Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

64
Tita Aránguiz Zúñiga. Pro fesora Facultad de Derech o. U. de Chile. NEGOCIACION NEGOCIACION COLECTIVA COLECTIVA

Transcript of Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Page 1: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

NEGOCIACION NEGOCIACION COLECTIVA COLECTIVA

Page 2: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Normas que amparan este Normas que amparan este DerechoDerecho

Constitución Política:Constitución Política:Arts. 19, N° 16;Arts. 19, N° 16;Art. 19 N° 26.Art. 19 N° 26.Art. 60 N° 4;Art. 60 N° 4;Art. 62 N° 5;Art. 62 N° 5;

Código del Trabajo.Código del Trabajo.Art. 303 y siguientes.Art. 303 y siguientes.

Convenio O.I.T. N° 98 Convenio sobre el Convenio O.I.T. N° 98 Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 . Ratificado por Chile en colectiva, 1949 . Ratificado por Chile en 1999 y vigente a la fecha1999 y vigente a la fecha

Page 3: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

CONCEPTO.CONCEPTO.

ART.303.- ES EL PROCEDIMIENTO A TRAVES ART.303.- ES EL PROCEDIMIENTO A TRAVES DEL CUAL UNO O MAS EMPLEADORES SE DEL CUAL UNO O MAS EMPLEADORES SE RELACIONAN CON UNA O MAS RELACIONAN CON UNA O MAS ORGANIZACIONES SINDICALES O CON ORGANIZACIONES SINDICALES O CON TRABAJADORES TRABAJADORES QUE SE UNAN PARA QUE SE UNAN PARA TAL EFECTOTAL EFECTO, O CON UNOS Y OTROS, , O CON UNOS Y OTROS, CON EL OBJETO DE ESTABLECER CON EL OBJETO DE ESTABLECER CONDICIONES COMUNES DE TRABAJO Y CONDICIONES COMUNES DE TRABAJO Y DE REMUNERACIONES POR UN TIEMPO DE REMUNERACIONES POR UN TIEMPO DETERMINADO, DE ACUERDO CON LAS DETERMINADO, DE ACUERDO CON LAS NORMAS QUE LA LEY ESTABLECE.NORMAS QUE LA LEY ESTABLECE.

Page 4: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Características Generales de la Características Generales de la negociación colectivanegociación colectiva

Afecta a un colectivo de trabajadores, ya sea Afecta a un colectivo de trabajadores, ya sea que estén organizados en Sindicatos que estén organizados en Sindicatos o se o se hayan unido solo para negociarhayan unido solo para negociar;;

Pueden intervenir uno o más empleadores;Pueden intervenir uno o más empleadores; Se negocia: condiciones comunes de trabajo y Se negocia: condiciones comunes de trabajo y

remuneraciones.remuneraciones. Tiene un tiempo determinado.Tiene un tiempo determinado. Es obligatoria, salvo que afecte a más de una Es obligatoria, salvo que afecte a más de una

empresa ( art. 303 inc. Final). Si no se da empresa ( art. 303 inc. Final). Si no se da respuesta oportuna por el empleador, se le respuesta oportuna por el empleador, se le aplica multa y si aún no contesta a los 20 días aplica multa y si aún no contesta a los 20 días se entiende que acepta el proyecto.se entiende que acepta el proyecto.

Page 5: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

QUIENES PUEDEN NEGOCIARQUIENES PUEDEN NEGOCIAR

Empresas del sector privado;Empresas del sector privado;

Empresas en que el Estado tenga aportes, Empresas en que el Estado tenga aportes, participación o representación inferior al 50% participación o representación inferior al 50% del presupuesto total de la empresa.del presupuesto total de la empresa.

Page 6: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

QUIENES NO PUEDEN NEGOCIARQUIENES NO PUEDEN NEGOCIAR(Empresas)(Empresas)

Empresas, Instituciones públicas o privadas Empresas, Instituciones públicas o privadas cuyo aporte del Estado, en los últimos dos cuyo aporte del Estado, en los últimos dos años, haya sido superior al 50% del años, haya sido superior al 50% del presupuesto de la Empresa, ya sea directo presupuesto de la Empresa, ya sea directo o a través de impuestos o derechos.o a través de impuestos o derechos.

Empresas del Estado dependientes del Empresas del Estado dependientes del Ministerio de Defensa Nacional o que se Ministerio de Defensa Nacional o que se relacionen con el Supremo Gobierno a relacionen con el Supremo Gobierno a través de ese Ministerio;través de ese Ministerio;

Empresas o Instituciones en donde la Ley Empresas o Instituciones en donde la Ley prohíba negociar colectivamente.prohíba negociar colectivamente.

Page 7: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

QUIENES NO PUEDEN NEGOCIARQUIENES NO PUEDEN NEGOCIAR(PERSONAS AFECTADAS POR SU (PERSONAS AFECTADAS POR SU

CONTRATO)CONTRATO)Según contrato suscrito: (art. 305)Según contrato suscrito: (art. 305)

Contrato de aprendizajeContrato de aprendizajeContrato por faena determinadaContrato por faena determinadaContrato de temporada.Contrato de temporada.

Según función que realizan: (con Según función que realizan: (con facultades de administración)facultades de administración)

Gerentes;Gerentes;Sub gerentes;Sub gerentes;AgentesAgentesApoderadosApoderados

Según facultades que detentan;Según facultades que detentan;Autorizados para contratar o despedir;Autorizados para contratar o despedir;Si por organización interna ejercen cargo superior Si por organización interna ejercen cargo superior

de mando o inspección con facultades de decisión de mando o inspección con facultades de decisión en las políticas y procesos productivos o de en las políticas y procesos productivos o de comercializacióncomercialización

Page 8: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Condiciones para que opere prohibición de Condiciones para que opere prohibición de cláusula de no negociarcláusula de no negociar..

Debe establecerse en una cláusula POR Debe establecerse en una cláusula POR ESCRITO en los respectivos contratos ESCRITO en los respectivos contratos individuales.individuales.

De no establecerse en la forma anterior, el De no establecerse en la forma anterior, el trabajador puede negociar aún cuando trabajador puede negociar aún cuando reúna las condiciones para no negociar. reúna las condiciones para no negociar.

Trabajador que no esté conforme con la Trabajador que no esté conforme con la cláusula debe reclamcláusula debe reclamaar a la Inspección del r a la Inspección del Trabajo.Trabajo.

PLAZO: 6 meses.PLAZO: 6 meses.

Page 9: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Procedimiento para reclamación Procedimiento para reclamación de cláusula de prohibición para de cláusula de prohibición para negociarnegociar..

