Tratado esguerra barcenas

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TRATADO ESGUERRA BARCENAS

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CURSO

INTRODUCCION AL DERECHO PENAL

TEMA: TRATADO ESGUERRA BARCENAS

DOCENTE

DOCTOR: LUIS FERNANDO MEJIA ROJAS

ESTUDIANTES

URIEL ALONSOJOSE REINEL CLAVIJO

ALVARO RIVAS PERALTA

I DERECHOCartago septiembre 9 de 2014

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LA NOCIÓN DE POSICIÓN GEOGRÁFICA

Se asocia a una localización en la tierra.

Es posible ubicarla en un mapa y saber dónde queda.

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POSICION GEOGRAFICA DE COLOMBIA

Latitud (Línea del Ecuador)

Latitud Norte 12º 27´46 Latitud Sur 4º 13´ 30

Longitud (Meridiano de Greenwich)

Longitud occidental 66º 50´54" 79º 0´23“.

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GLOBO TERRAQUEO REPRESENTACION POSICIÓN DE COLOMBIA

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TERRITORIO El territorio es el espacio o porción geográfica en la que se realiza la actividad estatal.

Suelo Subsuelo Espacio Aéreo

Se extiende en tres dimensiones:

Superficie Altura Profundidad

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LA SOBERANÍA 

Es el derecho que tiene el pueblo a elegir

Gobernantes Leyes A que le sea respetado su

territorio

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MAR TERRITORIAL   

La franja oceánica que se encuentra pegada a la costa y se prolonga mar adentro hasta 12 millas marinas (unos 22,2 kilómetros).

En dicho sector del océano, un cierto Estado puede realizar el ejercicio pleno de la soberanía. 

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HISTORIA DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA

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Época precolombina no hubo habitantes

El Archipiélago de San Andrés y Providencia fue descubierto, al parecer, en el primer viaje que Colón realizara al Nuevo Continente, en 1492

España en 1510 tomó posesión oficial de las islas, pero no promovió asentamientos en ellas, porque los conquistadores estaban más preocupados en someter las áreas continentales.

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Las islas fueron puestas bajo la administración de la Real Audiencia de Panamá

1544 la Corona las puso bajo jurisdicción de la Capitanía General de Guatemala.

1595, el gobierno de España impartió la orden de fortificar la isla de Santa Catalina

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1629 y 1630 se datan los primeros asentamientos europeos en el archipiélago. Se trataba de colonos ingleses que llegaron de Bermudas y Barbados y que se asentaron en Santa Catalina y Providencia

En 1631 llegó otro grupo de colonos procedentes de Escocia e Inglaterra y también fueron llevados a las islas los primeros esclavos africanos

Entre 1641 y 1670 España inició hostigamientos en contra del archipiélago en poder de los británicos y ocupó la isla de Providencia.

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Este hecho hizo que los colonos ingleses y escoceses se dispersaran y se refugiaran en Saint Kitts, Trinidad y Tobago, las islas Caimán, en la Mosquitos y en las pequeñas colonias británicas del litoral Caribe, desde la actual provincia panameña de Colón hasta la actual Belice.

En 1775 la Capitanía General de Guatemala, ordenó expulsar a los ingleses y holandeses del archipiélago, bajo autoridad del virrey Antonio Caballero y Góngora.

1786 se firmaron tratados que exigían la salida de todos los súbditos ingleses de la Costa de Mosquitos y de los territorios españoles adyacentes, acción liderada por O´Neill que fue proclamado gobernador en 1790

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Estados unidos en 1912 reclamaron los cayos de Roncador, Serrana y Quitasueño que hacen parte del Archipiélago de San Andrés y Providencia.

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La soberanía de archipiélago de San Andrés y Santa Catalina se basa en una Real Orden, dada por el Rey de España, el 20 de noviembre de 1803,

El Rey ha resuelto que las islas de San Andrés y la parte de la costa de Mosquitos desde el Cabo "Gracias a Dios" inclusive hacia el río Chagres, quedan segregadas de la Capitanía General de Guatemala y dependientes del Virreinato de Santa Fe...”

Posteriormente, esta Orden Real, fue ratificada en 1805 y en 1825,

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Nicaragua entra a desconocer la vigencia de la Real Orden de 1803, y da paso a ejercer actuaciones de soberanía sobre las Islas de los Mangles, que pertenecen al archipiélago de San Andrés. Situación ante la cual es contra demandada por el canciller colombiano, Jorge Holguín, quien le señala nuevamente el territorio en donde Colombia ejerce soberanía.

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TRATADO ESGUERRA BARCENAS

Tratado de 1928

Colombia: Manuel Esguerra

Nicaragua: José Bárcenas Meneses

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TRATADO ESGUERRA BARCENAS

PRIMER ARTICULO

Colombia reconoce la soberanía y pleno dominio de la República de Nicaragua sobre la costa de mosquitos comprendida entre el cabo de Gracias a Dios y el río San Juan, y sobre las islas mangle grande y mangle chico, en el océano atlántico

Nicaragua reconoce la soberanía y pleno dominio de la República de Colombia sobre las islas de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y todas las demás islas, islotes y cayos que hacen parte de dicho archipiélago de San Andrés.

