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RECOMENDACIÓN NÚMERO 66/96 EXP. No. CODHEM/802/94-2 y CODHEM 788/95-1, acumulados Toluca, México, septiembre 4 de 1996 RECOMENDACIÓN EN EL CASO DEL SEÑOR ALBERTO JUÁREZ VELÁZQUEZ LIC. LUIS ARTURO AGUILAR BASURTO PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO Muy distinguido señor Procurador: La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, con fundamento en los artículos 102 Apartado "B" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 4, 5 fracciones I, II y III, 28 fracción VIII, 49 y 50 de la Ley que Crea la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, ha examinado diversos elementos relacionados con la queja presentada por el señor Alberto Juárez Velázquez, en atención a lo siguiente: A) CODHEM/802/94-2 I. HECHOS 1. En fecha 6 de mayo de 1994, el señor Alberto Juárez Velázquez presentó escrito de queja, manifestando, entre otras cosas, que: "En septiembre de 1992 fui demandado por mi hermana, Sra. Francisca Concepción Juárez Velázquez, pidiendo la reivindicación del inmueble que desde 1971 a la fecha estoy en posesión física del mismo, ya que tengo todos los recibos originales de pago de predial, licencia de construcción, prestación de agua, luz, drenaje, etc.; debido a que mi hermana presenta la escritura no. 12377 de fecha agosto-77 a su nombre, la cual fue protocolizada por el Lic. Luis Ibarrola Cervantes, Notario Público No. 12 (ya fallecido) y en la cual se hace constar que se llevó a cabo un juicio sucesorio intestamentario promovido por la Sra. Francisca Concepción Juárez Velázquez, al cual nunca fui llamado por autoridad alguna y donde se le reconoce como única y universal heredera de la sucesión bajo el expediente judicial no. 610/76, el cual no aparece en ninguna dependencia que le compete [sic], como lo podrá constatar con los documentos que anexo." 2. A su escrito, el quejoso agregó copias simples, entre otros, de los siguientes documentos: a) Diversas constancias que integran el expedientillo 610/76 tramitado ante el Juez primero de lo Civil de Primera Instancia de Cuautitlán, México. CODHEM 36

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RECOMENDACIÓN NÚMERO 66/96

EXP. No. CODHEM/802/94-2 yCODHEM 788/95-1, acumulados

Toluca, México, septiembre 4 de 1996

RECOMENDACIÓN EN EL CASO DEL SEÑORALBERTO JUÁREZ VELÁZQUEZ

LIC. LUIS ARTURO AGUILAR BASURTOPROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DELESTADO DE MÉXICO

Muy distinguido señor Procurador:

La Comisión de Derechos Humanosdel Estado de México, con fundamentoen los artículos 102 Apartado "B" de laConstitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 16 de laConstitución Política del Estado Librey Soberano de México; 1, 4, 5fracciones I, II y III, 28 fracción VIII, 49y 50 de la Ley que Crea la Comisión deDerechos Humanos del Estado deMéxico, ha examinado diversoselementos relacionados con la quejapresentada por el señor Alberto JuárezVelázquez, en atención a lo siguiente:

A) CODHEM/802/94-2

I. HECHOS

1. En fecha 6 de mayo de 1994, elseñor Alberto Juárez Velázquezpresentó escr i to de queja,manifestando, entre otras cosas, que:"En sept iembre de 1992 fu idemandado por mi hermana, Sra.Francisca Concepción Juárez

Velázquez, pidiendo la reivindicacióndel inmueble que desde 1971 a lafecha estoy en posesión física delmismo, ya que tengo todos los recibosoriginales de pago de predial, licenciade construcción, prestación de agua,luz, drenaje, etc.; debido a que mihermana presenta la escritura no.12377 de fecha agosto-77 a sunombre, la cual fue protocolizada porel Lic. Luis Ibarrola Cervantes, NotarioPúblico No. 12 (ya fallecido) y en lacual se hace constar que se llevó acabo un ju ic io sucesor iointestamentario promovido por la Sra.Francisca Concepción JuárezVelázquez, al cual nunca fui llamadopor autoridad alguna y donde se lereconoce como única y universalheredera de la sucesión bajo elexpediente judicial no. 610/76, el cualno aparece en ninguna dependenciaque le compete [sic], como lo podráconstatar con los documentos queanexo."

2. A su escrito, el quejoso agregócopias simples, entre otros, de lossiguientes documentos:

a) Diversas constancias que integranel expedientillo 610/76 tramitado anteel Juez primero de lo Civil de PrimeraInstancia de Cuautitlán, México.

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b) Testimonio segundo de la escrituranúmero 15151, volumen 145, de fecha26 de julio de 1971, relativa a la daciónen pago otorgada por el Estado deMéxico a través del Profr. Carlos HankGonzález y Lic. Ignacio PichardoPagaza, Gobernador Constitucional ySecretar io de Gobierno,respectivamente, a favor de la señoraConcepción Velázquez viuda deJuárez; celebrada ante la fe del Lic.Claudio Ibarrola Muro, Notario Públiconúmero 3 del Distrito Judicial deTlalnepantla, México.

c) Inst rumento número 12377,volumen 171, de fecha 24 de agostode 1977, relativo a la protocolizaciónde inventar ios y avalúos y laadjudicación por herencia de losbienes que forman el caudalheredi tar io de la sucesiónintestamentar ia a b ienes deConcepción Velázquez Cantero Viudade Juárez, instrumentada por elNotario Público Número 12 del DistritoJudicial de Tlalnepantla, México, Lic.Luis Ibarrola Cervantes.

d) Oficio 202/A.G.N./625/94 de fecha25 de marzo de 1994, mediante el cualla Lic. H. Leticia Paniagua Hernández,Jefe del Archivo General de Notaríasdel Estado de México, hizo constar que". . . habiéndose pract icado unabúsqueda en el apéndice dedocumentos del volumen 171,Escritura 12,377, de fecha 24 deagosto de 1977, otorgada ante la fe delLic. Luis Ibarrola Cervantes, NotarioPúblico número 12 del Distrito Judicial

de Tlalnepantla, México, no se localizóel expediente judicial número 610/76."

e) Oficio SG-209/NOT/167/94 defecha 8 de abril de 1994, a través delcual la Lic. Liliana Castañeda Salinas,Jefe del Departamento de Control ySupervisión del Notariado de laDirección General de Gobernación delEstado de México, comunicó al señorAlberto Juárez Velázquez, que elexpediente número 610/76 no habíasido localizado, previa la búsquedarespectiva.

3. Mediante oficio 2825/94-2 de fecha10 de mayo de 1994, se solicitó del Lic.Jesús Arroyo García, en ese entoncesDirector General de Gobernación delEstado de México, informe detalladosobre los hechos motivo de la queja.

4. A través de oficio SG-209/250/94 defecha 24 de mayo de 1994, el Ing.Jesús C. Arroyo García, entoncesDirector General de Gobernación delEstado de México, remitió el informerequerido, exponiendo, entre otrascosas, que:

"a). Mediante escrito fechado el 18 deenero del año en curso, el C. AlbertoJuárez Velázquez sol ic i tó laintervención del Departamento deControl y Supervisión del Notariadoadscrito a esta Dependencia, a fin deobtener la devolución del expedientenúmero 610/76 del Juzgado Civil dePrimera Instancia del Distrito Judicialde Cuautitlán, México, el cual fueremitido en el año de 1977, para lacontinuación de su trámite a la notaría

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pública número 12 del Distrito Judicialde Tlalnepantla, México, en eseentonces a cargo del Licenciado LuisIbarrola Cervantes.

b) . En la instancia jud ic ia lcorrespondiente, en el expedientemencionado se concluyó la etapa denombramiento de herederos ydesignación de albacea, en tal sentidose reconoció como única y universalheredera a bienes de la C. ConcepciónVelázquez Cantero Vda. de Juárez, ala C. Francisca Concepción JuárezVelázquez, a quien también se ledesignó como albacea de dichasucesión. En consecuencia, e lL icenciado Ibarro la Cervantescontinuó el trámite sucesorio ymediante instrumento 12,377 delvolumen 131 de fecha 24 de agosto de1977, hizo constar la protocolizaciónde inventar ios, avalúos y laadjudicación por herencia de losbienes de la sucesión intestamentariade la de cujus mencionada,adjudicándose a la C. FranciscaConcepción Juárez Velázquez, el lotemarcado con el número 96 de lamanzana V de la Colonia el Repartidorubicada en Cuautitlán, México ...

c) . Por of ic io númeroSG-209/NOT/109/94 de fecha 17 demarzo del año en curso, se solicitó alLicenciado Claudio Ibarrola Muro, hijodel extinto notario, Licenciado IbarrolaCervantes, y actual titular de la NotaríaPública Número 3 del Distrito Judicialde Tlalnepantla, México, realizara unabúsqueda en el archivo de la notaría asu cargo, para localizar el expediente

aludido, quien en fecha 4 de abril delpresente año dio contestación a dichasolicitud, señalando que el referidoexpediente no se encuentra en elarchivo de su notaría y nunca obró enél ....

d) . Mediante of ic io númeroSG-209/NOT/123/94 [sic] de fecha 25de marzo del presente año, se solicitóa la Licenciada Isabel Julia V. Rojas deIcaza, actual titular de la NotaríaPública Número 12 del Distrito Judicialde Tlalnepantla, México, realizarabúsqueda del expediente en cuestiónen el archivo de la notaría, informandopor escrito de fecha 5 de abril del añoen curso, que en la notaría a su cargono se encuentra el expediente, ya queen esa fecha ella no fungió comonotario, agregando no haber recibidoprotocolos ni expedientes de suantecesor ....

e) . A t ravés del of ic io númeroSG-209/NOT/167/94 del día 8 de abrilde este año, la C. Jefe delDepartamento de Contro l ySupervisión del Notariado, informó alC. Alberto Juárez Velázquez respectode las respuestas emitidas por losfedatar ios mencionados,comunicándole además que en elexpediente de la notaría que existe enel Departamento del Notar iadomencionado, obra el acta de fecha 28de octubre de 1986, relativa a laentrega de documentación de lanotaría 12 de Tlalnepantla a dichoDepar tamento, con mot ivo delfallecimiento del Licenciado IbarrolaCervantes, a la que se acompañó un

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riguroso inventario de los documentosrecibidos, incluyendo los expedientesjudiciales que en esa fecha existían enel archivo de la notaría, sin queaparezca inventariado el expedienteque nos ocupa, documentación quecon posterioridad fue remitida para sucustodia y resguardo en el ArchivoGeneral de Notarías, según consta enel acta levantada el día 21 denoviembre de 1986; por lo que seindicó al interesado que habiéndoseagotado las instanciascorrespondientes, no se estaba en laposibilidad de obsequiar su petición ....

f). Mediante escrito de fecha 19 de abrildel año en curso, el C. Alberto JuárezVelázquez se inconformó con larespuesta emitida, solicitando a estaDependencia a mi cargo, se le dierauna contestación razonable conformea derecho, habiendo sido atendida supetición mediante oficio númeroSG-209/NOT/206/94 folio 001832,fechado el día 29 del mismo mes yaño, por el que se le informó que no esviable la solución de la queja planteadaa través de esta Dependencia, ya quede existir algún ilícito respecto a lapérdida del expediente nocorresponde a esta instancia sudeterminación ....

5. Mediante oficio 4314/94-2 de fecha1 de agosto de 1994, se solicitó del Lic.Luis Miranda Cardoso, Presidente delTribunal Superior de Justicia delEstado de México, en vía decolaboración, informe en relación alextravío del expediente número

610/76 tramitado ante el JuzgadoPrimero Civil de Cuautitlán, México.

