Reglamento interno de fondo comunitario de ahorros

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REGLAMENTO INTERNO DE FONDO COMUNITARIO DE AHORROS __________________________________________________________________ _________” CAPÍTULO 1. RAZÓN SOCIAL Artículo 1. Se Constituye el fondo Comunitario de Ahorro “_______________________________ __________________________________________________________________ _____________” el día _________ del mes de _______ del año _____________, en la comunidad de _____________________________________ del municipio de Cardonal , del estado de: Hidalgo , el cual estará integrado por las personas que constan en el Acta Constitutiva como socios fundadores y por aquellos integrantes de la comunidad que en el fututo deseen integrarse y sean aceptados. CAPÍTULO 2. DE LOS OBJETOS DEL FONDO COMUNITARIO. Artículo 2. El Fondo Comunitario de Ahorro, tiene como objetivo promover el bienestar social de nuestras familias a través del fomento del ahorro y los prestamos entre nosotros mismos, por mediación del fondo. Artículo 3. Concentrar los ahorros de la comunidad y colocarlos a través de préstamos en nuestra comunidad y/o depósitos en instituciones financieras, de una manera segura y eficiente. Artículo 4. Establecer un instrumento permanente, que nos permita tener acceso a préstamos para financiar proyectos personales, familiares y/o comunitarios. Artículo 5. Las personas que integramos este fondo nos comprometemos a tener una buena organización al interior del mismo, a apoyarnos en caso de dificultades y trabajar para fortalecer nuestra organización. CAPÍTULO 3. DE LOS REQUISITOS PARA SER SOCIO. Artículo 6. Podrán ser socios de este Fondo Comunitario, las personas que cumplan los siguientes requisitos: Página 1 de 9

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REGLAMENTO INTERNO DE FONDO COMUNITARIO DE AHORROS

“ ___________________________________________________________________________”

CAPÍTULO 1. RAZÓN SOCIAL

Artículo 1. Se Constituye el fondo Comunitario de Ahorro “_______________________________

_______________________________________________________________________________” el día _________ del mes de _______ del año _____________, en la comunidad de _____________________________________ del municipio de Cardonal, del estado de: Hidalgo, el cual estará integrado por las personas que constan en el Acta Constitutiva como socios fundadores y por aquellos integrantes de la comunidad que en el fututo deseen integrarse y sean aceptados.

CAPÍTULO 2. DE LOS OBJETOS DEL FONDO COMUNITARIO.

Artículo 2. El Fondo Comunitario de Ahorro, tiene como objetivo promover el bienestar social de nuestras familias a través del fomento del ahorro y los prestamos entre nosotros mismos, por mediación del fondo.

Artículo 3. Concentrar los ahorros de la comunidad y colocarlos a través de préstamos en nuestra comunidad y/o depósitos en instituciones financieras, de una manera segura y eficiente.

Artículo 4. Establecer un instrumento permanente, que nos permita tener acceso a préstamos para financiar proyectos personales, familiares y/o comunitarios.

Artículo 5. Las personas que integramos este fondo nos comprometemos a tener una buena organización al interior del mismo, a apoyarnos en caso de dificultades y trabajar para fortalecer nuestra organización.

CAPÍTULO 3. DE LOS REQUISITOS PARA SER SOCIO.

Artículo 6. Podrán ser socios de este Fondo Comunitario, las personas que cumplan los siguientes requisitos:

A. Que tengan interés y voluntad de ahorrar B. Que sean reconocidos y residentes de la comunidad. C. Gozar de solvencia moral reconocida por la comunidad. D. Que sean aceptados por la asamblea general de socios.

Si una persona quiere incluirse como socio, puede hacerlo directamente con el Comité de Ahorro y Crédito y asistir a la Asamblea General más próxima.

