RUTAS INTEGRALES DE ATENCIÓN EN SALUD DE LA …

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RUTAS INTEGRALES DE ATENCIÓN EN SALUD DE LA NORMATIVIDAD A LA REALIDAD ERIKA JARAMILLO RAMÍREZ ESTUDIANTE UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS SEDE BOGOTÁ ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD ENERO 2019

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RUTAS INTEGRALES DE ATENCIÓN EN SALUD DE LA

NORMATIVIDAD A LA REALIDAD

ERIKA JARAMILLO RAMÍREZ

ESTUDIANTE

UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS

SEDE BOGOTÁ

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE INSTITUCIONES DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

ENERO 2019

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RUTAS INTEGRALES DE ATENCIÓN EN SALUD DE LA

NORMATIVIDAD A LA REALIDAD

ERIKA JARAMILLO RAMÍREZ

ESTUDIANTE

EDSON JAIR OSPINA LOZANO

COORDINADOR

UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS

SEDE BOGOTÁ

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE INSTITUCIONES DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

ENERO 2019

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INDICE

ABREVIATURAS Y DEFINICIONES............................................................................... 4

RESUMEN…… ............................................................................................................... 6

1. PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN………..…………………………………………..7

2. OBJETIVOS........................................................................................................... 7

2.1. Objetivo General.............................................................................................. 7

2.1.1. Objetivos Específicos....................................................................................... 7

3. JUSTIFICACIÓN……….........................................................................................9

4. MARCO TEÓRICO.............................................................................................. 11

4.1. Antecedentes Normativos.............................................................................. 11

4.2. Análisis del estado actual de salud …………………………………............... 14

5. METODOLOGÍA.................................................................................................. 26

5.1. Estudio descriptivo......................................................................................... 26

6. RESULTADOS………… ..................................................................................... 27

7. DISCUSIÓN………..……………….………….. .................................................... 27

8. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.......................................................30

9. BIBLIOGRAFÍA……...………………………………………………………………….32

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ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

APS: Atención Primaria en Salud

ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD: El Ministerio de Salud y Protección Social,

ha definido la Atención Integral en Salud como el conjunto de acciones

coordinadas, complementarias y efectivas para garantizar el derecho a la salud,

expresadas en políticas, planes, programas, proyectos, estrategias y servicios,

que se materializan en atenciones dirigidas a las personas, familias y comunidades

para la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico,

tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos.

CURSO DE VIDA: Desde el punto de vista epidemiológico, el curso de vida es el

estudio a largo plazo de los efectos en la salud o la enfermedad de la exposición

a riesgos físicos o sociales durante la gestación, la infancia, la adolescencia, la

juventud y la vida adulta (3).

EAPB: Entidad Aseguradora de Planes de Beneficios

IPS: Institución Prestadora de Salud

MIAS: Modelo Integral de Atención en Salud

MODELO INTEGRAL DE ATENCIÓN EN SALUD: Modelo operacional que, a

partir de estrategias definidas, adopta herramientas para garantizar oportunidad,

continuidad, integralidad, aceptabilidad y calidad en la atención en salud de la

población, bajo condiciones de equidad, y comprende el conjunto de procesos de

priorización, intervención y arreglos institucionales que direccionan de manera

coordinada las acciones de cada uno de los integrantes del sistema, en una visión

centrada en las personas. Exige poner a disposición de los integrantes un conjunto

de herramientas (políticas, planes, proyectos, normas, guías, lineamientos,

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protocolos, instrumentos, metodologías, documentos técnicos) que integran los

objetivos del Sistema de Salud con los del SGSSS, orientando la respuesta del

Sistema y alineando su regulación.

PAIS: Política de Atención Integral en Salud

POLÍTICA DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD: Es la encargada de generar

mejores condiciones de salud en la población, mediante la regulación de la

intervención de integrantes sectoriales e intersectoriales responsables de

garantizar la atención de la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento,

rehabilitación y paliación en condiciones de accesibilidad, aceptabilidad,

oportunidad, continuidad, integralidad y capacidad de resolución. La política exige

la interacción coordinada de las entidades territoriales, a cargo de la gestión de la

salud pública, de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios-EAPB y

de los prestadores de servicios de salud.

RIAS: Rutas Integrales de Atención en Salud

RUTA INTEGRAL DE ATENCIÓN EN SALUD: Herramienta que define a los

agentes del Sistema de Salud (territorio, asegurador, prestador) y de otros

sectores, las condiciones necesarias para asegurar la integralidad en la atención

a partir de las acciones de cuidado que se esperan del individuo, las acciones

orientadas a promover el bienestar y el desarrollo de los individuos en los entornos

en los cuales se desarrolla, así como las intervenciones para la prevención,

diagnóstico, tratamiento, rehabilitación de la discapacidad y paliación

SGSSS: Sistema General de Seguridad Social en Salud

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RESUMEN

El Ministerio de Salud y Protección Social crea mediante la Resolución 429 del 2016 la

Política PAIS, la cual tiene como objetivo mejorar las condiciones de vida de los usuarios

y propender por el cumplimiento de las acciones e intervenciones que garanticen el

derecho fundamental a la salud; para lograrlo interviene sujeta a una base documental

conformada por normas, leyes y resoluciones entre otras disposiciones; inicialmente se

contempla la Ley 100 de 1993 por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social en

Salud; posteriormente se evidencia la necesidad de fortalecer la Atención Primaria en

Salud, razón por la cual entra el Plan decenal de Salud Pública, incluido su más reciente

expedición; luego y no menos importante, ingresa la gestora en gran parte de la política

PAIS, la conocida Ley estatutaria 1751 del 2015, que después de un gran movimiento en

el sistema consagra finalmente la salud como derecho fundamental y constitucional. Sin

embargo a pesar del soporte legal establecido en dicha ley el sistema continúa con

dificultades importantes tales como la fragmentación en las atenciones y la

desarticulación de sus principales actores, barreras de acceso, pobre resolutividad, alta

carga de la enfermedad, poca regulación e inoportunidad en el servicio, lo que ha

desencadenado aumento en la inequidad, corrupción, trato inadecuado a los usuarios y

trabajadores de la salud y desfalcos financieros. Por esta razón mediante la

implementación de las rutas integrales de atención en salud se busca alinear las

intervenciones para mejorar la salud de la población colombiana basados en atención

primaria, reforzando la importancia de la detección temprana y atención oportuna para

disminuir de esta manera las complicaciones y mejorar además del estado de salud del

paciente el estado financiero del sistema.

