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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014 Que celebra el Consejo de Administración en la Sala de Sesiones en Moin, con la siguiente asistencia: Msc. Allan Hidalgo Campos Presidente Ejecutivo Ing. Rachid Esna Williams Director Licda. Magda Veronica Taylor Wa Chong Directora Sr. Rodolfo Vindas Gutiérrez Director Dr. Erick Castro Vega Director Sr. Carlos Thomas Arroyo Gerente General Lic. José Aponte Quiros Gerente Portuario Ing. Jorge Soto Morera Gerente de Desarrollo Lic. Alexander Hines Céspedes Sub-Auditor General Licda. Giselle Mora Arce Jefe Departamento Legal Srita. Damaris Davis Blake Secretaria General a.i. La Prof. Virginia Aguiluz y el Ing. Carlos Gómez se disculpan por no poder asistir a la reunión. Preside: Msc. Allan Hidalgo Campos. Al ser las 09:00 horas inicia la sesión. ORACION: (A cargo del Licda. Giselle Mora Arce) ARTICULO I APROBACION DE ACTAS ACUERDO No 012-14. Se aprueban las actas de las Sesiones Ordinaria No.01-2014 y Extraordinaria No.01-2014, ambas celebradas el 16 de Enero del año 2014, con dos observaciones: 1-a) OBSERVACION AL ACUERDO NO.003-14 DE LA SESION ORDINARIA NO. 01-2014, SOBRE, CELEBRADA EL 16 ENERO SOBRE SOLICITUD

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Que celebra el Consejo de Administración en la Sala de Sesiones en Moin, con la siguiente asistencia: Msc. Allan Hidalgo Campos Presidente Ejecutivo Ing. Rachid Esna Williams Director Licda. Magda Veronica Taylor Wa Chong Directora Sr. Rodolfo Vindas Gutiérrez Director

Dr. Erick Castro Vega Director Sr. Carlos Thomas Arroyo Gerente General Lic. José Aponte Quiros Gerente Portuario Ing. Jorge Soto Morera Gerente de

Desarrollo Lic. Alexander Hines Céspedes Sub-Auditor

General Licda. Giselle Mora Arce Jefe Departamento

Legal Srita. Damaris Davis Blake Secretaria General a.i. La Prof. Virginia Aguiluz y el Ing. Carlos Gómez se disculpan por no poder asistir a la reunión. Preside: Msc. Allan Hidalgo Campos. Al ser las 09:00 horas inicia la sesión. ORACION: (A cargo del Licda. Giselle Mora Arce) ARTICULO I APROBACION DE ACTAS ACUERDO No 012-14. Se aprueban las actas de las Sesiones Ordinaria

No.01-2014 y Extraordinaria No.01-2014, ambas celebradas el 16 de Enero del año 2014, con dos observaciones:

1-a) OBSERVACION AL ACUERDO NO.003-14 DE LA

SESION ORDINARIA NO. 01-2014, SOBRE, CELEBRADA EL 16 ENERO SOBRE SOLICITUD

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DE PARTICIPACION EN EL XXXVIII REUNION ORDINARIA DE LA RED DE CENTROS DE CAPACITACION MARITIMO QUE SE LLEVARA A CABO EN SAN PEDRO DE SULA HONDURAS.

MSC.ALLAN HIDALGO: Sobre el acuerdo del viaje del Don Alejandro Quirós, en el punto No.3 de la justificación quitar el funcionario por lo que se le y agregar conceder. ACUERDO No. 013-14 APROBAR LA MODIFICACION AL ACUERDO

NO.003-14 CELEBRADA EL 16 DE ENERO DEL 2014 EN SU PUNTO NO.3 RELATIVO A LA JUSTIFICACION, SOBRE LA SOLICITUD DE PARTICIPACION EN LA XXXVIII REUNION ORDINARIA DE LA RED DE CENTROS DE CAPACITACION MARITIMO QUE SE LLEVARA A CABO EN SAN PEDRO SULA, HONDURAS, PARA QUE SE LEA DE LA SIGUIENTE MANERA:

1. APROBAR LA PARTICIPACION DEL LIC.

ALEJANDRO QUIROS RUIZ, ASISTENTE DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA, PARA PARTICIPAR EN LA XXXVIII REUNION ORDINARIA DE LA RED DE CENTROS DE CAPACITACION MARÍTIMO PORTUARIA DE CENTROAMÉRICA QUE SE LLEVARA A CABO EN EL HOTEL COPANTI DE SAN PEDRO SULA, HONDURAS DEL 02 AL 06 DE FEBRERO DEL 2014.

OBJETIVO:

FORTALECER LA GESTION OPERATIVA Y TECNICA DE LOS CENTROS DE CAPACITACION DEL SECTOR MARITIMO PORTUARIO DE CENTROAMERICA, EVALUAR LOS RESULTADOS OBTENIDOS DURANTE EL AÑO 2013.

JUSTIFICACION:

LOS PARTICIPANTES EN ESTAS REUNIONES SON LOS RESPONSABLES, DE ELABORAR

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PROGRAMAS DE CAPACITACION A NIVEL NACIONAL Y REGIONAL, EN EL MARCO DE LA COOPERACION HORIZONTAL CON EL RESPALDO DE LA COCATRAM Y DE LOS MISMOS PAISES, DE ACUERDO A LAS NECESIDADES ACTUALES DE CAPACITACION.

2. COCATRAM ASUME LOS COSTOS DE

TRANSPORTE, ALOJAMIENTO Y ALIMENTACION PARA EL FUNCIONARIO.

.

3. CONCEDER EL RESPECTIVO PERMISO CON GOCE DE SALARIO, POR LO CUAL DEBERA PRESENTAR UN INFORME A LA JUNTA DIRECTIVA SOBRE LOS RESULTADOS DE SU PARTICIPACION EN ESTA REUNION.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME I-b) OBSERVACION AL ACUERDO NO.011-14 DE LA

SESIÓN ORDINARIA NO.01-2014 CELEBRADA EL 16 DE ENERO DEL 2014 ARTICULO I, REFERIDO A NOTA DEL LIC. KENNETH JIMENEZ OTAROLA, SOBRE ACCIONES QUE LA JUNTA DIRECTIVA DEBE TOMAR EN CUENTA PARA QUE SE RESTABLECA SU CONDICION DE AUDITOR GENERAL.

MSC.ALLAN HIDALGO: Una observación, creo que en el acuerdo de la

Sesión Extraordinaria del 16 de Enero, sobre nota del Auditor Lic. Kenneth Jiménez Otarola, en el Por Tanto en el punto 5 se debe de eliminar.

Al respecto, se acuerda. ACUERDO No. 014-14 MODIFICAR EL ACUERDO NO.011-14

TOMADO EN LA SESION EXTRAORDINARIA NO.01-14 CELEBRADA EL 16 DE ENERO DEL 2014, PARA QUE SE LEA DE LA SIGUIENTE MANERA:

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CONSIDERANDO:

1) QUE EL SEÑOR LIC. KENNETH JIMÉNEZ OTÁROLA, EN SU

CONDICIÓN DE AUDITOR GENERAL DE LA INSTITUCIÓN,

PRESENTA ANTE ESTE CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

DOCUMENTO DONDE EXPONE UNA SERIE DE CONSIDERACIONES

RELACIONADAS CON HECHOS OCURRIDOS, SEGÚN SU DICHO,

QUE HAN ATENTADO CONTRA EL DESEMPEÑO DE LAS

FUNCIONES QUE HA REALIZADO EN LA INSTITUCIÓN.

2) QUE ENTRE LAS CONSIDERACIONES ESBOZADAS POR EL LIC.

JIMÉNEZ OTÁROLA ESTÁ EL HECHO DE QUE SUFRIÓ UN ATAQUE

LABORAL (MOBBING) POR ALGUNOS PERSONEROS DEL

DEPARTAMENTO DE LA AUDITORÍA ASÍ COMO DE ALGUNOS

DIRIGENTES DEL SINDICATO, AMENAZAS QUE -SEGÚN SU DICHO-

SIGUE RECIBIENDO.

3) QUE TAMBIÉN INDICA EL SEÑOR KENNETH JIMÉNEZ QUE A RAÍZ

DEL ATAQUE SUFRIDO EN SU MOMENTO, ESPECÍFICAMENTE EL

27 DE AGOSTO DEL AÑO 2012, NO SE ABRIÓ NINGÚN EXPEDIENTE

DISCIPLINARIO CONTRA LOS AGRESORES TANTO FUNCIONARIOS

DE LA AUDITORÍA COMO DE LOS DIRIGENTES SINDICALES.

4) QUE ANTE LAS AGRESIONES DE QUE FUE OBJETO, PRESENTÓ

DENUNCIA PENAL EN LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA, CONTRA

LOS AGRESORES, LA CUAL SE TRAMITA BAJO EL EXPEDIENTE N°

12-002190-0472.

5) QUE A RAÍZ TAMBIÉN DE DICHA AGRESIÓN SOLICITÓ TANTO A LA

JUNTA DIRECTIVA COMO A LA PRESIDENCIA EJECUTIVA DE LA

INSTITUCIÓN, SE LE BRINDE SEGURIDAD PERMANENTE TANTO

EN SU OFICINA EN LA CIUDAD DE LIMÓN COMO EN SU DOMICILIO.

6) MANIFIESTA QUE DADA LA FRANCA RECUPERACIÓN DE SU

SALUD Y PARA SU REINCORPORACIÓN NORMAL A SU TRABAJO,

SOLICITA QUE POR RAZONES DE SEGURIDAD Y HASTA TANTO

NO SE QUITEN A LOS FUNCIONARIOS HOSTILES CONTRA SU

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PERSONA, SE LE PERMITA REALIZAR FUNCIONES EN LAS

OFICINAS DE SAN JOSÉ.

7) QUE SOLICITA AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN SE LE BRINDE

APOYO EN LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS QUE ÉL DEBA EJERCER

EN LOS FUNCIONARIOS DE LA AUDITORÍA INTERNA QUE HAN

ACTUADO Y ACTÚEN EN CONTRA DE SU PERSONA.

8) QUE EN EL CONCURSO DE LA PLAZA QUE SE PROMOVIÓ PARA EL

CARGO DE AUDITOR GENERAL SE LES INDICÓ A TODOS LOS

INTERESADOS QUE EL DESEMPEÑO DEL CARGO ERA EN LA

CIUDAD DE LIMÓN, POR LO QUE NO CORRESPONDE MODIFICAR

LA SEDE DESPUÉS DE HABERSE ADJUDICADO EL CONCURSO.

9) QUE EXTRAÑA QUE EL AUDITOR INTERNO ENCONTRADOSE

INCAPACITADO REALICE RECOMENDACIONES CON CARÁCTER

VINCULANTE PARA ESTA CONSEJO ESTANDO INHABILITADO

PARA ELLO.

POR TANTO. SE ACUERDA:

COMUNICARLE AL LIC. KENNETH JIMENEZ OTÁROLA: 1) QUE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 4 DE LA LEY

ORGÁNICA NO 5337 DEL 27 DE AGOSTO DE 1973, “ EL

DOMICILIO DE JAPDEVA SERÁ LA CIUDAD DE LIMÓN, DONDE

TENDRÁ SU SEDE, PERO PODRÁ ESTABLECER AGENCIAS O

SUCURSALES, O REPRESENTACIONES EN CUALQUIER OTRO

LUGAR DE LA REPÚBLICA O FUERA DE ELLA,…” Y SIENDO

QUE LA AUDITORÍA INTERNA CONSTITUYE UNA ACTIVIDAD

ASESORA Y FISCALIZADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

QUE ESTA INSTITUCIÓN PRESTA, DEBE LA MISMA EJECUTAR

SU ACTIVIDADES DE DIRECCIÓN Y OPERATIVAS EN LA CIUDAD

DE LIMÓN, DONDE SE MANTIENE SU SEDE; TAL Y COMO LO

DISPONE LA LEY ORGÁNICA; RAZÓN POR LO CUAL NO SE

PUEDE ACCEDER A LO SOLICITADO POR EL SEÑOR KENNETH

JIMÉNEZ OTÁROLA, EN SU CONDICIÓN DE AUDITOR INTERNO.

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2) QUE EL REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES DE LA AUDITORÍA GENERAL, EN EL CAPÍTULO IV,

DENOMINADO DE LA UBICACIÓN Y ESTRUCTURA

ORGANIZATIVA ARTÍCULO 16) DISPONE: “ EL AUDITOR

INTERNO, SERÁ EL JEFE DE TODO EL PERSONAL DE LA

AUDITORÍA Y EN ESA CONDICIÓN EJERCERÁ TODAS LAS

FUNCIONES, DEBERES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON

PROPIAS EN LA EJECUCIÓN DE SU TRABAJO Y EN LA

ADMINISTRACIÓN DE SU PERSONAL, DE TAL MANERA QUE LE

CORRESPONDERÁ AUTORIZAR PREVIAMENTE CUALQUIER

MOVIMIENTO DE PERSONAL EN LA UNIDAD, ENTRE ELLOS,

LOS NOMBRAMIENTOS REMOCIONES, SANCIONES,

PROMOCIONES, CONCESIONES DE LICENCIAS, Y CUALQUIERA

OTRA DENTRO DE SU COMPETENCIA.”, POR LO QUE COMPETE

DIRECTAMENTE AL LIC. JIMÉNEZ OTÁROLA ESTABLECER LAS

DENUNCIAS POR LAS FALTAS QUE COMETAN SUS

SUBORDINADOS CONFORME TAMBIÉN A LO DISPUESTO EN EL

ARTÍCULO 81, INCISO B) DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE

TRABAJO SUSCRITA ENTRE JAPDEVA Y SINTRAJAP.ASIMISMO,

CON LO DISPUESTO POR LA LEY GENERAL DE CONTROL

INTERNO EN SUS ARTÍCULOS 24 Y 25.

3) QUE ESTE CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN ENTRE LAS

FUNCIONES QUE LE HAN SIDO ENCOMENDADAS POR EL

ORDENAMIENTO JURÍDICO POSITIVO, NO ENCUENTRA -COMO

LO EXIGE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD QUE REGULA LA

VALIDEZ Y EFICACIA DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS-

DISPOSICIÓN NORMATIVA ALGUNA QUE LO HABILITE PARA

AUTORIZAR SE LE BRINDE LA PROTECCIÓN PERSONAL Y/O LA

SEGURIDAD SOLICITADA POR EL SEÑOR KENNETH JIMÉNEZ

OTÁROLA.

4) QUE DEBE EL LIC. KENNETH JIMENEZ OTÁROLA EN SU

CONDICIÓN DE AUDITOR GENERAL, INCORPORARSE A SUS

LABORES Y EJERCER LAS FUNCIONES DEL CARGO EN LA

OFICINA DE LA AUDITORÍA EN LA CIUDAD DE LIMÓN, UNA VEZ

CONCLUIDA SU INCAPACIDAD. SIENDO LA CIUDAD DE LIMÓN

EL LUGAR SEÑALADO EN EL CONCURSO EXTERNO

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PROMOVIDO PARA LLENAR LA PLAZA VACANTE DE AUDITOR

DE LA INSTITUCIÓN EN LA CUAL PARTICIPÓ EL LIC. JIMENEZ

OTÁROLA CON PLENO CONOCIMIENTO DE ELLO.

5) QUE SE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE EJECUTIVO

COMUNICAR A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

EL PRESENTE ACUERDO.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME. ARTICULO II ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE NO SE PRESENTARON

ARTICULO III ASUNTOS DE LAS GERENCIAS III-a) GG-CT-012-2014, EN RELACIÓN A NOTA PG-010-

2014 EVALUACIÓN ANUAL DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI) DE JAPDEVA, PARA EL AÑO 2013.

SE DEJA PENDIENTE PARA SER ANALIZADO LA PROXIMA SEMANA. III-b) GP-019-14, NOTA DRH-014-14 INFORME DE

INCAPACIDADES Y SUPLENCIAS DE LOS MESES DE NOVIEMBRE-DICIEMBRE 2013.

SR. JOSE APONTE: Estamos presentando el informe de las incapacidades y suplencias viene un resumen en el DIAF-038-2014 que presenta la Dirección Administrativa Financiera y viene el fundamento de la información en la DRH-014-14, lo que presentamos son las incapacidades separadas de la CCSS y del INS tanto de la parte portuaria como de desarrollo porque es institucional. En el caso del puerto aparece con 2412 días donde 1402 son de la caja y 1010 son del INS y en el caso de desarrollo 172 de la caja y 191 del INS para un total de 2775 días en el mes de noviembre y en el caso del mes de diciembre el puerto tuvo 1398 de la CCSS y 923 días del INS, desarrollo 111 de la caja y 160 del INS para un total de 2592 días en global.

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En el caso del reporte que hace Recursos Humanos hace una ampliación y nos muestra la situación del comportamiento mensual del año y hace un comparativo del 2011, 2012 y 2013 y se nota un descenso en ambos meses tanto en noviembre como en diciembre del total de días de incapacidad donde en el caso del mes de noviembre en el 2011 fueron 3300 en el 2012 fueron 2572 y en el 2013 fueron 2412 y en diciembre en el 2011 fueron 3300 en el 2012 fueron 3089 y en el 2013 fueron 232. Esto tiene una ampliación, además una ampliación en el caso de Recursos Humanos en su informe presenta cuales son las unidades que muestran un porcentaje mayor de días de incapacidad. Tenemos en el caso de la caja el personal que muestra más incapacidades son las cuadrillas de operaciones que es en este caso montacargas después el Departamento Marino eso tanto en noviembre como en diciembre y en la del INS en noviembre el que presento mayor número de incapacidades fue Remolcadores y el segundo fue Resguardo Portuario y en el mes de diciembre presento más incapacidades fue Resguardo Portuario y el segundo remolcadores así que se están intercambiando la titularidad en el mayor número de días de incapacidad. Estas son el total del tiempo de incapacidad para la Institución porque estamos incluyendo aquí información de Desarrollo. SR. ALEXANDER HINES: Estos informes son sumamente importantes pero para efectos de poder completar el análisis le hace falta a Recursos Humanos una valoración o seguimiento de las causas que originan esas incapacidades porque si un mismo trabajador a lo largo de mucho tiempo viene presentando incapacidades algún problema tiene que haber que es el que las motiva puede ser por ejemplo razones de la inseguridad laboral, Salud Ocupacional vemos que la accidentalidad es baja pero es importante porque estamos escuchando cifras de incapacidades pero si no sabemos las razones que motivan esas incapacidades de pronto los trabajadores requieren algún tipo de seguimiento médico, podría inclusive estar en una serie de situaciones que justifiquen un cambio en la actividad en la que se viene desempeñando dada la frecuencia con la que el trabajador se ve sometido a incapacidades, hay muchas razones que si se desconocen y no son atendidas los números hablas pero hace falta información, hay departamentos que históricamente presentan altas cifras de incapacidades por ejemplo resguardo uno sabe que hay una población dentro de resguardo bastante limitada por razones de edad y cuestiones de esas, pero hay políticas que de pronto en ese sentido se tienen que ir modificando en razón de esos resultados. DR. ERICK CASTRO: Yo estaba viendo el informe en realidad desde el punto de vista médico no me dice nada de las incapacidades yo no creo que sea importante cual Departamento se incapacite más si no las causas de las incapacidades aquí hay que trabajar de la mano con el departamento donde

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está la doctora de Salud Ocupacional, porque antes JAPDEVA no insistía mucho en el diagnóstico de las personas que iban a trabajar acá ahora es un poco más controlado pero antes ingresaban personas diabéticos, hipertensos son enfermedades crónicas que al final iban aumentar el número de incapacidades esos se ha corregido pero si sería importante hablar con Salud Ocupacional para ver las causas de las incapacidades y que se vea realmente un diagnostico acá se ve una reducción pero no sé por qué de la reducción pero si me gustaría saber para ver si se puede tomar alguna otra medida para corregir eso, me gustaría saber si se puede tomar algún tipo de medidas para corregir esto. MSC. ALLAN HIDALGO: Para que le sirve a uno esos números Don Carlos, a nivel macro el impacto que esto tiene en las finanzas de la institución. SR. CARLOS THOMAS: Recuerden que estos reportes vienen a raíz del escándalo que tuvimos por incapacidades, la meta que nos propusimos fue buscar una reducción de las incapacidades. DR. ERICK CASTRO: Una pregunta, antes de ir al INS el trabajador va donde el medico de empresa para que le llene la solicitud o va directamente al INS. MSC. ALLAN HIDALGO: Si va directo. DR. ERICK CASTRO: No sería mejor que el médico de la empresa lo viera primero MSC. ALLAN HIDALGO: Al ser un accidente laboral va al INS. DR. ERICK CASTRO: Si, pero alguien tiene que firmar una boleta el jefe inmediato, ¿no se puede pasar del jefe inmediato a la doctora de la empresa? Si porque en el INS los médicos no son de una gran calidad. MSC. ALLAN HIDALGO: Seria bueno revisar los procedimientos. ING. RACHID ESNA: Hay una diferencia en las incapacidades de la CCSS y el INS, en la CCSS yo digo que estoy enfermo y no puedo hacer nada, las del INS hay que ver que es lo que está pasando porque esos accidentes de trabajo se pueden prevenir porque esto le cuesta un montón de plata a la empresa cuando va a renovar la póliza, estas incapacidades tienen que venir bien detalladas para ver en que estamos fallando.

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SR. JOSE APONTE: Cuando usted tiene un personal como el de resguardo que tiene más de 100 personas hay 30 o 40 personas por turno, usted tiene de fijo 40X3 por día son 120X30, 30000 horas fijas. ACUERDO No. 015-14 TRASLADAR A LA GERENCIA PORTUARIA

CONJUNTAMENTE CON EL OFICIO GP-019-14, NOTA DRH-014-14 SOBRE EL INFORME DE INCAPACIDADES Y SUPLENCIAS DE LOS MESES DE NOVIEMBRE –DICIEMBRE 2013 PARA QUE AMPLIEN EL ANALISIS DE DICHO INFORME.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

III-c) GD-027-2014, SOBRE SOLICITUD PARA REALIZAR UN

ADENDUM A LA LICITACIÓN 2009-LN-000001-01 PROMOVIDA POR LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA PARA EL SERVICIO DE SODA COMEDOR.

ING. JORGE SOTO: El único punto es que los empleados de la Administración de Desarrollo no cuentan con servicio de Soda. MSC. ALLAN HIDALGO: Porque. ING. JORGE SOTO: Bueno aquí tengo cartas desde el año pasado desde el 20 de Enero se trató de incluir en la Licitación se mandaron al Departamento de Recursos Humanos y nunca se incorporó el personal de Desarrollo entonces lo que se ha venido haciendo es que con servicio de catering se ha estado pagando, últimamente se les dio orden a los empleados de que trajeran su almuerzo y la mayoría cambian el cupón por la leche de todo el personal de Desarrollo calculo que no van 15 personas a la soda pero si estamos pidiendo que se nos autorice para que el Departamento Legal haga un adendum para que la soda entregue el servicio de soda. Tenemos todo: el presupuesto, tenemos la justificación del contrato, estimación del monto de la modificación, una certificación del dinero que son 45 millones y hay una carta de aceptación del concesionario que acepta dar el almuerzo o bien la leche a los empleados, queremos quitarnos eso por eso estamos

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haciendo un adendum para que mediante esto pueda ser incorporado, en el cartel de licitación. MSC. ALLAN HIDALGO: Dentro de los adjuntos que nos trae ya se le hizo la consulta al Departamento Legal y este dice que no porque no se cumple los requisitos que establece el Ordenamiento Jurídico básicamente porque para poder hacer un adendum al contrato modificándolo para ampliar se requiere justificar razones de imprevisibilidad y esas razones no se han logrado justificar por parte de la Administración de Desarrollo, entonces si ya la Junta conoce un criterio que dice que no se puede como la Junta va a tomar un acuerdo que diga hágase el adendum. A mi si me suena muy lógico lo que dice don Jorge, si la población que utiliza el servicio de soda es muy poco no tiene ningún sentido contratar un servicio de soda solo para la gente de Desarrollo por que posiblemente ni es rentable, es más fácil que la gente de Desarrollo utilice el servicio de soda del puerto eso es lo razonable lo que yo no sé es porque no se metió esa gente, lo que pasa es que ahora no hay como justificar el meter a esa gente, pareciera que lo más fácil es solicitarle a la junta que tome un acuerdo solicitándole a la Administración que pida un permiso a la Contraloría. ING. JORGE SOTO: Yo no sé porque no se incorporó porque hay notas en donde se les solicito la incorporación antes de que se hiciera el cartel y no se tomó en cuenta. Luego de los comentarios de los señores Directores, se acuerda, ACUERDO No. 016-14 ENCOMENDAR A LA PRESIDENCIA

EJECUTIVA SOLICITAR UNA AUTORIZACION A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA PARA MODIFICAR EL CONTRATO DERIVADO DE LA LICITACION PUBLICA No. 2012LN-000001-01 PARA LA CONCESION Y EXPLOTACION DE LA SODA COMEDOR EN LAS TERMINALES DE LIMON-MOIN, CELEBRADA CON EL CONSORCIO MIRAMA, S.A., EFECTO DE QUE EL MISMO PUEDA BRINDAR LOS SERVICIOS DE SODA COMEDOR A LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION DE DESARROLLO, LO ANTERIOR DE

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CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 200 DEL REGLAMENTO A LA LEY DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

ARTICULO IV MOCIONES DE LOS SEÑORES DIRECTORES IV-a) ACTIVIDADES QUE SON DESARROLLADOS POR LAS

EMPRESAS EN LAS ZONAS PORTUARIAS DE LIMON/MOIN.(ING. RACHID ESNA).

ING. RACHID ESNA: Sobre el este asunto de las empresas que están realizando actividades en los puertos considero que se debería de solicitar los antedecentes judiciales ya que no se saben realmente si han o están haciendo actividades que no corresponden a lo que diariamente se dedican, aunque dichas empresas que ya están instaladas sería un poco difícil, pero para las nuevas empresas que solicitar trabajar en el puerto sería bueno si se pudiera investigarlos. Al respecto, se acuerda. ACUERDO No. 017-14 ENCOMENDAR AL DEPARTAMENTO

LEGAL QUE ANALICE DESDE EL PUNTO DE VISTA JURIDICO, SI A TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE REALIZAN Y/O DESARROLLAN UNA ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA DENTRO DE LAS TERMINALES PORTUARIAS: HERNAN GARRON SALAZAR, EN PUERTO LIMON O GASTON KOGAN KOGAN, EN MOIN, SE LES PUEDAN SOLICITAR LOS ANTECEDENTES PENALES, PREVIO AL

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OTORGAMIENTO DEL DEBIDO PERMISO O AL INGRESO A LAS TERMINALES PORTUARIAS: HERNAN GARRON SALAZAR O GASTON KOGAN KOGAN.

APROBADO POR UNANIMIDAD

ACUERDO FIRME IV-b) NOTA AMG-054-2014 DEL SR. GERARDO FUENTES

GONZALES, ALCALDE MUNICIPAL DE LA MUNICIPACIDAD DE GUACIMO EN DONDE SOLICITAN UN BACK-HOE PARA SOLUCIONAR PROBLEMAS PRESENTADOS POR LOS VECINOS DE BARRIO PARAISO Y CARMEN NORTE DE POCORA, PARA REALIZAR ZANJAS PARA SACAR AGUA Y AMPLIAR LA CAÑERIA.(LICDA. VERONICA TAYLOR).

LICDA. VERONICA TAYLOR: Presento carta del señor Gerardo Fuentes, Alcalde de Guácimo, en donde solicita la colaboración con el préstamo de un Back Hoe, con el fin de poder solucionar los problemas presentados por los vecinos de Barrio y Carmen Norte de Pocora, para realizar zanjas para sacar agua y ampliar en un kilómetro de cañería, si están de acuerdo para que lo analice la Comisión de Comunales. Al respecto, se acuerda. ACUERDO No. 018-14 TRASLADAR A LA COMISION DE AYUDAS

COMUNALES PARA SU ESTUDIO Y RECOMENDACIÓN NOTA AMG-054-2014 DE LA MUNICIPALIDAD DE GUACIMO EN DONDE SOLICITAN UN BACK-HOE PARA SOLUCIONAR PROBLEMAS PRESENTADOS POR LOS VECINOS DE BARRIO PARAISO Y CARMEN NORTE DE POCORA, A EFECTO DE QUE REALICE OBRAS DENOMINADAS ZANJAS PARA SACAR AGUA Y AMPLIAR LA CAÑERIA.

