Tratado Lisboa

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Tratado de Lisboa Para otros usos de este término, véase Tratado de Lisboa (desambiguación) . Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea Tipo de texto Tratado modificativo Creación 13 de diciembre de 2007 Promulgación 1 de diciembre de 2009 Ubicación Lisboa (Portugal ) Autores Conferencia Intergubernamental Signatarios Estados de la Unión Europea Parlamento Europeo Función Enmendar los Tratados anteriores de la UE [editar datos en Wikidata ] El Tratado de Lisboa, firmado por los representantes de todos los estados miembros de la Unión Europea (UE) en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 es el que sustituye a la Constitución para Europa tras el fracasado del tratado constitucional de 2004 . 1 Con este tratado, la UE tiene personalidad jurídica propia para firmar acuerdos internacionales a nivel comunitario. Se diseñó para mejorar el funcionamiento de la Unión Europea (UE) mediante la modificación delTratado de la Unión Europea (Maastricht) y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Roma). 2 Algunas de las reformas más importantes que introduce el Tratado de Lisboa son la reducción de las

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Tratado de LisboaPara otros usos de este término, véase Tratado de Lisboa (desambiguación).

Tratado de Lisboapor el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y

el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea

Tipo de texto Tratado modificativo

Creación 13 de diciembre de 2007

Promulgación 1 de diciembre de 2009

Ubicación Lisboa (Portugal)

Autores Conferencia Intergubernamental

Signatarios Estados de la Unión Europea

Parlamento Europeo

Función Enmendar los Tratados anteriores de la UE

[editar datos en Wikidata]

El Tratado de Lisboa, firmado por los representantes de todos los estados miembros de la Unión Europea (UE) en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 es el que sustituye a la Constitución para Europatras el fracasado del tratado constitucional de 2004.1 Con este tratado, la UE tiene personalidad jurídicapropia para firmar acuerdos internacionales a nivel comunitario.

Se diseñó para mejorar el funcionamiento de la Unión Europea (UE) mediante la modificación delTratado de la Unión Europea (Maastricht) y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Roma).2Algunas de las reformas más importantes que introduce el Tratado de Lisboa son la reducción de las posibilidades de estancamiento en el Consejo de la Unión Europea mediante el voto por mayoría cualificada, un Parlamento Europeo con mayor peso mediante la extensión del procedimiento de decisión conjunta con el Consejo de la UE, la eliminación de los tres pilares de la Unión Europea, y la creación de las figuras de Presidente del Consejo Europeo y Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad para dotar de una mayor coherencia y continuidad a las políticas de la UE.3 El Tratado de Lisboa también hace que la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea sea vinculante jurídicamente.3

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Las negociaciones para lograr esta reforma de la UE se han venido desarrollando desde el año 2001 con el fallido intento de creación de una Constitución Europea.4 El Tratado se firmó en Lisboa (dado que Portugal ostentaba la Presidencia del Consejo de la UE a la sazón), y habría sido ratificado por todos los Estados miembro para finales de 2008, a tiempo para las Elecciones al Parlamento Europeo de 2009. Sin embargo, esto no fue posible debido al rechazo inicial del Tratado por parte del electorado de Irlanda en junio de 2008, por lo que el texto no entró en vigor hasta el 1 de diciembre de 2009.5

Algunos detractores del texto aseguran que este promociona la desregulación del mercado y no favorece la intervención del Estado para lograr objetivos sociales así como por ser, en esencia, el mismo tratado que fue rechazado por Francia yHolanda en 2004, la Constitución Europea. Por su parte, algunos partidarios del tratado consideran que hará a la UE más eficaz y democrática.6

El título formal del texto es Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.7

Ceremonia de firma del tratado en el Monasterio de los Jerónimos de Belém.

Índice

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1   Historia 2   Funcionamiento

o 2.1   Competencias de la Unión 3   Carta de los Derechos Fundamentales 4   Enmiendas

o 4.1   Resumen o 4.2   Banco Central Europeo o 4.3   Tribunal de Justicia o 4.4   Tribunal de Primera Instancia o 4.5   Consejo o 4.6   Presidencia del Consejo o 4.7   Consejo Europeo (Presidente de la Unión Europea) o 4.8   Parlamento Europeo o 4.9   Parlamentos nacionales o 4.10   Comisión Europea o 4.11   Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad o 4.12   Determinación de los ámbitos políticos o 4.13   Personalidad jurídica

Page 3: Tratado Lisboa

o 4.14   Procedimientos de revisión o 4.15   Solidaridad mutua o 4.16   Defensa o 4.17   Ampliación y secesión o 4.18   Acción Exterior o 4.19   Cambio climático

5   Opt-outs 6   Comparación con el Tratado Constitucional 7   Véase también 8   Referencias 9   Enlaces externos

Historia[editar]

Artículo principal: Historia del Tratado de Lisboa

Museo de Historia Alemana, engalanado con ocasión de laDeclaración de Berlín.