6 meses para reclamar ante Inspección del 6 meses para reclamar ante Inspección del Trabajo;Trabajo;

De la resolución de la Inspección del Trabajo De la resolución de la Inspección del Trabajo se puede reclamar en Tribunales;se puede reclamar en Tribunales;

Plazo para reclamar ante los tribunales: 5 Plazo para reclamar ante los tribunales: 5 días desde notificación Resolución días desde notificación Resolución administrativa;administrativa;

Procedimiento; sin forma de juicio- única Procedimiento; sin forma de juicio- única instancia- audiencia de las partes.instancia- audiencia de las partes.

Page 10: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Materias que pueden negociarseMaterias que pueden negociarse

REMUNERACIONES;REMUNERACIONES;

BENEFICIOS EN ESPECIE O EN DINERO;BENEFICIOS EN ESPECIE O EN DINERO;

CONDICIONES COMUNES DE TRABAJO.CONDICIONES COMUNES DE TRABAJO.

Page 11: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

MATERIAS NO NEGOCIABLESMATERIAS NO NEGOCIABLES..

AQUELLAS QUE RESTRINJAN O LIMITEN AQUELLAS QUE RESTRINJAN O LIMITEN FACULTADES DEL EMPLEADOR:FACULTADES DEL EMPLEADOR:

• facultades de organizar; facultades de organizar;

• facultades de dirección (poder de mando) yfacultades de dirección (poder de mando) y

• facultades de administración (ius variandi). facultades de administración (ius variandi).

Page 12: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

CARACTERISTICAS QUE REVISTE CARACTERISTICAS QUE REVISTE LA NEGOCIACION COLECTIVA.(1)LA NEGOCIACION COLECTIVA.(1)

Trabajadores no pueden estar afectos a Trabajadores no pueden estar afectos a más de un contrato;más de un contrato;

Se puede negociar sólo después de un año Se puede negociar sólo después de un año de iniciadas las actividades de la Empresa;de iniciadas las actividades de la Empresa;

Los trabajadores que van a negociar tiene Los trabajadores que van a negociar tiene fuero ( 10 días antes y hasta 30 días desp.)fuero ( 10 días antes y hasta 30 días desp.)

Comisión Negociadora tiene fuero especial, Comisión Negociadora tiene fuero especial, si no tienen fuero natural, es igual al si no tienen fuero natural, es igual al anterior pero más 30 días.anterior pero más 30 días.

Page 13: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

CARACTERISTICAS……CARACTERISTICAS……(2)(2)

Las estipulaciones de los contratos individuales, Las estipulaciones de los contratos individuales, no pueden ser inferiores a las del contrato no pueden ser inferiores a las del contrato colectivo;colectivo;

Las cláusulas de los contratos colectivos pasar a Las cláusulas de los contratos colectivos pasar a formar parte de los contratos individuales.formar parte de los contratos individuales.

Los plazos, en la negociación que vencen en días Los plazos, en la negociación que vencen en días Sábado, Domingo o festivo, vence al día siguiente Sábado, Domingo o festivo, vence al día siguiente hábil.hábil.

Ministros de Fe:Ministros de Fe: Inspector del Trabajo;Inspector del Trabajo; Notario;Notario; Oficial del registro Civil;Oficial del registro Civil; Funcionarios de la Administración del estado y que sean Funcionarios de la Administración del estado y que sean

designados por la Inspección del Trabajo.designados por la Inspección del Trabajo.

Page 14: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

TIPOS DE NEGOCIACION.TIPOS DE NEGOCIACION.

NEGOCIACION REGLADA (ART. 315)NEGOCIACION REGLADA (ART. 315): : Contrato ColectivoContrato Colectivo ; y ; y

NEGOCIACION NO REGLADA:NEGOCIACION NO REGLADA: Convenio Convenio Colectivo.Colectivo.• CON SINDICATOS, (ART. 314);CON SINDICATOS, (ART. 314);

NEGOCIACION SEMI REGLADA: Convenio NEGOCIACION SEMI REGLADA: Convenio Colectivo.Colectivo.• ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES QUE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES QUE

SE UNEN PARA TALES EFECTOS (SIN SE UNEN PARA TALES EFECTOS (SIN SINDICATOS) (ART. 314 BIS);SINDICATOS) (ART. 314 BIS);

• TRABAJTRABAJAADORES AGRICOLAS( 314 BIS a)DORES AGRICOLAS( 314 BIS a)

Page 15: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

NEGOCIACION NO REGLADA NEGOCIACION NO REGLADA (SINDICATOS)(SINDICATOS)

Características propias de esta negociación:Características propias de esta negociación: Negociación directa;Negociación directa; No hay períodos determinados para No hay períodos determinados para

negociar;negociar; Sin restricciones de ninguna naturaleza;Sin restricciones de ninguna naturaleza; No sujeta a ningún procedimiento;No sujeta a ningún procedimiento;

Características generales de la negociación:Características generales de la negociación: Materias Negociables:Materias Negociables:

condiciones comunes de trabajo, condiciones comunes de trabajo, remuneraciones;remuneraciones;

Duración determinada.Duración determinada.

Page 16: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

NEGOCIACION SEMI REGLADANEGOCIACION SEMI REGLADA(grupos de trabajadores unidos para este (grupos de trabajadores unidos para este solo efecto).solo efecto).

Deben ser grupos de 8 o más trabajadores;Deben ser grupos de 8 o más trabajadores; Debe elegirse una Comisión negociadora:Debe elegirse una Comisión negociadora:

Elegida en votación secreta;Elegida en votación secreta; Ante Inspector del TrabajoAnte Inspector del Trabajo Deben ser 3 y hasta 5 integrantes.Deben ser 3 y hasta 5 integrantes.

Empleador debe contestar en 15 días Empleador debe contestar en 15 días (multa)(multa)

Aprobación propuesta final del empleador, Aprobación propuesta final del empleador, debe ser tomada por todos los trabajadores debe ser tomada por todos los trabajadores en votación secreta y ante Inspector del en votación secreta y ante Inspector del Trabajo.Trabajo.

De no cumplirse con estas reglas, se De no cumplirse con estas reglas, se entiende que el acuerdo es solo a nivel entiende que el acuerdo es solo a nivel individual y no colectivo.individual y no colectivo.

Page 17: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

NEGOCIACION SEMI REGLADA:NEGOCIACION SEMI REGLADA:TRABAJADORES AGRICOLAS.TRABAJADORES AGRICOLAS.

Trabajadores agrícolas de temporada pueden Trabajadores agrícolas de temporada pueden presentar proyecto al o los empleadores.presentar proyecto al o los empleadores.

