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.. - 346 RESOLUCiÓNDEALCALDíA N° /2012·MPCH/A. , I Chiclayo, 2 O ABR 2012 VISTO: El expediente administrativo Registro N°. 003163-0TD de fecha 25 de Enero del 2012, a través del cual don EMELlTO .CHONLON CULQUI, en su condición de propietario de la Unidad de Placa M1Q-321, interponen Recurso Administrativo de Apelación contra las Resolución de Gerencia N° 2581-2011-MPCH/GTT del 30 de Diciembre del 2011. CONSIDERANDO: Que, es finalidad fundamental de la Ley 27444, establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general. Que,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206° de la Ley General del Procedimiento Administrativo General No. 27444, precisa que frente a un acto administrativo que se supone viola, desconoce o lesiona un derecho o interés legítimo, procede su contradicción en la vía administrativa mediante los recursos administrativos correspondientes; del mismo modo el artículo 209 0 de la norma antes descrita, señala que el Recurso de Apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiéndose dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que se eleve todo lo actuado al superior jerárquico; con la finalidad que el superior que al emisor de la decisión impugnada revise y modifique la resolución del subalterno, pues fundamentalmente se trata de una revisión integral del procedimiento desde una perspectiva de puro derecho. Que, así mismo del comentario a la Ley N° 27444 respecto al Recurso de Apelación señala tiene como presupuesto la existencia de una jerarquía administrativa titular de la potestad de CORRECiÓN Y POR ESO SU FINALIDAD ES EXIGIR AL SUPERIOR EXAMINE LO ACTUADO Y RESUELTO POR EL SUBORDINADO. De ahí que este recurso podamos ejercerlo únicamente cuando cuestionemos actos emitidos por un órgano administrativo subordinado jerárquicamente a otro y no cuando se trate de actos emitidos por la máxima autoridad de órganos autárquicos, autónomos o carentes de tutela administrativa. Que, a través del Exp. N°. 033529 de fecha 26 de Setiembre del 2011, el socio activo de la Empresa de /:;J~ -¿-·;;.~r~nsportes e~ Colectivos" SAN VALEN~I~ EROS" SA~. Sr. EMELlTO CHONLON CUL.QUI, solicita la h'/_ ._:.~(¡p~Ja.de la unldad.placaAQ-41 para sustituirla con la unidad de plac~A1Q-321 d~ ~u propledad,.vehlculo (V '. :r:-(,t~ &:I'{lllsmo que cubrirá la ruta Mercado Modelo, Urb. El Amauta, La Florida, Condominio la Plata y Viceversa, \ ~', ",~g/~~' ~9)Unta documentos como: Tarjeta de Operatividad Original a nombre de RUIZ PEREZ VICTOR, Registro \" .: -~.. Il)Clividual en Original, Copia de Tarjeta de Propiedad a nombre del recurrente, Certificado Contra ·<~c.'~'_'\ ;\/Accidentes de Tránsito de fecha 23 de Junio del 2011 con fecha de vencimiento 23 de Junio del 2012, "-<"-'- Certificado de Inspección Técnica Vehicular, Renuncia Voluntaria donde el Sr, RUIZ PEREZ VICTOR, "1 RENUNCIA Voluntariamente al Servicio de la Llnea de la Unidad AQ-4145 de los padrones de la Empresa TRANSVAE SAC, a favor del Sr. Emelito Chonlon Culqui, Certificado expedido por el Sr. PEDRO RAICO .). AZAÑERO - Gerente de la Empresa TRANSVAE SAC, hace conocer que el recurrente es integrante de -: ,\' .- dicha Empresa, quien brindara servicio de colectivo en la ruta asignada a la referida empresa. ~ -/ \ . f :':'~,::-' .:Q~~, a páginas (14), obra el Informe Técnico N° 741-2011-MPCH/GTT-SGT/JCCF de fecha 29 de :\!9~('" ~e.~lembre del 201~, .el mismo que. previa ev.alu~ción señal~ ~ue ~e~ún lo constatado el ~ehículo AQ-4145 " .... para el cual se solicita la BAJA tiene autorización de servicio publico hasta el 21 de Julio del 2012 en la .".Empresa de Transportes TRANSVAE SAC ,y que la unidad ENTRANTE placa M1Q-321 según tarjeta de propiedad es del año 1996, es menos antigua que el saliente y esta a nombre del Sr. EMELlTO CHONLON CULQUI, quien a la fecha de presentación de su solicitud de baja y sustitución NO ACREDITA SER SOCIO DE LA EMPRESA. Además refiere que el SOAT presentado no se encuentra autorizado por SBS. Que, el Sub Gerente de Transportes con Informe N° 1236-2011-MPCH/GTT-SGTE de fecha 17 de Octubre del 2011, eleva el Informe Técnico señalado en el considerando precedente, sobre baja del vehlculo placa AQ-4145 para sustitución por la unidad placa M1Q-321, opina, que no es factible dicha solicitud, derivándose todo lo actuado al área legal a fin que emita su opinión al respecto; a lo cual mediante Informe Legal N° 2199-2011-MPCH-GTT-AL-DMDG de fecha 26 de Octubre del'2011, refiere que el administrado ha iniciado el tramite dentro de lo que manda el Decreto Suprimo N° 017-2009-MTC,

