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TERMINOS Y/O PLIEGO DE CONDICIONES CONVOCATORIA PUBLICA No CP 03-2016 OBJETO: COMPRA DE UN (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO PARA FORTALECER EL ÁREA DE RADIOLOGÍA DE LA E.S.E HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA CESAR” INVITACIÓN DE ACOMPAÑAMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL CONTROL SOCIAL AL PRESENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN: Se convoca a las veedurías ciudadanas para que ejerzan vigilancia preventiva y posterior del proceso de gestión haciendo recomendaciones escritas y oportunas ante las entidades del contrato o convenio y ante los organismos de control del estado para mejorar la eficiencia institucional y la actuación de los funcionarios públicos de conformidad con lo establecido en la Ley 1474 de 2013, para lo cual pueden consultar este proceso en la oficina de contratación de la ESE. En el evento de conocerse casos de corrupción relacionados con el proceso de contratación, cualquier ciudadano podrá reportar el hecho al Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción o a las entidades de control. Igualmente las veedurías ciudadanas podrán desarrollar sus actividades de control precontractual, contractual y post contractual, de conformidad con las facultades otorgadas por el Artículo 66 de la Ley 80 de 1993. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD: La Empresa Social del Estado Hospital Inmaculada Concepción, está ubicada en la parte sur occidental del departamento del cesar, ubicación que le permite garantizar la atención a la población del área de influencia dentro del documento red legalmente constituida por el departamento ante el Ministerio de la Salud y de la Protección Social. El Hospital Inmaculada Concepción de Chimichagua es una institución de primer nivel de atención del orden municipal, con tres sedes adicionales Mandinguilla, Candelaria y Saloa; presta servicios permanentes de urgencias, hospitalización, atención de parto de baja complejidad, lo que involucra una cobertura para toda la población de Chimichagua que involucra al municipio con sus 22 corregimientos. Su portafolio de servicio incluye 12 camas y servicios de consulta por medicina general con 4 consultorios en consulta externa, 2 unidades de odontología, enfermería, rayos x y laboratorio clínico, actividades individuales y colectivas de promoción y prevención de salud de baja complejidad. La ESE atraviesa por una crisis financiera que la lleva a la necesidad de reducir los gastos operacionales y generar excedentes que permitan cumplir los pasivos acumulados de la entidad, eliminando las contingencias y problemas generados por las demandas y embargos ordenada por el no pago a los acreedores, mejorar la gestión del recaudo de la entidad requisito indispensable para financiar la operación corriente y amortiguar el pago

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TERMINOS Y/O PLIEGO DE CONDICIONES CONVOCATORIA PUBLICA No CP 03-2016

OBJETO: “COMPRA DE UN (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO PARA FORTALECER EL ÁREA DE RADIOLOGÍA DE LA E.S.E HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA CESAR” INVITACIÓN DE ACOMPAÑAMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL CONTROL SOCIAL AL PRESENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN: Se convoca a las veedurías ciudadanas para que ejerzan vigilancia preventiva y posterior del proceso de gestión haciendo recomendaciones escritas y oportunas ante las entidades del contrato o convenio y ante los organismos de control del estado para mejorar la eficiencia institucional y la actuación de los funcionarios públicos de conformidad con lo establecido en la Ley 1474 de 2013, para lo cual pueden consultar este proceso en la oficina de contratación de la ESE. En el evento de conocerse casos de corrupción relacionados con el proceso de contratación, cualquier ciudadano podrá reportar el hecho al Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción o a las entidades de control. Igualmente las veedurías ciudadanas podrán desarrollar sus actividades de control precontractual, contractual y post contractual, de conformidad con las facultades otorgadas por el Artículo 66 de la Ley 80 de 1993. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD: La Empresa Social del Estado Hospital Inmaculada

Concepción, está ubicada en la parte sur occidental del departamento del cesar, ubicación que le permite garantizar la atención a la población del área de influencia dentro del documento red legalmente constituida por el departamento ante el Ministerio de la Salud y de la Protección Social. El Hospital Inmaculada Concepción de Chimichagua es una institución de primer nivel de atención del orden municipal, con tres sedes adicionales Mandinguilla, Candelaria y Saloa; presta servicios permanentes de urgencias, hospitalización, atención de parto de baja complejidad, lo que involucra una cobertura para toda la población de Chimichagua que involucra al municipio con sus 22 corregimientos. Su portafolio de servicio incluye 12 camas y servicios de consulta por medicina general con 4 consultorios en consulta externa, 2 unidades de odontología, enfermería, rayos x y laboratorio clínico, actividades individuales y colectivas de promoción y prevención de salud de baja complejidad. La ESE atraviesa por una crisis financiera que la lleva a la necesidad de reducir los gastos operacionales y generar excedentes que permitan cumplir los pasivos acumulados de la entidad, eliminando las contingencias y problemas generados por las demandas y embargos ordenada por el no pago a los acreedores, mejorar la gestión del recaudo de la entidad requisito indispensable para financiar la operación corriente y amortiguar el pago

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de los pasivos acumulados y lo conviertan en un hospital que asegure una participación estructurada, que gestione recursos con visión de largo plazo, organice su forma de operación, se observe el uso eficiente de los recursos financieros y humanos disponibles con una efectiva toma de decisiones garantizando mejores condiciones para el desarrollo humano, social y financiero de la ESE Inmaculada Concepción. En la actualidad la E.S.E. Hospital Inmaculada Concepción de Chimichagua, Cesar; no cuenta con un equipo de radiología óptimo; se encuentra deteriorado y obsoleto, colocando en riesgo las condiciones técnico científicas para la garantía de la calidad en la habilitación del servicio de imagenologìa para los usuarios. Es decir se cuenta con poca capacidad resolutiva lo cual disminuye la lectura de exámenes lo que impide un diagnóstico asertivo que permita la atención inmediata y eficaz que redunda en el desmejoramiento de la salud de los usuarios. Los deficientes equipos con que cuenta el hospital Inmaculada Concepción de Chimichagua, Cesar; ha contribuido que se haya aumentado el índice de errores en los diagnósticos médicos, en las respuestas de atención a los usuarios, y por ello existe una alta probabilidad de aumento en la gravedad de un paciente enfermo; y en su mayoría deben ser trasladados a otros centros médicos particulares u a otras ciudades afectando la salud y vida de la población vulnerable que recurre a los servicios del hospital; el aumento en los costos en la atención por el traslado de pacientes y con ello finalmente arriesgando la salud y la vida de quienes recurren al servicio del hospital. En la actualidad las técnicas de diagnóstico en general y en particular las relacionadas con el empleo de imágenes médicas, son de vital importancia para una adecuada atención en salud. Los servicios de diagnósticos por imágenes abarcan un amplio espectro de aplicaciones clínicas, que comprenden desde el diagnóstico y seguimiento de enfermedades en situaciones muy comunes y de alta incidencia en la población hasta enfermedades más complejas. Por lo anterior y en la búsqueda que el hospital Inmaculada Concepción mejore la prestación de sus servicios, y teniendo en cuenta que no cuentan con unos equipos óptimos de rayos x, se formuló un proyecto ante el Ministerio de Salud y Protección Social, que apuntaba a la adquisición de un equipo de rayos para el Hospital Inmaculada Concepción con el fin de ofrecer un mejor servicio de radiología a la población en general que usa el servicio del mismo. Con el propósito de contribuir con proyectos que permitan mejorar la calidad de atención en salud de la población más vulnerable del área de influencia del Hospital Inmaculada Concepción , el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la resolución No 4631 de 2015 con la cual se distribuyen los recursos de rubro presupuestal denominado “ Plan Nacional de Salud Rural”, asignándole a la ESE la suma de CIENTO NOVENTA MILLONES DE PESOS ($190.000.000), recursos que apoyaran el proyecto de dotación de equipos médicos.

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Que mediante oficio radicado No 201517001969901 el Ministerio de Salud y Protección Social notifico la asignación de recursos de la resolución 4631 de 2015. Con el loable propósito de ofrecer cobertura en el servicio de radiología, enmarcados dentro de los preceptos de calidad asistencial, en la atención de los usuarios del Hospital Inmaculada Concepción se hace necesario desarrollar un proceso contractual para la “COMPRA DE UN (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO PARA FORTALECER EL ÁREA DE RADIOLOGÍA DE LA E.S.E HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA CESAR” 1.- LA DESCRIPCIÓN TÉCNICA, DETALLADA Y COMPLETA DEL BIEN O SERVICIO OBJETO DE CONTRATO. (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO, el equipo debe ser compatible con radiología digital y computarizada y constar de los siguientes componentes:

1. Bucky mural vertical

Admite todo tamaño de chasis hasta de 35 X 43 cm., (14" x 17") Mínimo espacio (60 X 17 cm.) Sistema de contrapesas y freno de bloqueo. Adecuado para radiografías de cráneo, columna vertebral, tórax, espina dorsal,

abdomen y extremidades. Barrera primaria de protección radiológica de 2mm de plomo en el Bucky para evitar

irradiación dispersa, Puede ser utilizado con cualquier sistema de Rayos X. Rejilla ultra fina de alta definición 150 líneas relación 10:1, distancia focal de 40” a 72”,

compatible con radiología computarizada y digital

2. Columna piso techo Columna con desplazamiento longitudinal y vertical, soporte para tubo de Rayos X,

Angulación de +90 grados. Panel de control con lectura digital para los diferentes movimientos (Angulación,

Vertical y longitudinal). Fácil manipulación de desbloqueo electromagnético. Centrado con respecto al eje de la mesa y el Bucky mural. Sensor de distancia ultrasónico al momento de angular el tubo para tomar estudios de

tórax con pacientes de pie. Giro +/-90º con relación al eje vertical para realizar estudios laterales.

3. Mesa fija de Rayos X con tablero flotante Mesa con tablero traslucido a los Rayos X con movimiento lateral y longitudinal. Bucky con desplazamiento longitudinal, Rejilla ultra fina de alta definición 150 líneas

relación 10:1, distancia focal de 34” a 44”, compatible con radiología computarizada y digital.

Bandeja porta chasis la cual admite todo tamaño de chasis hasta de 14" x 17". Sistema de desbloqueo infrarrojo para desactivar electro frenos. Barrera primaria de protección radiológica de 2mm de plomo en el Bucky para evitar irradiación dispersa.

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4. Generador de Rayos X de 300 mA, 125 Kv, alta frecuencia.

