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REPUBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
MODALIDAD DE SELECCIÓN: SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA
DEPENDENCIA: GRUPO DE GESTION DOCUMENTAL
ACTUALIZACIÓN, AJUSTES DE LAS TABLAS DE RETENCIÓN DOCUMENTAL (TRD) Y
TABLAS DE VALORACION DOCUMENTAL (TVD) DE LA SNR TENIENDO EN CUENTA LA
ESTRUCTURA ORGANICO FUNCIONAL, SEDE CENTRAL, REGIONALES Y LAS OFICINAS
DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS (ORIP) QUE OPERAN A NIVEL
NACIONAL, ELABORACION E IMPLEMENTACION DE INSTRUMENTOS ARCHIVISTICOS
QUE INCLUYE PUESTA EN MARCHA PROGRAMAS PILOTOS PARA SU
IMPLEMENTACION Y CAPACITACIONES.
BOGOTÁ D.C., FEBRERO 2015
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I. INTRODUCCIÓN
La SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO - SNR es una entidad
descentralizada, técnica, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y
patrimonial, adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho.
La SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO - SNR ejerce la orientación,
inspección, vigilancia y control de los servicios públicos que prestan los Notarios y los
Registradores de Instrumentos Públicos; atiende la organización, administración y
sostenimiento de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y asesora al Gobierno
Nacional en la construcción de las políticas y el establecimiento de los programas y planes
referidos a los servicios públicos notarial y registral.
De conformidad con lo establecido en las diferentes restructuración que ha tenido la entidad en y el ultimo Decretos 2723, 2724 y 2725 de diciembre de 2014, mediante los cuales se reestructuró la SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO y REGISTRO - SNR, se establecen, entre otras de sus funciones, las de: Implementar sistemas administrativos y operativos para lograr la eficiente prestación de notariado procurando su racionalización y modernización, fijar los estándares de calidad requeridos para la prestación los servicios públicos notarial y registral e Implementar sistemas administrativos y operativos para lograr la eficiente prestación del servicio público de registro de instrumentos públicos procurando su racionalización y modernización.
Que los objetivos más importe de un servicio de información y documentación es analizar,
diseñar y desarrollar sistemas y métodos, instrumentos y técnicas de tratamiento, recuperación
y difusión de la información y la documentación que se genera a lo largo del proceso de gestión
documental almacenamiento de la información.
II. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER
CON LA CONTRATACIÓN.
El Archivo General de la Nación, como organismo rector de la política archivística a nivel
nacional y según Resolución 1891 de marzo de 2009, aprobó en el año 2000 las Tablas de
Retención Documental de la Superintendencia de Notariado y Registro; igualmente y de
acuerdo a la recomendación hecha por esa entidad, en el año 2009 se ajustaron las Tablas de
retención Documental, las cuales fueron aprobadas por el Comité Administración de
documentos de esta Entidad mediante acta 01 del 26 de febrero de 2009. Para la vigencia 2014
se aprueba la reestructuración por lo tanto se deben definir la nuevas series y subseries
ajustadas a la nueva estructura orgánico funcional.
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Las Tablas de Retención Documental se constituyen en la herramienta administrativa y
archivística que permite la clasificación de los documentos por series y subseries documentales,
aplicar periodos de retención y determinar la disposición final de los documentos definiendo así
su vida útil con relación a los valores administrativos, legales, de reserva e históricos contenidos
en los mismos.
Dando desarrollo a la recomendación del Archivo General de la Nación; la actualización y ajuste
a las TRD y TVD debe ser formulada en el marco del Sistema Integrado de Gestión ya que los
archivos son el resultado de la ejecución de actividades, controles y producción de documentos
de acuerdo con las funciones y competencias de las dependencias de la estructura orgánica de
la entidad.
La Superintendencia en calidad de entidad del Estado debe reglamentar los criterios para
actualizar y depurar la información garantizando la preservación de la memoria histórica de la
Nación y establecer los criterios que tienen que ver con la definición de la vida útil de los
documentos una vez sea levantada la reserva de los mismos, determinando su conservación
para la investigación, la ciencia y la cultura o su eliminación”.
Igualmente debe tener en cuenta que para determinar la vida útil de los documentos, la
retención en años debe corresponder a procesos de valoración de acuerdo con criterios
administrativos, legales, de reserva e históricos, evitando que se elimine documentación antes
de la prescripción de acciones ya sean estas de carácter administrativo, fiscal, disciplinario, de
reserva o legal garantizando la selección de muestras representativas para conservación
permanente.
Que dentro de las Tablas de Retención Documental se deben administrar series y subseries
que representen la producción documental de las dependencias, evitando representaciones
genéricas, haciéndose necesario reformular la clasificación establecida, asignando
denominaciones que correspondan a procesos y procedimientos para la organización e
identificación de expedientes que reflejen las funciones de las dependencias.
Que las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración Documental son
instrumentos archivísticos necesarios para la adecuada gestión de los documentos y archivos
del Estado, sin los cuales no es posible disponer de archivos técnicamente organizados.
Que los cambios en la estructura del Estado y las directrices que en materia de buen gobierno
está formulando el gobierno nacional, así como las relativas a la implementación de las
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tecnologías de la información en todas las entidades públicas, hacen necesario actualizar y
adecuar la normatividad que en materia de elaboración, evaluación e implementación de Tablas
de Retención Documental y Tablas de Valoración Documental ha expedido el Archivo General
de la Nación, a las nuevas exigencias de la administración pública.
De acuerdo con los anteriores planteamientos y dando cumplimiento al Acuerdo 04 de 2013, por
el cual se reglamentan parcialmente los Decretos 2578 y 2609 de 2012 y se modifica el
procedimiento para la elaboración, presentación, evaluación, aprobación e implementación de la
Tablas de Retención Documental, en desarrollo del artículo 24 de la Ley General de Archivos
594 de 2000, y teniendo en cuenta que la Superintendencia tuvo una reestructuración en el año
2011 y la reestructuración de diciembre del 2014 es que se hace necesario contratar los
servicios de actualización de las Tablas de Retención Documental, las Tablas de Valoración
documental para la Superintendencia de Notariado y Registro, tendientes a incorporar las
modificaciones suscitadas por cambios en los procedimientos, reformas de la estructura
organizacional y la supresión, asignación o modificación de funciones.
Con la promulgación del Decreto 2609 del 2012, la Ley 1712 del 2014 y el Decreto 103 del 2015
es un avance significativo para el país en lo referente a la gestión documental que permite a las
entidades públicas que forman parte del Sistema Nacional de Archivos contar con un
instrumento normativo moderno, acorde con las necesidades del país, a partir de los cambios
tecnológicos y de política pública, que han impactado los procesos de gestión documental del
Estado y contribuyen a la eficiencia y la transparencia de la administración pública,
incorporando en su desarrollo los beneficios de los avances tecnológicos y la aplicación de las
TIC en este campo de la función archivística.
Por lo tanto la Superintendencia de Notariado y Registro debe contar con instrumentos archivísticos como el Programa de Gestión Documental alineado del Decreto 2609 del 2012, el cual tiene como propósito contribuir con la eficiencia administrativa, manejo y gestión de documentos electrónicos y la aplicación de las tecnologías en la gestión de documentos, para la gestión de los documentos en los diferentes tipos físico, electrónico, se debe definir los cuadros de clasificación documental y el Plan institucional de Archivo PINAR entre otros instrumentos archivísticos los cuales se deben desarrollar con la metodología y norma establecida para este fin por el Archivo General de la Nación.
III. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES
ESENCIALES.
A. Objeto a contratar
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actualización, ajustes de las tablas de retención documental (TRD) y tablas de valoración
documental (TVD) de la SNR teniendo en cuenta la estructura orgánico funcional, sede central,
regionales y las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP) que operan a nivel
nacional, elaboración e implementación de instrumentos archivísticos que incluye puesta en
marcha programas pilotos para su implementación y capacitaciones.
B. Alcances del Objeto a contratar
1. La actualización y adecuación de las Tablas de Retención Documental y Tablas de
Valoración Documental de la Superintendencia de Notariado y Registro, teniendo en cuenta
la producción documental misional y administrativa de las dependencias del nivel Central,
las Regionales y Oficinas de registro definidas en el Estatuto de Registro de Instrumentos
Públicos – Ley 1579 de 2012, y acogiéndose a lo establecido para el manejo administrativo,
financiero, operativo y personal de la Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos en todo
el país. Sustentación ante el comité de Desarrollo Administrativo para su aprobación y
posterior al Archivo General de la Nación.
2. Desarrollo de instrumentos archivísticos para la Superintendencia de Notariado y Registro
teniendo en cuenta la alineación con las TRD y TVD se requiere formular los siguientes
instrumentos archivísticos descritos a continuación.
Elaboración del Programa de Gestión Documental Institucional en el marco del Decreto
2609 de 2012, Ley 1712 del 2014 del Congreso de la Republica y Decreto 103 del 2015,
Decreto 1515 del 2013 del Ministerio de cultura
Elaboración de Cuadros de clasificación.
Banco Terminológico.
Elaboración Política de gestión documental y de archivo.
Elaboración del Reglamento de archivo.
Diagnóstico Integral de archivo y gestión Documental de la Entidad.
Elaboración del Plan institucional archivístico PINAR.
Política de conservación.
3. Programas pilotos de implementación y capacitaciones en la aplicación de las Tablas de
Retención Documental, aplicación Tablas de valoración Documental y Programa de
Gestión Documental de acuerdo a los establecido en la Normatividad del Archivo
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General de la Nación, en la Sede Central y Oficinas de Registro (2 Una Principal,
Seccional ) y una regional seleccionadas por la supervisión.