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RESOLUCiÓNDEALCALDíA N° /2012·MPCH/A.

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Chiclayo, 2 O ABR 2012VISTO:

El expediente administrativo Registro N°. 003163-0TD de fecha 25 de Enero del 2012, a través del cual donEMELlTO .CHONLON CULQUI, en su condición de propietario de la Unidad de Placa M1Q-321, interponenRecurso Administrativo de Apelación contra las Resolución de Gerencia N° 2581-2011-MPCH/GTT del 30de Diciembre del 2011.

CONSIDERANDO:

Que, es finalidad fundamental de la Ley 27444, establecer el régimen jurídico aplicable para que laactuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos eintereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general.

Que,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206° de la Ley General del ProcedimientoAdministrativo General No. 27444, precisa que frente a un acto administrativo que se supone viola,desconoce o lesiona un derecho o interés legítimo, procede su contradicción en la vía administrativamediante los recursos administrativos correspondientes; del mismo modo el artículo 2090 de la norma antesdescrita, señala que el Recurso de Apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente endiferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho,debiéndose dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que se eleve todo loactuado al superior jerárquico; con la finalidad que el superior que al emisor de la decisión impugnada revisey modifique la resolución del subalterno, pues fundamentalmente se trata de una revisión integral delprocedimiento desde una perspectiva de puro derecho.

Que, así mismo del comentario a la Ley N° 27444 respecto al Recurso de Apelación señala tiene comopresupuesto la existencia de una jerarquía administrativa titular de la potestad de CORRECiÓN Y POR ESOSU FINALIDAD ES EXIGIR AL SUPERIOR EXAMINE LO ACTUADO Y RESUELTO POR EL SUBORDINADO. De ahíque este recurso podamos ejercerlo únicamente cuando cuestionemos actos emitidos por un órganoadministrativo subordinado jerárquicamente a otro y no cuando se trate de actos emitidos por la máximaautoridad de órganos autárquicos, autónomos o carentes de tutela administrativa.

Que, a través del Exp. N°. 033529 de fecha 26 de Setiembre del 2011, el socio activo de la Empresa de/:;J~-¿-·;;.~r~nsportes e~ Colectivos" SAN VALEN~I~ EROS" SA~. Sr. EMELlTO CHONLON CUL.QUI, solicita la

h'/_ ._:.~(¡p~Ja.de la unldad.placaAQ-41 para sustituirla con la unidad de plac~A1Q-321 d~ ~u propledad,.vehlculo(V '. :r:-(,t~ &:I'{lllsmo que cubrirá la ruta Mercado Modelo, Urb. El Amauta, La Florida, Condominio la Plata y Viceversa,\ ~', ",~g/~~' ~9)Unta documentos como: Tarjeta de Operatividad Original a nombre de RUIZ PEREZ VICTOR, Registro\" .: -~.. Il)Clividual en Original, Copia de Tarjeta de Propiedad a nombre del recurrente, Certificado Contra·<~c.'~'_'\ ;\/Accidentes de Tránsito de fecha 23 de Junio del 2011 con fecha de vencimiento 23 de Junio del 2012,