El borrador propuesto por la Presidencia alemana del Consejo de la Unión Europea el 19 de mayo de 2007 incluyó la "esencia de la Constitución".8 La propuesta fue presentada tras las reuniones de trabajo entre la presidencia y los delegados de los veintisiete estados miembros durante el primer semestre del año. Se decidió abandonar el formato del 'Tratado constitucional' e impulsar en su lugar un tratado clásico que introduzca enmiendas en los dos tratados actualmente en vigor, Tratado de la Unión Europea y el Tratado de la Comunidad Europea que pasaría a llamarse Tratado sobre el funcionamiento de la Unión.9

Portugal, que asumió la presidencia de la UE durante la segunda mitad del 2007, lanzó una conferencia intergubernamental (CIG) los días 23 y 24 de julio, para acabar la redacción del texto, coincidiendo con la reunión de ministros de Asuntos exteriores. El nuevo Tratado fue presentado en la cumbre del 18 de octubre en la ciudad de Lisboa, siendo firmado el 13 de diciembre siguiente.

El proceso de ratificación se inició el 17 de diciembre de 2007 con la aprobación del texto por parte de laAsamblea Nacional de Hungría.10 Al año siguiente, el resultado negativo en un referéndum irlandés sobre el tratado,11 llevó al Gobierno de Irlanda convocar un segundo referéndum el 2 de octubre de 2009 que produjo resultados favorables a la ratificación del documento.12

Con la firma del tratado por parte del presidente de República Checa en noviembre de 2009 se finalizó el proceso de ratificación, permitiendo con ello la entrada en vigor texto el 1 de diciembre de 2009.5

Véase también: Proceso de ratificación del Tratado de Lisboa

Funcionamiento[editar]

Page 4: Tratado Lisboa

Jurídicamente

vinculantes

Tratadoconstitutiv

o dela

ComunidadEuropea

Tratadode la Unión

Europea

Carta delos

DerechosFundament

ales

Tratadode Lisboa

Jurídicamente

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de la Unión

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En consonancia con su naturaleza por la que modifica otros tratados, el Tratado de Lisboa no está destinado a ser leído como un texto autónomo. Se compone de una serie de enmiendas del Tratado de la Unión Europea y del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, este último se denominará en adelante "Tratado de Funcionamiento de la Unión

Page 5: Tratado Lisboa

Europea". El Tratado de la Unión Europea que, después de haber sido modificado por el Tratado de Lisboa, hace referencia a la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, por lo que es un documento jurídicamente vinculante.3 El Tratado de la Unión Europea, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y la Carta de los Derechos tienen igual valor jurídico y constituyen la base jurídica de la Unión Europea.

Una enmienda característica del Tratado de Lisboa es la siguiente:

"El artículo 7 se modifica como sigue:b) En todo el artículo, los términos "previo dictamen conforme" se sustituyen por "previa aprobación", la referencia a la violación "de principios contemplados en el apartado 1 del artículo 6" se sustituye por una referencia a la violación "de los valores contemplados en el artículo [I-2]" y los términos "del presente Tratado" se sustituyen por "de los Tratados".

Competencias de la Unión[editar]Según lo señalado en el Título I de la Primera Parte del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (versión consolidada):

Competencias exclusivas:

Sólo la Unión puede legislar y adoptar actos vinculantes; los Estados únicamente podrán si son facultados por la Unión o

para aplicar actos de la Unión13

la unión aduanera; el establecimiento de las normas sobre

competencia necesarias para el funcionamiento del mercado interior;

la política monetaria de los Estados miembros cuya moneda es el euro;

la conservación de los recursos biológicos marinos dentro de la política pesquera común;

la política comercial común; la celebración de acuerdos internacionales en el marco

de estas competencias.