4. Brindar las capacitaciones a la Sede central, a regionales y oficinas de registro por video
conferencia.
C. Identificación del contrato a celebrar
De acuerdo con los bienes y servicio que se pretende contratar corresponde a un Contrato de
prestación de servicios, con una firma que cuente con todo el equipo interdisciplinario necesario
para desarrollar el objeto del contrato conforme a lo establecido en el Acuerdo 04 del 2013
artículo tercero:
“ La TRD y las TVD DEBEN SER ELABORADAS POR UN EQUIPO INTERDICIPLINARIO
CONFORMADO POR PROFESIONALES DE DIFERENTES DISCIPLINAS Archivística,
Historia, derecho, Administración Publica, Ingeniera Industrial entre otras)”
D. Lugar de Ejecución
Para todos los efectos contractuales el domicilio de las partes será la ciudad de Bogotá D.C.,
sin perjuicio que para el normal desarrollo y ejecución del contrato el contratista preste sus
servicios en otras partes del territorio nacional.
E. Plazo
El plazo de ejecución será de siete (7) meses contados a partir de la suscripción del acta de
inicio.
F. Especificaciones Técnicas del Servicio a contratar
1. Marco Normativo
Para todos los efectos el plan de trabajo, la metodología a desarrollarse y los productos de la
contratación para la actualización y adecuación de las Tablas de Retención Documental, Tablas
de valoración documental, deberá ceñirse a lo establecido Acuerdo 04 de 2013, por el cual se
reglamentan parcialmente los Decretos 2578 y 2609 de 2012 y se modifica el procedimiento
para la elaboración, presentación, evaluación, aprobación e implementación de la Tablas de
Retención Documental, en desarrollo del artículo 24 de la Ley General de Archivos 594 de
2000, para el desarrollo de los instrumentos solicitados debe ceñirse a la establecido en el
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Decreto 2609 del 2012 y la normatividad vigente del Archivo General de la Nación para el
desarrollo de los diferentes instrumentos archivísticos.
2. Estructura orgánica y funciones
Para efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo 04 de 2013 del Archivo
General de la Nación, las Tablas de Retención Documental deberán actualizarse teniendo en
cuenta las dependencias de la estructura orgánica y funciones contenidas en el Decreto No.
0288 del 1 de febrero de 2012 y/o Resoluciones No. 6126 del 29 de julio del 2011, Resolución
243, 379, 380, 2647, 2648, 2649 y 2650 del 2012 de la SNR, Decreto No. 2723, 2724, y 2725
del 2014, y/o resoluciones 579 y 0538 de 2015 de la SNR, contenidos en el organigrama de la
entidad, sin perjuicio que durante el proceso de selección del contratista y la ejecución del
contrato, se adicionen, supriman o se modifique su denominación.
3. Gestión documental institucional
La actualización y adecuación de las Tablas de Retención Documental de la Superintendencia
de Notariado y Registro y Tablas de Valoración y desarrollo de los instrumentos archivísticos se
debe adelantar a partir del análisis de los procesos, procedimientos, guías, instructivos y
formatos de Gestión Documental de la entidad. Por lo que se deberán programar y desarrollar
conjuntamente con la Oficina de Planeación, reuniones de trabajo con los funcionarios de las
dependencias generadoras de documentos que permita efectuar el análisis respectivo para la
normalización y estandarización de la producción documental, así como la formulación de
acciones para el mejoramiento de los procesos, procedimientos, guías, instructivos y formatos
de la Gestión documental institucional tendientes a la gestión de documentos electrónicos.
4. Plan de trabajo
Legalizado el contrato y como requisito para la legalización del Acta de Iniciación de la
ejecución del contrato, el contratista deberá presentar un plan de trabajo con cronograma
detallando los recursos necesarios para adelantar cada una de las actividades previstas en la
metodología empleada en la actualización y adecuación de las Tablas de Retención
Documental.
5. Investigación histórica
El contratista deberá documentar, investigar y analizar la documentación existente en relación
con la historia de la entidad, haciendo énfasis en los principales acontecimientos del desarrollo
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institucional y su impacto en el desarrollo humano, social, cultural, político y económico del país,
la evolución de la estructura orgánico – funcional y el impacto de los procesos de la gestión
documental por efectos de la planeación, producción, gestión y trámite, organización,
transferencia, disposición y preservación de los documentos tanto misionales como
administrativos.
Para lo anterior, la Superintendencia de Notariado y Registro suministrará al contratista para su
estudio en medio magnético la Historia Institucional de la Entidad comprendido entre el periodo
del año 1954 a junio de 2011.
6. Análisis de la normatividad institucional
Para desarrollar el proceso de actualización y adecuación de las Tablas de Retención
Documental, las Tablas de valoración documental e instrumentos archivísticos el contratista
deberá realizar un análisis de la normatividad que regula la estructura orgánica y funciones
específicas relacionadas con la Superintendencia de Notariado y Registro, con el fin de
identificar las tipologías documentales, prescripciones y caducidades de las acciones
administrativas, fiscales, disciplinarias, contables, legales y de reserva sobre las cuales se
definirán y determinarán los periodos de retención de las series y subseries definidas; para el
caso de la reserva legal prevista en el artículo 28 de la Ley General de Archivos 594 de 2000.
Igualmente el contratista deberá acordar con las unidades productoras el grado de clasificación
que le corresponda a los datos, documentos y elementos técnicos que contienen información
reservada.
7. Estudio de la producción documental
Para cada uno de los documentos generados por la entidad se elaborará un estudio tendiente a identificar, aspectos relacionados con:
Denominación del documento.
Proceso, procedimiento, guía y/ o instructivo al que pertenece.
Serie, subserie documental a la cual pertenece.
Código del formato relacionado con los procesos y procedimientos de la Gestión Documental en la entidad
Definición de la función del documento.
Soportes o anexos del documento.
Tradición documental, incluyendo el destinatario del original y de cada una de las copias y soporte del documento ya sea papel o medio magnético.
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8. Caracterización de series y subseries documentales
Como parte de los productos, el contratista deberá entregar la caracterización de cada una de
las series, subseries definidas en las Tablas de Retención Documental, tablas de valoración
incluyendo básicamente la siguiente información:
Denominación de la serie – subserie.
Serie misional o administrativa
Finalidad de la gestión administrativa de la serie.
Definición de la serie y de la subserie.
Normatividad externa e interna aplicable a la producción documental.
Efectos legales de los datos que contiene la serie subserie documental: prescripciones y valores probatorios.
Periodos de retención especificando el trámite o documento a partir del cual se cuentan los periodos de retención. Se deben definir y desarrollar los criterios que desde el punto de vista misional, administrativo, contable, fiscal, disciplinario, de reserva o legal se tienen para determinar los periodos de retención.
En la disposición de los documentos, se deberá tener en cuenta para los casos en que la disposición final sea selección, especificar y desarrollar los criterios de evaluación - selección, así como los porcentajes y técnicas de muestreo. En el evento de que la disposición de los documentos sea conservación total se deben especificar y desarrollar los valores y criterios de evaluación desde el punto de vista histórico.
En relación con los criterios de ordenación de los expedientes, se deberá tener en cuenta el Acuerdo 05 de 2013, por el cual se establecen criterios básicos para la clasificación, ordenación y descripción de los archivos para las entidades públicas y privadas, que cumplen funciones públicas; lo cual permitirá la revisión de los procedimientos institucionales en relación con este procedimiento.
Se deberán tener en cuenta índices de acceso, descriptores o datos que permitan la identificación de los expedientes asociados a las series y subseries de la Tabla de Retención Documental para ser administrados en los inventarios documentales en procesos de consulta de la documentación.
En relación con el acceso a la información y teniendo en cuenta el principio de libre acceso a los archivos públicos que consagran las leyes, se deberá revisar y orientar la institución para definir el tipo de acceso: público, restringido, reserva sustentando y se deberá justificar la opción seleccionada.
Se deberá asesorar la Institución en lo relacionado con la unidad de conservación, tipo
de unidad, diligenciamiento e identificación de las mismas.
9. Nivel central
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Las Tablas de Retención Documental, tablas de valoración e instrumentos archivísticos deberán
ser actualizadas para la totalidad de las dependencias de la estructura orgánica establecida
mediante el Decreto 0288 del 1 de febrero de 2012 y/o Resoluciones No. 6126 del 29 de julio
del 2011, Resolución 243, 379, 380, 2647, 2648, 2649 y 2650 del 2012. Decreto No. 2723,
2724, y 2725 del 2014, y/o resoluciones 579 y 0538 de 2015 de la SNR, contenidos en el
organigrama de la entidad, sin perjuicio que durante el proceso de selección del contratista y la
ejecución del contrato, se adicionen, supriman o se modifique su denominación.
En caso de presentarse que durante el término de la ejecución del contrato, la Superintendencia
de Notariado y Registro sea reestructurada, el contratista deberá asumir el proceso de
valoración que permita definir los criterios para la conformación y denominación de series y
subseries documentales, así como los periodos de retención y la disposición de los documentos
contemplado en el numeral 2 del artículo 4 del Acuerdo 41 de 2002 del Archivo General de la
Nación, ajustándose y desarrollando la metodología y la normatividad que le permita establecer
los lineamientos básicos para la organización de fondos acumulados, establecidos en el Manual
de Organización de Fondos Acumulados del Archivo General de la Nación 2004.