6. A través de oficio 4719 de fecha 24de agosto de 1994, el Lic. Jorge E.Muciño Escalona, entonces SecretarioGeneral de Acuerdos del TribunalSuperior de Justicia del Estado deMéxico, remitió el informe requerido,anexando el similar rendido por el Lic.Efraín Israel Contreras, Juez PrimeroCivil de Cuautitlán, México; quien,entre otras cosas, manifiesta:

"... en el libro de gobierno de los mesesde abril a agosto de mil novecientossetenta y seis, en la foja 159 vuelta,aparece registrado el expediente610/76 que se inició el dos de agosto,referente a la sucesión intestamentariaa bienes de Concepción VelázquezCantera Viuda de Juárez, denunciadopor Francisca Concepción JuárezVelázquez, y en el renglón deobservaciones existe la leyendasiguiente CON FECHA CINCO DEMARZO DE 1977, se remitió elexpediente al Notario Público número12, L icenciado Luis Ibarro laCervantes, para su continuación.

El quejoso señor Alberto JuárezVelázquez hasta en cuatro ocasionesha solicitado se gire atento exhorto alCiudadano Juez de lo Familiar deTlalnepantla, México, con el objeto deque se gire atento oficio a las notarías3 y 12 asociadas, para el efecto de quenos remita el expediente que nosocupa y a dicha petición se haordenado se giren dichos exhortos, ycon fechas veintinueve de octubre y

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tres de diciembre del año pasado elLicenciado J. Claudio Ibarrola Muro,Notario número Tres de Tlalnepantla,México, nos ha informado que no esposible cumplimentar el oficio, esto esla devolución del expediente en virtudde que el mismo nunca obró en lanotaría a su cargo, y el quejoso haestado solicitando se le apliquenmedidas de apremio contra dichofedatario por el desacato a un mandatojudicial, pero toda vez que el fedatarioque tiró las escrituras de adjudicación,lo fue precisamente el notario númerodoce, que al parecer a la fecha hafallecido, por tal virtud le fue negada supetición por auto de fecha dieciséis dediciembre del año pasado, por virtudde que e l notar io t res no esresponsable de los actos verificadospor el notario 12, no obstante de queal parecer se encontraban asociadas.

Por otro lado, igualmente a solicituddel señor Alberto Juárez Velázquez, segiró atento exhorto, con el objeto deque la Licenciada Isabel J. Rojas deIcaza, en su carácter de NotarioPúblico número Doce de Naucalpan deJuárez, México, nos informara si seencontraba en la notaría a su cargo elexpediente número 610/76, y confecha quince de febrero del año encurso, contestó el oficio, manifestandolo siguiente: Que no se encuentra enla notaría a su cargo el expedienteantes citado, por virtud de que elexpediente se remitió por este juzgadoa su notaría, con fecha cinco de marzode mil novecientos setenta y siete yque en tal fecha no fungía comoNotario Público, siendo que su

nombramiento fue publicado en laGaceta de Gobierno con fecha veintede marzo de mil novecientos ochentay siete.

Con fecha trece de julio del año encurso, de oficio por este Juzgado, y encumplimiento a lo dispuesto por elar t ículo 141 del Código deProcedimientos Civiles, se ordenó seprocediera a hacer la reposición deautos e invest igar de of ic io laexistencia de las piezas de autosdesaparecidas, ordenándose senotificara a los interesados en formapersonal, lo que a la fecha se haverificado [sic], e igualmente se diovista a l Ciudadano Agente delMinisterio Público adscrito, mismo queal desahogar la vista por auto de fechacinco de agosto del año en curso,solicitó se le expidieran copiascertificadas de todo lo actuado, lo quese acordó de conformidad por el autode fecha nueve de los corrientes.

Por escrito presentado con fechanueve de agosto del presente año, elseñor Alberto Juárez Velázquezsolicitó se girara oficio al ArchivoGeneral de Notarías del Estado deMéxico, con el objeto de que remitacopias certificadas de la escrituranúmero 12377, de fecha veinticuatrode agosto de mil novecientos setentay siete, petición que se acordó deconformidad por auto de fecha diez deagosto del presente año.

Por todo lo anteriormente expuesto, elsuscrito estima que se encuentraimposibilitado físicamente para lograr

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la recuperación del expediente dedonde emana la queja y que es elnúmero 610/76, primeramente porqueel Notario que protocolizó la sucesióntestamentaria, se tiene conocimiento[sic] que desde hace varios añosfalleció, sin devolver el referidoexpediente. Por otro lado, como se hadicho anteriormente, se encuentra envías el expedientillo [sic] de hacerse lareposición de autos, una vez que laspartes manifiesten lo que a susintereses convenga.

Para acreditar lo anterior me permitoremitir a usted copias certificadas delas contestaciones verificadas por losNotarios número Tres y Doce, delDistrito Judicial de Tlalnepantla,México, auto que ordena la reposición,auto donde ordena [sic] se gire oficioal Archivo de Notarías del Estado ydemás constancias que est imopertinentes."

7. Por oficio 7315/94-2 de fecha 27 deoctubre de 1994, se solicitó del Lic.Luis Miranda Cardoso, Presidente delTribunal Superior de Justicia delEstado de México, en vías decolaboración, copia certificada de lasconstancias de reposic ión delexpediente 610/76, radicadas en elJuzgado Primero Civil de Cuautitlán,México, a partir del 10 de agosto de1994.

8. En oficio 6769 de fecha 23 denoviembre de 1994, el Lic. Jorge E.Muciño Escalona, entonces SecretarioGeneral de Acuerdos del TribunalSuperior de Justicia de esta Entidad

Federativa, remitió la copia certificadapeticionada.

9. Mediante oficio 7905/94-2 de fecha18 de noviembre de 1994, se solicitódel Lic. Luis Rivera Montes de Oca,entonces Procurador General deJusticia del Estado de México, copiacertificada de la averiguación previaCUA/I/3825/94.

10. A t ravés de of ic ioCDH/PROC/211/01/4183/94 de fecha6 de diciembre de 1994, se remitió elinforme requerido, agregándose elsimilar rendido por la Lic. Dulce MaríaVillada Navarro, agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa segunda deresponsabilidades de Tlalnepantla,México, por el cual expone:

"Por medio del presente me permitoinformar a Usted el estado que guardala averiguación previa citada al rubro[TLA/MR/II/642/94].

Que la C. Agente del Ministerio Públicoadscrito al Juzgado Primero Civil deCuautitlán México, envió por medio deof ic io, copias cer t i f icadas delexpediente 610/76 al C. Agente delMinisterio Público de Cuautitlán,México, por lo que hacia a la posiblecomis ión de hechos del ic t ivoscometidos en agravio de AlbertoJuárez Velázquez; quien manifiestalos siguientes hechos:

1. Que en fecha nueve de Septiembrede 1992, fue notificado de la existenciadel expediente 810/92, ventilado en elJuzgado Segundo Civil de Cuautitlán,

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México, por medio del cual su hermanaConcepción Juárez Velázquez ledemandaba la reivindicación delinmueble que actualmente ocupacomo vivienda.

Siendo que su hermana tiene comobase de su acción la escritura públicanúmero 12377 de fecha 24 de agostode 1977 expedida en su favor por elNotario Público número 12 de DistritoJudicial de Tlalnepantla, que derivó delexpediente 610/76, ventilado ante elJuez Primero Civil de Cuautitlán. Y queel denunciante considera que dichotestimonio a nombre de su hermanacontiene un acto fraudulento ya quenunca fue llamado al juicio del quederivó dicho instrumento.

2. Que el denunciante comparecióante el Juez Segundo Civi l deCuautitlán para el efecto de presentarcomo prueba de su dicho el expedientedel cual derivó la escritura en cuestión,ya que tiene posesión de dichoinmueble desde hace unos 21 años, yaque su señora madre, que era lalegítima propietaria del inmueble, se lohabía donado de manera verbal, por loque ha venido haciendo actos dedominio sobre dicho inmueble.

3. Que al solicitar el expediente 610/76al Juez Primero Civil para presentarlocomo prueba ante el Juez SegundoCivil de Cuautitlán, le fue informadoque no era posible entregárselo, yaque se había remitido al NotarioPúblico Número Doce del DistritoJudicial de Tlalnepantla, para laelaboración de la escritura pública

correspondiente, por lo que solicitóque se pidiera a la notaría en cuestiónla devolución de ese expediente. Peroque no ha podido hacerse ladevolución del expediente toda vezque el Notario Publico Luis IbarrolaCervantes, titular en ese entonces dela notaría, ya falleció, pero que de lacopia de la escritura se desprende queel Notario Público Número Tres delDistrito Judicial de Tlalnepantla seencontraba asociado con el NotarioNúmero Doce, por lo que solicitó aljuzgado enviara oficios al NotarioPúblico Número Tres para que hicierala remisión del expediente, pero quedicho Notario informó al juzgado quenunca tuvo conocimiento delexpediente ya que cada Notariollevaba su archivo y protocolo demanera independiente, y que ignora elcontenido del expediente. Así mismose envió oficio a la Notario NúmeroDoce para que hiciera la remisión delexpediente, pero la titular actualinformó al Juzgado que ella comenzóa fungir como titular de esa notaríadesde el año de 1987, habiendorecibido la notaría sin archivo, ya quelos documentos de la notaría fueronrecogidos por la Dirección General deGobierno del Estado de México ypuestos bajo custodia de notarías.

Por lo antes mencionado, al recibir lapresente averiguación se citó a losNotarios Públicos Números 3 y 12 delDistrito Judicial de Tlalnepantla,México, siendo que los notarios encuestión al declarar ratificaron entodas sus partes los informes rendidosa los juzgados requer ientes,

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señalando que desconocen elcontenido de dicho expediente, ya quenunca estuvo en poder de ninguno deellos."

11. Por oficio 8532/94-2 de fecha 14 dediciembre de 1994, se solicitó del Lic.Luis Miranda Cardoso, en vías decolaboración, copia certificada delexpediente 610/76 (reposición) a partirdel 7 de noviembre de 1994.

12. Mediante oficio 39/95-2 de fecha 4de enero de 1995, se solicitó del Lic.Luis Rivera Montes de Oca, en eseentonces Procurador General deJusticia del esta Entidad Federativa,informe sobre los avances en laintegración de la averiguación previaTLA/MR/II/642/94.

13. En oficio 0039 de fecha 6 de enerode 1995, el Lic. Jorge E. MuciñoEscalona, entonces Secretar ioGeneral de Acuerdos del TribunalSuperior de Justicia de esta EntidadFederativa, remitió la copia certificadarequerida.

14. A t ravés de of ic ioCDH/PROC/211/01/114/95 de fecha12 de enero de 1995, el Lic. Luis RiveraMontes de Oca remitió el informepet ic ionado, agregando copiacertificada de la averiguación previaTLA/MR/II/642/94, de la que seobtuvieron los siguientes datos:

a) En fecha 28 de agosto de 1994, elagente del Ministerio Público adscritoal primer turno de Cuautitlán, México,dio inicio a la averiguación previa

CUA/I/3825/94 por denuncia dehechos contenida en oficio sin númerode fecha 24 del mismo mes y año,signado por la Lic. Sandra LauraGarcía Romero, Representante Socialadscrita al Juzgado Primero Civil deCuautitlán, México (refiere el extravíodel expediente 610/76), y en agraviode Alberto Juárez Velázquez.

b) En la misma fecha, la indagatoriafue remitida al Departamento deAveriguaciones Previas de Cuautitlán,México, siendo radicada el 29 delmismo mes y año, en su mesa tercera.

c) El agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa tercera delDepartamento de AveriguacionesPrevias de Cuautitlán, México, enfecha 5 de septiembre de 1994, recabóla declaración del ofendido, señorAlberto Juárez Velázquez, y el día 21del mismo mes y años la de lostestigos del mismo, señoras CeliaGarcía Magdalena y Gloria AngélicaJuárez García.

d) En fecha 26 de octubre de 1994, elRepresentante Social acordó remitir laindagator ia a la Direcc ión deResponsabi l idades de laSubprocuraduría de Justicia conresidencia en Tlalnepantla, México,quien el día 15 de noviembre de 1994,por conducto de su mesa segunda,acordó radicar la misma (se radicóbajo el número TLA/MR/II/462/94,empero, ésta siempre fue identificadacon el número TLA/MR/II/642/94).

