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  • 7/25/2019 Robo Agravado - Hurto

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    Delia Quilla Tipula[1]y Carlos Francisco Ral Zavaleta Barrera[2].

    14 de julio (Alerta Informativa).- I.- INTRODUCCIN. Son los delitos ms vistos en los medios decomunicacin, su consumacin revela la inseguridad ciudadana que existe en nuestro pas y susefectos provocan en las vctimas un perjuicio patrimonial difcil de superar; se trata de los delitos de

    todos los das, estos son, el Robo Simple y el Robo Agravado

    Recreacin! "iernes #$ de %ctubre del &''(, &&!'' )oras; despu*s de un agotador da de trabajo,Alison de &( a+os de edad, llega a la puerta de su residencia en iraflores; una ve- que iba retirarla llave de su cartera, aparecen por detrs dos )ombres disfra-ados con pasamonta+as; uno deellos, le apunta con una pistola amena-ndola que si grita o intenta algo la matar; la vctima, no)i-o ms que observar como el otro )ombre cogi la llave de su cartera para ingresar a su moraday sustraer todos los bienes muebles de valor .s el a+o &'$/ y la 0olica todava no )a podidoencontrar a los delincuentes, y lo que es peor, Alison, no )a podido superar el perjuicio econmicode dic)o Robo

    0ero 12u* son los delitos de Robo Simple y Robo Agravado3, 1es lo mismo3 14mo seconfiguran en el mundo exterior3 1.n qu* parte del 4digo 0enal peruano se ubican3, 14undo se

    consuman estos )ec)os criminales3 1Son de naturale-a uniofensiva o pluriofensiva3 1.xistencausas de justificacin para el autor de estos crmenes3, 1es posible sancionar su tentativa3, 15osdelitos de Robo Simple y Robo Agravado son lo mismo que 6urto Simple y 6urto Agravado3

    A continuacin, reali-aremos un desarrollo de los delitos de Robo Simple y Robo Agravado,atendiendo a nuestros conocimientos, criterios y pensamientos propios, sin perjuicio de citar adistinguidos autores en 7erec)o 0enal, 8urisprudencias, Sentencia 0lenaria y Acuerdo 0lenario dela 4orte Suprema de 8usticia de nuestra Rep9blica

    II.- UICACIN D! "O# D!"ITO# D! ROO #I$%"! & ROO A'RAADO !N !" CDI'O%!NA" %!RUANO:uestro 4digo 0enal, vigente desde el a+o $$, con muc)as modificaciones < por cierto < en losdelitos materia del presente artculo, cuenta con tres libros

    .l libro primero se denomina =0arte >eneral?, en el cual obran las normas correspondientes a laaplicacin de la ley penal, al )ec)o punible, a las penas, a las medidas de seguridad, a la extincinde la accin penal y de las penas, a la reparacin civil y a las causas accesorias

    .l libro segundo se denomina =0arte .special @ 7elitos?; all se advierte la descripcin de los tipospenales a sancionar, vale decir, las normas que tipifican los delitos y su respectiva sanciones porcometerlos, como por ejemplo los delitos contra el cuerpo, la vida y la salud, los delitos contra lalibertad e indemnidad sexual, los delitos contra la administracin p9blica, los delitos ambientales,los delitos contra la fe p9blica, etc

    .l libro tercero se denomina =altas?, en *l se encuentran todos los supuestos de )ec)o que, en sumomento, los legisladores consideraron de poca trascendencia ilcita, supuestos en los quealgunos Bpor lo menos para nosotrosC ya deberan ser convertidos en delitos, tal es el caso delmaltrato y asesinato de perros y gatos dom*sticos o en estado de abandono

    Atendiendo a lo se+alado en los prrafos precedentes, se desprende que los delitos de RoboSimple y Robo Agravado se encuentran tipificados en la =0arte .special < 7elitos? de nuestro4digo 0enal, especficamente dentro de los 7elitos contra el 0atrimonio, esto es, en el libro DD,captulo DD, ttulo ", artculos $((E y $(E respectivamente

    III.- !" D!"ITO D! ROO #I$%"!

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    A).- TI%O %!NA".l tipo penal del delito de Robo Simple se encuentra tipificado en el artculo $((F del 4digo 0enal,el mismo que actualmente dispone lo siguiente!

    "Artculo 188 del cdigo penal.- Robo:El que se apodera ilegtimamente de un ien muele total o parcialmente a!eno" para aprovec#arse

    de $l" sustray$ndolo del lugar en que se encuentra" empleando violencia contra la persona oamena%&ndola con un peligro inminente para su vida o integridad 'sica ser& reprimido con penaprivativa de liertad no menor de tres ni mayor de oc#o a(os.)

