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TRATADO DE DERECHO CIVIL OBLIGACIONES TOMO I

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO I

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO I

JORGE JOAQUÍN LLAMBÍASProfesor titular de Derecho Civil en la Universidad Nacional de Buenos Aires, y en la Universidad Católica Argentina. - Miembro del Instituto Argentino de Estudios Legislativos. - Ex juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo

Civil de la Capital Federal.

TEORÍA GENERAL DE LA OBLIGACIÓN EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES

TEORÍA GENERAL DE LOS PRIVILEGIOS

SÉPTIMA EDICIÓN ACTUALIZADA

POR

PATRICIO RAFFO BENEGAS

OBRA LAUREADA CON EL PRIMER PREMIO NACIONAL “DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS”

DISCERNIDO POR EL MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN

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Llambías, Jorge JoaquínTratado de derecho civil: obligaciones / Jorge Joaquín Llambías; adaptado por Patricio Raffo Benegas. - 7a ed. - Buenos Aires: Abeledo Perrot, 2012.v. 1, 688 ps.; 24x17 cm. ISBN 978-950-20-2312-0 1. Derecho Civil. I. Patricio Raffo Benegas, adapt. II. Título.CDD 346

ISBN 978-950-20-2330-4 (OC)ISBN 978-950-20-2312-0 (Vol. I)

SET 41354708SAP 41354699

Tirada: 600 ejemplares

© Jorge Joaquín Llambías© AbeledoPerrot S.A.

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En esta edición, los comentarios y adiciones del actualizador, Dr. Patricio José Raffo Benegas, han sido compuestos en letra Franklin Gothic (por ejemplo: Obligaciones recíprocas). Aquellos párrafos que le corresponden íntegramente repiten el número del párrafo original del Dr. Jorge Joaquín Llambías, con el agregado de un número arábigo para su mejor identificación y ordenamiento sistemático (por ejemplo, 525-1).

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ÍNDICE

Nota aclaratoria ............................................................................................. 7

Capítulo I

CONCEPTO DE OBLIGACIÓN

1. Nociones vulgar y técnica.— 2. Concepto de obligación.— 3. Análi-sis de la definición adoptada.— 4. Antecedentes históricos.— 5. Naturaleza jurídica de la obligación.— 6. a) El crédito como potestad.— 7. b) El crédito como título a una prestación.— 8. c) La obligación como vínculo jurídico completo.— 8 bis. Distinción de las obligaciones y los derechos reales.— 8 ter. Diferenciación de las obligaciones y los derechos de familia ............... 9

Capítulo II

ELEMENTOS DE LA OBLIGACIÓN

9. Enunciación.— 10. I) Sujeto.— 11. Quiénes pueden ser sujetos.— 12. Capacidad.— 13. Determinación.— 14-15. Obligaciones ambulatorias o propter rem.— 15 bis-15 ter. Consecuencia del carácter propter rem de la obligación.— 16. Pluralidad de sujetos.— 17. II) Objeto.— 18. Existencia del objeto.— 19. a) Determinación del objeto.— 20. b) Posibilidad del ob-jeto.— 21. c) Valor pecuniario de la prestación; interés extrapatrimonial.— 22. Crítica a la teoría clásica.— 23. Nuestra opinión.— 24. Distinción entre la prestación (siempre patrimonial) y el interés del acreedor (moral o material) al cual la obligación sirve.— 25. La cuestión en nuestro Código Civil.— 26. Legitimidad del objeto.— 27. Invocación y prueba de la ilegitimidad del objeto.— 27 bis. Cesación de la ilegitimidad del objeto: remisión.— 28. III) Causa o fuente de la obligación.— 29. Evolución histórica.— 30. Crítica moderna.— 31. Clasificación de Planiol.— 32. Otras clasifica-ciones.— 33-34. Clasificación tripartita adoptada.— 35. La teoría de la causa de las obligaciones en el Código Civil argentino.— 36. Principio de necesidad de causa.— 37. Presunción de causa.— 38. Falsedad de causa.— 39. Principio de legitimidad de causa.— 40-41. Quid de la cesación de la ilicitud de la causa.— 42. Breve noción de cada fuente.— 43. Otras posibles causas de las obligaciones.— 44. IV) ¿Hay otros elementos constitutivos de las obligaciones, fuera del sujeto, el objeto y la causa eficiente? Quid de la causa final ...................................................................................................... 19

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Capítulo III

INTERDEPENDENCIA DE LAS OBLIGACIONES

45. Noción.— 46. Fuentes de accesoriedad.— 47. Especies.— 48. Efec-tos del principio de accesoriedad: relaciones mutuas.— 49. Excepciones al principio de accesoriedad.— 50. El principio de accesoriedad en la cláusula penal, en las condiciones y en los cargos: remisión ...................................... 51

Capítulo IV

EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL

51. Noción.— 52. Efectos de las obligaciones y efectos de los con-tratos: distinción.— 53-56. Entre quiénes se producen.— 57. Desubicación del art. 504.— 58. Clasificación de los efectos de las obligaciones.— 59-63. Derechos del deudor ..................................................................................... 57

Capítulo V

EFECTOS NORMALES O NECESARIOS DE LAS OBLIGACIONES

64. Concepto.— 65. Distintos modos de cumplimiento específico.— 66. A) Cumplimiento voluntario.— 67. B) Cumplimiento forzado.— 68. Limitaciones al cumplimiento forzado.— 69-72. a) Obligaciones de dar.— 73. b) Obligaciones de hacer.— 74. c) Obligaciones de no hacer.— 75-76 bis. C) Cumplimiento por otro.— 77. Campo de aplicación del cumplim-iento por otro.— 78. Quid de la autorización judicial.— 78 bis. Pago por tercero.— 79. La “astreinte” como medio de compulsión del deudor.— 80. Antecedentes extranjeros de las “astreintes” — 81. Derecho argentino: jurisprudencia.— 82. Tercer Congreso Nacional de Derecho Civil.— 82 bis. Resolución de las “astreintes” por la ley 17.711.— 82 bis 1. Metodología.— 82 bis 2. Tipifi-cación de la conducta pasible de esta condena.— 82 bis 3. Graduación de la condena conminatoria.— 83. Naturaleza jurídica de las “astreintes”. — 84. Comparación de la “astreinte” con la indemnización de daños y perjuicios.— 85. Fundamentos de la “astreinte”.— 86. Caracteres de la “astreinte”.— 86 bis. Ejecutabilidad de la condena.— 86 bis 1. Provisionalidad de la con-dena.— 87. No acumulación de la “astreinte” y la indemnización de daños y perjuicios.— 88-88 bis. Beneficiario de la “astreinte”.— 89. Campo de aplicación de la “astreinte”.— 90. Punto de partida de las “astreintes”.— 91. Cesación de la “astreinte”.— 92. Prisión por deudas: evolución históri-ca.— 93. Multas civiles: legales, convencionales y judiciales.— 93-1. Límite porcentual en las costas del proceso judicial o arbitral.— 93-2. Finalidad. Crítica.— 93-3. Ámbito de aplicación.— 93-4. Requisitos.— 93-5. Base sobre la cual debe recaer el tope máximo.— 93-6. Prorrateo.— 93-7. Apli-cación de la ley en cuanto al tiempo ............................................................. 63

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ÍNDICE 669

Capítulo VI

EFECTOS ANORMALES DE LAS OBLIGACIONES

94. Noción.— 95. Función de equivalencia patrimonial.— 96. Carácter subsidiario de los daños y perjuicios.— 97. Disposición legal.— 98. Presu-puestos de la responsabilidad del deudor ...................................................... 93

Capítulo VII

MORA

99. Primer presupuesto de la responsabilidad del deudor.— 100. Incumplimiento y cumplimiento defectuoso.— 101. Cumplimiento defectuoso ignorado.— 102. Incumplimiento material y mora.— 103. Constitución en mora: requisito de la interpelación.— 103 bis-103 bis 1. Nuevo ordenamiento referente a la constitución en mora: ley 17.711.— 103 bis 2. Excepciones a la mora automática en las obliga-ciones de plazo cierto.— 103 bis 3. Obligaciones de plazo táctico.— 103 bis 4. Obligaciones sin plazo.— 103 bis 5. Otros efectos de la inter-pelación.— 103 bis 6. Exención de responsabilidad por mora.— 104. Antecedentes históricos y legislación comparada. Derecho romano. Legislación española. Código francés.— 105. Fundamento del requisito de la interpelación.— 106. Naturaleza jurídica de la interpelación.— 107. Sujetos de la interpelación.— 108. Prueba de la interpelación.— 109. Formas de la interpelación.— 110. Requerimiento judicial.— 111. Requerimiento extrajudicial.— 112. Quid del requerimiento al Estado.— 113. Condiciones de idoneidad de la interpelación.— 114. Condiciones intrínsecas de idoneidad de la interpelación: a) Exigencia categórica de pago.— 115. b) Requerimiento apropiado en cuanto al objeto, modo y tiempo del pago.— 116. c) Interpelación coercitiva y no declarativa.— 117. d) Exigencia de cumplimiento factible.— 118. e) Requerimiento circunstanciado.— 119. Condiciones extrínsecas de idoneidad de la interpelación: a) Cooperación del acreedor.— 119-1. Lugar de pago: el domicilio del deudor.— 120. b) Ausencia de incumplimiento de parte del acreedor.— 121. Supuestos de mora sin interpelación: enumeración.— 122. a) Mora convencional.— 123. Virtualidad del pacto de mora automática.— 124. b) Mora ex re.— 125-126. c) Mora legal.— 127. Otros casos de mora sin interpelación.— 128. I) Hecho ilícito.— 129. II) Confesión de mora.— 129 bis. Negativa anticipada del deudor.— 130. III) Imposibilidad de in-terpelar.— 131. IV) Imposibilidad de cumplimiento de la ob-ligación.— 132. Efectos de la mora.— 133. Subsistencia del derecho del deudor de pagar durante la mora. Excepciones.— 133 bis. Excepción al derecho de pagar.— 134-138. Cesación de la mora.— 139. Mora del acreedor.— 140. Efectos de la mora del acreedor.— 141-142. Cesación de la mora del acreedor ............................................ 97

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS670

Capítulo VIII

IMPUTABILIDAD DEL INCUMPLIMIENTO DEL DEUDOR

143-144. Segundo presupuesto de la responsabilidad del deudor.— 145. Quid del acreedor moroso ..................................................................... 139

I. Dolo

146. Distintas acepciones.— 147. Concepto de dolo en el incum-plimiento de la obligación.— 148. No se requiere la intención de dañar.— 149. Efectos del dolo.— 150. Dispensa del dolo.— 151. Fundamento de la prohibición.— 152. Alcance de la prohibición.— 153. Extensión de la prohibición a los subordinados.— 154. Sanción que recae sobre la dispensa del dolo.— 155. Prueba del dolo.— 156. Interés en probar el dolo ............. 140

II. Culpa

157. Noción.— 158. Elementos de la culpa.— 159-159 bis. Unidad y dualidad de la culpa. Concepción unitaria: crítica.— 160. Diversidad de régimen de la responsabilidad contractual y la responsabilidad extracon-tractual o aquiliana.— 161. Criterios de apreciación de la culpa.— 162. Clasificación y graduación de la culpa. Teoría romana de la prestación de la culpa.— 163. Evolución histórica. Antiguos derechos español y francés.— 164-165. Sistema de nuestro Código.— 166. Proyectos de reforma.— 167. Derecho comparado.— 168. Prueba de la culpa. Criterio clásico.— 169. Fundamento de la presunción de culpa.— 170. Si subsiste la presunción en las obligaciones de medio.— 171. Obligaciones de medio y obligaciones de resultado.— 172. No hay derogación de la presunción de culpa.— 173. Dispensa de la culpa.— 174. Dispensa parcial de la culpa: cláusulas de responsabilidad.— 175. Dispensa total de culpa: cláusula de no respons-abilidad.— 176. Prohibición legal de la dispensa de responsabilidad.— 177. Culpa concurrente.— 178. Culpa de los representantes y dependientes o subordinados.— 179-181. Culpa precontractual y culpa in contrahendo.— 182. Aplicaciones legales.— 183. Culpa y riesgo: remisión ........................ 145

II bis. Quid de un tipo de imputabilidad exento de culpa o dolo

184. ¿Existe un tercer tipo de imputabilidad distinto del dolo o culpa? 173

III. Caso fortuito o fuerza mayor

185. Supuesto de inimputabilidad.— 186. Noción legal de caso for-tuito.— 187. Distinción conceptual y asimilación legal.— 188. Extensión de los principios expuestos a la situación del acreedor moroso.— 189. Caracteres constitutivos del caso fortuito o fuerza mayor.— 190. a) Hecho imprevisible.— 191. b) Hecho inevitable.— 192. c) Hecho ajeno al deu-dor.— 193. d) Hecho actual.— 194. e) Hecho sobreviniente a la constitución

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de la obligación.— 195. f) Obstáculo insuperable para el cumplimiento de la obligación.— 196. Imposibilidad moral.— 197. Imposibilidad absoluta e imposibilidad relativa.— 198. Diversos casos: jurisprudencia.— 199. Fuerzas naturales.— 200. Hecho del príncipe: acto de autoridad pública.— 201. Guerra. Revolución.— 202. Huelga.— 203. Hecho de tercero.— 204. Incendio.— 205. Enfermedad.— 206-208. Prueba del caso fortuito.— 209. Efectos del caso fortuito: principio general y excepciones.— 210. Excep-ciones al principio de irresponsabilidad.— 211. Primera excepción: cláusula de responsabilidad y pacto de garantía.— 212. Segunda excepción: causus dolo vel culpa determinatus.— 212 bis. Conjunción de culpa y casus.— 213. Tercera excepción: caso fortuito posterior a la mora .................................... 173

IV. Teoría de la imprevisión

214. Noción.— 215. Origen. Evolución histórica.— 216. La teoría de la imprevisión en nuestro derecho.— 216 bis. Aceptación legal de la teoría de la imprevisión.— 217. Fundamento de la teoría.— 218. Nuestra opinión.— 219. Extremos de aplicabilidad de la teoría.— 220. a) Características del hecho.— 221. b) Incidencia del hecho: excesiva onerosidad.— 222-222 bis. c) Contratos afectados.— 223. Naturaleza “fluyente” del derecho afectado.— 223 bis. d) Ausencia de culpa o mora del deudor.— 224-225. Efectos de la teoría.— 226. Jurisprudencia.— 227. Derecho comparado.— 228. Proyecto de reforma. Tercer Congreso de Derecho Civil.— 229. Pactos referentes a la teoría de la imprevisión.— 230. Diferencias con el caso fortuito ............. 192

Capítulo IX

DAÑOS E INTERESES

231. Tercer presupuesto de la responsabilidad del deudor.— 232. Noción de daño.— 233. Daño del deudor.— 234. Distintas especies de daños.— 235. Daño compensatorio y moratoria.— 236. Daños comunes y propios.— 237. Daños inmediatos y mediatos.— 238. Daños directos e indirectos.— 239. Daños previstos e imprevistos. Daños previsibles e impre-visibles.— 240. Daños intrínsecos y extrínsecos.— 241. Daño actual, futuro y eventual.— 242. Daño al interés positivo y daño al interés negativo.— 243. Daño patrimonial y daño moral.— 244. Indemnización de daños y perjuicios.— 244 bis. Fundamento de la indemnización.— 245. Finalidad de la indemnización.— 246. Caracteres de la indemnización.— 247. Requisitos del daño resarcible.— 248. Existencia y prueba del daño.— 249. Entidad del daño.— 249 bis. Compensación del daño con el lucro.— 250. Valuación del daño: convencional, legal, judicial.— 251. Fecha de la valuación del daño.— 252. Cuándo la valuación del daño no se hace a la fecha de la sen-tencia.— 253. Quid de la valuación del daño proveniente de la frustración de adquisición de un inmueble.— 254. El monto de la demanda como tope de la indemnización ...................................................................................... 213

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS672

Capítulo X

REPARACIÓN DEL AGRAVIO MORAL

255. Planteo del asunto.— 256. Concepto de daño moral: remisión.— 257. Comparación con el daño patrimonial.— 258. Fundamento de la reparación del daño moral. Discusión doctrinaria.— 259-260. Tesis del “resarcimiento”.— 261. Crítica de la teoría del “resarcimiento”.— 262. La teoría de la “sanción ejemplar”.— 262-1. Teoría mixta o ecléctica.— 263. Consecuencias del fundamento de la reparación del daño moral.— 264. a) Hechos que dan lugar a la reparación del daño moral.— 265. b) Titular de la reparación.— 266. c) Criterio para fijar la cuantía de la reparación.— 267. d) Transmisibilidad de la acción reparatoria.— 268. e) Ejercicio de la acción por los acreedores del agraviado.— 269. f) Carácter punitorio de la reparación.— 270. Derecho comparado.— 270 bis. Sistema de la ley 17.711.— 270 bis 1. Agravios morales anteriores a la ley 17.711.— 271. Sistema del Código de Vélez Sarsfield: delitos criminales, actos ilícitos, contratos.— 272. a) Teoría del resarcimiento amplio.— 273. b) Teoría del resarcimiento en toda clase de hechos ilícitos.— 274-275. c) Teoría de la reparación en los delitos criminales, sean delitos civiles o cuasidelitos.— 276. d) Teoría de la reparación sólo en los delitos civiles que son, al propio tiempo, delitos criminales.— 277. Síntesis final del sistema del Código reformado por la ley 17.711.— 278. Jurisprudencia superada: fallo plenario in re “Iribarren v. Sáenz Briones”, “J. A.”, 1943-I, p. 844 y “L. L.”, t. 29, p. 704.— 279. Críticas al sistema del Código. Bases para su reforma.— 280. Proyectos de reforma .. 243

Capítulo XI

RELACIÓN DE CAUSALIDAD ENTRE EL INCUMPLIMIENTO Y EL DAÑO

281. Cuarto presupuesto de la responsabilidad civil.— 282. Causali-dad material y causalidad jurídica.— 283. Doctrinas acerca de la relación de causalidad.— 284. a) Teoría de la equivalencia de condiciones.— 285. b) Teoría de la causa próxima.— 286. c) Teoría de la condición preponder-ante.— 287. d) Teoría de la causa eficiente.— 288. e) Teoría de la causa adecuada.— 289. Nuestro punto de vista.— 289 bis. Tipos de causalidad resultantes de la modificación introducida por la ley 17.711.— 290. Extensión del resarcimiento.— 291-294. Antecedentes históricos de la cuestión.— 295. Sistema de nuestro Código Civil.— 296. I) La extensión del resarcimiento en la responsabilidad contractual. Principio general.— 297. a) Qué es con-secuencia inmediata.— 298. b) Qué es consecuencia necesaria.— 299. c) Daño intrínseco.— 300. Ampliación del resarcimiento en caso de dolo del deudor.— 301. Controversia sobre el texto auténtico del art. 521.— 302. El argumento de la sanción legislativa.— 303. El argumento de la fuente.— 304. El argumento de la coherencia doctrinal.— 305-306. Adecuada interpretación del art. 521.— 306 bis. Jurisprudencia.— 307. Proyectos de reforma del Código.— 307 bis. Nueva redacción del art. 521: ley 17.711.— 308.II) La

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extensión del resarcimiento en la responsabilidad extracontractual. Principio general.— 309. Comparación.— 310. Ampliación del resarcimiento en caso de dolo del agente.— 311. Comparación en las distintas hipótesis de dolo.— 312. Ampliación de la responsabilidad del agente cuando el hecho ilícito constituye un delito criminal.— 313. Distintos tipos de causalidad jurídicamente relevantes.— 314. Los proyectos de reforma acerca de la causalidad en materia extracontractual ......................................................... 271

