RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 -...

43
RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 EXP. No. CODHEM/549/95-2 Toluca, México, agosto 2 de 1996. RECOMENDACIÓN EN EL CASO DE LA SEÑORA SARA ELENA PÉREZ DE HALBINGER . LIC. LUIS ARTURO AGUILAR BASURTO. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO. Muy distinguido señor Procurador: La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, con fundamento en los artículos 102 Apartado "B" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 4, 5 fracciones I, II y III, 28 fracción VIII, 49 y 50 de la Ley que Crea la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, ha examinado diversos elementos relacionados con la queja presentada por la señora Sara Elena Pérez de Halbinger, en atención a los siguientes: I. HECHOS 1. En fecha 23 de febrero de 1995, la señora Sara Elena Pérez de Halbinger, presentó escrito de queja, manifestando: En el mes de enero (11) de 1995, fue citado el Profr. Rogelio Rodríguez Rangel, Profr. Benjamín Serratos Torres y el Lic. Víctor Guzmán Sánchez, delante del Lic. Felipe Gálvez Gómez, del señor Fernando González Pérez; delante del Lic. Ángel Arenas Santos y una servidora, se comprometieron a reinstalar al Sr. Fernando a la [Escuela] Técnica Número 113 y dar de baja dicha acta, todo esto sucedió en la mesa de responsabilidades de Texcoco. El mismo día 11 de enero de 1995, el Profr. Benjamín Serratos Torres, de viva voz, comentó que el Profr. Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe Gálvez Gómez y ayer 22 de febrero de 1995, alrededor de las 10:30 le pedí al Sr. Lic. Pedro Garnica enterarme del contenido de dicha acta y me comentó que dicho documento no aparece en mi expediente. Deseo comentar que el Profr. Rogelio Rodríguez Rangel, durante todo el mes de febrero me comentó burlonamente que él ya se había arreglado con el Lic. Felipe Gálvez Gómez. El Lic. Felipe Gálvez Gómez tiene conocimiento que el Profr. Benjamín Serratos Torres, desde el 14 - X - 94 comentó que ya se integraba el señor Fdo. a trabajar. El Profr. Ángel que desde el 10 - XI - 94 se integraba y el Profr. Rogelio Rodríguez desde el 22 - X - 94 ya se había dado de baja [sic] y se incorporaba a sus labores. Recomendaciones 139

Transcript of RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 -...

Page 1: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

RECOMENDACIÓN Nº. 52/96

EXP. No. CODHEM/549/95-2Toluca, México, agosto 2 de 1996.

RECOMENDACIÓN EN EL CASO DE LASEÑORA SARA ELENA PÉREZ DE HALBINGER .

LIC. LUIS ARTURO AGUILAR BASURTO.PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DELESTADO DE MÉXICO.

Muy distinguido señor Procurador:

La Comisión de Derechos Humanosdel Estado de México, con fundamentoen los artículos 102 Apartado "B" de laConstitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 16 de laConstitución Política del Estado Libre ySoberano de México; 1, 4, 5 fraccionesI, II y III, 28 fracción VIII, 49 y 50 de laLey que Crea la Comisión de DerechosHumanos del Estado de México, haexaminado diversos elementosrelacionados con la queja presentadapor la señora Sara Elena Pérez deHalbinger, en atención a los siguientes:

I. HECHOS

1. En fecha 23 de febrero de 1995, laseñora Sara Elena Pérez de Halbinger,presentó escr i to de queja,manifestando:

En el mes de enero (11) de 1995, fuecitado el Profr. Rogelio RodríguezRangel, Profr. Benjamín SerratosTorres y el Lic. Víctor GuzmánSánchez, delante del Lic. Felipe Gálvez

Gómez, del señor Fernando GonzálezPérez; delante del Lic. Ángel ArenasSantos y una servidora, secomprometieron a reinstalar al Sr.Fernando a la [Escuela] TécnicaNúmero 113 y dar de baja dicha acta,todo esto sucedió en la mesa deresponsabilidades de Texcoco. Elmismo día 11 de enero de 1995, elProfr. Benjamín Serratos Torres, deviva voz, comentó que el Profr. RafaelOchoa Guzmán mandó una carta al Sr.Lic. Felipe Gálvez Gómez y ayer 22 defebrero de 1995, alrededor de las 10:30le pedí al Sr. Lic. Pedro Garnicaenterarme del contenido de dicha actay me comentó que dicho documento noaparece en mi expediente.

Deseo comentar que el Profr. RogelioRodríguez Rangel, durante todo el mesde febrero me comentó burlonamenteque él ya se había arreglado con el Lic.Felipe Gálvez Gómez.

El Lic. Felipe Gálvez Gómez tieneconocimiento que el Profr. BenjamínSerratos Torres, desde el 14 - X - 94comentó que ya se integraba el señorFdo. a trabajar. El Profr. Ángel quedesde el 10 - XI - 94 se integraba y elProfr. Rogelio Rodríguez desde el 22 -X - 94 ya se había dado de baja [sic] yse incorporaba a sus labores.

Recomendaciones

139

Page 2: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Solicitando a esta Comisión deDerechos Humanos:

Que se investigue de ser posible cuáles el contenido de dicha carta y cual fueel arreglo que duró cerca de dos mesesy terminó por perjudicar al señor Fdo.A dónde está dicha carta.

2. Mediante oficios 1665/95-2 y1666/95-2 de fecha 23 de febrero de1995, se comunicó a la señora SaraElena Pérez de Halbinger la admisióny recepción de su escrito de queja.

3. A través de oficio 1667/95-2 de fecha23 de febrero de 1995, se solicitó delLic. Luis Rivera Montes de Oca,entonces Procurador General deJusticia del Estado de México, informedetal lado sobre los hechosconstitutivos de la queja.

4. En fecha 13 de marzo de 1995, esteOrganismo recibió copia simple de unescrito dirigido al Lic. Emilio ChauyffetChemor, entonces GobernadorConst i tucional de esta Ent idadFederativa, signado por al señora SaraElena Pérez de Halbinger, cuyo textofundamentalmente refiere:

Por medio de las siguientes líneasvengo a suplicarle de la manera másatenta se sirva girar instrucciones paraque se investigue en la mesa deresponsabilidades sobre la causa [sic,es averiguación previa] No. TEX. 44/94[...] desde hace más de un año me hevisto perturbada en dicha actuación ,he recurrido a [diferentes instancias][ . . . ] ahí les comento sobre las

anomalías vividas en la causa número645, respecto al Sr. Silvano AnimasMeraz (acusado), al Sr. Juez Lic.Fortino Flores Vega, la M.P. Lic. OlgaJaimes Alanís (quien me representó),el Sr. Srio., y la Tec. Judicial.

[...] no deje que impere el influyentismocomo ud. nos lo ha manifestado, queno haya impunidad, por tal motivo seha desprendido la causa [sic, esaveriguación previa] No. 875, (anexocopias) ya que mi testigo el Sr.Fernando González Pérez, ha sidoperjudicado en su fuente de trabajo,pues dentro de mi proceso fueamenazado por el Sr. Silvano AnimasMeraz, en el sentido de acordarse deél por haberme servido de testigo.

Quiero mencionar que desde hace másde dos meses el Lic. Felipe GálvezGómez estuvo llevando pláticas depalabra para con la Secc. No.36, con elProfr. Rogelio Rodríguez Rangel y conel Profr. Serratos, JAMÁS ESTUVE DEACUERDO QUE ESTO NO FUERAPOR ESCRITO, ya que por tal motivoahora estoy siendo perjudicada por elSr. Lic. Pedro Garnica Reyes, quedesde hace 20 días que tiene de habertomado el puesto del Lic. Felipe GálvezGómez, me ha traído a vuelta y vuelta,telefonazo y telefonazo, pues meconsta que él solamente da su tiempoa pura gente que llega y se pone deacuerdo para con él , que t raerecomendación, los citatorios queestuvieron a punto de extenderse porhaberme dirigido al Lic. Arturo Pérez yLic. Miguel Falcón no los autorizó ydespués de que mi causa [sic, es

CODHEM

140

Page 3: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

averiguación previa] No. 875 tiene yacasi 3 meses, el Lic. Pedro GarnicaReyes, y que yo estaba notando desdesu estancia que no quería trabajar [sic]pues notaba todo el tiempo quecaminaba en contubernio para con losSres. Srios. Lic. Ángel Arenas Santos,Lic. Raúl Castrejón, ya que ellosdurante estos meses se han dadocuenta de mis problemas, ahora loúnico que les interesa a los Sres. esque les firme y les comente qué deseoen contra del Lic. Felipe Gálvez G.

Licenciado, si el Lic. Felipe Gálvezrecibió una carta de la sección No. 36y los señores no la encuentran, en lasección No. 36 dicen haberse puestode acuerdo con la Mesa deResponsabilidades, que hubo unconvenio y porque no piden un informedelante de mi, como el Lic. ArturoPérez lo comentó que todo lo hicierande frente y que nada lo ocultaran. ¿Porqué mandaron mi expediente al DistritoFederal, por qué si las difamacionesque sufrí fueron en el Estado deMéxico, por qué si ya lo estabatrabajando la mesa deresponsabilidades el Sr. Lic. PedroGarnica Reyes, no se quiere molestaren seguir dicha investigación ...

5. Por of ic io CDH/PROC/211/01/990/95, de fecha 16 de marzo de1995, el Lic. Luis Rivera Montes deOca, entonces Procurador General deJusticia del Estado de México, envió elinforme solicitado, anexando el similarrendido por el Lic. Pedro GarnicaReyes, agente del Ministerio Públicoadscr i to a la Mesa de

Responsabil idades de Texcoco,México, mismo que expone:

Con fecha 4 de enero de 1995,compareció la C. Sara Elena Pérez deHalbinger a ratificar su escrito dedenuncia, por lo que se procedióposteriormente a girar citatorio al C.Rogel io Rodríguez Rangel poraparecer como probable responsablede los hechos denunciados, quien nocompareció, girándose segundocitatorio con fecha 6 de enero.

Con fecha 7 de enero de 1995, sepresento en estas of ic inas elLicenciado o Profesor BenjamínSerrato Torres, Secretar io deConflictos de la sección treinta y seis ysecundarias técnicas [sic], solicitandose le declare a él, por lo que presentóun escrito, en donde es nombrado paraello por el Profesor Rafael OchoaGuzmán, Secretario General delSindicato Nacional de Trabajadores dela Educación, por lo que se indicó aéste Profesor, que el derecho penal espersonalismo y no era posible accedera la solicitado.

Con fecha 23 de Febrero de 1995, sepresento a estas oficinas la C. SaraElena Pérez de Halbinger a ampliar sudeclaración y con fecha 3 de Marzo de1995, se presento a éstas oficinas elseñor Fernando González Pérez, quienes el agraviado en los hechosdenunciados, quien rindió declaraciónde propia voz, desprendiéndose de lamisma, que los hechos denunciadosfueron cometidos por personal de lasección 36 del Sindicato Nacional de

Recomendaciones

141

Page 4: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Trabajadores de la Educación, por elProfesor Benjamín Serratos y otros, enlas oficinas ubicadas en el centro delDistrito Federal, por lo que al sercompetencia de la ProcuraduríaGeneral de Justicia del Distrito Federal,se envío el acta original al Procuradorde Justicia del Distrito Federal confecha 6 de marzo de 1995, medianteoficio número 211-10-307-95.

Con fecha 9 de diciembre de 1995, sereabre el desglose dejado en estamesa para su integracióncorrespondiente, presentándosevoluntariamente la C. Sara ElenaPérez de Halbinger, quien solicitaampliar su declaración, procediendo aello, y al término se da lo dicho para sulectura [s ic ] , mani festandoinconformidad por haberse enviado laindagatoria principal al Procurador delDistrito Federal, motivo por lo que senegó a f i rmar su declaración,despidiéndose del personal y pasandoa retirarse.

6. Al informe detallado en el inciso queprecede, se agregó copia certificada dela aver iguación previaTEX/MR/875/94, de la que seobtuvieron los siguientes datos:

a) En fecha 27 de diciembre de 1994,el Lic. Felipe Gálvez Gómez, agentedel Ministerio Público adscrito a lamesa única de responsabilidades deTexcoco, México, recibió el oficio211-05-1710/94, signado por elSubprocurador de Just ic ia conresidencia en la misma localidad,mediante el cual se anexaba escrito

conteniendo denuncia de hechospresentada por la señora Sara ElenaPérez de Halbinger, en contra de quienresultara responsable; ordenando elinicio de las investigaciones, noobstante que el escrito de referenciacarecía de la rúbrica y domicilio de ladenunciante.

b) El día 4 de enero de 1995, la señoraSara Elena Pérez de Halbingercompareció en forma voluntaria ante elRepresentante Social, ratificando sudenuncia de hechos.

c) En fecha 7 de enero de 1995, através de razón ministerial, el Lic.Felipe Gálvez Gómez, hizo constar larecepción del oficio 683/95, dirigido almismo y suscrito por el Profr. RafaelOchoa Guzmán, Secretario Generaldel Sindicato Nacional de Trabajadoresde la Educación, por el cual solicitaque, en relación al citatorio que le fuegirado por el propio RepresentanteSocial, el mismo fuera atendido por elProfesor Benjamín Serrato Torres,Secretario de Trabajo y Conflictos deSecundarias Técnicas del Sindicato demérito; refir iendo el agente delMinisterio Público en cita que, por elcarácter personal del derecho penal,no era posible acceder a tal solicitud.

d) En fecha 23 de febrero de 1995, laseñora Sara Elena Pérez de Halbingercompareció nuevamente ante elagente del Minister io Públ ico,refiriendo, entre otras situaciones, que"... también pido que se investiguehasta sus últimas consecuenciasdónde está la carta que de viva voz el

CODHEM

142

Page 5: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Profr. Benjamín Serratos Torres mecomentó en presencia del señorFernando González Pérez, que elProfesor Rogelio había entregado alLicenciado Felipe Gálvez Gómez .."