10. Nivel Nacional
Para las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos – ORIP a nivel nacional, se deberá
formular la tabla de retención “Tipo” aplicable a cada una de las ciento noventa y tres (193)
oficinas, teniendo en cuenta que según el Parágrafo 2º del Capítulo XVII del Estatuto de
Registro de Instrumentos Públicos – Ley 1570 de 2012 “Las oficinas se clasificarán en
principales y seccionales”; igualmente se desarrollará la metodología prevista en el Acuerdo 04
de 2013, por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos 2578 y 2609 de 2012 y se
modifica el procedimiento para la elaboración, presentación, evaluación, aprobación e
implementación de la Tablas de Retención Documental, en desarrollo del artículo 24 de la Ley
General de Archivos 594 de 2000.
La propuesta deberá incluir los gastos ocasionados por el desplazamiento y estadía del
personal del contratista en las sedes previstas dos ORIP principales y dos Oficinas de registro
seccionales, como lo indique la SNR (Plan – Cronograma de Trabajo).
11. Organización de archivos y transferencias documentales
Se deberá efectuar análisis de los documentos relacionados con la Gestión Documental de la
Entidad y formular los ajustes que se consideren pertinentes y relevantes como resultado de las
observaciones hechas por las unidades productoras de los documentos y de los funcionarios
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responsables de la administración de los archivos de gestión, igualmente se deberá validar su
aplicación partiendo de una muestra representativa de los archivos de gestión, muestra que
será acordada previamente con la supervisión; para este análisis se tendrán en cuenta los
siguientes aspectos: Caracterización del procedimiento para la organización de archivos y
transferencias documentales; Guía para la organización de archivos y transferencias
documentales; Diagrama de flujo para la organización de archivos y transferencias
documentales; Formatos para la Organización de Archivos y Transferencias Documentales.
12. Confidencialidad y reserva
El contratista debe garantizar la confidencialidad y la reserva de la información contenida en la
información suministrada por la entidad. Los documentos e información suministrada al
contratista, base para el cumplimiento del objeto contractual, no podrán ser retirados de las
instalaciones de la entidad ni por el contratista ni por los funcionarios a su cargo.
Las Tablas de Retención Documental deben garantizar la autenticidad, integridad,
confidencialidad y conservación a largo plazo de los documentos electrónicos de archivo,
reproducidos o generados en cualquier medio técnico, electrónico, informático, óptico o
telemático que estén amparados por la reserva legal, conforme a la Constitución o la ley y en
especial en lo previsto en el artículo 28 de la Ley General de Archivos 594 de 2000, en Ley
1288 de 2009 y en el Decreto 2609 de 2012.
Una vez firmado el contrato, la entidad podrá adelantar estudios que permitan verificar la
confiabilidad sobre comportamientos y actividades que puedan afectar a la institución por parte
del personal asignado al proyecto.
13. Divulgación, socialización y capacitación
El contratista debe realizar sustentación de las Tablas de Retención documental, Tablas de
Valoración documental y los instrumentos archivísticos ante el Comité de Desarrollo
Administrativo de la Entidad para su aprobación, y posterior presentación al Archivo General de
la Nación, el contratista deberá realizar programar y desarrollar sesiones de divulgación en cada
una de las dependencias de la estructura orgánica de la entidad para dar a conocer las Tablas
de Retención Documental, Tablas de valoración y instrumentos archivísticos; esta actividad se
deberá programar a nivel central y a nivel nacional a través de video conferencias. En el evento
de que durante el término de ejecución del contrato la Superintendencia de Notariado y Registro
sea reestructurada, el contratista deberá programar estas sesiones teniendo en cuenta este
aspecto.
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14. Informes
El contratista presentará y sustentará en reuniones, de las cuales se dejará constancia en las
actas respectivas, informes mensuales de avance en la ejecución del contrato; la supervisión
(SNR) del contrato, dentro de los siguientes ocho (8) días hábiles a la presentación y
sustentación del informe formulará las observaciones respectivas. El contratista realizará los
ajustes que correspondan dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la formulación de las
observaciones del supervisor del contrato.
15. Producto
Tablas de Retención Documental actualizadas y adecuadas
Tablas de valoración Documental actualizadas y adecuadas
Cuadros de clasificación documental.
Estudio de unidades documentales.
Caracterización de cada una de las series y subseries documentales.
Caracterización del procedimiento para la organización de archivos y transferencias
documentales.
Manual para la organización de archivos y transferencias documentales.
Guía para la organización de archivos y transferencias documentales.
Formatos para la organización de archivos y transferencias documentales.
Archivo con las actas de seguimiento y control
Archivo con las actas y listados de asistencia a reuniones de trabajo
Archivo con las actas de validación propuestas sobre las Tablas de Retención Documental
y Tablas de valoración documental, suscritas por los funcionarios responsables de las
dependencias.
Informes mensuales de actividades.
Recopilación de la documentación existente en relación con la historia de la entidad.
Archivo con las actas de divulgación, socialización y capacitación de las TRD, TVD e
instrumentos archivísticos.
Documento de programa de gestión documental. Acuerdo 2609 del 2012.
Plan institucional de Archivos.
Política Archivística.
Reglamento de Archivo.
Se deben incluir todos los documentos en soportes físicos y magnéticos.
16. Instalaciones
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La Superintendencia de Notariado y Registro – SNR, facilitará un lugar en las instalaciones de
la SNR para la ejecución del objeto contractual, que dispondrá de puntos de red y conexiones
eléctricas; el cual contara con puestos de trabajo.
El contratista debe contar con su propio equipo de cómputo para el desarrollo de las
obligaciones contractuales.
17. Personal
El personal propuesto para conformar el equipo de trabajo deberá superar los estudios de
confiabilidad establecidos en la entidad, los cuales se realizarán antes de la suscripción del acta
de inicio.
G. Obligaciones
Obligaciones del contratista
Dentro del objeto contractual, el contratista deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
- Obligaciones generales
1. Constituir la garantía única para amparar los riesgos establecidos en el contrato.
2. Cumplir con los aportes a seguridad social en salud, pensión y Riesgos laborales,
conforme a las disposiciones legales vigentes.
3. Cumplir el objeto contractual con diligencia, ajustándose a las disposiciones
constitucionales, legales, contractuales, las del pliego de condiciones y sus adendas y a
la propuesta presentada.
4. Suscribir conjuntamente con el supervisor el acta de inicio correspondiente una vez
cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y legalización de contratos.
5. Atender las observaciones del funcionario que ejerce control, supervisión y vigilancia del
contrato.
6. Tomar las medidas necesarias para garantizar la debida y oportuna ejecución del
contrato.
7. Mantener reserva profesional sobre los asuntos o la información que le sea suministrada
por motivo de la prestación de sus servicios.
8. Disponer lo necesario para que el objeto del contrato se cumpla a cabalidad
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9. Informar inmediatamente a la entidad contratante y demás autoridades competentes
cuando se presenten peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con
el objeto de obligar al contratista a hacer u omitir algún acto o hecho.
- Obligaciones específicas
1. Realizar la actualización y adecuación de las tablas de retención documental, tablas de
valoración documental, elaboración de los instrumentos archivísticos solicitados en el
presente estudio, realizar los programas pilotos, socialización y capacitación teniendo
en cuenta las condiciones específicas y personal descrito en el presente documento.
2. Sustentar ante el comité de desarrollo administrativo de la Entidad las TRD, TVD y los
instrumentos archivísticos para su aprobación.
3. Brindar la capacitación para la aplicación de las TRD, TVD y el uso de los instrumentos
archivísticos.
4. Cumplir a cabalidad con la normatividad establecida por el Archivo General de la Nación.
5. Entregar los productos en las fechas establecidas en el cronograma de trabajo
establecido con el supervisor una vez suscrito el contrato y el acta de inicio.
6. Revisar y compilar las normas, resoluciones e instrucciones administrativas de la
Superintendencia con el objeto de seleccionar aquellas que afecten o introduzcan
cambios en la estructura, en las funciones o en los procedimientos en la Entidad; así
como la legislación del nivel nacional que la modifique.
7. Escanear y digitar las normas, para recuperarlas en diferentes soportes y anexarlas a
las Tablas de Valoración Documental requerimientos del Archivo General de la Nación
para su aprobación.
8. Entregar instructivo para la aplicación de las Tablas de Valoración Documental en la
Entidad.
9. Otras actividades de apoyo que la supervisión requiera en las actividades relacionadas.
10. Compilación, digitalización de normas mediante las cuales se ha modificado la
estructura orgánico-funcional de la entidad y apoyo en el desarrollo del plan archivístico.
11. Los contratistas no podrán tercerizar, ni entregar, ni ceder total o parcialmente el
desarrollo y ejecución del presente contrato.
Obligaciones de la SNR
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1. Asistir diligentemente al CONTRATISTA en el cumplimiento del objeto contractual,
colaborando continuamente con él para el desarrollo del mismo.
2. Efectuar cumplidamente los pagos.
3. Ejercer la supervisión por el Servidor Público designado por la Secretaria General.
4. Aprobar la Garantía única del Contrato.
5. Las demás inherentes al presente contrato, y las consignadas en la Resolución interna
que regula la actividad de Supervisión.
IV. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACION.
La presente modalidad de selección se aplica teniendo en cuenta lo establecido en el numeral b
del artículo 2 de la ley 1150 de 2007, que establece como modalidad de selección del
contratista la selección abreviada, que integra diferentes causales, a las que se acude de
acuerdo a las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación, la
cuantía, o la destinación del bien obra o servicio, y en razón a que no puede ser encuadrado el
objeto dentro de aquélla que corresponde a la adquisición de bienes y servicios de
características técnicas uniformes y de común utilización, ni en ninguna de las otras causales
contempladas para la selección abreviada, se concluye de acuerdo a su cuantía que
corresponde a una selección abreviada de menor cuantía.
