Tratado De Lisboa

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El Tratado de El Tratado de Lisboa y el ELSJ Lisboa y el ELSJ Escuela Diplomática Escuela Diplomática Curso Unión Europea Curso Unión Europea 17 de noviembre de 2.008 17 de noviembre de 2.008

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Tratado de Lisboa y la Unión Europea

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El Tratado de El Tratado de Lisboa y el ELSJLisboa y el ELSJEscuela DiplomáticaEscuela Diplomática

Curso Unión EuropeaCurso Unión Europea

17 de noviembre de 2.00817 de noviembre de 2.008

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El Tratado de Lisboa y el ELSJEl Tratado de Lisboa y el ELSJ

1.- Introducción1.- Introducción ELSJ como una de las áreas sometidas a reformas ELSJ como una de las áreas sometidas a reformas

esenciales pese al "recorte" en las mismas del TR esenciales pese al "recorte" en las mismas del TR respecto de la CErespecto de la CE

El ELSJ ha recibido críticas de los especialistas El ELSJ ha recibido críticas de los especialistas porque, pese a los evidentes logros obtenidos, porque, pese a los evidentes logros obtenidos, muchos expertos consideraban que el muchos expertos consideraban que el marco marco institucionalinstitucional existente no había sido capaz de hacer existente no había sido capaz de hacer frente a los múltiples y nuevos desafíos que la frente a los múltiples y nuevos desafíos que la propia evolución del ELSJ iba originandopropia evolución del ELSJ iba originando

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El Tratado de Lisboa y el ELSJEl Tratado de Lisboa y el ELSJ

2.- Novedades del ELSJ en el TR2.- Novedades del ELSJ en el TR La nueva regulación del ELSJ es el La nueva regulación del ELSJ es el

resultado de la combinación entre las resultado de la combinación entre las modificaciones contenidas en el Mandato modificaciones contenidas en el Mandato para la Conferencia Intergubernamental y para la Conferencia Intergubernamental y las provisiones que contenía el Tratado que las provisiones que contenía el Tratado que establecía una Constitución para Europa establecía una Constitución para Europa (TC) firmado en Roma, en octubre de 2004(TC) firmado en Roma, en octubre de 2004

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El Tratado de Lisboa y el ELSJEl Tratado de Lisboa y el ELSJ

2.A) El fin de los pilares2.A) El fin de los pilares El TR da lugar a 2 cuerpos legislativos diferentes, la El TR da lugar a 2 cuerpos legislativos diferentes, la

versión modificada del TUE y el Tratado sobre el versión modificada del TUE y el Tratado sobre el funcionamiento de la Unión (TFU)funcionamiento de la Unión (TFU)

El TFU contiene el nuevo título ELSJ, compuesto El TFU contiene el nuevo título ELSJ, compuesto por 5 capítulospor 5 capítulos

El sistema de pilares queda abolido, extendiéndose El sistema de pilares queda abolido, extendiéndose el "método comunitario" a la cooperación judicial y el "método comunitario" a la cooperación judicial y policial en materias penales que, tradicionalmente, policial en materias penales que, tradicionalmente, había quedado fuera del mismohabía quedado fuera del mismo

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2.B) El procedimiento de toma decisiones2.B) El procedimiento de toma decisiones El procedimiento standard de toma de decisiones El procedimiento standard de toma de decisiones

será, una vez entre en vigor el TR, la codecisión, será, una vez entre en vigor el TR, la codecisión, con derecho de iniciativa de la Comisión y mayoría con derecho de iniciativa de la Comisión y mayoría cualificada en el Consejo (art. 251 del actual cualificada en el Consejo (art. 251 del actual Tratado CE)Tratado CE)

Habrá una denominación oficial para los Habrá una denominación oficial para los instrumentos legales que será la que se utilizaba en instrumentos legales que será la que se utilizaba en el antiguo Primer Pilar (reglamentos, directivas, el antiguo Primer Pilar (reglamentos, directivas, decisiones...)decisiones...)

Se cree que este nuevo procedimiento va a dar Se cree que este nuevo procedimiento va a dar lugar a un incremento de la transparencia y claridad lugar a un incremento de la transparencia y claridad del proceso legislativodel proceso legislativo

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2.C) Reforzamiento del papel del PE y los 2.C) Reforzamiento del papel del PE y los Parlamentos NacionalesParlamentos Nacionales El PE queda reforzado con el establecimiento de la codecisión El PE queda reforzado con el establecimiento de la codecisión

como procedimiento normal de toma de decisiones, al como procedimiento normal de toma de decisiones, al subsanar el déficit de participación que tiene actualmente en subsanar el déficit de participación que tiene actualmente en lo referente a las políticas del Tercer Pilarlo referente a las políticas del Tercer Pilar

