Reglamento Interno Colegio Continental

32
REGLAMENTO INTERNO DEL COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA CONTINENTAL” Acuerdo Ministerial 3701 El consejo Ejecutivo del Colegio Particular a Distancia “Continental” CONSIDERANDO QUE Que el Colegio Particular a Distancia “Continental” presta los servicios educativos a jóvenes y adultos de nuestra región y el país guiada por la Constitución del Ecuador 2008. QUE Que en Título II de la Constitución del Ecuador 2008 capítulo segundo Derechos del Buen Vivir, Sección Quinta – Educación Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de la vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo. QUE El Ministerio de Educación, a través de las instancias respectivas, es responsable de garantizar el funcionamiento de la modalidad de Educación a Distancia en el país; QUE Reglamento Especial de Educación a Distancia; y el Acuerdo Ministerial 327 del 22 de agosto del 2007. QUE La Educación a Distancia es una modalidad de enseñanza- aprendizaje para atender prioritariamente a las personas que por diferentes razones no tuvieron acceso a la Educación presencial;

description

Reglamento Interno Colegio Continental

Transcript of Reglamento Interno Colegio Continental

Page 1: Reglamento Interno Colegio Continental

REGLAMENTO INTERNO

DEL

COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA

“CONTINENTAL” Acuerdo Ministerial 3701

El consejo Ejecutivo del Colegio Particular a Distancia “Continental”

CONSIDERANDO

QUE Que el Colegio Particular a Distancia “Continental” presta

los servicios educativos a jóvenes y adultos de nuestra región

y el país guiada por la Constitución del Ecuador 2008.

QUE Que en Título II de la Constitución del Ecuador 2008 capítulo

segundo Derechos del Buen Vivir, Sección Quinta –

Educación Art. 26.- La educación es un derecho de las

personas a lo largo de la vida y un deber ineludible e

inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la

política pública y de la inversión estatal, garantía de la

igualdad e inclusión social y condición indispensable para el

buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el

derecho y la responsabilidad de participar en el proceso

educativo.

QUE El Ministerio de Educación, a través de las instancias

respectivas, es responsable de garantizar el funcionamiento

de la modalidad de Educación a Distancia en el país;

QUE Reglamento Especial de Educación a Distancia; y el Acuerdo

Ministerial 327 del 22 de agosto del 2007.

QUE La Educación a Distancia es una modalidad de enseñanza-

aprendizaje para atender prioritariamente a las personas que

por diferentes razones no tuvieron acceso a la Educación

presencial;

Page 2: Reglamento Interno Colegio Continental

QUE En el Reglamento de la Ley Orgánica de Educación, no

existen todas las disposiciones que se requieren para el

funcionamiento de la modalidad de Educación a Distancia;

QUE El Acuerdo Ministerial Nº 1563 del 21 de marzo de 2005

tienen algunos aspectos no previstos que deben ser

incorporados mediante normas;

QUE Al crearse el Ministerio de Cultura, es obligatorio quitar la

mención de Cultura en todas las referencias del Ministerio de

Educación; y,

En uso de sus atribuciones que le confiere el Reglamento General a

la Ley Orgánica de Educación Intercultural,

EXPIDE

El Reglamento Interno del Colegio Particular a Distancia “Continental”

TITULO I

DE LOS OBJETIVOS, PRINCIPIOS Y FINES

CAPITULO I

Art. 1 Son objetivos del presente Reglamento:

a) Establecer las normas de organización y funcionamiento de la

modalidad de Educación a Distancia, a través de

instrumentos pedagógicos de apoyo como: el Internet,

utilización de plataformas virtuales, teleducación, escrita,

etc.; dirigida a la población adulta, en aplicación al Art. 46

literal C; de la Ley Orgánica de Educación Intercultural.

b) Definir y regular el funcionamiento técnico pedagógico-

andragógico, administrativo y operativo de la modalidad de

Educación a Distancia.

Page 3: Reglamento Interno Colegio Continental

De los Principios

La modalidad de Educación a Distancia se rige por los

principios de la Educación ecuatoriana contemplados en la

Constitución de la Republica del Ecuador, en la Ley Orgánica

de Educación Intercultural y el Reglamento a la Ley

Orgánica de Educación Intercultural.

De los fines

La modalidad de Educación a Distancia se orienta a cumplir

con los fines señalados en la Ley Orgánica de Educación

Intercultural y su Reglamento, a la Ley Orgánica de

Educación Intercultural.

Art. 2 Son objetivos de la modalidad de Educación a Distancia:

a) Ofrecer permanentes oportunidades de formación a

quienes opten por esta modalidad;

b) Ofertar nuevos servicios para los estudiantes que opten

por esta modalidad: 1) Apoyo presencial con un tutor o

guía, utilizando instrumentos pedagógicos de apoyo, de

acuerdo al horario establecido por la institución los días

sábados de 08:00 a 18:30 y los días domingos de 08:00 a

13:30, 2) nivelaciones de lunes a domingo, con profesores

especializados en el área. 3) Utilización de modernas

plataformas virtuales, al servicio de los más necesitados y

que opten por esta modalidad.

c) Formar, promocionar e integrar a las personas como

elementos activos de su propio desarrollo, introduciéndoles

al mundo cambiante y competitivo de la realidad social;

d) Ofrecer una formación integral en los campos: cognitivo,

procedimental, actitudinal y mixta de acuerdo al cambio

de la visión tecnológica educativa.

e) Incorporar a los medios de difusión masiva del país en

beneficio de la teleducación nacional y educación virtual.

Page 4: Reglamento Interno Colegio Continental

f) Comprometer a los participantes en proceso de desarrollo,

a fin de que mejoren sus condiciones de vida y contribuyan

al progreso socio-económico del país, con una educación

que cumpla con todos los estándares requeridos por el

Ministerio de Educación y la Constitución de la República.

CAPITULO II

De la Estructura Técnico – Administrativa de la Modalidad de Educación

a Distancia.

Art.3. Los establecimientos de la modalidad de Educación a

Distancia adoptarán la nomenclatura oficial del sistema

educativo y aplicarán el Proyecto Teleducativo Institucional

P.T.I., y el sistema de educación virtual, aprobado por el Jefe

de la División de Educación Popular Permanente del Azuay.

Art.4. La estructura interna de los establecimientos de Educación a

Distancia estará determinada por su Reglamento Interno y/o

código de convivencia, teniendo como base el Reglamento

General de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, está

debidamente autorizado para crear titulaciones prácticas en

base al Art. 19 del Acuerdo Ministerial 327 del 23 de agosto

del 2007, y con derecho al titulo práctico al termino del

Décimo Año de Educación Básica. Introducir cambios o

modificaciones en los elementos curriculares de acuerdo a las

necesidades del sistema de Educación a Distancia siguiendo

las instancias reglamentarias y previstas vigentes.

Art. 5. El personal Directivo y Docente del establecimiento de

Educación a Distancia, deberá reunir los requisitos

determinados para el ejercicio docente, establecidos en la Ley

Orgánica de Educación Intercultural y el Reglamento a la

Ley Orgánica de Educación Intercultural.

