Trabajo Libros y Registros
-
Upload
roxana-velasquez -
Category
Documents
-
view
200 -
download
0
Transcript of Trabajo Libros y Registros
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 1/16
´Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perúµ
´Año de la Consolidación Económica y Social del Perúµ
UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
Facultad De Ciencias Contables Y Financieras
LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS
INTEGRANTES : Roxana Velásquez Chambe 06-29115
Fortunato Mamani Cama 01-20592
Guillermo Fernández Cohaila 01-21147
CURSO : Auditoría Tributaria
AÑO : 5TO. B
DOCENTE : MAG. CPC. Helard Peralta Delgado
TACNA ± PERÚ
2010
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 2/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 2
Introducción Los Autores
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 3/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 3
CAPÍTULO I
CONCEPTOS BÁSICOS
1.1. DISPOSICIONES DE RELACIONADAS CON LOS LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS
La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias,estableció las disposiciones relacionadas con los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, las cuales están vigentes desde del 1 de enero de 2007, integrando así en un solo cuerpo legislativo las normas sobre la materia.
Las disposiciones para el tratamiento tributario de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios están referidas a:
y El procedimiento para la autorización de los mismos.y La forma en la cual deberán ser llevados.y Los plazos máximos de atraso.y La pérdida o de strucción de los mismos.y La contabilidad comple ta, disposición vigente a partir del 2009 de acuer do a lo
dispuesto por la Resolución de Super intendencia N° 239-2008/SUNAT.y La inf or mación mínima y f or mato del Libro Diar io de For mato Simplificado, vigente a
partir del 2009 de acuer do a los dispuesto por la Resolución de Super intendencia N°239-2008/SUNAT.
y La inf or mación mínima contenida en los libros y registros vinculados a asuntos tr ibutar ios, así como los f or matos que la integr an, disposición que entr ar á en vigenciaa partir del 01 de julio del 2010, excepto par a el Libro Diar io de For mato Simplificado,de acuer do a lo dispuesto por la Resolución de Super intendencia N° 017-2009/SUNAT.
IMPORTANTE:Según lo dispuesto por la Resolución de Super intendencia N° 017-2009/SUNAT,
aque
llos
deu
dores
tr
ibut
ar
ios
que
e
ntre
e
l 1 ye
l 24 de
e
nero
de
l 2009 hu
bier
anempezado a llevar los libros y registros vinculados a asuntos tr ibutar ios de acuer do a lainf or mación mínima y f or matos dispuestos por la R.S. N° 234-2006/SUNAT podr án optar por :
Continuar llevándolos de dicha f or ma, debiendo contener éstos lainf or mación mínima y f or matos dispuestos. Ejer cida la opción ésta no podr áser modificada; o,
Continuar llevando sus libros y registros a partir del 1 de enero de 2009,conf or me a como los debían llevar al 31 de diciembre de 2008, debiendo par a
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 4/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 4
1.2. AUTORIZACIÓN DE LIBROS Y REGISTROS
1.2.1. Legalización de los Libros y Registros
Los libros y registros vinculados a asuntos tr ibutar ios ser án legalizados por los notar ios o, a falta de éstos, por los jueces de paz letr ados o jueces de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal deldeudor tr ibutar io.
Tr atándose de las provincias de Lima y Callao, la legalización podr á ser ef ectuada por los notar ios o jueces de cualquier a de dichas provincias.
Los notar ios o jueces, según corresponda, colocar án una constancia en la pr imer aho ja de los mismos y proceder án a sellar todas las ho jas del libro o registro, las mismas que deber án estar debidamente f oliadas por cada libro o registro, incluso cuando se lleven utilizando ho jas sueltas o continuas.
Tanto los notar ios como los jueces llevar án un registro cronológico de las legalizaciones que otor guen.
Importante:
La autor ización del Libro de Planillas ser á de acuer do a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-98-TR y nor mas modificator ias.
