Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

30
CAMARA DE DIPUTADOS Sesión Especial matutina del día 14 de junio de 1941 ACTA Presidencia del Diputado doctor Jacinto Ramírez Rausseo __ Previo anuncio por secretaría del quórum reglamentario, se abrió la sesión, con la asistencia del Primero y Segundo Vicepresidentes, doctores Angulo Ariza y Carlos H. Aranguren, respectivamente, y de los Diputados: Rivas (J. N.) , Schloeter, César Fernández, Guglielmi, Atencio Urdaneta, Díez, Rosales Arangúren, Tapia Encinoso, Delgado Chalbaud, Rodríguez Ortíz, Quintero García, Riera, Alvarez Marcano, Lander, Sánchez Inchausti, Pastor Oropeza, Duque Sánchez, Corredor Tancredi, Régulo Pérez, García Delepiani, Georgetti, Iribarren Borges, Prince Lara, Arocha Moreno, Peñaloza, Russo Morrison, Valera Hurtado, Valery Maza, Montilla, Medina G., Pimentel Parilli, Pereira, hijo, Pacheco Miranda, Moros, Pérez Salinas, Salazar Domínguez, Navas Spinolla, Orozco, Mancera Galletti, Hernández Rovatti, Esté Sánchez, Cedillo, Lozada Hernández, Grazziani, Neri, Ortega B., Prieto Rojas, Palacios (J. J.), Suárez Flamerich, De Armas, Vivas, Santos Stella, Caldera, Ramírez Mc Gregor, Zavarce Delima, García Arocha, Trompiz, Blanco (Andrés Eloy), Martín Vegas, Valero Escobar, Marsal Zárraga, Rosales (C. M.), Atencio Troconis, Lara Peña, Ponce, Gil (J. M.), Pedro Cruz B., Millán Delpretti, Navarro Méndez, Urdaneta (Francisco), Ruiz Fonseca, Acosta Bello, Tinoco Ovelio Oliveros y López Sierra. Leída en consideración la minuta de acta de la sesión anterior, fue aprobada, con una observación hecha por el Diputado Montilla, de lo cual se tomo debida nota. El Secretario dió cuenta: … / … Terminada la cuenta, se procedió a la lectura del primer número reservado: Proyecto de Ley Orgánica de la Corte Federal y de Casación… … / … En consecuencia se pasó a la lectura de la primera materia fijada en el Orden del Día: Segunda discusión del Proyecto de Ley Aprobatoria del Tratado de Fronteras y Navegación de los Ríos Comunes entre Venezuela y Colombia. Puesto en consideración de la Cámara el único Proyecto mencionado, propuso el representante Navas Spinola: “que se difiera a las sesiones del próximo año la consideración del presente Tratado con Colombia, mientras el Congreso y el pueblo de Venezuela hacen de sus estipulaciones un estudio más detallado y conciente, y la opinión pública pueda formarse de él un criterio firme y claro”. En consideración de la Cámara la anterior proposición, se venció la hora reglamentaria, y a proposición del Diputado Rosales Arangúren, se la prorrogó hasta terminar la discusión del Proyecto en referencia, xxxx aprobación del cuerpo.-Cerrado el debate, la proposición de diferir, hecha por el representante Navas Spinola y puesta en consideración de la Cámara, fue negada.-Y aprobado el Proyecto de Ley Aprobatoria del Tratado de Fronteras y Navegación de lo ríos comunes entre Venezuela y Colombia. Durante el debate suscitado xxxx del conocimiento de dicho Proyecto, hicieron uso de la palabra los Representantes: Régulo Pérez, Rosales Arangúren, Ramírez Mc. Gregor, Caldera, Andrés Eloy Blanco, Lander, Morrison, Lara Peña y Angulo Ariza. … / … El presidente, J. Ramírez Rausseo. El Secretario, Octavio Lazo. _________________________________________ _______ CAMARA DE DIPUTADOS Sesión especial matutina del día 14 de junio de 19441 DEBATES Presidente del Diputado doctor Jacinto Ramírez Rausseo __ Sumario 1-Apertura de la sesión.-Acta anterior. Observaciones. Cuenta 2.-Distribución. … / … Orden del Día

description

El Secretario, Octavio Lazo.CAMARA DE DIPUTADOSSesión Especial matutina del día 14 de junio de 1941________________________________________________CAMARA DE DIPUTADOSSesión especial matutina del día 14 de junio de 19441ACTADEBATESPresidencia del Diputado doctor Jacinto Ramírez Rausseo Presidente del Diputado doctor Jacinto Ramírez Rausseo ____Previo anuncio por secretaría del quórum reglamentario, se abrió la sesión, con la asistencia del Primero y Segundo Vicepresidentes, doctore

Transcript of Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

Page 1: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

CAMARA DE DIPUTADOS

Sesión Especial matutina del día 14 de junio de 1941

ACTA

Presidencia del Diputado doctorJacinto Ramírez Rausseo

__

Previo anuncio por secretaría del quórum reglamentario, se abrió la sesión, con la asistencia del Primero y Segundo Vicepresidentes, doctores Angulo Ariza y Carlos H. Aranguren, respectivamente, y de los Diputados: Rivas (J. N.) , Schloeter, César Fernández, Guglielmi, Atencio Urdaneta, Díez, Rosales Arangúren, Tapia Encinoso, Delgado Chalbaud, Rodríguez Ortíz, Quintero García, Riera, Alvarez Marcano, Lander, Sánchez Inchausti, Pastor Oropeza, Duque Sánchez, Corredor Tancredi, Régulo Pérez, García Delepiani, Georgetti, Iribarren Borges, Prince Lara, Arocha Moreno, Peñaloza, Russo Morrison, Valera Hurtado, Valery Maza, Montilla, Medina G., Pimentel Parilli, Pereira, hijo, Pacheco Miranda, Moros, Pérez Salinas, Salazar Domínguez, Navas Spinolla, Orozco, Mancera Galletti, Hernández Rovatti, Esté Sánchez, Cedillo, Lozada Hernández, Grazziani, Neri, Ortega B., Prieto Rojas, Palacios (J. J.), Suárez Flamerich, De Armas, Vivas, Santos Stella, Caldera, Ramírez Mc Gregor, Zavarce Delima, García Arocha, Trompiz, Blanco (Andrés Eloy), Martín Vegas, Valero Escobar, Marsal Zárraga, Rosales (C. M.), Atencio Troconis, Lara Peña, Ponce, Gil (J. M.), Pedro Cruz B., Millán Delpretti, Navarro Méndez, Urdaneta (Francisco), Ruiz Fonseca, Acosta Bello, Tinoco Ovelio Oliveros y López Sierra.

Leída en consideración la minuta de acta de la sesión anterior, fue aprobada, con una observación hecha por el Diputado Montilla, de lo cual se tomo debida nota.

El Secretario dió cuenta:

… / …

Terminada la cuenta, se procedió a la lectura del primer número reservado: Proyecto de Ley Orgánica de la Corte Federal y de Casación…

… / …

En consecuencia se pasó a la lectura de la primera materia fijada en el Orden del Día: Segunda discusión del Proyecto de Ley Aprobatoria del Tratado de Fronteras y Navegación de los Ríos Comunes entre Venezuela y Colombia. Puesto en consideración de la Cámara el único Proyecto mencionado, propuso el representante Navas Spinola: “que se difiera a las sesiones del próximo año la consideración del presente Tratado con Colombia, mientras el Congreso y el pueblo de Venezuela hacen de sus estipulaciones un estudio más detallado y conciente, y la opinión pública pueda formarse de él un criterio firme y claro”. En consideración de la Cámara la anterior proposición, se venció la hora reglamentaria, y a proposición del Diputado Rosales Arangúren, se la prorrogó hasta terminar la discusión del Proyecto en referencia, xxxx aprobación del cuerpo.-Cerrado el debate, la proposición de diferir, hecha por el representante Navas Spinola y puesta en consideración de la Cámara, fue negada.-Y aprobado el Proyecto de Ley Aprobatoria del Tratado de Fronteras y Navegación de lo ríos comunes entre Venezuela y Colombia. Durante el debate suscitado xxxx del conocimiento de dicho Proyecto, hicieron uso de la palabra los Representantes: Régulo Pérez, Rosales Arangúren, Ramírez Mc. Gregor, Caldera, Andrés Eloy Blanco, Lander, Morrison, Lara Peña y Angulo Ariza.

… / …

El presidente,

J. Ramírez Rausseo.

El Secretario,

Octavio Lazo.

________________________________________________

CAMARA DE DIPUTADOS

Sesión especial matutina del día 14 de junio de 19441

DEBATES

Presidente del Diputado doctorJacinto Ramírez Rausseo

__

Sumario

1-Apertura de la sesión.-Acta anterior. Observaciones.

Cuenta

2.-Distribución.

… / …

Orden del Día

8- Segunda discusión del Proyecto de Ley aprobatoria del Tratado de Fronteras y Navegación de los Ríos Comunes entre Venezuela y Colombia.

EL PRESIDENTE.-Sírvase informar si hay quórum, ciudadano secretario.

EL SECRETARIO.- Hay quórum, Ciudadano Presidente.

EL PRESIDENTE.-Se de Lara abierta la sesión. -(A las 9 y 55 a.m). Sírvase darle lectura a la minuta de acta de la sesión anterior, ciudadano Secretario.

(Se lee.- En consideración).… /…

2

EL SECRETARIO.- Cuenta:

… / …

8

EL SECRETARIO.- Primer número del orden del día: Segunda discusión del Proyecto de Ley sobre Demarcación de Fronteras y Navegación de los Ríos Comunes entre Venezuela y Colombia.

(Se lee):

EL CONGRESO

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA,

DECRETA:

La siguiente

LEY

Artículo único: Se aprueba en todas sus partes el Tratado sobre Demarcación de Fronteras y Navegación de los Ríos Comunes entre Venezuela y Colombia, cuyo texto dice así:

“TRATADO SOBRE DEMARCACIÓN DE FRONTERAS Y NAVEGACION DE LOS RIOS

COMUNES ENTRE VENEZUELA Y COLOMBIA

Los Gobiernos de los Estado Unidos de Venezuela y de Colombia inspirados en el criterio de fecunda amistad que rige y debe siempre regir a sus dos Naciones –unidas por la identidad de origen, por haber conquistados juntas su independencia y libertad en común esfuerzo que constituye

Page 2: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

su mejor patrimonio de gloria, y por intereses y sentimientos de mancomunidad indisoluble- han acordado el siguiente Tratado, que concluye, en lo que aún falta, la demarcación de sus fronteras, confirma para lo restante los pactos que regulan su alindamiento, y provee normas a su recíproco comercio y demás relaciones de vecindad y convivencia,

Y al efecto han nombrado sus Plenipotenciarios, a saber:

Su Excelencia el Presidente de los Estados Unidos de Venezuela, al señor doctor Esteban Gil Borges, Ministro de Relaciones Exteriores, y al señor doctor José Santiago Rodríguez, Embajador en Bogotá; y su Excelencia el Presidente de la República de Colombia , al señor doctor Luís López de Mesa, Ministro de Relaciones Exteriores, y al señor doctor Alberto Pumarejo, Embajador en Caracas.

Quienes, después de haberse comunicado sus plenos poderes, los que hallaron en debida forma, han convenido en lo siguiente:

Artículo 1°

Los Estados Unidos de Venezuela y la República de Colombia declaran que la frontera entre las dos Naciones está en todas sus partes definida por los pactos y actos de alindamiento y el presente Tratado; que todas las diferencias sobre materia de límites quedan terminadas; y que reconocen como definitivos e irrevocables los trabajos de demarcación hechos por las Comisiones Demarcadoras en 1901, por la comisión de Expertos Suizos, y los que hagan de común acuerdo por los comisionados designados confórmela parágrafo cuarto de este Artículo.

Parágrafo 1°.-En la región de Río de Oro-Sección Segunda, la frontera será el curso de dicho río desde su desembocadura en el Catatumbo, aguas arriba, hasta donde el Río de Oro se divide en dos ramales, uno del Norte y otro del Suroeste; y de allí seguirá por el ramal del Norte, hasta donde recibe el primer afluente denominado “Río Intermedio” o “Río Duda” y luego por el curso más meridional de ese afluente denominado Río Intermedio o Duda hasta su origen en la Serranía de Perijá-Motilones. En el mapa adjunto al presente instrumento se ha trazado, de acuerdo con esta descripción, la frontera convenida.

Parágrafo 2°.-En la Sección Quinta, la región de los Ríos Oirá y Arauca, la frontera será el curso del dicho río Oirá desde su origen en el Páramo de Tamá en dirección Oeste-Este, y desde ese punto, cuyas coordenadas se fijarán astronómicamente, una línea resta hasta el punto considerado como desembocadura del Oirá en el Arauca por las Comisiones de Límites en su Acta del Paso del Viento del 7 de Junio de 1901.

Parágrafo 3°.-Para determinar la soberanía de la Isla DE Charo en el río Arauca, de conformidad con el Artículo 1°, inciso d, del Convenio de Demarcación entre Venezuela y Colombia del 17 de diciembre de 1928, se determinara la vaguada de ese río.

Parágrafo 4°.-Inmediatamente después de la ratificación del presente Tratado cada Estado contratante nombrará un comisionado para la demarcación de la frontera convenida en los parágrafos 1°, 2° y 3° del presente Artículo.-Los Comisionados, con los auxiliares que sean necesarios, deberán principiar sus labores dentro de os tres meses siguientes a la fecha del canje de ratificaciones para que, en el más breve plazo que les sea posible, demarquen la frontera común en los puntos indicados en este Tratado, mediante hitos perdurables que colocarán de modo que dicha frontera pueda ser reconocida con exactitud en cualquier tiempo.

Artículo 2°

Los Estados Unidos de Venezuela y la República de Colombia se reconocen recíprocamente y a perpetuidad, de la manera más amplia el derecho a la libre navegación de los ríos que atraviesan o separan los dos Países. Las embarcaciones, tripulantes y pasajeros deberán sujetarse únicamente a las leyes y reglamentos fiscales, de higiene y de policía fluvial, los cuales serán idénticos en todo caso para venezolanos y colombianos, e inspirados en el propósito de facilitar la navegación y el comercio de ambos Países. Los reglamentos de que aquí se habla deben ser tan uniformes y favorables a la navegación y al comercio como sea posible.

Parágrafo 1°.-En ningún caso se establecerán mayores derechos o gravámenes ni más formalidades para los buques, efectos y personas de los venezolanos en Colombia ni de los

colombianos en Venezuela de los que se hayan establecido o se establezcan para los respectivos nacionales.

Parágrafo 2°.-Es entendido, y así se declara, que los derechos de navegación a que se refiere el presente Tratado no incluyen la de puerto a puerto del mismo País o de cabotaje, que queda reservada a los nacionales de cada País y sometida en cada uno de ellos a sus respectivas leyes.

Artículo 3°

Las dos Altas Partes Contratantes procederán a la mayor brevedad a negociar y celebrar un Tratado de Comercio y Navegación fundado en principios de amplia libertad de tránsito terrestre y navegación fluvial para ambas Naciones, con la mira de regular su comercio recíproco y un Estatuto Fronterizo sobre bases que estimulen y fortalezcan la amistad y la economía de sus dos Pueblos.

Artículo 4°

Todas las diferencias entre las Altas Partes Contratantes, relativas a la interpretación o ejecución de este Tratado, se decidirán por los medios pacíficos reconocidos en el Derecho Internacional.

Artículo 5°

El presente Tratado, después de aprobado por el Poder Legislativo de cada una de las dos Repúblicas, será ratificado por los respectivos Gobiernos, y las ratificaciones serán canjeadas en la ciudad de Caracas, a la mayor brevedad dentro de los treinta días siguientes.

En fe de lo cual los Plenipotenciarios arriba nombrados firman el presente instrumento en dos ejemplares, y lo sellan en el Templo del Rosario de Cúcuta, sede del Congreso Constituyente de la Gran Colombia, a los cinco días del mes de abril de mil novecientos cuarenta y uno.

(L. S.) E. Gil Borges.

(L. S.) Luis López de Mesa.

(L. S.) José Santiago Rodríguez.

(L. S.) Alberto Pumarejo.

Dado, etc.”

__

EL PRESIDENTE-Está de ley leído.-Tiene la palabra el diputado Régulo Pérez.

DIPUTADO PEREZ (REGULO).-Ciudadano Presidente: Ciudadanos Diputados: Decid justo que bien: dícite justo quoniam bene, es el mensaje que por medio de su embajador Isaías envió Dios a todos los justos. Lo dicen las Sagradas Escrituras en su libro del Profeta y lo repite con fervoroso énfasis el Gran luís de Granada en su libro “Guía de Pescadores”, hermoso libro donde se contemplan ya los primeros vislumbres del amanecer de la edad de oro de la literatura española.

Ese divino mensaje va a servirme de motivación en las palabras que voy a pronunciar, y para las cuales reclamo el calor acogedor de vuestra lícita atención.

No vengo a defender al General que preside el Gobierno de Venezuela, ni al doctor que presidía su Cancillería cuando se llevaron a cabo las extensas y complicadas negociaciones que culminaron en el Tratado Colombo-Venezolano que está sobre la Mesa y que reclama nuestra consideración. Esos dos hombres escalaron ya la cumbre moral tan empinada que desde ella puede mirarse muy pequeño al hormiguero humano y muy triste, muy menguada la naturaleza de la miseria humana. Esos dos hombres, sin olvidar ni un momento siquiera el mensaje de Dios, deben haberlo hecho bien.

Tampoco vengo a enrostrar a los jóvenes valientes oradores de la última tarde, ni la calidad ni la calidez de sus palabras, tan hondamente sentidas, tan justamente aplaudidas por la Cámara y las barras; pero la Cámara va a escuchar ahora la palabra mesurada, contenida, digámoslo así, de quien ve asomar ya en su cabeza menudos hilos blancos de las primeras canas. Ni siquiera vengo a hacer la apología del Tratado que está sobre la Mesa: apenas sí algunas breves consideraciones que juzgué oportunas.

Page 3: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

No veamos ese Tratado con los ojos de una consternación que carece de sentido. Voy a definirme en términos sencillos. Los entre líneas los dejo a os mejor entendidos y a los más prudentes. Con ese Tratado se pone término a una antigua y peligrosa diferencia de fronteras en momentos en que se exige una gran cordura para el mantenimiento de las buenas relaciones diplomáticas interamericanas y se atiende también en él, con la saludable novedad de los ríos comunes abiertos a la libre navegación, a un incremento de las relaciones comerciales entre los dos países, a tiempo que la fatídica trepidación de un conflicto, en apariencia circunscrito a los antiguos continentes del viejo mundo, acerca cada vez más a nuestros oídos el ruido ensordecedor de una catástrofe con carácter mundial, a lo menos en el terreno de la economía.

Además, y por sobre todo, no debemos mirar en ese convenio las heridas del pasado, sino más bien el vendaje con qué cubrir esas heridas; duro vendaje, pero vendaje necesario, que nos lo brinda la bondadosa piedad patriótica de manos insospechables.

Se reprocha acremente al Gobierno a la sazón el haber sustentado una política de puertas cerradas, a tiempo que en la vecina República hermana las puertas de esa política permanecían de par en par abiertos. Bastaría echar una mirada fría y avergonzada sobre la diferencia de edad de los países para no tener que ir más allá a buscar mejores razones explicativas a esa política diferenta.

