Reglamento de Evaluación - Lazzeri

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Liceo Madre Cecilia Lazzeri 2017 Reglamento de Evaluación

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Liceo Madre Cecilia Lazzeri

2017

Reglamento de Evaluación

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Reglamento de Evaluación Decreto Supremo nº 511/1997 Exento Decreto Supremo nº 107/2003 Exento Decreto Supremo nº 112/1999 Exento Decreto Supremo nº 83/2001 Exento Identificación del colegio. Nombre : Liceo Madre Cecilia Lazzeri. Decreto cooperador : 24339 / 1965 Rol Base de datos (R.B.D.) : 009767-5 Ubicación : Avenida Pedro Aguirre Cerda Nº 0291 La Cisterna – Santiago Región Metropolitana. Introducción. Asuntos Generales. La Dirección del colegio en conjunto con el Consejo Directivo y el Consejo de Profesores han elaborado el presente reglamento de evaluación. El colegio está facultado para establecer todas las normas que estime conveniente, cautelando no contradecir los decretos D.S. 112/1999, 83/2001 de enseñanza media y D.S. 511/97, y su modificación descrita en D.S. 107/2003, de educación básica. Del Proyecto Educativo Institucional. Ser alumno(a) de un colegio de Iglesia, inspirado en el carisma franciscano, supone la apertura, voluntad y esfuerzo para responder a una propuesta educativa que anhela formar personas fraternas, sencillas y alegres, respetuosas de la diversidad y promotoras de la paz y el bien, cuyas habilidades y conocimientos sean puestos al servicio de la sociedad y comprometidos con su formación personal. Si bien esto constituye un gran desafío creemos, como educadores, que la niñez y la adolescencia son etapas privilegiadas para cimentar la vida futura a partir de grandes ideales y opciones que otorguen un sentido más pleno a la existencia. La persona cuenta con una serie de cualidades, y potencialidades que el proceso educativo afianzará, para que cada uno de nuestros alumnos(as) descubra en su proyecto de vida su vocación.

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Del proyecto técnico pedagógico. Síntesis Proyecto Técnico Pedagógico. La labor pedagógica tiene como objetivo fundamental, favorecer el encuentro del alumno(a) con el aprendizaje, entendiendo éste como un camino permanente y progresivo de humanización, de medio para comprenderse a sí mismo y al mundo que lo rodea. Dado lo anterior, los docentes en la tarea educativa, tenemos como marco de referencia permanente el gran desafío de una educación integral, que abarca los diversos planos de la personalidad de nuestros alumnos(as). Por lo tanto, nos proponemos:

- Despertar en los alumnos(as) la capacidad de asombro, incentivando su deseo e interés por el aprendizaje en cada una de las asignaturas.

- Favorecer en los estudiantes el desarrollo de la fraternidad, sencillez, respeto, alegría, de modo que sean promotores de la paz y el bien en la sociedad en la que le corresponda vivir.

- Favorecer un aprendizaje significativo, que facilite la internalización progresiva de los contenidos.

- Estimular en los alumnos(as) el desarrollo de las capacidades de pensamiento creativo, reflexivo, crítico y resolutivo, a fin de elaborar un proyecto de vida que les permita su plena realización personal.

- Desarrollar en los alumnos(as) la sensibilidad frente a la realidad social y el respeto por el medio ambiente.

- Favorecer el compromiso del alumno(a) con el desarrollo de sus competencias, de manera que sea el gestor de su propio aprendizaje.

- Generar estrategias metodológicas que permitan atender a los diversos estilos de aprendizaje y a las diferencias individuales de los alumnos(as).

- Favorecer el trabajo en equipo, en cada una de las asignaturas, de manera tal que se privilegie la búsqueda permanente del diálogo.

- Propiciar una educación que integre los elementos de la cultura y la fe, promoviendo futuros agentes de evangelización que construyan la sociedad del tercer milenio.

La evaluación de los aprendizajes en el contexto de la reforma educacional.

- La evaluación es uno de los elementos centrales en el desarrollo del proceso educativo. Su finalidad debe estar encaminada a la mejora del aprendizaje de los estudiantes. En este sentido, debe ser entendida como un proceso permanente que busca proporcionar información a los distintos agentes que participan en él, acerca del grado de apropiación de conocimientos, habilidades, valores y actitudes que los alumnos(as) adquieren en función de las experiencias provistas en clases.