Competencias compartidas:

La Unión y los Estados miembros pueden legislar y adoptar actos vinculantes, pero los Estados sólo ejercerán su

competencia en la medida en que la Unión no lo haya hecho14

el mercado interior la política social, en los aspectos definidos por los

Tratados la cohesión económica, social y territorial; la agricultura y la pesca; el medio ambiente; la protección de los consumidores; el transporte; las redes transeuropeas; la energía; el espacio de libertad, seguridad y justicia; los asuntos comunes sobre salud pública

Las políticas y acciones de la Unión no impedirán a los Estados ejercer las suyas

la investigación, el desarrollo tecnológico y elespacio la cooperación al desarrollo y la ayuda humanitaria

Competencias especiales(catalogadas aparte)

la coordinación de las políticas económica, social y de empleo

la política exterior y de seguridad común (PESC-PCSD)

La Unión puede llevar a cabo acciones con el fin de apoyar, coordinar o complementar la acción de los Estados

la protección y mejora de la la industria la cultura el turismo la educación

el deporte la protección civil la cooperación administrativa

Carta de los Derechos Fundamentales[editar]

Artículo principal: Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Page 6: Tratado Lisboa

La rechazada Constitución de la UE integraba la Carta de los Derechos Fundamentales en el texto del tratado y era jurídicamente vinculante. El Reino Unido, como uno de los dos países con un sistema jurídico de derecho común en la UE y que además no ha codificado una gran Constitución,15 estaba en contra de lo que fuese jurídicamente vinculante sobre el derecho interno.16 La propuesta de la Presidencia alemana que una sola referencia a ella con un solo artículo en la modificación de los tratados, mantuviese el que debe ser jurídicamente vinculante, se puso en práctica.17 Sin embargo, en un protocolo adjunto, Polonia y el Reino Unido obtuvieron un trato especial en estas disposiciones del tratado. El artículo 6 del Tratado de la Unión Europea eleva a la Carta el mismo valor jurídico que el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Enmiendas[editar]

Resumen[editar]

Un Presidente del Consejo Europeonombrado para un período de 2 ½ años, sustituyendo de facto la presidencia

rotatoria.

Un solo puesto de asuntos exteriorescreado por la fusión de los cargos de Comisario de Relaciones Exteriores con

la del Alto Representante para la PESC.

Carta de los Derechos Fundamentalesjurídicamente vinculante.

Fusión de pilares en una personaaumenta la competencia de la UE para firmar tratados.

Consejo de la UE (ministros) separadooficialmente desde el Consejo de la UE. Las reuniones legislativas del Consejo

de la UE se celebraran en público.

Parlamento con más poderescodecisión con el Consejo en más áreas políticas.

Permitir el proceso de ampliacióneliminando la limitación a 27 Estados miembros del Tratado de Niza.

Más votaciones por doble

mayoríaen nuevas áreas de política en el Consejo Europeo y el Consejo de la UE, a

partir de 2014.

Participación de los

parlamentos nacionalesmediante la ampliación de control del principio de subsidiariedad que les

permite obligar a la Comisión a revisar o retirar la legislación.

Page 7: Tratado Lisboa

Obligación de

solidaridad mutuasi un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de un

desastre natural o hecho por el hombre.

Peticiones

Ciudadanasque la Comisión habrá de examinar, si son firmadas por 1 millón de

ciudadanos.

Lucha

contra el

cambio

climáticoes explícitamente un objetivo.

Un

Fiscal

de la

UE

Un

Servi

cio

de

Acció

n

Exteri

or

Cláus

ula

de

retira

da

Banco Central Europeo[editar]Artículo principal: Banco Central Europeo

El Tratado formaliza la posición del Banco Central Europeo al convertirlo en una institución de la Unión Europea.

Tribunal de Justicia[editar]Artículo principal: Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Page 8: Tratado Lisboa

El Tratado de Lisboa que cambia el nombre del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas fraccionadas por el de «Tribunal de Justicia de la Unión Europea».

Un nuevo procedimiento de 'emergencia' se introdujo en el anteproyecto del sistema de referencia, lo que permitiría al Tribunal de Justicia actuar "con el mínimo de retraso" cuando un caso se refiere a un individuo en prisión.18

Los asuntos de política exterior seguirían siendo excluidos de la jurisdicción del Tribunal de Justicia, a pesar de que habrá nueva jurisdicción para revisar la política exterior de medidas de sanción. Asimismo, tienen jurisdicción sobre ciertos asuntos no relacionados con la cooperación policial y penal («Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (ELSJ)>>).19

Tribunal de Primera Instancia[editar]Artículo principal: Tribunal de Justicia de Primera Instancia de la Unión Europea

Al Tribunal de Primera Instancia se le cambió su nombre por el de «Tribunal General».

Tribunal creado para descargar de trabajo al Tribunal Europeo.

Su función principal es atender los recursos de personas físicas y/o jurídicas contra actos jurídicos u omisiones de las instituciones de la Unión Europea.

Consejo[editar]Artículo principal: Consejo de la Unión Europea

El Consejo de la Unión Europea pasa a denominarse simplemente Consejo.

El Consejo de la Unión Europea seguirá siendo una plataforma organizada de reuniones entre los ministros nacionales de departamentos específicos (por ejemplo, las finanzas o los ministros de Asuntos Exteriores). Los procedimientos legislativos, que incluyen reuniones de debate y votación, se celebrarán en público (por televisión).