Diferencia de edad! Doloroso es confesarlo. Diferencia de edad entre dos pueblos, hermanos gemelos, pero que , por designios inescrutables de la Providencia, el uno salió desde hace más de un siglo camino adelante: mientras que el otro se ha quedado desvanecido y desvencijado, al margen de la corriente del gran río d la vida. Desvencijado y desvanecido, si, pero con los bríos del ancestro que deflagran a diario en el menguado pecho, y que, como un eterno Prometeo, roen sin descanso la entraña atormentada.

Pero no creáis que vaya a quedarse así como así, y perdonad el barbarismo que voy a decir, No creáis que me vaya a quedar con esta especie de torozón que se me anuda en la garganta y que amenaza estrangularme.

Voy a permitirme una ligera violación del reglamento, pues voy a dirigirme ahora, no al ciudadano Presidente, ni a los ciudadanos Diputados; voy a dirigirme directamente a nuestro eximio poeta Andrés Eloy Blanco, laureado cantor de nuestra heroica España. No nos detiene el desmedro de la ecuación del cuerpo físico de su persona, que bien pudo no estar de guardia esta vez en su asiento del hemiciclo; nos subyuga sí solamente su gran alma de poeta, que está siempre con nosotros como perennal llovizna de ambrosía, como lámpara votiva de nuestras brumosas y abrumadoras veladas parlamentarias. Tengo el honor de dirigirme a esa gran alma para proponerle el motivo de un gran poema. Ese motivo bien podría desarrollarse en tres planos distintos, pero igualmente dolorosos: primero, el dolor de la prima noche que precede al amanecer de nuestra vida de pueblo libre, noche oscura y tempestuosa, leonada de relámpagos y rayos, tableteadas de estupendos y dramáticos truenos; segundo, el dolor del engendro que se debate impetuoso y despiadado dentro de la bóveda del vientre de la madre con gran riesgo de la salud y de la vida de la parturienta; tercero (y es aquí donde se exige la mayor atención en el poeta), el dolor del parto que nos reserva el porvenir. Tres grandes dolores distintos pero un solo inmenso dolor verdadero.

Como cláusula final de mis palabras, una aclaratoria: no habrá premio en metálico para ese gran poema. ¡Ni falta que le hace! Habrá, sí, el gran premio de la consagración nacional, y junto con él el deber sagrado de la Patria de alimentar con su sangre martirizada y martirizante e ese estupendo hijo de sus dolidas y ardorosas entrañas. He terminado, ciudadano Presidente.-(Aplausos).

DIPUTADO NAVAS SPINOLA.-Pido la palabra.- (Concedida).-Indudablemente que par mí resulta bastante dificultosa la empresa de tomar la palabra después de haberlo hecho de manera tan brillante y elocuente el doctor Régulo Pérez; Sin embargo, la he pedido porque considero que no es posible guardar silencio en una ocasión de tanta importancia como la presente, porque estimo que todos debemos dar nuestro aporte al esclarecimiento d la materia que se está ventilando hoy en esta Cámara.

El momento que estamos viviendo, para mí, no es un momento intrascendente, sino un momento histórico que

esperan los ojos y los juicios de la posteridad. Un momento que debemos vivir con serenidad y elevación; porque ahora no se trata en modo alguno de ninguna persona, por alta y eminente que ella sea, ni de los intereses de ninguna colectividad política, sino de algo que está por encima de todas esas cosas, por encima de de las cabezas de los hombres y de las disputas de partidos; porque, en verdad, ahora sólo se trata de Venezuela.- (Aplausos).

Yo no vengo a poner aquí en tela de juicio ni los merecimientos ni las ejecutorias morales de los negociadores venezolanos que firman este Tratado, ni mucho menos vengo a desopinarlos en lo más mínimo, pues el doctor José Santiago Rodríguez me merece la admiración sincera que se tributa a la virtud y el doctor Esteban Gil Borges es para mí de la estirpe de Gual, Juan Germán Roscio, de Fermín Toro, y cada vez que me tropiezo con él, me parece que el venerable pasado de Venezuela queda al alcance de mis ojos.-(Aplausos).

Vengo a referirme, breve y escuetamente, al Tratado, y para ello voy a pedirle ahora la venia al ciudadano Presidente para leer dos pequeños fragmentos de dos autores colombianos.-(Asentimiento).- Antes de leerlos, voy a expresar mi manera de ver este Tratado. Para mí no es ni puede ser la secuela directa del Laudo Arbitral de 1891; Tampoco puede reputarse como el cumplimiento impositivo de las penosas obligaciones que se impusieron a Venezuela en aquella sentencia. Y digo que no puede ser una consecuencia obligada del Laudo este Tratado, porque si el Tratado es realmente, o fue realmente, ruinoso y perjudicial para Venezuela, ese perjuicio y esa ruina se proyectaron de manera principal y definitiva sobre las negociaciones que le precedieron a su promulgación en la Gaceta de Madrid; pero no es así, en modo alguno, sobre las negociaciones posteriores al mismo Laudo, pues Venezuela y Colombia, después de la sentencia arbitral a que me he referido han firmado numerosas Actas y Tratados donde le han dejado a éste un efecto muy parcial y reducido.

Por ejemplo, voy a citar algunos de esos Tratados. El primero de esos tratados fue el Unda-Suárez, firmado en 1894, El segundo de ellos es el Silva-Holguín, firmado en 1896. Y en 1905, hay que agregar que se firmaron aquí en Caracas,-pues los primeros Tratados que existen se firmaron en Bogotá-, Las Actas Díaz Granados-López Baralt. Con posterioridad fueron cambiados los Memoranda entre Antonio José Restrepo y Don Clemente Urbaneja en 1907. Y, por último, el acta firmada por Alfredo Vásquez Cobo y Ángel César Rivas en 1909.De los instrumentos diplomáticos que he citado, el primero, el más antiguo de ellos, fue firmado en Bogotá tres años después de la sentencia del Laudo; y en ese Tratado, como en casi todos los posteriores a él, se conceden a Venezuela la mitad de la Goajira y un polígono inmenso en la región del Orinoco, a trueque de la libre navegación del Orinoco y de otros ríos. Estas concesiones se estiman en la apreciable extensión de cincuenta mil kilómetros cuadrados.

Hay que decir más: hay que decir que durante la Presidencia del General Reyes en Colombia estuvimos a punto de resarcirnos de todos nuestros descalabros territoriales, pues el General Cipriano Castro había obtenido de éste la promesa solemne de que, a cambio de la libre navegación de los ríos, fueran devueltos a Venezuela no solamente los territorios de la Goajira y del Orinoco, sino algo que siempre ha querido y ha pedido Venezuela con estricto espíritu de justicia: San Faustino.

Haciendo uso de la licencia que me ha concedido el ciudadano Presidente, voy a leer los dos fragmentos a que me he referido anteriormente. El primero de ellos es una pequeña parte del Mensaje que presentó al Congreso de Colombia el eminente Miguel Antonio Caro, llamado con justicia en su tierra “la primera virtud y la primera pluma de Colombia”. Don Miguel Antonio Caro fue, además, uno de los excelsos cantores de Bolívar, porque su oda “Ante la Estatua del Libertador” es, sin disputa, la composición poética más elevada después del “Canto a Junín”, de Olmedo.

Dice así el fragmento a que me refiero: “Honorables Senadores: el deplorable apasionamiento a que han dado lugar en esta Capital, fuera del recinto de las Cámaras Legislativas, los Tratados Públicos concluídos por los Plenipotenciarios de Colombia y Venezuela y sometidos a vuestra ilustrada deliberación, persuade que el actual momento no es propicio para que el Congreso Nacional pueda dar un voto sereno y definitivo sobre tales actos diplomáticos.La cuestión de límites entre Colombia y Venezuela, pacíficamente debatida durante sesenta años, ha quedado

Page 4: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

decida por el fallo de su Majestad el rey de España, a quién tocó dirimir la competencia, por compromiso solemne entre las dos Naciones. Más, esta cuestión de límites entre Venezuela y Colombia no es una cuestión aislada y desembarazada de cuestiones graves de otra índole, como en otros casos acontece, de tal suerte que, con el regio Laudo en la mano, como muchos imaginan, no tengamos que hacer otra cosa que proceder a la demarcación material, sin definir nada sobre vitales intereses económicos, comerciales y políticos, ni debamos ocuparnos de las relaciones que en adelante hayan de cultivar dos pueblos que nacieron juntos, juntos lucharon y vivieron juntos en la época más gloriosa y no lejana de la historia”. “Ni fue aquella unión histórica obra sola de la voluntad de los hombres, sino resultado también de posición y de condiciones geográficas. La extensión de la línea que debe trazarse para separar políticamente los dos pueblos, está indicando la extensión de su contacto natural; ella no podrá, aunque deba cruzarlos, suspender ni variar el curso de los ríos que fecundando una zona continua con aguas copiosas y navegables, convidan a una muy grande y muy rica porción de nuestro suelo con salida a los mares, la que, pasa por expedita del todo y fuente de progreso prodigioso, solo requiere que las rivalidades políticas no se opongan a los dones de la naturaleza y a las miras de Dios”. “Las dos Naciones han aceptado lealmente el Laudo de deslinde y están dispuesto a darle cumplimiento; pero este hecho puede verificarse de dos maneras: La una, como se ejecuta por honor y por deber una sentencia que pone término a un pleito de familia, definiendo los derechos. Pero sin acordar las voluntades; La otra, reconociendo la sentencia como justa e inapelable, pero reformando en parte sus efectos, por libre consentimiento de las partes y acordando un arreglo amigable de conveniencia mutua. En el primer caso, la frontera entre los dos países será de un lado como herida abierta y dolorosa, y de otro, barrera opuesta a la expansión del comercio y al desenvolvimiento de la riqueza. En el segundo caso, la demarcación de límites separará sencillamente jurisdicciones y no dividirá los ánimos; antes bien, señalando la cesación, voluntaria y amistosa, no forzada, de una disputa, extinguirá las rivalidades funestas que pudieron alimentarla y reanudará vínculos de fraternidad. A nadie puede ocultarse que la ejecución del Laudo no constituirá una mera demarcación territorial, sino también un suceso histórico, el principio fausto o infausto de una nueva era en las relaciones de dos pueblos cuya unión está decretada por Dios; y por consiguiente, no puede honradamente exigirse a una Administración que asocie su nombre a este acontecimiento, si es que pasiones mezquinas y rencorosas han de imprimirle su carácter y con él ha de ponerse sello odioso a la disolución de Colombia”.

De manera, pues, que para el eminente Miguel Antonio Caro, la demarcación de la frontera con el regio Laudo en la mano, era para Venezuela como inferirse o dejarle una herida dolorosa y sangrante en medio del corazón.

El doctor José Joaquín Caicedo Castilla, actual Ministro del trabajo de Colombia, en su libro “La Administración Internacional de Colombia”, expone estos dos breves párrafos con que terminaré la lectura que vengo haciendo. El primero de estos párrafos se refiere a la declaración que hizo el señor Suárez como Ministro de Relaciones Exteriores, reconociendo la necesidad de resarcir territorialmente a Venezuela. Comienza así el doctor Castilla: “de esta suerte se reabrió el litigio de límites con Venezuela, que el Laudo español ha debido terminar para siempre; se perdieron los esfuerzos inteligentes de nuestros abogados en el sentido de obtener una sentencia favorable y se ofendió al mismo árbitro, admitiéndose el desconocimiento de su decisión”.

Por último, el mismo Caicedo castilla, al comentar la renuncia de un Ministro colombiano, presumiendo que ya en el asunto de límites no había nada que hacer, dice lo siguiente: “Eso no tiene fundamento, porque si es cierto que, por varios aspectos, como el de los intereses petroleros, el horizonte internacional, lejos de despejarse se ha oscurecido, no lo es menos que en la cuestión colombo-venezolana aún no se ha dicho la última palabra, puesto que existe el compromiso de celebrar un tratado en el que se nos darán facilidades comerciales por variaciones en la línea del Laudo. Pueden ser, y para nosotros lo son,-termina él-, esas promesas censurables e indignas, pero ellas existen, y en su cumplimiento está la palabra d la República. Luego, no es posible evadirla”.

Por las razones expuestas, ciudadanos Diputados, y porque considero que acto diplomático de tamaña trascendencia viene a frustrar, principalmente en lo que respecta a la Goajira y a la región del Orinoco, la política de compensación sostenida por Venezuela y admitida por

Colombia en varias negociaciones posteriores al Laudo de la Reina de España, Doña Cristina, dictado el 16 de marzo de 1891, y que, por eso mismo no puede ser aprobado por esta Cámara, sin fallar gravemente a sagrados deberes, sino después de minucioso estudio y con pleno conocimiento de la decisión que va a adoptar, propongo: que se difiera para las sesiones del próximo año la consideración del presente Tratado con Colombia, mientras que el Congreso y el pueblo de Venezuela hacen de sus estipulaciones un estudio más detallado y concienzudo y la opinión pública pueda formarse de él un criterio firme y claro.-(Aplausos).-

EL PRESIDENTE.-Se advierte a los ciudadanos Diputados que está vencida la hora reglamentaria.- Si no se hace una proposición de prórroga, se va a levantar la sesión.-Tiene la palabra el Diputado Rosales Arangúren.

DIPUTADO ROSALES ARANGUREN.-Ciudadano Presidente: Propongo que se prorrogue la sesión hasta terminarla discusión del asunto que está sobre la Mesa.

EL PRESIDENTE.-Los ciudadanos Diputados que estén por la proposición de prorroga del Diputado Rosales Arangúren, se servirán manifestarlo con la señal de costumbre.

EL SECRETARIO.-Aprobada la proposición de prórroga, ciudadano Presidente.

(Se lee la proposición del Diputado Navas Spínola.- En consideración).

EL PRESIDENTE.-Sírvase darle lectura al artículo 65 del Reglamento, ciudadano Secretario.

EL SECRETARIO (Leyendo).-Artículo 65: “También se considerará con preferencia a la materia en discusión: 1° Las mociones previas; 2° las de diferir indefinidamente; 3° Las de diferir por tiempo determinado, y 4° las que rehagan para que pasen a la Comisión el asunto que se discute. Cerrado el debate para estas proposiciones solamente, se votarán por el orden en que quedan expresadas. Si se negaren, continuara la discusión sobre la principal”.

EL PRESIDENTE.-Sírvase informar si está apoyada la proposición del Diputado Navas Spínola, Ciudadano Secretario.

EL SECRETARIO.-Está apoyada, ciudadano Presidente.

EL PRESIDENTE.-Está en consideración del Cuerpo con sujeción al artículo 65 ya leído.-Tiene la palabra el Diputado Rosales Arangúren.

DIPUTADO ROSALES ARANGÚREN.-Ciudadano Presidente: Yo le voy a negar mi voto a la Proposición de diferir que acaba de formular el distinguido compañero Navas Spínola, porque no creo que debemos continuar en este estado de angustia en que han venido en forma silenciosa desarrollándose las relaciones de nuestro pueblo con la hermana República de Colombia. Ya ha llegado el momento de dilucidar definitivamente esta cuestión; y por eso no estoy conforme con ese diferimiento, y creo que así opinará la mayoría de mis compañeros de Cámara.

En mi intervención última a este respecto dije que este Tratado terminaba una vieja cuestión de Límites entre Venezuela y Colombia y que finiquitaba por consiguiente, también una triste página de la historia de Venezuela. También dije que el Gobierno de la República se había conducido últimamente con honorabilidad en este sentido; porque yo no estoy conforme con ciertas voces que oí en la última sesión a este respecto , en que, en cierta forma, se hacía, una critica al Gobierno de la República por no haber hecho públicas desde su iniciación estas conversaciones que culminaron con el Convenio de Cúcuta. Y digo que no estoy conforme porque no las conceptúo ajustadas a la realidad y a las prescripciones del Derecho internacional.

Ningún Tratado de derecho Internacional Público, ninguna doctrina de esta materia aconseja que las negociaciones de los tratados Internacionales se hagan con intervención directa de la opinión pública durante la gestación de los Tratados.

En el Derecho Constitucional Venezolano se establecen dos faces al considerar todo Tratado Público: la faz que podemos llamar negociativa y la faz plebiscitaria. La parte negociativa corresponde exclusivamente el Ejecutivo Federal, según el inciso 20 del artículo 100 de la Constitución de la República. Y esto, por consiguiente, es

Page 5: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

de su exclusiva incumbencia. Introducir la opinión pública, el criterio público, entorpecería, en cierto modo, la negociación del Tratado y muchas veces lo haría nugatorio. No sucede así en la segunda faz, o sea, en la faz plebiscitaria, y en ésta es precisamente en la que nos encontramos en la actualidad.

El Tratado ya ha pasado del Ejecutivo de la República a la consideración de las Cámaras, y ahora sí va a decir la República su última palabra, a exponer, digamos, su criterio plebiscitario sobre un Tratado que puede aprobar o improbar. Por esto sostengo que el Gobierno Nacional sí se ha conducido de acuerdo con la ética y el derecho Internacional en esta materia.

Todos sabemos que existen dos procedimientos para terminar cualquier controversia internacional: el procedimiento que podemos llamar jurídico, y el de las vías de hecho que debemos desechar por bárbaro y anticuado. Venezuela, país democrático, en sus relaciones con Colombia, se atuvo a la faz jurídica, pero desgraciadamente, el litigio fue perdido en las Cancillerías del Viejo Mundo por razones que todos los venezolanos conocemos y que también hemos reprobado.

Si este Tratado, desgraciadamente, acerca las fronteras de la patria y cercena algunos pedazos de tierra que son el legado de nuestros libertadores, que quede manchado eternamente manchado el nombre de los venezolanos que no supieron cumplir con su deber defendiendo los sagrados intereses de la República; pero yo creo que, en este momento, nosotros debemos hacer justicia, porque a eso hemos venido aquí. Debemos considerar la actuación brillante y austera del General López Contreras en este diferendo que, de un triste legado, de un pleito perdido, algo sacó para la patria y, sobre todo le rindió un cálido homenaje a la causa de la fraternidad americana.

Por este motivo, le voy a dar mi voto a este Tratado y le niego mi voto a la proposición del Diputado Navas Spínola.

EL PRESIDENTE.- Continúa el debate.- Tien la palabra el Diputado Ramírez Mac Gregor.

DIPUTADO RAMIREZ MAC GREGOR.-Ciudadano Presidente: Nunca como ha sido tanta ni tan grande la responsabilidad del Congreso Nacional, desde que en 1936 resucitamos a la vida republicana, gracias a la voluntad de un hombre y de un pueblo que estaba ansioso de conquistar sus libertades cívicas.

Yo, por mi parte, asumo con entereza, esa responsabilidad y declaro que votaré por la ratificación del Tratado. Y la asumo porque estoy convencido, profundamente convencido, de que este Tratado es la culminación decorosa de todo un triste y doloroso proceso de nuestras viejas rencillas limítrofes con la vecina República de Colombia, rencillas que si bien aún sangran en el corazón de la nacionalidad, están prestas a cicatrizarse para siempre si una política de colaboración y fraternidad americana echa por fin su tienda en todos y cada uno de los pueblas hermanos.