No se consideran incluidos en este tratado los cayos Roncador, Quitasueño y Serrana; el dominio de los cuales está en litigio entre Colombia y los Estados Unidos de América.

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COSTA DE LOS MOSQUITOS

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ARTÍCULO 2

Segundo artículo: En el cual se dice que la validez del Tratado sería puesta a consideración de los Congresos de ambos países.

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El 5 de mayo de 1930 en Managua, Manuel Esguerra de Colombia firmó con Julián Arias, ministro de relaciones exteriores de Nicaragua, un protocolo en el cual ambas naciones ratificaban el Tratado Esguerra-Bárcenas.

En 1998 el presidente Arnoldo Alemán renunció a la posibilidad de un acuerdo directo con Colombia y anunció la intención de llevar el caso a la Corte Internacional de Justicia de la Haya

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El advenimiento del gobierno sandinista en Nicaragua, hizo que del presidente Daniel Ortega declarara en 1980 que el Tratado Esguerra-Barcenas de 1928 era nulo sobre la base de que entonces su país estaba bajo ocupación militar estadounidense.

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MERIDIANO 82

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El 6 de diciembre de 2001 el gobierno de Nicaragua presentó oficinalmente la demanda ante la Corte Internacional de Justicia, pidió a la Corte que se pronunciara sobre la soberanía de las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, sobre la soberanía de los Cayos Roncador, Serrana y Quitasueño y sobre la delimitación de áreas marinas y submarinas entre los dos países.

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Diciembre de 2007, se produjo un antecedente fundamental de este fallo: se dio a conocer la sentencia que concluyó el proceso incidental iniciado por Colombia —al presentar excepciones preliminares a la demanda de Nicaragua—, mediante la cual se reconoció la soberanía de Colombia sobre el Archipielago de San Andres, providencia y Santa Catalina

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Al mismo tiempo, estableció que poseía competencia para resolver la disputa sobre la frontera marítima entre ambos países, adelantando que la tesis colombiana, la cual establecía que sobre el meridiano 82º corría el límite internacional Colombia-Nicaragua, era incorrecta, por lo que dispuso que analizaría la soberanía tanto la de los demás islotes y cayos, como la de sus aguas adyacentes.

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FALLO DE LA HAYA

19 de diciembre de 2012 Colombia puede continuar ejerciendo soberanía sobre los territorios insulares, y las aguas inmediatas a ellos, que comprenden catalina las islas de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina, y sobre los 7 cayos que le disputaba Nicaragua

De esta manera, reconoció que el Tratado del año 1928 entre ambos países es un tratado limítrofe en lo que respecta a las islas

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Colombia perdió el control sobre una importante porción de una zona marítima al oriente del meridiano 82º, los que la corte reconoció como de soberanía nicaragüense, aunque otorga a la jurisdicción de Colombia una «lengua» de jurisdicción a la latitud de las islas de San Andrés y providencia, del mismo modo que dos enclaves marinos de un radio de 12 millas náuticas alrededor de los cayos de Quitasueño y Serrana, los que estarán encerrados por aguas nicaragüenses, en razón de que, según entiende la corte, cada Isla o cayo, por pequeña que sea, debe tener anexado un mar territorial.

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IMPLEMENTACION DEL FALLO

COLOMBIA reforzado su presencia naval en el área en disputa

y busca vías legales para tratar de revertir los efectos del fallo

Nicaragua presencia en estas aguas Impiden las labores de pesca industrial de

compañías pesqueras que no han iniciado los trámites para la obtención de permisos de pesca.

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NICARAGUA

Presencia en estas aguas

Impiden las labores de pesca industrial de compañías pesqueras que no han iniciado los trámites para la obtención de permisos de pesca.

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Es el nombre dado al tratado americano de soluciones pacíficas, suscrito en Bogotá el 30 de abril de 1948. Nicaragua lo invoca para justificar su decisión de cuestionar ante la Corte Internacional de Justicia el cumplimiento del acuerdo de 1928. Colombia asegura que el pacto indica que los tratados en vigencia en el momento de su firma no pueden ser objeto de controversia.

El Pacto de Bogotá, también conocido como el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, fue un tratado internacional suscrito el 30 de abril de 1948 por los países independientes de América reunidos en la IX Conferencia Panamericana en la ciudad de Bogotá.

El objetivo tratado es de imponer una obligación general a los signatarios para resolver sus conflictos a través de medios pacíficos. También se les obliga a agotar los mecanismos regionales de solución de los asuntos antes de acudir al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

Este Pacto tiene en cuenta los siguientes medios de solución pacífica de conflictos: buenos oficios, mediación, investigación y conciliación, arbitraje y procedimiento judicial. Es uno de los tratados que confiere jurisdicción a la Corte Internacional de Justicia.

El tratado entró en vigencia el 6 de mayo de 1949 y se registró en la ONU siete días más tarde. Entre los 21 países signatarios del tratado, solamente 15 lo han ratificado posteriormente, de ellos han presentado reservas y otro presentó una denuncia sobre éste (El Salvador).