CAPÍTULO 4. DEL CAPITAL DE LOS AHORRADORES

Artículo 7. E dinero del Fondo Comunitario pertenece a los ahorradores por lo que permaneceré en la comunidad, el Comité de ahorro y Préstamo tiene la responsabilidad.

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de administrar estos fondos en representación de los socios, de tal forma que deberán procurar seguridad y rendimiento para los mismos.

Artículo 8. El traslado del ahorro bancos u otras instituciones financieras esta supeditad al lineamiento que al respecto haya dictado la Asamblea General de Socios.

Artículo 9. Estos recursos confiados por el grupo de socios, bajo ninguna circunstancia podrán ser utilizados por los integrantes del Comité de Ahorro y Préstamo para solventar necesidades personales o familiares, para estos efectos, los miembros del Comité serán considerados como cualquier otro socio y recibirán el mismo trato.

CAPÍTULO 5. DEL DOMICILIO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS (AS)

Artículo 10. El domicilio asignado por los integrantes del fondo Comunitario es: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

CAPÍTULO 6. DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS (AS)

Artículo 11. La Asamblea General de socios (as) es la máxima autoridad y está constituida por todos los ahorradores, sus decisiones serán válidas con la asistencia de al menos el __________ % de los socios /as, por cual deberán ser acatadas por todos los integrantes.

Artículo 12. La Asamblea General de Socios (as) se reunirá: ________________________________________________________________________________

Artículo 13. Es obligación de la totalidad de los socios (as) a asistir a las Asambleas Generales convocadas.

Artículo 14. Se considerará Asamblea General, las siguientes reuniones:

A. Las que se lleven a cabo obligatoriamente de acuerdo al plazo establecido B. Las convocadas por el comité del Fondo comunitario en forma extraordinaria.

Artículo 15. Dado el caso que alguien por causa justificada no pueda asistir a la Asamblea Genera, deberá avisar con anticipación al Comité y enviar a un representante o justificar su falta. Artículo 16. Es función de la Asamblea General aprobar o rechazar los informes dela Tesorería.

CAPÍTULO 7. EL COMITÉ DE AHORRO Y PRÉSTAMO

Artículo 17. Para operar y administrar el fondo Comunitario se nombrará un Comité integrado por, un Secretario, un Tesorero y un Vocal de Vigilancia, nombrados por la Asamblea General para un periodo de un año y podrán ser reelectos hasta por 3 veces si la Asamblea así lo determina.

Artículo 18. Son funciones del Comité de Ahorro y Préstamo, presentar informes a la Asamblea General y Fomentar la recuperación de préstamos, así como proponer la política financiera.

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Artículo 19. Las decisiones del Comité deberán realizarse de común acuerdo entre todos sus integrantes.

CAPÍTULO 8. DE LAS FUNCIONES DEL COMITÉ.

Artículo 20. El Secretario (a) tendrá como funciones:

a) Tener este reglamento interno y presentarlo a cada socio cuantas veces sea necesario. b) Dar lectura al acta del día o la anterior, según sea el caso. c) Mantener actualizada la documentación relacionada con el Fondo Comunitario y tenerla

bien organizada. d) Llevar el registro de los ahorros, préstamos a intereses por socio y acumulado (TARJETA DE

AHORRO Y PRÉSTAMO). e) Comparar sus registros con los que lleva el Tesorero. f) Contar con la CARTA DE BENEFICIARIO de cada uno de los socios.

Artículo 21. El Tesorero (a) tendrá como funciones:

a) Resguardar el dinero del Fondo comunitario de Ahorro. b) Recibir depósitos de los ahorradores. c) Entregar los prestamos autorizados por el Comité del Fondo o la Asamblea General de

socios. d) Elaborar uno o varios pagares por cada préstamo incluyendo los intereses. e) Mantener actualizado EL CONTROL DE PRESTAMOSf) Conservar los pagarés hasta su cobro. g) Comparar su corte de caja con los registros que lleva el Secretario.