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e) En fecha 29 de noviembre de 1994,el Representante Social recabó ladeclaración sobre los hechos de losseñores Jorge Claudio Ibarrola Muro eIsabel Julia Victoria Rojas de Icaza,Notarios Públicos Números Tres yDoce del Distrito de Tlalnepantla,México.

15. Por oficios 1273/95-2 y 1830/95-2de fechas 13 y 27 de febrero de 1995,se requirió de esa ProcuraduríaGeneral de Justicia informe sobre losavances en la integración de laaveriguación previa TLA/MR/II/642/94,a partir del 29 de noviembre de 1994.

16. En oficio CDH/PROC/211/01/761/95 de fecha 3 de marzo de 1995,se envió el informe sol ic i tado,anexándose copia certificada de laindagatoria TLA/MR/II/642/94, de laque se obtuvo que el día 21 de febrerode 1995 se determinó la misma conponencia de archivo.

17. Mediante oficios 1959/95-2 y2455/95-2 de fechas 6 y 22 de marzode 1995, se solicitó del Presidente delTribunal Superior de Justicia delEstado de México, en vía decolaboración, copia certificada delexpediente 610/76 (relativo a lareposición de su original).

18. A través de oficio 1966 de fecha 24de marzo de 1995, el Lic. Jorge E.Muciño Escalona, entonces SecretarioGeneral de Acuerdos del TribunalSuperior de Justicia de esta EntidadFederativa, remitió la copia certificadarequerida, noticiándose que el día 17

de marzo del mismo año, el JuezPrimero Civil de Primera Instancia delDistrito Judicial de Cuautitlán, México,dictó sentencia interlocutoria en elexpediente 610/76, declarándoserepuestos los autos del juicio desucesión intestamentaria a bienes dela señora Concepción VelázquezViuda de Juárez, denunciada porFrancisca Concepción JuárezVelázquez.

19. Por oficio 2547/95-2 de fecha 29 demarzo de 1995, se requirió de esaProcuraduría General de Justicia deesta Entidad Federativa, informe sobrelos avances en la integración de laindagatoria TLA/MR/II/642/94.

20. En of ic ioCDH/PROC/211/01/1421/95 de fecha24 de abril de 1995, esa Dependenciaremi t ió e l in forme sol ic i tado,apuntándose "El acta de averiguaciónprevia TLA/MR/II/642/94 se encuentraa la fecha en la Sala de Auxiliares dela Subprocuraduría de Tlalnepantla,México, a efecto de su estudio ..."

21. Mediante oficio 4170/95-2 de fecha24 de mayo de 1995, se solicitó del Lic.Luis Rivera Montes de Oca, en eseentonces Procurador General deJusticia de esta Entidad Federativa,informe sobre los avances en laindagatoria TLA/MR/II/642/94.

23. Por oficio 4172/95-2 de fecha 24 demayo de 1995, se requir ió delPresidente del Tribunal Superior deJusticia de esta Entidad Federativa, envías de colaboración, copia certificada

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de las actuaciones del expediente610/76, a partir del 17 de marzo de1995.

22. A t ravés de of ic ioCDH/PROC/211/01/1932/95 de fecha2 de junio de 1995, esa Procuraduríaremit ió el informe pet ic ionado,exponiendo "El acta de averiguaciónprevia número TLA/MR/II/642/94continúa, a la fecha, en estudio de losCC. agentes del Ministerio PúblicoAuxiliares del C. Procurador, a efectode determinar la procedencia de suponencia de archivo. El resultadoderivado de dicho análisis, le seránotificado en su oportunidad."

24. En oficio 3666 de fecha 8 de juniode 1995, el Lic. Jorge E. MuciñoEscalona, entonces Secretar ioGeneral de Acuerdos del TribunalSuperior de Justicia del Estado deMéxico, remitió la copia certificadasolicitada.

25. Mediante oficios 5179/95-2 y5605/95-2 de fechas 27 de junio y 14de julio de 1995, se solicitó de esaProcuraduría General de Justicia delEstado de México, informe sobre losavances en la indagator iaTLA/MR/II/642/94.

26. A t ravés de of ic ioCDH/PROC/211/01/2472/95 de fecha14 de julio de 1995, el Lic. Luis RiveraMontes de Oca, entonces Procuradorde Justicia del Estado de México,remitió el informe instado, agregandoel similar rendido por la Lic. DulceMaría Villada Navarro, agente del

Ministerio Público adscrito a la mesasegunda de Responsabilidades deTlalnepantla, México, por el cualapunta:

"1. En fecha tres de julio de 1995 serecibió la averiguación previa antescitada, y procedentes de la Oficina delCoordinador de Agentes del MinisterioPúblico Auxiliares del C. Procurador deJusticia del Estado de México, juntocon un oficio dirigido al Coordinador deAuxiliares y signado por el Lic. LidioMendoza Muciño. Oficio en el cualseñala diligencias que a su criterio sedeben practicar a efecto de estar enposibilidad de determinar conforme aderecho.

2. En fecha siete de julio de milnovecientos ochenta y cinco, se envióatento oficio al Jefe del Departamentode Control y Supervisión del Notariadode la Dirección General deGobernación, para que el personal delArchivo General de Notarías realice labúsqueda del libro de registro deexpedientes judiciales recibidos por elTitular de la Notaría Doce del Distritode Tlalnepantla, del año de 1977, yverifiquen el registro y trámite que sele d io a l expediente 610/76-2procedente del Juzgado Mixto dePrimera Instancia de Cuautitlán,México, relativo al Juicio SucesorioIntestamentar io a b ienes deConcepción Vázquez Cantero viuda deJuárez.

Asimismo, se solicitó copia certificadade las páginas del libro de registroantes mencionado, en donde se

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encuentra el asiento del registro deese expediente, y copia certificada delInstrumento Notarial número 12377del volumen 171, página 31, derivadodel expediente judicial de referencia,emitido en fecha 04 de agosto de 1977por el Lic. Luis Ibarrola Cervantes."

27. Por oficios 6083/95-2, 6656/95-2 y7024/95-2 de fechas 28 de julio, 14 y29 de agosto de 1995, se instó de esaProcuraduría General de Justicia deesta Entidad, informe sobre losavances en la integración de laaveriguación previa TLA/MR/II/642/94.

28. En oficio CDH/PROC/211/01/2984/95 de fecha 28 de agosto de1995, esa Procuraduría envió elinforme solicitado, agregando elsimilar rendido por la agente delMinisterio Público adscrito a la mesasegunda de responsabilidades deTlalnepantla, México, por el cualexpone, como información novedosa,que:

"... en fecha 27 de julio de milnovecientos noventa y cinco, se recibióoficio signado por el C. Ing. Jesús G.Arroyo García, Director General deGobernación, indicando que laspeticiones hechas al Departamento deControl y Supervisión del Notariado, sedeben hacer directamente al ArchivoGeneral de Notarías que depende dela Dirección General del RegistroPúblico de la Propiedad.

En fecha dos de agosto se envió oficioal Archivo General de Notarías, aefecto de que se realice la búsqueda

del libro de registro de la Notaría Docede Distrito Judicial de Tlalnepantla y seremi ta a esta mesa deresponsabilidades la informaciónrequer ida junto con las copiascertif icadas correspondientes alregistro y trámite del expediente, asícomo del instrumento notarial antesreferido, sin que hasta el día de lafecha se haya recibido contestaciónalguna."

29. Mediante oficios 7133/95-2 y7747/95-2 de fechas 31 de agosto y 20de septiembre de 1995, se solicitó delPresidente del Tribunal Superior deJusticia de esta Entidad, en vía decolaboración, copia certificada de lasactuaciones practicadas a partir del 25de mayo de 1995, en el expediente610/76.

30. A través de oficio 6255 de fecha 28de septiembre de 1995, el Lic. Jorge E.Muciño Escalona, entonces SecretarioGeneral de Acuerdos del TribunalSuperior de Justicia del Estado deMéxico, remitió la copia certificadasolicitada.

31. Por oficio 7173/95-2 de fecha 4 deseptiembre de 1995, se comunicó alseñor Alberto Juárez Velázquez elcontenido del of ic ioCDH/PROC/211/01/2984/95 remitidopor esa Procuraduría General deJusticia, a fin de que expusiera lo quea su derecho conviniera, sin que sehubiese referido manifestación algunaal respecto.

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32. Mediante los of ic ios que acontinuación se listan, se instó de esaProcuraduría General de Justicia deesta Entidad, informe sobre losavances en la integración de laaveriguación previa TLA/MR/II/642/94:

a) 9042/95-2 de fecha 20 de octubrede 1995.

b) 9432/95-2 de fecha 1 de noviembrede 1995.

c) 9585/95-2 de fecha 7 de noviembrede 1995.

d) 9699/95-2 de fecha 13 denoviembre de 1995.

e) 9792/95-2 de fecha 17 denoviembre de 1995.

f) 9912/95-2 de fecha 21 de noviembrede 1995.

g) 10683/95-2 de fecha 12 dediciembre de 1995.

h) 8/96-2 de fecha 2 de enero de 1996.

i) 479/96-2 de fecha 15 de enero de1996.

j) 958/96-2 de fecha 29 de enero de1996.

k) 1272/96-2 de fecha 12 de febrero de1996.

l) 1969/96-2 de fecha 5 de marzo de1996.

m) 2479/96-2 de fecha 18 de marzo de1996.

n) 2987/96-2 de fecha 1 de abril de1996.

o) 3198/96-2 de fecha 15 de abril de1996.

33. Esa Procuraduría General deJusticia dio contestación a los oficiosprecitados a través de los siguientes:

• Oficio CDH/PROC/211/01/4721/95de fecha 22 de diciembre de 1995,mediante el cual se agregó el similarrendido por el agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa segundade responsabi l idades deTlalnepantla, México, por el cualexpone, como informaciónnovedosa, que: "... [en fecha 18 dediciembre de 1995] se mandó citar alNotario [Público Número] Tres, Lic.Claudio Ibarrola Muro, para quereal ice una ampl iación dedeclaración, así como a la Lic. IsabelJulia Victoria Rojas de Icaza, NotarioPúblico número Doce ambos delDistrito Judicial de Tlalnepantla deBaz, para el día dieciséis de enero demil novecientos noventa y cinco."