Conforme a lo anterior y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 59 del decreto 1510 de
2013, y en atención al presupuesto oficial del que se dispone para satisfacer la necesidad
descrita y al objeto que se pretende contratar deberá acudirse al procedimiento de selección
abreviada de menor cuantía.
V. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
A. Análisis del Sector – Estudio de Mercado
Para el estudio de mercado se tienen en cuenta las especificaciones técnicas o condiciones del
servicio requeridas en los estudios previos, realizada para la actualización de las Tablas de
Retención Documental, Actualización de las tablas de valoración , elaboración e
implementación de instrumentos archivísticos de la Superintendencia de Notariado y Registro,
para lo cual se pidió información a seis (6) empresas de reconocida trayectoria a nivel nacional:
SOFT DI, THOMAS MTI, P Y Z SERVICIOS LTDA, METABIBLIOTECA S.A.S firmas de las
cuales solo se obtuvieron dos que suministraron información para la elaboración del estudio de
mercado. Con base en las ofertas recibidas, se realizó el promedio de las cotizaciones
radicadas.
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1. Cotizaciones de Servicio
COTIZACIÓN
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR
VALOR TABLA # APROXIMADO
DE TABLAS REQUERIDAS
VALOR TOTAL SIN
IVA IVA
VALOR DEL SERVICIO
TOTAL
1
ACTUALIZACIÓN Y ADECUACIÓN DE TABLAS DE
RETENCIÓN DOCUMENTAL Y
TABLAS DE VALORACION DOCUMENTAL
SNR
2.071.428,57 70 145.000.000 23.200.000 168.200.000
348.580.000
ELABORACION E IMPLEMENTACION
DE INSTRUMENTOS ARCHIVISTICOS PARA LA SNR
N/A N/A 155.500.000 24.880.000 180.380.000
2
ACTUALIZACIÓN Y ADECUACIÓN DE TABLAS DE
RETENCIÓN DOCUMENTAL Y
TABLAS DE VALORACION DOCUMENTAL
SNR
No especifica 70 105.000.000 16.800.000 121.800.000
179.800.000
ELABORACION E IMPLEMENTACION
DE INSTRUMENTOS ARCHIVISTICOS PARA LA SNR
N/A N/A 50.000.000 8.000.000 58.000.000
PROMEDIO ESTABLECIDO 264.190.000
2. Histórico de Contrataciones
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La Superintendencia, con base en los datos del Sistema Electrónico de Contratación Pública –
SECOP, correspondiente a los años 2009 y 2010, analizó los procesos de contratación de
asociados a este tipo de servicios. Los proceso encontraron solo fueron para la elaboración e
Tablas e Retención Documental, no se encontraron para los otros entregables solicitados en
estos estudios (instrumentos archivísticos).
La siguiente es la tabla de resumen de los contratos identificados.
AÑO
ENTIDAD
OBJETO
NUMERO DE CONTRATO O
PROCESO DE SELECCIÓN
VALOR
2009
ALCALDIA
MUNICIPAL DE
ARAUQUITA
ACTUALIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN
DE LAS TABLAS DE RETENCIÓN
DOCUMENTAL E INSUMOS DE
MATERIALES DE ARCHIVO PARA LA
EJECUCIÓN DE LA PRIMERA ETAPA DEL
PROCESO GESTIÓN DOCUMENTAL,
MUNICIPIO DE ARAUQUITA –
DEPARTAMENTO DE ARAUCA.
SELECCIÓN ABREVIADA DE
MENOR CUANTÍA. Nº MN-
SPO-034-2009
SESENTA Y CUATRO
MILLONES
NOVECIENTOS
NOVENTA Y SIETE MIL
SESENTA Y NUEVE
PESOS ($64.997.069,00)
2010
DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE SEGURIDAD -
DAS
ACTUALIZACIÓN TABLAS DE
RETENCIÓN DOCUMENTAL
LICITACION PUBLICA -
EPREV_PROCESO_10-1-
55713
DOSCIENTOS SESENTA
Y SEIS MILLONES
OCHOCIENTOS
OCHENTA Y TRES MIL
CIENTO TREINTA Y
TRES PESOS ($
266.883.133) MONEDA
CORRIENTE, IVA
INCLUIDO.
Los resultados que se encontraron con esta investigación evidencian que el valor establecido
por la SNR para prestar el servicio se encuentra acorde al rango del histórico de valores
dispuestos para la elaboración de las TRD en otros contratos por Entidades tanto públicas para
atender este tipo de necesidades de gestión documental. Adicionalmente, se encontró que el
histórico está en perfectamente en consonancia con los valores de mercado que fluctúan en la
actualidad. De igual manera, se indica que no se encontró contratación específica para le
elaboración de los instrumentos archivísticos adicionales como alcance al presente estudio.
B. Valor
El valor total del contrato es hasta por la suma de DOCIENTOS SESENTA Y CUATRO
MILLONES CIENTO NOVENTA MIL PESOS M/CTE ($ 264.190.000) INCLUIDO IVA.
El valor ofertado por parte de los proponentes, debe incluir todos los gastos, costos, derechos,
impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la
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oferta, de la suscripción y ejecución del contrato, de acuerdo con las normas legales vigentes,
ya que los mismos se entienden por cuenta del contratista.
La variación del precios es un hecho previsible para el contratista, razón por la cual, debe
preverla en el momento en que elabore la oferta, toda vez que el equilibrio económico del
contrato, se establece en la fecha de cierre del proceso o de presentación de la propuesta, si
esta es presentada antes del cierre.
La variación cambiaria es un riesgo asumido por el contratista.
Nota: Gravamen Financiero: El presente contrato generará costo adicional correspondiente a la tarifa del gravamen a movimientos financieros y bancarios del cuatro por mil (4x1000), estipulado en el artículo 872 del Estatuto Tributario por valor de ($1.056.760 ).
C. Forma de Pago
La Superintendencia de Notariado y Registro cancelará el valor del contrato en siete (7) pagos
de acuerdo con los productos o entregables que se relacionan a continuación los cuales
deberán ser recibidos a satisfacción del supervisor, y conforme al cronograma o plan de trabajo
definido.
Entrega de los productos
En el siguiente cuadro se establecen las fechas de entrega, los productos, la descripción
técnica de estos y el valor a causarse en cada una de las etapas de ejecución del contrato.
PAGOS FECHA PORCENTAJE
% DESCRIPCION DEL PRODUCTO
1 ACTA DE INICIO 0% ENTREGA DEL CRONOGRAMA DE TRABAJO.
2 PRIMER MES 10% ANÁLISIS DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO, REGIONALES Y OFICINAS DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS.
3 SEGUNDO MES 10%
ENTREGA Y APROBACIÓN, POR PARTE DE LA SUPERVISIÓN, DE LOS CUADROS DE CLASIFICACIÓN DOCUMENTAL, DE LOS ESTUDIOS DE UNIDAD DOCUMENTAL Y DE LA CARACTERIZACIÓN DE LAS SERIES DOCUMENTALES DE LAS DEPENDENCIAS DE LA SEDE CENTRAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO, REGIONALES Y OFICINAS DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS.
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3 TERCER MES 20%
ENTREGA Y APROBACIÓN, POR PARTE DE LA SUPERVISIÓN, DE LA CARACTERIZACIÓN DE CADA UNA DE LAS SERIES Y SUBSERIES DOCUMENTALES, CARACTERIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA LA ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS Y TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES, MANUAL PARA LA ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS Y TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES, GUÍA PARA LA ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS Y TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES, FORMATOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS Y TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES, ARCHIVO CON LAS ACTAS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL, ARCHIVO CON LAS ACTAS Y LISTADOS DE ASISTENCIA A REUNIONES DE TRABAJO, ARCHIVO CON LAS ACTAS DE VALIDACIÓN PROPUESTAS SOBRE LAS TABLAS DE RETENCIÓN DOCUMENTAL Y TABLAS DE VALORACION SUSCRITAS POR LOS FUNCIONARIOS RESPONSABLES DE LAS DEPENDENCIAS. ENTREGA DE LAS TRD Y TVD A LA SUPERVISION PARA REVISION Y AJUSTES.
4 CUARTO MES 20%
PRESENTACIÓN DE LAS TABLAS DE RETENCIÓN DOCUMENTAL ANTE EL COMITÉ INSTITUCIONAL DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA ENTIDAD PARA SU APROBACIÓN Y POSTERIOR CONVALIDACIÓN E INSCRIPCIÓN ANTE EL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.
5 QUNTO MES 10%
ENTREGA DEL DOCUMENTO DE PROGRAMA DE GESTION
DOCUMENTAL INSTITUCIONAL ALINEADO CON EL DECRETO 2609
DEL 2012 Ministerio de Cultura, Ley 1712 del 2014 del Congreso de la
Republica y Decreto 103 del 2015, Decreto 1515 del 2013 del Ministerio de
cultura. ELABORACIÓN DE CUADROS DE CLASIFICACIÓN.
BANCO TERMINOLÓGICO.
ELABORACIÓN POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y DE ARCHIVO.
ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO DE ARCHIVO Decreto 2609 del
2012.
DIAGNÓSTICO INTEGRAL DE ARCHIVO Y GESTIÓN DOCUMENTAL DE
LA ENTIDAD.
ELABORACIÓN DEL PLAN INSTITUCIONAL DE ARCHIVÍSTICO PINAR.
POLÍTICA DE CONSERVACIÓN.
