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MODULARES PROVISIONALES— PAQUETE 10, DEPARTAMENTO DE APURIMAC CONTRATACIÓN DEL SERVICIO GENERAL DE INSTALACIÓN DE PUENTES PERÚ Ministerio de Transportes y Comunicaciones ' Vicen,inisterio de Transportes"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau" REPÚBLICA DEL PERÚ MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVÍAS DESCENTRALIZADO CONTRATO N° 8/ . -2016-MTC/21 ADJUDICACION SIMPLIFICADA - AS N° 006-2016-MTC/21 CONTRATISTA: CONSORCIO ARES (WILLIAM SALVATIERRA Y MARFIL INGENIEROS S.R.L.) LIMA - PERÚ 2016 ))) WINIALPhOU iasdes.gob.pe Jr. Ca no reí 678 —Pisos de I 7 a I 12 —Li rra 01 Central Telefónica (511)514- 5300 Fax 426-1736 1

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MODULARES PROVISIONALES— PAQUETE 10, DEPARTAMENTO DE APURIMAC CONTRATACIÓN DEL SERVICIO GENERAL DE INSTALACIÓN DE PUENTES

PERÚ Ministerio de Transportes y Comunicaciones '

Vicen,inisterio de Transportes•

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau"

REPÚBLICA DEL PERÚ

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

PROVÍAS DESCENTRALIZADO

CONTRATO N° 8/.-2016-MTC/21

ADJUDICACION SIMPLIFICADA - AS N° 006-2016-MTC/21

CONTRATISTA: CONSORCIO ARES (WILLIAM SALVATIERRA Y MARFIL INGENIEROS S.R.L.)

LIMA - PERÚ

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CONTRATO N° 87 -2016-MTC/21

Conste por el presente documento, la contratación del Servicio General de Instalación de Puentes Modulares Provisionales — Paquete 10, departamento de Apurímac, que celebran:

a. PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, con RUC N° 20380419247, domicilio en el Jr. Camaná 678 piso 7° Lima 01, en adelante LA ENTIDAD, representado por su Director Ejecutivo, Econ. ALEXEI OBLITAS CHACÓN, identificado con DNI N° 07017115, designado mediante Resolución Ministerial N° 639- 2014-MTC/01; y

b. CONSORCIO ARES, en adelante EL CONTRATISTA, conformado por: 1) WILLIAM SALVATIERRA VEGA (40 % de participación), con RUC N° 10285910043, identificado con DNI N° 28591004; y 2) EMPRESA MARFIL INGENIEROS S.R.L (60 % de participación), RUC N° 20494871000, representado por su Gerente General Lucía Illaccanqui Llamoja, identificada con DNI N° 42991690, con poder inscrito en la Partida Electrónica N° 11075376 de los Registros Públicos de Ayacucho; y que suscriben bajo los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

Con fecha 04.04.2016, el Comité de Selección otorgó la Buena Pro de la Adjudicación Simplificada - AS N° 006-2016-MTC/21 al CONSORCIO ARES, para la contratación del Servicio General de Instalación de Puentes Modulares Provisionales— Paquete 10, departamento Apurímac, cuyos detalles e importe constan en el presente contrato, el cual se rige por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, que en lo sucesivo se denominarán LA LEY y EL REGLAMENTO, respectivamente.

Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial, serán de aplicación supletoria las disposiciones del Código Civil y demás normas de derecho privado, cuando corresponda.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO

El presente contrato tiene por objeto la contratación del Servicio General de Instalación de Puentes Modulares Provisionales - Paquete 10, departamento de Apurímac, conforme a los Términos de Referencia establecidos por LA ENTIDAD.

El representante común de EL CONTRATISTA, según la Cláusula Octavo del Contrato de Consorcio, de fecha 12.04.2016, con firmas legalizadas ante el Notario José Hinostroza, es el Sr. William Salvatierra Vega; y, según la Décimo Cuarta, su domicilio legal común está en Urb. Sector Público Mz. X Lte. 18, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho. Asimismo, según la Cláusula Décimo Segundo, la facturación gstará a cargo de WILLIAM SALVATIERRA VEGA, con RUC N° 10285910043.

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5300 Fa a 426-1736

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CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

El monto total del presente contrato asciende a St 258,931.04 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON 04/100 SOLES), incluido IGV.

Este monto comprende el costo del servicio, tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, costos laborales, así como cualquier otro concepto que tenga incidencia sobre la ejecución del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles, luego de ejecutada la prestación, según lo establecido en el artículo 149° del Reglamento y en

ni los Términos de Referencia. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad, to deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos

recibidos.

LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes al torgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás ondiciones establecidas en el contrato.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución del presente contrato es de treinta y cinco (35) días calendario, de acuerdo a lo previsto en los Términos de Referencia, el mismo que consta de dos fases, que se ejecutará considerando los siguientes plazos:

• Diez (10) días calendario para la presentación del Plan de Trabajo. • Veinticinco (25) días calendario para la ejecución del Plan de Trabajo.

El inicio del plazo de ejecución del servicio se contabilizará en dos (2) etapas o fases:

Primera fase: Elaboración del plan de trabajo, desde el día siguiente de la entrega del terreno y/o la entrega del adelanto directo por parte de LA ENTIDAD,,considerándose al evento mas tardío, proporcional al monto contratado, en las condiciones previstas por el umeral 19.1 de los Términos de Referencia.

Segunda fase: Inicio de la instalación de los puentes modulares, a partir de la notificación de aprobación del plan de trabajo.

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

El presente contrato está conformado por los Términos de Referencia, Bases del procedimienn)LJa oferta ganadora y los documentos derivados del procedimiento de

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uniumprouiasdes.e0b.Pe (neo rrere(678 —Pisosdel 7 al 12 —Lira 01

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selección que establezcan obligaciones para las partes. El orden de prelación de los documentos que conforman el presente contrato, para efectos de su interpretación o integración, en caso de cualquier contradicción, diferencia u omisión, es el siguiente:

1. Términos de Referencia. 2. Bases. 3. La Propuesta Técnica y Económica. 4. El presente documento contractual.

CLÁUSULA SÉPTIMA: GARANTÍA

EL CONTRATISTA entregó, a la suscripción del contrato, la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por el concepto, importe y vigencia siguiente:

De Fiel Cumplimiento del contrato: S/ 25,893.10 Soles, a través de la Carta Fianza N° 0011-0202-9800043641-94, emitida por BBVA Continental, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la prestación.

USULA OCTAVA: ADELANTO DIRECTO

ENTIDAD podrá otorgar un adelanto directo hasta por el 30% del monto del contrato.

