Trabajo de Profundizado de Laboral - Carolina Meza

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TRABAJO DE PROFUNDIZADO DE LABORAL Carolina Meza Derecho Vespertino

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Descripción y análisis causas laborales

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RIT

TRABAJO DE PROFUNDIZADO DE LABORAL

Carolina MezaDerecho Vespertino

A continuacin se presentarn causas seguidas en el Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad de Punta Arenas, de las cuales 40 corresponden a procedimientos monitorios y 7 corresponden a procedimientos de tutela. No obstante haber solicitado un informe con 15 procedimientos de Tutela, el Juzgado sealado registr un nmero de causas insuficientes para cumplir con dicho requisito.

CAUSA N 1

DEMANDA:Daz con Construcciones Elctricas Ltda. en QuiebraMATERIA:Despido Injustificado1 RESOL:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI :$382.313.- por concepto de indemnizacin sustitutiva de aviso previo.CUNTO OBTUVO:$382.313.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: Si.FECHA INGRESO DEMANDA: 30 de Junio de 2010.FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 02 de Agosto de 2010.DURACIN DEL JUICIO (30/06/2010 al 20/07/2010): 28 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Con fecha 07 de mayo de 2010, el seor Daz present un reclamo administrativo ante la Inspeccin del Trabajo N 1201/2010/664. Se presentan ambas partes sin lograr conciliacin.

DEMANDARelacin laboral se inicia con fecha 12 de febrero de 2010, cumpliendo funciones de jornal en la obra Construccin Costanera del Estrecho Tramo 2 y 3,2.Con fecha 10 de mayo de 2010 fue despedido verbalmente por el capataz, dirigindose mismo da a la Inspeccin del trabajo para presentar reclamo. Cabe sealar que la faena para la cual fue contratado tena fecha de trmino para el mes de agosto de 2010.Las peticiones del reclamante son: declarar que despido es injustificado; ordenar pago de indemnizacin por lucro cesante; pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo; reajuste de dichas sumas conforme al artculo 63 del Cdigo del Trabajo; que se condene a la contraria al pago de costas.

DECISIN DEL TRIBUNAL:El tribunal, precedido por la jueza titular doa Cecilia Agero Calvo, considera insuficientes los elementos de conviccin aportados por lo que considera necesario contar con mayor informacin citando a las partes a audiencia nica de contestacin, conciliacin y prueba para el da 20 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Con fecha 20 de julio no se concreta conciliacin debido a la inasistencia de la parte demandada.

RESOLUCIN:Se declara injustificado el despido.Se ordena el pago de $382.313.- por concepto de indemnizacin sustitutiva del aviso previo.La suma que se ordena pagar devengar reajustes e intereses sealados en el Art. 63 del Cdigo del Trabajo. Se condena en costas a la parte demanda. Con fecha 13 de Agosto de 2010, tribunal de oficio remite causa a Tribunales de Cobranza.

CAUSA N 2

DEMANDA:Ruiz con ObrequeMATERIA:Despido injustificado y cobro de prestaciones.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI :$383.200.- ms el inters mximo para operaciones reajustables y condena en costas.CUNTO OBTUVO:$250.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: No.FECHA INGRESO DEMANDA: 30 de Junio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (al 21/07/2010 fecha en la que tribunal resuelve): 18 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Con fecha 06 de junio 2010, el demandante present un reclamo administrativo ante la Inspeccin del Trabajo N 1201/2010/885. Comparecen ambas partes. Conciliacin parcial.

DEMANDARelacin laboral se inicia con fecha 17 de diciembre de 2009, desempeando el trabajador labores de maestro de cocina, sealando adems su jornada laboral de lunes a domingo con dos domingos libres al mes y un da de descanso a la semana como compensacin por cada domingo trabajado. El demandante seala que con previo aviso a su jefe directo, no se present a sus labores el da sbado 08 de Mayo de 2010, presentndose a trabajar el da lunes 10 de mayo, siendo en esa oportunidad despedido con el argumento de haberse ausentado el da sbado sin aviso previo. Con fecha 11 de junio de 2010 trabajador interpuso reclamo 1201/2010/855 ante la Inspeccin Provincial del Trabajo citando a conciliacin el da 17 de junio de 2010 sin que se acordara la causa de despido ya que el empleador argument dicha decisin sealando ausencia por 3 das sin aviso previo y retiro con anterioridad al trmino de la jornada laboral. En la audiencia de conciliacin se acuerda el pago de los das trabajados y el feriado proporcional, concretndose el pago en la misma. No existiendo carta de aviso de trmino de la relacin laboral donde se sealen las causales de despido, la parte afectada demanda despido injustificado, aplicndose para el efecto el artculo 168 del Cdigo del Trabajo ante lo cual, declarndose procedente el juez deber ordenar dar cumplimiento al artculo 162 y artculo 163 Inc. 1 2.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Considerando el tribunal insuficientes los elementos de conviccin aportados, acogindose a lo dispuesto en el Art. 500, Inc. 1 y 5 del Cdigo del trabajo, cita a las partes a una audiencia nica fijndose para el da 21 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:La parte demandante ofrece un pago nico de $250.000 con el propsito de dar pronto trmino al juicio, la cual es aceptada por el demandante concretndose su pago a travs de cheque con fecha 28 de julio de 2010.El demandante acepta el pago ofrecido por el demandado.

RESOLUCIN:El tribunal presidido por la jueza Cecilia Paz Agero Calvo, aprueba el avenimiento pagando cada parte sus costas.

CAUSA N 3

DEMANDA : Millando con Eulen Seguridad S.A.MATERIA : Despido injustificado1 RESOL. :Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO: NoRECURSO ANTE LA CORTE: NoCONCILIACIN: SiAVENIMIENTO: Si CUNTO PIDI : $250.000.-, correspondiente a indemnizacin sustitutiva de aviso previo. $150.076.-, correspondiente a remuneracin. Total $400.076.-.CUNTO OBTUVO: $400.076.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 30 de Junio del 2010.FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registra.DURACIN DEL JUICIO (al 30/07/2010, fecha resolucin): 26 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/750, ingresado con fecha 20 de Abril del 2010. Se presentan ambas partes logrando una conciliacin parcial.

DEMANDA:Daniel Mellado Gonzlez, presenta demanda en contra de Eulen Seguridad S.A. debido al despido injustificado del empleador, quien sin aviso previo dio trmino a la relacin laboral, sealando en audiencia de comparendo y conciliacin haber cumplido con el requisito establecido en el artculo 162 del Cdigo del Trabajo sin prueba documental.Peticiones concretas son: declarar despido injustificado; ordenar pago de remuneracin proporcional; reajuste de las sumas conforme al artculo 63 del cdigo del trabajo; condenacin de costas a la contraria. Acompaa prueba documental.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 08 de julio del ao 2010, la jueza Cecilia Paz Agero Calvo, del Juzgado de Letras del Trabajo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Con fecha 30 de Julio de 2010 se concreta Audiencia nica de Conciliacin y Prueba. La parte demandada asiste representada procediendo a conciliar a travs de un pago nico por el valor total de $400.076.-, considerando la parte demandante pagadas todas las pretensiones, desiste de la demanda.

CAUSA N 4

DEMANDA:Vera con Servicios Generales Punta Arenas Ltda.MATERIA:Despido Injustificado y cobro de prestaciones.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$198.578.-, por pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo.$75.500.-, por concepto de pago de remuneracin. $34.222.-, por concepto de feriado proporcional. Reajustar dichas sumas conforme al Art. 63 del Cd. Del Trabajo,Condenacin a pago de costas. Total $308.300.-.CUNTO OBTUVO :Lo solicitado, en cuanto al pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo al despido se resolvi que el valor total a pagar es por $183.334.-.Total obtenido $293.056.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: Si.FECHA INGRESO DEMANDA: 29 de Junio de 2010.FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 29 de Julio de 2010.DURACIN DEL JUICIO: 26 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/881, ingresado con fecha 15 de Junio del 2010. No comparece la parte reclamada.