Capítulo XII

CLÁUSULA PENAL

315. Concepto.— 316. Función de la cláusula penal: su relación con los daños y perjuicios.— 317. Quid de la función resolutoria de la cláusula penal.— 318. Método del Código: crítica.— 319. Origen histórico y finalidad práctica.— 320. Clasificación.—321. Caracteres.— 322. Comparación de la cláusula penal con otras obligaciones afines.— 323. a) Cláusula penal y obligación alternativa.— 324. b) Cláusula penal y obligación facultativa.— 325. c) Cláusula penal y obligación condicional.— 326. d) Cláusula penal y arras. Pacto de displicencia.— 327. Tiempo, forma y modalidades de estipulación de la cláusula penal.— 328. Causa o fuente de la obligación penal.— 329. Sujeto activo y pasivo de la pena.— 330. Objeto de la pena.— 331. Inmutabilidad de la pena.— 332. Evolución histórica.— 333. Legislación comparada.— 334. El principio de inmutabilidad en el Código de Vélez.— 335. Jurisprudencia.— 336. Sanción que comporta la pena excesiva.— 336 bis. Reducción de penas abusivas: ley 17.711.— 336 bis l. a) Extremos de la pena abusiva.— 336 bis 2. b) Sanción que recae sobre la pena abusiva.— 336 bis 3. Síntesis sobre la reforma en este aspecto.— 336 bis 4. Reajuste de penas irrisorias.— 337. El principio de inmutabilidad de la pena en los proyectos de reforma.— 338-341. Caso de cumplimiento parcial o irregular.— 342. Caso de incumplimiento doloso del deudor.— 343. Efectos de la cláusula penal.— 344. a) Efectos de la cláusula penal como obligación subsidiaria. Principio de no acumulación.— 345. Excepciones al principio de no acumulación.— 346. Quid de la acumulación de una pena moratoria y otra compensatoria.— 347. No acumulación de la pena y la indemnización de daños y perjuicios.— 348-350. b) Efectos de la cláusula penal como obligación accesoria.— 351-352. I) Excepciones al principio de accesoriedad.— 353. II) Venta de cosa ajena.— 354. III) Contrato de objeto inexistente.— 355. Excepciones impropias al principio de accesoriedad.— 356. I) Penas en contratos por cuenta de terceros.— 357. II) Penas en con-tratos a favor de terceros.— 358. Condiciones de aplicación de la cláusula penal.— 359. Existencia y prueba del daño.— 360-361. Imputabilidad del incumplimiento al deudor.— 361 bis-362 bis. Mora del deudor.— 363. Proyectos de reforma. Legislación comparada.— 364. Cláusula penal y obligaciones de sujeto plural.— 365. I) Pluralidad de deudores.— 366. a) Pena divisible, y obligación principal, divisible o indivisible.— 367. b) Pena divisible y obligación principal solidaria.— 368-371. c) Pena indivisible o solidaria.— 372. d) Cuestión de contribución entre los deudores pasibles

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS674

de multa.— 373. II) Pluralidad de acreedores.— 374. a) Pena y obligación principal divisibles.— 375. b) Pena divisible y obligación indivisible.— 376. c) Pena divisible y obligación principal solidaria.— 377. d) Pena indivisible o solidaria.— 378. e) Cuestión de recurso.— 379. III) Pluralidad de deudores y de acreedores.— 380. Extinción de la pena ............................................... 307

Capítulo XIII

EFECTOS AUXILIARES O SECUNDARIOS DE LA OBLIGACIÓN

381. Noción.— 382. Enunciación ..................................................... 363

I. Situación jurídica del deudor respecto de sus bienes

383. Principio general.— 384. Derechos del acreedor a la conservación del patrimonio del deudor y a la ejecución de sus bienes.— 385. El principio de la garantía colectiva.— 386. Fundamentos legales del principio.— 387. Limitaciones del principio.— 388. Distintas clases de acreedores.— 389-391. Bienes excluidos de la garantía colectiva.— 392. Derechos y acciones provenientes de contratos.— 393. Dinamismo de la garantía común.— 394. A) Medidas precautorias.— 395. Embargo.— 396. Quid del privilegio del primer embargante.— 397. Inhibición general de bienes.— 398. Anotación de litis.— 399. Prohibición de innovar.— 400. Intervención del acreedor en los juicios en que el deudor es parte.— 401. B) Acciones de integración o deslinde del patrimonio del deudor.— 402. Acción revocatoria o pauliana. Noción y remisión.— 403. Acción de simulación. Noción y remisión.— 404. Acción subrogatoria.— 405-409. Acción de separación de patrimonios: noción.— 410. C) Vías de ejecución y liquidación.— 411. I) Ejecución indi-vidual de los acreedores.— 412. Embargo ejecutivo.— 413. Subasta.— 414. Liquidación.— 415. Incidentes de la ejecución. Tercerías.— 416. Derecho de retención.—417-419. II) Ejecución colectiva de los acreedores.— 419-1. La nueva ley de concursos 24.522 ................................................................ 364

II. Acción subrogatoria

420. Concepto.— 421. Metodología del Código: crítica.— 422. Origen, evolución y derecho comparado.— 422 bis. Importancia de este remedio.— 423. Naturaleza jurídica.— 424. a) Gestión de negocios.— 425. b) Cesión tácita.— 426. c) Mandato legal.— 427. d) Procuratio in re sua.— 428. e) Título propio.— 429. f) Nuestra opinión: institución compleja.— 430. Fundamento de la acción subrogatoria.— 431-431 bis. Carácter conservatorio o ejecutivo de la acción.— 432. Otros caracteres complementarios.— 433. Acciones y derechos susceptibles de subrogación.— 434. Excepciones.— 435-436. I) Derechos inherentes a la persona.— 437. II) Derechos ex-trapatrimoniales.— 438. III) Derechos inembargables.— 439-441. IV) Las simples facultades del deudor.— 441 bis. Jurisprudencia.— 442. V)

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ÍNDICE 675

Supuestos controvertidos.— 443. A) Daños y perjuicios provenientes de hechos ilícitos.— 444. B) Acciones de nulidad relativa.— 445. C) Acciones por resolución o rescisión de contrato.— 446-448. Acreedores a quienes se acuerda la acción subrogatoria.— 449. Condiciones de ejercicio de esa acción.— 450. Primera condición esencial: a) calidad de acreedor en el subrogante.— 451. Segunda condición esencial: b) inacción del deudor.— 452. Tercera condición esencial: c) interés legítimo del acreedor.— 453. Recaudos útiles aunque no necesarios: citación del deudor.— 454. Recaudos superfluos.— 455-457. Subrogación judicial: controversia.— 458. Efectos de la acción subrogatoria.— 459. a) Efectos de la subrogación entre actor y demandado.— 460. Defensas oponibles a la demanda.— 461. Monto de la condena.— 462. Disponibilidad del crédito.— 463-464. b) Efectos de la subrogación entre el acreedor subrogante y el deudor subrogado.— 465. c) Efectos de la subrogación entre el deudor subrogado y el demandado.— 466-468. d) Efectos de la subrogación respecto de los demás acreedores del subrogado.— 469. Procedimiento de la subrogación.— 470. Cesación de la subrogación.— 471. Comparación de la acción subrogatoria con otras acciones protectoras de la garantía colectiva de los acreedores ................... 385

III. Acciones directas

472. Concepto.— 473. Importancia.— 474. Carácter excepcio-nal.— 475. Fundamento de las acciones directas.— 476. Condiciones de ejercicio.— 477. Efectos de la acción directa.— 478-479. Casos de acción directa.— 480. Quid de la acción directa del damnificado por un hecho ilícito contra el asegurador del responsable del daño.— 480 bis. La ley 17.418 y el seguro de responsabilidad civil.— 481. Comparación de las acciones directa y subrogatoria.— 481 bis. Acción directa y depreciación monetaria ........... 437

Capítulo XIV

EFECTOS AUXILIARES O SECUNDARIOS DE LA OBLIGACIÓN

(Continuación)

I. Teoría de los privilegios

482. Concepto legal.— 483. Dificultad de esta materia.— 484. An-tecedentes históricos.— 485. Unificación del régimen de los privilegios.— 486. Fundamento de los privilegios.— 487. Naturaleza jurídica de los privilegios.— 488. Asiento del privilegio.— 489. Subrogación real.— 490. Extensión del privilegio.— 491. Caracteres.— 492-493. Clasificación.— 494. Plan a seguir .......................................................................................... 451

II. Privilegios generales

495. Noción.— 495 bis. Ley de Concursos 19.551.— 495-1. Ley de Concursos y Quiebras 24.522.— 496. Enunciación.— § 1. Gastos de

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS676

justicia o acreedores del concurso.— 497. Concepto.— 498. Requisi-tos.— § 2. Créditos del Fisco.— 499. Enunciación legal.— 500. Superflua reiteración de este privilegio.— § 3. Gastos funerarios.— 501. Concepto y fundamento.— 502. Renglones que comprende.— 503. Quid de los gastos funerarios del cónyuge.— 504. Titular de este privilegio.— 505. Asiento de este privilegio.— § 4. Gastos de última enfermedad.— 506. Noción.— 507. Fundamento.— 508. Asiento del privilegio.— 509. Límite del privilegio. Alusión a la muerte.— 509-1. Ley de Concursos y Quiebras 24.522.— 510. Inutilidad de la condición y fortuna del enfermo.— 511. Concepto del gasto de enfermedad.— 512. Titular del privilegio.— § 5. Sueldos y salarios de dependientes.— 513. Enunciación legal.— 514. Beneficiarios del privilegio.— 515. Límite del privilegio en el tiempo.— § 6. Alimen-tos.— 516. Enumeración y fundamento del privilegio.— 517-518. Créditos favorecidos.— 519-521. Concepto de familia. Personas que viven con el deudor.— 521 bis. Ley 19.551.— 521-l. Ley 24.522.— 522. Titular del privilegio.— 523. Límite y asiento del privilegio.— § 7. Privilegios ajenos al Código Civil.— 524-525. Privilegio instituido por el Código Penal.— 525 bis. ¿Subsistía el privilegio penal bajo la ley 19.551?— 525-1. Ley 24.522.— 526-526 bis. Variantes introducidas a los privilegios generales por la antigua Ley de Quiebras 11.719.— 527. Privilegio instituido por la Ley de Accidentes del Trabajo 9688.— 528. Antiguo privilegio instituido por la Ley de Bancos.— 528-l. Ley de Concursos y Quiebras 24.522.— 529-530. Privilegios de posible creación ..................................................................... 467

III. Privilegios especiales sobre cosas muebles determinadas

531. Clasificación impropia.— 532. Enunciación legal.— 532-1. Privilegios eliminados por la ley 24.522.— § 1. Privilegio del locador.— 533. Concepto y fundamento.— 534. Titular del privilegio.— 535. Alcance del privilegio.— 536. Ley 19.551.— 537. Alquileres vencidos.— 538. Eventual conversión del privilegio del locador.— 539-542. Asiento del privilegio.— 543. Objetos ajenos al privilegio.— 544-547. Reipersecución temporaria.— 548. Situación del poseedor de buena fe.— 549. Situación del poseedor de mala fe.— § 2. Privilegio del posadero.— 550. Asimilación legal. Antecedentes y fundamentos.— 551. Titular del privilegio.— 552. Créditos cubiertos con el privilegio.— 553. Asiento del privilegio.— 554. Ausencia de reipersecución.— 555. Escasa importancia de este privilegio.— § 3. Privilegio del acarreador.— 556. Noción y asimilación legal.— 557. Antecedentes históricos y fundamento.— 558. Titular de este privilegio.— 559. Créditos cubiertos por el privilegio.— 560. Asiento y duración del privilegio.— 561. Ausencia de reipersecución.— § 4. Privilegio relativo a suministros rurales.— 562. Noción y fundamento.— 563. Antecedentes históricos.— 564. Créditos amparados por este privilegio.— 565. Asiento del privilegio.— § 5. Privilegio del obrero o artesano.— 566. Noción y fundamento.— 567. Requisitos de este privilegio.— 568. Titular del privilegio.— 569. Créditos cubiertos por este privilegio.— 570. Asiento del privilegio.— 571. La cosa retenida debe ser propiedad del deudor.— 572. Privilegios y derecho de retención— § 6. Privilegio del conservador.— 573. Noción y fundamento.— 574. Antecedentes históricos.— 575-576. Créditos

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ÍNDICE 677

amparados con este privilegio.— 577. Asiento del privilegio.— 578. Ausen-cia de reipersecución.— § 7. Privilegio del vendedor de cosa mueble.— 579. Concepto legal y fundamento.— 579 bis. Desaparición de este privilegio en el régimen concursal.— 580. Antecedentes históricos.— 581. Titular del privilegio.— 582. Crédito favorecido con el privilegio.— 583-584. Asiento del privilegio.— 585. Ausencia de reipersecución.— § 8. Privilegio del depositante.— 586-587. Caso en que funciona este privilegio.— 587 bis. Desaparición de este privilegio en el régimen concursal.— 588. Titular del privilegio.— 589. Asiento del privilegio.— § 9. Privilegio del acreedor prendario.— 590. Noción y fundamento.— 591. Requisitos de este privile-gio.— 592. Asiento del privilegio.— 593. Orden del privilegio: remisión. § 10. Privilegios ajenos al Código Civil.— 594. Enunciación.— 594 bis. Privilegios creados por la Ley de Concursos 19.551.— 595. Privilegios instituidos por el Código de Comercio.— 595 bis. Privilegio del damnifi-cado sobre la indemnización del seguro.— 596. Privilegios especiales de la anterior Ley de Quiebras.— 597. Privilegios especiales del Código Penal.— 598. Privilegio procesal del primer embargante: remisión.— 599. Privilegio proveniente de la Ley de Prenda con Registro .............................................. 507

IV. Privilegios especiales sobre inmuebles

600. Enunciación.— § 1. Privilegio del vendedor de inmueble.— 601. Concepto y fundamento.— 601 bis. Exclusión de este privilegio en el régi-men de concursos y quiebras.— 602. Antecedentes históricos.— 603. Titular del privilegio.— 604-606. Créditos cubiertos con el privilegio.— 607-608. Asiento del privilegio.— 609. Ausencia de reipersecución.— 610. Supuesto de subrogación o cese en el privilegio.— 611. Desubicada reivindicación del art. 3923.— § 2. Privilegio del prestamista del dinero para la adqui-sición de un inmueble.— 612. Noción legal.— 612 bis. Desaparición de este privilegio en el régimen de concursos y quiebras.— 613. Asiento del privilegio.— 614. Crédito amparado con el privilegio.— 615. Condición de aplicación de la preferencia.— § 3. Privilegio de los copartícipes.— 616-617. Noción legal y fundamento.— 618. Antecedentes históricos y evolución posterior.— 619-620. Titular del privilegio.— 621. Créditos amparados por el privilegio.— 622-623. Asiento del privilegio.— 624. Insolvencia de algunos de los deudores.— § 4. Privilegio del donante.— 625. Enunciación legal y fundamento.— 626. Antecedentes y evolución posterior.— 627. Titular del privilegio.— 628. Créditos amparados con el privilegio.— 629. Asiento del privilegio.— 630. Condición de aplicación del privilegio.— § 5. Privilegio de arquitectos, empresarios y obreros de la construcción.— 631. Enunciación legal y fundamento.— 632. Antecedentes históricos.— 633. Titulares del privilegio.— 634. Créditos amparados por el privilegio.— 635. Asiento del privilegio.— § 6. Privilegio del prestamista de dinero para pa-gar a arquitectos empresarios y obreros.— 636. Enunciación legal.— 637. Condiciones de aplicación del privilegio.— § 7. Privilegio del proveedor de los materiales de la construcción.— 638. Enunciación legal.— 639. Asiento del privilegio.— § 8. Privilegio del acreedor hipotecario.— 640. Enuncia-ción legal, antecedentes y fundamento.— 641. Créditos amparados con el privilegio.— 642. Asiento del privilegio.— 643-644. Momento inicial del

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS678

privilegio. Inscripción y reinscripción de hipotecas.— 645-646. Duración del privilegio.— 647. Beneficio del concurso especial.— 648. Extinción del privilegio.— § 9. Privilegios ajenos al Código Civil.— 648 bis. Privilegios creados por la Ley de Concursos 19.551.— 648-l. Ley de Concursos y Quie-bras 24.522.— 649. Privilegio del arrendatario rural.— 650. Privilegio del aviador de minas.— 651. Privilegio del consorcio de propiedad horizontal 564

V. Orden de los distintos privilegios

652-654. Importancia y dificultad del asunto.— 655. Principios aplicables.— 656. Orden general de los privilegios ..................................... 603

A) Orden de los privilegios sobre cosas muebles

657. Enunciación en el sistema del Código Civil.— 658. a) Privilegio de primer rango: gastos de justicia.— 659. Invocación de este privilegio.— 660. b) Privilegio de segundo rango según el Código Civil: gastos funer-arios.— 661-662. c) Privilegio de tercer rango según el Código Civil: gastos de conservación.— 663. d) Cuarto rango según el Código Civil: privilegio del acarreador.— 664-664 ter. e) Quinto rango según el Código Civil: privilegios del hotelero, de los suministros rurales y de los seguros agrícolas.— 665. f) Sexto rango en el sistema del Código Civil: gastos de última enferme-dad.— 666. g) Séptimo rango en el sistema del Código Civil: privilegio del locador.— 667. h) Octavo rango en el sistema del Código Civil: privilegio del acreedor prendario.— 668-669. i) Noveno rango en el orden del Código Civil: privilegios del vendedor y del obrero o artesano.— 670. j) Décimo rango en el sistema del Código Civil: privilegio de los dependientes.— 671. k) Undécimo rango en la ordenación del Código Civil: crédito por suministro de alimentos.— 672. I) Duodécimo rango en el sistema del Código Civil: privilegio del crédito por impuestos.— 673. m) Decimotercer rango inserto en la gradación del Código Civil: privilegio relativo a la indemnización por accidente de trabajo.— 674. Orden de los privilegios sobre las cosas muebles instituido por la Ley de Concursos.— 674 bis. Fundamentación del orden de la Ley de Concursos.— 674 ter. Conflicto entre privilegios de fecha anterior y posterior a la vigencia de la Ley de Concursos.— 674-1. Orden de los privilegios sobre las cosas muebles instituido por la Ley de Concursos y Quiebras 24.522.— 675. Situación peculiar de ciertos acree-dores privilegiados.— 676-677. El depositante.— 678-679. La prenda con registro.— 680. El damnificado por un delito penal.— 681. Preferencias que recaen sobre el peculio del penado.— 682. Preferencia correspondiente a la separación de patrimonios.— 683. Preferencia del primer embargante.— 684. Alteraciones accidentales del orden de los privilegios: solución adecuada.— 685. Proyectos de reforma ............................................................................ 609

B) Orden de los privilegios sobre inmuebles

686. Enunciación.— 687. a) Privilegio de primer rango en el sistema del Código Civil: gastos de justicia.— 688. b) Privilegio de segundo rango

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ÍNDICE 679

en el orden del Código Civil: crédito del arrendatario rural.— 689. c) Privi-legio de tercer rango en el sistema del Código Civil: crédito hipotecario.— 690. d) Privilegio de cuarto rango en la gradación del Código Civil: gastos funerarios.— 691. e) Privilegio de quinto rango en el sistema del Código Civil: vendedor impago, prestamista para la compra, copartícipe, donante, arquitectos, constructores, albañiles y otros obreros de la construcción, prestamistas para pagar a arquitectos, empresarios y obreros, proveedores de materiales para la construcción.— 692. Concurrencia del vendedor de un terreno con los obreros.— 693. Triple concurrencia del vendedor, los obreros y los proveedores de materiales.— 694. Acreedores asimilados al vendedor.— 695. Acreedores asimilados a los obreros.— 696. f) Privilegio de sexto rango en la prelación del Código Civil: crédito por impuestos.— 697. g) Privilegio de séptimo lugar en el sistema del Código Civil: gastos de última enfermedad.— 698. h) Privilegio de octavo rango en el orden del Código Civil: salarios de los dependientes y jornaleros.— 699. i) Privilegio de noveno rango en la ubicación del Código Civil: alimentos suministrados al deudor y su familia.— 700. j) Privilegio de décimo rango en el régimen del Código Civil: indemnización por accidente de trabajo.— 701. Situ-ación peculiar de ciertos acreedores privilegiados.— 701 bis. Orden de los privilegios sobre inmuebles establecido por la Ley de Concursos.— 701 ter. Fundamentación del orden de privilegios de la Ley de Concursos, cuando la preferencia se ejerce sobre un inmueble.— 701-l. Orden de los privilegios sobre inmuebles instituido por la Ley de Concursos y Quiebras 24.522 ...... 632

VI. Derecho de retención

702. concepto.— 703. Antecedentes históricos.— 704. Naturaleza jurídica del derecho de retención.— 705. Requisitos del derecho de reten-ción.— 706. Caracteres.— 707. Retención y privilegio en el Código de Vélez Sarsfield.— 707 bis. El derecho de retención en la ley 17.711.— 707 ter. El derecho de retención y la ley 19.551.— 707-1. El derecho de retención y la Ley de Concursos y Quiebras 24.522.— 708-709. Principio general de aplicación del derecho de retención.— 710. Supuestos legales del derecho de retención.— 711. Efectos del derecho de retención.— 712-712 bis. A) Efectos con respecto al retenedor.— 713. B) Efectos con respecto al deu-dor.— 714. C) Efectos con respecto a terceros.— 715. Sustitución del derecho de retención.— 716. Extinción del derecho de retención.— 717. Extinción por vía de consecuencia.— 718. Extinción por causas atinentes al mismo derecho de retención ..................................................................................... 645

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO II-A

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO II-A

JORGE JOAQUÍN LLAMBÍASProfesor titular de Derecho Civil en la Universidad Nacional de Buenos Aires, y en la Universidad Católica Argentina. - Miembro del Instituto Argentino de Estudios Legislativos. - Ex juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo

Civil de la Capital Federal.

CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES

SEXTA EDICIÓN ACTUALIZADA

POR

PATRICIO RAFFO BENEGAS

OBRA LAUREADA CON EL PRIMER PREMIO NACIONAL “DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS”

DISCERNIDO POR EL MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN

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Llambías, Jorge JoaquínTratado de derecho civil: obligaciones / Jorge Joaquín Llambías; adaptado por Patricio Raffo Benegas. - 6a ed. - Buenos Aires: Abeledo Perrot, 2012.v. 2, 448 ps.; 24x17 cm.