"-<"-'- Certificado de Inspección Técnica Vehicular, Renuncia Voluntaria donde el Sr, RUIZ PEREZ VICTOR,"1 RENUNCIA Voluntariamente al Servicio de la Llnea de la Unidad AQ-4145 de los padrones de la Empresa

TRANSVAE SAC, a favor del Sr. Emelito Chonlon Culqui, Certificado expedido por el Sr. PEDRO RAICO.). AZAÑERO - Gerente de la Empresa TRANSVAE SAC, hace conocer que el recurrente es integrante de

-: ,\' .- dicha Empresa, quien brindara servicio de colectivo en la ruta asignada a la referida empresa.~ -/ \ .f :':'~,::-'.:Q~~, a páginas (14), obra el Informe Técnico N° 741-2011-MPCH/GTT-SGT/JCCF de fecha 29 de:\!9~('" ~e.~lembre del 201~, .el mismo que. previa ev.alu~ción señal~ ~ue ~e~ún lo constatado el ~ehículo AQ-4145" .... para el cual se solicita la BAJA tiene autorización de servicio publico hasta el 21 de Julio del 2012 en la

.".Empresa de Transportes TRANSVAE SAC ,y que la unidad ENTRANTE placa M1Q-321 según tarjeta depropiedad es del año 1996, es menos antigua que el saliente y esta a nombre del Sr. EMELlTOCHONLON CULQUI, quien a la fecha de presentación de su solicitud de baja y sustitución NOACREDITA SER SOCIO DE LA EMPRESA. Además refiere que el SOAT presentado no se encuentraautorizado por SBS.

Que, el Sub Gerente de Transportes con Informe N° 1236-2011-MPCH/GTT-SGTE de fecha 17 de Octubredel 2011, eleva el Informe Técnico señalado en el considerando precedente, sobre baja del vehlculo placaAQ-4145 para sustitución por la unidad placa M1Q-321, opina, que no es factible dicha solicitud,derivándose todo lo actuado al área legal a fin que emita su opinión al respecto; a lo cual medianteInforme Legal N° 2199-2011-MPCH-GTT-AL-DMDG de fecha 26 de Octubre del'2011, refiere que eladministrado ha iniciado el tramite dentro de lo que manda el Decreto Suprimo N° 017-2009-MTC,

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modificado por Decreto Supremo N° 006-2010-MTC, sin embargo no acredita ser socio de la Empresaantes indicada, porlo que el acto administrativo requerido devlene en improcedente. Emitiéndose laResolución de Gerencia 1985-2011-MPCH/GTT de fecha 10 de Noviembre del 2011, la misma que resuelvedeclarar Improcedente lo solicitado por el Sr. EMELlTO CHONLON CULQUI, sobre BAJA (AQ-4145)para SUSTITUIRLO por el vehículo placa M1Q-321 de propiedad del administrado, para la prestación delservicio público en la Empresa de Transportes" San Valentin Eros" SAC, que cubre la ruta MdoModelo- ElSalvador- Delicias- Urb- Amauta- Florida y Viceversa en la modalidad de Colectivo. ,Que, NO CONFORME el administrado con tal decisión a través del escrito Reg. ti 042037 del 25 deNoviembre del 2011, interpone Recurso Administrativo de Reconsideración contra la Rtsolución de GerenciaN° 1985-2011- MPCH/GTT del 10 de Noviembre del 2011, aduce el administrado que no se ha tenido enconsideración su primer escrito en el cual adjunto la Certificación emitida por el Sr. PEDRO RAICOAZAÑERO - Gerente General de la Empresa de Transportes" SAN VALENTIN EROS" SACo Asimismorefiere el recurrente que adquirió las acciones y derechos del Sr. Victor Ruiz Perez, que mantenía en laEmpresa de Transportes antes señalada; adjunta para ello Acta de Junta General de Accionistas defecha 16 de Marzo del 2011, a fin de que se tenga en cuenta para efectos de resolver el presente recurso.