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APROBADO POR UNANIMIDAD

ACUERDO FIRME ARTICULO V ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA NO SE PRESENTARON

ARTICULO VI ASUNTOS DE LA AUDITORIA GENERAL VI-a) SOLICITUD VERBAL DE VEHICULO PARA LA AUDITORIA GENERAL

LIC. ALEXANDER HINES: En la modificación que se hizo al Reglamento de Transporte se hicieron asignaciones de vehículos a la Gerencia y hay uno de la Auditoría, nosotros requerimos ese vehículo como siempre para efectos del trabajo no es para el Auditor ni el Sub-Auditor, hasta hoy yo no había solicitado ese vehículo porque la verdad es que no lo había requerido, pero ahora si a partir de Febrero lo voy a necesitar ya entra en función nuestro Ingeniero Civil, aparte de eso requerimos hacer una serie de desplazamientos que hasta ahora lo hemos hecho con vehículos personales de funcionarios, ayer se tuvo que hacer un viaje a San José de hacer un levantamiento de los software de JAPDEVA que eso hay que justificarlo, se solicitó un vehículo y no había disponibles y se tuvo que viajar en el vehículo personal de una funcionaria de Cómputo me parece aun cuando eso es muy loable no es lo deseable. Yo necesito que oficialmente el Concejo le asigne a la Auditoría un vehículo para que quede definido cual carro se le va a asignar no sé cómo se hicieron las asignaciones de los vehículos que tienen los Gerentes hoy día y digo esto porque en días pasados vi un documento no se quien lo indicó así de la asignación de un Nissan x terra que eso no sirva para además no sé si existe adonde está, ese vehículo a nosotros no nos sirva para nada que yo en su oportunidad lo devolví, de los vehículos que están en transportes me conformaría con que nos devolvieran el Nissan Pathfinder que es del 2000 es un carro que está en buenas condiciones y me parece que todavía da. LICDA. VERONICA TAYLOR: Yo preferiría que en estos momentos no podríamos decir cual placa o cual carro que se le asigne, sería mejor que nos lo trajeran y podríamos tomar el acuerdo.

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Al respecto, se acoge la solicitud y los señores directores acuerdan. ACUERDO No. 019-14 AUTORIZAR A LA GERENCIA PORTUARIA

ASIGNAR UN VEHICULO PARA USO DE LA AUDITORIA GENERAL, TAL Y COMO ESTA REGLAMENTADO.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME ARTICULO VII ASUNTOS LEGALES VII-a) OFICIO AL-018-2014, EN DONDE SE REFIERE AL

OFICIO GG-CT-409-2013, EN DONDE LA JUNTA DIRECTIVA APRUEBA SOLICITAR EL CRITERIO LEGAL EN DONDE LOS VECINOS DE LA URBANIZACIÓN LOS COCOS SOLICITAN AL CONCEJO SE LEVANTE LA LIMITACIÓN DECENAL.

LICDA. GUISELE MORA: Les presento el informe AL- 018-2014, que es un informe solicitado por este Consejo de Administración y es con relación a una solicitud que habían hecho un grupo de personas, específicamente un grupo de precaristas por así decirlo que están invadiendo un terreno en Los Cocos y ellos le solicitaron a éste Consejo que les autorizara el levantamiento de la limitación decenal en el lote de Los Cocos que ocupan en precario. Pero resulta que para ser adjudicatario de esos lotes en la Urbanización Los Cocos, tenemos la Ley 6609 establece como uno de los requisitos que el adjudicatario tiene que ser trabajador de JAPDEVA y esas personas que están realizando esa solicitud y que están ocupando ese terreno no son trabajadores de JAPDEVA eso en primer lugar. En segundo lugar tenemos que ese lote fue cedido en calidad de arriendo a la Asociación Centro Diurno de Atención al Adulto Mayor ya hace bastantes años. Partiendo de esas dos premisas en donde tenemos que el lote que fue cedido o arrendado al Asilo de Ancianos, está siendo invadido en precario por personas que no son trabajadores de JAPDEVA; el Departamento Legal le recomienda a este Consejo de Administración que en razón de lo anterior y en vista de que no se cumple con los requisitos establecidos en la Ley 6609, además y siendo conscientes de la invasión y/o usurpación existente, la cual consiste en un delito sancionado de las leyes ordinarias, les recomendamos que se rechace de plano esa solicitud.

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ACUERDO No. 020-14 1.- DE CONFORMIDAD CON LO INDICADO

POR EL DEPARTAMENTO LEGAL, EN EL OFICIO AL-018-2014, SE RECHAZA LA SOLICITUD PLANTEADA POR LOS SEÑORES ANIA LORENA BONILLA RIVAS, ROGER RUIZ BONILLA, HANNIE MELISSA RUIZ BONILLA, GILBERTO ROSALES AMAYA, JUAN ARNULFO RODRIGUEZ ORDONEZ, ROSIBEL SANCHEZ MORA, CELSO MEDINA HODSON, CRITEL CANE PARKINSON, MARIELA ROJAS BRENES, PARA QUE SE LES APRUEBE EL LEVANTAMIENTO DE LA LIMITACION DECENAL SOBRE EL LOTE QUE HAN INVADIDO EN LA URBANIZACION LOS COCOS Y QUE ES PROPIEDAD DE JAPDEVA, EL CUAL SE ENCUENTRA DADO EN ARRENDAMIENTO A LA ASOCIACION CENTRO DIURNO DE ATENCIÒN AL ADULTO MAYOR.

2.- QUE DE CONFORMIDAD CON LO

INDICADO PROCEDA EL DEPARTAMENTO LEGAL A ESTABLECER LAS RESPECTIVAS DENUNCIAS LEGALES POR LA INVASION DE LA QUE ESTA SIENDO OBJETO EL TERRENO DICHO.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME VII-b) OFICIO AL-020-2014, SOBRE GESTIÓN DE

LEVANTAMIENTO DECENAL DEL LOTE. NO.36 EN LA URBANIZACIÓN LOS COCOS, POR EL ADJUDICATARIO ALFONSO HAMILTON BONILLA.

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LICDA. GUISELLE MORA: Aquí tenemos una solicitud de Don Alfonso Hamilton Bonilla a quien le fue adjudicado el 10 de abril del 2002 en la sesión ordinaria 14-2002 el lote No.36 de la Urbanización Los Cocos. El Departamento Legal se dedicó a analizar si este señor cumple con los requisitos para el levantamiento de la limitación decenal y precisamente los cumple: tiene mas de 10 años de haber sido adjudicado y efectivamente le fue adjudicado el lote No. 36, por lo tanto se recomienda que se le adjudique el levantamiento de la limitación decenal. ACUERDO No. 021-14 CONFORME A LA RECOMENDACIÓN DEL

DEPARTAMENTO LEGAL, MEDIANTE OFICIO AL-020-2014, SOBRE GESTION PARA EL LEVANTAMIENTO DE LA LIMITACION DECENAL DEL LOTE NO.36 EN LA URBANIZACION LOS COCOS, REALIZADA POR EL ADJUDICATARIO ALFONSO HAMILTON BONILLA, LA MISMA ES APROBADA.

APROBADO POR MAYORIA

El Ing. Rachid Esna nota vota ésta solicitud por las razones ya expuestas. VII-c) OFICIO AL-022-2014, CON RESPECTO A SOLICITUD DE

APROBACIÓN DEL REGLAMENTO USO DE UNIFORME PERSONAL DE JAPDEVA.

LICDA. GISELLE MORA: Hemos traído hoy el Reglamento para el uso de Uniforme del Personal de JAPDEVA, esto fue parte de la situación que se dio con la licitación para la compra de los uniformes del personal masculino y femenino de la Institución. En esa oportunidad se recomendó que se hiciera un reglamento para regular el uso del uniforme. Mi criterio con todo el respeto que ustedes me merecen, señores Directores, Presidente Ejecutivo y Gerentes es que creo que sería oportuno que ustedes lo tengan lo analicen y que lo podamos conocer la otra semana. Si hay observaciones que me las hagan llegar para insertarlas, esto lo trabajamos Recursos Humanos, Auditoría y el Departamento Legal. Los señores de la Auditoria muy amablemente colaboraron con nosotros, lo cual lo

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agradecemos en demasía. Estimo que sería bueno, que si algún Señor Director tiene un aporte lo podamos incluir dentro del mismo. ESTE TEMA SE DEJA PENDIENTE PARA LA PROXIMA SESIÓN. VII-d) CONVENIOS A SUSCRIBIR CON EL MOPT, PARA EL

PRESTAMOS DE UNAS OBRAS DE ARTE (CUADROS).

LICDA. GISELLE MORA: Tenemos agendado un Convenio de Préstamo

con el MOPT, esto es porque hay dos obras de arte JAPDEVA que están

prestadas al Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

MSC. ALLAN HIDALGO: Hay una petición de Don Pedro Castro formalmente

por escrito solicitando ampliar el préstamo de las obras.

LICDA. GISELLE MORA: La ampliación es por un año, si ustedes me lo

permiten.

ING. RACHID ESNA: Sinceramente voy a votar en contra de esto porque no

tengo la certeza de que esas obras sean devueltas a la institución,

sinceramente no hemos sentido al MOPT como el ente rector, por lo tanto mi

voto es negativo y yo creo que ya es tiempo que esas obras de arte estén en

poder de nuestra institución.

MSC. ALLAN HIDALGO: Les cuento que como ya se venció el convenio, y yo

soy el fiscalizador, yo las mande a pedir, uno quiere cerrar y que no queden

cabos sueltos por lo que yo las solicite por escrito, entonces el señor Ministro

me manda por escrito una solicitud para que se renueve el convenio y yo le

conteste que yo requería la autorización de esta Junta.

ING. RACHID ESNA: Sinceramente voy a votar en contra, esto nos va a pasar

como con los pilotes, que ganamos con eso que si se pierden esas obras de

arte nosotros somos quienes tenemos que pagarlas.

SR. ALEXANDER HINES: Son bienes que forman parte del patrimonio

institucional y JAPDEVA no puede regalar su patrimonio ya se había facilitado

hace muchos años un escritorio que era de la Presidencia Ejecutiva lo uso por

última vez el Dr. Arguello, también se habían facilitado unas obras de arte que

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estaban en el Salón Diplomático del Aeropuerto se solicitaron en su

oportunidad pero a estas alturas uno no sabe si existen todavía, estos son

bienes de la Institución y por ley todas las instituciones públicas tienen que

destinar un porcentaje del presupuesto para la adquisición de obras de arte, de

pronto nosotros estamos cumpliendo con la ley y otros no entonces les

estamos cubriendo la ausencia de cumplir con la norma facilitándole nosotros

las obras que hemos adquirido, pero en todo caso lo cierto es que nosotros

tenemos la obligación de velar por nuestro patrimonio y los activos que son de

la institución.

LICDA. VERONICA TAYLOR: Como a nosotros nos traen una carta con un

convenio para préstamo teníamos entendido que no existía tal gestión que

usted había hecho, si la razonabilidad de recuperarlas es tengámoslas aquí y

después de que hay cambio de gobierno se valorara si se prestan o no pero si

a nosotros nos traen algo aquí se supone que esta todo mundo de acuerdo en

que se haga.

MSC. ALLAN HIDALGO: Más bien saquemos un acuerdo recuperando esas

obras de arte.

Luego de varios comentarios al respecto, se acuerda.

ACUERDO No. 022-14 1. RECHAZAR CONVENIO A SUSCRIBIR

ENTRE EL MINISTERIO DE

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Y LA

JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA

Y DE DESARRROLLO ECONOMICO DE LA

VERTIENTE ATLANTICA PARA EL

PRESTADO TEMPORAL DE OBRAS DE

ARTE: “ FERROCARRIL AL ATLANTICO”,

CON NUMERO DE ACTIVO 200002228 Y

“EL PACHUCO” SIN NUMERO DE ACTIVO.

2. ENCOMENDAR A LA PRESIDENCIA

EJECUTIVA RECUPERAR ANTE EL

MOPT ESTAS OBRAS “FERROCARRIL AL

ATLANTICO” Y EL “PACHUCO” DE 1999, YA

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QUE DICHAS OBRAS ESTAN DEBIDAMENE

INSCRITAS EN LA OFICINA DE PATRIMONIO

NACIONAL DEL MUSEO DE ARTE

COSTARRICENSE Y EN LOS INVENTARIOS

DE JAPDEVA.

APROBADO POR UNANIMIDAD

ACUERDO FIRME

VII-e) CONVENIO –INDER-JAPDEVA

LICDA. GISELLE MORA: Esto se vio la semana pasada era una carta de

entendimiento y aquí se solicitó que se tramitara como un convenio. En sí, la

forma no varía, en este convenio vienen los objetivos: tanto los generales

como los específicos En los objetivos generales tenemos que es un trabajo

conjunto entre las diferentes Instituciones en procura del fortalecimiento de los

sectores productivos estratégicos, mejorar la comercialización e incrementar la

innovación tecnológica que propicia un mayor valor agregado a los sectores

productivos ubicados en los territorios rurales conformados por el INDER en la

Región Huetar Caribe.

También tenemos una clausula relativa a los objetivos específicos y una

clausula con las metas, se encuentran las obligaciones de las partes, en

materia de aportes, cuanto es lo que cada institución va a aportar, vemos que

JAPDEVA aportara en el primer año 23.1 millónes de colones, en el segundo

año 253 millones de colones y 278.3 millones de colones para el tercer año.

Igual están los compromisos del INDER, para el primer año serán 50 millones

de colones, para el segundo año 100 millones de colones y para el tercer año

150 millones de colones. Es importante indicar que se crea una Comisión y

en el Convenio se indica cuales son las funciones que va tener esta comisión,

además también hay una cláusula de ejecución y de actualización.

El plazo es muy importante y lo encontramos inserto en la cláusula octava, así

tenemos que es por un periodo de tres años a partir de la firma. Eventualmente

se puede prorrogar por un periodo de tres años siempre que ambas partes así

lo acuerden por escrito con al menos 15 días naturales de antelación, esto es

para evitar que los Convenios se prorroguen por si solos automáticamente y tal

vez al final no sea lo más conveniente para alguna de las partes.

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ACUERDO No. 023-14 APROBAR EL CONVENIO ENTRE LA JUNTA DE

ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE LA

VERTIENTE ATLANTICA (JAPDEVA) Y EL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER),

PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS

SECTORES PRODUCTIVOS ESTRATÉGICOS,

CON EL FIN DE DIVERSIFICAR LA PRODUCCIÓN,

MEJORAR LA COMERCIALIZACIÓN E

INCREMENTAR LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

QUE PROPICIARÍA UN MAYOR VALOR

AGREGADO A LOS SECTORES PRODUCTIVOS

UBICADOS EN LOS TERRITORIOS RURALES

CONFORMADOS POR EL INDER EN LA REGIÓN

HUETAR CARIBE, QUE SE DETALLA COMO

SIGUE:

CONVENIO ENTRE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y

DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA (JAPDEVA) Y

EL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)

Entre nosotros, la JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA Y DE

DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA, en adelante

denominada JAPDEVA, cédula de personería jurídica cuatro- cero cero cero-

cero cuatro dos uno cuatro ocho-cero uno, representada en este acto por

ALLAN HIDALGO CAMPOS, mayor, soltero, abogado, vecino de Heredia,

portador de la cédula de identidad número uno-setecientos veintidós-

ochocientos once, en su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO con

facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, personería que

consta en el Acta del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de la Sesión Ordinaria

número uno, artículo tercero, celebrada el ocho de mayo del dos mil diez,

publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ciento doce, de fecha jueves

diez de junio del dos mil diez, personería inscrita en el Registro Público,

Sección Personas, inscrita el diecinueve de julio del dos mil diez, al tomo dos

mil diez, asiento ciento ochenta y cuatro mil cuarenta y uno, consecutivo uno,

secuencia cuatro; y el INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL, en adelante

denominado INDER, cédula de persona jurídica cuatro.-cero cero cero-cero

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cuatro uno cuatro tres- once, representada en este acto por VICTOR JULIO

CARVAJAL GARRO, mayor, casado, Ingeniero Agrónomo y Máster en

Administración de Empresas con Énfasis en Finanzas, vecino de Santa Clara,

San Carlos, Alajuela, cédula dos- cero dos ocho cero – cero seis nueve tres, en

su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO, con facultades de Apoderado

Generalísimo Sin Límite de Suma, según Acuerdo del Consejo de Gobierno,

consignado en el Artículo Segundo del Acta de la Sesión Ordinaria Número

Ciento Treinta y Seis, celebrada el veintinueve de enero del dos mil trece,

publicado en el Diario Oficial la Gaceta número setenta y ocho, de fecha

miércoles veinticuatro de abril del dos mil trece; hemos acordado en celebrar el

presente Convenio de cooperación Interinstitucional para realizar labores

relacionadas con el desarrollo de las agrocadenas productivas y de

comercialización en los territorios rurales conformados por el INDER en la

Región Huetar Caribe.

CONSIDERANDO

1. Que JAPDEVA fue creada mediante la Ley No. 3091 del 18 de febrero de

1963, reformada por Ley Nº 5337 del 9 de agosto de 1973, como ente

Autónomo del estado, con carácter de empresa de utilidad pública, que tiene

el mandato legal de promover el desarrollo socioeconómico, integral, rápido y

eficiente de la Vertiente Atlántica de Costa Rica, hecho que es congruente

con las políticas que en este sentido se encuentran plasmadas en el Plan

Regional de Competitividad Territorial de la Provincia de Limón, visión 2012-

2022+.

2. Que de conformidad con la Ley 5337 de JAPDEVA en su artículo 5 establece

que la misma tiene capacidad para celebrar toda clase de contratos, así como

para realizar todos aquellos actos comerciales necesarios para cumplir con las

atribuciones que están a su cargo, de acuerdo con esta Ley.

3. Que la Ley de Tierras y Colonización, número 2825, del 14 de Octubre

del año 1961, es clara en su artículo 70, al decir “El Instituto, los

Ministerios de Obras Públicas Salubridad y Educación preferentemente,

la Caja Costarricense de Seguro Social, Municipalidades y demás

Instituciones Autónomas afines, quedan facultadas para completar las

dotaciones de tierras con la construcción de obras, riego, saneamiento,

asistencia médica, centros hospitalarios, vivienda, educación y otros

servicios comunes”.

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4. Que el artículo 5 de la Ley número 9036, que se denomina Le que

“TRANSFORMA EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA) EN

EL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) Y CREA LA

SECRETARIA TECNICA DE DESARROLLO RURAL”, publicado en la

Gaceta No. 103, del 29 de mayo del 2012 tendrá dentro de sus objetivos los

siguientes:

a) Promover y fomentar el bienestar económico y social en los territorios

rurales, mediante el apoyo económico a la diversificación y la generación de

ingresos, empleo y prestación de servicios públicos, b) Colaborar para

corregir las disparidades del desarrollo territorial por medio de la atención

diferenciada a los de mayor rezago, mediante una acción integral que

impulse su transformación y la reactivación productiva y económica, en

especial de las economías familiares rurales, con un enfoque de desarrollo

rural sostenible, c) Contribuir al autoabastecimiento del país mediante un

impulso a la producción de alimentos, el desarrollo de la agroindustria para

el consumo interno y la exportación, establecimiento de mecanismos de

abastecimiento de los mercados locales y regionales en coordinación con

los entes públicos competentes fomentando condiciones favorables para el

acceso, especialmente a las mujeres rurales y a los sectores más

vulnerables de los territorios rurales, d) Fomentar la conservación de la

biodiversidad, el desarrollo de servicios ambientales rurales, el

mejoramiento de los recursos naturales mediante el establecimiento de

sistemas de producción, especialmente de agricultura orgánica,

agroindustria y ganadería, promoviendo sellos de calidad y de

denominaciones de origen, en coordinación con los entes públicos

competentes en cada materia, para hacer sostenible la producción en los

territorios rurales, e) Promover el derecho a la propiedad, acceso y control a

la tierra y a otros activos del medio rural, incorporando a las mujeres

campesinas como una acción eficaz para contribuir a la equidad, el

bienestar rural y la democracia, garantizando que el ordenamiento agrario

busque una racional distribución cualitativa del recurso tierra, f) Establecer

zonas de reserva agropecuaria, con el propósito de asegurar el uso

productivo que más convenga al país, en resguardo del autoabastecimiento

alimentario, con fundamento en la Ley N.º 7779, Uso, Manejo y

Conservación de Suelos, g) Facilitar el acceso de los productores y las

productoras rurales a los conocimientos, la información, el desarrollo

tecnológico, la innovación y los servicios de apoyo económico requeridos

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para generar nuevos productos y procesos, fomentar la calidad e inocuidad

en sus actividades productivas y de servicios, promoviendo el

establecimiento de encadenamientos y alianzas en los cuales sean

partícipes las economías familiares campesinas y los pequeños y medianos

empresarios y empresarias rurales, en coordinación con las entidades

públicas centralizadas y descentralizadas, h) Estimular la productividad

y la producción para asegurar una alimentación saludable, nutritiva y

culturalmente apropiada, respetando la diversidad existente en todos los

territorios rurales bajo los principios de solidaridad, cooperación y

complementariedad para garantizar el autoabastecimiento y la seguridad

alimentaria de todos los habitantes del país, recurriendo a la generación y

transferencia de tecnología que permita la articulación técnica, la extensión,

la nutrición y la calidad, i) Impulsar la diversificación productiva del medio

rural, tomando en cuenta su multifuncionalidad y sus potencialidades

productivas, y su contribución a la preservación de la biodiversidad, la

prestación de servicios ambientales a la sociedad, el mejoramiento de los

espacios y paisajes rurales y la protección del patrimonio natural en los

diversos territorios rurales del país, j) Promover el arraigo e integración de

la población habitante de los territorios rurales del país, reconociendo y

respetando la diversidad rural en un enfoque con participación de todos los

sectores, para contribuir, coordinando con las instituciones competentes, al

desarrollo de sus capacidades y su inclusión en los procesos de desarrollo

económico, social, ambiental e institucional, mediante la generación de

opciones agroproductivas y el impulso de planes de desarrollo rural

territorial y los servicios de vivienda, salud y educación, k) Facilitar el

acceso de las familias campesinas a las actividades productivas,

reconociendo la diversidad de los sistemas de producción que incluyen

producción de materias primas o alimentos básicos, comercialización

agropecuaria y transformación agroindustrial, l) Fortalecer el sistema

institucional rural y su articulación en los procesos de desarrollo mediante la

ejecución de los planes de desarrollo rural territorial, diseñados con la

participación de los campesinos sin tierra, las familias de los micros,

pequeños y medianos productores, las dependencias públicas territoriales y

los representantes de la sociedad civil, creando las condiciones para

responder, de manera eficaz, a las necesidades y demandas territoriales y a

la creación de las condiciones para que los actores locales sean gestores

de su propio desarrollo, m) Fomentar los procesos de asociatividad,

coordinando especialmente con las organizaciones campesinas de hombres

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y mujeres, como base fundamental para el impulso de iniciativas de los

procesos de desarrollo rural, como sustentos de una verdadera

participación ciudadana, n) Facilitar los procesos de capacitación, formación

y educación rural, en coordinación interinstitucional, para que permita elevar

el nivel cultural y técnico del sector campesino, especialmente en las áreas

sociales, económicas, productivas y ambientales, ñ) Fomentar soluciones

locales y territoriales de comercialización en coordinación con las

instituciones públicas del sector agropecuario y con organizaciones

agroproductivas afines, o) Estimular y apoyar económicamente la

formación de cadenas de valor, para que los micros, pequeños y medianos

productores generen valor agregado y servicios en el medio rural desde la

etapa de preproducción hasta los procesos de transformación,

industrialización y comercialización final, dándole impulso a la

complementariedad en servicios agroindustriales entre productores rurales

y la industria nacional.

5. Que las entidades se encuentran unidas por intereses y objetivos comunes,

en el campo del desarrollo económico y social del país, con especial

relación en la dotación a las poblaciones rurales de los medios para su

desarrollo, entre ellos las estrategias de fomento de los sectores

productivos estratégicos, promoción, capacitación, ejecución y

financiamiento de diversos proyectos de desarrollo rural y actividades en

temas de interés común para ambas instituciones, relacionadas con la

producción agropecuaria, acuícola y agroindustrial, turismo y el desarrollo

integral de los territorios del INDER; por lo que acuerdan unir esfuerzos en

procura de mejorar el acceso a la producción y la calidad de vida de los

territorios rurales conformados por el INDER en la Región Huetar Caribe

6. Que conforme al Acuerdo de Junta Directiva 023-12, Artículo Único de la

Sesión Extraordinaria No. 03-2012, celebrada el 19 de enero del 2012,

JAPDEVA aprueba el Plan Regional de Competitividad Territorial Región

Huetar Atlántica - Visión 2012-2022+, que se establece como la

herramienta de ordenamiento de políticas, programas y proyectos

regionales que estará promoviendo JAPDEVA en forma conjunta con las

instituciones del Estado, la Municipalidad, el sector privado y la sociedad

civil.

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7. Que conforme al Plan Regional de Competitividad Territorial, Línea

Estratégica 1: Fortalecimiento de sectores productivos estratégicos; se

estableció el Objetivo Regional: Diversificar la producción e incrementar la

innovación tecnológica que propicie un mayor valor agregado a los sectores

productivos estratégicos de la Región al año 2022+; y los objetivos

estratégicos establecen: a)Promover la organización de los productores

tradicionales y los encadenamientos productivos; b) Dar mayor valor

agregado a la producción de cacao, plátano, banano, piña, raíces y

tubérculos, palma aceitera, acuícola y turismo; c) Brindar servicios de

capacitación, asistencia técnica y comercialización para pequeños y

medianos productores agropecuarios en la región; d) Impulsar el desarrollo

de actividades productivas, modernas y dinámicas, aprovechando las

ventajas competitivas de la región y del Puerto.

POR TANTO

Fundamentado en las anteriores consideraciones, entre nosotros JAPDEVA y

el INDER acordamos suscribir el presente Convenio de cooperación, el cual se

regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Del Objeto General.

El presente Convenio tiene por objeto el trabajo conjunto entre las diferentes

instituciones en procura del fortalecimiento de los sectores productivos

estratégicos, con el fin de diversificar la producción, mejorar la comercialización

e incrementar la innovación tecnológica, que propicie un mayor valor agregado

a los sectores productivos ubicados en los territorios rurales conformados por el

INDER en la Región Huetar Caribe.

SEGUNDA: Objetivos Específicos.

El presente Convenio tiene como objetivos específicos:

1. Diversificar las actividades económicas en los territorios rurales

conformados por el INDER Región Huetar Caribe, promoviendo

alternativas en las áreas: agrícolas (granos básicos, cacao, plátano,

banano orgánico, dátil, red macabú, palma aceitera, raíces tropicales y

otros), acuicultura, agroindustria y turismo.

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2. Capacitar, adiestrar y brindar la asistencia técnica incorporando

procesos de innovación tecnológica a productores, empresarios y

organizaciones ubicadas en los territorios rurales conformados por el

INDER en Región Huetar Caribe, dirigida a mejorar sus procesos de

gestión y “marketing”.

3. Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los productores,

empresarios y organizaciones ubicadas en los territorios rurales

conformados por el INDER en la Región Huetar Caribe, mediante la

dinamización y desarrollo de la economía rural, a través de la creación

de redes de comercialización local, regional y nacional.

4. Proponer y contribuir con programas y/o proyectos de desarrollo

socioeconómico, en los territorios conformados por el INDER en la

Región Huetar Caribe, y facilitar apoyo con servicios técnicos y

profesionales en trabajo social, valoración de obras civiles, servicios

de topografía, ingeniería, así como análisis económicos-financieros.

TERCERA: METAS.

1. Se propone atender hasta 582 clientes para el primer año; en el

segundo año hasta 647 y para el tercer año hasta 720 clientes; en las

diferentes áreas económicas que se señalan en los cuadros No. 1 y 2; la

cantidad de empresarios, organizaciones y productores será definida

en forma conjunta entre el INDER y JAPDEVA en las sesiones de

trabajo y de programación de la Comisión que se crea en el presente

convenio.

TURISMO ACUICULTURA AGROPECUARIO TOTAL GENERAL

Mipymes Acuicultores Organizaciones Clientes Productores (as)

1 60 50 5 100 367 582

2 60 60 5 100 422 647

3 60 70 5 100 485 720

(*) Incluye estudiantes y productores en el procesamiento de materias primas agropecuarias

CUADRO NO. 1

AGROINDUSTRIA (*)AÑO

COMPROMISOS DE CAPACITACIÓN, ADIESTRAMIENTO Y/O ASESORIA TÉCNICA ANUAL POR TIPO DE

ACTIVIDAD ECONOMICA

CUADRO No. 2

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

TOTAL DE PRODUCTORES, ORGANIZACIONES Y/O EMPRESARIOS

BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNICA

SEGÚN TERRITORIOS

Territorio

Cantón Cantidad de

productores/tipo de

producción

Cantidad clientes

Agroindustria/

Cantidad

productores

Acuícola

Empresarios

Turísticos

Pococí Pococí

1274

Granos básicos,

cacao, plátano,

banano orgánico,

dátil, red

macabú, palma

aceitera, raíces

tropicales y otros

315

Materias

primas

agropecuar

ias

180

(productores

Tilapia

180

Siquirres

Guácimo

Siquirres

Matina Matina

Limón

(menos el

distrito del

Valle de la

Estrella)

Talamanca

Talamanca

Limón

(distrito

Valle de la

Estrella)

2. Establecer en forma conjunta al menos tres programas y/o proyectos de

desarrollo socioeconómico por año, en los territorios rurales del INDER

en la Región Huetar Caribe, a partir del segundo año de ejecución de

esta carta de entendimiento.

CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES.

JAPDEVA se compromete a:

1. Aportar, según plan de trabajo y utilizando sus propios funcionarios, el

personal técnico y profesional que se encargará de la promoción, asesoría

técnica, adiestramiento y capacitación a productores, organizaciones y

empresarios, así como de ofrecer servicios, según las actividades

establecidas en el presente Convenio, según se detalla en el cuadro No. 3

Cuadro Nº3

PERSONAL TÉCNICO Y PROFESIONAL

DEL QUE DISPONE JAPDEVA

Cantidad Especialización

3 Ingenieros Agrónomos

8 Técnicos agrícolas y pecuarios

1

Profesional tecnología

alimentos

4

Profesionales en turismo y

Administración

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

1 Biólogo

12*

Conductores de vehículos

livianos

1 Topógrafo

3 Ingenieros civiles

4 Asistentes de topografía

1 Trabajador social

5 Personal de mantenimiento

1 Analista financiero

(*)Dicho número corresponde al máximo de funcionarios del que se

dispondrá para el desarrollo de esta carta de entendimiento y

dependerá de las posibilidades y/o determinación administrativa.

2. Aportar, según la programación establecida hasta un máximo de 12

vehículos livianos que forman parte de la flotilla de la Administración de

Desarrollo, así como hasta cuatro motocicletas y hasta tres vehículos

de funcionarios de JAPDEVA con contrato de kilometraje para atender

las labores de promoción, coordinación, asistencia técnica y

capacitación a organizaciones, empresarios y productores, así como

servicios, en territorios rurales conformados por el INDER, conforme a

las actividades que se deriven de este convenio, conforme se detalla a

continuación en los cuadros No.4 y 5.

Cuadro No.4

Vehículos livianos de JAPDEVA

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: NISSAN

Año: 2007 Año: 2008

Serie: 8AJFR22G104514193 Serie: JNICNUD22Z0012310

Modelo: HILUX Modelo: FRONTIER

No. Motor: 2KD7209086 No. Motor: ZD30125686K

Placa: 109-179 Placa: 109-206

Placa Placa

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Inventario: Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2008

Serie: JNICNUD22Z0012841 Serie: JNICNUD22Z0012629

Modelo: FRONTIER Modelo: FRONTIER

No. Motor: ZD30146148K No. Motor: ZD30141353K

Placa: 109-205 Placa: 109-204

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2007

Serie: 8AJFR22G004514170 Serie: 8AJFR22G904514278

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7208646 No. Motor: 2KD7210364

Placa: 109-180 Placa: 109-190

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2008

Serie: 8AJFR22G404513913 Serie: 8AJFR22G104521113

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7203584 No. Motor: 2KD7339681

Placa: 109-191 Placa: 109-196

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2008 Año: 1997

Serie: 8AJFR22G80452606 Serie: LN1110003754

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7332029 No. Motor: 3L4191278

Placa: 109-197 Placa: 109-128

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PATROL PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2002

Serie: TDWSSLFAY61VRAFSRDA Serie: JN1CJUD22Z0728413

Modelo: PATROL Modelo: FRONTIER-D22

No. Motor: ZD30121638K No. Motor: QD32160003

Placa: 713012 Placa: 109-173

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

Cuadro No. 5

Motocicletas y Pick up de funcionarios de la Sección Agropecuaria

con contratos de Kilometraje

Técnico: Hugo Alvarado

Molina

Técnico: Carlos Carr Henry

Tipo de

vehículo Motocicleta

Tipo de

vehículo: Motocicleta

Marca: Génesis Marca: YAMAHA

Año: 2008 Año: 1989

Serie: LAEMNZ4048B801509 Serie: 23J100869

Modelo: GXT 200 Modelo: XT 200

No. Motor: K166FML30042546 No. Motor: 23 J

Placa: MOT.233785 Placa: 62012

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Técnico: José Vicente Mora

Rodríguez

Técnico: José Luis Austin Aguilar

Tipo de

vehículo: Motocicleta

Tipo de

vehículo: Motocicleta

Marca: SUZUKI Marca: HONDA

Año: 2010 Año: 2006

Serie: LC6PCJG98A0809629 Serie: 9C2JD20106R520266

Modelo: GN125H Modelo: NXR125BROS

No. Motor: 157FM13A1T68933 No. Motor: JC30E86520266

Placa: MOT 292224 Placa: MOT 154966

Técnico: Luis Ángel Zúñiga

Rodríguez

Técnico: Edgar Alberto Brumley

Robinson

Tipo de

vehículo: Pick-up 4WD

Tipo de

vehículo: Rural 4WD

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 1995 Año: 1987

Chasis: LN1060102120 Chasis: JT4RN625XH018414

Estilo: HILUX Estilo: 4RUNNER

No. Motor: 3L3637178 No. Motor: 232248922R

Placa: CL 133086 Placa: 161138

Técnico: Vicente Mora Rodríguez

Técnico: José Luis Austin Aguilar

Tipo de

vehículo: Motocicleta

Tipo de

vehículo: Motocicleta

Marca: Yamaha Marca: Honda

Año: 2010 Año: 2006

Serie: LC6PCJG98AB09629 Serie: 9C2JD20106R520266

Modelo: GN125H Modelo: NXR125

No. Motor: 157FMI3AIT68933 No. Motor: JC30E86520266

Placa: 292224 Placa: 154966

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3. En caso de que JAPDEVA decida incorporar otros vehículos no

incluidos en el cuadro No. 4 o en los vehículos particulares aportados y

descritos en el cuadro No 5, la Gerencia de la Administración de

Desarrollo comunicará por escrito al Director Regional de la Región

Huetar Caribe del INDER, la descripción y características de los nuevos

vehículos aportados, así como los vehículos que ya no formarán parte

de la flotilla utilizada para el desarrollo de este convenio.

4. JAPDEVA pondrá a disposición la cuenta específica No. 001-296419-8

(JAPDEVA DESARROLLO-BCR), con la finalidad de que el INDER

transfiera los recursos económicos para la ejecución de las actividades y

proyectos establecidos en el presente convenio.

5. JAPDEVA asumirá el pago por salarios del personal profesional y técnico

que se asigne al Programa. Para tales efectos, se estima que el aporte

en salarios del primer año corresponde al monto de 230,0 millones de

Técnico: Alexis Coll Carr

Tipo de

vehículo: Vehículo

Marca: Isuzu KB

Año: 1990

Serie: 0000067275

Modelo: PICK UP

No. Motor: JAACR16E5L7101694

Placa: 145093

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colones; para el segundo año se estima en un monto de 253,0 millones

de colones y para el tercer año el monto se estima en 278,3 millones de

colones. (Ver cuadro No. 6)

INDER se compromete a:

1- Proveer a JAPDEVA de los recursos económicos necesarios para el pago de

combustible (a vehículos propiedad de JAPDEVA), kilometraje (para

vehículos de empleados de JAPDEVA con contrato para pago de

kilometraje), viáticos, capacitación (en actividades incluías en el presente

convenio) y otros. Lo anterior para el personal técnico y profesional que se

asignará en el desarrollo de las actividades del presente convenio.

2- Aportará los recursos necesarios para cubrir costos de los análisis de

laboratorio de suelos y foliares que se realicen en las parcelas de los

productores ubicados en los territorios rurales conformados por el INDER,

que sean beneficiados del programa, según los términos del presente

convenio.

3- Aportará recursos técnicos y logísticos propios para el acompañamiento a

los procesos de asistencia técnica, adiestramiento y capacitación que se

definan entre ambas instituciones, para el desarrollo de este convenio.

4- Aportará los recursos económicos para la capacitación que se requiera para

introducir, aplicar y dar seguimiento a las normas de Global-GAP a

organizaciones de productores ubicados en territorios rurales conformados

por el INDER en la Región Huetar Caribe.

5- Aportar los recursos para los programas y/o proyectos de desarrollo

socioeconómico que se definan al amparo de este convenio suscrito entre el

INDER y JAPDEVA.

6- Aporta los recursos necesarios para la adquisición de equipo, alquiler de

buses, materiales, impresos, necesarios para las actividades de

capacitación y asistencia técnica que se ofrecerán en los proyectos

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acuícolas, agropecuarios, agroindustriales y de turismo, según los términos

del convenio.

7- El INDER asumirá los costos de operaciones del Programa, según se

detalla en el cuadro No. 6. Se estima que los aportes del INDER para el

primer año ascienden al monto de 50.0 millones de colones; el segundo

año se estima en 100.0 millones de colones y para un tercer año se estima

un aporte de 150.0 millones de colones.

CUADRO No. 6

ESTIMACIÓN DE COSTOS DE LOS APORTES POR AÑO DE CADA

INSTITUCIÓN

Y SU RELACIÓN PORCENTUAL

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INDER JAPDEVA INDER JAPDEVA INDER JAPDEVA

1

Transporte a productores,

empresarios y/o organizaciones

dentro del país. 1.000.000,00 1.200.000,00 1.222.500,00

2Viáticos.

100 giras

mes 15.000.000,00 18.000.000,00 21.000.000,00

3 Actividades de Capacitación Grupal. 10 3.000.000,00 3.250.000,00 3.500.000,00

4Combustible para Vehículos de

JAPDEVA.12

10.000.000,00 13.000.000,00 15.000.000,00

5Kilometraje personal Técnico de

JAPDEVA - Con contrato.7

5.000.000,00 5.165.000,00 5.350.000,00

6

Pago de Análisis de Laboratorio,

estudios de suelos,

hidrogeológicos, foliares y otros. 12.000.000,00 15.000.000,00 19.000.000,00

7Materiales e impresos para

Asesorías Técnicas y Capacitaciones.1.000.000,00 1.200.000,00 1.300.000,00

8Salarios de Personal Profesional,

Técnico y Choferes. 230.000.000,00 253.000.000,00 278.300.000,00

9

Apoyo a Programas y Proyectos de

Desarrollo socioeconómico en

Territorios Rurales.

3 o más

3.000.000,00 43.185.000,00 83.627.500,00

TOTAL POR INSTITUCIÓN 50.000.000,00 230.000.000,00 100.000.000,00 253.000.000,00 150.000.000,00 278.300.000,00

TOTAL GENERAL POR AÑO

TOTAL PORCENTUAL POR AÑO 17,86% 82,14% 28,33% 71,67% 35,02% 64,98%

280.000.000,00 353.000.000,00 428.300.000,00

Cantidad APORTE APORTE APORTE

AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3

ITEMSN°

QUINTA: PROGRAMACIÓN.

Ambas Instituciones acuerdan programar la ejecución de las actividades

propuestas en el Programa de Asistencia Técnica, para lo cual lo cual se

elaborará en forma coordinada un Plan de Trabajo y Cronograma de

Actividades.

SEXTA: LA COMISION.

Las partes firmantes acuerdan crear una Comisión la cual estará conformada

por dos representantes de cada parte suscribiente, los cuales serán nombrados

respectivamente por el Gerente de la Administración de Desarrollo de

JAPDEVA y el Director Regional del INDER en Limón.

La Comisión será la encargada de analizar las actividades a desarrollar propias

de los objetivos del presente convenio, podrá realizar las recomendaciones

respecto a las propuestas de ampliación, modificación, redistribución o

eliminación de actividades y costos, para la oportuna ejecución y atención de

los objetivos del presente convenio.

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

En la ejecución del presente convenio, la Comisión podrá hacerse acompañar

del personal de las áreas técnicas de cada Institución, a efecto de que

asesoren y ejecuten las acciones del presente acuerdo.

Las recomendaciones realizadas por la Comisión, serán analizadas por el

Gerente de la Administración de Desarrollo y el Director Regional del INDER en

Limón, los cuales de forma colegiada adoptarán las recomendaciones que

estimen más convenientes, y solo en caso de diferencias de criterios

someterán las propuestas de ampliación, modificación, redistribución o

eliminación de actividades y costos, a conocimiento y aprobación definitiva por

parte de los Presidentes Ejecutivos de JAPDEVA e INDER.

La Comisión creada deberá establecer registros escritos de todo lo actuado, de

igual forma deberá rendir informes a los Presidentes Ejecutivos de JAPDEVA e

INDER, los mismos deberán realizarse por la vía escrita y electrónica al menos

de forma semestral y al finalizar el plazo máximo de vigencia del presente

Convenio.

La Comisión se reunirá periódicamente a partir de la firma de este convenio, en

forma ordinaria y extraordinariamente cuando alguna de las partes lo

convoque.

SETIMA: EJECUCION Y ACTUALIZACION.

Para efectos evaluar y actualizar el plan de trabajo y sus costos la Comisión

creada queda facultada para realizar las recomendaciones respecto a la

coordinación, el seguimiento, control, supervisión, verificación, validación, de

las actividades a desarrollar y otras que surjan en el cumplimiento del presente

Convenio.

Las partes se comprometen a diseñar, implementar y dar seguimiento a

mecanismos de control interno que aseguren la transparencia en la ejecución

de los recursos, conforme a los términos y a la naturaleza del presente

convenio. Se reservan del derecho de realizar las revisiones que consideren

necesarias, convenientes y oportunas para lo cual podrán hacerlo por medio de

las áreas competentes, con que cuentan las partes.

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Las partes no serán responsables por gastos provenientes o relacionados con

actividades no contempladas en el presente convenio y los acuerdos derivados

de la misma. Las partes se acogen al ordenamiento jurídico que regula lo

referente a la responsabilidad civil relacionada con lesiones o muerte que

puedan ocurrir a funcionarios o terceros, durante la ejecución del presente

convenio. Lo anterior bajo el entendido que cada entidad se hará responsable

de los funcionarios que asigne para ejecutar las labores propias de este

convenio.

OCTAVA: PLAZO.

Para el cumplimiento del objetivo de este Convenio, se contará con un período

de vigencia TRES AÑOS a partir de su firma, prorrogable por un periodo igual

de tres años, siempre que ambas partes así lo acuerden por escrito, con al

menos 15 días naturales de antelación al vencimiento del plazo inicial.

Ambas partes de reservan el derecho de rescindir el presente Convenio, por

motivos de oportunidad, conveniencia, caso fortuito o fuerza mayor.

En los supuestos presentados de caso fortuito o fuerza mayor las partes

deberán comunicarlo por los medios más idóneos y expeditos, para los

supuestos de oportunidad y conveniencia, deberán comunicarlo por escrito a la

otra parte, con al menos 3 meses de anticipación, sin embargo los programas,

proyectos y actividades que se estén ejecutando, continuarán desarrollándose

hasta que se concluyan las actividades ya establecidas, salvo el caso de caso

fortuito o fuerza mayor.

NOVENA: SOLUCION DE DIVERGENCIAS.

EN CASO DE QUE SE PRESENTEN DIVERGENCIAS EN LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONVENIO, LAS MISMAS DEBERÁN SER RESUELTAS POR LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN CREADA EN EL PRESENTE CONVENIO, EN CASO DE NO EXISTIR ACUERDO DEBERÁN RESOLVER LOS RESPECTIVOS JERARCAS.

DECIMA: INCUMPLIMIENTO.

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Si una de las partes incumpliera alguna de las cláusulas del presente

Convenio, la parte no incumpliente se cuenta facultada para resolverlo

unilateralmente, previa comunicación por escrito, con las responsabilidades

que de ello deriven. En todo caso, las partes se reservan el derecho de dar por

concluido el presente Convenio, por razón de caso fortuito o causa mayor que

imposibilite continuar con el mismo, lo cual hará de conocimiento de inmediato

de la otra parte luego de ocurrido el hecho, con ocho días naturales de

antelación, de ser posible.

DECIMA PRIMERA: ESTIMACIÓN.

Para el primer año se estima este convenio en un monto de 280.0 millones de

colones; para el segundo año en 353.0 millones de colones y para el tercer año

en un monto de 428.3 millones de colones, según se detalla en el cuadro No. 6.

DECIMA SEGUNDA: RESTRICCIONES.

Las partes no podrán modificar el destino y uso del aporte acá establecido.

Quedan a salvo las modificaciones que puedan realizarse amparadas a las

facultades que posee la Comisión aquí creada.

DECIMA TERCERA: DOCUMENTOS INTEGRANTES.

Forman parte integral del presente convenio: La Ley Orgánica de JAPDEVA, y

sus reformas, Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la

Administración Pública, publicado en la Gaceta No. 202, del 22 de octubre del

2007, El Manual de Procedimientos para Modificación Presupuestaria en

JAPDEVA; y la Ley de la Administración Financiera de la República y

Presupuestos Públicos, la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario,

No. 6735 del 29 de Marzo del año 1982 y la Ley número 9036 , Ley que

Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo

Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural..

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DECIMA CUARTA: NORMAS SUPLETORIAS.

En lo no previsto expresamente en el presente Convenio, regirá

supletoriamente la normativa interna de cada institución, las leyes aplicables y

los principios generales que rigen el ordenamiento jurídico administrativo.

DECIMA QUINTA: EXCLUSIÓN DE REFRENDO Y APROBACIÓN INTERNA.

El presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3

(incisos 4, 5 y 6 párrafo final) y 17 del “Reglamento sobre el Refrendo de las

Contrataciones de la Administración Pública” emitido por la Contraloría General

de la República (Resolución NºR-CO-44-2007 de las 9:00 horas de 11 de

octubre de 2007), se encuentra excluido de refrendo y aprobación interna.

DECIMA SEXTA: APROBACION.

Este Convenio se aprueba mediante Acuerdo número -12 de la Sesión

Ordinaria del Consejo de Administración de JAPDEVA Número -2014,

celebrada el ____del 2014, asi como por la Junta Directiva de INDER, en la

Sesión Ordinaria no.______, del_________, Acuerdo Número: del 2013.

Leído el presente Convenio y conscientes las partes de los alcances que éste

conlleva, las mismas se manifiestan conformes y firman en la ciudad de Limón,

a los ____ días del mes de _____ del año dos mil catorce.

__________________________ __________________________

Allan Hidalgo Campos Víctor Julio Carvajal

Garro

Presidente Ejecutivo, JAPDEVA Presidente Ejecutivo,

INDER

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

VII-f) CARTAS DE ENTENDIMIENTO CON LAS MUNICIPALIDADES DE MATINA, LIMÓN, SIQUIRRES, TALAMANCA Y GUÁCIMO, Y EL INDER, PARA

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

REALIZAR LOS TRABAJOS DE MEJORAMIENTO Y REHABILITACIÓN DE CAMINOS UBICADOS EN LOS ASENTAMIENTOS DEL INDER Y ZONAS DE PRODUCCIÓN DE CADA CANTÓN.

LICDA. GISELLE MORA: Estas cartas de entendimiento se vieron la semana pasada y a raíz de la solicitud de los señores directores quienes requirieron que el Departamento Legal revisara las mismas. El Departamento Legal procedió conforme los requerimientos de este Concejo de Administración, e incluso les hicimos algunos pequeños ajustes meramente de redacción no de fondo. En el caso de la Carta de Entendimiento a celebrarse entre la Municipalidad de Matina, el INDER y JAPDEVA, al igual de lo que se dijo la semana pasada tenemos objetivos generales, objetivos específicos; tenemos que los aportes están en los cuadros insertos en la misma, los aportes es una parte muy técnica de la administración de desarrollo, ello está referido a los trabajos que van a realizar; también tenemos obligaciones para las tres partes. Estas cartas casi todas son iguales con la diferencia que lo que cambia son los aportes en materia dineraria, en este caso tenemos que JAPDEVA asumirá un costo de operación de 26.232.706 millones, el INDER aportara 32. 654.494 millones y la Municipalidad de Matina aportara como contrapartida 8.558 metros cúbicos de material de grava con un valor aproximado de 5.455.904 millones de colones, se habla también de una Comisión que es la que va estar controlando como se va llevando acabo ese trabajo, al igual tenemos los plazos y todas las demás cláusulas que están insertas en el clausulado de cada Carta de Entendimiento en específico. Al respecto, se acuerda.

ACUERDO No. 024-14 APROBAR LAS CARTAS DE ENTENDIMIENTO CELEBRADAS ENTRE LAS MUNICIPALIDADES DE MATINA, GUACIMO, LIMON, TALAMANCA Y SIQUIRRES, EL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL Y LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA (JAPDEVA) QUE SE TRANSCRIBEN SEGUIDAMENTE:

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN

PORTUARIA Y DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE

ATLÁNTICA (JAPDEVA), LA MUNICIPALIDAD DE MATINA Y EL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)

Entre nosotros, la JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA Y DE

DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA, en adelante

denominada JAPDEVA, cédula de personería jurídica cuatro- cero cero cero-

cero cuatro dos uno cuatro ocho-cero uno, representada en este acto por

ALLAN HIDALGO CAMPOS, mayor, soltero, abogado, vecino de Heredia,

portador de la cédula de identidad número uno-setecientos veintidós-

ochocientos once, en su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO con

facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, personería que

consta en el Acta del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de la Sesión Ordinaria

número uno, artículo tercero, celebrada el ocho de mayo del dos mil diez,

publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ciento doce, de fecha jueves

diez de junio del dos mil diez, personería inscrita en el Registro Público,

Sección Personas, inscrita el diecinueve de julio del dos mil diez, al tomo dos

mil diez, asiento ciento ochenta y cuatro mil cuarenta y uno, consecutivo uno,

secuencia cuatro, ELVIS LAWSON VILLAFUERTE, mayor, casado, cédula de

identidad número siete- cero ciento siete –cero setecientos sesenta y dos

vecino de – Matina Centro, en su condición de ALCALDE DE LA

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE MATINA, de la provincia de Matina, en

adelante denominada LA MUNICIPALIDAD, nombramiento que se acredita

mediante resolución número cero setecientos ocho-E once- dos mil once

dictada por el Tribunal Supremo de Elecciones, de las diez horas Veintiuno de

enero de enero del dos mil once y amparado al artículo diecisiete, inciso a) y n)

del Código Municipal; el INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL, en adelante

denominado INDER, cédula de persona jurídica cuatro.-cero cero cero-cero

cuatro uno cuatro tres- once, representada en este acto por VICTOR JULIO

CARVAJAL GARRO, mayor, casado, Ingeniero Agrónomo y Máster en

Administración de Empresas con Énfasis en Finanzas, vecino de Santa Clara,

San Carlos, Alajuela, cédula dos- cero dos ocho cero – cero seis nueve tres, en

su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO, con facultades de Apoderado

Generalísimo Sin Límite de Suma, según Acuerdo del Consejo de Gobierno,

consignado en el Artículo Segundo del Acta de la Sesión Ordinaria Número

Ciento Treinta y Seis, celebrada el veintinueve de enero del dos mil trece,

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publicado en el Diario Oficial la Gaceta número setenta y ocho, de fecha

miércoles veinticuatro de abril del dos mil trece; hemos acordado celebrar la

presente Carta de Entendimiento, la cual tiene como objetivo la realización de

obras de infraestructura en los territorios rurales conformados por el INDER en

la Región Huetar Caribe, la misma se regirá por las siguientes clausulas:

CONSIDERANDO

1.- Que JAPDEVA fue creada mediante la Ley No. 3091 del 18 de febrero de

1963, reformada por Ley Nº 5337 del 9 de agosto de 1973, como ente Autónomo

del estado, con carácter de empresa de utilidad pública, que tiene el mandato

legal de promover el desarrollo socioeconómico, integral, rápido y eficiente de la

Vertiente Atlántica de Costa Rica, hecho que es congruente con las políticas

que en este sentido se encuentran plasmadas en el Plan Regional de

Competitividad Territorial de la Región Huetar Atlántica, Visión 2012-2022+, el

cual fue aprobado por el Consejo de Administración, según acuerdo 023-2012 de

la Sesión Extraordinaria No. 03-2012 del 19 de enero del 2012.

2.- Que de conformidad con la Ley No.5337 de JAPDEVA, la cual en su artículo

5 establece que la misma tiene capacidad para celebrar toda clase de contratos,

así como para realizar todos aquellos actos comerciales necesarios para cumplir

con las atribuciones que están a su cargo, de acuerdo con esta Ley.

3.- Que la Ley de Tierras y Colonización, número 2825, del 14 de Octubre del año

1961, es clara en su artículo 70, al decir “El Instituto, los Ministerios de Obras

Públicas, Salubridad y Educación preferentemente, la Caja Costarricense de

Seguro Social, Municipalidades y demás Instituciones Autónomas afines, quedan

facultadas para completar las dotaciones de tierras con la construcción de obras,

riego, saneamiento, asistencia médica, centros hospitalarios, vivienda, educación

y otros servicios comunes”.

4,- Que el artículo 5 de la Ley número 9036, que se denomina Ley que

“TRANSFORMA EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA) EN EL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) Y CREA LA SECRETARIA

TECNICA DE DESARROLLO RURAL”, publicado en la Gaceta No. 103, del

29 de mayo del 2012 tendrá dentro de sus objetivos los siguientes:

a)Promover y fomentar el bienestar económico y social en los territorios

rurales, mediante el apoyo económico a la diversificación y la generación de

ingresos, empleo y prestación de servicios públicos, b) Colaborar para

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corregir las disparidades del desarrollo territorial por medio de la atención

diferenciada a los de mayor rezago, mediante una acción integral que

impulse su transformación y la reactivación productiva y económica, en

especial de las economías familiares rurales, con un enfoque de desarrollo

rural sostenible, c) Contribuir al autoabastecimiento del país mediante un

impulso a la producción de alimentos, el desarrollo de la agroindustria para

el consumo interno y la exportación, establecimiento de mecanismos de

abastecimiento de los mercados locales y regionales en coordinación con los

entes públicos competentes fomentando condiciones favorables para el

acceso, especialmente a las mujeres rurales y a los sectores más

vulnerables de los territorios rurales, d)Fomentar la conservación de la

biodiversidad, el desarrollo de servicios ambientales rurales, el mejoramiento

de los recursos naturales mediante el establecimiento de sistemas de

producción, especialmente de agricultura orgánica, agroindustria y

ganadería, promoviendo sellos de calidad y de denominaciones de origen,

en coordinación con los entes públicos competentes en cada materia, para

hacer sostenible la producción en los territorios rurales, e) Promover el

derecho a la propiedad, acceso y control a la tierra y a otros activos del

medio rural, incorporando a las mujeres campesinas como una acción eficaz

para contribuir a la equidad, el bienestar rural y la democracia, garantizando

que el ordenamiento agrario busque una racional distribución cualitativa del

recurso tierra, f) Establecer zonas de reserva agropecuaria, con el propósito

de asegurar el uso productivo que más convenga al país, en resguardo del

autoabastecimiento alimentario, con fundamento en la Ley N.º 7779, Uso,

Manejo y Conservación de Suelos, g) Facilitar el acceso de los productores

y las productoras rurales a los conocimientos, la información, el desarrollo

tecnológico, la innovación y los servicios de apoyo económico requeridos

para generar nuevos productos y procesos, fomentar la calidad e inocuidad

en sus actividades productivas y de servicios, promoviendo el

establecimiento de encadenamientos y alianzas en los cuales sean

partícipes las economías familiares campesinas y los pequeños y medianos

empresarios y empresarias rurales, en coordinación con las entidades

públicas centralizadas y descentralizadas, h) Estimular la productividad

y la producción para asegurar una alimentación saludable, nutritiva y

culturalmente apropiada, respetando la diversidad existente en todos los

territorios rurales bajo los principios de solidaridad, cooperación y

complementariedad para garantizar el autoabastecimiento y la seguridad

alimentaria de todos los habitantes del país, recurriendo a la generación y

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transferencia de tecnología que permita la articulación técnica, la extensión,

la nutrición y la calidad, i) Impulsar la diversificación productiva del medio

rural, tomando en cuenta su multifuncionalidad y sus potencialidades

productivas, y su contribución a la preservación de la biodiversidad, la

prestación de servicios ambientales a la sociedad, el mejoramiento de los

espacios y paisajes rurales y la protección del patrimonio natural en los

diversos territorios rurales del país, j) Promover el arraigo e integración de la

población habitante de los territorios rurales del país, reconociendo y

respetando la diversidad rural en un enfoque con participación de todos los

sectores, para contribuir, coordinando con las instituciones competentes, al

desarrollo de sus capacidades y su inclusión en los procesos de desarrollo

económico, social, ambiental e institucional, mediante la generación de

opciones agroproductivas y el impulso de planes de desarrollo rural territorial

y los servicios de vivienda, salud y educación, k) Facilitar el acceso de las

familias campesinas a las actividades productivas, reconociendo la

diversidad de los sistemas de producción que incluyen producción de

materias primas o alimentos básicos, comercialización agropecuaria y

transformación agroindustrial, l) Fortalecer el sistema institucional rural y su

articulación en los procesos de desarrollo mediante la ejecución de los

planes de desarrollo rural territorial, diseñados con la participación de los

campesinos sin tierra, las familias de los micros, pequeños y medianos

productores, las dependencias públicas territoriales y los representantes de

la sociedad civil, creando las condiciones para responder, de manera eficaz,

a las necesidades y demandas territoriales y a la creación de las condiciones

para que los actores locales sean gestores de su propio desarrollo, m)

Fomentar los procesos de asociatividad, coordinando especialmente con las

organizaciones campesinas de hombres y mujeres, como base fundamental

para el impulso de iniciativas de los procesos de desarrollo rural, como

sustentos de una verdadera participación ciudadana, n) Facilitar los

procesos de capacitación, formación y educación rural, en coordinación

interinstitucional, para que permita elevar el nivel cultural y técnico del sector

campesino, especialmente en las áreas sociales, económicas, productivas y

ambientales, ñ) Fomentar soluciones locales y territoriales de

comercialización en coordinación con las instituciones públicas del sector

agropecuario y con organizaciones agroproductivas afines, o) Estimular y

apoyar económicamente la formación de cadenas de valor, para que los

micros, pequeños y medianos productores generen valor agregado y

servicios en el medio rural desde la etapa de preproducción hasta los

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procesos de transformación, industrialización y comercialización final,

dándole impulso a la complementariedad en servicios agroindustriales entre

productores rurales y la industria nacional.