Consola para operador con visualización de factores de Rayos X digital Una unidad de potencia para el control de Rayos X. Transformador de alta tensión con salida para un tubo de Rayos X Kvp range 40-150 kvp Timer (600 mAS lim) 2 ms to 6 seg. Capacidad de guardar 260 programas radiográficos 5. Colimador Filtración inherente: 2 mm Al / 90 kV. Con luz de centrado y doble cortinilla de plomo Localizador luminoso de campo completo: luz halógena de 150 W, Timer Electrónico a

30 segundos. Protección de 2mm de plomo barrera primaria para evitar irradiación dispersa.

6. Tubo de Rayos X Longitud total 485 mm, Diámetro máximo 170 mm Peso neto del tubo de ensamble

20 kg. Temperatura límite para almacenamiento y transporte -10°C / +80°C Humedad límite

para almacenamiento y transporte máx. 80%. Voltaje nominal del tubo de Rayos X 150 Kv Alto voltaje a tierra +-75 kV Máximo

contenido de calor del tubo de ensamble 1280 kJ Máxima. Disipación de calor continúa sin ventilador 230 W. Máxima disipación de calor

continúa con ventilador 370 W. Mínima filtración inherente del tubo de ensamble 1.2 mm Al / 75 kV Filtración

adicional. 0. 3 mm Al Factor de carga para la radiación de fuga 150 kV 4.4 mA. Máxima radiación de fuga a 1 m del punto focal 0.44 mGy / h(50 mR / h)

7. Cables de alta tensión Dos (2) cables de alta, 65.000 voltios. De 8 metros de longitud cada uno. Con conectores Federal Estándar. Número de conductores: 3 Capacitancia 47 picofaradios/pie. Protección exterior tejida # 34AWG 8. Sistema de radiología computarizada CR ligero Conectividad DICOM Alto rendimiento de hasta 70 placas por hora Software actualizable Casette automático para facilidad y manipulación 9. Impresora laser

Para hasta 4 tamaños de película Memoria de imagen de 2GB Tamaño del pixel 78 µm Capacidad de procesamiento de 45 placas por hora Conectividad internet base 10/100/1000 interfaz DICOM

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Alcance del Objeto: El equipo y sus accesorios deberán ser de alta calidad, libres de defectos e imperfectos, no re manufacturados, de fabricación reciente nuevos y cumplir con las especificaciones técnicas requeridas. El proveedor que resulte favorecido con la adjudicación del contrato, deberá cumplir con los siguientes requerimientos:

Entrega el equipo Instalado y en funcionamiento, en las instalaciones del Hospital Inmaculada Concepción.

Los equipos ofrecidos deben ser totalmente nuevos. No se aceptan equipos re- manufacturados, ni experimentales.

Los equipos deben venir con sus etiquetas respectivas de información según lo define el Articulo 57 del Decreto 4725 de 2005.

El fabricante o su distribuidor para Colombia deben entregar garantía de calidad del equipo suministrado, de un (1) año mínimo o según lo estipulado en el contrato.

La entrega de manuales e información técnica completa necesaria que permita al personal calificado efectuar cualquier tipo de reparación, calibración y prueba. Deberán incluir: Un (1) manual de operación, un (1) manual de servicio, un (1) manual de piezas y partes. Serán manuales originales del fabricante. Ficha técnica del equipo donde consten los datos básicos de identificación del equipo, características técnicas y protocolos de mantenimiento con sus respectivas frecuencias de intervención, por parte del proponente ganador.

Capacitación a personal asistencial y/o operario del equipo, que incluya como mínimo los siguientes parámetros:

La capacitación debe ser brindada por personal técnico especializado inscrito ante el INVIMA

Principios de funcionamiento. Principios de operación. Rutinas de limpieza y desinfección Procedimientos de calibración y prueba. Registro de entrenamiento a nombre de los funcionarios asistentes.

Se debe realizar mínimo dos (2) visitas de mantenimiento preventivo por el año (1) de garantía previamente programada, sin ningún costo de transporte y mano de obra adicional para la entidad contratante o adjudicatarias de los equipos a adquirir.

El mantenimiento correctivo se debe prestar con tiempo de respuesta no mayor a 96 horas hábiles después de reportada la falla, sin ningún costo de transporte y mano de obra adicional para la entidad contratante o adjudicatarias de los equipos a adquirir.

Presentar a la firma del acta de inicio del contrato, un programa de visitas de mantenimiento preventivo y de calibración durante el período de la garantía de calidad.

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2.- LA MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y SU JUSTIFICACIÓN. La ESE Hospital Inmaculada concepción se constituye en una categoría especial de entidad pública, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creada por el Honorable concejos municipal de Chimichagua - Cesar, tal y como lo establecen los artículos 194 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 1º del Decreto 1876 de 1994. En atención a lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1438 de 2011, el artículo 16 de la Resolución 5185 de 2013, la Junta Directiva de la ESE, expidió el acuerdo No 003 del 1 de junio de 2014,modificado por el acuerdo 001 del 4 de febrero de 2015, estableciendo en su artículo 9 la competencia para dirigir los procesos de selección y para celebrar contratos, en los siguientes términos “La competencia para ordenar y dirigir los procesos de selección y para escoger contratistas está radicada exclusivamente en el Gerente o quien haga sus veces. Salvo el relacionado con la escogencia de la Universidad que tenga a cargo adelantar el proceso de selección para la elección del gerente; el cual recae en cabeza de la Junta Directiva, quien podrá delegar únicamente la fase de celebración del contrato. Para todos los efectos legales, el Gerente será el ordenador del gasto, dada su condición de representante legal de la ESE”. La pretendida contratación encuentra su fundamento jurídico en el artículo 25 del acuerdo No 003 del 1 de junio de 2014, modificado por el artículo 5 del acuerdo 001 del 4 de febrero de 2015, que establece los procedimientos de contratación en los siguientes términos: “ARTICULO 25. DETERMINACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION LA HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION DE CHIMICHAGUA – CESAR ESE Y DETERMINACION DE LA CUANTIAS. Modificado y adicionado por el artículo quinto del acuerdo 001 del 4 de febrero de 2015. La ESE podrá utilizar las siguientes modalidades y mecanismos de selección de contratistas, de conformidad con los criterios establecidos en el presente Estatuto, así: 1. CONVOCATORIA PÚBLICA. Corresponde a aquellos procesos contractuales que celebre La EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION

por valor superior a doscientos (200) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, mediante los cuales se formula públicamente una convocatoria para que, en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y la Empresa Social del Estado seleccione la propuesta más favorable para la Empresa, de conformidad con la evaluación que se realice”. Este marco jurídico brinda el soporte necesario para la realización del eventual contrato para “COMPRA DE UN (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO PARA FORTALECER EL ÁREA DE RADIOLOGÍA DE LA E.S.E HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA CESAR”, a celebrarse con una persona natural o jurídica, que no se encuentre incursa en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad de que trata el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes.

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3.- CRITERIOS DE SELECCIÓN. La evaluación técnica se hará por parte del COMITÉ EVALUADOR DE OFERTAS, mediante la verificación y evaluación de los siguientes aspectos: 3.1 DOCUMENTOS Y REQUISITOS HABILITANTES.

3.1.1 DOCUMENTOS DE ASPECTOS JURIDICOS

3.1.1.1. PERSONA NATURAL

DESCRIPCIÓN

Carta de presentación anexo No 1.

Fotocopia legible de la cedula de ciudadanía.

Fotocopia de la libreta militar si es hombre menor de 50 años.

Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación, vigentes a la fecha de entrega de propuestas de la presente invitación

Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la Nación, vigentes a la fecha de entrega de propuestas de la presente invitación

Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía nacional, vigentes a la fecha de entrega de propuestas de la presente invitación.

Aportar certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días a la fecha de cierre de la presente convocatoria.

Registro único tributario RUT

Planilla de pago de seguridad social y aportes para fiscales( si se requiere)

Aportar certificado original donde manifiesta no encontrarse incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar contrato con la ESE

Si alguno de los documentos no fue aportado, es aportado de manera incompleta o ilegible la gerente podrá requerir al oferente para subsanar dentro de la s dos (2) horas siguientes al requerimiento realizado por la ESE. Las que no hayan sido subsanadas dentro de este término incurrirá en causal de rechazo.

3.1.1.2 PERSONAS JURIDICAS

DESCRIPCIÓN

Carta de presentación anexo No 1.

Fotocopia legible de la cedula de ciudadanía del representante legal

Fotocopia de la libreta militar del representante legal si es hombre menor de 50 años.

Aportar certificado de existencia y representación legal de la cámara de

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comercio expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días a la fecha de cierre de la presente convocatoria.

Registro único tributario RUT

Aportar certificado original donde manifiesta no encontrarse incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar contrato con la ESE, tanto del representante legal como de la empresa o sociedad representada.

Aportar certificado donde acredite el pago de los aportes de sus empleados a os sistemas de salud, pensión y riesgos laborales y aportes parafiscales durante un lapso no inferior a seis (6) meses a la fecha de presentación de las propuestas de esta invitación mediante certificación expedida por el revisor fiscal, si no está obligado a tenerlo será firmada por el representante legal y el contador.

Aportar Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación del representante legal y de la empresa o sociedad, vigentes a la fecha de entrega de propuestas de la presente invitación.

Aportar Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la Nación del representante legal y de la empresa o sociedad, vigentes a la fecha de entrega de propuestas de la presente invitación.

Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía nacional del representante legal

Si alguno de los documentos no fue aportado, es aportado de manera incompleta o ilegible la gerente podrá requerir al oferente para subsanar dentro de las dos (2) horas siguientes al requerimiento realizado por la ESE. Las que no hayan sido subsanadas dentro de este término incurrirá en causal de rechazo.

3.1.1.3 CONSORCIO O UNION TEMPORAL

DESCRIPCION

Carta de presentación anexo No 1.

Presentar acta original de conformación del consorcio y/ o unión temporal, suscrita por cada uno de sus integrantes, determinando su responsabilidad de manera solidaria.

Aportar fotocopia de la cedula del representante legal del consorcio y/ o unión temporal y de cada uno de los representantes legales de los miembros del consorcio y/o unión temporal.

Aportar cada uno de los miembros certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días a la fecha de cierre de la presente convocatoria.

Registro único tributario RUT de cada uno de los miembros del consorcio y/o unión temporal

Aportar certificación de cada uno de los asociados y consorciados en

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donde hagan constar que no se encuentran no encontrarse incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de intereses para celebrar contrato con la ESE. Igual mente aportar certificación del representante legal del consorcio y/o unión temporal.

Aportar certificado donde acredite el pago de los aportes de sus empleados a os sistemas de salud, pensión y riesgos laborales y aportes parafiscales durante un lapso no inferior a seis (6) meses a la fecha de presentación de las propuestas de esta invitación mediante certificación expedida por el revisor fiscal, si no está obligado a tenerlo será firmada por el representante legal y el contador, de cada uno de los miembros del consorcio y/o unión temporal.