1.2.2. Oportunidad de la Legalización
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 5/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 5
1.3. PRINCIPALES CAMBIOS EN LOS LIBROS Y REGISTROS:
La SUNAT publico la Resolución de Super intendencia Nº 234-2006/SUNAT, que regula lanor mativa sobre los Libros y Registros vinculados a asuntos tr ibutar ios, siendo su f echa de vigencia desde el 01.01.2007, excepto artículos 12º y 13º que entr an en vigencia a partir del01.01.2008
Todas estas modificaciones acarrean las siguientes implicancias par a las empresas dur ante el2007:
1.3.1. Empleo del Plan Contable Gener al Revisado vigente en el paí s.
Los contr ibuyentes deber án emplear el Plan Contable Gener al Revisado (PCGR)aprobado mediante la Resolución Nº 006-84-EFC/94.10 (03.03.84) hasta tres (3) dígitos
como mínimo en caso de contr ibuyentes que en el e jer cicio anter ior no hubier anobtenidos ingresos brutos super iores a 100 UIT y como mínimo hasta cuatro (4) dígitos par a deudores tr ibutar ios que hubier an super ado dicho monto.
1.3.2. En lo que concier ne al contenido, en gener al éstos deben contar como Datos de
Cabecer a lo siguiente:
� Denominación del libro o registro.� Per iodo y/o Ejer cicio al que corresponde la inf or mación registr ada.� Número de RUC del deudor tr ibutar io, Apellidos y nombres, denominación y/o
r azón social de éste.
1.3.3. Control contable de tr ibutos con la clase 4 del Plan de Cuentas Modificada par a estos ef ectos por esta directiva.
1.3.4. Se define los libros de la llamada contabilidad completa:
a) Libro Caja y Bancos b) Libro de Inventar ios y Balances c) Libro Diar io d) Libro Mayor e) Registro de Compr as f) Registro de Ventas e Ingresos
Como se puede obser var éstos están compuestos tanto por los Libros consider ados
co
mo
Pr
incipales
as
í co
mo
por
los
Re
gistros
Au
xiliares
Obligator
ios
(Re
gistro
de
Compr as y Ventas).
Del mismo modo se enuncia los libros y registros que integr ar án la contabilidadcompleta, siempre que el deudor tr ibutar io se encuentre obligado a llevar los, como:
a) Libro de Retenciones según incisos e) y f) del artículo 34º del TUO de la Ley delImpuesto a la Renta
b) Registro de Activos Fijos, En virtud al inciso f) del artículo 21º del Reglamento delTUO de la LIR
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 6/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 6
c) Registros de Costos e Inventar io Per manente, siempre que sus ingresos brutos anuales dur ante el e jer cicio precedente hayan sido mayores a mil quinientas (1,500)UIT del e jer cicio en curso.
a. Registro de Costos b. Registro de Inventar io Per manente en Unidades Fí sicas
c. Re
gistro
de
Inve
nt
ar
io
Per
mane
nte
Valor
izado
.Dentro de este grupo no se encuentr an comprendidos otros Registros como son elRegistro del Régimen de Retenciones del IGV, Registro del Régimen de Per cepciones,Registro de consignaciones y el Registro de IVAP, que igualmente deber án ser llevados en tanto resulten obligados.
1.3.5. La Resolución regula en un solo cuer po legal:El procedimiento de autor ización de los libros y registros vinculados a asuntos tr ibutar ios, las nor mas ref er idas a los plazos máximos de atr aso y la pér dida o destrucción de los mismos, establece la f or ma en que deber án ser llevados los ref er idos libros y registros, la inf or mación mínima y los f or matos que los integr an; dicta las nor mas que regulen los libros y registros exigidos por la Ley del Impuesto a la Renta así como
establece otros requisitos de los Registros de Consignaciones, de Ventas e Ingresos y de Compr as.
Finalmente debemos de señalar que se ha de jado par a el 2008 la aplicación de los nuevos f or matos y contenidos de los libros contables y registros enunciados anter ior mente, que ensu gener alidad han var iado significativamente y que incluyen nuevos datos e inf or maciones contables y extr acontables distintas a las que convencionalmente se incluían en los mismos.
1.4. IMPLICANCIAS PARAS LAS EMPRESAS
1.4.1. No resultar a conveniente la Contabilidad Manual
Dada la enor me comple jidad de los nuevos f or matos de libros y registros contables,menores plazos de atr aso en su llevado y en gener al la enor me cantidad de aspectos aser consider ados en el registro contable que implica llevar la contabilidad a 3 dígitos par a empresas que no superen ventas anuales de S/. 350,000 y 4 dígitos par a aquellas que las superen, ser á inconveniente seguir manteniendo contabilidad manual e incluso llevada en módulos de ho jas electr ónicas y otr as aplicaciones que no aseguren unaagregación de saldos automática y en línea, que únicamente lo asegur an algunos Sof tware Integr ales de Gestión Contable y Financier a que están en el mer cado.