5.- Que las entidades se encuentran unidas por intereses y objetivos comunes,

en el campo del desarrollo económico y social del país, con especial relación

en la dotación a las poblaciones rurales de los medios para su desarrollo, entre

ellos las estrategias de promoción, capacitación, ejecución y financiamiento de

diversos proyectos, construcción, reparación y mantenimiento de obras de

infraestructura rural básica, obras y actividades en temas de interés común para

ambas instituciones, relacionadas con la producción agropecuaria y

agroindustrial, agroturismo y el desarrollo integral de los asentamientos del

INDER; por lo que acuerdan unir esfuerzos en procura de mejorar el acceso a

la producción y la calidad de vida de los asentamiento de la Región.

6.- Que entre JAPDEVA y el INDER existe un Convenio Marco de Cooperación

Interinstitucional debidamente firmado y refrendado, mediante el cual ambas

instituciones están conscientes del enorme beneficio que la provincia de Guácimo

puede derivar de la presente Carta de Entendimiento, a través de la adecuada

coordinación de sus actividades y reconocen en este acto, estar unidas por

intereses y objetivos comunes, con el fin de apoyar específicamente, la mejora de

las condiciones económicas por medio de la reparación y mejoramiento de la

infraestructura rural que demandan las diversas comunidades de la provincia.

Asimismo, entre la MUNICIPALIDAD DE MATINA y el INDER existe un

Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional para el Cantón de Matina.

POR TANTO

Fundamentado en las anteriores consideraciones, entre nosotros JAPDEVA,

MUNICIPALIDAD DE MATINA y el INDER acordamos suscribir la presente

Carta de Entendimiento que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETIVOS:

a-) Generales:

La presente carta de Entendimiento tiene como objeto el trabajo conjunto entre

las diferentes instituciones, en procura de realizar los trabajos de mejoramiento

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COMUNIDADOBRA

SOLICITADA

LONGITUD

(KM)

VOLUMEN

(M3)

APORTE

MUNICIPALID

AD

APORTE

JAPDEVA

APORTE

INDER

COSTO

TOTAL

Almendros Relastreo 0,35 125 ₡ 79.866 ₡ 279.409 ₡ 347.808 ₡ 707.083

Colonia Puriscaleña Lastreo 4,20 5.065 ₡ 3.229.065 ₡ 17.957.991 ₡ 22.354.122 ₡ 43.541.178

Colonia Puriscaleña Relastreo 6,20 2.232 ₡ 1.422.900 ₡ 5.750.415 ₡ 7.158.122 ₡ 14.331.437

El Cenizaro Lastreo 0,49 524 ₡ 333.923 ₡ 1.035.282 ₡ 1.288.720 ₡ 2.657.925

El Cenizaro Relastreo 1,70 612 ₡ 390.150 ₡ 1.209.608 ₡ 1.505.721 ₡ 3.105.480

Totales 12,93 8.558 ₡ 5.455.904 ₡ 26.232.706 ₡ 32.654.494 ₡ 64.343.103

CANTON DE MATINA

y rehabilitación de caminos ubicados en los asentamientos del INDER y zonas

de producción en el cantón de Matina que han sido evaluadas y priorizadas en

forma conjunta entre las tres instituciones. La ejecución se realizara en etapas,

iniciando los trabajos en el primer semestre del 2014, como se puntualiza en el

cuadro Nº 1, a la fecha la Municipalidad de Matina cuenta con los respectivos

permisos de extracción de material, lo que facilitara iniciar con las obras, esto

beneficiará a gran cantidad de pobladores que habitan el cantón, provocando

un impacto social y económico positivo.

b-) Específicos:

Conforme el presente acuerdo, JAPDEVA aportará personal técnico y

profesional; así como maquinaria y vehículos livianos; el INDER aportará

recursos para gastos de operación, combustible, repuestos y otros que sean

necesarios para la ejecución del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos; y la Municipalidad de Matina aportará los permisos de extracción de

los tajos de los ríos y los materiales de río (lastre) para las obras de

infraestructura vial que se ejecutarán.

Las obras a ejecutar se detallan a continuación:

CUADRO No. 1

Infraestructura Vial

INDER-JAPDEVA-Cantón Matina, Provincia de Limón

SEGUNDA: Obligaciones de la partes.

A-) JAPDEVA: Se compromete a:

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1- Aportar su maquinaria y Equipo Pesado y vehículo livianos por las

horas/maquina a utilizar, según los cuadros Nº 1 y 2. El aporte será

para atender labores de mantenimiento y reparación de caminos rurales

(carga, acarreo y colocación de materiales de río), en los territorios de

influencia del INDER y zonas de producción en el Cantón de Matina;

según los trabajos señalados en el cuadro No. 1. Para ejecutar los

trabajos propuestos se deberá considerar, la disponibilidad de material

para ejecutar las obras y las condiciones climáticas de la zona.

2- En caso de existir caminos de acceso hacia las obras incluidas en esta

Carta de Entendimiento, JAPDEVA se compromete a facilitar la

maquinaria para su reparación y/o mantenimiento, siempre y cuando la

Municipalidad de Matina proporcione el material necesario.

3- JAPDEVA pondrá a disposición la cuenta específica Nº001-296419-8

(JAPDEVA DESARROLLO-BCR), con la finalidad de que el INDER

transfiera los recursos económicos para la ejecución de las obras del

proyecto de infraestructura vial del Cantón de Matina.

4- JAPDEVA como entidad facilitadora del desarrollo de la provincia debe

atender eventos de emergencia que con regularidad se presentan en la

provincia, por lo que temporalmente se podrán suspender los trabajos

objeto de este compromiso, mientras se atiende el evento.

Entendiéndose que se retomaran los trabajos establecidos en esta

Carta de Entendimiento, una vez atendidas y concluidas las situaciones

de emergencia en la Región.

Cuadro Nº 2:

Lista Maquinaria, Equipo Pesado y Vehículos de JAPDEVA

BACK-HOE

CAMION CISTERNA

Marca: Caterpillar Marca: Mitsubishi Canter

Año: 1999 Año: 2009

Serie: 4ZN13164 Serie: FG83PCA00066

Modelo: 416-C Modelo: Canter

No. Motor: No. Motor: 4D34N040333

Vin: 4ZN13164 Vin: FG83PCA00066

Placa: 109-145 Placa: 109-218

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Placa Inventario: 22985 Placa Inventario: 25646

BACK-HOE CABEZAL Y LOW BOY

Marca: Caterpillar Marca: Internazional

Año: 1999 Año: 2000

Serie: 4ZN16164 Serie: 2HSFHAERXC035866

Modelo: 416-C Modelo: XXXXXX

No. Motor: No. Motor: 11953126

Vin: 4ZN16164 Vin: 2HSFHAERXYC035866

Placa: 109-150 Placa:

Cabezal 109-201 Low Boy 109-

202

Placa Inventario: 24287 Placa Inventario: Cabezal 25395 Low Boy 25396

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: Mercedez Benz

Año: 2008 Año: 1989

Serie: T0310DJ158769 Serie:

Modelo: 310SJ Modelo:

No. Motor: PE4045T709110 No. Motor: 344955-10-925782

Vin: T0310SJ158769 Vin: 90M345321HB-772005

Placa: 109-203 Placa: 109-99

Placa Inventario: 25420 Placa Inventario: 20480

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJCA0191602 Serie: 8M069088

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

No. Motor: PE4045T806240 No. Motor: 6Z0553

Vin: 1T0310SJCA0191602 Vin: 1M2AG11C08M069088

Placa: 109-228 Placa: 109-185

Placa Inventario: Placa Inventario: 25256

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJJA0191615 Serie: 8M069089

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

No. Motor: PE4045T806224 No. Motor: 6Z0738

Vin: 1T0310SJJA0191615 Vin: 1M2AG11C08M069089

Placa: 109-229 Placa: 109-186

Placa Inventario: Placa Inventario: 25257

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

Serie: DW672GX627951 Serie: 8M069090

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H779271 No. Motor: 6Z0749

Vin: DW672GX627951 Vin: 1M2AG11C08M069090

Placa: 109-226 Placa: 109-187

Placa Inventario: 25844 Placa Inventario: 25258

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

Serie: DW672GX627948 Serie: 8M069091

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H778929 No. Motor: 6Z0774

Vin: DW672GX627948 Vin: 1M2AG11C08M069091

Placa: 109-227 Placa: 109-188

Placa Inventario: 25845 Placa Inventario: 25259

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Caterpillar Marca: MACK

Año: 2007 Año: 2008

Serie: CATO320CVSBN01687 Serie: 1M2AG11C28M071151

Modelo: 320CL Modelo: CV713

No. Motor: G4E09380 No. Motor: 7K1363

Vin: CATO320CVSBN01687 Vin: 1M2AG11C28M071151

Placa: 109-181 Placa: 109-199

Placa Inventario: 25248 Placa Inventario: 25515

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2008

Serie: N80711382 Serie: 1M2AG11C48M071152

Modelo: ROBEX290LC-7ª Modelo: CV713

No. Motor: 26529650 No. Motor: 7K1415

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Vin: N80711382 Vin: 1M2AG11C48M071152

Placa: 109-224 Placa: 109-200

Placa Inventario: 25821 Placa Inventario: 25516

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2009

Serie: N80711383 Serie: 1M2AX18C99M003842

Modelo: ROBEX290LC-7A Modelo: GU813

No. Motor: 26533450 No. Motor: 911638

Vin: N80711383 Vin: 1M2AX18C99M003842

Placa: 109-225 Placa: 109-207

Placa Inventario: 25822 Placa Inventario: 25447

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Link Belt Marca: MACK

Año: 2008 Año: 2009

Serie: EHCJ83253 Serie: 1M2AX18C99M003841

Modelo: 210X2 Modelo: GU813

No. Motor: 4HK1424225 No. Motor:

Vin: EHCJ83253 Vin: 1M2AX18C99M003841

Placa: Link Belt Placa: 109-208

Placa Inventario: 25419 Placa Inventario: 25476

COMPACTADORA VIBRATORIA TRACTOR DE ORUGA

Marca: Caterpillar Marca: Komatsu Estilo: Bulldozer

Año: 2008 Año: 2009

Serie: CATCS533ABZE01484 Serie: KMT0D100P01071166

Modelo: CS-533E Modelo: D65EX-15E0

No. Motor: G4D30411 No. Motor: 26856560

Vin: CATCS533ABZE01484 Vin: KMT0D100P01071166

Placa: 109-223 Placa: 109-215

Placa Inventario: 25546 Placa Inventario: 25547

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: NISSAN

Año: 2007 Año: 2008

Serie: 8AJFR22G104514193 Serie: JNICNUD22Z0012310

Modelo: HILUX Modelo: FRONTIER

No. Motor: 2KD7209086 No. Motor: ZD30125686K

Vin: 8AJFR22G104514193 Vin: JN1CNUD22Z0012310

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Placa: 109-179 Placa: 109-206

Placa Inventario: Placa Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2008

Serie: JNICNUD22Z0012841 Serie: JNICNUD22Z0012629

Modelo: FRONTIER Modelo: FRONTIER

No. Motor: ZD30146148K No. Motor: ZD30141353K

Vin: JN1CNUD22Z0012841 Vin: JN1CNUD22Z0012629

Placa: 109-205 Placa: 109-204

Placa Inventario: Placa Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2007

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7208646 No. Motor: 2KD7210364

Vin: 8AJFR22G004514170 Vin: 8AJFR22G904514278

Placa: 109-180 Placa: 109-190

Placa Inventario: Placa Inventario:

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2008

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7203584 No. Motor: 2KD7339681

Vin: 8AJFR22G404513913 Vin: 8AJFR22G104521113

Placa: 109-191 Placa: 109-196

Placa Inventario: Placa Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2008 Año: 1997

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7332029 No. Motor: 3L4191278

Vin: 8AJFR22G80452606 Vin: LN1110003754

Placa: 109-197 Placa: 109-128

Placa Inventario: Placa Inventario:

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PATROL PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2002

Serie: Serie:

Modelo: PATROL Modelo: FRONTIER-D22

No. Motor: ZD30121638K No. Motor: QD32160003

Vin: TDWSSLFAY61VRAFSRDA Vin: JN1CJUD22Z0728413

Placa: 109-232 Placa: 109-173

Placa Inventario: Placa Inventario:

5.- JAPDEVA aportará el personal técnico y operativo necesario para el logro

del objetivo de la presente Carta de Entendimiento.

6.- JAPDEVA asumirá el costo de operación del equipo por un valor de

¢26.232.706,00 según el detalle de las obras contenidas en el cuadro Nº 1.

B-) INDER: Se compromete a:

Aportar una contrapartida de ¢32.654.494,00 la cual será utilizada para gastos

de mantenimiento de equipo, combustible y otros para el cumplimiento del

objeto de la presente Carta de Entendimiento. El INDER por medio de la

Oficina Subregional de Matina coordinará con las Asociaciones de Parceleros

de cada Asentamiento el control de horas y de material colocado para cada

proyecto, para lo cual se utilizarán boletas debidamente firmadas por los

mismos, que servirán de control en la ejecución de los trabajos

C-) LA MUNICIPALIDAD: Se compromete a:

Aportar como contrapartida 8.558 m³ de material de grava fina de 0 a 20

centímetros, los cuales serán extraídos de ríos, tajos secos o adquiridos vía

compra en tajos particulares y apilados en uno o varios centros de acopio,

ubicados lo más próximo posible a los sitios de trabajo (caminos). Dicho

material se colocará en los caminos indicados en el cuadro no.1 de esta Carta

de Entendimiento y para el mantenimiento de los caminos de acceso a estas

obras. El aporte de la municipalidad tiene un costo aproximado de

¢5.455.904,00 del total del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos para el cantón de Matina.

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TERCERA: PROGRAMACION

Ambas Instituciones y la Municipalidad acuerdan programar la ejecución de las

obras propuestas en el Programa de Mantenimiento y reparación de caminos

para el cantón de Matina. Para lo cual se elaborará, en forma coordinada, un

Plan de Trabajo y un cronograma de actividades de las obras a desarrollar.

CUARTA: LA COMISION

Las partes firmantes acuerdan crear una Comisión la cual estará conformada

por dos representantes de cada parte suscribiente, los cuales serán nombrados

respectivamente por el Gerente de la Administración de Desarrollo de

JAPDEVA, el Director Regional del INDER en Limón y Alcalde Municipal de

Matina.

La Comisión será la encargada de analizar las actividades a desarrollar propias

de la presente Carta de Entendimiento, podrá realizar las recomendaciones

respecto a las propuestas de ampliación, modificación, redistribución o

eliminación de actividades y costos, para la oportuna ejecución y atención de

los objetivos de la presente Carta de Entendimiento.

En la ejecución de la presente Carta de Entendimiento, la Comisión podrá

hacerse acompañar del personal de las áreas técnicas de cada Institución, a

efecto de que asesoren y ejecuten las acciones del presente acuerdo.

Las recomendaciones realizadas por la Comisión, serán analizadas por el

Gerente de la Administración de Desarrollo, el Director Regional del INDER en

Limón y el Alcalde Municipal de Matina, los cuales de forma colegiada

adoptarán las recomendaciones que estimen más convenientes, y solo en caso

de diferencias de criterios someterán las propuestas de ampliación,

modificación, redistribución o eliminación de actividades y costos, a

conocimiento y aprobación definitiva por parte de los Presidentes Ejecutivos de

JAPDEVA, INDER y el Alcalde de la Municipalidad de Matina.

La Comisión creada deberá establecer registros escritos de todo lo actuado, de

igual forma deberá rendir informes a los Presidentes Ejecutivos de JAPDEVA e

INDER, así como al Alcalde de la Municipalidad de Matina, los mismos deberán

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realizarse por la vía escrita y electrónica al menos de forma semestral y al

finalizar el plazo máximo de vigencia de la presente Carta de Entendimiento.

La Comisión se reunirá periódicamente a partir de la firma de esta Carta de

Entendimiento en forma ordinaria y extraordinariamente cuando alguna de las

partes lo convoque.

QUINTA: PLAZO

Para el cumplimiento del objetivo de esta Carta de Entendimiento, se contará

con un período de vigencia de un año a partir de su firma, prorrogable por un

periodo igual de un año, siempre que las partes así lo acuerden por escrito, con

al menos 15 días naturales de antelación al vencimiento del plazo inicial.

De concluirse anticipadamente o no renovarse la presente Carta de

Entendimiento, los programas, proyectos y actividades que se estén

ejecutando, continuarán desarrollándose hasta que se concluyan las

actividades contempladas.

SEXTA: SOLUCION DE DIVERGENCIAS

En caso de que se presenten divergencias en la ejecución de las actividades

programadas para el cumplimiento de la presente Carta de Entendimiento, las

mismas deberán ser resueltas por los coordinadores de las entidades

signatarias, en caso de no existir acuerdo deberán resolver los respectivos

jerarcas.

SETIMA: INCUMPLIMIENTO.

Si una de las partes incumpliera alguna de las cláusulas de la presente Carta

de Entendimiento, las que cumplan con las mismas se encuentran facultadas

para resolverla unilateralmente, previa comunicación por escrito, con las

responsabilidades que de ello deriven. En todo caso, las partes se reservan el

derecho de dar por concluido la Carta de Entendimiento, por razón de caso

fortuito o fuerza mayor que imposibilite continuar con la misma, lo cual hará de

conocimiento de inmediato de la otra parte luego de ocurrido el hecho, con

ocho días naturales de antelación, de ser posible.

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OCTAVA: ESTIMACIÓN.

La presente Carta de Entendimiento tiene una estimación de SESENTA Y

CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO

TRES COLONES NETOS (64.343.103,00) encontrándose los compromisos

adquiridos por cada parte dentro de sus respectivas actividades ordinarias.

NOVENA: RESTRICCIONES.

Las partes no podrán modificar el destino y uso del aporte acá establecido.

Quedan a salvo las modificaciones que puedan realizarse amparadas a las

facultades que posee la Comisión aquí creada.

DECIMA: DOCUMENTOS INTEGRANTES:

Forman parte integral de la presente Carta de Entendimiento: La Ley Orgánica

de JAPDEVA, y sus reformas, El Código Municipal, el Reglamento R-CO-44-

2007, Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la

Administración Pública, publicado en la Gaceta No. 202, del 22 de octubre del

2007, El Manual de Procedimientos para Modificación Presupuestaria en

JAPDEVA y Municipalidades; y la Ley de la Administración Financiera de la

República y Presupuestos Públicos y la Ley de Creación del Instituto de

Desarrollo Agrario, No. 6735 del 29 de Marzo del año 1982. y la Ley numero

9036 , Ley que Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto

de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural y la

Ley de la Administración Pública.

DECIMA PRIMERA: NORMAS SUPLETORIAS.

En lo no previsto expresamente de la presente Carta de Entendimiento, regirá

supletoriamente la normativa interna de cada institución, las leyes aplicables y

los principios generales que rigen el ordenamiento jurídico administrativo.

DECIMA SEGUNDA: FISCALIZACION.

La fiscalización estará a cargo de todas las partes suscribientes, las cuales

Comunicaran por escrito a las contrapartes, el nombre de su fiscalizador, en el

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plazo de un mes después de la entrada en vigencia de la presente Carta de

Entendimiento.

DECIMA TERCERA: EXCLUSION DE REFRENDO Y APROBACION

INTERNA:

La presente Carta de Entendimiento, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 3 (incisos 4, 5 y 6 párrafo final) y 17 del “Reglamento sobre el

Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” emitido por la

Contraloría General de la República (Resolución NºR-CO-44-2007 de las 9:00

horas de 11 de octubre de 2007, se encuentra excluido de refrendo y

aprobación interna.

.

DECIMA CUARTA: APROBACION.

La presente Carta de Entendimiento se aprueba mediante Acuerdo número

de la Sesión Ordinaria del Consejo de Administración de JAPDEVA Número

-2014, celebrada el de del 2014, y mediante Acuerdo número

del Consejo Municipal del Cantón de Matina, en su Sesión Ordinaria número

, celebrada el de enero del 2014.

Leída la presente Carta de Entendimiento y conscientes las partes de los

alcances que éste conlleva, las mismas se manifiestan conformes y firman en

la ciudad de Limón, a los _____ días del mes de ______ del año dos mil

catorce.

__________________________ ___________________________

Allan Hidalgo Campos Elvis Lawson Villafuerte

Presidente Ejecutivo, JAPDEVA Alcalde, Municipalidad de Matina

_________________________

Víctor Julio Carvajal Garro

Presidente Ejecutivo, INDER

CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN

PORTUARIA Y DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE

ATLÁNTICA (JAPDEVA), LA MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO Y EL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)

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Entre nosotros, la JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA Y DE

DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA, en adelante

denominada JAPDEVA, cédula de personería jurídica cuatro- cero cero cero-

cero cuatro dos uno cuatro ocho-cero uno, representada en este acto por

ALLAN HIDALGO CAMPOS, mayor, soltero, abogado, vecino de Heredia,

portador de la cédula de identidad número uno-setecientos veintidós-

ochocientos once, en su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO con

facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, personería que

consta en el Acta del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de la Sesión Ordinaria

número uno, artículo tercero, celebrada el ocho de mayo del dos mil diez,

publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ciento doce, de fecha jueves

diez de junio del dos mil diez, personería inscrita en el Registro Público,

Sección Personas, inscrita el diecinueve de julio del dos mil diez, al tomo dos

mil diez, asiento ciento ochenta y cuatro mil cuarenta y uno, consecutivo uno,

secuencia cuatro, GERARDO FUENTES GONZALEZ, mayor, divorciado,

cédula de identidad número dos- doscientos noventa y dos- mil cuatrocientos

ochenta y seis, vecino de Guácimo- Limón, en su condición de ALCALDE DE

LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE GUÁCIMO, de la provincia de Limón,

en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD, nombramiento que se acredita

mediante resolución número tres mil novecientos cincuenta y cinco- E- dos mil

seis del Tribunal Supremo de Elecciones, de las once horas cincuenta minutos

del veintidós de diciembre de dos mil seis, publicada en el diario oficial la

Gaceta n° 41 del día 27 de febrero del 2007 y amparado al artículo diecisiete,

inciso a) y n) del Código Municipal; el INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL,

en adelante denominado INDER, cédula de persona jurídica cuatro.-cero cero

cero-cero cuatro uno cuatro tres- once, representada en este acto por VICTOR

JULIO CARVAJAL GARRO, mayor, casado, Ingeniero Agrónomo y Máster en

Administración de Empresas con Énfasis en Finanzas, vecino de Santa Clara,

San Carlos, Alajuela, cédula dos- cero dos ocho cero – cero seis nueve tres, en

su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO, con facultades de Apoderado

Generalísimo Sin Límite de Suma, según Acuerdo del Consejo de Gobierno,

consignado en el Artículo Segundo del Acta de la Sesión Ordinaria Número

Ciento Treinta y Seis, celebrada el veintinueve de enero del dos mil trece,

publicado en el Diario Oficial la Gaceta número setenta y ocho, de fecha

miércoles veinticuatro de abril del dos mil trece; hemos acordado celebrar la

presente Carta de Entendimiento, la cual tiene como objetivo la realización de

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obras de infraestructura en los territorios rurales conformados por el INDER en

la Región Huetar Caribe, la misma se regirá por las siguientes clausulas:

CONSIDERANDO

1.- Que JAPDEVA fue creada mediante la Ley No. 3091 del 18 de febrero de

1963, reformada por Ley Nº 5337 del 9 de agosto de 1973, como ente Autónomo

del estado, con carácter de empresa de utilidad pública, que tiene el mandato

legal de promover el desarrollo socioeconómico, integral, rápido y eficiente de la

Vertiente Atlántica de Costa Rica, hecho que es congruente con las políticas

que en este sentido se encuentran plasmadas en el Plan Regional de

Competitividad Territorial de la Región Huetar Atlántica, Visión 2012-2022+, el

cual fue aprobado por el Consejo de Administración, según acuerdo 023-2012 de

la Sesión Extraordinaria No. 03-2012 del 19 de enero del 2012.

2.- Que de conformidad con la Ley No.5337 de JAPDEVA, la cual en su artículo

5 establece que la misma tiene capacidad para celebrar toda clase de contratos,

así como para realizar todos aquellos actos comerciales necesarios para cumplir

con las atribuciones que están a su cargo, de acuerdo con esta Ley.

3.- Que la Ley de Tierras y Colonización, número 2825, del 14 de Octubre del año

1961, es clara en su artículo 70, al decir “El Instituto, los Ministerios de Obras

Públicas, Salubridad y Educación preferentemente, la Caja Costarricense de

Seguro Social, Municipalidades y demás Instituciones Autónomas afines, quedan

facultadas para completar las dotaciones de tierras con la construcción de obras,

riego, saneamiento, asistencia médica, centros hospitalarios, vivienda, educación

y otros servicios comunes”.

