Seminario regimen simplificado y comun

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Persona Natural

Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal.

Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todos los derechos y obligaciones de la empresa.

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Persona Natural

Ventajas

Se constituye con documento de identidad

La constitución de la empresa es sencilla.

No se les exige documentos contables.

Si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio puede ser replanteado sin ningún inconveniente.

La propiedad, el control y la administración recae en una sola persona.

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Persona Natural

Desventajas

Tiene responsabilidad ilimitada

Capital limitado sólo a lo que pueda aportar el dueño.

Presenta menos posibilidades de poder acceder a créditos financieros.

Falta de continuidad en caso de incapacidad del dueño.

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03 Impuesto al patrimonio04 Impuesto de Renta y complementario Régimen Especial05 Impuesto de Renta y complementario Régimen Ordinario07  Retención en la fuente a título de renta09 Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas11 Ventas régimen común12 Ventas Régimen simplificado13  Gran contribuyente14  Informante de exógena15  Autorretenedor22 Obligado a declarar en nombre de terceros Art. 571 y 572 del E.T.

Responsabilidades

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Régimen Simplificado

RequisitosArt499 E.T

Ingresos año anterior inferiores a 4000 UVT ( $98.220.000)

Máximo un establecimiento de comercio.

No ser usuario aduanero

Establecimiento de comercio no actividades de explotación de intangibles.

Año 2010 Y 2011 no haya realizado operaciones Gravadas por 3300 UVT ( $81.032,000/82.936,000).

Año anterior las consignaciones no superen 4500 UVT ($113.094.000)

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Régimen Simplificado

Obligaciones

Inscribirse en el RUT.

Libro Fiscal de operaciones diarias.

Cumplir sistemas técnicos de control gobierno.

Exhibir visible RUT.

Exigir discriminación IVA al Régimen Común.

Entregar fotocopia RUT.

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Régimen Simplificado

Características especiales

No obligados a expedir factura.

Puede llevar contabilidad simplificada.

• Libro fiscal de operaciones diarias.

Conservar facturas y Dctos equivalentes de venta.

Conservar facturas o Dctos de compra.

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Régimen Común

Pertenecen

Personas Jurídicas o sociedades de hecho q vendan o presten servicios gravados con IVA.

Personas Naturales comerciantes o artesanos mayoristas.

Los usuarios aduaneros. Las personas naturales y comerciantes y

artesanos que realicen operaciones gravados igual o superior a 4000UVT ($98.220.000)

Todas las personas Naturales que superen los requisitos consagrados en el art 499 E.T

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Quienes están Obligados a inscribirse en el RUT Art.5 Decreto• Las personas y entidades que tengan la

calidad de contribuyentes• Las personas y entidades no

contribuyentes, declarantes de ingresos y patrimonio

• Los responsables del impuesto sobre las ventas

• Los agentes retenedores.• Los importadores y exportadores y demás

usuarios aduaneros.• Las personas o entidades no responsables

del impuesto sobre las ventas, que requieran expedición del NIT, cuando estén obligadas a expedir factura.

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Cancelación de la inscripción en el RUT

Procede en los siguientes casos:

Personas jurídicas o asimiladas: por liquidación, fusión o escisión de la sociedad.

Personas naturales: Por el fallecimiento al liquidarse la sucesión.  

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• Sanción por no inscribirse en el RUT, clausura del establecimiento por el término de un (1) día por cada mes de retraso en la inscripción, o una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso.

• Sanción por no exhibir el RUT, 3 días de clausura.

• Sanción por no actualizar el RUT, será de dos (2) UVT por cada día de retraso en la actualización de  la información.

Sanción por informar datos falsos, incompletos o equivocados en el RUT se impondrá una multa equivalente a cien (100) UVT.

• Sanciones