RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA - Municipalidad Distrital de...

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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA de fecha 19 de julio del 2013, y; CONSIDERANDO: N° 278-2013-A/MDS Samegua. 23 de Ju li o del 2013 Que, la Municipalidad Distrital de Samegua es un órgano de Gobierno Local, con Autonomía Política, Económica y Administrativa, en asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 194 2 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 11 del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley 27972; T Que, con fecha 08 de Agosto de l 20 12, se firmó el Contrato de Adquisición de Bienes y Servicios 014- 2012-GM/MDS, celebrado entre la Mu nicipalidad Di strital de Samegua y la Empresa SPORTEK S.A.C., para la adquisición de Piso Deportivo Sintético Vinílico, para un área de 690m2, para la Obra: "Mejoramiento y Ampliación l lA · e Infraestructura del Coliseo Miguel Zeballos Málaga de Distrito de Samegua", por el monto total de S f. 196,832.85 (Ciento Nove nta y Sei s Mil Ochocientos Treinta y Dos con 85/100 nuevos soles); ,,_ $. + Que, en mérito al Informe N 2 2379-2012-MOC/G/GIPDUA-MDS, de fecha 27 de Diciemb re del 2012, el Gerente de Inversión Pública y Desarrollo Urbano Ambiental, remite a conocimiento de la Gerencia Municipal, la Conformidad de la Orden de Compra, corresp ondiente a la Adquisición de Piso Deportivo Sintético Vinílico, correspondiente a la Obra: "Mejoramiento y Ampliación de Infraestructura del Coli seo Miguel Zeballos Málaga de ,, , a<" istrito de Samegua", conformidad emitida por el Arq. Hekart P. Charahua Sánchez, por lo que recomienda la ocedencia del pago según la Orden de Compra 0195-T, conforme a Ley; Z G 0€ ;;: -:) llACl0/1 f7> ? liTAS Que, según Informe 0540-2013 -j VUC/OSLO/GM/MDSMDS, de fecha 28 de Mayo del 2013, el jefe de la """"l:;il=:::;¡;;;;...- " Oficina de Supervisión y Li quidación de Obras, informa que el Inspector de Obra lng. Gim Pool Manchego Díaz, remite el aná li sis y opinión técnica a la instalación del Piso Sintético, por la empresa SPORTEK S.A.C., que según Carta 036-2013, emitida por dicha,empresa solicitando se le pague la totalidad del Contrato original por S/ . . - .... 196,832.85 Nuevos Soles; 9 ?'>?, Que, con Informe 048-20 13-HPCHS-RO-G IPDUA/ MDS, de fecha 13 de Febrero del 2013, el Residente f PWGF e la Obra: "Mejoramiento y Ampliación de Infraestructura del Coli seo Miguel Zeballos Málaga de Distrito de §. P!IF sro g amegua", da la conformidad final de conclusión de servicio, habiéndose dispuesto su devengado con Informe N 2 233-2012-HPCHS-RO-GIPDUA/MDS, de fecha 27 de Diciembre del 2012, seña l and o asimismo que la empresa _ _.. .y SPORTEK S.A.C. debepresentar documentación fa ltant e en el expediente, para que ésta conformidad surta su correspondie nte efecto; Que, según Informe Legal 206-2013-GAj/MDS. de fecha 11 de julio del 2013, la Gerencia de Asesoría jurídica, opina que se deberá declarar procedente el pago del servici o prestado por la Empresa SPORTEK, en base a las conformidades de s ervicio existentes y recomendaciones de la forma de pago; por lo que no existe impedimento alguno para dejar de cumplir la obligación asumida por la Municipalidad Distrital de Samegua; Que, mediante Informe N 2 998-2013-SG L SG- GA-GM/MDS, de fecha 17 de julio del 2013, 1a Sub Gerencia de Logística y Servicios Ge nerales, solicita el reconocimiento de Deuda de la Or den de Compra N 2 0195-T del año fiscal 2012, indicando asimismo se cons i dere la penalidad por mora en la ejecución de la prestación, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones;