DEMANDA:Jeannette Vera Navarro, interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de Servicios Generales Punta Arenas Ltda. como demandado principal y en contra de S.A.C.I. Falabella como demandado solidario o en su defecto subsidiario.Relacin laboral iniciada con fecha 14 de marzo de 2010, sin otorgamiento de contrato de trabajo. Cumpla sus labores a travs de turnos rotativos. Remuneracin mensual compuesta por un sueldo base inferior al Ingreso Mnimo Mensual. Con fecha 14 de Junio de 2010 se informa despido a travs de carta, sealando como argumento vencimiento de contrato de trabajo conforme al artculo 159 N 4 del Cdigo del Trabajo. Empleador no realiza pago de remuneracin correspondiente al mes de junio ni indemnizacin por falta de aviso previo. Se cita el artculo 9 del cdigo del trabajo, que se refiere a la escrituracin del contrato de trabajo en un plazo de 15 das desde el inicio de la relacin laboral. La omisin de dicho requisito conlleva la sancin para el empleador de considerar legales las estipulaciones que declare el trabajador, quien en este caso declara que relacin laboral es de carcter indefinido. En atencin al artculo 168 del Cdigo del Trabajo, se solicita pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo. Conforme al artculo 73 del mismo cuerpo legal, se solicita pago de feriado proporcional.Se seala que accin no se encuentra prescrita en atencin al artculo 510 del Cdigo del Trabajo.Se solicita reajustar los valores de la remuneracin que seala del artculo 63 del Cdigo del Trabajo. Se menciona la responsabilidad de la empresa principal sealada en el artculo 183-A.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 30 de julio del ao 2010, la jueza Cecilia Paz Agero Calvo, del Juzgado de Letras del Trabajo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Con fecha 15 de Julio de 2010 se concreta Audiencia nica de Conciliacin y Prueba. La parte demandada no asiste procedindose a la presentacin de pruebas que dan cuenta de la relacin labora y de los antecedentes sealados en la demanda.

RESOLUCIN:Tribunal acoge peticiones del demandante.

CAUSA N 5

DEMANDA:Oyarce con Eulen Seguridad S.A.MATERIA:Despido Injustificado.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:Si CUNTO PIDI: $283.407.- por concepto de indemnizacin sustitutiva del aviso previo. $42.295.- por concepto del feriado proporcional. Reajustes segn seala el artculo 63 del cdigo del trabajo. Condenacin de costas.Total $325.702.-.CUNTO OBTUVO:$280.902.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 18 de junio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registra DURACIN DEL JUICIO (al 26/07/2010): 32 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/464, ingresado con fecha 05 de abril del 2010. La parte demandada no comparece.

DEMANDA:Arturo Andrs Oyarce Surez, interpone demanda por despido injustificado en contra de Eulen Seguridad S.A. como demandado principal y en contra del Gobierno Regional de Magallanes y Antrtica Chilena y/o el Fisco de Chile como demandado solidario o subsidiario.Relacin laboral iniciada con fecha 07 de enero de 2010. Con fecha 31 de marzo de 2010 se informa despido a travs de carta, basndose en la causal del artculo 159 N 4, trmino del plazo convenido en el contrato. Dicho vnculo era de carcter indefinido. Se cita el artculo 162 del cdigo del trabajo. En atencin al artculo 168 del Cdigo del Trabajo, se solicita pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo. Cita jurisprudencia judicial en la que se seala los presupuestos para que el contrato de trabajo tenga carcter de indefinido. Cita el artculo 168 del mismo cuerpo legal para efectos de pago por los aos de servicio prestados, ms el respectivo recargo del artculo 173.Conforme al artculo 73 del cdigo del trabajo, se solicita pago de feriado proporcional.Se menciona la responsabilidad de la empresa principal sealada en el artculo 183-b, sistema de subcontratacin del artculo 183-a.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 23 de junio del ao 2010, la jueza Cecilia Paz Agero Calvo, del Juzgado de Letras del Trabajo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 13 de julio del 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:

Audiencia fijada para el da 13 de julio de 2010 es .suspendida a peticin del demandante, en virtud de existir conversaciones con la parte demandada. Se fija audiencia para el da 30 de julio de 2010Con fecha 21 de julio del mismo ao la parte demandante presenta desistimiento de demanda en contra de la empresa solidaria y principal en atencin a un pago realizado por la empresa principal a favor del demandante. No se concreta audiencia nica de conciliacin.

RESOLUCIN:Con fecha 26 de julio el tribunal resuelve segn solicita el demandante.

CAUSA N 6

DEMANDA:Pinto con Segpat Ltda. MATERIA:Despido Injustificado.1 RESOL. :Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$247.250.- por concepto de indemnizacin sustitutiva del aviso previo. Reajustes segn seala el artculo 63 del cdigo del trabajo. Condenacin de costas. Total $247.250.-.CUNTO OBTUVO:$206.250.-, por concepto de indemnizacin sustitutiva del aviso previo. Reajustes e intereses establecidos en el artculo 63 del cdigo del trabajo. JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: Si.FECHA INGRESO DEMANDA: 17 de junio de 2010.FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 05 de octubre de 2010. DURACIN DEL JUICIO: 94 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/489 ingresado con fecha 07 de abril del 2010.

DEMANDA:Miguel ngel Pinto Orrego, interpone demanda por despido injustificado en contra de SEGPAT Ltda. Relacin laboral iniciada con fecha 01 de junio de 2008. Durante la segunda semana del mes de marzo de 2010, demandante recibe carta de aviso de despido, sustentado en el artculo 159 N 5 del cdigo del trabajo, conclusin del trabajo o servicio que dio origen al contrato, situacin comunicada por el trabajador a supervisor quien seala que continuara con la prestacin de labores. Como resultado del proceso administrativo se determina como causal del despido la sealada en el artculo 161 del cdigo del trabajo, considerando que la prestacin de servicios no se debe realizar a un cliente determinado, sino que el empleador es quien debe destinar al trabajador a cualquier cliente al cual prestara servicios. Se cita el artculo 162 del cdigo del trabajo, en lo que se refiere a la entrega de la carta de aviso de despido. En atencin al artculo 168 del Cdigo del Trabajo, se solicita pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo. Se menciona el artculo 454 N 1 del cdigo del trabajo que se refiere a la carga de la prueba la cual es del empleador.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 02 de septiembre de 2010, la jueza Cecilia Paz Agero Calvo, del Juzgado de Letras del Trabajo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 22 de septiembre 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada no concurriendo la parte demandada. Se determinan los hechos a probar: Naturaleza de la relacin contractual y labores encomendadas al actor. El demandante concurre con prueba documental, con la cual se puede dar prueba de la existencia de la relacin labora y su fecha de inicio; fecha y trminos del despido a travs de comprobante de carta de aviso; reclamo ante la Inspeccin del Trabajo; acta de comparendo de conciliacin; constancias realizadas por el demandante ante la Inspeccin de la jurisdiccin que dan cuenta de inasistencia a la jornada de trabajo pactada de acuerdo a instrucciones dadas por supervisor de la empresa demandada; liquidacin de sueldo que da cuenta del pago de un sueldo base por $165.000 ms gratificacin de $41.250.El demandado no comparece.

RESOLUCIN:Con fecha 22 de septiembre de 2010, misma fecha en que se llev a cabo audiencia nica, el tribunal resuelve acoger la demanda presentada pero no por la totalidad pretendida por el demandante, sealando adems que no condena en costas al demandado sealando que no fue totalmente vencido.

CAUSA N 7

DEMANDA:Vera con Servicios de Estacionamientos ControladosMATERIA:Despido Injustificado.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$216.838.- por concepto de indemnizacin sustitutiva del aviso previo. $432.694.-, por indemnizacin por aos de servicio equivalentes a 2. $346.155.- correspondientes al aumento que seala el artculo 168 letra c, que seala un reajuste del 80%, sobre la cifra sealada en el punto anterior. Total solicitado: $995.687.-.CUNTO OBTUVO:$100.000.-. JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: No.FECHA INGRESO DEMANDA: 17 de junio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registra DURACIN DEL JUICIO (al 06/07/2010): 16 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/790 ingresado con fecha 31 de mayo del 2010. Concluye con conciliacin parcial.