Aportar Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación para cada uno de los integrantes del consorcio y/o unión temporal, para sus representantes legales y del representante legal del consorcio y/o unión temporal, vigentes a la fecha de entrega de propuestas de la presente invitación.

Aportar Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la Nación para cada uno de los integrantes del consorcio y/o unión temporal, para sus representantes legales y del representante legal del consorcio y/o unión temporal, vigentes a la fecha de entrega de propuestas de la presente invitación.

Certificado de antecedentes penales expedido por la Policía nacional de cada uno de los representantes legales que integran el consorcio o unión temporal, vigentes a la fecha de entrega de propuestas de la presente invitación.

Si alguno de los documentos no fue aportado, es aportado de manera incompleta o ilegible la gerente podrá requerir al oferente para subsanar dentro de las dos (2) horas siguientes al requerimiento realizado por la ESE. Las que no hayan sido subsanadas dentro de este término incurrirá en causal de rechazo.

3.1.2 DOCUMENTOS FINACIEROS

1. Balance general certificado año 2015. 2. Estado de resultados certificado año 2015. 3. Declaración tributaria de impuestos de renta y complementarios correspondiente al

año 2014. 4. Tarjeta profesional del contador público y revisor fiscal cuando se requiera. 5. Certificado de antecedentes disciplinario del contador público y revisor fiscal (si

están obligado a tenerlo).

En el caso de consorcios y/o uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá presentar los documentos financieros solicitados.

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5.1.2.1 PARÁMETROS FINANCIEROS EXIGIDOS.

INDICADORES

RAZON CORRIENTE ENDEUDAMIENTO PRUEBA ACIDA CAPITAL DE TRABAJO

Activo corriente/Pasivo

Corriente

Total Pasivo/ Total Patrimonio

Activo Corriente -inventarios/Pasivo

Corriente

Activo Corriente-

Pasivo Corriente

Igual o superior 1.7 para que la

oferta sea tenida en cuenta

Inferior o igual al 40% para que

la propuesta sea tenida en

cuenta

Igual o superior a uno (1 ) para que la propuesta sea tenida en cuenta

Dos (2) veces presupuesto oficial para que la propuesta sea tenida en cuenta

En el caso de consorcios y/o uniones temporales, para la verificación de sus indicadores financieros se consolidaran los estados financieros ponderando de acuerdo con el porcentaje participación de cada integrante, previamente establecido en el documento del consorcio o de la unión temporal con los cuales se determinaran los factores de verificación y se ubicaran en el rango respectivo. Serán consideradas como no hábiles las propuestas que no cumplan con las condiciones exigidas para los citados indicadores financieros. 3.1.3 DOCUMENTOS DE ASPECTOS TECNICOS.

Estos documentos corresponden a requisitos HABILITANTES y serán objeto de evaluación por parte del comité evaluador de ofertas y su calificación será de cumple o no cumple.

REQUISITO CUMPLE NO CUMPLE

1. El oferente debe presentar certificado de exclusividad de la casa fabricante.

2. Para equipos importados: Registro de importación.

3. Para equipos de producción nacional, anexar copia legible del certificado de buenas prácticas de manufactura de la casa fabricante, vigente a la fecha de presentación de la propuesta, para equipos importados anexar copia legible del certificado de calidad con vigencia máximo de un (1) año.

4. Copia legible de la ficha técnica del equipo ofertado, expedida por la casa fabricante en idioma español.

5. Copia legible del registro sanitario INVIMA,

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garantizando su vigencia a la fecha de presentación de la oferta.

6. Certificar que se otorgara garantía de calidad del equipo suministrado, de un (1) año mínimo.

7. Certificar que se realizaran mínimo dos (2) visitas de mantenimiento preventivo por el año (1) de garantía previamente programada, sin ningún costo de transporte y mano de obra adicional para la ESE.

8. Certificar que el mantenimiento correctivo se prestara con tiempo de respuesta no mayor a 96 horas hábiles después de reportada la falla, sin ningún costo de transporte y mano de obra adicional para la entidad contratante o adjudicatarias de los equipos a adquirir.

5.2 EVALUACION DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas serán analizadas y evaluadas por el comité de evaluación de ofertas, con base en la información suministrada por el oferente, en cumplimiento de los términos de condiciones y se tendrán en cuenta los siguientes aspectos y puntajes: 5.2.1 PROPUESTA ECONÓMICA (200) PUNTOS) La oferta más económica que se presente para la ejecución del Contrato requerido tendrá un puntaje máximo de DOSCIENTOS (200) PUNTOS, las demás se puntuarán aplicando

la siguiente fórmula matemática: PUNTAJE MAXIMO * PROPUESTA MAS ECONOMICA PUNTOS A ASIGNAR=________________________________________________ VALOR DE LA PROPUESTA Para el efecto de presentación de la propuesta económica se diligenciara el anexo No 3. 5.2.2 ASPECTOS TECNICOS DE PONDERACIÓN

Calificación

El oferente que certifique menor tiempo de entrega física del equipo, se asignaran 100 puntos. Los demás oferentes se evaluaran de manera proporcional. (Menor tiempo ofertado * 100/ Tiempo ofertado a evaluar)

100

Tiempo de la garantía: Mayor o igual a dos (2) años se calificará con 80 puntos: Mayor a un (1) año 20 puntos; menor a un (1) año

100

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0 puntos

Mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico: Mayor o igual a dos (2) años se calificará con 200 puntos: Mayor a un (1) año 100 puntos; menor a un (1) año 0 puntos

200

Capacitación en casa matriz o fabrica del equipo a un funcionario de la institución designado por la gerente

200

5.2.3 EXPERIENCIA ESPECÍFICA VENTA DE EQUIPOS RAYOS. Se calificara con 200

puntos.

El proponente deberá acreditar su experiencia en procesos cuyo objeto sea el suministro o venta de equipos de rayos x durante el año anterior al cierre de la presente convocatoria, mediante la presentación de actas de entrega y/o recibo a satisfacción, o acta de liquidación o contratos. La información se registrara en el anexo No 02. La calificación de este criterio se llevara a cabo teniendo en cuenta al proponente que tenga el mayor número de contratos realizados, de acuerdo con la tabla relacionada a continuación:

EXPERIENCIA ESPECIFICA PUNTAJE

Ningún proceso Cero (0) puntos.

De 1 a 5 procesos Cien (100) puntos

De 6 a 9 Procesos Ciento cincuenta (150) puntos

Más de 10 Doscientos (200) puntos

5.2.4. PONDERACIÓN PROTECCION A LA INDUSTRIA NACIONAL (CUANDO APLIQUE).

De conformidad con lo dispuesto en la ley 816 de 2003, el puntaje que se aplicara como consecuencia de la protección a la industria nacional será el siguiente: se le otorgara el 20% de la totalidad del puntaje a oferentes de bienes y servicios de origen 100% nacional y oferentes de bienes y servicios extranjeros que acrediten reciprocidad y un 10% de puntaje total a oferentes de bienes extranjeros acreditados (con componente nacional) constituyéndose este porcentaje en el final para determinar el orden de elegibilidad de las propuestas. 4.- LAS CONDICIONES DE COSTOS Y/O CALIDAD QUE SE TENDRÁ EN CUENTA PARA LA SELECCIÓN OBJETIVA.

Los equipos ofrecidos deben ser totalmente nuevos. No se aceptan equipos re- manufacturados, ni experimentales.

El costo no debe estar por encima del presupuesto oficial.

El impuesto del IVA deberá incluirse dentro del valor de la oferta (en los casos en que aplique) debidamente discriminado.

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El valor de la propuesta debe incluir todos los costos directos e indirectos propios del desarrollo del contrato.

El fabricante o su distribuidor para Colombia deben entregar garantía de calidad del equipo suministrado, de un (1) año mínimo o según lo estipulado en el contrato.

Los valores ofertados permanecerán constantes durante toda la vigencia del contrato. 5.- LAS REGLAS APLICABLES A LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS, REGLAS DE DESEMPATE, REGLAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 5.1 FORMA DE PRESENTACIODE LAS OFERTAS El oferente deberá presentar la oferta en la instalaciones de la gerencia del Hospital Inmaculada Concepción en la carrera 8 N° 8 -83 de Chimichagua - Cesar, hasta el día y hora señalados en la presente convocatoria pública. El oferente debe presentar la oferta observando las siguientes condiciones: La propuesta deberá incluir un ÍNDICE en el que se indiquen los documentos que la

componen y el folio donde se encuentran los contenidos. La oferta debe ser suscrita por el Representante Legal, o en su defecto por la persona autorizada para tal fin.

Carta de presentación de la oferta: suscrita por el proponente, con el nombre y la firma; cuando se trate de persona jurídica debe ser firmada por el Representante Legal de la misma o su apoderado, debidamente facultado para ello. (Diligenciar Anexo No. 01).

Anexar los documentos requeridos para participar, conforme el orden establecido en el numeral 3.1 documentos y requisitos habilitantes: Jurídicos, financieros y aspectos técnicos

Los documentos que integran la propuesta, en idioma español, sin tachaduras, ni enmendaduras, con especial claridad, legibilidad, siguiendo el orden establecido en la presente Convocatoria, estando correctamente foliados y legajados.

Una vez recibidas las propuestas en el Hospital INMACULADA CONCEPCIÓN E.S.E., no se podrán efectuar modificaciones, ni entregar documentos adicionales.

No se permitirá el retiro de documentos que componen la propuesta durante el proceso de selección.

Se presentará con la documentación exigida, en original y medio magnético; en sobre o paquete debidamente sellado y rotulado con el nombre del proponente, la dirección para notificaciones y los siguientes títulos:

ROPUESTA PARA EL HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

CONVOCATORIA PÚBLICA No. CP 03- 2016

OBJETO: “COMPRA DE UN (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO PARA FORTALECER EL ÁREA DE RADIOLOGÍA DE LA E.S.E HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA CESAR”

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NOMBRE o RAZÓN SOCIAL DEL OFERENTE

DIRECCIÓN, TELÉFONO Y CORREO ELECTRÓNICO DEL OFERENTE

El presente proceso de selección se cerrará en la fecha, hora y lugar indicado en el cronograma señalado en este documento. Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora o en lugar diferente al señalado en el cronograma serán rechazadas y el Hospital las devolverá sin abrirse a la dirección registrada.

5.2 REGLAS DE DESEMPATE: Los siguientes son los criterios de desempate que se insertarán en los procedimientos contractuales en que haya comparación de ofertas: En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Empresa Social del Estado escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primer factor de calificación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo factor de calificación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de calificación establecidos. Si persiste el empate, la Empresa Social del Estado procederá al sorteo por medio de balotas. 5.3 ADJUDICACION DEL CONTRATO: Se efectuara mediante resolución motivada por la gerente del Hospital Inmaculada Concepción. La resolución de adjudicación se publicara en la página web de la institución y se notificara por correo electrónico del oferente seleccionado. 6.- LAS CAUSAS QUE DAN LUGAR A RECHAZO DE LA OFERTA.

