Sem 01 - Sistema Tributario Ncionall.ppt

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UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO CONTABILIDAD Asignatura: T RIBUTACION RIBUTACION SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL SEMANA: 01 SEMANA: 01 Docente: CPC Arturo Gebol Gómez Docente: CPC Arturo Gebol Gómez E_mail: [email protected] E_mail: [email protected]

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  • UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOCONTABILIDADAsignatura: TRIBUTACIONSISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

    SEMANA: 01

    Docente: CPC Arturo Gebol GmezE_mail: [email protected]

  • SISTEMA TRIBUTARIO CONCEPTO Y ESTRUCTURAEl Estado peruano se encuentra organizado en tres niveles de gobierno: Nacional, Regional y Local. Cada uno de estos niveles agrupa diferentes unidades ejecutoras o productoras de y servicios pblicos cuyos costos operativos deben ser financiados bsicamente con tributos.

  • SISTEMA TRIBUTARIO CONCEPTO Y ESTRUCTURAEl Decreto Legislativo No. 771, es denominado como la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional.Esta norma regula la estructura del sistema tributario peruano, identificando cuatro grandes sub-conjuntos de tributos en funcin del destinatario de los montos recaudados.Segn el art. 2.II.1 del Decreto Legislativo No. 771. Se trata del Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Derechos Arancelarios y Rgimen nico Simplificado.

  • SISTEMA TRIBUTARIO CONCEPTO Y ESTRUCTURAConjunto de tributos coordinados entre s y vigentes en el ordenamiento jurdico de un pas en un determinado momento histrico, que atienden a una serie de principios generales y al logro de finalidades fiscales y extra fiscales

    El Sistema tributario peruano es el conjunto de impuestos, tasas y contribuciones.

  • SISTEMA TRIBUTARIO CONCEPTO Y ESTRUCTURAA. Impuesto: Es el tributo cuyo cumplimiento no origina contraprestacin directa a favor del contribuyente por parte del Estado. En los Impuestos el Contribuyente paga, pero no recibe en forma directa ninguna retribucin por parte del Estado.Ejemplo: El Impuesto a la Renta, el IGV, el ISC.

  • SISTEMA TRIBUTARIO CONCEPTO Y ESTRUCTURAB) Contribucin: Es el tributo cuya obligacin tiene, como hecho generador, beneficios derivados de la realizacin de obras publicas o de actividades estatales. En la Contribucin el Contribuyente paga y recibe una contraprestacin directa del Estado en forma general y mediatamente (despus). Ejemplo: EsSalud, ONP, Senati, Sencico

  • SISTEMA TRIBUTARIO CONCEPTO Y ESTRUCTURAC) Tasas: Es el tributo cuya obligacin tiene como hecho generador la prestacin efectiva por el Estado de un servicio pblico individualizado en el contribuyente. En las Tasas existe una especial actividad del Estado materializada en la prestacin de un servicio individualizado en el Contribuyente, el cual es inmediato por beneficiar a quien lo solicite. Ejemplo: Si un padre de familia se acerca a la Municipalidad a solicitar una Partida de Nacimiento de su hijo, deber pagar una Tasa recibiendo en forma inmediata su Partida de Nacimiento.

  • SISTEMA TRIBUTARIO CONCEPTO Y ESTRUCTURA - TasasLas Tasas tambin se clasifican en:C.1. Arbitrios: Es la Tasa que se paga por la prestacin o mantenimiento de un servicio pblico. Ejemplo: Arbitrio de Limpieza Pblica, Serenazgo.

    C.2. Derechos: Es la Tasa que se paga para la prestacin de un servicio administrativo publico o el uso o aprovechamiento de bienes pblicos.Ejemplo: Obtencin del DNI, Partida de Nacimiento, Partida de Matrimonio, Certificado Domiciliario.

  • SISTEMA TRIBUTARIO CONCEPTO Y ESTRUCTURA - TasasLas Tasas tambin se clasifican en:C.3. Licencias: Es la Tasa que se paga para la autorizacin a ejercer una actividad especifica de provecho particular sujetas a control o fiscalizacin. Ejemplo: Licencia de Funcionamiento, Licencia de Conducir, Licencia para portar armas de fuego (Discamec), Licencia de Construccin.

  • SISTEMA TRIBUTARIO ENTES IMPOSITORESLos entes impositores encargados de recaudar tributos al fisco:Sunat:SAT:Otros: Distintos sujetos pasivos:Personas fsicas: Residentes y no residentes.Personas jurdicas: Residentes y no residentes.Entes carentes de personalidad.

  • SISTEMA TRIBUTARIOFIGURAS TRIBUTARIASENTES IMPOSITORESSUJETOS PASIVOSMANIFESTACIONES DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVAImpuestos.TasasContribucionesSUNATOtrosSATPersonas fsicasPersonas jurdicasEntes carentes de personalidadRentaPatrimonioConsumo

  • SISTEMA TRIBUTARIO

  • Distintos entes impositores:* SUNAT* SAT* OtrosDistintos sujetos pasivos:Personas fsicas: Residentes y no residentes.Personas jurdicas: Residentes y no residentes.Entes carentes de personalidad.

