SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD GUÍA ESTRUCTURA NOMENCLATURA …

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SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD GUÍA ESTRUCTURA NOMENCLATURA URBANA PARA EL REGISTRO DE DIRECCIONES EN LOS SISTEMAS DE SALUD COMPONENTE GEOGRÁFICO: ESTRATEGIA: GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN GEOGRÁFICA SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA DIRECCIÓN DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE SALUD SUBREDES INTERGADAS DE SERVICIOS EN SALUD ELABORADO POR EQUIPO COMPONENTE GEOGRÁFICO EN SALUD Secretaría Distrital de Salud Juliana María Damelines Pareja Kimberly Piñeros Chía Manuel Valero Subred Integrada de Servicios en Salud Sur Occidente: Juan Manuel Aristizábal Andrés Chitiva Zamudio Ana María Corredor Iderley Medina Subred Integrada de Servicios en Salud Norte Nicolás Montes Alexander Quintero Catalina Roncancio Subred Integrada de Servicios en Salud Centro Oriente Subred Integrada de Servicios en Salud Sur Manuel Tosé BOGOTA DC 2021

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SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD

GUÍA ESTRUCTURA NOMENCLATURA URBANA PARA EL REGISTRO DE DIRECCIONES EN LOS

SISTEMAS DE SALUD

COMPONENTE GEOGRÁFICO: ESTRATEGIA: GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN GEOGRÁFICA

SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

DIRECCIÓN DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE SALUD

SUBREDES INTERGADAS DE SERVICIOS EN SALUD

ELABORADO POR EQUIPO COMPONENTE GEOGRÁFICO EN SALUD

Secretaría Distrital de Salud

Juliana María Damelines Pareja

Kimberly Piñeros Chía

Manuel Valero

Subred Integrada de Servicios en Salud

Sur Occidente:

Juan Manuel Aristizábal

Andrés Chitiva Zamudio

Ana María Corredor

Iderley Medina

Subred Integrada de Servicios en Salud

Norte

Nicolás Montes

Alexander Quintero

Catalina Roncancio

Subred Integrada de Servicios en Salud

Centro Oriente

Subred Integrada de Servicios en Salud

Sur

Manuel Tosé

BOGOTA DC 2021

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Contenido

GUÍA ESTRUCTURA NOMENCLATURA URBANA PARA EL REGISTRO DE DIRECCIONES EN LOS SISTEMAS

DE SALUD ......................................................................................................................................... 3

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................ 3

OBJETIVO GENERAL...................................................................................................................... 4

OBJETIVOS ESPECÍFICOS .......................................................................................................... 4

Marco legal. ................................................................................................................................. 4

Marco conceptual. ....................................................................................................................... 7

¿Qué es el sistema vial de Bogotá? ......................................................................................... 7

¿Cuáles son los tipos de nomenclatura en Bogotá? ................................................................ 7

¿Qué son la geocodificación y georreferenciación? .............................................................. 10

¿Para qué sirve geocodificar? ................................................................................................ 12

ESTRUCTURA REGISTRO NOMENCLATURA URBANA PARA LA SDS ........................................... 12

REGLAS PARA LA REDACCIÓN DE LA NOMENCLATURA URBANA: ......................................... 13

Bibliografía ............................................................................................................................. 14

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GUÍA ESTRUCTURA NOMENCLATURA URBANA PARA EL REGISTRO DE DIRECCIONES EN LOS SISTEMAS DE SALUD

INTRODUCCIÓN

El presente documento es una guía para el registro estandarizado del dato de dirección en los

sistemas de información que estructuran datos en salud para la ciudad de Bogotá D.C.

Esta guía se origina ante la oportunidad de definir un documento marco para la captura y

registro de los datos espaciales en salud de manera estandarizada, con miras a afectar

positivamente la calidad de los datos de localización, necesarios estos últimos para

representar y medir dónde se concentran la demanda, la necesidad, la labor y la oferta en

salud.

Buscamos que las diferentes instituciones encargadas de velar por la salud de la ciudadanía,

incorporen el estándar aquí definido con miras a organizar y homogenizar la calidad de los

datos espaciales en salud.