EL CONTRATISTA debe solicitado dentro de los ocho (08) días calendario contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la carta fianza, extendida a la orden de la Entidad, por idéntico monto y con un plazo mínimo de vigencia de tres meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. El adelanto será amortizado mediante descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones, debiendo la Entidad entregar el monto solicitado dentro de los siete (07) días calendario contados a partir del día siguiente de recibida la mencionada documentación. Vencido dicho plazo no procederá el otorgamiento del adelanto directo.

El pago del adelanto se realizará de acuerdo a lo señalado en el numeral 19.1 de los Términos de Referencia.

CLÁUSULA NOVENA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

LA ENTIDAD está facultada a ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpla con renovarlas, conforme al artículo 131° del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD

La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 143° del Reglamento y el numeral 22° de los Términos de Referencia.

4 umnuorouiasdes.gob.pe InCarrerá678 —Pisosdel 7 al 12 —Lira 01

CentralTelefónim

900 Fe x 426-1736

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De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar a EL CONTRATISTA, indicándose el sentido de éstas, dándose un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumple con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorgará la conformidad, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DECLARACIÓN JURADA

L CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones erivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el

do en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley y 146° de su Reglamento. El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de tres (03) años.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDAD POR MORA

Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por mora por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:

TC) Dónde: F = 0.40

0.10 x Monto F x Plazo en días

Penalidad Diaria =

Dicha penalidad se aplicará automáticamente y se calculará para cada etapa del contrato, según lo siguiente:

• Presentación del Plan de trabajo:

El Contratista deberá presentar el plan de trabajo: conforme al ítem 6.1 de los Términos de Referencia, posterior a la fecha de inicio del servicio; la no presentación y/o subsanación en el plazo solicitado, será sancionada con una penalidad diaria de acuerdo a la siguiente fórmula.

5 vuvuw.prouiasdes.gob. pe Ir. Ca rd678 —Pisosdel 7 al 12 —Lira 01

Central Telefónica (511)514-

900 Fax 426-1736

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Penalidad diaria = 0.10 x Monto de Elaboración de Plan de Trabaio 0.40 x Plazo en días (10)

• Incumplimiento de la ejecución del Plan de Trabajo

El Contratista deberá ejecutar las actividades contenidas en el Plan de Trabajo aprobado. El retraso en la culminación del servicio será sancionado con una penalidad diaria de acuerdo a la siguiente fórmula.

Penalidad diaria = 0.10 x Monto de Eiecución plan de trabaio F x Plazo en días (Plazo de contrato de 2da. Fase)

Nota: reo Los trabajos mal ejecutados o no matizados de acuerdo al Plan de Trabajo y las normas

blecidas en los manuales y documentos indicados en los presentes TDR, serán considerados o no ejecutados.

USULA DÉCIMO CUARTA: OTRAS PENALIDADES

concordancia con el artículo 134° del Reglamento y de acuerdo al numeral 20.2 de los rminos de Referencia, se aplicarán adicionalmente las siguientes penalidades:

• Inasistencia al acto de entrega de terreno:

En la entrega de terreno para cada puente deberá participar, en representación del contratista, el representante legal o jefe de servicio; o. en su defecto, el contratista puede delegar a otra persona, con la respectiva carta de representación firmada por su representante legal.

En caso de incumplimiento será sancionado con una penalidad del 0.5 % del monto del contrato por la ausencia de su representante en dicho acto.

• Incumplimiento de Personal Propuesto:

Durante la presentación del servicio el contratista deberá contar con todos los profesionales ofrecidos en su propuesta técnica. La no participación de cualquiera de ellos durante la ejecución del contrato será sancionada con una penalidad diaria de acuerdo a la siguiente fórmula.

Penalidad diaria = 0.010 x Monto del contrato 0.40 x Plazo del contrato en días (plazo Fase 2)

Para los casos de cambio de profesionales que no se encuentren dentro de las causales de fuerza mayor o caso fortuito, y que sean aceptadas por la Entidad, se aplicará una penalidad del 0.5% del monto del contrato, por cada profesional cambiado.

wowthenouiasdes.gothre Inearraná678 —Pisosdel 7a1 12 —Lirre01

CentralTelefonica 1511)614-

900 Fía11426-1736

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Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.

Dichas penalidades pueden alcanzar, cada una, un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.

Ir CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

ualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 32°, nciso c) y 36° de la Ley, y los artículos 135° y 136° de su Reglamento. Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que la otra las satisfaga en un plazo no mayor a cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas debe resarcir a la otra por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente, sin perjuicio de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento dé lugar.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: CONVENIO ARBITRAL

17.1 Las partes acuerdan que las controversias que surjan, sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, o invalidez del Contrato, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje. Las controversias sobre la nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.

Las partes pueden recurrir a la Junta de Resolución de Disputas en las contrataciones de obras, de acuerdo al valor referencia; y demás condiciones previstas por el reglamento, siendo sus decisiones vinculantes.

Sin perjuicio de lo anterior, la decisión de la entidad o de la Contraloría General de la República de aprobar o no la ejecución de prestaciones adicionales, no puede ser sometida a conciliación, ni a arbitraje ni a la Junta de Resolución de Disputas. Las pretensiones referidas a enriquecimiento sin causa o indebido, pago de

7 imannr.prou lasdes. b. pe r. Carrensí 678 —Pisosdel 7 a I 12 —Line 01

Central Telefónica (511) 514- 900

Feg 4216-1736

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indemnizaciones o cualquier otra que se derive u origine en la falta de aprobación de las prestaciones adicionales o de la aprobación parcial de éstas, por parte de la entidad o la Contraloría General de la República, según corresponda, no pueden ser sometidas a conciliación, arbitraje, ni a otros medios de solución de controversias establecidos en la presente Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, correspondiendo en su caso ser conocidas por el Poder Judicial. Todo pacto en contrario es nulo.

17.2 Las partes tienen el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en el numeral 45.2 del artículo 45° de la Ley de Contrataciones del Estado. Para los casos específicos en los que la materia en controversia se refiera a nulidad de contrato, resolución de contrato, ampliación de lazo contractual, recepción y conformidad de la prestación, valorizaciones o e rados, liquidación del contrato, se debe iniciar el respectivo medio de solución e controversias dentro del plazo de treinta (30) días hábiles conforme a lo eñalado en el reglamento.

En supuestos diferentes a los mencionados en el párrafo anterior, los medios de solución de controversias previstos en este artículo deben ser iniciados por la parte interesada en cualquier momento anterior a la fecha del pago final.

Luego del pago final, las controversias solo pueden estar referidas a vicios ocultos en bienes, servicios u obras y a las obligaciones previstas en el contrato que deban cumplirse con posterioridad al pago final. En estos casos, el medio de solución de controversias se debe iniciar dentro del plazo de treinta (30) días hábiles conforme a lo señalado en el reglamento.

