Reformas Fiscales 2014 Nyssen

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ALGUNAS ACCIONES INMEDIATAS A EJECUTAR, DERIVADAS DE LA REFORMA FISCAL 2014

REFORMAS FISCALES 2014

www.nyssen.com

PERSPECTIVAS ECONMICAS

Reforma Estructural: Resultados a largo plazo. Cambios Fiscales Recaudatorios: Ingresos a corto plazo y crecimiento economico a mediano plazo Ganancia de Accionistas: Fuente de inversion, empleos y crecimiento. Efecto de la traslacion fiscal: Carga impositiva a empresa transferida a los precios.

Perspectivas EconmicasPerspectivas Econmicas

4IngresosEn Miles de Millones 2013 2014 Incremento %ISR$ 818$1,006 23.0IETU 45-100.0IVA 623 609- 2.3IEPS 53 134 153.8ISAN 6 7 11.7IDE 4 -100.0DERECHOS 810 822 1.5SS 212 228 7.5IMPUESTOS$1,605 1,770 10.3

5Presupuesto de Ingresos 2014Tasa de Recargos 2014

Sobre saldos insolutos 0.75 % mensual

Tasa de Recargos por Mora 1.13% mensual

Pagos a plazos:

1% mensual hasta 12 meses1.25% de 13 meses hasta 241.5% superiores a 24 mesesMultas

Reduccin del 50% de multas formales:

Pago contribuciones + accesorios durante el proceso de revisin por parte de la autoridad fiscal.

Reduccin del 40% de multas formales:

Pago contribuciones + accesorios concluido el proceso, pero antes de la determinacin del crdito fiscal.

Nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta

Estructura de la Nueva Ley de ISR

Estructura de la Nueva Ley de ISR

Estructura de la Nueva Ley de ISR

Estructura de la Nueva Ley de ISR

Estructura de la Nueva Ley de ISR

Estructura de la Nueva Ley de ISR

Tasa del ImpuestoTasa general Personas Morales 30%

28% (Tasa propuesta anteriormente)

Resultado Fiscal

Ingresos Acumulables(-) Deducciones Autorizadas(-) PTU Pagada(=) Utilidad Fiscal(-) Prdidas actualizadas por amortizar(=) Resultado Fiscal(x) Tasa 30% para 2014Dividendos

Nuevo Impuesto a Dividendos Gravamen adicional del 10% sobre el monto de los dividendos o utilidades distribuidas a PF y residentes en el extranjeroImpuesto Definitivo El impuesto se aplicara va retencin y se enterara conjuntamente con el pago provisional del periodo al que corresponda No aplica a dividendos provenientes de CUFIN saldo al 31 de diciembre de 2013 Se requiere llevar por separado una cuenta y control de CUFIN de 2013. Problema Fracc. XXV Artculo Noveno DT CUFIN 2001 a 2013

Nuevo Impuesto a DividendosCUFIN 2013 Integracin por dividendos distribuidos entre personas morales residentes en Mexico por utilidades generadas antes de 2014 Las personas morales residentes en Mexico que a partir del 1 de enero de 2014, perciban dividendos o utilidades generados al 31 de diciembre de 2013, de otras personas morales residentes en Mexico, podrn incrementar el saldo de su cuenta de utilidad fiscal neta generada al 31 de diciembre de 2013 con la cantidad que a los mismos les corresponda. Siempre y cuando los dividendos o utilidades de que se traten, se encuentren debidamente registrados en la contabilidad de la sociedad que los distribuya y la sociedad que los perciba no incremente con dicha cantidad el saldo de su cuenta de utilidad fiscal neta generada a partir del 1 de enero de 2014.

Nuevo Impuesto a Dividendos Efecto Fiscal

Nuevo Impuesto a Dividendos ISR anual adicional al 10% sobre dividendos

Participacin de los Trabajadores en las UtilidadesSe deroga el artculo 16, la base de PTU ser la misma utilidad de ISR:

No se disminuir la PTU pagada, ni las prdidas fiscales pendientes de aplicarSe disminuirn de los ingresos acumulables las cantidades no deducibles por pagos exentos a empleados Deduccin inmediata hasta 2013 de bienes aplicacin de la deduccin lineal

Ingresos acumulables TotalesMenos:Deducciones autorizadasIgual:Utilidad fiscal base de PTUPor:% PTUIgual:PTU a distribuirIngresosSe elimina la Opcin de Ventas a Plazos Por las cantidades pendientes de acumular al 31 de Diciembre 2013 Continuar aplicando disposiciones de Ley de anteriorISR determinado conforme a ingreso devengado 50% pagarse en el ejercicio ( marzo 2015)50% diferirse para el siguiente ao

En proporcin ventas a plazo en relacin a ventas totales ISR se pagara actualizado desde el mes de la opcin y hasta el mes en que sea pagado

IngresosSe elimina la Opcin de Ventas a Plazos Opcin de acumular los ingresos por ventas a plazo Acumular la cantidad pendiente de cobro cuando efectivamente se cobren Enterar en tres ejercicios el ISR

Deducciones Ingresos Exentos Para TrabajadoresDeducible el 53% de los gastos que representen ingresos exentos de los trabajadores EL 47% cuando prestaciones que sean ingresos exentos disminuyan respecto de las del ejercicio anterior Entre otros:Previsin SocialCajas y fondos de ahorro Pagos por separacin AguinaldoHoras extrasPrima vacacional y dominical PTUNO deducibles las cuotas de seguridad social de los trabajadores pagadas por los patrones

20142015Remuneraciones ExentasEjemplo:

Pago de prestaciones Exentas por: horas extras Prima vacacional, PTU,Vales de despensa, fondoDe ahorro, primaDominical, etc.$1,000$1,000Factor de deducibilidad

DeducibleNo Deducible100%

$ 1,000$ -53%

$ 530$ 470 47%

$ 470$ 529

2013$999Deducciones Fondos de Jubilaciones y Pensiones

Aportaciones para la creacin o incremento de las reservas destinadas a fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la LSS Deducibles en un 53% del monto de la aportacin Deducibles en un 47% cuando las prestaciones exentas disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio inmediato anterior

Deducciones Donativos

A la Federacin, Entidades federativas, Municipios, sus organismos descentralizados 4% de la utilidad fiscal del ejercicio anterior

Donativos a Gobierno ms Donatarias autorizadas 7%

Deducciones Donativo

Pagados a:Donatarias autorizadasOrganismos gubernamentalesLa suma de ambos no podrexceder respecto a la utilidad fiscaldel ao anterior

Requisitos:Comprobante fiscal digitalComprobacin con cuenta bancaria2013

7%7%

7%

SiSi2014

7%4%

7%

SiNoDeduccionesVales de despensa

Slo sern deducibles, cuando se realicen a travs de monederos electrnicos autorizados por el SAT

Deducibilidad de vales de despensa an cuando no se hayan entregado en monederos electrnicos Por el periodo 1 de enero a 30 de junio 2014 siempre que se canjeen en un plazo no mayor de 30 das posteriores a su entrega.

Deducciones Requisitos de DocumentacinPagos cuyo monto exceda a $ 2 mil (CFDI) Transferencia electrnicaCheque nominativo de la cuenta del contribuyente con clave del RFC y para abono en cuenta del beneficiario Tarjeta de Crdito, debito, servicios o monedero electrnico Se elimina la posibilidad de pagar sueldos y salarios a travs de efectivo superiores a $2 milLFT: los sueldos y salarios debern pagarse con moneda de curso legal

Deducciones Sueldos y SalariosConsten en comprobantes fiscales conforme CFF Erogaciones por concepto de remuneracin Las retenciones correspondientes deducciones del impuesto local sobre salariosSe cumplan con las siguientes obligacionesEfectuar retenciones Calcular el impuesto anual Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban los pagos en la fecha en que se realice la erogacin correspondiente Solicitar datos para inscripcin en RFCSubsidio al empleo e inscripcin en IMSS

Recibo de Nmina Tradicional

NUEVOS RECIBOS DE NMINA Representacin impresa del recibo de nmina digital Deducciones Declaraciones Informativas y Constancias

Presentar declaraciones informativas del ejercicio de 2013 a ms tardar el 15 de febrero de 2014Continuar presentando declaraciones informativas y entregar constancias, del 1 de enero de 2014 hasta el 2016: Pagos por sueldos y salarios. Retenciones honorarios, arrendamiento, etc. Prestamos al extranjero. Clientes y proveedores. Pago de dividendos. Retenciones por pagos al extranjero. Donativos

Deducciones Mercancas que han perdido su valorSe elimina la deduccin de bienes que han perdido su valor, excepto los bienes bsicos para la subsistencia humana AlimentacinVestidoViviendaSalud Siempre que se ofrezcan en donacin a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles dedicadas a la atencin de requerimientos bsicos de subsistencia

Deducciones Se disminuye la deduccin de 12.5% al 8.5% consumo en restaurantes Se acota la deduccin de inversiones en automviles De $175,000.00 a $130,000.00 Se ajusta la deduccin por arrendamiento de automvilesDe $250.00 a $200.00

DeduccionesRestaurantes

Consumos en restaurantes, locales

Consumo de restaurantes, viticos

Cuota diaria en territorio nacionalCuota diaria en el extranjero2013

12.5%

100.0%

$750$1,5002014

8.5%

100.0%

$750$1,500Requisitos de pago:Tarjeta de crdito, dbito, servicios, del contribuyente, o monederos electrnicosNo son deducibles consumos en baresDeduccionesAutomviles

Valor de adquisicin sin IVA

Depreciacin anual

Arrendamiento deducible:

-Por da:

-Por mes:2013

$ 175,000

$ 43,750

$ 250

$ 7,5002014

$ 130,000

$ 32,500

$ 200

$ 6,000Deduccin de InversionesDeduccin Inmediata

Deduccin inmediata de activos fijos

Sistema de cogeneracin deElectricidad eficiente

Equipo de conversin de gas natural y Control de la contaminacin

Maquinas registradoras de Comprobacin fiscal y equipos Electrnicos de registro fiscal2013

Si

10%

100%

100%2014

Eliminado

100%

10%

10%Actividades Primarias

Agricultura, silvicultura, ganadera y pesca, se limitaexencin a ingresos que no rebasen:

Personas Morales20 veces el SMGA por cada socio, ($491,217)200 veces el SMGA, en total. ($4,912,170) Personas Fsicas40 veces el SMG ($982,434) Rgimen intermedio, a los que excedan ingresos exentosy hasta 423 veces el SMGA ($10,389,240)Personas Fsicas, reduccin del 40% de ISR (21% ISR)Personas Morales, reduccion del 30% de ISR (21% ISR)

Rgimen de las actividades agrcolas, ganaderas, silvcolas y pesqueras Personas morales y fsicas, ingresos representen cuando menos el 90%

Se aplica con tres niveles con base en flujo de efectivo: Exentos de ISR las PF ingresos hasta 40 SMA ($945,496), y PM hasta 20 Con ingresos menores a 423 SMA ($9,998,620), reduccin de la tasa de ISR del 40% en el caso de PF y del 30% en PM (21%) Por ingresos a partir de $9,998,620, ISR del 30% las PM y tarifa PF tasa mxima 35 %

Las sociedades y asociaciones de productores, constituidas por socios o asociados PF y que cada socio o asociado tenga ingresos de la actividad en el ejercicio a partir de 423 veces el SMA anual ($9,998,620), y que no excedan 4,230 veces el SMA anual ($99,986,202), podrn aplicar la exencin y por el excedente se pagara el impuesto, reduciendo la tasa en un 30%

Rgimen de las actividades agrcolas, ganaderas, silvcolas y pesquerasSe establece que las personas morales del Rgimen pagarn el impuesto del ejercicio durante el mes de marzo del ao siguiente. Pagos provisionales mensuales. (desaparecen los pagos semestrales) No se contempla la deduccin de los terrenos para fines agrcolas y ganaderos. Deducir como gasto las erogaciones efectivamente realizadas para la adquisicin de los activos fijos, gastos o cargos diferidos destinados a las actividades primarias con ingresos menores a 423 SMG ($9,998,620). El SAT podr otorgar FA y de comprobacin, por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentacin de ganado y gastos menores: Hasta por un 10% de sus ingresos sin que exceda de $800,000 pesos

Rgimen de las actividades agrcolas, ganaderas, silvcolas y pesquerasFacilidades Administrativas Aplicables a partir del 1 de enero de 2014 PP de ISR de forma semestralOpcin para aplicar CU en PPPM constituidas por PF Deduccin de activos = gastosISR a la tasa del 21% por los primeros 100 millones de ingresos

Cooperativas de Produccin Las sociedades cooperativas de produccin, integradopor personas fsicas, pagarn el ISR, hasta que sedistribuya la utilidad gravable. Diferir 3 aos el ISR

Coordinados

Se reincorpora la posibilidad para que las PF y PM con varios coordinados, cumplan sus obligaciones de manera individualRgimen aplicable a copropiedad en coordinadosFacilidad de pagos provisionales, retenciones a nmina y deducciones ciegas (8% sobre ingreso)

CUFIN (Dividendos)Retencin adicional de 10% PF Residentes en el extranjeroAfectos a retencin por utilidades obtenidas a partir 2014Exentas las utilidades obtenidas hasta 2013Obligacin de separar utilidad fiscal neta De 2001 a 2013, para estar exento De 2014 en adelante, retener 10% Si no se separan, retener 10%CUCA Se establece que el saldo inicial al 1 de enero del 2014, puede ser el que se tena al 31 de diciembre del 2013

Clculo con base en LISR 2013

Personas morales no lucrativas No podrn continuar en el rgimen Instituciones de enseanza que no cuenten con autorizacin para recibir donativos Las dedicadas a actividades deportivas CONADE Remanente distribuible 2013 Socios o integrantes acumulan cuando se entregue en efectivo o en bienes Informativas donatarias legislativas

Personas Fsicas

Personas Fsicas Tabla de subsidio para el empleo

CuotaTasa(porDe$ 392,841$ 750,000$ 1,000,000$ 3,000,000A$ 750,000$ 1,000,000$ 3,000,000En adelanteFija$ 73,703$ 180,851$ 260,851$ 940,851Excedente30%32%34%35%Tarifa de ISR a PF

Ingresos Anuales

Tarifa de ISR a PF

Ejemplo:IncrementoMensuales$ 60,000$ 96,000$ 192,000$ 240,000Anuales$ 750,000$ 1,200,000$ 2,400,000$ 3,000,0002013$ 180,851$ 315,851$ 675,850$ 855,8512014$ 180,851$ 324,850$ 736,850$ 940,851$ *$ 8,999$ 61,000$ 85,000ISRIngresosPersonas FsicasExencin en Venta de Casa Habitacin Exento la Enajenacin de Casa Habitacin menor a 700,000 UDIS ( $ 3.7 Millones)Excedente determinar Ganancia y Calcular Impuesto. Considerar Deduccin en Proporcin a Ingreso Gravable Exencin solo en caso de no haber enajenado casa habitacin en los ltimos 5 aos

2014Enajenacin Casa Habitacin2013Venta exenta:En UDISEn Pesos (aprox)

Requisitos:No haber enajenado otraCasa en 5 aosAnte Notario PblicoHaberla habitado

Requisitos especiales:Haberla habitado ms de 5aos 1,500,000$7,400,000

Si

SiSi

Sin lmite de valor 700,000$3,500,000

Si

SiSi

Lmite a 700 mil UDIs

Venta Casa Habitacin

Ejemplo:2013

Dic. 2013$ 8,000,000$ 7,400,000

$ 600,000

Exento2014

Ene. 2014$ 8,000,000$ 3,500,000

$ 4,500,000

GravableFecha de ventaValor enajenacinImporte exentoUtilidad fiscal para pagoProvisional de ISR

Nota:Si el contribuyente habit Ms de 5 aos

Supuestos:Sin enajenacin en 5 aosRgimen de Incorporacin FiscalEliminacin del Rgimen Intermedio y de los REPECOSSe Incorpora este nuevo Rgimen: nicamente Actividad Empresarial: Enajenacin de Bienes o Presten Servicios que no requieran ttulo profesional Ingresos no mayores a $ 2000,000 en ejercicio inmediato anterior Estimar ingresos cuando inicien actividades en forma proporcional

Rgimen de Incorporacin FiscalClculo y entero del ISR Bimestral, a ms tardar da 17 La Utilidad Base ser la diferencia entre Ingresos obtenidos menos la suma de las deducciones autorizadas indispensables, las erogaciones en adquisicin de activos fijos y la PTUEn caso de diferencia negativa, se podr deducir en periodos siguientes

Rgimen de Incorporacin Fiscal

Tabla de Reduccin

AO 1AO 2AO 3AO 4AO 5AO 6AO 7AO 8AO 9AO 10100%90%80%70%60%50%40%30%20%10%

Incorporacin Fiscal de Repecos alRgimen GeneralOpcin para PF con actividades: Agropecuarias. Empresariales. De servicios, que no requieran ttulo. Los que obtengan comisiones menores al 30% de sus ingresos.No pueden optar: Socios, accionistas, integrantes de PM partes relacionadas, yvinculados con otros incorporados. Dedicados a negocios inmobiliarios, financieros, espectculospblicos, franquiciatarios, A en P, etc

Incorporacin Fiscal de Repecos alRgimen GeneralObligaciones: Contabilidad por medio del SAT Proporcionar CFDI deducibles Pagar erogaciones por medios bancarios a partir de $2 mil Presentar declaraciones bimestrales Retener ISR a salarios y asimilables Enterar por bimestreBeneficios Plan de reduccion gradual del ISR en 10 aos Primer ao, se reduce 100% el ISR Pago de ISR simplificado, por medio de mecanismos del SATEnajenacin de Acciones en Bolsa de ValoresObligadas a pagar el 10% de la ganancia obtenida en las siguientes enajenacionesDe acciones emitidas por sociedades mexicanas o extranjeras que se realice en bolsa de valoresDe Ttulos que representen ndices accionariosDe acciones en mercados de derivados Mediante operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones colocadas en bolsa de valores

Ganancia por Enajenacin de AccionesEn mercado burstil:

ISR

Los intermediarios financieros informarn a Mas tardar en febrero 15 de cada ao, nombre,RFC, domicilio y datos de enajenacin de las Acciones

2013

0%

N/A

2014

10%

SI

Limite de deducciones temporalesEl Monto total de las Deducciones personales no podrn exceder al importe menor entre: 4 Salarios Mnimos Anuales del rea Geogrfica del Contribuyente. ($92,000)10% del total de los Ingresos del Contribuyente (Incluyendo por los que no se pague el impuesto). Excepto Donativos

Deducciones Personales

A partir de 2014, se limitan deducciones personales al 10%de los ingresos anuales o 4 SMGA, sin incluir donativos, loque sean menor. Ejemplo: 2013

Ingresos Anuales Percibidos $ 2,000,000 2014

$ 2,000,000Deducciones Personales

Limitacin: 10% sobre ingresos, 4 SMGA

Deducible$ 500,000

$ 500,000$ 500,000

$ 200,000$ 98,243

$ 98,243Lmite en Deducciones PersonalesHonorarios Mdicos y Dentales, incluyendo los Gastos Hospitalarios y tambin los Gastos de Transportacin Escolar

Debern pagarse mediante cheque nominativo, transferencia electrnica de fondos, tarjeta de crdito, debito o de servicios

Principales Cambios a Extranjeros Arrendamiento de Remolques o semirremolques Importados temporalmente hasta por un mes, causarn 5% deISR. Regalas Condicionadas a la productividad, uso o disposicin ulterior,causarn el 35% de ISR Ganancia por Enajenacin de Acciones Causar 10% de ISR por la ganancia En mercado burstil

Retencin de ISR por Intereses

Se mantiene en 0.60% la tasa anual de ISR que deben retener las Instituciones del sistema financiero en el pago de intereses. Esta tasa de retencin se calcula sobre el capital invertido y no sobre los intereses pagados, por lo que en ocasiones resulta excesiva. Residentes en el ExtranjeroIntereses La mecnica para la ganancia en la enajenacin de acciones de Sociedades de Inversin en Renta Variable se homologa a la mecnica de las Sociedades de Inversin en Instrumentos de Deuda

Eliminacin registro de bancos

SOFOMES Las SOFOMES que paguen intereses al extranjero aplicarn la tasa del 4% siempre que sean de las que formen parte del sistema financiero

Regalas Regalas

Se precisa que la enajenacin de los bienes o derechos por los cuales se paguen regalas, se considerara que se concede el uso o goce temporal siempre que dicha enajenacin se encuentre condicionada a la productividad, el uso o a la disposicin ulterior de los mismos bienes o derechos

Regmenes Fiscales PreferentesEl impuesto por dividendos no se considerara para determinar el 75% del ISR que se pagara en Mxico Se incorporan como ingreso pasivo, los ingresos por (i) enajenacin de inmuebles, (ii) otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y (iii) aquellos percibidos a ttulo gratuito Se establece la posibilidad de acreditar el ISR en los 10 ejercicios siguientes No aplica 10% adicional sobre dividendos

Maquiladoras Exclusividad de ingresos Retorno de mercancas temporales No maquila la transformacin o reparacin de mercancas cuya enajenacin se realice en Mxico y no se encuentre amparada con un pedimento de exportacin Safe Harbor y APA

Maquiladoras Declaracin informativa para Maquiladoras Obligacin de presentar una declaracin informativa de sus operaciones a ms tardar en el mes de junio de cada ao, segn se establezca mediante reglas de carcter general Maquiladoras de albergueSe limita a tres aos el beneficio relativo a que las maquiladoras bajo la modalidad de albergue no generan EP a un extranjero

Maquiladoras Resolucin Miscelnea Definicin ingresos de maquila Reglas Apa Disposiciones transitorias de la RM Decreto del 26 de diciembre de 2013

Decreto 26 XII-13Deduccin Adicional La mitad del monto de salarios exentos Restarle 3% Plazo de 2 aos para cumplir con requisito 30% activos fijosSe deroga el Artculo 11 del decreto de Oct 2003 No da derecho a la devolucinNo ingreso acumulable

Cdigo Fiscal de la

Federacin

Domicilio FiscalSe tiene como domicilio fiscal el que hayan manifestado a la entidad financiera

Trmite de Firma ElectrnicaAvanzada

Comparecencia de Personas FsicasPara acreditar identidad slo podr efectuarse mediante apoderado o Representante Legal en caso de:IncapacesMenores de edadResidentes en el extranjeroEnfermos u hospitalizadosInternos en penalesOtros que sealen reglas de carcter general

Cancelacin de certificados de Sello Digital

Cuando las autoridades fiscales:Detecten omisin de presentacin de 3 o ms declaraciones peridicas consecutivas o 6 no consecutivasDurante el PAE, no localicen al contribuyente o desaparezcaEn facultades de comprobacin no pueda ser localizado, desaparezca, no presente contabilidad tenga CFDI que amparen operaciones inexistentes, simuladas o ilcitasBuzn FiscalConcepto - Sistema de comunicacin electrnico entre el SAT y los contribuyentes Autoridad fiscal: Notificara cualquier resolucin administrativa en documentos digitales, incluyendo los recurribles tales como liquidaciones y crditos fiscales en general Contribuyentes: Presentarn promociones, solicitudes, avisos, Recurso administrativo de Revocacin y atendern requerimientos.

Buzn Fiscal

Podrn consultar sobre su situacin fiscal y cuando reciban un aviso electrnico del SAT, debern abrirlo dentro de los 3 das siguientes. En caso de no hacerlo, al cuarto da hbil se entender como realizada. Los requerimientos en solicitudes de devolucin se notificarn por la autoridad fiscal en documento digital mediante buzn tributario y as deber utilizarse por los contribuyentes

Buzn FiscalVigencia:

Personas Morales a partir del 30 de junio de 2014Personas Fsicas a partir del 1 de enero de 2015

Pago de Contribuciones Se acepta como medio de pago tarjetas de crdito y dbito conforme a reglas de carcter general SAT, previa opinin de la Tesorera de la Federacin, podr autorizar otros medios de pago

Devolucin de contribuciones Plazo general: 40 das Eliminan plazo especial de 25 das a contribuyentes dictaminados Eliminan plazo especial de 20 das a contribuyentes que expidan sus propios comprobantes fiscales digitales Los requerimientos en materia de devoluciones se realizarn mediante documento digital (buzn tributario)

Responsabilidad SolidariaSocios o accionistas: Sustituyen monto de participacin en el capital social por porcentaje de participacin, siempre que tengan control efectivo de la sociedad Albaceas o representantes de la sucesin

RFC Obligados:PM y PF que hayan abierto una cuenta en entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y prstamo 10 das para aviso de cambio de domicilio y de no ser localizado en el mismo, no surtir efectos lo cual ser notificado mediante buzn tributario El SAT realizara la inscripcin al RFC con base en la informacin de la Clave nica de Registro de Poblacin (CURP)

ContabilidadRegistros o asientos se llevarn en medios electrnicos en el domicilio fiscalIngresarn de forma mensual su informacin contable a travs de la pgina de internet del SAT, conforme a reglas de carcter generalPor Disposicin Transitoria entrar en vigor en forma escalonada de las obligaciones anteriores diferenciando clases de contribuyentes y considerando cobertura tecnolgica de las regiones del pas

CFDI CFDI obligatorio: 1o de enero de 2014 Se eliminan: Estados de cuenta bancarios Comprobantes impresos (regla general) Debern expedirse CFDI: Devoluciones, descuentos y bonificaciones

Contribuyentes con ingresos anuales superiores a $250 mil y PM sin fines de lucro debern utilizar CFDIEl archivo electrnico del CFDI deber ser entregado a los clientes el mismo da de su emisin

CFDICFDI que se generen por retencin de contribuciones, debern contener los requisitos que determine el SAT mediante reglas de carcter generalContribuyentes con ingresos menores o iguales a $250 mil, podrn seguir utilizando comprobantes fiscales impresos con Cdigo de Barras Bidimensional (CBB)

Revelacin de informacin imprecisaObligacin de presentar informacin de operaciones que seale la forma oficial 30 das siguientes a la celebracin y si se presenta incompleta o con errores otro plazo igual En caso contrario se considera incumplida la obligacin fiscal Busca suplir la eliminacin de informacin del dictamen del CPR

Dictamen fiscalSe elimina el dictamen obligatorio para efectos fiscales Opcional:Ingresos acumulables 100 millonesValor de activos 79 millonesTrabajadores mnimo 300 No podrn ejercer opcin entidades paraestatales de la Administracion Publica Federal

Obligaciones de entidades financierasNuevas obligaciones:Proporcionar al SAT informacin de cuentas, crditos o prstamos otorgados a PF y PM o cualquier tipo de operacin que solicite Obtener nacionalidad; residencia; fecha y lugar de nacimiento; cdula fiscal, si es residente en el extranjero y CURP, en adicin a la dems informacin vigente Verificar con SAT el RFC de cuentahabientes

Nueva Declaracin InformativaDeclaracin informativa de situacin fiscal al 30 de junio del ao inmediato posterior PM con ingresos acumulables para ISR igual o mayores a $644,599,005 y quienes al cierre del ejercicio tengan acciones en bolsa de valores Sociedades mercantiles de rgimen fiscal opcional Entidades paraestatales de la Admon. Pub. Fed.PM residentes en el ext. con EP en MxicoPM con operaciones con Residentes en el Extranjero

Medidas de ApremioEstablecen orden de prelacin a observar en la aplicacin de las medidas

Auxilio de fuerza pblicaMultaAseguramiento precautorioDesobediencia mandato legtimo de autoridad

El aseguramiento precautorio opera:

Si el contribuyente no se localiza o desapareceInformales sin RFC o sin comprobantes de mercanca Riesgo inminente de que oculte o venda bienes

Medidas de ApremioRequiere determinacin provisin al de adeudos fiscales presuntos y solo hasta dicho monto Precisa levantamiento de acta circunstanciada Debe sujetarse al orden de ley: Bienes inmuebles Cuentas por cobrar, acciones, bonos, crditos y otros Derechos de autor, patentes, marcas y otros Obras de arte, colecciones, joyas, dinero y metales preciosos Depsitos bancarios e inversiones (solo cuando desocupe, desaparezca del domicilio fiscal sin presentar aviso o se ignore) Otros bienes muebles y negociacin del contribuyente

Facultades de Comprobacin Revisin de gabinete por buzn tributario Adicionan revisiones electrnicas basndose en anlisis de informacin y documentacin de las contribuciones que obre en poder del SAT Obligacin del SAT de informar al contribuyente de los hechos u omisiones que se vayan conociendo

Revisiones ElectrnicasEl SAT emitir resolucin provisional con la pre- liquidacin respectiva Se otorga un plazo de 15 das para desvirtuar hechos, probar el pago o para corregir De aportarse pruebas el SAT tiene 40 das para emitir resolucin por buzn tributario De no impugnarse la resolucin provisional se vuelve definitiva e inicia el PAE

Determinacin presuntiva de la utilidad fiscalIntegran en un solo ordenamiento las facultades de las autoridades fiscales en materia de determinacin presuntiva Trasladan de la LISR al CFF: Determinacin presuntiva de utilidad fiscal para ISRDeterminacin presuntiva de precio o monto de contraprestacin para modificar utilidad o prdida fiscal

Pago o Garanta de Contribuciones Omitidas Plazo de 30 das siguientes al de surtimiento de efectos

Autocorreccin en Revisiones FiscalesEl SAT podr autorizar el pago a plazos de contribuciones omitidas cuando el 40% del monto adeudado represente ms de la utilidad fiscal del ultimo ejercicio fiscal en que se haya tenido. Procedimiento: Deber presentarse solicitud con proyecto de pagos, fechas y montos concretos El SAT valora y emite resolucin en 15 dasDe aceptarse, inicia cumplimiento de pagos

Apertura del Secreto Fiscal Procede publicacin en pgina de internet del nombre, denominacin y RFC: Quienes tengan crditos fiscales (CF) firmesCF determinados no pagados o garantizadosInscritos en el RFC no localizadosCon sentencia condenatoria de delito fiscalCF incosteables o insolventes 146-A CF condonado

Uso indebido de CFDIEmisin de CFDI por actos inexistentes, sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad para prestar servicios o comercializar: Notificacin del SAT en buzn tributario o publicacin en pgina de internet o DOF para exhibirlos 15 das para desvirtuar observaciones5 das para valorar pruebas y notificar resolucin en buzn, DOF y pgina del SATEfectos de publicacin en el listado: No produccin de efecto fiscal alguno de las operaciones consignadas

Uso indebido de CFDILas PF o PM que hayan dado efecto fiscal a los CFDI del contribuyente incluido en el listado debern corregir su situacin fiscal o, acreditar que adquirieron bienes o recibieron servicios, en el plazo de 30 das En caso de no hacerlo el SAT determinara el crdito fiscal y se considerarn las operaciones consignadas en los comprobantes como simuladas

Acuerdos ConclusivosAplicable a contribuyentes en plena revisin En desacuerdo con hechos u omisiones asentados en actas u oficio de observaciones Se tramita ante PRODECON en cualquier momento y hasta antes de que se notifique CF SAT cuenta con 20 das para aceptar o no acuerdo PRODECON 20 das para concluir procedimiento

Pago en Parcialidades o DiferidoEl SAT podr autorizar el pago a plazos de contribuciones omitidas cuando el 40% del monto adeudado represente ms de la utilidad fiscal del ultimo ejercicio fiscal en que se haya tenido. Procedimiento: Deber presentarse solicitud con proyecto de pagos, fechas y montos concretos El SAT valora y emite resolucin en 15 dasDe aceptarse, inicia cumplimiento de pagos

Infracciones fiscales Adecuaciones diversas de conductas infractoras Relacionadas con marbetes y precintos Relacionadas con cigarros y tabacos labradosDictamen de estados financieros Comprobantes fiscales

Acuerdos ConclusivosSuspensin de plazos de 46-A y 50 del CFF cuando se inicie procedimiento ante PRODECON y hasta que se notifique al SAT la conclusion Condonacin 100% de multas primera ocasin No son impugnables los Acuerdos Conclusivos ni tampoco generan precedentes hacia terceros

Infracciones fiscales Adecuaciones diversas de conductas infractoras Relacionadas con marbetes y precintos Relacionadas con cigarros y tabacos labradosDictamen de estados financieros Comprobantes fiscales

Delitos fiscalesResponsabilidad penal: Quienes en virtud de un contrato propongan o lleven a cabo actos u operaciones que deriven en la comisin de un delito Defraudacin fiscal:Cuando existan ingresos o recursos de procedencia ilcitaCuando omitan contribuciones trasladadas Declarar prdidas fiscales inexistentes Buzn fiscal:Quien lo modifique, destruya o ingrese ilegalmente

Delito de domicilio fiscal Adicionan tipo penal de desaparicin del local sin presentar aviso

Desaparicin del local; cuando la autoridad acude en 3 ocasiones consecutivas dentro de 12 meses y no pueda practicar la diligencia

Delitos de CFDI con actos simuladosPena de 3 meses a 6 aos

A quien expida, adquiera o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurdicos simulados

Recurso de Revocacin Deber presentarse mediante buzn tributario Dentro de los 30 das siguientes a aquel en que haya surtido efectos su notificacin Tambin podr enviarse a travs de los medios que autorice el SAT mediante reglas de carcter general

LEY ANTILAVADO

Actividades VulnerablesQuines realizan actividades vulnerables en trminos de la Ley Federal para la Prevencin e Identificacin de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilcita1. Las Entidades Financieras, a travs de los actos, operaciones y servicios que realizan de conformidad con las leyes que regulan a cada una de ellas.

2. Aquellas actividades econmicas a las que por su naturaleza y caractersticas, el tipo de bienes o servicios que emiten o comercializan y su operacin, la Ley Federal para la Prevencin e Identificacin de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilcita las cataloga como tal; son las siguientes:

Ante qu autoridad se presenta el trmite de Alta y registro?

Se presenta ante el SAT https://sppld.sat.gob.mx/sppld/Qu se requiere para realizar el trmite de Alta y registro? Estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes

Firma Electrnica Avanzada vigente

Cumplir con los requisitos del artculo 4 de las reglas

Qu informacin deben contener los avisos?

Consultar los formatos publicados el 30 de Agosto o el Portal

https://sppld.sat.gob.mx/pld/interiores/actividades_vulnerables.html

Cundo debo presentar el primer aviso y desde qu fecha incluyo operaciones?Se reportan las operaciones a partir del 1ro de Noviembre del 2013 y se debi haber presentado el pasado 17 de Enero del 2014

Las obligaciones para los que realizan actividades vulnerables

Nombrar al oficial de cumplimientoDarse de AltaIdentificar a clientes y a usuariosPresentar los avisos Conservar la documentacin Atender requerimientos de la autoridad

Nota: No cumplir con las obligaciones generara sanciones importantesImpuesto al Valor Agregado

Impuesto al valor agregado Retencin de IVA sectorial se elimina Tasa 16% - regin fronteriza Transporte areo de carga exportacin Tasa 16% Mascotas Chicles Alimento para mascotas SOFOMES Factor de acreditamiento

Impuesto al Valor Agregado

Enajenaciones y Servicios

Franja fronteriza

Perros, gatos y mascotas

Alimentos para perros, gatos y mascotas

Chicles o gomas de mascar

Hotelera a extranjeros por congresos

Transportacin area de bienes2013

11%

0%

0%

0%

0%

0%2014

16%

16%

16%

16%

16%

16%Impuesto al Valor Agregado

Enajenaciones y Servicios

Importaciones temporales

Transporte forneo de personas

Transporte pblico en ferrocarril

Faltante de inventario

Servicios en forma gratuita2013

Exento

Exento

Exento

Incongruente

Inadecuado2014

16%

16%

16%

16%

16%Impuesto al Valor Agregado Transporte publico terrestre exento urbano suburbano metropolitano

Servicios de hotelera Previos 8 de septiembre 2013 Cobro hasta junio 2014

Impuesto al Valor Agregado Reglas especiales

Personas que opten por Rgimen de Incorporacin Fiscal - bimestralPersonas fsicas con ingresos por arrendamiento - trimestral

Impuesto al Valor Agregado Momento de causacin del impuesto

Faltantes de inventarios cuando se conozca Donaciones gravadas entrega o comprobante Servicios prestados de manera gratuita cuando se preste el servicio

Impuesto al Valor Agregado Cobros despus enero 11, 2014 CFDI complementario Trasladar IVA adicional Hacer referencia al comprobante anterior con la leyenda: "Este CFDI es complementario del (anotar si es comprobante fiscal con dispositivo de seguridad, CFD o CFDI), expedido con el folio __ de fecha ______"Exhibir el comprobante que dio origen a la operacin, en trmites con las autoridades fiscales

Impuesto al Valor Agregado Declaratorias de IVA incluir hasta 2013 Decreto 26 de diciembre Acreditar el 100% del IVA que deba pagarse por la prestaciones de servicios de hotelera y conexos a turistas extranjeros que ingresen exclusivamente para participar en estos eventos Acreditar el 100% de IVA a los prestadores de servicios de centros de convenciones y exposiciones y servicios complementarios a organizadores residentes en el extranjero

Impuesto al Valor Agregado Decreto 26 de diciembreNo trasladar el IVACumplir requisitos de acreditamientoNo aplica a viajes de incentivos

Decreto Maquilas - IVAEnajenacin de extranjero a empresa con programa IMMEX Rgimen Similar Automotriz terminal / manufacturera Bienes bajo programa Retencin de IVA Acreditable en la declaracin mensual que corresponda Bienes que forman parte de una cadena de suministro

Ley del Impuesto Empresarial a Tasa nicaAbrogadaObligaciones y derechos que nacieron durante la vigenciaDebern cumplirse en monto, forma y plazos establecidosNoveno transitorio

Publicada el 1 de octubre del 2007

IA por recuperar, sigue existiendo

Ley del Impuesto a los Depsitos en Efectivo AbrogadaObligaciones y derechos que nacieron durante la vigenciaDebern cumplirse en monto, forma y plazos establecidos

IDE retenido pendiente de acreditar, podr acreditarse, compensarse o solicitarse en devolucin

Instituciones financierasEstn obligadas a proporcionar anualmente a ms tardar el 15 de febrero, la informacin de los depsitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes, cuando el monto mensual acumulado por los depsitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en la misma institucin excedan de $15,000

Ley del Impuesto a los Depsitos en Efectivo Impuestos Especial Sobre Produccin y ServiciosBEBIDAS SABORIZADAS CON AZCARES AADIDAS$1.00 por litro

No AplicaJarabes y bebidas saborizadas con registro sanitarioSuero oralLeche, cualquier presentacin incluida la mezclada con grasa vegetalLas que realicen personas distintas a fabricantes, productores o importadores

PLAGUICIDAS, de acuerdo a la categora de peligro de toxicidadCategora 43.0%Categora 33.5%Categora 1y24.5%

Impuestos Especial Sobre Produccin y Servicios

ALIMENTOS NO BSICOS (CHATARRA), se introduce un nuevo impuesto del 8% a los alimentos que tengan una densidad calrica de 275 kilocaloras o mayor a 100 gramos

BotanasProductos de confiteraChocolate y dems productos derivados del cacaoFlanes y pudinesDulces de frutas y hortalizas

Impuestos Especial Sobre Produccin y Servicios

ALIMENTOS NO BSICOS (CHATARRA), se introduce un nuevo impuesto del 8% a los alimentos que tengan una densidad calrica de 275 kilocaloras o mayor a 100 gramos

Cremas de cacahuate y avellanasDulces de lecheAlimentos preparados a base de cerealesHelados, nieves y paletas de hieloPan dulce

Impuestos Especial Sobre Produccin y Servicios

COMBUSTIBLE FSIL, se grava la importacin y enajenacin de los siguientes combustibles

Cuota Unidad de medidaPropano 5.91 centavos por litroButano 7.66 centavos por litroGasolina y gas avin 10.38 centavos por litroTurbosina 12.40 centavos por litroOtros kerosenos 12.40 centavos por litro

Impuestos Especial Sobre Produccin y Servicios

Impuestos Especial Sobre Produccin y ServiciosCOMBUSTIBLE FSIL, se grava la importacin y enajenacin de los siguientes combustiblesCuotaUnidad de medidaDisel 12.59 centavos por litroCombustleo 13.45 centavos por litroCarbn mineral 15.60 pesos por toneladaCoque de petrleo36.57 pesos por toneladaCoque de carbn 27.54 pesos por toneladaOtros combustibles39,80 pesos por toneladafsiles

COMBUSTIBLE FSIL, se publicaron los factores para facilitar la conversin de unidades de peso (kg) a unidades de volumen (litros) multiplicando el nmero de KG por los siguientes factores

FactorPropano 1.9763Butano 1.7153

Impuestos Especial Sobre Produccin y Servicios

145Actos o actividades realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2014

Tratndose de la enajenacin de bienes o de la prestacin de servicios, que se hayan entregado o proporcionado antes de entradas en vigor las nuevas disposiciones y el pago de las contraprestaciones respectivas se realicen dentro de los 10 das naturales inmediatos posteriores a 2014, se podrn aplicar las vigentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigor, excepto operaciones realizadas entre partes relacionadas

Impuestos Especial Sobre Produccin y Servicios

Cerveza 2010, 2011, 201226.5%2013 26.5%2014 regresa al26.0%

Impuestos Especial Sobre Produccin y Servicios

147Bebidas alcohlicas de ms de 20 G.L.

2013 53%201452%

Impuestos Especial Sobre Produccin y Servicios

148Estmulos FiscalesEliminacin deduccin inmediata Deduccin del remanente nicamente cuando los bienes se enajenen, se pierdan o dejen de ser tilesFIBRAS Ingresos no mayor al 5% cuando la contraprestacin se determine en funcin de un % Deben estar inscritos en el registro de fideicomisos dedicados a la adquisicin o construccin de inmuebles Se elimina que Fondos de Pensiones y Jubilaciones pueden invertir hasta un 10% de sus reservas en los certificados emitidos por las FIBRAS

Estmulos FiscalesEliminacin de las SIBRASEn 2016 se acumula el ISR diferido o antes si se enajenan los inmuebles o las acciones de la SIBRADeduccin inmediata de terrenos para desarrolladores inmobiliarios Acumulacin despus del tercer ejercicio inmediato posterior al que fue adquirido el terreno si no se ha enajenado (costo de adquisicin actualizado) Acumulacin de un 3% del monto deducido en 2013 o anteriores, por cada ejercicio hasta el ao anterior a la venta

Estmulos FiscalesSe incorpora un nuevo concepto en el estmulo de cinematografaProyectos de inversin en la distribucin de pelculas nacionales Se elimina estmulo del fomento al 1er. EmpleoSe mantiene la aplicacin del beneficio hasta por un periodo de 36 meses contados a partir de la creacion del dicho puesto

Estmulos FiscalesPatrones que contraten a personas que padezcan discapacidad o a adultos mayoresSe prev un estmulo del 25% del salario efectivamente pagado a las personas mayores de 65 aos (considerando la totalidad de los salarios que sirvan de base para calcular las retenciones de ISR)No se establece con claridad si el estmulo es una deduccin o un crdito

Estmulos FiscalesSociedades cooperativas de produccin Impuesto diferido hasta 2013, se pagara en el ejercicio en el que se distribuyan a los socios las utilidades gravadas Dicho impuesto se pagara conforme a la tarifa de las personas fsicas Los ingresos por los que se haya optado por acumular conforme a lo cobrado se deber continuar aplicando dicha acumulacin (cobro) nicamente por los ingresos percibidos hasta el 31 de diciembre de 2013 Las utilidades generadas a partir de 2014 y que no se distribuyan dentro de los 2 ejercicios siguientes, se deber pagar el ISR de dichas utilidades

Estmulos IEPS

Permanecen los estmulos que se haban venido otorgando:Combustibles fsiles

Adquisicin combustibles fsiles siempre que los utilicen como materia prima sin someterlos a proceso de combustinAcreditarn IEPS pagado contra ISRConcesionarios minerosConcesionarias mineras con menos de 50 MDP de ingresosAcreditarn Derecho Especial Minera contra el ISR pagado del ejercicioEstmulos Gastos

Carreteras o caminos para acreditamiento del estmulo de gastos por uso de la infraestructura carretera para transportistas de carga o pasaje

Presentar en marzo del siguiente ao, en la ALSC que corresponda, escrito libre sealando que es sujeto del estmulo fiscal

I. En el escrito, se deber incluir inventario de los vehculos que se hayan utilizado durante el ao inmediato anterior de la siguiente manera:

Denominacin del equipo, incluyendo el nombre tcnico y comercial, capacidad de carga o de pasajerosModelo de la unidadNmero de control de inventario o, el nmero de serie y datos de la placa vehicularEstmulos Gastos

Fecha de incorporacin o de baja del inventario, en caso de modificaciones durante el ao.

II. Llevar una bitcora de viaje de origen y destino, la ruta de que se trate, que coincida con el estado de cuenta de la tarjeta de identificacin automtica vehicular o de un sistema electrnico de pago.

Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE) podr proporcionar reportes que contenga la informacin requeridaEstmulos Gastos

III. Efectuar los pagos de autopistas mediante la tarjeta de identificacin automtica vehicular o cualquier otro sistema electrnico de pago y conservar estados de cuenta de dicha tarjeta o sistema.

IV. Para determinar el monto del acreditamiento, aplicar al importe pagado, sin incluir el IVA, el factor de 0.5 para toda la Red Nacional de Autopistas de CuotaFacilidades Administrativas

Se elimina el Rgimen Simplificado, era aplicable a:

Autotransporte de carga o pasajerosActividades agrcolas, ganaderas o silvcolasActividades pesquerasEmpresas integradorasSociedades cooperativas de auto-transportistasCaptulos nuevos

CoordinadosRgimen de actividades agrcolas, ganaderas, silvcolas y pesqueras

El SAT, podr otorgar facilidades de comprobacin a los dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de carga federal, forneo de pasaje y turismo hasta por un 4% de sus ingresos

En las Facilidades Administrativas publicadas el 30-DIC-13 se otorga el 8%

Se retendr ISR equivalente al 17%. No acreditable, es definitivo

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Hoja12011201220132014Crecimiento del PIB en %3.83.51.803.90Inflacin en %3.83.63.503.00Tipo de cambio promedio12.8412.2012.9012.70Barril petrleo en dlares82.0084.0098.0085.00

Hoja2

Hoja3