DEMANDA:Carlos Vera Ruiz, interpone demanda por despido injustificado en contra Empresa de Servicios de Estacionamientos Controlados. Relacin laboral se inicia con fecha 10 de marzo de 2008 ejerciendo labores de guardia con contrato indefinido desde el 3er mes. En cuanto a la jornada laboral, contrato seala que sta incluye los das sbados pero que dicho da no se trabajaba considerando que de lunes a viernes la jornada era de 11 a doce horas sin hora de colacin, excediendo las 45 horas semanales. En cuanto a la remuneracin, el sueldo base era por $165.000, ms gratificacin legal, sumando $216.838.Con fecha 31 de mayo fue informado verbalmente del despido, firmando carta de aviso. La causa sealada fue la del artculo 160 N 3 del cdigo del trabajo, no obstante haberse ausentado de su jornada el demandante, el da 6 de mayo, previamente acordado con empleador y el 27 del mismo mes, presentando justificativo mdico. Los das ausentados que el empleador seal incluye das sbado. El reclamante alega clusula tcita en cuanto a la asistencia a trabajar los das sbado modificando la voluntad de las partes manifestada originalmente en el contrato de trabajo, obedeciendo a la primaca de la realidad con carcter consensual. Se cita el artculo 162 del cdigo del trabajo, en lo que se refiere a la entrega de la carta de aviso de despido. En atencin al artculo 168 del Cdigo del Trabajo, se solicita pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo. Se menciona el artculo 454 N 1 del cdigo del trabajo que se refiere a la carga de la prueba la cual es del empleador. Las peticiones que seala el demandante adems de las sealadas en la presentacin incluye: declarar causal de despido.La prueba documental presentada incluye: contrato de trabajo, acta de comparendo de conciliacin, comunicacin de despido, liquidacin de sueldo; copia de atencin de urgencia con fecha 27 de mayo de 2010.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 18 de junio de 2010, la jueza Cecilia Paz Agero Calvo, del Juzgado de Letras del Trabajo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 06 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada conciliando en los siguientes trminos:La parte demandada ofrece un pago nico de $100.000.-, la cual es aceptada por la parte demandante, hacindose pago en efectivo. La parte demandante desiste de la demanda.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que cada parte pagar sus costas y da por aprobado el avenimiento.

CAUSA N 8DEMANDA:Valenzuela con AlmarzaMATERIA:Despido injustificado y cobro de prestaciones.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$190.000.-, por concepto de indemnizacin sustitutiva del aviso previo. $95.000.-, por concepto de das trabajados. Los reajustes sealados en el artculo 63 del cdigo del trabajo. Pago de costas.Total $285.000.-.CUNTO OBTUVO: $100.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 16 de Junio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (16/06/2010 al 05/07/2010): 16 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/514 ingresado con fecha 13 de abril del 2010. Se presentan ambas partes sin lograr conciliacin.

DEMANDA:Hctor Valenzuela Gamin, interpone demanda por despido injustificado en contra de Amrico Almarza Gallardo. Relacin laboral se inicia con fecha 15 de marzo de 2010, ejerciendo labores de ovejero sin escrituracin de contrato de trabajo, por lo que se incumple lo sealado en el artculo 8 del Cdigo del Trabajo. Se cita adems el artculo 9 del mismo cuerpo legal que se refiere al carcter de consensual del contrato de trabajo y la presuncin de que las estipulaciones del contrato sern las sealadas por el trabajador. En cuanto a la remuneracin, se pact por $190.000.-.Adems no se cumplen las estipulaciones que dictan los artculo 159, 160 y 161 del Cdigo del Trabajo, las cuales debern ser invocadas y fundamentadas en la carta de aviso de despido. Conforme al artculo 162 corresponde el envo al trabajador de carta de aviso de trmino de contrato laboral. Demandante solicita lo sealado en la presentacin el caso, adems de declarar injustificado el despido.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 15 de junio de 2010, la jueza subrogante Mnica Mancilla Barra, del Juzgado de Letras del Trabajo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 05 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla con fecha 05 de Julio de 2010.Se presentan ambas partes ofreciendo el demandando pagar una cantidad nica por el total de $100.000.- al demandante, la cual ser pagada en dos cuotas de $50.000.- cada una, con vencimiento los das 15 de julio y 16 de agosto de 2010.Demandante acepta propuesta.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que cada parte pagar sus costas y da por aprobado el avenimiento.A peticin de la parte demandante se remite caso a Tribunales de cobranza con fecha 19 de agosto de 2010.

CAUSA N 9

DEMANDA:Rosas con Comercial Equipos y Servicios de TransporteMATERIA:Cobro de Prestaciones.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:No AVENIMIENTO:Si CUNTO PIDI:$562.458 por 282,5 horas extraordinarias. Reajustes segn seala el artculo 63 del cdigo del trabajo. Condenacin de costas.Total $$562.458.CUNTO OBTUVO:$300.000.-. Reajustes e intereses establecidos en el artculo 63 del cdigo del trabajo. JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 15 de junio de 2010.FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No se genera. DURACIN DEL JUICIO (15/06/2010 al 02/08/2010): 41 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/612 ingresado con fecha 04 de mayo del 2010.

DEMANDA:Mauricio Rosas Maldonado, interpone demanda por cobro de prestaciones y de cotizaciones provisionales en contra de Comercial Equipos y Servicios de Transporte Ltda. Relacin laboral se inicia con fecha 08 de enero de 2010, ejerciendo labores de chofer y mecnico. En cuanto a la jornada laboral, se pact una jornada de 11x3, sealando que trabaja horas extraordinarias que excedan las 2 horas diarias que no fueron ntegramente pagadas. En cuanto a la remuneracin, el sueldo base era por $256.000, ms gratificacin legal de $65.313, sumando $321.313.-Con fecha 04 de mayo de 2010 fue despedido invocando necesidades de la empresa.Presenta como prueba reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo; comparendo de conciliacin; contrato de trabajo; liquidaciones de sueldo.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 18 de junio de 2010, la jueza Cecilia Paz Agero Calvo, del Juzgado de Letras del Trabajo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 15 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla con fecha posterior por mutuo acuerdo entre las partes. Tribunal ficha audiencia para el da 02 de agosto del mismo ao. Se presentan ambas partes. Demandando ofrece un pago nico por un valor de $300.000.- al demandante, la cual acepta.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que cada parte pagar sus costas y da por aprobado el avenimiento.Con fecha 03 de agosto de 2010, demandado da cuenta del pago convenido.

CAUSA N 10

DEMANDA:Prez con Hotelera y Turismo Martn Guside S.A.MATERIA :Despido indirecto y cobro de prestaciones laborales y cotizaciones provisionales.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$276.075.- por concepto de pago de remuneracin de febrero.$276.075.- por concepto de indemnizacin sustitutiva del aviso previo. $147.240.- correspondientes al pago de 20 das de licencia del mes deMarzo. $44.172.- por concepto de feriado proporcional. Reajuste conforme al artculo 63 del Cdigo del TrabajoPago de costas. Total $743.562.-.CUNTO OBTUVO: $743.562.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 11 de junio de 2010.FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 11 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/382, ingresado con fecha 23 de marzo del 2010.

DEMANDA:Mara Constanza Prez Jarque, presenta demanda en contra de Hotelera y Turismo Martn Gusinde S.A. para quien prestaba servicios como Recepcionista. Con fecha 27 de diciembre de 2009 se inicia la relacin laboral con una jornada de trabajo de 45 horas semanales, pactndose una remuneracin de $250.980.- como sueldo base mensual ms un 25% como gratificacin mensual anticipada equivalente a un total de $62.745.- sumando un total de $313.725.-. Con fecha 31 de marzo de 2010 se modific la remuneracin base quedando en $ 220.860.- lo que sumado a la gratificacin legal resultaba un sueldo mensual de $276.075.-.Durante el mes de marzo fue otorgada una licencia mdica la cual no pudo cobrar al no hacerse efectivo por parte del empleador el pago de la respectiva cotizacin provisional de salud, como tampoco de las cotizaciones de AFP ni de los fondos de cesanta. Con fecha 22 de marzo de 2010 se autodespide por incumplimientos constantes por parte del empleador en atencin al artculo 171 del Cdigo del Trabajo debido a que el empleador incurri en la causal de caducidad del artculo 160 N 7 del mismo cuerpo legal. Solicita pago de lo sealado en la presentacin del caso ms pago de cotizaciones de AFP, de salud y de subsidio de cesanta. Presenta prueba documental que dan cuenta de lo sealado.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 16 de junio de 2010, la jueza subrogante Mnica Mancilla Barra, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 05 de julio de 2010.Debido a que con fecha 02 de julio la parte demandante realiza ampliacin de la demanda, se fija nueva fecha para audiencia nica, quedando para el da 23 de julio del ao 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha determinada, oportunidad en que el demandado ofrece un pago nico de $743.562.- con el propsito de dar pronto trmino al juicio, dicho valor ser pagado el da 01 de diciembre de 2010.Para garantizar el cumplimiento del pago acordado, la parte demandada realizar entrega de cheque al tribunal que lleva la causa, con fecha 02 de agosto de 2010. La parte demandante acepta ofrecimiento desistiendo de la demanda.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que cada parte pagar sus costas y da por aprobado el avenimiento.