Sin perjuicio de lo establecido por la ley aplicable, serán rechazadas las propuestas en general cuando por su contenido, impidan la selección objetiva, especialmente en los siguientes casos: Cuando no se suscriba la carta de presentación de la propuesta por parte de la

persona jurídica o el representante legal de la persona jurídica, consorcio o unión temporal.

Carecer de autorización de la junta de socios o asociados, en el evento que la cuantía sobrepase los montos autorizados por dicho órgano.

Por no cumplir con los requisitos exigidos en la constitución, la ley y el manual de contratación de la ESE.

Cuando la oferta se presente en forma extemporánea (Superando la hora y fecha máximas indicadas en el cronograma de la convocatoria), o en un lugar distinto al señalado en el presente Convocatoria Pública.

Cuando alguno de los participantes se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la ley.

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La presentación de varias propuestas por el mismo oferente dentro del mismo proceso, por sí o por interpuesta persona (en Consorcio, en Unión Temporal o individualmente).

Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, inexactos, alterados, tachados, borrados o enmendaduras que no hayan sido refrendadas y den lugar a diferentes interpretaciones o que induzcan a error, siempre y cuando tales documentos aludan a factores de selección o sean necesarios para la comparación de las ofertas.

Cuando la información consignada en los documentos que integran la propuesta no sea veraz, esto es, no corresponda a la realidad.

Cuando el Proponente o alguno de sus integrantes sea una persona jurídica incursa en una causal de disolución o que se encuentre en liquidación a dicha fecha.

Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes.

Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva.

Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto oficial. Se rechazarán las propuestas enviadas por correo, siendo requisito su entrega de

manera presencial por parte del Representante Legal o por la persona autorizada para ello.

Cuando no se allegue la presentación de documentos subsanables requeridos al oferente, dentro del plazo establecido por la ESE.

Sera causal de rechazo si la oferta económica se presenta por debajo del 95% del presupuesto oficial.

No presentar la póliza de seriedad de la oferta

7.- EL VALOR DEL CONTRATO, EL PLAZO, EL CRONOGRAMA DE PAGOS Y LA DETERMINACIÓN DE SI DEBE HABER LUGAR A LA ENTREGA DEL ANTICIPO O PAGO ANTICIPADO. 7.1 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: El presente contrato se estima en la suma de CIENTO NOVENTA MILLONES (190.0000.0000). 7.2 PLAZO: El plazo de ejecución del contrato será de VEINTE (20) DIAS, dicho plazo se contará a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución establecidos en el contrato a suscribir y la suscripción del acta de inicio. 7.3 FORMA DE PAGO: La ESE Inmaculada Concepción cancelara el valor de la siguiente forma el 50% a título de pago anticipado y un pago correspondiente al 50% una vez instalado el equipo y en funcionamiento en la sede de la ESE, para el pago se deberá aportar el informe del supervisor, y la presentación de la cuenta de cobro, acompañada de la correspondiente factura, junto con los soportes de pago al Sistema de Seguridad Social Integral.

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7.4 CRONOGRAMA DE PAGO:

1. El 50% a título de pago anticipado, una vez firmado el contrato y cumplido los requisitos de ejecución.

2. El 50% una vez instalado el equipo y en funcionamiento en la sede de la ESE. 8.- EL CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y PRESUPUESTO OFICIAL. 8.1 CERTIFICADO DISPONIBILIDAD: Para atender el costo del contrato a celebrarse, se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nº D-2016-31 de fecha 25 de enero de 2016, por la suma de CIENTO NOVENTA MILLONES DE PESOS ($190.000.000). El contrato se pagará con cargo de los Rubro Presupuestal: 6000102 denominados Financiación de Proyectos. 8.2 PRESUPUESTO OFICIAL:

El Hospital INMACULADA CONCEPCION E.S.E, ha dispuesto un presupuesto oficial de CIENTO NOVENTA MILLONES DE PESOS M/L ($190.000.000.00), incluido IVA y la totalidad de los costos directos e indirectos en que se incurra para la ejecución del contrato que resulte con la adjudicación del presente proceso contractual. 9.- LOS RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, LA FORMA DE MITIGARLOS Y LA ASIGNACIÓN DEL RIESGO ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES.

TIPIFICACION DEL RIESGO RIESGO ASOCIADO EL PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD

ESTIMACION DEL RIESGO Consiste en la ausencia de disponibilidad presupuestal para cumplir los compromisos asumidos por la entidad

ASIGNACION DEL RIESGO ESE

MECANISMO DE COBERTURA Correcta elaboración de los estudios previos TIPIFICACION DEL RIESGO DE INCUMPLIR CON LA OFERTA

PRESENTADA

ESTIMACION DEL RIESGO Incumplimiento en: 1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. 2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. 3. La no suscripción del contrato sin justa causa por

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parte del adjudicatario.

ASIGNACION DEL RIESGO CONTRATISTA

MECANISMO DE COBERTURA Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento del oferente deberá constituir a favor del Hospital Inmaculada Concepción una garantía de seriedad de la oferta por el diez por ciento (10%) del

monto de las propuestas, y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual

TIPIFICACION DEL RIESGO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRATISTA

ESTIMACION DEL RIESGO Incumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato. Perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado

ASIGNACION DEL RIESGO CONTRATISTA

MECANISMO DE COBERTURA Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y clausula penal que se pacten en el contratista deberá constituir a favor del Hospital Inmaculada Concepción una garantía de Cumplimiento. El valor de esta garantía debe ser del diez por ciento (10%) del valor del contrato. La garantía de cumplimiento del contrato debe tener una vigencia mínima hasta la liquidación del contrato.

TIPIFICACION DEL RIESGO DE INCUMPLIMIENTO EN LAS CONDICIONES DE CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS

ESTIMACION DEL RIESGO Incumplimiento en la calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos

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por él suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo.

ASIGNACION DEL RIESGO CONTRATISTA

MECANISMO DE COBERTURA Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento en las condiciones de calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados, el contratista deberá constituir a favor del Hospital Inmaculada Concepción una garantía de Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados. El valor de esta garantía

debe ser del diez por ciento (10%) del valor del contrato y su vigencia deberá cubrir el termino del contrato y un (1) año más

TIPIFICACION DEL RIESGO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRA CONTRACTUAL

ESTIMACION DEL RIESGO Eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista.

ASIGNACION DEL RIESGO CONTRATISTA

MECANISMO DE COBERTURA Para precaver los perjuicios que se deriven de la Responsabilidad civil extracontractual, el contratista deberá constituir a favor del Hospital Inmaculada Concepción una garantía de responsabilidad civil extra contractual. no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, y en ningún caso inferior a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMLMV) al momento de la expedición de la póliza

TIPIFICACION DEL RIESGO DE INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE SALARIOS PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES

ESTIMACION DEL RIESGO Incumplimiento en el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del

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personal utilizado para la ejecución del contrato amparado.

ASIGNACION DEL RIESGO CONTRATISTA

MECANISMO DE COBERTURA Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento en el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado, el contratista deberá constituir a favor del Hospital Inmaculada Concepción una garantía de Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. El valor de esta garantía será del cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y deberá extenderse por el plazo del contrato y tres años más

TIPIFICACION DEL RIESGO DE NO DEVOLUCION DEL PAGO ANTICIPADO

ESTIMACION DEL RIESGO perjuicios sufridos por la Entidad Estatal por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar

ASIGNACION DEL RIESGO CONTRATISTA

MECANISMO DE COBERTURA Para precaver los perjuicios sufridos por la Entidad Estatal por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar el contratista deberá constituir a favor del Hospital Inmaculada Concepción una garantía de Devolución del pago anticipado. La garantía de pago anticipado debe estar vigente hasta la liquidación del contrato. El valor de esta garantía debe ser el ciento por ciento (100%) del monto pagado de forma anticipada, ya sea este en dinero o en especie

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10.- LAS GARANTÍAS EXIGIDAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y SUS CONDICIONES. El contratista deberá constituir a favor de la ESE Inmaculada Concepción, como mecanismo de cobertura del riesgo una garantía de conformidad única de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de contratación. La garantía podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o garantía bancaria expedida por un banco local, que incluya los siguientes amparos: 1. Garantía de seriedad de la oferta. El proponente deberá aportar de manera simultánea con la propuesta, so pena de rechazo una garantía de seriedad de la oferta que cumpla con los siguientes parámetros: La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: 1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. 2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. 3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario. 4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato. El valor de esta garantía será del diez por ciento (10%) del monto de las propuestas, y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. 2. Cumplimiento. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION DE CHIMICHAGUA – CESAR ESE contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. El valor de esta garantía debe ser del diez por ciento (10%) del valor del contrato. La garantía de cumplimiento del contrato debe tener una vigencia mínima hasta la liquidación del contrato. 3. Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados. El amparo de calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados cubrirá a la HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION DE CHIMICHAGUA – CESAR ESE, contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado, derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos por él suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo El valor de estas garantías se determinará en cada caso de acuerdo con el objeto, el valor, la naturaleza y las obligaciones contenidas en cada contrato. El valor de esta garantía debe ser del diez por ciento (10%) del valor del contrato y su vigencia deberá cubrir el termino del contrato y un (1) año más. 4. Devolución del pago anticipado. Este amparo cubre los perjuicios sufridos por la Entidad Estatal por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar. La garantía de pago anticipado debe estar vigente hasta la liquidación del contrato. El valor de esta garantía debe ser el ciento por ciento (100%) del

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monto pagado de forma anticipada, ya sea este en dinero o en especie. 5. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales cubrirá a la HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION DE CHIMICHAGUA – CESAR ESE contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado. El valor de esta garantía será del cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y deberá extenderse por el plazo del

contrato y tres años más. 6. Responsabilidad civil extra contractual, que la protejan a

la ESE de las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista. El valor asegurado en las pólizas que amparan la responsabilidad extracontractual que se pudiera llegar a atribuir a la administración con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas, no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, y en ningún caso inferior a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMLMV) al momento de la expedición de la póliza. 11.- LOS TÉRMINOS, CONDICIONES Y MINUTA DEL CONTRATO. FIRMA DEL CONTRATO: El proponente favorecido deberá presentarse a suscribir el contrato único de derecho privado en la sede del Hospital Inmaculada Concepción del municipio de Chimichagua Cesar, ubicado en la carrera 8 N° 8 – 83, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la comunicación de la adjudicación del contrato. Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro del término que se haya señalado, la E.S.E. Hospital INMACULADA CONCEPCION, podrá optar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, por adjudicar el contrato al proponente ubicado en el segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea favorable para la entidad.