e) En fecha 3 de marzo de 1995, elseñor Fernando González Pérezcompareció voluntariamente ante elRepresentante Social, a fin de declararen torno a los hechos, exponiendo,entre otras cuestiones: "... solicita se letome su declaración de propia voz paraevitar errores, y que es el caso que envarias ocasiones asistí como testigo dela señora Sara Elena Pérez deHalbinger en un proceso en contra delProfesor Silvano Animas Meraz, ellame comentó que fui amenazadoverbalmente por el Profesor Silvano ypor haberle servido de testigo a laseñora, hechos que se consumarondespués de tener problemas de trabajo[...] Aclarando que los problemas nofueron directamente con el ProfesorRogelio Rodríguez Rangel, ni con elProfesor Benjamín Serrato, ya que aúncuando entregué la receta originalmédica al Profesor Serratos, ésteposteriormente me indicó que la habíaentregado al Ingeniero Rogelio JuárezRuíz, jefe del departamento y éste a suvez indicó que no había recibidoninguna receta .... Mis recetas se lasentregué en las oficinas de la seccióntreinta y seis ubicada en BelisarioDomínguez y Allende Centro ...."

f) En fecha 6 de marzo de 1995, el Lic.Pedro Garnica Reyes, agente delMinisterio Público adscrito al la Mesade Responsabilidades, acordó remitir

original y copias de la indagatoria alProcurador General de Justicia delDistrito Federal para su prosecución yperfeccionamiento legalcorrespondiente, toda vez que, deacuerdo a su criterio, "... los hechosque denuncia la señora Sara ElenaPérez de Halbinger por FernandoGonzález Pérez tuvieron verificativo enel Distrito Federal, como se desprendede la declaración de la denunciante asícomo del agraviado directo, en dondese manifiesta que esta personaentregó sus recetas médicas alprobable responsable en las oficinasdel SNTE ubicadas en la calle deBelisario Domínguez y calle Allende,en el centro del Distrito Federal, CódigoPostal 06010, como se corroboraademás con el escrito presentado aestas oficinas por el Sindicato Nacionalde Trabajadores de la Educación,signado por el Profesor Rafael OchoaGuzmán ...."; acordando, de igualforma, dejar desglose de la propiaindagatoria.

g) En fecha 9 de marzo de 1995, el Lic.Pedro Garnica Reyes acordó reabrir eldesglose de la indagatoria, recabandola declaración de la señora Sara ElenaPérez de Halbinger, misma quecompareció en forma voluntaria, yquien, entre otras situaciones, insisteen que "... se investigue dónde está lacarta [...] que no aparece en elexpediente ...", refiriendo distintasmanifestaciones de inconformidad porel envió de la indagatoria a laProcuraduría General de Justicia delDistrito Federal; diligencia que, acordea la constancia ministerial de la misma

Recomendaciones

143

Page 6: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

fecha, no fue firmada por la ofendidaante su negativa de hacerlo.

7. En fecha 10 de abril de 1995, serecibió en esta Comisión de DerechosHumanos, escrito de fecha 6 del mismomes y año, dirigido al Lic. EmilioChauyffet Chemor, signado por laquejosa, en el cual, entre otrassituaciones manifestó: "Licenciado,suplico también se pida rinda informeel Lic. Pedro Garnica Reyes, por quémotivo mandó mi exp. 875/94 al DistritoFederal a la Procuraduría, si lasdifamaciones de las que fui objetofueron en el Estado de México, porquesi ya se venía trabajando en Texcoco,por qué razón las fue a acumular a miaveriguación Tex. 44/94, por qué tantatardanza, tanta negligencia, etc. "

8. El día 27 de abril de 1995, esteOrganismo recibió copia simple de unescrito dirigido al Lic. Emilio ChauyffetChemor, entonces GobernadorConst i tucional de esta Ent idadFederativa, por el cual la señora SaraElena Pérez de Halbinger refieredistintas manifestaciones.

9. En fecha 4 de mayo de 1995, estaComisión recibió copia de un escritodirigido al Lic. Daniel Villicaña Estrada,Contralor Interno de esa ProcuraduríaGeneral de Justicia, signado por laseñora Sara Elena Pérez de Halbinger,en el cual le solicita: "... se investiguehasta sus últimas consecuencias atodos los servidores públicos ..." queintervinieron en la remisión de laaveriguación previa TEX/MR/875/94 a

la Procuraduría General de Justicia delDistrito Federal.

A su escrito, se anexaron, entre otrosdocumentos, copia simple de un actade comparecencia de fecha 7 de abrilde 1995, a través de la cual los señoresSara Elena Pérez de Halbinger yFernando González Pérez hicieron delconocimiento de la Contraloría Internade los Servicios Educativos Integradosal Estado de México diversos hechosrelacionados con servidores públicosadscritos a la dependencia precitada.

10. Mediante escrito de fecha 16 demayo de 1995, la señora Sara ElenaPérez de Halbinger solicitó de esteOrganismo, se requiriera informe alDirector General de los ServiciosEducativos Integrados al Estado deMéxico, en relación a la situaciónlaboral del señor Fernando GonzálezPérez.

11. En fecha 24 de mayo de 1995, esteOrganismo recibió copia simple de unescrito dirigido al Lic. Emilio ChuayffetChemor, entonces GobernadorConst i tucional de esta Ent idadFederativa, signado por la señora SaraElena Pérez de Halbinger, a través delcual refiere, entre otras situaciones:

... pedí al Srio. del Ing. Manuel GarzaCabal lero, (el Ing. Jorge Piña)audiencia, pero me fue negada, yprueba de lo que digo mi testigo el Sr.Fernando González Pérez, con él Of.no. 206-01-6958/5760, le fue negadaaudiencia, él quiso hablar con el Sr.Srio. Ing. Jorge Piña me consta, como

CODHEM

144

Page 7: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

a todo mundo recibía pero el Sr.Fernando nunca, prueba de lo que digolo sabe la Contraloría Interna pues yopersonalmente lo comenté [sic].

Sr. Gobernador, he pedido de serposible se me caree con los servidorespúbl icos que dependen de laS.E.I.E.M. han transcurrido más desiete meses, se ha comprobado y seha dado de baja acta injustificada (deabandono), pérdida de empleoinjustificado, y como resultado no serespetan sus instrucciones.

... no permita que los servidorespúblicos de la S.E.I.E.M abusen de susfunciones, pido se les aplique la ley, yse les investigue hasta sus últimasconsecuencias. Ud. lo ha comentado,no permit i rá que impere elinfluyentismo.

12. Por oficio 3124/95-2 de fecha 18 demayo de 1995, se solicitó del DirectorGeneral de los Servicios EducativosIntegrados al Estado de México, en víade colaboración, informe detallado dela comparecencia de la quejosa defecha 7 de abril de 1995, en laContraloría Interna de la Dependenciaprecitada.

13. En oficio 5805 de fecha 1 de juniode 1995, el Ing. Manuel GarzaCaballero, Director General de losServicios Educativos Integrados alEstado de México, remitió el informerequerido, agregando copia simple deun acta informativa de fecha 7 de abrilde 1995, a través de la cual los señoresFernando González Pérez y Sara

Elena Pérez de Halbinger refirieron a laContraloría Interna de la Dependenciaprecitada, diversas irregularidadesrelat ivas a servidores públ icosadscritos a los Servicios Educativos dereferencia.

14. Por oficios 4892/95-2 y 5610/96-2de fechas 15 de junio y 14 de julio de1995, se solicitó al Lic. Luis RiveraMontes de Oca, entonces ProcuradorGeneral de Justicia del Estado deMéxico, informe sobre los avances enla integración de la averiguación previaTEX/MR/875/94 a partir del 6 de marzode 1995.

15. Mediante oficio CDH/PROC/211/01/2536/95 de fecha 24 de julio de1995, el Lic. Luis Rivera Montes de Ocaremitió el informe pedido, anexando elsimilar rendido por el Lic. PedroGarnica Reyes, agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa única deresponsabi l idades de Texcoco,México, mismo que refiere:

... respecto a la averiguación previa [...]relativa a una denuncia de hechosposiblemente constitutivos de delitoscometidos en agravio de Sara ElenaPérez de Halbinger, misma que confecha 6 de marzo del año en cursofuera remitida a la ProcuraduríaGeneral de Justicia del Distrito Federal,ha sido regresada a esta mesa deResponsabilidades en donde se recibiócon fecha 10 de junio, y tendientes a laintegración de la misma se hanpracticado las siguientes diligencias:

Recomendaciones

145

Page 8: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Con fecha diez de junio del año encurso se giró citatorio al LicenciadoFelipe Gálvez Gómez, a efecto de quecomparezca a estas oficias y rindadeclaración en cuanto a los hechosque menciona la denunciante que almismo le constan, no compareciendoa esta cita que era para el día 18 dejunio a las 10:00 horas.

Con fecha 21 de junio, se giró citatorioal C. Rogelio Juárez Ruíz a efecto deque comparezca a estas oficinas el día28 de junio y rinda declaración encuanto a los hechos que le imputa ladenunciante, sin que haya dadocumplimiento.

Por lo que con fecha 19 de julio del añoen curso, se procedió a girar segundocitatorio tanto al Licenciado FelipeGálvez Gómez como al C. RogelioJuárez Ruíz, para los días 31 y 28 dejul io a las t rece horas,respectivamente, estando en esperade que comparezcan a rendirdeclaración.

16. Al oficio que precede, se agregócopia certificada de los avances en laintegración de la averiguación previaTEX/MR/875/94, obteniéndose lasiguiente información:

a) En fecha 2 de mayo de 1995, el Lic.Federico Rodríguez García, agente delMinisterio Público adscrito a la mesa 17del Departamento de AveriguacionesPrevias de la Procuraduría General deJusticia del Distrito Federal, acordóremitir las diligencias practicadas en laaveriguación previa SC/3696/995-03

(TEX/MR/875/94) nuevamente a esaProcuraduría General de Justicia, porconsiderar que los hechos sesucedieron en el territorio de estaEntidad Federativa.

b) El día 10 de junio de 1995, el Lic.Pedro Garnica Reyes, agente delMinisterio Público adscrito a la mesa deresponsabi l idades de Texcoco,México, acordó la recepción de laindagator ia SC/3696/995-03,ordenando su inmediata prosecuciónbajo su número or ig inar ioTEX/MR/875/94.

c) Mediante acuerdos de fechas 10 y21 de junio de 1995, el RepresentanteSocial giró citatorios a los señoresFelipe Gálvez Gómez y Rogelio JuárezRuíz, a fin de que declaracen en tornoa los hechos.

17. En fecha 1° de agosto de 1995, porcomparecencia personal ante esteOrganismo, le fueron notificados a laquejosa los informes rendidos por esaProcuraduría General de Justicia defechas 16 de marzo, 6 y 20 de junio, 24de jul io de 1995; a f in de quemanifestase lo que a su derechoconviniera en relación a los mismos enun plazo no mayor de 10 días.

18. En fecha 24 de agosto de 1995, serecibió en esta Comisión de DerechosHumanos escrito de la quejosa, através del cual refer ía suinconformidad, entre otras situaciones,en contra de servidores públicosadscritos a los Servicios EducativosIntegrados al Estado de México que

CODHEM

146

Page 9: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

estaban s iendo objeto deprocedimiento disciplinario ante laContraloría Interna de la propiaDependencia (expediente 28/95),señalando "Gracias al bloqueo de misdemandas, me vi en la necesidad dealzar acta TOL/AC/I I /5887/95,radicada aquí en la Procuraduría, enaveriguaciones previas, por serresponsable[s] y culpable[s] de lasituación de mi testigo, Sr. Fernando[González Pérez] , amenazadaconstantemente por vía telefónica demuerte."

19. Mediante oficio CDH/PROC/211/01/2939/95 de fecha 24 de agosto de1995, el Lic. Luis Rivera Montes deOca, entonces Procurador General deJusticia del Estado de México, remitióinforme sobre los avances en laintegración de la averiguación previaTEX/MR/875/94, agregando el similarrendido por el Lic. Pedro GarnicaReyes, agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa deresponsabi l idades de Texcoco,México, mismo que refiere, como datonovedoso, que "El día 31 de julio delpresente año, compareció a la oficinael Licenciado Felipe Gálvez Gómez, encumplimiento a la cita girada y rindiódeclaración; no compareciendo elProfesor Rogelio Juárez Ruíz, por loque se procedió a girársele unasegunda cita para que se presente eldía 25 de agosto del año en curso a las10:00 horas y rinda declaración."

Al oficio que precede se agregó copiacertificada de los avances en laintegración de la indagatoria de mérito,

de la que sobresale la declaración delLic. Felipe Gálvez Gómez, quien, entreotras cosas, manifiesta:

Que efectivamente el dicente fungiócomo agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa deresponsabilidades, en donde en el mesde diciembre del año próximo pasadose recibió una denuncia presentada porla señora Sara Elena Pérez deHalbinger, misma que se radicó en estamesa bajo el número TEX/MR/875/94,dándosele el trámite correspondiente,en donde se ratificó la denuncia por ladenunciante ya referida y se giraroncitatorios tanto al C. Rogelio RodríguezRangel, como al C. Rafael OchoaGuzmán, citatorios a los que en unaocasión acudieron estas personasestando presente en éstas oficinas ladenunciante, quien pidió hablar conestas personas a fin de tratar dearreglar su situación, ignorando si sehaya llegado a algún acuerdo. Sucedeque posteriormente a esta oficina endonde prestaba yo mis servicios comoagente del Ministerio Público, serecibió de parte del que dijo llamarseBenjamín Serratos Torres, un escritoen donde se le designa como a lapersona que deberá declarar enindagatoria en vir tud de ser elsecretario del trabajo y conflictos desecundarias técnicas, según escritosignado por el C. Rafael OchoaGuzmán, Secretario General delSindicato Nacional de Trabajadores dela Educación, escrito que es recibido ycorre agregado en actuaciones el díasiete de enero del año en curso, y se lehizo saber en su momento a la persona

Recomendaciones

147

Page 10: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

que se presentó a estas oficinas que elderecho penal es personalísimo y portal razón no era posible acceder a supetición, así como a dársele algunaotra información relativa al acta deaveriguación previa, como quedódebidamente asentado enactuaciones, siendo falso que yo hayarecibido algún otro documento de partede éstas personas así como el que sehaya arreglado la situación con lasmismas.