TITULO II

DERECHOS Y OBLIGACIONES

CAPITULO I

Page 5: Reglamento Interno Colegio Continental

DE LAS AUTORIDADES

Art. 6 Atribuciones del Rector/a.

El Rector /a de la Institución educativa, a más de las establecidas en

Reglamento a la ley Orgánica de Educación Intercultural, tendrá las

siguientes atribuciones y deberes:

a) Ejercer o delegar la supervisión pedagógica de conformidad con el

reglamento interno;

b) Administrar el establecimiento y responder por su funcionamiento

y por la disciplina, dentro del plantel y fuera de él.

c) Vincular la acción del establecimiento con el desarrollo de la

comunidad.

d) Presidir el Consejo Ejecutivo y la Junta General

e) Promover y participar en acciones de mejoramiento de la

educación, actualización y desarrollo profesional del personal

docente y administrativo.

f) Presentar al Nivel Distrital, el plan institucional, el informe anual

de labores y el cuadro de distribución de trabajo

g) Conceder licencia al personal del establecimiento, hasta por treinta

días, en el transcurso del año lectivo, por causas debidamente

justificadas.

h) Admitir nuevos estudiantes de acuerdo con las disposiciones

reglamentarias correspondiente.

i) Declarar aptos para presentarse a los exámenes de grado, a los

estudiantes que hubieren cumplido con los requisitos

correspondientes.

j) Autorizar las matriculas extraordinarias, segunda matricula, pase

y la recepción de exámenes, de acuerdo con las disposiciones

reglamentarias correspondiente.

k) Asignar al personal las comisiones ocasionales que fueren

necesarias.

l) Nombrar profesores accidentales y sustitutos para llenar las

vacantes de los profesores, aceptar las renuncias del personal

docente y administrativo y de servicio, comunicar al Nivel Distrital

respectivo.

m) Dar a conocer a la junta general de directivos y profesores, en su

última sesión, el informe anual de labores;

Page 6: Reglamento Interno Colegio Continental

n) Estimular y sancionar al personal docente, administrativo y de

servicio de acuerdo con las normas legales y reglamentarias

pertinentes;

o) Organizar actividades culturales, sociales, deportivas, defensa del

medio ambiente y de educación para la salud, con la participación

del establecimiento y la comunidad.

Art. 7.- Atribuciones del Vicerrector/a.

El Vicerrector/a, es la segunda autoridad de la institución educativa y, a

más de las atribuciones establecidas en el Reglamento a la Ley Orgánica

de Educación Intercultural, sus atribuciones son:

a) Asumir el rectorado en ausencia del titular.

b) Responsabilizarse de la planificación, evaluación y desarrollo

académico de la institución.

c) Ejecutar otras acciones delegadas por el rector o señaladas en el

reglamento interno de la institución.

d) Permanecer en el establecimiento durante el desarrollo de las

actividades de la jornada estudiantil;

e) Elaborar el plan de capacitación de los docentes.

f) Implementar el apoyo pedagógico, servicio de tutorías académicas y

optimización de la plataforma virtual, para los estudiantes de

acuerdo a sus necesidades.

g) Supervisar la ejecución por parte del personal docente de las horas

empleadas en actualización, capacitación pedagógica, coordinación

con los padres, actividades de recuperación pedagógica, trabajo en

la comunidad, planificación, revisión de tareas, coordinación de

área y otras similares.

h) Planificar y ejecutar las acciones pedagógicas que deberá cumplir

la institución educativa en cada uno de los periodos del año lectivo.

i) Asesorar al rector en asuntos técnicos y administrativos;

j) Coordinar y supervisar el trabajo de las comisiones especiales

designadas por el rector o el Consejo Ejecutivo;

k) Informar periódicamente al rector y al Consejo Ejecutivo del

cumplimiento de sus funciones;

l) Cumplir y hacer cumplir las normas legales, reglamentarias y más

disposiciones impartidas por el rector y los organismos

competentes; y,

Art. 8.- Atribuciones del Inspector/a General.

Page 7: Reglamento Interno Colegio Continental

Son deberes y atribuciones del Inspector/a General de la Institución

Educativa, a más de las establecidas en el Reglamento a la Ley Orgánica

de Educación Intercultural:

a) Participar en la Ejecución del plan institucional.

b) Mantener el orden y la disciplina de los estudiantes

c) Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y más disposiciones

impartidas por las autoridades del establecimiento;

d) Laborar durante toda la jornada estudiantil;

e) Controlar la asistencia de los estudiantes, personal docente,

administrativo y de servicio e informar diariamente al rector, de

las novedades que se presentaren;

f) Desarrollar acciones tendientes a, asegurar el bienestar social y la

formación moral y cívica de los estudiantes;

g) Implementar y cumplir el desarrollo del Talento Humano de

acuerdo a lo determinado en la Ley Orgánica de Educación

Intercultural, y su Reglamento General.

h) Desarrollar acciones tendientes a asegurar la convivencia armónica

institucional de todos los actores de la comunidad educativa; así

como implementar las políticas del buen vivir.

i) Cumplir con las comisiones y disposiciones impartidas por las

autoridades de la institución.

j) Mantener buenas relaciones con autoridades, personal

administrativo y de servicio, padres de familia, estudiantes y

miembros de la comunidad;

k) Comunicar oportunamente las disposiciones impartidas por las

autoridades del establecimiento;

l) Cumplir las comisiones y disposiciones impartidas por las

autoridades del establecimiento;

m) Llevar los registros de asistencia de los profesores, personal

administrativo y de servicio, así como organizar y controlar los de

asistencia y disciplina de los estudiantes;

n) Orientar al personal de inspección en el manejo de libros,

formularios y mas documentos concernientes a la actividad escolar;

CAPITULO II

DE LOS ORGANISMOS DE LAS INSTITUCIONES EDUATIVAS

Page 8: Reglamento Interno Colegio Continental

Art. 9.- Consejo Ejecutivo.- Es la instancia directiva, de participación

de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del

establecimiento.

El Consejo Ejecutivo estará conformado por:

1. El rector, que lo presidirá y tendrá voto dirimente;

2. El vicerrector, según el caso, y

3. Tres vocales principales, elegidos por la Junta General y sus

respectivos suplentes.

Actuará como secretario el secretario titular del plantel, y tendrá voz

informativa, pero no voto.

El Consejo Ejecutivo se reunirá ordinariamente por lo menos una

vez al mes, y extraordinariamente, cuando lo convoque el rector o director,

por sí o a pedido de tres de sus miembros. Sesionará con la presencia de por

lo menos la mitad más uno de sus integrantes.

Art. 10.- Vocales.- Los vocales del Consejo Ejecutivo serán elegidos en

la última sesión ordinaria de la Junta General y entrarán en funciones

treinta días después de su elección, previa ratificación de la Dirección

Provincial respectiva. Durarán dos años en sus funciones y podrán ser

reelegidos después de un período, salvo el caso de que el número de

profesores imposibilite el cumplimiento de esta disposición.