Empleador tiene 15 días para contestar;Empleador tiene 15 días para contestar;

Si no contesta Inspección puede apercibirlo para que Si no contesta Inspección puede apercibirlo para que lo haga en 5días, bajo apercibimiento de multa;lo haga en 5días, bajo apercibimiento de multa;

Si la respuesta es negativa, los trabajadores pueden Si la respuesta es negativa, los trabajadores pueden presentar otro proyecto en la siguiente temporada;presentar otro proyecto en la siguiente temporada;

Negociación debe terminar 30 días antes del inicio Negociación debe terminar 30 días antes del inicio de la temporada agrícolade la temporada agrícola

Page 18: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

NEGOCIACION REGLADANEGOCIACION REGLADA

Inicio:Inicio: Con presentación de Proyecto de contrato colectivo. Con presentación de Proyecto de contrato colectivo. Quienes lo presentanQuienes lo presentan::

El o los sindicatosEl o los sindicatos Grupo trabajadores unidos para este solo efecto: Grupo trabajadores unidos para este solo efecto:

deben juntar el mismo quorum para formar deben juntar el mismo quorum para formar sindicato.sindicato.

5 días de presentado proyecto el empleador debe comunicar 5 días de presentado proyecto el empleador debe comunicar al resto de los trabajadoresal resto de los trabajadores: todas las negociaciones deben : todas las negociaciones deben efectuarse durante el mismo período. efectuarse durante el mismo período.

Si no comunica: debe negociar con quienes presentaron Si no comunica: debe negociar con quienes presentaron proyecto y con el resto cuando ellos decidan presentar uno.proyecto y con el resto cuando ellos decidan presentar uno.

Si comunica: los demás trabajadores tienen 30 días para Si comunica: los demás trabajadores tienen 30 días para presentar sus propios proyectos y el último día del plazo, se presentar sus propios proyectos y el último día del plazo, se entiende como fecha de presentación de todosentiende como fecha de presentación de todos..

Page 19: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

NEGOCIACION REGLADANEGOCIACION REGLADA

Debemos distinguir:Debemos distinguir:

Si hay contrato colectivo anterior; o Si hay contrato colectivo anterior; o

No hay contrato colectivo anterior.No hay contrato colectivo anterior.

Page 20: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

SI NO HAY CONTRATO COLECTIVO ANTERIOR SI NO HAY CONTRATO COLECTIVO ANTERIOR

(Primera Negociación(Primera Negociación)) Proyecto se presenta en cualquier Proyecto se presenta en cualquier

momento.momento. Excepción: período declarado no apto Excepción: período declarado no apto

para iniciar negociación:para iniciar negociación: Uno o dos períodos al año;Uno o dos períodos al año; Solo Año calendario;Solo Año calendario; Ambos períodos no pueden sumar más de 60 Ambos períodos no pueden sumar más de 60

días.días. Período de declaración: junio y antes Período de declaración: junio y antes

presentación proyecto, presentación proyecto, Duración declaración: 12 meses desde Duración declaración: 12 meses desde

que se produce la declaración;que se produce la declaración; Formalidad : comunicarse por escrito aFormalidad : comunicarse por escrito a

• INSPECCION DEL TRABAJO; YINSPECCION DEL TRABAJO; YTRABAJADORESTRABAJADORES

Page 21: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

NEGOCIACION CUANDO HAY CONTRATO NEGOCIACION CUANDO HAY CONTRATO COLECTIVO ANTERIORCOLECTIVO ANTERIOR

TRES SITUACIONES QUE SE PRESENTAN:TRES SITUACIONES QUE SE PRESENTAN:

Trabajador ingresa existiendo contrato colectivo Trabajador ingresa existiendo contrato colectivo vigente, tiene derecho a negociar y no se le vigente, tiene derecho a negociar y no se le extienden las estipulaciones del contrato colectivo extienden las estipulaciones del contrato colectivo vigente;vigente;

Trabajador ingresa existiendo contrato colectivo Trabajador ingresa existiendo contrato colectivo vigente y se le extienden todas las estipulaciones del vigente y se le extienden todas las estipulaciones del contrato;contrato;

Trabajador integra negociación desde el comienzo y Trabajador integra negociación desde el comienzo y con todos los demás. con todos los demás.

Page 22: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

I.- Situación trabajadores que no se les I.- Situación trabajadores que no se les extienden estipulaciones extienden estipulaciones contractualescontractuales::

- Han ingresado posteriormente de - Han ingresado posteriormente de realizadas negociaciones en la Empresa;realizadas negociaciones en la Empresa;

No se les han extendido estipulaciones de No se les han extendido estipulaciones de algunos de los contratos; y algunos de los contratos; y

- Pueden negociar:- Pueden negociar:

Page 23: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

FORMA DE NEGOCIAR:FORMA DE NEGOCIAR:

- Después de 6 meses de ingresados pueden - Después de 6 meses de ingresados pueden presentar proyecto; presentar proyecto; - Fecha de inicio del proyecto que ellos presentan: es - Fecha de inicio del proyecto que ellos presentan: es la del último contrato colectivo vigente (salvo que los la del último contrato colectivo vigente (salvo que los trabajadores elijan una fecha de otro contrato trabajadores elijan una fecha de otro contrato anterior).anterior).- Duración del contrato: tiempo que falte del contrato - Duración del contrato: tiempo que falte del contrato elegido para completar dos años elegido para completar dos años ( aunque el contrato elegido dure más).( aunque el contrato elegido dure más).

Page 24: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

II.- Situación Trabajadores que se les extiende II.- Situación Trabajadores que se les extiende integramente estipulaciones del contrato:integramente estipulaciones del contrato:

- No participan en contratos colectivos que se - No participan en contratos colectivos que se celebren;celebren;

- Han ingresado con posterioridad a su celebración;- Han ingresado con posterioridad a su celebración;- Empleador les hace extensivos en su totalidad - Empleador les hace extensivos en su totalidad

estipulaciones del contrato.estipulaciones del contrato.

Page 25: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

FORMAS DE NEGOCIAR:FORMAS DE NEGOCIAR: Pueden presentar Proyecto de contrato Pueden presentar Proyecto de contrato

colectivo;colectivo;

Plazo: al vencimiento de dos años del Plazo: al vencimiento de dos años del ultimo contrato colectivo celebrado ultimo contrato colectivo celebrado cualquiera sea la fecha de vencimiento cualquiera sea la fecha de vencimiento de este;de este;

Presentación debe ser no antes de los Presentación debe ser no antes de los 45 días y no después de 40 días que 45 días y no después de 40 días que precedan a la fecha anterior;precedan a la fecha anterior;

Eventualmente podrían negociar en un Eventualmente podrían negociar en un plazo anterior al señalado, sólo cuando plazo anterior al señalado, sólo cuando el empleador lo acepte.el empleador lo acepte.

Page 26: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

PROCEDIMIENTO.PROCEDIMIENTO.

III.- Negociación Reglada.III.- Negociación Reglada.

Page 27: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

PROCEDIMIENTO.PROCEDIMIENTO.1.1. Se presenta proyecto;Se presenta proyecto;

2.2. Se pueden adherir trabajadores no afiliados al Sindicato, si ellos Se pueden adherir trabajadores no afiliados al Sindicato, si ellos así lo desean, conformando el grupo a futuro;así lo desean, conformando el grupo a futuro;

3.3. Copia del proyecto firmado por el empleador se presenta a la Copia del proyecto firmado por el empleador se presenta a la Inspección dentro de los 5 días.Inspección dentro de los 5 días.