    SISTEMA TRIBUTARIO CONCEPTO Y ESTRUCTURA

  • Teora de Renta.La finalidad de precisar el mbito de aplicacin del Impuesto a la Renta, la doctrina ha elaborado mltiples teoras donde confluye sobretodo consideraciones de ndole econmica y financiero.Sin embargo a pesar de la variedad de definiciones de Renta que podemos encontrar en la doctrina son las tres las ms aceptadas para la imposicin a la renta:

    Distintas manifestaciones de capacidad contributiva: Renta.

  • Criterio de la Renta Producto.-Rentas de tipo econmico y objetivo, entendindose como renta sea un producto peridico que proviene de una fuente durable en estado de explotacinLa renta es el producto peridico que proviene de una fuente durable en estado de explotacin, que tiene la siguiente caracterstica:Debe ser un producto Debe prevenir de una fuente durable Debe ser peridica La fuente debe ser puesta en explotacin

    Distintas manifestaciones de capacidad contributiva

  • Criterio de la Renta Producto.-Para la Poltica Fiscal esta teora considera renta gravable al ingreso peridico, siempre que provenga de la explotacin de fuentes permanentes, tales como: capital, trabajo o la aplicacin conjunta de capital y trabajo. El art. 1.a de la ley del Impuesto a la Renta del Per 2 ha recogido con amplitud los alcances de esta concepcin.Notamos que la ley describe de modo expreso y detallado a la renta gravable (aspecto objetivo), pero guarda silencio sobre los sujetos que obtienen dicha renta (aspectos subjetivos).

    Distintas manifestaciones de capacidad contributiva

  • Criterio de la Renta Producto.-En la medida que para la Poltica Fiscal la teora renta-producto est diseada para gravar con el Impuesto a la Renta a todos aquellos ingresos corrientes de las personas naturales (entre otros casos); entonces somos del parecer que esta clase de sujeto se encuentra comprendido dentro de los alcances del art. 1.a de la LIR.Distintas manifestaciones de capacidad contributiva

  • Criterio del Flujo de Riqueza.-Las Ganancias de capital realizadas, los ingresos eventuales, los ingresos por actividades accidentales, ingresos a titulo Gratuito.Para esta teora el concepto de renta abarca el total de la riqueza que fluye al contribuyente proveniente de operaciones con terceros, en un periodo determinado. Distintas manifestaciones de capacidad contributiva

  • Criterio del Flujo de Riqueza.-

    El ingreso puede ser peridico transitorio o accidental. No es necesario que se mantenga intacta la fuente productora pudiendo inclusive desaparecer con el acto de produccin de la renta. De tal modo, se incluyen en el concepto de renta otros ingresos, adems de los que califican como renta producto:

    Distintas manifestaciones de capacidad contributiva

  • Teora del Consumo ms incremento PatrimonialMediante este criterio se busca gravar el integro de la capacidad contributiva considerando renta a la suma de los consumo mas el incremento del patrimonio al final del periodo.Resulta irrelevante si el incremento proviene de una fuente durable o de un tercero por lo que se incluye otros ingresos adems a los considerados bajo los criterios de la renta producto o flujo de riqueza, destacando entre ellos siguientes:

    Distintas manifestaciones de capacidad contributiva

  • Ganancia de Capital. se trata de ingresos obtenidos por la realizacin de bienes de capital.Consumo. Se incluye como renta al monto empleado por el sujeto en la satisfaccin de sus necesidades. Son consideradas como una manifestacin de la capacidad contributiva del sujeto, y por tanto renta gravable de este, cuando no provengan de una fuente durable, no sean peridicos o producto de operaciones con terceros.

    Distintas manifestaciones de capacidad contributiva

  • Consumo. Para la Poltica Fiscal esta teora entiende que la renta gravable es toda variacin del patrimonio. Pasando al campo legal entendemos que no existe un artculo en la Ley del impuesto a la Renta que adopte de modo general todos los casos que se encuentran comprendidos por la teora del consumo ms incremento patrimonial.

    Distintas manifestaciones de capacidad contributiva

  • Consumo. La LIR no suele hacer referencia expresa a los aspectos subjetivos del referido hecho generador. En la medida que la teora del consumo ms incremento patrimonial apunta a gravar, a las variaciones del patrimonio de las PN; entonces cabe la posibilidad que la ley peruana contemple esta clase de sujetos. (BAHAMONDE, Quinteros Mery, Aplicacin Prctica de la Ley del Impuesto a la Renta .Personas Naturales y empresas, pp. 150-155).

    Distintas manifestaciones de capacidad contributiva

  • OBJETIVOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO

    Debe permitir alcanzar los objetivos de la poltica fiscal (mxima equidad posible, menor interferencia posible en la asignacin de los recursos de la economa y promover la estabilidad y el crecimiento econmico). Minimizar los costos del sistema, ya sea en los que incurre el contribuyente, como los de la administracin fiscal (la organizacin estatal dedicada a la percepcin y el control impositivo). Lograr un rendimiento fiscal adecuado, para alcanzar una recaudacin en funcin de los objetivos propuestos, desde el punto de vista del financiamiento del gasto pblico como de incidir en la economa.

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