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1. PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN

¿Cuáles son los determinantes que contribuyen o dificultan la implementación de las

intervenciones propuestas en las Rutas Integrales de Atención en Salud, normadas por

la Política PAIS y el Modelo MIAS?

2. OBJETIVOS

2.1 Objetivo general:

Establecer los factores determinantes que generen barreras o contribuyan como

facilitadores en el proceso de implementación de las rutas integrales de atención en

salud, verificando los lineamientos técnicos y operativos dispuestos en las Resoluciones,

429/2006, 3202/2016 y 3280/2018

2.1.1 Objetivos Específicos:

Identificar condiciones que permitan la realización de las actividades propuestas para

llevar a cabo atención primaria en salud

Verificar si los recursos económicos y la capacidad instalada en el sistema de salud

permiten el desarrollo de las intervenciones a implementar para garantizar atención

integral en salud

Determinar la probabilidad de inclusión de nuevos tamizajes teniendo en cuenta que para

su aplicación se requiere la adquisición de nuevas tecnologías

Considerar la prestación de los servicios de salud como un derecho fundamental ligado

a la atención primaria

Reconocer la importancia de formar integralmente a los prestadores de salud haciendo

énfasis en promoción, prevención y educación para la atención en salud primaria

Corroborar la importancia de la educación en el usuario durante la atención en salud,

resaltando la relevancia del conocimiento de su condición y el autocuidado

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Identificar diferentes factores que hagan parte de la cotidianidad de la población teniendo

en cuenta determinantes sociales como los entornos para definir si son protectores y

potenciadores o al contrario generan barreras para la implementación

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3. JUSTIFICACIÓN

El Ministerio de Salud y Protección Social mediante política integral de atención en salud

instaurada en la Resolución 429 del 2016 propone disminuir las barreras de acceso y

optimizar los servicios de salud, dicha política cuenta con un modelo operacional que

contiene 10 componentes estratégicos dirigidos a garantizar la implementación y

ejecución de las intervenciones establecidas en las Rutas Integrales de Atención en

Salud - RIAS (1).

La Política Integral de Atención en Salud y su modelo operacional - MIAS está centrada

no solo en el individuo, también en la familia y la comunidad; propone acciones que

comprenden a nivel primario intervenciones de protección específica, detección

temprana, cuidado, promoción y mantenimiento de la salud y a nivel complementario

actividades dirigidas al tratamiento, la rehabilitación y paliación si fuese necesario,

aplicado a los diferentes momentos y cursos de vida; con un objetivo claro direccionado

a mejorar la oportunidad, accesibilidad, pertinencia e inclusión de toda la población sujeta

de atención.

Teniendo en cuenta lo establecido en la normatividad se hace necesario indagar si la

implementación y aplicación de las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS) se

realizará de forma sistemática y en los tiempos establecidos teniendo en cuenta los

recursos actuales con los que cuenta el sistema de salud; para llevar a cabo la

investigación se debe interpretar la norma que aborda la Atención Integral en Salud,

estandarizada en la Ley Estatutaria 1751 del 2015, la cual define un conjunto de

instrumentos que favorecen la prestación del servicio de manera eficiente aplicada a las

intervenciones establecidas en las RIAS.

La articulación de los diferentes actores en la atención y la gestión integral por parte de

los mismos permiten y facilitan el acceso a los servicios y la oportunidad en los

tratamientos si fuesen requeridos, todo mediante la aplicación de las Rutas Integrales

según la Política y el Modelo integral descrito en la Resolución, además será fuente de

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conocimiento que brindará planeaciones estratégicas para los futuros profesionales

optimizando los recursos y toma de decisiones, esto es lo esperado por el Estado ante la

implementación, siendo preciso analizar las experiencias previas de normatividades

anteriores.

Para la creación del documento no solo se tuvo en cuenta la normatividad actual la cual

brinda lineamientos técnicos y operativos, también se observó el comportamiento real de

la población teniendo en cuenta sus condiciones demográficas, culturales y por supuesto

de salud.

La revisión sistemática de observaciones, relatos y opiniones de escritores tuvieron un

aporte importante ya que sus escritos están basados en vivencias y artículos

relacionados a la atención en salud los cuales describen situaciones propias de los

sistemas que han definido las acciones e intervenciones desde la prestación articulando

lo establecido en las diferentes normas, la ética moral individual y colectiva y la actuación

del Estado, teniendo en cuenta no solo la prestación, también los recursos financieros,

humanos y tecnológicos necesarios para garantizar la atención en salud.

Al relacionar la diversidad cultural, las condiciones de salud física, mental, emocional, el

acceso a los servicios de salud, los determinantes sociales, los entornos y los cursos de

vida se evidencia que la implementación de las actividades e intervenciones propuestas

van más allá de una simple redacción en una Política, Lineamiento y/o Resolución,

llevarlas a cabo será un trabajo que requerirá seguimiento y evaluación continuo para

determinar el impacto esperado que será evidente en los resultados en salud de la

población colombiana.

Para acercarse un poco a lo esperado se evaluarán las herramientas propuestas por el

Ministerio de Salud y las condiciones necesarias para asegurar la integralidad en la

atención.

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4. MARCO TEÓRICO

4.1 Antecedente Normativo

Uno de los precursores más importantes del Sistema General de Seguridad Social en

Salud fue la Ley 100 de 1993, mediante la cual se definen las funciones generales y

se conforma el Sistema como un conjunto de instituciones, normas y procedimientos

encargados de velar por el aseguramiento, acceso y beneficios en salud abordando

todos sus niveles de complejidad.

Otras de las normas trazadoras en la atención en salud que han impactado

directamente su desarrollo e implementación son:

Resolución 260 del 2004: “Por la cual se definen los regímenes de pago

compartido y las cuotas moderadoras para recibir atención en salud” (5).

Ley 1122 de 2007: “Mediante la cual se realizan ajustes al SGSSS en aspectos

tales como dirección, universalización, financiación y equilibrio entre los actores

del sistema, velando por la racionalización, mejoramiento, fortalecimiento de los

programas incluida la salud pública y reforzando funciones de inspección,

vigilancia y control para la prestación de servicios de salud” (6).