Estoy convencido, repito, de que este Tratado es la única forma viable, posible y decorosa de solucionar esta vieja cuestión fronteriza. Dos razones fundamentales me hacen pensar así: de un lado, la situación real de Venezuela y la situación real de Colombia; la vieja y tradicional política de entreguismo de los Gobiernos anteriores con toda una secuela de antecedentes jurídicos y políticos que nos ligan en inevitable complicidad con el pasado; del otro, la gravedad de la situación internacional europea, que, en los actuales momentos conflictivos, es la fuerza motriz de toda la política del Continente americano. Esa gravedad alcanza hoy un grado máximo con la política del llamado “nuevo orden” como lo ha definido recientemente un periodista oficial del nazismo: “El mundo se ordenará de nuevo (ha dicho) con o sin Inglaterra; con o sin Roosvelt. Así la humanidad entrará en una nueva época y a su cabeza marchará Alemania y su Fuehrer Adolfo Hitler”.-Lo que quiere decir para América Vasallaje, feudo, destrucción del sistema democrático, que es mil veces peor que el imperialismo anglo–americano, que siquiera respeta un poco la dignidad humana.

Ante este peligro yo creo que nosotros debemos situarnos en un terreno menos estrecho con un criterio más amplio, poniéndonos, si fuere posible, una venda en los ojos y en el espíritu para no mirar hacía atrás y mirar únicamente hacia adelante, para estar, como quien dice, mas cerca del pensamiento del más grande hombre de América: la

solidaridad, la integridad, y la defensa del Continente Americano.

Estas circunstancias me impiden darle el voto favorable a la proposición de diferir formulada por el Diputado Navas Spínola, porque, si diferimos la consideración de este Tratado, dejaremos palpitante esta vieja rencilla que estorba la unión de los pueblos de América.

EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Diputado Caldera.

DIPUTADO CALDERA.-Ciudadano Presidente: Honorables Diputados: es imprescindible que comience mi intervención en este debate ratificando los principios que proclamé en ocasión de la primera discusión de este Tratado. Soy un firme convencido de la necesidad de la solidaridad continental entre los pueblos de América. Creo que nuestro Continente, aún por razones específicas, está más llamado que los otros a compactarse y a unirse en busca de un destino común. Dentro de este Continente creo que hay una solidaridad que ata de manera especial a los pueblos ibero- americanos: una solidaridad de historia, de raza, de costumbres y de ideales que los hace acercarse aún más, estrechando la compactación que entre ellos existen.

Aún más, dentro de la comunidad ibero-americana creo que hay una solidaridad bolivariana, porque creo que la obra realizada por Bolívar no fue la realización de una espada afortunada que lograra plasmar una expedición militar audaz hasta las regiones del Alto Perú. Creo que la expedición bolivariana responde a una mayor compenetración entre los pueblos que fueron teatro de su gloria, responde a una vinculación más honda y más profunda.

Soy, además, honorables colegas, profundo admirador de la República de Colombia. La considero un pueblo que por lo menos se ha preocupado por buscar la ruta de su destino histórico y no de torcerlo de momento a momento, y que, en muchos conceptos, puede considerarse en un ejemplo para América. No quiero, pues, que lo que vaya a decir en esta exposición pueda entenderse como un deseo de menoscabar la solidaridad de los pueblos del Continente en este momento en que la amenazan graves peligros exteriores. No quiero tampoco que se vea en mis palabras el menor resquemor contra un pueblo hermano grande y laborioso, enormemente culto y modelo de comunidades hispano-americanas, al cual tributo todo el homenaje de mi cálida simpatía.

Pero no quiero tampoco hacerme eco aquí de una infundada sospecha de que los actuales gobernantes de Colombia puedan usar este problema para romper esa unidad. Sería grave el que nosotros a probemos este Tratado únicamente por considerar que su no aprobación sería conceder un pretexto al pueblo y al Gobierno d la república hermana para meternos en un mar de discordias, extinguir la solidaridad de los pueblos de América y alimentar los enemigos exteriores. Yo no le hago ese insulto al pueblo y al Gobierno de Colombia. Los considero animados del firme espíritu de solidaridad continental de que nosotros debemos estar aquí. No los puedo creer capaces de aprovechar esta contingencia para desencadenar sobre el campo de América una tormenta extranjera.

Deseo hacer, ciudadano Presidente, un análisis prudente con ánimo ponderado, hasta donde puede tenerlo quién está ventilando problemas muy directamente relacionados con los sentimientos más hondos.

Y, para refirme a mi anterior exposición, voy a pedir primero al ciudadano Presidente se sirva ordenar se lea por Secretaría el editorial del periódico El Heraldo, de esta ciudad del domingo 8 de junio de 1941, que se refiere a nuestro debate anterior.

EL PRESIDENTE.-Sírvase darle lectura, ciudadano Secretario.

EL SECRETARIO (leyendo):

Lementable y algo más(Lamentable y algo más)

Page 6: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

__

Con todo el respeto debido a una institución de la República, de cuya esencia no podemos vilipendiar, pues la consideramos consubstancial del credo democrático en que comulgamos sinceramente, nos vemos en el deber de consignar nuestra protesta más recta contra el espectáculo lastimoso que están dando este año nuestras Cámaras Legislativo.

Se ha recordado ante el presente Congreso Venezolano la actuación que tan catastrófica resultara de las Cortes Constituyentes de la segunda República Española, pero háse olvidado estipular las consideraciones características de los jabalíes, los tenores y los payasos de que habla don José Ortega y Gasset. En nuestro Congreso, especialmente en la Cámara de Diputados, no hay, o no ha aparecido aún quién ataque de frente, ni quién cante claro ni quién haga reír. Nuestros jóvenes representantes son evasivos, estridentes y fúnebres. Dijérase que están empeñados en desacreditar el régimen parlamentario, provocando una reacción violenta como las de Cronwell, Serrano y José Gregorio Monagas, o una refacción (reacción) totalitaria de estilo comunista, nazi o fascista.

En este empeño sobresalen ciertos Diputados de la derecha, cuya mente está nublada por principios absolutistas que no han podido poner en práctica sus propios campeones: por ejemplo, la abolición del secreto diplomático, respetado y aumentado por Stalin, Mussolini y Hitler en sus relaciones internacionales.

La índole de un Pacto Internacional impone una elemental sindéresis, un comedimento (comedimiento) prudente en las palabras, una abstención total de comentarios temerarios, precisamente lo que observó la Prensa venezolana raíz de las negociaciones y firma del Tratado Colombo-Venezolano, fiando en el patriotismo y la competencia de su Gobierno y de sus diplomáticos responsables.

Los periodistas venezolanos, después de habernos enterado minuciosamente, por las publicaciones de nuestro Ministerio de Relaciones Exteriores, que debieran haber leído también los señores Diputados, de los particulares de ese Convenio Internacional, no sólo aprobamos, sino que aplaudimos su firma, ya que sin desdoro moral ni sacrificios material mayor pone fin a un enojoso Litigio que no se había podido zanjar en épocas pasadas y cuya solución era indispensable en los actuales momentos de emergencia americana.

Esta comprensión nos da derecho a exigir de los Diputados que pretendieron darnos lecciones de cordura y patriotismo, un poco de mesura y desinterés.

Invocamos el decoro de una Institución de la república cuyo prestigio no queremos ver mermado.

__

DIPUTADO CALDERA.-Ciudadano Presidente: He pedido la lectura de este editorial, no para descender al campo de la polémica, lo cual me veda la función que en este momento ejerzo, sino para demostrar ante la Cámara que reposaba sobre bases sólidas mi afirmación en el día anterior: de que acres censuras, a injustos calificativos, y no a un análisis sereno de las cosas, se expone muchas veces en nuestro país quien trata de analizar serenamente nuestros asuntos internacionales.

Es un ejemplo de aquel mal. Y he pedido la lectura de ese comentario periodístico para que aquella frase no quede en el vacío.

Acres censuras se nos han hecho por nuestra intervención del día anterior, criticando la política cerrada de la Cancillería venezolana en este problema. Nuestro muy estimado colega Rosales Arangúren se ha hecho en cierto modo eco de ella en su intervención anterior en este debate; pero le voy a responder con un simple argumento. Si él considera que lo más conveniente para las negociaciones diplomáticas de un país es ese ambiente de sigilo, y si él estima que no deben ventilarse ante la opinión pública los problemas internacionales sino después que estén celebrados los Tratados. ¿Por qué razón a Colombia, que ha sostenido la tesis contraria, le ha ido tan bien en momentos en que a nosotros nos ha ido tan mal? ¿Por qué razón esa política de puertas abiertas ha repercutido para Colombia en un aumento considerable de su propio territorio, y para

Venezuela en una merma continuada e interminable del mismo?

Se nos ha atribuido también la culpa de la ignorancia sobre estas cuestiones que alegábamos en días anteriores. Cuando yo he hablado en esta Cámara de la ignorancia acerca de este problema y de la necesidad de conocerlo, no me he referido, honorables colegas, al conocimiento que de este problema puede tener a quien ha escrito ese comentario periodístico. No e refiero al conocimiento corriente que por lectura rápida de un texto, que no se puede analizar, se puede formar una conciencia apresurada. Me refiero al conocimiento que tienen que tener los Representantes del pueblo de Venezuela para juzgar y ratificar un documento de tanta trascendencia. De que ese conocimiento debe ser profundo, ha dado fe el ciudadano Ministro de Relaciones Exteriores al enviarnos ahora una Memoria Especial, ampliamente detallada, que había sido anunciada en la exposición del Libro Amarillo del corriente año.

Por lo demás, la vez anterior no quise hacer referencias personales; pero es lo cierto que mi apreciado compañero al doctor Pedro José Lara Peña presentó hace cerca de tres años a la Universidad Central de Venezuela una ampliamente documentada tesis doctoral sobre el estudio del problema de nuestras fronteras. Esa tesis fue premiada con galardón especial por el consejo universitario; y si no se ha publicado todavía y no ha circulado como debería haber circulado, es porque, habiendo recomendado el Consejo Universitario su publicación al Ministerio de Educación Nacional, y habiendo acogido el Ministerio, en principio, esta petición del Consejo Universitario, ha expresado hasta ahora estar agotado el capítulo al respecto; pero ese estudio del Diputado Lara Peña existe; fue presentado a la Universidad y ese estudio nos llamó la atención a algunos que con él nos hemos puesto a analizar en lo posible este problema de nuestras fronteras. En la intervención anterior era absurdo, cuando achacábamos una ignorancia general,-en la cual todavía me siento incurso porque no tengo el conocimiento que deseara tener sobre un problema tan arduo como éste,- me pusiera hacer excepciones de carácter personal que eran completamente extemporáneas.

Voy a entrar en la consideración concreta del Tratado. Voy a tratar de hacerlo con aquel sentimientote prudencia que recomendara a la Cámara el Diputado Díez. Y si voy hacerlo, debo recoger también una frase del elocuente discurso de mi distinguido compañero de Cámara el doctor Régulo Pérez. Ha dicho él que no vino a defender al General de regía los destinos de Venezuela ni al doctor que dirigía la Cancillería cuando se celebró el Tratado. Pues bien, yo no vengo a tacarlos. Vengo a estudiar un problema en que está interesada totalmente la nacionalidad; un problema, que para considerarse, debe serlo prescindiendo en absoluto de los nombres propios y de las actuaciones personales. El Tratado con Colombia , para mí, no tiene autor; para mí, no tiene celebrante ni tiene padrino especial: El Tratado con Colombia, en este momento de su discusión, es, sencillamente, un documento en que se ventila un interés primordial de la nacionalidad venezolana y, como tal, me abstengo en absoluto de consideraciones personales para entrar en su análisis.

La parte fronteriza del Tratado se refiere a dos zonas: región del Río de Oro; región Tamá y Oirá, en ambas, problema de demarcación. No ha habido discusión entre Colombia y Venezuela sobre los títulos jurídicos ni el Laudo tuvo que decidir sobre controversia en esta materia. Se trata de una cuestión de hecho.

Ordena el Laudo, en la región del Río de Oro, remontar el río desde su desembocadura en el río Catatumbo hasta su nacimiento y buscar por la Sierra de Perijá y Motilones hacia el norte. Se comenzó a explorar el río y a demarcarlo y se llegó a un sitio donde existían diversos ramales. De esos ramales el Río de Oro es el río del suroeste. Es el río de suroeste, como sostuvo nuestra Cancillería decididamente en una comunicación al Ministro de Colombia, que aparece en el libro Amarillo de 1934, en su página 102 y suscrita por el doctor Pedro Itriago Chacín.

“En efecto,-dice así-, el Río de Oro, que se parte de la frontera común entre las dos Repúblicas hermanas, es el indicado río del Suroeste, habiéndose prestado únicamente Venezuela a que se practicara una exploración de los dos ríos (Suroeste y Norte) para evidenciar ante el Gobierno de la República hermana su derecho indiscutible”.

El río del suroeste es el río de Oro, según lo comprueba también un folleto publicado bajo la responsabilidad del doctor Ciro Vásquez, Ingeniero Jefe de la Comisión

Page 7: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

Venezolana, en aclaratoria acerca de un informe de la oficina de Longitudes de Bogotá; folleto éste impreso en Caracas en 1934, que circuló profusamente en Colombia y que, prácticamente, no llegó a circular en Venezuela. Un ejemplo más entre la diferencia radical de sistemas adoptados por ambos países.

Ahora bien, el Gobierno de la república de Colombia, según se puede ver en esta misma memoria que nos ha sido presentada por la Cancillería, propuso, primero, como Río de Oro, el ramal del Norte. Hechos los estudios de dicho ramal, denominado por la Comisión Venezolana “Río Motilones”, se demostró de tal manera lo insostenible de aquella tesis, que la pretensión colombiana bajó un poco y sostuvo un nuevo ramal: un ramal del noroeste de este ramal del norte, como río de Oro.

Ahora bien, en este Tratado se llega a una cosa insólita. Se llega a llamar Río de Oro, a un afluente del Río de Oro; mientras el verdadero queda sin nombre, ya que la frontera fijada por el Laudo es el Río de Oro y se adopta un ramal intermedio, llamado en la discusión “Río Duda”; se le ha venido a dar a dar a ese río “Duda”, que es un afluente secundario, la denominación política de Río de Oro, desmintiendo totalmente a la geografía de la región.

Sostiene la Memoria del Ministerio de Relaciones Exteriores que la transacción adoptada es una transacción entre la tesis de Venezuela y la tesis histórico-geográfica sostenida por Colombia; pero la Memoria es contradictoria. Esta misma Memoria comprueba de manera fehaciente y con una documentación en que se ve a las claras la mano experta de Caracciolo Parra León, que los argumentos históricos-geográficos también determinan que el ramal del suroeste es el verdadero Río de Oro. Y ya que he mencionado aquí al nunca bien llorado maestro, permítaseme advertir que nadie amaba más a Colombia que él, en cuyo territorio nació. Caracciolo Parra León, venezolano por nacimiento, hijo de padres venezolanos en el exilio, fue nacido en territorio colombiano, el cual dio generoso albergue a su familia en muy difíciles situaciones; y este hombre, miembro de casi todas las Academias de Colombia, amante más que nadie de nuestra amada hermana República, fue, en este problema, firme; siempre estuvo sereno sobre su tesis y aportó una documentación irrechazable que aparece en esta misma Memoria.

En la página 7 de esta misma Memoria se dice y se demuestra que no hay ningún dato histórico colonial sobre este Río de Oro, que es distinto de otro Río de Oro que corre por la región de Ocaña, y que el que aparece en aquellas narraciones, lo cual fue aceptado desde el Tratado Pombo-Michelena por insinuación del Plenipotenciario Don Lino de Pombo.

En la página 13 se cita la Geografía Colombiana de Vergara y Velasco, autor este que dice, en su propia Geografía (que se inspira en los datos aportados por la Cancillería colombiana y en la tesis sostenida por aquella) que el Río de Oro nace en la región del cerro Bobalí, que es, precisamente donde nace el ramal Suroeste defendido por Venezuela.

En la página 16 de esta misma Memoria se menciona cómo en la Geografía de Réclus se afirma que el Río de Oro y el río Colorado, afluente del Magdalena, entremezclan sus fuentes, que fue uno de los argumentos sostenidos por un notable venezolano también, el doctor Eduardo Calcaño Sánchez, demostrando que el río del suroeste, sostenido por Venezuela como Río de Oro, es el que entremezcla sus fuentes con el río Colorado, afluente del Magdalena.

En la página 20 de esta Memoria se demuestra que el cerro de Bobalí pertenece a la Sierra de Perijá, destruyendo el único argumento esgrimido por Colombia, que es el de que el Río de Oro del Laudo debe nacer en dicha sierra, y Bobalí no se encuentra en aquella sierra de Perijá.

En la página 22 de esta Memoria aparece la indicación de la exploración del Ingeniero Wilcox, aparecida en una revista americana, en la cual se sostiene que el Río de Oro nace en Bobalí, que es donde nace el río suroeste defendido por Venezuela.

En las página 31 y siguientes se demuestra la abrumadora superioridad hidrográfica del río del suroeste, tan evidente, que a Colombia no le quedó más remedio que cambiar de tesis y que entrar a sostener un principio histórico-geográfico que hasta entonces no se le

había ocurrido; una superárida absoluta en el volumen de las aguas, practicados los aforos en tiempos de verano y en tiempos de lluvia; una superioridad absoluta en la longitud del curso del ramal del suroeste; una superioridad absoluta de la tesis en cuanto al ángulo de flexión en su desembocadura en el Río de Oro, en el ramal indiscutiblemente reconocido como Río de Oro.

En esta misma Memoria se da cuenta de los notables trabajos de nuestra comisión y de las dificultades opuestas por la Comisión colombiana; y en la página 63 se expresa cómo uno de los más fuertes argumentos sostenidos por la Comisión Venezolana fue acoger, para la determinación del río, un sistema adoptado por la Comisión Mixta Colombiano-Brasilera, a proposición del delegado colombiano, y todas cuyas cláusulas venían a darle la razón a la tesis sostenida por Venezuela.

Ahora, ¿Por qué razón, ante una superioridad tan abrumadora y decisiva de la tesis venezolana, sobre una tesis esgrimida por Colombia únicamente como base de negociaciones, debe realizarse una nueva transacción? Si el Laudo no hubiera existido, bien. Si en la ejecución del Laudo no se hubieran cometido, con merma de los derechos de Venezuela, los errores que se cometieron, perfectamente. Pero después de toda la historia que ha ido mermando nuestro territorio a expensas de Colombia, ¿no era lo más justo, lo más legítimo, la más noble, lo único aceptable, que el Gobierno y el pueblo de Colombia dijeran: “En este caso es tan evidente la superioridad de Venezuela que no vamos a acrecentar nuevamente nuestro territorio a expensas del territorio vecino?-( Aplausos) .

La otra parte del Tratado, en materia de demarcación de fronteras es la región Tamá y Oirá. En esta misma memoria se expresa cómo el limite fijado por el Laudo, haciendo uso de facultades inconstitucionales conferidas por el Acta de París, celebrada por el general Guzmán Blanco, como Plenipotenciario de Venezuela, y Don Carlos Holguín. Y ratificado, sin derecho, por el Congreso de Venezuela, Acta en la cual se convirtió el arbitraje de derecho por arbitraje juris et de jure; haciendo uso, digo, de esta facultad, al Laudo español acogió como línea una sugerencia lanzada al azar en los escritos del defensor de los derechos de Colombia. Cuando se fue a demarcar este lindero en el Territorio, se encontraron serias dificultades. Las Comisiones Mixtas de 1901 se equivocaron totalmente y determinaron puntos que no correspondían a la realidad geográfica del lugar. La tesis venezolana sostenía que el río Sarare, de que se habla en el Laudo, es el verdadero río Arauca en sus nacimientos, porque el Arauca propiamente dicho está formado por la unión del Sarare y el Arauquita.