20. En oficios 6927/95-2 y 7573/95-2de fechas 25 de agosto y 15 deseptiembre de 1995, se solicitó del Lic.Luis Rivera Montes de Oca, copiacertificada de las averiguacionesprevias TEX/MR/44/94, TEX/MR/875/95 y TOL/DR/I/353/95.

21. Mediante oficio 6983/95-2 de fecha29 de agosto de 1995, se comunicó ala señora Sara Elena Pérez deHalbinger el informe remitido por esaProcuraduría General de Justiciacontenido en el of ic ioCDH/PROC/211/01/2939/95 de fecha24 de agosto de 1995 que antecede.

22. A través de oficio 7331/95-2 defecha 6 de septiembre de 1995, sesol ic i tó del Ing. Manuel GarzaCaballero, Director General de losServicios Educativos Integrados alEstado de México, informe sobre losavances de la queja 28/95 integrada enla Contralor ía Interna de eseOrganismo.

23. Por oficio DG-1101/010220 defecha 18 de septiembre de 1995, el Ing.

Manuel Garza Caballero remitió elinforme solicitado en el punto queprecede, refiriendo, entre otras cosas,que una vez que fuese aprobado elproyecto de resolucióncorrespondiente, sería enviado a esteOrganismo.

24. En oficio 7752/95-2 de fecha 20 deseptiembre de 1995, se solicitó del Ing.Manuel Garza Cabal lero, copiacertificada de la resolución que recayóa la queja 28/95 radicada en laContraloría Interna de los ServiciosEducativos Integrados al Estado deMéxico.

25. Mediante oficio CDH/PROC/211/01/3434/95 de fecha 22 de septiembrede 1995, esa Procuraduría remitió lossiguientes informes:

a) El suscrito por el Lic. José LuisGómez Tamayo, agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa primera deresponsabil idades, relativo a laaveriguación previa TOL/DR/I/353/95,por el que refiere que ésta: "... seencuentra en estudio para sudeterminación".

b) El rendido por el Lic. Pedro GarnicaReyes, agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa deresponsabi l idades en Texcoco,México, referente a la indagatoriaTEX/MR/44/94, a través del cualexpone:

Con fecha 11 de agosto del año encurso fue remitida a esta oficina a micargo, el acta de averiguación previa

CODHEM

148

Page 11: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

que nos ocupa a efecto de darcumplimiento a lo dispuesto por elarticulo 125 parte ultima del Código deProcedimientos Penales Vigente en elEstado de México, por lo que se girocitatorio a la C. Sara Elena Pérez deHalbinger para el día 28 de agosto a lasonce horas con treinta minutos.

El día 23 de agosto siendo las oncehoras con quince minutos, se presentóde manera voluntaria la C. Sara ElenaPérez de Halbinger por lo que seprocedió a tomarse su comparecenciay notificarle la determinación de archivodel acta en cuestión, exhibiendo en esemismo acto mediante escrito suinconformidad a la resolución, por loque con fecha 24 de agosto se remitióel expediente integro al C. ProcuradorGeneral de Justicia del Estado consede en Toluca, México.

26. Mediante oficio 7995/95-2 de fecha25 de sept iembre de 1995, secomunicó a la señora Sara Elena Pérezde Halbinger el contenido de losinformes detallados en el punto queantecede, a fin de que manifestara loque a su derecho conviniese en unplazo no mayor a diez días.

27. Por oficio CI-2301/2153 de fecha 4de octubre de 1995, el C.P. LázaroGurrola Altamira, Contralor Interno delos Servicios Educativos Integrados alEstado de México, remitió copiacertificada de la resolución que recayóa la queja 28/95 radicada en esaContraloría; cuyos puntos resolutivosrefieren:

Primero. Con fundamento en el artículo49 f racción I de la ley deResponsabilidades de los servidoresPúblicos del Estado y Municipios, esprocedente imponer como sanciónadministrativa disciplinaria al C.Rogel io Juárez Ruíz, unaamonestación, exhortándole para queen lo sucesivo se conduzca con lamáxima diligencia en el servicioencomendado.

Segundo. Notifíquese personalmenteal C. Rogelio Juárez Ruíz el contenidode la presente y mediante oficio a susuperior jerárquico para su debidocumplimiento.

Tercero. Notifíquese la presente a losCC. Sara Elena Pérez de Halbinger,Fernando González Pérez, Jorge Piña,Porfirio Bautista Castro, Víctor BarroSánchez, Martha Taboada Chávez,Jesús Manuel Sandoval, IgnacioVillalba Urrutia y Nicolás MartínezSandoval para los efectos legalesprocedentes.

Cuarto. Remítanse mediante oficiocopia de la presente a la DirecciónGeneral de Responsabilidades ySituación Patrimonial de la Secretaríade la Contraloría del Gobierno delEstado para los efectos del artículo 63de la Ley de la materia.

Quinto. Archívese como total ydefinitivamente concluido.

Así lo resolvieron y firmaron el C.Secretario de Educación, Cultura yBienestar Social, el C. Director General

Recomendaciones

149

Page 12: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

de Servicios Educativos Integrados alEstado de México y el C. ContralorInterno del Organismo, a los catorcedías del mes de agosto de milnovecientos noventa y cinco. [rúbricas]

28. En fecha 9 de octubre de 1995, elseñor Fernando González Pérezcompareció voluntariamente ante esteOrganismo, manifestando, entre otrascosas, que:

Las denuncias presentadas por laseñora Sara Elena Pérez de Halbingerante esta Comisión de DerechosHumanos me constan en su mayoría[...] y que no me interesa que se tramitequeja alguna en relación a los hechoscometidos en su agravio; ya que sitengo problemas posteriormentecompareceré a presentar queja, por loque en este acto no presento quejaalguna ...

29. En oficios 9095/95-2 y 9608/95-2de fechas 23 de octubre y 7 denoviembre de 1995, se requirió de esaProcuraduría General de Justicia delEstado de México remitiera copiacertificada de la averiguación previaTOL/AC/II/5887/95; del procesodisciplinario que se había iniciado encontra del Lic. Pedro Garnica Reyes,agente del Ministerio Público adscrito ala mesa de responsabilidades deTexcoco, México, con motivo de quejainterpuesta en contra de dicha personapor la señora Sara Elena Pérez deHalbinger ante la Contraloría Interna deesa Procuraduría; así como informesobre los avances en la indagatoria

TEX/MR/875/94 a partir del 19 de juliode 1995.

30. En fecha 21 de noviembre de 1995,la señora Sara Elena Pérez deHalbinger compareció voluntariamentea este Organismo, a fin de enterarsedel trámite de su queja, produciendodiversas manifestaciones en relaciónal mismo, las cuales quedaronasentadas en acta circunstanciada dela misma fecha.

31. Mediante oficio CDH/PROC/211/01/4348/95 de fecha 24 de noviembrede 1995, esa Procuraduría General deJust ic ia envío la s iguientedocumentación:

Copia simple, legible y completa delacta de averiguación previa númeroTOL/DR/II/899/95 motivada por ladiversa TOL/AC/II/5887/95, relativa alart ículo 443 del Código deProcedimientos Penales vigente en laEntidad, denunciado por la quejosa encontra de Jorge Piña y coacusados,misma que se encuentra a la fecha enfase de integración; Copia simple,legible y completa del expedientenúmero CI/PGJEM/091/95, de laContra lor ía Interna de estaProcuraduría, instaurado por la quejade la señora Pérez de Halbinger encontra del Lic. Pedro Garnica Reyes[...] resuelto el 7 de julio del presenteaño y el cual contiene copia íntegra dela indagator ia TEX/MR/44/94;f inalmente, copia debidamentecertificada y legible de las últimasactuaciones del acta TEX/MR/875/94,

CODHEM

150

Page 13: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

misma que se encuentra en vía detrámite.

32. De los avances en la indagatoriaTEX/MR/875/94 se obtuvieron lossiguientes datos:

a) En las fechas que se listan, el agentedel Ministerio Público adscrito a lamesa de responsabi l idades deTexcoco, México, giró citatorios alseñor Rogelio Suárez Ruíz a fin de quedeclarara en torno a los hechosinvestigados:

Fecha del citatorio: (del año 1995)

Para presentarse el:(del año de 1995)

10 de agosto 25 de agosto25 de septiembre 5 de octubre

20 de octubre 1 de noviembre10 de noviembre 17 de noviembre

33. De la aver iguación previaTOL/DR/II/899/95, se obtuvo lasiguiente información:

a) En fecha 15 de agosto de 1995, elLic. Jorge Martínez Hernández, agentedel Ministerio Público adscrito alsegundo turno de la Agencia Central deesta Ciudad, dio inicio a la averiguaciónprevia TOL/AC/I I /5887/95, pordenuncia de hechos relacionados a lodispuesto por el artículo 443 del Códigode Procedimientos Penales, en agraviode Sara Elena Pérez de Halbinger y encontra del señor Jorge Piña.

b) Por acuerdo de fecha 15 de agostode 1995, la indagatoria fue remitida ala Lic. Sandra Ivette García Huicochea,agente del Ministerio Público adscrito ala mesa octava del Departamento de

Averiguaciones Previas de estaCiudad.

c) En fecha 10 de octubre de 1995, elagente del Ministerio Público adscrito ala mesa segunda de la Dirección deResponsabilidades, Lic. David M.Munguía, acordó la recepción de laindagator ia TOL/AC/I I /5887/95,acordando la prosecución de lainvestigación hasta la aclaración de loshechos.

34. Del expediente númeroCI/PGJEM/091/95, se obtuvieron losdatos siguientes:

a) En fecha 13 de marzo de 1995, serecibió en esa Procuraduría General deJusticia el escrito de queja de la mismafecha dirigido al Lic. Emilio ChauyffetChemor, entonces GobernadorConst i tucional de esta Ent idadFederativa, por la señora Sara ElenaPérez de Halbinger, en contra del lic.Pedro Garnica Reyes, agente delMinisterio Público adscrito a la mesa deresponsabi l idades de Texcoco,México; escrito cuya copia fue recibidapor este Organismo el día 13 de marzode 1995 y el cual fue descr i todetalladamente en el punto 4 de esteapartado.

b) En fecha 30 de marzo de 1995, laseñora Sara Elena Pérez de Halbingercompareció a la Contraloría Interna deesa Procuraduría a fin de ratificar suescrito inicial de queja.

c) En fecha 14 de junio de 1995, previacita, compareció a las oficinas de la

Recomendaciones

151

Page 14: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Contralor ía Interna de esaProcuraduría el Lic. Pedro GarnicaReyes, a f in de mani festar loconducente en torno a los hechosatribuidos al mismo en el escrito dequeja.

d) En fecha 7 de julio de 1995, el Lic.Daniel Villicaña Estrada, ContralorInterno de esa Procuraduría, resolvió:

Pr imero. Se desechan lasimputaciones vertidas por la C. SaraElena Pérez de Halbinger, en contradel L ic. Pedro Garnica Reyes,Ministerio Público de la mesa deresponsabi l idades de Texcoco,México; y por consecuencia no ha lugara aplicar sanción por responsabilidadadministrativa a dicho servidor público,en razón de lo expuesto en elconsiderando cuarto de la resolución.

Segundo. Se deja a salvo el derechoque le asiste a la C. Sara Elena Pérezde Halbinger, de acudir a las instanciascorrespondientes y denunciar lasprobables irregularidades cometidasen su agravio por parte de losservidores públicos que señala en suescrito de queja, adscritos a diversasdependencias de la administraciónpública estatal.

Tercero. Notifíquese ...

35. De la aver iguación previaTEX/MR/44/94 se obtuvo lainformación siguiente:

a) En fecha 24 de enero de 1994, elagente del Ministerio Público adscrito

a la mesa de responsabilidades deTexcoco, México, Lic. Jorge LlanosMart ínez, d io in ic io a l acta deaveriguación previa TEX/MR/44/94,por denuncia de hechos en contra dequien resultase responsable y enagravio de Sara Elena Pérez deHalbinger; manifestando, entre otrassituaciones:

Que en fecha 5 de septiembre de milnovecientos noventa y t res, laexternante inició una denuncia encontra del C. Silvano Animas Meraz porel delito de difamación y lo que resulte,cometido en su agravio, por tal motivole correspondió el número deaveriguación previa EM/I/4134/93, lacual [...] posteriormente se turnó a lamesa seis de trámite del departamentode Aver iguaciones Previas deEcatepec, México, siendo la titular [...]la Lic. Alicia Ordóñez Benítez [...] la dela voz se percató que había un error encuanto a la fecha del día quedeclararon sus testigos, precisamenteen la declaración de Alicia GabinoDolores [...] y se le indicó al secretariode nombre Isidro Tierrablanca S. delerror existente [...] ya que cuando ellanarró la forma en como sucedieron loshechos [...] al señalar la fecha de losmismos y que fue el día 22 de junio delaño próximo pasado, el secretario seequivocó y anotó otra fecha diferente ala que le había dado su testigo ...."

b) A fin de esclarecer los hechos, laRepresentación Social recabó ladeclaración de las s iguientespersonas:

CODHEM

152

Page 15: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

- Luis Francisco Medina Tobalín.- Lic. Alicia Ordóñez Benítez.- P.D. Isidro Tierrablanca Santos.- Alicia Gabino Dolores.- Moisés Alejandro Reyes Romero.- Fortino Flores Vega.- P.D. José Guadalupe Rivero de la Rosa.- Luis María Martínez Colín.

c) En fecha 5 de abril de 1995, el Lic.Pedro Garnica Reyes, agente delMinisterio Público adscrito a la mesa deresponsabi l idades de Texcoco,México, previo el estudio de laindagatoria, determinó el no ejerciciode la acción penal por ser los hechosno constitutivos de delito, remitiendolas diligencias a la Subprocuraduría dela misma Ciudad, con ponencia dearchivo, para los efectos del artículo125 del Código Adjetivo Penal de lamateria.

d) En fecha 4 de julio de 1995, los CC.Jorge Noguez Morales y FranciscoBeltrán Pérez, agentes del ministerioPúbl ico Auxi l iares de esaProcuraduría, comunicaron alProcurador General de Justicia de estaEntidad Federativa, la procedencia deautorizar el no ejercicio de la acciónpenal por ser los hechos de laindagatoria no constitutivos de delito.