• Oficio CDH/PROC/211/01/69/96 defecha 5 de enero de 1996, esaProcuraduría General de Justiciainformó que "... este mismo asunto[CODHEM/802/94-2] es ventilado enprocedimiento de conciliación en lapr imera Vis i taduría de eseOrganismo bajo el número deexpediente CODHEM/788/95-1 ...",

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anexándose el informe rendido por elagente del Minister io Públ icoadscr i to a la mesa tres delDepartamento de AveriguacionesPrevias de Cuautitlán, México, Lic.Rosa María Aldana Salazar, en elcual expuso:

"Por medio de la presente, informo austed, que en fecha 19 de diciembrede 1994 se recibe escrito presentadopor el C. Alberto Juárez Velázquez,por medio del cual denuncia hechosconstitutivos de delito en su agravioy en contra de Francisca ConcepciónJuárez Velázquez, el denuncianteratifica el escrito el día 2 de febrerode 1995, y en el cual expone quehace la denuncia en contra deFrancisca Concepción JuárezVelázquez, ya que argumentahechos falsos ante autoridad judicial,siendo que [en] el juicio sucesoriointestamentario manifiesta que ellaes la única heredera de su señoramadre Concepción Velázquez Vda.de Juárez (expediente 610/76). Sesolicita al C. Juez de lo Civil dePrimera Instancia en CuautitlánMéx., copia del expediente citado enfecha 3 de abril de 1995. En fechadoce de abril de 1995, comparecenGloria Angela Juárez García y CeliaGarcía Magdalena, quienes declarancomo testigos de los hechos, pero noaportan datos en relación a lapresente indagatoria. Comparecennuevamente el denunciante y exhibecopias certificadas de reposición deautos del expediente 610/76, siendoque en dichas actuaciones no setienen datos de hechos falsos,

asimismo, de las documentalesrecibidas en estas oficinas sedesprende: que la C. ConcepciónVelázquez Vda.. de Juárez solicita alC. Jefe de Departamento Agrario,Dirección de Derechos Agrarios,oficina del Registro Agrario NacionalMéx. D.F., en fecha 25 de Julio de1996, inscriban como su sucesora aConcepción Juárez Velázquez (hija)de 26 años, de la parcela número 124ABC, firmando el Presidente delCom. Ejidal, Tesorero, y comoSecretario el denunciante AlbertoJuárez Velázquez, en fecha del añode 1992 [sic] la indiciada ConcepciónJuárez Velázquez promueve JuicioReivindicatorio por el inmueble yacitado en contra de Alberto JuárezVelázquez ante el Juzgado Segundode lo Civil de Cuautitlán, México, bajoel expediente 810/92; interpuso eldemandado, Alberto JuárezVelázquez, recurso de apelaciónante la Segunda Sala de lo Civil delTribunal Superior de Justicia, mismoque confirma la resolución dePrimera Instancia, por lo que eldemandado interpuso demanda deAmparo ante el Primer TribunalColegiado en Materia Civil y deTrabajo del Segundo Circuito,correspondiéndole el Toca número156/95, quien le da posesión materialdel terreno a la ahora indiciadaConcepción Juárez Velázquez encumplimiento a la Sentencia. Dondeésta Representación Social a criteriode la suscrita no considera que sepueda dar algún ilícito, toda vez quelas partes acudieron ante un juzgadoy aportaron pruebas de donde se

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desprende que una sentenciaejecutoriada que efectivamente laahora responsable es propietaria delinmueble motivo de la presenteindagatoria.

Avances de la averiguación previa:En fecha 7 de junio del año en curso,comparece, previa cita, la inculpadaFrancisca Concepción JuárezVelázquez, la cual expone entreotras cosas, que en el año de milnovecientos sesenta y seis, suseñora madre, que respondía alnombre de Concepción VelázquezVda. de Juárez, dispuso ante el Jefedel Departamento Agrario, que laparcela número 124 ABC, se lequedara exclusivamente a ladeclarante, que de esto tuvoconocimiento el señor Alberto JuárezVelázquez, hermano de ladeclarante, porque era Secretario delComisariado Ejidal de Cuautitlán,México, como se justifica con el oficio233308 de fecha 25 de julio de 1966,en donde se hizo esa sucesión.Hasta el año de mil novecientosnoventa y dos la despojó AlbertoJuárez Velázquez y sus hijos delterreno, sin recordar el número deaveriguación previa, ni la causapenal, pero que también intento eljuicio reivindicatorio ante el JuzgadoSegundo Civil de Cuautitlán, México,bajo el expediente 810/92, en el quese resolvió sentencia favorable de ladeclarante y por ese motivo AlbertoJuárez Velázquez interpuso elrecurso de apelación, ante laSegunda Sala Civil del TribunalSuperior de Justicia, quien confirma

la resolución de primera instancia porlo que Alberto Juárez Velázquezinterpuso demanda de amparo anteel Primer Tribunal Colegiado enMateria Civil y de Trabajo delSegundo Circuito, con número156/95, por lo que en mayo de esteaño el Juzgado Segundo Civil le dioposesión material del terreno encumplimiento a la sentencia. Por otraparte, en el año de mil novecientossetenta y tres, promovió juiciointestamentario de su señora madre,ante el Juzgado Mixto de PrimeraInstancia de Cuautitlán, México,ahora Juzgado Primero de lo Civil deeste Distrito, bajo el expedientenúmero 610/76, y que para ello hizosaber a sus hermanos de lo queestaba haciendo y que además elJuzgado les noti f icó, pero nocompareció, porque sabían que elterreno se lo había dejado su mamáa la declarante; al Notario NúmeroDoce del [Distrito] Judicial deTlalnepantla, le hizo pago de susderechos para la escrituración deadjudicación, dándole los reciboscorrespondientes, que en este actoexhibe; en fecha 17 de mayo de esteaño, se dicta la sentenciainterlocutoria sobre la reposición delexpediente 610/76 relat ivo alintestamentario de su señora madre,por lo que en fecha 23 de mayo de1995 el Juzgado de lo Familiar deCuautitlán, México, la emplazó sobreel juicio de nulidad relativo alintestamentario que se promovió abienes de Concepción VelázquezVda. de Juárez, en lo cual se haapersonado con fecha 5 de junio y

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está pendiente sobre la resolución dedicha nulidad. Asimismo, se recabala declaración de su hermano de lainculpada, que responde al nombrede Antonio Juárez Velázquez,mismo que declara que estabaenterado que su señora madreConcepción Velázquez Vda. deJuárez le había dejado comosucesora del predio ejidal motivo dela presente a su hermana FranciscaConcepción Juárez Velázquez, y quetambién lo sabían sus demáshermanos, incluyendo aldenunciante Alberto JuárezVelázquez.

Esta Representación Social exponeque los presentes hechos motivo de lapresente indagatoria son actos que yaprescribieron, ya que fueron realizadosen el año de 1976 y que, a pesar deello, se le ha solicitado tanto a ladenunciante y la propia probableresponsable pruebas para determinarconforme a derecho las presentesdiligencias de averiguación previa; porlo que en fecha de hoy, al ser recibidalas presentes diligencias de la agenciadel Ministerio Público de mesa deResponsabilidades, he decidido giraroficio a la [Secretaría de la] ReformaAgraria a fin que nos manifieste lavalidez del documento y al C. Juez dePrimera Instancia de lo Civil de estaCiudad, donde sol ic i ta copiacertificada del expediente 610/76 parademostrar sí hubo o no falsedad dedeclaración."

• CDH/PROC/211/01/733/96 de fecha15 de febrero de 1996, por el cual se

anexó el informe rendido por elagente del Minister io Públ icoadscrito a la mesa segunda deresponsabilidades de Tlalnepantla,México, en donde se apunta, entreotras cosas, que "[en fecha 23 deenero de 1996 se llevó a cabo laampliación de declaración del Lic.Claudio Ibarrola Muro] en dondehace mención que en ningúnmomento [...] recibió el expediente[... relativo] al juicio sucesoriotestamentario [sic] número 610/95[sic, es 610/76] ..."

• CDH/PROC/211/01/1464/96(149)95, de fecha 27 de marzo de 1996, porel cual se anexó el similar rendido porel agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa tres delDepartamento de AveriguacionesPrevias de Cuautitlán, México, por elque se expone:

Por medio de la presente informo austed, los avances del acta deaveriguación previa marcada con elnúmero CUA/I I I /5830/94,comparecen en fecha primero demarzo del año en curso las queresponden a los nombres deAgust ina Juárez Velázquez yRefugio Juárez Velázquez quienesrefieren a que todos y cada uno delos hijos de Concepción VelázquezVda. de Juárez, fueron notificadospor el Juzgado Civil de Cuautitlán,Méx., sobre el intestado promovidopor su hermana FranciscaConcepción Juárez Velázquez ycomo todos y cada uno de ellossabían que la última voluntad de su

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madre era que FranciscaConcepción Juárez Velázquez sequedara con dicho inmueble, motivode la presente indagatoria, noacudieron al Juzgado, para hacervaler su inconformidad y que de estoestán conscientes desde el año demil novecientos setenta y cinco, elahora denunciante, [s ic]manifestando además que suhermana Francisca ConcepciónJuárez Velázquez nunca declarófalsamente como lo quiere hacer elahora denunciante, para escriturar elinmueble motivo de la presenteindagatoria.

En fecha cinco de marzo del año encurso, comparece el denuncianteAlberto Juárez Velázquez, quien agrandes rasgos manifiesta "Que sumadre Concepción Velázquez Vda.de Juárez contaba con varios bienes,no solamente con el inmueble motivode la presente indagatoria, y quemurió intestada, es decir que todos ycada uno de ellos se repartieron losbienes de su madre sin acudir a unjuzgado a hacer valer su derecho demasa hereditaria de su madre,incluyendo el denunciante,manifiesta que el bien motivo de lapresente indagatoria se lo dejó sumadre en forma verbal y testigos delos hechos son sus hermanos",desprendiéndose de actuacionesque es totalmente falso toda vez, quede la declaración de sus hermanosse desprende "Que saben y lesconsta que su señora madre heredóen vida el inmueble motivo de lapresente indagatoria a la ahora

inculpada Francisca ConcepciónJuárez Velázquez". Asimismo, eldemandante manif iesta haberpromovido un juicio de nulidad deescritura, donde hasta el momentono se ha dictado una resolucióndefinit iva y se comprometió apresentar en su momento oportunoel fallo de dicho juicio y tiene cita,para el día veinte de marzo del añoen curso, a fin de demostrar quetenía cuentas bancarias al momentode fallecer su madre y que tambiénformaban parte de la masahereditaria."

• Oficio CDH/PROC/211/01/1626/96de fecha 18 de abril de 1996, en elcual se agrega el informe rendido porel agente del Ministerio Públicoadscrito a la mesa segunda deResponsabilidades de Tlalnepantla,México, en el que se apunta que: "...en fecha 13 de marzo del año encurso se acuerda practica deinspección ocular en el archivo delJuzgado Primero de lo Civil enCuautitlán, México, a efecto dedeterminar quién o quiénesrecibieron el expediente 610/76 parasu entrega al notario público Lic. J.Claudio Ibarrola Muro, NotarioPúblico Número Doce, diligencia queestá por desahogarse ..."

34. Por oficio 329/96-1 de fecha 16 deenero de 1996, el Primer VisitadorGeneral de este Organismo, acumulóel expediente de quejaCODHEM/788/95-1 al primordialCODHEM/802/94-2.

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35. Mediante oficios 3743/96-2 y4085/96-2 de fechas 23 de abril y 6 demayo de 1996, se solicitó de esaProcuraduría General de Justicia delEstado de México, informe sobre losavances en la integración de laaveriguación previa CUA/III/5830/94.

36. A t ravés de of ic io213004000/2118/96(149)95 de fecha16 de mayo de 1996, esa ProcuraduríaGeneral de Justicia remitió el informeinstado, agregando copia certificadade la aver iguación previaCUA/I I I /5830/94, de la que seobtuvieron los siguientes datos:

a) En fecha 25 de marzo de 1996, elagente del Ministerio Público adscritoa la mesa tercera de Cuautitlán,México, determinó el no ejercicio de laacción penal en contra de FranciscaConcepción Juárez Velázquez.

b) Por oficio 211-06-151-96 de fecha10 de abril de 1996, los Lics. FelipeSolís Aguilera y Carlos A. RománMarín, agentes del Ministerio PúblicoAuxiliares de la Subprocuraduría deJust ic ia con residencia enTlalnepantla, México, comunicaron alC. Procurador General de Justicia deesta Entidad Federativa, que eraprocedente "... autorizar el no ejerciciode la acción penal ..." en la indagatoriaCUA/III/5830/94.

c) En la misma fecha, e lSubprocurador de Justicia con sede enTlalnepantla, México, autorizó el noejercicio de la acción penal en laindagatoria de mérito.