También se refuerza el papel de los Parlamentos Nacionales. También se refuerza el papel de los Parlamentos Nacionales. El nuevo Título II del TUE (Medidas relativas a los principios El nuevo Título II del TUE (Medidas relativas a los principios democráticos) otorga un papel a dichos Parlamentos en los democráticos) otorga un papel a dichos Parlamentos en los mecanismos de evaluación de la ejecución de las políticas del mecanismos de evaluación de la ejecución de las políticas del ELSJ, que va incluso más allá de lo que preveía el TCELSJ, que va incluso más allá de lo que preveía el TC

También se refuerza el papel de los Parlamentos Nacionales También se refuerza el papel de los Parlamentos Nacionales respecto de la supervisión del cumplimiento de los principios respecto de la supervisión del cumplimiento de los principios de subsidariedad y proporcionalidadde subsidariedad y proporcionalidad

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2.D) La Jurisdicción del Tribunal de Justicia 2.D) La Jurisdicción del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeasde las Comunidades Europeas En la actualidad, el TJCE no tiene plena jurisdicción En la actualidad, el TJCE no tiene plena jurisdicción

sobre determinados ámbitos del ELSJ; así, por sobre determinados ámbitos del ELSJ; así, por ejemplo, no se le reconoce una competencia de ejemplo, no se le reconoce una competencia de oficio para revisar y/o interpretar medidas tomadas oficio para revisar y/o interpretar medidas tomadas en los ámbitos de la cooperación judicial penal o de en los ámbitos de la cooperación judicial penal o de la cooperación policialla cooperación policial

El TR garantiza, en principio, al TJCE jurisdicción El TR garantiza, en principio, al TJCE jurisdicción plena para controlar e interpretar la validez de plena para controlar e interpretar la validez de cualquier medida adoptada en el ámbito ELSJcualquier medida adoptada en el ámbito ELSJ

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2.E) La Carta de Derechos Fundamentales2.E) La Carta de Derechos Fundamentales El nuevo artículo 6 del TUE contiene una referencia El nuevo artículo 6 del TUE contiene una referencia

expresa a la Carta de Derechos Fundamentales expresa a la Carta de Derechos Fundamentales “tal “tal y como fue aprobada por la Conferencia y como fue aprobada por la Conferencia Intergubernamental en 2004”Intergubernamental en 2004”. De este modo, la . De este modo, la Carta se convierte en un instrumento jurídicamente Carta se convierte en un instrumento jurídicamente vinculante para las instituciones europeas y para los vinculante para las instituciones europeas y para los EMEM

Como consecuencia de lo anterior, existe una Como consecuencia de lo anterior, existe una inequívoca obligación legal de respetar los inequívoca obligación legal de respetar los derechos fundamentales recogidos en la carta en derechos fundamentales recogidos en la carta en todas las decisiones que se tomen en el ámbito todas las decisiones que se tomen en el ámbito ELSJELSJ

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2.F) La personalidad jurídica de la UE2.F) La personalidad jurídica de la UE Tal y como se establecía en el TC, el TR Tal y como se establecía en el TC, el TR

reconoce la personalidad jurídica de la UEreconoce la personalidad jurídica de la UE Además, el nuevo artículo 6.2 TUE Además, el nuevo artículo 6.2 TUE

establece que la UE se adherirá al Convenio establece que la UE se adherirá al Convenio Europeo para la Protección de los DDHH y Europeo para la Protección de los DDHH y las Libertades Fundamentales de 1950las Libertades Fundamentales de 1950

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2.G) El Fiscal Europeo2.G) El Fiscal Europeo El TR, tomando la idea ya contenida en el El TR, tomando la idea ya contenida en el

TC, crea la figura del Fiscal Europeo, como TC, crea la figura del Fiscal Europeo, como institución jurídica con autoridad ejecutiva y institución jurídica con autoridad ejecutiva y competencias para investigar, perseguir y competencias para investigar, perseguir y denunciar delitos contra los intereses denunciar delitos contra los intereses financieros de la UEfinancieros de la UE

También existe la posibilidad de incrementar También existe la posibilidad de incrementar sus poderes para conocer e sus poderes para conocer e “delitos graves “delitos graves con una dimensión transfronteriza”con una dimensión transfronteriza”

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2.H) El Comité Ejecutivo de Seguridad 2.H) El Comité Ejecutivo de Seguridad InternaInterna También recogido, originariamente, en el TC. Se También recogido, originariamente, en el TC. Se

establece como órgano del Consejo para establece como órgano del Consejo para “asegurar “asegurar que la coordinación operacional en el ámbito de la que la coordinación operacional en el ámbito de la seguridad interna es promovida y reforzada en el seguridad interna es promovida y reforzada en el seno de la Unión”seno de la Unión”

