SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO (4).ppt

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    APAGAR CELULARES.

    Gracias

  • ** UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS PATPRO . XXXVICPCC. JUAN W. GOMEZ ABRAMONTEDOCENTE

    CONTABILIDADGUBERNAMENTAL

  • SISTEMA NACIONAL DEPRESUPUESTO

    DOCENTE : CPCC. Juan w. Gmez Abramonte

  • SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTOLEY No. 28411NORMASPRINCIPIOSPROCEDIMIENTOSArtculo 11 de la Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico No. 28112Artculos 77 y 78 de la Constitucin Poltica del Estado

  • INTEGRANTES DEL SISTEMA DIRECCION NACIONALDELPRESUPUESTO PUBLICO OFICINAS DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO UNIDADES EJECUTORAS MEFVICEMINISTERIODE HACIENDA

    GOBIERNOREGIONAL

    GOBIERNOLOCAL EMPRESAS YORGANISMOSPUBLICOSGOBIERNONACIONALARTCULO12Ley No. 28112

  • DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO (DNPP)La DNPP es el rgano rector del SNP es la mas alta autoridad tcnica-normativa en materia presupuestaria y ejerce sus funciones de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico Ley No. 28112.

  • Atribuciones de la DNPPPrograma, dirige, corrdina, controla la gestin del proceso presupuestario Elabora el anteproyecto de la ley anual del presupuestoEmite las directivas y normas complementarias pertinentesEfecta la programacin mensual del presupuesto de ingresos y gastos.Emite opinin en materia de presupuesto

  • -COMPETENCIA-EQUILIBRIO

    -UNIVERSALIDAD-UNIDADE INTEGRIDAD-ESPECIFICACION

    -ESPECIALIDAD-ANUALIDADTEMTICA-CENTRALIZACIN NORMATIVA-CONTINUIDAD-FLEXIBILIDAD-PUBLICIDAD ODIFUSIN

    ADMINISTRACION COMUN DE RECURSOS PUBLICOS

    RESERVA DE LA DEUDA PUBLICA ESPECIAL

    PRINCIPIOS

    PRESUPUESTARIOS

  • PRINCIPIOS APLICABLES A LA CONTABILIDAD PRESUPUESTARIALos Principios son proporciones rectoras que controlan el sistema presupuestal que gozan de aceptacin general y se basan en un cuerpo doctrinario asociado a la contabilidad presupuestal y que sirve como marco explicativo y de exposicin.

  • PRINCIPIO DE COMPETENCIAEs el principio de mayor trascendencia poltica por el cual corresponde a la ciudadana a travs de su representacin parlamentaria y no directamente, refrendar y otorgar carcter legal a toda accin de recaudacin y de aplicacin de recursos pblicos, as como el de asumir la vigilancia y aprobacin final de las operaciones de manera tal, que las mismas sean autorizadas.

    Las tareas anteriormente sealadas son de competencia de la representacin parlamentaria y no de la ciudadana en s, motivo por el cual de acuerdo al artculo32 de la Constitucin Poltica del Estado otorga la posibilidad de someter a referndum cualquier normativa de ndole presupuestal o tributario.

  • PRINCIPIO DE EQUILIBRIO PRESUPUESTARIO El presupuesto del sector pblico debe estar equilibrado entre sus ingresos y sus gastos, estando prohibido incluir autorizaciones de gasto sin el financiamiento correspondiente. Por este principio, el Presupuesto debe ser formulado en condiciones normales, es decir, que, el total de los ingresos estimados a captarse sean iguales a sus egresos y excepcionalmente cuando la ley lo permite, cualquier diferencia para gasto no corriente debe quedar financiada con recursos provenientes de la capacidad de endeudamiento en trminos y niveles estrictamente realistas y concretos.

  • PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD O INTEGRIDAD PRESUPUESTARIAEl Presupuesto del Sector Pblico debe contener el total de los ingresos y gastos contemplados para el ejercicio presupuestal.

    La asimilacin de este principio conduce a la necesidad de que el Presupuesto del Sector Pblico Nacional contenga por separado todos los ingresos y gastos previstos para el ejercicio, sin marginar, compensar o detraer ninguna parte de ellos El principal efecto de este principio es el de evitar prcticas nocivas como que los ingresos se retraigan de antemano de los gastos de recaudacin y administracin; o que, de los gastos previstos se compensen los beneficios que pueden rendir.

  • PRINIPIO DE LA UNIDAD Debe incorporarse al Presupuesto del Sector Pblico todas las unidades que son puntos de captacin o aplicacin de recursos, prescribiendo cualquier supuesto de administracin extrapresupuestaria entre las instituciones pblicas.

    Sin embargo, hay que indicar que ste propsito se ve atenuado contradictoriamente al afirmar que la unidad se dar en el cuerpo normativo de la ley de presupuesto.

    El Derecho presupuestario reconoce otra aceptacin a ste principio de unidad, en el sentido que el presupuesto debe ser unitario y no plural (como pueden ser distinguiendo entre la elaboracin de presupuestos extraordinarios, presupuestos de capital, de gestin, de inversin, especiales, industriales, etc.)

  • PRINCIPIO DE ESPECIFICACION El Presupuesto del Sector Pblico debe mostrar en el detalle los ingresos, las fuentes de financiamiento, en relacin a los egresos, la especificacin de los gastos a realizarse en ejercicio presupuestal.La teora presupuestaria tradicional consagraba dos principios diferenciados; el de especialidad principio de origen poltico y el de especificacin principio contable, sin embargo, ambos convergen en la nocin que la autorizacin de pagos y de cobros instituida en el Presupuesto Pblico es siempre una autorizacin especial sujeta a cumplimiento en cuanto al detalle de las fuentes de financiamiento y principalmente, el destino y la aplicacin de los recursos aportados.

  • PRINCIPIO DE ADMINISTRACION COMUN DE RECURSOS PUBLICOSLos ingresos que constituyen recursos Pblicos, se administran en forma comn y financia todos los gastos por la ley anual de presupuesto. Este presupuesto contempla que los ingresos pblicos deben concurrir a un fondo de cobertura potencial para todos los egresos provistos y su asignacin debe efectuarse en base a prioridad y competencias: lo que implica que no existan ingresos , afectando a su posible administracin comn.

  • PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD TEMATICALa ley anual de presupuesto contiene, exclusivamente, disposiciones de orden presupuestal. histricamente las leyes de presupuesto han sido la ocasin para que se Incorporen numerosas disposiciones ajenas a dicha materia

    Por tanto, para todos sus efectos el presupuesto nicamente contendr disposiciones temporales, cuya vigencia esta condicionada a las duracin de la misma ley (peridica anual)

  • PRINCIPIO DE ANUALIDAD La ley de presupuesto tiene vigencia anual y coincide con el ao calendario.

    Dicha norma contempla un periodo de regularizacin presupuestaria a efectos de contemplar el registro de la informacin de ingresos y liquidar los compromisos de gastos no pagados durante el ejercicio fiscal correspondiente.

  • PRINCIPIO DE CENTRALIZACION NORMATIVAEl poder ejecutivo al proponer o reglamentar leyes que de manera general o particular se relacionen a la materia presupuestal, debe gestionarse ante el Congreso dicha capacidad, a travs del Ministerio de Economa y Finanzas.