Todos los plazos antes señalados son de caducidad.

17.3 Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a Conciliación las referidas controversias, según los plazos y procedimientos señalados en el artículo 183° del Reglamento.

Si la Conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, con acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes podrán someter a la competencia arbitral la solución definitiva de las controversias conforme lo señalado en el artículo 184° del Reglamento. Para tal efecto, cualquiera de las partes deberá iniciar el arbitraje, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de concluida la Conciliación. El vencimiento del plazo antes indicado, sin que se haya iniciado el arbitraje, implicará la renuncia a las pretensiones fijadas en la solicitud de Conciliación.

17.4 Las reglas aplicables al proceso arbitral serán las vigentes al momento de la suscripción del presente Contrato.

8 wervaprouiasdes.gob.pe 1 r. Carnard678 -Pisosdel Tal 12 -Line 01

Central Telefónica 1511)514-

900

Fax 426-1736

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17.5 Las partes acuerdan que el proceso arbitral será de tipo Institucional, el mismo que se realizará bajo la organización, administración, reglamento y normas complementarias del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

17.6 Por normas complementarias se entiende, enunciativamente, a los Estatutos, Códigos de Ética, Reglamento de Aranceles y Pagos y demás aplicables por el Centro Institucional para el desarrollo del proceso arbitral.

17.7 En caso que el monto de la cuantía de la (s) controversia (s), señalada (s) en la solicitud de arbitraje, sea (n) mayor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por un Tribunal Arbitral Colegiado.

re Si el monto de la cuantía de la (s) controversia (s) señalada (s) en la solicitud de arbitraje es igual o menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia(s) será (n) resuelta (s) por Arbitro Único.

En caso que la (s) controversia (s) señaladas en la solicitud de arbitraje verse (n) sobre materia de cuantía indeterminable, ésta (s) deberá (n) ser resuelta (s) por un Tribunal Arbitral Colegiado.

Las partes contarán con un plazo no menor de veinte (20) días hábiles para presentar su escrito de demanda, contestación de demanda, reconvención o contestación a la reconvención, según corresponda. El mismo plazo regirá para la presentación de medios de defensa, cuestiones previas, cuestionamientos probatorios o excepciones.

17.8 En caso se ofrezca una pericia de parte o se actúe una pericia de oficio, dicha labor debe ser encomendada por el Tribunal Arbitral o Árbitro Único a persona natural o jurídica de reconocida especialidad en la materia. Una vez presentado el dictamen o Informe Pericial correspondiente, la(s) parte(s) deberá absolverlo o formular sus observaciones en un plazo no menor de veinte (20) días hábiles.

17.9 En caso que cualquiera de las partes o ambas soliciten al Tribunal Arbitral o Arbitro Único una pericia o cuando el Tribunal Arbitral o Árbitro Único solicite de oficio una Pericia, se dispondrá la ejecución de la misma, debiendo asumir proporcionalmente cada parte el costo final de dicha actuación probatoria o en iguales proporciones, respectivamente, según corresponda. Para estos efectos, el Tribunal Arbitral o Árbitro Único tendrá en cuenta la propuesta de puntos a analizar que las partes proporcionen.

17.10 En el caso de Arbitro Único y del Presidente del Tribunal Arbitral Colegiado, la designación la realizará el Centro Institucional Arbitral determinado. En el caso de

9 www.prouiasdesppb.pe Jr.CarmS678 —Pisosdel 7 al 12 —Lirre01

Central Teleftinim (511) 514-

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Fax 426-1736

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designación de los otros dos árbitros del Tribunal Arbitral Colegiado, se realizará por cada una de las partes, en los plazos establecidos en el Centro Institucional determinado.

17.11 El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

17.12 En caso que por falta de los pagos correspondientes, el Árbitro Único o el Tribunal Arbitral Colegiado, según corresponda, determine el archivo o la terminación de las actuaciones arbitrales, según la denominación del Reglamento aplicable, ello implicará la culminación del proceso arbitral y, en consecuencia, el consentimiento de los actos que fueron materia del referido proceso.

17.13 Las controversias se resuelven mediante la aplicación de la Constitución Política del Perú, Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, así como de las normas de derecho público y las de derecho privado; manteniendo obligatoriamente este orden de preferencia en la aplicación del derecho. Esta disposición es de orden público.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: PÓLIZAS DE SEGURO

El CONTRATISTA será responsable de contratar y mantener vigentes durante el plazo de duración del presente contrato todos los seguros establecidos en el Anexo B de los Términos de Referencia que forma parte del presente contrato..

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO

Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

EL CONTRATISTA: Jr Urb. Sector Público Mz. X Lte. 18, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho; celular: 990916555; correo electrónico: [email protected], [email protected].

LA ENTIDAD: Jr. Camaná 678, piso 7° - Lima 01, teléfono: 514 5300.

En estos domicilios surtirán efectos legales las notificaciones que se deriven del presente contrato. La variación del domicilio, aquí declarado, debe ser comunicada a la otra parte formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

Si EL CONTRATISTA modifica su dirección domiciliaria, deberá informar a LA ENTIDAD oportunamente, mediante comunicación indubitable, bajo responsabilidad. Este cambio deberá ser aceptado por LA ENTIDAD y formalizado mediante adenda al contrato. La variación del domicilio debe ser comunicada a LA ENTIDAD aún al término del contrato, de existir un saldo a cargo por cualquier concepto. De igual manera, de iniciarse un

10 www.proulasdes410O.Pe Jr.Carnaná678 —Pisosdel 7 al 12 —Lirre 01

Central Telefónica (514514-

900 Fax 426-1736

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LA ENTIDAD

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: 323

Econ. ALEXEI OBLITAS CHACÓN Director Ejecutivo

PROVIAS DESCENTRALIZADO

De acuerdo con las Bases, la propuesta técnica y económica, y las disposiciones del

presente contrato, las partes lo firman por triplicado en señal de conformidad. En la ciudad de Lima al y 1 ABR. 2016

Exp. 1-902-2016 Exp. N°7937-2016 UGAUJECC-ncgrn

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proceso arbitral o judicial, será obligación de EL CONTRATISTA comunicar su domicilio legal actualizado en tanto dure el proceso.

Las comunicaciones cursadas entre las Partes, sólo surtirán efecto:

Cuando sean efectuadas por escrito, facsímile o correo electrónico, en cuyo caso se

considera legalmente realizada con la constancia del reporte informático de que fue entregada a la dirección de correo electrónico; cuando se encuentre en la bandeja de

entrada, aunque el correo electrónico no haya sido abierto por el destinatario; o con la constancia del reporte informático de que la dirección de correo electrónico fue cancelada por el propietario sin haber notificado previamente en forma indubitable a la otra parte.