MULTAS: En Caso de incumplimiento parcial o mora en el cumplimiento de las

obligaciones por parte del Contratista, este pagará a la E.S.E. multas sucesivas del 0.1% del valor de la parte incumplida por cada día de mora, las cuales podrá ser descontadas de los créditos a favor del contratista, en ningún caso podrá ser superior al 10% del valor total del contrato.

PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total de las obligaciones de

cualquiera de las partes, la parte incumplida indemnizará a la otra en una cuantía del 20% del valor total del contrato.

CLÁUSULAS EXCEPCIONALES: De acuerdo a lo previsto en el inciso 3, numeral 2

del artículo 14 de la Ley 80/93 la E.S.E. podrá declarar la caducidad del presente contrato si se dan las situaciones previstas en el artículo 18 de dicha ley. Así mismo la E.S.E., podrá interpretar, modificar o terminar unilateralmente el presente contrato si se dan las circunstancias previstas en los artículos 15, 16 y 17 de la ley 80/93.

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SUJECIÓN AL CUMPLIMIENTO DE NORMAS Y REGULACIONES TRIBUTARIAS, SANITARIAS, FISCALES DEPARTAMENTALES O MUNICIPALES APLICABLES; DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES: Este contrato está sujetos a las normas tributarias, aplicables, excepto aquellos servicios misionales que constitucionalmente no sean sujeto de las mimas, en los mismos términos responderán por el cumplimiento de las normas en materia Fiscal Departamental o Municipal. El contratista se obliga para el Contratante a hacer los aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, Riesgos y Pensión pertinentes por el término del contrato. El presente requisito se entenderá cumplido con la presentación del recibo de pago del aporte respectivo.

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Además de las obligaciones específicas

derivadas de la oferta, los estudios previos y términos de condiciones EL CONTRATISTA se obliga para con la ESE a lo siguiente: a) Cumplir de buena fe el objeto contractual. b) Radicar la cuenta de cobro dentro de los plazos convenidos. c) Cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad social de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, y artículo 1° parágrafo 2 de la Ley 828 de 2003 o de las normas que la modifiquen, adicionen o reformen. d) Entregar el equipo de rayos x fijo en el plazo, en la cantidad y precios estipulados en el contrato. e) Entrega el equipo Instalado y en funcionamiento, en las instalaciones Hospital Inmaculada Concepción, contando con las especificaciones técnicas contratadas. f) Las demás que por ley o el contrato le correspondan. OBLIGACIONES DE LA E.S.E.: La ESE se obliga para con EL CONTRATISTA a lo siguiente: a) Obrar de buena fe en el desarrollo del Contrato. b) Cancelar el valor del Contrato en la forma establecida en la cláusula forma de pago, c) Efectuar el control jurídico, financiero, económico, técnico, ambiental social y administrativo de la ejecución del contrato a través del supervisor. d) cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él hacen parte. e) Suministrar en forma oportuna la información solicitada por el Contratista. f) Resolver las peticiones que le sean presentadas por el contratista en los términos consagrados en la Ley. g) Verificar el pago de los aportes del contratista al Sistema de Seguridad Social Integral. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: El contratista no podrá ceder total o parcialmente el presente contrato, ni subcontratar servicios objeto del mismo a persona alguna, salvo previa autorización por parte de la E.S.E. INDEMNIDAD: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del decreto 4828 de 2008, será obligación del contratista deberá mantener indemne a la E.S.E. de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa sus actuaciones. LIQUIDACIÓN: El contrato se liquidará de común acuerdo por las partes dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su finalización o terminación. En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la

facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la misma

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podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los dos (2) años siguientes al vencimiento del término a que se refieren los incisos anteriores, de mutuo acuerdo o unilateralmente.

PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la suscripción del mismo y para su ejecución se requiere el registro presupuestal y la aprobación de la garantía.

EXENCIÓN DEL PAGO DE PRESTACIONES: Por la naturaleza del objeto del contrato y la modalidad contractual escogida a plena voluntad, se ha establecido de mutuo acuerdo que por la presente relación, no surge ningún vínculo laboral y por tanto el contratista no tendrá derecho al pago de sumas de dinero por concepto de salarios y prestaciones sociales, si no única y exclusivamente el precio pactado. MINUTA DEL CONTRATO CONTRATO DE COMPRAVENTA Nº XXXX DEL XXXX DE XXXX DE 2016, SUSCRITO ENTRE ESE HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA - CESAR Y XXXX.

CONTRATANTE HOSPITAL INMACUALDA CONCPECION DE CHIMICHAGUA – CESAR

NIT 892.300.179 – 3

CONTRATISTA XXXXXXXXXXXXXXX

OBJETO “COMPRA DE UN (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO PARA FORTALECER EL ÁREA DE RADIOLOGÍA DE LA E.S.E HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA CESAR”

VALOR XXXXXXXXXXXXX

PLAZO SEIS (6) MESES

DALMA OSPINO PEREZ, mujer, mayor de edad, y vecina de la ciudad de Valledupar, Cesar, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 26.984.639 de Barrancas, Guajira, quien actúa en representación legal de la E.S.E. HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION del Municipio de Chimichagua, NIT 892.300.179 - 3, en su calidad de Gerente, debidamente facultada para celebrar contratos por el artículo 9 del acuerdo No 003 del 1 de junio de 2014, y quien para efectos de ésta se denominará LA E.S.E., por una parte, y por la otra xxxxxxxxxxxxxxx, quien en adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente Contrato de COMPRAVENTA, previas las siguientes consideraciones: A) El Hospital Inmaculada Concepción de Chimichagua es una institución de primer nivel de atención del orden municipal, con tres sedes adicionales Mandinguilla, Candelaria y Saloa; presta servicios permanentes de urgencias, hospitalización, atención de parto de baja complejidad, lo que involucra una

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cobertura para toda la población de Chimichagua que involucra al municipio con sus 22 corregimientos. Su portafolio de servicio incluye 12 camas y servicios de consulta por medicina general con 4 consultorios en consulta externa, 2 unidades de odontología, enfermería, rayos x y laboratorio clínico, actividades individuales y colectivas de promoción y prevención de salud de baja complejidad. B) La ESE atraviesa por una crisis

financiera que la lleva a la necesidad de reducir los gastos operacionales y generar excedentes que permitan cumplir los pasivos acumulados de la entidad, eliminando las contingencias y problemas generados por las demandas y embargos ordenada por el no pago a los acreedores, mejorar la gestión del recaudo de la entidad requisito indispensable para financiar la operación corriente y amortiguar el pago de los pasivos acumulados y lo conviertan en un hospital que asegure una participación estructurada, que gestione recursos con visión de largo plazo, organice su forma de operación, se observe el uso eficiente de los recursos financieros y humanos disponibles con una efectiva toma de decisiones garantizando mejores condiciones para el desarrollo humano, social y financiero de la ESE Inmaculada Concepción. C) En la actualidad la E.S.E. Hospital Inmaculada Concepción de Chimichagua, Cesar; no cuenta con un equipo de radiología óptimo; se encuentra deteriorado y obsoleto, colocando en riesgo las condiciones técnico científicas para la garantía de la calidad en la habilitación del servicio de imagenologìa para los usuarios. D) Es decir se cuenta con poca capacidad resolutiva lo cual disminuye la lectura de exámenes lo que impide un diagnóstico asertivo que permita la atención inmediata y eficaz que redunda en el desmejoramiento de la salud de los usuarios. E) Los deficientes equipos con que cuenta el hospital Inmaculada Concepción de Chimichagua, Cesar; ha contribuido que se haya aumentado el índice de errores en los diagnósticos médicos, en las respuestas de atención a los usuarios, y por ello existe una alta probabilidad de aumento en la gravedad de un paciente enfermo; y en su mayoría deben ser trasladados a otros centros médicos particulares u a otras ciudades afectando la salud y vida de la población vulnerable que recurre a los servicios del hospital; el aumento en los costos en la atención por el traslado de pacientes y con ello finalmente arriesgando la salud y la vida de quienes recurren al servicio del hospital. E) En la actualidad las técnicas de diagnóstico en general y en particular las relacionadas con el empleo de imágenes médicas, son de vital importancia para una adecuada atención en salud. Los servicios de diagnósticos por imágenes abarcan un amplio espectro de aplicaciones clínicas, que comprenden desde el diagnóstico y seguimiento de enfermedades en situaciones muy comunes y de alta incidencia en la población hasta enfermedades más complejas. F) Por lo anterior y en la búsqueda que el hospital Inmaculada Concepción mejore la prestación de sus servicios, y teniendo en cuenta que no cuentan con unos equipos óptimos de rayos x, se formuló un proyecto ante el Ministerio de Salud y Protección Social, que apuntaba a la adquisición de un equipo de rayos para el Hospital Inmaculada Concepción con el fin de ofrecer un mejor servicio de radiología a la población en general que usa el servicio del mismo. G). Con el propósito de contribuir con proyectos que permitan mejorar la calidad de atención en salud de la población más vulnerable del área de influencia del Hospital Inmaculada Concepción , el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la resolución No 4631 de 2015 con la cual se distribuyen los recursos de rubro presupuestal denominado “ Plan Nacional de Salud Rural”, asignándole a la ESE la suma de CIENTO NOVENTA MILLONES DE PESOS ($190.000.000), recursos que apoyaran el proyecto de dotación de equipos médicos. H)

Que mediante oficio radicado No 201517001969901 el Ministerio de Salud y Protección