En caso de ausencia temporal de uno o más vocales principales, serán

convocados los suplentes en orden de elección, y, en caso de ausencia

definitiva de los vocales principales, se principalizará a los suplentes en

el orden indicado. Si la ausencia definitiva fuera de principales y suplentes,

el rector o director convocará a la Junta General de directivos y profesores

para la elección de los vocales principales y suplentes, quienes

entrarán en función luego de la ratificación de la Dirección Provincial

respectiva, y actuarán hasta la finalización del período para el que fueron

elegidos.

Art. 11.- Requisitos.- Para ser elegido vocal del Consejo Ejecutivo se

requiere:

1. Ser profesor titular, en el ejercicio de la cátedra;

2. Haber laborado en el plantel un mínimo de dos años, excepto en

las instituciones educativas de reciente creación, y,

Page 9: Reglamento Interno Colegio Continental

3. No haber sido sancionado con suspensión en el ejercicio docente.

Art. 12.- Deberes y atribuciones.- Sus deberes y atribuciones están

estipuladas en el Art. 53 del Reglamento a la Ley Orgánica de educación

Intercultural.

Art. 13.- Junta General.- La Junta General de directivos y profesores se

integra con los siguientes miembros: el rector o director, que la presidirá;

vicerrectores o subdirectores, inspector general, subinspector general,

profesores e inspectores que se hallaren laborando en el plantel. El

secretario de la Junta General será el secretario de la institución

educativa. A falta de este, se designará un secretario ad hoc.

La Junta General se reunirá, en forma ordinaria, al inicio y a la

finalización del año lectivo. Las sesiones extraordinarias se realizarán,

previa convocatoria del rector o director, por sí o a petición de las dos

terceras partes de sus miembros, y en ella se tratarán los asuntos

constantes en la convocatoria. Las citaciones se harán por escrito, al

menos con cuarenta y ocho horas de anticipación.

Art. 14.- Deberes y atribuciones.- Sus deberes y atribuciones están

estipuladas en el Art. 49 inciso tercero, numerales 1 al 7.

Art. 15.- Junta de Docentes de Grado o Curso.- Es el organismo de la

Institución Educativa encargado de analizar, en horas de labor educativa

fuera de clase, el rendimiento académico de los estudiantes, de

conformidad con el currículo nacional y los estándares de calidad

educativa, y con las políticas de evaluación establecidas en el Reglamento

a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y por el Nivel Central de la

Autoridad Educativa Nacional, y a más de las estipuladas en el presente

reglamento, la Junta de Docentes de Grado o Curso cumplirán con lo

dispuesto en el Reglamento a la Ley de Educación Intercultural.

Art. 16.- Junta de Directores de Área.- La Junta de Directores de Área

estará presidida por el vicerrector, e integrada por todos los directores de

área, los cuales serán designados por el Consejo Ejecutivo.

La junta se reunirá ordinariamente, una vez por mes, y

extraordinariamente, cuando fuere menester.

Art. 17.- Deberes y atribuciones.- Son deberes y atribuciones de la

Junta de Directores de Área:

a) Planificar anualmente su trabajo;

Page 10: Reglamento Interno Colegio Continental

b) Planificar y ejecutar actividades académicas de rendición de

cuentas del trabajo realizado en el área durante el año lectivo;

c) Promover un permanente proceso de mejoramiento de la

educación y un trabajo educativo coordinado, continuo e

integrado;

d) Coordinar las actividades educativas del profesorado;

e) Promover la capacitación y el perfeccionamiento del personal

docente;

f) Promover la acción interdisciplinaria entre las diversas áreas;

g) Seleccionar y recomendar los procesos didácticos más

convenientes para la dirección del aprendizaje y los criterios de

evaluación aplicables a las diferentes áreas académicas;

h) Propiciar la investigación y experimentación pedagógicas, así

como la innovación y adaptación curricular, de acuerdo a las

directrices impartidas por la Autoridad Educativa Nacional;

i) Promover la elaboración y utilización de los recursos materiales

que la tecnología educativa ofrece al proceso educativo;

j) Aprobar los planes de trabajo de las Juntas de Profesores de

Área;

k) Cumplir las demás funciones que le asignaren las autoridades y

las que señalare el reglamento interno del establecimiento.

Art. 18.- Junta de Profesores de Área.- La Junta de Profesores de

Área estará integrada por los profesores de las asignaturas

correspondientes a un área académica. El director de ésta junta será

designado por el Consejo Ejecutivo. La junta elegirá al secretario de

entre sus miembros.

Art. 19.- Deberes y atribuciones.- Son deberes y atribuciones de la Junta de

Profesores de Área:

a) Elaborar su plan de trabajo y ponerlo a consideración de la Junta

de Directores de Área;

b) Formular los objetivos curriculares y seleccionar los contenidos

programáticos, la metodología y los instrumentos de evaluación, de

acuerdo con las condiciones socio-educativas y culturales en las que

se realiza el proceso educativo;

c) Coordinar la planificación didáctica dentro del área, de

conformidad con las orientaciones impartidas por los niveles

superiores;

Page 11: Reglamento Interno Colegio Continental

d) Revisar y aprobar los instrumentos de evaluación que serán

aplicados a los estudiantes al término del trimestre o semestre

académico, según sea el caso;

e) Controlar y evaluar la adaptación y la ejecución de los programas

de estudio;

f) Diseñar procesos didácticos de recuperación pedagógica para los

alumnos con dificultades de aprendizaje;

g) Unificar criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje y

analizar los resultados obtenidos en pruebas, exámenes y otros

medios que utilice cada profesor;

h) Preparar pruebas de diagnóstico a los estudiantes, y,

i) Cumplir las funciones que le asignaren las autoridades del

establecimiento y las que determinare el reglamento interno.

Art. 20.- Docente tutor de grado o curso. Serán designados, al inicio

del año lectivo por el Rector del establecimiento para asumir las

funciones de consejero y para coordinar acciones académicas, deportivas,

sociales y culturales para el grado o curso respectivo. Deben durar en sus

funciones hasta el inicio del próximo año lectivo, y a más de las

estipuladas en el Reglamento a la Ley Orgánica de Educación

Intercultural tendrán las siguientes responsabilidades:

a) Presidir las juntas de curso;

b) Implementar estrategias de trabajo con los estudiantes y los

docentes para lograr la atención a la diversidad y el desarrollo de

procesos de recuperación pedagógica que mejoren la calidad de los

aprendizajes; y,

c) Mantener una fluida y permanente comunicación con los actores

del proceso educativo para corresponsabilizarse de las acciones de

prevención que eviten la deserción y repetición escolar.

Art. 21.- Departamento de Consejería Estudiantil.-

Integrada y apoyada por todos los miembros de la comunidad educativa,

buscando siempre llegar a todos los estudiantes del establecimiento

educativo. Este departamento remitirá información oportuna y veraz, de

todos los dicentes por medio de los docentes tutores de grado y/o jefes de

área, en aspectos como: rendimiento, socio-económico, comportamiento,

deserción, salud y demás que ayuden a una educación de calidad y

calidez.