ISBN 978-950-20-2336-6

1. Derecho Civil. I. Raffo Benegas, Patricio, adapt. I. Título.CDD 346

ISBN 978-950-20-2330-4 (OC)ISBN 978-950-20-2336-6 (Vol. II-A)

SET 41354708SAP 41354701

Tirada: 600 ejemplares

© Jorge Joaquín Llambías© AbeledoPerrot S.A.

Administración y redacciónTucumán 1471

Tel.: (54-11) 4378-4733 - Fax.: (54-11) 4378-4723

VentasTalcahuano 494 - Tel.: (54-11) 5235-0030 Talcahuano 650 - Tel.: (54-11) 5235-9620

Figueroa Alcorta 2263 - Tel.: (54-11) 4803-2468Fax: (54-11) 5236-8939

[email protected] Aires - Argentina

Hecho el depósito que establece la ley 11.723. Derechos reservados.Impreso en la Argentina. Printed in Argentina.

SE TERMINO DE IMPRIMIR EN LA 2da. QUINCENA DE JULIO DE 2012EN LOS TALLERES GRAFICOS DE “LA LEY” S.A.E. e I. - BERNARDINO RIVADAVIA 130

AVELLANEDA - PROVINCIA DE BUENOS AIRES - REPUBLICA ARGENTINA

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En esta edición, los comentarios y adiciones del actualizador, Dr. Patricio José Raffo Benegas, han sido compuestos en letra Franklin Gothic. Aquellos párrafos que le corresponden íntegramente repiten el número del párrafo original del Dr. Jorge Joaquín Llambías, con el agregado de un número arábigo para su mejor identificación y ordenamiento sistemático (por ejemplo, 949-1).

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ÍNDICE

Capítulo XV

CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES

719-725. Distintas clases y nomenclaturas de las obligaciones.— 726. Síntesis gráfica.—727. Plan a seguir ................................................................ 9

Capítulo XVI

OBLIGACIONES NATURALES

728. Influencia del derecho natural en el campo de las obligaciones.— 729. Distinción de las obligaciones civiles y naturales.— 730. Concepto de obligación natural.— 731. Antecedentes históricos.— 732. El pensamiento de Pothier.— 733. Derecho comparado.— 734. Proyectos de reforma.— 735-737. Naturaleza jurídica: doctrina explicativa.— 738. Concepción del deber de conciencia.— 739. Concepción de la obligación natural como un puro deber de equidad o derecho natural.— 740. Sistema del Código Civil.— 741. Caracteres.— 742. Enumeración legal.— 743-744. A) Obligaciones de incapaces dotados de discernimiento.— 745. Inoperancia de la derogación legislativa del art. 515, inc. 1º del Código de Vélez Sarsfield.— 746. Des-de cuándo existen estas obligaciones naturales.— 747. B) Obligaciones prescriptas.— 748-749. Desde cuándo son naturales estas obligaciones.— 750. C) Obligaciones derivadas de actos nulos por vicio de forma.— 751. D) Obligaciones no reconocidas enjuicio.— 752-754. E) Deudas de juego.— 755. Otros supuestos.— 756. Distintas aplicaciones de la noción de obliga-ción natural.— 757. a) Saldos impagos de obligaciones extinguidas.— 758. b) Intereses no estipulados. Alquileres e intereses superiores al tope legal.— 759-760. c) Inexigibles remuneraciones de servicios.— 761. d) Indemnizacio-nes de equidad.— 762. e) Alimentos.— 763.) Obligaciones relacionadas con la herencia.— 764. g) Quid de los puros deberes morales.— 765. Efectos de las obligaciones naturales.— 766. A) Efectos primordiales.— 767. Inejecuta-bilidad de la obligación.— 768-769. Irrepetibilidad del pago espontáneo.— 770. Contenido del acto de cumplimiento.— 771. Naturaleza del acto de cumplimiento: ¿pago o liberalidad.— 772. Pago parcial.— 773. Ausencia de compensación y de derecho de retención.— 774. B) Efectos secundarios.— 775-776. Conversión en obligación civil: novación.— 777-780. Garantía de la obligación.— 781. Otros medios extintivos.— 782. Transmisión de las obligaciones naturales .................................................................................. 13

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS440

Capítulo XVII

OBLIGACIONES DE DAR COSAS CIERTAS

783. Obligaciones de dar.— 784. Clasificación.— 785. Obligación de dar cosa cierta: concepto.— 786. Finalidad y régimen de la obligación de dar cosa cierta.— 787. Extensión del objeto: accesorios.— 788. Deberes del deudor.— 789. Efectos diferenciales de la obligación ...................................................... 53

I. Obligación tendiente a la constitución del dominio u otro derecho real

790. Principio legal.— 791. Sistema romano de la tradición.— 792. Crítica.— 793. Sistema francés: reforma del año 1955.— 794. Sistema ale-mán.— 795. Proyectos de reforma.— 796. La tradición y los Registros de Propiedad de jurisdicción local.— 797. Innovación de la ley 17.711.— 798. Efectos peculiares de esta clase de obligaciones.— 799. A) Efectos entre las partes.— 800. a) Riesgos de la cosa: pérdida y deterioro.— 801. Pérdida de la cosa debida.— 802. Deterioro de la cosa.— 803-806. Responsabilidad por pérdida o deterioro.— 807-811. b) Aumentos y mejoras de la cosa.— 812-814. c) Frutos de la cosa.— 815. B) Efectos con respecto a terceros. Conflicto de acreedores.— 816. a) Cosas muebles.— 817-818. Quid de la calificación de la acción contra el poseedor de mala fe.— 818-820. b) Cosas inmuebles.— 821. c) Acción resarcitoria subsidiaria.— 822. d) Conflicto entre acreedores sin posesión............................................................................................................ 57

II. Obligación de restituir la cosa a su dueño

823. A) Efectos entre las partes.— 824. a) Riesgos de la cosa: pérdida o deterioro.— 825. Pérdida o deterioro culpable.— 826. b) Aumentos y mejoras de la cosa.— 827. I) Campo de aplicación del art. 589.— 828-829. II) Mejoras indemnizables.— 830-831. III) Monto de la indemnización por mejoras.— 832. Nuestra opinión.— 833. Modo de practicar la valuación de la mejora.— 834. Quid de las expensas necesarias.— 835. Crítica al sistema legal.— 836. IV) Mejoras y derecho de retención.— 837. Quid de las mejoras forzosas.— 838. c) Frutos de la cosa.— 839-843. B) Efectos respecto de terceros ........... 87

III. Obligación de transferir el uso o la tenencia de la cosa

844. Remisión legal .................................................................................. 102

Capítulo XVIII

OBLIGACIONES DE DAR COSAS INCIERTAS

845. Noción general.— 846. Subdivisión ................................................. 103

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ÍNDICE 441

I. Obligaciones de dar cosas inciertas no fungibles

847. Concepto y caracteres.— 848. Elección.— 849-850. A quién corresponde la elección.— 851-852. Criterio de la elección: principios le-gales sobre la determinación del objeto.— 853. Modo de elección: diversas doctrinas.— 854. a) Teoría de la separación.— 855. b) Teoría de la puesta a disposición del acreedor: tradición o expedición.— 856. c) Teoría de la declaración notificada.— 857. d) Teoría de la elección bilateral.— 858. e) Nuestra opinión.— 859. Tiempo de la elección.— 860. Efectos de esta clase de obligaciones.— 861. a) Antes de la elección.— 862. Caso del art. 893: obligación de género limitado.— 863. Incumplimiento del deudor. Pacto comisorio implícito.— 864. b) Después de la elección.— 865. Obligación de género y pago por error.— 866. Quid de las obligaciones de género para restituir la cosa a su dueño ............................................................................ 103

II. Obligaciones de dar cosas fungibles o de cantidad

867. Noción legal.— 868. Supresión de esta categoría en el derecho moderno.— 869. Caracteres.— 870. Individualización del objeto.— 871. A quién corresponde practicar la individualización.— 872. Cumplimiento de la obligación.— 873. Quid de la restitución de cosas fungibles.— 874. Efectos de esta clase de obligaciones.— 875. a) Antes de la individualización.— 876. b) Después de la individualización.— 877. I) Primer supuesto: pérdida total no culpable.— 878. II) Segundo supuesto: pérdida parcial o deterioro parcial o total, no culpable.— 879. III) Tercer supuesto: pérdida o deterioro total, por culpa del deudor.— 880. Hipótesis de restitución de cantidades.— 881. IV) Cuarto supuesto: pérdida o deterioro parcial culpable.— 882. Hipótesis de restitución de cantidades deterioradas o perdidas parcialmente.— 883. Cuál es el daño resarcible en las obligaciones de cantidad.— 884. Valuación del daño resarcible .......................................................................................................... 113

Capítulo XIX

OBLIGACIONES DE DAR SUMAS DE DINERO

I. Nociones generales

885. Noción e importancia ........................................................................ 127

II. Obligaciones de valor

886. Deudas de dinero y deudas de valor.— 887-888. Distintos supuestos de deudas de valor ............................................................................................ 127

III. Obligaciones de dinero

889-891. El dinero: funciones y caracteres.— 892. Régimen legal .......... 135

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IV. Obligaciones en moneda extranjera

893. Obligaciones en moneda extranjera.— 893-1. La ley 23.928.— 893-2. Función accidental de la moneda extranjera.— 893-3. Vía ejecutiva ............. 138

V. Obligaciones en moneda nacional

894. Diversas clases de moneda.— 895. Naturaleza de la moneda argen-tina.— 895-1. Ley de Convertibilidad.— 895-2. Ley 25.561.— 896. Cumpli-miento de las obligaciones de dinero: principio del nominalismo.— 897-898. Obligaciones en determinada moneda nacional antes de la ley 23.928.— 899. Fecha del cambio.— 900. Comparación entre moneda nacional y moneda extranjera.— 901-902. Tiempo del pago.— 903-904. Lugar del pago.— 905. Nuestra opinión: la regla general es el domicilio del deudor ........................... 141

VI. La deuda de intereses

906-907. Incumplimiento: intereses, especies .......................................... 154

VII. Intereses compensatorios

908. Régimen de intereses compensatorios. Pacto de intereses.— 909. a) Pacto de intereses.— 910. b) Intereses legales ............................................ 155

VIII. Intereses moratorios

911. Régimen de los intereses moratorios.— 912. A) Créditos que devengan intereses moratorios: cuestión de liquidez.— 913. Instancia del acreedor.— 914. B) Tasa de los intereses moratorios.— 915. C) Curso de los intereses moratorios.— 916. D) Modo de constitución en mora.— 917. E) Los intereses moratorios como límite de la responsabilidad del deudor.— 918-921. Resarci-miento del daño mayor.— 922. Incremento de intereses por inconducta procesal maliciosa.— 923. F) Acumulación de intereses compensatorios y moratorios 159

IX. Cuestiones comunes a toda clase de intereses

924. Enunciación....................................................................................... 174

X. Usura

925. Noción de intereses usurarios.— 926. Naturaleza jurídica del contrato usurario.— 927. Tasa de los intereses usurarios.— 928. Nulidad parcial de los intereses excesivos.— 929. Carácter de la nulidad y sus consecuencias ......... 174

XI. Anatocismo

930. Noción de anatocismo.— 931. Prohibición legal del anatocismo antes de la ley 23.928. Principio y fundamento.— 932. Excepciones al principio del

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ÍNDICE 443

anatocismo.— 933. a) Convención posterior.— 934-935. Quid de la incorpo-ración inicial de los intereses al capital.— 936. b) Condena judicial.— 937. c) Anatocismo comercial.— 938. d) Leyes especiales.— 939. Situaciones marginales, no comprendidas en la prohibición del anatocismo.— 939 bis. Nuevo art. 623 .................................................................................................. 179

XII. Extinción de intereses

940. Distintos modos de extinción.— 941. Recibo de pago total.— 942. Carácter de la presunción legal.— 943. Pago parcial.— 944. Retención de prenda.— 945. Restitución de la prenda .......................................................... 186

XIII. Cláusulas de estabilización de la prestación de dinero

946. El fenómeno de la inflación: su remedio jurídico.— 947. Noción de las cláusulas de estabilización.— 948. Distintas cláusulas de estabilización.— 949. Legitimidad de las cláusulas de estabilización de la prestación .............. 190

XIV. Indexación de las deudas de dinero

949-1. Planteo de la cuestión.— 949-2. Noción de indexación.— 949-3. ¿Es procedente la indexación en nuestro derecho positivo.— 949-4. Cumpli-miento de la deuda de dinero: principio nominalista.— 949-5. Incumplimiento de la deuda de dinero: intereses moratorios.— 949-6. Quid de la reparación de la depreciación monetaria por el deudor moroso.— 949-7. Cuándo procede la indexación de la deuda de dinero.— 949-8. Quid de la teoría de la imprevi-sión como remedio en esta materia.— 949-9. Quid de la teoría del abuso de derecho.— 949-10. Quid de la indexación de oficio.— 949-11. Examen de la cuestión de lege ferenda.— 949-12. Reformas legales propuestas.— 949-13. Prohibición legal de indexar: cuándo es inconstitucional ................................ 195

Capítulo XX

OBLIGACIONES DE HACER Y DE NO HACER

I. Generalidades

950. Noción.— 951. Quid de las obligaciones complejas o mixtas.— 952. Diferencias con las obligaciones de dar.— 953. Plan a seguir ........................ 215

II. Obligaciones de hacer

954. Efectos.— 955-956. Cumplimiento específico: tiempo y modo de ejecución.— 957. Sanción por mal cumplimiento.— 958-959. Ejecución

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS444

forzada.— 960. Ejecución por otro.— 961. Pago por un tercero.— 962-966. Ejecución por equivalente: daños y perjuicios.— 967-968. Imposibilidad de cumplimiento sin culpa del deudor.— 969-976. Obligación de escriturar . 217

III. Obligaciones de no hacer

977. Noción: proyección de normas.— 978. Tiempo y modo de la abs-tención debida.— 979-982. Abstención forzada: limitaciones.— 983-986. Cumplimiento por equivalente: daños y perjuicios.— 987. Imposibilidad de cumplimiento sin culpa del deudor .................................................................. 238

Capítulo XXI

OBLIGACIONES DE OBJETO PLURAL O COMPUESTO

I. Generalidades

988. Noción.— 989. Obligaciones de objeto conjunto: caracteres y régimen legal.— 990. Obligaciones de objeto disyunto: subdivisión ............................ 245

II. Obligaciones alternativas

991. Concepto.— 992. Naturaleza de la obligación.— 993. Caracteres de estas obligaciones.— 994. Comparación con otras obligaciones.— 995. a) Diferencias con las obligaciones facultativas.— 996. b) Diferencias con las obligaciones con cláusula penal.— 997. c) Diferencias con las obligaciones de género.— 998. d) Diferencias con las obligaciones condicionales.— 999. Caso de duda.— 1000. Elección: forma y fondo.— 1001. Quién tiene derecho a elegir.— 1002-1005. Modo de efectuar la elección.— 1006. Tiempo de la elección: mora.— 1007-1011. Efectos de la elección.— 1012. Prestaciones periódicas.— 1013. Imposibilidad de las prestaciones. Teoría de los riesgos: distinciones legales.— A) Contingencias sobrevenidas sin culpa.— 1014. Enunciación.— 1015. a) Imposibilidad relativa a alguna prestación.— 1016. b) Imposibilidad referente a todas las prestaciones.— 1017. c) Deterioro de alguna de las prestaciones cuando la obligación es alternativa regular.— 1018. d) Deterioro fortuito de todas las prestaciones en la obligación alternativa regular.— 1019. e) Deterioro de alguna de las prestaciones si la obligación alternativa es irregular.— 1020. f) Deterioro de todas las prestaciones en la obligación alternativa irregular.— B) Contingencias sobrevenidas por culpa: obligaciones alternativas regulares.— 1021. Enunciación.— 1022. a) Pérdida de alguna prestación por culpa del deudor. Subsistencia de otra prestación po-sible.— 1023. b) Pérdida de alguna prestación por culpa del deudor y pérdida ulterior de la otra prestación por caso fortuito.— 1024. e) Pérdida de la última prestación por culpa del deudor y pérdida anterior por caso fortuito.— 1025. d) Pérdida de todas las prestaciones por culpa del deudor.— 1026. e) Pérdida de alguna prestación por culpa del acreedor y subsistencia de otra prestación realizable.— 1027. f) Pérdida de una prestación por culpa del acreedor y pér-dida de la otra por caso fortuito.— 1028. g) Pérdida de todas las prestaciones

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ÍNDICE 445

por culpa del acreedor.— 1029. h) Pérdida de una prestación por culpa del deudor y pérdida de la otra por culpa del acreedor.— 1030. i) Deterioro de una prestación por culpa del deudor.— 1031. j) Deterioro de una prestación por culpa del deudor y deterioro de la otra por caso fortuito.— 1032. k) De-terioro de todas las prestaciones por culpa del deudor.— 1033. l) Deterioro de una sola prestación por culpa del acreedor.— 1034. ll) Deterioro de una prestación por culpa del acreedor y de la otra por caso fortuito.— 1035. m) Deterioro de todas las prestaciones por culpa del acreedor.— 1036. n) Deterioro de una prestación por culpa del deudor y de la otra por culpa del acreedor.— C) Contingencias sobrevenidas por culpa, referentes a obligaciones alternativas irregulares.— 1037. Enunciación.— 1038. a) Pérdida de alguna prestación por culpa del deudor. Subsistencia de otra prestación susceptible de pago.— 1039. b) Pérdida de todas las prestaciones por culpa del deudor.— 1040. c) Pérdida de una prestación por culpa del deudor y la otra por caso fortuito.— 1041. d) Pérdida de una prestación por culpa del acreedor y subsistencia de la otra.— 1042. e) Pérdida de todas las prestaciones por culpa del acreedor.— 1043. f) Pérdida de una prestación por culpa del acreedor y de la otra por culpa del deudor.— 1044. g) Deterioro de una sola prestación por culpa del deudor.— 1045. h) Deterioro de una prestación por culpa del deudor y de la otra por caso fortuito.— 1046. i) Deterioro de todas las prestaciones por culpa del deudor.— 1047. j) Deterioro de una sola prestación por culpa del acreedor.— 1048. k) Deterioro de todas las prestaciones por culpa del acreedor.— 1049. l) Deterioro de una prestación por culpa del acreedor y de la otra por culpa del deudor.— D) Aumentos y mejoras.— 1050. Enunciación de hipótesis.— 1051. I) Obligación alternativa regular: aumento o mejora cobrable con respecto a una prestación.— 1052. II) Igual obligación: aumento o mejora de todas las prestaciones.— 1053. III) Obligación alternativa irregular: aumento o mejora de una sola prestación.— 1054. IV) Igual obligación anterior: aumento o mejora recuperable, introducido en todas las prestaciones .......................................... 246

III. Obligaciones facultativas

1055. Definición.— 1056. Naturaleza.— 1057. Caracteres.— 1058. Com-paración con obligaciones afines.— 1059. Objeto de la prestación facultativa.— 1060. Causa-fuente de la facultad de sustitución.— 1061. Opción del deudor: cuándo se perfecciona.— 1062. Efectos.— 1063. Nulidad concerniente a una u otra prestación.— 1064. Acción del acreedor.— 1065-1067. Imposibilidad de pago.— 1068-1070. Pérdida de una u otra prestación por culpa del deudor.— 1071. Deterioro de una u otra prestación por culpa del deudor.— 1072. Caso de duda ............................................................................................................. 285

Capítulo XXII

OBLIGACIONES DE SUJETO MÚLTIPLE

I. Generalidades

1073. Pluralidad de acreedores o deudores.— 1074. Pluralidad conjunta o disyunta.— 1075. Conjunción divisible o indivisible.— 1076. Conjunción

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mancomunada o solidaria.— 1077. Clasificación de las obligaciones conjun-tas.— 1078. Acumulación de la indivisibilidad y la solidaridad en una misma obligación ........................................................................................................ 295

II. Obligaciones disyuntivas o de sujeto alternativo

1079. Noción.— 1080. Caracteres.— 1081. Naturaleza jurídica.— 1082. Comparación con las obligaciones solidarias.— 1083. Régimen aplicable a esta clase de obligaciones.— 1084. Elección de acreedor o deudor.— 1085. De-manda de cobro.— 1086. Ausencia de reintegro de lo pagado o de distribución de lo recibido.— 1087. Resumen.— 1088. Quid de los depósitos bancarios a orden recíproca ................................................................................................. 298