Su composición y sus competencias concretas Su composición y sus competencias concretas siguen siendo tan vagas como lo eran ya en el TCsiguen siendo tan vagas como lo eran ya en el TC

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2.I) Protección Diplomática y Consular de 2.I) Protección Diplomática y Consular de los ciudadanos UElos ciudadanos UE En este ámbito, el TR ha ido mucho menos lejos En este ámbito, el TR ha ido mucho menos lejos

que el TC ya que mientras este establecía que el que el TC ya que mientras este establecía que el Consejo adoptaría una ley europea que contuviese Consejo adoptaría una ley europea que contuviese las medidas para hacer posible la protección las medidas para hacer posible la protección diplomática y consular de los ciudadanos diplomática y consular de los ciudadanos comunitarios (III-127), aquel sólo concluye que se comunitarios (III-127), aquel sólo concluye que se adoptarán las directivas necesarias que contengan adoptarán las directivas necesarias que contengan las medidas de cooperación y coordinaciónlas medidas de cooperación y coordinación

En cualquier caso, el régimen establecido por el TR En cualquier caso, el régimen establecido por el TR es mucho más avanzado que el actual (art. 22.2 es mucho más avanzado que el actual (art. 22.2 TCE)TCE)

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2.J) Protección de datos2.J) Protección de datos Otro ámbito en que se ha producido un retraso Otro ámbito en que se ha producido un retraso

respecto al TCrespecto al TC El TC garantizaba un Standard común y El TC garantizaba un Standard común y

procedimientos legislativos comunes respecto a la procedimientos legislativos comunes respecto a la protección de datos en todos los ámbitos (Art. I-51)protección de datos en todos los ámbitos (Art. I-51)

El TR establece que se elaborará una base legal El TR establece que se elaborará una base legal específica para la protección de datos en el ámbito específica para la protección de datos en el ámbito PESC y que también se incluirá una disposición PESC y que también se incluirá una disposición específica para este concepto en el ámbito de la específica para este concepto en el ámbito de la cooperación judicial y policial en materias penalescooperación judicial y policial en materias penales

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3.- Excepciones a los principios generales 3.- Excepciones a los principios generales Una de las principales críticas de la nueva regulación del Una de las principales críticas de la nueva regulación del

ELSJ es el elevado número de excepciones y/o derogaciones ELSJ es el elevado número de excepciones y/o derogaciones que se incluyen en el TRque se incluyen en el TR

3.A) Mantenimiento de ley y orden y seguridad 3.A) Mantenimiento de ley y orden y seguridad internainterna Siguen siendo competencia exclusiva de los EM, tal como Siguen siendo competencia exclusiva de los EM, tal como

establecían art. III-262 TC y 64 TCE.establecían art. III-262 TC y 64 TCE. El TR añade, sin embargo, la posibilidad de que los EM que lo El TR añade, sin embargo, la posibilidad de que los EM que lo

deseen puedan llevar a cabo formas de cooperación y deseen puedan llevar a cabo formas de cooperación y coordinación más profunda entre los departamentos coordinación más profunda entre los departamentos competentes en la materia (Reminiscencia del Tercer Pilar)competentes en la materia (Reminiscencia del Tercer Pilar)

Tratado de PrümTratado de Prüm

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3.B) Cooperación administrativa3.B) Cooperación administrativa Este tipo de cooperación entre los departamentos implicados Este tipo de cooperación entre los departamentos implicados

en el ELSJ se regirá por las normas generales en la materia, en el ELSJ se regirá por las normas generales en la materia, si bien, el PE será sólo consultado y el derecho de iniciativa si bien, el PE será sólo consultado y el derecho de iniciativa estará compartido entre la Comisión y los EMestará compartido entre la Comisión y los EM

3.C) Derecho de Iniciativa legislativa compartida3.C) Derecho de Iniciativa legislativa compartida En materia de cooperación judicial en materia penal, En materia de cooperación judicial en materia penal,

cooperación policial y cooperación entre departamentos cooperación policial y cooperación entre departamentos administrativos, la iniciativa legislativa corresponde a la administrativos, la iniciativa legislativa corresponde a la Comisión y a ¼ de los EMComisión y a ¼ de los EM

Excepción importante a la regla general de que la iniciativa Excepción importante a la regla general de que la iniciativa legislativa corresponde a la Comisiónlegislativa corresponde a la Comisión

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3.D) Aplicación del procedimiento 3.D) Aplicación del procedimiento legislativo ordinario a la cooperación legislativo ordinario a la cooperación judicial en el ámbito penaljudicial en el ámbito penal Novedad del TR. Novedad del TR. Opt out de ciertos EEMM Opt out de ciertos EEMM

(UK, Irlanda)(UK, Irlanda)

3.E) Mecanismos correctores del TR: 3.E) Mecanismos correctores del TR: mecanismo de freno y cooperación mecanismo de freno y cooperación reforzadareforzada