4.- Que el artículo 5 de la Ley número 9036, que se denomina Ley que

“TRANSFORMA EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA) EN EL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) Y CREA LA SECRETARIA

TECNICA DE DESARROLLO RURAL”, publicado en la Gaceta No. 103, del

29 de mayo del 2012 tendrá dentro de sus objetivos los siguientes:

a) Promover y fomentar el bienestar económico y social en los territorios

rurales, mediante el apoyo económico a la diversificación y la generación de

ingresos, empleo y prestación de servicios públicos, b) Colaborar para

corregir las disparidades del desarrollo territorial por medio de la atención

diferenciada a los de mayor rezago, mediante una acción integral que

impulse su transformación y la reactivación productiva y económica, en

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especial de las economías familiares rurales, con un enfoque de desarrollo

rural sostenible, c) Contribuir al autoabastecimiento del país mediante un

impulso a la producción de alimentos, el desarrollo de la agroindustria para

el consumo interno y la exportación, establecimiento de mecanismos de

abastecimiento de los mercados locales y regionales en coordinación con

los entes públicos competentes fomentando condiciones favorables para el

acceso, especialmente a las mujeres rurales y a los sectores más

vulnerables de los territorios rurales, d) Fomentar la conservación de la

biodiversidad, el desarrollo de servicios ambientales rurales, el

mejoramiento de los recursos naturales mediante el establecimiento de

sistemas de producción, especialmente de agricultura orgánica,

agroindustria y ganadería, promoviendo sellos de calidad y de

denominaciones de origen, en coordinación con los entes públicos

competentes en cada materia, para hacer sostenible la producción en los

territorios rurales, e) Promover el derecho a la propiedad, acceso y control a

la tierra y a otros activos del medio rural, incorporando a las mujeres

campesinas como una acción eficaz para contribuir a la equidad, el

bienestar rural y la democracia, garantizando que el ordenamiento agrario

busque una racional distribución cualitativa del recurso tierra, f) Establecer

zonas de reserva agropecuaria, con el propósito de asegurar el uso

productivo que más convenga al país, en resguardo del autoabastecimiento

alimentario, con fundamento en la Ley N.º 7779, Uso, Manejo y

Conservación de Suelos, g) Facilitar el acceso de los productores y las

productoras rurales a los conocimientos, la información, el desarrollo

tecnológico, la innovación y los servicios de apoyo económico requeridos

para generar nuevos productos y procesos, fomentar la calidad e inocuidad

en sus actividades productivas y de servicios, promoviendo el

establecimiento de encadenamientos y alianzas en los cuales sean

partícipes las economías familiares campesinas y los pequeños y medianos

empresarios y empresarias rurales, en coordinación con las entidades

públicas centralizadas y descentralizadas, h) Estimular la productividad

y la producción para asegurar una alimentación saludable, nutritiva y

culturalmente apropiada, respetando la diversidad existente en todos los

territorios rurales bajo los principios de solidaridad, cooperación y

complementariedad para garantizar el autoabastecimiento y la seguridad

alimentaria de todos los habitantes del país, recurriendo a la generación y

transferencia de tecnología que permita la articulación técnica, la extensión,

la nutrición y la calidad, i) Impulsar la diversificación productiva del medio

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rural, tomando en cuenta su multifuncionalidad y sus potencialidades

productivas, y su contribución a la preservación de la biodiversidad, la

prestación de servicios ambientales a la sociedad, el mejoramiento de los

espacios y paisajes rurales y la protección del patrimonio natural en los

diversos territorios rurales del país, j) Promover el arraigo e integración de

la población habitante de los territorios rurales del país, reconociendo y

respetando la diversidad rural en un enfoque con participación de todos los

sectores, para contribuir, coordinando con las instituciones competentes, al

desarrollo de sus capacidades y su inclusión en los procesos de desarrollo

económico, social, ambiental e institucional, mediante la generación de

opciones agroproductivas y el impulso de planes de desarrollo rural

territorial y los servicios de vivienda, salud y educación, k) Facilitar el

acceso de las familias campesinas a las actividades productivas,

reconociendo la diversidad de los sistemas de producción que incluyen

producción de materias primas o alimentos básicos, comercialización

agropecuaria y transformación agroindustrial, l) Fortalecer el sistema

institucional rural y su articulación en los procesos de desarrollo mediante la

ejecución de los planes de desarrollo rural territorial, diseñados con la

participación de los campesinos sin tierra, las familias de los micros,

pequeños y medianos productores, las dependencias públicas territoriales y

los representantes de la sociedad civil, creando las condiciones para

responder, de manera eficaz, a las necesidades y demandas territoriales y a

la creación de las condiciones para que los actores locales sean gestores

de su propio desarrollo, m) Fomentar los procesos de asociatividad,

coordinando especialmente con las organizaciones campesinas de hombres

y mujeres, como base fundamental para el impulso de iniciativas de los

procesos de desarrollo rural, como sustentos de una verdadera

participación ciudadana, n) Facilitar los procesos de capacitación, formación

y educación rural, en coordinación interinstitucional, para que permita elevar

el nivel cultural y técnico del sector campesino, especialmente en las áreas

sociales, económicas, productivas y ambientales, ñ) Fomentar soluciones

locales y territoriales de comercialización en coordinación con las

instituciones públicas del sector agropecuario y con organizaciones

agroproductivas afines, o) Estimular y apoyar económicamente la

formación de cadenas de valor, para que los micros, pequeños y medianos

productores generen valor agregado y servicios en el medio rural desde la

etapa de preproducción hasta los procesos de transformación,

industrialización y comercialización final, dándole impulso a la

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complementariedad en servicios agroindustriales entre productores rurales

y la industria nacional.

5.- Que las entidades se encuentran unidas por intereses y objetivos comunes,

en el campo del desarrollo económico y social del país, con especial relación

en la dotación a las poblaciones rurales de los medios para su desarrollo, entre

ellos las estrategias de promoción, capacitación, ejecución y financiamiento de

diversos proyectos, construcción, reparación y mantenimiento de obras de

infraestructura rural básica, obras y actividades en temas de interés común para

ambas instituciones, relacionadas con la producción agropecuaria y

agroindustrial, agroturismo y el desarrollo integral de los asentamientos del

INDER; por lo que acuerdan unir esfuerzos en procura de mejorar el acceso a

la producción y la calidad de vida de los asentamiento de la Región.

6.- Que entre JAPDEVA y el INDER existe un Convenio Marco de Cooperación

Interinstitucional debidamente firmado y refrendado, mediante el cual ambas

instituciones están consientes del enorme beneficio que la provincia de Guácimo

puede derivar de la presente Carta de Entendimiento, a través de la adecuada

coordinación de sus actividades y reconocen en este acto, estar unidas por

intereses y objetivos comunes, con el fin de apoyar específicamente, la mejora de

las condiciones económicas por medio de la reparación y mejoramiento de la

infraestructura rural que demandan las diversas comunidades de la provincia. Así

mismo, entre la MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO y el INDER existe un Convenio

Marco de Cooperación Interinstitucional para el Cantón de Guácimo.

POR TANTO

Fundamentado en las anteriores consideraciones, entre nosotros JAPDEVA,

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO y el INDER acordamos suscribir la presente

Carta de Entendimiento que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETIVOS:

a-) Generales:

La presente Carta de Entendimiento tiene como objeto el trabajo conjunto entre

las diferentes instituciones, en procura de realizar los trabajos de mejoramiento

y rehabilitación de caminos ubicados en los asentamientos del INDER y zonas

de producción en el cantón de Guácimo que han sido evaluadas y priorizadas

en forma conjunta entre las tres instituciones. La ejecución se realizara en

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etapas, iniciando los trabajos en el primer semestre del 2014, la Municipalidad

de Guácimo cuenta con los respectivos permisos de extracción de material, lo

que facilitara iniciar con las obras, esto beneficiará a gran cantidad de

pobladores que habitan el cantón, provocando un impacto social y económico

positivo.

b-) Específicos:

Conforme el presente acuerdo, JAPDEVA aportará personal técnico y

profesional; así como maquinaria y vehículos livianos; el INDER aportará

recursos para gastos de operación, combustible, repuestos y otros que sean

necesarios para la ejecución del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos; y la Municipalidad de Guácimo aportará los permisos de extracción

de los tajos de los ríos y los materiales de río (lastre) para las obras de

infraestructura vial que se ejecutarán.

Las obras a ejecutar se detallan a continuación:

CUADRO No. 1

Infraestructura Vial

INDER-JAPDEVA-Cantón Guácimo, Provincia de Limón

COMUNIDADOBRA

SOLICITADA

LONGITUD

(KM)

VOLUMEN

(M3)

APORTE

MUNICIPALIDAD

APORTE

JAPDEVA

APORTE

INDER

COSTO

TOTAL

Adrimaga Relastreo 6,80 2.448 ₡ 1.560.600 ₡ 5.516.190 ₡ 6.789.439 ₡ 13.866.229

Calle Cambronero Lastreo 2,30 2.898 ₡ 1.847.475 ₡ 14.887.956 ₡ 18.324.397 ₡ 35.059.828

El Valle Lastreo 0,19 272 ₡ 173.502 ₡ 1.291.426 ₡ 1.589.514 ₡ 3.054.442

El Valle Relastreo 1,50 540 ₡ 344.250 ₡ 2.562.354 ₡ 3.153.797 ₡ 6.060.401

Expotropi Relastreo 0,77 277 ₡ 176.715 ₡ 969.985 ₡ 1.193.877 ₡ 2.340.576

La Cosecha Lastreo 0,09 125 ₡ 79.866 ₡ 438.383 ₡ 539.570 ₡ 1.057.819

La Cosecha Relastreo 1,10 396 ₡ 252.450 ₡ 1.385.692 ₡ 1.705.538 ₡ 3.343.680

Totales 12,75 6.957 ₡ 4.434.858 ₡ 27.051.986 ₡ 33.296.132 ₡ 64.782.976

CANTON DE GUACIMO

SEGUNDA: Obligaciones de la partes.

A-) JAPDEVA: Se compromete a:

1.- Aportar su maquinaria, equipo pesado y vehículos livianos por las

horas/maquina a utilizar, según los cuadros Nº 1 y 2. El aporte será para

atender labores de mantenimiento y reparación de caminos rurales (carga,

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

acarreo y colocación de materiales de río), en los territorios de influencia del

INDER y zonas de producción en el cantón de Guácimo; según los trabajos

señalados en el cuadro No. 1. Para ejecutar los trabajos propuestos se deberá

considerar, la disponibilidad de material para ejecutar las obras y las

condiciones climáticas de la zona.

2.- En caso de existir caminos de acceso hacia las obras incluidas en esta

Carta de Entendimiento, JAPDEVA se compromete a facilitar la maquinaria

para su reparación y/o mantenimiento, siempre y cuando la Municipalidad de

Guácimo proporcione el material necesario.

3.- JAPDEVA pondrá a disposición la cuenta específica Nº001-296419-8

(JAPDEVA DESARROLLO-BCR), con la finalidad de que el INDER transfiera

los recursos económicos para la ejecución de las obras del proyecto de

infraestructura vial del Cantón de Guácimo.

4.- JAPDEVA como entidad facilitadora del desarrollo de la provincia debe

atender eventos de emergencia que con regularidad se presentan en la

provincia, por lo que temporalmente se podrán suspender los trabajos objeto de

este compromiso, mientras se atiende el evento. Entendiéndose que se

retomaran los trabajos establecidos en esta Carta de Entendimiento, una vez

atendidas y concluidas las situaciones de emergencia en la Región.

Cuadro Nº 2:

Lista Maquinaria, Equipo Pesado y Vehículos de JAPDEVA

BACK-HOE

CAMION CISTERNA

Marca: Caterpillar Marca: Mitsubishi Canter

Año: 1999 Año: 2009

Serie: 4ZN13164 Serie: FG83PCA00066

Modelo: 416-C Modelo: Canter

No. Motor: No. Motor: 4D34N040333

Vin: 4ZN13164 Vin: FG83PCA00066

Placa: 109-145 Placa: 109-218

Placa

Inventario: 22985

Placa

Inventario: 25646

BACK-HOE CABEZAL Y LOW BOY

Marca: Caterpillar Marca: Internazional

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Año: 1999 Año: 2000

Serie: 4ZN16164 Serie: 2HSFHAERXC035866

Modelo: 416-C Modelo: XXXXXX

No. Motor: No. Motor: 11953126

Vin: 4ZN16164 Vin: 2HSFHAERXYC035866

Placa: 109-150 Placa:

Cabezal 109-201 Low

Boy 109-202

Placa

Inventario: 24287

Placa

Inventario:

Cabezal 25395 Low

Boy 25396

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: Mercedez Benz

Año: 2008 Año: 1989

Serie: T0310DJ158769 Serie:

Modelo: 310SJ Modelo:

No. Motor: PE4045T709110 No. Motor: 344955-10-925782

Vin: T0310SJ158769 Vin: 90M345321HB-772005

Placa: 109-203 Placa: 109-99

Placa

Inventario: 25420

Placa

Inventario: 20480

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJCA0191602 Serie: 8M069088

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

No. Motor: PE4045T806240 No. Motor: 6Z0553

Vin: 1T0310SJCA0191602 Vin: 1M2AG11C08M069088

Placa: 109-228 Placa: 109-185

Placa

Inventario:

Placa

Inventario: 25256

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJJA0191615 Serie: 8M069089

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

No. Motor: PE4045T806224 No. Motor: 6Z0738

Vin: 1T0310SJJA0191615 Vin: 1M2AG11C08M069089

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Placa: 109-229 Placa: 109-186

Placa

Inventario:

Placa

Inventario: 25257

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

Serie: DW672GX627951 Serie: 8M069090

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H779271 No. Motor: 6Z0749

Vin: DW672GX627951 Vin: 1M2AG11C08M069090

Placa: 109-226 Placa: 109-187

Placa

Inventario: 25844

Placa

Inventario: 25258

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

Serie: DW672GX627948 Serie: 8M069091

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H778929 No. Motor: 6Z0774

Vin: DW672GX627948 Vin: 1M2AG11C08M069091

Placa: 109-227 Placa: 109-188

Placa

Inventario: 25845

Placa

Inventario: 25259

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Caterpillar Marca: MACK

Año: 2007 Año: 2008

Serie: CATO320CVSBN01687 Serie: 1M2AG11C28M071151

Modelo: 320CL Modelo: CV713

No. Motor: G4E09380 No. Motor: 7K1363

Vin: CATO320CVSBN01687 Vin: 1M2AG11C28M071151

Placa: 109-181 Placa: 109-199

Placa

Inventario: 25248

Placa

Inventario: 25515

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2008

Serie: N80711382 Serie: 1M2AG11C48M071152

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Modelo: ROBEX290LC-7ª Modelo: CV713

No. Motor: 26529650 No. Motor: 7K1415

Vin: N80711382 Vin: 1M2AG11C48M071152

Placa: 109-224 Placa: 109-200

Placa

Inventario: 25821

Placa

Inventario: 25516

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2009

Serie: N80711383 Serie: 1M2AX18C99M003842

Modelo: ROBEX290LC-7ª Modelo: GU813

No. Motor: 26533450 No. Motor: 911638

Vin: N80711383 Vin: 1M2AX18C99M003842

Placa: 109-225 Placa: 109-207

Placa

Inventario: 25822

Placa

Inventario: 25447

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Link Belt Marca: MACK

Año: 2008 Año: 2009

Serie: EHCJ83253 Serie: 1M2AX18C99M003841

Modelo: 210X2 Modelo: GU813

No. Motor: 4HK1424225 No. Motor:

Vin: EHCJ83253 Vin: 1M2AX18C99M003841

Placa: Link Belt Placa: 109-208

Placa

Inventario: 25419

Placa

Inventario: 25476

COMPACTADORA VIBRATORIA TRACTOR DE ORUGA

Marca: Caterpillar Marca: Komatsu Estilo: Bulldozer

Año: 2008 Año: 2009

Serie: CATCS533ABZE01484 Serie: KMT0D100P01071166

Modelo: CS-533E Modelo: D65EX-15E0

No. Motor: G4D30411 No. Motor: 26856560

Vin: CATCS533ABZE01484 Vin: KMT0D100P01071166

Placa: 109-223 Placa: 109-215

Placa

Inventario: 25546

Placa

Inventario: 25547

PICK UP PICK UP

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Marca: TOYOTA Marca: NISSAN

Año: 2007 Año: 2008

Serie: 8AJFR22G104514193 Serie: JNICNUD22Z0012310

Modelo: HILUX Modelo: FRONTIER

No. Motor: 2KD7209086 No. Motor: ZD30125686K

Vin: 8AJFR22G104514193 Vin: JN1CNUD22Z0012310

Placa: 109-179 Placa: 109-206

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2008

Serie: JNICNUD22Z0012841 Serie: JNICNUD22Z0012629

Modelo: FRONTIER Modelo: FRONTIER

No. Motor: ZD30146148K No. Motor: ZD30141353K

Vin: JN1CNUD22Z0012841 Vin: JN1CNUD22Z0012629

Placa: 109-205 Placa: 109-204

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2007

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7208646 No. Motor: 2KD7210364

Vin: 8AJFR22G004514170 Vin: 8AJFR22G904514278

Placa: 109-180 Placa: 109-190

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2008

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7203584 No. Motor: 2KD7339681

Vin: 8AJFR22G404513913 Vin: 8AJFR22G104521113

Placa: 109-191 Placa: 109-196

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

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PICK UP PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2008 Año: 1997

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7332029 No. Motor: 3L4191278

Vin: 8AJFR22G80452606 Vin: LN1110003754

Placa: 109-197 Placa: 109-128

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PATROL PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2002

Serie: Serie:

Modelo: PATROL Modelo: FRONTIER-D22

No. Motor: ZD30121638K No. Motor: QD32160003

Vin: TDWSSLFAY61VRAFSRDA Vin: JN1CJUD22Z0728413

Placa: 109-232 Placa: 109-173

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

5.- JAPDEVA aportará el personal técnico y operativo necesario para el logro

del objetivo de la presente Carta de Entendimiento.

6.- JAPDEVA asumirá el costo de operación del equipo por un valor de

¢27.051.986,00 según el detalle de las obras contenidas en el cuadro Nº 1.

B-) INDER: Se compromete a:

Aportar una contrapartida de ¢33.296.132,00 la cual será utilizada para gastos

de mantenimiento de equipo, combustible y otros para el cumplimiento del

objeto de la presente Carta de Entendimiento. El INDER por medio de la

Oficina Subregional de Guácimo coordinará con las Asociaciones de

Parceleros de cada Asentamiento el control de horas y de material colocado

para cada proyecto, para lo cual se utilizarán boletas debidamente firmadas

por los mismos, que servirán de control en la ejecución de los trabajos.

C-) LA MUNICIPALIDAD: Se compromete a:

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Aportar como contrapartida 6.957 m³ de material de grava fina de 0 a 20

centímetros, los cuales serán extraídos de ríos, tajos secos o adquiridos vía

compra en tajos particulares y apilados en uno o varios centros de acopio,

ubicados lo más próximo posible a los sitios de trabajo (caminos). Dicho

material se colocará en los caminos indicados en el cuadro no.1 de esta Carta

de Entendimiento y para el mantenimiento de los caminos de acceso a estas

obras. El aporte de la municipalidad tiene un costo aproximado de

¢4.434.858,00 del total del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos para el cantón de Guácimo.

TERCERA: PROGRAMACION

Ambas Instituciones y la Municipalidad acuerdan programar la ejecución de las

obras propuestas en el Programa de Mantenimiento y reparación de caminos

para el cantón de Guácimo. Para lo cual se elaborará, en forma coordinada,

un Plan de Trabajo y un cronograma de actividades de las obras a desarrollar.

CUARTA: LA COMISION

Las partes firmantes acuerdan crear una Comisión la cual estará conformada

por dos representantes de cada parte suscribiente, los cuales serán nombrados

respectivamente por el Gerente de la Administración de Desarrollo de

JAPDEVA, el Director Regional del INDER en Limón y Alcalde Municipal de

Guácimo.

La Comisión será la encargada de analizar las actividades a desarrollar propias

de la presente Carta de Entendimiento, podrá realizar las recomendaciones

respecto a las propuestas de ampliación, modificación, redistribución o

eliminación de actividades y costos, para la oportuna ejecución y atención de

los objetivos de la presente Carta de Entendimiento.

En la ejecución de la presente Carta de Entendimiento, la Comisión podrá

hacerse acompañar del personal de las áreas técnicas de cada Institución, a

efecto de que asesoren y ejecuten las acciones del convenio.

Las recomendaciones realizadas por la Comisión, serán analizadas por el

Gerente de la Administración de Desarrollo, el Director Regional del INDER en

Limón y el Alcalde Municipal de Guácimo, los cuales de forma colegiada

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adoptarán las recomendaciones que estimen más convenientes, y solo en caso

de diferencias de criterios someterán las propuestas de ampliación,

modificación, redistribución o eliminación de actividades y costos, a

conocimiento y aprobación definitiva por parte de los Presidentes Ejecutivos de

JAPDEVA, INDER y el Alcalde de la Municipalidad de Guácimo.

La Comisión creada deberá establecer registros escritos de todo lo actuado, de

igual forma deberá rendir informes a los Presidentes Ejecutivos de JAPDEVA,

INDER, así como al Alcalde de la Municipalidad de Guácimo, los mismos

deberán realizarse por la vía escrita y electrónica al menos de forma semestral

y al finalizar el plazo máximo de vigencia de la presente Carta de

Entendimiento.

La Comisión se reunirá periódicamente a partir de la firma de esta Carta de

Entendimiento en forma ordinaria y extraordinariamente cuando alguna de las

partes lo convoque.

QUINTA: PLAZO

Para el cumplimiento del objetivo de esta Carta de Entendimiento, se contará

con un período de vigencia de un año a partir de su firma, prorrogable por un

periodo igual de un año, siempre que las partes así lo acuerden por escrito, con

al menos 15 días naturales de antelación al vencimiento del plazo inicial.

De concluirse anticipadamente o no renovarse la presente Carta de

Entendimiento, los programas, proyectos y actividades que se estén

ejecutando, continuarán desarrollándose hasta que se concluyan las

actividades contempladas.

SEXTA: SOLUCION DE DIVERGENCIAS.

En caso de que se presenten divergencias en la ejecución de las actividades

programadas para el cumplimiento de la presente carta de entendimiento, las

mismas deberán ser resueltas por los coordinadores de las entidades

signatarias, en caso de no existir acuerdo deberán resolver los respectivos

jerarcas.

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SETIMA: INCUMPLIMIENTO

Si una de las partes incumpliera alguna de las cláusulas de la presente Carta

de Entendimiento, las que cumplan con las mismas se encuentran facultadas

para resolverla unilateralmente, previa comunicación por escrito, con las

responsabilidades que de ello deriven. En todo caso, las partes se reservan el

derecho de dar por concluido la Carta de Entendimiento, por razón de caso

fortuito o fuerza mayor que imposibilite continuar con la misma, lo cual hará de

conocimiento de inmediato de la otra parte luego de ocurrido el hecho, con

ocho días naturales de antelación, de ser posible.

OCTAVA: ESTIMACIÓN.

La presente Carta de Entendimiento tiene un costo estimado de SESENTA Y

CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS

SETENTA Y SEIS COLONES NETOS (64.782.976,00) encontrándose los

compromisos adquiridos por cada parte dentro de sus respectivas actividades

ordinarias.

NOVENA: RESTRICCIONES.

Las partes no podrán modificar el destino y uso del aporte acá establecido.

Quedan a salvo las modificaciones que puedan realizarse amparadas a las

facultades que posee la Comisión aquí creada.

DECIMA: DOCUMENTOS INTEGRANTES:

Forman parte integral de la presente Carta de Entendimiento: La Ley Orgánica

de JAPDEVA, y sus reformas, El Código Municipal, el Reglamento R-CO-44-

2007, Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la

Administración Pública, publicado en la Gaceta No. 202, del 22 de octubre del

2007, El Manual de Procedimientos para Modificación Presupuestaria en

JAPDEVA y Municipalidades; y la Ley de la Administración Financiera de la

República y Presupuestos Públicos y la Ley de Creación del Instituto de

Desarrollo Agrario, No. 6735 del 29 de Marzo del año 1982. y la Ley numero

9036 , Ley que Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto

de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural y la

Ley de la Administración Pública.

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DECIMA PRIMERA: NORMAS SUPLETORIAS.

En lo no previsto expresamente de la presente Carta de Entendimiento, regirá

supletoriamente la normativa interna de cada institución, las leyes aplicables y

los principios generales que rigen el ordenamiento jurídico administrativo.

DECIMA SEGUNDA: FISCALIZACION.

La fiscalización estará a cargo de todas las partes suscribientes, las cuales

Comunicaran por escrito a las contrapartes, el nombre de su fiscalizador, en el

plazo de un mes después de la entrada en vigencia de la presente Carta de

Entendimiento.

DECIMA TERCERA: EXCLUSION DE REFRENDO Y APROBACION

INTERNA:

La presente Carta de Entendimiento, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 3 (incisos 4, 5 y 6 párrafo final) y 17 del “Reglamento sobre el

Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” emitido por la

Contraloría General de la República (Resolución NºR-CO-44-2007 de las 9:00

horas de 11 de octubre de 2007, se encuentra excluido de refrendo y

aprobación interna.

DECIMA CUARTA: APROBACION.

La presente Carta de Entendimiento se aprueba mediante Acuerdo número

de la Sesión Ordinaria del Consejo de Administración de JAPDEVA Número

-2014, celebrada el de del 2014, y mediante Acuerdo número

del Consejo Municipal del Cantón de Guácimo, en su Sesión Ordinaria número

, celebrada el de mayo del 2014.

Leída la presente Carta de Entendimiento y conscientes las partes de los

alcances que éste conlleva, las mismas se manifiestan conformes y firman en

la ciudad de Guácimo, a los _____ días del mes de ______ del año dos mil

catorce.

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________________________ _________________________

Allan Hidalgo Campos Gerardo Fuentes González

Presidente Ejecutivo, JAPDEVA Alcalde, Municipalidad de Guácimo

_________________________

Víctor Julio Carvajal Garro

Presidente Ejecutivo, INDER

CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN

PORTUARIA Y DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE

ATLÁNTICA (JAPDEVA), LA MUNICIPALIDAD DE LIMÓN Y EL INSTITUTO

DE DESARROLLO RURAL (INDER)

Entre nosotros, la JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA Y DE

DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA, en adelante

denominada JAPDEVA, cédula de personería jurídica cuatro- cero cero cero-

cero cuatro dos uno cuatro ocho-cero uno, representada en este acto por

ALLAN HIDALGO CAMPOS, mayor, soltero, abogado, vecino de Heredia,

portador de la cédula de identidad número uno-setecientos veintidós-

ochocientos once, en su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO con

facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, personería que

consta en el Acta del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de la Sesión Ordinaria

número uno, artículo tercero, celebrada el ocho de mayo del dos mil diez,

publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ciento doce, de fecha jueves

diez de junio del dos mil diez, personería inscrita en el Registro Público,

Sección Personas, inscrita el diecinueve de julio del dos mil diez, al tomo dos

mil diez, asiento ciento ochenta y cuatro mil cuarenta y uno, consecutivo uno,

secuencia cuatro, NESTOR MATTIS WILLIAMS, mayor, casado, Licenciado en

Administración de Empresas, vecino de Limón, portador de la cédula de

identidad número uno – setecientos cincuenta y nueve- quinientos treinta y

nueve, en su condición de ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN

CENTRAL DE LIMON, de la provincia de Limón, en adelante denominada LA

MUNICIPALIDAD, publicado en el Alcance n° 13 del diario oficial de la Gaceta

n° 36 del día 21 de febrero del 2011; el INSTITUTO DE DESARROLLO

RURAL, en adelante denominado INDER, cédula de persona jurídica cuatro.-

cero cero cero-cero cuatro uno cuatro tres- once, representada en este acto por

VICTOR JULIO CARVAJAL GARRO, mayor, casado, Ingeniero Agrónomo y

Máster en Administración de Empresas con Énfasis en Finanzas, vecino de

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Santa Clara, San Carlos, Alajuela, cédula dos- cero dos ocho cero – cero seis

nueve tres, en su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO, con facultades de

Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma, según Acuerdo del Consejo de

Gobierno, consignado en el Artículo Segundo del Acta de la Sesión Ordinaria

Número Ciento Treinta y Seis, celebrada el veintinueve de enero del dos mil

trece, publicado en el Diario Oficial la Gaceta número setenta y ocho, de fecha

miércoles veinticuatro de abril del dos mil trece; hemos acordado celebrar la

presente Carta de Entendimiento, la cual tiene como objetivo la realización de

obras de infraestructura en los territorios rurales conformados por el INDER en

la Región Huetar Caribe, la misma se regirá por las siguientes clausulas:

CONSIDERANDO

1.- Que JAPDEVA fue creada mediante la Ley No. 3091 del 18 de febrero de

1963, reformada por Ley Nº 5337 del 9 de agosto de 1973, como ente Autónomo

del estado, con carácter de empresa de utilidad pública, que tiene el mandato

legal de promover el desarrollo socioeconómico, integral, rápido y eficiente de la

Vertiente Atlántica de Costa Rica, hecho que es congruente con las políticas

que en este sentido se encuentran plasmadas en el Plan Regional de

Competitividad Territorial de la Región Huetar Atlántica, Visión 2012-2022+, el

cual fue aprobado por el Consejo de Administración, según acuerdo 023-2012 de

la Sesión Extraordinaria No. 03-2012 del 19 de enero del 2012.

2.- Que de conformidad con la Ley No.5337 de JAPDEVA, la cual en su artículo

5 establece que la misma tiene capacidad para celebrar toda clase de contratos,

así como para realizar todos aquellos actos comerciales necesarios para cumplir

con las atribuciones que están a su cargo, de acuerdo con esta Ley.

3.- Que la Ley de Tierras y Colonización, número 2825, del 14 de Octubre del año

1961, es clara en su artículo 70, al decir “El Instituto, los Ministerios de Obras

Públicas, Salubridad y Educación preferentemente, la Caja Costarricense de

Seguro Social, Municipalidades y demás Instituciones Autónomas afines, quedan

facultadas para completar las dotaciones de tierras con la construcción de obras,

riego, saneamiento, asistencia médica, centros hospitalarios, vivienda, educación

y otros servicios comunes”.