Que, mediante el Informe Legal N° 2415-2011-MPCH/GTT de fecha 29 de Noviembre del 2011, la AsesoraLegal de la Gerencia de Tránsito y Transportes advierte que del escrito de reconsideración, eladministrado ha presentado Carta Aclaratoria en el sentido de que la compra de acciones y derechos lasefectúo por el importe de $ 4,800 dollares: por lo que se le solicita presente la indicada Carta debidamentelegalizada a fin de subsanar las observaciones de transferencia, a lo cual se dispone se notifique alinteresado par que cumpla con acreditar que ha presentado Carta a la Junta General de Accionistas de laEmpresa de Transportes" San Valentin Eros" SAC, -Carta Aclaratoria debidamente legalizada. Asimismo elreferido informe señala que el Certificado Contra Accidentes de Tránsito presentado por el recurrente no seencuentra autorizado por el SBS.

Que, a páginas 27 se aprecia la Carta N° 162-2011-MPCH/GTT de fecha 01 de Febrero del 2011, a travésde la cual se NOTIFICA al Sr. EMELlTO CHONLON CULQUI, a fin de que adjunte documento queacredite que ha presentado a la Junta General de Accionistas de la Empresa de Transportes" San ValentinEros "SAC, la carta aclaratoria debidamente legalizada, para lo cual se le otorga un plazo de 03 tresdias, para su cumplimiento. Carta la cual fue recepcionada por Diana Larios Curo, con DNI N° 47307042

:- .¡:~-::;-':- el dia 01 de Diciembre del 2011. Asimismo se puede aprecia del documento Reg N° 043230 del 05 de...... "("t'~iCiembre del 2011, a lo cual se emite el Informe Legal N° 2663 con los argumentos antes descritos

(:;.-: :;é'¡:; '~ncluyendo que resulta improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por el administrado,\:¿' ,c,)f1:~~ ~ ntra la Resolución de Gerencia N° 1985-2011-MPCH/GTT.V'3.- J R 011;'" t-

"'~ :;~; ue, ante tales argumento y no conforme el administrado, a través del expediente N° 003163 de fecha 25..._-._~.>' de Enero del 2012, interpone Recurso Administrativo de Apelación contra la Resolución de Gerencia N°

2581-2011-MPCH/GTT de fecha 30 de Diciembre del 2011, la cual en su articulo único: declaraimprocedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por don: EMELlTO CHONLON CULQUI, contra laResolución de Gerencia N° 1985-2011-MPCH/GTT del 10 de Noviembre del 2011; refiere el interesado delsegundo considerando de su escrito de apelación, señala que la resolución de gerencia se contradice, porlo que cuestiona el indicado acto administrativo N° 1985-2011.MPCH/GTT, anexo la prueba pertinente, lo

",. --~-. p,OI;~al queda debidamente acreditado con el Acta de Junta General de Accionistas del 16 de Marzo del 2011,. __ ~-:.-:-\qItl!\ como nueva prueba se presento y que se tendrá en cuenta para efecto de resolver el recurso que se

(~, t:f ~.\:~:~':¡·fo@,ula,agrega además que se anexa a la presente copia debidamente certificada por Notario Público~~)6.,~::;.:~~:~s~B~1Alvarado Quijano, Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas del 14 de Enero del 2012 en". > ..1,~5-l\Jedemuestra que el recurrente es integrante de la Empresa de Transportes" SAN VALENTIN EROS"

.. ~ f\c;'0~C; para lo cual adjunta Acta Certificada Notarial donde se certifica que en el Libro de Actas N° 02 d ellaEmpresa de Transportes" SAN VALENTIN EROS "SAC, se ha constatado que a fojas 123 a 125 correacta de junta general extraordinaria de accionistas, de fecha 14 de Enero del 2012, asimismo de la referidaacta se aprecia en el punto número 1). la aceptación de nuevos socios por transferencia de acciones,el Sr. Victor Ruiz Perez, transfiere sus acciones a favor del Sr. EMELlTO CHONLON CULQUI, el 07de diciembre del 2010, ... indican que se ah cumplido con lo establecido en la Ley general deSociedades N° 26887 SOBRE TODO EN LA ADQUISICiÓN PREFERENTE DE PARTE DE LOS SOCIOSDE LA INDICADA EMPRESA.