4.4. Si empleador se niega a firmar, dentro de 3 días se requiere Si empleador se niega a firmar, dentro de 3 días se requiere notificación a la Inspección.notificación a la Inspección.

5.5. Empleador deberá responder en el plazo de 15 días pudiendo, Empleador deberá responder en el plazo de 15 días pudiendo, de común acuerdo, prorrogarse.de común acuerdo, prorrogarse.

6.6. Copia de la respuesta, firmado por trabajadores, va a la Copia de la respuesta, firmado por trabajadores, va a la inspección dentro de los 5 días.inspección dentro de los 5 días.

7.7. Si se niegan a firmar, dentro de 3 días se requiere a la Si se niegan a firmar, dentro de 3 días se requiere a la Inspección.Inspección.

Page 28: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Proyecto de contrato colectivo

-Contestación del proyecto.

- Objeciones ·

Inspec.Trab

Contestación observaciones

Inspec.Trabajo

NEGOCIAR YVOTACION

Ultima oferta:-bono reemplazo;-reajustabilidad;-Recepcionada Inspec.-conocimiento a todos los trabajadores

Huelga:-mayoría absoluta;-no asamblea-Efectiva: inicio 3er.dia laboral

Buenos oficios

Huelga:Suspensión relación laboral

Contrato Contrato colectivocolectivo

 

 

45 ds.45 ds.

15 ds15 ds

5 ds.5 ds.5 ds.5 ds.

Negociacion colectiva esquemaNegociacion colectiva esquema

48 hrs,48 hrs,

Art. 369Art. 369Art.369Art.369

trasladotraslado

negociacionesnegociaciones

Última ofertaÚltima oferta

5ds5ds

5 ds resuelve5 ds resuelve

5 últimos para votación

2 dias antes de los ultimos 5 dias. Ultima oferta

5 ds.5 ds. Ministro FeMinistro Fe

Page 29: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Plazo presentación proyecto:Plazo presentación proyecto:NO ANTES DE 45 DIAS NI DESPUES DE 40 DE LA NO ANTES DE 45 DIAS NI DESPUES DE 40 DE LA

FECHA DE VENCIMIENTO CONTRATO. Pueden, de FECHA DE VENCIMIENTO CONTRATO. Pueden, de común acuerdo, postergar hasta 60 días por una común acuerdo, postergar hasta 60 días por una sola vez y fijar fecha de la futura negociación, sola vez y fijar fecha de la futura negociación, debe dejarse constancia por escrito con copia a la debe dejarse constancia por escrito con copia a la Inspección del Trabajo.Inspección del Trabajo.

Antes de los 3 meses de vencimiento del Antes de los 3 meses de vencimiento del plazo, trabajadores pueden solicitar al plazo, trabajadores pueden solicitar al empleador:empleador:

Antecedentes para presentar proyecto;Antecedentes para presentar proyecto;Balances dos últimos años;Balances dos últimos años;Información financiera;Información financiera;Costos globales de mano de obra;Costos globales de mano de obra;Información sobre las políticas futuras de Información sobre las políticas futuras de

inversión, salvo que sea confidencialinversión, salvo que sea confidencial

Page 30: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Representación en la Representación en la NEGOCIACIONNEGOCIACION

TrabajadoresTrabajadores: : Comisión Negociadora.Comisión Negociadora.SINDICATO: DIRECTIVA.SINDICATO: DIRECTIVA.GRUPO TRABAJADORES: Elegir Comisión:GRUPO TRABAJADORES: Elegir Comisión:

Requisitos para director sindical;Requisitos para director sindical;Tres miembros o más, según números miembros (326)Tres miembros o más, según números miembros (326)Votación secreta;Votación secreta;Si son más de 250 debe ser ante Ministro de Fe;Si son más de 250 debe ser ante Ministro de Fe;Cada miembro tiene derecho a arios votos dependiendo Cada miembro tiene derecho a arios votos dependiendo

del número de integrantes, los que no son del número de integrantes, los que no son acumulativos.acumulativos.

EmpleadorEmpleador: tres apoderados (socios con : tres apoderados (socios con facultades de administración o miembros del facultades de administración o miembros del directorio).directorio).

Asesores : ambos pueden acompañarse hasta Asesores : ambos pueden acompañarse hasta por 3 asesores. Sindicato por : dirigentes por 3 asesores. Sindicato por : dirigentes Confederaciones o federaciones, sin ser Confederaciones o federaciones, sin ser incluidos en ese número.incluidos en ese número.

Page 31: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

CONTENIDO PROYECTOCONTENIDO PROYECTO Partes a quienes afecta proyecto;Partes a quienes afecta proyecto;

nómina socios sindicatos o miembros del grupo y si son adherentes, nómina socios sindicatos o miembros del grupo y si son adherentes, debe ir con la firma de cada uno.debe ir con la firma de cada uno.

Cláusulas propuestas;Cláusulas propuestas;

Plazo de vigencia del contrato;Plazo de vigencia del contrato;

Firma comisión negociadora; yFirma comisión negociadora; y

Firma de todos los miembros del grupo si no se trata de un sindicato.Firma de todos los miembros del grupo si no se trata de un sindicato.

Page 32: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

CONTENIDO RESPUESTACONTENIDO RESPUESTA Debe tener la forma de un proyecto de contrato Debe tener la forma de un proyecto de contrato

colectivo, colectivo,

Contener todas las cláusulas propuestas;Contener todas las cláusulas propuestas;

Formular las observaciones que le merezca el Formular las observaciones que le merezca el proyecto;proyecto;

Pronunciarse sobre las proposiciones de los Pronunciarse sobre las proposiciones de los trabajadores y sus fundamentos;trabajadores y sus fundamentos;

Acompañar los antecedentes “ necesarios para Acompañar los antecedentes “ necesarios para justificar las circunstancias económicas y demás justificar las circunstancias económicas y demás pertinente que invoque ( al menos acompañar pertinente que invoque ( al menos acompañar los antecedentes que le hayan sido requerido)los antecedentes que le hayan sido requerido)

Page 33: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Reclamación observaciones.Reclamación observaciones. Comisión negociadora puede reclamar de las Comisión negociadora puede reclamar de las

observaciones;observaciones;

Ante la Inspección del Trabajo;Ante la Inspección del Trabajo;

Plazo: 5 días desde fecha recepción respuesta;Plazo: 5 días desde fecha recepción respuesta;

Inspección debe pronunciarse dentro de 5 días Inspección debe pronunciarse dentro de 5 días (Dirección del Trabajo con 1.000 trabajadores).(Dirección del Trabajo con 1.000 trabajadores).