Esta guía recopila el trabajo realizado por el componente geográfico de la Secretaría Distrital

de Salud y las Subredes Integradas de Servicios en Salud, frente a la evaluación y

geocodificación de los datos de dirección urbana presentes en diferentes sistemas y registros

en salud empleados, tanto para la planeación como el análisis de las condiciones de calidad de

vida, salud y enfermedad en la ciudad. Paralelo, la guía fue construida a partir de diferentes

reuniones técnicas del componente geográfico con el fin de definir temáticas, directrices y

normativas.

Esta guía está dirigida a todas aquellas instituciones que hacen parte del sistema de salud de

Bogotá, que se encargan de capturar y registrar las situaciones en salud que experimenta la

ciudadanía cotidianamente.

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OBJETIVO GENERAL.

Establecer una guía de referencia para la secretaría distrital de salud en cuanto a la captura,

registro y geocodificación del registro de dirección para los subsistemas de información en

salud.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

• Definir conceptos básicos de localización y herramientas de información geográfica.

• Establecer la estructura de dirección a usar por la secretaría distrital de salud y las

subredes integradas de servicios en salud del distrito.

• Establecer una correcta estandarización de la dirección según la normatividad y acceso

a tecnologías de geocodificadores para la Secretaría Distrital de Salud.

• Definir el marco legal que enmarca la estandarización de las direcciones.

Marco legal.

El gobierno nacional desde el año 2014 estableció ley estatutaria 1712, por medio de la cual

se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional.

Paralelo, en su artículo 6 define a la Información pública como toda información que un sujeto

obligado genere, obtenga, adquiera, o controle en su calidad de tal. Se entiende por sujetos

obligados a cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, como por ejemplo

entidades territoriales e instituciones encargadas de satisfacer las demandas en salud (1).

Esta ley cuenta como dos de sus principios el de la calidad de la información y el de la

divulgación proactiva de la información. El primero hace referencia a toda información de

interés público que sea producida, gestionada y difundida por el sujeto obligado, deberá ser

oportuna, objetiva, veraz, completa, reutilizable, procesable y estar disponible en formatos

accesibles para los solicitantes e interesados en ella, teniendo en cuenta los procedimientos

de gestión documental de la respectiva entidad.

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Por su parte, el principio de la divulgación proactiva de la información, es el derecho de acceso

a la información, el cual no radica únicamente en la obligación de dar respuesta a las peticiones

de la sociedad, sino también en el deber de los sujetos obligados de promover y generar una

cultura de transparencia, lo que conlleva la obligación de publicar y divulgar documentos y

archivos que plasman la actividad estatal y de interés público, de forma rutinaria y proactiva,

actualizada, accesible y comprensible.

Dentro de información pública nacional, los datos espaciales se hacen esenciales para generar

más información útil y acceso a la misma, ya que, estos corresponden a coordenadas y

delimitaciones territoriales que permiten identificar un lugar o un dónde específicos, por

ejemplo, la dirección de residencia de un evento en salud dentro de una localidad, UPZ y/o

barrio.

A nivel nacional y local existe una normativa para definir un estándar para la captura y registro

de los datos espaciales. A nivel nacional tenemos el decreto 3851 de 2006, por medio del cual

se organiza un sistema de aseguramiento de la calidad, almacenamiento y consulta de la

información básica, y cual es denominado como Infraestructura Colombiana de Datos (2).

Dicha infraestructura se organiza según los siguientes criterios:

Infraestructura de datos estadísticos:

Estadísticas generadas por registros

administrativos, censos o encuestas sobre

aspectos socioeconómicos y demográficos,

estadísticas derivadas, modelos de

estadística prospectiva, y demás de la misma

índole.

Infraestructura Colombiana de datos

Espaciales, ICDE: Información geográfica

relativa a catastro, inventarios de

infraestructura física, recursos minerales,

hídricos, vegetales y biodiversidad, geología,

geomorfología, suelos, amenazas naturales,

climatología, cobertura y uso del suelo,

oceanografía, batimetría, registro de

propiedad inmobiliaria, listado de

direcciones de edificaciones urbanas y

rurales, conexiones de servicios públicos

domiciliares, y demás de la misma índole.

Infraestructura de datos sobre personas:

Registros de hechos vitales y migraciones

que sirvan para actualizar la información

censal de población, cobertura de protección

social, registros educativos, registro

mercantil, registro de contribuyentes,

beneficiarios de subsidios, damnificados y

otros de la misma índole.