Decreto 4747 de 2007: “El cual tiene por objeto regular algunos aspectos de la

relación entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables

del pago de los servicios de salud de la población a su cargo y se establecen

requisitos mínimos a tener en cuenta para la negociación y suscripción de los

acuerdos de voluntades para la prestación de servicios” (7).

Ley 1438 del 2011: “Mediante la cual se fortalece el SGSSS a través de modelos

de prestación dirigidos a la Atención Primaria en Salud, con el fin de permitir acción

coordinada y articulada del Estado, Instituciones y Sociedad para mejorar las

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condiciones de salud, generar un ambiente sano y brindar servicios de mayor

calidad e igualitarios. Incluye la unificación del Plan de Beneficios, universalidad

del aseguramiento y garantía de portabilidad en cualquier lugar del país, velando

por un estado financiero seguro” (8).

Ley 1751 Ley Estatutaria en Salud de 2015: Ley que posiciona la salud como un

derecho fundamental, constitucional y tiene como objetivo regularlo y establecer

los mecanismos de protección de la misma; incluye el acceso oportuno, eficaz y

con calidad a los servicios de salud, con el fin de garantizar la preservación,

mejoramiento y promoción de la salud. En esta ley el Estado se compromete en la

adopción de políticas para asegurar la equidad y oportunidades en el acceso a las

actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y

paliación para todas las personas (9).

Ley 1753 de 2015 (PND, 2014-2018): Plantea dentro de sus objetivos, reducir las

brechas territoriales y poblacionales existentes, para asegurar el acceso en

igualdad de condiciones a servicios fundamentales como la salud, la educación y

la vivienda para toda la población (10).

Resolución 1441 de 2016: Mediante la cual se vigila la habilitación de las Redes

Integrales de Prestadores de Servicios de Salud –RIPSS y su implementación

como componente lineal de la Política de Atención Integral en Salud –PAIS,

determina la conformación, organización, gestión, seguimiento y evaluación de las

redes, dicha Resolución aplica para Entidades Aseguradoras de Planes de

Beneficios EAPB, Entidades Departamentales y Distritales de Salud, Entidades

Municipales, Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud,

Superintendencia Nacional de Salud e Instituciones Prestadoras de Salud IPS

(11).

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Resolución 429 2016 PAIS: Encargada de velar por el cumplimiento de todas las

actividades dirigidas al ejercicio del derecho fundamental a la salud además de

orientar los objetivos del sistema a la garantía del derecho a toda la población,

generará un cambio de prioridades del Estado como regulador y la subordinación

de las prioridades e intereses de los integrantes a los objetivos de la regulación,

que centra el sistema en el ciudadano. El objetivo de PAIS está dirigido hacia la

generación de las mejores condiciones de salud de la población, mediante la

regulación de la intervención de los integrantes sectoriales e intersectoriales

responsables de garantizar la atención de la promoción, prevención, diagnóstico,

tratamiento, rehabilitación y paliación en condiciones de accesibilidad,

aceptabilidad, oportunidad, continuidad, integralidad y capacidad de resolución. La

Política exige la interacción coordinada de las entidades territoriales, a cargo de la

gestión de la salud pública, de las Entidades Administradoras de Planes de

Beneficios-EAPB y de los prestadores de servicios de salud. Esa coordinación

implica la implementación y seguimiento de los Planes Territoriales de Salud, en

concordancia con: los Planes de Desarrollo Territoriales, el Plan Decenal de Salud

Pública 2012-2021 y Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 (1).

Resolución 3202 del 2016, RIAS: “Por la cual se adopta el Manual Metodológico

para la elaboración e implementación de las Rutas Integrales de Atención en Salud

— RIAS, también es la encargada de establecer las disposiciones requeridas para

llevar a cabo las responsabilidades de los diferentes actores del Sistema General

de Seguridad Social en Salud —SGSSS” (2).

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4.2. Análisis del estado actual de la salud

La salud a través del tiempo ha sido considerada un servicio que depende directamente

de la economía del País; las intervenciones propias de la atención están centradas en el

abordaje de la enfermedad, la complicación y el cuidado paliativo, es decir atención a

nivel complementario, afectando directamente el estado financiero del sistema,

aumentando la demanda de los servicios descritos, desencadenando mayores gastos y

menos eficiencia en la atención; se declara entonces una situación específicamente

cultural, razón por la cual el Ministerio de Salud y Protección Social evidencia la

necesidad de reformar las atenciones en salud con el fin de mitigar el impacto económico

que ha llevado a un déficit importante por las atenciones de alto costo, ineficientes,

inoportunas y con cobertura solo en las zonas urbanas; se procura entonces abordar de

manera integral la salud de la población colombiana con enfoque en Atención Primaria

en Salud (APS), es decir desde los primeros niveles, mitigando de esta manera los altos

costos de las enfermedades no identificadas ni tratadas oportunamente, las cuales

terminan en complicaciones costosas para el sistema económico y financiero del País.

Entra ante esta necesidad a regir la ley 1751 del 2015 (Estatutaria) la cual realiza cambios

importantes en las atenciones en salud con el fin de garantizarla, establecerla y regularla

como un derecho fundamental y constitucional el cual debía cumplirse sin restricciones

ni barreras que pusieran en peligro la vida de la población, análogamente entra en

vigencia la Ley 1753 – Plan de Desarrollo 2014 – 2018 la cual da facultades al Ministerio

de Salud y Protección Social para crear e instaurar la Política de Atención Integral en

Salud PAIS, gestando un modelo estratégico operacional denominado MIAS que

permitirá la acción organizada de normas, intervenciones y actores, para orientar las

acciones dirigidas a mejorar las condiciones de salud del colectivo y el goce integral del

derecho fundamental de la salud, y ¿cómo se conseguiría? Mediante las siguientes

estrategias elementales: APS (Atención Primaria en Salud) con énfasis en salud familiar

y comunitaria, autocuidado, GIRS (Gestión Integral del Riesgo en Salud) y atención con

énfasis diferencial en territorios y poblaciones.

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Fundamentados en la necesidad de mejorar la atención y los recursos del sistema nace

la Política de Atención Integral en Salud, la cual mediante Resolución 429 del 2016 anhela

mejorar las condiciones de la población, a través de intervenciones basadas en una

atención no solo individual sino también familiar y comunitaria, fundamentada en el

autocuidado y diferencial para territorios y poblaciones. Para lograrlo se considera

oportuna la regulación de cada uno de los actores del sistema, además de la articulación

entre Entes Territoriales, Entidades Aseguradoras de Planes de Beneficios (EAPB) e

Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), de esta manera se busca impactar

directamente en las posibles barreras que puedan afectar la prestación de los servicios a

los usuarios.