    0ara desarrollar este tipo penal a de condicionarnos en gran parte a las ense+an-as del granmaestro alemn 4laus Roxin, quien con la traduccin de los tratadistas espa+oles, 7iego anuel5u-n 0e+a, iguel 7a- y >arca 4ollendo y 8avier 7e "icente Remesal, establece losiguiente! *+,- toda conducta punile supone una accin" tpica" anti!urdica" culpale y quecumple otros eventuales presupuestos de puniilidad. /or tanto" toda conducta punile presentacuatro elementos comunes +accin" tipicidad" anti!urdica y culpailidad-" a los cuales puedea(adirse an en algunos casos un ulterior presupuesto de la puniilidadBGC[3]?

    .n efecto, el delito es una conducta Baccin u omisinC tpica, antijurdica y culpable penada por la

    ley, donde en ocasiones puede existir tambi*n una condicin objetiva de punibilidad; todo esto,bajo el amparo de la corriente finalista en el que se basa nuestro sistema penal

    ).- !"!$!NTO# D! TI%ICIDAD O!TIA5os elementos de tipicidad objetivo son todos aquellos que se describen, ubican o encuentrandentro del tipo penal

    0arafraseando el artculo $((E, *e advierte +ue el delito de Ro,o #imle e* un Delito ontra el%atrimonio/ +ue *e onfi0ura en el mundo eterior uando el *ujeto ativo o a0ente/ *eaodera ile02timamente/ e*to e*/ *in dere3o al0uno/ de un ,ien mue,le total o arialmenteajeno/ ara arove3ar*e de l/ *u*tra5ndolo del lu0ar donde *e enuentra o u,ia/emleando violenia ontra el *ujeto a*ivo o v2tima/ o amena67ndolo de un eli0roinminente ontra *u vida o inte0ridad f2*ia.

    Siendo esto as, es importante establecer que el delito de Robo Simple es una conducta de acciny no una conducta de omisin, ello, debido a que de acuerdo a su naturale-a jurdica materiali-adaen su descripcin normativa, el agente necesariamente debe llevar a cabo un comportamientocriminal de )acer, el cual se exteriori-ar al momento de reali-ar los actos ejecutivos en contra delsujeto pasivo para la consumacin del delito, alcan-ando as la finalidad que persegua desde sumbito subjetivo, lo que en la parte general del derec)o penal denominamos agotamiento delcrimen cometido

    !n tal *entido/ *e areia +ue e* una ai8n t2ia o onduta delitiva de ai8n/ +ueefet9a el *ujeto ativo ontra el *ujeto a*ivo, por tanto, ante la ausencia de la accin descritaen el tipo penal no podramos estar frente a un delito de Robo Simple, no debi*ndose entenderesto como un impedimento para que determinadas persona que no reali-an directamente la

    mencionada conducta criminal puedan ser sancionadas penalmente como instigadores o cmplicesprimarios o secundarios

    #e trata de un delito u5o ver,o retor e* el aoderamiento/ lo ual imlia la ai8n +uemanifie*ta la er*ona de tomar en oder al0o ara di*oner de l/ en e*te a*o de un ,ienmue,le total o arialmente ajeno/ ue* e* un o,jeto tan0i,le de roiedad o o*e*i8n de+uien *er7 *u v2tima/ or ello/ el otro elemento o,jetivo +ue lo aoma:a e* la ile0itimidad/5a +ue el *ujeto ativo/ *in dere3o al0uno/ *e aodera de un atrimonio *in *er *uroietario o o*eedor le02timo 5 *in el on*entimiento de +uien *2 lo e*

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    .l bien mueble es todo objeto de valoracin econmica o de valor patrimonial, que puedetrasladarse de un lugar a otro, no existiendo para este delito la exigencia de un monto mnimo,debiendo solo ser sustrado, vale decir, extrado de la esfera de dominio del sujeto pasivo a laesfera de dominio del agente, siendo necesario para la configuracin del delito que la sustraccinse )aya perfeccionado empleando violencia o amena-a de peligro inminente contra la vida ointegridad fsica

    Ramiro Salinas Sicc)a, se+ala que=+,- 0a violencia o 'uer%a 'sica deviene en un instrumento queutili%a o #ace uso el agente para 'acilitar la sustraccin y por ende el apoderamiento ilegtimo delien que pertenece al su!eto pasivo +,-[4]1.

    :o obstante, idel Rojas "argas, sostiene que *+,- 2e tiene violencia propia cuando la 'uer%a"energa o poder 'sico que despliega el agente del delito para impedir la capacidad de respuestareal o potencial de la vctima" se presenta de 'orma e3presa" mani'iesta" aierta sore $sta. Encamio se tiene violencia impropia cuando el agente #ace uso de medios distintos a los anteriores

    para anular la voluntad y la motricidad de la vctima +capacidad de actuar-. Estos medios distintosa las tradicionales e3presiones de violencia son las narcoti%aciones" la #ipnosis" el uso de alco#ol"narcticos y drogas en general enervantes +,-1[].