36. Mediante oficio 10557/95-2 defecha 7 de diciembre de 1995, secomunicó a la señora Sara Elena Pérezde Halbinger el contenido del oficiodetallado en el punto 39 que antecede,a fin de que manifestara lo que a suderecho conviniese.

37. A través de oficios 10566/95-2 y526/96-2 de fechas 8 de diciembre de1995 y 15 de enero de 1996, se solicitóa esa Procuraduría General deJusticia, copia certif icada de laaveriguación previa TOL/DR/I/353/95.

38. En fecha 17 de enero de 1996, laseñora Sara Elena Pérez de Halbinger,mediante comparecencia personal,refirió distintas manifestaciones enrelación al trámite de su queja, lascuales quedaron asentadas en actacircunstanciada de la misma fecha.

39. Por oficio 646/96-2 de fecha 18 deenero de 1996, se solicitó de esaProcuraduría General de Justiciainforme sobre los avances odeterminación recaída a lasaveriguaciones previas TOL/DR/I I /899/95, TOL/AC/I I /5887/95 yTEX/MR/875/94.

40. En fecha 25 de enero de 1996,mediante comparecencia personal, laseñora Sara Elena Pérez de Halbingerexhibió escrito, así como diversosanexos, ref i r iendo dist intasmanifestaciones en torno al trámite desu queja, solicitando, asimismo, quepersonal de este Organismo seconstituyera el día 30 de enero delmismo año en las oficinas que ocupala mesa de responsabilidades deTexcoco, México, a fin de estarpresentes en una diligencia que secelebraría en la averiguación previaTEX/MR/875/94.

41. En fecha 30 de enero de 1996,personal de esta Comisión de

Recomendaciones

153

Page 16: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Derechos Humanos se constituyó en lamesa de responsabi l idades deTexcoco, México, a fin de estarpresentes en la diligencia ministerialque tendría verificativo ese día a las11:30 (declaración de dos personasrelacionadas con los hechos), sin quedichas personas se hayan presentado.

42. En oficio 1055/96-2 de fecha 30 deenero de 1996, se solicitó a esaProcuraduría informe referente a lasaveriguaciones previas TOL/DR/353/95 y TEX/MR/875/94, en el sentido deque, si a la fecha, las mismas ya sehabían determinado.

43. Por of ic io CDH/PROC/211/01/520/96 de fecha 31 de enero de1996, esa Procuraduría General deJusticia del Estado de México, remitióel informe solicitado en el punto 46 queprecede, agregando el similar rendidopor el Lic. Ramiro Serrano Ramírez,agente del ministerio Público adscrito ala mesa primera de responsabilidadesde esta Ciudad, mismo que informa,entre otras cosas:

En fecha 28 de abril de 1996, se dioinicio al acta de averiguación previaantes señalada [TOL/DR/I/353/95]relativa a la denuncia de hechos conapariencia delictuosa perpetrados porel Lic. Pedro Garnica Reyes, agente delMinisterio Público adscrito a la mesaúnica de responsabilidades con sedeen Texcoco, México, referente a que elservidor público antes nombrado, hatraído a la denunciante Sara ElenaPérez de Halbinger a la vuelta y vuelta,y solamente da su tiempo a pura gente

que llega y se pone de acuerdo con él,que trae recomendación; asimismo, ladenunciante solicita se investigue elacta TEX/MR/44/94. En fecha 16 demayo de mil novecientos noventa ycinco, comparece la denunciante antesnombrada a estas of ic inas derepresentación social, y ratifica sudenuncia y exhibe documentosrelacionados con los hechos quedenuncia. [después de var iasdiligencias] En fechas 14 de junio y 24de julio de 1995 compareció en ambasocasiones a declarar el Lic. PedroGarnica Reyes, quien entre otrascosas niega las imputaciones que haceen su contra la denunciante yanombrada, manifestando que susdecisiones han sido meramentejurídicas, sin el propósito de perjudicara la denunciante, agregando que elacta TEX/MR/44/94 fue remitida al C.Procurador del estado de México conponencia de archivo porque eraprocedente tal determinación y exhibecopia autorizada de autorización del noejercicio de la acción penal [...] y por loque hace al acta TEX/MR/875/94 estafue remitida al Ciudadano Procuradore Justicia del Distrito federal por elmotivo de que dichos hechos sesucitaron dentro del Distrito Federal,sin que haya existido capricho onegligencia por parte del declarante [...]manifestando que la denunciante enlas ocasiones en que se presentó a susoficinas fue debidamente atendida, conel tiempo que el personal dispone parasu atención sin el ánimo de molestarla[. . . ] Encontrándose la presenteaveriguación en etapa de integración ...

CODHEM

154

Page 17: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

44. Por oficio 1134/96-2 de fecha 2 defebrero de 1996, se comunicó a laseñora Sara Elena Pérez de Halbingerel contenido del oficio detallado en elpunto que precede.

45. En oficio 2095/96-2 de fecha 6 demarzo de 1996, se solicitó de ustedinforme sobre los avances de laindagatoria TOL/DR/II/899/95, asícomo, en su caso, copia certificada dela misma.

46. Mediante oficio CDH/PROC/211/01/1183/96 de fecha 11 de marzo de1996, esa Procuraduría General deJusticia remitió el informe solicitado porel oficio 1055/96-2 de fecha 30 deenero de 1996 que precede,agregando copia certificada de losavances de las indagator iasTEX/MR/875/94 y TEX/MR/44/94.

- De la copia certificada de los avancesde la aver iguación previaTEX/MR/875/94 se obtuvo la siguienteinformación:

a) En fecha 16 de enero de 1996,compareció ante el representanteSocial el señor Rogelio Juárez Ruíz,mismo que rindió su declaración entorno a los hechos.

b) En fecha 22 de enero de 1996, porcomparecencia personal, se recabó ladeclaración de la señora Sara ElenaPérez de Halbinger, misma que refirióal representante Social los domiciliosde los señores Rogelio RodríguezRangel y Benjamín Serrato Torres.

c) En fecha 22 de enero de 1996, elRepresentante Social acordó citar a losseñores Rogelio Rodríguez Rangel yBenjamín Serrato Torres, para el día 30de enero del mismo año.

d) En fecha 2 de febrero de 1996, antela omisión a la cita, se giró nuevocitatorio a fin de que dichas personascomparecieran el día 15 de febrero delmismo año.

e) En fecha 29 de febrero de 1996,compareció ante el RepresentanteSocial el señor Benjamín SerratoTorres, rindiendo su declaración entorno a los hechos.

- De la copia cert i f icada de laaveriguación previa TEX/MR/44/94 seobtuvo la siguiente información:

a) En fecha 16 de enero de 1996, el lic.Raúl Vera Aguilar, SubprocuradorGeneral de Justicia en el Estado deMéxico, en funciones de ProcuradorGeneral de Justicia por ministerio deley, emitió resolución en relación a laimpugnación que la señora Sara ElenaPérez de Halbinger realizara en contrade la autorización del no ejercicio de laacción penal en la indagatoria,resolviendo:

Primero. Es inoperante la impugnaciónque hace la C. Sara Elena Pérez deHalbinger, respecto de ladeterminación del no ejercicio de laacción penal que decreta el agente delMinisterio Público adscrito a la mesa deresponsabi l idades de Texcoco,

Recomendaciones

155

Page 18: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

México, en el acta de averiguaciónprevia TEX/MR/44/94.

Segundo. En consecuencia, seconf i rma en sus términos ladeterminación del no ejercicio de laacción penal a que se hace referencia.

Tercero. Notifíquese ...

b) En fecha 29 de febrero de 1996, elRepresentante Social notificó laresolución que antecede a la señoraSara Elena Pérez de Halbinger, quienen la misma fecha, manifestó que "...en este acto queda enterada de laresolución dictada por el C. Lic. RaúlVera Guadarrama ..."

47. A través de oficio 2408/96-2 defecha 13 de marzo de 1996, secomunicó a la señora Sara Elena Pérezde Halbinger el contenido del informeque se detalló en el punto queantecede.

48. Por oficio 2437/96-2 de fecha 14 demarzo de 1996, se solicitó de usted,informe sobre los avances en laintegración de la averiguación previaTOL/DR/I/353/95.

49. En fecha 22 de marzo de 1996, serecibió en este Organismo copia simplede un escrito dirigido por el señorFernando González Pérez alPresidente del Tribunal de Arbitraje delEstado de México, a través del cual,entre otras cosas, nombraba como surepresentante legal a la señora SaraElena Pérez de Halbinger en elexpediente 410/95 que seguía el

mismo en contra de los ServiciosEducativos Integrados al Estado deMéxico.

Al escrito antecitado se agregó, entreotros documentos, copia simple de unescrito de fecha 20 de marzo de 1996,dirigido al Lic. Alejandro Arley Ángeles,Subprocurador de Just ic ia conresidencia en Texcoco, México, por laseñora Sara Elena Pérez de Halbinger;a través del cual denuncia hechospresuntamente constitutivos de delitoen contra de quien resul tararesponsable, presentado el día dereferencia en la Subprocuraduríaprecitada; manifestando, entre otrascosas, diversas observaciones en laintegración de la averiguación previaTEX/MR/875/94, refiriendo en elángulo superior derecho del mismo,"inconformidad en resolución" en lasaveriguaciones previas TEX/MR/44/94, TEX/MR/875/94, TEX/MR/997/95 y TEX/MR/1240/95.

50. Mediante oficio 2611/96-2 de fecha22 de marzo de 1996, se solicitó deusted informe y copia certificada de lasaveriguaciones previas TEX/MR/997/95 y TEX/MR/1240/95, así comoinforme sobre la determinación oavance en la integración de laindagatoria TEX/MR/875/94.

51. A través de los oficios que acontinuación se listan, el Lic. PedroGarnica Reyes, agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa única deresponsabi l idades de Texcoco,México, remitió el informe solicitado enel punto que antecede:

CODHEM

156

Page 19: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

a) Oficio 211-01-651/96 de fecha 26 demarzo de 1996, referente a laaveriguación previa TEX/MR/1240/95,por el cual expone:

... en fecha 6 de diciembre de 1995, laC. Sara Elena Pérez de Halbingerdenuncio hechos posib lementeconstitutivos de delito en contra del Lic.Benjamín "N" "N" y quién resulteresponsablemente, y en su denunciaprecisa que no se le ha queridoacumular la averiguación previa7004/95 a la averiguación 7000/95, yque un certificado médico relacionadocon dichas diligencias había sidocambiado, por lo que se procedió asolicitar copias certificadas de lasdiligencias antes mencionadas, se citóa declarar a los C. C. Martín H. Ruíz yJoaquín Velázquez Monroy, personaldel Ministerio Público de San Agustín,México y al médico Legista NicolásMart ínez Valera, quienes hancomparecido a declarar y al momentose encuentran en estudio las presentesdiligencias para su determinación,enviándole al efecto copias certificadasde las diligencias.

b) Oficio 211-10-652-96 de fecha 26 demarzo de 1996, relativo a la indagatoriaTEX/MR/997/96, en el cual hace saber:

... en fecha 28 de septiembre de 1995,compareció ante esta H. Autoridad laque dijo llamarse Sara Elena Pérez deHalbinger para presentar una denunciade hechos cometidos en su agravio yen contra del Titular y Secretario de lamesa tres de trámite de San Agustín,México, L ic. Gui l lermo Lara y

Secretario Gustavo Contreras, asícomo el Lic. Tomás DomínguezChávez, en donde entre otras cosasmanifiesta que se le atendía mal alpresentarse a dicho lugar, en donde ladejaban esperando por horas,atendían a otras personas y seburlaban constantemente de ella, asícomo malos manejos en la integraciónde la aver iguación previaSAG/I/3688/95, en fecha veintinuevede septiembre del mismo año sesolicitaron copias certificadas de laaveriguación antes mencionada,recibiéndose las misma en fecha dosde octubre en donde se desprende quela misma fue consignada al C. Juez deCuantía menor de Ecatepec, Estado deMéxico, por el delito de lesiones,cometido en agravio de la horadenunciante y en contra de EvaAngélica Guzmán Zúñiga.

En fecha 28 de diciembre de 1995,comparece ante ésta autoridad eltitular de la mesa tercera de trámite deSan Agustín, Lic. Tomas DomínguezChávez Rojas, quién niega los hechos,manifestando que desde que tomóconocimiento de los hechos, integró laaveriguación previa consignando lamisma, argumentando que se actuócon estricto apego a los lineamientosde la Ley.

En fecha 26 de enero de 1996, el C.Gustavo Contreras Contreras,secretario del Ministerio Públicocompareció para rendir su declaraciónquién niega los hechos y quiénmanif iesta que atendió a ladenunciante las ocasiones en que

Recomendaciones

157

Page 20: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

acudía a dicha mesa aún sin citatorio,así como niega haber recibido regaloalguna por parte de la denunciantesiendo una imagen de la Virgen deGuadalupe de material acero la cual ladenunciante la puso en la mesa sinmencionar si era regalo o no así comomanifiesta que la actitud de la Sra. SaraElena Pérez de Halbinger, era de quese paraba en la puerta de la oficina ysin hacerle algún gesto de repente sedirigía con el Lic. Tomas Chávez y ledecía que el Secretario GustavoContreras, se burlaba de ella.

En fecha veintiséis de marzo del añoen curso, se cito al Lic. Guillermo Lara,para que compareciera para el día 27de marzo a las 13:00 horas y declareen relación con los hechos.

52. A través de oficio CDH/PROC/211/01/1624/96 de fecha 18 de abril de1996, esa Procuraduría General deJusticia remitió informe relacionadocon la aver iguación previaTEX/MR/875/94, anexando el similarrendido por el Lic. Pedro GarnicaReyes, agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa única deresponsabi l idades de Texcoco,México, cuyo texto señala:

... le reitero que con fecha veintinuevede febrero del año en curso,compareció a declarar el C. BenjamínSerrato Torres, no así el C. RogelioRodríguez Rangel, a quien se le citónuevamente para el día dieciséis deabril a las trece horas con treintaminutos del año en curso, personasque se encuentran relacionadas con

las presentes diligencias. Le remitojunto con el presente Informe, copiascertificadas de las últimas actuacionespracticadas por esta H. Autoridad.