Page 12: Reglamento Interno Colegio Continental

Art. 22.- De las Organizaciones Estudiantiles

Las organizaciones estudiantiles de la Institución son:

a. Directiva de Curso.

b. Consejo Estudiantil.

Art. 23.- Directiva de Curso: La directiva de curso se elegirá de

manera democrática con la participación de todos los estudiantes del

curso y su profesor guía, en ella se observará la capacidad de liderazgo, y

convocatoria, dinamismo y creatividad del candidato.

Art. 24.- Consejo Estudiantil.- El Consejo Estudiantil está

conformado por los representantes de los estudiantes, elegidos por

votación universal, directa y secreta, sus deberes, derechos y

atribuciones están contempladas en el Titulo IV, Capitulo IV, Sección

VI del Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural.

CAPITULO III

Art. 25.- DE LAS COMISIONES PERMANENTES.

El establecimiento Educativo contará con las siguientes comisiones

permanentes:

a. Comisión Técnico Pedagógica.

b. Comisión Socio Cultural.

c. Comisión de Deportes.

d. Comisión de Disciplina

e. Comisión de Gestión y Fiscalización Económica.

Son deberes y atribuciones de las comisiones permanentes lo siguiente:

a. Planificar detalladamente las actividades anuales correspondientes

a cada una de las comisiones y presentar a las respectivas

instancias competentes para su aprobación.

b. Realizar las gestiones necesarias a fin de ejecutar las actividades

planificadas en beneficio de la institución educativa.

c. Mantener reuniones de trabajo por lo menos cada trimestre con el

fin de evaluar y verificar el cumplimiento de las actividades

planificadas.

Page 13: Reglamento Interno Colegio Continental

Art. 26.- Comisión Técnico Pedagógica.

Estará integrada por las siguientes personas: Vicerrector, directores de

área, presidente del consejo estudiantil. Corresponde a esta Comisión lo

siguiente:

a. Controlar, asesorar y mejorar el nivel académico de la institución;

b. Elaborar planes, programas y proyectos educativos que permitan

elevar la calidad académica de la institución y población en

general;

c. Elaborar planes de capacitación en coordinación con las respectivas

instancias de la institución educativa, las mismas que estarán

destinadas a: estudiantes, tutores, administrativos y/o directivos.

Art. 27.- Comisión Socio Cultural.

Estará integrada por tutores del área de Lengua y Literatura, estudios

Sociales, Ciencias Naturales y Matemática. Corresponde a la comisión

socio cultural.

a. Organizar eventos socio cultural en coordinación con el Consejo

estudiantil y comunidad educativa;

b. Realizar eventos investigativos a fin de recoger e incentivar el

rescate de nuestras tradiciones;

c. Coordinar con los guías de curso la elaboración y exhibición de

proyectos de reingeniería y periódicos murales semanalmente y

demás que vayan enfocadas a una educación de calidad y calidez.

Art. 28.- Comisión de Deportes.

a. Fomentar la práctica de mayor número de deportes.

b. Coordinar con las autoridades sobre invitaciones de carácter

deportivo.

c. Organizar las jornadas deportivas internas con la participación de

todos los miembros.

Art. 29.- Comisión de Disciplina.

Estará integrada por docentes tutores de grado o curso. La comisión de

disciplina a más del cumplimiento del Art. 222 del reglamento a la Ley

Orgánica de Educación Intercultural, y del Título X, Capitulo IV del

reglamento en mención, cumplirá con las siguientes actividades.

Page 14: Reglamento Interno Colegio Continental

a. Velar por la buena marcha del establecimiento.

b. Exigir el respeto mutuo entre maestros, estudiantes y padres de

familia acogiendo criterios y sugerencias para el buen

funcionamiento de la institución.

c. Conocer e investigar las denuncias de actos de indisciplina

cometidas tanto por estudiantes, profesores y presentar el informe

respectivo al Consejo Ejecutivo.

d. Elaborar constantemente el Reglamento de Estímulos y Sanciones

y elevar al Consejo Ejecutivo para su aprobación.

Art. 30.- Comisión de Gestión y Fiscalización Económica.

Estará integrada por docentes del área de titulación, secretaria,

colecturía, jefe del departamento financiero, vicerrector. Son funciones y

atribuciones de la Comisión.

a. Ejercer el control y fiscalización de los recursos económicos

destinados a la Institución para una eficiente administración;

b. Verificación y constatación física de los bienes muebles durante el

comienzo y finalización del año lectivo;

c. Gestionar recursos económicos para el cumplimiento de actividades

internas del plantel;

d. Gestionar, coordinar actividades que vayan en la mejora de la

educación;

e. Buscar convenios con instituciones públicas y privadas para la

mejora de la institución.

CAPITULO V

DE LOS ESTUDIANTES

Art. 31.- Los estudiantes constituyen el eje del que hacer educativo del

Colegio Particular a Distancia “Continental”, por sus deberes y

atribuciones a más de los contemplados la Ley Orgánica de Educación

Intercultural:

a. Hacer respetar su condición de estudiantes.

b. Participar en las deliberaciones para elegir y ser elegidos dentro de

la directiva estudiantil.

Page 15: Reglamento Interno Colegio Continental

c. Hacer escuchar su voz de protesta por la actitud reñida por parte

de los tutores al cumplir con sus actividades académicas.

d. Guardar la disciplina y orden adecuados dentro y fuera del Colegio.

e. Mantener el debido respeto entre los compañeros y compañeras del

Colegio.

f. El Colegio no se responsabiliza por los actos cometidos fuera del

plantel por los estudiantes.

g. Establecer la comunicación con el personal docente y

administrativo en su respectiva lengua materna.

h. Mantener el respeto hacia la persona que labora en el Colegio.

i. Solo con la autorización escrita del Rector, los estudiantes podrán

utilizar el nombre del Colegio, para actos de compromisos externos.

j. Para buscar soluciones a problemas disciplinarios y pedagógicos,

los estudiantes podrán acudir en el siguiente orden respectivo tutor

de Asignatura, Tutor guía de curso, Vicerrector, Rector, Consejo

Ejecutivo.

k. Emplear un lenguaje correcto y delicado con sus compañeros de

acuerdo a la moral y las buenas costumbres.

l. No traer al Colegio joyas, objetos de valor, dinero en cantidades

considerables para evitar situaciones conflictivas. El colegio no se

responsabilizará por la pérdida de tales valores.

m. Utilizar el uniforme para las actividades del Colegio,

n. Queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas

alcohólicas en todos los programas socioculturales que organice el

Colegio y todo acto que vaya en contra de la moral y las buenas

costumbres.

o. Cuidar los bines del Colegio, en caso de pérdida o daño se

responsabilizarán del pago o restitución de los mismos.