1.4.2. La Empresa deber á de Inf or matizarse
Teniendo en cuenta lo anter ior y a fin de que no se le generen sobrecostos, las empresas deber án de inf or matizar sus procesos de Ventas, Compr as, Caja y Bancos,
Planillas, Almacén, etc. A tr avés de progr amas inf or máticos que les aseguren a su vezque se capturen los datos de esas tr ansacciones a sus módulos de Contabilidad, par aque de esta f or ma no se genere un doble tr abajo si es que se ingresan aun en sof tware contables los comprobantes de pago, factur as boletas, etc., debido a que no se encuentr an en procesos en línea. Llegar a este gr ado de inf or matización le per mitir íareducir costos, me jor ar sus controles, tener inf or mación en línea de lo que pasa en su empresa y lógicamente cumplir tan complicadas obligaciones contables der ivadas de estas nor mas comentadas.
1.4.3. Constante Soporte y Capacitación
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 7/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 7
Teniendo en cuenta la constante modificación de nor mas tr ibutar ias y legales que implicar an var iar constantemente los contenidos de los sof tware contables a los cuales como hemos vistos tendr án que recurr ir las empresas, se har á necesar io que estas se aseguren proveedores que les aseguren una adecuación y actualización
co
nst
ante
de
los
so
f tw
are
co
nt
ables
ysu
corres
po
ndie
nte
capacit
ación al perso
naladministr ativo y contable que se encar gar a de su uso. Ello solo se podr á asegur ar silas empresas adquieren sof tware comer ciales estándares y de proveedores confiables que les aseguren soporte per manente en caso los requier an. La confiabilidad delproveedor esta dada por su conocimiento del tema contable (ningún progr amador aislado lo asegur a), residencia en la localidad (cuesta mas caro tr aer los desde otr as ciudades), certificación de clientes que ya vienen usando sus progr amas con éxito,tener patentes de mar ca y propiedad intelectual (nada mas caro quede jar en manos de pir atas su inf or mación contable), y que le asegure sof tware que se adecuen a sus necesidades de control e inf or mación de la empresa y no los maniate a otros predeter minados e inaplicables.
1.4.4. Elevar la Productividad de las Empresas
Si bien es cierto que estos cambios resultan obligados por la nor ma tr ibutar ia desde ahor a, hay que precisar que si bien los nuevos f or matos de los libros y registros resultan aplicables desde el 2008, dur ante el 2007 las empresas deben de adecuar sus procedimientos administr ativos y sus manuales de control a ef ectos de adecuarse aestas nuevas exigencias, el año siguiente, par a las empresas estas adecuaciones sinduda significar an una me jor a en su productividad, dado a que el uso de la inf or máticapar a automatizar sus procesos de ventas, compr as, almacén, tesorer ía, etc. Las pondr án al nivel de empresas competitivas nacionales y extr anjer as que vienenincursionando en nuestros mer cados locales premunidos de tecnologías de puntas que les per miten: reducir costos, aceler ar procesos, obtener inf or mación confiable yme jor ar el control de sus patr imonios, todo esto significa elevar la productividad de las empresas, lo cual sin duda se ver a refle jadas finalmente en mayores rentabilidades y
ganancias.De tal f or ma que las empresas deber án de af rontar estas exigencias legales como unaoportunidad, ya que las que logren hacer lo de me jor f or ma estar án encaminándose sinduda a su engr andecimiento.
1.5. NUEVAS CONDICIONES APLICABLES A PARTIR DEL 01 DE JULIO 2010
A partir del 01.07.2010 r ige el artículo 13º de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT, que establece los f or matos e inf or mación mínima de los Libros y Registros vinculados a asuntos tr ibutar ios, por tal r azón, en el presente inf or me se abor dan los aspectos más importantes relacionados con el llevado de dichos libros y/o registros a ef ectos de or ientar sobre eladecuado cumplimiento de las f or malidades exigidas.