53. Por oficio 3690/96-2 de fecha 22 deabril de 1996, se comunicó a la señoraSara Elena Pérez de Halbinger elcontenido del informe referido en elpunto que antecede, a fin de quemanifestara lo que a su derechoconviniera.

54. A través de oficio 3927/96-2 defecha 30 de abril de 1996, se solicitó deesa Procuraduría informe sobre losavances en la integración de laaveriguación previa TEX/MR/875/94.

55. En oficio 213004000/1949/96 defecha 6 de mayo de 1996, esaDependencia enteró a este Organismosobre los avances en la integración dela aver iguación previaTOL/DR/I/353/95, apuntando "... enbase al estudio realizado en todas ycada una de las diligencias que laintegran, el Representante Social delconocimiento, en fecha 29 de febrerodel año en curso, determinó, confundamento en el artículo 125 delCódigo de Procedimientos Penalesvigente en la Entidad, remitir lasdiligencias al archivo ...".

Al informe que antecede se agregócopia certificada de la determinaciónrecaída en la averiguación precitada,cuyo texto, entre otras cosas, señala:

... que después de haber realizado unestudio lógico-jurídico de la presente

CODHEM

158

Page 21: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

indagatoria, se desprende que laactuación ministerial realizada por elLicenciado Pedro Garnica Reyes [...]se encuentra motivada y ajustada aderecho dentro de la indagatoriaTEX/MR/44/94 .... En cuanto a ladeterminación de remisión dediligencias ordenada en fecha seis demarzo de mil novecientos noventa ycinco [remisión de las diligencias deaveriguación previa a la ProcuraduríaGeneral de Justicia del Distrito Federal]dentro de la indagator iaTEX/MR/875/94, de igual forma dichaactuación se encuentra ajustada aderecho, toda vez que los hechos quese denuncian en dicha averiguaciónprevia se suscitaron en el DistritoFederal [...] en cuanto a la conductarealizada por el servidor público antesnombrado, referente a que la ha traídovuelta y vuelta, telefonazo y telefonazo,que atiende solamente a genterecomendada y que se pone deacuerdo con él, y otras conductassimilares, en la presente averiguaciónobra solamente tal afirmación, sin quese haya aportado por parte de ladenunciante ningún otro medio deprueba que avale tales imputaciones yque influya en la convicción delsuscrito, y si en cambio obra enactuaciones copia certificada de laindagatoria marcada con el númeroTEX/MR/44/94 y TEX/MR/875/94 delas cuales se desprende que no existedelación [...] en consecuencia esdeterminación del suscrito no ejercitaracción penal, toda vez que los hechosinvestigados no son constitutivos dedelito ...

56. En oficio 4177/96-2 de fecha 8 demayo de 1996, se hizo saber a laquejosa el contenido del informedetallado en el punto que precede.

57. En fecha 24 de mayo de 1996, esteOrganismo recibió llamada telefónicapor parte de la quejosa, solicitando secontinuara con el trámite de su queja.

58. Mediante oficio 4745/96-2 de fecha24 de mayo de 1996, se requirió deusted, informe sobre los avances en laintegración de la indagator iaTEX/MR/875/94.

59. A través del oficio 213004000/2575/96 de fecha 12 de junio de 1996,esa Procuraduría remitió el informereferido en el punto que antecede,anexando, entre otros, el similarrendido por el Lic. Pedro GarnicaReyes, agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa única deresponsabi l idades de Texcoco,México, quien refirió:

... se han girado oficios vía exhorto alDelegado de la Procuraduría Generalde Justicia del Distrito Federal, consede en la Delegación Cuauhtémoc,para que en auxilio de ésta autoridaddeclare el C. Rogelio RodríguezRangel, asimismo se ha solicitado elexpediente de Fernando GonzálezPérez.

A dicha averiguación se anexó copiacertificada de los avances en laintegración de la averiguación previaTEX/MR/875/94, de la que se obtuvo:

Recomendaciones

159

Page 22: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

a) En fecha En fecha 28 de marzo de1996, se acordó citar nuevamente alseñor Rogelio Rodríguez Rangel, a finde que compareciera el día 16 de abrildel mismo año.

b) En fecha 15 de abril de 1996, elRepresentante Social ordenó giraroficio al Jefe del DepartamentoJurídico de los Servicios EducativosIntegrados al Estado de México, a finde que fuese proporcionado elexpediente que fuera instrumentado enesa Dependencia al C. FernandoGonzález Pérez por abandono deempleo.

c) En fecha 3 de mayo de 1996, elrepresentante Social acordó girarexhorto al Delegado de la ProcuraduríaGeneral de Justicia del Distrito Federalcon sede en la DelegaciónCuauhtémoc, a fin de que por suconducto recabara la declaración delseñor Rogelio Rodríguez Rangel,especificándole los términos de ladeclaración, así como interrogatorio aque se sujetará la misma; lo anterior enatención a que se había citado a larefer ida persona en re i teradasocasionas y había omitido comparecerante la Representación Social.

60. Mediante oficio 5436/96-2 de fecha17 de junio de 1996, se comunicó elcontenido del oficio que antecede a laquejosa, a fin de que manifestara loque a su derecho conviniese.

61. A través de oficio 213004000/2768/96 de fecha 21 de junio de 1996,esa Procuraduría envió informe en

relación a la averiguación previaTEX/MR/875/94, anexando el similarque sobre la misma rindió el Lic. PedroGarnica Reyes, cuyo texto refiere:

Me permito enviar a usted, copiascertificadas de los avances de laAveriguación Previa [...] en donde sedesprende, que el día siete de junio delaño en curso, se recibieron las copiassolicitadas por esta Autoridad delexpediente de Fernando GonzálezPérez, y actualmente en la espera delcumplimiento del exhorto girado a laProcuraduría General de Justicia delDistrito Federal.

62. En oficio 5923/96-2 de fecha 26 dejunio de 1996, se solicitó de ustedinforme sobre la determinación o, en sucaso, los avances en la integración dela averiguación previa TOL/DR/II/899/95, a partir del 25 de marzo delaño en curso.

63. Por oficio 5924/96-2 de fecha 26 dejunio de 1996, se comunicó a laquejosa el informe detallado en elpunto 59 que antecede, a fin de quemanifestara lo que a su derechocorrespondiera en un plazo no mayor adiez días.

64. Mediante oficio 213004000/3132/96 de fecha 17 de julio de 1996,esa Procuraduría General de Justiciaenvió el informe solicitado por oficio5923/96-2, refiriéndose que "... el actade aver iguación previaTOL/DR/II/899/95 se encuentra enfase de integración, citándose aRogelio Rodríguez Rangel, Benjamín

CODHEM

160

Page 23: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Serrato Torres, Ángel Quintero Bonilla,Teodoro Vázquez Martínez y FernandoGonzález Pérez, para el día 23 de juliodel año en curso, a fin de recabarles sudeclaración."

65. A través de oficio 6698/96-2 defecha 18 de julio de 1996, se hizo delconocimiento de la quejosa elcontenido del informe que antecede.

66. En fecha 23 de julio de 1996, esteOrganismo recibió escrito signado porla quejosa, mediante el cual producediversas manifestaciones referentes altrámite de la queja.

II. EVIDENCIAS

1. Escrito de queja de fecha 23 defebrero de 1995, mediante el cual laseñora Sara Elena Pérez de Halbingerrefirió presuntas violaciones a susderechos humanos cometidas porservidores públicos adscritos a esaProcuraduría General de Justicia delEstado de México.

2. Oficios 1665/95-2 y 1666/95-2 defecha 23 de febrero de 1995, a travésde los cuales se comunicó a la señoraSara Elena Pérez de Halbinger laadmisión y recepción de su escrito dequeja.

3. Oficio 1667/95-2 de fecha 23 defebrero de 1995, por el cual se solicitódel Lic. Luis Rivera Montes de Oca,entonces Procurador General deJusticia del Estado de México, informedetal lado sobre los hechosconstitutivos de la queja.

4. Copia simple de escrito de fecha 13de marzo de 1995, dirigido al Lic. EmilioChauyf fet Chemor, entoncesGobernador Constitucional de estaEntidad Federativa, signado por alseñora Sara Elena Pérez de Halbinger,en el cual refiere hechos posiblementeviolatorios a derechos humanoscometidos por servidores públicosadscritos a esa Procuraduría Generalde Justicia de esta Entidad Federativa.

5. Oficio CDH/PROC/211/01/990/95de fecha 16 de marzo de 1995,mediante el cual el Lic. Luis RiveraMontes de Oca, entonces ProcuradorGeneral de Justicia del Estado deMéxico, envió el informe solicitado,anexando el similar rendido por el Lic.Pedro Garnica Reyes, agente delMinisterio Público adscrito a la Mesa deResponsabil idades de Texcoco,México.

6. Escrito recibido en esta Comisión defecha 10 de abril de 1995, dirigido alLic. Emilio Chauyffet Chemor, signadopor la quejosa, en el cual, entre otrassi tuaciones mani festó suinconformidad por el hecho de que elLic. Pedro Garnica Reyes, agente delMinisterio Público adscrito a la mesaúnica de responsabi l idades deTexcoco, México, remit ió laaveriguación previa TEX/MR/875/94 ala Procuraduría General de Justicia delDistrito Federal.

7. Copia simple de un escrito de fecha27 de abril de 1995, dirigido al Lic.Emilio Chauyffet Chemor, entoncesGobernador Constitucional de esta

Recomendaciones

161

Page 24: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Entidad Federativa, mediante el cual laseñora Sara Elena Pérez de Halbingerrefirió hechos posiblemente violatoriosa derechos humanos atribuibles aservidores públ icos de esaProcuraduría General de Justicia.

8. Copia simple de escrito recibido enesta Comisión el día 4 de mayo de1995, dirigido al Lic. Daniel VillicañaEstrada, Contralor Interno de esaProcuraduría General de Justicia, através del cual la señora Sara ElenaPérez de Halbinger solicitó el inicio deprocedimiento disciplinario en contrade todos los servidores públicos que,entre otras cosas, habían intervenidoen la remisión de la averiguación previaTEX/MR/875/94 a la ProcuraduríaGeneral de Justicia del Distrito Federal.

9. Escrito de fecha 16 de mayo de1995, por el cual la señora Sara ElenaPérez de Halbinger solicitó de esteOrganismo, se requiriera informe alDirector General de los ServiciosEducativos Integrados al Estado deMéxico, en relación a la situaciónlaboral del señor Fernando GonzálezPérez.

10. Copia simple de un escrito dirigidoal Lic. Emilio Chuayffet Chemor,recibido en este Organismo en fecha24 de mayo de 1995, por el cual laseñora Sara Elena Pérez de Halbinger,a través del cual refiere presuntasviolaciones a sus derechos humanospor parte de personal adscrito a losservicios Educativos Integrados alEstado de México.

11. Oficio 3124/95-2 de fecha 18 demayo de 1995, en el cual se solicitó delDirector General de los ServiciosEducativos Integrados al Estado deMéxico, en vía de colaboración,informe detallado en relación a lacomparecencia de la quejosa ante laContraloría Interna de la Dependenciaen cita, de fecha 7 de abril de 1995.

12. Oficio 5805 de fecha 1 de junio de1995, por el cual el Ing. Manuel GarzaCaballero, Director General de losServicios Educativos Integrados alEstado de México, remitió el informerequerido.

13. Oficios 4892/95-2 y 5610/96-2 defechas 15 de junio y 14 de julio de 1995,mediante el cual se solicitó al Lic. luisRivera Montes de Oca, entoncesProcurador General de Justicia delEstado de México, informe sobre losavances de la averiguación previaTEX/MR/875/94 a partir del 6 de marzode 1995.

14. Oficio 5611/95-2 de fecha 14 dejulio de 1995, en el cual se requirió delIng. Manuel Garza Caballero, DirectorGeneral de los Servicios EducativosIntegrados al Estado de México,informe detallado sobre los hechosconstitutivos de la ampliación de quejareferida en el punto 19 que precede.

15. Oficio CDH/PROC/211/01/2536/95de fecha 24 de julio de 1995, medianteel cual el Lic. Luis Rivera Montes deOca remit ió el informe pedido,anexando el similar rendido por el Lic.Pedro Garnica Reyes, agente del

CODHEM

162

Page 25: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Ministerio Público adscrito a la mesaúnica de responsabi l idades deTexcoco, México.

16. Acta circunstanciada de fecha 1° deagosto de 1995, por la que se hizoconstar la notificación a la quejosa delos informes rendidos por esaProcuraduría General de Justicia defechas 16 de marzo, 6 y 20 de junio, 24de julio de 1995; así como los similaresrendidos por el Director General de losServicios Educativos Integrados alEstado de México, de fechas 1° y 7 dejunio y 24 de julio de 1995; a fin de quemanifestase lo que a su derechoconviniera en relación a los mismos enun plazo no mayor de 10 días.

17. Escrito recibido en esta Comisiónen fecha 24 de agosto de 1995, através del cual la quejosa refiriódistintas manifestaciones en contra deservidores públicos adscritos a losServicios Educativos Integrados alEstado de México que estaban siendoobjeto de procedimiento disciplinarioante la Contraloría Interna de la propiaDependencia (expediente 28/95).

18. Oficio CDH/PROC/211/01/2939/95de fecha 24 de agosto de 1995, por elcual el Lic. Luis Rivera Montes de Oca,entonces procurador General deJusticia del Estado de México, remitióinforme sobre los avances en laintegración de la averiguación previaTEX/MR/875/94.

19. Oficios 6927/95-2 y 7573/95-2 defechas 25 de agosto y 15 deseptiembre de 1995, mediante los

cuales se solicitó del Lic. Luis RiveraMontes de Oca, copia certificada de lasaveriguaciones previas TEX/MR/44/94, TEX/MR/875/95 y TOL/DR/I/353/95.

20. Oficio 6983/95-2 de fecha 29 deagosto de 1995, a través de los cualesse comunicó a la señora Sara ElenaPérez de Halbinger el informe remitidopor esa Procuraduría General deJusticia, descrito en el punto 25 queantecede.