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- La evaluación implica una interacción permanente que se realiza en el curso del proceso de enseñanza-aprendizaje, una reflexión sistemática y un diálogo con los estudiantes acerca de los resultados obtenidos. Asimismo, aclara el origen de las dificultades educativas proporcionando al docente elementos para mejorar su práctica pedagógica y, a los estudiantes, identificar sus logros y necesidades de mejora. Desde esta perspectiva, la evaluación debe ser comprendida como una guía que proporciona al docente elementos cualitativos y cuantitativos acerca del desarrollo integral de sus estudiantes.

Condiciones Generales respecto de la Evaluación. La evaluación debe estar al servicio del aprendizaje, por lo cual, no se puede desvincular de los procesos pedagógicos que se llevan a cabo. En este sentido, debe estar basada en los siguientes principios: 1. Los criterios evaluativos deben ser conocidos y comprendidos por todos los agentes

del proceso educativo.

2. La evaluación se constituye en una oportunidad para promover el aprendizaje; ya que genera constante retroalimentación.

3. Entre sus propósitos fundamentales se encuentran: - Recoger información en las diferentes etapas y aspectos del proceso de

enseñanza - aprendizaje a fin de actuar en el momento oportuno y poder mejorarlos.

- Retroalimentar al alumno(a) a través de la comunicación sobre el nivel en que se encuentra su desempeño en los distintos aspectos del aprendizaje definidos en los criterios evaluativos. Esta retroalimentación debe ir acompañada de sugerencias para progresar hacia etapas superiores.

- Determinar fortalezas y debilidades, de los alumnos(as) para avanzar en su proceso de aprendizaje.

- Fomentar la autoevaluación de modo que los alumnos(as) sean responsables de sus propios aprendizajes.

4. La evaluación debe ser utilizada en el momento de toma de decisiones pedagógicas. 5. Toda evaluación forma parte del proceso de aprendizaje; por lo tanto, debe estar

incorporada en las diferentes etapas de éste; ya que permite la comparación de los propios logros y la superación de errores.

6. Una evaluación consciente y centrada en el aprendizaje, debe ser entendida como un seguimiento continuo que ofrece oportunidades para que todos los agentes del

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proceso educativo conozcan cómo están avanzando. Busca apoyar, fortalecer y estimular el logro de las metas.

Disposiciones o Normas Generales. Artículo n° 1. El presente reglamento de procedimientos evaluativos de alumnos(as) de enseñanza básica y media del Colegio Madre Cecilia Lazzeri, se encuentra basado en los Decretos Supremos 511/1997, refrendado en 107/2003, 112/1999 y 83/2001, y en el Marco Curricular de enseñanza básica aprobado en el Decreto Supremo de educación nº 40 y en el de enseñanza media aprobado en el Decreto Supremo de educación nº 220 y el Marco Curricular para enseñanza básica 2013. Artículo n° 2. La Dirección del Establecimiento a propuesta del Consejo de Profesores establece un Reglamento de Evaluación sobre la base de las disposiciones del presente decreto (de los Decretos antes mencionados). Este Reglamento será comunicado oportunamente a todos los alumnos(as), padres y apoderados a través de la Agenda Escolar y de la página WEB del Establecimiento. De la Evaluación. Artículo n° 3. El Reglamento de Evaluación del Establecimiento contiene: a. Estrategias para evaluar aprendizajes.

- Instrumentos enmarcados en la heteroevaluación, la autoevaluación y la coevaluación. - Pruebas orales y escritas: pruebas de respuesta estructurada, completación de

oraciones, selección única y múltiple, términos pareados. Pruebas de ensayo. Pruebas escritas con posibilidad de consultar bibliografía

- Trabajos de investigación grupal e individual, guías grupales e individuales, mapas conceptuales, encuestas y cuestionarios, entrevistas, proyectos, ensayos, solución de problemas, técnica de análisis de casos, tareas, ejercicios y actividades; debates, portafolio, grabaciones en audio o video con guía de análisis, etc.

- Instrumentos de observación: listas de cotejo, escalas de apreciación, escalas de valoración, registros anecdóticos, rúbricas, técnicas de expresión oral, disertaciones, dramatizaciones, etc.

- Maquetas, planos, trabajos gráficos, uso de Tics, etc.