CAUSA N 11

DEMANDA:Andrade con Servicios de Estacionamientos ControladosMATERIA:Despido injustificado y cobro de prestaciones.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$225.500.- por concepto de indemnizacin por aviso previo.$675.000.- por concepto de indemnizacin por aos de servicio.$540.000.- por concepto del aumento sealado en artculo 168 del Cd.Del Trabajo. $42.300.- por concepto de pago de horas extraordinarias. $131.712.- por pago de bono de asistencia. Total solicitado $1.614.512.-. CUNTO OBTUVO: $200.000.-. JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 09 de junio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 11 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/380, ingresado con fecha 23 de marzo del 2010. Acuden ambas partes logrando una conciliacin parcial

DEMANDA:Juan Andrade Crdenas, presenta demanda en contra la Empresa Servicios de Estacionamientos Controlados, por despido injustificado y cobro de prestaciones. Con fecha 02 de enero de 2004 se inicia la relacin laboral desempeando labores de guardia de seguridad, realizando adems labores de reparacin de mquinas y equipo radial. Respecto a la causal de despido que seala el empleador, contenida en el artculo 160 N 3 del cdigo del trabajo y que hace referencia a las inasistencias injustificadas demandante seala haberse ausentado el da 22 de marzo de 2010 sin justificar. Presenta prueba documental que da cuenta de lo sealado.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 10 de junio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 25 de junio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, compareciendo ambas partes.La demandada, con el propsito de poner pronto trmino al juicio, ofrece pagar al demandante la suma nica de $200.000.- en una sola cuota a ms tardar el da 09 de julio de 2010.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que cada parte pagar sus costas y da por aprobado el avenimiento.

CAUSA N 12

DEMANDA:Gallardo con BarrientosMATERIA:Cobro de prestaciones laborales.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$206.250.- por concepto de indemnizacin por aviso previo.CUNTO OBTUVO: $120.000.-. JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 07 de junio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 31 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/338, ingresado con fecha 16 de marzo del 2010.

DEMANDA:Mara Anglica Gallardo presenta demanda con fecha 07 de junio de 2010 en contra de Flor Barrientos Barrientos, por el cobro de prestaciones laborales.Con fecha 01 de agosto de 2009 se inicia la relacin laboral desempeando labores de pastelera en el local comercial Panadera Patagonia DulceLa remuneracin mensual era por $165.000.-, ms gratificacin legal por $41.250.- sumando un total de $206.250.-.Demandante seala que el da 18 de febrero de 2010 al presentar a su ex empleador una Licencia Mdica por enfermedad, se le dio aviso verbalmente que prescindira de sus servicios, oportunidad en que se le hizo entrega de un comprobante de carta de aviso para la terminacin del contrato de trabajo, fechado el 15 de febrero de 2010. La causal citada fue la sealada en el artculo 161 del Cdigo del Trabajo, fundada en que fue contratada para reemplazar a una empleada. En atencin a lo sealado, la demandante seala que no se realiz entrega de carta de aviso de despido. Invoca el artculo 162 del Cdigo del Trabajo. Acompaa prueba documental de que da cuenta del cumplimiento del requisito de procesabilidad, comprobante de carta de aviso fechada 15 de enero de 2010 y liquidaciones de sueldo. Con fecha 22 de junio de ampla demanda.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 08 de junio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 12 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, compareciendo ambas partes.La demandada, con el propsito de poner pronto trmino al juicio, ofrece pagar al demandante la suma nica de $120.000.- en tres cuotas, la primera por un valor de $60.000.- que se paga en ese mismo acto, el resto en dos cuotas de $30.000.-.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que cada parte pagar sus costas y da por aprobado el avenimiento.

CAUSA N 13

DEMANDA:Paillacar con Comercial Simovar Combustibles y Ca. MATERIA:Nulidad de despido y otros.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$660.000.- por concepto pago de remuneraciones adeudadas. $44.000.- por concepto de feriado proporcional. $165.000.- por concepto de indemnizacin por falta de aviso previo.Total solicitado: $869.000.-.CUNTO OBTUVO: $200.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 07 de junio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registra DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 15 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/548, ingresado con fecha 21 de abril del 2010.

DEMANDA:Mario Paillacar Flores, presenta demanda en contra de Comercial Simovar Combustibles y Ca. Ltda. por nulidad de despido, despido injustificado, cobro de prestaciones laborales y cotizaciones provisionales. Con fecha 15 de diciembre de 2009 se inicia la relacin laboral desempeando labores de bombero. La jornada laboral se pact bajo en sistema de turnos y una remuneracin pactada en $165.000.-. Contrato con carcter indefinido faltando al artculo 9 del Cdigo del Trabajo ya que no se escritur. Demandante seala que el da 17 de abril de 2010 fue despedido en forma verbal, por lo que el da 21 de abril de 2010 presenta reclamo ante la Inspeccin del Trabajo de Magallanes para evitar ser acusado de ausencias injustificadas. En comparendo realizado ante la Inspeccin del Trabajo empleador no reconoci la relacin laboral.Demandante solicita nulidad del despido invocando el artculo 162 del Cdigo del Trabajo y el no pago de cotizaciones provisionales de AFP, salud y AFC. Solicita adems despido injustificado y pagos sealados en la presentacin del caso.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 08 de junio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 24 de junio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, compareciendo ambas partes.La demandada, con el propsito de poner pronto trmino al juicio, ofrece pagar al demandante la suma nica de $200.000.- en tres cuotas, la primera por un valor de $70.000.- que se paga en el mismo acto, la segunda cuota por $70.000.- pagadera el 23 de julio de 2010 y la tercera por $60.000.- con vencimiento el 23 de agosto del mismo ao. El demandante acepta el ofrecimiento.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que cada parte pagar sus costas y da por aprobado el avenimiento.

CAUSA N 14

DEMANDA:Vliz con Monge MATERIA:Despido injustificado y cobro de prestaciones.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$200.000.- por concepto de indemnizacin por falta de aviso previo.$486.671.- por concepto de pago de remuneraciones. $33.704.- por concepto de pago de feriado legal. Reajuste conforme al artculo 63 del Cdigo del TrabajoPago de costas. Total $720.375.-.CUNTO OBTUVO: $300.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 04 de junio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 30 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/590, ingresado con fecha 30 de abril del 2010.

DEMANDA:Arsenia Vliz Gutirrez, presenta demanda en contra de Claudio Monge Mansilla, por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas. Con fecha 07 de enero de 2010 se inicia la relacin laboral desempeando labores de atencin del local Almacn y Botillera Sandra. Se pacta jornada laboral bajo un sistema de turnos y una remuneracin pactada en $200.000.-. Empleador falt al artculo 9 del Cdigo del Trabajo ya que no se escritur contrato de trabajo. Demandante seala que el da 22 de marzo de 2010 fue despedida en forma verbal. A mediados del mismo mes recibi citacin de la Polica de Investigaciones originada por una denuncia interpuesta por hija de ex empleador por hurto.La relacin laboral se sustenta por la existencia de dependencia, por la prestacin de servicios en el local ejerciendo funciones de atencin de clientes, pago de remuneraciones por servicios personales los cuales no fueron finalmente pagados, existencia de subordinacin o dependencia. Demandante solicita que despido se declare injustificado, debido a que ste fue verbal. Respecto a esta situacin en la audiencia de reclamo administrativo, el reclamando que compareci representado neg despido. Cita, demandante, el artculo 454 N del Cdigo del Trabajo, en relacin con el artculo 162 del mismo cuerpo legal. Adems de lo sealado en la presentacin del caso, demandante solicita que despido se declare injustificado,

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 07 de junio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 23 de junio de 2010.A solicitud de demandante se fija nueva fecha para la audiencia, por lo que las partes quedaron citadas para el da 09 de julio del ao 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, compareciendo ambas partes.La demandada, con el propsito de poner pronto trmino al juicio, ofrece pagar al demandante la suma nica de $300.000.- en tres cuotas, la primera por un valor de $126.000.- que se paga en el mismo acto, la segunda y tercera cuota por $87.000.- pagaderas el 30 de julio y 16 de agosto de 2010.La demandante acepta el ofrecimiento.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que cada parte pagar sus costas y da por aprobado el avenimiento.