21. Oficio 7331/95-2 de fecha 6 deseptiembre de 1995, por el cual sesol ic i tó del Ing. Manuel GarzaCaballero, Director General de losServicios Educativos Integrados alEstado de México, informe sobre losavances de la queja 28/95 integrada enla Contralor ía Interna de eseOrganismo.

22. Oficio DG-1101/010220 de fecha18 de septiembre de 1995, en el cual elIng. Manuel Garza Caballero remitió elinforme solicitado en el punto queprecede.

23. Oficio 7752/95-2 de fecha 20 deseptiembre de 1995, mediante el cualse solicitó del Ing. Manuel GarzaCaballero, copia certificada de laresolución que recayó a la queja 28/95radicada en la Contraloría Interna delos Servicios Educativos Integrados alestado de México.

24. Oficio CDH/PROC/211/01/3434/95de fecha 22 de septiembre de 1995, a

Recomendaciones

163

Page 26: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

través del cual esa Procuraduríaremitió los siguientes informes:

a) El suscrito por el Lic. José LuisGómez Tamayo, agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa primera deresponsabil idades, relativo a laaveriguación previa TOL/DR/I/353/95.

b) El rendido por el Lic. Pedro GarnicaReyes, agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa deresponsabi l idades en Texcoco,México, referente a la indagatoriaTEX/MR/44/94.

25. Oficio 7995/95-2 de fecha 25 deseptiembre de 1995, por el cual secomunicó a la señora Sara Elena Pérezde Halbinger el contenido de losinformes detallados en el punto queantecede, a fin de que manifestara loque a su derecho conviniese en unplazo no mayor a diez días.

26. Oficio CI-2301/2153 de fecha 4 deoctubre de 1995, en el cual el C.P.Lázaro Gurrola Altamira, ContralorInterno de los Servicios EducativosIntegrados al Estado de México,remit ió copia cert i f icada de laresolución que recayó a la queja 28/95radicada en esa Contraloría.

27. Acta circunstanciada de fecha 9 deoctubre de 1995, mediante la cual sehizo constar la comparecencia delseñor Fernando González Pérez, quienrefirió distintas manifestacionesrelacionadas con el procedimiento dequeja.

28. Oficios 9095/95-2 y 9608/95-2 defechas 23 de octubre y 7 de noviembrede 1995, a través de los cuales serequirió de esa Procuraduría Generalde Justicia del Estado de México copiacertificada de la averiguación previaTOL/AC/II/5887/95; del procesodisciplinario que se había iniciado encontra del Lic. Pedro Garnica Reyes,agente del Ministerio Público adscrito ala mesa de responsabilidades deTexcoco, México, con motivo de quejainterpuesta en contra de dicha personapor la señora Sara Elena Pérez deHalbinger ante la Contraloría Interna deesa Procuraduría; así como informesobre los avances en la indagatoriaTEX/MR/875/94 a partir del 19 de juliode 1995.

29. Acta circunstanciada de fecha 21de noviembre de 1995, por la que sehizo constar la comparecencia de laseñora Sara Elena Pérez de Halbinger,a fin de enterarse del trámite de suqueja, produciendo diversasmanifestaciones en relación al mismo.

30. Oficio CDH/PROC/211/01/4348/95de fecha 24 de noviembre de 1995, enel cual esa Procuraduría General deJusticia envío copia simple del acta deaver iguación previa númeroTOL/DR/II/899/95; copia simple delexpediente número CI/PGJEM/091/95,de la Contraloría Interna de la propiaProcuraduría, instaurado por la quejade la señora Pérez de Halbinger encontra del Lic. Pedro Garnica Reyes; ycopia certif icada de las últ imasactuaciones del acta TEX/MR/875/94.

CODHEM

164

Page 27: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

31. Oficio 10557/95-2 de fecha 7 dediciembre de 1995, mediante el cual secomunicó a la señora Sara Elena Pérezde Halbinger el contenido del oficiodetallado en el punto que antecede, afin de que manifestara lo que a suderecho conviniese.

32. Oficios 10566/95-2 y 526/96-2 defechas 8 de diciembre de 1995 y 15 deenero de 1996, a través de los cualesse solicitó a esa Procuraduría Generalde Justicia, copia certificada de laaveriguación previa TOL/DR/I/353/95.

33. Acta circunstanciada de fecha 17de enero de 1996, por la que se hizoconstar la comparecencia de la señoraSara Elena Pérez de Halbinger,refiriendo distintas manifestaciones enrelación al trámite de su queja.

34. Oficio 646/96-2 de fecha 18 deenero de 1996, en el cual se solicitó deesa Procuraduría General de Justiciainforme sobre los avances odeterminación recaída a lasaveriguaciones previas TOL/DR/II/899/95, TOL/AC/I I /5887/95 yTEX/MR/875/94.

35. Acta circunstanciada de fecha 25de enero de 1996, mediante la cual seasentó la comparecencia de la señoraSara Elena Pérez de Halbinger,exhibiendo escrito, así como diversosanexos, referente al trámite de suqueja, solicitando, asimismo, quepersonal de este Organismo seconstituyera el día 30 de enero delmismo año en las oficinas que ocupala mesa de responsabilidades de

Texcoco, México, a fin de estarpresentes en una diligencia que secelebraría en la averiguación previaTEX/MR/875/94.

36. Acta circunstanciada de fecha 30de enero de 1996, a través de la cualse hizo constar el traslado de personalde esta Comisión de DerechosHumanos a la mesa deresponsabi l idades de Texcoco,México, a fin de estar presentes en ladiligencia ministerial que tendríaverif icativo ese día a las 11:30(declaración de dos personasrelacionadas con los hechos), sin quedichas personas se hayan presentado.

37. Oficio 1055/96-2 de fecha 30 deenero de 1996, por el cual se solicitó aesa Procuraduría informe referente alas aver iguaciones previasTOL/DR/353/95 y TEX/MR/875/94, enel sentido de que, si a la fecha, lasmismas ya se habían determinado.

38. Oficio CDH/PROC/211/01/520/96de fecha 31 de enero de 1996, en elcual esa Procuraduría General deJusticia del Estado de México remitió elinforme solicitado en el punto 39 queprecede.

39. Oficio 1134/96-2 de fecha 2 defebrero de 1996, mediante el cual secomunicó a la señora Sara Elena Pérezde Halbinger el contenido del oficiodetallado en el punto que precede.

40. Oficio 2095/96-2 de fecha 6 demarzo de 1996, a través del cual sesolicitó de usted informe sobre los

Recomendaciones

165

Page 28: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

avances de la indagator iaTOL/DR/II/899/95, así como, en sucaso, copia certificada de la misma.

41. Oficio CDH/PROC/211/01/1183/96de fecha 11 de marzo de 1996, por elcual esa Procuraduría General deJusticia remitió informe, agregandocopia certificada de los avances de lasindagator ias TEX/MR/875/94 yTEX/MR/44/94.

42. Oficio 2408/96-2 de fecha 13 demarzo de 1996, en el cual se comunicóa la señora Sara Elena Pérez deHalbinger el contenido del informe quese detalló en el punto que precede.

43. Oficio 2437/96-2 de fecha 14 demarzo de 1996, mediante el cual sesolicitó de usted informe sobre losavances en la integración de laaveriguación previa TOL/DR/I/353/95.

44. Copia simple de un escrito dirigidopor el señor Fernando González Pérezal Presidente del Tribunal de Arbitrajedel Estado de México, recibido en esteOrganismo el día 22 de marzo de 1996,a través del cual, entre otras cosas,nombraba como su representante legala la señora Sara Elena Pérez deHalbinger en el expediente 410/95 queseguía el mismo en contra de losServicios Educativos Integrados alEstado de México.

45. Oficio 2611/96-2 de fecha 22 demarzo de 1996, por el cual se solicitóde usted informe y copia certificada delas averiguaciones previas TEX/MR/997/95 y TEX/MR/1240/95, así como

informe sobre la determinación oavance en la integración de laindagatoria TEX/MR/875/94.

46. Los oficios que a continuación selistan, en los cuales el Lic. PedroGarnica Reyes, agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa única deresponsabi l idades de Texcoco,México, remitió el informe solicitado enel punto que antecede:

a) Oficio 211-01-651/96 de fecha 26 demarzo de 1996, referente a laaveriguación previa TEX/MR/1240/95.

b) Oficio 211-10-652-96 de fecha 26 demarzo de 1996, relativo a la indagatoriaTEX/MR/997/96.

47. Oficio CDH/PROC/211/01/1624/96de fecha 18 de abril de 1996, a travésdel cual esa Procuraduría General deJusticia remitió informe relacionadocon la aver iguación previaTEX/MR/875/94.

48. Oficio 3690/96-2 de fecha 22 deabril de 1996, por el cual se comunicóa la señora Sara Elena Pérez deHalbinger el contenido del informereferido en el punto que antecede, a finde que manifestara lo que a su derechoconviniera.

49. Oficio 3927/96-2 de fecha 30 deabril de 1996, en el cual se solicitó deesa Procuraduría informe sobre losavances en la integración de laaveriguación previa TEX/MR/875/94.

CODHEM

166

Page 29: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

50. Oficio 213004000/1949/96 defecha 6 de mayo de 1996, mediante elcual esa Dependencia enteró a esteOrganismo sobre los avances en laintegración de la averiguación previaTOL/DR/I/353/95.

51. Oficio 4177/96-2 de fecha 8 demayo de 1996, a través del cual se hizosaber a la quejosa el contenido delinforme detallado en el punto queprecede.

52. Acta circunstanciada de fecha 24de mayo de 1996, por la que se hizoconstar la recepción de llamada víatelefónica por parte de la quejosa,solicitando se continuara con el trámitede su queja.

53. Oficio 4745/96-2 de fecha 24 demayo de 1996, en el cual se requirió deusted, informe sobre los avances en laintegración de la indagator iaTEX/MR/875/94.

54. Oficio 213004000/2575/96 defecha 12 de junio de 1996, mediante elcual esa Procuraduría remitió elinforme referido en el punto queantecede.

55. Oficio 5436/96-2 de fecha 17 dejunio de 1996, a través del cual secomunicó el contenido del oficio queantecede a la quejosa, a fin de quemanifestara lo que a su derechoconviniese.

56. Oficio 213004000/2768/96 defecha 21 de junio de 1996, por el cualesa Procuraduría envió informe en

relación a la averiguación previaTEX/MR/875/94.

57. Oficio 5923/96-2 de fecha 26 dejunio de 1996, mediante el cual sesolicitó de usted informe sobre ladeterminación o, en su caso, losavances en la integración de laaveriguación previa TOL/DR/II/899/95,a partir del 25 de marzo del año encurso.

58. Oficio 5924/96-2 de fecha 26 dejunio de 1996, a través del cual secomunicó a la quejosa el informedetallado en el punto 53 que antecede,a fin de que manifestara lo que a suderecho correspondiera en un plazo nomayor a diez días.

59. Oficio 213004000/3132/96 defecha 17 de julio de 1996, por el cualesa Procuraduría General de Justiciaenvió el informe solicitado por oficio5923/96-2, refiriéndose que "... el actade aver iguación previaTOL/DR/II/899/95 se encuentra enfase de integración, citándose aRogelio Rodríguez Rangel, BenjamínSerrato Torres, Ángel Quintero Bonilla,Teodoro Vázquez Martínez y FernandoGonzález Pérez, para el día 23 de juliodel año en curso, a fin de recabarles sudeclaración."

60. Oficio 6698/96-2 de fecha 18 dejulio de 1996, en el cual se hizo delconocimiento de la quejosa elcontenido del informe que antecede.

61. Escrito de fecha 23 de julio de 1996,mediante el cual la señora Sara Elena

Recomendaciones

167

Page 30: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Pérez de Halbinger produjo diversasmanifestaciones referentes al trámitede la queja.

62. Copia certificada de las siguientesaveriguaciones previas:

a) TEX/MR/44/94, relativa a denunciade hechos en contra de quien resultaseresponsable y en agravio de SaraElena Pérez de Halbinger.

b) TEX/MR/875/94, relativa a denunciade hechos presentada por la señoraSara Elena Pérez de Halbinger, encontra de quien resultara responsable.

c) TOL/DR/353/95, referente adenuncia de hechos en agravio de SaraElena Pérez de Halbinger, en contradel Lic. Pedro Garnica Reyes, agentedel Ministerio Público adscrito a lamesa única de responsabilidades deTexcoco, México.

d) TOL/DR/II /899/95, relat iva adenuncia de hechos (relacionado a lodispuesto por el artículo 443 del Códigode Procedimientos Penales), enagravio de la señora Sara Elena Pérezde Halbinger y contra del señor JorgePiña y otros servidores públicos.

e) TEX/MR/997/95 instrumentada pordenuncia de hechos en agravio de laseñora Sara Elena Pérez de Halbingery en contra del titular y secretario de lamesa tres de trámite de San Agustín,México, y otros servidores públicos.

f) TEX/MR/1240/95 iniciada pordenuncia de hechos posiblemente

constitutivos de delito en agravio de laseñora Sara Elena Pérez de Halbingery en contra de personal adscrito a laagencia del Ministerio Público de SanAgustín, México, Lics. Martín H. Ruíz yJoaquín Velázquez Monroy, entre otrosservidores públicos.

63. Copia simple del expedienteformulado en la Unidad de AsuntosJurídicos de los Servicios EducativosIntegrados al Estado de México, conmotivo del acta de abandono deempleo instrumentada al señorFernando González Pérez.

64. Expediente númeroCI/PGJEM/091/95, re lat ivo alprocedimiento disc ip l inar ioadministrativo en contra del Lic. PedroGarnica Reyes, agente del MinisterioPúbl ico adscr i to a la mesa deresponsabi l idades de Texcoco,motivado por el escrito de queja defecha 13 de marzo de 1995, dirigido alL ic . Emi l io Chauyf fet Chemor,entonces Gobernador Constitucionalde esta Entidad Federativa, por laseñora Sara Elena Pérez de Halbinger,por supuestas irregularidades delservidor público de referencia enejercicio de su función pública.

