?eclaracin de !antiago y con los dems aspectos que constan en

    las notas de contenido id/ntico intercambiadas a la #echa

    eses despu/s, el 2@ de no(iembrede2012, los presidentes de $cuador y &er' suscribieron

    declaracin presidencial con"unta sobre el reconocimiento internacional del gol#o de

    uayaquilcomo Qbaha histricaQ, en cuyo numeral II se indica que el Q%cuerdo por

    Intercambio de *otas de >ontenido Id/nticoQ de mayo de 2011, Qetermin# que, en atenci#n a

    la e$istencia de circunstancias especiales en el rea adyacente a la %rontera terrestre comn,

    el l&mite entre los espacios mar&timos" de ambos Estados ,18lo que apoy seg'n el &er', la

    (isin con"unta de que los lmites martimos #ueron #i"ados reci/n el 2011 mediante las notas

    re(ersales

    apa de la #rontera martima entre &er' y $cuador

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    https://es.wikipedia.org/wiki/2_de_mayohttps://es.wikipedia.org/wiki/2011https://es.wikipedia.org/wiki/2011https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-Registration_in_United_Nations-17https://es.wikipedia.org/wiki/Secretario_General_de_las_Naciones_Unidashttps://es.wikipedia.org/wiki/Secretario_General_de_las_Naciones_Unidashttps://es.wikipedia.org/wiki/23_de_noviembrehttps://es.wikipedia.org/wiki/2012https://es.wikipedia.org/wiki/2012https://es.wikipedia.org/wiki/Golfo_de_Guayaquilhttps://es.wikipedia.org/wiki/Golfo_de_Guayaquilhttps://es.wikipedia.org/wiki/Golfo_de_Guayaquilhttps://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-presidencia.gob.pe-18https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-presidencia.gob.pe-18https://es.wikipedia.org/wiki/2_de_mayohttps://es.wikipedia.org/wiki/2011https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-Registration_in_United_Nations-17https://es.wikipedia.org/wiki/Secretario_General_de_las_Naciones_Unidashttps://es.wikipedia.org/wiki/23_de_noviembrehttps://es.wikipedia.org/wiki/2012https://es.wikipedia.org/wiki/Golfo_de_Guayaquilhttps://es.wikipedia.org/wiki/Golfo_de_Guayaquilhttps://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-presidencia.gob.pe-18
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    !ON !OLOMBIA$l presidente peruano%ugusto C Legua:1608

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    Los lmites entre &er' y >olombia quedaron #i"ados mediante el=ratado !alomnolombia &ablo

    Lo+ano y el inistro de )elaciones $Bteriores del &er' %lberto !alomn Asorio

    =)%Y%?A! ?$ L% -)A*=$)%

    !eg'n estos tratados, los lmites entre >olombia y &er' son los siguientesD

    ?esde la con#luencia de los ros _ep y &utumayo, entre &er', $cuador y >olombia,

    aguas aba"o por el ro &utumayo, hasta la boca del ro aguas

    Hna lnea recta tra+ada desde la boca del ro aguas, en el &utumayo, hasta la boca

    del ro %tacuari, en el %ma+onas

    REFLEXIONANDO DE LA SENTENCIA MARIMA ENTRE PERU Y CHILE Pgina 21

    https://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_Salom%C3%B3n-Lozanohttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_Salom%C3%B3n-Lozanohttps://es.wikipedia.org/wiki/Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/24_de_marzohttps://es.wikipedia.org/wiki/24_de_marzohttps://es.wikipedia.org/wiki/1922https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-19https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-19https://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_Salom%C3%B3n-Lozanohttps://es.wikipedia.org/wiki/Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/24_de_marzohttps://es.wikipedia.org/wiki/1922https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-19
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    $l ro %ma+onas, aguas aba"o, siguiendo el curso del mismo, hasta la boca de la

    quebrada !an %ntonio, donde empie+a la #rontera con Crasil!ON BRASIL

    La #rontera con Crasil #ue delimitada por dos tratadosD la >on(encin -lu(ial sobre >omercio y

    *a(egacin y &arcial %cuerdo de Lmites entre &er' y Crasil ,#irmado en Lima, el2@ de

    octubrede181, que #i" la lnea de #rontera al norte de la naciente del ro a(ar9 y el =ratado

    entre el &er' y Crasil para la determinacin de las #ronteras entre los dos pases y establecer

    principios generales sobre su comercio y na(egacin en la cuenca del %ma+onas y &rotocolo

    :=ratado de Lmites, >omercio y *a(egacin en la >uenca del %ma+onas entre &er' y

    Crasil;,21#irmado en )oen 1606

    >omisin de Lmites entre el Crasil y la )ep'blica del &er'D ?on -rancisco >arrasco:capitn de mar y guerraperuano;

    yPos/ da >osta %+e(edo:capitn

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    ?esde 1823 se lle(aron acabo (arios intentos de negociacin entre el &er' y Crasil

    con el ob"eti(o de de#inir los lmites de ambos pases, y reci/n en 1871 #irmaron un

    primer acuerdo ?uarte de &onte )ibeiro, encargado de negocios de Crasil ante los

    gobiernos del &er' y Coli(ia, suscribi con anuel -erreyros, ministro de )elaciones

    $Bteriores del &er', un tratado de pa+, amistad, comercio y na(egacin, el 8 de "ulio

    de 1871

    !i bien no #ue un tratado de lmites, incluy la necesidad de proceder cuanto antes la

    demarcacin de los lmites tomando como re#erencia eluti possidetisdel ao 1821 $l

    6 de "ulio de 1871 se #irm una con(encin especial sobre el comercio que

    consagraba al Crasil como el 'nico importador desde el &er' por el %ma+onas9 por la

    misma, el &er' poda solamente eBportar sus productos al Crasil La con(encin de

    1871 #i"aba su duracin de 10 aos a partir del can"e de las rati#icaciones9 sin embargo

    no lleg a ser rati#icada

    >on(encin de 181$l tratado sobre comercio y na(egacin #lu(ial del 2@ de octubre de 181 estu(o

    orientado a promo(er la na(egacin por el ro %ma+onas y sus con#luentes por barcos

    de (apor9 a tra(/s de este con(enio se propugna la eBportacin de productos de la

    %ma+ona &ara tal e#ecto se con(ena el libre comercio de las mercaderas,

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    MARITIMA

    productos y embarcaciones que pasaran entre &eru y Crasil por la #rontera o por los

    ros

    !in ser un tratado de lmites, la con(encin contemplo las #ronteras !e consagr la

    aceptacin del principio de utis possidetis, con#orme al cual seran arreglados los

    lmites entre el &er' y el Crasil %mbos pases se comprometieron a nombrar una

    comisin miBta que reconocera la #rontera y propona los cambios territoriales

    oportunos para #i"ar los lmites

    ?emarcacin territorial entre &er' y Crasil$ntre 1833 y 187 se lle( acabo la labor de delimitacin de la #rontera, sin embargo,

    a #ines del siglo XIX la poltica peruana de coloni+ar %lto ur'a y el %lto &ur's origin

    algunos roces La situacin se hi+o ms comple"a cuando Coli(ia reconoci al Crasil,

    por el tratado de &etrpolis :160@;, sus presuntos derechos en esa +ona Coli(ia haba

    cedido, a cambio del pago de dos millones de libras esterlinas, territorios que estaban

    en litigio con el &er' %nte la protesta del &er' se reali+ la #irma de un acuerdo

    pro(isional en )o de Paneiro, el 12 de "ulio de 1607, por el que ambos pases se

    comprometan a recurrir a todo medio conciliador si no haba acuerdo entre las partes

