Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago acoge querella

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7/23/2019 Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago acoge querella http://slidepdf.com/reader/full/septimo-juzgado-de-garantia-de-santiago-acoge-querella 1/1 Santiago,veinticuatrodejuniodedosmil quince.  Visto lo regulado en losartículos111 ysiguientesdelCódigo ProcesalPenal,eldocumento que antecede,siendo éste oportuno y cumpliendo con los requisitos delartículo 113 delCódigo Procesal Penal, sedeclaraadmisiblelaquerellaqueantecede. Respectodelas diligencias resolverá el fiscal asignado al caso. Téngase por acompañados los documentos indicados y presente la forma de notificaciónindicada. Remítasealafiscalíadeestacomuna. Déjesecopia dela querella ydeesta resolución en la carpeta  judicial. Sirva lapresente resoluciónde suficiente yatentooficioremisor. RUCN° : 1510021485-4 RlT N° : 11933- 2015 Proveyó don DARWIN ERIC BRATTIJORQUERA, Juez7°Juzgado de GarantíadeSantiago. EnSantiagoaveinticuatrodejuniodedosmil quince, senotificóporel estadodiariolaresoluciónque precede.  ______________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3 / Fono: 29757550 – Fax: 29757575

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7/23/2019 Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago acoge querella

http://slidepdf.com/reader/full/septimo-juzgado-de-garantia-de-santiago-acoge-querella 1/1

Santiago, veinticuatro de junio de dos mil quince.

 Visto lo regulado en los artículos 111 y siguientes del Código

Procesal Penal, el documento que antecede, siendo éste oportuno y

cumpliendo con los requisitos del artículo 113 del Código Procesal

Penal, se declara admisible la querella que antecede. Respecto de las

diligencias resolverá el fiscal asignado al caso. Téngase por

acompañados los documentos indicados y presente la forma de

notificación indicada. Remítase a la fiscalía de esta comuna.

Déjese copia de la querella y de esta resolución en la carpeta

 judicial.

Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor.

RUC N° : 1510021485-4

RlT N° : 11933 - 2015

Proveyó don DARWIN ERIC BRATTI JORQUERA, Juez 7° Juzgado de

Garantía de Santiago.

En Santiago a veinticuatro de junio de dos mil quince, se notificó por el

estado diario la resolución que precede.

 ______________________________________________________________ 

Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3 / Fono: 29757550 – Fax: 29757575