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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

de fecha 19 de julio del 2013, y;

CONSIDERANDO:

N° 278-2013-A/MDS Samegua. 23 de Julio del 2013

Que, la Municipalidad Distrital de Samegua es un órgano de Gobierno Local, con Autonomía Política, Económica y Administrativa, en asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 1942 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 11 del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley ~2 27972;

T Que, con fecha 08 de Agosto del 2012, se firmó el Contrato de Adquisición de Bienes y Servicios Nº 014-~Q\S Rt~ 2012-GM/MDS, celebrado entre la Municipalidad Distrital de Samegua y la Empresa SPORTEK S.A.C., para la ~-<><" adquisición de Piso Deportivo Sintético Vinílico, para un área de 690m2, para la Obra: "Mejoramiento y Ampliación l lA ~ · e Infraestructura del Coliseo Miguel Zeballos Málaga de Distrito de Samegua", por el monto total de S f. 196,832.85 ~ ?¡ (Ciento Noventa y Seis Mil Ochocientos Treinta y Dos con 85/100 nuevos soles); ,,_ $.

+ Que, en mérito al Informe N2 2379-2012-MOC/G/GIPDUA-MDS, de fecha 27 de Diciembre del 2012, el Gerente de Inversión Pública y Desarrollo Urbano Ambiental, remite a conocimiento de la Gerencia Municipal, la Conformidad de la Orden de Compra, correspondiente a la Adquisición de Piso Deportivo Sintético Vinílico,

~OIST.Vr~ correspondiente a la Obra: "Mejoramiento y Ampliación de Infraestructura del Coliseo Miguel Zeballos Málaga de ~ ,, , a<" istrito de Samegua", conformidad emitida por el Arq. Hekart P. Charahua Sánchez, por lo que recomienda la ~ ~ ocedencia del pago según la Orden de Compra Nº 0195-T, conforme a Ley; Z G 0€ ;;: • -:) llACl0/1 f7> ? liTAS ~ Que, según Informe Nº 0540-2013-jVUC/OSLO/GM/MDSMDS, de fecha 28 de Mayo del 2013, el jefe de la

""""l:;il=:::;¡;;;;...- " Oficina de Supervisión y Liquidación de Obras, informa que el Inspector de Obra lng. Gim Pool Manchego Díaz, remite el análisis y opinión técnica a la instalación del Piso Sintético, por la empresa SPORTEK S.A.C., que según Carta Nº 036-2013, emitida por dicha ,empresa solicitando se le pague la totalidad del Contrato original por S/ .

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9?'>?, ~ Que, con Informe Nº 048-2013-HPCHS-RO-GIPDUA/ MDS, de fecha 13 de Febrero del 2013, el Residente f PWGF ~J~~ e la Obra: "Mejoramiento y Ampliación de Infraestructura del Coliseo Miguel Zeballos Málaga de Distrito de §. P!IF sro g amegua", da la conformidad final de conclusión de servicio, habiéndose dispuesto su devengado con Informe N2

~~ ~~ 233-2012-HPCHS-RO-GIPDUA/MDS, de fecha 27 de Diciembre del 2012, señalando asimismo que la empresa _ _.. .y SPORTEK S.A.C. deberá presentar documentación faltante en el expediente, para que ésta conformidad surta su

correspondiente efecto;

Que, según Informe Legal Nº 206-2013-GAj/MDS. de fecha 11 de julio del 2013, la Gerencia de Asesoría jurídica, opina que se deberá declarar procedente el pago del servicio prestado por la Empresa SPORTEK, en base a las conformidades de servicio existentes y recomendaciones de la forma de pago; por lo que no existe impedimento alguno para dejar de cumplir la obligación asumida por la Municipalidad Distrital de Samegua;

Que, mediante Informe N2 998-2013-SGLSG-GA-GM/MDS, de fecha 17 de julio del 2013, 1a Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales, solicita el reconocimiento de Deuda de la Orden de Compra N2 0195-T del año fiscal 2012, indicando asimismo se considere la penalidad por mora en la ejecución de la prestación, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones;