37. Mediante los oficios que enseguidase l is tan, se sol ic i tó de esaProcuraduría General de Justicia deesta Entidad, informe sobre losavances en la integración de laindagatoria TLA/MR/II/642/94:

a) 4084/96-2 de fecha 6 de mayo de1996.

b) 4601/96-2 de fecha 20 de mayo de1996.

c) 5042/96-2 de fecha 3 de junio de1996.

d) 5133/96-2 de fecha 7 de junio de1996.

e) 5239/96-2 de fecha 10 de junio de1996.

f) 5399/96-2 de fecha 14 de junio de1996.

38. Los oficios que preceden fueroncontestados por e l s imi lar213004000/2655/96 de fecha 17 dejunio de 1996, al cual se agregó copiacertificada de la averiguación previaTLA/MR/II/642/94, de la que seobtuvieron los siguientes datos:

a) En fecha 2 de mayo de 1996, elpersonal de actuaciones se constituyóen las oficinas que ocupa el JuzgadoPrimero de lo Civil de Cuautitlán,México, a fin de llevar a cabo lainspección ocular en el expediente610/76.

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b) En la misma fecha, e lRepresentante Social acordó enviar laindagator ia a la Direcc ión deResponsabilidades de esta Ciudad,para su prosecución yperfeccionamiento legal; misma quefue recibida por la mesa primera de laDirección precitada, en fecha 17 demayo de 1996, asignándole el númeroTLA/DR/I/463/96.

c) En fecha 31 de mayo de 1996, elpersonal de actuación hizo constar larecepción de copia certificada delexpediente número 610/76 remitidapor la agente del Ministerio Públicoadscr i ta a la mesa tercera delDepartamento de AveriguacionesPrevias de Cuautitlán, México; asícomo el oficio SG-209/NOT/450/96 defecha 21 de mayo, signado por elDirector General de Gobernación;ordenándose g i rar of ic io deinvestigación al Director de PolíticaCriminal y Combate a la Delincuenciade la propia Dependencia, a fin deesclarecer el extravío del expediente610/76-2, reservándose la indagatoriaen espera del in formecorrespondiente.

39. En fecha 25 de junio de 1996, seentabló comunicación al númerotelefónico del señor Alberto JuárezVelázquez, a fin de informarle quedebería presentarse ante esteOrganismo a efecto de tratar asuntosre lac ionados con su queja;contestando la llamada quien dijo serGloria Juárez G., quien enterada de losantecedentes del caso, refirió que

comunicaría al quejoso la solicitudformulada.

40. En fecha 2 de agosto de 1996, porcomparecencia personal, el señorAlberto Juárez Velázquez manifestó aeste Organismo, entre otras cosas,que "... en fecha 26 de junio de 1996[presentó] su escrito de inconformidadrespecto a la autorización del noejercicio de la acción penal de laaveriguación previa CUA/III/5830/94..."

41. En fecha 2 de agosto de 1996, serecibió en este Organismo escrito defecha 30 de julio del mismo año, através del cual el señor Alberto JuárezVelázquez ref i r ió d is t in tasmanifestaciones en relación al trámitede su queja.

42. Mediante oficios 7121/96-2 y7373/96-2 de fechas 2 y 12 de agostode 1996, se sol ic i tó de esaProcuraduría General de Justiciain forme sobre e l estado queguardaban las indagator iasTOL/DR/I/463/96 y CUA/III/5830/94.

43. A t ravés de of ic io213004000/3491/96 de fecha 12 deagosto de 1996, esa Procuraduríaenvió el informe instado, agregando elsimilar rendido por el Lic. RobertoSánchez Aguilar, agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa primera deResponsabilidades de esta Ciudad, enel cual expone:

"... por medio del presente me permitoinformar a usted los avances sobre la

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integración del acta de averiguaciónprevia anotada a l rubro[TOL/DR/I/463/96] a partir del 6 dejunio del año en curso: En esta últimafecha se giró oficio al Departamento deControl y Supervisión del Notariado enel Estado de México, solicitandoinformación en relación con los hechosy primordialmente en cuanto alconvenio de suplencia celebrado enfecha 10 de enero de 1980, entre losNotar ios Públ icos 3 y 12 deTlalnepantla de Baz, México, Lics.Claudio Ibarrola Muro y Luis IbarrolaCervantes, respectivamente, sin quese haya recibido contestación alguna,por lo que el día de la fecha se girónuevo oficio en vía recordatoriasolicitando se remita la informaciónsolicitada, anexando al presente copiaal carbón de dicho oficio en el cual sedescr ibe lo sol ic i tado por estaRepresentación Social."

44. Por oficios 7529/96-2 y 7793/96-2de fechas 14 y 21 de agosto de 1996,se solicitó de esa ProcuraduríaGeneral de Justicia, informe sobre elestado de la averiguación previaCUA/III/5830/94, toda vez que, en eloficio que precede, se omitió rendirinforme en relación a ésta; los cuales,hasta la fecha no fueron contestados.

II. EVIDENCIAS

1. Escrito de queja de fecha 6 de mayode 1994, mediante el cual el señorAlberto Juárez Velázquez refiriópresuntas violaciones a derechoshumanos cometidas por servidorespúblicos.

2. Oficio 2825/94-2 de fecha 10 demayo de 1994, a través del cual sesolicitó del Director General deGobernación del Estado de México,informe detallado sobre los hechosmotivo de la queja.

3. Oficio SG-209/250/94 de fecha 24de mayo de 1994, por el cual elDirector General de Gobernación delEstado de México, remitió el informerequerido.

4. Oficio 4314/94-2 de fecha 1 deagosto de 1994, en el cual se solicitódel Lic. Luis Miranda Cardoso,Presidente del Tribunal Superior deJusticia del Estado de México, en víade colaboración, informe en relación alextravío del expediente número610/76 tramitado ante el JuzgadoPrimero Civil de Cuautitlán, México.

5. Oficio 4719 de fecha 24 de agostode 1994, mediante el cual el Lic. JorgeE. Muciño Escalona, entoncesSecretario General de Acuerdos delTribunal Superior de Justicia delEstado de México, remitió el informerequerido, anexando el similar rendidopor el Lic. Efraín Israel Contreras, JuezPrimero Civil de Cuautitlán, México.

6. Oficio 7315/94-2 de fecha 27 deoctubre de 1994, a través del cual sesolicitó del Lic. Luis Miranda Cardoso,Presidente del Tribunal Superior deJusticia del Estado de México, en víasde colaboración, copia certificada delas constancias de reposición delexpediente 610/76, radicadas en elJuzgado Primero Civil de Cuautitlán,

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México, a partir del 10 de agosto de1994.

7. Of ic io 6769 de fecha 23 denoviembre de 1994, por el cual el Lic.Jorge E. Muciño Escalona, entoncesSecretario General de Acuerdos delTribunal Superior de Justicia de estaEntidad Federativa, remitió la copiacertificada peticionada.

8. Oficio 7905/94-2 de fecha 18 denoviembre de 1994, en el cual sesolicitó del Lic. Luis Rivera Montes deOca, entonces Procurador General deJusticia del Estado de México, copiacertificada de la averiguación previaCUA/I/3825/94.

9. Oficio CDH/PROC/211/01/4183/94de fecha 6 de diciembre de 1994,mediante el cual esa Dependenciaremi t ió e l in forme requer ido,agregándose el similar rendido por laLic. Dulce María Villada Navarro,agente del Ministerio Público adscritoa la mesa segunda deResponsabilidades de Tlalnepantla,México.

10. Oficio 8532/94-2 de fecha 14 dediciembre de 1994, a través del cual sesolicitó del Lic. Luis Miranda Cardoso,en vías de colaboración, copiacertificada del expediente 610/76(reposición) a partir del 7 de noviembrede 1994.

11. Oficio 39/95-2 de fecha 4 de enerode 1995, en el cual se solicitó del Lic.Luis Rivera Montes de Oca, en eseentonces Procurador General de

Justicia de esta Entidad Federativa,informe sobre los avances en laintegración de la averiguación previaTLA/MR/II/642/94.

12. Oficio 0039 de fecha 6 de enero de1995, por el cual el Secretario Generalde Acuerdos del Tribunal Superior deJusticia de esta Entidad Federativa,remitió la copia certificada requerida.

13. Oficio CDH/PROC/211/01/114/95de fecha 12 de enero de 1995, en elcual el Lic. Luis Rivera Montes de Ocaremit ió el informe pet ic ionado,agregando copia certificada de laaveriguación previa TLA/MR/II/642/94.

14. Oficios 1273/95-2 y 1830/95-2 defechas 13 y 27 de febrero de 1995,mediante los cuales se requirió de esaProcuraduría General de Justiciainforme sobre los avances en laintegración de la averiguación previaTLA/MR/II/642/94, a partir del 29 denoviembre de 1994.

15. Oficio CDH/PROC/211/01/761/95de fecha 3 de marzo de 1995, a travésdel cual se envió el informe solicitado,anexándose copia certificada de laindagator ia TLA/MR/I I /642/94,desprendiéndose de las misma que eldía 21 de febrero de 1995 se determinóla misma con ponencia de archivo.

16. Oficios 1959/95-2 y 2455/95-2 defechas 6 y 22 de marzo de 1995, porlos cuales se solicitó del Presidente delTribunal Superior de Justicia delEstado de México, en vía de

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colaboración, copia certificada delexpediente 610/76 (reposición).

17. Oficio 1966 de fecha 24 de marzode 1995, en el cual el SecretarioGeneral de Acuerdos del TribunalSuperior de Justicia de esta EntidadFederativa, remitió la copia certificadarequerida.

18. Oficio 2547/95-2 de fecha 29 demarzo de 1995, mediante el cual serequirió de esa Procuraduría Generalde Justicia de esta Entidad Federativa,informe sobre los avances en laintegración de la indagator iaTLA/MR/II/642/94.

19. Of ic ioCDH/PROC/211/01/1421/95 de fecha24 de abril de 1995, a través del cualesa Dependencia remitió el informesolicitado.

20. Oficio 4170/95-2 de fecha 24 demayo de 1995, por el cual se solicitódel Lic. Luis Rivera Montes de Oca, enese entonces Procurador General deJusticia de esta Entidad Federativa,informe sobre los avances en laindagatoria TLA/MR/II/642/94.

21. Oficio 4172/95-2 de fecha 24 demayo de 1995, en el cual se requiriódel Presidente del Tribunal Superior deJusticia de esta Entidad Federativa, envías de colaboración, copia certificadade las actuaciones del expediente610/76, a partir del 17 de marzo de1995.

22. Of ic ioCDH/PROC/211/01/1932/95 de fecha2 de junio de 1995, mediante el cualesa Procuraduría remitió el informepeticionado.

23. Oficio 3666 de fecha 8 de junio de1995, a través del cual el Lic. Jorge E.Muciño Escalona, entonces SecretarioGeneral de Acuerdos del TribunalSuperior de Justicia del Estado deMéxico, remitió la copia certificadasolicitada.

24. Oficios 5179/95-2 y 5605/95-2 defechas 27 de junio y 14 de julio de1995, por el cual se solicitó de esaProcuraduría General de Justicia delEstado de México, informe sobre losavances en la indagator iaTLA/MR/II/642/94.