    =ratado Kelarde

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    25/152

    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    !on Boli'ia

    La #rontera con Coli(ia #ue delimitada tambi/n por dos tratadosD el =ratado de ?emarcacin de

    -ronteras entre &er' y Coli(ia,22#irmado enLa &a+, el 2@ de septiembrede1602y el =ratado

    de )ecti#icacin de -ronteras entre &er' y Coli(ia, #irmado en La &a+, el 1 de

    septiembrede16069 el &rotocolo #irmado en La &a+ el2 de "uniode162y el &rotocolo

    )ati#icatorio#irmado en La &a+ el 1 de enerode 16@2

    REFLEXIONANDO DE LA SENTENCIA MARIMA ENTRE PERU Y CHILE Pgina 25

    https://es.wikisource.org/wiki/Tratado_sobre_demarcaci%C3%B3n_de_fronteras_entre_el_Per%C3%BA_y_Bolivia_1902https://es.wikisource.org/wiki/Tratado_sobre_demarcaci%C3%B3n_de_fronteras_entre_el_Per%C3%BA_y_Bolivia_1902https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-22https://es.wikipedia.org/wiki/La_Pazhttps://es.wikipedia.org/wiki/23_de_septiembrehttps://es.wikipedia.org/wiki/1902https://es.wikipedia.org/wiki/1902https://es.wikisource.org/wiki/Tratado_de_L%C3%ADmites_suscrito_entre_la_Rep%C3%BAblica_del_Per%C3%BA_y_la_Rep%C3%BAblica_de_Bolivia,_La_Paz,_1909https://es.wikisource.org/wiki/Tratado_de_L%C3%ADmites_suscrito_entre_la_Rep%C3%BAblica_del_Per%C3%BA_y_la_Rep%C3%BAblica_de_Bolivia,_La_Paz,_1909https://es.wikipedia.org/wiki/17_de_septiembrehttps://es.wikipedia.org/wiki/17_de_septiembrehttps://es.wikipedia.org/wiki/1909https://es.wikipedia.org/wiki/1909https://es.wikipedia.org/wiki/2_de_juniohttps://es.wikipedia.org/wiki/2_de_juniohttps://es.wikipedia.org/wiki/1925https://es.wikipedia.org/wiki/1925https://es.wikisource.org/wiki/Protocolo_Ratificatorio_de_la_Demarcaci%C3%B3n_de_la_Segunda_Secci%C3%B3n_de_la_Frontera_Peruano-Bolivinana_(Pen%C3%ADnsula_de_Copacabana)https://es.wikisource.org/wiki/Protocolo_Ratificatorio_de_la_Demarcaci%C3%B3n_de_la_Segunda_Secci%C3%B3n_de_la_Frontera_Peruano-Bolivinana_(Pen%C3%ADnsula_de_Copacabana)https://es.wikipedia.org/wiki/15_de_enerohttps://es.wikipedia.org/wiki/1932https://es.wikisource.org/wiki/Tratado_sobre_demarcaci%C3%B3n_de_fronteras_entre_el_Per%C3%BA_y_Bolivia_1902https://es.wikisource.org/wiki/Tratado_sobre_demarcaci%C3%B3n_de_fronteras_entre_el_Per%C3%BA_y_Bolivia_1902https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-22https://es.wikipedia.org/wiki/La_Pazhttps://es.wikipedia.org/wiki/23_de_septiembrehttps://es.wikipedia.org/wiki/1902https://es.wikisource.org/wiki/Tratado_de_L%C3%ADmites_suscrito_entre_la_Rep%C3%BAblica_del_Per%C3%BA_y_la_Rep%C3%BAblica_de_Bolivia,_La_Paz,_1909https://es.wikisource.org/wiki/Tratado_de_L%C3%ADmites_suscrito_entre_la_Rep%C3%BAblica_del_Per%C3%BA_y_la_Rep%C3%BAblica_de_Bolivia,_La_Paz,_1909https://es.wikipedia.org/wiki/17_de_septiembrehttps://es.wikipedia.org/wiki/17_de_septiembrehttps://es.wikipedia.org/wiki/1909https://es.wikipedia.org/wiki/2_de_juniohttps://es.wikipedia.org/wiki/1925https://es.wikisource.org/wiki/Protocolo_Ratificatorio_de_la_Demarcaci%C3%B3n_de_la_Segunda_Secci%C3%B3n_de_la_Frontera_Peruano-Bolivinana_(Pen%C3%ADnsula_de_Copacabana)https://es.wikisource.org/wiki/Protocolo_Ratificatorio_de_la_Demarcaci%C3%B3n_de_la_Segunda_Secci%C3%B3n_de_la_Frontera_Peruano-Bolivinana_(Pen%C3%ADnsula_de_Copacabana)https://es.wikipedia.org/wiki/15_de_enerohttps://es.wikipedia.org/wiki/1932
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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    -rontera entre &er' y Coli(iaIni$io] Periodo Independiente] Rep.li$a] -rontera entre &er' y Coli(ia

    La #rontera de &eru con Coli(ia cuenta con un 107 4m, los cuales comprenden todo

    el territorio entre la boca del ro a(eri"a hasta el tri#inio Coli(iahileru+, pero #ue recha+ado

    >H$)?A! !H>$!IKA!