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b. Formas de evaluar e informar a los alumnos(as), padres y apoderados.

b1. Formas de evaluar. Evaluación diagnóstica. Se realiza al inicio de cada una de las fases del aprendizaje, y tiene la finalidad de proporcionar información sobre los conocimientos, habilidades y actitudes previas de los alumnos(as), a fin determinar el nivel en que se deben desarrollar los nuevos aprendizajes. Sus propósitos centrales son ubicar al alumno(a) en el punto adecuado para iniciar el proceso de enseñanza - aprendizaje y establecer las causas básicas de las deficiencias del aprendizaje. Se evaluará a partir de los conceptos: L= Logrado o PL= Por Lograr. Evaluación formativa. Tiene una constante función de retroalimentación, recalcando el carácter educativo y orientador propio de la evaluación. Proporciona información permanente para adecuar el contenido y los procedimientos que se están desarrollando acorde a las características del grupo curso. La evaluación formativa está basada en los principios de: refuerzo, ejercicio y transferencia de los aprendizajes y cumple el siguiente propósito:

- Verificar el nivel de aprendizaje de cada estudiante. Se evaluará a partir de los conceptos: L= Logrado o PL= Por Lograr. Evaluación acumulativa o sumativa. Entrega evidencias acerca de la efectividad del proceso de enseñanza - aprendizaje al finalizar una unidad de aprendizaje, semestre o año escolar. Ésta en particular cumple con el propósito de asignar calificaciones a fin de informar sobre el logro alcanzado en los distintos objetivos de aprendizaje. Para su aplicación se utilizará la escala numérica de 1,0 a 7,0 con un decimal; con una exigencia del 60% para nota 4.0.

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b.2. Formas de entrega de información. Comunicación a los alumnos(as). Se informará a los alumnos(as) acerca de sus calificaciones mediante la entrega de sus evaluaciones en un plazo máximo de 10 días hábiles. Comunicación a los padres y apoderados. Se informará a los padres y apoderados a través de la entrega de notas bimestrales. c. Repitencia. En caso de repitencia de los alumnos(as) no se aplicará un procedimiento especial de evaluación. Los estudiantes del establecimiento solo tendrán derecho a repetir curso en una oportunidad en educación básica y en una oportunidad en educación media. d. Disposiciones de evaluación diferenciada. En el Colegio Madre Cecilia Lazzeri la evaluación diferenciada consiste en un conjunto de procedimientos metodológicos e instancias evaluativas que permiten atender estudiantes que tengan dificultades temporales para que puedan desarrollar adecuadamente su proceso de enseñanza - aprendizaje en las asignaturas del plan de estudio, ampliando las posibilidades para que estos estudiantes evidencien lo aprendido, sin disminuir los estándares que aseguren el éxito en aprendizajes subsiguientes. Los procedimientos metodológicos están referidos a las estrategias pedagógicas diferenciadas y adaptadas a las dificultades de aprendizaje que presenta el alumno(a). Los procedimientos evaluativos corresponden a instrumentos adecuados a las características de las dificultades de aprendizaje que presenta el estudiante. Los padres y/o apoderados son responsables de solicitar una entrevista con el/la profesor(a) jefe para hacer entrega de certificado emitido por especialista tratante en el cual se realiza petición de aplicación de evaluación diferenciada. Los informes deben incluir:

1. Diagnóstico. 2. Sintomatología o limitaciones asociadas al diagnóstico. 3. Implicancias para el proceso de aprendizaje. 4. Sugerencias educativas (metodológicas y de evaluación). 5. Tratamiento indicado (farmacológico, terapéutico, etc.).

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Los estudiantes apoyados por este procedimiento deberán demostrar interés y trabajo sostenido en las clases de las asignaturas que presenten las dificultades. La evaluación diferenciada tendrá validez por un año y no tendrá efecto retroactivo desde su otorgamiento. En caso de mantenerse la situación podrá ser renovada a petición de los padres y/o apoderados acreditando los tratamientos de especialistas (internos y/o externos) llevados a cabo para intentar superar y/o los las dificultades del estudiante,informes que establezcan que la dificultad continua. Las solicitudes para evaluación diferenciada se recibirán como plazo máximo el 30 de mayo del año lectivo en curso y comenzarán a regir una vez aprobada. Este plazo no será efectivo en el caso de que la solicitud de evaluación diferenciada sea por causa de un accidente que implique salud o daño físico y que afecte a la asignatura de del alumno(a) educación física. La existencia de evaluación diferenciada otorgada a un alumno(a) no altera la aplicación de los reglamento de evaluación y promoción y, de convivencia escolar del colegio y, en ningún caso, exime a los de asistir regularmente a clases. estudiantes e. Mecanismos de revisión de procedimientos evaluativos. Los diferentes instrumentos evaluativos aplicados por los docentes del establecimiento, serán revisados antes de su aplicación por la Unidad Técnico Pedagógica. Este organismo guardará el ejemplar original de cada instrumento para su archivo. f. Eximición de una asignatura. f.1. Los alumnos(as) podrán acceder a la eximición de una asignatura a excepción de