25. Of ic ioCDH/PROC/211/01/2472/95 de fecha14 de julio de 1995, en el cual el Lic.Luis Rivera Montes de Oca, entoncesProcurador de Justicia del Estado deMéxico, remitió el informe instado,agregando el similar rendido por la Lic.Dulce María Villada Navarro, agentedel Ministerio Público adscrito a lamesa segunda de Responsabilidadesde Tlalnepantla, México.

26. Oficios 6083/95-2, 6656/95-2 y7024/95-2 de fechas 28 de julio, 14 y29 de agosto de 1995, mediante loscuales se instó de esa Dependencia,informe sobre los avances en laintegración de la averiguación previaTLA/MR/II/642/94.

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27. Of ic ioCDH/PROC/211/01/2984/95 de fecha28 de agosto de 1995, a través del cualesa Procuraduría envió el informesolicitado, agregando el similarrendido por la agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa segunda deResponsabilidades de Tlalnepantla,México.

28. Oficios 7133/95-2 y 7747/95-2 defechas 31 de agosto y 20 deseptiembre de 1995, por los cuales sesolicitó del Presidente del TribunalSuperior de Justicia de esta Entidad,en vía de colaboración, copiacert i f icada de las actuacionespracticadas a partir del 25 de mayo de1995, en el expediente 610/76.

29. Oficio 6255 de fecha 28 deseptiembre de 1995, en el cual elSecretario General de Acuerdos delTribunal Superior de Justicia delEstado de México, remitió la copiacertificada solicitada.

30. Oficio 7173/95-2 de fecha 4 deseptiembre de 1995, mediante el cualse comunicó al señor Alberto JuárezVelázquez el contenido del oficioCDH/PROC/211/01/2984/95 remitidopor esa Procuraduría General deJusticia, a fin de que refiriera lo que asu derecho conviniera, sin que sehubiese expuesto manifestaciónalguna al respecto.

31. Los oficios que a continuación selistan, a través de los cuales se instóde esa Procuraduría General deJusticia de esta Entidad, informe sobre

los avances en la integración de laaveriguación previa TLA/MR/II/642/94:

a) 9042/95-2 de fecha 20 de octubrede 1995.

b) 9432/95-2 de fecha 1 de noviembrede 1995.

c) 9585/95-2 de fecha 7 de noviembrede 1995.

d) 9699/95-2 de fecha 13 denoviembre de 1995.

e) 9792/95-2 de fecha 17 denoviembre de 1995.

f) 9912/95-2 de fecha 21 de noviembrede 1995.

g) 10683/95-2 de fecha 12 dediciembre de 1995.

h) 8/96-2 de fecha 2 de enero de 1996.

i) 479/96-2 de fecha 15 de enero de1996.

j) 958/96-2 de fecha 29 de enero de1996.

k) 1272/96-2 de fecha 12 de febrero de1996.

l) 1969/96-2 de fecha 5 de marzo de1996.

m) 2479/96-2 de fecha 18 de marzo de1996.

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n) 2987/96-2 de fecha 1 de abril de1996.

o) 3198/96-2 de fecha 15 de abril de1996.

32. Los oficios que a continuación seref ieren, por los cuales esaProcuraduría General de Justicia diocontestación a los s imi laresprecitados:

• CDH/PROC/211/01/4721/95 defecha 22 de diciembre de 1995.

• CDH/PROC/211/01/69/96 de fecha5 de enero de 1996.

• CDH/PROC/211/01/733/96 de fecha15 de febrero de 1996.

• CDH/PROC/211/01/1464/96(149)95, de fecha 27 de marzo de 1996.

• CDH/PROC/211/01/1626/96 defecha 18 de abril de 1996.

33. Oficio 329/96-1 de fecha 16 deenero de 1996, en el cual el PrimerVisitador General de este Organismo,acumuló el expediente de quejaCODHEM/788/95-1 al primordialCODHEM/802/94-2.

34. Oficios 3743/96-2 y 4085/96-2 defechas 23 de abril y 6 de mayo de 1996,mediante el cual se solicitó de esaProcuraduría General de Justicia delEstado de México, informe sobre losavances en la integración de laaveriguación previa CUA/III/5830/94.

35. Oficio 213004000/2118/96(149)95de fecha 16 de mayo de 1996, a travésdel cual esa Dependencia remitió elinforme instado, agregando copiacertificada de la averiguación previaCUA/III/5830/94.

36. Los oficios que enseguida se listan,por los cuales se solicitó de esaProcuraduría General de Justicia deesta Entidad, informe sobre losavances en la integración de laindagatoria TLA/MR/II/642/94:

a) 4084/96-2 de fecha 6 de mayo de1996.

b) 4601/96-2 de fecha 20 de mayo de1996.

c) 5042/96-2 de fecha 3 de junio de1996.

d) 5133/96-2 de fecha 7 de junio de1996.

e) 5239/96-2 de fecha 10 de junio de1996.

f) 5399/96-2 de fecha 14 de junio de1996.

37. Oficio 213004000/2655/96 defecha 17 de junio de 1996, en el cualesa Dependencia dio respuesta a losoficios descritos en el punto anterior.

38. Acta circunstanciada de fecha 25de junio de 1996, mediante la cual sehizo constar que se entablócomunicación al número telefónico delseñor Alberto Juárez Velázquez, a fin

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de informarle que debería presentarseante este Organismo a efecto de tratarasuntos relacionados con su queja;contestando la llamada quien dijo serGloria Juárez G., quien enterada de losantecedentes del caso, refirió quecomunicaría al quejoso la solicitudformulada.

39. Acta circunstanciada de fecha 2 deagosto de 1996, a través de la cual seasentó la comparecencia personal delseñor Alberto Juárez Velázquez anteeste Organismo, produciendo diversasmanifestaciones.

40. Escrito recibido en fecha 2 deagosto de 1996, por el cual el señorAlberto Juárez Velázquez refiriódistintas manifestaciones en relaciónal trámite de su queja.

41. Oficios 7121/96-2 y 7373/96-2 defechas 2 y 12 de agosto de 1996,mediante los cuales se solicitó de esaProcuraduría General de Justiciain forme sobre e l estado queguardaban las indagator iasTOL/DR/I/463/96 y CUA/III/5830/94.

42. Oficio 213004000/3491/96 defecha 12 de agosto de 1996, a travésdel cual esa Procuraduría envió elinforme instado, agregando el similarrendido por el Lic. Roberto SánchezAguilar, agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa pr imera deResponsabilidades de esta Ciudad.

43. Oficios 7529/96-2 y 7793/96-2 defechas 14 y 21 de agosto de 1996, porlos cuales se sol ic i tó de esa

Procuraduría General de Justicia,in forme sobre e l estado de laaveriguación previa CUA/III/5830/94,toda vez que, en el oficio que precede,se omitió rendir informe en relación aésta.

44. Copia cer t i f icada de laaveriguación previa TOL/DR/I/463/96(con sus antecedentes CUA/I/3825/94y TLA/MR/II/642/94).

45. Copia cer t i f icada de laaveriguación previa CUA/III/5830/94.

46. Copia cer t i f icada de lasconstancias de reposic ión delexpediente 610/76, radicadas en elJuzgado Primero Civil de Cuautitlán,México.

B) CODHEM/788/95-1

I. HECHOS

1. En fecha 10 de marzo de 1995, elseñor Alberto Juárez Velázquez,presentó escr i to de queja,manifestando, entre otras situaciones,que: "Se presentó denuncia dehechos, de la cual anexo copia simple,donde se especifica lo sucedido,siendo que mi hermana ConcepciónJuárez Velázquez denunció el juiciosucesorio de nuestra señora madre ydonde dijo que ella era la única, por loque se le declaró única y universalheredera ante el Juez que conoció delasunto y el notario que protocolizó laescritura número 12377. La violaciónconsiste en todo lo actuado en el juiciosucesorio no. 610/76, el cual nunca se

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encontró, y se tiene abierta la quejaNo. 802/94 .... En la que abrimos el díade hoy es referente a que la Ministeriono ha llamado a la acusada, debido aque argumenta que necesita elexpediente 610/76, ya que no le essuficiente la escritura donde constanlos insertos medulares de la actuaciónjudicial."

Al escrito de queja se anexó copiasimple de un escrito dirigido al agentedel Ministerio Público en turno deCuautitlán, México, signado por elseñor Alberto Juárez Velázquez, através del cual formula denuncia dehechos en su agravio y en contra de laseñora Francisca Concepción JuárezVelázquez.

2. A través de oficio 2099/95-1 defecha 15 de marzo de 1995, se solicitódel Lic. Luis Rivera Montes de Oca,entonces Procurador General deJusticia del Estado de México, informedetallado sobre los hechos motivo dela queja.

3. Por oficios 2198/95-1 y 2199/95-1de fecha 16 de marzo de 1995, secomunicó al señor Alberto JuárezVázquez la recepción y admisión de suescrito de queja.

4. En of ic ioCDH/PROC/211/01/1257/95 de fecha7 de abril de 1995, esa Procuraduríaremi t ió e l in forme requer ido,agregándose copia certificada de laaveriguación previa CUA/III/5830/94,de la que se obtuvieron los siguientesdatos:

a) En fecha 19 de diciembre de 1994,el agente del Ministerio Públicoadscrito al tercer turno de Cuautitlán,México, dio inicio a la averiguaciónprevia CUA/III/5830/94, por denunciade hechos posiblemente constitutivosde delito, en contra de FranciscaConcepción Juárez Velázquez.

b) En la misma fecha, la indagatoriafue remitida al Departamento deAveriguaciones Previas de Cuautitlán,México, para su prosecución yperfeccionamiento legal, radicándoseen su mesa tercera el día 20 dediciembre de 1994.

c) En fecha 2 de febrero de 1995, elRepresentante Social recabó ladeclaración sobre los hechos del señorAlberto Juárez Velázquez.

5. Mediante oficio 3076/95-1 de fecha20 de abril de 1995, se sometió aconsideración de esa ProcuraduríaGeneral de Justicia la solución de laqueja a través del procedimiento deconciliación, consistente en que seintegre y determine conforme aderecho la averiguación previaCUA/III/5830/94.

6. Por oficio 3075/95-1 de fecha 27 deabril de 1995, se comunicó al señorAlberto Juárez Velázquez, la iniciacióndel procedimiento de conciliación a finde dar solución a su queja.

7. A t ravés de of ic ioCDH/PROC/211/01/1613/95(149)/95de fecha 12 de mayo de 1995, esaDependencia comunicó la aceptación

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del procedimiento de conciliaciónpropuesto.

8. Por oficio CDH/PROC/211/01/1739/95(149)95 de fecha 23 de mayode 1995, esa Procuraduría General deJusticia informó que en fecha 20 deabril del mismo año se dictó acuerdode reserva en la indagator iaCUA/III/5830/94, toda vez que "... acriterio de la Representación Social noexisten elementos suficientes como loexige el numeral 16 de nuestra CartaMagna para proceder penalmente encontra de Francisca ConcepciónVázquez [sic] Juárez ..."

9. Mediante oficio 6043/95-1 de fecha27 de junio de 1995, se solicitó de esaDependencia informe sobre losavances en la averiguación previaCUA/III/5830/94.

10. A t ravés de of ic ioCDH/PROC/211/01/2460/95(149)95de fecha 14 de julio de 1995, esaProcuraduría remit ió el informepedido, agregando copia certificada dela indagatoria de mérito, de la que seobtuvieron los siguientes datos:

a) En fecha 26 de mayo de 1995, elRepresentante Social acordó lareapertura de la indagatoria para suprosecución y perfeccionamientolegal, acorde a las indicaciones del Lic.Eduardo Aguilar Palacios, agente delMinisterio Público Auxiliar del C.Procurador.

b) En fecha 7 de junio de 1995, elagente del Ministerio Público recabó la

declaración de la señora ConcepciónJuárez Velázquez en torno a loshechos.