Surge articulado a la Política un Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS) el cual

consta de un marco estratégico y operativo para llevar acabo la Política a nivel nacional;

dicho marco consta de 10 componentes operacionales los cuales dan un orden para la

implementación de las intervenciones y garantizan el seguimiento de las mismas.

El primer componente hace referencia a la caracterización poblacional la cual tiene como

objetivo identificar, comprender y responder a las necesidades de sus afiliados; continúa

con la regulación de las Rutas Integrales de Atención en Salud – RIAS las cuales definen

intervenciones individuales, poblacionales y colectivas que incluyen entornos definiendo

grupos de riesgo, promoción y mantenimiento de la salud y atenciones específicas que

incluyen acciones de recuperación, rehabilitación y paliación de acuerdo al evento

identificado; el siguiente componente es la implementación de la Gestión Integral del

Riesgo colectiva e individual por parte de cada uno de los actores responsables de la

atención desde la gestión clínica hasta la comunitaria; la delimitación territorial es otro de

los componentes trazadores el cual incluye atenciones no solo en zonas urbanas sino

también describe la rural y dispersa; el siguiente componente hace referencia a las Redes

Integrales de Servicios de Salud las cuales definen acciones intersectoriales en el ámbito

comunitario, incluyendo la atención básica y especializada; el rol del Asegurador es otro

de los componentes lineales que incluye la administración del riesgo financiero, lo

posiciona como representante del afiliado, gestor del riesgo y redes de servicios; otro

componente es la redefinición del sistema de incentivos el cual constituye un pago

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orientado hacia los resultados, incentivos para el Talento Humano e incentivos para

usuarios de acuerdo a su autocuidado; el requerimientos de sistemas de información es

uno de los componentes más exigentes del modelo ya que está dirigido a la obtención de

datos, procesos, soluciones informáticas, seguridad y privacidad de la información de

forma transversal y objetiva; la formación y fortalecimiento del recurso humano en salud

y la investigación, innovación y apropiación del conocimiento mediante el fortalecimiento

de la capacidad de investigación en salud pública, son los últimos componentes que

hacen parte de tan ostentoso Modelo, el cual proyecta un sueño no solo para los

encargados de manejar el Sistema a nivel central, también es el ideal esperado por cada

uno de los usuarios que día a día se desvanecen y mueren esperando una atención

oportuna a sus necesidades de salud física, emocional y mental, sin esperanzas de

mejora alguna.

¿Y de dónde salió tan ingeniosa idea?, ¡Salvadora por demás! Hace algunos años ya se

había contemplado que la creación de una Ley sería el final a los problemas de inequidad

y accesibilidad en salud, la tan nombrada Ley 100 de 1993, por la cual se crea el Sistema

de Seguridad Social Integral en Salud, esto nos lleva a cuestionar ¿Si la Ley 100 con sus

principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación no

pudo disminuir las barreras de atención y mejorar el acceso a la misma, ¿Por qué la

Política PAIS con su Modelo innovador y Rutas Integrales lo harán?, complejo si se tiene

en cuenta que son muchas las desilusiones que el pueblo colombiano ha tenido respecto

a proyectos, Leyes, Normas y demás, por algo somos el País de las normas una deroga

otra o la sustituye o la complementa, en fin, difícil recuperar la credibilidad en los Sistemas

cuando además han sido manejados por personas invadidas por la corrupción y la

ambición de poder.

Luz Stella Álvarez Castaño manifiesta: En Colombia se implantó en 1993

una reforma del sistema de salud fundamentada moralmente en la doctrina

liberal y orientada a incrementar los mecanismos del mercado en el sector

de la salud. Aunque la reforma se promovió como un mecanismo necesario

para resolver los problemas del sector y especialmente para atenuar las

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inequidades que golpeaban con mayor fuerza a los más pobres, esta

promesa no se cumplió y algunas inequidades incluso se acentuaron (13).

Reitera en su tesis lo que muchos afirman respecto a la Ley 100 y sus reformas al sistema

de salud; ha sido considerada el “alma mater” de la atención integral cuyo principal

objetivo era ordenar los recursos necesarios para garantizar las prestaciones económicas

y de salud a quienes tuviesen una relación laboral o capacidad económica suficiente para

afiliarse al sistema, garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios, y

garantizar la ampliación de cobertura hasta lograr que toda la población tuviese acceso

al sistema, mediante mecanismos de solidaridad, que permitiesen que sectores sin

capacidad económica suficiente tuvieran acceso y otorgamiento de las prestaciones en

forma integral; entonces si se está garantizando cobertura, acceso, oportunidad y

equidad ¿Por qué no funcionó? Otro cuestionamiento más que podría aplicarse a las

nuevas intervenciones incluyentes propuestas en PAIS, MIAS y RIAS

Se podría afirmar entonces que el abordaje de la salud de forma integral no es un tema

nuevo ni poco trabajado, tal vez es uno de los más abordados no solo desde el enfoque

social también se ha contemplado desde lo económico y financiero por el gran impacto

que ha tenido a lo largo del tiempo.

La inclusión de nuevas normas que sustituyen y complementan las intervenciones en

salud, como se argumenta en las Leyes y Resoluciones nombradas anteriormente,

ambiciosas por demás y con la pretensión de obtener resultados a corto plazo, mediante

la implementación de actividades que requieren nuevas tecnologías con las cuales

muchas instituciones no cuentan, partiendo de que uno de los principios fundamentales

de las RIAS es la atención en zonas rurales y dispersas, donde se tienen falencias en

recurso humano e infraestructura, otra de las premisas que debe tenerse en cuenta al

momento de medir impacto basado en resultados.

¿Y qué son las tan nombradas Rutas Integradas de Atención en Salud? Son las

intervenciones establecidas para lograr una valoración integral, aplicando actividades

propias de detección temprana, protección específica, realización de diagnósticos

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oportunos, tratamientos pertinentes, rehabilitación y paliación a los pacientes que lo

requieren además de educación para la salud individual y colectiva dirigida al

autocuidado.