  • PRINCIPIO DE CONTINUIDADEl proceso presupuestario debe apoyarse en los resultados de ejercicios anteriores y tomar en cuenta las perspectivas de los ejercicios futuros.

    Modernamente el proceso presupuestario, no se solucionan con efectuar una secuencia de clculo de los recursos a a captar y aplicar en un breve espacio de tiempo, por el contrario aspira a convertirse en un proceso permanente en base a la experiencia los objetivos, que trasciende ms all del perodo presupuestario, Por ello, nuestra legislacin cuida adoptar como principio que el proceso presupuestario deba fundamentarse en los resultados de ejercicios anteriores y considerar las perspectivas de los futuros ejercicios.

    Sin embargo, an cuando la norma omite mencionarlo, resulta importante que la continuidad tambin involucre a los resultados parciales o avances que se van obteniendo del presupuesto en vigencia, para que la toma de decisiones cuente con la informacin que le permite adoptar correctivos oportunos, reprogramar objetivos, mejorar niveles de eficiencia..

  • PRINCIPIO DE FLEXILIDADEste principio de origen ejecutivo postula que la metodologa presupuestaria no debe contener aspectos rgidos, ni en su estructura ni tampoco en sus componentes. Particularmente, en cuanto a la estructura presupuestaria, debe contar con la aptitud para ser reorientada o modificada de acuerdo a la evaluacin de resultados, lo cual implica que no deben existir ni ingresos ni gastos inmodificables.

  • PRINCIPIO DE PUBLICIDADLa ley de presupuesto se publica en el diario oficial antes del inicio del respectivo ejercicio fiscal. El anexo de los detalles cuantitativos de la Ley es publicado en edicin especial por la Direccin Nacional de Presupuesto Pblico.

  • PRINCIPIO DE RESERVA DE LA DEUDA PUBLICA ESPECIALNo pueden cubrirse con emprstitos los gastos de carcter permanente. La teora presupuestal clsica considera como uno de sus principios econmicos la reserva de la emisin de Deuda Pblica para las inversiones autos liquidables, esto es aquellas que permiten generar alguna actividad que produzca los rditos suficientes para proveer el pago de sus intereses y la devolucin oportuna del Principal.

  • EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO

  • - INSTRUMENTO DE GESTIN ECONMICO FINANCIERO A CORTO PLAZO. SE INICIA COMO ALGO TEORICO.

    - INSTRUMENTO DE PROGRAMACION ECONMICA, SOCIAL QUE POSIBILITA AL ESTADO EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBJETIVOS.

    - INSTRUMENTO DE ADMINISTRACIN, PUES CONSTITUYE UNA GUIA DE ACCIN QUE PERMITE MINIMIZAR LAS DECISIONES IMPROVISADAS.

    - A NIVEL MACROECONMICO, EL PRESUPUESTO ES EL INSTRUMENTO PRINCIPAL DE LA POLIITICA FISCAL PRESUPUESTO

    PBLICO

  • MARCO NORMATIVO PRESUPUESTALConstitucin Poltica, Art. ,74, 75, 77, 78 y 80. Ley No.28112 Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico.Ley No. 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.Ley No. 27245 Ley de responsabilidad y Transparencia Fiscal modificada por la Ley No. 27958 y el Marco Macroeconmico Multianual.Ley Anual del Presupuesto del Sector Pblico.Ley Anual de Equilibrio Financiero del Presupuesto Pblico Ley Anual del Endeudamiento Externo del Sector Pblico Directivas e instructivos para el proceso presupuestario

  • ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO DEL ESTADOINGRESOS

    CORRIENTES

    DE CAPITAL

    TRANSFERENCIAS

    - FINANCIAMIENTOGASTOS

    - CORRIENTES

    - DE CAPITAL

    -SERVICIO DELA DEUDA

  • FINANCIAMIENTO DE PRESUPUESTO 2012

    Fuentes de financiamiento Millones de S/. % Recursos Ordinarios 61,676000.00064.56Recursos Directamente Recaudados 8,969230,285 9.38Recursos por operaciones oficiales de Crdito 7,192967,2557.56Donaciones y transferencias 547520,8200.58.Recursos Determinados 17,148916,74517.92Total 95,534635,146100.00

  • RECURSOS DETERMINADOS Rubro 04: Contribuciones a Fondos

    Rubro 07: Fondo de Compensacin Municipal

    Rubro 08: Impuestos Municipales

    Rubro 18: Canon y Sobrecanon, Regalas, Renta de Aduanas y Participaciones.

  • Regmenes Presupuestarios en el Per

    - En 1845 el Ministro de Hacienda remite al Congreso elprimer Presupuesto de la Repblica para el bienio 1846 47, y no lleg a ser sancionado por el Parlamento.- En 1848 el Congreso aprob por primera vez unpresupuesto, que tuvo vigencia el bienio 1848 49.- La Ley Orgnica de 16. Set .1874, constituye el primerrgimen legal para regular el presupuesto- La Ley de 06.Dic.1893, establece el principio de laespecialidad de los gastos.- Ley N 4598 de 26.Dic.1922, Ley Orgnica del Presupuesto, crea la Direccin General del PresupuestoPblico en el Ministerio de Hacienda, que consagr elprincipio de unidad presupuestaria.

  • Regmenes Presupuestarios en el Per

    - Ley N 6784 de 28.Feb.1930, que crea la ContraloraGeneral de la Repblica en el Ministerio de Hacienda El Decreto Ley N 14260, de 21.Dic.1962, aprob elPresupuesto Funcional, o Presupuesto por Programas.- La Ley N 14816, de 16.Ene.1964, la Ley Orgnica delPresupuesto del Sector Pblico.- Las Leyes N 15257, 15682, 16360 y 16567 soncomplementarias de la Ley Orgnica.- En 1982 el gobierno implementa una nueva metodologa presupuestaria, identificada con el Presupuesto Base Cero, incluye la Unidad Presupuestaria como categoraprogramtica.

  • Regmenes Presupuestarios en el Per

    - En 1986 se vuelve al Presupuesto por Programas y seajustan los presupuestos de acuerdo a la inflacin.- El Decreto Ley N 25875, de 18.Nov.1992, Aprueba laLey Marco del Proceso Presupuestario.- Ley N 26199 de 16.Jun.1993, que aprueba la nuevaLey Marco del Proceso Presupuestario.- Ley N 26703 de 09.Dic.1996, que aprueba la Ley deGestin Presupuestaria del Estado, y establece elPresupuesto Funcional Programtico, modificada porla Ley N 26884.- Ley N 27209 de 28.Feb.1999, que aprueba la nuevaLey de Gestin Presupuestaria del Estado. -Ley N 28411 Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto

  • Tipos de presupuesto en el sector publico PRESUPUESTO TRADICIONAL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS PRESUPUESTO BASE CEROPRESUPUESTO POR RESULTADOS

  • Presupuesto Tradicional

    En el presupuesto tradicional, se pona nfasis en las compras y adquisiciones, con lo cual el presupuesto resultaba ser una lista de ingresos y de gastos sin vincularse con las realizaciones para los cuales eran asignados. Cada ministerio tena un presupuesto o lista de gastos global en el que se hallaban clasificados en rubros segn su objeto, los gastos de todas las oficinas ejecutivas, las cuales solicitaban con cargo a las asignaciones globales, los recursos necesarios para sus operaciones

  • Presupuesto por Programas

    ... Es un sistema en que se presta particular atencin a las cosas que un gobierno realiza, que a las cosas que adquiere. Las cosas que un gobierno adquiere tales como servicios personales, provisiones, equipo, medios de transporte, etc., son medios que emplea para el cumplimiento de sus funciones.