Que, la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento administrativo General en su artículo 209 prescribe textualmente"Recurso de Apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de laspruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho", y más aún si tenemos a la vista losdocumentos que se aprecia que el recurrente ha sido debidamente aceptado vía regularización su estado desocio en la Empresa antes señalada conforme al Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de

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fecha 14 de Enero del 2012.

Que, en cuanto al SOAT -' que obra en el expediente y presentado por el Administrado, fue emitido por laAsociación de Fondo Contra Accidentes de Tránsito de la Región Lambayeque - AFOCAT, como uno de losrequisitos que señala el TUPA - de la Gerencia de Tránsito y Transportes quien acepta dichos Certificado por estarconforme a ley; y más aún si tenemos en consideración que dicho Certificado SOAT ha sido tramitado el 23 deJunio del 2011 con vigencia :al 23 de Junio del 2012, por tanto dicho documento es válido por que aún no setenia conocimiento del Oficio Múltiple N° 39479-2011-SBS - emitido por la Super Intendencia de Banca ySeguros y AFP. Que prohibe los certificados otorgados por las AFOCCATA y AFOCAT. A partir del mes deNoviembre del 2011.

Que, de la evaluación y análisis a los documentos materia de autos se aprecia que inicialmente la peticióndel administrado resultaba improcedente por cuanto no había regularizado su situación como socio de laEmpresa San Valentin Eros SAC; a la fecha de presentación del Recurso de Apelación SE ApRECIA queel Sr. EMELlTO CHONLON CULQUI, es socio de la empresa antes mencionada ademas que de hacumplido con lo establecido en la norma respecto a la materia. resulta atendible, el presente recurso.Cabe indicar que en el presente caso se han valorados tanto las pruebas alcanzadjs' por el administrado,así como aplicado el principios de legalidad, razonabilidad, imparcialidad, e~ulados en la Ley delProcedimiento Administrativo General N° 27444 - artículo IV, y demás normas municipales locales ynacionales vigentes sobre la materia, por lo que el presente recurso de apelación deviene en procedenteconforme a los considerados antes esgrimidos en el presente informe .

._' ......,:,,;:"lll'~0on las facultades conferidas or el artículo alidades N° 27972

b·' ;..n.'3' _ »:: emás normas sobre la meteria.S¿ .- ~,";' ~:;:: A. !'~JRj~ ~~~ )lRJ liGA I,h- SE RESUELVE:\', - --.'- ,"1

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l;t. .~ .,"-1'. '." 't ~ r-......r~''- '- ARTICULO PRIMERO.- Declarar PROCEDENTE el Recurso de Apelación interpuesto por Don: EMELlTO CHONLON

CULQUI, respecto a la BAJA de la Unidad AQ-4145 para SUSTITUIRLA POR LA UNIDAD PLACA M1Q-321 depropiedad del recurrente, para que cubra el servicio de transporte público en la Empresa" San Valentin Eros" SAC" enla ruta Mdo. Modelo, El Salvador, Delicias, Amautas y Viceversa, En consecuencia insubsistentes las Resolucionesde Gerencia N° 2581 -2011-MPCH/GTT del 30 de Diciembre del 2011 y Resolución de Gerencia N° 1985-2011-MPCH/GTT de fecha 10 de Noviembre del 2011, por los fundamentos antes expuestos en la presente i resolución.

ARTICULO SEGUN 00.- DISPONER que la Gerencia de Tránsito y Transportes, Informe al recurrente quesu SOAT debe ser actualizado conforme a las normas de tránsito.

/1 ARTICULO TERCERO:- Téngase por agotada la vía administrativa, notificar al interesado las resultas desu petición, conforme a ley.

~MUNIQUES, y CUMPlASE

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~\l)g:¿~(iH5RÓ.ERTO TORRES GONZALESAIÓ~~~I~de la:~imicipalidad Provincial de Chiclayo

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Oficinas pertinentes.

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