Las RIAS orientan las atenciones en base a la evidencia, buenas prácticas y

compensación de las necesidades propias de la población objeto. Faculta la

incorporación de acciones interdisciplinares individuales, colectivas y poblacionales

articulando funciones de los diferentes actores del Sistema y demás entidades que tienen

a cargo la prestación de servicios en salud. Dentro de los objetivos de las RIAS está el

fortalecimiento de la comunicación y articulación de los diferentes integrantes del sistema

para facilitar la identificación del recurso humano apropiado, adecuación de la

infraestructura y el manejo adecuado financiero necesario para la regulación de las

atenciones; se espera mediante la aplicación de las intervenciones básicas y

complementarias resultados óptimos en el estado de salud y la disminución de la

morbimortalidad en poblaciones de riesgo.

Para conseguir los resultados en salud las Rutas Integrales se clasifican en diferentes

grupos

RIA para el mantenimiento y promoción de la salud con intervenciones dirigidas al

cuidado, detección temprana, protección específica y educación en los diferentes

cursos de vida.

Ruta integral de atención en salud con énfasis en grupos de riesgo, dirigido a

generar diagnósticos, tratamiento, rehabilitación, paliación, cuidado y educación

en salud.

Los grupos de riesgo priorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social son 16 y

están definidos así (2):

Población con riesgo o alteraciones cardio–cerebro–vascular y metabólicas

manifiestas.

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Población con riesgo o enfermedades respiratorias crónicas.

Población con riesgo o presencia de alteraciones nutricionales.

Población con riesgo o trastornos mentales y del comportamiento manifiestos

debido a uso de sustancias psicoactivas y adicciones.

Población con riesgo o trastornos psicosociales y del comportamiento.

Población con riesgo o alteraciones en la salud bucal.

Población con riesgo o presencia de cáncer.

Población materno –perinatal.

Población con riesgo o presencia de enfermedades infecciosas.

Población con riesgo o presencia de zoonosis y agresiones por animales.

Población con riesgo o enfermedad y accidentes laborales.

Población con riesgo o sujeto de agresiones, accidentes y traumas.

Población con riesgo o enfermedades y accidentes

Población con riesgo o enfermedades huérfanas.

Población con riesgo o trastornos visuales y auditivos.

Población con riesgo o trastornos degenerativos, neuropatías y autoinmunes.

Ruta integral de atención en salud en eventos específicos.

Mediante la aplicación de las rutas instauradas y las intervenciones propuestas en cada

una el Estado pretende el abordaje integral de las patologías identificadas con mayor

incidencia y prevalencia, además con alto impacto económico y financiero para el País;

¿El ambicioso objetivo de reducir la carga de la enfermedad estará cubierto en su

totalidad en las mencionadas rutas y sus intervenciones?, quizá la respuesta a muchas

de las necesidades de la población estén cubiertas en las acciones propuestas, pero se

debe tener en cuenta la diversidad cultural con la que contamos, el acceso a algunos

territorios, la preparación del recurso humano para el abordaje de patologías propias de

la salud pública, los diferentes entornos que tienen relación directa con el estado de salud

de la población y los determinantes sociales que no son los mismos para todos; las

ventanas de oportunidad que algunos pocos tienen y los momentos del curso de vida que

reconoce que el desarrollo humano y los resultados en salud dependen de la interacción

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de diferentes factores a lo largo del curso de la vida, de experiencias acumulativas y

situaciones presentes de cada individuo influenciadas por el contexto familiar, social,

económico, ambiental y cultural; entendiendo que invertir en atenciones oportunas en

cada generación repercutirá en las siguientes y que el mayor beneficio de un momento

vital puede derivarse de intervenciones hechas en un período anterior.

Surgen entonces dudas respecto a considerar esta implementación como “la salvadora”

de un sistema de salud que ha estado en detrimento moral y patrimonial y que difícilmente

se recuperará de la noche a la mañana solo por la construcción documental de un

Ministerio que busca alguna solución a la situación actual.

Al realizar la búsqueda documental para la construcción de los diferentes análisis se

encuentran postulaciones que tienen interrogantes semejantes respecto a la solución de

los problemas de salud, es el caso de Germán Alberto Moreno Gómez, Profesor titular

de la Universidad Tecnológica de Pereira quien afirma:

Si bien es cierto el nuevo modelo trata de incorporar e integrar conceptos y

estrategias de probada efectividad y algunas otras novedosas, surgen

muchas dudas con respecto a su implementación y efectividad para

resolver los problemas planteados, pues en su concepción más profunda y

filosófica, están enfrentados dos conceptos sobre la salud: de una parte, la

teoría neoliberal utilitarista que considera como fundamentales los

derechos civiles y los políticos, que serían los únicos exigibles al estado y

no requieren de una norma que los explicite (derechos negativos). En este

sentido la salud no es considerada un derecho fundamental, porque según

esta concepción, es un derecho de obligación imperfecta que no implica su

exigencia. Según la doctrina del liberalismo, la asistencia sanitaria es una

prerrogativa social que puede ser solicitada en virtud del principio de

beneficencia, al que se accede cuando el individuo lo solicita (12).

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Otros autores como Álvarez con base en el trabajo de Amartya Sen del desarrollo como

libertad, “considera la salud como un derecho fundamental en la medida en que no basta

con explicitarlo (derecho positivo), es necesario trascender el concepto al de oportunidad,

entendido como la posibilidad real de acceder a él” (12).

Para Gosepath, quien diferencia entre los derechos legales y los morales, (los primeros

se materializan a través de la norma y los segundos son inherentes a condición humana),

la salud es un derecho moral de la población como parte del respeto igualitario que

merece (12).

Daniels en su libro ¨Justice health care¨ con base en la teoría de la justicia de Rawls,

plantea que:

La salud no se debe fundamentar en la estructura del mercado ya que este

no permite la igualdad de oportunidades, lo que va en contravía del principio

de justicia y afecta el proyecto de vida de los individuos. Aunado a lo

anterior, la relación íntima e insoslayable que tiene la salud con el derecho

a la vida, ha hecho que desde el punto de vista jurídico haya llegado a ser

exigible. He aquí la gran contraposición que existe entre lo reafirmado por

la corte constitucional de la salud como un derecho fundamental y un

Sistema de Salud creado bajo la teoría neoliberal (12).