    Las cosas que un gobierno realiza en cumplimiento de sus funciones pueden ser carreteras, escuelas y hospitales construidos, soldados preparados, tierras bonificadas, casos tramitados y resueltos, permisos expedidos, exposiciones celebradas, informes preparados o cualquiera de las innumerables cosa que se pueden definir ...

  • Presupuesto por Programas

    El presupuesto por programas est organizado enfuncin de los logros fsicos que el gobierno esperaobtener de su gestin. La identificacin de cada uno deestos logros da lugar a los programas presupuestales,que deben constituir unidades o centros de asignacin de fondos. Las metas perseguidas en cada programa deben expresarse en trminos de unidades fsicas, tales como kilmetros de carreteras, hectreas de tierrasbonificadas, alumnos instruidos, enfermos tratados,etc.

  • Presupuesto Base CeroPRESUPUESTO BASE CERO (PBC): ... No se construye apartir de uno anterior sino que las funciones, operaciones y actividades actuales estn sujetas, para su conformacin o eliminacin, a los mismos anlisis de costo/beneficio que las propuestas de innovaciones con las cuales compite la distribucin de recursos ... Consiste en un proceso de planeamiento y presupuesto que requiere la total y detallada justificacin de las erogaciones a partir de su origen (de ah su nombre de base cero) y no como incrementos de presupuestos anteriores. De ese modo exige de cada responsable la demostracin de todos los rubros, nuevos o existentes, se expliquen y cuantifiquen debidamente

  • Presupuesto por Resultados

    El Presupuesto por Resultados es un esquema de presupuestacion que integra la programacin, formulacin, aprobacin, ejecucin y evaluacin del presupuesto, en una visin de logro de resultados a favor de la poblacin, retroalimentando los procesos anuales para la reasignacin, reprogramacin yajustes de las intervenciones.

  • Presupuesto por Resultados

    Aplicacin de principios y tcnicas CICLO PRESUPUESTAL para el diseo, ejecucin,seguimiento y evaluacin delpresupuesto con una articulacinsustentada entre bienes yservicios (productos) a ser provistos y RESULTADOS cambios generados Yen el bienestar ciudadano PRODUCTOS (resultados). (Decisiones)

    Decisiones tomadas coninformacin de desempeo.Resultados y Productos(Decisiones)

    PROGRAMACION YFORMULACIONAPROBACIONMONITOREOY EJECUCION EJECUCION

  • Seccin Volumen Sector Pliego

    Programa Subprograma Actividad/Proyecto Seccin Sector Pliego Unidad Ejecutora* Funcin Programa Funcional Subprograma Funcional Actividad/Proyecto Componente Meta

    * No existe en Gobiernos LocalesPresupuesto 1996 2010

  • Conceptos Presupuestales

    FUNCIN: nivel mximo de agregacin de lasacciones de Gobierno para cumplir los deberesprimordiales del Estado

    PROGRAMA: Desagregado de la Funcin querefleja acciones interdependientes para alcanzarobjetivos y metas finales, combinando recursoshumanos, materiales y financieros. Comprende alos Objetivos Institucionales de carcter general

  • Conceptos Presupuestales

    SUBPROGRAMA: Representa los objetivosparciales identificables dentro del producto final delPrograma

    PROYECTOS Y ACTIVIDADES

    Proyecto: conjunto de operaciones que expanden la accin del Gobierno.

    Actividades: tareas necesarias para mantener laoperatividad de la accin del Gobierno

  • Entidad Pblica

    todo organismo con personera jurdicacomprendido en los niveles de Gobierno Nacional,Regional y Local, incluidos sus respectivosOrganismos Pblicos Descentralizados y empresascreados o por crearse; los Fondos, sean de derechopblico o privado cuando este ltimo recibatransferencias de fondos pblicos, las empresas enlas que el Estado ejerza el control accionario; y losOrganismos Constitucionalmente Autnomos.*

  • La Oficina de Presupuesto del Pliego

    es la responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetndose a lasdisposiciones que emita la DNPP, para cuyo efecto, organiza, consolida, verifica y presenta la informacin que se genere as como coordina y controla la informacin de ejecucin de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modificaciones, los que constituyen el marco lmite de los crditos presupuestarios aprobados.*

  • Titular de la Entidad

    es la ms alta Autoridad Ejecutiva. En materiapresupuestal es responsable de manera solidaria, con elConsejo Regional o Concejo Municipal, el Directorio uOrganismo Colegiado con que cuente la Entidad, segnsea el caso. Dicha autoridad puede delegar susfunciones en materia presupuestal cuando lo establezcala Ley General, las Leyes de Presupuesto del SectorPblico o la norma de creacin de la Entidad. El Titulares responsable solidario con el delegado.*

  • Responsabilidades del Titular de la Entidad*

    Efectuar la Gestin Presupuestaria

    2. Lograr que los Objetivos y Metas establecidos en el Plan Operativo Institucional (POI) y Presupuesto Institucional se reflejen en las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo

    3. Concordar el POI y su Presupuesto Institucional con su Plan Estratgico Institucional.

  • Contenido del Presupuesto.

    El Presupuesto comprende:

    a) Los gastos que como mximo, pueden contraer las Entidades durante el ao fiscal, en funcin a los crditos presupuestarios aprobados y los ingresos que financian dichas obligaciones.

    b) Los objetivos y metas a alcanzar en el ao fiscal por cada una de las Entidades con los crditospresupuestarios que el respectivo presupuesto lesaprueba.

  • Fondos Pblicos

    se orientan a la atencin de los gastos que genere el cumplimento de sus fines, independientemente de la fuente de financiamiento de donde provengan. Su percepcin es responsabilidad de las Entidades competentes con sujecin a las normas de la materia Se orientan de manera eficiente y con atencin a las prioridades del desarrollo del pas*

  • Fuentes de Financiamiento

    1. Recursos Ordinarios00. Recursos Ordinarios2. Recursos Directamente Recaudados09. Recursos Directamente Recaudados3. Recursos Operaciones Oficiales de Crdito19. Recursos Operaciones Oficiales de Crdito4. Donaciones y Transferencias13. Donaciones y Transferencias5. Recursos Determinados04. Contribuciones a Fondos07. Fondo de Compensacin Municipal (FONCOMUN)08. Impuestos Municipales18. Canon y Sobrecanon, Regalas, Rentas de Aduanas y Participaciones

  • Gastos Pblicos son el conjunto de erogaciones que porconcepto de gasto corriente, gasto de capital yservicio de la deuda, realizan las Entidades concargo a los crditos presupuestarios aprobadosen los presupuestos respectivos, para serorientados a la atencin de la prestacin de losservicios pblicos y acciones desarrolladas porla Entidades de conformidad con sus funcionesy objetivos institucionales.*