4.- Que el artículo 5 de la Ley número 9036, que se denomina Ley que

“TRANSFORMA EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA) EN EL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) Y CREA LA SECRETARIA

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TECNICA DE DESARROLLO RURAL”, publicado en la Gaceta No. 103, del

29 de mayo del 2012 tendrá dentro de sus objetivos los siguientes:

a)Promover y fomentar el bienestar económico y social en los territorios

rurales, mediante el apoyo económico a la diversificación y la generación de

ingresos, empleo y prestación de servicios públicos, b) Colaborar para corregir

las disparidades del desarrollo territorial por medio de la atención diferenciada

a los de mayor rezago, mediante una acción integral que impulse su

transformación y la reactivación productiva y económica, en especial de las

economías familiares rurales, con un enfoque de desarrollo rural sostenible, c)

Contribuir al autoabastecimiento del país mediante un impulso a la producción

de alimentos, el desarrollo de la agroindustria para el consumo interno y la

exportación, establecimiento de mecanismos de abastecimiento de los

mercados locales y regionales en coordinación con los entes públicos

competentes fomentando condiciones favorables para el acceso,

especialmente a las mujeres rurales y a los sectores más vulnerables de los

territorios rurales, d) Fomentar la conservación de la biodiversidad, el

desarrollo de servicios ambientales rurales, el mejoramiento de los recursos

naturales mediante el establecimiento de sistemas de producción,

especialmente de agricultura orgánica, agroindustria y ganadería, promoviendo

sellos de calidad y de denominaciones de origen, en coordinación con los entes

públicos competentes en cada materia, para hacer sostenible la producción en

los territorios rurales, e) Promover el derecho a la propiedad, acceso y control a

la tierra y a otros activos del medio rural, incorporando a las mujeres

campesinas como una acción eficaz para contribuir a la equidad, el bienestar

rural y la democracia, garantizando que el ordenamiento agrario busque una

racional distribución cualitativa del recurso tierra, f) Establecer zonas de

reserva agropecuaria, con el propósito de asegurar el uso productivo que más

convenga al país, en resguardo del autoabastecimiento alimentario, con

fundamento en la Ley N.º 7779, Uso, Manejo y Conservación de Suelos, g)

Facilitar el acceso de los productores y las productoras rurales a los

conocimientos, la información, el desarrollo tecnológico, la innovación y los

servicios de apoyo económico requeridos para generar nuevos productos y

procesos, fomentar la calidad e inocuidad en sus actividades productivas y de

servicios, promoviendo el establecimiento de encadenamientos y alianzas en

los cuales sean partícipes las economías familiares campesinas y los

pequeños y medianos empresarios y empresarias rurales, en coordinación con

las entidades públicas centralizadas y descentralizadas, h)Estimular la

productividad y la producción para asegurar una alimentación saludable,

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nutritiva y culturalmente apropiada, respetando la diversidad existente en todos

los territorios rurales bajo los principios de solidaridad, cooperación y

complementariedad para garantizar el autoabastecimiento y la seguridad

alimentaria de todos los habitantes del país, recurriendo a la generación y

transferencia de tecnología que permita la articulación técnica, la extensión, la

nutrición y la calidad, i) Impulsar la diversificación productiva del medio rural,

tomando en cuenta su multifuncionalidad y sus potencialidades productivas, y

su contribución a la preservación de la biodiversidad, la prestación de servicios

ambientales a la sociedad, el mejoramiento de los espacios y paisajes rurales y

la protección del patrimonio natural en los diversos territorios rurales del país, j)

Promover el arraigo e integración de la población habitante de los territorios

rurales del país, reconociendo y respetando la diversidad rural en un enfoque

con participación de todos los sectores, para contribuir, coordinando con las

instituciones competentes, al desarrollo de sus capacidades y su inclusión en

los procesos de desarrollo económico, social, ambiental e institucional,

mediante la generación de opciones agroproductivas y el impulso de planes de

desarrollo rural territorial y los servicios de vivienda, salud y educación, k)

Facilitar el acceso de las familias campesinas a las actividades productivas,

reconociendo la diversidad de los sistemas de producción que incluyen

producción de materias primas o alimentos básicos, comercialización

agropecuaria y transformación agroindustrial, l) Fortalecer el sistema

institucional rural y su articulación en los procesos de desarrollo mediante la

ejecución de los planes de desarrollo rural territorial, diseñados con la

participación de los campesinos sin tierra, las familias de los micros, pequeños

y medianos productores, las dependencias públicas territoriales y los

representantes de la sociedad civil, creando las condiciones para responder, de

manera eficaz, a las necesidades y demandas territoriales y a la creación de

las condiciones para que los actores locales sean gestores de su propio

desarrollo, m) Fomentar los procesos de asociatividad, coordinando

especialmente con las organizaciones campesinas de hombres y mujeres,

como base fundamental para el impulso de iniciativas de los procesos de

desarrollo rural, como sustentos de una verdadera participación ciudadana, n)

Facilitar los procesos de capacitación, formación y educación rural, en

coordinación interinstitucional, para que permita elevar el nivel cultural y técnico

del sector campesino, especialmente en las áreas sociales, económicas,

productivas y ambientales, ñ) Fomentar soluciones locales y territoriales de

comercialización en coordinación con las instituciones públicas del sector

agropecuario y con organizaciones agroproductivas afines, o) Estimular y

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apoyar económicamente la formación de cadenas de valor, para que los

micros, pequeños y medianos productores generen valor agregado y servicios

en el medio rural desde la etapa de preproducción hasta los procesos de

transformación, industrialización y comercialización final, dándole impulso a la

complementariedad en servicios agroindustriales entre productores rurales y la

industria nacional.

5,- Que las entidades se encuentran unidas por intereses y objetivos comunes,

en el campo del desarrollo económico y social del país, con especial relación

en la dotación a las poblaciones rurales de los medios para su desarrollo, entre

ellos las estrategias de promoción, capacitación, ejecución y financiamiento de

diversos proyectos, construcción, reparación y mantenimiento de obras de

infraestructura rural básica, obras y actividades en temas de interés común para

ambas instituciones, relacionadas con la producción agropecuaria y

agroindustrial, agroturismo y el desarrollo integral de los asentamientos del

INDER; por lo que acuerdan unir esfuerzos en procura de mejorar el acceso a

la producción y la calidad de vida de los asentamiento de la Región.

6.-Que entre JAPDEVA y el INDER existe un Convenio Marco de Cooperación

Interinstitucional debidamente firmado y refrendado, mediante el cual ambas

instituciones están conscientes del enorme beneficio que la provincia de Guácimo

puede derivar de la presente Carta de Entendimiento, a través de la adecuada

coordinación de sus actividades y reconocen en este acto, estar unidas por

intereses y objetivos comunes, con el fin de apoyar específicamente, la mejora de

las condiciones económicas por medio de la reparación y mejoramiento de la

infraestructura rural que demandan las diversas comunidades de la provincia.

Asimismo, entre la MUNICIPALIDAD DE LIMÓN y el INDER existe un Convenio

Marco de Cooperación Interinstitucional para el Cantón de Limón.

POR TANTO

Fundamentado en las anteriores consideraciones, entre nosotros JAPDEVA,

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN y el INDER acordamos suscribir la presente Carta

de Entendimiento que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETIVOS:

a-) Generales:

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COMUNIDADOBRA

SOLICITADA

LONGITUD

(KM)

VOLUMEN

(M3)

APORTE

MUNICIPALIDAD

APORTE

JAPDEVA

APORTE

INDER

COSTO

TOTAL

Rio Blanco Relastreo 2,30 828 ₡ 527.850 ₡ 4.611.198 ₡ 5.056.484 ₡ 10.195.533

Las Brisas Relastreo 1,70 612 ₡ 390.150 ₡ 3.619.997 ₡ 3.969.566 ₡ 7.979.714

Juan Pablo II Relastreo 1,00 360 ₡ 229.500 ₡ 949.932 ₡ 1.041.663 ₡ 2.221.095

Miramar Lastreo 2,40 3.456 ₡ 2.203.200 ₡ 14.787.286 ₡ 19.798.595 ₡ 36.789.082

Duruy Relastreo 1,70 612 ₡ 390.150 ₡ 2.096.911 ₡ 2.807.540 ₡ 5.294.601

9,10 5.868 ₡ 3.740.850 ₡ 26.065.325 ₡ 32.673.849 ₡ 62.480.024

CANTON DE LIMON

La presente Carta de Entendimiento tiene como objeto el trabajo conjunto entre

las diferentes instituciones, en procura de realizar los trabajos de mejoramiento

y rehabilitación de caminos ubicados en los asentamientos del INDER y zonas

de producción en el cantón de Limón que han sido evaluadas y priorizadas en

forma conjunta entre las tres instituciones. La ejecución se realizara en etapas,

iniciando los trabajos en el primer semestre del 2014, como se puntualiza en el

cuadro Nº 1, a la fecha la Municipalidad de Limón cuenta con los respectivos

permisos de extracción de material, lo que facilitara iniciar con las obras, esto

beneficiará a gran cantidad de pobladores que habitan el cantón, provocando

un impacto social y económico positivo.

b-) Específicos:

Conforme el presente acuerdo, JAPDEVA aportará personal técnico y

profesional; así como maquinaria y vehículos livianos; el INDER aportará

recursos para gastos de operación, combustible, repuestos y otros que sean

necesarios para la ejecución del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos; y la Municipalidad de Limon aportará los permisos de extracción de

los tajos de los ríos y los materiales de río (lastre) para las obras de

infraestructura vial que se ejecutarán.

Las obras a ejecutar se detallan a continuación:

CUADRO No. 1

Infraestructura Vial

INDER-JAPDEVA-Cantón Limón, Provincia de Limón

SEGUNDA: Obligaciones de la partes.

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A-) JAPDEVA: Se compromete a:

1. Aportar su maquinaria y Equipo Pesado y vehículo livianos por las

horas/maquina a utilizar, según los cuadros Nº 1 y 2. El aporte será para

atender labores de mantenimiento y reparación de caminos rurales

(carga, acarreo y colocación de materiales de río), en los territorios de

influencia del INDER y zonas de producción en el Cantón de Limón;

según los trabajos señalados en el cuadro No. 1. Para ejecutar los

trabajos propuestos se deberá considerar, la disponibilidad de material

para ejecutar las obras y las condiciones climáticas de la zona.

2. En caso de existir caminos de acceso hacia las obras incluidas en esta

Carta de Entendimiento, JAPDEVA se compromete a facilitar la

maquinaria para su reparación y/o mantenimiento, siempre y cuando la

Municipalidad de Limón proporcione el material necesario.

3. JAPDEVA pondrá a disposición la cuenta específica Nº001-296419-8

(JAPDEVA DESARROLLO-BCR), con la finalidad de que el INDER

transfiera los recursos económicos para la ejecución de las obras del

proyecto de infraestructura vial del Cantón de Limón.

4. JAPDEVA como entidad facilitadora del desarrollo de la provincia debe

atender eventos de emergencia que con regularidad se presentan en la

provincia, por lo que temporalmente se podrán suspender los trabajos

objeto de este compromiso, mientras se atiende el evento.

Entendiéndose que se retomaran los trabajos establecidos en esta

Carta de Entendimiento, una vez atendidas y concluidas las situaciones

de emergencia en la Región.

Cuadro Nº 2:

Lista Maquinaria, Equipo Pesado y Vehículos de JAPDEVA

BACK-HOE

CAMION CISTERNA

Marca: Caterpillar Marca: Mitsubishi Canter

Año: 1999 Año: 2009

Serie: 4ZN13164 Serie: FG83PCA00066

Modelo: 416-C Modelo: Canter

No. Motor: No. Motor: 4D34N040333

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Vin: 4ZN13164 Vin: FG83PCA00066

Placa: 109-145 Placa: 109-218

Placa

Inventario: 22985

Placa

Inventario: 25646

BACK-HOE CABEZAL Y LOW BOY

Marca: Caterpillar Marca: Internazional

Año: 1999 Año: 2000

Serie: 4ZN16164 Serie: 2HSFHAERXC035866

Modelo: 416-C Modelo: XXXXXX

No. Motor: No. Motor: 11953126

Vin: 4ZN16164 Vin: 2HSFHAERXYC035866

Placa: 109-150 Placa:

Cabezal 109-201 Low

Boy 109-202

Placa

Inventario: 24287

Placa

Inventario:

Cabezal 25395 Low

Boy 25396

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: Mercedez Benz

Año: 2008 Año: 1989

Serie: T0310DJ158769 Serie:

Modelo: 310SJ Modelo:

No. Motor: PE4045T709110 No. Motor: 344955-10-925782

Vin: T0310SJ158769 Vin: 90M345321HB-772005

Placa: 109-203 Placa: 109-99

Placa

Inventario: 25420

Placa

Inventario: 20480

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJCA0191602 Serie: 8M069088

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

No. Motor: PE4045T806240 No. Motor: 6Z0553

Vin: 1T0310SJCA0191602 Vin: 1M2AG11C08M069088

Placa: 109-228 Placa: 109-185

Placa

Inventario:

Placa

Inventario: 25256

BACK-HOE VAGONETA

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJJA0191615 Serie: 8M069089

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

No. Motor: PE4045T806224 No. Motor: 6Z0738

Vin: 1T0310SJJA0191615 Vin: 1M2AG11C08M069089

Placa: 109-229 Placa: 109-186

Placa

Inventario:

Placa

Inventario: 25257

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

Serie: DW672GX627951 Serie: 8M069090

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H779271 No. Motor: 6Z0749

Vin: DW672GX627951 Vin: 1M2AG11C08M069090

Placa: 109-226 Placa: 109-187

Placa

Inventario: 25844

Placa

Inventario: 25258

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

Serie: DW672GX627948 Serie: 8M069091

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H778929 No. Motor: 6Z0774

Vin: DW672GX627948 Vin: 1M2AG11C08M069091

Placa: 109-227 Placa: 109-188

Placa

Inventario: 25845

Placa

Inventario: 25259

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Caterpillar Marca: MACK

Año: 2007 Año: 2008

Serie: CATO320CVSBN01687 Serie: 1M2AG11C28M071151

Modelo: 320CL Modelo: CV713

No. Motor: G4E09380 No. Motor: 7K1363

Vin: CATO320CVSBN01687 Vin: 1M2AG11C28M071151

Placa: 109-181 Placa: 109-199

Placa 25248 Placa 25515

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Inventario: Inventario:

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2008

Serie: N80711382 Serie: 1M2AG11C48M071152

Modelo: ROBEX290LC-7ª Modelo: CV713

No. Motor: 26529650 No. Motor: 7K1415

Vin: N80711382 Vin: 1M2AG11C48M071152

Placa: 109-224 Placa: 109-200

Placa

Inventario: 25821

Placa

Inventario: 25516

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2009

Serie: N80711383 Serie: 1M2AX18C99M003842

Modelo: ROBEX290LC-7A Modelo: GU813

No. Motor: 26533450 No. Motor: 911638

Vin: N80711383 Vin: 1M2AX18C99M003842

Placa: 109-225 Placa: 109-207

Placa

Inventario: 25822

Placa

Inventario: 25447

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Link Belt Marca: MACK

Año: 2008 Año: 2009

Serie: EHCJ83253 Serie: 1M2AX18C99M003841

Modelo: 210X2 Modelo: GU813

No. Motor: 4HK1424225 No. Motor:

Vin: EHCJ83253 Vin: 1M2AX18C99M003841

Placa: Link Belt Placa: 109-208

Placa

Inventario: 25419

Placa

Inventario: 25476

COMPACTADORA VIBRATORIA TRACTOR DE ORUGA

Marca: Caterpillar Marca: Komatsu Estilo: Bulldozer

Año: 2008 Año: 2009

Serie: CATCS533ABZE01484 Serie: KMT0D100P01071166

Modelo: CS-533E Modelo: D65EX-15E0

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

No. Motor: G4D30411 No. Motor: 26856560

Vin: CATCS533ABZE01484 Vin: KMT0D100P01071166

Placa: 109-223 Placa: 109-215

Placa

Inventario: 25546

Placa

Inventario: 25547

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: NISSAN

Año: 2007 Año: 2008

Serie: 8AJFR22G104514193 Serie: JNICNUD22Z0012310

Modelo: HILUX Modelo: FRONTIER

No. Motor: 2KD7209086 No. Motor: ZD30125686K

Vin: 8AJFR22G104514193 Vin: JN1CNUD22Z0012310

Placa: 109-179 Placa: 109-206

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2008

Serie: JNICNUD22Z0012841 Serie: JNICNUD22Z0012629

Modelo: FRONTIER Modelo: FRONTIER

No. Motor: ZD30146148K No. Motor: ZD30141353K

Vin: JN1CNUD22Z0012841 Vin: JN1CNUD22Z0012629

Placa: 109-205 Placa: 109-204

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2007

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7208646 No. Motor: 2KD7210364

Vin: 8AJFR22G004514170 Vin: 8AJFR22G904514278

Placa: 109-180 Placa: 109-190

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2008

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7203584 No. Motor: 2KD7339681

Vin: 8AJFR22G404513913 Vin: 8AJFR22G104521113

Placa: 109-191 Placa: 109-196

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2008 Año: 1997

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7332029 No. Motor: 3L4191278

Vin: 8AJFR22G80452606 Vin: LN1110003754

Placa: 109-197 Placa: 109-128

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PATROL PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2002

Serie: Serie:

Modelo: PATROL Modelo: FRONTIER-D22

No. Motor: ZD30121638K No. Motor: QD32160003

Vin: TDWSSLFAY61VRAFSRDA Vin: JN1CJUD22Z0728413

Placa: 109-232 Placa: 109-173

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

5.- JAPDEVA aportará el personal técnico y operativo necesario para el logro

del objetivo de la presente Carta de Entendimiento.

6.- JAPDEVA asumirá el costo de operación del equipo por un valor de

¢27.051.986,00 según el detalle de las obras contenidas en el cuadro Nº 1.

B-) INDER: Se compromete a:

Aportar una contrapartida de ¢32.673.849,00 la cual será utilizada para gastos

de mantenimiento de equipo, combustible y otros para el cumplimiento del

objeto de la presente Carta de Entendimiento. El INDER por medio de la

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Oficina Subregional de Limón coordinará con las Asociaciones de Parceleros

de cada Asentamiento el control de horas y de material colocado para cada

proyecto, para lo cual se utilizarán boletas debidamente firmadas por los

mismos, que servirán de control en la ejecución de los trabajos.

C-) LA MUNICIPALIDAD: Se compromete a:

Aportar como contrapartida 5.868 m³ de material de grava fina de 0 a 20

centímetros, los cuales serán extraídos de ríos, tajos secos o adquiridos vía

compra en tajos particulares y apilados en uno o varios centros de acopio,

ubicados lo más próximo posible a los sitios de trabajo (caminos). Dicho

material se colocará en los caminos indicados en el cuadro no.1 de esta Carta

de Entendimiento y para el mantenimiento de los caminos de acceso a estas

obras. El aporte de la municipalidad tiene un costo aproximado de

¢3.740.850,00 del total del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos para el cantón de Limón.

TERCERA: PROGRAMACION

Ambas Instituciones y la Municipalidad acuerdan programar la ejecución de las

obras propuestas en el Programa de Mantenimiento y reparación de caminos

para el Cantón de Limón. Para lo cual se elaborará, en forma coordinada, un

Plan de Trabajo y un cronograma de actividades de las obras a desarrollar.

CUARTA: LA COMISION

Las partes firmantes acuerdan crear una Comisión la cual estará conformada

por dos representantes de cada parte suscribiente, los cuales serán nombrados

respectivamente por el Gerente de la Administración de Desarrollo de

JAPDEVA, el Director Regional del INDER en Limón y Alcalde Municipal de

Limòn.

La Comisión será la encargada de analizar las actividades a desarrollar propias

de la presente Carta de Entendimiento, podrá realizar las recomendaciones

respecto a las propuestas de ampliación, modificación, redistribución o

eliminación de actividades y costos, para la oportuna ejecución y atención de

los objetivos de la presente Carta de Entendimiento.

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

En la ejecución de la presente Carta de Entendimiento, la Comisión podrá

hacerse acompañar del personal de las áreas técnicas de cada Institución, a

efecto de que asesoren y ejecuten las acciones del presente acuerdo.

Las recomendaciones realizadas por la Comisión, serán analizadas por el

Gerente de la Administración de Desarrollo, el Director Regional del INDER en

Limón y el Alcalde Municipal de Limon, los cuales de forma colegiada

adoptarán las recomendaciones que estimen más convenientes, y solo en caso

de diferencias de criterios someterán las propuestas de ampliación,

modificación, redistribución o eliminación de actividades y costos, a

conocimiento y aprobación definitiva por parte de los Presidentes Ejecutivos de

JAPDEVA, INDER y el Alcalde de la Municipalidad de Limòn.

La Comisión creada deberá establecer registros escritos de todo lo actuado, de

igual forma deberá rendir informes a los Presidentes Ejecutivos de JAPDEVA e

INDER, así como al Alcalde de la Municipalidad de Limón, los mismos deberán

realizarse por la vía escrita y electrónica al menos de forma semestral y al

finalizar el plazo máximo de vigencia de la presente Carta de Entendimiento.

La Comisión se reunirá periódicamente a partir de la firma de esta Carta de

Entendimiento en forma ordinaria y extraordinariamente cuando alguna de las

partes lo convoque.

QUINTA: PLAZO

Para el cumplimiento del objetivo de esta Carta de Entendimiento, se contará

con un período de vigencia de un año a partir de su firma, prorrogable por un

periodo igual de un año, siempre que las partes así lo acuerden por escrito, con

al menos 15 días naturales de antelación al vencimiento del plazo inicial.

De concluirse anticipadamente o no renovarse la presente Carta de

Entendimiento, los programas, proyectos y actividades que se estén

ejecutando, continuarán desarrollándose hasta que se concluyan las

actividades contempladas.

SEXTA: SOLUCION DE DIVERGENCIAS

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

En caso de que se presenten divergencias en la ejecución de las actividades

programadas para el cumplimiento de la presente carta de entendimiento, las

mismas deberán ser resueltas por los coordinadores de las entidades

signatarias, en caso de no existir acuerdo deberán resolver los respectivos

jerarcas.

SETIMA: INCUMPLIMIENTO.

Si una de las partes incumpliera alguna de las cláusulas de la presente Carta

de Entendimiento, las que cumplan con las mismas se encuentran facultadas

para resolverla unilateralmente, previa comunicación por escrito, con las

responsabilidades que de ello deriven. En todo caso, las partes se reservan el

derecho de dar por concluido la Carta de Entendimiento, por razón de caso

fortuito o fuerza mayor que imposibilite continuar con la misma, lo cual hará de

conocimiento de inmediato de la otra parte luego de ocurrido el hecho, con

ocho días naturales de antelación, de ser posible.

OCTAVA: ESTIMACIÓN.

La presente Carta de Entendimiento tiene una estimación de SESENTA Y DOS

MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL VEINTICUATRO COLONES

NETOS (62.480.024,00) encontrándose los compromisos adquiridos por cada

parte dentro de sus respectivas actividades ordinarias.

NOVENA: RESTRICCIONES.

Las partes no podrán modificar el destino y uso del aporte acá establecido.

Quedan a salvo las modificaciones que puedan realizarse amparadas a las

facultades que posee la Comisión aquí creada.

DECIMA: DOCUMENTOS INTEGRANTES:

Forman parte integral de la presente Carta de Entendimiento: La Ley Orgánica

de JAPDEVA, y sus reformas, El Código Municipal, el Reglamento R-CO-44-

2007, Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la

Administración Pública, publicado en la Gaceta No. 202, del 22 de octubre del

2007, El Manual de Procedimientos para Modificación Presupuestaria en

JAPDEVA y Municipalidades; y la Ley de la Administración Financiera de la

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

República y Presupuestos Públicos y la Ley de Creación del Instituto de

Desarrollo Agrario, No. 6735 del 29 de Marzo del año 1982. y la Ley numero

9036 , Ley que Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto

de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural y la

Ley de la Administración Pública.

DECIMA PRIMERA: NORMAS SUPLETORIAS.

En lo no previsto expresamente de la presente Carta de Entendimiento, regirá

supletoriamente la normativa interna de cada institución, las leyes aplicables y

los principios generales que rigen el ordenamiento jurídico administrativo.

DECIMA SEGUNDA: FISCALIZACION.

La fiscalización estará a cargo de todas las partes suscribientes, las cuales

Comunicaran por escrito a las contrapartes, el nombre de su fiscalizador, en el

plazo de un mes después de la entrada en vigencia de la presente Carta de

Entendimiento.

DECIMA TERCERA: EXCLUSION DE REFRENDO Y APROBACION

INTERNA:

La presente Carta de Entendimiento, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 3 (incisos 4, 5 y 6 párrafo final) y 17 del “Reglamento sobre el

Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” emitido por la

Contraloría General de la República (Resolución NºR-CO-44-2007 de las 9:00

horas de 11 de octubre de 2007, se encuentra excluido de refrendo y

aprobación interna.

DECIMA CUARTA: APROBACION.

La presente Carta de Entendimiento se aprueba mediante Acuerdo número

de la Sesión Ordinaria del Consejo de Administración de JAPDEVA Número

-2014, celebrada el de del 2014, y mediante Acuerdo número del Consejo

Municipal del Cantón de Limón, en su Sesión Ordinaria número , celebrada el

de enero del 2014.

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Leída la presente Carta de Entendimiento y conscientes las partes de los

alcances que éste conlleva, las mismas se manifiestan conformes y firman en

la ciudad de Limón, a los _____ días del mes de ______ del año dos mil

catorce.

_______________________ __________________________

Allan Hidalgo Campos Néstor Mattis Williams

Presidente Ejecutivo, JAPDEVA Alcalde, Municipalidad de Limón

_________________________

Víctor Julio Carvajal Garro

Presidente Ejecutivo, INDER

CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN

PORTUARIA Y DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE

ATLÁNTICA (JAPDEVA), LA MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA Y EL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)

Entre nosotros, la JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA Y DE

DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA, en adelante

denominada JAPDEVA, cédula de personería jurídica cuatro- cero cero cero-

cero cuatro dos uno cuatro ocho-cero uno, representada en este acto por

ALLAN HIDALGO CAMPOS, mayor, soltero, abogado, vecino de Heredia,

portador de la cédula de identidad número uno-setecientos veintidós-

ochocientos once, en su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO con

facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, personería que

consta en el Acta del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de la Sesión Ordinaria

número uno, artículo tercero, celebrada el ocho de mayo del dos mil diez,

publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ciento doce, de fecha jueves

diez de junio del dos mil diez, personería inscrita en el Registro Público,

Sección Personas, inscrita el diecinueve de julio del dos mil diez, al tomo dos

mil diez, asiento ciento ochenta y cuatro mil cuarenta y uno, consecutivo uno,

secuencia cuatro; MELVIN GERARDO CORDERO CORDERO, mayor,

casado, cédula de identidad número nueve-cero seis y uno- tres dos siete,

vecino de Chase, Talamanca, en su condición de ALCALDE DE LA

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE TALAMANCA, de la provincia de Limón,

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD, publicado en el Alcance n° 13

del diario oficial de la Gaceta n° 36 del día 21 de febrero del 2011; el

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL, en adelante denominado INDER,

cédula de persona jurídica cuatro-cero cero cero-cero cuatro uno cuatro tres-

once, representada en este acto por VICTOR JULIO CARVAJAL GARRO,

mayor, casado, Ingeniero Agrónomo y Máster en Administración de Empresas

con Énfasis en Finanzas, vecino de Santa Clara, San Carlos, Alajuela, cédula

dos- cero dos ocho cero – cero seis nueve tres, en su condición de

PRESIDENTE EJECUTIVO, con facultades de Apoderado Generalísimo Sin

Límite de Suma, según Acuerdo del Consejo de Gobierno, consignado en el

Artículo Segundo del Acta de la Sesión Ordinaria Número Ciento Treinta y Seis,

celebrada el veintinueve de enero del dos mil trece, publicado en el Diario

Oficial la Gaceta número setenta y ocho, de fecha miércoles veinticuatro de

abril del dos mil trece; hemos acordado celebrar la presente Carta de

Entendimiento Interinstitucional para realizar obras de infraestructura en los

territorios rurales conformados por el INDER en la Región Huetar Caribe, la

cual se regirá por las siguientes clausulas:

CONSIDERANDO

1. Que JAPDEVA fue creada mediante la Ley No. 3091 del 18 de febrero de

1963, reformada por Ley Nº 5337 del 9 de agosto de 1973, como ente

Autónomo del estado, con carácter de empresa de utilidad pública, que tiene el

mandato legal de promover el desarrollo socioeconómico, integral, rápido y

eficiente de la Vertiente Atlántica de Costa Rica, hecho que es congruente

con las políticas que en este sentido se encuentran plasmadas en el Plan

Regional de Competitividad Territorial de la Región Huetar Atlántica, Visión

2012-2022+, el cual fue aprobado por el Consejo de Administración, según

acuerdo 023-2012 de la Sesión Extraordinaria No. 03-2012 del 19 de enero

del 2012.

2. Que de conformidad con la Ley No.5337 de JAPDEVA, la cual en su

artículo 5 establece que la misma tiene capacidad para celebrar toda clase

de contratos, así como para realizar todos aquellos actos comerciales

necesarios para cumplir con las atribuciones que están a su cargo, de

acuerdo con esta Ley.

3. Que la Ley de Tierras y Colonización, número 2825, del 14 de Octubre del

año 1961, es clara en su artículo 70, al decir “El Instituto, los Ministerios

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

de Obras Públicas, Salubridad y Educación preferentemente, la Caja

Costarricense de Seguro Social, Municipalidades y demás Instituciones

Autónomas afines, quedan facultadas para completar las dotaciones de

tierras con la construcción de obras, riego, saneamiento, asistencia médica,

centros hospitalarios, vivienda, educación y otros servicios comunes”.