Para que la notificación por correo electrónico surta efectos legales no se requiere acuse de recibo ni identificación de quien lo recibe.

Cuando sean notificadas vía notarial o Juez de Paz, en los lugares donde no haya Notario, en caso EL CONTRATISTA se niegue a recibir la notificación se dejará constancia de dicha negativa, y la notificación surtirá efectos legales si es dejada debajo de la puerta del domicilio

indicado. Igualmente, si no se encuentra ninguna persona que suscriba el cargo respectivo, la notificación será válida si se deja debajo de la puerta.

1M(1.164.prOU ia5CieS4ID bine Ir.Canvirá678 —Pisosdel 7W 12 —Lima 01 11

Central Telefónico (5111514

900 Fax 4264736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE

DESCENTRALIZADO

PROVIAS DESCENTRALIZADO

TÉRMINOS DE REFERENCIA

SERVICIO GENERAL DE INSTALACION DE PUENTES MODULARES

PAQUETE 10 DEPARTAMENTO DE APURIMAC

LIMA - 2016

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O 73

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROWAS DESCENTRALIZADO

OBJETIVOS ESPECIFICOS

4.1 Establecer procedimientos, precisando las características técnicas de las estructuras, para el traslado, montaje y puesta en funcionamiento del Puente CCAHUAPIRHUA, ubicado en el camino vecinal Emp. PE 3SG - Ccahuapirhua - Chichahui con el Código de Ruta S/N.

5.0 CARACTERISTICAS Y DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS El servicio corresponde al montaje e instalación del puente CCAHUAPIRHUA, debido al mal estado de conservación, que se pueden observar en el ítem 5.2, asimismo implica el traslado de las estructuras modulares de cada puente, y tablero metálico para la superficie de rodadura, proporcionado por PROV1AS DESCENTRALIZADO, para la puesta en funcionamiento de cada puente.

5.1 UBICACIÓN

Los puentes a Instalar se encuentran ubicado en el departamento de APURIMAC, de acuerdo a la siguiente descripción:

EXISTENTE PROYECTADO

Ítem Dep. Provincias Ruta Coordenadas. Nombra Tipo Longitud Longitud Tipo

1 Apurlmac Catabambas Vecinal »4 8434675 N

785688 E Ccahuapirhua No existe 15.00 21.34 DS

5.2 ESTADO SITUACIONAL DE LAS ESTRUCTURAS EXISTENTES.

1) PUENTE CCAHUARPIRHUA: Puente, será ubicado en Emp. 3SG — Ccahuarpirhua — Chicñahui. Longitud Actual: 15.00 MTS.

5.3 ALCANCE DE LOS SERVICIOS:

El servicio para el cual se formula los presentes Términos de Referencia, se realizará en base a un PLAN DE TRABAJO, el cual debe contener en forma detallada todas las actividades a ejecutar, que son necesarias para el cumplimiento de las metas previstas en cada Puente.

3 www.provlescies.gob.pe

Jr. Camaná 678 — Pisos del 7 al 12 — Urna 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 426-1736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

6.1 PRIMERA FASE: EIABORACION Y APROBACION DEL PLAN DE TRABAJO

El servido, objeto de estos TDR, se realizará en base a un PLAN DE TRABAJO, el cual debe contener en forma detallada las actividades a ejecutar, contendrá como mínimo: memoria

descriptiva, procedimientos constructivos, especificaciones técnicas, planos, cronograma de

ejecución, cronograma de desembolsos y otros que resulten necesarios para el cumplimiento de las metas previstas de cada puente.

El plazo de inicio para la elaboración del Plan de Trabajo, se inicia desde el día siguiente de la entrega del adelanto en efectivo y/o entrega del terreno

(lo que ocurra último).

Se precisa, que el Contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene hasta el día en que el Comité de Recepción del servicio (designados por Provías Descentralizado - PVD), den la conformidad a la recepción de la prestación del servicio ejecutado por el contratista y se efectué el pago pertinente. (Art. 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado).

Se debe tener en cuenta, que para cada Puente se debe elaborar un Plan de Trabajo, documento que una vez aprobado por la Entidad es la base para efectuar el seguimiento y monitores de las actividades que debe realizar el contratista.

Toda información empleada o preparada durante el desarrollo del Plan de Trabajo es de carácter reservado y no podrá ser entregado a terceros, ni parcial, ni total, sin el previo consentimiento de PROVIAS DESCENTRALIZADO.

a. Actividades que se deben desarrollar en esta Etapa

a.1. Trabajos de Campo:

• Realizar una inspección de campo a fin de evaluar las condiciones y estado de los puentes, para plantear la mejor solución.

• El contrato se controlará por actividad concluida, obligándose a los postores realizar una visita técnica a la zona de trabajo objeto de los presentes T.D.R. con la finalidad de que tomen conocimiento de las condiciones en que se encuentran los Puentes, apoyos, accesos y planteen con mayores elementos de juicio las actividades que se deben realizar para cumplir con los objetivos propuestos.

• Realizar el replanteo en el lugar de emplazamiento de las estructuras a instalar, a efectos de

establecer niveles de rasante, acondicionamiento de las subestructuras, los trabajos de movimientos de tierras requeridos, entre otros necesarios, precisándose que para las estructuras de puentes modulares

se tiene las siguientes consideraciones:

- Pendiente no mayor a 2.0%,

O terreno igual o mayor a 1.00 kg/cm2.

• Verificar la geometría de los accesos y la capacidad portante del suelo.

• Iniciar las actividades establecidas para esta etapa desde el día siguiente de la entrega del adelanto o entrega del terreno, lo último que ocurra, fecha en que se

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Central Telefónica (511) 5145300 Fax 426-1736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

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inventario correspondiente a la entidad que tiene a su cargo el puente como su patrimonio. Dicha información formará parte del informe final.

> Asimismo, deberá incluir los siguientes procedimientos.

• las hubiera. Procedimiento de desmontaje y/o demolición de las estructuras existentes, si

• Acondicionamiento y habilitación de accesos (Incluyendo Losas de

Aproximación y Muros Contra impacto), mantenimiento de tránsito y seguridad vial.

• Procedimiento de Montaje y Lanzamiento de las estructuras modulares.

Instalación de señales preventivas, reglamentarias e informativas, durante y luego de la ejecución de los trabajos, en concordancia con el Manual de Dispositivos de

Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras vigente. (WEB —MTC)

Las especificaciones técnicas serán desarrolladas por cada actividad constructiva y en concordancia con las Especificaciones Técnicas de Construcción y Conservación de

Carreteras vigente (EG-2013), debiendo incluirse los controles de calidad y ensayos a realizarse durante las ejecuciones.