6 SEXTO MES 20% SUSTENTACION ANTE EL COMITÉ DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO LOS INSTRUMENTOS ARCHIVISTICOS PARA SU APROBACION
7 SEPTIMO MES 10% PILOTO EN UNA DEPENDENCIA DE LA SEDE CENTRAL Y UNA OFICINA DE REGISTRO PRINCIPAL Y UNA SECCIONAL, CAPACITACIONES POR VIDEO CONFERENCIA
Los pagos se realizaran dentro de los quince (15) días hábiles a la presentación de la factura
acompañada del certificado de cumplimiento expedido por el supervisor del contrato, así como
el certificado de paz y salvo, presentado por el contratista, por concepto del pago de los aportes
de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos laborales y aportes a la caja de
compensación familiar, ICBF y SENA, expedida por el Revisor Fiscal si la empresa está
legalmente obligada a contar con revisoría fiscal, o por el Representante Legal.
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Los pagos estarán sujetos igualmente, al cumplimiento de los trámites administrativos a que
haya lugar, y aprobación del Programa Anual mensualizado de Caja – PAC. Los documentos
soportes para los pagos deberán ser avalados por el supervisor del contrato.
D. Determinación de la concordancia del objeto del contrato con el rubro presupuestal a
través del cual se financia.
El valor estipulado para la ejecución del contrato y el costo del gravamen financiero se pagara
con cargo al rubro del proyecto de inversión SISTEMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS
ADMINISTRATIVOS Y JURIDICOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y
REGISTRO – SOSTENIBILIDAD FUNCIONAL Y TECNICA DEL SISTEMA DE GESTION
DOCUMENTAL, el valor estimado para la contratación asciende a un valor de DOCIENTOS
SESENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL PESOS M/CTE ($ 264.190.000)
INCLUIDO IVA.
VI. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
De conformidad con el Artículo 26 del decreto 1510 de 2013, la Entidad Estatal deberá
determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad
de selección del contratista.
Para el presente proceso de contratación la modalidad de selección, se determina cual es la
oferta más favorable para la entidad teniendo en cuenta la ponderación de elementos de
calidad, y precio soportados en puntajes.
También deberá tenerse en cuenta el artículo 5 (de la selección objetiva), numerales 1 y 2 de la
ley 1150 de 2007. Adicionalmente, se verificaran los requisitos habilitantes de experiencia,
capacidad jurídica, capacidad financiera y capacidad organizacional, estos requisitos se
verificaran en el RUP.
A. Experiencia
1. Experiencia General - (se verificará en el RUP)
El proponente deberá acreditar que cuenta con una experiencia mínima como proveedor de 10
años, lo cual será verificado en el registro único de proponente.
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2. Experiencia Específica o Acreditada
La experiencia requerida para persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal en el
presente proceso contractual debe estar relacionada con el objeto del contrato a celebrar y sus
actividades, para lo cual deberán presentar hasta tres (3) certificaciones o copias de contratos
celebrados con entidades del Estado cuyo objeto sea experiencia en elaboración, adecuación
y/o aplicación de Tablas de Retención y/o Valoración Documental en entidades del estado y/o
privadas o mixtas y que hayan sido desarrollados con posterioridad al 31 de diciembre de 2010
y cuyo valor facturado sea igual o superior al presupuesto oficial.
2.1. Acreditación de experiencia consorcio o unión temporal
En el caso de que la mencionada experiencia haya sido adquirida a título de consorcio o unión
temporal, se advierte que se toma en cuenta el porcentaje de participación dentro de la
ejecución del contrato, por lo tanto, las certificaciones y/o constancias presentadas en este
sentido deben especificar el citado porcentaje y el nombre de los integrantes del consorcio o
unión temporal.
NOTA: Las certificaciones y/o constancias enunciadas deben individualmente contener como
mínimo la siguiente información para que sean válidas:
1) Contratos:
- Fecha de suscripción del contrato
- Nombre de la entidad pública o privada contratante
- Nombre del contratista
- Objeto del contrato
- Valor
2) Certificaciones:
- Nombre de la empresa Contratante
- Nombre y cargo de quien suscribe la certificación
- Actividades desarrolladas por el contratista
- Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe anexar el documento de
conformación del mismo donde señala el nombre de quienes lo conforman y el porcentaje de
participación de cada uno de sus miembros.
- Fecha de suscripción y/o inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
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- Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
- Valor del contrato
- Número del contrato (si tiene)
3. Capacidad Intelectual
3.1. Experiencia del personal propuesto
El proponente tiene la libertad de establecer el número de personas a utilizar en la ejecución del
contrato, de acuerdo con el enfoque de organización; sin embargo, deberá contar como mínimo
con el siguiente personal el cual deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos
profesionales, de experiencia y dedicación, así:
Director del proyecto. Profesional (1), especializado, con pregrado en Sistemas de
Información, Bibliotecología y Archivística; con experiencia mínima de cinco (5) años en
dirección de proyectos de elaboración y aplicación de TRD.
Archivista(s) de apoyo. Profesional (es) en Sistemas de Información, Bibliotecología y
Archivística, con experiencia mínima de cuatro (4) años en la elaboración, actualización,
adecuación de Tablas de Retención y/o Valoración Documental. Tiempo completo.
Ingeniero Industrial. Un (1) Ingeniero Industrial con experiencia mínima de un (1) año en
procesos de elaboración, actualización y adecuación de Tablas de Retención y/o Valoración
Documental. Tiempo completo
Historiador. Un (1) Historiador con experiencia mínima de dos (2) años en procesos de
valoración en el marco de elaboración de Tablas de Retención o Tablas de valoración
documental o en la organización de fondos documentales acumulados.
Abogado. Un (1) profesional en Derecho con experiencia mínima de dos (2) años en la
ejecución de proyectos archivísticos de organización de archivos, elaboración, ajuste y
actualización de tablas de retención y/o valoración documental que le permita apoyar la
definición de los aspectos legales para establecer los periodos de retención y la disposición final
de la documentación.
Tecnólogos de Archivo y Auxiliares. Mínimo cuatro (4) técnicos o tecnólogos en Archivística
con experiencia mínima de un (1) año en procesos de organización de archivos o elaboración,
ajuste o actualización de Tablas de Retención o Valoración Documental. Tiempo completo.
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3.2. Soportes que sustentan la experiencia del personal propuesto
El contratista deberá presentar los documentos que acrediten la idoneidad, experiencia y
compromiso de cada una de las personas propuestas para los cargos solicitados, así:
Formato de Hoja de Vida
El proponente favorecido con la adjudicación deberá acreditar la formación académica y la
experiencia exigida a los integrantes del Grupo de Trabajo Propuesto diligenciando para cada
uno el formato de hoja de vida.
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
ACTUALIZACIÓN Y ADECUACIÓN DE LAS TABLAS DE RETENCIÓN DOCUMENTAL
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL PROPUESTO
CIUDAD Y FECHA
NOMBRES APELLIDOS
PROPUESTO PARA EL CARGO DE
AÑOS DE VINCULACIÓN COMO EMPLEADO DEL
PROPONENTE.
DESDE
FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA TARJETA PROFESIONAL /
MATRICULA PROFESIONAL
AÑOS DE EXPERIENCIA ESPECIFICA APLICABLE PARA EL CARGO PROPUESTO
EDUCACIÓN SUPERIOR
EDUCACIÓN BÁSICA
No. ESTABLECIMIENTO TITULO OBTENIDO FECHA DE GRADO
DIA MES AÑO
PREGRADO
No. ESTABLECIMIENTO TITULO OBTENIDO FECHA DE GRADO
DIA MES AÑO
POSTGRADO
No. ESTABLECIMIENTO TITULO OBTENIDO FECHA DE GRADO
DIA MES AÑO
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OTROS ESTUDIOS Y/O CONOCIMIENTOS
No.
FIRMA CONTRATISTA O EMPLEADOR
ENTIDAD
CONTRATNTE
OBJETO DEL
CONTRATO
CARGO
DESEMPEÑADO DURACION
No.
El formato anteriormente propuesto es un instrumento que le permite a la Entidad agilizar el
proceso de evaluación. La información contenida en el mismo no será objeto de calificación ni
evaluación; prevalecerá la información contenida en las certificaciones aportadas.
3.3. Formación Académica del Grupo de Trabajo Propuesto
Con el fin de demostrar la formación académica e idoneidad del personal propuesto se deberá
presentar los siguientes documentos:
- Copia de la tarjeta o matrícula profesional
- Copia del diploma de título profesional o el acta de grado
- Copia del documento de homologación de los títulos obtenidos en el exterior, de
conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
No se acepta ningún otro documento a los antes mencionados para acreditar la formación
académica del grupo de trabajo propuesto. Las copias de los documentos presentadas deben
ser completamente legibles, los documentos deberán estar debidamente suscritos, sin
enmendaduras y no presentar inconsistencias.
3.4. Experiencia del Grupo de Trabajo Propuesto
- Acreditación de experiencia profesional.
La experiencia profesional se computará a partir de la fecha de expedición de la matrícula
profesional o del certificado de inscripción profesional.
- Acreditación de experiencia específica.
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La experiencia específica se acreditará mediante la presentación de las respectivas
certificaciones, las cuales deben reunir los siguientes requisitos: Ser expedidas por personas
naturales, jurídicas, uniones temporales o consorcios contratantes.
Señalar el objeto del contrato.
Indicar fecha de inicio y terminación del contrato.
Señalar el cargo desempeñado por la persona propuesta.
Señalar el tiempo laborado por la persona propuesta.
Firma del funcionario competente.
Indicación de la dirección comercial y teléfono del contratante.