1.5.1. Gener alidades
Los libros y registros constituyen las herr amientas f undamentales par a obtener inf or mación, evaluar la eficiencia y desempeño de las diversas áreas y cumplir adecuadamente sus obligaciones. Así, en f unción a la inf or mación anotada en los libros y registros se elabor an los Estados Financieros, per mitiendo cubr ir las necesidades comunes de inf or mación de una amplia gama de usuar ios.En ef ecto, dado que en ellos se anotan las oper aciones realizadas por los contr ibuyentes, se propor ciona a la Administr ación Tr ibutar ia evidencia documentar ia
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 8/16
F
cu¡
¢
£
de C¤
enci
¥
C¦
ntables y Financieras Curs
§ ̈ e
©
uditoría Tributaria
Lib
y Regi t
vi
lad
a Asunt s Tributari s P ág
a 8
constituyéndose también en una herramienta al momento de realizar sus laborares de f iscalización y verif icación.
1.5.2. Perspectiva Contable
El artículo 33° del Código de Comercio establece que en general todo negocio (sea una persona natural o jurídica) debe llevar necesariamente, con la f inalidad de proteger los intereses que conf luyen en la empresa, los siguientes libros contables: (i) Inventarios y Balances, iario, Mayor (Libros Principales) y (ii) los demás libros que ordenen las leyes especiales (Libros y Registros
uxiliares obligatorios). e esta f orma, en general, a manera de resumen se puede decir que todo negociante
debe llevar los siguientes libros y registros:
1.5.3. Libros y Registros Obligatorios:
El Anexo 1 de la Resolución Nº 234-2006/ SUNAT ±en adelante la Resolución±detalla la
relación de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, que deberán llevar loscontribuyentes en tanto resulten obligados y que por ende deben ser legalizados.
Así, respecto al Impuesto a la Renta, se regula la obligación de llevar libros y registros en f unción al tipo de renta que genere el contribuyente y para el caso de Rentas de Tercera Categoría, según el régimen en el cual se encuentra. A continuación se muestra gráf icamente los libros y registros que se deben llevar según tipo de contribuyente:
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 9/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 9
Así como se ha establecido una obligación dispuesta expresamente por la Ley delImpuesto a la Renta, se puede afir mar que la Ley del Impuesto Gener al a las Ventas (en adelante, LIGV) posee sus propias exigencias tal como se advierte del artículo 37ºdel TUO de la LIGV donde se señala que los ´contr ibuyentesµ del Impuesto estánobligados a llevar un Registro de Ventas e Ingresos y un Registro de Compr as, en los
que
anot
ar
án las
o
per
acio
nes
que
re
alice
n, de
acuer
do
a las
nor
mas
que
señ
ale
e
lreglamento.
Además, se exige la obligación de llevar un Registro de Consignaciones respecto acontr ibuyentes que realicen Ventas en Consignación. Téngase presente que tambiénconstituyen libros y registros vinculados a asuntos tr ibutar ios, los libros societar ios:
Actas de la Junta Gener al de Accionistas, Actas del Director io, Matr ícula de Acciones yel libro de Actas de la EIRL, así como la Planilla Electr ónica. Adicionalmente, elmencionado Anexo 1 contempla otros registros vinculados con algunas actividades específicas y que de resultar obligados a llevar los los mismos también tendr án que ser legalizados, tal como es el caso del Registro de Huéspedes.