III. Obligaciones divisibles

1089. Concepto.— § 1. Criterio de divisibilidad.— 1090. Criterio de la clasificación.— 1091. Antecedentes históricos y derecho comparado.— 1092. Criterio del Código Civil.— 1093. Principio general de fraccionamiento.— 1094. Proyección del principio de fraccionamiento.— 1095-1100. Aplicaciones del principio de fraccionamiento.— 1101. Presupuesto del fraccionamiento.— 1102. Proporción del fraccionamiento.— § 2. Efectos de la divisibilidad.— 1103. Enunciación.— 1104. I) Exigibilidad.— 1105-1107. II) Pago.— 1108. Pago en exceso. Cuándo procede la repetición.— 1109-1110. Ausencia de subrogación legal.— 1111-1112. III) Insolvencia de alguno de los codeu-dores.— 1113. IV) Prescripción.— 1114. Perención de instancia.— 1115. V) Cosa juzgada.— 1116. VI) Mora.— 1117. VII) Culpa.— 1118. VIII) Cláusula penal.— 1119. IX) Novación.— 1120. X) Remisión.— 1121. XI) Transacción.— 1122. XII) Compensación.— § 3. Relaciones de coacreedores o de codeudores, entre sí.— 1123. Planteo del asunto.— 1124-1128. Criterio legal de contribución o distribución.— 1125-1131. Quid de la distribución entre los acreedores .......................................................................................... 302

IV. Obligaciones indivisibles

1132. Concepto.— 1133. Quid de la indivisibilidad intencional o conven-cional.— 1134. La obligación convencionalmente indivisible no se confunde con la obligación solidaria.— 1135. Método a seguir.— § 1. Aplicaciones legales del criterio de indivisibilidad.— 1136. Distintos casos.— 1137. Obligaciones de dar cosas ciertas.— 1138. Obligaciones de hacer.— 1139. Obligaciones de no hacer.— 1140. Obligación de entregar.— 1141. Indivisi-bilidad de las garantías reales.— 1142. Obligación de crear una servidumbre predial.— 1143. Obligación referente a un objeto común.— § 2. Efectos de la indivisibilidad.— 1144. Enunciación.— 1145-1146. I) Exigibilidad.—11469-1148. Indivisibilidad impropia o irregular.— 1149. II) Pago.— 1150. Pago de obligaciones irregulares.— 1151. Elección en el pago. Derecho de preven-ción.— 1152. III) Insolvencia.— 1153-1154. IV) Prescripción.— 1155-1157. V) Cosa juzgada.— 1158. VI) Mora.— 1159. VII) Culpa.— 1160. Culpa de varios deudores.— 1161. Dolo de uno o varios deudores.— 1162. Concurrencia

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ÍNDICE 447

de dolo y culpa en el incumplimiento.— 1163. Prueba de la culpa o del dolo.— 1164. VIII) Cláusula penal: reenvío.— 1165. IX) Novación.— 1166-1168. X) Remisión de la deuda.— 1169. XI) Transacción.— 1170. Síntesis final: criterio de propagación.— § 3. Relaciones de coacreedores o de codeudores entre sí.— 1171. Planteo del asunto.— 1172. Criterio legal de distribución o contribución.— 1173. Acciones recursorias o de regreso.— 1174. Quid de la aplicación de las reglas del condominio a las obligaciones indivisibles ......... 326

Capítulo XXIII

OBLIGACIONES DE SUJETO MÚLTIPLE (Continuación)

I. Mancomunación: simple o solidaria

1175. Concepto de mancomunación.— 1176. Elementos de las obligacio-nes mancomunadas.— 1177. Método del Código: crítica.— 1178. Mancomu-nación simple y solidaria ................................................................................. 355

II. Obligaciones simplemente mancomunadas

1179. Noción: remisión ............................................................................. 356

III. Obligaciones solidarias

1180. Concepto.— 1181. Antecedentes históricos: teoría de la correali-dad.— 1182. Quid de la obligación in solidum.— 1183. Evolución posterior.— 1184. Caracteres de las obligaciones solidarias.— 1185. Pluralidad de vínculos concentrados o coligados.— 1186-1191. Consecuencias de la pluralidad de vínculos.— 1192. Fundamento y finalidad.— 1193-1196. Fuentes.— 1197. Prueba de la solidaridad.— 1198. Extinción de la solidaridad.— 1199. A) Renuncia absoluta o general.— 1200. B) Renuncia relativa o individual.— 1201. El reclamo parcial.— 1201 bis. Otros modos de renuncia tácita.— 1202. Retractación de la renuncia a la solidaridad.— 1203. Consecuencias de la renuncia relativa a la solidaridad.— 1204. C) Convenio de exclusión de la solidaridad activa.— 1205. Efectos de la solidaridad. División ...................... 357

IV. Solidaridad activa

1206. Noción e importancia.— § 1. Efectos de la solidaridad activa entre las partes.— 1207. Clasificación.— 1208. A) Efectos necesarios o primor-diales: enunciación.— 1209. I) Derecho al cobro total.— 1210. Limitación a la facultad de cobro: principio de prevención.— 1211-1213. II) Extinción de la obligación por pago u otro modo equivalente.— 1214. Quid de la confusión: extinción parcial.— 1215. B) Efectos accidentales o secunda-rios: enunciación.— 1216. I) Pérdida inculpable del objeto debido.— 1217. II) Interrupción de la prescripción.— 1218. III) Demanda de intereses.—1219.

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IV) Cosa juzgada.— 1220. V) Mora del deudor o de un acreedor.— 1221-1225. VI) Indemnización de daños y perjuicios.— § 2. Relaciones internas de los coacreedores, entre sí.— 1226. Cuestión de distribución.— 1227. Evolución histórica.— 1228-1232. Sistema de nuestro Código .................... 377

V. Solidaridad pasiva

1233. Noción e importancia.— § 1. Efectos de la solidaridad pasiva entre las partes.— 1234. Clasificación.— 1235. A) Efectos necesarios o primordia-les.— 1236. I) Derecho al cobro total.— 1237. Quid de las demandas sucesi-vas.— 1238. Facultad de cobro parcial: reenvío.— 1239-1240. II) Extinción de la obligación por pago u otro modo equivalente.— 1241. Confusión: ley 17.711.— 1242. B) Efectos accidentales o secundarios: enunciación.— 1243. 1) Prescripción.— 1244. II) Demanda de intereses.— 1245. III) Cosa juzga-da: ley 17.711.— 1246-1250. IV) Mora.— 1251. V) Culpa.— 1252-1254. Quid del dolo de uno de los deudores.— 1255. VI) Indemnización de daños y perjuicios.— § 2. Relaciones internas de los codeudores entre sí.— 1256. Cuestión de contribución.— 1257. Sistema de nuestro Código.— 1258. Medida de la contribución.— 1258-1262. Acciones recursorias o de regreso.— 1263. División de la acción recursoria.— 1264. Insolvencia de un codeudor.— 1265. Insolvencia y dispensa de la solidaridad.— 1266. Quid de la remisión individual de la deuda.— 1267. Contribución en caso de pago parcial.— 1268. Contri-bución proveniente de compensación, novación o dación en pago.— 1269. Ausencia de contribución.— 1270. Presupuesto de la contribución ............... 396

VI. Efectos comunes a la solidaridad activa y pasiva

1271. A) Defensas comunes y personales.— 1272. Principio legal: art. 715.— 1273. Defensas comunes.— 1274. Defensas comunes y cosa juzga-da.— 1275. Excepciones personales.— 1276. Excepciones personales in-aprovechables por los demás cointeresados.— 1277. Excepciones personales aprovechables por los demás cointeresados.— 1278. B) Limitación de los efectos de la solidaridad activa o pasiva.— 1279-1282. Limitación de la so-lidaridad por fallecimiento de un coacreedor o codeudor.— 1283. Limitación de la solidaridad por subrogación .................................................................... 425

VII. Paralelo con las obligaciones indivisibles

1284. Independencia.— 1285. Analogías.— 1286. Diferencias ............... 432

VIII. Obligaciones concurrentes

1287. Noción.— 1288. Terminología defectuosa.— 1289. Diferencias de régimen con las obligaciones solidarias.— 1289 bis. Concurrencia parcial ... 434

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO II-B

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO II-B

JORGE JOAQUÍN LLAMBÍASProfesor titular de Derecho Civil en la Universidad Nacional de Buenos Aires, y en la Universidad Católica Argentina. - Miembro del Instituto Argentino de Estudios Legislativos. - Ex juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo

Civil de la Capital Federal.

TRANSMISIÓN DE LAS OBLIGACIONESEXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES

PAGOSEXTA EDICIÓN ACTUALIZADA

POR

PATRICIO RAFFO BENEGAS

OBRA LAUREADA CON EL PRIMER PREMIO NACIONAL “DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS”

DISCERNIDO POR EL MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN

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Llambías, Jorge JoaquínTratado de derecho civil: obligaciones / Jorge Joaquín Llambías; adaptado por Patricio Raffo Benegas. - 6a ed. - Buenos Aires: Abeledo Perrot, 2012.v. 6, 336 ps.; 24x17 cm. ISBN 978-950-20-2334-2 1. Derecho Civil. I. Raffo Benegas, Patricio, adapt.CDD 346

ISBN 978-950-20-2330-4 (OC)ISBN 978-950-20-2334-2 (Vol. II-B)

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En esta edición, los comentarios y adiciones del actualizador, Dr. Patricio José Raffo Benegas, han sido compuestos en letra Franklin Gothic. Aquellos párrafos que le corresponden íntegramente repiten el número del párrafo original del Dr. Jorge Joaquín Llambías, con el agregado de un número arábigo para su mejor identificación y ordenamiento sistemático (por ejemplo, 1467-1).

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ÍNDICE

Capítulo XXIV

TRANSMISIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

I. Transmisión de las obligaciones

1290. Concepto.— 1291. Diversas clases.— 1292. Principio de trans-misibilidad de la obligación.— 1293. Limitación al principio general de transmisibilidad.— 1294. Transmisión hereditaria.— 1295. Transmisión de los créditos: evolución histórica.— 1296. Transmisión de deudas.— 1297. Reglas legales ................................................................................................. 9

II. Cesión de créditos

1298. Concepto.— 1299. Enfoque del asunto.— 1300. Antecedentes romanos y extranjeros: reenvío.— 1301. Sistema del Código: crítica.— 1301 bis. Inaplicabilidad del régimen de la cesión de créditos a los papeles de com-ercio.— 1302. Caracteres.— 1303. Elementos.— 1304. Forma de la cesión.— 1305. Capacidad.— 1306. Ausencia de capacidad de hecho. 1307. Ausencia de facultades de los representantes de incapaces, para ceder.— 1308. Supues-tos de incapacidad de derecho.— 1309. Objeto: créditos cesibles.— 1310. Créditos incesibles.— 1311. Reglas que rigen la transferencia.— 1312-1313. Momento de la transferencia.— 1314. Formas de la notificación.— 1315. Contenido de la notificación.— 1316. Quiénes pueden notificar.— 1317. A quién debe dirigirse la notificación.— 1318. Dónde debe practicarse la noti-ficación.— 1319. Aceptación del deudor.— 1320. Conocimiento indirecto de la cesión.— 1321-1323. Plazo para efectuar la notificación o aceptación.— 1324. Efectos de la transferencia.— 1325. A) Efectos de la transferencia con relación al cesionario y al deudor cedido. 1326-1327. a) Pago.— 1328. b) Otras causas extintivas de la obligación. 1329. c) Excepciones y defensas oponibles.— 1330. Pagos documentados en instrumentos privados.— 1331. Excepciones directas contra el cesionario.— 1332. Derechos del cesionario contra el deudor.— 1333. B) Incidencia del traspaso en la relación del cedente con el deudor cedido.— 1334-1335. C) Conflicto entre cesionarios.— 1336-1338. D) Conflicto entre el cesionario y otros acreedores embargantes del

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crédito cedido.— 1339-1340. Caso de cesión parcial.— 1341. Paralelo con la novación subjetiva y la subrogación.— 1342. Cesión de créditos y novación subjetiva por cambio de acreedor.— 1343. Cesión de créditos y subrogación producida por el pago efectuado por un tercero ............................................. 13

III. Traspaso de deudas

1344. Evolución histórica.— 1345. Legislación comparada.— 1346. Utilidad y justificación de la cesión de deuda.— 1347. Posibilidad de la cesión de deuda dentro del Código Civil.— 1348. Distintas especies.— 1349. Cesión de deuda propiamente dicha.— 1350. Asunción privativa de deuda.— 1351. Asunción acumulativa de deuda o accesión de deuda.— 1352. Promesa de liberación.— 1353. Expromisión.— 1354. Cesión de patrimonios especiales.— 1355. Ley 11.867.— 1356. Diferencia con la transmisión de deudas.— 1356 bis. Casos de las Leyes de Sociedades y de Fundaciones ......................................................................................... 49

IV. Reconocimiento de las obligaciones

1357. Concepto.— 1358. Naturaleza jurídica.— 1359. Caracteres.— 1360. Forma y especies.— 1361. a) Reconocimiento expreso.— 1362. b) Reconocimiento tácito.— 1363. Requisitos.— 1364-1366. Efectos.— 1367. Diferencia entre el reconocimiento de deuda y la promesa abstracta de deuda.— 1368-1372. Diferencias con otras figuras afines.— 1373. Crítica de la metodología del Código.— 1374. Legislación comparada.— 1375. Proyectos de reforma ...................................................................................... 56

CapItulo XXV

EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES

I. Generalidades

1376. Noción.— 1377-1378. Distintos modos de extinción: enumeración legal.— 1379. Otros modos no enumerados.— 1380. La nota al art. 724.— 1381. Resumen.— 1382. Proyectos de reforma del Código Civil. Códigos modernos ......................................................................................................... 69

II. Clasificación

1383. Distintos criterios de clasificación.— 1384. a) Antigua clasifi-cación.— 1385. b) Clasificación según el contenido o sentido del hecho extintivo.— 1386. c) Clasificación según la estructura de la causa de extin-ción.— 1387. d) Clasificación de Giorgi.— 1388. e) Clasificación tripartita adoptada.— 1389. Sinopsis gráfica.— 1390. Método a seguir ...................... 77

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ÍNDICE 319

Capítulo XXVI

PAGO

I. Generalidades

1391. Diferentes acepciones.— 1392. Función del pago.— 1393. Natu-raleza jurídica del pago.— 1394. a) Teoría del acto jurídico.— 1395. b) Teoría del hecho jurídico.— 1396. c) Teoría del acto debido.— 1397. d) Posiciones eclécticas.— 1398. e) Nuestra opinión.— 1399. Elementos esenciales del pago.— 1400. Causa del pago.— 1401. Sujetos del pago.— 1402. Objeto del pago: remisión.— 1403. “Animus solvendi” ........................................... 81

II. Sujetos del pago

§ 1. Personas que pueden pagar.— 1404. Quiénes tienen derecho de pagar.— 1405. A) Primera categoría: el deudor.— 1406. El requisito de la capacidad.— 1407. B) Segunda categoría: los terceros interesados.— 1408. Noción de tercero interesado.— 1409. Distintos supuestos de terceros in-teresados.— 1410. Oposición conjunta o separada de las partes.— 1411. Oposición del deudor.— 1412-1413. Oposición del acreedor.— 1414. Oposición conjunta de acreedor y deudor.— 1415. Proyectos de reforma.— 1416. C) Tercera categoría: terceros no interesados.— 1417. D) Efectos que produce el pago efectuado por un tercero.— 1418. a) Efectos en las rela-ciones del tercero con el deudor.— 1419-1420. 1) Pago con asentimiento o ignorancia del deudor.— 1421. Aviso de pago.— 1422. Reintegro por subrogación.— 1423. Dualidad de las acciones de reintegro.— 1424. Elec-ción de la acción de reintegro.— 1425. Pago anterior al vencimiento de la deuda. 1426-1427. 2) Pago del tercero contra la voluntad de deudor.— 1428. b) Efectos en las relaciones del tercero con el acreedor.— 1429. c) Efectos en las relaciones de acreedor y deudor.— 1430. Comparación de los terceros interesados y no interesados.— § 2. Personas que pueden recibir el pago. 1431. Enunciación.— 1432-1434. A) Titular del crédito o acreedor.— 14351438. B) Representante del acreedor.— 1439. C) Tercero habilitado para recibir el pago.— 1440. a) “Adjectus solutionis gratia”.— 1441. Efectos de la designación del “adjectus”. Irrevocabilidad.— 1442. Derechos del “adjectus”.— 1443. Muerte o incapacidad del “adjectus”.— 1444. b) Tenedor de título al portador.— 1445. c) Poseedor del crédito o acreedor aparente. 1446. I) Noción de poseedor del crédito o acreedor aparente.— 1447. II) Condiciones de validez del pago hecho al acreedor aparente.— 1448. III) Pago efectuado por un tercero a favor de un terce-ro.— 1449. IV) Recurso del verdadero acreedor.— 1450. V) Extensión del régimen del art. 732 a supuestos de equivalentes de pago.— 1451-1452. D) Tercero no autorizado para recibir el pago.— 1453. Pago efectuado por un tercero.— § 3. Capacidad para efectuar o recibir pagos.— 1454. Capacidad en el pago.— 1455. A) Capacidad para efectuar pagos. Principio legal.— 1456. Quiénes son incapaces.— 1457. Sanción por falta de capacidad en el “solvens”.— 1458. Consecuencias de la nulidad del pago.— 1458 bis.

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Cuándo no procede la restitución.— 1459. B) Capacidad para recibir pa-gos.— 1460. Quiénes están impedidos para recibir pagos.— 1461. Sanción de nulidad.— 1462. Titular de la acción de nulidad.— 1463. Cuándo es válido el pago efectuado al incapaz.— 1464. a) Pago convertido en utilidad del incapaz.— 1465. b) Hipótesis de incapacidad sobreviniente .............. 90

III. Objeto del pago

1466. En qué consiste.— 1467-1468. I) Principio de identidad. 1469. II) Principio de integridad.— 1470-1472. Excepciones al principio de integri-dad.— 1473. Cuándo no se quebranta el principio.— 1474. III) Propiedad de la cosa con que se paga.— 1475. El “solvens” carece de acción de nulidad.— 1476-1477. El acreedor es el titular de la acción de nulidad: requisitos.— 1478. Cesación de la acción de nulidad: ratificación, consolidación.— 1479. Reivindicación por el dueño de la cosa.— 1480. Inaplicabilidad del art. 738 frente al dueño de la cosa pagada.— 1481. Sustitutivos de la reivindicación del propietario.— 1482. IV) Disponibilidad del objeto del pago.— 1483. Embargo sobre la cosa.— 1484. Embargo del crédito. 1485. Inoponibilidad al embargante del pago del crédito embargado. 1486. Recurso del deudor que satisface un pago doble.— 1487. Extensión de la indisponibilidad provocada por el embargo.— 1488. El embargo y los equivalentes del pago.— 1489. Prenda del crédito.— 1490. V) Ausencia de fraude en el pago.— 1491. San-ción que recae sobre el pago fraudulento ....................................................... 145

IV. Circunstancia del pago: lugar y tiempo

1492. Consideración general.— § 1. Lugar del pago.— 1493. Regla general: domicilio del deudor. 1494. Excepciones a la regla general.— 1495. I) Determinación convencional del lugar de pago.— 1496. II) Lugar de contracción de la obligación.— 1497. III) Obligación de cosa cierta.— 1498. IV) Precio de compra al contado.—1499. V) Otras deudas de dinero: remisión. 1500. Prelación de las excepciones.— 1501. Trascendencia jurídica del lugar de pago.— § 2. Tiempo del pago.— 1502. Necesidad de pagar en tiempo propio.— 1503. Esquema del asunto.— 1504. A) Obligaciones puras y simples de exigibilidad inmediata.— 1505. Quid de la constitución en mora con respecto a las obligaciones de exigibilidad inmediata.— 1506. B) Obligaciones a plazo.— 1507. Caducidad del plazo.— 1508-1509. a) Insolvencia del deudor. 1510. b) Ejecución de la garantía real.— 1511. c) Desposesión material o jurídica.— 1512. d) Insolvencia del fiador.— 1513. e) Abuso del anticresista. 1514. Ausencia de descuentos por pago anticipado.— 1515. Ausencia de repetición por pago anticipado.— 1516. C) Obligaciones carentes de tiempo señalado para el pago.— 1517. a) Procedimiento para fijar el omiso tiempo de pago: opción.— 1518. Quid de la apertura a prueba.— 1519. b) Instancia del acreedor o deudor. Audiencia del adversario.— 1520. c) Efecto en cuanto a la mora.— 1521. D) Obligaciones de pago a mejor fortuna.— 1522. Naturaleza de esta modalidad.— 1523. Modo de fijación; requisitos.— 1524. Cesación del plazo a mejor fortuna.— 1525. Desde

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cuándo prescribe la obligación a mejor fortuna.— 1526. Comparación con la cláusula de pago cuando el deudor quiera.— 1527. Cláusula de pago a voluntad del acreedor .................................................................................... 166

V. Gastos del pago

1528. Ausencia de norma legal genérica.— 1529. Reglas particulares. -1530. Los gastos del pago son a cargo del deudor ........................................ 190