Plazo para enmendar: 5 días.Plazo para enmendar: 5 días.

Apercibimiento: de tenerse por no presentado Apercibimiento: de tenerse por no presentado cláusula o no haber respondido cláusula del cláusula o no haber respondido cláusula del proyecto dentro de plazo.proyecto dentro de plazo.

No se puede reclamar por aquello que se relacione No se puede reclamar por aquello que se relacione con la facultad de organizar, dirigir o administrar la con la facultad de organizar, dirigir o administrar la empresa.empresa.

Page 34: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

PRESENTACION POR OTRAS PRESENTACION POR OTRAS ORGANIZACIONES SINDICALES.ORGANIZACIONES SINDICALES.

2 o MAS SINDICATOS DE DISTINTAS 2 o MAS SINDICATOS DE DISTINTAS EMPRESAS;EMPRESAS;

UN SINDICATO INTEREMPRESA;UN SINDICATO INTEREMPRESA;

UNA FEDERACION O CONFEDERACIONUNA FEDERACION O CONFEDERACION

Page 35: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

CONDICIONES.CONDICIONES.

ACUERDO PREVIO ENTRE LAS PARTES:ACUERDO PREVIO ENTRE LAS PARTES:• POR ESCRITO; YPOR ESCRITO; Y• ANTE MINISTRO DE FE.ANTE MINISTRO DE FE.

ACUERDO DE LOS AFILIADOS DE SER ACUERDO DE LOS AFILIADOS DE SER REPRESENTADOS EN LA NEGOCIACION:REPRESENTADOS EN LA NEGOCIACION:

• MAYORIA ABSOLUTA;MAYORIA ABSOLUTA;• VOTACION SECRETA; YVOTACION SECRETA; Y• TENER TODOS DERECHO A TENER TODOS DERECHO A

NEGOCIAR.NEGOCIAR.

Page 36: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

DECISION DEL EMPLEADORDECISION DEL EMPLEADOR

NEGATIVONEGATIVO: DECISION DE NO : DECISION DE NO NEGOCIAR.NEGOCIAR.

no hay negociacionno hay negociacion

POSITIVOPOSITIVO: DECISION DE NEGOCIAR.: DECISION DE NEGOCIAR.

Page 37: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

DECISION NEGATIVADECISION NEGATIVA

Debe ser por escrito;Debe ser por escrito;

Plazo: 10 días después de notificado;Plazo: 10 días después de notificado;

Trabajadores mantienen posibilidad de Trabajadores mantienen posibilidad de negociar conforme reglas generales;negociar conforme reglas generales;

Trabajadores deben designar comisión Trabajadores deben designar comisión negociadora;negociadora;

El o los delegados sindicales, integran El o los delegados sindicales, integran comisióncomisión

Page 38: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

DECISION POSITIVADECISION POSITIVA Las empresas deben designar en forma Las empresas deben designar en forma

conjunta comision negociadora, un conjunta comision negociadora, un apoderado de cada empresa. Sin son más apoderado de cada empresa. Sin son más de 5 deberán integrarse ante Ministro de fe.de 5 deberán integrarse ante Ministro de fe.

En el caso de los trabajadores la comisión En el caso de los trabajadores la comisión deben integrarse por la directiva sindical o deben integrarse por la directiva sindical o el número de sus miembros que ellos el número de sus miembros que ellos designen.designen.

Si negociación incumbe a una empresa, Si negociación incumbe a una empresa, deben estar los trabajadores de esa deben estar los trabajadores de esa empresa debidamente representados.empresa debidamente representados.

Page 39: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO Proyecto se presenta a los 30 días de firmado Proyecto se presenta a los 30 días de firmado

acuerdo entre las partes.acuerdo entre las partes.

Proyecto debe contener estipulaciones comunes para Proyecto debe contener estipulaciones comunes para todas las empresas y propias de cada empresa;todas las empresas y propias de cada empresa;

Comision negociadora conjunta debe dar respuesta Comision negociadora conjunta debe dar respuesta al proyecto en forma común.al proyecto en forma común.

Plazo para contestar: 25 días a contar del Plazo para contestar: 25 días a contar del vencimiento del plazo de 10 días para responder si vencimiento del plazo de 10 días para responder si negocian o nonegocian o no

Supletoriamente a este procedimiento se les aplica Supletoriamente a este procedimiento se les aplica en procedimiento de negociación para sindicatos o en procedimiento de negociación para sindicatos o grupo de trabajadores.grupo de trabajadores.

Page 40: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

ESTIPULACIONES CONTRATOESTIPULACIONES CONTRATO Partes que acuerdan. Invidividualizacion completa Partes que acuerdan. Invidividualizacion completa

de cada empresa;de cada empresa;

Copia autorizada de la asamblea en donde se Copia autorizada de la asamblea en donde se acuerda negociar;acuerda negociar;

Firma adherentes;Firma adherentes;

Cláusulas, incluidas las especiales con una Cláusulas, incluidas las especiales con una determinada empresa;determinada empresa;

Plazo vigencia;Plazo vigencia;

Integrantes comisión negociadora;Integrantes comisión negociadora; Firma Comisión negociadora.Firma Comisión negociadora.

Page 41: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

MEDIACIONMEDIACION En cualquier momento;En cualquier momento;

Facultades mediador: requerir antecedentes, Facultades mediador: requerir antecedentes, realizar visitas, hacerse asesorar por órganos realizar visitas, hacerse asesorar por órganos públicos; o por expertos.públicos; o por expertos.

Plazo: 10 días o lo que acuerden las partes.Plazo: 10 días o lo que acuerden las partes.

Procedimiento:Procedimiento: audiencia;audiencia; presentar propuesta, responder en 3 días;presentar propuesta, responder en 3 días; Si no hay respuesta o fuere negativa, pone Si no hay respuesta o fuere negativa, pone

termino gestión, emite informe deja constancia termino gestión, emite informe deja constancia de su propuesta y de la última de cada partede su propuesta y de la última de cada parte

Page 42: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

ARBITRAJEARBITRAJE En Cualquier momento;En Cualquier momento; voluntario y obligatorio.voluntario y obligatorio.

OBLIGATORIO: OBLIGATORIO: PROHIBICION DE HUELGA (384).PROHIBICION DE HUELGA (384).REANUDACION DE FAENAS (385)REANUDACION DE FAENAS (385)

VOLUNTARIOVOLUNTARIO..Debe constar por escrito;Debe constar por escrito;consignarse nombre arbitro o procedimiento consignarse nombre arbitro o procedimiento

designación;copia Inspección del Trabajo designación;copia Inspección del Trabajo dentro de 5 días desde suscripcióndentro de 5 días desde suscripción

Page 43: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

ARBITRAJE OBLIGATORIOARBITRAJE OBLIGATORIO Constitución, procedimiento y cumplimiento Constitución, procedimiento y cumplimiento

resoluciones deben ajustarse a normas laborales y resoluciones deben ajustarse a normas laborales y supletoriamente normas procesales civiles;supletoriamente normas procesales civiles;

Primera instancia, tribunal unipersonal. Segunda Primera instancia, tribunal unipersonal. Segunda instancia: Corte Arbitral.(Inspección del Trabajo)instancia: Corte Arbitral.(Inspección del Trabajo)

Les son aplicables las implicancia y recusación;Les son aplicables las implicancia y recusación;

Deben fallar a favor de algunas de las proposiciones Deben fallar a favor de algunas de las proposiciones solamente.solamente.