En los procedimientos constructivos, las actividades y especificaciones técnicas estarán compatibilizadas entre sí.

b. Presentación y Aprobación del Plan de Trabajo

• El contratista presentará el Plan de Trabajo, de acuerdo a lo descrito en los párrafos anteriores y de acuerdo al Anexo A. "Lineamiento para la Presentación del Plan de Trabajo para cada Puente"

• La presentación del PLAN de TRABAJO será considerado como una actividad del Presupuesto del Servicio.

• El PLAN DE TRABAJO se presentará en versión impresa (original y copia) y

electrónicamente en CD (dos copias). Las hojas de textos se presentarán en formato A4 en tanto que los planos se presentarán en formatos A3.

• Se presentará en el siguiente software de aplicación: Word para Textos. Excel para hojas de cálculo y AUTOCAD para los planos.

• El Plan de Trabajo debe contener el Presupuesto y Cronograma Valorizado

en formato A3, concordante con las actividades y plazos propuestos, cuyo monto global será igual a su propuesta económica presentada en el Proceso de selección.

• El Cronograma de Ejecución se realizará empleando el PERT-CPM e identificando las actividades o partidas de la ruta crítica, complementándose con el Diagrama de Barras GANTT.

• El Plan de Trabajo debe contar con un Panel Fotográfico, con seis (06)

fotografías como mínimo de cada Puente, las que mostrarán distintas vistas de la situación actual como: vista general desde aguas abajo y aguas arriba,

\R ES desde las márgenes derecha e izquierda, de abajo hacia arriba desde el cauce, elevación de los estribos accesos, etc.

• El Supervisor o Inspector, revisará y evaluará el plan de trabajo presentado por cada puente, verificando que el planteamiento del contratista contenga

7 .provlasdes.gob.pe

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Pisos del 7 al 12 — Lima 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 426-1736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES P ROMS DESCENTRALIZADO

El Contratista se obliga a:

a.1. Ejecutar los trabajos en concordancia con las actividades y los procedimientos establecidos en el Plan de Trabajo y los presentes términos de referencia.

a. 2 Realizar las verificaciones de las condiciones de seguridad a fin de no tener inconvenientes en el traslado e instalación de los puentes.

a.3 Previo a la entrega de los elementos, PROVIAS DESCENTRALIZADO, exigirá la presentación de las pólizas pertinentes contra todo riesgo por el valor de las estructuras metálicas del puente, el traslado de las estructuras, del servicio de Montaje del puente a reemplazar, protección del personal, las que deben contar con la conformidad de la Unidad Gerencial de Administración. Sin dicha conformidad, el contratista no podrá retirar los elementos del puente siendo de su entera responsabilidad el incumplimiento de los plazos establecidos en su plan de trabajo. Las pólizas indicadas están descritas en el Anexo B.

a.4 Ejecutar los trabajos necesarios para cumplir con el objeto del contrato, tales como: acondicionamiento de las subestructuras, el desmontaje y traslado de las estructuras existentes (de ser el caso) a un lugar pre establecido, el montaje y lanzamiento de las estructuras modulares provisionales en los emplazamientos respectivos, la habilitación de accesos y la instalación de señalización en general, los que serán verificados y aceptados por el supervisor o inspector del servicio y que se hayan realizado a satisfacción.

a.5 La Supervisión o Inspección del servicio, realizará el control de la ejecución de las actividades y la valoración de la calidad del servicio prestado.

a.6 Todas las actividades deberán ser ejecutadas de acuerdo a la normativa nacional aplicable y normativa del fabricante.

a.7 Es responsabilidad del Contratista disponer en forma permanente de los equipos necesarios para ejecutar las actividades que correspondan, con la finalidad de cumplir lo establecido en los términos de referencia y el Cronograma de Actividades incluidos en el Plan de Trabajo.

a.8 El contratista realizará las actividades complementarias para la circulación de los peatones (pases provisionales) mientras se ejecuten las actividades

de desmontaje, montaje e instalación de las estructuras modulares.

a.9 Considerando que los puentes están ubicados en caminos vecinales y departamentales que tienen volumen de tráfico mínimo, el postor debe evaluar y proponer la alternativa

de solución que considere necesaria para el mantenimiento del tráfico (pases provisionales) debe incluirlo dentro de su propuesta y Plan de Trabajo.

a.10 Coordinar con la Oficina de Coordinación Zonal, el almacén o lugar en el que se

RES depositarán los elementos desmontados del Puente existente, debidamente inventariados para entregar a la autoridad competente, previa autorización de PROVIAS DESCENTRALIZADO.

9 www.provirtedes.geb.pe Jr. Camand 678 — Pisos del 7 al 12 — Urna 01

Central Telefónica (511) 514.5300 Fax 426-1736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES? COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

acordado con La Oficina de Coordinación Zonal de Provías Descentralizado, debidamente inventariados, formalizando esta actividad mediante Acta de Entrega de los elementos del puente desmontado.

7.3 ACONDICIONAMIENTO DE SUBESTRUCTURAS Comprende las actividades concernientes al acondicionamiento de las subestructuras existentes, en caso no las tuviera, ejecutar las soludones que se plantean en el plan de trabajo y que debe soportar la nueva estructura metálica del puente modular a instalar.

7.4 TRANSPORTE DE ESTRUCTURAS.

Comprende el carguío y traslado de las estructuras modulares del puente desde el Almacén de Provías Descentralizado, ubicado en el Carretera Panamericana Sur Km. 42, distrito de San Bartok), provincia y departamento de Lima, provincia y departamento de Lima, hasta cada lugar donde se realizará el servicio, especificado en el ítem 5.1.

Esta actividad puede ser realizada inmediatamente después que se haya suscrito el contrato y contar con los seguros correspondientes.

El carguío en el almacén antes indicado, la estiba y desestiba, el transporte, la descarga y los seguros corren a cuenta del Contratista.

Los vehículos que utilizará el contratista para retirar las estructuras modulares del Almacén del PROVIAS DESCENTRAUZADO serán del tipo plataforma o cama baja.

7.5 MONTAJE Y LANZAMIENTO DE ESTRUCTURAS PROVISIONALES. Comprende el montaje de las estructuras modulares de los puentes así como el lanzamiento en su ubicación final hasta la puesta en servicio, concordante, con lo indicado en el plan de trabajo aprobado.

Para ello, desplazará hasta la zona de trabajo todos los recursos necesarios (humanos, equipos, herramientas y materiales)

PROVIAS DESCENTRALIZADA podrá entregar la nariz de lanzamiento a solicitud del contratista. Las herramientas y equipo necesario serán de responsabilidad de cada Contratista.

7.6 VARIOS (ACCESOS, SEÑALIZACION, ETC.)

Comprende la ejecución de todas las actividades en los accesos, así como con la

seguridad vial, garantizando en todo momento la seguridad de los trabajadores y los peatones.