    !n nue*tra* ala,ra* 5 *8lo ara el de*arrollo del delito de Ro,o #imle m7* no ara el deRo,o A0ravado/ la violenia o vi* a,*oluta/ e* eteriori6a mediante la ener02a o fuer6a f2*iaroalada or el a0ente/ en la ual *e utili6a el uero 3umano omo arma ontra el *ujetoa*ivo +ue *e re*i*te o +ue uede o no re*i*tir*e al rimen/ a fin de lo0rar *u*traer el ,ienmue,le ajeno.

    .n cuanto a la amena-a de un peligro inminente para la vida o integridad fsica, 5uis AlbertoHramont@Arias Iorres y ara del 4armen >arca 4anti-ano, siguiendo al espa+ol "ives Anton, nosense+an que *+,- se puede de'inir como el anuncio de un mal inmediato" de tal entidad que escapa% de vencer la voluntad contraria del su!eto contra el que y provocar inmediatamente que esteentregue el ien o posiilite o no di'iculte el acto de apoderamiento +,-1[!].

    A nue*tro riterio/ la amena6a de un eli0ro inminente ontra la vida o inte0ridad f2*ia (vi*

    omul*iva) en el delito de ro,o/ e* la manife*tai8n ontin0ente +ue lleva a a,o el a0entemediante ala,ra* o 3e3o* ara advertir o dar entender el da:o inmediato +ue reali6ar2aontra la v2tima/ o inlu*o un terero/ ara terminar on *u re*i*tenia o a*e0urar o no *ure*i*tenia 5 *u*traer el ,ien mue,le ajeno.

    .n t*rminos general, debemos entender que tanto la violencia como la amena-a de peligroinminente contra la vida o integridad fsica son formas de intimidacin criminal que ejecuta el sujetoactivo para confrontar la resistencia del sujeto pasivo, o la resistencia o no que esperaba, a efectosde estimular su temor desde el aspecto interno en proyeccin al aspecto externo, lo que facilita laconsumacin del )ec)o delictivo

    7ebe tenerse en cuenta, claro est, que la realidad a veces nos ense+a que no es necesaria laresistencia del agraviado para que el delincuente emple* violencia o amena-a contra su vida o

    integridad fsica, pues muc)as veces el autor del crimen golpea o amena-a a sus vctimasimplemente porque s, ya que sabe que es algo que debe )acer

    !* imortante *e:alar +ue a diferenia del ;urto #imle/ la onfi0urai8n del delito del Ro,o#imle/ re+uiere del emleo de violenia o amena6a de eli0ro inminente ontra la vida ointe0ridad f2*ia del a0raviado/ ara +ue el a0ente ueda aoderar*e ile02timamente de *u*,iene* mue,le* mediante la *u*trai8n.

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    .n atencin a ello y a nuestro 4digo 0enal, que ubica el delito de Robo Simple en losdenominados delitos contra el patrimonio, para nosotros el bien jurdico protegido es el patrimoniomateriali-ado en el bien mueble de propiedad o de posesin del sujeto pasivo

    Sin embargo, vale citar la .jecutoria Suprema de la Sala 0enal Iransitoria de la 4orte Suprema de8usticia de la Rep9blica emitida con fec)a $J de ayo del &''J, recada en el .xpediente :E #($@

    &''# < 5ima y citado por 8os* 5uis 4astillo Alva! =BGC el ien !urdico protegido en el delito de rooes de naturale%a plurio'ensiva" toda ve% que no solo se protege el patrimonio sino adem&s laintegridad y liertad personalBGC?[]

    0ara leer el artculo completo, ingrese al siguiente enlace!)ttp!KKLLLlo-avaloscompeKalertainformativaKindexp)p3modMdocumentoNcomMdocumentoNidMJ##

    rijley,5ima &''(, p $

    P/QR%8AS "AR>AS, idel 7elitos contra el 0atrimonio; "olumen D, 6urto Bsimple, agravado y deusoC, Robo Bsimple y agravadosC, Abigeato .ditora jurdica >rijley, 5ima &''', p #T&

    PQHRA%:I@ARDAS I%RR.S, 5uis Alberto y >AR4UA 4A:IDVA:%, ara del 4armen anualde 7erec)o 0enal; #era .dicin, .ditorial San arcos, 5ima $T, p #'(

    PTQ4ASID55% A5"A, 8os* 5uis 8urisprudencia 0enal & Sentencias de la 4orte Suprema de8usticia de la Rep9blica; editora jurdica >rijley, 5ima &'', p

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