CAUSA N 15

DEMANDA:Araya con OjedaMATERIA:Despido injustificado1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$250.000.- por concepto de indemnizacin por falta de aviso previo.CUNTO OBTUVO:$250.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 30 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 07 de septiembre de 2010DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 33 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/846, ingresado con fecha 10 de junio del 2010.

DEMANDA:Alexis Araya Cspedes presenta demanda contra Juan Carlos Ojeda Soto por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas. Con fecha 20 de mayo de 2010 se inicia la relacin laboral desempeando labores de ayudante en obras varias por el plazo de un mes a partir del 18 de mayo del mismo ao. En cuanto a la remuneracin fue pactada en $250.000.- lquido. Con fecha 01 de junio de 2010 fue despedido en forma verbal sin aviso previo ni causa justificada. Demandante solicita la cantidad sealada en la presentacin del caso, pago de cotizaciones provisionales, pago de remuneraciones que se devenguen hasta la fecha de la convalidacin o cumplimiento de la sentencia. Dichas cantidades debern ser incrementadas en un 80%, conforme a la letra c) del artculo 168 y se condene en costas al demandado. Acompaa prueba documental que da cuenta de lo sealado.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 04 de agosto de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 23 de agosto de 2010.A solicitud de demandante se fija nueva fecha para la audiencia, por lo que las partes quedaron citadas para el da 09 de julio del ao 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, no comparece a parte demandada.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que se considera injustificado el despido, adems del pago de remuneracin por $250.000.-, rechazando la demanda en lo dems.

CAUSA N 16

DEMANDA:Mercado con Sociedad de Inversiones Magallanes S.A.MATERIA:Nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$76.153.- por concepto de pago de feriado proporcional. $378.682.- por concepto de pago de indemnizacin por falta de aviso. $41.355.- por concepto de pago de remuneraciones por das trabajados.Total $496.190.-.CUNTO OBTUVO:$474.838.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 29 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registra DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 22 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/662, ingresado con fecha 10 de mayo del 2010.

DEMANDA:Carlos Mercado Rodrguez presenta demanda contra Sociedad de Inversiones Magallanes S.A., por nulidad de despido, despido injustificado y cobro de prestaciones. Con fecha 01 de febrero de 2010 se da inicio a relacin laboral en labores de asistente de servicios generales. Contrato se pact con carcter de indefinido. Con fecha 10 de mayo de 2010 demandante es despedido en formal, verbal sin sealar causa. Las peticiones del demandante son: declarar el despido nulo e injustificado; ordenar pago de feriado proporcional; ordenar pago de indemnizacin por falta de aviso; ordenar pago de remuneracin por 10 das trabajados en mayo; ordenar pago de cotizaciones de salud; ordenar pago de cotizaciones de seguridad social; pago de reajustes, intereses y costas. Acompaa prueba documental.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 30 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 13 de agosto de 2010.Con fecha 10 de agosto de 2010, tribunal fija nueva fecha para audiencia para el da 25 de agosto de 2010, en atencin a que la notificacin a la demandada ser en un plazo no prudente para contar con los servicios de un abogado para su comparecencia y en virtud del principio de igualdad de armas procesales.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:No se genera por avenimiento presentado el da 24 de agosto de 2010. Ambas partes acuerdan trmino de la relacin laboral por la causal mutuo acuerdo, sealado en el artculo 159 N 1 del Cdigo del Trabajo, pagando cada parte sus costas.

RESOLUCIN:Con fecha 24 de agosto 2010, tribunal resuelve conforme lo solicitan las partes.

ANLISIS DEL CASO:Pago se concreta en la forma sealada, por lo que el procedimiento monitorio cumple su objetivo de obtener en un tiempo breve el pago que demandante solicita, ms an cuando en el mismo procedimiento realiza el pago la parte demandada prescindiendo de la etapa de cobranza.

CAUSA N 17

DEMANDA :Apablaza con Cooperativa de trabajadores dueos taxis colectivos Sol de la Patagonia. MATERIA:Despido injustificado1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$187.000.-, por concepto de indemnizacin sustitutiva del aviso previo. $1.091.903.-, por lucro cesante. Valor total $1.278.903.-.CUNTO OBTUVO:$187.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 29 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 16 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/977, ingresado con fecha 07 de julio de 2010.

DEMANDA:Silvia Apablaza Oyarzo presenta demanda contra de la Cooperativa de Trabajo de dueos de Taxis Colectivos Sol de la Patagonia Lnea 114 por despido injustificado. Relacin laboral se inicia con fecha 02 de enero de 2010, cumpliendo funciones de inspectora de garita. El da 06 de julio de 2010, se inform verbalmente despido.Las peticiones del demandante son: declarar despido injustificado; pago indemnizacin sustitutiva del aviso previo; pago de indemnizacin por lucro cesante desde el 06 de julio de 2010 al 31 de diciembre de 2010, fecha de trmino de contrato; reajustar sumas adeudadas conforme el artculo 63 del Cdigo del Trabajo; pago de costas por parte de la contraria.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 30 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 17 de agosto de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, comparecen ambas partes. La demandada ofrece el pago de la suma total de $187.000.-, siendo aceptada por el demandante. Ambos acuerdan pagar cada parte sus costas.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve segn acuerdan las partes.

CAUSA N 18

DEMANDA:Ojeda con MirandaMATERIA:Cobro de Prestaciones1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO: NoRECURSO ANTE LA CORTE: Si (demandado) Materia tratada:Vulneracin de garantas. Jurisprudencia establecida: Corte rechaza recurso en consideracin a que hubo emplazamiento y los argumentos esgrimidos por la parte demandada carecen de poder de conviccin. CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$600.000.-, por pago de remuneraciones adeudadas. $35.000.-, por pago de feriado proporcional. Total solicitado: $635.000.-.CUNTO OBTUVO:$635.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 27 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 03 de diciembre de 2010DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 123 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/801, ingresado con fecha 01 de junio del 2010.

DEMANDA:Mara Ojeda Bahamondez, presente demanda contra Juan Carlos Miranda Elgueta por cobro de prestaciones.Relacin laboral se inicia el da 01 de diciembre de 2009, desempeando labores de secretaria media jornada, con una remuneracin mensual de $100.000.-.Con fecha 31 de mayo de 2010 demandante presenta su renuncia por incumplimiento de pago de sueldo. Demandante solicita: Ordenar pago de remuneraciones adeudadas de diciembre de 2009, enero a mayo de 2009 por un total de $600.000.-; pago proporcional de feriado legal por $35.000.-; pago cotizaciones de salud de enero de 2010; reajuste de las sumas adeudadas segn lo sealado en el artculo 63 del Cdigo del Trabajo y se condene a la demandada al pago de costas. Presenta prueba documental.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 28 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 12 de agosto de 2010, fecha reprogramada actuando el tribunal de oficio, ya que consider que la notificacin a la demandada no se realiz en un plazo no prudente para contar con los servicios de un abogado y en virtud del principio de igualdad. Se fija para el da 30 de agosto de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, no comparece a parte demandada.

RESOLUCIN:Tribunal acoge demanda y ordena el pago las sumas pedidas en demanda y cada una de las peticiones en forma ntegra.

RECURSO:Con fecha 07 de septiembre de 2010 la parte demandada interpone recurso de nulidad. Entre los argumentos que utiliza, seala el artculo 477 del cdigo del trabajo, garantas constitucionales y notificacin practicada tres das antes de la audiencia. Recurso de declara admisible, dando cumplimiento al artculo 479 del Cdigo del Trabajo. Con fecha 07 de noviembre de 2010, la Corte de Apelaciones declara admisible el recurso de nulidad interpuesto.

CAUSA N 19

DEMANDA:Chacn con Pesquera y Conservera Patagonia SeafoodMATERIA:Cobro de prestaciones y cobro de cotizaciones provisionales.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$630.000.-, por pago de remuneraciones. $38.502.- por pago de feriado proporcional. Total solicitado: $668.502.-.CUNTO OBTUVO:$150.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 15 de Julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta resolucin): 138 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/831, ingresado con fecha 07 de junio del 2010. No comparece la parte reclamada.