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Social notifico la asignación de recursos de la resolución 4631 de 2015. I) Según las

motivaciones previas, la entidad ha preparado los estudios y documentos previos el cual se ajusta a lo previsto en la normatividad vigente y ha obtenido previamente el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal donde se evidencia la capacidad para sumir compromisos en la vigencia 2016. J) Que el Estatuto de contratación adoptado por la ESE

mediante acuerdo No 003 del 1 de junio de 2014, modificado por el acuerdo 001 del 4 de febrero de 2015 en su artículo 25, permite hacer uso de la modalidad de contratación de convocatoria pública, en los siguientes términos: “ARTICULO 25. DETERMINACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION LA HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION DE CHIMICHAGUA – CESAR ESE Y DETERMINACION DE LA CUANTIAS. Modificado y adicionado por el artículo quinto del acuerdo 001 del 4 de febrero de 2015. La ESE podrá utilizar las siguientes modalidades y mecanismos de selección de contratistas, de conformidad con los criterios establecidos en el presente Estatuto, así: 1. CONVOCATORIA PÚBLICA. Corresponde a aquellos procesos contractuales que celebre La EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION por valor superior a doscientos (200) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, mediante los cuales se formula públicamente una convocatoria para que, en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y la Empresa Social del Estado seleccione la propuesta más favorable para la Empresa, de conformidad con la evaluación que se realice”.K) Por lo anterior y con el único fin de que la entidad continúe cumpliendo eficientemente con su deber misional y observando los principios orientadores de la función administrativa, y los consagrados en el estatuto de contratación de la ESE, se celebra el presente contrato sujetándose a lo establecido en el estatuto y manual de contratación de la entidad, en consecuencia se procede a su suscripción, el cual se regirá por las siguientes clausulas CLAÚSULA PRIMERA: OBJETO.- “COMPRA DE UN (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO PARA FORTALECER EL ÁREA DE RADIOLOGÍA DE LA E.S.E HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA CESAR”. ALCANCE DEL CONTRATO: El equipo y sus accesorios deberán ser de alta calidad, libres de defectos e imperfectos, no re manufacturados, de fabricación reciente nuevos y cumplir con las especificaciones técnicas requeridas. El proveedor que resulte favorecido con la adjudicación del contrato, deberá cumplir con los siguientes requerimientos: 1. Entrega el equipo Instalado y en funcionamiento, en las instalaciones del Hospital Inmaculada Concepción. 2. Los equipos ofrecidos deben ser totalmente nuevos. No se aceptan equipos re- manufacturados, ni experimentales. 3. Los equipos deben venir con sus etiquetas respectivas de información según lo define el Articulo 57 del Decreto 4725 de 2005. 4. El fabricante o su distribuidor para Colombia deben entregar garantía de calidad del equipo suministrado, de un (1) año mínimo o según lo estipulado en el contrato. 5. a entrega de manuales e información técnica completa necesaria que permita al personal calificado efectuar cualquier tipo de reparación, calibración y prueba. Deberán incluir: Un (1) manual de operación, un (1) manual de servicio, un (1) manual de piezas y partes. Serán manuales originales del fabricante. Ficha técnica del equipo donde consten los datos básicos de identificación del equipo, características técnicas y protocolos de mantenimiento con sus respectivas frecuencias de intervención, por parte del proponente ganador. 6. Capacitación a personal asistencial y/o operario del equipo, que incluya como mínimo los siguientes parámetros: 7.1 La capacitación debe ser brindada por personal técnico especializado inscrito ante el INVIMA. 7.2 Principios de funcionamiento. 7.3 Principios de operación. 7.4 Rutinas de limpieza y desinfección. 7.5

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Procedimientos de calibración y prueba. 7.6 Registro de entrenamiento a nombre de los funcionarios asistentes. 7. Se debe realizar mínimo dos (2) visitas de mantenimiento preventivo por el año (1) de garantía previamente programada, sin ningún costo de transporte y mano de obra adicional para la entidad contratante o adjudicatarias de los equipos a adquirir. 8. El mantenimiento correctivo se debe prestar con tiempo de respuesta no mayor a 96 horas hábiles después de reportada la falla, sin ningún costo de transporte y mano de obra adicional para la entidad contratante o adjudicatarias de los equipos a adquirir. 9. Presentar a la firma del acta de inicio del contrato, un programa de visitas de mantenimiento preventivo y de calibración durante el período de la garantía de calidad. . CLÁUSULA SEGUNDA.- LUGAR DE EJECUCION DEL CONTRATO: Las Actividades que desarrollará el Contratista son las contenidas en la cláusula primera del presente contrato y deberán ejecutarse en el municipio de Chimichagua, Cesar Hospital Inmaculada Concepción. CLÁUSULA TERCERA.- VALOR: Para todos los efectos legales y fiscales el presente contrato tiene un valor de XXXXXXXX (XXXXXX). CLÁUSULA CUARTA.- FORMA DE PAGO: La ESE Inmaculada Concepción cancelara el valor de la siguiente forma el 50% a título de pago anticipado, un pago correspondiente al 47% una vez instalado el equipo y en funcionamiento en la sede antigua de la ESE y el 3% restante una vez Instalado el equipo en la sede nueva de la ESE, para el segundo y tercer pago deberá aportar el informe del supervisor, y la presentación de la cuenta de cobro, acompañada de la correspondiente factura, junto con los soportes de pago al Sistema de Seguridad Social Integral. CLÁUSULA QUINTA.- TÉRMINO DE EJECUCIÓN: El Contratista ejecutará el objeto del presente contrato será por el término de VEINTE (20) DIAS; dicho plazo se contará a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución establecidos en el contrato a suscribir y la firma del acta de inicio entre el contratista y el interventor. CLÁUSULA SEXTA.- EXENCIÓN DEL PAGO DE PRESTACIONES: Por la naturaleza del objeto del contrato y la modalidad contractual escogida a plena voluntad, se ha establecido de mutuo acuerdo que por la presente relación, no surge ningún vínculo laboral y por tanto el contratista no tendrá derecho al pago de sumas de dinero por concepto de salarios y prestaciones sociales, si no única y exclusivamente el precio pactado. CLÁUSULA SÉPTIMA.- SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUÉSTALES: La E.S.E. se obliga a reservar el valor del contrato del presupuesto asignado para la entidad en la Vigencia Fiscal de 2016, como consta en el Certificado de disponibilidad D-2016-31 de fecha 25 de enero de 2016, el cual hace parte integral de este contrato. CLÁUSULA OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Además de las obligaciones específicas derivadas de la oferta, los estudios previos y términos de condiciones EL CONTRATISTA se obliga para con la ESE a lo siguiente: a) Cumplir de buena fe el objeto contractual. b) Radicar la cuenta de cobro dentro de los plazos convenidos. c) Cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad social de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, y artículo 1° parágrafo 2 de la Ley 828 de 2003 o de las normas que la modifiquen, adicionen o reformen. d) Entregar el equipo de rayos x fijo en el plazo, en la cantidad y precios estipulados en el contrato. e) Entrega el equipo Instalado y en funcionamiento, en las instalaciones del Hospital Inmaculada Concepción, contando con las especificaciones técnicas contratadas. f) Las demás que por ley o el contrato le correspondan. CLÁUSULA NOVENA .- OBLIGACIONES DE LA E.S.E.: La ESE se obliga

para con EL CONTRATISTA a lo siguiente: a) Obrar de buena fe

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en el desarrollo del Contrato. b) Cancelar el valor del Contrato en la forma establecida en la cláusula forma de pago, c) Efectuar el control jurídico, financiero, económico, técnico, ambiental social y administrativo de la ejecución del contrato a través del supervisor. d) cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él hacen parte. e) Suministrar en forma oportuna la información solicitada por el Contratista. f) Resolver las peticiones que le sean presentadas por el contratista en los términos consagrados en la Ley. g) Verificar el pago de los aportes del contratista al Sistema de Seguridad Social Integral. CLÁUSULA DÉCIMA.- MULTAS: En Caso de incumplimiento parcial o mora en el cumplimiento de las obligaciones por parte del Contratista, este pagará a la E.S.E. multas sucesivas del 0.1% del valor de la parte incumplida por cada día de mora, las cuales podrá ser descontadas de los créditos a favor del contratista, en ningún caso podrá ser superior al 10% del valor total del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total

de las obligaciones de cualquiera de las partes, la parte incumplida indemnizará a la otra en una cuantía del 20% del valor total del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- CLÁUSULAS EXCEPCIONALES: De acuerdo a lo previsto en el inciso 3, numeral 2 del artículo 14 de la Ley 80/93 la E.S.E. podrá declarar la caducidad del presente contrato si se dan las situaciones previstas en el artículo 18 de dicha ley. Así mismo la E.S.E., podrá interpretar, modificar o terminar unilateralmente el presente contrato si se dan las circunstancias previstas en los artículos 15, 16 y 17 de la ley 80/93. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- SUJECIÓN AL CUMPLIMIENTO DE NORMAS Y REGULACIONES TRIBUTARIAS, SANITARIAS, FISCALES DEPARTAMENTALES O MUNICIPALES APLICABLES; DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES: Este contrato está sujetos a las normas tributarias, aplicables, excepto aquellos servicios misionales que constitucionalmente no sean sujeto de las mimas, en los mismos términos responderán por el cumplimiento de las normas en materia Fiscal Departamental o Municipal. El contratista se obliga para el Contratante a hacer los aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, Riesgos y Pensión pertinentes por el término del contrato. El presente requisito se entenderá cumplido con la presentación del recibo de pago del aporte respectivo. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- SUPERVISION: la E.S.E. por conducto del Técnico Operativo – Recurso Humano ejercerá la supervisión y controlará la debida ejecución del presente contrato por parte del Contratista, quien contará con la experticia del Ingeniero Biomédico. Para tal efecto cumplirá con lo establecido en el artículo 35 del acurdo 003 del 1 de junio de 2014 “funciones de los interventores o supervisores”, modificado y adicionado por el artículo décimo tercero del acuerdo 001 del 4 de febrero de 2015 CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: El contratista no podrá ceder total o parcialmente el presente contrato, ni subcontratar servicios objeto del mismo a persona alguna, salvo previa autorización por parte de la E.S.E. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- GARANTÍA: El contratista deberá constituir a favor de la ESE Inmaculada Concepción, como mecanismo de cobertura del riesgo una garantía de conformidad única de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de contratación. La garantía podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o garantía bancaria expedida por un banco local, que incluya los siguientes amparos: 1. Garantía de seriedad de la oferta. La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: 1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado,

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siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. 2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. 3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario. 4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato. El valor de esta garantía será del diez por ciento (10%) del monto de las propuestas, y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. 2. Cumplimiento. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION DE CHIMICHAGUA – CESAR ESE contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. El valor de esta garantía debe ser del diez por ciento (10%) del valor del contrato. La garantía de cumplimiento del contrato debe tener una vigencia mínima hasta la liquidación del contrato. 3. Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados. El amparo de calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados cubrirá a la HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION DE CHIMICHAGUA – CESAR ESE, contratante de los perjuicios

imputables al contratista garantizado, derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos por él suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo El valor de estas garantías se determinará en cada caso de acuerdo con el objeto, el valor, la naturaleza y las obligaciones contenidas en cada contrato. El valor de esta garantía debe ser del diez por ciento (10%) del valor del contrato y su vigencia deberá cubrir el termino del contrato y un (1) año más. 4. Devolución del pago anticipado. Este amparo cubre los perjuicios

sufridos por la Entidad Estatal por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar. La garantía de pago anticipado debe estar vigente hasta la liquidación del contrato. El valor de esta garantía debe ser el ciento por ciento (100%) del monto pagado de forma anticipada, ya sea este en dinero o en especie. 5. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales cubrirá a la HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION DE CHIMICHAGUA – CESAR ESE contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado. El valor de esta garantía será del cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y deberá extenderse por el plazo del contrato y tres años más. 6.