4. Que el artículo 5 de la Ley número 9036, que se denomina Ley que

“TRANSFORMA EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA)

EN EL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) Y CREA LA

SECRETARIA TECNICA DE DESARROLLO RURAL”, publicado en la

Gaceta No. 103, del 29 de mayo del 2012 tendrá dentro de sus objetivos

los siguientes:

a) Promover y fomentar el bienestar económico y social en los territorios

rurales, mediante el apoyo económico a la diversificación y la generación de

ingresos, empleo y prestación de servicios públicos, b) Colaborar para

corregir las disparidades del desarrollo territorial por medio de la atención

diferenciada a los de mayor rezago, mediante una acción integral que

impulse su transformación y la reactivación productiva y económica, en

especial de las economías familiares rurales, con un enfoque de desarrollo

rural sostenible, c) Contribuir al autoabastecimiento del país mediante un

impulso a la producción de alimentos, el desarrollo de la agroindustria para

el consumo interno y la exportación, establecimiento de mecanismos de

abastecimiento de los mercados locales y regionales en coordinación con

los entes públicos competentes fomentando condiciones favorables para el

acceso, especialmente a las mujeres rurales y a los sectores más

vulnerables de los territorios rurales, d) Fomentar la conservación de la

biodiversidad, el desarrollo de servicios ambientales rurales, el

mejoramiento de los recursos naturales mediante el establecimiento de

sistemas de producción, especialmente de agricultura orgánica,

agroindustria y ganadería, promoviendo sellos de calidad y de

denominaciones de origen, en coordinación con los entes públicos

competentes en cada materia, para hacer sostenible la producción en los

territorios rurales, e) Promover el derecho a la propiedad, acceso y control a

la tierra y a otros activos del medio rural, incorporando a las mujeres

campesinas como una acción eficaz para contribuir a la equidad, el

bienestar rural y la democracia, garantizando que el ordenamiento agrario

busque una racional distribución cualitativa del recurso tierra, f) Establecer

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

zonas de reserva agropecuaria, con el propósito de asegurar el uso

productivo que más convenga al país, en resguardo del autoabastecimiento

alimentario, con fundamento en la Ley N.º 7779, Uso, Manejo y

Conservación de Suelos, g) Facilitar el acceso de los productores y las

productoras rurales a los conocimientos, la información, el desarrollo

tecnológico, la innovación y los servicios de apoyo económico requeridos

para generar nuevos productos y procesos, fomentar la calidad e inocuidad

en sus actividades productivas y de servicios, promoviendo el

establecimiento de encadenamientos y alianzas en los cuales sean

partícipes las economías familiares campesinas y los pequeños y medianos

empresarios y empresarias rurales, en coordinación con las entidades

públicas centralizadas y descentralizadas, h)Estimular la productividad y la

producción para asegurar una alimentación saludable, nutritiva y

culturalmente apropiada, respetando la diversidad existente en todos los

territorios rurales bajo los principios de solidaridad, cooperación y

complementariedad para garantizar el autoabastecimiento y la seguridad

alimentaria de todos los habitantes del país, recurriendo a la generación y

transferencia de tecnología que permita la articulación técnica, la extensión,

la nutrición y la calidad, i) Impulsar la diversificación productiva del medio

rural, tomando en cuenta su multifuncionalidad y sus potencialidades

productivas, y su contribución a la preservación de la biodiversidad, la

prestación de servicios ambientales a la sociedad, el mejoramiento de los

espacios y paisajes rurales y la protección del patrimonio natural en los

diversos territorios rurales del país, j) Promover el arraigo e integración de

la población habitante de los territorios rurales del país, reconociendo y

respetando la diversidad rural en un enfoque con participación de todos los

sectores, para contribuir, coordinando con las instituciones competentes, al

desarrollo de sus capacidades y su inclusión en los procesos de desarrollo

económico, social, ambiental e institucional, mediante la generación de

opciones agroproductivas y el impulso de planes de desarrollo rural

territorial y los servicios de vivienda, salud y educación, k) Facilitar el

acceso de las familias campesinas a las actividades productivas,

reconociendo la diversidad de los sistemas de producción que incluyen

producción de materias primas o alimentos básicos, comercialización

agropecuaria y transformación agroindustrial, l) Fortalecer el sistema

institucional rural y su articulación en los procesos de desarrollo mediante la

ejecución de los planes de desarrollo rural territorial, diseñados con la

participación de los campesinos sin tierra, las familias de los micros,

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

pequeños y medianos productores, las dependencias públicas territoriales y

los representantes de la sociedad civil, creando las condiciones para

responder, de manera eficaz, a las necesidades y demandas territoriales y a

la creación de las condiciones para que los actores locales sean gestores

de su propio desarrollo, m) Fomentar los procesos de asociatividad,

coordinando especialmente con las organizaciones campesinas de hombres

y mujeres, como base fundamental para el impulso de iniciativas de los

procesos de desarrollo rural, como sustentos de una verdadera

participación ciudadana, n) Facilitar los procesos de capacitación, formación

y educación rural, en coordinación interinstitucional, para que permita elevar

el nivel cultural y técnico del sector campesino, especialmente en las áreas

sociales, económicas, productivas y ambientales, ñ) Fomentar soluciones

locales y territoriales de comercialización en coordinación con las

instituciones públicas del sector agropecuario y con organizaciones

agroproductivas afines, o) Estimular y apoyar económicamente la

formación de cadenas de valor, para que los micros, pequeños y medianos

productores generen valor agregado y servicios en el medio rural desde la

etapa de preproducción hasta los procesos de transformación,

industrialización y comercialización final, dándole impulso a la

complementariedad en servicios agroindustriales entre productores rurales

y la industria nacional.

5.--Que las entidades se encuentran unidas por intereses y objetivos

comunes, en el campo del desarrollo económico y social del país, con

especial relación en la dotación a las poblaciones rurales de los medios

para su desarrollo, entre ellos las estrategias de promoción, capacitación,

ejecución y financiamiento de diversos proyectos, construcción, reparación

y mantenimiento de obras de infraestructura rural básica, obras y

actividades en temas de interés común para ambas instituciones,

relacionadas con la producción agropecuaria y agroindustrial, agroturismo y

el desarrollo integral de los asentamientos del INDER; por lo que acuerdan

unir esfuerzos en procura de mejorar el acceso a la producción y la calidad

de vida de los asentamiento de la Región.

6.- Que entre JAPDEVA y el INDER existe un Convenio Marco de Cooperación

Interinstitucional debidamente firmado y refrendado, mediante el cual ambas

instituciones están conscientes del enorme beneficio que la provincia de

Guácimo puede derivar de la presente Carta de Entendimiento, a través de la

adecuada coordinación de sus actividades y reconocen en este acto, estar

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

unidas por intereses y objetivos comunes, con el fin de apoyar

específicamente, la mejora de las condiciones económicas por medio de la

reparación y mejoramiento de la infraestructura rural que demandan las

diversas comunidades de la provincia.. Asimismo, entre la MUNICIPALIDAD

DE TALAMANCA y el INDER existe un Convenio Marco de Cooperación

Interinstitucional para el Cantón de Talamanca.

POR TANTO

Fundamentado en las anteriores consideraciones, entre nosotros JAPDEVA,

MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA y el INDER acordamos suscribir la

presente Carta de Entendimiento que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETIVOS:

a-) Generales:

La presente Carta de Entendimiento tiene como objeto el trabajo conjunto entre

las diferentes instituciones, en procura de realizar los trabajos de mejoramiento

y rehabilitación de caminos ubicados en los asentamientos del INDER y zonas

de producción en el Cantón de Talamanca que han sido evaluadas y

priorizadas en forma conjunta entre las tres instituciones. La ejecución se

realizara en etapas, iniciando los trabajos en el primer semestre del 2014,

como se puntualiza en el cuadro Nº 1, a la fecha la Municipalidad de

Talamanca cuenta con los respectivos permisos de extracción de material, lo

que facilitara iniciar con las obras, esto beneficiará a gran cantidad de

pobladores que habitan el cantón, provocando un impacto social y económico

positivo.

b-) Específicos:

Conforme el presente acuerdo, JAPDEVA aportará personal técnico y

profesional; así como maquinaria y vehículos livianos; el INDER aportará

recursos para gastos de operación, combustible, repuestos y otros que sean

necesarios para la ejecución del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos; y la Municipalidad de Talamanca aportará los permisos de extracción

de los tajos de los ríos y los materiales de río (lastre) para las obras de

infraestructura vial que se ejecutarán.

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COMUNIDADOBRA

SOLICITADA

LONGITUD

(KM)

VOLUMEN

(M3)

APORTE

MUNICIPALID

AD

APORTE

JAPDEVA

APORTE

INDER

COSTO

TOTAL

Carbon 2 Lastreo 1,63 1.873 ₡ 1.194.134 ₡ 9.104.379 ₡ 11.077.124 ₡ 21.375.637

Carbon 2 Relastreo 10,60 3.816 ₡ 2.432.700 ₡ 18.547.512 ₡ 22.566.404 ₡ 43.546.616

12,23 5.689 ₡ 3.626.834 ₡ 27.651.891 ₡ 33.643.528 ₡ 64.922.253

CANTON DE TALAMANCA

Las obras a ejecutar se detallan a continuación:

CUADRO No. 1

Infraestructura Vial

INDER-JAPDEVA-Cantón Talamanca, Provincia de Limón

SEGUNDA: Obligaciones de la partes.

A-) JAPDEVA: Se compromete a:

1. Aportar su Maquinaria y Equipo Pesado y vehículo livianos por las

horas/maquina a utilizar, según los cuadros Nº 1 y 2. El aporte será

para atender labores de mantenimiento y reparación de caminos rurales

(carga, acarreo y colocación de materiales de río), en los territorios de

influencia del INDER y zonas de producción en el Cantón de Talamanca;

según los trabajos señalados en el cuadro No. 1. Para ejecutar los

trabajos propuestos se deberá considerar, la disponibilidad de material

para ejecutar las obras y las condiciones climáticas de la zona.

2. En caso de existir caminos de acceso hacia las obras incluidas en esta

Carta de Entendimiento, JAPDEVA se compromete a facilitar la

maquinaria para su reparación y/o mantenimiento, siempre y cuando la

Municipalidad de Talamanca proporcione el material necesario.

3. JAPDEVA pondrá a disposición la cuenta específica Nº001-296419-8

(JAPDEVA DESARROLLO-BCR), con la finalidad de que el INDER

transfiera los recursos económicos para la ejecución de las obras del

proyecto de infraestructura vial del Cantón de Talamanca.

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

4. JAPDEVA como entidad facilitadora del desarrollo de la provincia debe

atender eventos de emergencia que con regularidad se presentan en la

provincia, por lo que temporalmente se podrán suspender los trabajos

objeto de este compromiso, mientras se atiende el evento.

Entendiéndose que se retomaran los trabajos establecidos en esta

Carta de Entendimiento, una vez atendidas y concluidas las situaciones

de emergencia en la Región.

Cuadro Nº 2:

Lista Maquinaria, Equipo Pesado y Vehículos de JAPDEVA

BACK-HOE

CAMION CISTERNA

Marca: Caterpillar Marca: Mitsubishi Canter

Año: 1999 Año: 2009

Serie: 4ZN13164 Serie: FG83PCA00066

Modelo: 416-C Modelo: Canter

No. Motor: No. Motor: 4D34N040333

Vin: 4ZN13164 Vin: FG83PCA00066

Placa: 109-145 Placa: 109-218

Placa

Inventario: 22985

Placa

Inventario: 25646

BACK-HOE CABEZAL Y LOW BOY

Marca: Caterpillar Marca: Internazional

Año: 1999 Año: 2000

Serie: 4ZN16164 Serie: 2HSFHAERXC035866

Modelo: 416-C Modelo: XXXXXX

No. Motor: No. Motor: 11953126

Vin: 4ZN16164 Vin: 2HSFHAERXYC035866

Placa: 109-150 Placa:

Cabezal 109-201 Low

Boy 109-202

Placa

Inventario: 24287

Placa

Inventario:

Cabezal 25395 Low

Boy 25396

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: Mercedez Benz

Año: 2008 Año: 1989

Serie: T0310DJ158769 Serie:

Modelo: 310SJ Modelo:

No. Motor: PE4045T709110 No. Motor: 344955-10-925782

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Vin: T0310SJ158769 Vin: 90M345321HB-772005

Placa: 109-203 Placa: 109-99

Placa

Inventario: 25420

Placa

Inventario: 20480

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJCA0191602 Serie: 8M069088

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

No. Motor: PE4045T806240 No. Motor: 6Z0553

Vin: 1T0310SJCA0191602 Vin: 1M2AG11C08M069088

Placa: 109-228 Placa: 109-185

Placa

Inventario:

Placa

Inventario: 25256

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJJA0191615 Serie: 8M069089

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

No. Motor: PE4045T806224 No. Motor: 6Z0738

Vin: 1T0310SJJA0191615 Vin: 1M2AG11C08M069089

Placa: 109-229 Placa: 109-186

Placa

Inventario:

Placa

Inventario: 25257

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

Serie: DW672GX627951 Serie: 8M069090

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H779271 No. Motor: 6Z0749

Vin: DW672GX627951 Vin: 1M2AG11C08M069090

Placa: 109-226 Placa: 109-187

Placa

Inventario: 25844

Placa

Inventario: 25258

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Serie: DW672GX627948 Serie: 8M069091

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H778929 No. Motor: 6Z0774

Vin: DW672GX627948 Vin: 1M2AG11C08M069091

Placa: 109-227 Placa: 109-188

Placa

Inventario: 25845

Placa

Inventario: 25259

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Caterpillar Marca: MACK

Año: 2007 Año: 2008

Serie: CATO320CVSBN01687 Serie: 1M2AG11C28M071151

Modelo: 320CL Modelo: CV713

No. Motor: G4E09380 No. Motor: 7K1363

Vin: CATO320CVSBN01687 Vin: 1M2AG11C28M071151

Placa: 109-181 Placa: 109-199

Placa

Inventario: 25248

Placa

Inventario: 25515

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2008

Serie: N80711382 Serie: 1M2AG11C48M071152

Modelo: ROBEX290LC-7ª Modelo: CV713

No. Motor: 26529650 No. Motor: 7K1415

Vin: N80711382 Vin: 1M2AG11C48M071152

Placa: 109-224 Placa: 109-200

Placa

Inventario:

25821

Placa

Inventario: 25516

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2009

Serie: N80711383 Serie: 1M2AX18C99M003842

Modelo: ROBEX290LC-7ª Modelo: GU813

No. Motor: 26533450 No. Motor: 911638

Vin: N80711383 Vin: 1M2AX18C99M003842

Placa: 109-225 Placa: 109-207

Placa

Inventario: 25822

Placa

Inventario: 25447

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Link Belt Marca: MACK

Año: 2008 Año: 2009

Serie: EHCJ83253 Serie: 1M2AX18C99M003841

Modelo: 210X2 Modelo: GU813

No. Motor: 4HK1424225 No. Motor:

Vin: EHCJ83253 Vin: 1M2AX18C99M003841

Placa: Link Belt Placa: 109-208

Placa

Inventario: 25419

Placa

Inventario: 25476

COMPACTADORA VIBRATORIA TRACTOR DE ORUGA

Marca: Caterpillar Marca: Komatsu Estilo: Bulldozer

Año: 2008 Año: 2009

Serie: CATCS533ABZE01484 Serie: KMT0D100P01071166

Modelo: CS-533E Modelo: D65EX-15E0

No. Motor: G4D30411 No. Motor: 26856560

Vin: CATCS533ABZE01484 Vin: KMT0D100P01071166

Placa: 109-223 Placa: 109-215

Placa

Inventario: 25546

Placa

Inventario: 25547

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: NISSAN

Año: 2007 Año: 2008

Serie: 8AJFR22G104514193 Serie: JNICNUD22Z0012310

Modelo: HILUX Modelo: FRONTIER

No. Motor: 2KD7209086 No. Motor: ZD30125686K

Vin: 8AJFR22G104514193 Vin: JN1CNUD22Z0012310

Placa: 109-179 Placa: 109-206

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2008

Serie: JNICNUD22Z0012841 Serie: JNICNUD22Z0012629

Modelo: FRONTIER Modelo: FRONTIER

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

No. Motor: ZD30146148K No. Motor: ZD30141353K

Vin: JN1CNUD22Z0012841 Vin: JN1CNUD22Z0012629

Placa: 109-205 Placa: 109-204

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2007

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7208646 No. Motor: 2KD7210364

Vin: 8AJFR22G004514170 Vin: 8AJFR22G904514278

Placa: 109-180 Placa: 109-190

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2008

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7203584 No. Motor: 2KD7339681

Vin: 8AJFR22G404513913 Vin: 8AJFR22G104521113

Placa: 109-191 Placa: 109-196

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2008 Año: 1997

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7332029 No. Motor: 3L4191278

Vin: 8AJFR22G80452606 Vin: LN1110003754

Placa: 109-197 Placa: 109-128

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PATROL PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Año: 2008 Año: 2002

Serie: Serie:

Modelo: PATROL Modelo: FRONTIER-D22

No. Motor: ZD30121638K No. Motor: QD32160003

Vin: TDWSSLFAY61VRAFSRDA Vin: JN1CJUD22Z0728413

Placa: 109-232 Placa: 109-173

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

5.- JAPDEVA aportará el personal técnico y operativo necesario para el logro

del objetivo de la presente Carta de Entendimiento.

6.- JAPDEVA asumirá el costo de operación del equipo por un valor de

¢27.651.891,00 según el detalle de las obras contenidas en el cuadro Nº 1.

B-) INDER: Se compromete a:

Aportar una contrapartida de ¢33.643.528,00 la cual será utilizada para gastos

de mantenimiento de equipo, combustible y otros para el cumplimiento del

objeto de la presente Carta de Entendimiento. El INDER por medio de la

Oficina Subregional de Talamanca coordinará con las Asociaciones de

Parceleros de cada Asentamiento el control de horas y de material colocado

para cada proyecto, para lo cual se utilizarán boletas debidamente firmadas

por los mismos, que servirán de control en la ejecución de los trabajos

C-) LA MUNICIPALIDAD: Se compromete a:

Aportar como contrapartida 5.689 m³ de material de grava fina de 0 a 20

centímetros, los cuales serán extraídos de ríos, tajos secos o adquiridos vía

compra en tajos particulares y apilados en uno o varios centros de acopio,

ubicados lo más próximo posible a los sitios de trabajo (caminos). Dicho

material se colocará en los caminos indicados en el cuadro no.1 de esta Carta

de Entendimiento y para el mantenimiento de los caminos de acceso a estas

obras. El aporte de la municipalidad tiene un costo aproximado de

¢3.626.834,00 del total del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos para el cantón de Talamanca.

TERCERA: PROGRAMACION

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Ambas Instituciones y la Municipalidad acuerdan programar la ejecución de las

obras propuestas en el Programa de Mantenimiento y reparación de caminos

para el Cantón de Talamanca. Para lo cual se elaborará, en forma

coordinada, un Plan de Trabajo y un cronograma de actividades de las obras a

desarrollar.

CUARTA: LA COMISION

Las partes firmantes acuerdan crear una Comisión la cual estará conformada

por dos representantes de cada parte suscribiente, los cuales serán nombrados

respectivamente por el Gerente de la Administración de Desarrollo de

JAPDEVA, el Director Regional del INDER en Limón y Alcalde Municipal de

Talamanca.

La Comisión será la encargada de analizar las actividades a desarrollar propias

de la presente Carta de Entendimiento, podrá realizar las recomendaciones

respecto a las propuestas de ampliación, modificación, redistribución o

eliminación de actividades y costos, para la oportuna ejecución y atención de

los objetivos de la presente Carta de Entendimiento.

En la ejecución de la presente Carta de Entendimiento, la Comisión podrá

hacerse acompañar del personal de las áreas técnicas de cada Institución, a

efecto de que asesoren y ejecuten las acciones del presente acuerdo.

Las recomendaciones realizadas por la Comisión, serán analizadas por el

Gerente de la Administración de Desarrollo, el Director Regional del INDER en

Limón y el Alcalde Municipal de Talamanca, los cuales de forma colegiada

adoptarán las recomendaciones que estimen más convenientes, y solo en caso

de diferencias de criterios someterán las propuestas de ampliación,

modificación, redistribución o eliminación de actividades y costos, a

conocimiento y aprobación definitiva por parte de los Presidentes Ejecutivos de

JAPDEVA, INDER y el Alcalde de la Municipalidad de Talamanca.

La Comisión creada deberá establecer registros escritos de todo lo actuado, de

igual forma deberá rendir informes a los Presidentes Ejecutivos de JAPDEVA e

INDER, así como al Alcalde de la Municipalidad de Talamanca, los mismos

deberán realizarse por la vía escrita y electrónica al menos de forma semestral

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

y al finalizar el plazo máximo de vigencia de la presente Carta de

Entendimiento.

La Comisión se reunirá periódicamente a partir de la firma de esta Carta de

Entendimiento en forma ordinaria y extraordinariamente cuando alguna de las

partes lo convoque.

QUINTA: PLAZO

Para el cumplimiento del objetivo de esta Carta de Entendimiento, se contará

con un período de vigencia de un año a partir de su firma, prorrogable por un

periodo igual de un año, siempre que las ambas partes así lo acuerden por

escrito, con al menos 15 días naturales de antelación al vencimiento del plazo

inicial.

De concluirse anticipadamente o no renovarse el presente convenio, los

programas, proyectos y actividades que se estén ejecutando, continuarán

desarrollándose hasta que se concluyan las actividades contempladas.

SEXTA: SOLUCION DE DIVERGENCIAS

En caso de que se presenten divergencias en la ejecución de las actividades

programadas para el cumplimiento de la presente Carta de Entendimiento, las

mismas deberán ser resueltas por los coordinadores de las entidades

signatarias, en caso de no existir acuerdo deberán resolver los respectivos

jerarcas.

SETIMA: INCUMPLIMIENTO.

Si una de las partes incumpliera alguna de las cláusulas de la presente Carta

de Entendimiento, las que cumplan con las mismas se encuentran facultadas

para resolverla unilateralmente, previa comunicación por escrito, con las

responsabilidades que de ello deriven. En todo caso, las partes se reservan el

derecho de dar por concluido la Carta de Entendimiento, por razón de caso

fortuito o fuerza mayor que imposibilite continuar con la misma, lo cual hará de

conocimiento de inmediato de la otra parte luego de ocurrido el hecho, con

ocho días naturales de antelación, de ser posible.

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OCTAVA: ESTIMACIÓN.

La presente Carta de Entendimiento tiene una estimación de SESENTA Y

CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS

CINCUENTA Y TRES COLONES NETOS (¢64.922.253,00) encontrándose los

compromisos adquiridos por cada parte dentro de sus respectivas actividades

ordinarias.

NOVENA: RESTRICCIONES.

Las partes no podrán modificar el destino y uso del aporte acá establecido.

Quedan a salvo las modificaciones que puedan realizarse amparadas a las

facultades que posee la Comisión aquí creada.

DECIMA: DOCUMENTOS INTEGRANTES:

Forman parte integral de la presente Carta de Entendimiento: La Ley Orgánica

de JAPDEVA, y sus reformas, El Código Municipal, el Reglamento R-CO-44-

2007, Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la

Administración Pública, publicado en la Gaceta No. 202, del 22 de octubre del

2007, El Manual de Procedimientos para Modificación Presupuestaria en

JAPDEVA y Municipalidades; y la Ley de la Administración Financiera de la

República y Presupuestos Públicos y la Ley de Creación del Instituto de

Desarrollo Agrario, No. 6735 del 29 de Marzo del año 1982. y la Ley número

9036 , Ley que Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto

de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural y la

Ley de la Administración Pública.

DECIMA PRIMERA: NORMAS SUPLETORIAS.

En lo no previsto expresamente de la presente Carta de Entendimiento, regirá

supletoriamente la normativa interna de cada institución, las leyes aplicables y

los principios generales que rigen el ordenamiento jurídico administrativo.

DECIMA SEGUNDA: FISCALIZACION.

La fiscalización estará a cargo de todas las partes suscribientes, las cuales

Comunicaran por escrito a las contrapartes, el nombre de su fiscalizador, en el

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plazo de un mes después de la entrada en vigencia de la presente Carta de

Entendimiento.

DECIMA TERCERA: EXCLUSION DE REFRENDO Y APROBACION

INTERNA:

La presente Carta de Entendimiento, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 3 (incisos 4, 5 y 6 párrafo final) y 17 del “Reglamento sobre el

Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” emitido por la

Contraloría General de la República (Resolución NºR-CO-44-2007 de las 9:00

horas de 11 de octubre de 2007, se encuentra excluido de refrendo y

aprobación interna.

DECIMA CUARTA: APROBACION.

La presente Carta de Entendimiento se aprueba mediante Acuerdo número

de la Sesión Ordinaria del Consejo de Administración de JAPDEVA Número

-2014, celebrada el de del 2014, y mediante Acuerdo número

del Consejo Municipal del Cantón de Talamanca, en su Sesión Ordinaria

número , celebrada el de enero del 2014.

Leída la presente Carta de Entendimiento y conscientes las partes de los

alcances que éste conlleva, las mismas se manifiestan conformes y firman en

la ciudad de Limón, a los _____ días del mes de ______ del año dos mil

catorce.

__________________________ ___________________________

Allan Hidalgo Campos Melvin Cordero Cordero

Presidente Ejecutivo, JAPDEVA Alcalde, Municipalidad de

Talamanca

______________________

Víctor Julio Carvajal Garro

Presidente Ejecutivo, INDER

CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN

PORTUARIA Y DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE

ATLÁNTICA (JAPDEVA), LA MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES Y EL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

Entre nosotros, la JUNTA DE ADMINISTRACION PORTUARIA Y DE

DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA, en adelante

denominada JAPDEVA, cédula de personería jurídica cuatro- cero cero cero-

cero cuatro dos uno cuatro ocho-cero uno, representada en este acto por

ALLAN HIDALGO CAMPOS, mayor, soltero, abogado, vecino de Heredia,

portador de la cédula de identidad número uno-setecientos veintidós-

ochocientos once, en su condición de PRESIDENTE EJECUTIVO con

facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, personería que

consta en el Acta del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de la Sesión Ordinaria

número uno, artículo tercero, celebrada el ocho de mayo del dos mil diez,

publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ciento doce, de fecha jueves

diez de junio del dos mil diez, personería inscrita en el Registro Público,

Sección Personas, inscrita el diecinueve de julio del dos mil diez, al tomo dos

mil diez, asiento ciento ochenta y cuatro mil cuarenta y uno, consecutivo uno,

secuencia cuatro; YELGI LAVINIA VERLEY KNIGHT, mayor, divorciada,

cédula de identidad número siete- cero noventa - seis- cuatro siete vecina de -

Siquirres, en su condición de ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL

CANTÓN DE SIQUIRRES, de la provincia de Limón, en adelante denominada

LA MUNICIPALIDAD, nombramiento que se acredita mediante resolución

número cero siete cero ocho- E 11-2011 del Tribunal Supremo de Elecciones,

de las diez horas Veintiuno de enero de enero del dos mil once y amparado al

artículo diecisiete, inciso a) y n) del Código Municipal; el INSTITUTO DE

DESARROLLO RURAL, en adelante denominado INDER, cédula de persona

jurídica cuatro.-cero cero cero-cero cuatro uno cuatro tres- once, representada

en este acto por VICTOR JULIO CARVAJAL GARRO, mayor, casado,

Ingeniero Agrónomo y Máster en Administración de Empresas con Énfasis en

Finanzas, vecino de Santa Clara, San Carlos, Alajuela, cédula dos- cero dos

ocho cero – cero seis nueve tres, en su condición de PRESIDENTE

EJECUTIVO, con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma,

según Acuerdo del Consejo de Gobierno, consignado en el Artículo Segundo

del Acta de la Sesión Ordinaria Número Ciento Treinta y Seis, celebrada el

veintinueve de enero del dos mil trece, publicado en el Diario Oficial la Gaceta

número setenta y ocho, de fecha miércoles veinticuatro de abril del dos mil

trece; hemos acordado celebrar la presente Carta de Entendimiento

Interinstitucional para realizar obras de infraestructura en los territorios rurales

conformados por el INDER en la Región Huetar Caribe, la cual se regirá por

las siguientes clausulas:

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

CONSIDERANDO

1. Que JAPDEVA fue creada mediante la Ley No. 3091 del 18 de febrero de

1963, reformada por Ley Nº 5337 del 9 de agosto de 1973, como ente

Autónomo del estado, con carácter de empresa de utilidad pública, que tiene el

mandato legal de promover el desarrollo socioeconómico, integral, rápido y

eficiente de la Vertiente Atlántica de Costa Rica, hecho que es congruente

con las políticas que en este sentido se encuentran plasmadas en el Plan

Regional de Competitividad Territorial de la Región Huetar Atlántica, Visión

2012-2022+, el cual fue aprobado por el Consejo de Administración, según

acuerdo 023-2012 de la Sesión Extraordinaria No. 03-2012 del 19 de enero

del 2012.