DEMANDA:Roberto Chacn Oyarzn, presenta demanda contra de Pesquera y Conservera Patagonia Seafood Ltda., por cobro de prestaciones. Relacin laboral desde el 01 de abril de 2010, desempeando labores de motorista o maquinista de embarcacin. Remuneracin pactada por un sueldo base de $260.000.- y gratificacin legal mnima por un valor de $65.000.-. Demandante renuncia voluntariamente con fecha 30 de mayo de 2010, adeudndose el pago de remuneracin de dos meses y feriado proporcional. El demandante solicita ordenar pago de remuneraciones pendientes; ordenar pago de feriado proporcional; pago de cotizaciones provisionales; reajustar sumas conforme lo indica el artculo 63 del Cdigo del Trabajo; se condene a la demandada al pago de costas. Acompaa prueba documental.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 21 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 06 de agosto de 2010.Al no poder notificar a la demanda no se concreta audiencia fijada para el da 06 de agosto de 2010.Con fecha 04 de noviembre de 2010, parte demandante solicita notificacin a la demandada segn lo establecido en el artculo 439 del Cdigo del Trabajo, practicndose notificacin por el estadio diario el da 23 de noviembre de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Con fecha 23 de noviembre de 2010, al no presentarse la demandada, se suspende audiencia para el da 10 de diciembre de 2010.Audiencia se realiza en la fecha sealada.La parte demandada, con el propsito de poner pronto trmino al juicio sin reconocer derechos a la demandante, ofrece un pago nico por el valor total de $150.000.-, el cual se pagar con efectivo el da 17 del mismo mes. El demandante acepta ofrecimiento, acordando entre las partes que cada uno pagar sus costas.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve segn lo solicitan las partes.

CAUSA N 20

DEMANDA:Trevio con Comercial Flores Ltda. MATERIA:Despido injustificado y cobro de prestaciones1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$304.608.-, por pago de indemnizacin por falta de aviso previo. $609.216.- por indemnizacin por aos de servicio.Total solicitado $913.824.-.CUNTO OBTUVO:$674.193.-JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 14 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 35 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/533, ingresado con fecha 15 de abril de 2010. Se logra una conciliacin parcial.

DEMANDA:Patricia Trevio Camao presenta demanda contra Comercial Flores Ltda. por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas. Relacin laboral se inicia con fecha 01 de abril de 2008, realizando labores de vendedora. Sus peticiones son: declarar despido injustificado y condenar a la contraria al pago de indemnizacin por falta de aviso previo por un valor de $304.608.-; indemnizacin por aos de servicio por $609.219.-, ms un aumento del 30% contemplado en el artculo 168 del Cdigo del Trabajo.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 10 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 29 de julio de 2010.Se fija nueva fecha para el da 24 de agosto de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la ltima fecha fijada, compareciendo ambas partes. Con el propsito de poner pronto trmino al juicio, e demandado ofrece un pago nico por la suma de $674.193.-, siendo aceptada por la parte demandante. Cada parte pagar sus costas. Dicho pago se realiza de la siguiente forma:Cheque por el valor de $197.003.- de fecha 12 de abril de 2010, Cheque por el valor de $477.190.- con fecha 05 de agosto de 2010.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve segn lo solicitan las partes.

CAUSA N 21

DEMANDA:Villegas con Socovesa Ingeniera y Construccin S.A.MATERIA:Despido injustificado y cobro de prestaciones. 1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$810.945.-, por concepto de lucro cesante.$210.121.-, por remuneracin proporcional. $270.315.-, por concepto de indemnizacin sustitutiva de aviso previo.Total solicitado $1.291.38.-.CUNTO OBTUVO:$250.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 14 de Julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 13 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/655, ingresado con fecha 10 de mayo del 2010.

DEMANDA:Rodrigo Villegas presenta demanda contra de Socovesa Ingeniera y Construccin S.A,, por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales.La relacin laboral se inicia con fecha 12 de febrero de 2010, prestando servicios de jornal. Con fecha 10 de mayo de 2010 fue despedido verbalmente por el capaz procediendo a abandonar la obra.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 15 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 29 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada. Con el propsito de dar pronto trmino al juicio, la parte demandada ofrece un pago nico de $250.000.- siendo aceptada por la parte demandada. Se acuerda que cada parte pagar sus costas.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve segn lo solicitan las partes.

ANLISIS DEL CASO:Pago se concreta con fecha 29 de julio de 2010 por un valor muy por debajo al solicitado por el demandante y aceptado en el avenimiento. Dadas las caractersticas, los resultados obtenidos pudieron haber sido conseguidos en la etapa administrativa.

CAUSA N 22

DEMANDA:Alvarado con Servicios Forestales J.L. E.I.R.L.MATERIA:Cobro de prestaciones laborales y cobro de cotizaciones previsionales.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$106.678.-, por concepto de gratificacin legal. $342.267.-, por pago de feriado legal proporcional. $653.330.-. por concepto de pago de remuneraciones.Total solicitado $1.102.890.-.CUNTO OBTUVO:$1.102.890.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 08 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 12 de mayo de 2011DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 308 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/206, ingresado con fecha 24de febrero de 2010.

DEMANDA:Oscar Alvarado Alvarado presenta demanda contra Servicios Forestales J.L. E.I.R.L. por cobro de prestaciones y Cobro de Cotizaciones Previsionales. Con fecha 01 de abril de 2007 se inicia relacin laboral como operador mltiple, pero en la prctica realizaba labores de encargado de las faenas forestales. Con fecha 19 de febrero de 2010, demandante present su renuncia debido a la existencia de anomalas e incumplimientos por parte del empleador. Las peticiones son: Ordenar el pago de cotizaciones previsionales; pago de gratificacin legal; pago de remuneraciones; pago de feriado proporcional; que las sumas sean reajustadas conforme lo sealado en el artculo 63 del Cdigo del Trabajo; que la contraria sea condenada al pago de costas.Acompaa prueba documental.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 09 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 02 de agosto de 2010.Notificacin a la parte demandada no pudo ser realizada, se solicita al demandante proporcionar un nuevo domicilio. Con fecha 10 de diciembre de 2010, se fija nueva fecha para el da 29 de diciembre de 2010, fecha en la que no se pudo concretar audiencia por las mismas circunstancias que en la oportunidad anterior.Con fecha 02 de marzo de 2011 se fija audiencia para el da 21 de marzo de 2011, la cual no se pudo concretar por las mismas razones que la audiencia anterior. Con fecha 22 de marzo de 2011, tribunal fija fecha de audiencia para el da 29 de abril de 2011.En la fecha fijada se concreta audiencia a la cual no asiste la parte demandada,

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, no comparece a parte demandada.

RESOLUCIN:Tribunal acoge lo solicitado en la demanda, excepto en lo que se refiere al pago de costas.

CAUSA N 23

DEMANDA:Daz don Construcciones Elctricas Ltda. MATERIA:Cobro de prestaciones laborales.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:SiRECURSO ANTE LA CORTE: Presenta recurso de apelacin.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$241.410.-, por concepto de pago de feriado proporcional. CUNTO OBTUVO:$150.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 08 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 35 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/673, ingresado con fecha 11 de mayo del 2010. Comparecen ambas partes, el reclamado reconoce pagos adeudados, sin embargo seala no tener liquidez para su pago.

DEMANDA:Patricio Daz Gueicha, presenta demanda contra Construcciones Elctricas Ltda. En Quiebra, por cobro de prestaciones adeudadas. Con fecha 25 de junio de 2009 se inicia relacin laboral, en la cual la parte demandante realiz labores de maestro segundo electrnico hasta el da 10 de marzo de 2010, fecha desde la cual prest servicios como trabajador subcontratista a Constructora Salfa S.A.Con fecha 01 de abril de 01 de abril de 2010 demandante present su renuncia.Las peticiones de la demandante son: pago de feriado proporcional, reajuste de los vales conforme al artculo 63 del Cdigo del Trabajo; condenar a la contraria al pago de costas.Con fecha 09 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, no da curso a la demanda, considerando lo contemplado en el artculo 464 N 4, el cual seala que las actas firmadas por las partes, y autorizadas por los Inspectores del Trabajo y que den constancia de los acuerdos producidos ante stos o que contengan el reconocimiento de una obligacin laboral o de cotizaciones de seguridad social o sus copias certificadas por la respectiva Inspeccin del Trabajo lo que se aplica ya que en el acta de comparendo de conciliacin la parte reclamada reconoce que se adeuda lo solicitado por el reclamante.

AVENIMIENTO:Con fecha 10 de septiembre de 2010, la parte demandada ofrece un pago nico la suma de $150.000.-. Demandante acepta avenimiento. Ambas partes acuerdan pagar cada una sus costas.