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Infraestructura de datos generados en

entidades territoriales y regionales: Bases de

datos no comprendidas en los componentes

antes enumerados, administradas por

Gobernaciones, Municipios, entes

regionales, provinciales, locales; y entes no

gubernamentales que voluntariamente se

incorporen a la ICD.

Por su parte la normativa para el distrito bogotano, son principalmente el Acuerdo 7 de 1932

- Concejo de Bogotá, la Resolución 166 de 2003, la resolución 166 vigencia 2004 – MEN y el

decreto el 615 de 2011 de la Alcaldía Mayor de Bogotá

Analizando cada una de las normas mencionadas anteriormente, comentamos que, el Acuerdo

7 de 1932 - Concejo de Bogotá, normatiza sobre nomenclatura y numeración de la ciudad y

por el cual se adiciona el Presupuesto de Renta y Gastos de la actual vigencia, en esta se

establece qué Sección de Nomenclatura se encarga de la numeración de las vías públicas,

tomando en cuenta las siguientes observaciones: para cada cuadra se consignará 100 números

para las placas domiciliarias, en las calles en el costado sur la numeración es impar y en el norte

es par, en carreras costado occidental la numeración es impar y en el oriental es par, las

direcciones que están de la carrera 1 hacia el este se le agregara la letra E, las direcciones de

la calle 1 hacia el sur se le agregara la letra S, mientras que las direcciones hacia el norte y

occidente no se usara las letras anteriormente mencionadas (3).

La circular 300 de 2001 del IGAC, maneja un estándar para diligenciar direcciones a nivel

nacional basado en el documento “Procedimientos Generales para Codificación Catastral”

publicado en 1989, el cual nos muestra qué tipo de carácter se pone en los campos de la

dirección. El Departamento Administrativo de Catastro Distrital implementa el Departamento

Administrativo de Catastro Distrital el cual aplica para Bogotá (4).

La Resolución 166 de Febrero 4 de 2003 del Ministerio de Educación Nacional que recolecta la

información del sistema educativo, también establece parámetros del diligenciamiento de la

dirección para los establecimientos educativos del país (5).

Por último, está el decreto 615 de 2011 cual se establecen los criterios generales para la

asignación de la nomenclatura en el Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones de la

Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en este establece las definiciones de nomenclatura urbana,

nomenclatura vial, nomenclatura domiciliaria entre otras definiciones que se explicaran más

adelante en este documento (6).

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Marco conceptual.

¿Qué es el sistema vial de Bogotá?

Conforme al artículo 165 del Decreto 190 de 2004, la ciudad de Bogotá tiene un Subsistema

vial de mallas, con seis niveles de jerarquía denominados así:

Malla vial arterial principal: Es la red de vías

de mayor jerarquía, que actúa como

soporte de la movilidad y la accesibilidad

urbana y regional y de conexión con el resto

del país.

Malla arterial complementaria: Es la red de

vías que articula operacionalmente los

subsistemas de la malla arterial principal,

facilita la movilidad de mediana y larga

distancia como elemento articulador a

escala urbana.

Malla vial intermedia: Está constituida por

una serie de tramos viales que permean la

retícula que conforma las mallas arterial

principal y complementaria, sirviendo

como alternativa de circulación a éstas.

Permite el acceso y la fluidez de la ciudad a

escala zonal.

Malla vial local: Está conformada por los

tramos viales cuya principal función es la de

permitir la accesibilidad a las unidades de

vivienda.

Malla vial rural: Vias que comunican los

asentamientos humanos entre sí, entre

veredas, con la ciudad y la región. En el

territorio rural, se definen tres tipos de

vías: Principales, Secundarias y corredores

de movilidad local rural (CMLR).

Intersecciones: Son soluciones viales, tanto

a nivel como a desnivel, que buscan

racionalizar y articular correctamente los

flujos vehiculares del Sistema Vial, con el fin

de incrementar la capacidad vehicular,

disminuir los tiempos de viaje y reducir la

accidentalidad, la congestión vehicular y el

costo de operación de los vehículos.

La malla vial la vemos representada en las diversas vías de la ciudad. Las vías urbanas poseen

un eje estructurante que corresponde al eje vial que por sus características, es orientador y

busca mantener un orden lógico mediante una única denominación numérica en todo o en la

mayor parte de su recorrido y que, por tanto, puede tomarse como base para la asignación de

la nomenclatura vial a partir de él (6).