En cualquier etapa las partes pueden poner término En cualquier etapa las partes pueden poner término al arbitraje y deben pagar las costas.al arbitraje y deben pagar las costas.

Page 44: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

TERMINO DE LA NEGOCIACIONTERMINO DE LA NEGOCIACION..

SITUACIONES QUE PUEDEN DARSE:SITUACIONES QUE PUEDEN DARSE:

Llegada la fecha de término del contrato y no Llegada la fecha de término del contrato y no se produce acuerdo;se produce acuerdo;

Transcurridos 45 días desde fecha de Transcurridos 45 días desde fecha de presentacion del proyecto (Negociación por presentacion del proyecto (Negociación por sindicato de empresas o grupo negociador)sindicato de empresas o grupo negociador)

Transcurridos 60 días desde fecha de Transcurridos 60 días desde fecha de presentación proyecto (negociación por otros presentación proyecto (negociación por otros grupos de trabajadores)grupos de trabajadores)

Page 45: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Resoluciones que pueden tomar las Resoluciones que pueden tomar las partespartes

Prorrogar vigencia contrato colectivo de común Prorrogar vigencia contrato colectivo de común acuerdo y continuar negociaciones.acuerdo y continuar negociaciones.

Suscripción de un nuevo contrato colectivo con Suscripción de un nuevo contrato colectivo con iguales estipulaciones.- iguales estipulaciones.-

Aceptar la última oferta del empleador o votar la Aceptar la última oferta del empleador o votar la huelga. La última oferta es aquella que conste por huelga. La última oferta es aquella que conste por escrito; que conste que fue recepcionada por la escrito; que conste que fue recepcionada por la Comisión negociadora y que la copia se encuentra Comisión negociadora y que la copia se encuentra en la inspección del Trabajo.en la inspección del Trabajo.

Page 46: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

SUSCRIPCION NUEVO CONTRATO IGUALES SUSCRIPCION NUEVO CONTRATO IGUALES ESTIPULACIONESESTIPULACIONES

EN CUALQUIER OPORTUNIDAD;EN CUALQUIER OPORTUNIDAD;

NO SE CONTEMPLAN REAJUSTES, NI DE REMUNERACIONES, NI DE OTROS NO SE CONTEMPLAN REAJUSTES, NI DE REMUNERACIONES, NI DE OTROS BENEFICIOS;BENEFICIOS;

SE ENTIENDE SUSCRITO EN LA FECHA QUE COMISION COMUNICA POR SE ENTIENDE SUSCRITO EN LA FECHA QUE COMISION COMUNICA POR ESCRITO AL EMPLEADOR DE SU DECISION.ESCRITO AL EMPLEADOR DE SU DECISION.

ESTIPULACIONES DEBEN SER IGUALES AL CONTRATO VIGENTE A ESOS ESTIPULACIONES DEBEN SER IGUALES AL CONTRATO VIGENTE A ESOS MOMENTOS.MOMENTOS.

FACULTAD DEL TRABAJADOR PEDIRLO Y OBLOIGACION DEL EMPLEADOR FACULTAD DEL TRABAJADOR PEDIRLO Y OBLOIGACION DEL EMPLEADOR ACEPTARLO.ACEPTARLO.

DURACION: 18 MESES;DURACION: 18 MESES;

CONSTITUYE UN NUEVO CONTRATO.CONSTITUYE UN NUEVO CONTRATO.

Page 47: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Requisitos para votar ultima propuesta Requisitos para votar ultima propuesta empleador o la huelgaempleador o la huelga

que la negociación no esté sujeta a arbitraje que la negociación no esté sujeta a arbitraje ( voluntario u obligatorio) ( voluntario u obligatorio)

En el caso de contrato colectivo anterior: día de la En el caso de contrato colectivo anterior: día de la votación debe estar comprendido dentro de los 5 votación debe estar comprendido dentro de los 5 últimos días de vigencia del contrato o del fallo últimos días de vigencia del contrato o del fallo arbitral.arbitral.

En el caso de no existir contrato colectivo anterior: En el caso de no existir contrato colectivo anterior: día votación 5 últimos días de 45 o 60 días desde día votación 5 últimos días de 45 o 60 días desde presentación proyecto (neg. por empresa o por otros presentación proyecto (neg. por empresa o por otros grupos o interempresas)grupos o interempresas)

Page 48: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

PROCEDIMIENTO. (1)PROCEDIMIENTO. (1)

Comisión Negociadora debe convocar a una votación a lo Comisión Negociadora debe convocar a una votación a lo menos con 5 días de anticipación.menos con 5 días de anticipación.

De no realizarse votación: se entiende que aceptaron última De no realizarse votación: se entiende que aceptaron última oferta;oferta;

facultad del 369 debe ejercerce dentro del plazo de 5 días facultad del 369 debe ejercerce dentro del plazo de 5 días desde el último en que debió realizarse la votación.desde el último en que debió realizarse la votación.

Votación: secreta, personal y ante Ministro de Fe.Votación: secreta, personal y ante Ministro de Fe.

Empleador debe comunicar ultima oferta a todos con copia a Empleador debe comunicar ultima oferta a todos con copia a la Inspección dos días antes de los 5 que tienen los la Inspección dos días antes de los 5 que tienen los trabajadores para convocar a votar por esta oferta o la trabajadores para convocar a votar por esta oferta o la huelga.huelga.

Page 49: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

PROCEDIMIENTO (2)PROCEDIMIENTO (2)

Votos deben ser impresos y contener las Votos deben ser impresos y contener las expresiones:”última oferta del empleador” “huelga”.expresiones:”última oferta del empleador” “huelga”.

Ese día no se puede realizar Asamblea;Ese día no se puede realizar Asamblea;

Huelga debe acordarse por mayoría absoluta de los Huelga debe acordarse por mayoría absoluta de los trabajadores involucrados, en caso contrario, se entiende trabajadores involucrados, en caso contrario, se entiende que aceptan ultima oferta.que aceptan ultima oferta.

Tres días tienen, una vez votada la huelga, para ejercer Tres días tienen, una vez votada la huelga, para ejercer facultad del 369 inciso 2º.facultad del 369 inciso 2º.