En la misma geografía de Vergara y Velasco, en la página 135, en el diario de una Comisión enviada en 1787 por un Gobernador de la Provincia de Barinas, se demuestra claramente que éste es el río Sarare de que habla el Laudo y que fue remontadote una manera clara y categórica.

En el Diccionario Geográfico Colombiano de Esguerra se expresa también que el río Sarare nace en los lugares cercanos de Pamplona, en el Páramo, creo que Juan Rodríguez, y descendiendo hacía territorio venezolano viene a constituir el Arauca por la unión con el Arauquita. Este río Sarare debía bifurcarse en unos ciertos desparramaderos que se formaban por aglomeraciones de madera, y, entonces, partir hacia el río Arauquita a formar el verdadero caudal del Arauca y hacía el río Uribante, para formar, cerca de Guasdualito, el río Apure.

Las comisiones exploradoras fijaron un río Oirá que no era el río Oirá, y fijaron un punto que debía ser la desembocadura del río Oirá en el Arauca y en el cual no había desembocadura. Venezuela habría podido sostener la realidad de estos errores; pero prefirió, para mantenerse dentro de la situación jurídica en que se ha mantenido siempre, dar por definitivas las demarcaciones de las Comisiones Mixtas, aún cuando fueran erradas , dándole una interpretación estricta al pacto de 1898 sobre la ejecución del Laudo. Esta tesis, por lo demás, no era posible que Colombia la rechazara de ninguna manera, desde luego que, en la misma página 148 de esta misma Memoria se demuestra la promesa más solemne y categórica del gobierno de Colombia de no alegar ningún error de ninguna Comisión geográfica, aun cuando fuera perjudicial para Colombia.

Venezuela, pues, si hubiera denunciado esos errores habría podido exigir una porción mayor de territorio. Colombia, para denunciar esos errores, tenía que hacer

Page 8: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

traición a los documentos más categóricos, tanto de su ministro de Relaciones Exteriores, dirigiéndose a la Cancillería venezolana, como de su eminente Abogado el doctor Aníbal Galindo en los alegatos ante el Arbitro Suizo.

Se ha llegado a una solución transaccional que yo no tendría reparo en aceptar, pero que pone de relieve la buena voluntad de Venezuela en dejar por bueno lo ya hecho y en trazar una línea imaginaria que debería corresponder a lo que, según errores de las Comisiones, fuera el río Oirá, desde el lugar determinado por aquéllas como cabeceras del Oirá hasta el lugar determinado por aquéllas como cabeceras del Arauca.

No se puede decir, pues, que el Tratado nos venga a hacer una concesión ni e enriquecernos a expensas del territorio colombiano.

Ahora bien, el Tratado consta de una segunda parte; una segunda parte en que se reconoce a perpetuidad y de manera solemne la libre navegación de nuestros ríos. Dije de nuestros ríos. Y lo repito, porque son comunes, la mayor parte de ellos, de una manera incidental; principalmente el Orinoco, río que nace y muere en territorio venezolano, cuya porción más apta para navegación está, casi íntegramente, en territorio venezolano, y del cual sólo es ribereña Colombia en una porción que le fue asignada a partir del Laudo de 1891.

No hay, pues, una ofensa a la verdad cuando yo digo que la libre navegación de nuestros ríos ha sido otorgada a Colombia, porque, en realidad, Venezuela no va a navegar ríos colombianos; y esos ríos comunes son, en su mayor parte, geográfica e históricamente venezolanos.

Ahora bien, esta resolución de la libre navegación, que en principio es favorable y ventajosa para los intereses económicos de ambos países, ha estado radicada por Venezuela en la posibilidad de obtener una revisión de las injusticias territoriales cometidas por el Laudo español. En esta tesis ha estado acorde el Gobierno colombiano.

Además, salta a la vista como se está concediendo la navegación de los ríos a perpetuidad en un Tratado donde sólo se prevé que se celebrará un Tratado de navegación y comercio, pero que se celebrará con posterioridad a la ratificación y canje del presente Tratado.

Ahora bien, si ése era el cambio que íbamos a dar a Colombia por las ventajas comerciales que debería darnos, y a las cuales se refirió en la discusión anterior ex Diputado Angarita, después de que nosotros solemnemente por este Tratado ratificado y canjeado la hayamos puesto en manos de Colombia, tenemos que venir a discutir un Tratado comercial sin que podamos alegar ninguna ventaja de nuestra parte que se pueda trocar en un beneficio efectivo y económico en ese Tratado comercial.

De que esos ríos comunes señalan una posición privilegiada para Venezuela, es testigo el notable periodista conservador colombiano Don José de la Vega, hombre que representa el grupo político que sostiene con mayor énfasis la tesis de los derechos territoriales colombianos.

En un artículo sobre el Laudo español publicado en revista colombiana, dice así el señor de la vega: “Sí el Laudo había resuelto definitivamente el pleito de límites, no sucedía lo mismo con las cuestiones comerciales que continuaban a merced de la voluntad o el capricho de los dos Gobiernos; y en este terreno es preciso convenir en que todas las ventajas estaban del lado de Venezuela por ejercer su soberanía en la parte inferior de los ríos comunes que, para ciertas regiones colombianas, eran la salida natural y casi única al exterior”.

Había, pues, una doble situación a favor para Venezuela: situación de hecho y situación de justicia. Situación de hecho, la privilegiada ubicación de Venezuela con respecto a esos ríos. Situación de justicia, los errores cometidos a expensas de Venezuela en los asuntos de límites anteriores. Reconocida como lo expresó el Diputado Navas Spínola, esa situación de gobernantes colombianos, en el Tratado Silva-Holguín de 21 de noviembre de 1896, con cuyo motivo el Presidente de Colombia Don Miguel Antonio Caro expresó que la ejecución literal del Laudo sería como herida abierta y dolorosa para Venezuela; en las Actas Díaz-Granados-López Baralt, en el Tratado Urbaneja-Restrepo, en cuyo proceso el Plenipotenciario colombiano Don Antonio José Restrepo decía: “Como la experiencia de las cosas ha venido demostrando que sin un efectiva compensación o permuta

de territorio es difícil que un convenio cualquiera entre los dos países sea aceptado con beneplácito por ambos pueblos”; en el Tratado celebrado por el doctor Angel César Rivas y el General Alfredo Vásquez Cobo el 2 de junio de 1909, en el cual el General Vásquez Cobo, héroe colombiano en el asunto de Leticia, concedía a Venezuela, según expresa un periodista, un colombiano, en compensación, “un territorio que comprendía cincuenta y un mil quinientos kilómetros de territorio con diez caseríos y mil trescientos kilómetros de ríos navegables”; y por fin un Tratado Losada Díaz-Suárez, celebrado en Colombia para comprometer ante el Arbitro Suizo, y en el cual se expresa en el artículo 6° que se celebrará un Tratado de Navegación y Comercio en el cual se estipulará la revisión de las fronteras; ¿Por qué razón, habiendo reconocido Colombia, como lo ha reconocido, que se debía, en justicia y en realidad práctica, dar a Venezuela una compensación por la libre navegación de los ríos, y estando solemnemente comprometida la palabra de Colombia, según lo dice el autor colombiano Caicedo castilla, hoy Ministro del Trabajo de Colombia, que citó el Diputado Navas Spínola, estando empeñada la palabra de la república de Colombia y siendo imposible evadirla, según los términos del comentarista y estando ese tratado ratificado y cambiado y habiéndose ejecutado en la parte relativa al árbitro suizo; por qué razón y con qué derecho se le da la libre navegación de los ríos sin ningún cambio, sin ninguna contrapartida de parte de la República de Colombia?-(Aplausos)

Esto es, ciudadanos Diputados, lo que no llego a explicarme en el tratado colombo-venezolano que estamos estudiando. No comprendo la razón de la transacción verificada en la zona del río de Oro. No comprendo por qué se da la libre navegación de los ríos solemnemente y a perpetuidad sin ninguna contrapartida de parte de Colombia, cuando Colombia no solamente lo había ofrecido sino que se había comprometido solemnemente a darla.

Esta situación indudablemente es delicada. Yo creo que la proposición Navas Spínola es, en realidad, la más sensata, y por eso le voy a dar mi voto.

Con este Tratado, en caso de su aprobación definitiva, será imposible que Venezuela deje de llevar la amarga sensación de una injusticia cometida con ella a través del tiempo; de una injusticia que, según uno de los más eminentes estadistas de Colombia, será para ella como una herida abierta y dolorosa. Con un tratado más justo, si Colombia se hubiera acercado a Venezuela en actitud de reivindicación, si su gobierno hubiera comprendido con mayor amplitud este momento y le hubiera ofrecido a Venezuela una reivindicación siquiera simbólica de los daños sufridos a través de la historia de límites, entonces sí creo yo que habría cimentado firmemente la amistad entre ambos pueblos; entonces creo yo que se le habría despejado totalmente el horizonte; entonces creo yo que se habría terminado para siempre la historia de los resquemores recíprocos, y que ambos países, unidos en un abrazo robusto, inmaculado de sinceridad, se hubiera lanzado de una vez por la ruta del destino que soñó para ellos el patriota macizo de ambas patrias, quien estuvo elevado siempre por sobre las injusticias de demarcaciones fronterizas crueles y dañinas.-(Aplausos).

EL PRESIDENTE.-La Presidencia insiste en recordar a los ciudadanos Diputados que está en consideración del cuerpo la proposición de diferir del Diputado Navas Spínola, por cuanto ha venido observando argumentaciones cuya oportunidad de hacerlas valer sería en el momento de someter a consideración nuevamente la materia principal.

Por otra parte, se recuerda lo pautado en el artículo 54 del Reglamento de Interior y de Debates, es decir, que los ciudadanos Diputados observen la circunspección que señala el aludido artículo, evitando las alusiones personales.-Continúa el debate sobre la proposición de diferir del Diputado Navas Spínola.-Tiene la palabra el Diputado Blanco.

DIPUTADO BLANCO (ANDRES ELOY).-Ciudadano Presidente: Indudablemente que, ubicada la discusión en el terreno de la proposición previa, no veo la manera de que un Diputado pudiera referirse a ella sin referirse a la oportunidad de la aprobación del Tratado, esto es, si conviene más aprobarlo en este año que diferirlo para el año entrante. Es Sui géneris, ciudadano Presidente, la proposición Navas Spínola, no se trata de una diferición, digamos, por días, no tampoco indefinida. Se trata de la conveniencia o no de que la opinión pública venezolana y hasta los mismos Representantes del pueblo venezolano,

Page 9: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

queden bien enterados de todos los extremos, de todos los detalles, de todas las circunstancias del Tratado. De tal manera que, aún obligándose con todas sus fuerzas el orador a contraerse a la materia de diferición, deberá hacer alusión a materias mismas del Tratado, porque ellas están en relación directa con el factor tiempo de aprobación o improbación del Congreso.

Me figuro que el ciudadano Presidente estará de acuerdo en estos puntos, por que no se pueden separar las dos materias en función del tiempo, que es un año, y un año de memorable recordación en la historia de la humanidad; un año que puede traer muchas complicaciones para la vida política y económica de los pueblos de América.

Es por ello por lo que, aún cuando no voy a entrar en detalles sobre el fondo de la materia, sí me voy a referir a algunas cosas donde el factor tiempo es esencial; muy rápidamente, porque ya lo han hecho otros oradores con extensión y verdadero espíritu de estudio y devoción de la materia.

Diré que para la consideración de este Tratado hay que tener en cuenta la suerte que ha corrido en él el Laudo arbitral de 1891. Documentos fundamentales se han citado aquí: el Tratado Michelena Pombo-Michelena, el laudo mismo y las conversaciones o negociaciones posteriores al Laudo, que hacen ver que el espíritu colombiano fue proclive a la no obligatoriedad de este Laudo, en cierta forma, por espíritu de justicia. Esto se ha demostrado ya en las palabras de los Diputados Navas Spínola y Caldera.

Pero hay algo más, ciudadano Presidente. Es necesario contemplar esta materia con toda la atención y con toda la serenidad posible. Yo no he querido influir en el ánimo ni de los compañeros que me quedan más cerca con respecto a la proposición de diferir. Yo deseo medir el pro y el contra de esa proposición con respecto al interés perentorio de Venezuela y al interés mismo de las relaciones interamericanas.

Hay un hecho que salta a la vista en este Tratado, digamos, en la interpretación estricta del texto del Laudo arbitral. En este Tratado no se cumple el Laudo. El Tratado que ha venido a la Cámara para su discusión, es un documento de interpretación de los términos del Laudo arbitral, de demarcación de límites ya convenidos, sobre los cuales no había discusión.

Colombia, en los trabajos de demarcación, aportó elementos jurídicos, cartográficos, históricos, técnicos; lo mismo hizo Venezuela. Colombia prefirió la alegación de los elementos geográficos, cartográficos, históricos y jurídicos; Venezuela la de los técnicos; pero parece que aún los elementos cartográficos, históricos favorecen a Venezuela en la demarcación del curso del río suroeste, hasta el cerro Bobalí al occidente de la sierra de Perijá.

En cuanto a los extremos alegados por Venezuela, extremos científicos de largo, volumen, resultado de los aforos, dirección de la vaguada, ángulo de flexión del eje del río suroeste sobre el curso indiscutido del Río de Oro, aparte que el río defendido por Venezuela tiene el doble del volumen del río defendido por Colombia xxxx acompañan todas las demás necesidades científicas.

En cuanto a la geografía, el diputado Caldera, ha ilustrado bastante sobre esta materia, y yo recomendaría a los compañeros a leer los resultados de la expedición del señor Wilcox, en nombre de la compañía Barco, para demostrar palmariamente la razón venezolana.

Ahora bien: he llegado a relacionar este resultado con el Laudo de la Reina de España. No hablemos del Acta de París. El Acta de París daba al Rey de España, (con motivo del fallecimiento del Rey Alfonso XII), delegaba en el gobernante español, que venía a ser la Regente, no una función de árbitro de jure: casi ejerció una función de soberanía sobre sus viejas colonias Americanas; ya no se ceñía al Uti possidetis de 1810, sino que se permitía, con los documentos que tuviera, fijar por su propia cuenta y xxxx ejerciendo un acto de soberanía, la frontera entre los dos países: Pero aquel momento desgraciado del Ilustre Americano fue consumado. Después, las negociaciones del señor Rangel Garbiras, no podían hacer nada. Por eso comprendo que es injusta la acusación que se ha hecho contra este ciudadano.

Ahora bien, como interpretación del Laudo, los xxxx gobiernos proceden a la demarcación del curso xxxx del Río de Oro. Se trata, pues, de un proceso de identificación, La fisonomía geográfica de un río es como la fisonomía de una persona. Se trata de identificar un río. Y este Tratado llega a la siguiente conclusión: que al decir Venezuela que el Río de Oro es el ramal suroeste, y al decir Colombia que el Río de Oro es el ramal norte- noroeste, han convenido en que el Río de Oro es otro que no es el Río de Oro, con lo cual se ha faltado a lo dispuesto por el Laudo, porque el Laudo, acogido con anterioridad por las potencias contratantes, decía que la frontera debía ser el Río de Oro. Así, pues, este Tratado rectifica al Laudo. Es lo mismo que si en esta Cámara estuviéramos buscando al Diputado Montilla, por ejemplo, y una persona opinara que el Diputado Montilla es el Diputado montilla, y otros opinaran que el Diputado Suárez Flamerich es el Diputado Montilla, y para transarse conviniéramos en que el Diputado Pimentel Parilli es el Diputado Montilla.- (Aplausos y Risas).

De manera, pues, que, como muy bien lo ha apuntado el Diputado Caldera, los Convenios realizados después del Laudo todos tienden a la política de compensación. Nosotros vamos a dar ahora la libre navegación de nuestros ríos, de nuestros ríos, como dice el Diputado Caldera; pues bien, hemos podido, según las ofertas mismas de Colombia, según el fondo mismo del espíritu colombiano, hemos podido obtener mucho más. Considero que ha habido un poco de precipitación en la firma del Tratado. Considero algo más; que hasta la celebración del hermoso acto realizado en el Puente Internacional Bolívar, y que llena de satisfacción el espíritu de los dos pueblos, también ha debido esperar un poco: la ratificación del Tratado; porque, con ese acto, se daba por sentado y por indudable la ratificación en las Cámaras Legislativas.

Pero estamos frente al problema. Por una parte está la razón innegable que asiste a Venezuela para ponerle una condición justiciera a la libre navegación de sus ríos; y está la innegable comprobación del curso del Río de Oro por el ramal suroeste que nace en el cerro Bobalí. Por otra parte está otra fuerza que también nos está mirando y también nos está llamando desde todos los rincones de América: está la ejemplaridad americana, internacional, del pueblo de Venezuela en horas conflictiva para el mundo.

Todas las razones apuntadas anteriormente, antes de esta última, recomendarían y recomiendan, indudablemente, la proposición del Diputado Santos Stella (perdón, del Diputado Navas Spínola; es el apellido italiano que se me confunde). La proposición Navas Spínola está aconsejada, indudablemente, por las razones apuntadas anteriormente. Queda la otra: queda la responsabilidad ante la hora actual del mundo, la urgencia de la compactación continental en horas de emergencia; la evidente imprescindencia de un tratado político económico, ya no entre Colombia y Venezuela, sino entre todas las naciones latinas de América, débiles frente a la catástrofe que puede estar más vecina de lo que ellas sospechan; pero para esto, precisamente, se necesita que el respaldo de esos pactos se realice a base de seguridad y mutua comprensión. Se necesitan estudiar bien las materias; se necesita, no que el pueblo colombiano tenga absoluto conocimiento de los hechos sucedidos y al pueblo venezolano no tenga ninguno o casi ninguno, sino ambos pueblos lo que dan y lo que reciben.

Hay razones poderosas que obligan a Venezuela a darse cuenta de la necesidad de afirmar nexos con sus hermanas del Continente, con sus hermanas de lengua, con sus hermanas de destino; pero que, al llegar a eso, que al llegar a esa compactación, todos, ellos y nosotros, sepamos quién dio más, quién sobrepuso mejor a sus intereses particulares de nación los altos intereses de la democracia amenazada. Que sepa bien claramente que si el pueblo de Venezuela aprueba dentro de un año este Tratado, se sepa claramente que éste es el mismo pueblo de los cuarteles, que éste es el mismo pueblo levantisco y retrechero, como dije el otro día el que ha perdido hasta ahora una quinta parte de su territorio sin dispara un cartucho en las tierras de América. (Grandes aplausos).

Pocas cosas me han emocionado mas y pocos poemas me tientan más par su ejecución que el que acaba de recomendarme mi querido colega el Diputado Régulo Pérez; pero que sepa el que este debate no va en ninguna forma a herir los sentimientos ni la intención de los

Page 10: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

hombres que dirigieron la política de estos países en el momento del Tratado; ni tampoco las van a rebajar del punto en que estén situado para la historia. Al contrario: la decisión que tome esta Cámara y la resolución de esta Cámara de meditar bien, de hacer bien del conocimiento público, las providencias tomadas en el Tratado, va encaminada, no sólo a respaldar la futura responsabilidad del actual Gobierno, sino a respaldar también y a dejar diáfana y a evitarle peligros a la gloria de esos hombres que han desaparecido ya del escenario político de Venezuela. Y que sepa también el que aquello que se ve desde el pináculo como un hormiguero, los pueblos de Venezuela y Colombia, son los más interesados en la materia. Ningún poema, pues, más justo a mi espíritu.