2. Que de conformidad con la Ley No.5337 de JAPDEVA, la cual en su

artículo 5 establece que la misma tiene capacidad para celebrar toda clase

de contratos, así como para realizar todos aquellos actos comerciales

necesarios para cumplir con las atribuciones que están a su cargo, de

acuerdo con esta Ley.

3. Que la Ley de Tierras y Colonización, número 2825, del 14 de Octubre del

año 1961, es clara en su artículo 70, al decir “El Instituto, los Ministerios de

Obras Públicas, Salubridad y Educación preferentemente, la Caja

Costarricense de Seguro Social, Municipalidades y demás Instituciones

Autónomas afines, quedan facultadas para completar las dotaciones de

tierras con la construcción de obras, riego, saneamiento, asistencia médica,

centros hospitalarios, vivienda, educación y otros servicios comunes”.

4. Que el artículo 5 de la Ley número 9036, que se denomina Ley que

“TRANSFORMA EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA) EN

EL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) Y CREA LA

SECRETARIA TECNICA DE DESARROLLO RURAL”, publicado en la

Gaceta No. 103, del 29 de mayo del 2012 tendrá dentro de sus objetivos

los siguientes:

a) Promover y fomentar el bienestar económico y social en los territorios

rurales, mediante el apoyo económico a la diversificación y la

generación de ingresos, empleo y prestación de servicios públicos, b)

Colaborar para corregir las disparidades del desarrollo territorial por

medio de la atención diferenciada a los de mayor rezago, mediante una

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SESION ORDINARIA No.02- 2014 DEL 23 DE ENERO, 2014

acción integral que impulse su transformación y la reactivación

productiva y económica, en especial de las economías familiares

rurales, con un enfoque de desarrollo rural sostenible, c) Contribuir al

autoabastecimiento del país mediante un impulso a la producción de

alimentos, el desarrollo de la agroindustria para el consumo interno y la

exportación, establecimiento de mecanismos de abastecimiento de los

mercados locales y regionales en coordinación con los entes públicos

competentes fomentando condiciones favorables para el acceso,

especialmente a las mujeres rurales y a los sectores más vulnerables

de los territorios rurales, d) Fomentar la conservación de la

biodiversidad, el desarrollo de servicios ambientales rurales, el

mejoramiento de los recursos naturales mediante el establecimiento de

sistemas de producción, especialmente de agricultura orgánica,

agroindustria y ganadería, promoviendo sellos de calidad y de

denominaciones de origen, en coordinación con los entes públicos

competentes en cada materia, para hacer sostenible la producción en

los territorios rurales, e) Promover el derecho a la propiedad, acceso y

control a la tierra y a otros activos del medio rural, incorporando a las

mujeres campesinas como una acción eficaz para contribuir a la

equidad, el bienestar rural y la democracia, garantizando que el

ordenamiento agrario busque una racional distribución cualitativa del

recurso tierra, f) Establecer zonas de reserva agropecuaria, con el

propósito de asegurar el uso productivo que más convenga al país, en

resguardo del autoabastecimiento alimentario, con fundamento en la

Ley N.º 7779, Uso, Manejo y Conservación de Suelos, g) Facilitar el

acceso de los productores y las productoras rurales a los

conocimientos, la información, el desarrollo tecnológico, la innovación y

los servicios de apoyo económico requeridos para generar nuevos

productos y procesos, fomentar la calidad e inocuidad en sus

actividades productivas y de servicios, promoviendo el establecimiento

de encadenamientos y alianzas en los cuales sean partícipes las

economías familiares campesinas y los pequeños y medianos

empresarios y empresarias rurales, en coordinación con las entidades

públicas centralizadas y descentralizadas, h)Estimular la productividad

y la producción para asegurar una alimentación saludable, nutritiva y

culturalmente apropiada, respetando la diversidad existente en todos

los territorios rurales bajo los principios de solidaridad, cooperación y

complementariedad para garantizar el autoabastecimiento y la

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seguridad alimentaria de todos los habitantes del país, recurriendo a la

generación y transferencia de tecnología que permita la articulación

técnica, la extensión, la nutrición y la calidad, i) Impulsar la

diversificación productiva del medio rural, tomando en cuenta su

multifuncionalidad y sus potencialidades productivas, y su contribución

a la preservación de la biodiversidad, la prestación de servicios

ambientales a la sociedad, el mejoramiento de los espacios y paisajes

rurales y la protección del patrimonio natural en los diversos territorios

rurales del país, j) Promover el arraigo e integración de la población

habitante de los territorios rurales del país, reconociendo y respetando

la diversidad rural en un enfoque con participación de todos los

sectores, para contribuir, coordinando con las instituciones

competentes, al desarrollo de sus capacidades y su inclusión en los

procesos de desarrollo económico, social, ambiental e institucional,

mediante la generación de opciones agroproductivas y el impulso de

planes de desarrollo rural territorial y los servicios de vivienda, salud y

educación, k) Facilitar el acceso de las familias campesinas a las

actividades productivas, reconociendo la diversidad de los sistemas de

producción que incluyen producción de materias primas o alimentos

básicos, comercialización agropecuaria y transformación agroindustrial,

l) Fortalecer el sistema institucional rural y su articulación en los

procesos de desarrollo mediante la ejecución de los planes de

desarrollo rural territorial, diseñados con la participación de los

campesinos sin tierra, las familias de los micros, pequeños y medianos

productores, las dependencias públicas territoriales y los

representantes de la sociedad civil, creando las condiciones para

responder, de manera eficaz, a las necesidades y demandas

territoriales y a la creación de las condiciones para que los actores

locales sean gestores de su propio desarrollo, m) Fomentar los

procesos de asociatividad, coordinando especialmente con las

organizaciones campesinas de hombres y mujeres, como base

fundamental para el impulso de iniciativas de los procesos de

desarrollo rural, como sustentos de una verdadera participación

ciudadana, n) Facilitar los procesos de capacitación, formación y

educación rural, en coordinación interinstitucional, para que permita

elevar el nivel cultural y técnico del sector campesino, especialmente

en las áreas sociales, económicas, productivas y ambientales, ñ)

Fomentar soluciones locales y territoriales de comercialización en

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coordinación con las instituciones públicas del sector agropecuario y

con organizaciones agroproductivas afines, o)Estimular y apoyar

económicamente la formación de cadenas de valor, para que los

micros, pequeños y medianos productores generen valor agregado y

servicios en el medio rural desde la etapa de preproducción hasta los

procesos de transformación, industrialización y comercialización final,

dándole impulso a la complementariedad en servicios agroindustriales

entre productores rurales y la industria nacional.

5. Que las entidades se encuentran unidas por intereses y objetivos comunes,

en el campo del desarrollo económico y social del país, con especial relación

en la dotación a las poblaciones rurales de los medios para su desarrollo, entre

ellos las estrategias de promoción, capacitación, ejecución y financiamiento de

diversos proyectos, construcción, reparación y mantenimiento de obras de

infraestructura rural básica, obras y actividades en temas de interés común para

ambas instituciones, relacionadas con la producción agropecuaria y

agroindustrial, agroturismo y el desarrollo integral de los asentamientos del

INDER; por lo que acuerdan unir esfuerzos en procura de mejorar el acceso a

la producción y la calidad de vida de los asentamiento de la Región.

6. Que entre JAPDEVA y el INDER existe un Convenio Marco de Cooperación

Interinstitucional debidamente firmado y refrendado, mediante el cual ambas

instituciones están consientes del enorme beneficio que la provincia de Guácimo

puede derivar de la presente Carta de Entendimiento, a través de la adecuada

coordinación de sus actividades y reconocen en este acto, estar unidas por

intereses y objetivos comunes, con el fin de apoyar específicamente, la mejora de

las condiciones económicas por medio de la reparación y mejoramiento de la

infraestructura rural que demandan las diversas comunidades de la provincia.

Asimismo, entre la MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES y el INDER existe un

Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional para el Cantón de Siquirres.

POR TANTO

Fundamentado en las anteriores consideraciones, entre nosotros JAPDEVA,

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES y el INDER acordamos suscribir la presente

Carta de Entendimiento que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETIVOS:

a-) Generales:

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COMUNIDADOBRA

SOLICITADA

LONGITUD

(KM)

VOLUMEN

(M3)

APORTE

MUNICIPALID

AD

APORTE

JAPDEVA

APORTE

INDER

COSTO

TOTAL

ACACI Relastreo 2,08 750 ₡ 478.049 ₡ 5.340.267 ₡ 6.747.158 ₡ 12.565.473

El Peje Lastreo 1,02 1.360 ₡ 866.982 ₡ 7.896.545 ₡ 9.976.886 ₡ 18.740.414

Las Vegas de Imperio Relastreo 1,30 468 ₡ 298.350 ₡ 3.926.728 ₡ 4.961.222 ₡ 9.186.300

Los Laureles Relastreo 1,68 605 ₡ 385.790 ₡ 1.698.726 ₡ 2.146.254 ₡ 4.230.770

Porton de Iberia Lastreo 0,89 1.276 ₡ 813.348 ₡ 7.555.221 ₡ 9.545.640 ₡ 17.914.208

6,97 4.459 ₡ 2.842.518 ₡ 26.417.487 ₡ 33.377.160 ₡ 62.637.165

CANTON DE SIQUIRRES

La presente Carta de Entendimiento tiene como objeto el trabajo conjunto entre

las diferentes instituciones, en procura de realizar los trabajos de mejoramiento

y rehabilitación de caminos ubicados en los asentamientos del INDER y zonas

de producción en el Cantón de Siquirres que han sido evaluadas y priorizadas

en forma conjunta entre las tres instituciones. La ejecución se realizara en

etapas, iniciando los trabajos en el primer semestre del 2014, como se

puntualiza en el cuadro Nº 1, a la fecha la Municipalidad de Siquirres cuenta

con los respectivos permisos de extracción de material, lo que facilitara iniciar

con las obras, esto beneficiará a gran cantidad de pobladores que habitan el

cantón, provocando un impacto social y económico positivo.

b-) Específicos:

Conforme el presente acuerdo, JAPDEVA aportará personal técnico y

profesional; así como maquinaria y vehículos livianos; el INDER aportará

recursos para gastos de operación, combustible, repuestos y otros que sean

necesarios para la ejecución del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos; y la Municipalidad de Siquirres aportará los permisos de extracción

de los tajos de los ríos y los materiales de río (lastre) para las obras de

infraestructura vial que se ejecutarán.

Las obras a ejecutar se detallan a continuación:

CUADRO No. 1

Infraestructura Vial –INDER-JAPDEVA-Cantón Siquirres, Provincia de

Limón

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SEGUNDA: Obligaciones de la partes.

A-) JAPDEVA: Se compromete a:

1. Aportar su Maquinaria y Equipo Pesado y vehículo livianos por las

horas/maquina a utilizar, según los cuadros Nº 1 y 2. El aporte será para

atender labores de mantenimiento y reparación de caminos rurales

(carga, acarreo y colocación de materiales de río), en los territorios de

influencia del INDER y zonas de producción en el cantón de Siquirres;

según los trabajos señalados en el cuadro No. 1. Para ejecutar los

trabajos propuestos se deberá considerar, la disponibilidad de material

para ejecutar las obras y las condiciones climáticas de la zona.

2. En caso de existir caminos de acceso hacia las obras incluidas en esta

Carta de Entendimiento, JAPDEVA se compromete a facilitar la

maquinaria para su reparación y/o mantenimiento, siempre y cuando la

Municipalidad de Siquirres proporcione el material necesario.

3. JAPDEVA pondrá a disposición la cuenta específica Nº001-296419-8

(JAPDEVA DESARROLLO-BCR), con la finalidad de que el INDER

transfiera los recursos económicos para la ejecución de las obras del

proyecto de infraestructura vial del Cantón de Siquirres.

4. JAPDEVA como entidad facilitadora del desarrollo de la provincia debe

atender eventos de emergencia que con regularidad se presentan en la

provincia, por lo que temporalmente se podrán suspender los trabajos

objeto de este compromiso, mientras se atiende el evento.

Entendiéndose que se retomaran los trabajos establecidos en esta Carta

de Entendimiento, una vez atendidas y concluidas las situaciones de

emergencia en la Región.

Cuadro Nº 2:

Lista Maquinaria, Equipo Pesado y Vehículos de JAPDEVA

BACK-HOE

CAMION CISTERNA

Marca: Caterpillar Marca: Mitsubishi Canter

Año: 1999 Año: 2009

Serie: 4ZN13164 Serie: FG83PCA00066

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Modelo: 416-C Modelo: Canter

No. Motor: No. Motor: 4D34N040333

Vin: 4ZN13164 Vin: FG83PCA00066

Placa: 109-145 Placa: 109-218

Placa

Inventario: 22985

Placa

Inventario: 25646

BACK-HOE CABEZAL Y LOW BOY

Marca: Caterpillar Marca: Internazional

Año: 1999 Año: 2000

Serie: 4ZN16164 Serie: 2HSFHAERXC035866

Modelo: 416-C Modelo: XXXXXX

No. Motor: No. Motor: 11953126

Vin: 4ZN16164 Vin: 2HSFHAERXYC035866

Placa: 109-150 Placa:

Cabezal 109-201 Low

Boy 109-202

Placa

Inventario: 24287

Placa

Inventario:

Cabezal 25395 Low

Boy 25396

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: Mercedez Benz

Año: 2008 Año: 1989

Serie: T0310DJ158769 Serie:

Modelo: 310SJ Modelo:

No. Motor: PE4045T709110 No. Motor: 344955-10-925782

Vin: T0310SJ158769 Vin: 90M345321HB-772005

Placa: 109-203 Placa: 109-99

Placa

Inventario: 25420

Placa

Inventario: 20480

BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJCA0191602 Serie: 8M069088

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

No. Motor: PE4045T806240 No. Motor: 6Z0553

Vin: 1T0310SJCA0191602 Vin: 1M2AG11C08M069088

Placa: 109-228 Placa: 109-185

Placa

Inventario:

Placa

Inventario: 25256

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BACK-HOE VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2011 Año: 2007

Serie: 1T0310SJJA0191615 Serie: 8M069089

Modelo: 310SJ Modelo: CV713

No. Motor: PE4045T806224 No. Motor: 6Z0738

Vin: 1T0310SJJA0191615 Vin: 1M2AG11C08M069089

Placa: 109-229 Placa: 109-186

Placa

Inventario:

Placa

Inventario: 25257

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

Serie: DW672GX627951 Serie: 8M069090

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H779271 No. Motor: 6Z0749

Vin: DW672GX627951 Vin: 1M2AG11C08M069090

Placa: 109-226 Placa: 109-187

Placa

Inventario: 25844

Placa

Inventario: 25258

MOTONIVELADORA VAGONETA

Marca: John Deere Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2007

Serie: DW672GX627948 Serie: 8M069091

Modelo: 672G Modelo: CV713

No. Motor: PE6068H778929 No. Motor: 6Z0774

Vin: DW672GX627948 Vin: 1M2AG11C08M069091

Placa: 109-227 Placa: 109-188

Placa

Inventario: 25845

Placa

Inventario: 25259

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Caterpillar Marca: MACK

Año: 2007 Año: 2008

Serie: CATO320CVSBN01687 Serie: 1M2AG11C28M071151

Modelo: 320CL Modelo: CV713

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No. Motor: G4E09380 No. Motor: 7K1363

Vin: CATO320CVSBN01687 Vin: 1M2AG11C28M071151

Placa: 109-181 Placa: 109-199

Placa

Inventario: 25248

Placa

Inventario: 25515

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2008

Serie: N80711382 Serie: 1M2AG11C48M071152

Modelo: ROBEX290LC-7ª Modelo: CV713

No. Motor: 26529650 No. Motor: 7K1415

Vin: N80711382 Vin: 1M2AG11C48M071152

Placa: 109-224 Placa: 109-200

Placa

Inventario: 25821

Placa

Inventario: 25516

PALA-EXCAVADORA LONG FRONT VAGONETA

Marca: Hyudai Marca: MACK

Año: 2010 Año: 2009

Serie: N80711383 Serie: 1M2AX18C99M003842

Modelo: ROBEX290LC-7A Modelo: GU813

No. Motor: 26533450 No. Motor: 911638

Vin: N80711383 Vin: 1M2AX18C99M003842

Placa: 109-225 Placa: 109-207

Placa

Inventario: 25822

Placa

Inventario: 25447

PALA-EXCAVADORA VAGONETA

Marca: Link Belt Marca: MACK

Año: 2008 Año: 2009

Serie: EHCJ83253 Serie: 1M2AX18C99M003841

Modelo: 210X2 Modelo: GU813

No. Motor: 4HK1424225 No. Motor:

Vin: EHCJ83253 Vin: 1M2AX18C99M003841

Placa: Link Belt Placa: 109-208

Placa

Inventario: 25419

Placa

Inventario: 25476

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COMPACTADORA VIBRATORIA TRACTOR DE ORUGA

Marca: Caterpillar Marca: Komatsu Estilo: Bulldozer

Año: 2008 Año: 2009

Serie: CATCS533ABZE01484 Serie: KMT0D100P01071166

Modelo: CS-533E Modelo: D65EX-15E0

No. Motor: G4D30411 No. Motor: 26856560

Vin: CATCS533ABZE01484 Vin: KMT0D100P01071166

Placa: 109-223 Placa: 109-215

Placa

Inventario: 25546

Placa

Inventario: 25547

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: NISSAN

Año: 2007 Año: 2008

Serie: 8AJFR22G104514193 Serie: JNICNUD22Z0012310

Modelo: HILUX Modelo: FRONTIER

No. Motor: 2KD7209086 No. Motor: ZD30125686K

Vin: 8AJFR22G104514193 Vin: JN1CNUD22Z0012310

Placa: 109-179 Placa: 109-206

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2008

Serie: JNICNUD22Z0012841 Serie: JNICNUD22Z0012629

Modelo: FRONTIER Modelo: FRONTIER

No. Motor: ZD30146148K No. Motor: ZD30141353K

Vin: JN1CNUD22Z0012841 Vin: JN1CNUD22Z0012629

Placa: 109-205 Placa: 109-204

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2007

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

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No. Motor: 2KD7208646 No. Motor: 2KD7210364

Vin: 8AJFR22G004514170 Vin: 8AJFR22G904514278

Placa: 109-180 Placa: 109-190

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP

PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2007 Año: 2008

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7203584 No. Motor: 2KD7339681

Vin: 8AJFR22G404513913 Vin: 8AJFR22G104521113

Placa: 109-191 Placa: 109-196

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PICK UP PICK UP

Marca: TOYOTA Marca: TOYOTA

Año: 2008 Año: 1997

Serie: Serie:

Modelo: HILUX Modelo: HILUX

No. Motor: 2KD7332029 No. Motor: 3L4191278

Vin: 8AJFR22G80452606 Vin: LN1110003754

Placa: 109-197 Placa: 109-128

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

PATROL PICK UP

Marca: NISSAN Marca: NISSAN

Año: 2008 Año: 2002

Serie: Serie:

Modelo: PATROL Modelo: FRONTIER-D22

No. Motor: ZD30121638K No. Motor: QD32160003

Vin: TDWSSLFAY61VRAFSRDA Vin: JN1CJUD22Z0728413

Placa: 109-232 Placa: 109-173

Placa

Inventario:

Placa

Inventario:

5.- JAPDEVA aportará el personal técnico y operativo necesario para el logro

del objetivo de la presente Carta de Entendimiento.

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6.- JAPDEVA asumirá el costo de operación del equipo por un valor de

¢26.417.487,00 según el detalle de las obras contenidas en el cuadro Nº 1.

B-) INDER: Se compromete a:

Aportar una contrapartida de ¢33.377.160,00 la cual será utilizada para gastos

de mantenimiento de equipo, combustible y otros para el cumplimiento del

objeto de la presente Carta de Entendimiento. El INDER por medio de la

Oficina Subregional de Siquirres coordinará con las Asociaciones de Parceleros

de cada Asentamiento el control de horas y de material colocado para cada

proyecto, para lo cual se utilizarán boletas debidamente firmadas por los

mismos, que servirán de control en la ejecución de los trabajos.

C-) LA MUNICIPALIDAD: Se compromete a:

Aportar como contrapartida 4.459 m³ de material de grava fina de 0 a 20

centímetros, los cuales serán extraídos de ríos, tajos secos o adquiridos vía

compra en tajos particulares y apilados en uno o varios centros de acopio,

ubicados lo más próximo posible a los sitios de trabajo (caminos). Dicho

material se colocará en los caminos indicados en el cuadro no.1 de esta Carta

de Entendimiento y para el mantenimiento de los caminos de acceso a estas

obras. El aporte de la municipalidad tiene un costo aproximado de

¢2.842.518,00 del total del Programa de mantenimiento y reparación de

caminos para el cantón de Siquirres.

TERCERA: PROGRAMACION

Ambas Instituciones y la Municipalidad acuerdan programar la ejecución de las

obras propuestas en el Programa de Mantenimiento y reparación de caminos

para el cantón de Siquirres. Para lo cual se elaborará, en forma coordinada,

un Plan de Trabajo y un cronograma de actividades de las obras a desarrollar.

CUARTA: LA COMISION

Las partes firmantes acuerdan crear una Comisión la cual estará conformada

por dos representantes de cada parte suscribiente, los cuales serán nombrados

respectivamente por el Gerente de la Administración de Desarrollo de

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JAPDEVA, el Director Regional del INDER en Limón, el Alcalde Municipal de

Siquirres y un miembro del Concejo Municipal..

La Comisión será la encargada de analizar las actividades a desarrollar propias

de la presente Carta de Entendimiento, podrá realizar las recomendaciones

respecto a las propuestas de ampliación, modificación, redistribución o

eliminación de actividades y costos, para la oportuna ejecución y atención de

los objetivos de la presente Carta de Entendimiento.

En la ejecución de la presente Carta de Entendimiento, la Comisión podrá

hacerse acompañar del personal de las áreas técnicas de cada Institución, a

efecto de que asesoren y ejecuten las acciones del presente acuerdo.

Las recomendaciones realizadas por la Comisión, serán analizadas por el

Gerente de la Administración de Desarrollo, el Director Regional del INDER en

Limón y el Alcalde Municipal de Siquirres, los cuales de forma colegiada

adoptarán las recomendaciones que estimen más convenientes, y solo en caso

de diferencias de criterios someterán las propuestas de ampliación,

modificación, redistribución o eliminación de actividades y costos, a

conocimiento y aprobación definitiva por parte de los Presidentes Ejecutivos de

JAPDEVA, INDER y el Alcalde de la Municipalidad de Siquirres.

La Comisión creada deberá establecer registros escritos de todo lo actuado, de

igual forma deberá rendir informes a los Presidentes Ejecutivos de JAPDEVA e

INDER, así como al Alcalde de la Municipalidad de Siquirres, los mismos

deberán realizarse por la vía escrita y electrónica al menos de forma semestral

y al finalizar el plazo máximo de vigencia de la presente Carta de

Entendimiento.

La Comisión se reunirá periódicamente a partir de la firma de esta Carta de

Entendimiento en forma ordinaria y extraordinariamente cuando alguna de las

partes lo convoque.

QUINTA: PLAZO

Para el cumplimiento del objetivo de esta Carta de Entendimiento, se contará

con un período de vigencia de un año a partir de su firma, prorrogable por un

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periodo igual de un año, siempre que las partes así lo acuerden por escrito, con

al menos 15 días naturales de antelación al vencimiento del plazo inicial.

De concluirse anticipadamente o no renovarse el presente convenio, los

programas, proyectos y actividades que se estén ejecutando, continuarán

desarrollándose hasta que se concluyan las actividades contempladas.

SEXTA: SOLUCION DE DIVERGENCIAS

En caso de que se presenten divergencias en la ejecución de las actividades

programadas para el cumplimiento de la presente Carta de Entendimiento, las

mismas deberán ser resueltas por los coordinadores de las entidades

signatarias, en caso de no existir acuerdo deberán resolver los respectivos

jerarcas.

SETIMA: INCUMPLIMIENTO.

Si una de las partes incumpliera alguna de las cláusulas de la presente Carta

de Entendimiento, las que cumplan con las mismas se encuentran facultadas

para resolverla unilateralmente, previa comunicación por escrito, con las

responsabilidades que de ello deriven. En todo caso, las partes se reservan el

derecho de dar por concluido la Carta de Entendimiento, por razón de caso

fortuito o fuerza mayor que imposibilite continuar con la misma, lo cual hará de

conocimiento de inmediato de la otra parte luego de ocurrido el hecho, con

ocho días naturales de antelación, de ser posible.

OCTAVA: ESTIMACIÓN.

La presente Carta de Entendimiento tiene una estimación de SESENTA Y

DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y

CINCO COLONES NETOS (62.637.165,00) encontrándose los compromisos

adquiridos por cada parte dentro de sus respectivas actividades ordinarias.

NOVENA: RESTRICCIONES.

Las partes no podrán modificar el destino y uso del aporte acá establecido.

Quedan a salvo las modificaciones que puedan realizarse amparadas a las

facultades que posee la Comisión aquí creada.

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DECIMA: DOCUMENTOS INTEGRANTES:

Forman parte integral de la presente Carta de Entendimiento: La Ley Orgánica

de JAPDEVA, y sus reformas, El Código Municipal, el Reglamento R-CO-44-

2007, Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la

Administración Pública, publicado en la Gaceta No. 202, del 22 de octubre del

2007, El Manual de Procedimientos para Modificación Presupuestaria en

JAPDEVA y Municipalidades; y la Ley de la Administración Financiera de la

República y Presupuestos Públicos y la Ley de Creación del Instituto de

Desarrollo Agrario, No. 6735 del 29 de Marzo del año 1982. y la Ley numero

9036 , Ley que Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto

de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural y la

Ley de la Administración Pública.

DECIMA PRIMERA: NORMAS SUPLETORIAS.

En lo no previsto expresamente de la presente Carta de Entendimiento, regirá

supletoriamente la normativa interna de cada institución, las leyes aplicables y

los principios generales que rigen el ordenamiento jurídico administrativo.

DECIMA SEGUNDA: FISCALIZACION.

La fiscalización estará a cargo de todas las partes suscribientes, las cuales

Comunicaran por escrito a las contrapartes, el nombre de su fiscalizador, en el

plazo de un mes después de la entrada en vigencia de la presente Carta de

Entendimiento.

DECIMA TERCERA: EXCLUSION DE REFRENDO Y APROBACION

INTERNA:

La presente Carta de Entendimiento, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 3 (incisos 4, 5 y 6 párrafo final) y 17 del “Reglamento sobre el

Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” emitido por la

Contraloría General de la República (Resolución NºR-CO-44-2007 de las 9:00

horas de 11 de octubre de 2007, se encuentra excluido de refrendo y

aprobación interna.

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DECIMA CUARTA: APROBACION.

La presente Carta de Entendimiento se aprueba mediante Acuerdo número

de la Sesión Ordinaria del Consejo de Administración de JAPDEVA Número

-2014, celebrada el de del 2014, y mediante Acuerdo número

del Consejo Municipal del Cantón de Siquirres, en su Sesión Ordinaria número

, celebrada el de enero del 2014.

Leída la presente Carta de Entendimiento y conscientes las partes de los

alcances que éste conlleva, las mismas se manifiestan conformes y firman en

la ciudad de Limón, a los _____ días del mes de ______ del año dos mil

catorce.

__________________________ _______________________

Allan Hidalgo Campos Yelgi Lavinia Verley Knight

Presidente Ejecutivo, JAPDEVA Alcalde, Municipalidad de Siquirres

_________________________

Víctor Julio Carvajal Garro

Presidente Ejecutivo, INDER

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

ARTICULO VIII CORRESPONDENCIA VIII-a)NOTA DE FECHA 20 DE ENERO DEL 2014 Y DOCUMENTACIÓN,

SUSCRITA POR EL LIC. MARIO QUINTERO VARGAS DE LA FUNDACION MINISTERIO FUERZAS ESPECIALES, EN DONDE SOLICITAN AYUDA DE DONACIÓN DE CHATARRA.

MSC.ALLAN HIDALGO: Se recibe nota suscrita por el Lic. Mario Quintero Vargas de la Fundación Ministerio Fuerzas Especiales, de fecha 20 de enero del año en curso adjuntando documentación, en la cual solicitan donación de chatarra, me parece que podríamos pasarlo a la Comisión de Ayudas Comunales, si los señores Directores están de acuerdo. ACUERDO No. 025-14 TRASLADAR A LA COMISION DE AYUDAS

COMUNALES PARA SU ESTUDIO Y

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RECOMENDACIÓN, NOTA SUSCRITA POR EL LIC. MARIO QUINTERO VARGAS DE LA FUNDACION MINISTERIO FUERZAS ESPECIALES, PARA LA DONACION DE CHATARRA Y MATERIAL PARA RECICLAR CUANDO EFECTUE JAPDEVA DEMOLICION DE EDIFICIOS.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

ARTICULO IX ASUNTOS VARIOS NO SE PRESENTARON Al ser las 11:30 horas finaliza la sesión.