Afirmación también postulada en el artículo de la revista médica Risaralda donde se

cuestiona que no es suficiente con la creación y expedición de Leyes y Resoluciones que

traten de reformar el sistema de salud actual ya que se requiere más una reestructuración

desde la conformación misma del sistema, las normas actuales aparentan más un

conjunto de buenas pretensiones que no generaran mayores cambios a los ya

establecidos.

El Análisis de Situación de Salud (ASIS) estudia la interacción entre las

condiciones de vida y el nivel de los procesos de salud en las diferentes

escalas territoriales, políticas y sociales. Se incluye como fundamento el

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estudio de los grupos poblacionales con diferentes grados de desventaja,

consecuencia de la distribución desigual de las condiciones de vida de

acuerdo con el sexo, edad y nivel socioeconómico que se desarrollan en

ambientes influenciados por el contexto histórico, geográfico, demográfico,

social, económico, cultural, político y epidemiológico, en donde se producen

relaciones de determinación y condicionamiento (4).

Partiendo de la descripción realizada por el Ministerio en su documento ASIS 2017, en

donde se evidencia que la salud está relacionada con diferentes determinantes que

condicionan su abordaje, se hace obligatorio estudiar dichas condiciones que pueden

afectar la implementación de las rutas integrales en los diferentes entornos, territorios y

poblaciones.

Son múltiples las barreras que dificultan el acceso a los servicios de salud, se podrían

categorizar en limitaciones geográficas, culturales, administrativas y financieras, que

desencadenan afectación en la cobertura, oportunidad y eficiencia de los servicios. Una

de las consecuencias de la situación actual de la salud en Colombia es el incremento de

las demandas y tutelas a las que son sujetas las entidades prestadoras y aseguradoras

en salud ante la necesidad del usuario de acceder de manera oportuna a procedimientos

e intervenciones incluidas en los planes de beneficio, lo anterior para conseguir

reconocimiento a un derecho fundamental, reconocido constitucionalmente la salud.

La atención en salud actualmente se da mediante intervenciones propias de Instituciones

prestadoras de salud reconocidas como hospitales, clínicas, centros médicos o grupos

de profesionales que brindan la atención mediante prestación de servicios por evento;

estos tipos de modelos de atención se dan ante la necesidad de la administración

eficiente de los sistemas, modelos instaurados desde 1993 en la Ley 100, los cuales

representan dificultad tanto en la utilización de los recursos como en el acceso a los

servicios requeridos por los usuarios.

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23

Estos modelos están centrados en el manejo de la enfermedad por lo tanto se han alejado

de lo estipulado por la política PAIS, Atención Primaria en Salud, la realidad actual es que

la atención está dirigida a la complicación llevando a la demanda de servicios

especialistas en altos niveles de complejidad, disminuyendo la resolutividad en los

primeros niveles de atención que es lo que realmente se espera en los nuevos Modelos

y Rutas instauradas a partir del 2016. La realidad es que los primeros niveles actúan

más como remitentes, quizá por las limitaciones propias del sistema que restringe en los

profesionales la autonomía de brindar el tratamiento adecuado para el paciente porque

no se puede generar ordenes que aumenten el presupuesto de la institución. A pesar de

esta realidad el Estado insiste en el fortalecimiento de los primeros niveles de atención y

la Atención Primaria en Salud, comprensible teniendo en cuenta las bondades de la

misma y estudios realizados en otros países como Cuba, donde los sistemas de salud

siempre han sido manejados desde el primer nivel, haciendo efectivo el recurso financiero

y económico del sistema, pero en Colombia tendríamos que empezar por cambiar la

formación académica en las diferentes facultades de salud y fortalecer el sistema de

reaprendizaje en los profesionales actuales.

Otra de las falencias evidenciadas es el uso inadecuado de los recursos económicos ,

sistemas de información poco confiables, intermediaciones poco efectivas, servicios

efectivos solo para quienes cuentan con capacidad de pago y afiliaciones a planes

complementarios o prepagadas, el sometimiento de los profesionales y la desvalorización

de su labor, la vulneración del personal encargado de la atención, los resultados

deficientes en los indicadores de salud pública, la paralización en los hospitales públicos

debido a los desfalcos financieros y ausencia de recurso humano, además de los altos

costos de los tratamientos y procedimientos necesarios para el abordaje de patologías

de alta complejidad.

Teniendo en cuenta que la salud no puede ceñirse estrictamente a los resultados

esperados por una Política, debe ir más allá del cumplimiento de unas intervenciones

específicas por grupos de riesgo o eventos, la ética en salud debe estar inmersa en cada

una de las actuaciones del ser humano.

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Blum, desde una perspectiva sistémica sostiene que: el fenómeno de la

salud debe entenderse como el proceso continuo de variaciones

ininterrumpidas, que acompañan el fenómeno vital del hombre, las cuales

son producidas o influidas por factores hereditarios, de comportamiento y

ambientales, así como por factores o acciones provenientes de los servicios

de salud (15).

Esta descripción es la que más se acerca a los conceptos establecidos desde nuestra

formación y nuestra normativa, donde se debe garantizar la atención continua, con

oportunidad, disminuyendo las barreras de acceso y brindando integralidad en los

servicios, donde los principales actores sean las instituciones y sus prestadores.

Otra afirmación no menos relevante realizada por Jara Navarro, María Inés, pone en

contexto el papel determinante del estado y el mismo individuo frente a la salud como un

derecho y por ende los deberes inmersos para conseguirla:

No cabe duda entonces que el derecho a la salud sea un derecho

fundamental a la vida. Es por ello que no existe razón alguna para que el

Estado, que es social y de derecho, no cumpla con los deberes que le

corresponden frente a quienes son titulares de derechos fundamentales. Si

la salud es un derecho fundamental, no solo el Estado sino toda persona,

también la persona del médico debe hacer efectivo ese derecho específico.

Es por ello que la distribución de los recursos para el sector salud debe

hacerse siempre teniendo en cuenta que no se está frente a simples

prerrogativas otorgadas por parte del Estado, sino a derechos

fundamentales que son inherentes a la dignidad de todo ser humano, de

todo ser vivo (15).

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25

Es indiscutible que brindar atención en salud integral no es opcional, hace parte de la

vida misma; para conseguirse requiere la actuación del individuo mismo (paciente),

además del Estado, personal médico, administrativo, entes reguladores y demás actores

que lleven a cabo todo lo que este a su alcance; para lograrlo se debe fidelizar al paciente,

ya que si no hay adherencia, autocuidado y responsabilidad frente a su estado de salud,

difícilmente gozará de ella y los resultados en la misma no serán los esperados.