Pero debo decir, y esto en beneficio de la claridad para la discusión de este Tratado, que América es no sólo un hecho económico, que América es un hecho espiritual de inconformidad de un mundo con un mundo viejo y desbaratado. La América de la conquista fue un hecho de justicia; los pueblos emigraron, por la injusticia, del viejo mundo: Y América, en la independencia está plasmada en un hecho que va a incidir directamente sobre el Tratado que estamos discutiendo.

Es en Tarqui; el mariscal de Ayacucho llama a su ayudante O´leary y le dice: “Llévele usted este pliego al general La Mar y que lo firme”. Este pliego contenía una capitulación honorable; era antes de la batalla. La Mar rechazó airadamente esas condiciones. Se dio la batalla. A las dos horas el ejército peruano estaba copado y el Mariscal de Ayacucho, llamando a su ayudante O¨leary, le entregó el mismo pliego con las mismas condiciones honorables para el General La Mar. O´leary, sobresaltado, creyó en un error del Mariscal: “Pero es el mismo pliego General”, le dijo, “Llévelo usted, Coronel, que la Justicia de Colombia es una misma antes cómo después de la victoria”.-Esta es la justicia de América.- (Grandes aplausos).

América debe ser un acto de justicia. Ese poema que me está pidiendo el Diputado Pérez requiere previamente la redondez espiritual de la justicia americana. Y no vengo a pedir aquí solamente justicia de Venezuela. Yo quiero la Justicia de Colombia. Yo no quiero sólo que Venezuela sea justa. Yo no quiero sólo que Venezuela sea inmaculada. Tan querida me es a mí la justicia y la pureza de Colombia como la justicia y la pureza de Venezuela. Yo pido eso: la justicia de Venezuela y la d Nueva Granada y la de todo el mundo boliviano y la de toda América, para que ella tenga redondez espiritual. Así, cuando todos nos conozcamos, cuando todos sepamos lo que damos, clara y diáfanamente, entonces si habrá pactos vigorosos entre estos pueblos. En esta hora de justicia, mi querido compañero el Diputado Pérez podrá repetir las palabras de un insigne orador venezolano: “Gracias a Dios, señores, que los tiempos contenían una hora para la tribuna, en que pudiera hablarse de heroísmo sin delito, de gloriasen sangre y de victoria sin lágrimas”. Y, entonces, en ese día, ese poema mío surgirá, ya no como una obra de arte; surgirá como un acto emanado de la hora misma de justicia de América, porque en eso queda comprometido mi deber de ciudadano, mi conciencia de hombre y mi corazón de poeta.

Y ahora, recojo esas palabras, hermosas por la intención y por la emoción, que me ha dedicado el Diputado Pérez, y las ofrezco a los hermanos de Colombia como testimonio de lealtad de mi pueblo al suyo, como testimonio de fidelidad de mi pueblo al compromiso de amor que mucho antes del Puente Internacional Bolívar se bautizó entre granadinos y venezolanos, con sangre libre, en el Puente de Boyacá.- (Grandes aplausos).

DIPUTADO MORRISON.-Pido la palabra.- (Concedida).-Ciudadano Presidente: Ciudadanos Diputados: Ante todo aceptemos una verdad dura, pero ineludible: somos un pueblo débil, y los pueblos débiles son los llamados a respetar los tratados, sobre todo cuando su contratación ha sido hecha por hombres que en todo tiempo han merecido el crédito del pueblo por su solvencia moral y patriotismo a toda prueba.

El Tratado colombo-venezolano firmado por las partes contratantes el día 5 de abril del presente año en el templo del Rosario de Cúcuta, pone fin a una disputa de límites que viene en pie desde los principios de la Capitanía General de Venezuela y el virreinato de Nueva Granada.

Nadie podrá enrostrarnos falta de patriotismo al aprobar el Tratado que estamos discutiendo, ya que no

pueden ser culpados los hijos de las faltas de de sus padres.-Por lo tanto, ciudadanos Diputados, le niego mi voto a la proposición de diferir la discusión para el entrante año, que hizo el Diputado Navas Spínola, y los excito muy serenamente a impartir la aprobación al Proyecto del Tratado colombo-Venezolano que estamos discutiendo.

EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Diputado Rosales Arangúren.

DIPUTADO ROSALES ARANGUREN.-Muy brevemente, para contestar a la pregunta que me hizo durante su brillante peroración mi distinguido amigo el diputado Caldera.

Parece que el doctor Caldera cree que el triunfo colombiano en un litigio territorial con Venezuela se debe a la intervención de la prensa y de los chauvinistas de Colombia. Eso no es verdad. El triunfo lo obtuvo Colombia en 1891 en virtud del Laudo. Después vino la algarabía; pero ya la suerte de Venezuela había sido juzgada. A eso se debe el que Venezuela pierda una gran parte de su territorio. La intervención del chauvinismo lo que hizo fue complicar los problemas y poner en peligro la causa de la paz.

Respecto al dolor que el siente por falta de compensación por la navegación del Orinoco, yo quiero decirle al doctor Caldera, porque el también lo sabe, que los ríos internacionales son rutas abiertas al progreso humano. Venezuela no puede desgraciadamente, y a mí también me duele, pedir compensación por la navegación de sus ríos, o por el río Orinoco, desde que él, en virtud de la demarcación, pasó a la categoría de río internacional . Me duele, pero eso es así.

La tesis de la propiedad de los ríos es una tesis anticuada, bárbara, medieval; ningún hombre civilizado, puede en pleno siglo veinte, sostener que lo ríos internacionales son rutas exclusivas y patrimonios de una sola nación.

En esta forma quiero contestar a mi distinguido amigo el doctor Caldera. Y con lo que él dice de que los tratados públicos celebrados no deben tener paternidad, yo no estoy de acuerdo, desde el punto de vista venezolano. Yo he fustigado a los déspotas que vendieron a Venezuela; pero también hago justicia al hombre que la sacó del bochorno. Ese hombre fue el General López Contreras. El actual Tratado celebrado con Colombia es algo a favor de nosotros, trae una compensación, a pesar de todo, y es un cálido homenaje a la causa de la fraternidad americana. Por eso lo mencioné, porque a mi me gusta hacer justicia. Si hubiera sido lo contrario, lo hubiera fustigado.

EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Diputado Lander.

DIPUTADO LANDER.-Ciudadano Presidente: Yo también voy a dar mi voto a la proposición Navas Spínola; pero me considero en el deber de dar las razones que me inducen a votarla en esa forma.

Antes que todo, debo aclarar que en forma bastante absurda se ha tratado de personalizar aquí el problema. No creo yo que esa es la manera de estudiarlo ponderadamente y con serenidad. De personalizarse el problema, llegaríamos nosotros a dividir la Cámara, no en defensores del tratado y opositores a él, sino simplemente en amigos personales del General Eleazar López Contreras y enemigos personales del General Eleazar López Contreras. Tal situación, ciudadanos Diputados, es completamente absurda. En esa forma daríamos nosotros la espalda a nuestra responsabilidad.

Considero yo que, si ya no el General Eleazar López Contreras, a quién no le niego sus méritos, sino el propio Simón Bolívar, que es reconocido como el primer ciudadano venezolano, hiciera un tratado o hiciera un acto cualquiera que fuera en contra de la soberanía y de los intereses públicos de Venezuela, el Congreso en pleno debe pronunciarse contra ese acto, sin tomar en cuenta para nada la personalidad de su autor.- Hecha esta aclaratoria voy a referirme a la proposición.

Debo manifestar mi escepticismo ante estos litigios de límites geográficos. Creo yo que no son precisamente unos kilómetros más o unos kilómetros menos los que interesan fundamentalmente a las débiles naciones latinoamericanas . Hay algo que está muy por encima de todo eso y que nos interesa mucho más: se trata de nuestra economía.

Yo me recuerdo de pasajes recientes de la historia contemporánea cuando se pone en discusión este Tratado; me recuerdo de los litigios que tenían entre sí las naciones balcánicas hace muy pocos años, muy pocos meses,

Page 11: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

podríamos decir. Y ¿cuál fue el resultado de esos litigios? La soberanía de los pueblos balcánicos no existe. Tal es nuestra realidad; tal es la verdadera situación cruda y desnuda del litigio Colombo-Venezolano.

Nuestra economía, como lo demuestran palpablemente las cifras, así como la economía de todos los pueblos latinoamericanos, está maniatada. De nada valen los límites geográficos cuando no existen los límites económicos. Nuestra soberanía es un mito. Nuestra unidad geográfica es un mito, cuando nuestra economía está intervenida en la forma como lo está.

Por eso, pues, mucho más importante para el pueblo venezolano sería la discusión de estos problemas con los pueblos hermanos que la discusión de un problema en el cual se litigan unos cuantos kilómetros cuadrados de superficie de tierras que son inexplotadas. Sin embargo, a pesar de tener este concepto muy claro, creo yo que la situación internacional,-y éste sería el único argumento a hacer a favor de la tesis-, no puede llevarnos a que tenemos une decisión apresurada.

Estoy yo con el Diputado Caldera cuando afirma que el pueblo y el gobierno de Colombia no pueden disgustarse porque el Congreso Nacional estime la necesidad de examinar bien todos los recaudos y de estudiar a fondo el problema antes de tomar una decisión. El pueblo y el gobierno de Colombia verán en esto, simplemente, que el Congreso Nacional de los estados Unidos de Venezuela asume plenamente su responsabilidad.

Para terminar, señor Presidente, voy a recoger unas palabras del Diputado Régulo Pérez, atribuyéndole a un destino providencial el hecho de las diferencias que existen entre los pueblos, entre las naciones venezolana y colombiana. No creo yo, precisamente, que sea debido a la providencia, o a ese destino a que él se ha referido, el hecho de que exista una diferencia tan notable entre el desarrollo cultural y el desarrollo económico de Colombia y Venezuela. La causa fundamental de esta situación debemos encontrarla en la castración política a que se ha sometido a los venezolanos durante tantos años.

Por eso, ciudadano Presidente, por considerar que el Tratado, después de haber esperado ciento ocho años de discusión, bien puede esperar un año más, voy a votar por la proposición Navas Spínola. Y ojalá nuestro Gobierno vea con interés la necesidad con que están los pueblos latinoamericanos de unificarse para poder luchar contra el enemigo común. Una América unificada, sobre bases de democracia interna y de comprensión, puede perfectamente hacer frente al enemigo de otros continentes.

Un Tratado que se hiciera (y voy a referirme a esto para terminar definitivamente) con el pueblo de los Estados Unidos, no puede propiciarse sino a base de un entendimiento previo de las naciones latinoamericanas. Hacia esta meta, pues, deben dirigirse los empeños del Gobierno y del pueblo venezolano.

EL PRESIDENTE.-La Presidencia considera suficientemen te debatido el asunto sobre la proposición Navas Spínola y va a cerrar el debate.-Tiene la palabra el proponente.

DIPUTADO NAVAS SPÍNOLA.-Ciudadano Presidente: Voy a ser muy breve; pero debo empezar por decir que en manera alguna he tratado yo de echar un gravamen moral sobre los hombros de nadie en este asunto, y que, tanto en mi exposición anterior como en la moción de que soy autor, he desligado de la materia que se discute las personas de los negociadores.

Mi proposición creo honradamente que tiene un tono conciliatorio. No tiende a improbar ni a aprobar el Tratado que se discute hoy, sino a facilitar, a todos los que tenemos responsabilidad de conocerlo a fondo, el tiempo necesario, indispensable, para estudiarlo e toda su extensión. Mi proposición, además tiene antecedentes históricos tanto en Colombia como en Venezuela. El Tratado Pombo-Michelena, por ejemplo que fue firmado en 1833 y aprobado por el Congreso de Colombia en 1834, se discutió en las Cámaras Legislativas de Venezuela de 1835 a 1849, es decir, durante el lapso de cinco años.

Respecto a Colombia, diré que el Tratado Silva-Holguín de 1896, después de firmado por los Plenipotenciarios, fue sometido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia al examen y análisis minucioso de una Comisión que estaba compuesta por los hombres más eminentes de

todos los partidos colombianos para aquella época, por el doctor Aníbal Galindo, por Jorge Holguín, por el General Rafael Reyes, por Luís A. Robles, por Antonio Roldan, Teodoro Valenzuela y Mariano Franco. Y no sólo fue sometido a la consideración de esa Junta el Tratado que se ventilaba, sino que, aún después de su fallo favorable, o después del dictamen favorable de esa Junta y de llevado al Congreso de Colombia, el mismo Vicepresidente de la República, en ejercicio de la Presidencia, se dirigió al Congreso proponiéndole que aplazara la discusión del referido Tratado; y tal aplazamiento se verificó.

Debo decir, además, para terminar, que yo jamás he insinuado ni insinuaré que nuestro diferendo de límites con Colombia se lleve al terreno de un conflicto armado, ni que se pierda la serenidad que se ha tenido hasta hoy. Esto, jamás.

Yo viví de modestísimo estudiante en Bogotá, y allí adquirí afectos entrañables que todavía palpitan generosamente dentro de mi corazón. Y si he creído que esta materia debe debatirse ampliamente, es porque precisamente conozco el espíritu amplio, el espíritu civilista de Colombia. Y par probarlo de una manera más concreta, voy a referir, para terminar, un pequeño incidente que hubo en Colombia viviendo yo en Bogotá. Para esa época vivía en Bucaramanga el doctor Abel Santos, hombre ilustre y tío de nuestro compañero de Cámara el doctor Santos Stella. El doctor Abel Santos había sido Ministro de Venezuela en Bogotá y había defendido brillantemente los derechos de Venezuela. Más luego había sido Ministro de Hacienda, y como tal había firmado una serie de previsiones fiscales que los colombianos consideraron lesivas a sus intereses. Viviendo él en Bucaramanga, confinado, desterrado, perseguido, algunos periodistas d Bogotá imprudentemente hicieron reminiscencia de su actuación anterior para enrostrarle la hospitalidad de que estaba gozando en Colombia, y entonces el doctor Abel Santos, sin menoscabar en lo más mínimo sus sentimientos de simpatía y cariño por Colombia, respondió en la misma prensa colombiana que él estaba hasta dispuesto ha renunciar a esa hospitalidad si se le obligaba a improbar lo que había hecho anteriormente. Y como en ese momento el Presidente de Venezuela era su adversario o perseguidor, él terminaba su exposición de la siguiente manera: “Yo me olvido de los hombres; yo me olvido de los gobiernos; yo me olvido de mí mismo, cuando me acuerdo de la integridad territorial de Venezuela”.-(Aplausos).

(Cerrado el debate.-Se vota la proposición de diferir del Diputado Navas Spínola: negada).

DIPUTADO NAVAS SPINOLA.-Pido rectificación, Ciudadano Presidente.

(Se verifica: aprueban 21, la mayoría es 34: negada).

EL PRESIDENTE.- Continúa el debate sobre el asunto principal.-Tiene la palabra el Diputado Lara Peña).

DIPUTADO LARA PEÑA.-Ciudadano Presidente: Ciudadanos Diputados: Quiero antes que todo dejar constancia del sentido con que hacemos estas intervenciones en la discusión de este tratado. Nuestra posición ha merecido, por parte de la prensa y por parte de ciertas personas, acres comentarios y falsas interpretaciones. Se nos ha tildado nada menos que demagogos y de hombres de mala fe. Sin embargo, nos hemos parado para hacer objeciones al Tratado, no por un espíritu de oposición, como bien lo dejó sentado ante la Cámara el Diputado Caldera, ni mucho menos por un espíritu de demagogia ni de mala fe; nos hemos parado, pese a las incomodidades a que nos exponemos, inspirados en el más puro anhelo de bien y de justicia, y acatando los dictados del más imperativo de los deberes que tiene el hombre sobre la tierra: el amor y la defensa de la patria.

Yo quiero recoger aquí el llamado cálido que hizo a los colegas de la Cámara en su brillante discurso el doctor Navas Spínola. Yo quiero que contemplemos este problema de los límites con Colombia, con prescindencia absoluta de todo interés personal y partidista y solamente con el cerebro y el corazón puestos en el bien de Venezuela; de Venezuela, ciudadanos Diputados, que tanto ha sufrido, que tanto ha cedido, y a expensas de cuyo territorio, por las razones y motivos desgraciados que sean, tanto se han engrandecido las naciones vecinas.-(Aplausos).

Hecho este exordio, quiero responder aquí al Diputado Rosales Arangúren que sí tiene razón Venezuela para exigir, aún después de dictada la sentencia arbitral de la Reina Regente de España, compensaciones a Colombia por la libre navegación, que le vamos a ceder de nuestros ríos; y que tal derecho para exigir compensaciones no se basa en doctrinas

Page 12: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

jurídicas internacionales más o menos aceptables, sino en la palabra solemnemente empeñada de la República hermana de Colombia en la Convención de 1916, en la que, por un Tratado que es Ley colombiana, ofrece a Venezuela dar compensaciones, modificar la frontera fijada por el Laudo a cambio de la navegación del Orinoco. Esta compensación es la que exigimos para el país; no más, ni nada menos tampoco.

Debo rechazar también el sentido de la peroración y d la pequeña intervención que ha hecho a la Cámara el Diputado Morrison. El ha dado como razón para que nosotros aprobemos este Tratado, que somos un pueblo débil y que, como débiles tenemos que aceptar las injusticias; pero yo debo decirle al Diputado Morrison que esto nos conduciría a tener que rechazar, por humillante, la verdad de que en este Tratado se abusa entonces de nuestra debilidad. Esta sería la consecuencia lógica de superoración.

La Republica hermana ha ofrecido, y en ello está empeñada su palabra, darnos territorio a cambio de la navegación que hoy sin compensación alguna le damos. Quiero llamar la atención de la Cámara sobre el sentido de esta tratado. Repito que lo peor es que no se exigen compensaciones a que tenemos derecho; y la cosa no para ahí, va aún más allá: cedemos territorio en la demarcación de la frontera. Cedemos territorio que el Laudo nos ha dado, tal como lo ha demostrado ante la Cámara el Diputado Caldera; cedemos territorio en el Río de Oro, y no obtenemos nada ni en el Tamá ni en el Oirá. Esta es la verdad de este Tratado. Y por eso, señores, nuestra voz no puede dejar de levantarse para decirle un no; para pedir que se aplace la negociación, aplazamiento que tendría necesariamente que ser beneficioso, que no podría ser considerado por Colombia como una injuria, y que daría a nuestra patria múltiples y preciosas oportunidades para mejorar los términos de este instrumento diplomático; y, sobre todo, para negociar en mejores condiciones de las que podemos hacer en estos momentos, el Tratado de reciprocidad y de comercio que aquí en este instrumento mismo se nos ofrece que se firmará.

De modo, que la proposición Navas Spínola no es, así como así, una proposición cabellada. Existen razones. Existen razones para modificar la frontera y existen razones para esperar que, con el diferimiento, se puedan obtener mayores y mejores ventajas comerciales. Este era el espíritu que animaba esa proposición.