CAPITULO VII

DEL PERSONAL DOCENTE - ADMINISTRATIVO

Art. 32.- Del Docente.- Son deberes y atribuciones a más de las

contempladas en la Ley Orgánica de Educación Intercultural los

siguientes:

a. Elaborar los Contenidos Programáticos de acuerdo a la realidad

sociocultural y lingüística de la zona en la que se encuentra

ubicado el establecimiento educativo y presentar hasta un máximo

Page 16: Reglamento Interno Colegio Continental

de 15 días una vez que se haya aprobado el distributivo de

Materias del año lectivo correspondiente.

b. Elaborar el modulo correspondiente a cada una de sus asignaturas

de acuerdo al nuevo modelo de educación a distancia, con la

aplicación de un sistema virtual en donde se pondrá en práctica la

evaluación por destrezas.

c. Poseer titulo docente para optar por un contrato de trabajo.

d. Denunciar actos inmorales cometidos por los profesores y

estudiantes a las autoridades competentes para su respectivo

proceso.

e. Actualizarse pedagógicamente a fin de elevar la calidad profesional

y ética.

f. No concurrir en estado etílico a dictar clases, en caso de ocurrir lo

manifestado se aplicará la sanción respectiva conforme determina

la Ley.

g. Concurrir puntualmente a las clases, reuniones, de acuerdo al

horario respectivo caso contrario se considerará como falta.

h. Comunicar al Jefe de Talento, inmediatamente toda falta y/o

atraso y según las circunstancias justificará en forma escrita en un

periodo máximo de 48 horas al Rector.

i. El tutor no podrá sin la autorización del Rector o Inspector

adelantar o postergar las horas de tutoría o el horario de

evaluaciones.

j. Participarán activamente en todas las actividades programadas

por el plantel como un día laborable.

k. Es obligación de todos los profesores firmar los leccionarios y

registros de asistencia de acuerdo al horario establecido y con

esfero de color azul.

l. Toda innovación, avance o descubrimiento que el tutor realice,

quedara en la institución la misma que será la única propietaria.

m. No abandonar la hora de clase o el establecimiento sin justificación

alguna.

Art. 33.- De la Secretaria. A más de las estipuladas en el Reglamento a la

Ley Orgánica de Educación Intercultural, son deberes y atribuciones, las

siguientes:

a) Permanecer en el establecimiento durante el desarrollo de la

jornada de trabajo.

b) Mantener un trato cortes con todos los miembros de la Comunidad

Educativa.

Page 17: Reglamento Interno Colegio Continental

c) Acatar normas y disposiciones emitidas por la máxima autoridad

del establecimiento

d) Conservar las pertenencias de Secretaría como libros, cuadros de

calificaciones, registros y más documentos, como también bienes y

muebles a su cargo.

e) Colaborar en actividades pedagógicas.

f) Cumplir con el respectivo horario de trabajo conforme determina la

Ley.

g) Publicar en el plazo máximo de dos días de haber realizado las

Juntas de Curso, la nómina de estudiantes para la evaluación a

crédito (supletorios)

h) Participar en las deliberaciones de orden administrativo y elaborar

propuestas para mejorar la calidad de la Administración.

i) Capacitarse lingüística y académicamente.

j) Colaborar directamente asesorando al rector en la publicación de

las Leyes y Reglamentos.

k) Publicar en el plazo de dos días los cuadros de calificaciones

aprobados.

l) Elaborar la lista de estudiantes y entregar copias al personal

docente cuando lo requieran.

m) Publicar el Reglamento Interno del Colegio al inicio del año lectivo

o inmediatamente que haya sido aprobados sus reformas y hacer

llegar una copia al Personal Docente y una al Presidente

Estudiantil.

Art. 34.- De la Colecturía.

Son deberes y atribuciones de la Colecturía.

a. Organizar adecuadamente los respectivos archivos relacionados

con el ámbito financiero;

b. Realizar la entrega y recepción de bienes muebles al responsable

de cada sección o departamento mediante actas entrega -

recepción;

c. En caso de pérdida, perjuicios o retrasos en pagos debidos a su

negligencia, responderá legal y jurídicamente. Conforme disponen

las leyes y Reglamentos;

d. Informará mensualmente por escrito a la familia Suquisupa

Ortega, sobre los movimientos económicos de Colecturía para su

aprobación, saldo o pérdida;

e. Mantener en orden y actualizado todos los bienes de la institución;

Page 18: Reglamento Interno Colegio Continental

f. Facilitar los recursos pedagógicos-didácticos a los miembros de la

comunidad educativa;

g. Cumplir con el respectivo horario de trabajo conforme determine la

Ley.

Art. 35.- Del Conserje.

Son obligaciones del Conserje.

a. Guardar consideración y respeto a todas las autoridades, docentes,

administrativas y estudiantes del plantel.

b. Cuidar y responder por los bienes y muebles del plantel.

c. Permanecer continuamente dentro del plantel.

d. Mantener en perfectas condiciones sanitarias todas las

dependencias del Establecimiento Educativo, responder

pecuniariamente por los daños ocasionados dentro del plantel.

e. Encargarse del funcionamiento de los equipos audiovisuales del

Plantel y su aplicación, con la autorización del Rector.

f. Acatar las órdenes de sus superiores.

g. No podrá prestar o facilitar equipos, instrumental, herramientas y

otros bienes que son propiedades del Colegio a personas ajenas o

propias a la Institución, sin la autorización escrita del Rector.

h. Controlar el ingreso y salida de los usuarios.

Art. 36. Servicio Comunitario.

Constituye un servicio a la comunidad sin ánimo de retribución, su

objetivo y alcance están definidos en los proyectos de las especialidades

que oferta la Institución.

TITULO III

REGULACIONES

Art. 37.- Del Código de Convivencia.

El Código de Convivencia deberá cumplir en cuanto a sus contenidos e

integración lo que disponen los Art. 89 y 90 del Reglamento a la Ley

Orgánica de educación Intercultural.

Page 19: Reglamento Interno Colegio Continental

Art. 38.- De las Becas

El sistema de estudiantes becados, concedidos por la Institución será en

base a lo que dispone el Art. 134 del Reglamento General a La Ley

Orgánica de Educación Intercultural.

Art. 39.- Del Escalafón.

Las remuneraciones de los docentes, directivos, personal administrativo

serán proporcionales a su antigüedad, experiencia, eficiencia, funciones y

responsabilidades.

TITULO IV

CAPITULO I

DE LA EVALUACIÓN

Art. 40.- La Evaluación estudiantil es un proceso continuo de

observación, valoración y registro de información que evidencia el logro

de objetivos de aprendizaje de los estudiantes y que incluye sistemas de

retroalimentación, dirigidos a mejorar la metodología de enseñanza y los

resultados de aprendizaje, la evaluación deberá cumplir lo que dispone el

Titulo VI Capítulos: I, III, IV y V; del Reglamento a la Ley Orgánica de

educación Intercultural.:

CAPITULO II

DE LOS OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN

Art. 41.- Objetivos de Evaluación:

a) Determinar si los objetivos educativos de un curso, ciclo o

nivel, se han alcanzado eficazmente.