Responsabilidad civil extra contractual, que la protejan a la ESE de las eventuales

reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista. El valor asegurado en las pólizas que amparan la responsabilidad extracontractual que se pudiera llegar a atribuir a la administración con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas, no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, y en

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ningún caso inferior a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMLMV) al momento de la expedición de la póliza. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA.- INDEMNIDAD: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del decreto 4828 de 2008, será obligación del contratista deberá mantener indemne a la E.S.E. de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa sus actuaciones. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El Contratista declara bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la aceptación del presente contrato que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad ni incompatibilidad previstas en la Constitución y la Ley, en especial las contenidas en los artículos 8 y 9 de la ley 80/93. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- DOMICILIO Y LEYES: Para todos los efectos las partes declaran como domicilio contractual, el municipio de Chimichagua, Cesar, así mismo el presente contrato se rige por las disposiciones de derecho privado y en especial las contenidas en el acuerdo No 003 del 1 de junio de 2014 (Estatuto de Contratación), modificado y adicionado por el artículo décimo primero del acuerdo 001 del 4 de febrero de 2015 y por las demás disposiciones civiles y comerciales que en subsidio reglamentan la materia. Referente a las clausulas excepcionales se aplicara lo contenido en la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA VIGESIMA.- DOCUMENTOS: Hacen Parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1) Estudios previos 2) términos de condiciones. 3) Certificado de Disponibilidad. 4) Antecedentes disciplinarios. 5) Boletín de responsabilidad fiscal. 6) Copia de Cedula de Ciudadanía, 7) Propuesta, los cuales forman parte integral del presente contrato y aquellos que se generen en la ejecución del mismo. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- LIQUIDACIÓN: El contrato se liquidará de común acuerdo por las partes dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su finalización o terminación. En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la misma podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los dos (2) años siguientes al vencimiento del término a que se refieren los incisos anteriores, de mutuo acuerdo o unilateralmente. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- SOLUCIÓN A CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: En caso de presentarse controversia o diferencia se recurrirá a los siguientes mecanismos alternativos de solución de conflictos: a) Acuerdo. b) Transacción. c) Conciliación. d) Amigable composición de acuerdo a los procedimientos legales establecidos para tal efecto. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.-PUBLICACION: El presente contrato se deberá publicar en la página del SECOP dentro de los tres días siguientes a su perfeccionamiento. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.-PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la

suscripción del mismo y para su ejecución se requiere el registro presupuestal y la aprobación de la garantía. Para mayor constancia se firma en Chimichagua – Cesar, a los XXXXX(XXX) días del mes de XXXX de 2016. DALMA OSPINO PEREZ XXXXXXX Gerente Contratista

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12.- LOS TÉRMINOS DE LA SUPERVISIÓN Y/O DE LA INTERVENTORÍA CONTRATADA. La supervisión del contrato estará a cargo de la ESE en cabeza del Técnico Operativo, quien contará con la experticia del Ingeniero Biomédico. Para tal efecto cumplirá con lo establecido en el artículo 35 del acurdo 003 del 1 de junio de 2014 “funciones de los interventores o supervisores”, modificado y adicionado por el artículo décimo tercero del acuerdo 001 del 4 de febrero de 2015. La supervisión e interventoría contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista. Los interventores y supervisores están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, y serán responsables por mantener informada a la entidad contratante de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente. En especial: ADMINISTRATIVAS: 1. Observar los procedimientos de la Empresa Social del Estado Hospital Inmaculada

Concepción de López que se relacionen con la ejecución del contrato. 2. Concertar con la Administración las decisiones contractuales pertinentes. 3. Coordinar con las diferentes áreas el desarrollo de los compromisos adquiridos, que

deben ejecutarse de acuerdo con la programación establecida. 4. Viabilizar oportunamente los pagos generados a favor del contratista, verificando el

cumplimiento de las obligaciones a su cargo, de conformidad con lo dispuesto en el contrato.

5. Informar oportunamente a la administración toda circunstancia que afecte el adecuado cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista, velando por su oportuna solución.

6. Atender, tramitar o resolver toda consulta que haga el contratista para la correcta ejecución del contrato.

7. Tramitar y hacer seguimiento a la correspondencia entre el contratista y la Empresa Social del Estado Hospital Inmaculada Concepción.

8. Tramitar las solicitudes de ingreso del personal y equipo del contratista o de personas externas a las áreas de influencia del contrato.

9. Entregar al Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno Disciplinario y Apoyo Jurídico, oportunamente original o copia, de acuerdo con el procedimiento interno correspondiente, de la información técnica, administrativa, contable y jurídica, contenida en actas, informes y demás documentos que se desprendan de la gestión contractual.

10. Incorporar la información que genere y cargar los respectivos documentos en el medio magnético, para entregarlos a la ESE en forma oportuna.

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TÉCNICAS:

Comprende el control y seguimiento de todas las tareas y labores correspondientes a la ejecución del contrato, el cumplimiento del contenido del mismo y los términos definidos en el cronograma. Para el efecto se deberá: 1. Verificar permanentemente la calidad de la obra, bienes o servicios que se estipulen

en el contrato. Para tal fin, será obligatorio la presentación de informes mensuales de seguimiento, en los cuales deberá especificar el cumplimiento de cada una de las obligaciones que se generan para el contratista, en desarrollo del contrato. Copia de dichos informes deberán remitirse mes a mes a la Oficina de Control Interno.

2. Velar por que se cumplan las normas, especificaciones técnicas y procedimientos, que estipulen los contratos.

3. En los contratos en los cuales la Empresa Social del Estado Hospital Inmaculada Concepción, adquiere bienes, se deberá especificar que los mismos han sido recibidos a satisfacción y que cumplen con las calidades requeridas contractualmente y son aptos para el fin que se adquieren. En los contratos en los cuales la Empresa Social del Estado Hospital Inmaculada Concepción adquiere servicios, se deberá verificar el cumplimiento de los compromisos establecidos en cada una de las cláusulas contractuales, especificando cada una de las obligaciones y su desarrollo por parte del contratista.

4. Verificar el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, respecto de las obligaciones del contratista inherentes al sistema de seguridad social y pago de parafiscales.

5. Someter a consideración de quien ostente la capacidad contractual, las hojas de vida del personal propuesto por el contratista cuando durante la ejecución del contrato se requieran cambios en el equipo ofrecido.

6. Evaluar los indicadores consignados en el contrato para su seguimiento. 7. Cuanto se contrate por unidad de producción: deberá verificar que no se supere el

monto disponible presupuestalmente para la cancelación por parte del Hospital de dicho servicio, y en caso contrario deberá verificar que los trabajos o actividades extras que impliquen, aumento del valor del contrato, cuenten con la existencia de recursos presupuestales y autorización previa de quien ostente la capacidad contractual.

8. Diseñar y controlar el avance del contrato de acuerdo con el cronograma de ejecución. 9. Llevar un registro de las novedades, órdenes e instrucciones impartidas durante la

ejecución del contrato y recomendar los ajustes necesarios. 10. Realizar mediciones de cantidades de obra ejecutada, verificar las entregas de los

bienes o la realización de los servicios contratados, de lo cual se dejará constancia en las respectivas actas.

11. Coordinar el reintegro de los equipos y elementos suministrados o comprados con cargo al contrato, y verificar su estado y cantidad.

FINANCIERAS Y CONTABLES 1. Aprobar el plan de inversión del anticipo, cuando se haya pactado. 2. Revisar las facturas y/o cuentas de cobro presentadas por el contratista.

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3. Registrar cronológicamente los pagos y deducciones del contrato. 4. Velar por la correcta ejecución presupuestal del contrato. 5. Verificar que los trabajos o actividades extras que impliquen aumento del valor del

contrato, cuenten con la existencia de recursos presupuestales. 6. Asegurar la amortización total del anticipo. LEGALES Comprende las acciones encaminadas a garantizar el cumplimiento del Estatuto y Manual de Contratación, las disposiciones legales vigentes, y las estipulaciones contractuales que deberán ser atendidas en coordinación con la Subgerencia Financiera y el área que corresponda, sin perjuicio de elevar consultas o solicitar asesoría jurídica al Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno Disciplinario y Apoyo Jurídico. Dentro de este contexto, tendrá las siguientes funciones específicas: 1. Verificar que el contrato se desarrolle dentro del plazo y los valores establecidos. 2. Verificar y controlar la vigencia de las garantías, exigiendo la ampliación, si a ello

hubiere lugar. 3. Conceptuar y gestionar ante las instancias respectivas las modificaciones o adiciones

del contrato, antes del vencimiento del mismo. 4. Velar por el cumplimiento de las normas básicas de segundad y ambientales que sean

aplicables. 5. Informar y aportar los respectivos soportes o pruebas, en forma oportuna, en los casos

en los cuales se configure incumplimiento por parte del contratista y demás situaciones que puedan dar origen a la aplicación de las cláusulas excepcionales.

6. Verificar que existan las licencias necesarias y que se encuentren vigentes para la iniciación y durante el desarrollo del contrato.

7. Estudiar las reclamaciones que formule el contratista y recomendar las correspondientes soluciones.

8. Proyectar el acta de liquidación del contrato y adelantar los trámites pertinentes. 9. Suscribir las actas que se deriven de la ejecución contractual. 13.- EL PLAZO DENTRO DEL CUAL LA ESE PUEDE EXPEDIR ADENDAS. Se podrán modificar los pliegos o términos de condiciones a través de adendas expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Igualmente, se podrán expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato.

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14.- EL CRONOGRAMA.

CONCEPTO FECHA LUGAR

Publicación de aviso 24 de febrero de 2016 página web de la ESE www.esehic.gov.co y cartelera de la ESE Hospital Inmaculada Concepción

Publicación estudios previos

24 al 25 de febrero de 2016

página web de la ESE www.esehic.gov.co y en la oficina de gerencia del Hospital Inmaculada Concepción en la carrera 8 N° 8 - 83 de Chimichagua, Cesar

Publicación de los términos de condiciones

24 al 25 de febrero de 2016

página web de la ESE www.esehic.gov.co y en la oficina de gerencia del Hospital Inmaculada Concepción en la carrera 8 N° 8 - 83 de Chimichagua ,Cesar

Observaciones a los términos

26 de febrero de 2016 hasta las 6:00 p.m.

correo electrónico de la ESE [email protected]

Respuestas objeciones

29 de febrero de 2016 hasta las 6:00 p.m.

página web de la ESE www.esehic.gov.co

Publicación Términos de condiciones definitivos

1 y 2 de marzo de 2016

página web de la ESE www.esehic.gov.co y en la oficina de gerencia del Hospital Inmaculada Concepción en la carrera 8 N° 8 - 83 de Chimichagua ,Cesar

Recepción de propuestas

3 al 7 de marzo de 2016 hasta las 5 p.m.