Respecto a la corrupción, punto álgido por demás teniendo en cuenta que es uno de los

cánceres que ha tenido mayor impacto y no precisamente positivo en los resultados

esperados en salud, se podría decir que es uno de los aspectos trazadores que ha

marcado los diferentes sistemas entre estos el de salud. Es claro que se requiere una

reforma al sistema y su estructura desde la operación hasta la conformación directiva de

las instituciones, la cual está incluida en la normatividad vigente PAIS, MIAS y RIAS, pero

¿Será que se ha tenido en cuenta que gran parte de la corrupción es cultural y adquirida

desde el principio de los tiempos?

Uno más de los aspectos que constituyen barreras en la implementación son el acceso a

los servicios de salud desde las zonas rurales y dispersas quienes no cuentan con

suficiente recurso humano, infraestructura ni herramientas técnico-científicas para

garantizar la atención a toda la población residente en estas áreas; la dispersión

geográfica y limitaciones en las vías de acceso a algunos lugares, medios de

comunicación e informáticos deficientes que dificultan además la oferta de los servicios

son otras de las barreras que dificultarían las intervenciones integrales propuestas en las

RIAS. No se desconoce lo positivo de la propuesta inmersa en la norma y el beneficio de

la misma para garantizar la integralidad en la atención, pero es necesario abordar antes

de la implementación aspectos tan importantes como nuestra geografía, demografía,

diversidad cultural, entornos, determinantes sociales y capacitación de los prestadores

para lograr los objetivos de la Política Integral de Atención en Salud.

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26

5. METODOLOGÍA:

5.1 Estudio descriptivo

La monografía se desarrolla bajo marco conceptual que permite describir el contexto

reconociendo experiencias de varios autores; se realiza análisis de las Rutas Integrales

identificando aspectos relacionados a la Política Integral y la realidad del sistema de salud

incluyendo entes rectores, aseguradores, prestadores y usuarios. Se encontraron

algunas limitaciones a pesar de evidenciarse suficiente información sobre la

normatividad, estructuras de modelos de atención y rutas integrales; no se evidencia

información relevante publicada sobre los resultados de la implementación posiblemente

porque en la actualidad está en proceso de adopción, es entendible que esta limitante

afecta el punto de vista académico, pero talvez represente la oportunidad para incentivar

la investigación al respecto de los actores que están trabajando en la misma.

Se inicia con una revisión rápida de literatura relacionada con el tema a investigar para

definir palabras claves, teniendo en cuenta normatividad, calidad de la información

obtenida con soporte bibliográfico dentro de los cuales fue trazador la indagación de la

política PAIS, la revisión del modelo de atención integral MIAS y las Rutas Integrales de

Atención en Salud RIAS, para lograrlo se indagan antecedentes normativos incluyendo

nuevas Leyes y Resoluciones que hacen parte del cambio, Manuales Metodológicos para

la elaboración de Rutas Integrales e intervenciones propias de las RIAS además de redes

de prestación de servicios a cargo de la atención integral en salud promulgada en las

políticas actuales.

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27

6. RESULTADOS:

Al ser un estudio descriptivo sobre un tema relativamente nuevo en su implementación,

los resultados aún no podrían ser medidos; en la actualidad se están siguiendo los

lineamientos técnicos y operativos publicados en agosto del 2018 mediante Resolución

3280, se espera que las rutas integrales inicien su implementación en febrero del 2019

de forma progresiva, de acuerdo a la inclusión de nuevas tecnologías y recurso humano;

por esta razón el estudio realizado ha sido más de análisis conceptual basado en

experiencias registradas de anteriores normas y políticas y estado actual de la salud en

Colombia.

7. DISCUSIÓN:

Posterior al análisis realizado durante el desarrollo de la presente monografía se

evidencia en varias literaturas una percepción de expectativa frente a los resultados

esperados posterior a la implementación de la Rutas Integrales de Atención en Salud y

la relación directa con la situación actual de salud en Colombia.

Durante la investigación se indagan algunas de las intervenciones propuestas en las

RIAS, se relacionan con la oferta actual del servicio, la infraestructura y recurso humano

es decir la capacidad instalada y se encuentra que la Red prestadora es insuficiente;

teniendo en cuenta la cobertura propuesta por el modelo donde se pretende abordar de

manera integral no solo la población urbana, se propone un despliegue de atenciones en

zonas rurales y dispersas, se continua el mismo interrogatorio, ¿Si no se da abasto con

la capacidad instalada actual para atenciones en las instituciones de salud existentes,

cómo se logrará la atención en sitios donde ni siquiera el acceso (terrestre, fluvial o aéreo)

es posible?; ¿Si la tecnología en los sitios de atención urbana es obsoleta , cuál será la

oportunidad de adquisición de tecnología en lo rural y disperso?.

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28

Lo anterior lleva a proponer la generación de nuevas relaciones contractuales entre

Aseguradores e IPS, de tal modo que se garantice un cubrimiento integral de servicios

tal como está establecido en la norma y las intervenciones incluidas en las RIAS.

Las relaciones contractuales podrían darse bajo la modalidad de paquete para los sitios

de difícil acceso, lo cual permitiría establecer grupos de servicios de acuerdo con las

necesidades individuales y colectivas, generando resultados positivos en los costos,

disminuyendo los gastos que podrían generarse de atenciones en niveles de alta

complejidad por la no captación desde APS y manejo integral del riesgo.

Las Entidades Aseguradoras de Planes de Beneficio son las directamente responsables

de dirigir estrategias enfocadas en la identificación del riesgo, con el objetivo de generar

acciones e intervenciones dirigidas a la disminución de factores que los determinen y las

complicaciones propias del mismo; desde la Política y sus Modelos operacionales se

establece que el Asegurador es el “dueño” del paciente desde su captación,

aseguramiento, caracterización y definición de estrategias para disminuir el riesgo, es

decir encargado directo del mismo, responsabilidad que se le traslada a las IPS y sus

prestadores.