Adicionalmente, la certificación debe mencionar como fue el desempeño profesional,
laboral y/o personal de la persona propuesta en dicho proyecto.
Para efectos de la calificación, los plazos serán aproximados por exceso o por defecto a la
décima de mes, así: cuando la centésima de mes sea igual o superior cinco (5) se aproximará
por exceso al número entero siguiente a la décima de mes y cuando la centésima de mes sea
inferior a cinco (5) se aproximará por defecto al número entero de la décima de mes.
El tiempo de experiencia total o parcial anterior a la fecha de expedición de la matrícula
profesional o del certificado de inscripción profesional, acreditado en las certificaciones
presentadas no será computado como experiencia general o específica del personal propuesto.
Si el proponente es el mismo que certifica al profesional, además de la certificación del personal
propuesto (expedida por el mismo proponente), debe presentar la certificación expedida por el
contratante de la misma o copia del respectivo contrato de prestación de servicios suscrito entre
el proponente y el contratante. No se acepta ningún otro documento a los antes mencionados
para acreditar la experiencia específica del personal propuesto, así como no se aceptan auto
certificaciones. Las copias de los documentos presentadas deben ser completamente legibles,
los documentos deberán estar debidamente suscritos, sin enmendaduras y no presentar
inconsistencias.
3.5. Carta de disponibilidad y Compromiso
Cada una de las personas propuestas deberá presentar una carta, debidamente suscrita, en la
cual manifieste:
a) El cargo para el cual es propuesto y que conoce y acepta las condiciones establecidas
en el pliego de condiciones para el mismo.
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b) Su disponibilidad para desempeñarse en dicho cargo durante el tiempo de ejecución del
contrato.
c) Declaración bajo la gravedad de juramento que la matrícula profesional se encuentra
vigente y que no ha sido sancionado dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha
límite establecida para la entrega de las propuestas.
d) Declaración que la información por él suministrada es veraz y que autoriza para que se
verifique dicha información.
Con la presentación de la Carta de disponibilidad y compromiso, se entiende que la persona
propuesta conoce y acepta las condiciones para el desempeño del cargo para el cual es
postulado. En el caso que el personal propuesto modifique en este documento las obligaciones
establecidas para el cargo, prevalece la información contenida en el pliego de condiciones. La
entidad se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia
de la información aportada por el proponente tendiente a acreditar la formación académica y
experiencia del grupo de trabajo propuesto, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas
o entidades que certifican o avalan dicha información. Suscrito el contrato, para la totalidad del
personal asignado al proyecto, la entidad adelantará estudios que permitan verificar la
confiabilidad sobre comportamientos y actividades que puedan afectar a la institución.
Parágrafo: En el evento de sustitución de personal vinculado por el contratista, ya sea porque
la supervisión lo solicita, por desvinculación de la firma contratista o renuncia del mismo, se
deberá presentar a la supervisión del contrato la hoja de vida del nuevo miembro del equipo
propuesto con los soportes respectivos dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles de
ocurrido el hecho para la aprobación respectiva. Para todos los efectos la persona deberá tener
el mismo perfil de la persona a reemplazar y como mínimo el mismo nivel de educación y
experiencia especifica solicitada inicialmente por la SNR.
B. Capacidad Jurídica
1. Persona Jurídica
- Deberá aportar el Certificado de existencia y representación legal expedido por la
autoridad competente, con una fecha de expedición que no puede ser superior a treinta
(30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
En dicho Certificado se verificará:
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1. El Objeto Social: Deberá ser coherente al objeto del presente proceso de
selección.
2. Calidad del Representante Legal de quien suscribe la oferta: Deberá estar
inscrito en el certificado de existencia y representación legal.
3. Facultades del representante legal de la persona jurídica para presentar la
oferta: Se verificará la inscripción de las facultades y funciones.
4. Autorización para contratar: En caso de que el representante legal no cuente
expresamente en el Certificado de existencia y representación la facultad para
contratar, deberá presentar la autorización de órgano que lo faculte.
- Ausencias de Inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones de la persona
jurídica para contratar con el Estado: Se verificará con una declaración de la persona
jurídica en la cual certifica que ni la persona jurídica ni el representante legal están
incursos en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones para contratar con el
Estado.
- Verificaciones de antecedentes judiciales, procuraduría general de la Nación y
Contraloría General de la República: La Superintendencia verificará que el proponente
persona jurídica y el representante legal no presente sanciones judiciales, disciplinarias
o fiscales.
- Copia de la cédula de ciudadanía: Deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía del
representante legal.
- Carta de Presentación: Se diligenciará formato correspondiente, suscrito por el
representante legal.
- Rut: Deberá presentarlo el Representante legal y el Rut de la Persona Jurídica,
expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) donde conste el
régimen tributario a que pertenece el oferente. Para los consorcios o uniones temporales
estos deben adjuntar las respectivas certificaciones.
- Hoja de Vida de la función pública de persona jurídica.
- Declaración de Renta.
- Aportes al Sistema General de Seguridad Social: la persona Jurídica deber acreditar
el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas mencionados mediante
certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los
requerimientos de ley, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que
exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad,
el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del
contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de
constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
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2. Persona Natural
- Cédula de ciudadanía.
- Pasaporte: Deberán aportar copia del Pasaporte las personas naturales extranjeras o
cédula de extranjería que estén interesadas en participar en el presente proceso de
selección.
- Ausencias de Inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones de la persona
jurídica para contratar con el Estado: Se verificará con una declaración de la persona
natural en la cual certifica que no está incurso en inhabilidades, incompatibilidades o
prohibiciones.
- Verificaciones de antecedentes judiciales, procuraduría general de la Nación y
Contraloría General de la República: La Superintendencia verificará que el proponente
persona natural no presente sanciones judiciales, disciplinarias o fiscales.
- Carta de Presentación: La propuesta se deberá presentar firmada por el oferente
persona natural.
- Rut: Deberá acreditar este requisito con copia del RUT.
- Hoja de Vida de la función pública para persona Natural.
- Declaración de Bienes y Rentas de la función pública.
- Pagos al sistema general en seguridad social: De conformidad con el artículo 50 del
decreto 789 de 2002 “La celebración, renovación o liquidación por parte de un
particular, de contratos de cualquier naturaleza con Entidades del sector público,
requerirá para el efecto, del cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones
con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de
Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional
de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. (…) ”, con base en esta disposición la
Superintendencia verificará que el proponente persona natural se encuentre afiliado y a
paz y salvo en el sistema general de seguridad social.
3. Consorcio o Uniones Temporales
- Los requisitos jurídicos, experiencia, capacidad financiera y organizacional señalados
anteriormente, deberán acreditarlos todos los integrantes que conforman el consorcio o
unión temporal proponente.
- El RUT del Consorcio será exigible únicamente al proponente adjudicado, que deberá
hacer el trámite ante la DIAN respecto al consorcio o unión temporal.
- Pagos de los aportes al Sistema General de Seguridad Social: Cuando se trate de
Consorcios o uniones temporales este requisito se exigirá de cada una de las personas
jurídicas o naturales que lo conforman.
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- Deberá presentar por escrito y suscribir el compromiso consorcial, atendiendo el artículo
7 de la ley 80 de 1993.
C. Registro único de proponentes RUP
Certificado de inscripción en el registro único de proponentes.
En atención al artículo 162 del Decreto 1510 de 2013, los proponentes deberán estar inscritos
en al menos uno de los códigos en el Sistema Clasificación – UNSPSC, que se estiman a
continuación:
GRUPO
SEGMENTO
FAMILIA
CLASE
PRODUCTO
CÓDIGO
UNSPSC
(F)
SERVICIOS
(81) SERVICIOS BASADOS
EN INGENIERÍA,
INVESTIGACIÓN Y
TECNOLOGÍA
(11) SERVICIOS
INFORMÁTICO
S
(20) SERVICIOS
DE DATOS
(01) SERVICIOS DE
PROCESAMIENTO
DE DATOS EN
LÍNEA
81112001
(F)
SERVICIOS
(80) SERVICIOS DE
GESTIÓN, SERVICIOS
PROFESIONALES DE
EMPRESA Y SERVICIOS
ADMINISTRATIVOS
(10) SERVICIOS
DE ASESORÍA
DE GESTIÓN
(16) GERENCIA
DE PROYECTOS
(04) PLANIFICACIÓN
O ADMINISTRACIÓN
DE PROYECTOS
80101604
Los proponentes deberán allegar el Registro Único de proponentes expedido por la Cámara de
comercio con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la
estipulada como fecha límite para presentar propuestas.
Cuando la propuesta sea presentada por consorcio o unión temporal, cada uno de sus
integrantes deberá anexar RUP en el que se acredite que cada uno de sus miembros se
encuentra inscrito en la clasificación dada por la entidad. En todo caso, la información aquí
requerida, debe encontrarse en firme a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
VII. PARAMETROS DE EVALUACION DE LAS OFERTAS
A. Criterios de calificación
Las ofertas serán verificadas, evaluadas y calificadas objetivamente, de conformidad con los
parámetros fijados en la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y en especial el articulo 26 Decreto
1510 de 2013, donde se determina la más favorable, teniendo en cuenta la ponderación de los
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elementos de calidad y precio soportados en puntajes y formulas, y verificadas, si cumplen con
los requisitos habilitantes.
Técnicamente se calificarán con CERO (0) PUNTOS las propuestas que incurran en cualquiera
de los siguientes eventos:
Cuando NO se presente las certificaciones de contratos para la acreditación de
experiencia especifica del proponte, en contratos suscritos y ejecutados entre el 1ro de
enero de 2011 y la fecha de cierre del proceso, ya sea como persona natural, jurídica,
Unión Temporal o Consorcio, cuya sumatoria del valor en ejecución o ejecutado y
certificado sea igual o superior al valor del presupuesto oficial y cuyo objeto sea la
elaboración, actualización y/o aplicación de Tablas de Retención o Valoración
Documental.