En la instalaciones de la gerencia del Hospital Inmaculada Concepción en la carrera 8 N° 8 -83 de Chimichagua - Cesar, donde se levantara acta de cierre a las 05:00 pm

Evaluación de las propuestas

8 de marzo de 2016 hasta las 6:00 p.m

Miembro del comité de evaluación de oferta de la ESE hospital inmaculada concepción, se publicara en la cartelera de la ESE y en la página web

Publicación del resultado de la evaluación a las propuestas

9 de marzo de 2016 página web de la ESE www.esehic.gov.co

Objeciones de los oferentes a la evaluación

10 de marzo de 2016 hasta las 6:00 p.m

correo electrónico de la ESE [email protected]

Respuesta a las objeciones

11 de marzo de 2016 página web de la ESE www.esehic.gov.co

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adjudicación 14 de marzo de 2016 08:00 am

instalaciones de la E.S.E hospital inmaculada concepción en la carrera 8 N°8-83 Chimichagua Cesar

firma del contrato

Dentro de los (2 ) días hábiles siguientes a la comunicación de la adjudicación

instalaciones de la E.S.E hospital inmaculada concepción en la carrera 8 N°8-83 Chimichagua Cesar

Presentación de garantía

Dentro de los dos (2 ) días hábiles siguientes a la firma del contrato

instalaciones de la E.S.E hospital inmaculada concepción en la carrera 8 N°8-83 Chimichagua Cesar

15.- LUGAR FÍSICO O ELECTRÓNICO EN DONDE SE PUEDEN CONSULTAR LOS TÉRMINOS DE CONDICIONES, ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS. Los términos de condiciones, estudios documentos previos se pueden consultar en la oficina de gerencia de la ESE HOSPITAL INMACULADA CONCEPCION, ubicada en la carrera 8 N°8-83 Chimichagua, Cesar y en la página web de la institución www.esehic.gov.co 16.- LUGAR DONDE SE DEBE HACER ENTREGA DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas se recibirán en Hospital Inmaculada concepción de Chimichagua, Cesar, oficina de la secretaria de gerencia, ubicado en la Carrera 8 No 8-83, en sobre cerrado, indicando la invitación correspondiente, hasta las 5:00 p.m. del día 7 de marzo de 2016. 17.- LA APLICACIÓN O NO DE LAS CLÁUSULAS EXCEPCIONALES PREVISTAS EN EL ESTATUTO GENERAL DE CONTRATACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

La Empresa Social del Estado, Pactaran las cláusulas excepcionales al derecho común de terminación, interpretación y modificación unilaterales, de sometimiento a las leyes nacionales y de caducidad. 18.- DECLARATORIA DE DESIERTA. La presente convocatoria pública se podrá declararse desierta en los siguientes casos:

Por no presentarse ninguna oferta.

Si ninguna de las ofertas presentadas reúne los requisitos exigidos en la convocatoria.

Porque técnicamente ninguna de las propuestas se ajusten a los requerimientos del objeto de la convocatoria

Original Firmado

DALMA OSPINO PEREZ

Gerente Hospital Inmaculada Concepción

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CONVOCATORIA PÚBLICA No. CP 03-2016 ANEXO No. 01

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Fecha _________________________ Doctora XXXXXX

Gerente Hospital Inmaculada Concepción E.S.E.

Chimichagua -Cesar Ref.: CONVOCATORIA PÚBLICA No. CP 03-2016.

Cordial saludo. ____________________________________________, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número ________________________ de ____________________, de acuerdo con las condiciones que se establecen hago la siguiente propuesta seria e irrevocable para la

Convocatoria Pública No. CP 03-2016, cuyo objeto es la OBJETO: “COMPRA DE UN (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO PARA FORTALECER EL ÁREA DE RADIOLOGÍA DE LA E.S.E HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA CESAR” y en caso de que nos sea adjudicada nos comprometemos a firmar el contrato

correspondiente. Así mismo, declaro:

1. Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse solo obliga a los firmantes de esta carta.

2. Que ninguna entidad o persona distinta del firmante tiene interés comercial en esta propuesta ni en el eventual contrato que de ella se derive.

3. Que me comprometo con el cumplimiento del contrato, teniendo en cuenta lo señalado en el Convocatoria de condiciones y en la propuesta.

4. Que el valor de la propuesta incluye todos los costos directos e indirectos propios del desarrollo del presente contrato.

5. Que me comprometo a adelantar todas las actividades que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto atendiendo lo establecido en la presente Convocatoria, en la propuesta, en las aclaraciones de las propuestas y conforme a las demás indicaciones que le sean dadas por el supervisor del contrato durante la ejecución del mismo.

6. Que conozco plenamente los documentos propios del proceso de selección y acepto todas las condiciones y requisitos en ellos contenidos.

7. Que si la propuesta que presento resulta seleccionada, me comprometo a suscribir el contrato, a constituir y a presentar las garantías y a realizar todos los trámites necesarios para su perfeccionamiento y legalización en los plazos señalados en la presente Convocatoria.

8. Que me comprometo a obrar con la transparencia y honestidad que los principios de la contratación estatal, las leyes y la Constitución Política de Colombia exigen.

9. Que conozco y acepto la forma de pago establecida en la presente Convocatoria. 10. Que me comprometo a que el equipo humano a emplear será el necesario y el adecuado para

la óptima ejecución del contrato.

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11. Que la propuesta se radica en un (1) sobre cerrado y marcado que contiene los documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos habilitantes.

12. Que el sobre contiene los documentos originales y consta de __________ ( ) folios. 13. Que ____ (sí o no) soy responsable del impuesto al valor agregado (IVA). 14. Que, de conformidad con lo dispuesto en la ley 789 de 2002, artículo 50, y en la ley 828 de

2003, artículo 9, ____ (sí o no) estoy obligado a pagar los aportes al sistema de seguridad social y parafiscales.

Igualmente declaro bajo la gravedad del juramento: 1. Que no estoy incurso en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la

Constitución Política de Colombia y en las leyes. 2. Que dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de entrega de esta propuesta, no he sido

sancionado contractualmente con multas o declaratoria de caducidad, mediante acto administrativo ejecutoriado.

3. Que dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de entrega de la propuesta, no he sido multado, sancionado y/o amonestado por algún organismo de control del Estado.

4. Que no estoy incluido en el boletín de responsabilidad fiscal de la Contraloría General de la República (artículo 60 de la ley 610 del 2000).

5. Que no he accionado administrativa o judicialmente en contra del Hospital INMACULADA CONCEPCIÓN E.S.E. de manera directa a través de personas jurídicas en las cuales sea socio o haga parte, en representación de terceras personas o entidades de cualquier tipo, dentro de los dos (2) años anteriores a la presentación de la oferta.

6. Que la información y documentos que hacen parte de esta propuesta son veraces y corresponden a la realidad en todos los aspectos que a ellos concierne.

Atentamente. ___________________________ Nombre o razón social del proponente __________________________________

NIT____________________________

Nombre del representante legal________________________________________

C.C. No. _________________________de_______________________________

Dirección comercial del proponente _____________________________________

Teléfonos _______________________ Fax ______________________________

Correo electrónico: __________________________________________________

Ciudad ___________________________________________________________

Nota 1.- Quien diligencie y firme la carta de presentación de la propuesta deberá ajustarla a las condiciones particulares del proponente. Para el efecto tendrá en cuenta si se trata de persona natural, o de persona jurídica; o si se trata de un consorcio o de una unión temporal. En ese sentido, utilizará las formas verbales según corresponda a la modalidad del proponente, de modo que si es persona natural será en primera persona del singular (yo); si es persona jurídica se referirá a ella en segunda persona con nombre propio (p.j. XX Ltda. se compromete a...); y si es un consorcio o una unión temporal será en primera persona del plural (nosotros).

Nota 2.- Se le recuerda a los proponentes que quien esté incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no podrá participar en el proceso de selección y deberá abstenerse de presentar propuesta.

Nota 3.- Si el proponente ha sido objeto de multas, sanciones y/o amonestaciones por parte de cualquier organismo de control, en lugar de hacer este juramento debe indicar las sanciones y la entidad que las impuso.

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CONVOCATORIA PÚBLICA No. CP03- 2016

ANEXO No. 02 FORMULARIO DE EXPERIENCIA

En mi calidad de PROPONENTE, a continuación relaciono la experiencia en la ejecución de contractos afines con el objeto de la presente Convocatoria Pública, así:

Ítems Contrato u orden

No.

Contratante Objeto Fecha de

Inicio

Fecha de Terminación

Contacto Teléfono

Nota: Se debe anexar actas de entrega y/o recibo a satisfacción o acta de liquidación o contratos El proponente podrá ampliar el número de registros en concordancia con la totalidad de los contratos u órdenes a relacionar. Especificando los que hacen parte de la experiencia específica y los relacionados con otros procesos contratación. _________________________________ FIRMA DEL PROPONENTE

Nombre o razón social del proponente ___________________________________

NIT____________________________

Nombre del representante legal_________________________________________

C.C. No. _________________________de________________________________

Dirección comercial del proponente ______________________________________

Teléfonos _______________________ Fax _______________________________

Correo electrónico: ___________________________________________________

Ciudad ____________________________________________________________

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CONVOCATORIA PÚBLICA No. CP03-2016 ANEXO No. 03

PROPUESTA ECONÓMICA

Chimichagua, ____________________________ Doctor XXXXX Gerente Hospital Inmaculada Concepción Chimichagua-Cesar

Ref.: Propuesta económica para la Convocatoria Pública No. CP03-2016: “COMPRA DE UN (1) EQUIPO DE RAYOS X FIJO PARA FORTALECER EL ÁREA DE RADIOLOGÍA DE LA E.S.E HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DEL MUNICIPIO DE CHIMICHAGUA CESAR” A continuación detallo la propuesta económica para el desarrollo del proceso objeto de la presente convocatoria pública, así: xxxx xxxxx ________________________________ FIRMA DEL PROPONENTE

Nombre o razón social del proponente ______________________________

NIT____________________________

Nombre del representante legal_____________________________________

C.C. No. _________________________de______________________________

Dirección comercial del proponente ________________________________

Teléfonos _______________________ Fax: ______________________________

Correo electrónico: _________________________________________________

Ciudad ___________________________________________________________