Artículo 22. El vocal de Vigilancia tendrá como funciones:

a) Llevar el LIBRO DE ACTAS el día y por reunión que se lleve a cabo. b) Pasar LISTA DE ASISTENCIA en Asambleas Generales.c) Vigilar que el Secretario cumpla con sus funciones. d) Verificar que el Tesorero cumpla sus responsabilidades. e) Comparar los registros de la Libreta del Ahorrador con los registros del Secretario cada

mes. f) Llevar el CONTROL DE INGRESOS Y EGRESOS, y colocarlo en lugar visible durante la

Asamblea de socios. Con base en este informe efectuar el arqueo de caja al Tesorero, comparándolo con registros del Secretario por lo menos en las reuniones de informes de corte de caja.

g) Comparar los pagarés con el Control de Prestamos del Tesorero. h) Visitar a deudores que presenten atraso en sus pagos para conocer las causas e informar

al Comité.

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CAPÍTULO 9. DEL AHORRO DE ATENCIÓN PARA AHORRADORES Y SOLICITANTES DE PRESTAMOS

Artículo 23. El ahorro se realizará los días _______________________________________ de cada ______________________, en horario de: __________________ a _____________ horas en ___

_______________________.

Artículo 24. Los préstamos se otorgarán a petición de los solicitantes los días _________________ de cada ______________________ en horario de: _____________ a ____________ horas en ___

______________________________________.

Artículo 25. Nunca se realizará ninguna actividad del Fondo comunitario fuera de estos horarios, salvo situaciones de emergencia.

CAPÍTULO 10. DEL AHORRO Y LOS AHORRADORES.

Artículo 26. Para iniciar el Fondo, los ahorradores aportaran inicialmente $ ___________________

El día __________ del mes de ______________. Después de esta fecha, todos los socios ahorraran sistemáticamente cada semana la cantidad de _____________________ o la cantidad que cada cual este en posibilidades de ahorrar mínimo $ ______________ y máximo $ _________________.

Artículo 27. El ahorro se depositará en el lugar asignado por el Fondo Comunitario llevando siempre su ficha de ahorro.

Artículo 28. Cada socio nombrara a un beneficiario, para que, en caso de fallecimiento o ausencia por motivo de fuerza mayor, reciba sus ahorros.

Artículo 29. Cuando un ahorrador decida retirar su ahorro antes del término del periodo acordado, por causa suficientemente justificada, deberá dar aviso al Comité del Fondo Comunitario con al menos __________________ de anticipación.

Artículo 30. Este Fondo Comunitario se compromete a no prestar más del _______________ % del total de los ingresos, porcentaje de reserva que podrá ser utilizado para atender situaciones de emergencia del grupo de socios o de cualquiera de los miembros.

CAPÍTULO 11. DE LOS PRESTAMOS

Artículo 31. Para acceder a un préstamo del Fondo comunitario, es necesario:

a) Ser socio y habitante de la Comunidad, con una antigüedad mínima de tres años. b) Contar con la capacidad de pago y voluntad de pago. c) Gozar de solvencia moral reconocida por la comunidad. d) Firmar un Pagare e) Presentar un socio como aval y una garantía cuando los prestamos superen su ahorro

anual proyectado.

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f) Ser cabeza de familia o con responsabilidad familiar adquirida. En caso se ser menos de edad, tener ahorros en el Fondo y contar con el aval de sus padres.

g) El solicitante deberá informar al comité cual es el fin del préstamo (emergencia, proyectos, inversión, eventos sociales, satisfacer alguna necesidad, mejora de vivienda)

Artículo 32. Los préstamos se solicitarán y pagarán en el lugar asignado por el Fondo comunitario.

Artículo 33. En caso de fallecimiento de un deudor, el aval pagar el capital, condonándole los intereses.