1.5.4. Sistemas de Contabilidad:
Uno de los pr imeros pasos que debe seguir toda unidad empresar ial a ef ectos de registr ar las oper aciones comer ciales en f or ma or denada y diligente y que sir van de utilidad tanto par a la propia empresa, así como proveedores, clientes, accionistas y elEstado mismo, consiste en elegir el Sistema de Contabilidad a tr avés del cual se llevar án los libros y registros vinculados a asuntos tr ibutar ios.Los Sistemas de Contabilidad que pueden ser empleados son tanto el Sistema Manualcomo el Sistema Computar izado.Sobre el particular debe tenerse en cuenta que el Sistema Contable, viene deter minado según la llevanza de los Libros Pr incipales, es decir , Diar io, Mayor e Inventar ios yBalances, el que deber á ser comunicado a la SUNAT al momento de inscr ibirse en elRUC. Ello implica que, los libros y registros distintos a los libros pr incipales, tales
co
mo
Re
gistros
de
Co
mpr
as
y Ve
nt
as
, yotros
pue
dan lle
varse
me
diante
u
ns
iste
madif erente no teniendo que adecuarse estos necesar iamente al sistema empleado par alos LibrosPr incipales.Al respecto el Tr ibunal Fiscal en la RTF Nº 1006-4-99 (29.11.99) ha señalado que los Registros de Compr as y Ventas son registros auxiliares cuya inf or mación se encuentr arecogida en los libros pr incipales de Contabilidad, por lo que el hecho que larecurrente lleve en otro sistema los mismos no significa que hubier a cambiado elsistema de contabilidad de los Libros Pr incipales.Es importante señalar que una vez adoptado el sistema en que ser án llevados los Libros pr incipales no podr á ser var iado en el curso del e jer cicio sino hasta el e jer cicio siguiente de conf or midad a lo señalado en la Resolución Director al Nº 010-DGC(13.02.70). En este supuesto, se requiere que se comunique a la Administr aciónTr ibutar ia el cambio que debe ef ectuarse necesar iamente al inicio de cada e jer cicio
que conf or me a lo establecido en el artículo 24º de la Resolución de Super intendenciaNº 210-2004/SUNAT (18.09.2004) tiene como plazo los 5 días hábiles siguientes,utilizando par a tal ef ecto el For mular io Nº 2127: Solicitud de modificación de Datos; o atr avés de SUNAT Virtual utilizando par a tal ef ecto el Sistema SOL, ´SUNATOper aciones en Líneaµ debiendo contar par a tal ef ecto con su Código de Usuar io y su clave Sol, en la opción Modificación de Datos RUC de Tr ámites y Consulta de RUC.
1.5.5. Contabilidad Completa y Simplificada
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 10/16
Facultad de Ciencias C
ntables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios P ág !
" a 10
1.5.5.1. Contabilidad Completa
#
e conf ormidad con el artículo 65º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta para algunos contribuyentes generadores de rentas de tercera categoría existe la obligación de llevar ´Contabilidad Completaµ, regulándose en dicho artículo que mediante Resolución de Superintendencia se def inirían los libros y registros que la comprenden; lo que ocurrió con la publicación de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT (30.12.2006), en cuyo artículo 12º vigente a partir del 01.01.2009, se detalla los libros y registros contables que la integrarían.
1.5.5.2. Contabilidad simplif icada
A raíz de la modif icatoria ef ectuada al artículo 65º de la Ley del Impuesto a la
Renta por el artículo 2º del Anexo del TUO de la Ley de M
$ PES (aprobado por #
ecreto Supremo Nº 007-2008-TR), se regula que los perceptores de rentas de tercera categoría (sin hacer distingo de la calidad de persona, es decir sea persona natural o jurídica) cuyos ingresos brutos anuales no superen las150 UITdeberán llevar como mínimo (i) un Registro de Ventas, (ii) un Registro de Compras y (iii) Libro
#
iario de Formato Simplif icado, de acuerdo a las normas de la materia. El artículo 38° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, señala que para determinar los ingresos referidos en el artículo 65° se considerarán los ingresos obtenidos en el e jercicio gravable anterior y la UIT correspondiente al año en curso. En el caso que inicien actividades generadoras de rentas de tercera categoría en el transcurso del e jercicio considerarán los ingresos que se presuman se obtendrán en el mismo.
Para el e jercicio 2010, 150 UIT equivalen a S/. 540,000.
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 11/16
Facultad de Ciencias C%
ntables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios P ág &
' a 11
1.5.6. Contenido de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT y su vigencia
En f unción a la estructura antes ref erida, se aprecia que a partir del 01.07.2010, rige la regulación dispuesta en el artículo 13º respecto a los f ormatos e inf ormación mínima a incluir en cada libro o registro. A continuación, en el presente numeral ref erimos algunos alcances relacionados con los aspectos que regula la Resolución Nº 234-2006/SUNAT y que se encuentranvigentes.