El Tratado de Lisboa ampliará el uso del voto por mayoría cualificada (VMC). Aunque algunas áreas de la política todavía requieren decisiones unánimes (en particular en materia de política exterior, defensa y fiscalidad). A partir de 2014 empezará a aplicarse formalmente la doble mayoría (de un 55% de Estados miembros, con un mínimo de 15, que englobe a un 65% de la población), sin embargo Polonia podrá invocar el Tratado de Niza para lograr una minoría de bloqueo.20 Cuando el Consejo no actúa a propuesta de la Comisión, la mayoría necesaria de todos los países miembros se incrementa a 72%, mientras que en cuanto a la población se mantiene la misma exigencia. Para bloquear la legislación, al menos, 4 países tienen que estar en contra de la propuesta.

Las reglas de votación del Tratado de Niza, que incluyen en la mayoría de los países (50% / 67%), el peso de voto (74%) y población (62%) se mantendría en vigor hasta 2014. Entre 2014 y 2017 una etapa de transición tendrá lugar en el que la nueva mayoría cualificada se aplican normas. También a partir de 2014 una nueva versión del "compromiso de Ioánina", permitirá a las pequeñas minorías de los Estados pedir un nuevo examen de las decisiones de la UE.21

Por otra parte pasaran de 36 a 87 las materias que se adoptarán por mayoría cualificada.22

Presidencia del Consejo[editar]Artículo principal: Presidencia del Consejo de la Unión Europea

La Presidencia rotatoria del Consejo tendrá un plazo de 18 meses compartida por un trío de los Estados miembros, con el fin de proporcionar una mayor continuidad. La excepción sería la del Consejo de Asuntos Exteriores, que sería presidido por el recién creado puesto de Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

Consejo Europeo (Presidente de la Unión Europea)[editar]Artículos principales: Consejo Europeo y Presidente del Consejo Europeo.

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El Consejo Europeo de Jefes de Gobierno o jefes de estado (ya sea el primer ministro o el presidente), se separa oficialmente del Consejo de la Unión Europea (los ministros nacionales de áreas específicas de la política).

Con este tratado el Consejo Europeo se convierte en una institución de la UE pero no recibe nuevas atribuciones. Sin embargo, se crea la figura delPresidente del Consejo Europeo. Este será nombrado para un periodo de dos años y medio.23 La elección tendrá lugar por mayoría cualificada entre los miembros del cuerpo, y el Presidente puede ser destituido por el mismo procedimiento. A diferencia del Presidente de la Comisión Europea, no necesita la aprobación del Parlamento Europeo.24

El trabajo del Presidente sería en gran parte administrativo. Su misión principal será la de garantizar la preparación y la continuidad de la labor del Consejo y favorecer el consenso entre sus miembros. Sin embargo, encarnará la representación exterior del consejo y de la Unión, y será el encargado de presentar los informes al Parlamento Europeo después de las reuniones del Consejo y al principio y al final de su mandato.

En varios periódicos, este nuevo cargo ha sido llamado como "Presidente de Europa".25 26

Véase también: Primer mandato presidencial permanente del Consejo Europeo

Parlamento Europeo[editar]Artículo principal: Parlamento Europeo

En virtud de las disposiciones del Tratado de Lisboa, el poder legislativo del Parlamento Europeo se incrementará mediante la extensión del procedimiento de codecisión con el Consejo a nuevas áreas políticas.27 Este procedimiento se convertiría en el procedimiento legislativo ordinario en la labor del Consejo y el Parlamento.

En las pocas áreas restantes (actualmente llamadas "procedimientos legislativos especiales"28 ), el Parlamento no tiene el derecho de consentimiento para una medida del Consejo, o viceversa, salvo en los pocos casos del antiguo procedimiento de consulta (en la que el Consejo tendría que consultar al Parlamento Europeo antes de la votación sobre una propuesta de la Comisión y tener en cuenta sus puntos de vista. No sería obligado por la posición del Parlamento, pero sólo por la obligación de consultarlo. El Parlamento tendría que ser consultado de nuevo si el Consejo se aparta demasiado lejos de la propuesta inicial).

El número de diputados sería definitivamente reducido a 750, además del Presidente del Parlamento. Si el tratado no entrará en vigor antes de 2009, el número de diputados se redujo a 736 permanentemente de acuerdo con el Tratado de Niza. El Tratado de Lisboa también reduciría el número máximo de diputados de cada Estado miembro de 99 a 96 (se aplica a Alemania) y aumenta el número mínimo de 5 a 6 (se aplica a los de Estonia, de Chipre, Luxemburgo y Malta).