  • FUNCIONES PRESUPUESTALES- Legislativa- Relaciones Exteriores- Planeamiento, Gestin yReserva de Contingencia- Defensa y Seguridad Nacional- Orden Pblico y Seguridad- Justicia- Trabajo- Comercio- Turismo- Agropecuaria- Pesca- Energa- Minera- Industria- Transporte- Comunicaciones- Medio Ambiente- Saneamiento- Vivienda y Desarrollo Urbano- Salud- Cultura y Deporte- Educacin- Proteccin Social- Previsin Social- Deuda Pblica

  • ETAPAS/FASES DEL PROCESO PRESUPUESTARIOPROGRAMACIONCONTROLEVALUACIONEJECUCIN APROBACINFORMULACIN

  • 1. PROGRAMACIONDETERMINACIONDE LOS OBJETIVOSINSTITUCIONALES ESTIMACION DEINGRESOS COMPATIBILIZAR LA ESTIMACION DE INGRESOS CON LA PREVISION DEL GASTO EN FUNCION DE LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES ESTABLECIDOS PARA EL AO FISCAL PREVISION DEGASTOS

  • PROGRAMACION PRESUPUESTARIA A CARGO DEL MEFSe sujeta a las proyecciones macroeconmicas del art. 4 de la Ley de Responsabilidad Fiscal Ley No. 27245 modificada por la Ley No. 27958

    El MEF a propuesta de la DNPP plantea anualmente al Consejo de Ministros su aprobacin, de acuerdo al Marco Macroeconmico Multianual MMM - .

    3. Las Entidades que no se financien con fondos del TP, coordinan anualmente con el MEF los lmites de sus crditos suplementarios

  • PROGRAMACION PRESUPUESTARIA A CARGO DEL MEF4. Distribucin y Transferencias a los GR y GL:a) Los ndices de distribucin del FONCOR son aprobados por el MEF por RM, b) Lo ndices de distribucin de Regalas y Canon y Sobrecanon, FONCOMUN y Participacin en Rentas son aprobadas por RM. Del MEF, en base a los clculos de la DGAES. c) Los fondos pblicos correspondiente a RO. son distribuidos mensualmente por el MEF a los GR a travs de la DNPP

    5. Los ndices de distribucin del Vaso de leche a los GL se aprueban a propuesta de la DGAES por RM de EF

  • PROGRAMACION EN LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS Los Pliegos en la programacin deben tomar en consideracin : a) En los Ingresos tendra en cuenta las tendencias de la economa, las estacionalidades y efectos coyunturales.b) Los gastos a preveer, se asignarn segn la escala de prioridades y las polticas de gasto priorizadas por el titular.

    El monto del Tesoro Pblico ser comunicado a los Pliegos por el MEF.

  • PROGRAMACION EN LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS3. La previsin de gastos debe considerar : Primero, los gastos de funcionamiento permanente, como es el caso de las planillas de personal activo y cesante.Segundo, los bienes y servicios necesarios para la operatividad institucional; Tercero, el mantenimiento de la infraestructura de los proyectos de inversin. Cuarto, las contrapartidas que por efecto de contratos o convenios deban preverse Quinto, los proyectos en ejecucin; y finalmente, la ejecucin de nuevos proyectos.

  • PROGRAMACION EN LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOSEn el caso de nuevos proyectos los Pliegos solo podan programar los gastos que se requieran en el ao fiscal respectivo, atendiendo a que el plazo de ejecucin de proyectos, segn la viabilidad no haya superado el ao subsiguiente al plazo previsto en dicha declaratoria.

    Se consideran los proyectos de inversin que se sujetan a las disposiciones del SNIP.

  • 2. FORMULACION PRESUPUESTARIA En esta fase, se determina la estructura funcional programtica del Pliego, en la cual se reflejan los objetivos institucionales. Se determinan las metas en funcin de la escala de prioridades y se consignan las cadenas de gasto y fuentes de financiamiento.

    La estructura de la cadena funcional programtica es propuesta, por la DNPP a los Pliegos para su aprobacin.

  • 3. APROBACION DEL PRESUPUESTO 1 Anteproyecto de Presupuesto.- Es sometido a la aprobacin del Consejo de Ministros para su remisin el Congreso hasta el 30 de agosto de cada ao.

    2 Aprobacin del Proyecto de Presupuesto.- Se discute por el Congreso hasta el 30 de Noviembre de cada ao, caso contrario rige el anteproyecto enviado por el ejecutivo.

    3 Publicacin.- Se publica en El Peruano antes de inicio del respectivo ejercicio fiscal.

  • 4. EJECUCION PRSUPUESTARIAEs la etapa en que las diferentes entidades de la administracin pblica realizan la captacin de recursos y efectan los gastos por cada fuente de financiamiento para el cumplimiento de metas y objetivos. La ejecucin se realiza a travs del calendario de ingresos y gastos aprobados en forma trimestral por la Direccin General de Presupuesto Pblico.En sta etapa intervienen directamente las diferentes entidades pblicas.

  • ETAPAS DE LA EJECUCION DEL INGRESO LA ESTIMACION .- Consiste en el calculo o proyeccin de los ingresos que por todo concepto se espera alcanzar durante el ao fiscal. LA DETERMINACION.- Es el acto por lo se establece o identifica con precisin el concepto, el monto, la oportunidad y la persona natural o jurdica , que debe efectuar un pago o desembolso de fondos a favor de la entidadLA PERCEPCION.- Momento en el cual produce la recaudacin, captacin u obtencin efectiva del ingreso.

  • ETAPAS DE LA EJECUCION DEL GASTO 1. COMPROMISO.- Acto mediante el cual se acuerda, luego del cumplimiento de los trmites legalmente establecidos, la realizacin de gastos previamente aprobados por un importe determinado, afectando total o arcialmente los creditos presupuestarios. El compromiso debe afectarse preventivamente a la correspondiente cadena del gasto, reduciendo su importe del saldo disponible del crdito presupuestario, a travs del respectivo documento oficial.

  • ETAPAS DE LA EJECUCION DEL GASTO 2. DEVENGADO .- Acto mediante el cual se reconoce una obligacin derivada de un gasto aprobado y comprometido, que se produce previa acreditacin documental ante el rgano competente de la realizacin de la prestacin o el derecho del acreedor.

    El reconocimiento de la obligacin debe afectarse al presupuesto Institucional en forma definitiva con cargo a la correspondiente cadena del gasto.El devengado es regulado en forma especifica po las normas del Sistema Nacional de Tesorera.

  • ETAPAS DE LA EJECUCION DEL GASTO3. EL PAGO.- Acto mediante el cual se extingue, en forma parcial o total, el monto de la obligacin reconocida, debiendo formalizarse a travs del documento oficial correspondiente. Se prohbe efectuar pago de obligaciones no devengadas.

    El Pago regulado en forma especifica por las Normas del Sistema Nacional de Tesorera.