VI. Efectos generales del pago

1531. Enunciación y clasificación.— § 1. Efectos necesarios del pago.— 1532. Extinción del crédito: efecto cancelatorio del pago.— 1533. Liberación del deudor.— 1534. Liberación forzada: reenvío.— 1535. Variantes de desdoblamiento: reenvío.— § 2. Efectos accesorios del pago.— 1536. El pago vale como acto de reconocimiento.— 1537. El pago vale como acto de confirmación.— 1538. El pago consolida el contrato que liga a las partes. 1539. El pago como elemento de interpretación del contrato.— § 3. Efectos incidentales del pago.— 1540. Reembolso de lo pagado: reenvío.— 1541. Repetición de lo pagado.— 1542. Indemnización al acreedor.— 1543. Ino-ponibilidad del pago ....................................................................................... 191

VII. Pago por consignación

1544-1545. Concepto.— 1546. Es un recurso excepcional.— 1547. Procedimiento del juicio sumario.— 1548. Juez competente.— 1549. Di-versos casos de consignación.— 1550. 1) Negativa del acreedor.— 1551. 2) Incapacidad del acreedor.— 1552. 3) Ausencia del acreedor.— 1553. 4) Incertidumbre del derecho del acreedor.— 1554. 5) Desconocimiento del acreedor.— 1555. 6) Embargo o retención del crédito. Prenda.— 1556. 7) Pér-dida del título del crédito.— 1557. 8) Redención de hipotecas.— 1558-1559. Carácter enunciativo de la casuística legal.— 1560. Requisitos sustanciales de admisibilidad.— 1561. Requisito relativo a las personas.— 1562. Requisito referente al objeto.— 1563. Requisito concerniente al modo de pago.— 1564. Requisito relativo al tiempo de pago.—- 1565. Requisito referente al lugar de pago.— 1566. Consecuencias: desde cuándo se producen.— 1567. a) Con-signación aceptada por el acreedor.— 1568. Aceptación de la consignación con reservas.— 1569. b) Consignación rechazada por el acreedor.— 1570. Nuestra opinión.— 1571. Retiro del depósito. Embargos.— 1572-1575. I) Consignación aún no aceptada ni declarada válida.— 1576-1577. II) Con-signación aceptada o declarada válida.— 1578. Influencia de la consignación sobre otros juicios entre las partes.— 1579. a) Juicios ordinarios.— 1580. b) Juicios ejecutivos.— 1581. 1) Excepción de pago.— 1582. 2) Excepción de litispendencia.— 1583. Juicios por desalojo.— 1584. Gastos y costas.— 1585. Gastos del pago.— 1586. Modo de realizar la consignación.— 1587. Consignación de sumas de dinero.— 1588-1591. Consignación de cosas ciertas.— 1592. Consignación de cosas inciertas.— 1593. Obligaciones de hacer y no hacer .............................................................................................. 197

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VIII. Imputación del pago

1594. Concepto.— 1595. Requisitos.— 1596. Casos.— 1597. Imputación por el deudor.— 1598. Oportunidad de la imputación por el deudor.— 1599. Limitaciones a la imputación por el deudor.— 1600. a) Deudas ilíquidas o de plazo no vencido.— 1601. b) Deudas con intereses.— 1602. c) Pagos incoincidentes con los importes de las deudas.— 1603. Imputación por el acreedor.— 1604-1605. Vicios de la imputación por el acreedor.— 1606. Imputación legal.— 1607. a) Principio de mayor onerosidad.— 1608. b) Prorrateo del pago.— 1609. c) Criterio irrelevante.— 1610. Deudas no ven-cidas.— 1611. Modificación de la imputación ............................................... 229

IX. Prueba del pago

1612. Carga de la prueba.— 1613. Medios de prueba.— 1614. Amplitud de prueba y criterio riguroso de apreciación.— 1615. Recibo de pago. Noción y naturaleza.— 1616. Forma del recibo.— 1617. Firma del recibo. Firma a ruego. Impresión digital.— 1618. Contenido del recibo.— 1619. Valor pro-batorio del recibo. Principio.— 1620. Quid de la fecha cierta del recibo.— 1621. Recibo por saldo.— 1622. Pagos sin recibo.— 1623. Constancias no firmadas obrantes en el titulo de la deuda.— 1624-1625. Prueba del pago en las prestaciones periódicas .............................................................................. 237

X Pago con subrogación

1626. Noción.— 1627-1631. Naturaleza jurídica.— 1632. Distintas especies de subrogación.— 1633. A) Subrogación legal; diversos casos.— 1634-1636. I) Pago de un acreedor a otro preferente.— 1636 bis. Quid de la oposición del deudor.— 1637-1638. II) Deudor obligado con otros o por otros.— 1639-1640. III) Pago efectuado por un tercero no interesado. 1641-1642. IV) Adquirente de un inmueble hipotecado.— 1643. V) Heredero beneficiario.— 1644. B) Subrogación convencional.— 1645-1650. a) Subrogación por el acreedor.— 1651-1653. b) Subrogación por el deudor. 1654. Efectos de la subrogación: principio.— 1655-1658. Limitaciones a la transmisión.— 1659. Caso de pago parcial.— 1660. Convenio contrario.— 1661. Conflicto entre varios subrogados.— 1662. Diferencia con la cesión de créditos: reenvío ......................................................................................... 247

XI. Pago indebido

1663. Concepto.— 1664. Diferentes casos.— 1665. Plan a seguir. § 1. Consideraciones generales.— 1666-1668. Antecedentes históricos.— 1668 bis. Legislación comparada.— 1669. Proyectos de reforma.— 1670. Fundamento de la repetición.— § 2. Pago por error.— 1671. Concepto legal: requisitos.— 1672. I) Existencia de un pago.— 1673. II) Título en el “accipiens”.— 1674. III) Vicio de error.— 1675. Distintas hipótesis de error. 1676. Irrelevancia del error del acreedor.— 1677. Error de hecho o de derecho.— 1678. Quid de la excusabilidad del error.— 1679-1680. Cese de la repetición.— 1681. Casos de error esencial.— 1682. Casos de error

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ÍNDICE 323

no esencial.— 1683. Quién es el titular de la acción de repetición.— 1684. Quién es pasible de la acción de repetición.— 1685. Prueba de los requisitos de la acción.— 1686. a) Pago.— 1687. b) Título del “accipiens”.— 1688. c) Error.— 1689. Efectos de la admisión de la acción de repetición.— 1690. I) Restitución de cantidades de cosas.— 1691. II) Restitución de cosas determinadas.— 1692. Quid de la enajenación a un tercero, de la cosa pa-gada.— 1693. a) Acción contra el “accipiens”.— 1694. b) Acción contra el subadquiriente.— 1694-1. Subsistencia de la acción revocatoria contra poseedores de mala fe o adquirientes gratuitos. 1694-2. Acción subsidiaria del solvens.—1695. III) Restitución en el caso de obligaciones de hacer: reenvío.— 1696. Prescripción de esta acción de repetición.— § 3. Pago sin causa.— 1697. Noción.— 1698. Comparación con el pago por error.— 1699. Supuesto general de pago sin causa.— 1700. Casos comprendidos en el principio general de pago sin causa.— 1701. Hipótesis legales de pago sin causa.— 1702. Falta de causa.— 1703-1705. Causa inmoral.— 1706. Causa ilícita.— 1707. Repetición de impuestos.— 1708-1709. Quid de la protesta en el pago de impuestos.— 1710. Cuándo no se exige protesta. 1711. Con-secuencias del pago sin causa.— 1712. Prescripción de la repetición del pago sin causa.— § 4. Pago obtenido por medios ilícitos.— 1713. Concepto.— 1714. Sanción por el empleo de los medios ilícitos.— 1715. Prescripción de la acción respectiva.— § 5. Obligaciones putativas.— 1716. Concepto.— 1716-1. Irrelevancia de la creencia del acreedor.— 1716-2. Excusabilidad del error.— § 6. Liberación putativa.— 1717. Concepto ............................... 270

XII. Pago por cesión de bienes

1718. Noción.— 1719. Ley 11.077: casos de aplicación.— 1719 bis. Ley de Concursos 19.551: casos de aplicación.— 1720. Primer caso: adjudicación de bienes.— 1720 bis. Cesión de bienes: ley 19.551 de Concursos- 1721. Segundo caso: rehabilitación por transcurso de cinco años. 1722. a) Punto de partida del plazo de cinco años.— 1723. b) Rehabilitación del concur-sado.— 1724. c) Acreedores afectados por la caducidad concursal.— 1725. d) Propiedad del remanente de los bienes.— 1726. e) Subsistencia de obligación natural por el saldo impago: reenvío.— 1727. Tercer caso: rehabilitación cuando media concurso fraudulento.— 1727-1. Derogación del instituto del pago por cesión de bienes en la ley 24.522 de Concursos y Quiebras.— 1727-2. Nuevo régimen de la ley 24.522 ..................................................................... 305

XIII. Pago con beneficio de competencia

1728. Beneficio de competencia: noción.— 1729. Fundamento y dis-cusión.— 1730-1731. Casos en que funciona el beneficio.— 1732. Efectos del beneficio .................................................................................................... 313

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO III

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO III

JORGE JOAQUÍN LLAMBÍASProfesor titular de Derecho Civil en la Universidad Nacional de Buenos Aires, y en la Universidad Católica Argentina. - Miembro del Instituto Argentino de Estudios Legislativos. - Ex juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo

Civil de la Capital Federal.

CONVENCIONES LIBERATORIASHECHOS EXTINTIVOS

PRESCRIPCIÓNACTOS ILÍCITOS

SEXTA EDICIÓN ACTUALIZADA

POR

PATRICIO RAFFO BENEGAS

OBRA LAUREADA CON EL PRIMER PREMIO NACIONAL “DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS”

DISCERNIDO POR EL MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN

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Llambías, Jorge JoaquínTratado de derecho civil: Obligaciones / Jorge Joaquín Llambías; adaptado por Patricio Raffo Benegas.- 6a ed. - Buenos Aires: Abeledo Perrot, 2012.v. 3, 560 ps.; 17x24 cm.

ISBN 978-950-20-2324-3 1. Derecho Civil. I. Patricio Raffo Benegas, adapt. II. Título.CDD 346

ISBN 978-950-20-2330-4 (OC)ISBN 978-950-20-2324-3 (Vol. III)

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SE TERMINO DE IMPRIMIR EN LA 1ra. QUINCENA DE AGOSTO DE 2012EN LOS TALLERES GRAFICOS DE “LA LEY” S.A.E. e I. - BERNARDINO RIVADAVIA 130

AVELLANEDA - PROVINCIA DE BUENOS AIRES - REPUBLICA ARGENTINA

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ÍNDICE

Capítulo XXVII

CONVENCIONES LIBERATORIAS

1733. Plan a seguir ............................................................................................. 9

I. Dación en pago

1734. Concepto legal.— 1735. Concepto doctrinario.— 1736. Terminolo-gía.— 1737. Diferencia con el pago, la novación y otras situaciones afines.— 1738. Naturaleza jurídica de la dación en pago.— 1739. Requisitos.— 1740. Carácter legal de la dación en pago.— 1741-1750. Capacidad.— 1752. Prueba.— 1753. Efectos.— 1754. Asimilación a la cesión de créditos.— 1755-1756. Asimilación a la compraventa.— 1757. Evicción de lo dado en pago.— 1758. Evicción y garantías originarias.— 1759-1760. Dación en pago y fraude .................................................. 9

II. Novación

1761. Concepto ................................................................................................... 21

§ 1. Generalidades

1762. Antecedentes históricos.— 1763. Declinación actual de la no-vación.— 1764. Legislación comparada. Proyectos de reforma integral.— 1765. Sistema del Código Civil. Especies.— 1766. Elementos.— 1767. I) Existencia de una obligación anterior.— 1768. Validez de la obligación primiti-va.— 1769. Efectividad de la obligación.— 1770. II) Creación de una obligación nueva.— 1771. Invalidez de la obligación nueva.— 1772. Inefectividad de la nueva obligación.— 1773. III) Voluntad de sustituir una obligación por otra o animus novan-di.— 1774. IV) Diferencia distinta de una y otra obligación.— 1775. Capacidad.— 1776. Poderes de los representantes para novar.— 1777. Prueba.— 1778. Comparación con el reconocimiento de deuda, la confirmación y la renuncia .................................... 22

§ 2. Novación objetiva

1779. Concepto.— 1780. Novación por cambio de causa.— 1781. Pago con documentos.— 1782. Novación por cambio de objeto.— 1783. Modificaciones que no causan novación.— 1784. Supuestos controvertidos ............................................ 32

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§ 3. Novación subjetiva

1785. Casos de novación subjetiva.— 1786-1787. Novación por cambio de acree-dor.— 1788. Novación por delegación.— 1789-1790. Delegación perfecta.— 1791. Delegación imperfecta.— 1792. Novación por expromisión.— 1793. Expromisión simple.— 1794. Expromisión novatoria: requisitos.— 1795. a) Voluntad expresa del acreedor, de desobligar al primitivo deudor.— 1796. b) Aceptación de su liberación por parte del deudor.— 1797. Quid de la insolvencia del nuevo deudor ................... 41

§ 4. Efectos de la novación

1798. Extensión del efecto extintivo.— 1799. Accesorios.— 1800. Conservación facultativa de las garantías primitivas.— 1801. Obligaciones de sujeto plural.— 1802. Fianza.— 1803. Otros efectos de la novación ........................................................... 51

III. Transacción

1804. Concepto vulgar y técnico ........................................................................ 55

§ 1. Nociones generales

1805. Metodología y técnica legislativa.— 1806. Requisitos esenciales.— 1807. Naturaleza jurídica.— 1808. Caracteres.— 1809. Comparación con otras figuras afines.— 1810. Forma de la transacción.— 1811. a) Transacción sobre bienes inmue-bles.— 1812-1813. b) Transacciones sobre derechos litigiosos.— 1814. Prueba de la transacción.— 1815. Capacidad.— 1816. Incapacidad de derecho.— 1817-1827. Per-sonería para transigir por otro.— 1828. Objeto de la transacción: principio.— 1829. A) Cosas fuera del comercio.— 1830. B) Derechos insusceptibles de convención.— 1831. a) Acciones penales.— 1832. b) Facultades inherentes a la patria potestad y al matrimonio.— 1833-1834. c) Cuestiones sobre el estado de las personas.— 1835. d) Derechos sucesorios no deferidos.— 1836. e) Alimentos futuros ......................... 55

§ 2. Efectos de la transacción

1837. Enunciación.— 1838. A) Efecto vinculatorio.— 1839. B) Efecto extin-tivo.— 1840. C) Efecto declarativo.— 1841. Autoridad de cosa juzgada.— 1842. Ejecutoriedad de la transacción ................................................................................. 85

§ 3. Nulidad de la transacción

1843. Causas de nulidad.— 1844. Vicios de la voluntad.— 1845. Dolo o error inducido por falsedad de documentos.— 1846-1847. Ignorancia de documentos esenciales.— 1848. Ignorancia de sentencia ya dictada sobre la materia de la tran-sacción.— 1849. Errores aritméticos irrelevantes.— 1850-1851. Falta de causa ..... 93

IV. Renuncia

1852. Noción amplia y restringida.— 1853-1854. Renuncia y remisión.— 1855. Metodología del Código y de los proyectos de reforma.— 1856. Naturaleza jurídica

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de la renuncia.— 1857.I) La renuncia es acto bilateral.— 1858. II) La renuncia es acto unilateral.— 1859. Especies.— 1860. Renuncias impropias.— 1861. Caracte-res.— 1862. Forma de la renuncia.— 1863. Prueba.— 1864. Capacidad.— 1865. Personería para renunciar por cuenta ajena.— 1866. Derechos renunciables.— 1867. a) Derechos instituidos en beneficio del interés particular de su titular.— 1868. b) Derechos instituidos en resguardo del orden público.— 1869. Supuesto de duda.— 1870. Interpretación.— 1871. Retractación.— 1872. Situación de los terceros.— 1873. Efecto de la renuncia — 1874. Momento de la extinción de las facultades del acreedor ...................................................................................................................... 104

V. Remisión de deuda

1875. Concepto.— 1876. Proyección de régimen.— 1877. Distintas especies.— 1878-1879. Remisión expresa.— 1880. Remisión tácita.— 1881-1882. I) Entrega del documento representativo del crédito.— 1883. a) Documento representativo del crédito.— 1884. b) Entrega voluntaria del documento.— 1885. c) Entrega hecha por el acreedor.— 1886. d) Entrega hecha al deudor.— 1887. II) Alcance de la presunción legal.— 1888. Crítica de la presunción legal.— 1889. Efectos de la remisión.— 1890-1892. Remisión y fianza.— 1893. Remisión de obligaciones de sujeto plural.— 1894. Devolución de la cosa prendada ............................................. 125

Capítulo XXVIII

HECHOS EXTINTIVOS

1895. Enunciación .............................................................................................. 139

I. Compensación

1896. Concepto.— 1897. Funciones de la compensación.— 1898. Importancia práctica.— 1899. Evolución histórica.— 1900. Distintas concepciones teóricas de la compensación.— 1901. Distintas especies de compensación ............................ 139

§ 1. Compensación legal

1902. Requisitos de la compensación.— 1903. a) Reciprocidad de las obligaciones.— 1904. El requisito de reciprocidad.— 1905. b) Fungibilidad de las prestaciones recíprocas.— 1906. I) Obligaciones de dinero.— 1907. II) Obligaciones de cosas fungibles.— 1908. III) Obligaciones de cosas inciertas no fungibles.— 1909. IV) Obligaciones de cosas ciertas.— 1910. V) Obligaciones de hacer.— 1911. VI) Obligaciones alternativas, facultativas y con cláusula pe-nal.— 1912. c) Exigibilidad.— 1913. I) Obligaciones naturales.— 1914. Quid de las obligaciones pasibles de nulidad.— 1915. II) Obligaciones a plazo.— 1916. III) Obligaciones condicionales.— 1917-1919. d) Liquidez.— 1920. Proyectos de reforma. Derecho comparado.— 1921. Ausencia de liquidez.— 1922. Comparación entre las obligaciones liquidas e ilíquidas.— 1923. e) Obligaciones expeditas.— 1924. 1) Embargo o prenda.— 1925. 2) Cesión de crédito.— 1926. 3) Traspaso de deuda.— 1927. 4) Endoso de título a la orden.— 1928. 5) Quiebra o concurso civil.— 1928 bis. Ley de Concursos 19.551.— 1929. El fundamento del bloqueo de la compensación.— 1930-1931. f) Embargabilidad.— 1932. Elementos y cir-cunstancias indiferentes.— 1933. Obligaciones no compensables: enunciación.—

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1934. I) Impuestos y enajenación del Estado.— 1935. II) Créditos del Estado involucrados en distinta contabilidad.— 1936-1937. III) Deudas consolidadas.— 1938. IV) Daños y perjuicios provenientes de un despojo.— 1939. V) Depósito irregular.— 1940. Efectos de la compensación legal.— 1941. Consecuencias de la fecha de eficacia de la compensación.— 1942-1952. Sentido del efecto “ipso iure” de la compensación.— 1953-1954. Quién puede alegar la compensación.— 1955. Fianza.— 1956-1958. Obligaciones solidarias.— 1959. Imputación de la compensación.— 1960. Renuncia a la compensación: remisión.— 1961. Pago de deuda compensable.— 1962. Compensación y reconocimiento ............................ 144

§ 2. Compensación facultativa

1963. Noción.— 1964. Efectos: momento de su producción ............................. 184

§ 3. Compensación judicial

1965. Noción.— 1966. Comparación con la compensación legal.— 1967. Comparación con la compensación facultativa.— 1968. Efectos; momento de su producción .................................................................................................................. 185

§ 4. Compensación automática

1969. Noción y casos .......................................................................................... 187

II. Confusión

1970. Distintas acepciones.— 1971. Concepto.— 1972. Naturaleza de la con-fusión.— 1973. Requisitos.— 1974. Causas determinantes de confusión.— 1975. Especies de confusión: total o parcial.— 1976. Derechos susceptibles de confu-sión.— 1977. Efecto impeditivo de la confusión.— 1978. Funcionamiento del efecto impeditivo de la confusión en ciertos casos particulares.— 1979. a) Fianza.— 1980. b) Pluralidad de acreedores o deudores.— 1981. c) Obligaciones solidarias.— 1982. d) Adjudicación al acreedor hipotecario del inmueble hipotecado.— 1983. Inoponibi-lidad de la confusión a los embargantes del respectivo crédito.— 1984. Cesación de la confusión.— 1985. Inoponibilidad del cese de la confusión a los terceros.— 1986. Suspensión de la prescripción .................................................................................... 188

III. Imposibilidad de pago

1987. Noción.— 1988. Método del Código; comparación con el Código fran-cés.— 1989. Requisitos de la imposibilidad.— 1990. a) Cumplimiento imposible de la prestación.— 1991. b) Carácter definitivo de la imposibilidad.— 1992. c) Ausencia de culpa del deudor.— 1993. d) Ausencia de responsabilidad del caso fortuito por el deudor.— 1994. Prueba de la imposibilidad de pago.— 1995. Comportamiento del principio de imposibilidad en las distintas obligaciones.— 1996. Obligaciones de dar cosas ciertas.— 1997. Obligaciones de género limitado.— 1998. Obligaciones de dar cosas inciertas.— 1999. Otras obligaciones.— 2000. Efecto extintivo peculiar de la imposibilidad de pago.— 2001. Cesación de la imposibilidad: remisión.— 2002. Transformación de la obligación en daños y perjuicios.— 2003. Medida de la responsabilidad por la imposibilidad de pago ............................................................ 206