El Parlamento también adquiere mayores competencias en la totalidad del presupuesto de la UE, y su autoridad se extendía desde "obligatoria" para incluir los gastos del presupuesto en su totalidad. Por otra parte, la Comisión ya no estará obligada a presentar un anteproyecto de presupuesto al Consejo, sino a presentar el proyecto de presupuesto directamente.

Parlamentos nacionales[editar]Artículo principal: Parlamentos nacionales de la Unión Europea

El Tratado de Lisboa ampliará el papel de los parlamentos de los Estados miembros en cuanto a la labor y los procesos legislativos de las instituciones y los órganos de la UE.6 Una nueva disposición establece los derechos y obligaciones de los Parlamentos nacionales dentro de la Unión en cuanto a su información, los mecanismos de evaluación en el espacio de libertad, seguridad y justicia, el control de la subsidiariedad o la revisión de los Tratados. Según el principio de subsidiariedad, la UE sólo debe actuar cuando ello resulte más eficaz que la acción a escala nacional (excepto en los ámbitos de su

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competencia exclusiva). Con el tratado, si una tercera parte de los Parlamentos nacionales considera que una propuesta no se ajusta a este principio, la Comisión deberá reexaminarla y podrá decidir mantenerla, modificarla o retirarla.29 Si la consideración viene de parte de la mayoría de los Parlamentos nacionales, pero aun así la Comisión decide mantener su propuesta, se iniciará un procedimiento donde la Comisión deberá exponer sus motivos y el Parlamento Europeo y el Consejo decidirán si el procedimiento legislativo puede continuar o no.29

Comisión Europea[editar]

La Comisión de las Comunidades Europeas pasara oficialmente a llamarse «Comisión Europea».30

El Tratado de Lisboa, declaró que el tamaño de la Comisión se reduciría de un Estado miembro por una de las dos terceras partes de los Estados miembros a partir de 2014. Esto habría puesto fin al acuerdo que ha existido desde 1957 de tener al menos un comisario para cada Estado miembro en todo momento. Sin embargo, el Tratado también estipula que el Consejo Europeo puede decidir por unanimidad modificar dicho número. Tras el referéndum irlandés, el Consejo decidió en diciembre de 2008, volver a un Comisario por Estado miembro a partir de la fecha de entrada en vigor del Tratado.31

La persona que ocupe el nuevo puesto de Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, automáticamente también será un Vice-Presidente de la Comisión.

Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad[editar]Artículo principal: Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad

Las Relaciones Exteriores es un área política que en el marco del Tratado de Lisboa todavía requeriría la unanimidad en el Consejo Europeo. El consejo alcanzó un acuerdo respecto al puesto, papel y poderes del futuro representante de política exterior de la UE.

Se estableció que el jefe de Política Exterior se llamará Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y será también Vicepresidente de la Comisión Europea. Combinará los puestos ostentados hasta entonces por el Alto Representante de Política Exterior y el Comisario de Relaciones Exteriores, que controla el presupuesto de la Comisión en materia de cooperación y política exterior y el personal de esta área del ejecutivo comunitario.32 Además presidirá el Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores de la UE.33 La Constitución llamaba a este puesto el 'Ministro de Relaciones Exteriores de la Unión ».

Las actuaciones de la UE quedarán reforzadas gracias al nuevo Servicio de Acción Exterior, que prestará su ayuda al Alto Representante contando con los medios de que disponen las instituciones comunes y los Estados miembros.34

Varios Estados miembros temían que esto afectace a su puesto de política exterior a nivel nacional, por lo que la cumbre de la UE que dio el mandato de la CIG, publicó a la siguiente Declaración:

"Las disposiciones referentes a la política exterior y de seguridad común, incluido lo relativo al Alto Representante de la Unión para los Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y al servicio europeo de acción exterior no afectarán a las bases jurídicas, responsabilidades y competencias existentes de cada Estado miembro en relación con la formulación y conducción de su política exterior, su servicio diplomático nacional, sus relaciones con terceros países y su participación en organizaciones internacionales incluida la pertenencia de un Estado miembro al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.La Conferencia también toma nota de que las disposiciones correspondientes a la Política Exterior y de Seguridad Común no confieren nuevos poderes de iniciativa de decisiones a la Comisión ni amplían la función del Parlamento Europeo."

Conclusiones de la Presidencia

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El tratado especifica en lo referente a la acción del Alto Representante en la escena internacional y sus relaciones con la Organización de las Naciones Unidas:35

La acción de la Unión en la escena internacional se basará en el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho internacional (...) La Unión propiciará soluciones multilaterales a los problemas comunes, en particular en el marco de las Naciones Unidas. (...) La Unión establecerá todo tipo de cooperación adecuada con los órganos de las Naciones Unidas y de sus organismos especializados...