RESOLUCIN:Con fecha 10 de septiembre de 2010, el Tribunal da por aprobado el avenimiento.

CAUSA N 24

DEMANDA:Andrade con Chile Sur Productos S.A.MATERIA:Cobro de prestaciones1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$190.000.-, por pago de remuneraciones. $100.806.-, por pago de feriado proporcional. Total solicitado: $290.806.-.CUNTO OBTUVO:$290.806.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 08 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 13 de septiembre de 2010.DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 17 das hbiles

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/377, ingresado con fecha 23 de marzo del 2010.

DEMANDA:Sergio Andrade Ojeda presenta demanda contra la empresa Chile Sur Productos S.A. por cobro de prestaciones laborales. Con fecha 16 de marzo de 2009 se inicia relacin laboral, prestando servicios como Supervisor de Planta Pesquera, no escriturndose contrato de trabajo. Con fecha 15 de julio de 2009, present licencia mdica extendida el da 14 de julio. El representante de la empresa procedi a despedirlo.Las peticiones presentadas por el demandante son: Declarar despido injustificado; ordenar el pago de remuneracin adeudada; pago de feriado proporcional; reajuste de las sumas conforme a lo sealado en el artculo 63 del Cdigo del Trabajo; condenar a la contraria al pago de costas.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 19 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 04 de agosto de 2010.Con fecha 20 de agosto la parte demandada contesta demanda solicitando nulidad de todo lo obrado, en subsidio opone excepcin de prescripcin.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, no comparece a parte demandada.

RESOLUCIN:Tribunal acoge la demanda en su totalidad.

CAUSA N 25

DEMANDA:Morales con Servicio Escobar Scabini Ltda. MATERIA:Despido injustificado y cobro de prestaciones. 1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$124.440.-, por pago de horas extraordinarias. $117.933.-, por pago de feriado proporcional. $330.000.-, por concepto de pago de remuneracin.$106.704.-, por domingos y festivos trabajados no compensados. Total solicitado: $679.077.-.CUNTO OBTUVO:$360.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 06 de julio de 2010.FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 06 de septiembre de 2010.DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 19 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/885, ingresado con fecha 15 de junio del 2010. Comparecen ambas partes.

DEMANDA:Vctor Morales Morales presenta demanda contra Servicios Escobar Scabini Ltda. por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas. Relacin laboral se inicia con fecha 05 de noviembre del ao 2009. Con fecha 04 de junio de 2010 fue despido verbalmente. Con fecha 08 de junio demandante a interponer constancia ante la Inspeccin del Trabajo con el propsito de no ser acusado de ausencias injustificadas. Demandante solicita: ordenar pago de horas extraordinarias; ordenar pago de feriado proporcional; ordenar pago de remuneracin; pago de das domingos y festivos trabajados y no compensados; reajuste de dichas sumas conforme al artculo 173 del Cdigo del Trabajo; que se condene a la contraria al pago de costas.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 07 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 27 de julio de 2010.Con fecha 26 de julio de 2010, se reprograma audiencia para el da 02 de agosto, a peticin de la parte demandada.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada asistiendo ambas partes sin conciliar.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que se declara injustificado el despido; pago de indemnizacin por aviso previo; pago de feriado proporcional; pago de remuneracin proporcional; pago de compensacin por festivo trabajado a razn de una remuneracin de $200.000.- ($9.678.-); se rechaza la demanda en lo dems.

CAUSA N 26

DEMANDA:Mancilla con LausicMATERIA:Despido injustificado1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$215.818.-, por concepto de indemnizacin sustitutiva de aviso previo.$312.000.-, por das festivos trabajados.Total solicitado $527.818.-.CUNTO OBTUVO:$170.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 06 de julio de 2010.FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registraDURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 18 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/843, ingresado con fecha 10 de junio del 2010. Comparecen ambas partes sin lograr conciliacin.

DEMANDA:Gabriel Mancilla Muoz presenta demanda contra Javier Lausic Iglesias por despido injustificado. Relacin laboral se inicia con fecha 06 de enero de 2010 ejerciendo labores de cocinero hasta el da 07 de junio de 2010, fecha en la que fue despedido e instado a firmar una carta de renuncia redactada por el empleador. Las peticiones del demandante son: declarar despido injustificado; pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo; pago de das festivos trabajados; que dichas sumas sean reajustadas segn lo dispone el artculo 173 del Cdigo del Trabajo. Acompaa prueba documental.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 07 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 27 de julio del ao 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, asisten ambas partes. La parte demandada, con el objeto de poner pronto trmino al juicio ofrece el pago de la suma nica de $170.000.-. Dicho ofrecimiento es aceptado por el demandante. Cada parte pagar sus costas.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve tngase por aprobado avenimiento.

CAUSA N 27

DEMANDA:Vera con Servicios Integrales Ambienta S.A.MATERIA:Nulidad del despido y cobro de prestaciones.1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:Si AVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$110.000.-, por pago de feriado proporcional. $255.910.-, indemnizacin por falta de aviso previo. Total solicitado: $365.910.-.CUNTO OBTUVO:$256.137.-,JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 02 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 24 de enero de 2011DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria):

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/561, ingresado con fecha 23 de abril del 2010. Comparece la reclamada solidaria.

DEMANDA:Jennys Vera Barra presenta demanda contra Servicios Integrales Ambienta S.A. por nulidad de despido y cobro de prestaciones.La relacin se inicia con fecha 02 de agosto de 2004 en labores de auxiliar de aseo hasta el da 15 de abril de 2010, fecha en la que despedida verbalmente. Carta de trmino de contrato fue remitida con fecha 30 de abril de 2010. Reclamante pide: pago de feriado proporcional; indemnizacin por falta de aviso; cotizaciones previsionales, de salud y las referidas al seguro de cesanta; pago de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social; reajustes, intereses y costas conforme al artculo 63 del Cdigo del Trabajo.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 09 de junio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Por falta de emplazamiento no se concretaron audiencias fijadas, quedando fijada como ltima fecha de citacin para el da 29 de diciembre de 2010.

AVENIMIENTO:La demandada solidaria ofrece un pago nico por la suma de $256.137.-, el cual es aceptado por el demandante. Tribunal resuelto por aprobado avenimiento slo respecto de la demanda solidaria.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:No se produce conciliacin debido a la inasistencia de la parte demandada.

RESOLUCIN:Se declara nulidad del despido, pago de remuneraciones y prestaciones laborales; pago de cotizaciones previsionales, salud y cesanta; despido injustificado; en lo dems se rechaza la demanda; no se condena en costas al demandado.

ANLISIS DEL CASO:Si bien, en este caso, el demandante consigui que se ordenara el pago de una raccin de la suma reclamada, el tiempo que transcurri entre la fecha de ingreso de la demanda y la fecha de la ejecutoria, claramente estamos fuera de un procedimiento monitorio y nos encontramos ante un proceso someramente declarativo

CAUSA N 28

DEMANDA:Hernndez con Construcciones Elctricas Ltda. En QuiebraMATERIA:Despido Injustificado1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, art. 500 inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$447.313.-, por concepto de indemnizacin sustitutiva de aviso previo. CUNTO OBTUVO:$447.313.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 01 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 10 de agosto de 2010DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria):

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/664, ingresado con fecha 07 de mayo del 2010.

DEMANDA:Vctor Hernndez Bahamondes presenta demanda contra Construcciones Elctricas Ltda. Quiebra por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas. Relacin laboral se inicia con fecha 02 de septiembre de 2009 pactndose un contrato por faena. Con fecha 05 de mayo de 2010, se inform que la empresa Construcciones Elctricas Ltda. se encontraba en quiebra, por lo que los trabajadores seran contratados por la empresa Salfa. Las peticiones concretas del demandante son: que se declare despido injustificado; pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo; reajuste de las sumas segn lo sealado en el artculo 63 del Cdigo del Trabajo; que se condene a la contraria al pago de costas.Acompaa prueba documental

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 07 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 28 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada. No se produce conciliacin debido a la inasistencia de la parte demandada.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que se declara injustificado el despido; ordena el pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo.

ANLISIS DEL CASO: Por la sola no comparecencia del demandado, tribunal determina acoger solicitud del demandante. Si bien la sentencia fue a favor del demandante, la sola emisin del ttulo ejecutivo con la aceptacin de la demanda del trabajador hubiera generado los mismos efectos en menos tiempo.