Artículo 33. El Comité autorizará automáticamente prestamos hasta por un monto de ____________________, para préstamos superiores a esa cantidad, se solicitará un socio aval y garantías de tipo: facturas de vehículos, escrituras, _______________________________________

________________________________________________________________________________

Artículo 36. El tiempo mínimo para el pago del préstamo será de: ____________________

Y como máximo: ___________________________________________________________.

Artículo 37. Los solicitantes de préstamos, se obligan a pagar su deuda, dependiendo de la forma de pago pactada que puede ser: interés más capital: ________________________________ Capital e interés al final del periodo:______________________________________________ pago de interés al momento del préstamo: ___________________________________________________.

Artículo 38. Se cobrará un interés diferenciado para socios y no socios del fondo, de la siguiente manera:

a) Socios: _______________ % mensual b) No Socios _____________ % mensual (si lo autoriza la asamblea de socios, firmara un

socio como aval, contar con capacidad y voluntad de pago, firmar un pagare y presentar garantías)

c) Se asignan $ _______________ como fondo de emergencias. (se recomienda hacer un cálculo sobre el costo de pagar una consulta y receta médica)

d) Estos porcentajes, podrán ser modificados por decisión de la Asamblea General.

CAPÍTULO 12. DISTRIBUCIÓN DE LOS INTERESES O UTILIDADES.

Artículo 39. El interés que se cobre a los deudores se distribuirá de la siguiente forma:

a) El ____________________ % se distribuirá a los ahorradores al término del periodo de ahorro.

b) El ____________________ % permanecerá en el Fondo para ir formando un capital y cubrir los gastos que se requieran en la operación del mismo. El capital conformado de esta manera, será propiedad de todos los socios y podrá utilizarse en la forma como la Asamblea General lo determine.

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c) Fecha de entrega de ahorros y ganancias a los socios será al final del periodo acordado por la Asamblea General de socios.

d) Los intereses se distribuirán en base a la permanencia del ahorro.

CAPÍTULO 13. MULTAS Y PENALIZACIONES

Artículo 40. La inasistencia a depositar el ahorro semanal se penalizará con $ ________ pesos. En caso depositar el ahorro después de la hora límite pactada se penalizará con $ ______.

Artículo 41. La inasistencia a una reunión de la Asamblea General, no justificada o son envió de representante, se penalizará con $ ______ pesos.

Artículo 42. Por el Atraso no justificado en saldar la deuda, según la forma de pago pactada se aplicará una multa de $ ______ pesos. En tanto que la demora en el pago del préstamo implicara una sanción con ______________________________________.

Artículo 43. Las siguientes acciones por parte de los socios serán penalizadas, sin excepción, con la expulsión del socio del Fondo comunitario: ____________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________.

Artículo 44. Si un socio retira antes de ahorro de la fecha acordada, no tendrá derecho a recibir las ganancias generadas del ahorro.

Artículo 45. Los montos por concepto de multas o penalizaciones serán distribuidos a los socios de manera equitativa al finalizar el periodo acordado.

OTRAS: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________.

CAPÍTULO 14. GENERALES

Artículo 46. El presente Reglamento Interno del Fondo comunitario “________________________

______________________________” tendrá vigencia a partir del día _________ de __________________ del año ___________________________.

Artículo 47. Se exige discreción por parte de la mesa directica y socios comentar a personas ajenas al grupo sobre los estados financieros del fondo.

Artículo 48. Los participantes del fondo comunitario de ahorro no comprometemos poner en practica valores como solidaridad, honestidad, participación, responsabilidad y ayuda mutua.

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Artículo 49. Este reglamento interno, podrá ser modificado únicamente por decisión del ______% o más de los socios, en Asamblea General.

Artículo 50. El fondo Comunitario se contribuye con la anuencia de las autoridades correspondientes, por decisión libre de sus socios, sobre la base de la convicción y participación voluntaria y autónoma, por lo cual no se acepta la injerencia de personas u organismos ajenos al mismo en la toma de decisiones internas.

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