Los ejes estructurantes constan de las siguientes vías

Calle: Es la vía cuya dirección

predominante es Oriente-Occidente. Se

codifica como CL.

Carrera: Es la vía cuya dirección

predominante es Norte-Sur. Se codifica

como KR.

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Avenida: Vía que por sus características

de diseño está destinada al tráfico

intenso de vehículos. Pueden ser

Avenidas Calles o Avenidas Carreras, y se

codifican como AC y AK,

respectivamente.

Diagonal: Vía que tiene una orientación

similar a las calles de la ZUN y tiene una

inclinación respecto de estas. Se codifica

como DG.

Transversal: Vía que tiene una

orientación similar a las carreras de la

ZUN y tiene una inclinación respecto de

las mismas. Se codifica como TV.

Fuente: Documento “Nomenclatura vial de Bogotá D.C.” – Catastro Distrital

¿Cuáles son los tipos de nomenclatura en Bogotá?

De acuerdo con el decreto 615 de 2011, por nomenclatura urbana se define aquel “conjunto

de símbolos alfanuméricos afianzados como convención colectiva, los cuales designan vías y

predios de la ciudad. La nomenclatura está diseñada para ser usada en el registro de predios

por parte de las autoridades públicas y en la orientación espacial por parte de sus habitantes.

Ésta debe cumplir con requisitos mínimos de autoconsistencia, la cual se expresa en términos

de universalidad, unicidad y no repetición. Idealmente, la nomenclatura debe ser clara y

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completa. Para la identificación de las vías y predios del Distrito Capital, el sistema de

nomenclatura urbana cuenta con dos componentes: Nomenclatura Vial y Nomenclatura

Domiciliaria” (6).

La nomenclatura vial es la identificación alfanumérica de las vías peatonales y vehiculares, y

constantemente vemos que se encuentra situada en las esquinas de la ciudad, algunos

ejemplos se pueden observar en las siguientes imágenes, recopiladas por la Dirección de

Provisión de Servicios de Salud de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá y por el

Componente Geográfico Salud Pública de la Subred Integrada de Servicios en Salud de Sur

Occidente

Figura 1 Identificación de nomenclatura vial

Fuente: Elaboración Dirección de Provisión de

Servicios de Salud. Secretaría Distrital de Salud

de Bogotá y Componente Geográfico Salud

Pública. Subred integrada de servicios en salud

de Sur Occidente

Por su parte, la nomenclatura domiciliaria es el identificador alfanumérico asignado a un

predio, y se compone de un identificador principal, el cual es aquel que asigna el acceso

primordial al predio, por su parte, el identificador secundario es asignado al acceso del mismo

predio y ubicados en la vía de la nomenclatura principal y la nomenclatura incluyente, que es

que es asignada a los accesos del mismo predio pero que están en una vía diferente de la

nomenclatura principal (6).

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La nomenclatura domiciliaria consta de

dos partes que son numero de la vía

generadora y el número que representa

la distancia aproximada en metros del eje

generador –o de referencia– al acceso del

predio que puede ser par o impar según

el Acuerdo 7 de 1932.

Nomenclatura Principal: Es la

nomenclatura domiciliaria asignada al

acceso principal de un predio.

Nomenclatura Secundaria: Es la

nomenclatura domiciliaria asignada a los

accesos de un mismo predio, localizados

sobre la misma vía de la nomenclatura

principal

¿Qué son la geocodificación y georreferenciación?

La geocodificación y georreferenciación son dos conceptos utilizados en los sistemas de

información geográfica que buscan localizar datos, para el ámbito de salud son importantes

para la ubicación de los eventos en salud o la oferta de la misma en un territorio determinado.

La geocodificación es un proceso de convertir una descripción como direcciones, puentes, vías,

edificios públicos, lugares de interés u otros en una ubicación en la superficie terrestre

asignándole coordenadas geográficas (7).

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La georreferenciación según el portal web de ESRI es usar las coordenadas de un mapa para

asignar una ubicación a entidades cartográficas, las cuales tienen una ubicación y extensión

especifica que permite poner en la superficie terrestre de manera exacta o aproximada (8).

http://eimaformacion.com/qgis_georreferenciar_img4-2079/

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¿Para qué sirve geocodificar?