65. Expediente 28/95, relativo alprocedimiento discipl inar io denaturaleza administrativa iniciado en laContraloría Interna de los ServiciosEducativos Integrados al Estado deMéxico, mot ivado por la quejapresentada por los señores Sara ElenaPérez de Halbinger y FernandoGonzález Pérez en contra de diversos

CODHEM

168

Page 31: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Servidores Públicos adscritos a dichaDependencia, por supuestasirregularidades en el ejercicio de susfunciones.

III. SITUACIÓN JURÍDICA

En fecha 27 de diciembre de 1994, elLic. Felipe Gálvez Gómez, agente delMinisterio Público adscrito a la mesaúnica de responsabi l idades deTexcoco, México, dio inicio a laaveriguación previa TEX/MR/875/94,por denuncia de hechos posiblementeconstitutivos de delito en contra dequien resultara responsable y enagravio de Sara Elena Pérez deHalbinger, llevando a cabo diversasdiligencias tendentes a la integraciónde la misma. El día 7 de enero de 1995,el Representante Social hizo constar larecepción del oficio 683/95, signadopor el Profr. Rafael Ochoa Guzmán, ensu calidad de Secretario General delSindicato Nacional de Trabajadores dela Educación, dirigido al titular de lamesa, mediante el cual solicitaba que,en relación al citatorio girado a su favorpara rendir declaración en laindagatoria, la misma fuese llevada acabo por el Profr. Benjamín SerratoTorres, en su calidad de Secretario deTrabajo y Conflictos de SecundariasTécnicas del propio Sindicato,acordando el agente de referencia que,por el carácter personal del derechopenal, no era posible acceder a talsolicitud. Recabada la declaración delseñor Fernando González Pérez,coagraviado en la indagatoria, en fecha6 de marzo de 1995, el nuevo titular dela mesa única de responsabilidades de

Texcoco, México, Lic. Pedro GarnicaReyes, acordó remitir la indagatoria demérito al Procurador General deJusticia del Distrito Federal, toda vezque, acorde a su criterio, los hechosdenunciados habían ocurrido en esalocalidad; empero, la averiguaciónprevia de mérito, por acuerdo delagente del Ministerio Público adscrito ala mesa 17 del Departamento deAver iguaciones Previas de laProcuraduría General de Justicia delDistrito Federal de fecha 2 de junio de1995, fue devuelta a su origen porconsiderar que los hechosdenunciados habían ocurrido en elterritorio de esta Entidad, por lo quemediante acuerdo de fecha 10 de juniodel mismo año, el Lic. Pedro GarnicaReyes ordenó su prosecución yperfeccionamiento legal. En fecha 31de julio de 1995, el Lic. Felipe GálvezGómez compareció ante e lRepresentante Social, manifestando,entre otras cosas, que cuando fungíacomo agente del Ministerio Público(adscrito a la propia mesa única deresponsabi l idades de Texcoco,México) solamente había recibido, departe del Profr. Rafael Ochoa Guzmán,el oficio 683/95 antecitado, negandohaber recibido algún otro documento oparticipado en conciliación algunaentre las partes a fin de solucionar elproblema laboral del señor FernandoGonzález Pérez. Posteriormente, enfechas 10 de agosto, 25 de septiembre,20 de octubre y 10 de noviembre de1995, el Representante Social girócitatorios a fin de que el señor RogelioSuárez Ruíz se presentara a declararen torno a los hechos investigados,

Recomendaciones

169

Page 32: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

mismo que compareció hasta el día 16de enero de 1996, procediéndose arecabar la declaración de mérito. Enfecha 22 de enero del año en curso,mediante comparecencia personal laseñora Sara Elena Pérez de Halbingerproporcionó los domicilios de losseñores Rogelio Rodríguez Rangel yBenjamín Serrato Torres, los cualesfueron citados por el RepresentanteSocial, compareciendo, en fecha 29 defebrero de 1996, exclusivamente elsegundo de los mencionados,rindiendo su declaración en torno a loshechos investigados. En fecha 3 demayo de 1996, ante el incumplimientoa los distintos citatorios girados alseñor Rogelio Rodríguez Rangel yconsiderando que el domicilio dondepodía ser localizado se ubicaba en elDistr i to Federal , e l agente delMinisterio Público acordó enviarexhorto al Delegado de la ProcuraduríaGeneral de Justicia del Distrito Federalcon sede en la DelegaciónCuauhtémoc, a fin de que por suconducto se recabara la declaración dela persona en cita; exhorto del cual,hasta la fecha, no se tiene noticia de sucumplimiento.

IV. OBSERVACIONES

A) La Comisión de Derechos Humanosdel Estado de México se allegó de lasevidencias necesarias, mismas quefueron descri tas en el capítulocorrespondiente, y realizado el estudiológico-jurídico respectivo, se concluyeque servidores públicos adscritos a esaProcuraduría General de Justicia delEstado de México, violan los derechos

humanos de la señora Sara ElenaPérez de Halbinger.

Acorde a las constancias que obran enel expediente de quejaCODHEM/549/95-2, la averiguaciónprevia TEX/MR/875/94, integrada porel agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa única deresponsabi l idades de Texcoco,México, fue iniciada por hechospresuntamente delictivos cometidospor diversos servidores públicosadscritos a los Servicios EducativosIntegrados al Estado de México,relacionados con la instrumentación deun acta de abandono de trabajo encontra del señor Fernando GonzálezPérez y sus consecuencias laborales,entre otras situaciones; por lo que,acorde al criterio del RepresentanteSocial y en investigación de los hechos,se recabaron las declaraciones de ladenunciante en varias ocasiones, asícomo las correspondientes de losseñores Fernando González Pérez,Felipe Gálvez Gómez, Rogelio SuárezRuíz y Benjamín Serrato Torres; sinembargo, es de hacerse notar que laindagatoria de referencia fue objeto deremisión a la Procuraduría General deJusticia del Distrito Federal en fecha 6de marzo de 1995, toda vez que,acorde al criterio del RepresentanteSocial, los hechos por los que se habíainiciado la misma se habían suscitadoen la Ciudad de México, DistritoFederal, empero, sosteniendo elcriterio contrario, el RepresentanteSocial adscrito a la mesa 17 delDepartamento de AveriguacionesPrevias de la Procuraduría en cita

CODHEM

170

Page 33: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

devolvió la indagatoria a su lugar deorigen, situación que ocasionó que lasinvestigaciones de la indagatoria demérito se interrumpieran por espaciode más de tres meses (el acuerdo derecepción de la misma por parte delRepresentante Socia l para suprosecución y perfeccionamiento legales del 10 de junio de 1995), situaciónque desde luego afectó la prontaprocuración de justicia a favor de laseñora Sara Elena Pérez de Halbinger.

A mayor abundamiento, en la dilaciónen la integración de la averiguaciónprevia de referencia ha incidido elhecho de que el señor RogelioRodríguez Rangel ha omitido loscitatorios (de fechas 22 de enero, 2 defebrero, 19 de febrero, 28 de marzo de1996) que le han sido girados por elRepresentante Social a fin de querindiese su declaración en torno a loshechos investigados, situación por lacual el agente del Ministerio Públicoinvestigador acordó, en fecha 3 demayo de 1996, girar exhorto alDelegado de la Procuraduría Generalde Justicia del Distrito Federal consede en la Delegación Cuauhtémoc, afin de que, por su conducto llevara acabo la declaración de méri to,considerando además que el domicilioen donde podía ser ubicado el señorRogel io Rodríguez Rangel seencontraba en el Distrito Federal(oficinas del Sindicato Nacional deTrabajadores de la Educación);empero, es de hacerse notar que,acorde a lo dispuesto por el artículo 39del Código de ProcedimientosPenales, el Representante Social en la

integración de la averiguación previapuede emplear, para hacer cumplir susdeterminaciones, los diferentesmedios de apremio que se contemplanen el propio artículo; por lo que, con elfin de dar celeridad a la integración dela indagatoria multicitada, el agenteinvestigador debió haber utilizado,acorde a su criterio, la medida deapremio que garant izara lacomparecencia de la persona objeto dela cita, máxime la preexistencia de loscitatorios omitidos; sin embargo, en elcaso se optó por el envió de exhorto,mismo que requiere de mayor tiempopara su cumplimiento, máxime que, denueva cuenta, habrá que citar alpresunto indiciado y, en el caso de queno acuda a la primera cita (como ya seha señalado se han incumplido varioscitatorios), deberá girarse una nueva y,en el caso de nueva omisión, seránecesario implementar algún medio deapremio para que, conforme aderecho, se haga cumpl i r ladeterminación del RepresentanteSocial que diligencie el exhorto;situación ésta que, de igual forma, hadi latado la integración en laaveriguación previa TEX/MR/875/94.

En este sentido, las situaciones que sehan comentado con anterioridad handado lugar a que, a más de año y mediode in ic iada la indagator iaTEX/MR/875/94, ésta no haya sidodeterminada conforme a derecho,conculcándose los derechos humanosde legalidad y seguridad jurídica, en sumodal idad de di lac ión en laprocuración de justicia, en agravio de

Recomendaciones

171

Page 34: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

la señora Sara Elena Pérez deHalbinger.

No pasa desapercibido para esteOrganismo, que la di laciónargumentada, así como la remisiónque se hizo de la indagator iamulticitada a la Procuraduría Generalde Justicia del Distr i to Federal(ordenada en fecha 6 de marzo de1995), ha sido objeto, por una parte, dela iniciación de la averiguación previaTOL/DR/I/353/95, la cual, previa laindagación correspondiente por elagente del Ministerio Público adscrito ala mesa primera de la Dirección deResponsabi l idades de esaProcuraduría, en fecha 29 de febrerodel año en curso determinó el noejercicio de la acción penal en contradel Lic. Pedro Garnica Reyes, agentedel Ministerio Público adscrito a lamesa única de responsabilidades deTexcoco, México, toda vez que loshechos invest igados no eranconstitutivos de delito; y, por la otra, delprocedimiento disc ip l inar ioadministrativo tramitado bajo elexpediente CI/PGJEM/091/95 seguidoen contra del multicitado Lic. PedroGarnica Reyes, por la ContraloríaInterna de esa Procuraduría Generalde Justicia de esta Entidad Federativa(iniciado por el escrito de fecha 13 demarzo de 1995, dirigido al GobernadorConst i tucional de esta Ent idadFederativa, cuya copia se hizo llegartambién a este Organismo, la cual fueampliamente descrita en el punto 4 delapartado de hechos; escrito que fueampliado en la propia Contraloría porla quejosa), Dependencia que, en

fecha 7 de julio de 1995, resolvió queno había lugar a aplicar sanción algunaal servidor público de mérito; situaciónésta última que, si bien es cierto impidela iniciación de un nuevo procedimientopara determinar la responsabilidadcorrespondiente por la mismaconducta (en términos de loestablecido por el artículo 4 de la Leyde Responsabi l idades de losServidores Públicos del Estado deMéxico y Municipios), también lo esque la misma no es óbice para que esteComisión, en uso de las facultadeslegales que le asisten, puedapronunciarse en la materia de lapresente queja.

B) Acorde a los diferentes escritos quefueron presentados ante esteOrganismo por la quejosa y que hansido detal lados en el apartadocorrespondiente a hechos yevidencias; ésta también refiere comopresuntas violaciones a sus derechoshumanos cometidas por servidorespúblicos adscritos a esa Procuraduría,fundamentalmente, las siguientes:

1. Que el día 11 de enero de 1995, elProfr. Benjamín Serrato Torrescomentó con el Profr. Rafael OchoaGuzmán que había mandado una cartaal Lic. Felipe Gálvez Gómez, entoncesagente del Ministerio Público adscrito ala mesa única de responsabilidades deTexcoco, México, y que el día 22 defebrero de 1995, la quejosa le solicitóal Lic. Pedro Garnica Reyes (actualtitular de la precitada mesa) su deseode enterarse del contenido deldocumento, sin que dicho documento

CODHEM

172

Page 35: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

apareciera en la indagator ia;solicitando se investigara dónde seencontraba la carta precitada.

2. Se investigara, de igual manera, "elarreglo" que se llevó a cabo entre losseñores Fernando González Pérez,Profr. Rogelio Rodríguez Rangel y Lic.Felipe Gálvez Gómez, relativo a lareinstalación del primero en su Centrode Trabajo, dejando sin efecto el actade abandono de empleo que le habíasido instrumentada y que, según laquejosa, terminó por perjudicar alprimero de los indicados.

3. Se tomara conocimiento de posiblesirregularidades en la integración de laaveriguación previa TEX/MR/44/94,básicamente, en los siguientesaspectos:

a) En relación al señor Silvano AnimasMeraz, procesado en la causa654/93-II, instrumentada en el JuzgadoSegundo de Cuantía Menor conresidencia en Chiconautla, México; enel sentido de que el mismo no debió dehaber sido absuelto de los delitos quese le imputaban en la misma.

b) Lic. Fortino Flores Vega, JuezSegundo de Cuantía Menor conresidencia en Chiconautla, México,ante quien se ventiló la causa 645/93-II;así como el Secretario, Lic. JoséGuadalupe de la Rosa y la TécnicoJudicial del mismo, Luz María MartínezColín; por presuntas anomalíasdurante el procedimiento, así comoamenazas referidas por el Juezantecitado.

c) Lic. Olga Jaimes Alanís. MinisterioPúblico adscrito al Juzgado Segundode Cuantía Menor con residencia enChiconautla, México, fiscal en la causa645/93-II, misma que, al decir de laquejosa, no cumplió adecuadamentesu función de Representante Social enla causa precitada, en su perjuicio.

4. Irregularidades en la integración dela indagatoria TEX/MR/875/94, encuanto a que el Lic. Pedro GarnicaReyes, agente del Ministerio Públicoadscr i to a la mesa única deresponsabi l idades de Texcoco,México, en el sentido de que dichoservidor público "la ha traído vuelta yvuelta", "telefonazo a telefonazo", que"da su tiempo a pura gente que llega yse pone de acuerdo con él, que traerecomendación"; solicitando tambiénque "no opere el influyentismo".