Cuando la Unión haya definido una posición sobre un tema incluido en el orden del día del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, los Estados miembros que sean miembros de éste pedirán que se invite al Alto Representante a presentar la posición de la Unión. (...) La Organización de las Naciones Unidas puede solicitar la asistencia de la Unión para ejecutar con carácter de urgencia misiones emprendidas en virtud de los capítulos VI y VII de la Carta de las Naciones Unidas.

Determinación de los ámbitos políticos[editar]

En el Tratado de Lisboa, la distribución de competencias en diversos

ámbitos entre los Estados miembros y la Unión se declara

explícitamente en las tres categorías siguientes:

Competencia exclusiva

La Unión Europea tiene competencia exclusiva para formular

directrices y celebrar acuerdos internacionales cuando se contemple en

un acto legislativo de la Unión.

La unión aduanera

El establecimiento de las normas sobre competencia necesarias para el

funcionamiento del mercado interior

La política monetaria de los Estados miembros cuya moneda es el euro

La conservación de los recursos biológicos marinos dentro de la política

pesquera común

Comercial común (comercio) política

Competencias compartidas

Los Estados miembros no pueden ejercer competencia en ámbitos en

los que la Unión lo ha hecho.

El mercado interior

La política social, en los aspectos definidos en el presente Tratado

Económico, la cohesión social y territorial

La agricultura y la pesca, con excepción de la conservación de los

recursos biológicos marinos

Medio ambiente

La protección de los consumidores

Transporte

Las redes transeuropeas

Energía

El espacio de libertad, seguridad y justicia

Page 12: Tratado Lisboa

Comunes de seguridad en materia de salud pública, en los aspectos

definidos en el presente Tratado

Apoyo a la competencia

La Unión Europea puede llevar a cabo acciones para apoyar, coordinar o

complementar la acción de los Estados miembros.

La protección y mejora de la salud humana

Industria

Cultura

Turismo

La educación, la juventud, el deporte y la formación profesional

La protección civil (prevención de desastres)

Cooperación administrativa

Personalidad jurídica[editar]Artículos principales: Persona jurídica y Tres Pilares de la Unión Europea.

En virtud de los tratados existentes, sólo el pilar de las Comunidades Europeas tiene su propia personalidad jurídica. En virtud de las nuevas disposiciones, los tres pilares se refundan en una personalidad jurídica de la llamada Unión Europea y la UE tendrá una personalidad jurídica única. El Tratado de la Unión Europea después de que el Tratado de Lisboa establece que "La Unión sustituirá y sucederá a la Comunidad Europea." Por lo tanto, los nombres de las instituciones de la UE verán la palabra 'Comunidad' eliminada (por ejemplo, el título de facto 'Comisión Europea' se convertirá en oficial, en sustitución de su nombre de tratados de "Comisión de las Comunidades Europeas»).30

Esta fusión de los pilares, incluida la Comunidad Europea, permite ultimar el establecimiento de diversas comunidades y los órganos de tratados, que ha estado sucediendo desde aproximadamente la década de 1950. El organismo de defensa de la Unión Europea Occidental (UEO), de manera eficaz también ser absorbidos por la Unión Europea, a través de la Agencia Europea de Defensa, que podría ganar un papel en el marco del Tratado de Lisboa.

En la actualidad, la Comunidad Europea y la Unión Europea tienen estatus difrerentes y no aplican las mismas normas en la toma de decisiones. El Tratado de Lisboa pondrá fin a esta dualidad y la Unión Europea tendrá su propia personalidad jurídica. Este cambio mejorará la capacidad de la UE para actuar, especialmente en política exterior.

El Tratado de Lisboa permitirá a la UE actuar de manera más eficaz, coherente y creíble en sus relaciones con el resto del mundo.

Procedimientos de revisión[editar]

El proceso de revisión de los Tratados se divide en el procedimiento de revisión ordinario y el procedimiento de revisión simplificado. En el procedimiento ordinario el gobierno de un Estado miembro, el Parlamento Europeo o la Comisión presentan propuestas de modificación al Consejo para que los presente al Consejo Europeo. Los Parlamentos nacionales también son notificados sobre la propuesta. El Consejo Europeo, previa consulta al Parlamento Europeo y a la Comisión, decide por mayoría simple, si se debe examinar las enmiendas. Si es aprobado, la Presidencia del Consejo Europeo convocara una Convención compuesta por representantes de los Parlamentos nacionales, de los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, del Parlamento Europeo y de la Comisión. En el caso de modificaciones institucionales en el ámbito monetario, el Banco Central Europeo será también consultado.36 Después de examinar las propuestas de la Convención, se adoptará por consenso una recomendación a una Conferencia de

Page 13: Tratado Lisboa

representantes de los Gobiernos de los Estados miembros convocadas por el Presidente del Consejo para determinar de común acuerdo las modificaciones que deban introducirse en los Tratados. Tras las enmiendas de este, pasará por el proceso de ratificación en cada Estado miembro. El Consejo Europeo podrá decidir por mayoría simple, previa consulta a la Comisión y con el consentimiento del Parlamento Europeo para eludir el proceso de la Convención y proceder directamente a la Conferencia de los representantes.