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Capítulo XXIX

PRESCRIPCIÓN LIBERATORIA

1. Nociones generales

2004. Metodología.— 2005. Prescripción liberatoria: noción y elementos.— 2006. Antecedentes históricos.— 2007. Utilidad y fundamento: remisión.— 2008. Naturaleza jurídica.— 2009. La prescripción como excepción.— 2010. Caracteres.— 2011. Irrelevancia de la buena o mala fe del deudor.— 2012. Prohibición de deferir la cuestión al juramento del deudor ........................................................................... 221

II. Derecho transitorio

2013. Planteo de la cuestión.— 2014. a) Reducción del término de la prescripción pendiente.— 2015. b) Ampliación del plazo de prescripción por la nueva ley.— 2016. c) Modificación de las causas de suspensión o interrupción de la prescripción.— 2016 bis. Derecho transitorio de la ley .............................................................................. 228

III. Sujeto: quiénes pueden prescribir y contra quiénes

2017. Aplicación indiscriminada de la prescripción.— 2018. Derivaciones del principio de equiparación.— 2019. Acción de los acreedores y otros intere-sados ................................................................................................................. 231

IV. Objeto. derechos susceptibles de prescripción

2020. Principio de prescriptibilidad.— 2021. a) Acciones referentes a derechos indisponibles.— 2022-2023. b) Acciones relativas al estado de las personas.— 2024. c) Acciones reivindicatoria y negatoria.— 2025. d) Acción de deslinde.— 2026. e) Levantamiento o utilización de muros y cercos divisorios.— 2027. f) Derecho de acceso a la vía pública y construcción de acueductos.— 2028. g) Acción de partición.— 2029. h) Acción del ausente para recuperar sus bienes. 2030. i) Acción de separación de patrimonios.— 2031. j) Acción de nulidad absoluta.— 2032. k) Acción de simulación: remisión.— 2033. l) Facultades legales.— 2034. ll) Excepciones ....................................................................... 236

V. Curso de la prescripción

2035. Iniciación, suspensión o interrupción de la prescripción: remisión ......... 252

VI. Plazos de prescripción

2036. Consideración general.— 2037-2041. Los arts. 4020 a 4022 se refieren a prescripción adquisitiva.— 2042. Distintos plazos de prescripción liberatoria ......... 252

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§ l. Prescripción decenal u ordinaria

2043. Término ordinario de prescripción.— 2044. Eliminación de la distinción entre presentes y ausentes.— 2045. Distintas aplicaciones de la prescripción dece-nal.— 2046. Deudas hipotecarias.— 2047. Acción de petición de herencia.— 2048. Tutela y curatela.— 2049. Acción personal del usufructuario.— 2050. Acción de garantía entre copartícipes.— 2051. “Actio iudicati”.— 2052. Otros supuestos de prescripción decenal.— 2053. a) Medianería.— 2054. b) Daños y perjuicios con-tractuales o afines.— 2055. c) Cumplimiento de contrato.— 2056. d) Resolución, rescisión y revocación de contratos.— 2057. e) Nulidad de actos jurídicos.— 2058. f) Repetición de pago sin causa.— 2059. g) Empleo útil. Enriquecimiento sin cau-sa.— 2060. h) Expropiación.— 2060-1. Ley 21.499.— 2061. i) Sucesión.— 2061 bis. j) Impuestos ......................................................................................................... 258

§ 2. Prescripción quinquenal

2062. Noción e importancia.— 2063. Fundamento.— 2064. Principio legal.— 2065. Pensiones alimenticias.— 2066. Prescripción y caducidad de las pensiones ali-menticias.— 2067. Alquileres.— 2068-2069. Prestaciones fluyentes en general.— 2070. Inaplicabilidad de la prescripción quinquenal.— 2071. a) Deuda única fraccionada.— 2072. b) Sueldos y salarios; remisión.— 2072 bis. c) Jubilaciones y pensiones.— 2073. d) Impuestos.— 2074. Casos anómalos de prescripción quinquenal ............................. 280

§ 3. Prescripción de 4 años

2075. Supuesto del art. 4028 .............................................................................. 292

§ 4. Prescripción bienal

2076. Enunciación.— 2077. a) Nulidad por vicio de voluntad.— 2078. b) Nuli-dad por causa de incapacidad.— 2079. I) Mujeres casadas.— 2080. II) Menores de edad.— 2081. III) Personas bajo curatela.— 2082. c) Honorarios profesionales.— 2083. I) Honorarios de abogados y de gente del foro.— 2084. 1) Jueces, árbitros y conjueces.— 2085. 2) Empleados en la administración de justicia.— 2086-2087. 3) Abogados y procuradores.— 2088. Pleito inconcluso.— 2089. Inaplicabilidad de las prescripciones anteriores.— 2090. II) Escribanos.— 2091. III) Agentes de negocios.— 2092-2093. IV) Médicos y demás profesionales del arte de curar.— 2094. d) Daños y perjuicios emergentes de responsabilidad extracontractual.— 2095. Desconocimiento del damnificado.— 2095-l. Responsabilidad extracontractual del Estado.— 2096. e) Acción de simulación: remisión.— 2097. f) Créditos provenientes de relaciones del trabajo ............................................................................................. 294

§ 5. Prescripción anual

2098. Enunciación.— 2099-2101. a) Acción pauliana o revocatoria.— 2102-2103. b) Revocación de legado o donación por ingratitud.— 2104. c) Créditos por hospedaje y pensión.— 2105. d) Precio del aprendizaje y pensión de escolares, estudiantes y aprendices.— 2106. e) Lecciones de maestros de ciencias y artes.— 2107. f) Sumi-

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nistros para el consumo doméstico.— 2108. g) Acciones posesorias de manutención, o de reintegro de la posesión.— 2108 bis. h) Responsabilidad del constructor ............ 317

§ 6. Prescripción semestral

2109. Supuesto de avulsión: no hay prescripción liberatoria.— 2110. Rescisión o indemnización por cargas o servidumbres ocultas .................................................. 328

§ 7. Prescripción trimestral

2111-2112. Vicios redhibitorios.— 2113. Promesa de mutuo oneroso .............. 330

§ 8. Otros supuestos

2114. Los arts. 4042 y 4043: son términos de caducidad ................................... 334

§ 9. Cambio de plazo de ciertas prescripciones breves

2115. Planteo de la cuestión.— 2116-2118. El art. 4036.— 2119. Crítica del art. 4036. Proyectos de reforma integral del Código Civil .............................................. 335

VII. Efectos de la prescripción

2120. Efecto extintivo peculiar de la prescripción.— 2121. Funcionamiento de pleno derecho.— 2122. El principio “iura curia novit” y la selección del plazo aplicable de prescripción.— 2123-2124. Oportunidad para articular la defensa de prescripción ................................................................................................................ 341

VIII. Renuncia de la prescripción

2125. Noción.— 2126. Naturaleza jurídica.— 2127-2128. Capacidad: legitima-ción.— 2129. Forma y prueba.— 2130. Impugnación de la renuncia perjudicial o fraudulenta.— 2131. Cláusulas que amplían el término de la prescripción.— 2132. Cláusulas que abrevian el término de la prescripción ................................................ 346

IX. Prescripción y caducidad

2133. Remisión ................................................................................................... 357

Capítulo XXX

HECHOS ILÍCITOS

2134. Plan a seguir.— 2135. Hechos ilícitos: noción amplia y restringida.— 2136. Método del Código: examen crítico.— 2137. Importancia práctica de la materia.— 2138. El acto ilícito civil: noción y caracteres.— 2139. Efectos.— 2140-2142. Cla-

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sificación: delitos y cuasidelitos.— 2143. Acto ilícito y delito penal.— 2144-2145. Culpa civil y culpa penal.— 2146. Responsabilidad civil: evolución histórica.— 2147-2149. Fundamento de la responsabilidad civil: la culpa.— 2150-2159. El riesgo creado.— 2160-2161. Accidentes industriales y transportes mecánicos.— 2162. Responsabilidad objetiva.— 2163. Reacción ordinaria.— 2164. Tentativas de solu-ciones intermedias: responsabilidad y reparabilidad.— 2165. Ley 17.711.— 2166. La indemnización de equidad.— 2167. Reparación del daño involuntario.— 2168-2171. Reducción equitativa de la indemnización.— 2172. Responsabilidad contractual y extracontractual: remisión.— 2173. La cuestión de la opción y el cúmulo.— 2174. No hay responsabilidad mixta.— 2175. Ausencia de opción: principio.— 2176-2178. Supuestos excepcionales de opción.— 2179. Deslinde de los ámbitos de responsabi-lidad.— 2180. I) Transporte oneroso de personas.— 2181. II) Transporte benévolo.— 2182. Concepto de transporte benévolo.— 2183. Responsabilidad del transportador benévolo.— 2184. a) Tesis negativa.— 2185. b) Tesis contractualista.— 2186. c) Responsabilidad extracontractual.— 2187. Nuestra opinión.— 2188. Reforma acon-sejada.— 2189. III) Accidentes deportivos.— 2190. Responsabilidad del jugador frente a un contendor o competidor.— 2191. Responsabilidad del deportista frente a terceros.— 2192. Responsabilidad del empresario del espectáculo deportivo.— 2193. Responsabilidad de la entidad deportiva con respecto al deportista.— 2193-1. Responsabilidad de la Asociación de Fútbol Argentino (A.F.A.).— 2193-2. Ley 23.184.— 2194. IV) Responsabilidad precontractual o “in contrahendo”. Remisión.— 2195-2197. V) Nulidad de actos jurídicos.— 2198-2201. VI) Inoponibilidad de actos jurídicos.— 2202. VII) Responsabilidad por el ejercicio de las profesiones liberales: remisión.— 2203. VIII) Complicidad de terceros en la inejecución de los contratos.— 2204. IX) Daños a terceros producidos en el cumplimiento de contratos ................. 359

Capítulo XXXI

ELEMENTOS DEL ACTO ILÍCITO

2205-2206. Enunciación ..................................................................................... 447

I. Violación de la ley

2207. Exigencia legal ......................................................................................... 448

§ 1. Prohibición expresa

2208. Quid del carácter expreso de la prohibición legal .................................... 449

§ 2. Transgresión de la moral

2209. Transgresión de la moral y buenas costumbres ........................................ 451

§ 3. Responsabilidad por abstención

2210. Abstención culpable.— 2211. Delito de omisión.— 2212. Quid de los cuaside-litos por omisión.— 2213. A) Interpretación literal del art. 1074.— 2214. B) Interpretación amplia del art. 1074.— 2215-2225. C) Nuestra interpretación del art. 1074 .................... 452

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ÍNdicE 559

§ 4. Causas de justificación

2226. Concepto y enunciación.— 2227-2228. A) Legítima defensa.— 2229. Presunciones legales de legitimidad en la defensa.— 2230. B) Estado de necesidad.— 2231. Naturaleza jurídica del acto necesario.— 2232. a) Teoría del acto ilícito.— 2233. b) Teoría del acto “extra iure”.— 2234. c) Teoría del acto lícito.— 2235. d) Teoría del acto involuntario.— 2236. e) Teoría del acto inculpable.— 2237. Requisitos del acto necesario.— 2238. Cuestión de la reparación del daño.— 2239. A) Tesis nega-tiva.— 2240. B) Tesis positiva.— 2241. a) Teoría del acto ilícito.— 2242. b) Teoría del enriquecimiento sin causa.— 2243. c) Teoría de la expropiación privada.— 2244. d) Teoría de la exigencia de equidad.— 2245. e) Nuestra opinión.— 2246. Régimen aplicable a la reparación del daño necesario.— 2247. Quid de la reparación de un daño causado para evitar un daño personal.— 2248-2251. Quid del daño necesario obrado en amparo de un extraño.— 2252. Quid del error en esta materia.— 2253. D) Obediencia debida.— 2254. Quid de la autorización administrativa.— 2255. E) Otras posibles causas de justificación ........................................................................ 462

II. Imputabilidad del acto

2256. Noción de imputabilidad.— 2257. Grados de imputabilidad ................... 495

§ 1. Imputabilidad de primer grado: voluntariedad

2258. Principio de imputación.— 2259. Causas de inimputabilidad.— 2260. I) Fallas de discernimiento.— 2261. a) Menores de escasa edad.— 2262. b) Insanos.— 2263. c) Inconscientes accidentales.— 2264. Quid de los inhabilitados.— 2265. Quid de los sordomudos incapaces.— 2266. II) Fallas concernientes a la intención: error.— 2267. a) El error de derecho no excusa.— 2268. b) Excusabilidad del error.— 2269. III) Fallas concernientes a la libertad.— 2270. Fuerza irresistible.— 2271. Intimidación por violencia física o moral.— 2272. Reparación del daño causado sin intención o sin libertad ............................................................................................... 497

§ 2. Imputabilidad de segundo grado: culpabilidad

2273. Principio legal.— 2274. Grados de culpabilidad.— 2275. I) Culpabilidad ordinaria: noción de culpa.— 2276. Criterio de apreciación de la culpa.— 2277. Prueba de la culpa.— 2278. Presunciones legales de culpa.— 2279. II) Culpabilidad calificada o agravada: noción de dolo delictual ......................................................... 506

III. Daño resarcible

2280. Noción de daño. Necesidad de este elemento.— 2281. Distintas especies de daño: remisión.— 2282. Requisitos de resarcibilidad del daño derivado de un acto ilícito.— 2283. Distintas cuestiones: remisión.— 2283-l. Leyes 23.928 y 25.561 ... 516

IV. Relación de causalidad

2284. Causalidad jurídica: remisión.— 2285. Distintos tipos de causalidad jurídica en el ámbito de los hechos ilícitos.— 2286. Prueba de la relación de causa-lidad.— 2287. Ausencia total o parcial de relación de causalidad ............................. 521

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS560

§ 1. Culpa de víctima

2288. Culpa de la víctima.— 2289. Quid de la asunción de riesgos por el dam-nificado.— 2290. Acto de abnegación.— 2291. Hecho de la víctima.— 2292. Culpa concurrente.— 2293. Distintos criterios.— 2294. Quid del conflicto de presunciones encontradas.— 2295. Concurrencia del dolo y culpa.— 2296. Dolo recíproco.— 2297. Concurrencia de culpa y riesgo.— 2298. Dolo y riesgo.— 2299. Riesgo recíproco . 524

§ 2. Culpa de un tercero

2300. Ausencia de causalidad.— 2301. Concepto de tercero.— 2302. Culpa con-currente del tercero y del demandado.— 2303. Culpa probada y culpa presumida.—2304. Triple culpa concurrente, del damnificado, del demandado y del tercero.— 2305. Contribución entre los corresponsables.— 2306. Teórica concurrencia de la culpa del tercero con el riesgo creado por el demandado.— 2307. Prueba de la culpa del tercero ........................................................................................................................ 541

§ 3. Caso fortuito

2308. Concepto y caracteres del caso fortuito: remisión.— 2309. Ausencia completa de relación de causalidad.— 2310. Ausencia parcial de relación causal por incidencia del casus.— 2311. Caso fortuito y riesgo o vicio de la cosa .................... 547

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO IV-A

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO IV-A

JORGE JOAQUÍN LLAMBÍASProfesor titular de Derecho Civil en la Universidad Nacional de Buenos Aires, y en la Universidad Católica Argentina. - Miembro del Instituto Argentino de Estudios Legislativos. - Ex juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo

Civil de la Capital Federal.

DELITOS - CUASIDELITOSRESPONSABILIDAD POR EL HECHO AJENO

RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE LAS COSASCUARTA EDICIÓN ACTUALIZADA

POR

PATRICIO RAFFO BENEGAS

OBRA LAUREADA CON EL PRIMER PREMIO NACIONAL “DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS”

DISCERNIDO POR EL MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN

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Llambías, Jorge JoaquínTratado de derecho civil: obligaciones / Jorge Joaquín Llambías; adaptado por Patricio Raffo Benegas. - 4a ed. - Buenos Aires: Abeledo Perrot, 2012.v. 4, 512 ps.; 24x17 cm. ISBN 978-950-20-2332-8 1. Derecho Civil. I. Raffo Benegas, Patricio, adapt. II. Título.CDD 346

ISBN 978-950-20-2330-4 (OC)ISBN 978-950-20-2332-8 (Vol. IV-A)

SET 41354708SAP 41354705

Tirada: 600 ejemplares

© Jorge Joaquín Llambías© AbeledoPerrot S.A.

Administración y redacciónTucumán 1471

Tel.: (54-11) 4378-4733 - Fax.: (54-11) 4378-4723

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Hecho el depósito que establece la ley 11.723. Derechos reservados.Impreso en la Argentina. Printed in Argentina.

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En esta edición, los comentarios y adiciones del actualizador, Dr. Patricio José Raffo Benegas, han sido compuestos en letra Franklin Gothic. Aquellos párrafos que le corresponden íntegramente repiten el número del párrafo original del Dr. Jorge Joaquín Llambías, con el agregado de un número arábigo para su mejor identificación y ordenamiento sistemático (por ejemplo, 2374-1).

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ÍNDICE

Capítulo XXXII

DELITOS

I. NOCIONES GENERALES

2312. Noción de delito; elementos. — 2313. Dolo delictual. — 2314. Dolo directo y dolo eventual. — 2315. Obligación de indemnizar. — 2316. Modo de satisfacer la indemnización. — 2317. a) Indemnización pecuniaria. — 2318. Discusión. — 2319. b) Indemnización optativa. — 2320. Supues-tos de exclusión de la indemnización optativa. 2321. Consideración crítica del sistema legal de indemnización optativa. — 2322. Solidaridad de los coautores de un delito. — 2323. Ausencia de acción de regreso: remisión. — 2324. Delitos en particular: crítica de las disposiciones restrictivas. — 2325. Anteproyecto de 1954. — 2326. Anteproyecto Bibiloni; Proyecto de 1936; Anteproyecto De Gásperi. — 2327. Plan a seguir .............................. 9

II. DELITOS CONTRA LAS PERSONAS

2328. Enunciación ................................................................................. 29

§ 1. Homicidio.