Que, con Informe Nº 879-2013-GADMR/MDS, de fecha 17 de Julio del 2013, la Gerencia de Administración y Rentas, remite los actuados con la finalidad de que se realice el Reconocimiento de Deuda de la Orden de Compra Nº 0195-T del año fiscal 2012, de acuerdo a lo informado por la Sub Gerencia de Logística y

diQ\'::>- ..,~ Servicios Generales;

~~ i1' Que, de acuerdo al Informe Nº 763-2013-GPP-GM/MDS, de fecha 19 de Julio del 2013, la Gerencia de . ~ . tP ' Planificación y Presupuesto, informa que revisada la documentación, así como la evaluación presupuesta! según la ~ meta de origen, determinándose que el proyecto cuenta con disponibilidad presupuesta, por lo que al contarse con

los diversos informes de conformidad, así como de solicitud de reconocimiento de deuda, respecto a la Orden de Compra Nº 0195-T, de fecha 15 de Octubre del 2012, ésta deberá ser reconocida mediante acto resolutivo de alcaldía;

Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley W 28411, establece en su artículo 35°, numeral 35.1 que: "El Devengado es el acto mediante el cual se reconoce una obligación de pago, derivada de un gasto aprobado y comprometido, que se produce previa acreditación documental ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor. El reconocimiento de la obligación debe afectarse al Presupuesto Institucional en forma definitiva con cargo a la correspondiente cadena de gasto".

Que, el artículo 372 de la Ley citada en el párrafo precedente establece el tratamiento de los compromisos y los devengados a la culminación del año fiscal; especificando en su numeral 37.1 que los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de cada año fiscal pueden afectarse al Presupuesto Institucional del período inmediato siguiente, previa anulación del registro presúpuestario efectuado a la citada fecha. En tal caso, se imputan dichos compromisos a los créditos presupuestarios aprobados para el nuevo año fiscal;

Que, asimismo la Ley N° 28693 - Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, establece en su artículo 28° numeral 28.1 y 28.2 que: "El devengado es el reconocimiento de una obligación de pago que se registra sobre la base del compromiso previamente formalizado y registrado, sin exceder el límite del correspondiente Calendario de Compromisos";"El total de devengado registrado a un determinado periodo no debe exceder el total acumulado del gasto comprometido y registrado J la misma fecha"; de igual forma el artículo29º del mismo cuerpo normativo señala que: "el devengado sea en forma parcial o total se produce co~~ consecuencia de haberse verificado la recepción satisfactoria de los bienes adquiridos o la efectiva prestación de los servicios contratados";

Que, el artículo 165º del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado establece la penalidad por mora en la ejecución de las prestaciones objeto del contra to, la entidad le aplicará al contratista una penalidad por día de retraso hasta por un monto máximo equivalente al 10 % del monto del contrato vigente, o de ser el caso del ítem que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida_ de Jos pagos a cuenta del pago final o en la liquidación final o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías del fiel cumplimiento o por el

.,,;., monto diferencial de propuesta; -· ,:( ;;~ r - ",:~ ,\

.. ·' ., ·.~ ~~;) Que, ante la revisión de los documentos que forman parte del Contrato de Adquisición de Bienes y r ,; }r';;J~ervicios Nº 014-2012-GM/MDS, celebrado entre la Municipalidad Distrital de Samegua y la Empresa SPORTEK _Á~s.A.C., para la adquisición e Instalación de Piso Deportivo Sintético Vinílico, para un área de 690 m2, para la Obra: -A "Mejoramiento y Ampliación de Infraestr uctura del Coliseo Miguel Zeballos Málaga de Distrito de Samegua", se

puede determinar con toda precisión, que la contratista ha cumplido con la prestación, de acuerdo a los términos _ ___ de referencia y al propio contrato, de tal manera se otorga la conformidad del servicio por el Residente, la misma

,~\;: •1'"· 'J~. que es ratificada por el Inspector de Obra, constituyendo este hecho requisito determinante para que la

