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SEGURO ESCOLAR

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SEGURO ESCOLAR RÍO NEGRO

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HORIZONTE SegurosPóliza N° 213161-000000

Vigencia: 01-05-2012hasta 01-05-2013

SEGURO ESCOLAR

*Cubrirá también durante el desarrollo de los mencionados juegos, a los alumnos que representen a las escuelas privadas o escuelas públicas de gestión privada, (excluidos de esta cobertura en sus respectivos establecimientos), amparándolos totalmente, en caso de no poseer seguro, o en exceso de la cobertura de seguro de su institución, si la tuvieran.

Alumnos que representen a la provincia de Río Negro en los Juegos Rionegrinos.

*Alumnos de los niveles inicial, primario, medio, terciarios y adultos (mayores de 21 años, CEF 8 Y CEF 33), que concurren a Establecimientos Públicosdependientes del Ministerio de Educación.

*Establecimientos Públicos de gestión social, reconocidos por el Consejo Provincial de Educación, en todos sus niveles.

Alumnos que concurren a los

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Vigencia: 01-05-2012hasta 01-05-2013

aSUMAS ASEGURADAS INDIVIDUALES POR EVENTO:MUERTE POR ACCIDENTES:

$ 25.000.-

aINVALIDEZ TOTAL Y PARCIAL, PERMANENTE POR ACCIDENTE:

$ 25.000.-

aASISTENCIA MÉDICO-FARMACÉUTICA:

$ 25.000.--

SUMA ASEGURADA INDIVIDUAL POR EVENTOS:

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*designada en la misma como asegurado sufriera un accidente dentro o fuera del establecimiento, siempre que el accidente se produzca durante la realización de actividades programadas y supervisadas por el establecimiento educativo.

La presente póliza rige exclusivamente en caso que la persona

*los establecimientos que dictan clases en el período febrero-diciembre y septiembre-mayo, otorgándose cobertura durante todo el ciclo lectivo.

La póliza es anual, comprendiendo dentro de la cobertura,

*pudieran ocurrir en el trayecto de ida y vuelta al establecimiento educacional, cualquiera sea el medio de locomoción que utilice.

El alumno asegurado no estará cubierto por los accidente que

*en forma prestacional, a través de su red de prestadores, mientras dura el tratamiento médico.

El asegurador se hará cargo de la asistencia médico farmacéutica

Excluidos de la cobertura: alumnos pasantes.

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EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN RESUELVE

RESOLUCIÓN 1.168/94

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Establecer que los viajes de EGRESADOS sólo podrán realizarse en período de receso escolar, sin responsabilidad de las autoridades del Consejo Provincial del Educación.

Determinar que los VIAJES DE ESTUDIO Y CAMPAMENTOS O EXCURSIONES

Solicitar permiso con una fecha no menor a los 30 días, autorizados por el Establecimiento y por la Supervisión Escolar.

En nivel primario no debe superar los 40 alumnos, en Nivel Medio queda a consideración de los docentes. La proporción entre docentes y acompañantes será de 1 cada 10 alumnos en Nivel Primario, mientras que en Nivel Medio quedará a criterio del docente, no debiendo ser más de un docente cada 15 alumnos como mínimo y 20 cómo máximo.

La planificación contendrá propósitos institucionales relacionados con los contenidos curriculares y los objetivos propuestos por el área. Fecha de salida y de regreso. Destino. Medio de transporte. Nómina de alumnos y DNI. Docentes responsables. Transporte. Fotocopia de la póliza de seguro del transportista. Alojamiento. Formas de evaluación del proyecto. Costo aproximado del viaje y modo de sufragarlo.

No excederá los 5 días hábiles, si por problemas de distancia el tiempo no alcanzara para satisfacer los objetivos la coordinación regional tendrá la facultad de otorgar 1 o 2 días más.

Deberán cumplimentar los siguientes requisitos (Art. N° 3):

DE LA AUTORIZACIÓN:

CONFORMACIÓN DE GRUPOS:

DE LA PROGRAMACIÓN:

DE LA DURACIÓN:

Serán los profesores de Educación Física quienes tendrán a su cargo la planificación y coordinación de los campamentos o excursiones al aire libre. La planificación deberá contener objetivos que consoliden la vida comunitaria, solidaridad, actitud de cooperación, integración del grupo, responsabilidad, enseñanza de técnicas campamentiles, juegos de interacción con el medio, actividades estético expresivas, deportivas y recreativas.La dirección gestionará para los docentes y acompañantes la cobertura del cargo, mientras dure su ausencia.

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RESOLUCIÓN 1.639/96

EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN RESUELVE

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MODIFICAR EL ART. 3° DE LA RESOLUCIÓN 1168/94

Los viajes de estudio, campamento o excursiones que se lleven a cabo en el territorio argentino o en el exterior.

DE LA AUTORIZACIÓN:

Solicitar permiso con una fecha no menor a los 10 días hábiles. Deberán ser autorizados por la Supervisión Escolar correspondiente y del Establecimiento.Cuando el viaje fuera en el exterior se requerirá además la autorización de la Dirección de Nivel correspondiente.Deberá contarse con la autorización del padre, madre o tutor, por ante Juez de Paz, Autoridad Policial o Escribano Público, cuando se trate de viajes dentro del país, la aplicabilidad de la Leyes Nacionales Vigentes para la salida de menores, cuando se trate de viajes al exterior.

DE LA DURACIÓN:

No excederán los 5 días hábiles, no computándose sábados, domingos y feriados. Si por problemas distancia el tiempo no alcanzara para satisfacer los objetivos prefijados la Supervisión Escolar tendrá la facultad de otorgar hasta 2 días más.

QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:

Deberán cumplimentar los siguientes requisitos:

Los items de la CONFORMACIÓN DE LOS GRUPOS Y LA PROGRAMACIÓN NO SUFREN MODIFICACIONES.

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Riesgos cubiertos

Riesgos no cubiertos

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Muerte o invalidez permanente o temporaria, total o parcial. Las consecuencias del

accidente se manifiestan a más tardar dentro de una año.-

Se considera accidente asfixia o intoxicación por vapores o gases, por obstrucción del

aparato respiratorio que no provenga de enfermedad, la intoxicación por ingestión de sustancias tóxicas o alimentos en mal estado, las quemaduras.-

accidentes que se produzcan durante la participación en los siguientes

entretenimientos y deportes; juegos de salón, atletismo, básquetbol, bochas, bolos, canotaje, caza menor, ciclismo, deporte náutico a velo y/o motor por ríos o lagos, equitación, esgrima, excursiones a montañas por carretera o por senderos, gimnasia, golf, hand-ball, hockey sobre césped, natación, canotaje, pelota paleta, pelota al cesto, pesca (salvo en alta mar), remo, tenis, tiro (en polígonos habilitados) volley y water polo, SIEMPRE con la vigilancia del personal docente.-

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consecuencia de enfermedades de cualquier naturaleza.-

Lesiones causadas por la acción de rayos X, insolación, quemadura de rayos solares,

enfriamiento y demás efectos de las condiciones atmosféricas o ambientales.-

Accidentes causados por vértigo, vahídos, lipotimias, convulsiones o parálisis y los que

ocurran por estado de enajenación mental, salvo cuando sean consecuencia de una accidente dentro del establecimiento, por estado de ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes o alcaloides.-

Accidentes que ocurran mientras el asegurado tome parte en carrera, ejercicios o

juegos atléticos de acrobacia, pruebas de carácter excepcional o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas.-

Accidentes derivados de la navegación aérea no siendo este el transporte regular del

asegurado, del uso de motocicletas o de vehículos similares.-

Accidentes causados por guerra civil, hechos de guerrilla, rebelión, terrorismo, motín o

tumulto popular, huelga o lock-out, cuando el asegurado participa en forma activa, fenómenos sísmicos, inundaciones y otros fenómenos de carácter catastrófico.-

Accidentes que pudieran ocurrir en el trayecto de ida y vuelta al establecimiento

educacional, cualquiera sea el medio de locomoción que utilice o se realice a pie.-

Los hechos que surjan de problemas previos y/o habituales de alteraciones de la salud

como mareos, desmayos, dolor abdominal o que deriven de golpes o traumatismos producidos entre alumnos.-

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Avisar inmediatamente al padre o a la persona que esté a cargo del mismo, el hecho

ocurrido.

Las autoridades del Establecimiento educacional deberán completar el formulario único

(Solicitud de Atención/Denuncia de siniestro) en ORIGINAL y DUPLICADO, provisto por Horizonte.

En caso de emergencia, por lesiones graves, se podrá solicitar el servicio de ambulancia.

Se deberá entregar el DUPLICADO del formulario único al prestador.

Dentro de las 72 hs de ocurrido el accidente, las autoridades del establecimiento, deberá

remitir al área de Seguro Escolar de Horizonte, el ORIGINAL del formulario único, junto a la documentación más abajo detallada.-

El costo de la prestación de la Asistencia Médica Farmacéutica y/o el costo del traslado del

accidentado, será reintegrado por la Cia. Aseguradora, sujeto a verificación de auditoria médica. Se deberá presentar las facturas originales y el formulario de Reintegros.-

Ante la eventualidad de ocurrencia de siniestro, dentro de las 48 Hs., las autoridades de la escuela deberán remitir a la Compañía de Seguros Generales HORIZONTE S.A. y en forma paralela informar a la Dirección de Personal - Dpto Seguros y accidentes

Original y duplicado del Formulario único de “Solicitud de atención y Denuncia de

siniestros” Debe ser confeccionado en letra imprenta y no se debe utilizar carbónico.

Formulario de consentimiento de atención

Constancia de alumno regular

Fotocopia de DNI del menor con domicilio actualizad

Nombre y apellido del adulto responsable

Acta del establecimiento detallando los hechos ocurridos

Certificados médicos

Para el caso MUERTE por accidente:Certificado de defunciónConstancia de alumno regular y turno al que concurríaCertificado de nacimientoExposición Policial.

Para el caso de INCAPACIDAD total o Parcial por accidente:Exposición PolicialConstancia de alumno regular y turno Determinación de la incapacidad

Acciones a seguir en caso de accidente

Procedimiento en caso de accidente

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Toda salida educativa programada deberá contar con:

· Indefectiblemente y sin excepción se deberá contar con el acto administrativo de

autorización Disposición de la Supervisión respectiva (quedará en poder de esa Supervisión solo se enviará si existe Siniestro).

· Exposición Policial (resumiendo el accidente ocurrido).

· Listado de alumnos participantes en la actividad con nómina de personal docente

a cargo de la misma.

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Enviar toda la documentación vía FAX a la compañía de Seguros HORIZONTE:

ORIGINALES SAN MARTIN Nº 442 8500 VIEDMAInformar por nota a la Dirección de Personal-Dpto.

Seguros y Accidente

800-333-1020 0800-333-2173

DIRECCION DE PERSONALDPTO. SEGUROS Y ACCIDENTES

E-mail: TE-FAX 02920-422999 / 422905 int. 15

seguros@educación.rionegro.gov.ar

Salidas educativas programadas

SOLO EN CASO DE ACCIDENTE EN SALIDA EDUCATIVA SE DEBERA REMITIR LA

DOCUMENTACIÓN SOLICITADA A HORIZONTE

NOTA

CONSULTAS