  • EJECUCION PRESUPUESTARIA MARCOPRESUPUESTAL PROGRAMACIONPRESUPUESTALPIATRANSFERENCIASINSTITUCIONALESCREDITOSSUPLEMENTARIOSCREDITOS/ANULACIONESCALENDARIO DEL COMPROMISOS CONDICIONESPARA EJECUTAR EJECUCIONPRESUPUESTALAMPLIACIONES DE CALEND, DE COMP. PIMASIGNACIONPRESUPUESTAL COORDINACION CON LAS UNIDADES OPERATIVASCOMPROMISOSPRESUPUESTALES RECAUDAC. CAPTAC.DE INGRESOS PERSONAL (CAP- PAC)BIENES-SERVICIOSPLAN ANUAL DE ADQ. OTROS GASTOSPROYECTOS SNIPOBRAS- EQUIPO

  • MODIFICACIONES PRESUPUESTARIASLa normatividad presupuestaria permite que los p liegos efecten modificaciones a sus presupuestos, tanto en el nivel institucional como en el nivel funcional programtico .

    Las modificaciones en el nivel institucional son crditos suplementarios que aumentan a nivel global el presupuesto de la entidad. En tanto, que las modificaciones en el nivel funcional programtico modifican la composicin del presupuesto, sin alterar su nivel global.

  • MODIFICACIONES PRESUPUESTARIASMODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL INSTITUCIONAL

    CREDITOS SUPLENTARIOSTRANSFERENCIAS DE PARTIDAS Crditos suplementarios.- provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la ley del presupuesto Transferencias de Partidas.- Constituyen traslados de creditos presupuestarios entre pliegos LEYEN EL CASO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES, SE APRUEBAN POR ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL O CONSEJO MUNICIPAL. SEGN SEA EL CASO

  • MODIFICACIONES PRESUPUESTARIASMODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMATICO ANULACIONESHABILITACIONES

  • MODIFICACIONES PRESUPUESTARIASANULACIONES PRESUPUESTARIASLas anulaciones constituyen la supresin total o parcial de los crditos presupuestarios de actividades o proyectos

    HABILITACIONES PRESUPUESTARIAS

    Las habilitaciones constituyen el incremento de los crditos presupuestarios de activida de y proyectos con cargo a anulaciones de la misma actividad o de otras actividades o proyectos

  • MODIFICACIONES PRESUPUESTARIASLIMITACIONES A LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMATICO

    Los grupos genricos de gastos podrn ser objeto de anulaciones, si luego de haberse cumplido el fn para el que estuvieron previstos generan saldos; si se suprime la finalidad; si existe un cambio en la prioridad de los objetivos institucionales o si las proyecciones muestran que al cierre del ao fiscal arrojen saldo de libre disponibilidad.Los grupos genricos podrn ser objeto de habilitaciones si las proyecciones al cierre del ao fiscal muestran dficit respecto de las metas programadas o si se incrementan nuevas metas presupuestarias.c) No se podrn autorizar habilitaciones para gastos corrientes con cargo a anulaciones presupuestarias vinculadas a gasto de inversin.

  • 5. EVALUACION PRESUPUESTARIA Consiste en la revisin del nivel de cumplimiento de las acciones previstas y los resultados trazados, as como la ejecucin de los ingresos y egresos . La evaluacin sirve para realizar los ajustes necesarios en la fase de programacin del siguientes ao fiscal. La Evaluacin es monitoreada por el MEFLa Evaluacin se realiza en periodos semestralesSe basa en la seleccin de Actividades y ProyectosLa ejecucin de los Ingresos, Gastos y Metas presupuestariasAvances financieros y de metas fsicas

  • CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOSCPCC Juan W. Gmez AbramonteDocente.

  • CLASIFICADOR INSTITUCIONALCLASIFICADORES: FUNCIONAL Y PROGRAMATICOCLASIFICADOR DE FUENTE DE FINANCIAMIENTOCLASIFICADORGEOGRFICOCLASIFICADORES PRESUPUESTARIOSCLASIFICADORES DE INGRESOS Y GASTOS

  • COBERTURA EN EL USO DE CLASIFICADORESGOBIERNO GENERALGOBIERNO NACIONAL(279 UE)GOBIERNOS REGIONALES(370 UE)EMPRESAS(126)GOBIERNOS LOCALES(1834 UE)GOBIERNO NACIONAL(279 UE)GOBIERNOS REGIONALES(370 UE)GOBIERNO NACIONAL(279 UE)GOBIERNOS REGIONALES(370 UE)

  • ETAPAS DE USO DE LOS CLASIFICADORESAprobacinPresupuestalEjecucinPresupuestalUSO DE CLASIFICADORES EN ETAPAS DEL PRESUPUESTOProgramacin y FormulacinEvaluacin y Control

  • *CLASIFICADOR FUNCIONAL PROGRAMATICO

  • *CLASIFICADOR FUNCIONAL PROGRAMTICOSEPTIMA DISPOSICIN TRANSITORIA DE LA LEY 29158LEY ORGNICA DEL PODER EJECUTIVO, APROBADO POR D.S. N 068-2008-EF

  • Ventajas del Nuevo Clasificador Funcional ProgramticoPosibilita el trnsito de la actual clasificacin a una adecuada para la gestin por resultadosPermite continuar con la implementacin del PPR conforme se van aprobando las competencias exclusivas y compartidas sealadas en la Ley Permite adecuarse a los estndares internacionales sin generar cambios traumticos en los operadores del presupuestoConserva el registro histrico de las estadsticas presupuestalesAsegura que el Presupuesto del Sector Pblico, genere informacin presupuestaria transparente, integrada, til y oportuna, que sirva para la toma de decisiones en el rea de las Finanzas Pblicas*

  • *

    Clasificador Funcional

    Funcional

    Programas (Polticas)SITUACION ACTUALPROPUESTAANALISISADMINISTRACION PRESUPUESTARIAEstructura: Funcin Programa Sub ProgramaEstructura: Funcin Programa funcional Sub Programa funcionalProgramas estratgicos: Aprobados por Ley Propuestos por los sectoresClasificador Funcional Programtico

    Objetivos: Dar cumplimiento a la LOPE Adecuarse a los estndares internacionales Exposicin y anlisis del gasto pblico

    Objetivos: Permitir el seguimiento de las polticas de Estado Fortalecer la gestin por resultados Establecer indicadores de desempeo: insumo-producto e impacto

  • Clasificador FuncionalEl Clasificador Funcional facilita el anlisis de las tendencias del gasto pblico respecto a las principales funciones del Estado. Este clasificador tiene carcter fijo y propsitos comparativos a nivel internacional.El Clasificador Funcional est desagregado en Funciones, Programas Funcionales y Sub Programas Funcionales.Las Funciones estn desagregadas en 25, y determinan las principales reas de accin que desarrolle el Estado, las cuales pueden vincular a uno o varios ministerios.La utilidad de esta clasificacin estriba en determinar las tendencias del gasto pblico, e informarle a la opinin pblica en qu se est gastando la plata el gobierno.El Clasificador Funcional permite estandarizar con el Clasificador Internacional. Este clasificador lo que hace es relacionar las funciones del Estado Peruano con las funciones establecidas en la clasificacin internacional.

  • *Programa estratgicoClasificador Programtico - E s t r u c t u r aMetaCompo -nenteActividad / ProyectoElementos que identifican los medios y modos de accin de un Programa Estratgico

    Indicadores de insumo-productoPrograma Estratgico: Conjunto de acciones que expresan una poltica con objetivos e indicadores bien definidos, vinculados a un gestor responsable, sujetos a seguimiento y evaluacin. En lnea con el Presupuesto por Resultados.