    Las relaciones peruanou+co en 18@69 los tratados de pa+ y

    comercio de %requipa en 187, y de amistad y comercio en !ucre del mismo ao, as

    como el de pa+ y amistad de Lima en 183@, #ueron algunos de los acuerdos que

    atribuyeron a disipar los momentos de tensin La situacin pre(ia a la (uerra del

    Pa$)fi$o#ue similar Hn punto importante lo marc la #irma del tratado )i(a

  • 7/24/2019 Tratados Suscritos Entre Peru y Chile

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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    L%H?A %)$*=I*A -IH$)A%A)=%

    $l 6 de "ulio de 1606 el presidente Pos/ -igueroa %lcorta eBpidi el laudo, en el que seaplic el criterio de equidad $n Coli(ia se produ"o un gran descontento La accin del

    representante peruano en La &a+, !oln &olo, e(it el agra(amiento de la situacin

    Coli(ia acepto el #allo argentino :1 de setiembre de 1606;, por el que ambas partes

    acordaban reali+ar las permutas o concesiones de terrenos que, de com'n acuerdo,

    consideraran necesarias

    =ratados

    =ratado de abril de 1883?espu/s de la guerra que nos en#rent contra >hile, #ue necesario establecer la

    demarcacin #ronteri+a9 as se #irm el tratado preliminar de lmites del 20 de abril de

    1883, en la ciudad de La &a+, por el cual ambos pases acordaron iniciar

    negociaciones para concluir un tratado preliminar de lmites y preparar la demarcacin

    de#initi(a de las #ronteras $l tratado de La &a+ no logr e#ecto alguno y ms bien, en

    la siguiente d/cada, ocurrieron incidentes en las +onas de %cre y &ur's, lo que dio

    origen a negociaciones en la ciudad de !ucre, en las que se acordo unmodus

    iendique el gobierno peruano no consider adecuado

    =ratado Asma

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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    $l @0 de mar+o de 1611, en Lima, el canciller peruano ermn Legua y artne+, y el

    en(iado eBtraordinario y plenipotenciario boli(iano, !e(ero -ernande+ %lonso,#irmaron el protocolo para la e"ecucin del tratado de #ronteras de 1606, el que #ue

    seguido por un segundo protocolo el 1 de abril inmediato

    La demarcacin culmin con dos acuerdos ms, uno #irmado en La &a+ el @ de "unio

    de 162, suscrito por el representante peruano anuel $las Connemaison y el

    ministro boli(iano, $duardo ?ie+ de edina, y otro el 1 de enero de 16@2, #irmado

    por el ministro plenipotenciario peruano >arlos >oncha y Pulio % utierre+, ministro

    boli(iano Los di#erendos limtro#es #ueron solucionados de mutuo acuerdo y en

    consonancia con ideales de integracin

    !on !0ile

    La frontera entre !0ile 1 Peres un lmite internacional que separa a los territorios de ambos

    pases >onsta de dos tramos, uno terrestre y otro martimo

    REFLEXIONANDO DE LA SENTENCIA MARIMA ENTRE PERU Y CHILE Pgina 2

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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    $l primero es una lnea di(isora de 136 4ilmetros, que (a de oestea este, desde un punto en

    el oc/ano &ac#ico, el &unto Q>oncordiaQ seg'n &er', el .ito *E 1 seg'n >hile,1

    hastala meseta de %ncomarca

    $l segundo se inicia en el punto en que elparalelo geogr#icoque pasa por el .ito *E 1 se

    interseca con la lnea de ba"a marea, y a partir de all se prolonga hasta las 80 millas nuticas,

    luego contin'a en direccin sudoeste sobre una lnea equidistante desde las costas de ambos

    pases hasta su interseccin con el lmite de las 200 millas nuticasmedidas desde las lneas

    de basede >hile y, posteriormente, contin'a hacia el sur hasta el punto de interseccin con el

    lmite de las 200 millas nuticas medidas desde las lneas de base de ambos pases

    De,ar$a$i%n de la frontera terrestreNeditarO

    %l inicio de su (ida republicana, seg'n una parte de la historiogra#a, no eBista lmites entre

    el Kirreinato del &er'y la >apitana eneral de >hile $l &er' limitaba al sur con>harcas, al

    igual que >hile en su #rontera norte =ras una contro(ersia entre Coli(iay >hile, el de

    abrilde186estalla la guerra del &ac#ico $l&er'se (e inmerso en ella, debido a la alian+a

    de#ensi(a que tena conColi(iaAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAA

    &or el=ratado de &a+ y %mistad entre &er' y >hile:=ratado de %ncn;, #irmado en Lima, el 20

    de octubrede 188@, el &er' cedi a >hile el territorio de la pro(incia Litoral de =arapac, que

    tena como lmite norte el ro y quebrada de >amarones y, por el sur, la quebrada y ro Loa

    %dems, las pro(incias de =acna y %rica continuaran en poder de >hile durante die+ aos, y a

    su (encimiento, unplebiscitodecidira si dichas pro(incias retornaban al &er' o pasaban

    de#initi(amente a >hile $l plebiscito en mencin, nunca se reali+ &or el contrario, se habran

    puesto en prctica una poltica de persecucin a los peruanos que (i(an en ellas y

    unachileni'aci#nde ambas pro(incias

    $l @ de "uniode1626, se #irm en Lima el =ratado y &rotocolo >omplementario para resol(er

    la cuestin de =acna y %rica:=ratado de Lima;2@$n (irtud de este tratado =acna retornaba al

    &er' y %rica pasaba a integrar, en #orma de#initi(a, el territorio chileno =ambi/n en estetratado, se #i" la lnea de #rontera entre ambos pases, cuyo punto de inicio es materia de

    debate en la corte internacional de la .ayaD

    $l artculo quinto de este =ratado y protocolo >omplementario :=ratado de Lima; establece

    que, para el ser(icio del &er', el Qobierno de >hile construir a su costo, dentro de los

    1 m5de la baha de%rica, un malecn de atraque para (apores de calado, un edi#icio para

    REFLEXIONANDO DE LA SENTENCIA MARIMA ENTRE PERU Y CHILE Pgina 2!