Page 50: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

ACORDADA LA HUELGA.ACORDADA LA HUELGA.

Inicio de ellaInicio de ella: tercer día hábil de inicio de : tercer día hábil de inicio de la jornada. Puede prorrogarse por la jornada. Puede prorrogarse por acuerdo partes.acuerdo partes.

Si no se hace efectiva:Si no se hace efectiva: se entiende que se desisten;se entiende que se desisten; que aceptan ultima oferta; que aceptan ultima oferta; facultad del 369 inc. 2facultad del 369 inc. 2 puede hacerse plazo 5 puede hacerse plazo 5

días desde que debió hacerse efectiva huelga.días desde que debió hacerse efectiva huelga.

Se entiende que no se hace efectivaSe entiende que no se hace efectiva::mas del 50% continua trabmas del 50% continua trabaajando.jando.Turnos: 50% del total de trabajadores del primer Turnos: 50% del total de trabajadores del primer

turno.turno.

Page 51: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

BUENOS OFICIOS.BUENOS OFICIOS.

Intervención Inspección del Trabajo;Intervención Inspección del Trabajo;

A solicitud de alguna de las partes;A solicitud de alguna de las partes;

No debe haberse acordado ni arbitraje voluntario ni mediación;No debe haberse acordado ni arbitraje voluntario ni mediación;

Inspector cita en forma individual o conjunta;Inspector cita en forma individual o conjunta;

Plazo: 5 días. Puede prorrogarse por 5 días más con acuerdo Plazo: 5 días. Puede prorrogarse por 5 días más con acuerdo partes.partes.

Se levanta acta de lo actuado por el Inspector, firmando todos;Se levanta acta de lo actuado por el Inspector, firmando todos;

De fracasar el acuerdo, huelga se hace efectiva al día siguiente De fracasar el acuerdo, huelga se hace efectiva al día siguiente hábil.hábil.

Page 52: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

LOCK OUT- CIERRE LOCK OUT- CIERRE TEMPORAL EMPRESA. (1)TEMPORAL EMPRESA. (1)

Es el derecho del empleador, iniciada la huelga, a Es el derecho del empleador, iniciada la huelga, a impedir temporalmente el acceso a todos los impedir temporalmente el acceso a todos los trabajadores a la empresa, predio o al establecimiento.trabajadores a la empresa, predio o al establecimiento.

Es total o parcial:Es total o parcial:– TotalTotal: cuando afecta a todos los trabajadores de una empresa : cuando afecta a todos los trabajadores de una empresa

o predio; a mas del 50% o signifique paralización actividades o predio; a mas del 50% o signifique paralización actividades imprescindible. Puede reclamarse ante la Inspección y en 3 imprescindible. Puede reclamarse ante la Inspección y en 3 días debe resolver, de su resolución se puede reclamar días debe resolver, de su resolución se puede reclamar judicialmente. judicialmente.

– ParcialParcial: cuando afecta a todos de uno o mas establecimientos : cuando afecta a todos de uno o mas establecimientos de una empresa.de una empresa.

Page 53: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

LOCK OUT- CIERRE TEMPORAL LOCK OUT- CIERRE TEMPORAL EMPRESA. (2)EMPRESA. (2)

Los establecimientos no afectados siguen Los establecimientos no afectados siguen trabajando.trabajando.

El lock-out no afecta a los trabajadores que El lock-out no afecta a los trabajadores que tienen prohibido negociar colectivamente tienen prohibido negociar colectivamente (305).(305).

No puede extenderse más allá de los 30 días No puede extenderse más allá de los 30 días de la fecha en que se hizo efectiva la huelga o de la fecha en que se hizo efectiva la huelga o del día de término de la huelga.del día de término de la huelga.

Page 54: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

EFECTOS HUELGA Y LOCK OUTEFECTOS HUELGA Y LOCK OUT

Se suspende contrato de trabajo entre los que Se suspende contrato de trabajo entre los que están involucrados;están involucrados;

trabajadores no están obligados a prestar trabajadores no están obligados a prestar servicios y empleador a pagar remuneraciones, servicios y empleador a pagar remuneraciones, beneficios y regalías.beneficios y regalías.

Trabajadores pueden efectuar trabajos Trabajadores pueden efectuar trabajos temporales y fuera de la empresa.temporales y fuera de la empresa.

Trabajadores pueden voluntariamente cotizar. Trabajadores pueden voluntariamente cotizar. Empleador debe hacerlo respecto a Empleador debe hacerlo respecto a trabajadores que no van a la huelga durante trabajadores que no van a la huelga durante lock out.lock out.

Page 55: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

EFECTOS HUELGA Y LOCK OUT EFECTOS HUELGA Y LOCK OUT (2)(2)

Se puede citar a votar por arbitraje, mediación, por Se puede citar a votar por arbitraje, mediación, por una nueva proposición o ultima oferta del una nueva proposición o ultima oferta del empleador. Nuevo ofrecimiento debe ser por empleador. Nuevo ofrecimiento debe ser por escrito, darse a conocer a trabajadores. escrito, darse a conocer a trabajadores.

Se puede censurar grupo trabajadores involucrados Se puede censurar grupo trabajadores involucrados negociación por mayoría absoluta, secreta y negociación por mayoría absoluta, secreta y anunciada 24 hrs. antes.anunciada 24 hrs. antes.

Equipo de emergencia.Equipo de emergencia.

Trabajadores reemplazantes.Trabajadores reemplazantes.

No puede empleador hacer ofrecimientos No puede empleador hacer ofrecimientos individuales.individuales.

Page 56: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

EQUIPOS DE EMERGENCIAEQUIPOS DE EMERGENCIA

Si huelga afecta a un establecimiento cuya Si huelga afecta a un establecimiento cuya paralización provoque daño: a) actual y b) paralización provoque daño: a) actual y b) irreparable en:irreparable en: bienes materiales;bienes materiales; en salud usuarios establecimiento asistencial oen salud usuarios establecimiento asistencial o de salud o en empresa que preste servicios de salud o en empresa que preste servicios

esenciales.esenciales. Empleador debe pedirlo por escrito;Empleador debe pedirlo por escrito; Sindicato o grupo negociador está obligado Sindicato o grupo negociador está obligado

a proporcionar personal dentro de las 24 a proporcionar personal dentro de las 24 hrs. y señalar las personas.hrs. y señalar las personas.

Si no contestan los trabajadores puede Si no contestan los trabajadores puede reclamar a la inspecciónreclamar a la inspección

Page 57: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

PROCEDIMIENTO DESIGNACION PROCEDIMIENTO DESIGNACION EQUIPO EMERGENCIAEQUIPO EMERGENCIA

Se reclama ante la inspección.Se reclama ante la inspección.

Plazo: 5 días desde la negativa o falta de acuerdo.Plazo: 5 días desde la negativa o falta de acuerdo.