Page 20: Reglamento Interno Colegio Continental

b) Descubrir en qué medida han sido efectivos los procesos

didácticos, el currículo y los recursos

virtuales/didácticos/materiales utilizados en el aprendizaje.

c) Determinar si los conocimientos, habilidades, destrezas,

actitudes y valores alcanzados por el estudiante, le permite a

la continuación de sus estudios o el desenvolvimiento

eficiente en el mundo laboral.

d) Identificar las potencialidades y las aspiraciones de los

estudiantes, así como sus limitaciones, para orientar y

mejorar el aprendizaje.

e) Motivar el aprendizaje por medio de estímulo, que representa

para los estudiantes las informaciones acerca de sus éxitos,

en varias ramas del currículo.

f) Proporcionar los instrumentos, medios y resultados, que

conduzcan a profesores y estudiantes a la autocrítica y al

auto evaluación.

g) Identificar las causas de los errores y de las dificultades de

aprendizaje, con miras a efectuar las modificaciones

indispensables en el futuro.

h) Proporcionar las bases objetivas para la calificación y

promoción de los estudiantes.

i) La evaluación se realizará mediante trabajos individuales o

grupales de investigación, tareas escritas, aportes periódicos,

actividades prácticas de ejercitación y experimentación;

pruebas orales, escritas y/o virtuales, la observación

constante del estudiante y mediante pruebas objetivas de

rendimiento y otros instrumentos que el maestro o la

institución considere adecuados, poniendo en énfasis la

educación por competencias utilizando medios electrónicos,

aulas virtuales y conferencias.

j) El proceso de evaluación comprenderá: Selección de los

objetivos que orientarán el proceso de evaluación.

Page 21: Reglamento Interno Colegio Continental

Análisis de los objetivos.

Selección de los instrumentos.

Aplicación de los instrumentos.

Elaboración de los resultados.

Análisis e interpretación de los resultados.

Información de los resultados.

Programación y Aplicación de la recuperación

Pedagógica.

Aplicación de las comunicaciones virtuales propias

del modelo de enseñanza y aprendizaje del Colegio

Técnico Particular a Distancia “Continental”.

TITULO V

CAPITULO I

DE LOS SERVICIOS QUE PRESTA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA A

LOS ESTUDIANTES

Art. 42.- Servicios que brinda la institución.

a) Apoyo presencial con un tutor o guía, utilizando instrumentos

pedagógicos de apoyo, de acuerdo al horario establecido por la

institución los días sábados de 08:00 a 18:30 y los días domingos de

08:00 a 13:30

b) Capacitación, manejo y/o asesoramiento de la Plataforma virtual:

de lunes a viernes a partir de las 09:00 a 15:00,

c) Nivelaciones presenciales permanentes de lunes a viernes de 15:00

a 22:00, con el personal docente con el que cuenta la institución.

d) Educación Virtual en el Colegio Particular a Distancia Continental.

CAPITULO II

PLATAFORMA VIRTUAL, AL SERVICIO DE LOS MÁS

NECESITADOS

El Colegio Particular a Distancia CONTINENTAL, abarca los siguientes

aspectos:

Page 22: Reglamento Interno Colegio Continental

ART. 43.- Humanista.- Estudiantes, personal docente, personal

administrativo y miembros de la comunidad forman parte del quehacer

educativo, para lograr la formación integral y cumplir con la enseñanza

– aprendizaje.

Art. 44.- Participativo.- Estudiante activo, participativo, critico y

reflexivo dentro del proceso aprendizaje, con rápidas adaptaciones a la

innovación de tecnologías educativas.

Art. 45.- Democrático.- Busca educar en democracia, respetando la

identidad cultural e individualidades de las personas para mejorar su

calidad de vida.

Art. 46.- Integral.- Busca la formación y el desarrollo de los

educandos en todos los aspectos científico, tecnológico, cultural, étnico y

cívico.

Art. 47.- Interaccionista.- Porque a través de las interacciones entre

la experiencia y el razonamiento el educando puede formar sus propios

conocimientos y aplicarlos en la cotidianidad con desempeño y

competitividad.

Art. 48.- Axiológico.- Da importancia a la educación en valores ya sea

estos morales, éticos, cívicos, con la finalidad de conseguir buenos entes

sociales.

Art. 49.- Constructivista.- Porque el estudiante se constituye en el

constructor de su conocimiento con la guía y la orientación del Tutor. El

alumno es el protagonista.

“Se analizan las estructuras, los esquemas y las operaciones mentales

que les permita pensar, resolver y decidir con éxito situaciones

académicas y de la vida; se propende a la evaluación de procesos; no se

buscan respuestas inmediatamente correctas porque el aprendizaje es un

proceso de pensar y pensar es construir sentido.

CAPITULO III

FILOSOFÍA.

Page 23: Reglamento Interno Colegio Continental

La ética es el primer pilar en el que cimienta raíces esta empresa

educativa, ética en el servicio, en las relaciones laborales, con todo el

entorno interno y externo.

Propendemos alcanzar la excelencia en todos los procesos que conllevan

a una educación con excelencia, buscando lograr los cero errores, el

mejoramiento continuo, la innovación permanente; de manera especial

en el proceso de investigación, involucrando a estudiantes, docentes y

administrativos, con el propósito de alcanzar los estándares de

aprendizaje y formación de manera coherente.

Queremos elevar a un nivel educativo competente a los ecuatorianos que

se encuentren distantes, sea dentro o fuera del País usando tecnologías

innovadoras para la educación.

Creemos en la fuerza docente que aprende y se educa de forma

permanente, que no se cree producto terminado, sino que ha hecho de

su vida una mística de un aprender permanente.

Creemos en los equipos de trabajo con iniciativa y empoderamiento para

el logro de propósitos programados, donde todos son participes de un

cambio positivo, nadie es isla, indivisiblemente están dentro de un

sistema que tiene un fin, son parte de un organismo inteligente que

llama Institución Educativa Continental.

Pensamos que ser una institución de la época es usar la tecnología

circundante actual que existe para la educación, esto es la, telemática y

la informática.

Creemos en los procesos educativos de la educación a distancia como

instrumento para elevar al hombre en su formación, en donde el docente

tradicional pasa a ser tutor, “un hábil comunicador y motivar del

aprendizaje”, confiamos en su capacidad de facilitador de información

que se transformará en conocimiento del educando.

CAPITULO IV

POLÍTICAS.

Page 24: Reglamento Interno Colegio Continental

Vencer la barrera de la distancia a través de la tecnología virtual, para

educar al emigrante por más distante que se encuentre.

Propendemos a brindar una educación de excelencia en la modalidad a

distancia con tecnología virtual.

Mejoramiento continuo de todos los procesos educativos, para estar

siempre a la vanguardia de la educación del Siglo XXI.

Fomentar los valores de solidaridad, respeto, compañerismo, lealtad,

igualdad, responsabilidad, profesionalismo, democracia, en la planta

docente, personal, administrativa, de servicio.

La educación responde a las necesidades de la sociedad, con el soporte

científico, tecnológico más actualizado, constituyéndose la institución en

semillero de emprendedores, asumimos la calidad de la educación como

parte de nuestra filosofía y la educación continua.

La capacitación del personal del Colegio Particular a Distancia

Continental, es sistemática y permanente.