11. Mediante oficio 7534/95-1 de fecha9 de agosto de 1995, se comunicó aesa Dependencia que este Organismodaba por concluido el procedimientode conciliación, toda vez que habíafenecido el término para sucumplimentación.

12. Por oficios 9230/95-1, 10215/95-1y 12849/95-1 de fechas 22 deseptiembre, 19 de octubre y 8 dediciembre de 1995, se solicitó de esaProcuraduría informe sobre losavances en la integración de laaveriguación previa CUA/III/5830/94 apartir del 7 de junio de 1995.

13. En fecha 25 de octubre de 1995,se hizo constar la presencia del señorAlberto Juárez Velázquez ante esteOrganismo, manifestando, entre otrascosas, que "... comparece ya que tieneconocimiento de que el acta deaveriguación previa CUA/III/5830/94fue remit ida a la Dirección deResponsabi l idades de laSubprocuraduría de Tlalnepantla,México, ignorando el motivo por el cualse haya realizado dicha remisión, yaque su denuncia se encuentraentablada en contra de su hermana yno en contra de autoridad o funcionarioalguno ..."

14. Mediante of ic ioCDH/PROC/211/01/273/96 de fecha16 de enero de 1996, esaDependencia envió copia certificada

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de aver iguación previaCUA/I I I /5830/94, de la que sedesprende que en fecha 19 dediciembre de 1995, el RepresentanteSocial acordó la recepción de laindagatoria de mérito procedente de lamesa segunda de Responsabilidadesde Tlalnepantla, México, ordenándosesu reapertura a fin de practicar lasdiligencias necesarias tendentes alesclarecimiento de los hechos.

II. EVIDENCIAS

1. Escrito de fecha 10 de marzo de1995, mediante el cual el señor AlbertoJuárez Velázquez, presentó escrito dequeja por presuntas violaciones a susderechos humanos cometidas porservidores públicos adscritos a esaDependencia.

2. Oficio 2099/95-1 de fecha 15 demarzo de 1995, a través del cual sesolicitó del Lic. Luis Rivera Montes deOca, entonces Procurador General deJusticia del Estado de México, informedetallado sobre los hechos motivo dela queja.

3. Oficios 2198/95-1 y 2199/95-1 defecha 16 de marzo de 1995, por loscuales se comunicó al señor AlbertoJuárez Vázquez la recepción yadmisión de su escrito de queja.

4. Oficio CDH/PROC/211/01/1257/95de fecha 7 de abril de 1995, en el cualesa Procuraduría remitió el informerequer ido, agregándose copia

certificada de la averiguación previaCUA/III/5830/94.

5. Oficio 3076/95-1 de fecha 20 de abrilde 1995, mediante el cual se sometióa consideración de esa ProcuraduríaGeneral de Justicia la solución de laqueja a través del procedimiento deconciliación, consistente en que seintegre y determine conforme aderecho la averiguación previaCUA/III/5830/94.

6. Oficio 3075/95-1 de fecha 27 de abrilde 1995, a través del cual se comunicóal señor Alberto Juárez Velázquez, lainiciación del procedimiento deconciliación a fin de dar solución a suqueja.

7. Of ic io CDH/PROC/211/01/1613/95(149)/95 de fecha 12 de mayode 1995, por el cual esa Dependenciacomunicó la aceptación delprocedimiento de conci l iac iónpropuesto.

8. Of ic ioCDH/PROC/211/01/1739/95(149)95de fecha 23 de mayo de 1995, en elcual esa Procuraduría General deJusticia informó que en fecha 20 deabril del mismo año se dictó acuerdode reserva en la indagator iaCUA/III/5830/94.

9. Oficio 6043/95-1 de fecha 27 dejunio de 1995, mediante el cual sesolicitó de esa Dependencia informesobre los avances en la averiguaciónprevia CUA/III/5830/94.

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10. Of ic ioCDH/PROC/211/01/2460/95(149)95de fecha 14 de julio de 1995, a travésdel cual esa Procuraduría remitió elinforme pedido.

11. Oficio 7534/95-1 de fecha 9 deagosto de 1995, por el cual secomunicó a esa Dependencia que esteOrganismo daba por concluido elprocedimiento de conciliación, todavez que había fenecido el término parasu cumplimentación.

12. Oficios 9230/95-1, 10215/95-1 y12849/95-1 de fechas 22 deseptiembre, 19 de octubre y 8 dediciembre de 1995, mediante loscuales se solicitó de esa Procuraduríainforme sobre los avances en laintegración de la averiguación previaCUA/III/5830/94 a partir del 7 de juniode 1995.

13. Acta circunstanciada de fecha 25de octubre de 1995, a través de la cualse hizo constar la presencia del señorAlberto Juárez Velázquez ante esteOrganismo, ref i r iendo diversasmanifestaciones en relación a suqueja.

14. Oficio CDH/PROC/211/01/273/96de fecha 16 de enero de 1996, por elcual esa Dependencia envió copiacertificada de averiguación previaCUA/III/5830/94.

III. SITUACIÓN JURÍDICA

En fecha 28 de agosto de 1994, elagente del Ministerio Público adscrito

al primer turno de Cuautitlán, México,recibió el oficio sin número de fecha 24de agosto de 1994, mediante el cual laLic. Sandra Laura García Romero,Representante Social adscrita alJuzgado Primero Civil de Cuautitlán,México, denunciaba hechosposiblemente constitutivos de delito enagravio del señor Alberto JuárezVázquez y en contra de quien resultararesponsable, por el extravío delexpediente 610/76 relativo al juiciointestamentario a bienes de la señoraConcepción Velázquez Vda. deJuárez, que fuese instrumentado en elJuzgado precitado; por lo que se dioin ic io a la aver iguación previaCUA/I/3825/94.

En fecha 5 de septiembre de 1994 laRepresentante Social adscrita a lamesa tercera del Departamento deAveriguaciones Previas de Cuautitlán,México, recabó la declaración delagraviado y el día 21 del mismo mes yaño, de los señores Celia GarcíaMagdalena y Gloria Angélica JuárezGarcía (testigos del ofendido). El día15 de noviembre de 1994, laindagatoria de mérito fue radicada enla mesa segunda deresponsabilidades de Tlalnepantla,México, cuyo titular, en fecha 2 demayo de 1996, la remitió, a su vez, ala Dirección de Responsabilidades deesta Ciudad, radicándose en su mesapr imera bajo e l númeroTOL/DR/I/463/96, ordenándose suprosecución y perfeccionamientolegal; sin embargo, y a más de dosaños de haberse iniciado, ésta no ha

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podido ser determinada conforme aderecho.

Por lo que hace a la averiguaciónprevia CUA/III/5830/94, ésta fueiniciada en fecha 19 de diciembre de1994 por el agente del MinisterioPúblico adscrito al tercer turno deCuautitlán, México, motivada pordenuncia de hechos posiblementeconstitutivos de delito en agravio deAlberto Juárez Velázquez y en contrade Francisca Concepción JuárezVelázquez.

Practicadas las diligencias que elRepresentante Social consideronecesarias, en fecha 25 de marzo de1996, éste determinó no ejercitaracción penal en contra de la indiciada,remit iendo la indagator ia a lSubprocurador de Just ic ia conresidencia en Tlalnepantla, México,quien, previa la audiencia de losagentes auxiliares, el día 10 de abril delaño en curso, resolvió autorizar el noejercicio de la acción penal dereferencia.

En fecha 26 de junio de 1996, el señorAlberto Juárez Velázquez, por escritopresentado ante e l agente delMinisterio Público adscrito a la mesatercera del Depar tamento deAveriguaciones Previas de Cuautitlán,México, se inconformó en contra de laresolución que autorizaba el noejercicio de la acción penal, solicitandofuera revisada la misma; empero,hasta la fecha, dicha inconformidad noha sido resuelta.

IV. OBSERVACIONES

La Comisión de Derechos Humanosdel Estado de México se allegó de lasevidencias necesarias, mismas quefueron descri tas en el capítulocorrespondiente, y realizado el estudiológico-jurídico respectivo, se concluyeque servidores públicos adscritos aesa Procuraduría General de Justiciadel Estado de México, violan losderechos humanos de seguridadjurídica, en su modalidad de legalidady expedites en la procuración dejusticia, del señor Alberto JuárezVelázquez.

Acorde a las constancias que obran enel expediente de quejaCODHEM/802/94-2, la averiguaciónprevia TLA/MR/II/642/94, integradapor el agente del Ministerio Públicoadscrito a la mesa segunda deResponsabilidades de Tlalnepantla,México, ésta fue iniciada en fecha 28de agosto de 1994 por hechospresuntamente delictivos derivados dela pérdida del expediente 610/76relativo al juicio intestamentario abienes de la señora ConcepciónVelázquez Vda. de Juárez, tramitadoante el Juzgado Primero Civil deCuautitlán, México, y en agravio delseñor Alberto Juárez Velázquez; por loque, acorde a l cr i ter io delRepresentante Socia l y eninvestigación de los hechos, serecabaron las declaraciones deldenunciante, de las señoras CeliaGarcía Magdalena y Gloria AngélicaJuárez García, en su calidad detestigos del ofendido; así como de

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Jorge Claudio Ibarrola Muro e IsabelJulia Victoria Rojas de Icaza, NotariosPúblicos números tres y doce delDistrito Judicial de Tlalnepantla,México; determinándose, en fecha 21de febrero de 1995, el archivo de laindagatoria, toda vez que, en criteriodel Representante Social, en el casose surtía la extinción de la pretensiónpunitiva por muerte del inculpado (seatribuía la pérdida al Lic. Luis IbarrolaCervantes, entonces Notario Públiconúmero 12, quien había recibido elexpediente para la protocolizacióncorrespondiente); ponencia de archivoque fue revocada por los CC.Auxiliares del Procurador General deJusticia, por lo que, en fecha 17 demarzo de 1995, se acordó lareapertura de la averiguación previa.

En fecha 10 de abril de 1995, la agentedel Ministerio Público acordó remitirlas diligencias de averiguación previaa la Dirección de Responsabilidadesde esta Ciudad, a fin de que seabocara al esclarecimiento de loshechos y resolviera conforme aderecho, ordenando la baja delexpediente en la mesa de trámite a sucargo; y fue hasta el día 3 de julio delmismo año, es decir, casi tres mesesdespués, cuando la indagatoria demérito fue reabierta por la propiaagente del Ministerio Público, a fin decontinuar con la integración de lamisma (el expediente procedía de la‘‘... oficina del Coordinador de agentesdel Ministerio Público Auxiliares del C.Procurador General de Justicia delEstado de México ...’’ en donde seagregaba el oficio 211-06-238-95

mediante el cual se le señalabaninstrucciones sobre las diligencias quehabían de pract icarse en laaveriguación previa). En fecha 7 dejulio de 1995, el Representante Socialhizo constar el envió de un oficio alJefe del Departamento de Control ySupervisión del Notariado de laDirección General de Gobernación delEstado de México, solicitando ‘‘... labúsqueda del Libro de Registro de losexpedientes judiciales recibidos por eltitular de la Notaría Doce ... y verifiqueel registro del expediente número610/76-2 procedentes del [en eseentonces) Juzgado Mixto de PrimeraInstancia de Cuautitlán, México ...’’ yno fue sino hasta el 21 de octubre delmismo año, es decir, tres mesescatorce días después, que la C.Agente del Ministerio Público acordóque toda vez que ‘‘... faltan diligenciaspor practicarse ... se acuerda sereabran ...’’; compareciendo en fecha27 del mismo mes, el señor AlbertoJuárez Vázquez, a fin de ampliar sudeclaración, dejándose de practicardiligencias de esta fecha hasta el día18 de diciembre de 1995, cuando seacordó girar citatorio a los Lics. JorgeClaudio Ibarrola Muro e Isabel JuliaVictoria Rojas de Icaza, a fin de queampliaran su declaración ministerial;compareciendo el primero de losreferidos el día 23 de enero de 1996.En fecha 12 de febrero de 1996, elRepresentante Social acordó remitirlas diligencias de averiguación previaa la Dirección de Responsabilidadesde esta Ciudad (no se expone elmotivo), empero, sin que existaconstancia de su envío, un mes un día

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después, e l mismo agente delMinisterio Público acordó la práctica deinspección ocular del expediente610/76 instrumentado en el JuzgadoPrimero Civil de Cuautitlán, México,misma que es llevada a cabo más deun mes y medio después, el 2 de mayodel año en curso, acordando, en lamisma fecha, remitir la indagatoria a laDirección de Responsabilidades deesta Ciudad, misma que es recibida el17 del mismo mes y año, por el agentedel Ministerio Público adscrito a lamesa primera de la Dirección dereferencia, registrándola bajo elnúmero TOL/DR/I/463/96.