CAUSA N 29

DEMANDA:Sabando con Construcciones Elctricas Ltda. en QuiebraMATERIA:Despido Injustificado, cobro de prestaciones y cobro de cotizaciones1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$382.313.- por concepto de indemnizacin sustitutiva de aviso previo. $58.235.- por concepto de pago de remuneracin proporcional. $88.243.- por concepto de feriado proporcional.Total solicitado: $528.791.-.CUNTO OBTUVO:$270.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 01 de Julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registra. Tribuna resuelve con fecha 22/07/2010.DURACIN DEL JUICIO (01/07/2010 al 22/07/2010): 19 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/846, ingresado con fecha 10 de junio del 2010.

DEMANDA:Dresjham Sabando Seguel presenta demanda contra Construcciones Elctricas Ltda. Quiebra por despido injustificado, cobro de prestaciones adeudadas y cobro de prestaciones. Relacin laboral se inicia con fecha 06 de enero de 2010 pactndose un contrato por faena. Con fecha 05 de mayo de 2010, se inform que la empresa Construcciones Elctricas Ltda. se encontraba en quiebra, por lo que los trabajadores seran contratados por la empresa Salfa. Las peticiones concretas del demandante son: que se declare despido injustificado; pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo; pago de remuneracin por das trabajados; condenar a la demandada principal y solidaria al pago de feriado proporcional; se ordene a la demandada principal y solidaria al pago de cotizaciones de AFP, AFC y FONASA; se reajuste el total segn se dispone en el artculo 63 del Cdigo del Trabajo; que se condene a la contraria al pago de costas. Acompaa prueba documental.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 02 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 22 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada.La parte demandada solidaria Constructora Salfa S.A. ofrece un pago nico de $270.000.-, oferta que acepta el demandante. Cada parte pagar sus costas.

RESOLUCIN:Con fecha 22 de julio de 2010 Tribunal resuelve aprobado avenimiento.

CAUSA N 30

DEMANDA:Ortiz con Construcciones Elctricas Ltda.MATERIA:Despido Injustificado1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$426.358.-.CUNTO OBTUVO:$426.358.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 02 de Julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 10 de agosto de 2010DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 33 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/658, ingresado con fecha 07 de mayo de 2010. Comparecen ambas partes, reclamado reconoce adeudar prestaciones sin embargo seala que por falta de liquidez no proceder al pago.

DEMANDA:Rodrigo Ortiz Munzenmayer presenta demanda contra Construcciones Elctricas Ltda. Quiebra por despido injustificado.Relacin laboral se inicia con fecha 02 de diciembre de 2009 pactndose un contrato por faena. Con fecha 05 de mayo de 2010, se inform que la empresa Construcciones Elctricas Ltda. se encontraba en quiebra, por lo que los trabajadores seran contratados por la empresa Salfa. Las peticiones concretas del demandante son: que se declare despido injustificado; pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo; reajuste de las sumas segn lo sealado en el artculo 63 del Cdigo del Trabajo; que se condene a la contraria al pago de costas.Acompaa prueba documental

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 07 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 29 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Se acumula a la causa M104-2010. Audiencia se desarrolla con fecha 28 de julio. No se produce conciliacin debido a la inasistencia de la parte demandada.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que se declara injustificado el despido; ordena el pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo.

CAUSA N 31

DEMANDA:Barrientos con Construcciones Elctricas Ltda.MATERIA:Despido injustificado1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:No AVENIMIENTO:NoCUNTO PIDI:$358.000.- por concepto de indemnizacin sustitutiva de aviso previo.CUNTO OBTUVO:$358.000.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: SiFECHA INGRESO DEMANDA: 01 de julio de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 10 de agosto de 2010DURACIN DEL JUICIO: 34 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/678, ingresado con fecha 12 de mayo del 2010. Comparecen ambas partes, reclamado reconoce adeudar prestaciones sin embargo seala que por falta de liquidez no proceder al pago.

DEMANDA:Csar Barrientos Millaneri presenta demanda contra Construcciones Elctricas Ltda. Quiebra por despido injustificado.Relacin laboral se inicia con fecha 02 septiembre de 2009 pactndose un contrato por faena. Con fecha 05 de mayo de 2010, se inform que la empresa Construcciones Elctricas Ltda. se encontraba en quiebra, por lo que los trabajadores seran contratados por la empresa Salfa. Las peticiones concretas del demandante son: que se declare despido injustificado; pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo; reajuste de las sumas segn lo sealado en el artculo 63 del Cdigo del Trabajo; que se condene a la contraria al pago de costas.Acompaa prueba documental

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 07 de julio de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 29 de julio de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Se acumula a la causa M104-2010. Audiencia se desarrolla con fecha 28 de julio. . No se produce conciliacin debido a la inasistencia de la parte demandada.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve que se declara injustificado el despido; ordena el pago de indemnizacin sustitutiva de aviso previo.

CAUSA N 32

DEMANDA:Mercado con MarioMATERIA:Despido Injustificado y Cobro de prestaciones. 1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:SiAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$292.328.-, por concepto de indemnizacin por falta de aviso previo. $584.656.-, por indemnizacin de lucro cesante. Total solicitado: $876.984.-.CUNTO OBTUVO: $206.250.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 30 de agosto de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: 05 de octubre de 2010DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 34 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/1035, ingresado con fecha 19 de julio del 2010. Comparecen ambas partes, se logra conciliacin parcial.

DEMANDA:Mauricio Mercado Vera presenta demanda contra Orlando Mario Obando por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas. Con fecha 04 de junio de 2010 se inicia relacin laboral prestando servicios como ayudante de operaciones en faena de construccin. Con fecha 19 de julio de 2010 es despedido verbalmente, fecha en la cual demandante interpone reclamo en la Inspeccin del Trabajo. Las peticiones del demandante son: declarar despido injustificado; pago de indemnizacin por falta de aviso previo; pago de indemnizacin por lucro cesante; reajuste de las sumas conforme lo sealado en el artculo 63 del cdigo del trabajo; condenacin de costas a la contraria.

DECISIN DEL TRIBUNAL:Con fecha 30 de agosto de 2010, la jueza titular Cecilia Agero Calvo, cita a las partes a audiencia nica conforme al artculo 500, inciso 1 del Cdigo del Trabajo, sobre la determinacin de que los antecedentes proporcionados por la parte demandante son insuficientes para generar conviccin por lo que se hace necesario para el Tribunal contar con mayor informacin.Audiencia se fija para el da 16 de septiembre de 2010.

AUDIENCIA NICA DE CONCILIACIN:Audiencia se desarrolla en la fecha fijada, no comparece a parte demandada.

RESOLUCIN:Tribunal resuelve acoger demanda ordenando declarar injustificado el despido; pago de indemnizacin sustitutiva del aviso previo; se rechaza en lo dems y no se condena en costas a la contraria.

CAUSA N 33DEMANDA:Mrquez con Transportes e Inversiones Magallanes MATERIA:Despido injustificado y cobro de prestaciones 1 RESOL.:Cita a las partes a Audiencia nica, Art. 500 Inc. 1 del Cdigo del TrabajoRECLAMA AFECTADO:NoRECURSO ANTE LA CORTE: No presenta recurso.CONCILIACIN:NoAVENIMIENTO:SiCUNTO PIDI:$204.204.- por concepto de lucro cesante.$368.800.-, por concepto de indemnizacin por falta de aviso previo. Total solicitado: $573.004.-.CUNTO OBTUVO:$368,800.-.JUICIO TERMIN CON SENTENCIA: NoFECHA INGRESO DEMANDA: 27 de agosto de 2010FECHA CERTIFICACIN DE EJECUTORIA: No registra. Resolucin con fecha 22/09/2010DURACIN DEL JUICIO (desde el ingreso de la demanda hasta la ejecutoria): 22 das hbiles.

REQUISITO DE PROCESABILIDAD:Reclamo presentado ante la Inspeccin del trabajo N1201/2010/1060, ingresado con fecha 22 de julio del 2010. Comparecen ambas partes.

DEMANDA:Vctor Mrquez Asenjo presenta demanda contra Transportes e Inversiones Magallanes S.A. por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas. Relacin laboral se inicia con fecha 10 de junio de 2010 prestando servicios de conductor, cobrador y recaudador. Con fecha 22 de julio de 2010 es despedido haciendo entrega el empleador de la respectiva carta de despido, citando como causal la que seala el artculo 160 N 7 del Cdigo del Trabajo, por haber faltado al contrato de trabajo por la no entrega de boletos a pasajeros. Las peticiones del demandante son: decl