    https://es.wikipedia.org/wiki/Kil%C3%B3metroshttps://es.wikipedia.org/wiki/Oestehttps://es.wikipedia.org/wiki/Estehttps://es.wikipedia.org/wiki/Oc%C3%A9ano_Pac%C3%ADficohttps://es.wikipedia.org/wiki/Frontera_entre_Chile_y_Per%C3%BA#cite_note-N.C3.BA.C3.B1ez-1https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Meseta_de_Ancomarca&action=edit&redlink=1https://es.wikipedia.org/wiki/Paralelo_geogr%C3%A1ficohttps://es.wikipedia.org/wiki/Paralelo_geogr%C3%A1ficohttps://es.wikipedia.org/wiki/Millas_n%C3%A1uticashttps://es.wikipedia.org/wiki/L%C3%ADneas_de_base_(derecho_del_mar)https://es.wikipedia.org/wiki/L%C3%ADneas_de_base_(derecho_del_mar)https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Frontera_entre_Chile_y_Per%C3%BA&action=edit&section=2https://es.wikipedia.org/wiki/Virreinato_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Capitan%C3%ADa_General_de_Chilehttps://es.wikipedia.org/wiki/Charcashttps://es.wikipedia.org/wiki/Nortehttps://es.wikipedia.org/wiki/Boliviahttps://es.wikipedia.org/wiki/Chilehttps://es.wikipedia.org/wiki/5_de_abrilhttps://es.wikipedia.org/wiki/5_de_abrilhttps://es.wikipedia.org/wiki/5_de_abrilhttps://es.wikipedia.org/wiki/1879https://es.wikipedia.org/wiki/1879https://es.wikipedia.org/wiki/Guerra_del_Pac%C3%ADficohttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Boliviahttps://es.wikipedia.org/wiki/Boliviahttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Anc%C3%B3nhttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Anc%C3%B3nhttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Anc%C3%B3nhttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Anc%C3%B3nhttps://es.wikipedia.org/wiki/20_de_octubrehttps://es.wikipedia.org/wiki/20_de_octubrehttps://es.wikipedia.org/wiki/1883https://es.wikipedia.org/wiki/R%C3%ADo_Loahttps://es.wikipedia.org/wiki/Plebiscitohttps://es.wikipedia.org/wiki/Plebiscitohttps://es.wikipedia.org/wiki/Plebiscitohttps://es.wikipedia.org/wiki/Chilenizaci%C3%B3n_de_Tacna_y_Aricahttps://es.wikipedia.org/wiki/Chilenizaci%C3%B3n_de_Tacna_y_Aricahttps://es.wikipedia.org/wiki/3_de_juniohttps://es.wikipedia.org/wiki/1929https://es.wikipedia.org/wiki/1929https://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-23https://es.wikipedia.org/wiki/M%C2%B2https://es.wikipedia.org/wiki/Aricahttps://es.wikipedia.org/wiki/Muelle_al_servicio_del_Per%C3%BA_en_Aricahttps://es.wikipedia.org/wiki/Kil%C3%B3metroshttps://es.wikipedia.org/wiki/Oestehttps://es.wikipedia.org/wiki/Estehttps://es.wikipedia.org/wiki/Oc%C3%A9ano_Pac%C3%ADficohttps://es.wikipedia.org/wiki/Frontera_entre_Chile_y_Per%C3%BA#cite_note-N.C3.BA.C3.B1ez-1https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Meseta_de_Ancomarca&action=edit&redlink=1https://es.wikipedia.org/wiki/Paralelo_geogr%C3%A1ficohttps://es.wikipedia.org/wiki/Millas_n%C3%A1uticashttps://es.wikipedia.org/wiki/L%C3%ADneas_de_base_(derecho_del_mar)https://es.wikipedia.org/wiki/L%C3%ADneas_de_base_(derecho_del_mar)https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Frontera_entre_Chile_y_Per%C3%BA&action=edit&section=2https://es.wikipedia.org/wiki/Virreinato_del_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Capitan%C3%ADa_General_de_Chilehttps://es.wikipedia.org/wiki/Charcashttps://es.wikipedia.org/wiki/Nortehttps://es.wikipedia.org/wiki/Boliviahttps://es.wikipedia.org/wiki/Chilehttps://es.wikipedia.org/wiki/5_de_abrilhttps://es.wikipedia.org/wiki/5_de_abrilhttps://es.wikipedia.org/wiki/1879https://es.wikipedia.org/wiki/Guerra_del_Pac%C3%ADficohttps://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Boliviahttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Anc%C3%B3nhttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Anc%C3%B3nhttps://es.wikipedia.org/wiki/20_de_octubrehttps://es.wikipedia.org/wiki/20_de_octubrehttps://es.wikipedia.org/wiki/1883https://es.wikipedia.org/wiki/R%C3%ADo_Loahttps://es.wikipedia.org/wiki/Plebiscitohttps://es.wikipedia.org/wiki/Chilenizaci%C3%B3n_de_Tacna_y_Aricahttps://es.wikipedia.org/wiki/3_de_juniohttps://es.wikipedia.org/wiki/1929https://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-23https://es.wikipedia.org/wiki/M%C2%B2https://es.wikipedia.org/wiki/Aricahttps://es.wikipedia.org/wiki/Muelle_al_servicio_del_Per%C3%BA_en_Arica
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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    la agencia aduanera peruana y una estacin terminal para el#errocarril a =acna,

    establecimientos y +onas donde el comercio de trnsito del &er' go+ar de la independenciapropia del ms amplio puertolibreQ

    L),ites ,ar)ti,os entre el Per 1 !0ile

    !obre el lmite martimo surgi una contro(ersia entre la )ep'blica del &er' y la )ep'blica de

    >hile, a partir del argumento peruano que la delimitacin del lmite martimo entre ambos

    pases estara a'n sin determinar9 >hile sostena, en cambio, que no eBistan temas limtro#es

    pendientes con el &er', por cuanto eBistiran tratados internacionales (igentes sobre la

    materia Luego de seguir un largo procesoante la >orte Internacional de Pusticia de La .aya,

    /sta sentenciestableciendo de manera de#initi(a la #rontera martima com'n, la cual se inicia

    en el punto en que el paralelo geogr#ico que pasa por el .ito *E 1 se interseca con la lnea de

    ba"a marea, y a partir de all se prolonga hasta las 80 millas, luego contin'a en direccin

    sudoeste sobre una lnea equidistante desde las costas de ambos pases hasta su

    interseccin con el lmite de las 200 millas nuticas medidas desde las lneas de base de >hile

    y, posteriormente, contin'a hacia el sur hasta el punto de interseccin con el lmite de las 200

    millas marinas medidas desde las lneas de base de ambos pases La >orte de#ini el tra+ado

    de la #rontera martimas sin determinar las coordenadas geogr#icasprecisas y dispuso que

    las partes deban proceder a determinar tales coordenadas de con#ormidad con el #allo, lo cual

    ocurri el 2 de mar+ode 2017,mediante la suscripcin de un acta lle(ada a cabo en la sede

    de la >ancillera de &er'272

    REFLEXIONANDO DE LA SENTENCIA MARIMA ENTRE PERU Y CHILE Pgina 3"

    https://es.wikipedia.org/wiki/Ferrocarril_Tacna-Aricahttps://es.wikipedia.org/wiki/Ferrocarril_Tacna-Aricahttps://es.wikipedia.org/wiki/Puertohttps://es.wikipedia.org/wiki/Controversia_de_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_el_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Controversia_de_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_el_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Controversia_de_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_el_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Controversia_de_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_el_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Corte_Internacional_de_Justicia_de_La_Hayahttps://es.wikipedia.org/wiki/Fallo_de_la_Corte_de_La_Haya_sobre_la_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Coordenadas_geogr%C3%A1ficashttps://es.wikipedia.org/wiki/25_de_marzohttps://es.wikipedia.org/wiki/2014https://es.wikipedia.org/wiki/2014https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-24https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-25https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-25https://es.wikipedia.org/wiki/Ferrocarril_Tacna-Aricahttps://es.wikipedia.org/wiki/Puertohttps://es.wikipedia.org/wiki/Controversia_de_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_el_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Controversia_de_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_el_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Controversia_de_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_el_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Corte_Internacional_de_Justicia_de_La_Hayahttps://es.wikipedia.org/wiki/Fallo_de_la_Corte_de_La_Haya_sobre_la_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Coordenadas_geogr%C3%A1ficashttps://es.wikipedia.org/wiki/25_de_marzohttps://es.wikipedia.org/wiki/2014https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-24https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_territorial_del_Per%C3%BA#cite_note-25
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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    LIMITES A!TULES