7.7 SERVICIO DE PROTECCION (PARAPETOS, MURO CONTRAIMPACTO, LOSA DE APROXIMACION, MAMPOSTERIA, ETC.).

Comprende la ejecución de los trabajos de protección a la estructura, que deben estar claramente identificados en el plan de trabajo.

11 www.proviasdes.gob.pe

Jr. Camaná 678 — Pisos del 7 al 12 — Urna 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 426-1736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

propuesta. En caso de requerirse su reemplazo, el personal profesional de cambio deberá tener experiencia igual o mayor a la ofertada, dicho cambio procederá solamente posterior a la firma del contrato.

C EXPERIENCIA DEL POSTOR C.1 FACTURACIÓN Requisito:

El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 780,000.00 soles, por la contratación de servicios similares al objeto de la convocatoria y/o en la actividad, durante un periodo NO MAYOR A OCHO (8) AÑOS a la fecha de la presentación de ofertas.

Se consideran servicios similares a los siguientes: Instalación o lanzamiento de puentes modulares y/o montaje o desmontaje de puentes modulares. Construcción, rehabilitación y/o reconstrucción de puentes vehiculares.

Se considera servicio en la actividad los siguientes: construcción, y/o reconstrucción, y/o mejoramiento y/o rehabilitación de carreteras

9.0 CONDICIONES GENERALES PARA LA EJECUCION DEL SERVICIO

• El contratista del servicio podrá ser llamado en cualquier momento por PROVIAS DESCENTRALIZADO para informar o asesorar en asuntos concernientes al servicio que se encuentra ejecutando.

• El contratista deberá mantener una relación armoniosa, profesional, colegiada y ética, con el personal de PROVIAS DESCENTRALIZADO que contribuya a alcanzar los objetivos específicos de la instalación de los puentes modulares, según los presentes Términos de Referencia, dentro del plazo estipulado, con la calidad y seguridad requerida.

• PROVIAS DESCENTRALIZADO podría solicitar cambios del personal del contratista, en cualquier momento, cuando lo considere conveniente y cuando sea en beneficio del Proyecto.

• El contratista deberá utilizar el Personal Profesional y Personal Técnico, indicado en el ítem recursos humanos mínimos y especificaciones en su Propuesta Técnica. PROVIAS DESCENTRALIZADO no aceptará ninguna solicitud de cambio de Personal Profesional que no tenga origen en causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito debidamente comprobadas.

Aquellos casos que no se encuentren dentro de las causales antes indicadas, se le aplicará las penalidades establecidas en el ítem 20 de los TDR.

En cualquier caso, el contratista deberá proponer a PROVIAS DESCENTRALIZADO con ocho (08) días calendarios de anticipación el cambio del profesional, a fin de obtener su aprobación. El nuevo profesional propuesto deberá reunir igual o mayor calificación que el profesional reemplazado, como requisito para ser aprobado por la Entidad.

• Toda información empleada o preparada durante el desarrollo del Proyecto es de carácter

reservada y no podrá ser entregada a terceros sin el previo consentimiento escrito de PROVIAS DESCENTRALIZADO.

• PROVIAS DESCENTRALIZADO proporcionará al contratista lo siguiente: Apoyo en las coordinaciones que este realice con otros sectores u otros organismos, instituciones o entidades del sector, para la prestación de sus servicios.

Estructura de Puentes Modulares Acres/ 700XS, vigas transversales, Pines con sus seguros, pernos, arandelas y cordones de refuerzo para cada puente.

Tableros metálicos de cada puente, pernos de fijación y topes sardinel, cuya relación detallada dica en el Anexo C.

13 www.proviasdes.gob.pe

Jr. Carnand 678 — Pisos del 7 al 12 — Lima 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 426-1736

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c

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

16.0 FORMULA DE REAJUSTE

No aplica

17.0 ESTRUCTURA DE COSTOS

ESTRUCTURA DE COSTOS

La estructura de costos se ha estimado en base a las actividades que se deben realizar para lograr los objetivos indicados en el ítem 4.0 objeto del servicio.

El presente contrato se ejecutará bajo el sistema de Suma Alzada, de acuerdo con el

presupuesto del Contratista, en tal sentido el Contratista del servicio asume plena responsabilidad sobre el monto que oferte, para lo cual debe tomar todas las precauciones a fin de no tener variaciones durante el desarrollo del plan de trabajo y la ejecución del montaje

Los montos a considerar para la partida de Gastos Generales, serán calculados por el postor de acuerdo a la complejidad operativa del montaje de cada puente modular.

La estructura de Gastos Generales se muestra en el Cuadro NP- 02 del ANEXO D.

La estructura de costos que presentará el contratista, estará conformado de la siguiente forma:

COSTO PLAN DE TRABAJO S/. COSTO DE INSTALACION 5/. TOTAL COSTO DIRECTO 5/. GASTOS GENERALES (FIJOS + VARIABLES) S/. UTILIDAD S/. SUB TOTAL PRESUPUESTO S/. I.G.V. (18%) S/. TOTAL PRESUPUESTO S/.

Las valorizaciones del servicio serán en concordancia con el cronograma propuesto en el plan de Trabajo por el contratista del servicio, debiendo ser presentadas oportunamente para su tramitación de ser encontrada conforme por el Supervisor o Inspector.

Las valorizaciones serán formuladas y facturadas por cada puente en las fechas

programadas, incluyendo en la valorización solo las partidas culminadas y con conformidad del supervisor o Inspector, para lo cual debe adjuntar las pólizas de seguros debidamente endosadas con su respectivo comprobante de pago.

18.0 CONFORMIDAD DE SERVICIO

La conformidad del servicio será emitida en la primera fase, por la Unidad Gerencia) de Estudios, quien aprueba el Plan. En la segunda Fase, será emitida por el supervisor del servicio o Inspector, luego de la presentación formal, oportuna y sin observaciones del informe final del servicio de Instalación prestado, y según acta de culminación del servicio.

19.0 OTRAS CONDICIONES ADICIONALES

9.1 Adelanto Directo

De conformidad con el Articulo 148 del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, PROVIAS DESCENTRALIZADO podrá abonar como Adelanto Directo hasta el treinta (30) % del monto del contrato para los gastos del servicio

15 www.proviasdes.gob.pe

Jr. Canana 678 - Pisas del 7 al 12 - Lima 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 426-1736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

Penalidad diaria = 0.10 x Monto de Eiecución plan de trabajo F x Plazo en días Culazo de contrato de 2da. Fasel

P= 0.40, para plazos menores o iguales a 60 días calendarios F= 0.25, para plazos mayores a 60 días calendarios.