Por lo demás, y para que quede en la Cámara y bien grabado en la conciencia de los Diputados que me oyen que Venezuela sí tiene derecho a exigir las compensaciones territoriales, con la venia de la Presidencia me voy a permitir leer el artículo 6° del pacto que ratificó este Congreso de Venezuela y que ratificó también el Congreso colombiano.

El artículo 6° dice así: “Inmediatamente después de que esta Convención sea ratificada las Altas Partes Contratantes abrirán negociaciones con el objeto de concluir un Tratado sobre navegación de ríos comunes y comercio fronterizo y de tránsito entre las dos Repúblicas, sobre bases de equidad y mutua conveniencia. Si dicho Tratado fuere concluido y canjeado antes de principiada la demarcación de la frontera, cualquiera variación proveniente del Tratado de navegación y de comercio se tendrá en cuenta en los actos y operaciones concernientes a la demarcación. Si el tratado de navegación y comercio fuere concluido después de estar empezada o terminada la demarcación, el trazo de esta se modificare, en la parte que sea necesario modificar, de acuerdo con el referido Tratado, en la misma forma estipulada para la demarcación general”.

Este artículo 6° de la Convención de 1916 no soy yo el que lo va a interpretar; va a ser el actual Ministro del Trabajo de Colombia, el que va a fijar ante la Cámara el sentido exacto de sus estipulaciones.

Oigan, honorables colegas, los párrafos escritos por un Ministro colombiano acerca de la interpretación de esta estipulación contractual: ”Existe el compromiso de celebrar un Tratado en que se nos darán facilidades comerciales por variaciones de la línea del Laudo. Pueden ser y para nosotros lo son esas promesas censurables e indignas; pero ellas existen y en su cumplimiento está empeñada la palabra de la República: luego no es posible evadirlas”.

Yo creo que, después de las palabras del eminente hombre público colombiano, quedará bien fijado ante la Cámara y ya no podrá ser rebatido por nadie, el sentido exacto de la Convención de 1916 en su artículo 6°. Luego sí tenemos

derecho a exigir compensaciones territoriales a cambio de de la navegación de nuestros ríos; de los ríos cuyas márgenes Venezuela colonizó, de los ríos que Venezuela descubrió y que desde de la Independencia y la Colonia, en virtud del uti possidetis jure de 1810, le pertenecían antes del Laudo, por títulos de derecho irrebatibles. Pero para que quede fijada la línea de conducta de la Cancillería colombiana, menester es que sepan honorables colegas que, aún antes de que la palabra de la República de Colombia estuviese empeñada en un pasto solemne, cuya ejecución se pide en este Tratado, la Cancillería colombiana ha ofrecido, en diversas negociaciones, compensaciones a cambio de la navegación de estos ríos.

La línea fijada como compensación por el Tratado Unda-Suárez, a cambio de la navegación del Orinoco y del Catatumbo, es la siguiente: desde Punta Espada, en la Península Goajira, una línea recta en dirección a la Teta Goajira, pasando por los cerros Yuripiche y Masape; de la Teta Goajira un línea recta en derechura a los Montes de Oca; de estos montes seguirá la frontera por la línea limítrofe trazada en el Laudo hasta la desembocadura del río Guaviare en el Orinoco; por la Vaguada del Guaviare hasta la desembocadura del río Inírida, aguas arriba de este río hasta encontrar el meridiano que pasa por el antiguo apostadero sobre el Meta; y bajando por este meridiano hasta llegar cerca de las cabeceras del Memachí para encontrar el terreno alto que divide en dos sistemas los afluentes del Guainía y del río Negro. Unos corren hacia el nordeste para desembocar en la parte superior de aquel río y otros que, corriendo hacia el sureste desembocan en la parte inferior del mismo. Luego seguirá el límite por la línea demarcada por esta división hidrográfica hasta el cerro del Cordero, y de este a la piedra de Cocuy.-Esto era en 1894, Tratado que se firmó el 24 de abril de dicho año.

Por el Tratado Siva- Holguín, que tanto apasionamiento causó en Colombia y que motivó el mensaje especial del Presidente Caro, que ya el honorable colega Carlos Nava Spínola ha hecho del conocimiento de esta Cámara, se repetía la línea fronteriza ijada por el Tratado anterior. Es de advertir que este primer Tratado, el Tratado Unda-Suárez, fue ratificado por el Congreso Colombiano; pero no lo fue por el venezolano debido a las excesivas compensaciones fiscales que el Congreso creyó inaceptables y que se estipulaban en ese Tratado.

No creo, pues, de necesidad leer la línea del Tratado Silva-Holguín, porque es exactamente la misma que la del Tratado Unda-Suárez.

En las negociaciones López Baralt-Díaz Granados, en 1905, después de terminado y ejecutado el Laudo, y antes de fijarse la Convención de 1916, se decía allí lo siguiente: “En atención (decía el acta en referencia) a que por una parte Venezuela posee establecimientos y fundaciones en la costa oriental de la Goajira y en los territorios comprendidos entre el Meta, el Orinoco, el Atabapo, y el Río Negro, y visto por la otra parte que a Colombia le interesa poseer una faja de terreno, etc., Se fijará como línea entre las dos naciones la siguiente: desde Punta Espada, en la Península Goajira una línea recta en dirección a la Teta Goajira, pasando por los cerros Yuripiche y Masape; de la Teta Goajira una línea recta en derechura a los Montes de Oca; de estos montes seguirá la frontera hasta el nacimiento del Río de Oro y de aquí por su curso hasta su confluencia con el Catatumbo; y desde este punto en línea recta hasta la confluencia de lo ríos Tarra y Sardinata; y partiendo de esta confluencia se irá a buscar la de La Grita en el Zulia; de aquí seguirá la frontera por la línea limítrofe trazada por el Laudo hasta la desembocadura del Edagüe en el Orinoco; agua arriba del Edagüe hasta su nacimiento, y de allí, en línea recta hasta encontrar el meridiano que pasa por el antiguo apostadero sobre el Meta; bajando por dicho meridiano hasta el vichada, continuará por su vaguada hasta su desembocadura en el Orinoco; seguirá aguas arriba de este río y entonces seguía (seguirá) demarcando la línea del mismo polígono que nos había dado la anterior negociación. De modo, pues, que eran dos polígonos los que nos daba en el Orinoco.

En 1905, Colombia no iba mermando, sino que iba acreciendo las compensaciones que ofrecía a Venezuela a cambio de la navegación de sus ríos.

Como la hora es ya avanzada no quiero leer las líneas fronterizas y todas las compensaciones territoriales que ofreció Colombia a cambio de la navegación del Orinoco y del Catatumbo. Únicamente sé decir que hasta 1918

Page 13: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

Colombia urgió a la Cancillería para que se hiciera el Tratado ya previsto en la Convención de 1916. ahora el pueblo de Venezuela tiene derecho a que se le diga, y creo que el Congreso también, por qué razones se va en un Tratado a Colombia la navegación de los ríos, sin exigir debida compensación, abandonando la cancillería la sabia línea política de exigir compensaciones a cambio de navegación de nuestros cursos de agua.

Quiero terminar y no deseo hacer muy larga esta peroración; pero quiero aquí recordar que exdiputado Ramírez Mac-Gregor, personalmente me habló extra Cámara de los inconvenientes del Tratado y me señaló el temor siguiente: de que a su parecer era posible que Colombia pusiera un puerto libre en Castillete y otro puerto libre en Puerto Carreño, después de aprobado este Tratado, estrangulando económicamente la ciudad de Maracaibo y Puerto Páez en el Orinoco. No sé hasta donde vayan ni hasta donde puedan ser ciertas estas apreciaciones del diputado; pero lo cierto es que él me lo dijo; y, basado en su palabra desde luego, yo las comparto.

Por lo demás, repito que se vea en esta intervención, no un afán demagógico, no una intervención sin razón, sino, desde luego, el sacrosanto deber de exigir para la patria el cumplimiento exacto de los derechos territoriales a que ella tiene un indudable e indiscutido título.

No se puede venir a asomar ante la Cámara y hacer el razonamiento de que el prestigio del General López Contreras está en juego en este Tratado, porque conozco bien el patriotismo del ex Presidente de la República, y me atrevería a llamar aquí al General Eleazar López Contreras y decirle: “ General, en todos los hombres cabe un error. Si a usted se le probara que en este Tratado ha habido un error y que se lesionan los derechos territoriales de Venezuela ¿usted forzaría para que se aprobara?”. Y yo estoy seguro de que la respuesta del General no haría esperar. Sería: “Mi prestigio no ampararía nunca un mal para Venezuela”.-(Aplausos).

EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Diputado Ramírez Mac-Gregor.

DIPUTADO RAMÍREZ MAC-GREGOR.-Ciudadano Presidente: La postura que he asumido para defender el Tratado la gravedad de la situación internacional; y también el considerar que el Tratado contiene una solución decorosa del problema Colombo-Venezolano y si se quiere la única viable y posible dentro del cúmulo de circunstancias que han rodeado este viejo litigio fronterizo.

Es cierto que, comentado en la Cámara, como suele hacerse entre compañeros, antes de someterse a la discusión pública los problemas, le dije al Diputado Lara Peña, que el único temor que abrigaba con respecto a ese Tratado era la libre navegación de los ríos. Le hablé del Orinoco. No le hable del Zulia; porque el río o los ríos comunes que están hacia esa región desembocan en el Lago de Maracaibo, y de allí dejan de ser comunes, desapareciendo por tanto todo peligro al respecto, ya que está en nuestras propias manos el establecer en el Lago medidas de seguridad, de control y de restricción aduanera con relación a la navegación de los ríos.

En cuanto al Orinoco, voy a permitirme explicar a la Cámara los motivos que me llevaron a pensar así. El río Orinoco, en su parte hacia Colombia, tiene un puerto que se comunica con toda esa selva, con toda esa región incivilizada, y sería muy fácil y muy posible que el gobierno de la república de Colombia estableciese un puerto libre por 10 o 15 años para llevar la civilización y el fomento a esa región. Y pensaba en el conflicto de Leticia, entre Perú y Colombia, cuya causa principal, por más que en la apariencia se tratara de rescatar el puerto de Leticia, no era sino una causa económica. En efecto, los habitantes del departamento de Loreto en el Perú reclamaban contra las tarifas aduaneras diferenciales en Leticia, porque veían que su próspera región iba cada vez más decayendo a causa de estas tarifas. El conflicto terminó favorablemente al Perú, por lo cual su solución fue criticada por el Parlamento Colombiano. Leticia volvió a Colombia; pero en el Protocolo de Río de Janeiro, que fue el que puso fin a ese conflicto, se determinó que en esas regiones Colombia y Perú no podrían establecer en lo sucesivo tarifas aduaneras diferenciales.

Yo pensaba en este peligro con respecto a Venezuela, y o pensaba fundado en esa razón; pero después he rectificado, ya que si Colombia pone un puerto libre en su región limítrofe, nosotros podemos instalar otro puerto libre para civilizar y llevar toda la cultura y progreso material necesario a las

regiones que están en nuestro lado. Ese temor, que era el único que yo tenía contra el Tratado, pesa muy poco en comparación con el criterio fundamental que me llevó a pedir su aprobación: el peligro internacional, la gravedad del momento y la necesidad de la unión de los pueblos de América, amenazados por la brutalidad y por la fuerza.

EL PRESIDENTE.-Continúa el debate.-Tiene la palabra el Diputado Blanco.

DIPUTADO BLANCO (ANDRES ELOY).-Ciudadano Presidente: Voy hacer una ligera observación acerca de algunos tópicos tratados en al discusión.

Ante todo, al distinguido colega doctor Rosales Arangúren deseo manifestarle que no comparto de un todo su criterio de que sea aplicable el derecho Internacional Americano esa llamada doctrina de navegación de los ríos, predominante en el derecho del viejo mundo. Existe un Derecho Internacional Americano, existe en la obra de Bello, existe en la obra de Drago, existe en la obra de Calvo, existe en la obra de Río Branco, existe en la obra de Wilson, existe en la obra de tantos hombres que le han dado fisonomía propia al Derecho Internacional Americano. Y para el derecho internacional Americano los ríos, los ríos internos de la patria, no son simplemente callejones cerrados a la entrada egoísta de la cultura de los demás países.

En cambio el alegato, o la invocación de la doctrina europea, nos lleva derechamente a la consideración de la triste, de la amarga, de la desventurada jurisprudencia europea de la materia. ¿Es que son comunes, o es que hay generosidad, o es que hay reparto fraternal de las naciones con respecto a las ventajas de sus ríos para con los demás países en el viejo mundo? ¿Es que existe siquiera ese mito de una doctrina de navegación de los ríos europeos? No hay tal cosa. El Danubio no es hijo de pactos libremente acordados entre naciones libres. Allí está el Danubio enseñándosenos a nosotros como una cortada que sangra en el costado de la Europa oriental. El Danubio no ha sido objeto de pactos libres, sino sujeto a la hegemonía de la nación ribereña más poderosa. Los pactos de navegación de los ríos europeos son el producto de golpes de mano, de temores fronterizos. El Danubio mismo es un tratado de Derecho Internacional de os ríos europeos. No es lo mismo en Venezuela. No se trata, precisamente, de cerrar a la cultura colombiana su acceso a Venezuela, ni a Venezuela el acceso a la cultura colombiana. Es que los ríos, precisamente, son llaves de cultura. Los grandes, pueblos se han fundado en las bocas de los ríos. Menfis, Roma, Nueva York, tomando tres ejemplos de diversas horas de la humanidad, y son tres culturas como es la cultura británica defendida hoy fieramente por los soldados ingleses en las bocas del Támesis; y las culturas hay que defenderlas, ciudadano Presidente. Con una doctrina tan amplia no sólo se dejaría pasar al hermano colombiano que viene a traernos su aporte, su savia nueva, su savia fresca de país más cultivado que el nuestro. Pero es que también sí aceptamos la doctrina, la jurisprudencia nos enseñaría después que no es Colombia la que se va a aprovechar de esa libre navegación, sino que son también, en un porvenir que el mundo no presagia muy remoto, los ataques a las culturas natas que se fundan en las bocas de los ríos. Por eso los ríos representan el asiento y la raíz de las culturas autónomas.

La doctrina con respecto a navegación de ríos está inspirada en un sentido de pueblos nuevos. Las cesiones que se hagan son el objeto de compensaciones. Ésta es la tesis defendida por los Diputados Caldera, Lara Peña y Navas Spínola.

Ahora, el Tratado en su integridad, sin darnos cuenta nosotros nos está asomando a una gran responsabilidad espiritual. No se crea que con deslindar la zona del Río de Oro, ni la zona del Oirá y del Arauca, ni la región de San Faustino, ni las regiones del Orinoco y del Guaviare, estamos haciéndolo todo por la integración de los pueblos americanos. Ahora nos queda una función educadora, una función ejemplar. No sólo nuestros políticos y nuestros internacionalistas vieron con desidia cómo la tierra se amenguaba por el lado de occidente, por el lado de oriente, por el lado del sur. No sólo se nos alejaba el Esequibo, sino que también hay hombres en América que son ríos espirituales, ríos comunes navegables para toda la tierra de América; y también nuestros hombres de letras quisieron cerrar la navegación de esos ríos, de esos hombres y hacerlos intransitables para los hombres de otros pueblos.

También hay entre Venezuela y Colombia, el hombre aquel que escogía de entre los héroes de nuestra emancipación dos hombres que lucharon, que tuvieron pasiones, que fueron en un momento adversarios, pero que fueron y son el patrimonio

Page 14: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

espiritual de América. Los dos eran factores, no ciegos, sino conscientes, de una obra de humanidad. Ese deslinde hay que hacerlo. Hay que darle a Colombia reconocimiento de su valor histórico. Colombia ha de darle a Venezuela la plenitud de su significación en la gesta emancipadora. Es necesario que nosotros enseñemos a nuestro pueblo a comprender cómo está él consubstanciado históricamente, y en el futuro también, con el destino de la viaja Nueva Granada.

Hay que comprender que nosotros estamos en función de formadores de América, no sólo en función de formadores de Venezuela. Hay mucho por hacer, no sólo en las fronteras geográficas de Colombia y Venezuela, sino también en las fronteras espirituales. Así como hay fronteras geográficas que marcar,-y el celo demostrado por los Diputados hoy me demuestra que no está reñido el patriotismo con la noción de América,- así también hay muchas fronteras espirituales que romper, hay muchos ríos que hacer desembocar en el río del otro, para que sea una misma el agua. Así, después de comprendidas las cosas, los Tratados serán fáciles. Pero yo insisto en que el mundo americano, hecho de Venezuela y de Colombia y de veinte Venezuelas y de veinte Coolombias iguales en destino, se conozca, y sepa, pero diáfanamente, qué da y qué recibe. Así, repito lo que dije anteriormente; y después nos quedará la función educadora: la función de hacer compenetrar e integrar nuestros pueblos, que ni este Tratado ni diez Tratados que vengan lograrán mejor identificación de Venezuela con Colombia como cuando nosotros hagamos comprender a nuestros pueblos la unidad de destino. Nota: lo opuesto al Destino Manifiesto.

Por lo demás, la materia está bastante debatida; ya se sabrá en Colombia que no son sus enemigos de Venezuela los que se han opuesto a la inmediata ratificación del tratado; ya se sabrá en Colombia que aquí se ha querido hacer un aporte de comprensión para la obra común del destino americano. Ya en Colombia lo sabrán. Nota: El verdadero Destino de esta sub-región

Está bastante discutida la materia, en mi sentir. Si alguna duda surgiera acerca de la interpretación que debe hacérsele al Tratado, nos debe quedar para la tercera discusión el desahogar todo lo que quede oscuro, todo lo que quede de vago en la materia; pero yo vuelvo a llamar la atención de los legisladores acerca de que, en esta materia, como muy bien lo ha dicho algún Diputado, no hay nadie que haya hecho este Tratado. Este Tratado es el resultado de una labor negadora de un lado, de una labor patriótica del otro; y vino a culminar, en un momento doloroso, con un Tratado de dos frentes: uno desfavorable a Venezuela; otro favorable a la compactación de americana.- Pero no estando reñidos los dos aspectos de las necesidades americanas, yo insisto en que el pueblo de Venezuela, para una mejor comprensión de su posición en America, ha debido conocer con mayor amplitud las condiciones en que se comprometía.-(Aplausos).

DIPUTADO ANGULO ARIZA.-Ciudadano Presidente: Ciudadanos Diputados: Como le voy a dar mi voto al Tratado, quiero, naturalmente, que no se crea que no tengo mis razones o que mi conciencia no está a ese respecto clara sobre o que asiento y sobre lo que pienso. La mayor parte los Diputados se han referido a los diversos Tratados que se han suscrito sobre el particular y, se ha dicho, cuando se apoyaba la proposición del Diputado Navas Spínola, que la mayor parte está poco instruida al respecto, cosa que, naturalmente, no es del todo cierta, puesto que la mayor parte de la Cámara está constituida por hombres instruidos, interesados y desde luego, tan patriotas como los demás.

Sin embargo, conviene hacer a la ligera una breve relación de esos diversos Tratados, para que nos vayamos dando cuenta cómo a través de toda la historia de este proceso de límites entre Colombia y Venezuela, no ha faltado siempre en Venezuela patriotas que han defendido y sostenido sus derechos. Puede decirse que, a través de este proceso, todos los Gobiernos de Venezuela, agotaron también todos sus esfuerzos, toda su sabiduría y todo su patriotismo en ese camino.