.. ·' ~ ~\ unicipalidad cumpla con el pago pactado, además ambos responsables, recomiendan se pague el 100% del -~ .:;;; ~~ontrato primigenio;

',.-,~~ . _;::1-l'i'-\.~~

. , •f/iJ'><J!· Que, asimismo se aprecia que la EMPRESA SPORTEK S.A. C., no cumplió con los plazos establecidos en el respectivo Contrato de Adquisición e Instalación de Piso Deportivo Sintético Vinílico, ya que de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Octava, sobre la Vigencia del Contrato: "El presente contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del contrato y por un periodo improrrogable de 60 días calendario, el mismo que culmina con la entrega e instalación total de los b ienes"; por lo que habiéndose suscrito el mencionado contrato con fecha 08 de Agosto, se debió haber hecho la entrega total de los bienes el día 08 de Octubre del

2012, realizándose la entrega por el proveedor con fecha 23 de Noviembre del 2012, en consecuencia el plazo transcurrido es de 46 días calendario; incurriendo de esta manera en "Penalidad por Mora en la ejecución de la prestación", tal como lo estipula el Artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, asimismo dicha penalidad está establecida en el respectivo Contrato de Adquisición de Bienes y Servicios Nº 019-2012-GM/MDS. Para tal efecto aplicando la formula de penalidad diaria, se tendría que el proveedor pagará la suma de S/. 37,725.98 nuevos soles, y de acuerdo a lo estipulado en el artículo 652 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se señala que la entidad podrá aplicar penalidades hasta por un monto máximo equivalente al10o/o del monto;

Por lo que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28693 - Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N!! 184-2008-EF; la Ley N2 27444- Ley de Procedimiento Administrativo General y en atención a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 202 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N2 27972, concordante con lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER, LA DEUDA PENDIENTE DE PAGO, derivada de la Orden de Compra Nº 195-T, de fecha 15 de Octubre del 2012, a favor de EMPRESA SPORTEK S.A.C. por la suma de Sf.

196,832.85 (Ciento Noventa y Seis Mil Ochocientos Treinta y Dos con 85/100 nuevos soles), correspondiente a la adquisición de Piso Depor tivo Sintético Vinílico, para un área de 690 m2, para la Obra: "MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEL CO LISEO MIGUEL ZEBALLOS MÁLAGA DE DISTRITO DE SAMEGUA".

ARTÍCULO SEGUND9.- APLICAR la penalidad por mora a la EMPRESA SPORTEK S.A.C., correspondiéndole la penalidad máxima de lOo/o del monto del Contrato perfeccionado en la Orden de Compra Nº 0195-T, de fecha 15 de Octubre del 2012, equivalente a la suma de Sf. 19,683.285 (Diecinueve Mil Seiscientos Ochenta y Tres con 285/100 nuevos soles); de acuerdo a lo establecido en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Tesorería, efectuar la retención del monto de Sf. 19,683.285 (Diecinueve Mil Seiscientos Ochenta y Tres con 285/100 nuevos soles), durante la cancelación al proveedor EMPRESA SPORTEK S.A.C., de la Orden de Compra N2 0195-T, de fecha 15 de Octubre del 2012, equivalente a la suma de Sf. 196,832.85 (Ciento Noventa y Seis Mil Ochocientos Treinta y Dos con 85/100 nuevos soles).

ARTÍCULO CUARTO.- REMITIR, copia de la presente Resolución a Gerencia Municipal, Gerencia de , Asesoría jurídica, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales, Sub

' :~' 'Gerencia de Tesorería y demás Unidades Orgánicas que por la naturaleza tengan injerencia en el contenido de la

1 misma. ) ,,.

~,-/ ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR, a la Oficina de Desarrollo Tecnológico e Informática, la publicación de _;? la presente resolución en la Página Web Oficial de la Municipalidad Distrital de Samegua.

GRRN/AMOS JAFCJGM LEZZIGAJ HWBCIGAOMR SSTMIGPP ROACISGLSG MRCVISGC SIRAISGT CPIOOTI C. c. Atehrvo

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE