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Regímenes Aduaneros Comercio Internacional FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Angel Lucas Galindo Otoño 2015 BUAP

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Regímenes Aduaneros

Comercio Internacional

FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN

Angel Lucas GalindoOtoño 2015

BUAP

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Regímenes aduaneros

¿Que son?

Son el conjunto de operaciones que están relacionadas con un destino aduanero específico de una mercancía de acuerdo con la declaración presentada por el interesado en aduana.

¿Para que son?

Todas las mercancías que entran o salen del país necesitan destinarse a un régimen aduanero, a través de un documento oficial en el que se especifica el destino que se pretende dar a dicha mercancía.

¿Cuales son?Son seis los regímenes existentes con sus variantes:

• Definitivos• Temporales• Depósito Fiscal• Tránsito de mercancías• Elaboración, transformación o

reparación en recinto fiscalizado

• Recinto fiscalizado estratégico

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Regímenes aduaneros definitivosEl régimen que corresponde a los llamados definitivos se divide en importación y exportación:

Régimen de importaciónDefinitiva:

Es el que se considera cuando las mercancías de procedencia extranjera tienen la finalidad de permanecer en el país por tiempo ilimitado y se realiza el procedimiento general de importación.

Régimen de exportaciónDefinitiva:

consiste en la salida de mercancías del territorio nacional por tiempo ilimitado. Se necesita estar en el Registro Federal de Contribuyentes así como en el Padrón de Exportación Sectorial si se trata de bebidas con contenido alcohólico.

Se necesitan de los servicios de un agente aduanal para que represente al exportador, se presente ante la aduana.

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Regímenes aduaneros temporales:Pueden ser: importaciones o exportaciones temporales:

Importaciones temporales:

Es cuando las mercancías que entran al país permanecen en él por tiempo limitado y con un fin en específico.

tendrá las siguientes características:

No se pagarán los impuestos al comercio exterior ni a las cuotas compensatorias, excepto en algunos casos previstos.Cumplirán las demás obligaciones en regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas en este régimen.

Exportaciones Temporales:

Es la salida de mercancías del país por un tiempo limitado y con una finalidad específica, en este régimen no se pagan los impuestos al comercio exterior, pero se deben cumplir las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen.

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De deposito temporal:Es el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en Almacenes Generales de Depósito, los cuales deben de estar autorizados para ello, por las autoridades aduaneras. Este régimen se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.

Este régimen admite posponer la elección del régimen de importación específico y permite a los particulares mantener almacenadas sus mercancías todo el tiempo que así lo consideren, en tanto subsista el contrato de almacenaje y se pague por el servicio. Las mercancías se pueden extraer total o parcialmente para su importación pagando previamente los impuestos, contribuciones y cuotas compensatorias, actualizados al periodo que va desde su entrada al país hasta su retiro del almacén.

Como se maneja:

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Régimen de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado:

¿En que consiste?El régimen de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado consiste en la introducción de mercancías extranjeras o nacionales a dichos recintos para su elaboración, transformación o reparación, para ser retornadas al extranjero o para ser exportadas, respectivamente.

¿Qué establece?

En ningún caso podrán retirarse del recinto fiscalizado las mercancías destinadas a este régimen si no es para su retorno al extranjero o exportación.

Las autoridades aduaneras podrán autorizar que dentro de los recintos fiscalizados, las mercancías en ellos almacenadas puedan ser objeto de elaboración, transformación o reparación, en los términos del artículo 135 de la Ley Aduanera.

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Régimen de recinto fiscalizado estratégico:

Es la introducción por tiempo limitado de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, a los recintos fiscalizados estratégicos, para ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación

¿Qué es?Está sujeta a lo siguiente:

¿A que esta sujeto?

• No pagarán los impuestos al comercio exterior ni las cuotas compensatorias, salvo tratándose de mercancías extranjeras, en los casos previstos en el artículo 63-A de la Ley Aduanera.

• No estarán sujetas al cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias y normas oficiales mexicanas, excepto las expedidas en materia de sanidad animal y vegetal, salud pública, medio ambiente y seguridad nacional.

• Las mermas resultantes de los procesos de elaboración, transformación o reparación no causarán contribución alguna ni cuotas compensatorias.

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BIBLIOGRAFÍA: SAT. (2014). Regímenes Aduaneros. 2015, de SHCP Sitio web: http://www.sat.gob.mx/aduanas/importando_exportando/regimenes/Paginas/regimen_de_recinto_fiscalizado_estrategico.aspx Instituto Nacional de Comercio y Aduanas. (2015). Regímenes Aduaneros. 21015, de Comercio y Aduanas Sitio web: http://www.comercioyaduanas.com.mx/aduanas/aduanasmexico/446-regimenes-aduaneros básicos Cruz, Carlos. (2011). Básicos: El régimen aduanero. 2015, de Aduanas en México y en el Mundo Sitio web: https://aduanaenmexico.wordpress.com/2011/02/07/basicos-elregimen-aduanero/