48 hrs. plazo de la inspección para resolver48 hrs. plazo de la inspección para resolver

5 días para reclamar de resolución administrativa a los 5 días para reclamar de resolución administrativa a los tribunales, contados desde la fecha resolución o del tribunales, contados desde la fecha resolución o del vencimiento del plazo de 48 hrs.vencimiento del plazo de 48 hrs.

Tramitación incidental, no pudiendo resolverse de plano;Tramitación incidental, no pudiendo resolverse de plano;

Confesión solo una vez por cada parte y en el mismo plazo Confesión solo una vez por cada parte y en el mismo plazo se solicitará peritaje.se solicitará peritaje.

Sentencia apelable en el solo efecto devolutivoSentencia apelable en el solo efecto devolutivo

Page 58: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

REEMPLAZO TRABAJADORESREEMPLAZO TRABAJADORES

Prohibido.Prohibido.Pero si reúne las siguientes condiciones puede Pero si reúne las siguientes condiciones puede

procederse a reemplazar a los trabajadores en procederse a reemplazar a los trabajadores en huelga. huelga.

1.- 1.- última oferta en idénticasúltima oferta en idénticas condiciones al condiciones al contrato anterior debidamente reajustada; contrato anterior debidamente reajustada;

2.- que reajustabilidad minina anual I.P.C., 2.- que reajustabilidad minina anual I.P.C., excluidos últimos 12 meses; y excluidos últimos 12 meses; y

3.- que se haya propuesto la ultima oferta,a lo 3.- que se haya propuesto la ultima oferta,a lo menos dentro de los días anteriores a los 5 menos dentro de los días anteriores a los 5 días para votar la huelga;días para votar la huelga;

Page 59: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

REEMPLAZO TRABAJADORES EN REEMPLAZO TRABAJADORES EN CONDICIONES SIMILARES AL CONDICIONES SIMILARES AL CONTRATO ANTERIOR.CONTRATO ANTERIOR.

• bono reemplazo, 4 U.F. Por cada trabajador, bono reemplazo, 4 U.F. Por cada trabajador, total dividido entre todos los trabajadores y total dividido entre todos los trabajadores y pago 5 días de terminada huelga.pago 5 días de terminada huelga.

• Se pueden contratar a contar del primer dia Se pueden contratar a contar del primer dia de huelga; yde huelga; y

• Reintegro a contar del 15º día.Reintegro a contar del 15º día.

Page 60: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

REEMPLAZO TRABAJADORES en REEMPLAZO TRABAJADORES en condiciones distintascondiciones distintas

Si Si última oferta no es idéntica y no se última oferta no es idéntica y no se establecen reajustes y no se formula en en establecen reajustes y no se formula en en el plazo señalado:el plazo señalado:

• se pueden contratar reemplazos solo a contar se pueden contratar reemplazos solo a contar del 15º día de iniciada la huelga;del 15º día de iniciada la huelga;

• debe ofrecerse el bono de reemplazo;debe ofrecerse el bono de reemplazo;

• trabajadores pueden reintegrarse a contar del trabajadores pueden reintegrarse a contar del 30º día de haberse hecho efectiva la huelga.30º día de haberse hecho efectiva la huelga.

Page 61: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

REANUDACION DE FAENAREANUDACION DE FAENA

o PROCEDE: Durante huelga o lock out;PROCEDE: Durante huelga o lock out;o La decreta Presidente de la República;La decreta Presidente de la República;Si paralización causare grave dañoSi paralización causare grave dañoo a la salud;a la salud;

o Al abastecimiento de bienesAl abastecimiento de bieneso Al Servicios de la población;Al Servicios de la población;o A la Economía del País; oA la Economía del País; oo A La seguridad nacionalA La seguridad nacional

Page 62: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

Practicas deslealesPracticas desleales

Del empleador:Del empleador:

• Negarse a recibir o negociar con los representantes de los Negarse a recibir o negociar con los representantes de los trabajadores y presionar para reemplazar a alguno de ellos;trabajadores y presionar para reemplazar a alguno de ellos;

• no suministrar información sin justificación;no suministrar información sin justificación;

• el que ejecute accione durante el proceso, de mala fe y que el que ejecute accione durante el proceso, de mala fe y que impida normal desarrollo del mismo;impida normal desarrollo del mismo;

• Ejercer fuerza física en las cosas o moral en las personas, Ejercer fuerza física en las cosas o moral en las personas, durante el proceso;durante el proceso;

• Hacer uso indebido o abusivo de la facultad de determinar Hacer uso indebido o abusivo de la facultad de determinar periodos del año no aptos para negociar o ejecute actos para periodos del año no aptos para negociar o ejecute actos para dificultar o hacer imposible negociardificultar o hacer imposible negociar

Page 63: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

PRACTICAS DESLEALESPRACTICAS DESLEALES

Del Trabajador:Del Trabajador:

• Actos de manifiesta mala fe durante el proceso y que impida Actos de manifiesta mala fe durante el proceso y que impida su normal desarrollo;su normal desarrollo;

• Ejercer fuerza física en las cosas o moral en las personas Ejercer fuerza física en las cosas o moral en las personas durante el proceso;durante el proceso;

• Acordar con el empleador la realización de prácticas que Acordar con el empleador la realización de prácticas que atenten en contra de la negociación o lo presionen física o atenten en contra de la negociación o lo presionen física o moralmente para que ejecute tales actos.moralmente para que ejecute tales actos.

• Difundir por parte de la Comisión negociadora documentos o Difundir por parte de la Comisión negociadora documentos o información que se les haya entregado por el empleador en información que se les haya entregado por el empleador en calidad de confidencial.calidad de confidencial.

Page 64: Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile. NEGOCIACION COLECTIVA.

Tita Aránguiz Zúñiga. Profesora Facultad de Derecho. U. de Chile.

PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO

Cursar infracción y aplicar multas de de 1 UTM a 10 UTA Cursar infracción y aplicar multas de de 1 UTM a 10 UTA (gravedad y reiteración), a beneficio SENCE(gravedad y reiteración), a beneficio SENCE

Conocimiento y resolución: tribunales del Trabajo.Conocimiento y resolución: tribunales del Trabajo.

Sin forma de juicio,Sin forma de juicio,

Sin patrocinio de abogadoSin patrocinio de abogado

Se cita a una audiencia a los afectados, se ordena informe a la Se cita a una audiencia a los afectados, se ordena informe a la Dirección del Trabajo y que denunciada acompañe Dirección del Trabajo y que denunciada acompañe antecedentes;antecedentes;

Sentencia en la misma audiencia o dentro de tercero día, ordena Sentencia en la misma audiencia o dentro de tercero día, ordena

el cese de la práctica, y copiael cese de la práctica, y copia de dicha sentencia a la Dirección de dicha sentencia a la Dirección del Trabajo para su registro.del Trabajo para su registro.