Nota: Los trabajos mal ejecutados o no realizados de acuerdo al Plan de Trabajo y las normas establecidas en los manuales y documentos indicados en los presentes TDR, serán considerados como no ejecutados.

20.2 Otras Penalidades: Por tratarse de un servicio, se han establecido adicionalmente las siguientes penalidades, en cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 134 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado:

Inasistencia al acto de entrega de terreno:

En la entrega de terreno deberá participar en representación del contratista el representante legal ó jefe de servicio o en su defecto el contratista puede delegar a otra persona, con la respectiva carta de representación firmado por el representante legal.

En caso de incumplimiento será sancionado con una penalidad del 0.5 % del monto del contrato por la ausencia de su representante en dicho acto para cada puente.

Cumplimiento de Personal Propuesto:

Durante la presentación del servicio el Contratista deberá contar con todos los profesionales ofrecidos en su propuesta técnica. La no participación de cualquiera de ellos durante la vigencia del contrato será descontado por los días de inasistencia y sancionada con una penalidad diaria de acuerdo a la siguiente formula.

Penalidad diaria= 0.010x Monto del contrato 0.25 x Plazo del contrato en días (plazo Fase 2)

Para los casos de cambio de profesionales que no se encuentren dentro de las causales de fuerza mayor o caso fortuito, y que sean aceptadas por la Entidad, penalidad del 0.5% del monto del contrato, por cada profesional cambiado.

Estos dos tipos de penalidades (20.1 y 20.2) pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del nem que debió ejecutarse.

21.0 VALORIZACIONES Y FORMA DE PAGO

Las valorizaciones del servicio serán en concordancia con el cronograma propuesto en el

Plan de Trabajo por el contratista, debiendo ser presentadas oportunamente para su tramitación de ser encontradas conforme.

as valorizaciones serán según avance de acuerdo a la estructura del presupuesto de

17 weetprovlasdes.gob.pe

Jr. Camara 678 - Pisos del 7 al 12 - lima 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 428-1736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

ANEXOS

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Jr. Cumaná 678 — Pisos fiel 7 al 12 — Lima 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 426-1735

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MINISTERIO DE TRANSPORTES V COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

C.7. MONTO DEL SERVICIO

Se detallarán las distintas unidades constructivas estableciéndose preliminarmente lo siguiente:

1. Elaboración de Plan de trabajo. 2.

Desmontaje y/o demolición de estructuras existentes y traslado a almacén en la zona.

3. Construcción de subestructuras (Estribos, anclaje o dados de concreto).

4. Transporte de Estructuras (Lima - Servicio - Lima) (*) más todas las pólizas de seguros indicadas en el Anexo 13

5. Montaje y lanzamiento de estructuras provisionales.

G. Varias (Habilitación de Accesos, losa de aproximación, Señalización, etc.) 7. Informe de Liquidación del Servicio

*PROVEAS DESCENTRALIZADO entregará las Estructuras Modulares de cada puente en el Almacén ubicado en el Km. 42 de la carretera Panamericana Sur, distrito de San Bartolo, provincia de Urna.

PROVIAS DESCENTRALIZADO proporcionará al Contratista del Servicio las estructuras provisionales metálicas, según el listado del Manual de instalación del fabricante, de cada puente así como copias electrónicas de documentación técnica referida a manuales de

instalación, montaje y lanzamiento, e información técnica referencial de prototipos de subestructuras.

Nota:

El presente anexo contiene las partidas básicas mínimas de la estructura de la propuesta económica para los servicios materia del proceso.

El Postor dentro de su propuesta económica debe considerar todos los costos necesarios que

demande el cumplimiento de los trabajos y requisitos exigidos por las Bases del Proceso, Términos de Referencia y Contrato, suscrito el contrato con el monto ofertado no tendrá variación, asumiendo el Contratista total responsabilidad por el monto contratado. De existir alguna

diferencia por encima del monto contratado no prevista al formular su propuesta, será asumida por el contratista.

C.8 PLAZO DE EJECUCION

Se indicará el plazo para la instalación del puente modular de cada puente el cual puede ser igual o menor a Veinticinco (25) días calendarios que es el plazo de la segunda fase del servicio.

D. PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO.

Cada puente debe reflejar los métodos de construcción identificando los respectivos controles de calidad de las actividades, las cuales deben estar contenidas en las Especificaciones Técnicas.

E. CRONOGRAMA DE EJECUCION

Cada puente del paquete se presentará una programación Gantt, donde se establezca el tiempo que durará la intervención de la presentación del servicio de cada puente.

F. PLANOS

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Jr. CaManá 678 — Pises del 7 1sdes.go 2 — Urnb.a 01

Central Telefónica (511) 514-5300 Fax 426-1738

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIA$ DESCENTRALIZADO

ANEXO 8 POU7AS DE SEGURO A PRESENTAR POR EL PROVEEDOR

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Fax 426-1736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

Huelga, Motín, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo

Gastos Adicionales incluyendo Horas Extras, Trabajos Nocturnos, en Feriados o Días Festivos, Flete expreso, etc.

OPA (Otra Propiedad adyacente) (2)

Bienes almacenados fuera del lugar del servicio

Subsuelos y masas de tierra (1)

Error de Diseño

_

Bienes de terceros y/o alquilados utilizados en el servicio _(encofrados, herramientas, equipos, etc.)

100% valor del servicio

Mínimo por el 5% valor del servicio

Mínimo por el 10% Valor del servicio

Debe corresponder al 100% de los bienes almacenados Mínimo por el 10% valor del servicio . . Mínimo por el 10 % valor del servicio

10% Valor del servicio

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

La cobertura de ésta póliza será en exceso de la cobertura de Responsabilidad Civil cubierta por la Póliza de Montaje.

El límite contratado será Único y Combinado para daños materiales o personales o

consecuenciales considerando como mínimo el 50% del valor de la servicio incluyendo, pero no limitado a las siguientes coberturas:

a) Responsabilidad Civil General Extracontractual y Contractual, b) Responsabilidad Civil Patronal (estarán cubiertos todos los trabajadores, sean estos

empleados u obreros en planilla o no) c) Responsabilidad Civil de Locales y Operaciones d) Incendio y/o explosión y/o daños por agua y/o daños por humo e) Escaleras, grúas, montacargas, elevadores, maquinaria, equipo móvil y similares. f) Trabajos terminados

g) Polución y/o Contaminación accidental en el caso que el proveedor emplee en el desarrollo de sus servicios materiales, corrosivos y/o químicos y/o cualquier otro producto que puedan causar polución o un impacto en el medio ambiente (1)

h) Responsabilidad Civil Cruzada i) Responsabilidad Civil por Proveedors Independientes y/o Subproveedors j) Seguro de Responsabilidad Civil por Transporte de Mercadería, incluyendo cualquier

tipo de mercadería considerada como peligrosa y que sea manejada y/o

transportada por el PROVEEDOR DEL SERVICIO, que cubra los daños a terceros y al medio ambiente ocasionados por el transporte. La cobertura de Responsabilidad Civil deberá asegurar las operaciones desde la recepción, recojo, almacenaje, consolidación y el transporte de la carga al lugar de servicio (2).