    &er' actualmente tiene una super#icie continentalde 12821,3 4m5y un permetro total de

    1012,324m La mayor longitud de #rontera y una de las ms agrestes, es conCrasil, la cual

    tiene una longitud de 2822,763 4mentre la boca delro a(ary la boca del ro a(eri"aen

    el%crey se desarrolla ntegramente en sel(a ama+nicay la de menor longitud, con>hilede

    apenas 136 4m entre la mesetade %ncomarca hasta un punto en las cercanas del oc/ano&ac#icoDel punto Q>oncordiaQ seg'n el &er', el .ito *E 1 seg'n >hile Los lmites totales

    seg'n su mayor o menor longitud, sonD

    Lmite &er'

  • 7/24/2019 Tratados Suscritos Entre Peru y Chile

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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    Lmite &er'apones hasta la boca del

    _ep en elro &utumayo

    Lmite &er'olombiaD 103,03 4m desde la boca del ro _ep hasta la con#luencia

    del ro a(ar con elro %ma+onas

    Lmite &er'

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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    La >onstitucin peruanaestablece que el dominio martimo del &er' comprende el mar

    adyacente a sus costas, as como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de 200millasmarinas:artculo 7E; ediante la Ley *E 2@83 del27 de mayode 1687se dio la

    denominacin de Mar de Graual dominio martimo del &er' $linisterio de )elaciones

    $Bteriores del &er'(iene coordinando con la arina de uerrala reali+acin de los traba"os

    de campo que permitan determinar lalnea de basedesde la cual se medirn con precisin los

    linderos del dominio martimo peruano :)esolucin !uprema *o 27

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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

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    TRATADOS SUS!RITOS ENTRE PERU " !HILE

    TRATADO DE AN!ON

    $l 20 de Actubre de 188@ La )ep'blica de >hile por una parte9 y de la otra, la )ep'blica del

    &er', deseando restablecer las relaciones de amistad entre ambos pases, han determinado

    celebrar un tratado de pa+ y amistad, y al e#ecto han nombrado y constituido por sus

    plenipotenciarios a saberD !$ el &residente de la )ep'blica de >hile, a don Po(ino *o(oa9 y

    !$ el &residente de la )ep'blica del &er', a don Pos/ %ntonio de La(alle, inistros de

    )elaciones $Bteriores, y don ariano >astro Yald(ar9 quienes, despu/s de haberse

    comunicado sus plenos poderes y de haberlos hallado en buena y debida #orma, han

    con(enido en los artculos siguientesD

    Art)$ulo 234)establ/cense las relaciones de pa+ y amistad entre las rep'blicas de >hile y

    &er'

    Art)$ulo 534La )ep'blica del &er' cede a la )ep'blica de >hile, perpetua eincondicionalmente, el territorio de la pro(incia litoral de =arapac, cuyos lmites sonD por el

    norte, la quebrada y ro de >amarones9 por el sur, la quebrada y ro de Loa9 por el oriente, la

    )ep'blica de Coli(ia9 y por el poniente el mar &ac#ico

    Art)$ulo 634$l territorio de las pro(incias de =acna y %rica, que limitan por el norte con el

    ro !ama, desde su nacimiento en las cordilleras limtro#es con Coli(ia hasta su

    desembocadura en el mar9 por el sur, con la quebrada y ro de >amarones9 por el oriente, con

    la )ep'blica de Coli(ia9 y por el poniente con el mar &ac#ico, continuar posedo por >hile y

    su"eto a la legislacin y autoridades chilenas durante el t/rmino de die+ aos, contado desdeque se rati#ique el presente tratado de pa+ $Bpirando este pla+o, un plebiscito decidir, con

    (otacin popular, si el territorio de las pro(incias re#eridas queda de#initi(amente del dominio y

    soberana de >hile, o si contin'a siendo parte del territorio peruano %quel de los dos pases a

    cuyo #a(or queden aneBadas las pro(incias de =acna y %rica, pagar al otro die+ millones de

    pesos moneda chilena de plata o soles peruanos de igual ley y peso de aquella

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    Hn protocolo especial que se considerar como parte integrante del presente tratado,

    establecer la #orma en que el plebiscito debe tener lugar y los t/rminos y pla+os en quehayan de pagarse los die+ millones por el pas que quede dueo de las pro(incias de =acna y

    %rica

    Art)$ulo 734$n con#ormidad a lo dispuesto en el supremo decreto de 6 de #ebrero de 1882,

    por el cual el gobierno de >hile orden la (enta de un milln de toneladas de guano, el

    producto lquido de esta sustancia, deducidos los gastos y dems desembolsos a que se

    re#iere el artculo 1@ de dicho decreto, se distribuir por partes iguales entre el gobierno de

    >hile y los acreedores del &er' cuyos ttulos de cr/dito aparecieren sustentados con la

    garanta del guano

    =erminada la (enta del milln de toneladas a que se re#iere el inciso anterior, el gobierno de