    Indicadores de impactoIndicadores de desempeo*

    Programa estratgico (Ley) Articulado Nutricional Materno-Neonatal Logros de Aprendizaje Acceso a Identidad Acceso a servicios Electrificacin Rural Saneamiento Rural Comunicacin Rural Conservacin de Medio Ambiente

    Programa estratgico (Sector) PIR VRAE Sierra Exportadora Per Compite Pro Ciudad Agua para todos JUNTOS SIS Programa integral de nutricin Educacin rural PRONAMA

  • *Funcin: Proteccin SocialPrograma: Asistencia SocialComponente: Gestin de la EstrategiaComponente: Acceso de agua seguraCaso del Programa Articulado Nutricional S/. 972 MMActividad: Conduccin de la EstrategiaComponente: prcticas de comunidadesActividad: reduccin de morbilidad de IRAActividad: Mejora de nutricin del menorSub programa: Proteccin de Poblaciones en RiesgoPrograma Articulado NutricionalComponente: prcticas de hogares Componente: tratamiento de IRA,EDA Actividad: reduccin incidencia bajo pesoComponente: mejora de nutricin de gestanteComponente: alimentos disponibles Componente: Regulacin de FinanciacinFuncin: SaludPrograma: Salud IndividualSub programa: Atencin Mdica BsicaPliego: MIMDES, PCM - JuntosPliego: M. Salud, INS, SIS, Gob. RegionalesSub programa: Transferencias de Carcter General

  • *Funcin: EducacinPrograma: Educacin BsicaComponente: acceso a educ. inicialComponente: capacitacin de directoresCaso del Programa Logros de Aprendizaje S/. 1 226 MMActividad: Competencias bsicasComponente: docentes con competenciasActividad: Gestin EducativaSub programa: Educacin InicialPrograma Logros de AprendizajeComponente: sistema de seguimiento Componente: sistema de evaluacinActividad: infraestructura educativaComponente: sistema de informacinComponente: sistema de incentivos Componente: modelos pedaggicosSub programa: Educacin PrimariaComponente: compromisos familiaresComponente: programa de mantenimientoSub programa: infraestructura y equipamientoPliego: M. Educacin, Gob. Regionales

  • *Programa estratgicoEstructura ProgramticaEstructura Funcional (DS N 068-2008-EF)Sub programa (funcional)Programa (funcional)Programa Estratgico:Conjunto de acciones que expresan una poltica, con objetivos e indicadores bien definidos, vinculados a un gestor responsable, sujetos a seguimiento y evaluacin. En lnea con el presupuesto por resultados.Estructura de la PropuestaMetaCompo -nenteActividad / ProyectoFuncinEstandariza y facilita la lectura del Gasto Pblico en las principales reas de accin que desarrolla el Gobierno, pudiendo vincular a uno o varios ministerios.Elementos que identifican los medios y modos de accin de un Programa EstratgicoIndicadores de insumo productoIndicadores de impacto Articulado Nutricional Materno-Neonatal Logros de Aprendizaje Acceso a Identidad Acceso a servicios Electrificacin Rural Saneamiento Rural Comunicacin Rural Conservacin de Medio Ambiente*

  • ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMATICA FUNCION

    PROGRAMA

    SUBPROGRAMA

    COMPONENTE

    META

    03 Administracin y Planeamiento 003 Administracin 1.00267 Gestin Administrativa0006 Administracin General 00886 Gerenciar Recursos Materiales, Humanos y Financieros

  • *CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS DE INGRESOS Y GASTOS

  • NECESIDAD DE CAMBIOS EN LOS CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOSUnificacin de criterios con el Plan Contable (facilita la contabilidad oportuna).Adecuacin a estndares internacionales (facilita la comparabilidad con otros pases).Simetra entre ingresos y gastos (facilita el registro de las transacciones econmico financieras). Asociacin directa con el plan contable (facilita la automatizacin de los estados financieros).Impulsar la consolidacin del presupuesto por resultados (PPR)

    *

  • CRITERIOS PARA LA ELABORACIN DEL CLASIFICADOR DE INGRESOS Y GASTOSSe parti de la base establecida por el Manual de Estadsticas Financieras del FMI.

    Todo beneficio que reciben los servidores, ya sea en efectivo o en especie deben estar registrados en una partida.

    Identificar con transparencia los bienes y servicios que se adquieren, las transferencias y otras operaciones financieras que realiza la administracin

    *

  • *531120 Viticos y asignaciones. 531122 Vestuario.531123 Combustible y lubricantes531124 Alimentos para personas531126 Materiales explosivos y Municiones.531127 Servicios no personales531128 Propinas531129 Mat. De construccin531130 Materiales de consumo531131 Bs de distribucin gratuita531132 Pasajes y gastos de transporte531133 Serv. de consultora531134 Contratacin con empresas 531135 Arrendamiento financiero .CLASIFICADOR PPTALPLAN CONTABLE20 Mercaderas 201 Bs para la venta 208 Mercaderas ACM21. Suministros de funcionamiento 211.02 Materiales de Limpieza 211.04 Materiales de Salud, Farmacia y otros qumicos. 211.05 Materiales de Impresin, fotogrficos y fonotcnicos. 211.06 Materiales de Construccin, Mantenimiento, acondicionamiento y reparacin. 211.09 Otros materiales de uso no duraderos. 22 Mat. Primas, Materiales auxiliares y suministros para la produccin.28 Bienes en Trnsito

    Unificacin de criterios en los registros presupuestarios y contablesACTUAL

    PROPUESTA

  • Estructura del clasificador presupuestalExiste un clasificador nico para identificar las partidas de ingresos y gastos

    Tipo de transaccin:Genrica1. IngresosSubgenricaEspecficaGenrica2. GastosSubgenricaEspecfica*

  • * Simetra entre ingresos y gastos

    INGRESOS PRESUPUESTARIOSGASTOS PRESUPUESTARIOS1. Impuestos y Contribuciones Obligatorias1. Personal y Obligaciones Sociales2. Contribuciones Sociales2. Pensiones y Prestaciones Sociales3. Venta de Bienes y Servicios y Derechos Administrativos3. Compra de bienes y servicios4. Donaciones y Transferencias de Gobiernos Extranjeros, Organismos Internacionales y Unidades de Gobiernos4. Donaciones y Transferencias de Gobiernos Extranjeros, Organismos Internacionales y Unidades de Gobiernos5. Otros Ingresos5. Otros gastos6. Venta de Activos no financieros6. Adquisicin de Activos no financieros7. Venta de activos financieros7. Adquisicin de activos financieros8. Endeudamiento8. Servicio de la deuda

  • *El Clasificador Presupuestario de Ingresos del sector pblico, es un instrumento normativo que ordena y agrupa los recursos con que cuentan las entidades pblicas en categoras homogneas definidas en funcin de la naturaleza y caractersticas de las transacciones.

    El Clasificador Presupuestario de Gastos es una herramienta de gestin financiera, utilizadas en las diversas etapas del proceso presupuestario. Consiste en un conjunto de cuentas de gastos, ordenadas y agrupadas de acuerdo con la naturaleza del bien o servicio que se est adquiriendo o la operacin financiera que se est realizandoCLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS

  • *CLASIFICADOR DE INGRESOS El ingreso es un aumento del patrimonio neto como resultado de una transaccin. Para las unidades del gobierno general, las cuatro fuentes principales de ingreso son: los impuestos y otras transferencias obligatorias impuestas por unidades del gobierno, las rentas derivadas de la propiedad de activos, las ventas de bienes y servicios, y las transferencias voluntarias recibidas de otras unidades.