En el procedimiento simplificado de enmiendas propuesto en la tercera parte del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, relativo a la política interna y la acción de la Unión, establece que estas pueden ser presentadas directamente al Consejo Europeo. El Consejo Europeo decide por unanimidad sobre las enmiendas a las disposiciones, previa consulta al Parlamento Europeo y la Comisión, y el Banco Central Europeo en el caso de modificaciones institucionales en el ámbito monetario.

Solidaridad mutua[editar]

En el marco del Tratado de Lisboa, los Estados miembros deben asistencia,37 si un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de una persona física o desastres hechos por el hombre (pero cualquier acción militar conjunta está sujeta a las disposiciones del artículo 31 de la consolidada del Tratado de la Unión Europea, que reconoce diversos intereses nacionales). Además, varias disposiciones de los tratados se han modificado para incluir la solidaridad en materia de suministro energético y los cambios en la política energética en la UE.

Defensa[editar]

El tratado prevé que la Política Europea de Seguridad y de Defensa, que pasará a denominarse Política Común de Seguridad y Defensa dará lugar a un acuerdo de defensa común para la UE siempre y cuando el Consejo Europeo (los dirigentes) se vuelvan a sus países miembros por unanimidad, para hacerlo y siempre que todos los Estados miembros den su aprobación a través de sus habituales procedimientos constitucionales, deben ejercitar el acto de las reuniones extraoficiales para resaltar el tema y que todos los miembros europeos se encuentren totalmente seguros de la estancia en la Unión Europea.38

Defensa y seguridad que son disponibles para la cooperación reforzada con escudos.

Ampliación y secesión[editar]

     Estados miembros     Candidatos a la adhesión     Candidatos potenciales (PEA)     Posible adhesión

Artículos principales: Ampliación de la Unión Europea y Retirada de un Estado miembro de la Unión Europea.

Una propuesta que consagraba la inclusión en el tratado de los criterios de Copenhague para una nueva ampliación, no fue plenamente aceptada, ya que se teme que llevaría a que los jueces del Tribunal de Justicia tengan la última palabra sobre quién puede formar parte de la UE, en lugar de los líderes políticos.39

Page 14: Tratado Lisboa

El tratado introduce una cláusula de salida para los miembros que deseen retirarse de la Unión. Esto formaliza el procedimiento por el que se indica que un Estado miembro deberá informar al Consejo Europeo antes de que pueda terminar su membresia. Si bien ha habido un caso en que un territorio ha dejado de ser parte de la Comunidad (Groenlandia en 1985), en la actualidad no existe regulado oportunidad para salir de la Unión Europea.

En las nuevas disposiciones del Tratado de Lisboa, la condición de los territorios de ultramar (francés, neerlandés y danés) se puede modificar más fácilmente, sin que requieran una completa revisión de los Tratados. En lugar de ello, el Consejo Europeo podrá, por iniciativa del Estado miembro en cuestión, cambiar el estado de un país o territorio de ultramar (PTU) a una región ultraperiférica (OMR) o viceversa. Esta disposición se incluyó a propuesta de los Países Bajos, que está investigando el futuro de las Antillas Neerlandesas y Aruba en la Unión Europea como parte de un proceso de reforma institucional que está teniendo lugar actualmente en las Antillas Neerlandesas.

Acción Exterior[editar]

El Tratado de Lisboa ha supuesto un reforzamiento de la política exterior de la Unión Europea. Este interés por hacer más visible a la UE en el mundo, se observa tanto en el Tratado de la Unión Europea (TUE), en el que se recoge las novedades sobre la Política Exterior y de Seguridad Común como en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). La quinta parte del TFUE, titulada ""Acción Exterior de la Unión"", engloba todas las políticas comunitarias del antiguo primer pilar con proyección exterior, como son la Política Comercial Común, la Política de Cooperación al Desarrollo, la cooperación con terceros países y la Ayuda Humanitaria de la Unión.