    >hile continuar entregando a los acreedores peruanos el cincuenta por ciento del producto

    lquido del guano tal como lo establece el artculo 1@, hasta que se eBtinga la deuda o se

    agoten las co(aderas en actual eBplotacin

    Los productos de las co(aderas o yacimientos que se descubran en lo #uturo en los

    territorios cedidos, pertenecern eBclusi(amente al gobierno de >hile

    Art)$ulo 834!i se descubren en los territorios que quedan en dominio del &er', co(aderaso yacimientos de guano, a #in de e(itar que los gobiernos de >hile y del &er' se hagan

    competencia en la (enta de esta sustancia, se determinara pre(iamente por ambos gobiernos

    de com'n acuerdo, la proporcin y condiciones a que cada uno de ellos deba su"etarse en la

    ena"enacin de dicho abono

    Lo estipulado en el inciso precedente regir asimismo con las eBistencias de guano ya

    descubiertas que puedan quedar en las islas de Lobos, cuando llegue el e(ento de entregarse

    esas islas al gobierno del &er', en con#ormidad a lo establecido en la clusula 6 del presente

    tratado

    Art)$ulo 934Los acreedores peruanos a quienes se concede el bene#icio a que se re#iere el

    artculo 7E debern someterse, para la cali#icacin de sus ttulos y dems procedimientos, a

    las reglas #i"adas en el supremo decreto de 6 de #ebrero de 1882

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    Art)$ulo :34La obligacin que el gobierno de >hile acepta, seg'n el artculo 7E, de entregar

    el cincuenta por ciento del producto lquido del guano de las co(aderas de a ctual eBplotacinse hiciere en con#ormidad al tratado eBistente, sobre (enta de un milln de toneladas, sea que

    ellas se (eri#iquen en (irtud de otro contrato o por cuenta propia del gobierno de >hile

    Art)$ulo ;34-uera de las declaraciones consignadas en los artculos precedentes y de las

    obligaciones que el gobierno de >hile tiene espontneamente aceptadas en el supremo

    decreto de 28 de mar+o de 1882, que reglament la propiedad salitrera de =arapac, el

    eBpresado gobierno de >hile no reconoce cr/ditos de ninguna clase que a#ecten a los nue(os

    territorios que adquiere por el presente tratado, cualquiera sea su naturale+a y procedencia

    Art)$ulo hile hasta que

    se d/ t/rmino en las co(aderas eBistentes a la eBplotacin de un milln de toneladas de

    guano, en con#ormidad a lo estipulado en los artculos 7E y E Llegando este caso, se

    de(ol(ern al &er'

    Art)$ulo 2=34$l gobierno de >hile declara que ceder al &er' desde el da en que el

    presente tratado sea rati#icado y can"eado constitucionalmente, el cincuenta por ciento que le

    corresponde en el producto del guano de las islas Lobos

    Art)$ulo 2234ientras no se a"uste un tratado especial, las relaciones mercantiles entreambos pases subsistirn en el mismo estado en que se encontraban antes del de abril de

    186

    Art)$ulo 2534Las indemni+aciones que se deban por el &er' a los chilenos que hayan

    su#rido per"uicio con moti(o de la guerra, se "u+garn por un tribunal arbitral o comisin miBta

    internacional, nombrada inmediatamente despu/s de rati#icado el presente tratado, en la

    #orma establecida por con(enciones recientemente a"ustadas entre >hile y los gobiernos de

    Inglaterra, -rancia e Italia

    Art)$ulo 2634Los gobiernos contratantes reconocen y aceptan la (alide+ de todos los actos

    administrati(os y "udiciales pasados durante la ocupacin del &er', deri(ados de la "urisdiccin

    marcial e"ercida por el gobierno de >hile

    Art)$ulo 2734$l presente tratado ser rati#icado, y las rati#icaciones can"eadas en la ciudad

    de Lima, cuanto antes sea posible, dentro de un t/rmino mBimo de ciento sesenta das

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    contados desde esta #echa

    $n #e de lo cual, los respecti(os plenipotenciarios lo han #irmado por duplicado y sellado con

    sus sellos particulares

    .echo en Lima a (einte de octubre del ao de nuestro !eor mil ochocientos ochenta y tres

    TRATADO DE LIMA

    Tratado 1 Proto$olo !o,ple,entario para Resol'er la !uesti%n de Ta$na 1 Ari$a

    Los obiernos de las )ep'blicas del &er' y de >hile, deseosos de remo(er toda di#icultad

    entre ambos pases y de asegurar as su amistad y buena inteligencia, han resuelto celebrar

    un =ratado con#orme a las bases que el &residente de los $stados Hnidos de %m/rica en

    e"ercicio de buenos o#icios solicitados por las &artes, y guindose por los arreglos directos

    concertados entre ellas, ha propuesto como bases #inales para resol(er el problema de =acna

    y %rica, y al e#ecto han nombrado sus &lenipotenciarios, a saberD !u $Bcelencia el &residente

    del &er' al $Bcelentsimo !eor ?octor ?on &edro Pos/ )ada y amio su inistro de

    )elaciones $Bteriores y su $Bcelencia el &residente de la )ep'blica de >hile al $Bcelentsimo

    !eor ?on $miliano -igueroa Larrain, su $mba"ador $Btraordinario y &lenipotenciario en el&er'9 quienes despu/s de can"ear sus &lenos &oderes y encontrndolos en debida #orma, han

    con(enido en los %rtculos siguientes D

    Art)$ulo Pri,ero>&Mueda de#initi(amente resuelta la contro(ersia originada por el %rtculo

    =ercero del =ratado de &a+ y %mistad del (einte de Actubre de mil ochocientos ochenta y tres,

    que era la 'nica di#icultad pendiente entre los obiernos signatarios

    Art)$ulo Se*undo>&$l territorio de =acna y %rica ser di(idido en dos partes, =acna para el

    &er' y %rica para >hile La lnea di(isoria entre dichas dos partes y9 en consecuencia, la

    #rontera entre los territorios del &er' y de >hile, partir de un punto de la costa que sedenominar G>oncordia, distante die+ 4ilmetros al *orte del puente del )o Lluta, para seguir

    hacia el Ariente paralela a la (a de la seccin chilena del -errocarril de %rica a La &a+ y

    distante die+ 4ilmetros de ella, con las in#leBiones necesarias para utili+ar, en la demarcacin,

    los accidentes geogr#icos cercanos que permitan de"ar en territorio chileno las a+u#reras del

    =acora y sus dependencias pasando luego por el centro de la Laguna Clanca, en #orma que

    una de sus partes quede en el &er' y la otra en >hile >hile cede a perpetuidad a #a(or del

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    &er' todos sus derechos sobre los >anales del Hchusuma y del auri, llamado tambi/n

    %+ucarero, sin per"uicio de la soberana que le corresponder e"ercer sobre la parte de dichosacueductos que quedan en territorio chileno despu/s de tra+ada la lnea di(isoria a que se

    re#iere el presente artculo )especto de ambos >anales >hile constituye en la parte que

    atra(iesan su territorio, el ms amplio derecho de ser(idumbre a perpetuidad en #a(or del

    &er'< =al ser(idumbre comprende el derecho de ampliar los >anales actuales, modi#icar el

    curso de ellos y recoger todas las aguas captables en su trayecto por territorio chileno, sal(o

    las aguas que actualmente caen al )o Lluta y las que sir(en a las a+u#reras del =acora