2329. Supuestos comprendidos. — 2330. Titular de la indemnización. — 2331. Los textos en juego. — 2332. a) Opinión de Llerena. — 2333. b) Opinión de Machado. — 2334. c) Opinión de Segovia. — 2335. d) Opi-nión de Salvat. — 2336. e) Opinión de Lafaille. — 2336 bis. f) Opinión de Aguiar. — 2337. g) Opinión de Dassen. 2338. h) Opinión de Salas. — 2339. i) Opinión de Acuña Anzorena. — 2340. j) Opinión de Colombo. — 2341. k) Opinión de Orgaz. — 2342. l) Opinión de Spota. — 2343. ll) Opinión de Franco. — 2344. m) Opinión de Bustos Berrondo. — 2345. n) Opinión de Abelleyra. — 2346. Opinión de Cammarota, de Borda y de Trigo Represas. — 2347. Nuestra concepción. — 2348. a) Principio ge-neral del art. 1079. — 2349. b) El art. 1084: daño legal presunto. — 2350. A quiénes beneficia la presunción legal de daño. — 2351. Contenido del

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS500

daño presunto. 2351 bis. Lucros probables del muerto. — 2352. Modo de reparación del daño presunto. — 2353. c) El art. 1085: su significado. — 2354-2355. Otros damnificados: jurisprudencia. — 2356. Damnificados carentes de derecho a la reparación del daño. — 2357. Quid de la vida humana como valor económico. — 2357 bis. Títulos indemnizatorio y hereditario. — 2358. Quid del carácter “jure proprio” o “jure hereditatis” de la acción resarcitoria por muerte. — 2359. Muerte instantánea o so-breviniente. — 2360. Daños resarcibles. — 2361. a) Gastos efectuados en la asistencia del muerto. — 2362. b) Gastos funerarios. — 2363. c) Alimentos. — 2364. d) Otros daños resarcibles. — 2365. Reparación de agravio moral. — 2366-2369. Pluralidad de damnificados. ...................... 30

§ 2. Lesiones

2370. Noción. — 2371. a) Gastos de curación y convalecencia. — 2372. b) Ganancias dejadas de percibir. — 2373. c) Incapacidad laborativa permanente. — 2374. d) Daño estético. — 2374-1. e) Daño psíquico o psicológico .................................................................................................... 87

§ 3. Privación de libertad

2375. Delito de privación de libertad. — 2376. Daños resarcibles ........ 91

§ 4. Delitos contra la honestidad

2377. Disposición legal: distintos supuestos. — 2378. a) Estupro. — 2379. b) Rapto. — 2380. c) Violación. — 2381. d) Seducción. — 2382. e) Adulterio. — 2383. Excusa absolutoria. — 2384. f) Otros delitos contra la honestidad. .................................................................................................... 94

§ 5. Delitos contra el honor

2385. Enunciación. — 2386. A) Calumnias e injurias. — 2387. “Exceptio veritatis”. — 2388. Retractación. — 2389. Daños susceptibles de reparación. — 2390. B) Acusación calumniosa. — 2391. Daños resarcibles ................. 102

§ 6. Disposición común a todos los delitos

2392. Dualidad de responsabilidad civil penal ...................................... 110

III. DELITOS CONTRA LOS BIENES

2393. Enunciación. — 2394. Robo o hurto. — 2395. Defraudación. — 2396. Daño. — 2397. Disposición común a los delitos contra la propiedad. — 2398. Otros delitos enunciados por el Código Penal. — 2399. Lesión al crédito. — 2400. Terceras Jornadas de Derecho Civil .................................. 110

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INDICE 501

Capítulo XXXIII

CUASIDELITOS

2401. Noción de cuasidelito: remisión. — 2402. Elementos del cuasi-delito. — 2403. Diversos casos de cuasidelitos. — 2404. Responsabilidad por el hecho propio: principio legal. — 2405, Aplicaciones del principio de la culpa. — 2406. Teoría general de la culpa cuasidelictual; concepto: remisión. — 2407. Unidad y pluralidad de la culpa: remisión. — 2408. Campo de aplicación de la culpa cuasidelictual: remisión. — 2409. Re-glas aplicables a la culpa cuasidelictual: remisión. — 2410. Principio de asimilación. — 2411. El principio de asimilación en el sistema de Vélez Sarsfield. — 2412. El principio de asimilación luego de la reforma ins-tituida por la ley 17.711 — 2413. Ausencia de solidaridad cuasidelictual en el Código de Vélez. — 2414. A) Principio de fraccionamiento en las obligaciones de sujeto múltiple. — 2415. B) No es indivisible. — 2416. C) Tampoco fue instituida como solidaria por el codificador. — 2417. D) El juego armónico de los arts. 1108 y 1109. — 2418. E) El fundamento de la solidaridad delictual. — 2419. F) Quid de la llamada responsabilidad “in solidum”. — 2420. G) Quid de la atribución del daño total a cualquiera de los partícipes del cuasidelito por imperio del art. 904. — 2421. H) La división de responsabilidad impuesta por los arts. 1121 y 1135. — 2422-2425. I) Inconveniencia de la solidaridad cuasidelictual. — 2426. J) El argumento del art. 31 del Código Penal. —2426 bis. Código Aeronáutico. —2427. Síntesis final del sistema legal anterior a la reforma del año 1968. — 2428. Evolución: ley 17.711. — 2429. Comparación de la solidaridad delictual con la cuasidelictual. — 2430. Excepciones a la solidaridad cua-sidelictual. — 2431. Cuestión de contribución entre los corresponsables. — 2431 bis. Necesidad de compatibilizar el Código de Vélez con la ley 17.711 en esta materia. — 2432. Proyectos de reforma. — 2433. Legislación comparada. — 2434. Convenciones sobre responsabilidad civil. — 2435. Convenios exonerativos de responsabilidad. — 2436. Convenios limitativos de responsabilidad. — 2437. Convenios de desplazamiento de responsa-bilidad. — 2438. Seguro de responsabilidad civil. — 2439. Pluralidad de damnificados ............................................................................................. 123

Capítulo XXXIv

RESPONSABILIDAD POR EL HECHO AJENO

I. CONSIDERACIONES GENERALES

2440. Noción. — 2441. Evolución histórica. — 2442. Sistema de nuestro Código. — 2443. Fundamento. — 2444. Acción contra el autor del daño y contra el civilmente responsable: régimen de opción o de acu-mulación. — 2445. Acción de recurso: fundamento. — 2446. Sujetos de la acción de recurso. — 2447. Medida de la acción de recurso. — 2448.

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS502

Requisitos de la acción de recurso. — 2449. Quid de la interpretación restrictiva en esta materia. — 2450. Dependencia genérica y dependencia calificada: plan a seguir ............................................................................ 169

II. DEPENDENCIA GENÉRICA

2451. Noción genérica de dependencia. — 2452. Fundamento de esta responsabilidad. — 2453. a) Tesis de la culpa “in eligendo”. — 2454. b) Tesis de la culpa “in vigilando”. — 2455. c) Tesis de la culpa no específica: “in eligendo” o “in vigilando”. — 2456. d) Tesis de la representación en la acción. — 2457. e) Teoría del riesgo. — 2458. f) Teoría de la obligación legal de garantía. — 2459. g) Teorías eclécticas. — 2460-2461. h) Nuestra opinión. — 2462. Requisitos de la responsabilidad refleja genérica. — 2463. I) Relación de dependencia. — 2464. a) Función para otro. — 2465. b) Subordinación. — 2466. Casuística. — 2467. II) Acto ilícito del depen-diente. — 2468. III) Acto efectuado en ejercicio o con motivo de la función. — 2469. Noción de ejercicio, motivo y ocasión de la función. — 2470. IV) Daño a tercero. — 2471. V) Relación de causalidad eficiente: remisión. — 2472. El problema de la inexcusabilidad: análisis. — 2473. a) Tesis de la excusabilidad de la responsabilidad refleja. — 2474. b) Tesis de la inexcusa-bilidad de la responsabilidad refleja. — 2475. c) Nuestra opinión. — 2476. d) Jurisprudencia. — 2477. e) Proyectos de reforma integral del Código Civil. — 2478. f) Legislación comparada ..................................................... 182

III. DEPENDENCIA CALIFICADA

2479. Plan a seguir ................................................................................. 227

§ 1. Responsabilidad de los padres

2480. Antecedentes históricos. 2480-1. Modificaciones introducidas por la ley 23.264. — 2481-2484. Sistema de nuestro Código. — 2485. Clasifica-ción de la responsabilidad de los padres. — 2486. A) Responsabilidad inex-cusable de los padres. — 2487. Justificación del carácter inexcusable de esta responsabilidad. — 2488. B) Responsabilidad excusable del padre. — 2489. Fundamento de esta responsabilidad. — 2490. Quiénes responden. — 2491. a) Muerte del padre. — 2492. b) Ausencia del padre. — 2493. c) Incapaci-dad del padre. — 2494. d) Divorcio de los padres. — 2495. e) Separación de hecho entre los esposos. — 2496. f) Otras causas de desplazamiento de esta responsabilidad. — 2497. Padres extramatrimoniales. — 2498. Padres adoptivos o adoptantes. — 2499. Otros parientes. — 2500. Requisitos de la responsabilidad paterna. — 2501. a) Acto ilícito del hijo. — 2502. b) Minori-dad del hijo. — 2503. Menores emancipados. — 2504. Menores habilitados de edad. — 2505. Menores con capacidad laboral o profesional. — 2506. Menores comerciantes. — 2507. Hijos mayores. — 2508. c) Ejercicio de

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INDICE 503

la patria potestad. — 2509-2512. d) Convivencia de padre e hijo. — 2513. Prueba. — 2514. Alcance de la presunción legal. — 2515. Exoneración de la responsabilidad paterna: causas. — 2516. a) Transferencia legítima de la guarda. — 2517. b) Ausencia de culpa. — 2518. c) Ausencia de discer-nimiento. — 2519. Quid de la posible acumulación de responsabilidades reflejas. — 2520. Quid de la acción recursoria ............................................. 228

§ 2. Responsabilidad de los tutores

2521. Extensión de la responsabilidad paterna. — 2522. A) Respon-sabilidad inexcusable del tutor. —2523. B) Responsabilidad excusable del tutor ............................................................................................................... 283

§ 3. Responsabilidad de los curadores

2524. Asimilación legal. — 2525. Quid de los curadores de los sordo-mudos. — 2526. Quid de los restantes curadores. — 2527. a) Curador del penado. — 2528. b) Curador del inhabilitado judicialmente (art. 152 bis) .. 285

§ 4. Responsabilidad de los directores de colegio. Aclaración

2529. Institución de esta responsabilidad: naturaleza y fundamento. — 2530. Evolución. — 2531. Personas responsables. — 2532. Requisitos de la responsabilidad. — 2533. a) Acto ilícito del alumno. — 2534. b) Discer-nimiento del alumno. — 2535. Quid de los alumnos menores de 10 años. — 2536. Quid de los alumnos mayores de edad. — 2537. c) Circunstancia del daño. — 2538. d) Daño así mismo. — 2539. Exoneración de la presente responsabilidad ............................................................................................. 292

§4-1. Responsabilidad de los propietarios de establecimientos educativos no terciarios

2539-l-2539-3. Institución de esta responsabilidad. naturaleza y fun-damento. — 2539-4. Personas responsables. — 2539-5. Requisitos de la responsabilidad. — 2539-6.1) Calidad y edad del alumno. — 2539-7.2) Circunstancia del daño. — 2539-8-2539-9. Exoneración de la presente responsabilidad. — 2539-10. Culpa de la víctima. — 2539-11. Culpa de un tercero. — 2539-12. El seguro de responsabilidad civil ............................... 305

§ 5. Responsabilidad de los maestros artesanos

2540. Noción. — 2541. Remisión .......................................................... 316

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS504

§ 6. Responsabilidad de los guardadores

2542. Noción. — 2543. Presencia legal del guardador. — 2544. Guarda-dor “de facto”. — 2545. Requisitos de la responsabilidad del guardador “de jure”. — 2546. Exoneración de la responsabilidad del guardador. — 2547. Acción recursoria: remisión .......................................................................... 317

§ 7. Otros supuestos de responsabil idad refleja

2548. Enunciación y crítica metodológica. — 2549. A) Responsabilidad de hoteleros y dueños de hospedajes o establecimientos semejantes. — 2550. Personas contempladas en el art. 1118. — 2551. Requisitos de esta respon-sabilidad. — 2552-2553. Causas de exoneración de esta responsabilidad. — 2554. Pluralidad de responsables. — 2555. Supresión del art. 1118 en los proyectos de reforma. —2556. B) Responsabilidad de capitanes de buques, patrones de embarcaciones y agentes de transporte terrestre. — 2557-2558. C) Responsabilidad por cosas arrojadas o expuestas a caer. — 2559. Quiénes responden. — 2560. Fundamento de esta responsabilidad. — 2561 Requisitos de esta responsabilidad. — 2562. Inexcusabilidad de esta responsabilidad. — 2563. Causas de exoneración. — 2564. Pluralidad de responsables: re-misión ............................................................................................................ 321

Capítulo XXXv

RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE LAS COSAS

I. GENERALIDADES

2565. Introducción. — 2566. Metodología del Código Civil. — 2567. Leyes posteriores. — 2568. Reforma del año 1968. — 2569. Plan a se-guir ........................................................................................................... 339

II. HECHO DEL HOMBRE Y HECHO DE LA COSA: DISTINCIÓN

2570. Consideración. — 2571. Distintos criterios de diferenciación. — 2572. a) Teoría del hecho autónomo. — 2573. b) Teoría del vicio. — 2574. c) Teoría de la actividad. 2575. d) Teoría del peligro. — 2576. e) Teoría del control. — 2577. Caracteres del hecho de la cosa. — 2578. a) Intervención activa o causal de la cosa. — 2579. Presunción de causalidad de la cosa. — 2580. b) Escape de la cosa al control o sujeción del guardián. — 2580 bis. Objeción inconsistente. — 2581. Aplicaciones del concepto de hecho de la cosa ............................................................................................................... 340

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INDICE 505

III. RÉGIMEN DEL CÓDIGO DE VÉLEZ

2582. Esquema del Código de Vélez. — 2583. Plan a seguir ................ 363

§ 1. Responsabilidad del guardián

2584. Quién es guardián. — 2585. Nuestra opinión. — 2586. Requisi-tos de la guarda. — 2587. Guarda compartida. — 2588. Quid de la guarda dividida: guardián de la estructura y guardián del comportamiento. — 2589. Aplicaciones del concepto de guardián. — 2590. Fundamento de la res-ponsabilidad del guardián. — 2591. Nuestra opinión. — 2592. Quid de la excusabilidad del guardián. — 2593-2594. Ausencia de responsabilidad del guardián ......................................................................................................... 364

§ 2. Responsabilidad del propietario

2595. Principio legal. — 2595 bis. Dualidad de responsabilidades. — 2596. Nuestra opinión. — 2597. Fundamento de la responsabilidad del propietario. — 2597 bis. Pluralidad de propietarios de la cosa daño-sa. — 2598. Diferencias de régimen entre ambas responsabilidades, del dueño y del guardián. — 2599. Excusabilidad del propietario. — 2600. Requisitos de la responsabilidad del propietario. 2601. Aplicaciones legales de la responsabilidad del propietario. — 2602. Enunciación ejemplifica-tiva. — 2603. Otras aplicaciones. jurisprudencia. — 2603 bis. Acción resarcitoria principal o accesoria. — 2604. Ruina del edificio. — 2605. Nuestra opinión. — 2606. Ruina de edificio dado en locación o sometido a usufructo. — 2607. Eliminación de la caución “de damni infecti”: otras medidas cautelares .................................................................................... 389

§ 3. Cuestiones comunes a las responsabilidades del guardián y del dueño

2608. Origen del daño. — 2609. Carácter alternativo o acumulativo de una y otra responsabilidad. — 2610. Autoridad de cosa juzgada. — 2611. Influencia de la carencia de discernimiento sobre la responsabilidad del dueño o guardián. — 2612. Acción de recurso: a) del propietario contra el guardián; b) del guardián contra el propietario; c) del dueño o guardián contra un tercero; d) quid de la acción contra el autor del hecho culpable. — 2613. Comparación del guardián y del dueño: síntesis final .................................. 409

IV. RÉGIMEN DE LA LEY 17.711

2614. Exposición y análisis. — 2615. Equiparación del dueño y del guardián. — 2616. Responsabilidad ¿concurrente o excluyente? — 2617. Mantenimiento de la diferenciación conceptual entre el daño causado por el hecho del hombre (“con la cosa”) o derivado del hecho de la cosa (“por

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JORGE JOAQUÍN LLAMBÍAS506

el riesgo o vicio de la cosa”). — 2618-2620. Uso contrario a la voluntad del dueño o guardián. exclusión de responsabilidad. — 2621. Intervención de una pluralidad de cosas dañosas. — 2622. Supuesto a considerar ............... 418

§ 1. Daños causados con cosas

2623. Principio legal. — 2624. Ámbito de aplicabilidad del precepto. — 2625. Quiénes responden por daños causados con las cosas. — 2626. Fundamento de la presente responsabilidad. — 2627. Liberación del respon-sable. — 2628. Posible acción de recurso. — 2629. Significado práctico de la presente responsabilidad. — 2630. Crítica de la regulación legal. — 2631. Reforma legal aconsejada ............................................................................. 426

§ 2. Daños causados por el vicio de la cosa

2632. Formulación legal. — 2633. Noción de vicio de la cosa. — 2634. Personas responsables. — 2635. Fundamento subjetivo de la responsabili-dad del dueño o guardián. — 2636. Inexcusabilidad del dueño o guardián. —2637. Requisitos de la presente responsabilidad: prueba. — 2638. Ex-tensión del resarcimiento. — 2639. Exención total o parcial del dueño o guardián. — 2640. a) Culpa de la víctima. — 2641. b) Culpa de un tercero. — 2642. c) Caso fortuito. — 2643. Quid de la carencia de discernimiento del dueño o del guardián aparente. — 2644. Autoridad de cosa juzgada: remisión. — 2645. Acciones recursorias: remisión. —2646. Crítica a la regulación legal. — 2647. Reforma legal aconsejada ................................... 444

§ 3. Daños causados por el riesgo de la cosa

2648. Principio legal. — 2649. Noción de riesgo de la cosa. — 2650. Nuestra opinión. — 2651. Prueba del riesgo de la cosa. — 2652. Fundamento objetivo de esta responsabilidad. — 2653. Naturaleza de la responsabilidad por riesgo. — 2654. Personas responsables: remisión. — 2654 bis. Requisito de esta responsabilidad: prueba. — 2655. No excusabilidad de la responsa-bilidad por riesgo. — 2655 bis. Irrelevancia del empleo utilitario o desinte-resado de la cosa. — 2656. Extensión del resarcimiento. — 2657. Causas de exclusión de responsabilidad. remisión. — 2658. Quid de la carencia de discernimiento del dueño o guardián. — 2659. Posible acción recursoria. — 2660. Crítica de la norma legal. — 2661. Reforma legal aconsejada. — 2662. Legislación comparada ....................................................................... 456

V. DAÑOS CAUSADOS POR ANIMALES

2663. Escasa importancia práctica en la actualidad. — 2664. Antece-dentes históricos. — 2665. Sistema del Código. — 2666. Quién responde: distintos supuestos. — 2667. a) El dueño. — 2667 bis. Supuesto de varios condóminos. — 2668. Dependientes del dueño. — 2669. b) El guardián. —

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INDICE 507

2669 bis. Guarda compartida: remisión. — 2670. Aplicaciones del concepto de guardián. — 2670 bis. Carácter excluyente o concurrente de la respon-sabilidad del guardián. — 2671. Acción recursoria. — 2672. c) Tercero que excita al animal. — 2673. Fundamento de esta responsabilidad. — 2674. Nuestra opinión. 2675. Inexcusabilidad relativa de esta responsabilidad. — 2676. Requisitos condicionantes de la presente responsabilidad. — 2677. a) Cualquier animal. — 2678. b) Causa del daño. — 2679. c) Objeto del daño. — 2680. Causas de cesación de esta responsabilidad. — 2681. a) Soltura o extravío del animal. — 2682. b) Caso fortuito o fuerza mayor. — 2683. c) Culpa de la víctima. — 2684. d) Excitación del animal por un tercero. — 2685. e) Daños entre animales. — 2686. Improcedencia del abandono noxal .............................................................................................................. 471

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO IV-B

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TRATADODE

DERECHO CIVILOBLIGACIONES

TOMO IV-B

JORGE JOAQUÍN LLAMBÍASProfesor titular de Derecho Civil en la Universidad Nacional de Buenos Aires, y en la Universidad Católica Argentina. - Miembro del Instituto Argentino de Estudios Legislativos. - Ex juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo

Civil de la Capital Federal.

ACCIÓN CIVIL Y ACCIÓN PENALRESPONSABILIDADES ESPECIALES

VOLUNTAD UNILATERAL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA

ÍNDICES GENERALES DE LA OBRACUARTA EDICIÓN ACTUALIZADA

POR

PATRICIO RAFFO BENEGAS

OBRA LAUREADA CON EL PRIMER PREMIO NACIONAL “DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS”

DISCERNIDO POR EL MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN

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Llambías, Jorge JoaquínTratado de derecho civil: obligaciones / Jorge Joaquín Llambías; adaptado por Patricio Raffo Benegas. - 4a ed. - Buenos Aires: Abeledo Perrot, 2012.v. 5, 496 ps.; 24x17 cm.

ISBN 978-950-20-2331-1

1. Derecho Civil . I. Raffo Benegas, Patricio, adapt. II. Título.CDD 346

ISBN 978-950-20-2330-4 (OC)ISBN 978-950-20-2331-1 (Vol. IV-B)

SET 41354708SAP 41354707

Tirada: 600 ejemplares

© Jorge Joaquín Llambías© AbeledoPerrot S.A.

Administración y redacciónTucumán 1471

Tel.: (54-11) 4378-4733 - Fax.: (54-11) 4378-4723

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Figueroa Alcorta 2263 - Tel.: (54-11) 4803-2468Fax: (54-11) 5236-8939

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Hecho el depósito que establece la ley 11.723. Derechos reservados.Impreso en la Argentina. Printed in Argentina.

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En esta edición, los comentarios y adiciones del actualizador, Dr. Patricio José Raffo Benegas, han sido compuestos en letra Franklin Gothic. Aquellos párrafos que le corresponden íntegramente repiten el número del párrafo original del Dr. Jorge Joaquín Llambías, con el agregado de un número arábigo para su mejor identificación y ordenamiento sistemático (por ejemplo, 2698-1).