El seguimiento al desempeño de los estudiantes se realizará por la vía

del trabajo metodológico, tanto de los tutores, director de educación

virtual, vicerrector y rector, se dará control y/o asesoramiento mediante

orientaciones colectivos o individuales.

Sistema virtual: de lunes a viernes a partir de las 09:00 a 15:00,

Nivelaciones permanentes de lunes a viernes de 15:00 a 22:00 y

Apoyo presencial con un tutor o guía, utilizando instrumentos

pedagógicos de apoyo, de acuerdo al horario establecido por la

institución los días sábados de 08:00 a 18:30 y los días domingos de

08:00 a 13:30

El trabajo enseñanza - aprendizaje, rasgo distintivo de las organizaciones

que aprenden y gestionan el conocimiento, será aplicado la metodología

virtual, en todos los niveles de dirección

Énfasis en el desarrollo de las habilidades de la investigación científica,

mediante la ejecución de un sistema de tareas desde las asignaturas, los

Page 25: Reglamento Interno Colegio Continental

proyectos integradores y los trabajos de grados, para el desarrollo de la

cultura emprendedora.

Llevar a planos superiores la calidad del servicio al cliente (interno y

externo) mediante el respeto, la tolerancia y la comunicación eficiente.

Potenciar el desarrollo de la oratoria, continuando con la campaña de la

lectura, la proyección de actividades investigativas complementarias y, la

valoración de los sucesos nacionales.

CAPITULO V

DE LOS OBJETIVOS

Art. 50.- Objetivo General.

Educar a los Ecuatorianos a nivel Básica y Bachillerato. Cubriendo un

área geográfica nacional e internacional a través de la modalidad a

distancia.

Ampliar y mejorar la oferta educativa del Colegio Particular a Distancia

Continental usando las TICs.

Art. 51.- Objetivos Específicos

a) Otorgar títulos con acreditación Ecuatoriana, a nivel de ciclo

básico y bachillerato.

b) Ofertar los servicios educativos a nivel nacional, en todas las

provincias del Ecuador, en las regiones, sierra, costa oriente, región

insular.

c) Ofertar los servicios educativos a nivel internacional, dando cabida

a todos los emigrantes con escaso conocimiento, que se ausentaron

del país para mejorar su nivel de vida.

d) Entrenar a representantes de aulas de apoyo a nivel nacional e

internacional.

e) Capacitar a tutores para operar con éxito la plataforma virtual en

la modalidad a distancia.

f) Concretar convenios de cooperación institucional para ocupar

instalaciones de colegios fiscales, particulares o ambientes de

juntas parroquiales disponibles para capacitación, desde donde

operen tutores locales que asesoren el uso de la plataforma virtual

en la modalidad a distancia.

Page 26: Reglamento Interno Colegio Continental

g) Afinar la plataforma virtual, para que opere con éxito, en lo

referente a: matriculas, evaluaciones, registro de notas, biblioteca,

presentaciones interactivas, chat, video conferencia, foro. Dando

cabida a todo estudiante desde cualquier lugar del mundo.

h) Brindar una educación accesible económicamente a todos los

niveles marginados del Ecuador por más distantes que se

encuentren.

i) Definir las políticas y los lineamientos para el desarrollo de la

educación virtual en el colegio Continental.

j) Diseñar e implementar una infraestructura tecnológica que use las

TICs y que sirva como infraestructura de uso común para el

mejoramiento de la oferta docente del Colegio Continental

k) Dotar al Colegio Continental de los recursos humanos capacitados

para educación virtual.

Art. 52.- Objetivo Estratégico.

Usando las tecnologías de informática y telemática, venciendo las

barreras de la distancia, educar al hombre Ecuatoriano por más

distante que se encuentre, dentro o fuera del País. Contribuyendo al

logro inmediato de competencias que le eleven en su pensamiento y

forma de actuar, como un hombre de bien, pero además emprendedor

por habito, visionario, intelectual, investigador, con capacidad de

decisión, autónomo, patriota, con gran autoestima. En esencia

compétete en cualquier escenario nacional o mundial que le corresponda

actuar, apto para la vida.

CAPITULO VI

DE LOS PERFILES

Art. 53.- Perfil del Educando.

Propone la formación de bachilleres profesionales con un nivel de

conocimiento productivo, dotado de herramientas cognitivas para el

dominio de la técnica del trabajo, que les permitirá vivir y auto

superarse, con iniciativas intrínsecas para emprender en microempresas,

con un amplio conocimiento del mundo de la ciencia, conocedor de las

necesidades del medio y con una amplia cultura de investigación, capaces

de asimilara cualquier innovación tecnológica, críticos, innovadores,

creativos que propicien el cambio, capaces de solucionar problemas de la

Page 27: Reglamento Interno Colegio Continental

vida, inteligentes, con competencias cognitivas para continuar la

universidad Ecuatoriana sin dificultad alguna.

Art. 54.- Perfil del Docente.

Competente para comunicarse de una manera amigable con el educando

a la distancia, usando la tecnología de la informática. Amplio nivel de

conocimiento, científico, tecnológico con titulo de tercer o cuarto nivel en

la asignatura que va impartir, investigador, con formación y experiencia

docente, además debe tener cultura empresarial y actitud

emprendedora, como valores humanos de orden superior.

Art. 55.- Perfil Directivo.

Debe evidenciar pasión para educar, en esencia líder con competencias

para direccionar el proceso administrativo como académico, con dominio

de la tecnología de la informática para comunicarse con el educando y

docentes a la distancia. Amplio nivel de conocimiento, científico,

tecnológico con titulo de tercer o cuarto nivel, investigador, con formación

y experiencia docente, además debe tener cultura empresarial y actitud

emprendedora, como valores humanos de orden superior.

CAPITULO VII

DE LAS ESTRATEGIAS

Se desarrollará a través de las siguientes actividades:

Asesorías de la plataforma de educación virtual, para los alumnos.

Accesibilidad al programa curricular en lo referente a contenidos

de estudio, libros, presentaciones interactivos, evaluaciones que

reposan en la plataforma virtual.

Evaluación del aprendizaje del educando.

Horario y hábito de estudios por parte del educando.

Consultas sobre dificultades de aprendizaje.

Tutoría por parte del docente de la asignatura.

Servicio tutorial para dificultades de aprendizaje por parte del

educando.

Evaluación a Distancia

Logro de competencias.

Page 28: Reglamento Interno Colegio Continental

Promoción

Art. 56.- Asesorías de la plataforma de educación virtual para los

alumnos.-

Es la fase de iniciación del proceso, y su objetivo es la de ambientar a los

alumnos en su nueva forma de estudios y en los objetivos terminales y

específicos de cada asignatura. Los docentes enseñaran el uso de la

plataforma virtual a los alumnos matriculados en la que lograrán

habilidades para acceder a los programas curriculares de cada

asignatura, con una introducción general. Igualmente se los familiariza

con los procedimientos más aptos para abordar el estudio. Se realizarán

demostraciones al inicio de cada trimestre o cada año escolar y previa

información a los alumnos de la fecha, lugar y hora de realización.