    Art)$ulo Ter$ero>&La lnea #ronteri+a, a que se re#iere el inciso primero del artculo segundo,

    ser #i"ada y sealada en el territorio con hitos, por una comisin miBta compuesta de un

    miembro designado por cada uno de los obiernos signatarios, los que costearn, por mitad,los gastos comunes que esta operacin requiera !i s/ produ"era alg'n desacuerdo en la

    comisin, ser resuelto con el (oto dirimente de un tercer miembro designado por el

    &residente de los $stados Hnidos de %m/rica, cuyo #allo ser inapelable

    Art)$ulo !uarto>&$l obierno de >hile entregar al obierno del &er', treinta das despu/s

    del can"e de las rati#icaciones del presente =ratado, los territorios que, seg'n /l, deben quedar

    en poder del &er'< !e #irmar, por &lenipotenciarios de las citadas &artes >ontratantes, un

    acta de entrega que contendr la relacin detallada de la ubicacin y caractersticas de#initi(as

    de los hitos #ronteri+os

    Art)$ulo ?uinto>&&ara el ser(icio del &er' el obierno de >hile construir a su costo, dentro

    de los mil quinientos setenta y cinco metros de la baha de %rica un malecn de atraque para

    (apores de calado, un edi#icio para la agencia aduanera peruana y una estacin terminal para

    el -errocarril a =acna, establecimientos y +onas donde el comercio de transito del &er' go+ar

    de la independencia propia del ms amplio puerto libre

    Art)$ulo Se@to>&$l obierno de >hile entregar al del &er', simultneamente al can"e de las

    rati#icaciones, seis millones de dlares, y, adems sin costo alguno para /ste 'ltimo obierno,

    todas las obras p'blicas ya e"ecutadas o en construccin y bienes races de propiedad #iscal

    ubicadas en los territorios que, con#orme al presente =ratado, quedarn ba"o la soberanaperuana

    Art)$ulo Spti,o>&Los obiernos del &er' y de >hile respetarn los derechos pri(ados

    legalmente adquiridos en los territorios que quedan ba"o sus respecti(as soberanas, entre los

    que #igura la concesin otorgada por el obierno del &er' a la empresa del -errocarril de

    %rica a =acna en mil ochocientos cincuenta y dos, con#orme a la cual dicho -errocarril, al

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    t/rmino del >ontrato, pasar a ser propiedad del &er' !in per"uicio de la soberana que le

    corresponde e"ercer, >hile constituye a perpetuidad en la parte que la lnea atra(iesa suterritorio el derecho ms amplio de ser(idumbre en #a(or del &er'

    Art)$ulo O$ta'o>&Los obiernos del &er' y de >hile condonarn recprocamente toda

    obligacin pecuniaria pendiente entre ellos ya sea que se deri(e o no del =ratado de %ncn

    Art)$ulo No'eno>&Las %ltas &artes >ontratantes celebrarn un con(enio de polica #ronteri+a

    para la seguridad p'blica de los respecti(os territorios adyacentes a la lnea di(isoria< $ste

    con(enio deber entrar en (igencia tan pronto como la pro(incia de =acna pase a la soberana

    del &er'

    Art)$ulo D$i,o>&Los hi"os de los peruanos nacidos en %rica se considerarn peruanoshasta los (einti'n aos, edad en que podrn optar por su nacionalidad de#initi(a9 y los hi"os de

    chilenos nacidos en =acna, tendrn el mismo derecho

    Art)$ulo Und$i,o>&Los obiernos del &er' y de >hile, para conmemorar la consolidacin

    de sus relaciones de amistad, resuel(en erigir en el orro de %rica un monumento simblico

    sobre cuyo proyecto se pondrn de acuerdo

    Art)$ulo Duod$i,o>&&ara el caso en que los obiernos del &er' y de >hile, no estu(ieren

    de acuerdo en la interpretacin que d/n a cada una de las di#erentes disposiciones de este

    =ratado y en que, a pesar de su buena (oluntad, no pudieren ponerse de acuerdo, decidir el

    &residente de los $stados Hnidos de %m/rica la contro(ersia

    Art)$ulo De$i,oter$ero>&$l presente =ratado ser rati#icado y sus rati#icaciones sern

    can"eadas en !antiago tan pronto como sea posible

    $n #e de lo cual los in#rascritos &lenipotenciarios #irman y sellan el presente =ratado en doble

    e"emplar, en Lima a los tres das del mes de Punio de mil no(ecientos (eintinue(e

    :L!; &edro Pos/ )ada y amio :L!; $ -igueroa

    Lima, @ de "unio de 1626

    =

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    MARITIMA

    apa de la #rontera de &eru con >hile

    Proto$olo !o,ple,entario

    Los obiernos del &er' y de >hile han acordado suscribir un &rotocolo >omplementario del

    =ratado que se #irma con esta misma #echa, y sus respecti(os &lenipotenciarios, debidamente

    autori+ados, han con(enido al e#ecto en lo siguienteD

    Art)$ulo Pri,ero>&Los obiernos de &er' y de >hile no podrn sin pre(io acuerdo entre

    ellos, ceder a una tercera potencia la totalidad o parte de los territorios que, en con#ormidad al

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    MARITIMA

    =ratado de esta misma #echa, quedan ba"o sus respecti(as soberanas, ni podrn, sin ese

    requisito, construir, al tra(/s de ellos, nue(as lneas #/rreas internacionales

    Art)$ulo Se*undo>&Las #acilidades del puerto que el =ratado, en su artculo Muinto acuerda al

    &er', consistirn en el ms absoluto libre trnsito de personas, mercaderas y armamentos al

    territorio peruano y desde /ste a tra(/s del territorio chileno Las operaciones de embarque y

    desembarque, se e#ectuarn mientras se construyen y terminan las obras indicadas en el

    %rtculo Muinto del =ratado, por el recinto del muelle del #errocarril de %rica a =acna

    Art)$ulo Ter$ero>&$l orro de %rica ser desartillado, y el obierno de >hile construir a su

    costo el monumento con(enido por el %rtculo Hnd/cimo del =ratado

    $l presente &rotocolo #orma parte integral del =ratado de esta misma #echa y, enconsecuencia, ser rati#icado y sus rati#icaciones se can"earn en !antiago de >hile tan pronto

    como sea posible

    $n #e de lo cual los in#rascritos &lenipotenciarios #irman y sellan el presente &rotocolo