Las circunstancias, actuaciones yhechos que se han comentado conanterioridad han dado lugar a que, amás de dos años de iniciada laindagatoria de mérito, ésta no hayasido determinada conforme a derecho,conculcándose los derechos humanosde seguridad jurídica, en su modalidadde legal idad y expedites en laprocuración de justicia, del señorAlberto Juárez Velázquez.

Por lo que hace a la averiguaciónprevia CUA/I I I /5830/94, es deobservarse que, de igual forma, seconculcan los derechos humanos deseguridad jurídica, en su modalidad delegalidad y expedites en la procuraciónde justicia, del quejoso.

Si bien es cierto el señor AlbertoJuárez Velázquez hizo consistir suqueja en que la C. Agente delMinisterio Público adscrita a la mesatercera del Depar tamento de

Averiguaciones Previas de Cuautitlán,México, no había ‘‘... llamado a laacusada, debido a que necesita elexpediente 610/76 ...’’ y que en fecha7 de junio de 1995 la RepresentanteSocia l , previa c i ta, recabó ladeclaración de la señora FranciscaConcepción Juárez Velázquez,indiciada en la indagatoria, e incluso,en fecha 25 de marzo de 1996 sedeterminó el no ejercicio de la acciónpenal en contra de la personaantecitada, misma que fue autorizadael día 10 de abril del año en curso porel Subprocurador de Justicia conresidencia en Tlalnepantla, México;también lo es que el señor AlbertoJuárez Velázquez se inconformó encontra de la resolución en cita,mediante escrito recibido ante lapropia Representante Social en fecha26 de junio de 1996 y, hasta la fecha,no se tiene conocimiento de laresolución que haya recaído a lamisma.

En efecto, el art ículo 21 de laConstitución General de la Repúblicadispone en su párrafo cuarto que "Lasresoluciones del Ministerio Públicosobre el no ejercicio y desistimiento dela acción penal , podrán serimpugnadas por vía jurisdiccional enlos términos que establezca la ley";refiriendo por su parte el artículo 125del Código de Procedimientos Penalesvigente en esta Entidad Federativa,que contra la resolución emitida por elProcurador General o e lSubprocurador que correspondarelativa a la autorización del noejercicio de la acción penal, ‘‘... el

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ofendido, dentro de los diez díassiguientes contados a partir de quetenga conocimiento de ladeterminación, podrá solicitar larevisión de ésta y, el ProcuradorGeneral de Justicia del Estado, deberáresolver dentro de un plazo de cincodías hábiles.’’ En este orden de ideas,al haberse interpuesto la revisióncorrespondiente el día 26 de junio de1996, resulta lógico deducir que, a lafecha, el término para resolver elrecurso planteado ha transcurrido conexceso (50 días hábiles a la fecha),si tuación que hace evidente laviolación a los derechos humanos delquejoso.

La afirmación contenida en el párrafoque precede, se robustececabalmente por lo establecido en elartículo 5 fracción I y XIII, de la Ley quecrea la Comisión de DerechosHumanos del Estado de México,precepto que señala que, entre susatribuciones, este Organismo podrá:"Conocer de quejas o iniciar de oficio,investigaciones sobre hechos quepresumiblemente suponganviolaciones a los derechos humanospor actos u omisiones de naturalezaadministrativa de cualquier autoridad oservidor público estatal o municipal."

Por todo lo anterior, se colige queserv idores públ icos de esaProcuraduría General de Justicia delEstado de México han transgredido lossiguientes preceptos legales:

A) De la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos:

Artículo 21. ".... La investigación ypersecución de los delitos incumbe alMinisterio Público, el cual se auxiliarácon una policía que estará bajo suautoridad y mando inmediato...."

B) De la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de México:

Artículo 5. "En el Estado de Méxicotodos los individuos son iguales ytienen las libertades, derechos ygarantías que la Constitución Federal,esta Constitución y las leyes delEstado establecen."

Artículo 81. "Corresponde al MinisterioPúblico la investigación y persecuciónde los delitos y el ejercicio de la acciónpenal.’’

C) Del Código de ProcedimientosPenales para el Estado de México:

Artículo 125. ‘‘Cuando en vista de laaveriguación previa el agente delMinisterio Público estime que no es deejercitarse la acción penal por loshechos que se hubieren denunciadocomo delitos o por los que se hubierepresentado quere l la , d ic taráresolución haciéndolo constar así, yremitirá, dentro de las cuarenta y ochohoras, el expediente al ProcuradorGeneral de Justicia o al Subprocuradorque corresponda, quien con laaudiencia de los agentes auxiliaresdecidirán, en definitiva, si debe o noejercitarse la acción penal. Cuando ladecisión sea en este último sentido, elofendido, dentro de los diez díassiguientes contados a partir de que

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tenga conocimiento de ladeterminación, podrá solicitar larevisión de ésta y, el ProcuradorGeneral de Justicia del Estado, deberáresolver dentro de un plazo de cincodías hábiles.’’

D) De la Ley de Responsabilidades delos Servidores Públicos del Estado yMunicipios:

Artículo 42. "Para salvaguardar lalegal idad, honradez, leal tad,imparcialidad y eficiencia que debanser observadas en el servicio público,independientemente de lasobl igaciones especí f icas quecorrespondan al empleo, cargo ocomisión, todo servidor público, sinperjuicio o independientemente de susderechos y deberes laborales, tendrálas siguientes obligaciones de caráctergeneral:

I. Cumplir con la máxima diligencia elservicio que le sea encomendado yabstenerse de cualquier acto uomisión que cause la suspensión odeficiencia de dicho servicio o impliqueabuso o ejercicio indebido de unempleo, cargo o comisión;"

"XXII. Abstenerse de cualquier acto uomisión que implique incumplimientode cualquier disposición jurídicarelacionada con el servicio público".

Ar t ícu lo 43. "Se incurre enresponsabilidad administrativa por elincumplimiento de cualesquiera de lasobligaciones a que se refiere el artículoanterior, dando lugar a la instrucción

del procedimiento administrativo antelos órganos disciplinarios y a laaplicación de las sanciones que enesta Ley se consignan, atendiendo a lanaturaleza de la obligación que setransgreda."

En razón de todo lo expuesto estaComisión de Derechos Humanosrespetuosamente formula a usted,señor Procurador General de Justiciadel Estado de México, las siguientes:

V. RECOMENDACIONES

PRIMERA: Se sirva ordenar a quiencorresponda, la realización de lasactuaciones tendentes a la integraciónde la aver iguación previaTOL/DR/I/463/96, a fin de que, en suoportunidad, se emita la determinaciónque conforme a derecho proceda.

SEGUNDA: Se sirva ordenar a quiencorresponda, dé in ic io a lprocedimiento que determine laresponsabilidad administrativa en quehayan incurrido los servidores públicosencargados de integrar debidamentela aver iguación previaTOL/DR/I/463/96, a fin de que, deconsiderar lo procedente, seaimpuesta la sanción que conforme aderecho corresponda.

TERCERA: Se sirva ordenar a quiencorresponda, se dé trámite a larevisión formulada por el señor AlbertoJuárez Velázquez, en contra de laresolución que autorizaba el no

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ejercicio de la acción penal dictada enla aver iguación previaCUA/III/5830/94, contenida en elescrito presentado el día 26 de junio de1996 ante la agente del MinisterioPúblico adscrita al tercer turno delDepartamento de AveriguacionesPrevias de Cuautitlán, México, a fin deque, en su oportunidad, éste seresuelva conforme a derecho.

CUARTA: Se sirva ordenar a quiencorresponda, e l in ic io delprocedimiento que determine laresponsabilidad administrativa en queincurrieron el o los servidores públicosencargados de dar e l t rámi tecorrespondiente a l escr i to deinconformidad referido en el punto queantecede y, de resultar procedente,sean impuestas las sancionescorrespondientes con estricto apego aderecho.

QUINTA: De acuerdo con el artículo50, segundo párrafo, de la Ley queCrea la Comisión de DerechosHumanos del Estado de México,

solicito a usted que la respuesta sobrela aceptación de esta Recomendación,nos sea informada dentro de untérmino de 15 días hábiles siguientesa la notificación de la presente.

Con fundamento en el mismo preceptolegal, solicito que, en su caso, laspruebas correspondientes a lcumplimiento de la Recomendación seenvíen a este Organismo durante losquince días hábiles siguientes a lafecha de aceptación de la presente.

La falta de presentación de pruebasdará lugar a que se interprete que lapresente Recomendación no fueaceptada, quedando la Comisión deDerechos Humanos del Estado enl iber tad de hacer públ ica estacircunstancia.

La presente Recomendación, acorde alo dispuesto por el Artículo 102,apartado B, de la Constitución Generalde la República y 16 de la Particular delEstado, tiene el carácter de pública.

A T E N T A M E N T E

DRA. MIREILLE ROCCATTI VELAZQUEZ

PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOSDEL ESTADO DE MÉXICO

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Gobierno del Estado de MéxicoProcuraduría General de Justicia

OFICIO: 213004000/3960/96Toluca, Estado de México

septiembre 12 de 1996

DoctoraMIREILLE ROCCATTI VELAZQUEZPresidenta de la Comisión de DerechosHumanos del Estado de México

Presente.

En respuesta a su atento oficio del día 4 de septiembre del año en curso, medianteel cual hace del conocimiento de esta Dependencia la RECOMENDACIÓN 66/96,emitida por el H. Organismo que usted dignamente representa y motivada por lasquejosas CODHEM/802/94-2 y CODHEM/788/95-1 presentadas por el señorALBERTO JUÁREZ VÁZQUEZ, le informo:

La misma es aceptada en términos del Artículo 50 Párrafo Segundo de la Ley quecrea la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México y a la brevedadposible le será remitida la documentación que acredite su debido cumplimiento.

Sin otro particular por el momento, le reitero mi distinguida consideración.

A T E N T A M E N T E

LIC. LUIS ARTURO AGUILAR BASURTOProcurador General de Justicia

C.c.p. LIC. CÉSAR CAMACHO QUIROZ.- Gobernador del Estado de México

LIC. RAÚL VERA AGUILAR.- Subprocurador General de Justicia

LIC. JOSEFINA GUTIÉRREZ ESPINOZA. Coordinadora de Derechos Humanos.

LAAB‘JGE‘SPLB‘jbsg.

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