Si se logra la articulación efectiva entre los principales actores del sistema de salud se

garantizará la resolución de la mayoría de necesidades en los primeros niveles de

atención; la atención en los complementarios seria mínima optimizando los recursos

financieros y de estancia del sistema; solo los casos de enfermedades de alto costo

requerirían rehabilitación y paliación

En la revisión sistemática también se encontró que continúan los inconvenientes de

accesibilidad y equidad en el Sistema General de Seguridad Social en Salud; la Ley 100

generó avances en cuanto a descentralización, manejo financiero, crecimiento

empresarial de prestadores y aumento de cobertura, pero han sido “paños de agua tibia”

teniendo en cuenta la problemática actual que presentan los usuarios frente a algunas

atenciones en salud. Es bien conocido que uno de los principales objetivos del sistema

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29

es la cobertura total en salud a la población Colombiana, mediante el aseguramiento en

los diferentes regímenes, sin tener en cuenta acceso y calidad de la atención; dos de los

mayores afectados han sido la prevención y la salud pública, a pesar de la intención

explicita del sistema de la detección temprana y menos tratamientos, continuamos en una

atención concentrada en la enfermedad.

Es esta la causa más relevante por la cual los pacientes de riesgo solicitan atención

cuando ya se encuentran con complicaciones, lo que impacta directamente los

indicadores y desmejora la expectativa y calidad de vida. La educación brindada a los

principales actores del sistema (personal médico y asistencial) está enfocada en la

atención de la patología, en la cátedra no se le ha dado la relevancia a la formación en

Atención Primaria en Salud, inclusión de determinantes sociales y entornos los cuales

tienen relación directa con el estado de salud del individuo. Las facultades solo buscan

rentabilidad, aumentar sus ingresos sin importar la calidad de la formación ni la

caracterización demográfica y poblacional propia de nuestro país.

El mal nombrado pago por incentivos es otro tema que también se debe abordar con la

implementación de las RIAS y los modelos de atención, ya que dicho pago se debe

realizar más basado en los resultados en salud y así es como lo tiene estipulado la

Política, esperemos que se instaure como esta lineado y no continuemos con pagos por

eventos y restricciones de servicios para no “gastar en cosas innecesarias” como lo dirían

los gerentes y financieros de las instituciones. Esta situación solo ha llevado al

incremento de tutelas y derechos de petición para garantizar un derecho constitucional,

la salud.

Con la Ley 100 se creyó que la libre competencia generaría mejoría en la atención, ya

que obligaría a las IPS a adquirir las mejores tecnología y de esta manera mejorar la

oferta de los servicios, la realidad fue otra, la atención en salud se continuó ofreciendo

con las mismas falencias con las que venía prestándose; ahora con PAIS, se considera

que los prestadores que no oferten los servicios propuestos en las Rutas Integrales

tienden a desaparecer y es casi seguro que sucederá lo mismo que con la Ley 100,

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contaran con sostenibilidad y con los mismos servicios ineficaces a los que está

acostumbrada la población; a no ser que se estipulen normas sancionatorias que

obliguen al cumplimiento de lo establecido, tristemente la falta de ética y nuestra cultura

facilista nos lleva a recurrir a este tipo de instancias para llevar a cabo lo normado.

La presente monografía tiene algunas limitaciones, entre las cuales se presenta poca

bibliografía debido a que el tema de implementación es reciente y aún no hay estudios

que evidencian resultados objetivos en salud, solo se cuenta con literatura comparativa

con normatividad anterior y estado actual del sistema basado en lo establecido desde la

Ley Estatutaria, el Plan Decenal y Planes de Desarrollo. Para próximas investigaciones

es recomendable la ampliación de otras fuentes a nivel internacional y sistemas similares

a los propuestos en PAIS. Esta restricción no debe constituir una limitación al aporte

académico sobre un tema de reciente incursión, pero con un trayecto transversal y

trazador en el sistema de atención integral en salud.

8. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Articular las intervenciones realizadas por los diferentes actores del Sistema General de

Seguridad en Social con los programas de Protección Específica, Detección Temprana y

Salud Pública con el fin de fortalecer y garantizar la atención integral propuesta por la

política PAIS en el individuo, familia y comunidad, en los diferentes entornos, incluyendo

los determinantes que pueden impactar el estado de salud.

Se evidenció que los factores determinantes de mayor impacto que generan

barreras en la atención en salud están relacionados con el acceso a los servicios

y la oferta en zonas rurales y dispersas.

Se observa que en el sistema de salud se cuenta con intervenciones facilitadoras

como las socializaciones y acompañamiento por parte del Ministerio para apoyar

el proceso de implementación de las Rutas Integrales de Atención en Salud.

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Se puso de manifiesto que la Red de prestadores con competencias suficientes

para la implementación de las RIAS a nivel nacional es deficiente, ya que pocas

tienen los servicios y tecnologías estipuladas para la aplicación de las

intervenciones propuestas, para lograr dar alcance a las rutas se deben generar

negociaciones y contratos con los Aseguradores que garanticen la oferta de los

servicios requeridos.

Se determina que los prestadores de la salud, no cuentan con la formación

adecuada en Atención Primaria en Salud, evidenciándose la necesidad de

actualizar la cátedra desde el pregrado incluyendo asignaturas relacionadas con

programas de Promoción y Prevención de la salud y atenciones en primeros

niveles de atención.

Se considera que el abordaje de la salud no debe ser únicamente enfatizado en

los resultados de indicadores basados en el cumplimiento de una norma, debe

tener más un giro hacia una política universal que tenga como principal objetivo la

preservación y cuidado de la salud bajo acciones éticas y morales.

Se evidencia la necesidad de la creación de un sistema de salud flexible en cuanto

al acceso, integrado al ser holísticamente desde lo físico, emocional y ambiental

que satisfaga las necesidades no solo del individuo sino también de las

comunidades.

Se Identifican las diferentes condiciones que permiten la realización de las

actividades propuestas como facilitadores en la atención, para llevar a cabo APS.

Se verifica que los recursos económicos y la capacidad instalada en el sistema de

salud son insuficientes para llevar acabo las intervenciones establecidas en las

RIAS

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Se determina que la inclusión de nuevos tamizajes deberá estar sujeta a

progresividad de la norma y a la adquisición de nuevas tecnologías por parte de

los prestadores y aseguradores.

Se refuerza los conceptos respecto a afirmar que las prestaciones de los servicios

de salud deben ser considerados un derecho fundamental y que para dar

cumplimiento a la norma deben estar ligados a la Atención Primaria en Salud

(APS)

Se corrobora la importancia de impartir educación al usuario durante la atención

ya que de esta manera conocerá su condición de salud y el cuidado que debe

ejercer para evitar complicaciones

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