Nota:

(1) Esta cláusula se exigirá sólo para aquellos proveedores que vayan a utilizar sustancias contaminantes o que el tipo de trabajo a realizar pueda generar contaminación de algún tipo

-I (2) Esta cláusula se exigirá sólo para aquellos proveedores que van a transportar carga.

27 www.proviasdes.gob.pe

Jr. Canana 670 - Pisos del 7 al 12 - Lima 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 426-1730

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

DISPOSICIONES GENERALES

• El PROVEEDOR DEL SERVICIO será responsable de obtener todos los seguros necesarios para su personal, según la legislación nacional aplicable, debiendo mantener la vigencia de dichos seguros hasta que los servicios pactados hayan sido culminados y cuenten con la aceptación de PROVIAS DESCENTRALIZADO

e Todas y cada una de las pólizas de seguro descritas anteriormente deberán incluir las siguientes condiciones:

✓ La vigencia de las Pólizas de Seguro indicadas, será desde la entrada en vigor del presente Contrato, hasta la recepción final de la misma.

✓ Incluir a PROVIAS DESCENTRALIZADO como Asegurado Adicional, para lo cual el proveedor del servicio deberá presentar un endoso o cesión de derecho a favor de Provias Descentralizado.

✓ PROVIAS DESCENTRALIZADO, funcionarios y empleados tendrán la denominación de terceros en caso de siniestro.

✓ El asegurador renuncia a su derecho de subrogación contra PROVIAS DESCENTRALIZADOS, funcionarios y empleados.

✓ Se deberá obtener autorización expresa y por escrito de PROVIAS DESCENTRALIZADO, antes de efectuar cualquier cambio, modificación o cancelación en las pólizas de seguro contratadas. Asimismo, cada póliza de seguro o certificado de seguro deberá incluir una disposición por la cual se estipule que el asegurador deberá cursar notificación por escrito a PROVIAS DESCENTRALIZADO, en caso de que fuera a producirse algún cambio o cancelación o suspensión de cobertura por falta de pago, por lo menos treinta (30) días antes de dicho cambio o cancelación o suspensión

• El PROVEEDOR DEL SERVICIO acepta de aquí en adelante que será de su total responsabilidad y asumirá a su total riesgo todos los gastos y costos por pérdidas y/o daños materiales y/o daños corporales, incapacidad o muerte de cualquier persona o personas, en la eventualidad que un accidente ocurra y el Proveedor no haya provisto adecuadas coberturas cuando fuesen necesarias durante el desarrollo de sus servicios de acuerdo con los términos del contrato.

• El PROVEEDOR DEL SERVICIO deberá asumir y/o defender a PROVIAS DESCENTRALIZADO de cualquier reclamo, causado por su culpa o por la de cualquier subproveedor, por el pago de beneficios sociales o del pago en exceso de los límites contratados bajo las coberturas de Responsabilidad Civil señaladas en los puntos anteriores.

• El PROVEEDOR DEL SERVICIO es responsable de requerir y verificar que cada uno de los subproveedors, sean estos directo o indirectos, o proveedors independientes comprometidos en desarrollar los servicios o trabajos relacionados con este contrato, mantengan en vigor el mínimo de seguros requeridos para el desarrollo de sus actividades y a los que se encuentren obligados por ley, especificando que PROVIAS DESCENTRALIZADO, funcionarios y empleados serán eximidos de todo reclamo, costo o

gasto, resultante de las operaciones materia del contrato. Así también cada sub proveedor será responsable por garantizar el pago de los beneficios sociales de los trabajadores (empleados y obreros) en concordancia con las leyes y regulaciones peruanas.

29 www.proviaSdes.gob.pe

Jr. Catnana 678 - Pisos del 7 al 12 - Lima 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 426-1736

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

ANEXO C LISTADOS DE COSTOS Y PESOS DE ESTRUCTURA METALICA

31 www.proviascam.goNpe

Jr. Carmena 678 — PisOS del 7 al 12 — Lima 01 Central Telefónica (511) 514-5300

Fax 426-1736

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9:(b) c;4-6

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

ANEXO D

CUADRO N2 01: CUADRO N! 02:

CUADRO N9 03:

ESTRUCTURA DE PRESUPUESTO (METRADO DE PUENTE) ESTRUCTURA DE GASTOS GENERALES DEL SERVICIO DE INSTALACION DEL PUENTE MODULAR ESTRUCTURA DE COSTO DE PLAN DE TRABAJO

30 www.proslasdes.soe.pe

Jr. Carean.? 678 - Pisos del 7 al 12 - Urna 01 Central Telefónica (511) 514-5300

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MTC44 I PROVIAS DESCENTRALIZADO

Detalle de Gastos Generales

PIOMITe

TIONTEA.

CMIRETTUIM

Se:Melada Instalarlo' de Puentes Modulares en Apurintie PAQUETE IR. APUR1MAC

C Plan de Trabilla

ohramithra Weeueiári servelelobsL puentes Modulares Veniales y Dennernntale Plazo Total del Servicio

10.00 25.00

do de

de 35.00

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5.4 Bananos. Salas B ALQUILMON. Y SERVICIOS

III *meso denotes rle eesInnidninnkela DiimP.d.avuval“ My. Len 0e3

0.2 Alquila de raMmlos y aun Benne Ombra!» 00rarahl• P.,Ora V arararal Camionera Mea I.W 0.83

b.3 Otns Aleralorel y &red.

Conaracadona Mn 1.01 0.03 C MOVILIZACION Y APOYO Inas-neo

e.1 Pasklettorawaddli y ~PM Cines O. eamOrt Paulo 3.(10 IAD

c.2 Obautmen del Paran,

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D MATIOUALKS, 011LENOSOFICINMOTRCO

Utile& Oficia y When Mn 1,111 033 Cenan erynodueeranneenreinnel Ora IAn 0.83 19110ralande Ohm C1LB 1.111 LE10

E /11.161.151110

Reptan ~o...ano GLB Vida Uy CID 1A10 Segun Cnnthertkokno1 01.11 COLPA DE Segumargü ANEXO a do Ira TdIt OLE UPO Codo por ~lel 0111 1.00 OTROS

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TOTABTOSPO TONEIBLES;1e 0111

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROVIAS DESCENTRALIZADO

ANEXO E PLANOS

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Fax 426-1736

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