** *

Ya hemos dicho que el primer Tratado sobre este punto fue el Tratado Michelena-Pombo, suscrito en 1833. Como puntos culminantes de ese Tratado podemos destacar tres: a) la mitad de la Goajira tocaba a Venezuela, la línea empezaba en el Cabo de Chichivacoa; b) Nueva Granada, hoy Colombia, no tenía derecho sobre el Orinoco; c) San Faustino pertenecía a Nueva Granada. Desde este Tratado de 1833 observamos cómo se ha reconocido la aldea de San Faustino,

lo que se ha llamado la Célebre Curva, como perteneciente a la Nueva Granada. Todos sabemos que este Tratado no fue aprobado por la Cámaras Legislativas de Venezuela, no obstante las ventajas que contenía, porque nosotros pensábamos que el límite en la Goajira debía ser el Cabo de La Vela.

Siguen luego, después de la desaprobación de este Tratado en 1840, las conversaciones sostenidas por nuestro eminente hombre público, don Fermín Toro con el Coronel Acosta, en representación éste de Colombia. Véase cómo, pues, pocos años después, es la figura de uno de los más ilustres patricios, de uno de los más ilustres pensadores venezolanos, el que representa a su patria en estas nuevas conversaciones.

Entre esas conversaciones y los proyectos que se suscribieron podemos destacar los siguientes puntos: a) Nueva Granada Presenta a Toro una nueva y copiosa documentación que, en cierto modo, deja sorprendido a nuestro eminente hombre; b) Toro reconoció que Nueva Granada tenía derecho de reclamar la Goajira (creo que no podemos dudar ni de la competencia, ni de la probidad, ni del patriotismo, en este punto de nuestro gran Fermín Toro); c) Toro reconoció que San Faustino pertenecía a Nueva Granada; d) La Cédula de 15 de Febrero de 1876, que fue la que creó la Provincia o la Comandancia de Barinas, desligándola de Maracaibo y dándole el lindero con la Provincia de Casanare , debería de tomarse en cuenta y como base para determinar los límites Barinas-Casanare. Sin embargo, estas negociaciones se suspenden por no haber llegado a un acuerdo sobre lo relativo al Orinoco, Arauca, Río Negro, Meta y Casiquiare; quedaron, pues, sin efecto todas aquellas conversaciones diplomáticas y todos aquellos buenos deseos.

Sigue un tercer período que podemos considerar como el de las conversaciones de nuestro Julián Viso con Galindo en 1872. Véase cómo, en este otro momento, es una de las más preclaras figuras del foro venezolano el que representa a nuestra patria ante la Cancillería de Bogotá. No podemos decir que no tuvimos abogados. Superfluo sería que me detuviese a hacer consideraciones sobre la persona moral y sobre el valor científico de Julián Viso. El Diplomático Colombiano Galindo, al llegar a Venezuela observa una conducta fría, indiferente; niégase sistemáticamente a revisar los documentos que se le han presentado y que hayan sido materia de discusión en las conversaciones diplomáticas. Ante esa actitud de Galindo se suspenden las conversaciones y quedan rotas las relaciones diplomáticas entre Colombia y Venezuela. No se hizo nada por consiguiente. Después del Tratado Michelena-Pombo hasta este momento no encontramos nada positivo; puras conversaciones diplomáticas, puros proyectos; pero nada en concreto.

Sigue luego un cuarto período, que podemos considerar como el de las negociaciones Guzmán (Antonio Leocadio) y Murillo Toro en 1874. En esta ocasión Venezuela se presenta abundosa con 29 legajos o con 29 volúmenes de documentos. Por su parte Colombia exhibe no una menor abundancia de documentos y de datos. Estos diplomáticos, en sus conversaciones, llegan a los siguientes puntos en los cuales ellos no estuvieron de acuerdo: a) Venezuela reclamó el Cabo de La Vela en sus conversaciones entre Guzmán y Murillo; b) en la Comarca del Orinoco Venezuela estuvo dispuesta a aceptar esta línea: la corriente del Meta hasta su desembocadura en el Orinoco, la ribera occidental del Orinoco hasta la entrada del Vichada en él, aguas arriba éste hasta dar con el meridiano de 1833 y por este meridiano hasta el límite con el Brasil. Murillo a su vez presentó un contraproyecto que Venezuela rechazó por inaceptable. Se retira Murillo en 1875 quedando suspendidas las relaciones diplomáticas entre Colombia y Venezuela. Hago hincapié en que, hasta 1875, después del Tratado Michelena-Pombo, nada se había concretado, todo se había reducido a simples proyectos, a simples conversaciones entre Agentes Diplomáticos.

Viene el quinto período de este proceso, que es el de las negociaciones del mismo Antonio leocadio Guzmán con el doctor Arosemena, hombre cultísimo y de una vasta ilustración, logró, con su tacto y con su gentileza, restablecer la cordialidad que había sido rota ante la actitud un poco desesperante de Murillo Toro. El 14 de setiembre de 1881 estos diplomáticos firman el Tratado por el cual se somete al arbitraje del rey de España la decisión de la controversia de límites. Este Tratado constituyó un árbitro Juris; pero el Acta de París de 1886, de 15 de febrero, convirtiólo en árbitro arbitrador. Esta declaración fue firmada por el General Guzmán Blanco y el doctor Carlos Holguín.

Page 15: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

Quería citar las palabras del doctor Itriago Chacín e sus comentarios a los Tratados Públicos de Venezuela. Dice él, al referirse a esta Acta de parís, que fue suscrita en mala hora, porque el árbitro de derecho se convirtió en árbitro arbitrador. Y se convirtió en árbitro arbitrador, porque en esa Acta-Declaración de París, suscrita entre Guzmán Blanco y Holguín, se estableció esta cláusula: “También han convenido los suscritos en que el árbitro en cuyo conocimiento lo pondrán con esta aclaratoria, pueda fijar la línea del modo que crea más aproximado a los documentos existentes cuando respecto de algún punto de ella no arrojen toda la claridad apetecida”. A este respecto, yo me inclino a creer que nunca fue un sentimiento antipatriótico ni de mala fe el que animó a nuestro diplomático a firmar esa Acta de parís con esa aclaratoria. Fue, incuestionablemente, la sana intención de buscar por todos los medios posibles la solución de los conflictos. Fue previendo que podría llegar un momento en que los documentos, las órdenes reales, las cédulas, no fuesen suficientemente claras y que, entonces, el árbitro no tuviese elementos para decidir. Entonces, como se hace también en el derecho privado, se le dieron atribuciones y facultades de árbitro arbitrador para fijar la línea, no enteramente de un modo arbitrario, sino lo más aproximadamente posible a los documentos cuando éstos no tuviesen la luz y la claridad necesaria.

El Laudo de España, pronunciado de acuerdo con este Tratado de 1881, y el Acta-Declaración de París de 1886, fue como todos sabemos, pronunciado el 16 de marzo de 1891. En este Laudo la corona de España hizo uso de sus facultades de arbitrador, según el Acta de Paris, para definir la línea Maipures-Piedra del Cocuy lo más aproximadamente que pudo con relación a los documentos existentes. Hizo también uso de esa facultad de árbitro arbitrador para definir la línea de la sección 5ta,-Oirá-, por ignorarse para la fecha del Laudo, cuál era el Paso Real de los Casanares y cuál las Barrancas del Sarare, a que refería la Cédula de 1786. Entonces, ante la deficiencia que allí arrojaban los documentos, ante la imposibilidad de precisar cuál era ese “Paso Real de los Casanares” y cuáles eran esas “Barrancas del Sarare”, se escogió lo que se llamó una línea de conveniencia, adoptando al árbitro, en este sentido, el informe que le rindió la Comisión Asesora que había nombrado a este efecto. Para definir “San Faustino” en ese Laudo, el Rey o la corona de España no hizo uso de su facultad arbitral, sino, simplemente, de la Cédula de 13 de junio de 1786 y la real Orden de 29 de julio de 1795.

Pronunciado el laudo y conocido en Venezuela, todos sabemos el revuelo que ocasionó, porque perjudicaba grandemente los intereses venezolanos al fijar como lindero de la Goajira el Mogote de “Los Frailes”, en contraposición al Tratado Michelena-Pombo que nos daba al Cabo de Chichivacoa y a las pretensiones venezolanas que habían sostenido otras veces que era el Cabo de La Vela. Pero, sin embargo, Venezuela había firmado un pacto, y tenía, forzosamente, que hacer honor a su compromiso y aceptar el arbitraje pronunciado por la corona de España, Eso fue lo que sucedió y Venezuela lo aceptó leal y noblemente.

Aquí, a este respecto, no tengo para que aludir ni hacer comentarios sobre la persona del doctor Rangel Garbiras, porque ya el mismo Diputado Blanco se encargó de hacer ver cuán injustas habían sido las críticas que se formularon entonces contra aquel distinguido venezolano.

Sin embargo, ante lo adverso que el fallo español contenía para Venezuela, Nuestra patria y los gobiernos que entonces la representaban, enviaron dos comisiones, sucesivamente, a Bogotá, con el objeto de negociar en lo posible alguna modificación en aquellos puntos que lastimaran hondamente el honor de Venezuela con poca compensación material para Colombia. Entonces, aparece la comisión de José Antonio Unda que conferenció con el doctor Marco Fidel Suárez en 1894; pero obsérvese bien que esta comisión no dio ningún resultado, porque Venezuela sostenía la línea del Laudo hasta el antiguo apostadero del Meta para seguirla luego por el meridiano del Apostadero hasta cortar el Vichada, aguas abajo hasta su confluencia o desembocadura en el Orinoco. El negociador colombiano no aceptó esta negociación propuesta por Unda y el Tratado quedó frustrado. De modo que ese Tratado Unda-Suárez no puede ser citado como un antecedente jurídico, como un antecedente diplomático, porque eso no pasó de meros proyectos y de meras conversaciones entre Agentes que no llegaron a ningún Tratado, ni mucho menos aprobado por los Congresos respectivos de Colombia y Venezuela.

Sigue luego la segunda misión confiada a Silva Gandolphi. Este, el 21 de noviembre de 1896, con Holguín, representante de Colombia, suscribió el tratado

que no fue aceptado por Colombia, Al suscribir ese Tratado y al no habérsele aceptado, quedó desde luego, sin efecto, y las cosas tal como estaban al pronunciarse el Laudo de España.

En vista de que no había podido obtenerse ninguna modificación en el Laudo español, no obstante el afán de nuestros diplomáticos, de nuestros Gobiernos, de nuestros hombres de Estado, de nuestros abogados, procedióse, entonces, más tarde a firmar el Pacto de Ejecución del Laudo. Este Pacto de Ejecución del Laudo fue firmado en 1898, el 30 de diciembre; lo firman nuestro representante Briceño y el representante colombiano Luís Carlos Brito y se arreglan las bases para proceder a la ejecución del Laudo español que Venezuela, como he dicho antes, había, aceptado leal y noblemente; Laudo que fue el que dio a la República de Colombia sus derechos hasta el Thalweg del Orinoco.

Luego de firmado el pacto de 1898 y debidamente ratificado, se nombraron las Comisiones Mixtas, tenían el encargo de demarcar con postes, señales, etc., todos los puntos de las fronteras, y tenían, como lo observa nuestro Ministro de Relaciones Exteriores para la fecha en se firmó el Tratado, todas las facultades de árbitros y sus decisiones eran incontrovertibles, como lo sostuvo la misma República de Colombia.

El primer grupo mixto no pudo ponerse de acuerdo sobre lo que debía entenderse por la curva reconocida actualmente como fronteriza, que dice el Laudo al definirle tercer sector, o sea San Faustino.

b) Venezuela alegó que esa línea se detallaba con precisión en el Tratado Michelena-Pombo. La línea San Faustino, Venezuela recalcó que estaba trazada con precisión en el Tratado Michelena-Pombo, el cual le daba San Faustino a la Nueva Granada.

El segundo grupo mixto se reunió el 15 de enero de 1900 en Caicara del Orinoco, como puede verse en el Acta que corre en el Tomo III de los Tratados Públicos de Venezuela, página 363.

A) Esa Comisión Mixta determinó cómo debía trazarse la línea Atabapo-Guainía para que Yávita y Pimichín quedaran a Venezuela. Allí se estableció que la línea del Atabapo al Guainía debía ser una línea recta contada treinta kilómetros al Norte de Yávita y treinta kilómetros al Occidente de Pimichín; pero no se decía como debían contarse o medirse esos kilómetros; y esas Comisiones Mixtas, como lo confirmaron más tarde por los Expertos Suizos, determinaron que la línea de treinta kilómetros sobre Yávita debía contarse sobre su meridiano y los treinta kilómetros debían medirse sobre su paralelo. De esa manera quedó determinada la recta Atabapo-Guainía.

Sin embargo la Comisión Colombiana, poco después de haberse el Acta de Caicara y de encontrarse en el terreno de los hechos, se negó a aceptar lo estipulado en esa Acta. Venezuela, desde luego, sostuvo los derechos que esa línea le daba desde la época del Laudo; y no habiéndose entendido sobre este punto la manera de trazar esa línea, Las Comisiones tuvieron entonces que suspender el punto en cuestión para dejarlo al arbitrio de los dos Gobiernos.

Luego, pasada la época de las lluvias, las Comisiones se reúnen de nuevo; y, entonces, la Comisión segunda se dio a explorar sobre las cabeceras del Arauca par trazar la línea Arauca-Meta-Oirá-Arauca; pero encontró esa segunda Comisión que la “Lagunas del Desparramadero” no existían en el trayecto Sarare-Arauca, que las aguas del Arauca no corren hacia el Sarare-Arauca y viceversa, y que el río. Aquí hubo un gran error de la Comisión, que es lo que después se ha venido a definir en el tratado que hoy nos ocupa. Ha venido a definirse que este río Oirá no desemboca de ninguna manera en el Arauca, ni por el curso del Sarare ni por los desparramaderos a que se refiere en el Laudo, sino que baja a caer en un río que, unido al Nula viene luego a ser el Apure.

Este segundo grupo de la Comisión Mixta, a la que me refiero, sostuvo como punto muy esencial aquella delimitación, que el Apostadero del meta estaba en el punto en que el meridiano de la boca del Masparro intercepta el Meta, contra las pretensiones de Colombia, que sostenía que el Apostadero del meta se encontraba entre Mata de Guanábano y Calabocito, en un caño que se llama allí Apostadero, a una larga distancia Arauca abajo, lo cual convertía el Triángulo que pretendía Colombia en un gran sector de casi ocho mil kilómetros cuadrados.

Page 16: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

No habiéndose acordado las Comisiones Mixtas Colombo-Venezolanas en el trazado de la línea Arauca- Meta por la divergencia que hubo al determinar el Apostadero del Meta, quedaron suspendidas las operaciones y relegado el arbitrio de los dos Gobiernos la fijación de esta línea.

Suspendidas de ese modo la conversaciones, las operaciones de la Comisiones Mixtas de 1901-1902, quedaron también suspendidas todas la conversaciones diplomáticas al respecto, puesto que no se llegó a ningún Convenio ni Tratado en concreto sobre el particular, intermediando, entonces, en 1916, el Tratado Lossada Díaz-Suárez, a que se ha hecho referencia en este Congreso. Este es lo que se ha llamado la convención de Bogotá, la cual vino a poner término a las largas conversaciones que habían sostenido algunos Representantes y agentes confidenciales venezolanos y colombianos, sin haber llegado a una solución definitiva.

Antes de la Convención Lossada Díaz-Suárez, ocurrieron una serie de conversaciones diplomáticas, tampoco, sin ningún resultado, en el curso de los años 1905, 1909, 1910, hasta la firma, como he dicho antes, de la Convención de Bogotá de 1916. Por esta convención se designó al Presidente de la Confederación Suiza con el carácter de árbitro juris para resolver la ejecución del Laudo español y para nombrar una Comisión de Expertos que terminarían el alindamiento.

En esta ocasión también fueron vigilantes los Gobiernos de Venezuela al constituir solamente un árbitro juris, porque ya estaban aleccionados por la dolorosa experiencia del árbitro arbitrador que había sido constituido por el Acta de París, de 1886.

UNA VOZ.-Está bueno.-Se va a romper el quorum, Ciudadano Presidente.

DIPUTADO ANGULO ARIZA.- ¿Qué pasa? ¿No tengo derecho a hablar?

Siguieron luego, he dicho, aquella serie de conversaciones sin ningún resultado práctico hasta que vino la Convención de Bogotá que constituyó al Consejo Federal Suizo en árbitro juris de los diferendos que habían quedado pendientes por la ejecución del Laudo; en los puntos éste no pudo ser ejecutado, tal como la línea de Yávita-Pimichín y la línea Arauca-Meta, por las razones que antes expuse.

El Consejo Federal Suizo pronunció su fallo el 24 de marzo de 1922. Representaron entonces a Venezuela ente el Consejo Federal Suizo, los doctores José Gil Fortoul, Francisco Arroyo Parejo, Santiago Key Ayala, Caracciolo Parra Pérez, nuestro Ministro de Relaciones Exteriores y nuestros eminentes ingenieros doctor Manuel Cipriano Pérez, de grata y venerable memoria y el doctor Francisco José Duarte.

Decir que en esta ocasión no tuvo Venezuela quien la representara, sería arrojar una sombra sobre tan notables venezolanos. Solamente la lectura de la famosa Réplica que presentó nuestro diplomático de Venezuela ante el Consejo Federal Suizo, nos da idea de la labor justa, de la labor tesonera, de ese cúmulo de documentos y de comentarios y de acertada lógica con que se sostuvo allí por nuestros eminentes representantes los derechos de Venezuela.

Es fama que los abogados suizos que asesoraban a la representación colombiana, ante la argumentación de Venezuela, ante el talento de sus abogados, exclamó:”Los venezolanos cuando no tienen razón tiene mucho talento y mucha imaginación”.

El Consejo Federal Suizo, de acuerdo con el Pacto de Bogotá, procedió en seguida, después de haber dictado su Laudo, a nombrar la Comisión de Expertos Árbitros que vendrían a fijar personalmente, de acuerdo con las representaciones de los respectivos países, las líneas aquellas que habían quedado indeterminadas en la ejecución del Laudo Español por las Comisiones Mixtas de 1901. este Consejo Federal Suizo dividió a los expertos en dos grupos: a) el segundo sector de la frontera, o sea, el Río de Oro; b) el tercer sector, a sea, San Faustino. La segunda Comisión alinderaría Apure, Arauca, Meta y Territorio Amazonas. La Comisión de Expertos Árbitros comenzó su trabajo. En la región del segundo sector los Expertos Árbitros fijaron la línea de confluencia del Río de Oro y el Catatumbo, línea recta a cortar el Tarra y el Sardinata en su punto de unión, y de aquí recta a la unión del Grita y del Zulia (Tratados Públicos de Venezuela, Tomo III, página 78, donde puede verse la sentencia pronunciada por los Expertos Árbitros suizos en este punto).

B) San Faustino. En este la Comisión de Expertos Suizos se esmeró de una manera bastante explícita en demarcar la frontera de acuerdo con el Laudo y con lo que ya antes habían alegado las representaciones de ambos países.