Cuando se deje de presentar así sea una sola de las personas que conforman el
personal mínimo solicitado.
Cuando habiendo presentado la totalidad del personal mínimo solicitado, uno o más de
los integrantes del grupo de trabajo propuesto: a) NO se presente, o cuando habiéndose
presentado, NO suscriba la carta de disponibilidad y compromiso; b) NO acredite la
formación académica y/o las experiencias general y específica mínimas solicitadas.
B. Factores de Evaluación y ponderación
Para efectos de la adjudicación correspondiente las propuestas serán objeto de evaluación y
calificación tanto técnica como económica, por lo que la Superintendencia ha determinado la
asignación de un puntaje total de mil (1000) puntos, distribuidos en los factores de calidad y
precio, en el siguiente orden:
ASPECTOS A EVALUAR PUNTAJE SUBTOTAL PUNTAJE TOTAL
Factor Económico 400 400 400
Factor Técnico (Calidad)
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Cumpla con todas las especificaciones técnicas 200 200
500
Servicios Agregados:
Software o aplicativo con las tablas
actualizadas de retención documental de
la y tablas de valoración de la SNR
Garantía de seguimiento sobre la
implementación de la tabla por un
periodo mínimo de 6 meses.
Garantía sobre la aplicación de la tabla
(serie, Subserie y tipología documental).
300 300
Protección a la Industria Nacional 100 100 100
PUNTAJE TOTAL 1000
Factor Económico
Los precios deberán expresarse en pesos colombianos.
Los precios ofrecidos deberán sostenerse durante la validez de la propuesta y la ejecución del
contrato.
Se analizaran los valores ofrecidos, haciendo un promedio a partir de las ofertas.
Se calcula Cp = el costo promedio, a partir de la sumatoria de las ofertas.
Cp = P1+P2+P3…+ PN / N
De donde:
P = propuesta
N= número de ofertas
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Se procede a comparar el costo promedio, con las propuestas y se le asignarán los
cuatrocientos (400) puntos a aquella que esté más cercana al costo promedio por debajo, y de
ahí en adelante en orden descendente se le resta 50 puntos, hasta llegar a 50, puntuación que
se le asignara a las propuestas que continúen .
Factor Técnico
Se otorgará un máximo de doscientos (200) puntos al proponente que cumpla con el 100% de
las especificaciones técnicas contenidas en el presente estudio. Las propuestas que no
cumplan con el 100% de las especificaciones técnicas se le calificará con un puntaje de 0
puntos.
De acuerdo a las condiciones básicas relacionadas a continuación el proponente que ofrezca el
mayor número de elementos adicionales se le otorgará un puntaje máximo y al resto de
proponentes en forma descendiente se les otorgara una puntuación así:
Servicios Agregados: El proponente deberá relacionar en su oferta el número de servicios
agregados que pondrá a disposición de la SNR para atender el objeto del contrato.
Se asignara una calificación máxima de hasta 300 puntos para aquel proponente que ofrezca la
totalidad de los servicios adicionales requeridos, y al resto de proponentes en forma
descendiente se les otorgara una puntuación así:
Un (1) servicio adicional 100 puntos
Dos (2) servicios adicionales 200 puntos
Tres (3) servicios adicionales 300 puntos
Protección e incentivo a la industria nacional (100) puntos
Para este aspecto el proponente recibirá un máximo de cien (100) puntos de acuerdo a lo
siguiente:
Se otorgarán cien (100) puntos a la propuesta cuyos bienes o servicios ofrecidos sean de
carácter nacional. Son servicios de origen nacional aquéllos prestados por empresas
constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por
residentes en Colombia. Esta información se verificará en el Certificado de Cámara y comercio
presentado. En el evento en el cual los bienes o servicios ofrecidos no sean de carácter
nacional se les otorgará cincuenta puntos (50).
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Origen de los Bienes y Servicios Puntaje
Nacionales 100
Extranjera 50
Nota. Este puntaje será otorgado de conformidad con la información suministrada por el
proponente. El no diligenciamiento de este punto en el documento correspondiente de acuerdo
con el pliego de condiciones, será entendido como una manifestación de contar con servicios
extranjeros, motivo por el cual se otorgarán en dicho caso, los cincuenta (50) puntos asignados
por tal concepto.
C. Criterios de desempate
Si se presentara un empate entre dos (2) o más proponentes, la Superintendencia de Notariado
y Registro procederá a la definición de un ganador teniendo en cuenta los criterios de
desempate contenidos en el Decreto 1510 de 2013 en el siguiente orden de prioridad:
1. Se seleccionará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación del
factor económico.
2. Si persiste el empate, se escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en la
evaluación técnica
3. Si persiste el empate, la superintendencia utilizara las siguientes reglas de forma
sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los
compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales así:
3.1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o
servicios extranjeros.
3.2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3.3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de
sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme
nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento
(25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la
experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios
o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros
del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
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3.4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones
establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina
está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la
oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad
futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su
nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral,
debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el
Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el
veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
4. Si subsiste el empate se procederá a elegir el ganador mediante el sorteo por balotas,
para lo cual en la fecha y hora que al efecto se cite a los proponentes, los
Representantes Legales (o delegados) de las propuestas empatadas escogerán las
balotas y se adjudicará a aquel que obtenga la balota con el número mayor.
VIII. ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO.
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 y el decreto 1510 de
2013 y los lineamientos de la Agencia Compra Eficiente, la Superintendencia establece la
siguiente Estimación y Asignación de riesgos que pueda presentarse durante el desarrollo y
ejecución del contrato y que tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del mismo.
Con base en lo anterior se establece dentro del presente estudio el soporte del análisis de
riesgos, para lo cual se utilizó los instructivos del documento CONPES 3714 del 1 de diciembre
de 2011 y la tabla CONPES para la estimación del riesgo de acuerdo a su probabilidad de
ocurrencia e impacto, por lo tanto se hace necesario que los futuros oferentes conozcan lo que
a continuación se señala:
a. Riesgo previsible: Son aquellos hechos o circunstancias que por la naturaleza del
contrato son de posible ocurrencia.
b. Riesgo imprevisible: Son aquellos hechos o circunstancias coyunturales ó
administrativas, que no se pueden prever, tales como los desastres naturales que
afectan la ejecución del contrato.
c. Tipificación del riesgo: Es la definición que se hace de aquellos hechos previsibles
constitutivos de riesgo que se puedan presentar en la ejecución del contrato. En otras
palabras consiste en señalar los hechos de la humanidad o de la naturaleza que en un
futuro pueden ocasionar daño para la estructura económica del contrato.
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d. Estimación del riesgo: Consiste en determinar un valor para los riesgos que se han
tipificado.
NO
.
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GO
RIA
1 GENERAL EXTERNO EJECUCIÓN REGULATORIOS
CAMBIOS
INESPERADOS
DE
NORMATIVIDAD
APLICABLE QUE
AFECTEN LA
ECUACIÓN
ECONÓMICA
DEL CONTRATO
GENERA UNA
CARGA ADICIONAL
A LA INICIALMENTE
PREVISTA, QUE
PUEDE AFECTAR A
CUALQUIERA O A
LAS DOS PARTES.
POSIBLE MENOR 5 MEDIO
2 GENERAL INTERNO PLANEACIÓN OPERACIONAL
QUE LAS
NECESIDADES
DE LA ENTIDAD
POR
CIRCUNSTANCIA
S TEMPORALES
Y ESPECÍFICAS
SEAN
SUPERIORES AL
PRESUPUESTO
ASIGNADO PARA
CONTRATAR EL
SERVICIO.
GENERA
RETRASOS EN LA
EJECUCIÓN DEL
CONTRATO LO
QUE LLEVA A
MODIFICACIONES
CONTRACTUALES
RARO MODERADO 4 BAJO
3 GENERAL INTERNO EJECUCIÓN OPERACIONAL
MORA EN LOS
PAGOS POR
PARTE DE LA
CONTRATANTE
AFECTACIÓN
FINANCIERA AL
CONTRATISTA
HASTA EL PUNTO
DE ROMPER LA
ECUACIÓN
ECONÓMICA DEL
CONTRATO.
IMPROBABLE MENOR 4 BAJO
4 GENERAL EXTERNO EJECUCIÓN DE LA
NATURALEZA
FENÓMENOS O
HECHOS
GEOLÓGICOS,
HIDROLÓGICOS,
CLIMÁTICOS,
INCENDIOS
ETC...
SUSPENSIÓN,
TERMINACIÓN DEL
CONTRATO O
IMPOSIBILIDAD DE
EJECUCIÓN DEL
CONTRATO
IMPROBABLE MAYOR 6 ALTO
5 GENERAL EXTERNO CONTRATACI
ÓN OPERACIONAL
SE PRESENTA
CUANDO EXISTE
VARIACIÓN DE
COSTOS DE
PERSONAL,
DEBIDO A
CAMBIOS EN EL
EQUIPO DE
TRABAJO
REQUERIDO
POR EL
CONTRATISTA
PARA PRESTAR
EL SERVICIO,
POR CUALQUIER
GENERA UNA
CARGA ADICIONAL
A LAS PREVISTAS
Y PUEDE AFECTAR
CUALQUIERA DE
LAS PARTES DEL
CONTRATO O A
LAS DOS
SIMULTÁNEAMENT
E.