  • *CLASIFICADOR DE INGRESOS Genrica del Ingreso.- Es el mayor nivel de agregacin que identifica el conjunto homogneo, claro y ordenado de los recursos que se recaudan, captan u obtienen, y estn comprendidos po nueve (9) gnricas que son los siguientes:

    Impuestos y Contribuciones ObligatoriasContribuciones SocialesVenta de Bienes y Servicios y Derechos AdministrativosDonaciones y TransferenciasOtros IngresosVenta de Activos No FinancierosVenta de Activos FinancierosEndeudamientoSaldo de Balance

  • *EQUIVALENCIAS DE INGRESOS -Devoluciones o anulaciones Saldos de balancede aos anteriores- Transf. Canon, sobrecanon, regalas, En Donaciones y TransferenciasFOCAM, renta de aduanas, (su distribucin es reguladosparticipacin por exoneraciones por norma legal)Tributarias.

    - Renta de la propiedad (Regalas)En Otros Ingresos (los titularesde las concesiones pagan un % de los ingresos resultado de laexplotacin de rec. Nat.

  • *CLASIFICADOR DE GASTOS El gasto es una disminucin del patrimonio neto como resultado de una transaccin. Los gobiernos tienen dos funciones econmicas generales: asumir la responsabilidad de proveer ciertos bienes y servicios a la comunidad sobre una base no de mercado y redistribuir el ingreso y la riqueza mediante pagos de transferencia. Estas funciones se cumplen principalmente mediante transacciones de gasto, que se clasifican de dos maneras: una clasificacin econmica y una clasificacin funcional.

    Para proporcionar bienes y servicios no de mercado a la comunidad, una unidad gubernamental puede producir los bienes y servicios y distribuirlos, comprarlos a un tercero y distribuirlos, o transferir efectivo a los hogares para que puedan comprar los bienes y servicios directamente. La clasificacin econmica identifica el tipo de gasto en el que se incurre por estas actividades.

  • *CLASIFICADOR DE GASTOS Genrica de Gasto: Es el nivel mximo de agregacin que identifica el conjunto homogneo, claro y ordenado de los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros, as como de bienes, servicios y obras pblicas que las entidades pblicas contratan, adquieren o realizan para la consecucin de sus objetivos institucionales, y estn comprendidas por nueve (9) genrica:

    0. Reserva de ContingenciaPersonal y Obligaciones SocialesPensiones y Prestaciones SocialesBienes y ServiciosDonaciones y TransferenciasOtros GastosAdquisicin de Activos No FinancierosAdquisicin de Activos FinancierosServicios de la Deuda Pblica

  • *ESTRUCTURA DEL GASTO

  • *EQUIVALENCIASACTUALNUEVO3.11.28 Propinas4.11.25 Asignacin por combustible4.11.69 Asignacin por racin orgnica nica4.11.39 Otros servicios de terceros

    3.11.22 Vestuario (personal admin.)

    3.11.31 Bienes de distribucin gratuita

    1.11.70, 2.11.70, 3.11.70 Sentencias judiciales2.1.1.3.1.4 Internos de Medicina y Odont.2.1.1.7.2.1 Asignacin por combustible2.1.1.7.2.2 Asignacin por racin orgnica nica2.1.1.10.1.1 Dieta de Directorio y de Org. Colegiados(.....)2.1.2.1.1.1 Uniforme personal administrativo

    2.2..2.3.1.1 Alimentos para programas sociales2.2.2.3.4.1 Seguro mdico2.2.2.3.4.2 Gastos de sepelio y luto pers. Activo2.2.2.3.4.3 Gastos de sepelio y luto pers. Pensionista

    2.5.5 Pago de sentencias judiciales, laudos arbitrales y similares

  • *EJEMPLOS DE EQUIVALENCIAS

  • *EQUIVALENCIASACTUALNUEVO7.11.51 Equipamiento (Actividad)5.11.51 Equipamiento (Proyecto)2.6.3 Adquisicin de vehiculos, maquinarias y otros(Actividad y Proyecto)

  • *EJEMPLOS DE EQUIVALENCIASContrato Administrativo de Servicios CAS - 2008

  • *EJEMPLOS DE EQUIVALENCIASContrato Administrativo de Servicios CAS - 2009

    Para el caso de Actividades

    Contribuciones a ESSALUD2.1.3.1.1.5 Contribuciones a ESSALUDContrato Administrativo de Servicios2.3.2.8.1.1 Contrato Administrativo de Servicios

    Los locadores de servicios no contemplados en el CAS se afectan en las partidas de acuerdo al servicio que brindan, de no encontrarse una partida especfica se registra en la 2.3.2.7.11.99 Servicios Diversos.

    Para el caso de proyectos

    En la partida que se afecte el costo del proyecto

  • *CAMBIOS EN EL CLASIFICADOR

  • *EJEMPLOS DE AFECTACION DE GASTOS DE PROYECTOS DE INVERSION

  • *EJEMPLOS DE AFECTACION DE GASTOS DE PROYECTOS DE INVERSION

  • AREA DE PRESUPUESTO

  • AREA DE PRESUPUESTO SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTODOCUMENTOS FUENTE Y REGISTROS CONTABLESEntre los documentos fuentes del rea, derivados de las incidencias presupuestarias en sus diferentes etapas tenemos:- Ley del Presupuesto de la Repblica.- Layes y Decretos Supremos que modifiquen el Presupuesto- Resoluciones que aprueban los calendarios de ingresos y gastos.

    Documentos Fuente Mixtos

    Son documentos fuentes de otras reas que participan paralelamente en las incidencias presupuestarias en sus diferentes etapas, dichos documentos son:- Orden de Compra Gua de Internamiento- Orden de Servicio- Planilla de Remuneraciones y Pensiones- Valorizaciones de Estudios y Obras- Rendicin del Fondo para Pago en efectivo.- Comprobantes de pago- Recibo de ingreso.

  • AREA DE PRESUPUESTO SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTORegistros ContablesSon registros que se utilizan para anotar incidencias presupuestarias, con la finalidad de mostrar el avance de las diferentes etapas del presupuesto. Los registros presupuestarios que se utilizan son:a). Auxiliar de Ingresos Presupuestarios por Fuentes de Financiamiento.

    Se registran la captacin de recursos por toda fuente de financiamiento en observacin al presupuesto expresado y los calendarios de ingresos autorizados. Las aprobaciones, as como las modificaciones se sustentan con leyes, decretos supremos y resoluciones.b). Auxiliar de Ingresos por PartidasSe registran ingresos por cada una de las fuentes de funcionamiento, teniendo en consideracin los calendarios aprobados y los cdigos de los fascculos de ingresos para la entidad aprobados por la Direccin General del Presupuesto Pblico.