La asesoría para el manejo de la plataforma de educación a distancia con

tecnología virtual es de gran importancia para el alumno, que se inicia

en el sistema de estudios a distancia, porque además de darle a conocer

cuál es la filosofía, principios, estructura y administración de este

sistema de estudios, le permite también adiestrarse en el manejo de

todos los contenidos curriculares del nivel al que se matriculó, los mismos

que serán utilizados por el educando lo largo del ciclo para el desarrollo

del aprendizaje en cada una de las asignaturas.

Art. 57.- Accesibilidad al programa curricular en lo referente a

contenidos de estudio, libros, presentaciones interactivos, evaluaciones

que reposan en la plataforma virtual.

Los alumnos reciben en el momento de la matrícula la clave de acceso a

la plataforma virtual que reposa en la Web, para que puedan acceder a

los contenidos curriculares para el nivel en que se matriculó.

Art. 58.- Horarios y habito de estudios por parte del educando.- Comprende el estudio comprensivo, crítico de acuerdo a la red de tareas y

actividades de estudio, en la que se condicionara al alumno para que

tenga hábitos de estudio a través de un horario, en el que pueda acceder

a foros, conferencias virtual y electrónica en tiempo real, de tal manera

que el educando participe de manera oportuna en el momento que se

está dando las clases. Este estudio exige al alumno más disciplina,

autocontrol y habilidad para planear su tiempo usando un horario para

estudiar y otro para participar en las clases virtuales.

Page 29: Reglamento Interno Colegio Continental

Art. 59.- Evaluación del aprendizaje del educando. El procedimiento

como se desarrollara la evaluación es el siguiente, el estudiante al

momento de la matricula recibirá un cronograma, en el que constará las

fechas de cada una de las evaluaciones del año respectivo, las

evaluaciones se activaran automáticamente desde la Web, el estudiante

tendrá un tiempo prudencial para completar su evaluación luego se

cerrará, y en ese instante obtiene la calificación. La evaluación

planteada estará orientada a evaluar el nivel de asimilación del

conocimiento, por lo que la evaluación que se aplicará es más amplia. Se

establece un calendario estricto del desarrollo de actividades y de avance

en el estudio y alcance de los diferentes competencias de cada materia.

Art. 60.- Consultas sobre dificultades de aprendizaje.

Generalmente en el desarrollo del estudio, el estudiante se va a

encontrar con diferentes dificultades, para resolver, para lo cual debe

acudir a la docencia tutorial vía correo electrónico, conferencia

electrónica, revisión de presentaciones interactivos, participación en

foros relacionados con el tema, dentro del horario establecido para cada

docente tutor.

Si no encuentra problemas, el alumno realizará las actividades –

ejercicios recomendados en la unidad de estudios.

Art. 61.- Tutoría por parte del docente de la asignatura.

El tutor tendrá un rol de facilitador del conocimiento, a través de una

comunicación permanente, sobre la red de tareas y actividades de

aprendizaje.

Art. 62.- Servicio tutorial para dificultades de aprendizaje por parte

del educando.

Si el alumno al resolver los ejercicios de aplicación encuentra dudas o

dificultades no surgidas en el estudio de los contenidos, deberá recurrir a

la consulta tutorial.

Como vemos, en cada momento, en la parte o tema que requiera

asesoramiento el alumno, ahí estará para ayudarle el docente tutor,

pues, consideramos que si educando llega sin hábitos ni técnicas de

estudio, con escasa capacidad de autocontrol y responsabilidad, sin

habilidades para trabajar en forma individual o en grupo, sin conductas

Page 30: Reglamento Interno Colegio Continental

autoformativas, es necesaria la asesoría tutorial permanente de tal

manera que se genera un aprendizaje dinámico en el que el alumno es el

actor de su propia autoformación y el docente como facilitador del

aprendizaje.

Los apoyos brindados por el tutor se realizarán de la siguiente manera:

Presenciales (grupales),

Presenciales (individuales)

A distancia a través de la plataforma virtual mediante: Chat, foro,

conferencia virtual, correo electrónico.

Los objetivos principales de los apoyos por parte del tutor:

Orientar y asesorar al estudiante

Resolver dudas o dificultades durante el proceso

Lograr objetivos en el área socio – afectiva

Motivar e incentivar al estudiante

Establecer una relación directa docente – estudiante

Permitir y favorecer la interacción entre los estudiantes

Art. 63- Evaluación a distancia.- Esta consiste en trabajos en los que

el alumno sobre las destrezas requeridas por cada unidad didáctica, debe

demostrar el dominio productivo creativo, mediante trabajos de análisis,

síntesis, aplicación y valoración.

El alumno desarrolla esta autoevaluación en su propio lugar de trabajo o

domicilio y deberá subir en documento texto, a la plataforma virtual, de

acuerdo al calendario establecido para su corrección y valoración.

Art. 64.- Logro de destrezas.- El logro de destrezas se dará luego de

que el educando vaya venciendo con éxito todas las unidades didácticas

de estudio a que se evidenciara a través del sistema de evaluación.

Art. 65.- Promoción.- Se dará luego que el alumno haya aprobado las

materias en un año lectivo y obtenga certificado de promoción.

Un estudiante será promovido al curso inmediato superior luego de

cumplir los requisitos de evaluación

TITULO VI

Page 31: Reglamento Interno Colegio Continental

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES.

a. El presente Reglamento Interno entrará en vigencia luego de haber

sido analizado y autorizado por las autoridades competentes.

b. El presente Reglamento Interno podrá ser reformado anualmente o

cuando las condiciones así lo ameriten.

c. Los casos no previstos en este reglamento serán regulados y resueltos

por el representante legal del Colegio Particular a Distancia

Continental, pudiendo expedir regulaciones respetando las normas y

reglas dela Constitución de la República del Ecuador, los mismos que

se anexaran al presente reglamento.

CAPITULO II

TRANSITORIAS.

Primera.- Se aplicará de acuerdo al Reglamento de la Ley Orgánica de

Educación Intercultural, Art. 26, en lo referente a: utilización de

“instrumentos pedagógicos de apoyo, a través de cualquier medio de comunicación” lo que dispone el Reglamento Interno del Colegio

Particular a Distancia Continental en su Art. 40 literal d).

Segunda.- La familia Suquisupa Ortega, por medio de su representante

legal Sr. Lucio Humberto Suquisupa Espinoza, aplicara el Art. 306 inciso

último del Reglamento General a la Ley de Educación Intercultural, en lo

referente a cargos directivos, como también buscará el personal idóneo

para el desarrollo y funcionamiento correcto de la Institución Educativa,

de acuerdo a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su

Reglamento, Reglamentos Laborales y pondrá en consideración del Nivel

Zonal para su aprobación y registro respectivo.

Entregado, a los veinte y nueve días del mes de agosto de dos mil doce.

Comuníquese en Cuenca, Ciudad Patrimonio de la Humanidad, 28 de

agosto de 2012

Page 32: Reglamento Interno Colegio Continental

Atentamente,

_________________________

Juan Carlos Zúñiga Vega RECTOR DEL COLEGIO