IMPROBABLE MENOR 4 BAJO
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CAUSA
6 GENERAL EXTERNO CONTRATACI
ÓN OPERACIONAL
SE PUEDE
PRESENTAR
CUANDO LAS
ACTIVIDADES
OBJETO DEL
PRESENTE
CONTRATO NO
CUENTEN CON
LAS
CARACTERISTIC
AS TÉCNICAS
MINIMAS LO
CUAL GENERA
CAMBIOS
AFECTACIÓN EN
EL LOGRO DE LOS
OBJETIVOS Y
SATISFACCION DE
LAS NECESIDADES
POSIBLE MENOR 5 MEDIO
N°
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RIO
DIC
IDA
D
¿C
uá
nd
o?
1
ENTIDAD
50% Y
CONTRATIS
TA 50%
APLICACIÓN
IMEDIATA DE
LAS
DISPOSICIONES
LEGALES Y
AJUSTE DE LOS
PROCESOS
INTERNOS DE
LA ENTIDAD
POSIBLE MENOR MEDIO NO
SUPERVISOR
DEL
CONTRATO
POR PARTE
DE LA
ENTIDAD Y
CONTRATISTA
INICIO DE
LA
EJECUCIÓN
DEL
CONTRATO
TERMINACION
ESTIMADA DE LA
EJECUCION DEL
CONTRATO
(DICIEMBRE DE
2015)
CONSULTA
PERMANENTE Y
ACTUALIZACION
NORMATIVA
PERMANEN
TEMENTE
DURANTE
LA
EJECUCIÓN
2 ENTIDAD
SE ESTABLECE
UN
PRESUPUESTO
GLOBAL
RARO MENOR BAJO NO
SUPERVISOR
DEL
CONTRATO
POR PARTE
DE LA
ENTIDAD
INICIO DE
LA
EJECUCIÓN
DEL
CONTRATO
TERMINACION
ESTIMADA DE LA
EJECUCION DEL
CONTRATO
(DICIEMBRE DE
2015)
REALIZAR LOS
PAGOS
DEBIDOS AL
CONTRATISTA
DE
CONFORMIDAD
CON LOS
SERVICIOS
CONTRATADOS
CONFORME
LO
PREVISTO
EN EL
CONTRATO
3 ENTIDAD
EVITARSE,
REALIZANDO LA
VERIFICACIÓN
TOTAL DEL
CONTRATO Y/O
SUS ADICIONES
EN VALOR , DE
MANERA PREVIA
A LA
EXPEDICIÓN
DEL REGISTRO
RARO MENOR BAJO NO
DIRECCIÓN
FINANCIERA –
GRUPO DE
PRESUPUEST
O
INICIO DE
LA
EJECUCIÓN
DEL
CONTRATO
TERMINACION
ESTIMADA DE LA
EJECUCION DEL
CONTRATO
(DICIEMBRE DE
2015)
EN EL
MOMENTO DE
EXPEDIR EL
REGISTRO
PRESUPUESTAL
AL CONTRATO
Y/O SUS
ADICIONES DE
PRESENTARSE
EN VALOR, SE
DEBERÁN
CONFORME
LO
PREVISTO
EN EL
CONTRATO
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PRESUPUESTAL VERIFICAR QUE
SE CUENTA
CON EL
PRESUPUESTO
PARA ATENDER
LA NECESIDAD.
4
ENTIDAD
50% Y
CONTRATIS
TA 50%
ACEPTAR IMPROBABL
E
MODERA
DO MEDIO NO
SUPERVISOR
DEL
CONTRATO
POR PARTE
DE LA
ENTIDAD Y
CONTRATISTA
INICIO DE
LA
EJECUCIÓN
DEL
CONTRATO
TERMINACION
ESTIMADA DE LA
EJECUCION DEL
CONTRATO
(DICIEMBRE DE
2015)
SEGUIMIENTO
DE LOS
HECHOS O
FENOMENOS
DE LA
NATURALEZA
PERMANEN
TEMENTE
DURANTE
LA
EJECUCIÓN
, CADA VEZ
QUE SE
EXPIDE EL
REGISTRO
PRESUPUE
STAL
5 CONTRATIS
TA
SE DEBEN
SOLICITAR LOS
CAMBIOS DE
EQUIPO DE
TRABAJO CON
PERIODOS DE
TIEMPO
ACORDADOS
PARA QUE NO
SE PRESENTEN
AUSENCIAS DE
PERSONAL
MIENTRAS SE
EFECTUAN LOS
CAMBIOS EN EL
EQUIPO DE
TRABAJO
RARO MENOR BAJO NO
SUPERVISOR
DEL
CONTRATO
POR PARTE
DELA
ENTIDAD
INICIO DE
LA
EJECUCIÓN
DEL
CONTRATO
TERMINACION
ESTIMADA DE LA
EJECUCION DEL
CONTRATO
(DICIEMBRE DE
2015)
REVISIÓN Y
APROBACION
DEL EQUIPO DE
TRABAJO EN EL
MENOR TIEMPO
POSIBLE
CADA VEZ
QUE SE
PRESENTE
CAMBIO EN
EL EQUIPO
DE
TRABAJO.
6 CONTRATIS
TA
CADA
ACTIVIDAD
DEBE
REALIZARSE
BAJO LA
SUPERVISOR
DEL CONTRATO
PARA EVITAR
CAMBIOS
INESPERADOS
QUE IMPLIQUEN
MAYORES
GASTOS PARA
LA ENTIDAD
POSIBLE MENOR MEDIO NO
SUPERVISOR
DEL
CONTRATO
INICIO DE
LA
EJECUCIÓN
DEL
CONTRATO
TERMINACION
ESTIMADA DE LA
EJECUCION DEL
CONTRATO
(DICIEMBRE DE
2015)
REVISION Y
APROBACION
PERMANENTE
DE LAS
ACTIVIDADES
QUE
COMPRENDEN
CADA UNA DE
LAS FASES DE
EJECUCION DEL
PROCESO
PERMANEN
TE
IX. GARANTÍAS
Efectuado el análisis de riesgos de la presente contratación, establecida la valoración del
impacto y la probabilidad de ocurrencia de cada uno de ellos, se estima que la
Superintendencia de Notariado y Registro se encuentra que en el desarrollo del contrato
presenta principalmente riesgos de Incumplimiento del contratista en el desarrollo de las
obligaciones establecidas o deficiente prestación del servicio; por lo cual se exigirá al
contratista constituir a su costa y a favor de SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y
REGISTRO - SNR, la garantía Única de que trata la Ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007y el
artículo 116 del decreto 1510 de 2013 consistente en garantía legalmente autorizada para
operar en Colombia con el fin de amparar el riesgo que se determina a continuación:
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a. CUMPLIMIENTO: en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del
Contrato, por el término de ejecución del mismo y seis (6) meses más, contados a partir
de la fecha de expedición de la póliza.
b. CALIDAD: en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato,
con una vigencia igual a la del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la
fecha de expedición de la póliza.
c. DEL PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: Para garantizar el pago de
salarios, prestaciones sociales y demás obligaciones inherentes a la previsión social del
personal que emplee durante el desarrollo del contrato, por un valor igual al 5% del valor
total del mismo, por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a
partir de la fecha de expedición de la póliza.
Parágrafo primero: en los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución del contrato y/o se
adicione el valor, el Contratista se compromete, dentro de los 5 días siguientes, a presentar el
certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados.
Parágrafo Segundo: el contratista deberá mantener la garantía en plena vigencia y validez en
los términos expresados en este documento y deberá pagar las primas y cualquier otra expensa
necesaria para constituirlas, mantenerlas, prorrogarlas o adicionarlas.
X. ACUERDOS INTERNACIONALES O TRATADOS DE LIBRE COMERCIO VIGENTE
PARA EL ESTADO COLOMBIANO
De conformidad con lo establecido en el numeral 10 del artículo 22 del Decreto 1510 de 2013, y
de acuerdo con las pautas para establecer si determinada contratación se encuentra o no
cobijada por algún Acuerdo Internacional o Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente, la
Superintendencia de Notariado y Registro informa que, una vez revisado lo publicado por el
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en su página web y de acuerdo con las exclusiones
de aplicabilidad y excepciones consagradas en el manual explicativo, en los capítulos de
contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para entidades
contratantes, del Departamento Nacional de Planeación, se encontraron los siguientes acuerdos
internacionales y tratados de libre comercio que aplican para la SNR:
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ACUERDO COMERCIAL
ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA
PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL
EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
PROCESO DE CONTRATACIÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL
CANADÁ SI NO NO NO
CHILE SI NO NO NO
ESTADOS UNIDOS SI NO NO NO
SALVADOR SI NO INCLUYE
VALORES NO SI
GUATEMALA SI NO INCLUYE
VALORES NO SI
HONDURAS SI NO INCLUYE
VALORES NO SI
LIECHTENSTEIN SI NO NO NO
SUIZA SI NO NO NO
MÉXICO SI NO NO NO
UNIÓN EUROPEA SI NO NO NO
XI. SUPERVISIÒN
La vigilancia y control de la ejecución del contrato será ejercida por un equipo interdisciplinario
conformado por el Jefe de la Oficina de Planeación, y la Coordinadora del Grupo de Gestión
Documental , o quien el ordenador del gasto designe.
Cordialmente
(ORIGINAL FIRMADO)
OSCAR ANIBAL LUNA OLIVERA DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO
(ORIGINAL FIRMADO)
LUZ EDITH FLORIAN SANCHEZ GRUPO DE GESTION DOCUMENTAL Anexo: cotizaciones de 2 oferentes folios (8).