  • AREA DE PRESUPUESTO SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTOc). Auxiliar de Asignaciones por ProgramasSe registran las autorizaciones Presupuestarias, Calendarios de Compromisos, Asignaciones Comprometidas y la Ejecucin de Gastos a nivel de cada programa y por cada uno de las fuentes de financiamiento.d). Auxiliar de Compromisos de Partidas.Se registran las transacciones tales como; Asignaciones Presupustales; Calendario de Compromiso, Asignaciones Comprometidas y Ejercicio de Gastos, a nivel de Asignaciones Especficas del clasificados por objeto del Gasto y por cada una de las fuentes de financiamiento.e). Auxiliar de Avances por Programas.Se registran los procesos presupuestarios de manera que se puedan apreciar su ejecucin, a travs del cumplimiento de metas mediante los avances fsicos.

  • DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO POR LA LEY No. 28077 Y EL D.S. No. 029-2004-EF DE FECHA 17 DE FEBRERO DE 2004, EL 20 % DE LOS MONTOS ASIGNADOS A LOS GOBIERNOS REGIONALES POR CONCEPTO DE CANON HIDROENERGTICO, PESQUERO, FORESTAL Y GASFERO SE DESTINAN A LAS UNIVERSIDADES PBLICAS, PARA CUYO CASO LA ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMATICA A SER APLICADA ES LA SIGUIENTE:

  • FUNCION : 09EDUCACIN Y CULTURAPROGRAMA: 029EDUCACIN SUPERIORSUBPROGRAMA: 0076SUPERIOR UNIVERSITARIAACTIVIDAD: 18258TRANSFERENCIAS A UNIVERSIDADES PUBLICAS

    COMPONENTEUNIVERSIDAD NACIONAL XCOMPONENTE------------UNIVERSIDAD NACIONAL YCATEGORA : 6GASTOS DE CAPITALGRUPO GENERICO DEL GASTO: 7Otros gastos de capital MODALIDAD DE APLICACIN : 22transferencias a otros Organismos del Sector PblicoESPECIFICA DEL GASTO: 40Subvenciones Sociales

  • CASO PRCTICO PARA GOBIERNOS LOCALES01. PRESUPUESTO DE INGRESOS : PIA 2012

  • 8201PRESUPUESTO DE INGRESOS 710,0008201.01Recursos Ordinarios8201.0101Recursos Ordinarios 80,000 8201.02Rec. Directamente Recaudados8201.0201 Recu. Direc. Rec. 170,0008201.05 Recursos Determinados8201.0502 Foncomn 300,0008201.0503 Impuestos Municip. 110,0008201.0504 Canon Y Sobrecanon, 50,000

    8101 PRESUP. INSTIT. DE APERTURA, MODIF. Y PRESUP. INST. MODIF. 710,0008101.0101 Recursos Ordinarios 80,0008101.0201 Rec. Direct. Rec. 170,0008101.05Recursos Determinados 460,0008101.0502Foncomun 300,0008101.0503Impuestos Municip. 110,0008101.0504Canon y Sobrecanon 50,000

  • CASO PRCTICO PARA GOBIERNOS LOCALES01. PRESUPUESTO DE GASTOS : PIA 2010

    FTO.FTE. Cta. Cont.018201Canon y SobreCanon50,000.00

    078201Foncomun300,000.00088201Otros Imp. Municipales110,000.00098201Rec.Direct. Recaudados120,000.00098201Rec. Direct. Recaud. ( Vig.de Minas ) 50,000.00008201Recursos Ordinarios 80,000.00TOTAL 710,000.00

  • 8301PRESUPUEST0 DE GASTOS 710,000.00

    8301.01Recursos Ordinarios 80,000.00

    8301.02Rec. Direct. Recaud. 170,000.008301.05Recursos Determinados 460,000.008301.0502 F.C.M 300,000.00 8301.0503 Imp.Municp. 110,000.008301.0504 Canon y S. 50,000.0081.01PRESUP. INST. DE APERT, MODIF YPRESUP. INST. MODIFICADO710,000.008101.01Recursos Ordinarios 80,000.008101.02Recursos Direct. Recaud. 170,000.008101.05Recursos Determinados 460,000.00

  • GRACIAS

    **Los clasificadores presupuestarios registran las opraciones del gobierno, presentan el detalle de las transacciones, para ver:

    En que se gastaPara que se gastaQuien gastaEn donde se gasta******Los clasificadores pblicos tienen como propsito la homogenizacin y sistematizacin de la informacin con fines estadsticos, as como el estudio y anlisis de la materia fiscal.

    Est conformado por el Clasificador Funcional y el Clasificador Programtico, los cuales estn articulados con los objetivos de los diferentes Programas Estratgicos y las Funciones del Estado.El clasificador funcional facilita el anlisis de las tendencias del gasto pblico respecto a las principales funciones del Estado. Tiene carcter fijo y propsitos comparativos a nivel internacional.

    Mientras que el clasificador programtico permite el seguimiento y evaluacin de las polticas y estratgicas que define el gobierno para la consecucin de los objetivos y metas de los presupuestos anuales del sector pblico. Sujeta a las competencias de las entidades pblicas en el marco de la LOPE, que tiene como fin impulsar la consolidacin del presupuesto por resultados.

    ****Las funciones determinan las principales reas de accin que desarrolla el Estado, las cuales pueden vincular a uno o varios ministerios.Los programas y sub programas responden a un criterio de tipicidad distinto a la estructura orgnica del Estado.El clasificador funcional del sector pblico, constituye una clasificacin detallada de las funciones a cargo del Estado y tiene por objeto facilitar el seguimiento, exposicin y anlisis de las tendencias del gasto pblico respecto a las principales funciones del Estado.**Las funciones determinan las principales reas de accin que desarrolla el Estado, las cuales pueden vincular a uno o varios ministerios.Los programas y sub programas responden a un criterio de tipicidad distinto a la estructura orgnica del Estado.El clasificador funcional del sector pblico, constituye una clasificacin detallada de las funciones a cargo del Estado y tiene por objeto facilitar el seguimiento, exposicin y anlisis de las tendencias del gasto pblico respecto a las principales funciones del Estado.**Est conformado por Programas Estratgicos que comprenden un conjunto de acciones (actividades y/o proyectos) que expresan una poltica, sujetos a evaluacin y seguimiento**********Se parti de la base establecida por el Manual de Estadsticas Financieras del FMI

    ********************Reserva de contingencia.- Gastos que por su naturaleza no pueden ser previstos en los presupuestos de las entidadesPersonal y Obligaciones Sociales.- Gastos por el pago del personal activo, as como otros beneficios. Asimismo comprende las obligaciones del empleador y asignaciones en especie otorgada a los servidores pblicos.Pensiones y otras prestaciones sociales.- Gastos por el pago de pensiones a cesantes y jubilados, prestaciones a activos y pensionistas y asistencia social que brindan las entidades a la poblacin.Bienes y Servicios.- Gastos por adquisicin de bienes para el funcionamiento institucional y cumplimiento de funciones, as como por los pagos por servicios de diversa naturaleza prestados por personas naturales sin vinculo laboral o personas jurdicas.Donaciones y Transferencias.- otorgadas a gobiernos, organismos internacionales y unidades de gobierno no reembolsables.Otros Gastos.- Gastos por subsidios a empresas pblicas y privadas con fines productivos, subvenciones a personas naturales, pago de impuestos, derechos administrativos, multas y sentencias judicialesAdquisicin de activos no financieros.- Gastos por la reposicin y aumento del activo de las instituciones pblicas (proyectos de inversin y la adquisicin de equipos)

    ********************