Es importante destacar que esta quinta parte del Tratado, incorpora un primer artículo, el 205, en el que hace referencia a los principios y objetivos de la Acción Exterior de la Unión, remitiéndose a los mencionados para la PESC, entre los que destacan la defensa de la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y de las libertades fundamentales, así como la dignidad humana (artículo 21 del TUE). De esta manera se ha pretendido dotar a la política exterior de la Unión de un marco único para reforzar la posición de la Unión Europea más allá de sus fronteras.

[1]

Cambio climático[editar]

El Tratado de Lisboa añade explícitamente que la lucha contra el cambio climático y contra el asfaltado contaminante ilegal de vías urbanas e interurbanas, son objetivos primarios de la Unión.

Véase también: Energías renovables en la Unión Europea

Opt-outs[editar]

Artículo principal: Opt-out en la Unión Europea

Reino Unido y Polonia

La "Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea" no se aplicará plenamente por el Tribunal Europeo de Justicia en el Reino Unido y Polonia, aunque aún se unen las instituciones de la UE y se aplican a la esfera de la legislación de la UE:

"Artículo 1

1. La Carta no amplía la competencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ni de ningún órgano jurisdiccional de Polonia o del Reino Unido para apreciar que las disposiciones legales o reglamentarias o las disposiciones, prácticas o acciones administrativas de Polonia o del Reino Unido sean incompatibles con los derechos, libertades y principios fundamentales que reafirma.2. En particular, y a fin de no dejar lugar a dudas, nada de lo dispuesto en el título IV de la Carta crea derechos que se puedan defender ante los órganos jurisdiccionales de Polonia o del Reino

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Unido, salvo en la medida en que Polonia o el Reino Unido hayan contemplado dichos derechos en su legislación nacional".

Artículo 2

En la medida en que una disposición de la Carta se refiera a legislaciones y prácticas nacionales, sólo se aplicará en Polonia o en el Reino Unido en la medida en que los derechos y principios que contiene se reconozcan en la legislación o prácticas de Polonia o del Reino Unido.

Tratado de Reforma - Protocolo (n.° 7)40

Irlanda y Reino Unido

Irlanda y el Reino Unido han optado por opciones de excepción en materia de asilo, visas e inmigración. El Tratado les da derecho de excepción en lo referente a justicia y asuntos internos.41

El Tratado proporcionará a los países con la opción de optar por salir de determinadas políticas de la UE en el ámbito de la policía y el derecho penal. Las disposiciones del Tratado en el proyecto de marco de la cumbre de junio de 2007 declaró que la división del poder entre los Estados miembros y la Unión es un proceso bidireccional.

Comparación con el Tratado Constitucional[editar]

La mayoría de las innovaciones institucionales que se acordaron en la Constitución Europea, se mantienen en el Tratado de Lisboa. La diferencia más destacada es, sin duda, que el Tratado de Lisboa modifica los tratados existentes de la UE, en lugar de la refundación de la UE mediante la sustitución de antiguos textos con un solo documento con la condición de una constitución. Otras diferencias incluyen:

El proyecto de "Ministro de Asuntos Exteriores" se ha rebautizado como "Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad".

Los símbolos de la UE como la bandera, el lema y el himno, no son jurídicamente vinculantes en el Tratado de Lisboa. Todos ellos son, sin embargo, ya en uso, por ejemplo, la bandera fue adoptada en el decenio de 1980. Dieciséis países de la UE han declarado su lealtad a estos símbolos en el nuevo tratado, aunque la declaración anexa no es jurídicamente vinculante.42 43

De acuerdo con la eliminación de la terminología y los símbolos de estado, los nuevos nombres para los distintos tipos de legislación de la UE han disminuido, en particular la propuesta de cambiar el nombre de los reglamentos y las directivas de la UE por leyes.44 16 17 45

Tres Estados miembros de la UE han negociado cláusulas de exclusión adicional de determinados ámbitos de la política, en particular el Reino Unido (véase más arriba).

Debido a la presión de Polonia durante el Consejo de junio de 2007, el nuevo sistema de votación no entrarán en vigor antes de 2014.

La lucha contra el cambio climático se declara explícitamente como objetivo de las instituciones de la UE en el Tratado de Lisboa.

En la Constitución de la UE se había establecido como un objetivo el fomento de la "competencia libre y sin distorsiones". Debido a la presión ejercida por el Gobierno francés, esta frase no se incluyó en el Tratado de Lisboa. En cambio, el texto relativo a la libre y leal competencia en el artículo 3 del Tratado CE se mantiene y se trasladó al Protocolo n º 6 ( "El Mercado Interior y Competencia"). Ha habido un cierto debate sobre si esto tendrá un impacto en la política de Competencia de la UE en el futuro.