    >omplementario en doble e"emplar, en Lima, a los tres das del mes de "unio de mil

    no(ecientos (eintinue(e

    :L!;< &edro Pos/ )ada y amio

    :L!;< $ -igueroa

    DECLARACION SOBRE ZONA MARITIMA DE #&'(

    !antiago de >hile, 18 de agosto de 162

    !onsiderando4

    1 Los obiernos tienen la obligacin de asegurar a sus pueblos las necesarias condiciones

    de subsistencia, y de procurarles los medios para su desarrollo econmico

    2 $n consecuencia, es su deber cuidar de la conser(acin y proteccin de sus recursos

    naturales y reglamentar el apro(echamiento de ellos a #in de obtener las me"ores (enta"as

    para sus respecti(os pases

    @ &or lo tanto, es tambi/n su deber impedir que una eBplotacin de dichos bienes, #uera del

    alcance de su "urisdiccin, ponga en peligro la eBistencia, integridad y conser(acin de esas

    rique+as en per"uicio de los pueblos que, por su posicin geogr#ica, poseen en sus mares

    #uentes insustituibles de subsistencia y de recursos econmicos que les son (itales

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    MARITIMA

    &or las consideraciones eBpuestas, los obiernos de >hile, $cuador y &er', decididos a

    conser(ar y asegurar para sus pueblos respecti(os, las rique+as naturales de las +onas delmar que baa sus costas, #ormulan la siguienteD

    ?$>L%)%>IA*D

    I>Los #actores geolgicos y biolgicos que condicionan la eBistencia, conser(acin y

    desarrollo de la #auna y #lora martimas en las aguas que baan las costas de los pases

    declarantes, hacen que la antigua eBtensin del mar territorial y de la +ona contigua sean

    insu#icientes para la conser(acin, desarrollo y apro(echamiento de esas rique+as, a que

    tienen derecho los pases costeros

    II>>omo consecuencia de estos hechos, los obiernos de >hile, $cuador y &er' proclamancomo norma de su poltica internacional martima, la soberana y "urisdiccin eBclusi(as que a

    cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baa las costas de sus respecti(os pases,

    hasta una distancia mnima de 200 millas marinas desde las re#eridas costas

    III>La "urisdiccin y soberana eBclusi(as sobre la +ona martima indicada incluye tambi/n la

    soberana y "urisdiccin eBclusi(as sobre el suelo y subsuelo que a ella corresponde

    I>$n el caso de territorio insular, la +ona de 200 millas marinas se aplicar en todo el

    contorno de la isla o grupo de islas !i una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los

    pases declarantes estu(iere a menos de 200 millas marinas de la +ona martima general que

    corresponde a otro de ellos, la +ona martima de esta isla o grupo de islas quedar limitada

    por el paralelo del punto en que llega al mar la #rontera terrestre de los estados respecti(os

    >La presente ?eclaracin no signi#ica desconocimiento de las necesarias limitaciones al

    e"ercicio de la soberana y "urisdiccin establecidas por el ?erecho Internacional, en #a(or del

    paso inocente e ino#ensi(o, a tra(/s de la +ona sealada, para las na(es de todas las

    naciones

    I>Los obiernos de >hile, $cuador y &er' eBpresan su propsito de suscribir %cuerdos o

    >on(enciones para la aplicacin de los principios indicados en esta ?eclaracin en los cuales

    se establecern normas generales destinadas a reglamentar y proteger la ca+a y la pescadentro de la +ona martima que les corresponde, y a regular y coordinar la eBplotacin y

    apro(echamiento de cualquier otro g/nero de productos o rique+as naturales eBistentes en

    dichas aguas y que sean de inter/s com'n

    Pulio )ui+ Courgeois :?elegado de >hile;

    Porge -ernnde+ !ala+ar :?elegado de $cuador;

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    MARITIMA

    %lberto Hlloa :?elegado del &er';

    CONVENIO SOBRE ZONA ESPECIAL )RONTERIZA MARITIMA

    Lima, 7 de ?iciembre de 167

    Los obiernos de las )ep'blicas de >hile, $cuador y &er', de con#ormidad con lo acordado

    en la )esolucin *Z X, de 8 de Actubre de 167, suscrita en !antiago de >hile por la

    >omisin &ermanente de la >on#erencia sobre $Bplotacin y >onser(acin de las )ique+as

    artimas del &ac#ico !ur, ?espu/s de conocer las proposiciones y recomendaciones

    aprobadas en Actubre del ao en curso por dicha >omisin &ermanente, .an nombrado a los

    siguientes &lenipotenciariosD !u $Bcelencia el seor &residente de la )ep'blica de >hile, al

    $Bcmo !eor don %l#onso Culnes >al(o, $mba"ador $Btraordinario y &lenipotenciario de >hile

    en el &er'9 !u $Bcelencia el seor &residente de la )ep'blica del $cuador, al $Bcmo !eor

    don Porge !al(ador Lara, $ncargado de *egocios a i del $cuador en el &er'9 y !u

    $Bcelencia el seor &residente de la )ep'blica del &er', al $Bcmo !eor don ?a(id %guilar

    >orne"o, inistro de )elaciones $Bteriores del &er', Muienes,

    >A*!I?$)%*?AD Mue la eBperiencia ha demostrado que debido a las di#icultades queencuentran las embarcaciones de poco porte tripuladas por gente de mar con escasos

    conocimientos de nutica o que carecen de los instrumentos necesarios para determinar con

    eBactitud su posicin en alta mar, se producen con #recuencia, de modo inocente y accidental,

    (iolaciones de la #rontera martima entre los $stados (ecinos9

    Mue la aplicacin de sanciones en estos casos produce siempre resentimientos entre los

    pescadores y #ricciones entre los pases que pueden a#ectar al espritu de colaboracin y de

    unidad que en todo momento debe animar a los pases signatarios de los acuerdos de

    !antiago9 y Mue es con(eniente e(itar la posibilidad de estas in(oluntarias in#racciones cuyasconsecuencias su#ren principalmente los pescadores9

    >A*KI$*$*D

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    REFLEXIONADO LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA HAYA DE LA FRONTERA

    MARITIMA

    &)I$)AD $stabl/cese una Yona $special, a partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10

    millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que constituye el lmite martimo entre losdos pases

    !$H*?AD La presencia accidental en la re#erida +ona de las embarcaciones de cualquiera

    de los pases limtro#es aludida en el primer considerando, no ser considerada como

    (iolacin de las aguas de la +ona martima, sin que esto signi#ique reconocimientos de

    derecho alguno para e"ercer #aenas de pesca o ca+a con propsito preconcebido en dicha

    Yona $special

    =$)>$)AD La pesca o ca+a dentro de la +ona de 12 millas marinas a partir de la costa est

    reser(ada eBclusi(amente a los nacionales de cada pas

    >H%)=AD =odo lo establecido en el presente >on(enio se entender ser parte integrante,

    complementaria y que no deroga las resoluciones y acuerdos adoptados en la >on#erencia

    sobre $Bplotacin y >onser(acin de las )ique+as artimas del &ac#ico !ur, celebrada en

    !antiago de >hile, en agosto de 162

    $