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3.F) Cooperación judicial en el ámbito civil3.F) Cooperación judicial en el ámbito civil Se prevé una excepción relativa al derecho de familia con Se prevé una excepción relativa al derecho de familia con

implicaciones transfronterizasimplicaciones transfronterizas El TC establecía la aplicación de la regla de la unanimidad y el El TC establecía la aplicación de la regla de la unanimidad y el

procedimiento de consulta (artículo III-269); no obstante, procedimiento de consulta (artículo III-269); no obstante, también se preveía que el Consejo puede decidir tratar también se preveía que el Consejo puede decidir tratar determinados aspectos del derecho de familia al determinados aspectos del derecho de familia al procedimiento legislativo ordinarioprocedimiento legislativo ordinario

El TR establece una dificultad añadida al subordinar esta El TR establece una dificultad añadida al subordinar esta posibilidad a que se realice una notificación a los Parlamentos posibilidad a que se realice una notificación a los Parlamentos Nacionales. La objeción de un único Parlamento Nacional Nacionales. La objeción de un único Parlamento Nacional impedirá la adopción de tal procedimientoimpedirá la adopción de tal procedimiento

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3.G) Disposiciones relativas a 3.G) Disposiciones relativas a pasaportes, documentos de identidad, pasaportes, documentos de identidad, permisos de residencia y otros permisos de residencia y otros documentos relativos a la identidad documentos relativos a la identidad de las personasde las personas Están sujetas a unanimidad y mera consulta Están sujetas a unanimidad y mera consulta

al PEal PE El TR las colocará bajo el epígrafe “control El TR las colocará bajo el epígrafe “control

de fronteras” dentro del título ELSJde fronteras” dentro del título ELSJ

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3.H) Establecimiento y extensión de las 3.H) Establecimiento y extensión de las competencias de la Oficina del Fiscal competencias de la Oficina del Fiscal EuropeoEuropeo Requerirá unanimidad del Consejo y asentimiento Requerirá unanimidad del Consejo y asentimiento

del PE (artículo III-274)del PE (artículo III-274) En el supuesto de que no se obtenga dicha En el supuesto de que no se obtenga dicha

unanimidad, el TR introduce un mecanismo de unanimidad, el TR introduce un mecanismo de cooperación reforzada permitiendo que 1/3 de los cooperación reforzada permitiendo que 1/3 de los EM decidan cooperar entre ellos en este sentidoEM decidan cooperar entre ellos en este sentido

No obstante, dicha posibilidad se refiere sólo al No obstante, dicha posibilidad se refiere sólo al establecimiento de la oficina y no a la extensión de establecimiento de la oficina y no a la extensión de sus competenciassus competencias

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3.I) Jurisdicción del TJCE3.I) Jurisdicción del TJCE Se establecen los siguientes límites a la Se establecen los siguientes límites a la

competencia del TJCE: validez y competencia del TJCE: validez y proporcionalidad de las operaciones proporcionalidad de las operaciones policiales así como las medidas tomadas policiales así como las medidas tomadas por los M para mantener el orden público y por los M para mantener el orden público y la salvaguarda de la seguridad interiorla salvaguarda de la seguridad interior

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3.J) Cooperación policial3.J) Cooperación policial Opt-out del Reino Unido e IrlandaOpt-out del Reino Unido e Irlanda Se aplicará el procedimiento legislativo ordinario como regla Se aplicará el procedimiento legislativo ordinario como regla

general. Iniciativa compartida entre la Comisión y los EMgeneral. Iniciativa compartida entre la Comisión y los EM Se requerirá unanimidad en el Consejo y mera consulta al PE Se requerirá unanimidad en el Consejo y mera consulta al PE

cuando se trate de cooperación operacional entre dichas cuando se trate de cooperación operacional entre dichas autoridades. En estos casos, también se prevé un mecanismo autoridades. En estos casos, también se prevé un mecanismo de cooperación reforzada siempre que no se ha conseguido la de cooperación reforzada siempre que no se ha conseguido la unanimidad y que el asunto se haya remitido al Consejo unanimidad y que el asunto se haya remitido al Consejo Europeo. A su vez, esta excepción también admite otra Europeo. A su vez, esta excepción también admite otra excepción al estipularse que el mecanismo de cooperación excepción al estipularse que el mecanismo de cooperación reforzada no se aplicará a la cooperación operacional “que reforzada no se aplicará a la cooperación operacional “que constituya un desarrollo del acervo Schengen”constituya un desarrollo del acervo Schengen”

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3.K) Carta de Derechos 3.K) Carta de Derechos FundamentalesFundamentales Posición del Reino Unido y de Polonia Posición del Reino Unido y de Polonia

respecto a la aplicación de la misma en respecto a la aplicación de la misma en estos dos paísesestos dos países