Lenguaje, Matemática y Religión Para realizar este trámite anualmente el apoderado deberá presentar en Unidad Técnico Pedagógica del Establecimiento una solicitud de eximición, adjuntando los documentos que la avalen. Estos deberán ser emitidos por un especialista, precisando el diagnóstico, las evaluaciones a las cuales fue sometido el alumno(a), así como el tratamiento que éste debe seguir. La Directora del establecimiento, en conjunto con la Unidad Técnico Pedagógica, analizarán la solicitud para proceder a aceptarla o rechazarla, decisión que será comunicada al apoderado.

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f.2. Obligaciones del alumno(a) eximido de una asignatura. La eximición de un alumno(a) de una asignatura, no lo libera de cumplir las siguientes obligaciones:

- Permanecer físicamente en el lugar en que se desarrolla la clase de la asignatura eximida.

- Participar activamente en las clases de la asignatura eximida, de acuerdo a sus áreas descendidas.

- Presentar un comportamiento acorde con las normas establecidas en el Manual de Convivencia Escolar del Establecimiento, durante el desarrollo de las clases de la asignatura eximida.

Debido a que el Proyecto Educativo del Colegio procura la formación de un alumno(a) con dominio del idioma inglés y, considerando que el currículo de enseñanza media contempla esta asignatura en el plan de formación general y en el plan de formación diferenciada, la Dirección del Establecimiento sugiere la no eximición de los alumnos(as) de esta asignatura y recomienda, para los casos debidamente justificados, la evaluación diferenciada en esta área. g. Situaciones especiales de evaluación. g.1. Ausencias al colegio por períodos de tiempo prolongados. Los apoderados de los alumnos(as), que se encuentren en este caso, deberán presentar a la Dirección del Establecimiento la documentación pertinente que avale las inasistencias a clases. En el momento que el alumno(a) se reintegre al colegio, la Unidad Técnico Pedagógica, procederá a hacer una recalendarización de las actividades pendientes del alumno(a), proporcionándole los plazos necesarios para que pueda regularizar su situación. Cuando las ausencias a clases sean por períodos prolongados y se encuentren debidamente justificadas, el estudiante podrá obtener su promedio semestral con el 60% de las notas requeridas. g.2. Situaciones de embarazo. Las alumnas que se encuentren en esta situación podrán continuar con su proceso de enseñanza - aprendizaje, en forma regular mientras su salud lo permita.

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El colegio proporcionará las condiciones necesarias para que las alumnas puedan terminar su año escolar. Artículo n° 4. Los alumnos(as) serán, evaluados en todas las asignaturas del plan de estudio en forma semestral con el siguiente número mínimo de calificaciones:

Cantidad de horas semanales de la asignatura

Evaluaciones coeficiente 1

Evaluaciones coeficiente 2

Total de calificaciones

2 horas 2 evaluaciones 1 evaluación 4 calificaciones

3 horas 3 evaluaciones 1 evaluación 5 calificaciones

4 horas 4 evaluaciones 1 evaluación 6 calificaciones

5 horas 5 evaluaciones 1 evaluación 7 calificaciones

6 horas 6 evaluaciones 1 evaluación 8 calificaciones

7 horas 7 evaluaciones 1 evaluación 9 calificaciones

8 horas 7 evaluaciones 1 evaluación 9 calificaciones

Artículo n° 5. Las calificaciones coeficiente 2 se rendirán en cada semestre y evaluarán una síntesis de los contenidos tratados durante éste. Se aplicarán en todos los niveles de enseñanza que imparte el colegio, desde 1º básico a 4º medio y en todas las asignaturas del plan de estudios. Estas evaluaciones serán calendarizadas por la Unidad Técnico Pedagógica en conjunto con los jefes de departamento de las distintas asignaturas, a fin de velar por un adecuado equilibrio en la programación de ellas. De las calificaciones. Artículo n° 6. Los resultados de las evaluaciones de los alumnos(as) en cada una de las asignaturas serán expresados en calificaciones numéricas en una escala de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal. Con una escala de exigencia del 60%. La calificación mínima de aprobación deberá ser la nota 4.0. La nota 1.0, deberá ser justificada en forma escrita, indicando los pasos previos realizados antes de la consignación de ella.