Sirve para localizar, realizar

cartografía y analizar

espacialmente fenómenos y

situaciones que puedan generar

información geográfica para la

planeación, comunicación y toma

de decisiones, tanto para

instituciones públicas como

privadas.

ESTRUCTURA REGISTRO NOMENCLATURA

URBANA PARA LA SDS

Conforme al decreto 615 de 2011

definiremos la nomenclatura urbana idónea a registrar en los sistemas de información en la

secretaría de saludasí:

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REGLAS PARA LA REDACCIÓN DE LA NOMENCLATURA URBANA:

✓ Si no conoce la distancia de acceso al predio puede escribir "00" (ejemplo: 15 00)

✓ Toda la dirección debe ir escrita en letra mayúscula (ejemplo KR 2 ESTE 29 06 SUR)

✓ Los cardinales SUR y ESTE deben estar escritos de manera completa y en mayúscula

✓ El sur para las direcciones que inician con CL – DG – AC se ubica en medio del eje

principal y la vía generadora (ejemplo CL 75 SUR 36 28). Por su parte las direcciones

que inician con KR – TV – AK va al final de la dirección (ejemplo KR 106 32 64 SUR).

✓ El este para las direcciones que inician con KR – TV – AK se ubica en medio del eje

principal y la vía generadora (ejemplo KR 1 ESTE 11 09). Por su parte las direcciones

que inician en CL – DG – AC va al final de la dirección (ejemplo AC 22 10 06 ESTE).

✓ No escribir Sureste, separar la palabra conforme a las dos reglas anteriores

✓ Los caracteres especiales utilizados en la numeración (#, -, … etc) y el numero

divisorio de la placa (N°, No, N, Nro) se omitirán en la escritura de la dirección, y se

reemplazarán por un espacio.

✓ Los nombres de avenida comunes (Av Bosa, Auto Sur, Av Tintal …etc) se omitirán en

la escritura de la dirección se serán remplazados por su respectiva nomenclatura vial

(Av Cali = AK 86, AV Dagoberto Mejía = AK 80).

✓ El Orden jerárquico del complemento para la propiedad horizontal será Unidad,

Interior, Bloque, Apartamento; o primero piso y después apartamento.

✓ Los dígitos del 0 al 9 para vías principal y generadora escribir un solo dígito.

✓ Los dígitos del 0 al 9 para la placa domiciliaria se escribirán con dos dígitos, por

ejemplo 05 25 y 48 02

✓ Si la vía generadora es nomenclatura 0 no puede llevar SUR y/o ESTE

✓ El BIS no puede ser sufijo de la vía generadora

✓ Las letras que no se involucran en la nomenclatura son S E Ñ O

✓ El sufijo de la vía generadora no debe estar escrito en la estructura cuando ya está la

vía principal.

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Referencias

1. Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Ley Estatutaria 1712 de 2014. Ley de

Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional. Bogotá : MINTIC, 2014.

2. —. decreto 3851 de 2006. Por medio del cual se organiza un sistema de aseguramiento de la calidad,

almacenamiento y consulta de la información básica, y cual es denominado como Infraestructura Colombiana

de Datos. Bogotá D.C : MINTIC, 2006.

3. Concejo de Bogotá. el Acuerdo 7 de 1932 . Normativa sobre nomenclatura y numeración de la ciudad.

Bogotá D.C : Concejo de Bogotá, 1932.

4. Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Ministerio de Educación Nacional. Propuesta de Estándar de las

Direcciones Urbanas para los Equipamientos del Ministerio de Educación Versión 4. [Internet]. 2009 Marzo.

[citado 2021 Febrero 10] . Disponible en: https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-

193290_estandar_direcciones_urbanas.pdf.

5. Ministerio de Educación Nacional. Resolución 166 . 4 de Febrero de 2003.

6. Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Decreto 615. 2011.

7. ESRI. ¿Qué es la geocodificación? [En línea] [Citado el: 15 de 03 de 2021.]

https://desktop.arcgis.com/es/arcmap/10.3/guide-books/geocoding/what-is-geocoding.htm.

8. —. Georreferenciación y sistemas de coordenadas. [En línea] [Citado el: 03 de 04 de 2021.]

https://resources.arcgis.com/es/help/getting-started/articles/026n0000000s000000.htm.