1.5.6.1. Legalización
Para que los libros y registros adquieran validez éstos deben legalizarse, en tanto se lleven ba jo el sistema manual o computarizado (2), estableciendo el artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT que éstos deben ser legalizados ANTES de su uso, por un Notario quien certif icará la apertura de libros u ho jas sueltas de actas de contabilidad y otros que la Ley señale, o a f alta de éstos, los jueces de paz letrados o jueces de paz, quiénes sellarán todas las ho jas del libro o registro, las mismas que deberán estar debidamente f oliadas. No existe un plazo máximo propiamente dicho para ef ectuar la legalización, sin embargo teniendo en cuenta el plazo máximo de atraso permitido para anotar las operaciones; se puede advertir en f unción a la f echa en que se legaliza si se había obser vado o no dicho plazo. Vigencia de la Norma Según el numeral 2.4 del artículo 2º de la Resolución, en ningún caso el número de legalización, f olios o de registros podrá contener adicionalmente caracteres distintos, tales como letras.
a. Procedimiento para legalización
En el supuesto que el contribuyente haya optado por el Sistema Computarizado, el procedimiento a seguir sería el siguiente:
a.1. Plazos a considerar
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 12/16
Facultad de Ciencias C(
ntables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios P ág )
0 a 12
Tal como se ha ref erido, los libros y /o registros contables vinculados a asuntos tributarios deben ser legalizados antes de su uso, vale decir antes de que se ef ectúe la impresión de las operaciones que comprendan los mismos. Al respecto, debemos señalar que dado que existe un plazo máximo de atraso (Anexo 2 de la Resolución) para anotar (incluye impresión) las operaciones en
los libros y /o registros vinculados a asuntos tributarios, la Administración Tributaria tiene como criterio aplicar dicho plazo también para ef ectos de la
legalización.
a.2. Proyección de ho jas a utilizar En principio, los contribuyentes que opten por llevar sus registros y libros vinculados a asuntos tributarios en f orma computarizada deben ef ectuar una adecuada proyección del número de ho jas continuas que se van a legalizar de acuerdo a la f recuencia con que planif iquen que vayan a ef ectuar dichas legalizaciones.
a.3. Foliación
Una vez determinado el número de ho jas continuas a legalizar, se deberá
proceder a su f oliación, vale decir a la numeración de cada uno de los
f olios que constará el libro y /o registro contable llevado en f orma
computarizada.
a.4. Tratamiento de las Ho jas
� Inutilizadas
Pueden producirse errores, f allas de impresión o cualquier otra situación
que inutilice una ho ja previamente legalizada, en estas circunstancias,
conf orme al último párraf o del numeral 5.3 del artículo 5º de la Resolución
Nº 234-2006/SUNAT, se deberá incluir las ho jas anuladas dentro del
periodo que se empastará.
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 13/16
Facultad de Ciencias C1
ntables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios P ág 2
3 a 1 4
Entendiendo que, la anulación se realizará tachándolas o inutilizándolas
de manera visible.
� Sobrantes
Conf orme con el numeral 5.3 del artículo 5º de la Resolución Nº 234-2006/SUNAT las ho jas sueltas o continuas correspondientes a un libro o
registro de una misma denominación, que no hubieran sido utilizadas
para el registro de operaciones del e jercicio en que se trate, podrán
emplearse para el registro de operaciones del e jercicio inmediato
siguiente.
En este caso, de producirse el empaste en varios tomos, cada uno
incluirá como primera página una f otocopia del f olio que contenga la
legalización del libro o registro al que corresponde.
b. Legalización del segundo y siguientes libros
Para la legalización del segundo y siguientes libros y registros vinculados a
asuntos tributarios, de una misma denominación, el artículo 4º de la
Resolución establece que se deberá tener en cuenta lo siguiente:
² Utilizando ho jas sueltas o continuas: Se deberá presentar el último f olio
legalizado por notario del libro o registro anterior.
² Llevados en f orma manual: Se deberá acreditar que se ha concluido con el
anterior. 5
icha acreditación se ef ectuará con la presentación del libro o
registro anterior concluido o f otocopia legalizada por notario del f olio donde
conste la legalización y del último f olio del mencionado libro o registro.
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 14/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 6 4
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 15/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 7 5
CAPÍTULO II
LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS:FORMATOS Y CONTENIDO
5/6/2018 Trabajo Libros y Registros - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-libros-y-registros 16/16
Facultad de Ciencias Contables y Financieras Curso de Auditoría Tributaria
Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios Página 8 6
Bibliografía
y http://www.perucontable.com/modules/news/article.php?stor yid=467