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Artículo n° 7. El logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversal (OAT) se registrará en el “Informe de Desarrollo Personal y Social” del alumno(a), él que se entregará a los padres y apoderados semestralmente. La evaluación de los Objetivos de Aprendizaje Transversal no incidirá en la promoción escolar de los alumnos(as). Artículo n° 8. La calificación obtenida por los alumnos (as) en la asignatura de religión no tendrá incidencia en la promoción escolar y se expresará en conceptos: insuficiente (I), suficiente (S), bueno (B) y muy bueno (MB). Sin embargo debido a la relevancia que ésta tiene en la formación de los alumnos (as), es igualmente consignada en los informes de notas. De la promoción. Artículo n° 9. Para la promoción de los alumnos(as) de enseñanza básica y media, se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de las asignaturas del plan de estudio y la asistencia a clases. 1. Respecto del logro de los objetivos Enseñanza básica. a. Serán promovidos los alumnos(as) que hubieren aprobado todas las asignaturas de

sus respectivos planes de estudio. b. Serán promovidos los alumnos(as) de los cursos de 2º a 3º año y de 4º a 8º año de

enseñanza básica que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluida la no aprobada.

c. Igualmente, serán promovidos los alumnos(as) de los cursos 2º a 3º año, y de 4º

hasta 8º año de enseñanza básica que no hubieren aprobado dos asignaturas

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siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, incluidas las no aprobadas.

d. No obstante lo señalado en los párrafos anteriores, la Dirección del Establecimiento

podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del profesor(a) jefe del curso de los alumnos(as) afectados, no promover de 1º a 2º o de 3º a 4º año básico, a aquellos alumnos(as) que presenten retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

Además para adoptar tal medida, el Establecimiento deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno(a) y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto. Asimismo, los alumnos(as) con necesidades educativas especiales integrados(as) a la educación regular, considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas normas antes señaladas agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor(a) especialista. Enseñanza media. a. Serán promovidos los alumnos(as) que hubieren aprobado todos las asignaturas de

sus respectivos planes de estudio. b. Serán promovidos los alumnos(as) de los cursos de 1º, 2º, 3º y 4º año de enseñanza

media, que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluida la no aprobada.

c. Igualmente, serán promovidos los alumnos(as) de 1º y 2° año de enseñanza media que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de las dos asignaturas no aprobadas.

d. En el caso de 3º y 4º año de enseñanza media:

Serán promovidos los alumnos(as) que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de las dos asignaturas no aprobadas.

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No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las asignaturas se encuentran lenguaje y comunicación y/o matemática, los alumnos(as) de 3º y 4º medio serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior, para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de las dos asignaturas no aprobadas. 2. Respecto de la asistencia.

- Serán promovidos todos los alumnos(as) de enseñanza básica y enseñanza media, que hayan asistido, a lo menos al 85 % de las clases, establecidas en calendario escolar anual.

- La Dirección del establecimiento en conjunto con el consejo de profesores, podrá

autorizar la promoción de alumnos(as) con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas.

Artículo n° 10. La Dirección del Establecimiento deberá resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos(as) de 1º básico a 4º año medio. La Dirección del Establecimiento refrendada por el Consejo de Profesores, resolverá los casos de los alumnos(as) que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes. Todas las situaciones de evaluación de los alumnos(as) de 1º básico a 4º año medio, deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente. Artículo n° 11. La situación final de promoción de los alumnos(as) deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso el Establecimiento entregará a cada alumno(a) un documento anual de estudios que indique las asignaturas, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo por el establecimiento. Artículo n° 12. Las actas de registro de calificaciones y promoción escolar consignarán en cada curso las calificaciones finales en cada asignatura, asistencia, situación final de los alumnos(as),

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cédula nacional de identificación, fecha de nacimiento, sexo y comuna de residencia de cada uno de ellos y al reverso del acta el RUT del profesor(a). Las actas serán firmadas por todos los profesores de cada una de las asignaturas o plan de estudios que aplica el Establecimiento. Las actas se confeccionarán en tres ejemplares idénticos y deberán ser presentadas a la Secretaría Ministerial de Educación correspondiente, organismo que las legalizará, enviará una a la División de Educación General, devolverá otra al establecimiento y conservará el tercer ejemplar para el registro regional. De la Licencia de enseñanza media. Artículo n° 13. La Licencia de enseñanza media será obtenida por todos los alumnos(as) que hubiesen aprobado el 4º año medio. Artículo n° 14. Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente reglamento, serán resueltas cuando corresponda por la Dirección del establecimiento y la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva dentro de la esfera de su competencia. Disposiciones finales. a. Calendarización de evaluaciones. Las fechas y contenidos de las evaluaciones, deberán ser comunicadas al alumno(a) al inicio de cada unidad de aprendizaje. Las fechas de las evaluaciones deberán ser consignadas en la cartola de calendarización de evaluaciones que se encuentra en el libro de clases. Solo se podrá calendarizar un máximo de dos pruebas escritas coeficiente 1 en un mismo día Durante de evaluaciones coeficiente 2 no se podrá calendarizar pruebas escritas coeficiente1 1. Ausencia de alumnos(as) a calendarizadas. evaluaciones