Sigue la segunda Comisión en su deslinde y se va entonces a tirar la línea de Río Negro. En este sector los Expertos Árbitro suizos, después de largo y meditado estudio, tuvieron una decisión más conforme con la tesis venezolana al trazar la línea Yávita-Pimichín, del Atabapo al Guainía, interpretando en lo posible el espíritu del Laudo, midiendo casi treinta kilómetros al Norte de Yávita, sobre su meridiano y treinta kilómetros y seis kilómetros al Occidente de Pimichín, contados sobre su paralelo.

En este punto los Árbitros Suizos, de acuerdo con lo que ya habían convenido las Comisiones Mixto-Colombo-Venezolanas, aclararon el contenido de la sentencia arbitral que solamente mandaba a contar treinta y seis kilómetros al Norte y treinta y seis kilómetros al Occidente, respectivamente, de Pimichín y de Yávita; pero, sin decir cómo debían contarse tales kilómetros.

Pasa luego la Comisión de Expertos Árbitros Suizos a la línea Arauca-Meta. Aquí triunfó la tesis venezolana casi en su totalidad. La línea quedó trazada desde “Las Montañitas”, que es un punto intermedio entre el meridiano de la Villa de Arauca y el meridiano en que la Boca del Masparro corta al Arauca, para luego trazar de ese punto unas línea al apostadero del meta, que se fijó en la prolongación del meridiano de la Boca del Masparro, como sostenía Venezuela y no como sostenía Colombia entre Mata de Guanábano y Calabocito.

De esta suerte, en este punto, se discutían, como he dicho antes, ocho mil trecientos sesenta kilómetros cuadrados. Aquí correspondieron a Venezuela siete mil quinientos kilómetros cuadrados y a Colombia la correspondieron apenas ochocientos sesenta kilómetros cuadrados. Venezuela recibía además el pueblo de El Viento con sus llanos circunvecinos, montantes, más o menos, alrededor de mil kilómetros cuadrados.

De esa manera los Expertos árbitros Suizos cumplieron su comisión y dejaron determinados los puntos que se le habían sometidos. Solamente quedaron pendientes la determinación de l río llamado “Río de Oro” en el Laudo, ya que la línea Oirá-Arauca-Arauca-Meta quedó ya determinada por las anteriores Comisiones Mixtas de 1901. Este fue el objeto del Pacto Colombo-Venezolano celebrado en 1928, que procedió a nombrar sus respectivas Comisiones para fijar el Río de Oro que había quedado indeterminado por la Comisiones de Expertos Suizos y por la Comisión Colombo-Venezolana.

En este punto, como ya se ha dicho ya tantas y repetidas veces, cuando se fue a trazar o a determinar lo que se llamaba el Río de Oro, surgieron de nuevo disputas y las diferencias entre la Comisión Colombiana y la Comisión Venezolana.

No hay razón alguna, mejor dicho, no hay duda alguna de que nuestros alegatos, nuestras notas diplomáticas, los comunicados de nuestra Cancillería, sostuvieron con un vigor y con un ahínco encomiable y con grandes y muchas razones que el verdadero río, como se ha dicho era el que va hacia el Suroeste, en tanto que el Gobierno de Colombia sostenía que era el río del norte.

Largas y costosas y dilatadas fueron las conversaciones sin que nunca, por lo demás, según lo confiesan las Actas de aquellas operaciones, se quebrantase un solo momento la cordialidad y la armonía entre los Comisionados; pero llegó un momento en que ni Colombia aceptaba la tesis venezolana ni Venezuela aceptaba la tesis colombiana; entonces fue cuando ambos Gobiernos, haciendo un esfuerzo de conciliación, un esfuerzo de confraternidad, llegaron a la línea que se ha llamado intermedia, escogiendo ese río intermedio o de la “Duda” como para poner punto final a sus disputas.

Mejor que yo lo puede decir el doctor Gil Borges cuando expone en concreto ese punto: “El Gobierno de Venezuela conciliando la tesis que considera las características físicas de la longitud y del volumen como determinantes del río principal, con la condición establecida en el Laudo del rey de España, según la cual el río limítrofe debe tener su fuente en la serranía de Perijá-Motilones, consideraba como posible la solución técnica del problema la elección de alguno de los afluente que nacen en las serranías y tributan sus aguas el río suroeste”.

Page 17: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

En estas circunstancias los dos Gobiernos hicieron un último esfuerzo para armonizar sus puntos de vistas y acordarse, para elegir, entre numerosos afluentes, que forman el sistema del Río de Oro, uno que teniendo su rigen en la serranía Motilones-Perijá, tributa sus aguas en el Catatumbo, que tenga un curso equidistante entre las líneas de las pretensiones de los dos Gobiernos y divida, casi por iguales, la parte de la Hoya del Río de Oro. Este río es el río intermedio o “Duda”. En la imposibilidad en llegar a un acuerdo sobre una solución técnica fundada como lo proponía Venezuela, en los elementos físicos, o como lo proponía Colombia en los elementos históricos-geográficos, los dos Gobiernos han considerado que la línea de conveniencia adoptada ofrece una solución equitativa del problema”.

Yo considero, pues, que, al escoger Venezuela y Colombia, en una justa y razonable conciliación, ese río intermedio para poner término alas dudas de que se ha hablado, procedieron con un rectitud, con un sentido de equidad y con un sentido de comprensión absoluta. Por eso, yo considero que es mi deber darle voto al Tratado por lo que respecta a este primer punto del Río de Oro.

En ese trayecto disputado entre el río del norte y el río del suroeste, que abarca más o menos un área de ochocientos kilómetros, el río intermedio o de la “Duda” va dividiendo equitativamente ese trayecto; le quedaron a Colombia cuatrocientos kilómetros y a Venezuela más o menos cuatrocientos kilómetros. Valga a este respecto la honorable palabra del docto Ciro Vásquez, que me ha dado este dato.

Por lo que respecta a la línea Oirá-Arauca, todos sabemos que la Comisión Mixta-Colombo-Venezolana, incurrió en un grave error cuando afirmó que el Oirá era tributario del Alto Arauca llamado allá Sarare y fijó el hito en que el Oirá, se dijo, confluía en el Arauca.

Pero de resulta que las Cancillerías se encuentran con que lo que se ha venido río Oirá no desagua en el Arauca, no desagua en el Sarare, no atraviesa la llamada Laguna de los Desparramaderos, sino, que, sencillamente, es un río que se une al Nula; luego toma el nombre de Sarare y después el de Apure. De modo que inesperadamente surge el peligro de que la nación colombiana sostuviese que la línea, al bajar por el río que se llamaba Oirá y que ha venido figurando en los planos con ese nombre, al caer al Nula, bajará nada menos que al corazón de Apure.

De modo que aquí también obtuvo Venezuela una línea de equidad, una línea justa, al conseguir que la línea Oirá-Arauca, en el punto en que la antigua Comisión había creído que desemboca dicho Oirá. De esa manera los derechos de Venezuela quedaron garantizados y defendidos. ¿Por qué? Porque hubiera sido muy peligroso que se hubiera empeñado la nación vecina en seguir por el curso del Nula, por que habría llegado, como he dicho antes, al corazón del Apure. De modo que aquella línea Oirá-Arauca es una línea de conveniencia, es un línea de equidad; y tratándose de armonizar dos pueblos hermanos, tratándose de poner término a una larga y vieja disputa, cumple un alto fin de paz.

Quiero referirme ahora al asunto de la libre navegación por el Orinoco. A este respecto empezaré por referirme a la afirmación rotunda y categórica que hizo exdiputado Blanco, cuando que el principio de la libre navegación de los ríos no era un principio americano.-Ruego al ciudadano Presidente me permita leer… (Se hacen señas al orador).-Yo tengo derecho a hablar, ya que los demás han hablado; así es que no se impacienten, porque yo los oí con paciencia.

Ciudadano Presidente: ¿Me va a dar permiso para robustecer mi palabra, que deslustrada por si misma, quizás no llevaría ninguna convicción al ánimo de los Diputados después que oyeron la fervorosa y elocuente peroración del Diputado Blanco?

EL PRESIDENTE.-Puede darle lectura al párrafo que usted quiera, Ciudadano Diputado.

DIPUTADO ANGULO ARIZA.-Leo en Daniel Antokoletz, Derecho Internacional Público; no es una decisión añeja, ni es su libro anticuado, es una edición de 1938 y Antokoletz es profesor de la materia nada menos que en la Universidad de Buenos Aires. Ya tuve ocasión de citarlo cuando se discutió la famosa Ley de Aviación Civil.

Paso en silencio todo lo que comenta él sobre la navegación de los ríos internacionales en Europa para concretarme únicamente al principio americano. “En América, dice, las legislaciones positivas y tradiciones diplomáticas son favorables a la libre navegación, salvo contadas excepciones.

Este principio fue reclamado por el Congreso Latinoamericano de Lima 1847-1848 en beneficio de los Estados ribereños”.

“La primera Conferencia Pan-americana, reunida en Washington en 1889-1890, declaró igualmente que los ríos que separan diversos Estados o que corren por sus territorios, deben estar abiertos a la libre navegación de las naciones ribereñas sin que ello afecte la soberanía de dichas naciones”.

“La segunda Conferencia Pan-americana, que se reunió en Méjico en 1901-1902, proyectó una conferencia geográfica fluvial en Río de Janeiro con a si stencia de delegados del Amazonas, del Orinoco y del Río de la Plata; pero esta Conferencia no se reunió”.

“En la quinta conferencia Pan-americana, que sesionó en santiago de Chile en 1923, hubo una proposición de constituir una comisión de geógrafos para el estudio de las comunicaciones fluviales entre cuencas de los mencionados ríos; pero la divergencia entre Venezuela y Colombia sobre navegación del Orinoco obstaculizó la dilucidación de este punto”.

“La séptima Conferencia, reunida en Montevideo en 1933, resolvió la creación de un comité permanente interamericano de navegación fluvial, con sede en Río de Janeiro, que convocara un Congreso geográfico para el estudio de las tres cuencas”.

“Como se ve, el principio de la libre navegación de los ríos internacionales, no ha alcanzado aún la última etapa de su evolución; llegará un día en que todos los Estados se reconocerán mutuamente el derecho de navegar sin necesidad de Tratados y sin más condición que la reciprocidad legislativa”.-Luego entra a estudiar el sistema de los ríos internacionales tanto de Europa como de América, y, al referirse al Orinoco dice: “La libre navegación de este río ha suscitado dificultades entre los estados ribereños. Por Tratado de Comercio y Navegación de 1842 Venezuela y Colombia se acordaron mutuamente el derecho de de utilizar el Orinoco para el comercio y la navegación. Posteriormente Venezuela estableció varios impuestos que Colombia reputó contrarios al referido Tratado. Con tal motivo se produjo una desavenencia que se complicó con la cuestión de límites; de manera que el Orinoco quedó prácticamente clausurado para los buques de Colombia”.

El Tratado de 1842, que si fue un verdadero y perfecto Tratado: no fue una simple conversación diplomática, ni un simple proyecto; fue un Tratado aprobado por el Congreso de la República y ratificado y canjeado en 1842, que es el que cita el tratadista Antokoletz, dice, en su artículo 2°: “Los Gobiernos se comprometen a abrir tan pronto como fuere posible, dentro del término de cuatro años, contados desde hoy, una nueva negociación para la exacta determinación y reconocimiento de los límites territoriales entre ambas Repúblicas y su demarcación en el terreno por medio de Comisiones Especiales”.

Dice ahora el artículo 15: “A fin de dar mayores facilidades al comercio entre los pueblos fronterizos, se ha convenido y conviénese en que la navegación de los ríos comunes a las dos Repúblicas sea libre para ambas, y que no se impondrán otro o más altos derechos de ninguna clase o denominación, nacionales o municipales sobre los buques pertenecientes a cualquiera de las dos Repúblicas que naveguen dentro de los dominios de la otra de los que paguen o pagaren los nacionales. Esta libertad e igualdad de derechos de navegación se hacen extensivas, por parte de Venezuela, a los buques granadinos que naveguen por las aguas del río Orinoco o del Lago de Maracaibo en toda su extensión hasta la costa del mar”.-De modo que la tradición americana se pronuncia abiertamente por la libre navegación de los ríos comunes o internacionales, Y nosotros encontramos que hemos tenido, hemos sancionado un Tratado por el cual se le concedió y se le dio a Colombia por 12 años, la Libre navegación del Orinoco.

Y conste que par 1842 todavía faltaban muchos años para que la corona de España pronunciase el Laudo que llevó el límite de Colombia por el Meta aguas abajo hasta la desembocadura de éste y luego, remontando nada menos que por el thalweg del Orinoco, hasta el Guaviare, del Guaviare al Atabapo, para luego de aquí seguir la línea ya por tierra a Guainía o Río Negro.

De modo, pues, que Venezuela no ha consumado un atentado contra nadie. Venezuela ha mantenido sus principios; y en este punto ha dado una mayor consagración a

Page 18: Segundo Debate en la Cámara de Diputados sobre el tratado de Límites entre Venezuela y Colombia.

un principio que se viene abriendo campo a través del Derecho Internacional, como ya ha dicho Antokoletz. No es una mengua para la patria haber abierto el Orinoco a la libre navegación, puesto que, después que el Laudo de España convirtió al Orinoco en un río común entre Venezuela y Colombia, Venezuela políticamente y estrictamente hablando, no tenía derecho a cerrarle el paso, de acuerdo con los principios del Derecho Internacional Público. Esta es una verdad dura. Pero es la verdad.

En cuanto al Tratado de 1916, o sea, el llamado, Tratado Lossada Díaz, del cual solamente hemos oído una interpretación colombiana, dice el Tratado, en su artículo 6°, como fue antes leído: “inmediatamente después que esta Convención sea ratificada (la convención se refiere a la constitución del árbitro suizo para la demarcación de la frontera que había quedado pendiente) las Altas Partes Contratantes abrirán negociaciones con el objetote concluir un Tratado sobre navegación de ríos comunes y comercio fronterizo y de tránsito entre las Repúblicas sobre bases de equidad y mutua conveniencia”. Agrega luego: “Si dicho Tratado fuere concluido y canjeado antes de principiada la demarcación de la frontera, cualquiera variación proveniente del Tratado de navegación y comercio, se tendrá en cuenta en los actos y operaciones concluidos después de estar ya empezada o terminada la demarcación, y entonces el trazo de ésta se modificará en la parte que sea necesario modificar, de acuerdo con el referido Tratado, en la misma forma estipulada para la demarcación general “.

El artículo 6° comprende, pues, primero, conceder de una manera categórica, mediante un Tratado que había de celebrarse, la libre navegación o el comercio por los ríos comunes entre Venezuela y la República de Colombia. La otra parte, si el Tratado se celebrare antes de demarcarse la frontera y resultaren algunas compensaciones territoriales, se modificará. Esto no es una condición esencial del otorgamiento; porque el otorgamiento está hecho de forma simple y escueta: “Inmediatamente después que esta Convención sea ratificada las Altas Partes Contratantes abrirán negociaciones con el objeto de concluir un Tratado sobre navegación de ríos comunes y comercio fronterizo”. Prevé solamente una posibilidad remota, de que de ese Convenio pudiera resultar compensaciones de terreno; pero no dice de parte de quien iban a resultar esas compensaciones. Y es necesario tener presente que si se le había quitado terrenos a Venezuela en la Goajira, hemos dicho que Venezuela ganó el famoso triángulo, que tanto codiciaron los colombianos; aquel triángulo tan codiciado por ellos que se llama Casiquiare, Río negro, Alto Orinoco y el Atabapo. Y acá, entre Arauca y Meta, sabemos que Venezuela ganó siete mil quinientos kilómetros cuadrados; y después en El Viento y los llanos adyacentes recibió más de mil kilómetros cuadrados. De modo, pues que aquí se preveía como una simple contingencia el que resultasen o no resultasen tales compensaciones; pero no como una condición sine qua non para llevar a cabo el Tratado.

Quiero que conste, además, que en ningún momento de esta ya larga peroración me he referido a personas particulares ni he contemplado para a las que intervinieron o firmaron tales Tratados. Es una convicción jurídica, es una convicción de derecho, la que está arraigada en mí, y a base de esa convicción le daré mi voto al tratado.

EL PRESIDENTE.-Va a cerrarse la discusión, porque se considera suficientemente debatida la materia.-Tiene la palabra el Diputado Lara Peña.

DIPUTADO LARA PEÑA.-Después de la larga exposición hecha a la Cámara por el doctor Angulo, me creo en el deber de intervenir para aclarar también el conocimiento y la interpretación de la tesis que aquí en esta Cámara hemos nosotros sustentado.

No voy a referirme a la larga historia diplomática anterior al Laudo, ni mucho menos a los argumentos hechos por el doctor Angulo, quien parece tratar de sacar de la personalidad del doctor Fermín Toro argumentos en contra de la tesis venezolana, cuando el mismo Don Fermín Toro, aquí en documentos que no voy a leer, pero que tengo a la mano, reconoce que únicamente lo que él hizo fue desconocer los documentos que le presentaba el Plenipotenciario Acosta.

Por lo demás, debo decirle al doctor Angulo que el Tratado sobre Navegación y Comercio, ratificado y firmado en 1842 por el colombiano Pombo, que verdaderamente fue un Tratado, es, justamente, (y así lo ha reconocido la Cancillería en la tesis jurídica que ha sostenido durante una larga correspondencia diplomática, que para la tercera discusión

me reservo dar aquí a conocer) lo que le ha servido de base para sostener el perfecto e irrevocable derecho de Venezuela a la navegación del Orinoco, puesto que para que Colombia pudiera navegar el Orinoco tuvo necesidad de una concesión venezolana.

Por los demás, no puedo que manifestar mi extrañeza ante la interpretación del artículo 6° de la convención de 1916 dada por el doctor Angulo. En primer lugar, dice él que no es una condición sine qua non la de las compensaciones, y que sólo se ha previsto una posibilidad remota; pero la verdad es que, en cuanto a la celebración del Tratado de Navegación antes de la demarcación de la frontera y en la otra contingencia, cuando se celebrara el Tratado de Navegación después de demarcada la frontera, en ambos casos se previó, se estipuló que Colombia haría modificaciones territoriales a cambio de la navegación del Orinoco. Pero lo que si me extraña enormemente es que el Diputado Angulo Ariza haya preguntado que quien debe dar las compensaciones. ¡Hombre, pues no faltaba más! ¡Que también le fuéramos a dar compensaciones territoriales a Colombia por haberle dado la navegación del Orinoco!

EL PRESIDENTE.-Va a cerrarse el debate. -Cerrado. -Los ciudadanos Diputados que estén por la aprobación del Tratado acerca de Fronteras y Navegación de los Ríos Comunes entre Venezuela y Colombia, firmado en el templo del Rosario de Cúcuta el día 5 de abril del corriente año, se servirán manifestarlo con la señal de costumbre.

EL SECRETARIO.-Aprobado, Ciudadano Presidente.

DIPUTADO CALDERA.-Pido rectificación!

(Se rectifica: aprueban 37, la mayoría es 30: aprobado).

EL PRESIDENTE.-Se declara aprobado en segunda discusión el mencionado Tratado.-Como existe un voto salvado consignado en Secretaría, la Presidencia dispone que se de cuenta en la próxima sesión… Se levanta la sesión.

(A las 3 p.m.) Los Taquígrafos de turno,

Rafael Maldonado.

María de Lourdes Díaz C.