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ÍNDICE

Capítulo XXXVI

ACCIÓN POR INDEMNIZACIÓN

2687. Materia del presente capítulo.— 2688. Legitimación activa o pasiva ..... 9

§ 1. Legitimación activa

2689. Damnificado.— 2690. Damnificado directo.— 2691. Damnificado indi-recto.— 2692. Quid de la vinculación del damnificado indirecto con la víctima del acto ilícito.— 2693. Damnificados indirectos por el homicidio: remisión.— 2694. Damnificados indirectos por injurias.— 2695. Quid del cónyuge divorciado.— 2696. Quid de los hijos mayores de edad.— 2697. Los damnificados indirectos y el daño moral.— 2698. Pluralidad de damnificados.— 2698-1. Pluralidad de damnificados y la cosa juzgada refleja.— 2699. Sucesores universales del damnificado.— 2700. Cesionarios.— 2701. Incesibilidad de la reparación del agravio moral.— 2702. Acreedores. Remisión.— 2703. Propietario, poseedor, tenedor, acreedor hipotecario: remisión.— 2704. Quid del gestor de negocios ajenos .............................................. 9

§ 2. Legitimación pasiva

2705. Quién es deudor de la indemnización.— 2706. Autor del hecho.— 2707. Coautor.— 2708. Consejeros y cómplices: remisión.— 2709. Partícipes culpables del hecho dañoso.— 2710. Encubridor.— 2711. Beneficiario del delito.— 2712. Tercero civilmente responsable.— 2713. Dueño de una cosa.— 2714. Guardián de la cosa.— 2715. Dueño o guardián de un animal.— 2716. Tercero que excita al animal.— 2717/2718. Guardián de animal feroz.— 2719. Sucesores universales del responsable.— 2720. Indemnización en especie.— 2721. Asegurador del responsable: remisión ...................................................................................................................... 21

§ 3. Prueba de los extremos de la acción

2722. Cargo de la prueba.— 2723. Violación de la ley.— 2724. Imputabilidad.— 2725. Daño resarcible.— 2726. Relación causal del hecho con el daño remisión .... 24

§ 4. Extinción de la acción

2727. Renuncia.— 2728. Ineficacia de la renuncia con respecto a otros damni-ficados.— 2729. Renuncia tácita.— 2730. Renuncia a la acción criminal.— 2731. Transacción: reenvío.— 2732. Prescripción: reenvío.— 2733. Suspensión de la pres-cripción.— 2734. Ley 17.711.— 2735. Cuestiones marginales.— 2736. Apreciación crítica .......................................................................................................................... 25

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ÍNDICE488

Capítulo XXXVII

RELACIÓN ENTRE LA ACCIÓN CIVIL Y LA ACCIÓN PENAL

2737. Planteo de la cuestión .................................................................... 33

§ 1. Independencia de las acciones civil y penal

2738. Distinción.— 2739. Objeto de las acciones civil y penal.— 2740. Fun-damento de ambas acciones.— 2741. Regulación por distintos códigos.— 2742. Independencia relativa.— 2743. Influencia de la acción penal sobre la acción civil.— 2744. Influencia de lo civil sobre lo penal: cuestiones prejudiciales ......................... 33

§ 2. Jurisdicción competente

2745. Competencia del juez civil.— 2746. Innovación del Código Penal: com-petencia concurrente.— 2747. Consecuencias de la opción del damnificado por la jurisdicción penal.— 2748. Consecuencia de la opción por la jurisdicción civil ...... 35

§ 3. Ejercicio de la acción civil en el fuero penal

2749. Ausencia de indemnización de oficio.— 2750. Examen teórico.— 2751. La cuestión en derecho positivo.— 2752. Transitoria vigencia del decreto-ley 4778/1963.— 2753. Legitimación activa.— 2754. Legitimación activa del dam-nificado directo.— 2755. Quid de la legitimación activa del damnificado indirec-to.— 2756. Cónyuge, padres e hijos de la víctima.— 2757. Tutores, curadores y guardadores.— 2758. Articulación útil de la pretensión resarcitoria.— 2759. Legitimación pasiva............................................................................................... 39

§ 4. Ejercicio de la acción resarcitoria en el fuero civil

2760. Prioridad del proceso penal.— 2761. Requisitos de la suspensión.— 2762. Es regla de orden público: sanción.— 2763. Alcance de la suspensión legal.— 2764. Ámbito de aplicabilidad de la suspensión de la sentencia.— 2765. Cese de la suspen-sión.— 2765-1. Suspensión del juicio penal a prueba (probation).— 2766. Quid del sobreseimiento provisional.— 2767. Excepciones a la paralización de la sentencia civil ............................................................................................................................ 48

§ 5. Influencia de la sentencia penal en la jurisdicción civil

2768. Preminencia relativa de la sentencia penal.— 2769. A) Sentencia penal condenatoria.— 2770. Cuestiones irreversibles.— 2771. Cuestiones revisables.— 2772. Quid de la existencia del daño.— 2773. B) Sentencia penal absolutoria.— 2774. Comparación de los arts. 1102 y 1103.— 2775. Criterio legal.— 2776. Fundamento del criterio legal.— 2777. Límite de la cosa juzgada: inexistencia del hecho.— 2778. Calificación del hecho principal.— 2779. Elementos de elaboración de la sentencia civil.— 2780. Qué es la absolución obstativa de la condena civil.— 2781. Absolución en plenario.— 2782. Sobreseimiento definitivo.— 2783. Nuestra opinión.— 2784. Sobreseimiento provisional.— 2785. C) Cuestiones comunes a la condena o absolu-ción del acusado.— 2786. Aplicación de oficio.— 2787. Irrenunciabilidad de la cosa juzgada.— 2788. Ámbito de aplicabilidad.— 2789. Excepción a la cosa juzgada: propiedad intelectual.— 2790. Quid de la apreciación de insania ............................. 58

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ÍNDICE 489

§ 6. Influencia de la sentencia civil sobre la jurisdicción penal

2791. Principio de no gravitación.— 2792. Fundamento del principio de no gravitación.— 2793. Mantenimiento de la sentencia civil.— 2794. Cuando cae la cosa juzgada civil.— 2795. Excepciones al principio: cuestiones prejudiciales.— 2796. Causas de prejudicialidad: carácter taxativo.— 2797. Cuestión prejudicial relativa al matrimonio.— 2798. Derogación de la cuestión prejudicial relativa a la calificación de la quiebra.— 2799. Cuestión prejudicial relativa al delito de adulterio.— 2800. Efecto de la prejudicialidad ....................................................................................... 75

Capítulo XXXVIII

RESPONSABILIDADES ESPECIALES

2801. Plan a seguir ............................................................................................. 83

§ 1. Personas jurídicas

2802. Remisión ................................................................................................... 83

§ 2. Funcionarios

2803. Distintas responsabilidades.— 2804. Responsabilidad civil del funcio-nario.— 2805. Naturaleza de esta responsabilidad.— 2806. Legitimación pasiva.— 2807. Previo desafuero de ciertos funcionarios.— 2808. Cuando hay responsabilidad del estado.— 2809. Quid de la responsabilidad del superior jerárquico.— 2810. Legitimación activa.— 2811. Requisitos de esta responsabilidad.— 2812. a) Ejercicio de la función pública.— 2813. b) Cumplimiento irregular de obligaciones legales.— 2814. Responsabilidad de los jueces .......................................................................... 83

§ 3. Profesionales

2815. Ejercicio de profesiones liberales.— 2816. a) Tesis de la culpa aquilia-na.— 2817. b) Tesis de la culpa contractual.— 2818. c) Tesis asistemática.— 2819. d) Nuestra opinión.— 2820. Responsabilidades profesionales en particular ............ 91

I. — Responsabilidad de los médicos

2821. Responsabilidad médica.— 2822. Naturaleza de esta responsabilidad.— 2823. Contrato médico.— 2824. Deberes a cargo del médico.— 2825. Cirugía estética.— 2826. Culpa médica.— 2827. Trasplante de órganos y materiales anatómicos: ley 24.193.— 2828. Responsabilidad de otros profesionales afines al arte de curar ........................................................................................................... 95

II. — Responsabilidad de abogados y procuradores

2829. Naturaleza de la responsabilidad.— 2830. Función del abogado.—2831. Secreto profesional.— 2832. Deberes específicos del abogado.— 2833. Indemnización.— 2834. Función del procurador.— 2835. Responsabilidad del procurador ..................................................................................................... 107

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ÍNDICE490

III. — Responsabilidad de los escribanos

2836. Carácter de la función del escribano.— 2836-1. Ley orgánica notarial 404.— 2837. Responsabilidad exclusiva de los escribanos de registro.— 2838. Responsabilidad común a los escribanos de registro o de título.— 2839. Casuística.— 2840. Cuándo la responsabilidad es contractual u ordinaria.— 2841. Prueba de la culpa ...................................................................................................... 112

IV. — Responsabilidad de ingenieros, arquitectos y constructores

2842. Ámbito de ejercicio profesional.— 2843. Naturaleza de esta responsabili-dad profesional.— 2844. Índole de las prestaciones prometidas.— 2845. Pluralidad de profesionales ......................................................................................................... 120

V. — Responsabilidad de otros profesionales atípicos

2846. Enunciación .............................................................................................. 122

§ 4. Accidentes de trabajo

2847. Planteo del asunto.— 2848. Evolución de la responsabilidad patro-nal.— 2849. Ley 9688 de Accidentes del Trabajo. Leyes 24.028 y 24.557.— 2850. Responsabilidad especial del empleador.— 2851. Fundamento y naturaleza de la responsabilidad específica.— 2852. Caracteres de la responsabilidad específica del empleador.— 2853. Cesación de la responsabilidad especial.— 2854. Titulares de la indemnización especial.— 2855. Opción por la acción de derecho común.— 2856. Quiénes pueden optar por la acción de derecho común.— 2857. Naturaleza de la acción de derecho civil.— 2858. Quid de la aplicabilidad del art. 1113 a la acción de derecho civil.— 2859. Prueba de la culpa o del dolo.— 2859-1. Ley 24.557 y la acción de derecho común ........................................................................................... 123

§ 5. Accidentes de automotores

2860. Ausencia de legislación especial.— 2861. Casos a considerar ................ 136

I. — Daños causados con automóviles

2862. Característica del hecho.— 2863. Sujetos responsables.— 2864. Funda-mento de esta responsabilidad: presunción de culpa.— 2865. Inversión del cargo de la prueba.— 2866. Requisitos a acreditar por el damnificado.— 2867. Quid de la presunción de responsabilidad cuando intervienen varios automotores.— 2868. Daño a tercero.— 2869. Daño a implicado en el choque.— 2870. Culpa en la con-ducción del automotor.— 2871. a) Criterio de afinación de la culpa.— 2872. b) Falta de control del vehículo.— 2873. c) Presunción de culpa del embestidor.— 2874. d) Prioridad de paso.— 2875. e) Velocidad excesiva.— 2876. f) Infracción a otras reglas de tránsito.— 2877. Culpa de la víctima.— 2878. Culpa concurrente.— 2879. Culpa de un tercero.— 2880. Caso fortuito o fuerza mayor.— 2881. Daños causados con vehículos de emergencia ............................................................................................ 138

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ÍNDICE 491

II. — Daños causados por vicio del automotor

2882. Remisión.— 2883. Casuística .................................................................. 153

III. — Daños causados por el riesgo del automotor

2884. Remisión.— 2885. Tendencia jurisprudencial generalizadora.— 2886. Cuál es el daño causado por el riesgo del automotor.— 2887. Prueba del riesgo au-tomotor.— 2888. Presunciones de riesgo encontradas.— 2889. Quid de la reparación del daño moral ............................................................................................................ 154

§ 6. Accidentes ferroviarios

2890. Noción.— 2891. A) Daño al pasajero: responsabilidad contractual.— 2892. B) Daño a terceros: responsabilidad extracontractual.— 2893. Deberes de la empresa y sus empleados.— 2894. Pasos a nivel.— 2895. Barreras levantadas.— 2896. Senda peatonal.— 2897. C) Daños a la empresa .................................................................. 158

§ 7. Accidentes de navegación por agua

2898. Noción.— 2899. Régimen legal: remisión.— 2900. A) Daño al pasajero: responsabilidad contractual.— 2901. Daños al equipaje.— 2902. Límite de responsabi-lidad.— 2903. Transporte benévolo.— 2904. Averías.— 2905. B) Daños a terceros ...... 163

§ 8. Accidentes aeronáuticos

2906. Noción.— 2907. Régimen legal: remisión.— 2908. A) Daños al pasajero: responsabilidad contractual.— 2909. Fundamento de la responsabilidad contrac-tual.— 2910. Límite de responsabilidad.— 2911. Averías.— 2912. Transporte bené-volo.— 2913. Cesación de la responsabilidad del transportador.— 2914. Transporte internacional.— 2915. Convención Varsovia-La Haya.— 2916. B) Daños a terceros: responsabilidad extracontractual.— 2917. Fundamento objetivo: riesgo creado.— 2918. Titular de la indemnización.— 2919-2920. Personas responsables.— 2921. Requisitos de la responsabilidad aérea.— 2922. Límite de responsabilidad.— 2923. Responsabilidad ilimitada.— 2924. Causas de exención de responsabilidad.— 2925. Acción de recurso.— 2926. C) Daños producidos por abordajes.— 2927. Daños a aeronaves, personas y bienes embarcados.— 2928. Daños a terceros en la superfi-cie.— 2929. Caducidad de la acción de recurso.— 2930. Limitación de responsabi-lidad.— 2931. D) Prescripción .................................................................................. 165

§ 9. Daños nucleares

2932. Responsabilidad por daños nucleares.— 2933. Régimen legal: ley 17.048.— 2934. Noción de daños nucleares.— 2935. Sujeto responsable.— 2936. Fundamento de esta responsabilidad.— 2937. Requisitos de esta responsabilidad.— 2938. Límite de esta responsabilidad.— 2939. Seguro de responsabilidad nuclear.— 2940. Acción de recurso.— 2941. Causas de exención de responsabilidad.— 2942. Caducidad de esta responsabilidad ............................................................................ 179

§ 9-1. Residuos peligrosos

2942-1. Daños producidos por residuos peligrosos.— 2942-2. Noción de residuo peligroso.— 2942-3. Sujetos responsables.— 2942-4. Fundamento de esta

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ÍNDICE492

responsabilidad.— 2942-5. Causas de exención de responsabilidad.— 2942-6. La ley 25.612 de residuos industriales.— 2942-7 ........................................................... 184

§ 9-2. Daño ambiental

2942-8. Daño ambiental: noción y remisión ...................................................... 188

§ 10. Productos elaborados

2943. Cuestión a decidir.— 2944. Importancia del asunto.— 2945. Antecedentes extranjeros.— 2946. La cuestión en nuestro derecho.— 2947. A) El damnificado es el primer adquirente del producto vicioso.— 2948. B) El damnificado es un tercero.— 2949. a) Acción contra el fabricante.— 2950. Prueba de la culpa del fabricante.— 2951. Liberación del fabricante.— 2952. Liberación parcial del fabricante.— 2953. b) Acción contra el dueño o guardián de la cosa dañosa.— 2954. c) Acción contra el transmitente de la cosa viciosa.— 2955. Quid de la acción recursoria contra el fabricante.— 2956. Jurisprudencia ............................................................................ 189

§ 10-1. Defensa del consumidor

2956-1. Defensa del consumidor: ley 24.240.— 2956-2. Responsabilidad por daños.— 2956-3.— 2956-4.— 2956-5.— 2956-6.— 2956-7. Daño directo.— 2956-8. Daño punitivo (multa civil).— 2956-9. Prescripción ................................................ 203

§ 11. Responsabilidad colectiva

2957. Noción de responsabilidad colectiva o anónima.— 2958. Distinciones previas.— 2959. Antecedentes extranjeros.— 2960. La cuestión en nuestro dere-cho.— 2961. Fundamento de la responsabilidad colectiva.— 2962. Quid de una responsabilidad subjetiva u objetiva.— 2963. Requisitos de la responsabilidad co-lectiva.— 2964. La responsabilidad es simplemente mancomunada.— 2965. Criterio de división de la deuda.— 2966. Acción de recurso .................................................. 215

Capítulo XXXIX

VOLUNTAD UNILATERAL

2967. Controversia doctrinaria.— 2968. Teoría positiva.— 2969. Réplica.— 2970. Teoría negativa.— 2971. Nuestra opinión ....................................................... 225

§ 1. Ofertas contractuales

2972. Planteo del asunto.— 2973. Renuncia al retiro de la oferta por tiempo indeterminado.— 2974. Modos de aceptar la renuncia a la retractación.— 2975. Oferta por tiempo determinado.— 2976. Conclusión.— 2977. Daños y perjuicios.— 2978. Medida del resarcimiento ........................................................................................... 230

§ 2. Promesas públicas

2979. Noción.— 2980. Importancia.— 2981. Ausencia de legislación. Inapli-cabilidad del art. 1148.— 2982. Causa-fuente de la obligación.— 2983. Nuestra opinión.— 2984. Revocabilidad de la promesa pública.— 2985. Muerte del pro-

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mitente.— 2986. Concurrencia de varios acreedores.— 2986 bis. Pago a acreedor aparente.— 2987. Tiempo de realización del hecho.— 2988. Muerte del ejecutor del hecho.— 2989. Prueba.— 2990. Promesa de recompensa por restitución de cosa perdida.— 2991. Opción por la recompensa legal ..................................................... 238

§ 3. Concursos

2992. Noción.— 2993. Proyectos de reforma integral del Código Civil.— 2994. Normas aplicables a los concursos ............................................................................ 249

§ 4. Títulos al portador

2995. Noción.— 2996. La causa de la obligación no es la voluntad unilateral.— 2997. Hay constitución de una obligación abstracta.— 2998. Billetes de lotería ..... 252

§ 5. Testamentos

2999. Relación del testamento con la voluntad unilateral .................................. 254

§ 6. Gestión de negocios

3000. Noción.— 3001. La causa-fuente de la obligación es la ley .................... 254

§ 7. Estipulación por tercero

3002. Noción.— 3003. La causa-fuente no es la voluntad unilateral ................ 255

§ 8. Decisiones colegiadas

3004. Planteo.— 3005. No hay obligación causada por voluntad unilateral ..... 255

§ 9. Fundaciones

3006. La promesa de fundación en el Código de Vélez.— 3007. Ley de funda-ciones 19.836.— 3008. Fallecimiento del fundador.— 3009. Legado de fundación 256

§ 10. Caución real o juratoria

3010. Noción ...................................................................................................... 259

§ 11. Reconocimiento de deuda

3011. Remisión ................................................................................................... 260

§ 12. Promesa de fianza

3012. Noción.— 3013. Naturaleza jurídica.— 3014. Comparación con la dele-gación de deuda .......................................................................................................... 260

§ 13. Negocios claudicantes

3015. Noción ...................................................................................................... 261

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§ 14. Conclusión

3016. Observación final ...................................................................................... 261

Capítulo Xl

ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA

I. — Generalidades

3017. Teoría del enriquecimiento sin causa.— 3018. Cuál es la causa de deber.— 3019. Nuestra opinión ................................................................................................ 263

II. — Antecedentes históricos

3020. Derecho romano.— 3021. Edad Media.— 3022. Derecho posterior ....... 269

III. — Legislación comparada

3023. Clasificación.— 3024. I) Países carentes de legislación sistemática.— 3025. II) Países de legislación sistemática al respecto.— 3026. III) Países del “common law” ........................................................................................................... 272

IV. — Proyectos de reforma

3027. Formulación del enriquecimiento sin causa ............................................. 274

V. — Acción de “in rem verso”

3028. Noción.— 3029. Legitimación activa y pasiva.— 3030. Objeto de la acción.— 3031. Fundamento de la restitución.— 3032. Requisitos de la acción de “in rem verso”.— 3033. a) Enriquecimiento del demandado: noción.— 3034. Fecha del enriquecimiento.— 3035. Vías de enriquecimiento.— 3036. b) Empobrecimien-to del demandante.— 3036 bis. Fecha del empobrecimiento.— 3037. c) Relación causal entre empobrecimiento y enriquecimiento.— 3038. Quid de la relación indi-recta.— 3039. d) Ausencia de justa causa.— 3040. Casuística.— 3041. e) Carencia de otra acción: principio de subsidiariedad.— 3042. Quid de la falta de culpa del empobrecido.— 3043. Efectos de la acción de “in rem verso”.— 3044. Prescripción de la acción.— 3045. Jurisprudencia.— 3046. Comparación de la acción de “in rem verso” con otras acciones ........................................................................................... 275

VI. — Sistema del Código Civil

3047. Omisión del principio del enriquecimiento sin causa: construcción jurí-dica.— 3048. Casos particulares de aplicación del principio de enriquecimiento sin causa.— 3049. a) Pago indebido: remisión.— 3050. b) Pago por tercero: remisión.— 3051. c) Pago a tercero: remisión.— 3052. d) Pago a acreedor incapaz: remisión.— 3053. e) Empleo útil.— 3054. Noción de empleo útil.— 3055. Requisitos del empleo útil.— 3056. Efectos del empleo útil.— 3057. Beneficio de incapacidad.— 3058. Carácter personal de la acción.— 3059. Objeto de la deuda por empleo útil.— 3060.

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ÍNDICE 495

Gastos funerarios.— 3061. Deudores de los gastos funerarios.— 3062. Gestión de negocios impropia.— 3063. g) Mejoras: remisión.— 3064. h) Especificación.— 3065. i) Adjunción, mezcla o confusión.— 3066. j) Edificación, siembra o plantación.— 3067. k) Deudas sociales contraídas sin mandato.— 3068. I) Depósito en persona incapaz.— 3069. II) Daño involuntario.— 3070. m) Deuda de medianería.— 3071. n) Recompensas entre cónyuges.— 3072. ñ) Acciones recursorias.— 3073. o) Acciones de nulidad.— 3074. Conclusión 358 .......................................................................... 294

Capítulo XlI

OBLIGACIONES “EX LEGE”

3075. Concepto.— 3076. Caracteres.— 3077. Se trata de fuente innominada.— 3078. Diversos supuestos.— 3079.— 3080. Quid de la sentencia: Discusión.— 3081. El abuso de derecho como fuente de responsabilidad ............................................... 309

Índice alfabético de materias de toda la obra ..................................................... 313

Índice de textos legales citados .......................................................................... 401