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En caso de que la ausencia de un alumno(a) a clases coincida con el día de una evaluación avisada con anterioridad o la entrega de un trabajo, el apoderado deberá justificar personalmente la inasistencia el mismo día o a más tardar al día siguiente a la fecha de rendición de la prueba o entrega del trabajo. Se entregará un justificativo que el alumno(a) deberá presentar al profesor(a) de la asignatura correspondiente. De no cumplirse con esta disposición el alumno(a) será evaluado al momento de reintegrarse al colegio. Cuando el alumno(a) presente al profesor(a) de asignatura la justificación por ausencia a una evaluación, informará al alumno(a) la nueva fecha para la evaluación. Esta el docente situación deberá quedar registrada en la agenda del estudiante y en el libro de clases. Si la ausencia a clases coincide con la fecha de una evaluación coeficiente 2, el apoderado deberá justificar personalmente la inasistencia de su pupilo(a) el mismo día en Inspectoría General. Esta situación quedará registrada en el libro de clases por el profesor(a) de asignatura o inspector (a) de nivel. A su reingreso a clases el estudiante debe solicitar en Inspectoría un justificativo para presentar en Unidad Técnico Pedagógica, estamento que le indicará la fecha en la cual deberá rendir la evaluación pendiente. Esta se realizará en horario alterno a su jornada escolar. Si la ausencia fue motivada por una enfermedad que se prolongó por más de tres días, deberá presentar certificado médico en inspectoría del colegio. El profesor(a) de la asignatura deberá registrar en la hoja de observaciones del alumno(a) la inasistencia a la evaluación con el objeto de poder realizar un seguimiento de dicha situación. En el caso de que la ausencia se produzca en forma reiterada, el profesor(a) deberá citar al apoderado. 2. Alumno(a) sorprendido copiando. El profesor(a) de asignatura deberá registrar la situación en la hoja de observaciones del alumno(a) en el libro de clases. El profesor(a) de asignatura deberá aplicar una nueva evaluación al alumno(a), en un plazo no mayor a 2 días. El profesor(a) de asignatura deberá citar al apoderado para comunicarle la situación, haciendo hincapié en la falta grave que ha cometido su pupilo(a). (Manual de Convivencia Escolar, falta grave) 3. Postergación de evaluaciones. Las evaluaciones no se postergarán a excepción de razones de fuerza mayor.

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4. Alumno(a) que no presenta trabajo en plazo establecido. Si el alumno(a) no entrega un trabajo en el plazo establecido, deberá solicitar al profesor(a) un nuevo plazo de entrega explicando las razones de dicho atraso. Si nuevamente el alumno(a) no cumple con la entrega en el plazo dado, el profesor(a) de asignatura, informará por escrito al apoderado y procederá a fijar una interrogación (oral o escrita) que abarque los mismos objetivos del trabajo. Dicha situación debe ser consignada en la hoja de vida del alumno(a) por el profesor(a) de asignatura. 5. Alumnos(as) con sanción disciplinaria. Los alumnos suspendidos de clases por algún tipo de sanción, a su reingreso a clases (as)deberán presentar la colilla de reintegro entregada por Inspectoría de nivel y rendir la(s) evaluación(es) fijadas para el día en que se reintegra a clases. Las evaluaciones pendientes correspondientes a los días de suspensión serán

recalendarizadas por la Unidad Técnico Pedagógica.

6.- Sobre la corrección de una evaluación Los estudiantes y/o apoderados que presenten cualquier inquietud sobre la corrección de una evaluación tendrán un plazo no superior a 3 días hábiles para presentar su situación al profesor de asignatura. Si el problema no es resuelto en esta instancia el apoderado y/o estudiante deberán solicitar una entrevista por escrito a la coordinadora de nivel de la Unidad Técnico Pedagógica.