En relación a los puntos que antecedencorrespondientes al presente inciso"B", esta Comisión de DerechosHumanos del Estado de México noemite observación alguna al respecto,en base a las s iguientesconsideraciones:

1. En cuanto al primer punto, la "carta"que se menciona en este apartado hasido objeto de investigación por partedel Lic. Pedro Garnica Reyes en lapropia aver iguación previaTEX/MR/875/94, mismo que, en fecha31 de jul io de 1995, recabó ladeclaración del señor Felipe GálvezGómez, persona que, en torno a dicha"carta", refirió que como se habíacitado a declarar en la precitada

Recomendaciones

173

Page 36: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

indagatoria al Sr. Rogelio RodríguezRangel, el Profr. Rafael OchoaGuzmán, Secretario General delSindicato Nacional de Trabajadores dela Educación, a través del oficio 683/95recibido en la agencia investigadora el7 de enero de 1995, solicitó al Titularde la mesa de responsabilidades (enese entonces el declarante, Lic. FelipeGálvez Gómez) que la declaración demérito fuese rendida por conducto delSr. Benjamín Serrato Torres,Secretario del Trabajo y Conflictos delpropio Sindicato, sin que, segúnmanifestación expresa del declarante,se haya recibido algún documentomás; situación que conduce a colegirque la "carta" que refiere la quejosa yel oficio 683/95 en cita son el mismodocumento, conclusión que se vereforzada con las investigaciones quepor el mismo hecho efectuara laContraloría Interna de los ServiciosEducativos Integrados al Estado deMéxico, bajo el expediente CI-28/96.

2. En relación al segundo punto, esnecesario precisar que, por una parte,no existe evidencia alguna de laexistencia del supuesto "arreglo" queperjudicó al señor Fernando GonzálezPérez, además de que, por declaraciónexpresa del Lic. Felipe Gálvez Gómezvertida en la propia indagatoria(TEX/MR/875/94, de fecha 31 de juliode 1995), éste no participó en convenioalguno entre las partes tendente aresolver la situación laboral de lapersona en cita. Robustece esterazonamiento, el texto ín situ en eloficio ST-5509/160/95, de fecha 10 demayo de 1995, mediante el cual el Ing.

Rogel io Juárez Ruíz, Jefe delDepartamento de EducaciónSecundaria Técnica de los ServiciosEducativos Integrados al Estado deMéxico, comunicó al C.P. LázaroGurrola Altamira, Contralor Interno delos precitados Servicios Educativos,que el señor Fernando González Pérezhabía sido reincorporado a susservic ios, in ic ia lmente en laSecundaria Técnica No. 39, empero,como éste se inconformó (alegabalejanía del lugar en relación a sudomicilio, entre otras cosas), se leasignó a la Escuela SecundariaTécnica No. 50; oficio que obra en lasconstancias del expediente número28/95 radicado en la ContraloríaInterna de los Servicios Educativos demérito, mismo que fuese hecho llegara este Organismo por la Dependenciaen ci ta, a t ravés de of ic ioCI-2301/02153 de fecha 4 de octubrede 1995; y de donde se evidencia que,por un lado, se reincorporó en laprestación de sus servicios a lapersona referida y, por el otro, que sele proporcionaron las facilidades paraser reubicado en el centro de serviciosmás cercano a su domicilio.

Asimismo, es de hacerse notar que lospresentes hechos afectandirectamente la esfera de derechos delseñor Fernando González Pérez yéste, en fecha 9 de octubre de 1996,manifestó expresamente a estaComisión que no interponía queja encontra de servidor público alguno,s i tuación que refuerza losrazonamientos precedentes.

CODHEM

174

Page 37: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

3. Por lo que hace al tercer punto(primer párrafo), este Organismoaprecia que, acorde a las constanciasdel caso, la averiguación previaTEX/MR/44/94 se encuentradebidamente integrada, toda vez queel Representante Social llevó a cabolas diligencias correspondientes paraefectuar la determinacióncorrespondiente (no ejercicio de laacción penal, autorizado por el C.Procurador General de Justicia);diligencias entre las que se ubican lasdeclaraciones de la señora Sara ElenaPérez de Halbinger (de fechas 24 deenero, 14 de febrero y 2 de mayo de1994); solicitándose y acusándoserecibo de copia certificada de la causa645/93-2 instrumentada ante el JuezSegundo penal de Cuantía Menor conresidencia en Chiconautla, México;recabándose las declaraciones de losdirectamente involucrados en el caso(acorde a la denuncia): Alicia OrdóñezBenítez, agente del Ministerio Públicoencargado de instrumentar el acta deaveriguación previa EM/I/4143/93 quedio origen a la causa de mérito; IsidroTierrablanca Sánchez, Secretario de laRepresentante Social (que, según,había comet ido un errormecanográfico al momento de tomarlas declaraciones de los testigos de laaquí quejosa); Alicia Gabino y MoisésAlejandro Reyes Romero, testigos dela quejosa; Francisco Medina Tovalín;Fortino Flores Vega, Juez de la causa;José Guadalupe Rivero de la Rosa,Secretario del juzgado Segundo deCuantía Menor con residencia enChiconautla, México, encargado de darel trámite legal a la causa multicitada;

y Luz María Martínez Colín, TécnicoJudicial adscrito al mismo Juzgado;determinándose en fecha 5 de abril de1995, el no ejercicio de la acción penal,ordenándose su remis ión alSubprocurador de Just ic ia conresidencia en Texcoco, México, paralos efectos del artículo 125 del Códigode Procedimientos Penales vigente enesta Entidad Federativa, la cual fueconfirmada en fecha 16 de enero de1996, por el Lic. Raúl Vera Aguilar,Subprocurador General de Justicia enel Estado de México, en funciones deProcurador General.Por cuanto hace alinciso "a", del presente punto 3, esnecesario referir que, acorde a lo queestablece la Constitución PolíticaFederal, en su artículo 23, ningunapersona puede ser juzgada dos vecespor el mismo delito, ya sea que se lehaya condenado o se le absuelva; porlo que, en el caso del señor SilvanoÁnimas Meraz, jur íd icamenteresultaría violatorio de garantías, eliniciarle un nuevo juicio penal por losmismos hechos por los que fuejuzgado, considerando que éste fueobjeto de sentencia absolutoria enfecha 3 de octubre de 1994,confirmada por toca número 1715/94de fecha 8 de noviembre del mismoaño.

En lo relativo a los incisos "b" y "c" delmismo punto 3, se hace notar que losmismos fueron objeto precisamente deinvestigación penal, a través de laaveriguación previa TEX/MR/44/94, lacual determinó la inexistencia deresponsabi l idad penal para las

Recomendaciones

175

Page 38: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

personas presuntamenteresponsables.

Respecto al punto 4, es necesarioprecisar que las manifestaciones de laquejosa referentes a presuntasviolaciones a sus derechos humanosya han sido objeto, por una parte, deprocedimiento disc ip l inar ioadministrativo en contra del Lic. PedroGarnica Reyes, ante la ContraloríaInterna de la Procuraduría General deJusticia, habiéndose integrado elexpediente CI-PGJEM/091/95, el cual,previa la práctica de las diligencias quese consideraron necesarias por partedel Organismo en cita, en fecha 7 dejulio de 1995, resolvió no aplicarsanción alguna al Lic. Pedro GarnicaReyes, por no t ip i f icarseresponsabilidad administrativa alguna;y, por la otra, de la instrumentación deaveriguación previa TOL/DR/I/353/95en contra del servidor públ icoprecitado, por el agente del MinisterioPúblico adscrito a la mesa primera deresponsabilidades de esta Ciudad, elcual, previas las investigaciones delcaso, en fecha 29 de febrero de 1996determinó el no ejercicio de la acciónpenal, por no tipificarse delito alguno encontra del servidor público antecitado,sujetándose dicha determinación a laautorización del C. Procurador Generalde Justicia de esta Entidad Federativa;por lo que, en estas circunstancias,habiéndose agotado losprocedimientos respectivos, esteOrganismo no emite observaciónalguna al respecto.

Es de hacerse notar que laaveriguación previa referida en lasegunda parte del párrafo que precede,no solamente fue iniciada por ladenuncia de hechos de la quejosa encontra del Lic. Pedro Garnica Reyes,referente a la averiguación previaTEX/MR/875/94, sino que tambiénabarcó la actuación del precitadoservidor público en la indagatoriaTEX/MR/44/94, determinándose enambas el no ejercicio de la acciónpenal.

C) En cuanto hace a las averiguacionesprevias TOL/DR/ II/899/95 (que tienesu antecedente en laTOL/AC/II/5887/95), TEX/MR/ 997/95y TEX/MR/1240/95, esta Comisión deDerechos Humanos se abstiene, deigual forma, de emitir observaciónalguna al respecto en base a losiguiente:

Por lo que hace a la primera de lasreferidas, TOL/DR/II/899/95, esnecesario referir que ésta, por lasevidencias recabadas, fue iniciada enfecha 15 de agosto de 1995, por el Lic.Jorge Martínez Hernández, agente delMinisterio Público adscrito al segundoturno de la agencia central de estaCiudad, por denuncia de hechosrelacionados a lo dispuesto por elart ículo 443 del Código deProcedimientos Penales, en agravio deSara Elena Pérez de Halbinger y encontra del señor Jorge Piña, éste últimoservidor público adscrito a los ServiciosEducativos Integrados al Estado deMéxico, por lo que ésta fue remitida alagente del Ministerio Público adscrito a

CODHEM

176

Page 39: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

la mesa segunda de la Dirección deResponsabilidades, el cual, en fecha10 de octubre de 1995, acordó larecepción de la indagatoria para suprosecución y perfeccionamiento legala fin de esclarecer los hechos; sinembargo, s i b ien es c ier to laindagatoria de mérito fue mencionadapor la quejosa en su escrito de fecha16 de agosto de 1995, presentado aesta Comisión el día 24 del mismo mesy año; en dicho libelo no se refierequeja alguna en contra de servidorpúblico adscrito a la ProcuraduríaGeneral de Justicia de esta EntidadFederativa en la instrumentación de lamisma, más bien, en el escritoprecitado se hizo del conocimiento deeste Organismo que, al decir de laquejosa, "el bloqueo de sus demandas"y las "amenazas" a su persona porparte de servidores públicos adscritosa los Servicios Educativos Integradosdel Estado de México habían sidoobjeto de la averiguación previamulticitada, a fin de determinar, en suoportunidad, la probable configuraciónde responsabilidad penal en contra delos servidores públicos mencionados.

Referente a las indagator iasTEX/MR/997/95 y TEX/MR/1240/95,es necesario aclarar que, de igualforma, la señora Sara Elena Pérez deHalbinger no manifiesta hecho algunoque presuma violación a sus derechoshumanos por parte de los servidorespúblicos adscritos a la ProcuraduríaGeneral de Justicia del Estado deMéxico encargados de integrar lasaveriguaciones previas antecitadas,toda vez que, acorde a las evidencias

que obran en el presente expediente dequeja, las indagatorias de referenciafueron conocidas por este Organismo,no por interposición de queja, sinoporque fueron citadas en una copiasimple de un escrito de fecha 20 demarzo de 1996, dir igido al Lic.Alejandro Ar ley Ángeles,Subprocurador de Just ic ia conresidencia en Texcoco, México, por laseñora Sara Elena Pérez de Halbinger,mediante el cual, la aquí quejosadenunciaba hechos presuntamenteconstitutivos de delito en contra dequien resultara responsable, refiriendoen el ángulo superior derecho delmismo, "inconformidad en resolución"en las aver iguaciones previasTEX/MR/44/94, TEX/MR/875/94,TEX/MR/997/95 y TEX/MR/1240/95;por lo que esa "inconformidad enresolución", sin especificar algún datomás (el escrito de referencia se anexóa otro diverso que fue presentado aesta Comisión en fecha 22 de marzode 1996, dirigido por el señor FernandoGonzález Pérez al Presidente delTribunal de Arbitraje del Estado deMéxico, por el cual éste producíadiversas manifestaciones en relación asu expediente 410/95); es decir, si bieneste Organismo tuvo conocimiento delescrito de referencia, por una parte,éste se encontraba dir ig ido alSubprocurador de Just ic ia conresidencia en Texcoco, México, en víade denuncia de hechos, y, por la otra,el escrito de mérito no refería quejaalguna que presumiera conculcación alos derechos humanos de la quejosa;situación por la cual esta Comisión nohace observación alguna al respecto.

Recomendaciones

177

Page 40: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Por último, es necesario hacer notarque este Organismo solicitó copiacert i f icada de las indagator iasTOL/DR/II/899/95, TEX/MR/997/95 yTEX/MR/1240/95 para estar en laposibilidad de determinar su relacióncon los hechos constitutivos de la quejaque dio origen a este expedienteCODHEM/549/95-2; empero, de lasevidencias recabadas se desprendeque las mismas se integran por hechosdiferentes a la queja a estudio, toda vezque, por lo que hace a la primera de lasindicadas ésta se instrumenta porhechos relacionados a lo dispuesto porel ar t ículo 443 del Código deProcedimientos Penales (amenazas);la segunda, por denuncia de hechoscometidos en agravio de la quejosa yen contra del Titular y Secretario de lamesa tres de trámite de San Agustín,México, entre otros servidorespúblicos, ya que, según la quejosa, sele atendía mal al presentarse a dicholugar, la dejaban esperando por horas,atendían a otras personas y seburlaban constantemente de ella, asícomo malos manejos en la integraciónde la aver iguación previaSAG/I /3688/95 ( la misma fueconsignada al C. Juez de Cuantíamenor de Ecatepec, México, por eldelito de lesiones, cometido en agraviode la hora denunciante y en contra deEva Angélica Guzmán Zúñiga); y latercera, por denuncia de hechosposiblemente constitutivos de delito enagravio de la quejosa y en contra depersonal adscrito a la agencia delMinisterio Público de San Agustín,México, (Lics. Martín H. Ruíz y JoaquínVelázquez Monroy, incluyendo al

médico Legista Nicolás MartínezValera), precisando en la denunciacorrespondiente que no se le haquerido acumular la averiguaciónprevia 7004/95 a la averiguación7000/95, y que un certificado médicorelacionado con dichas diligenciashabía sido cambiado; hechos que hansido objeto de averiguación previa a finde determinar la posibleresponsabilidad en que hubiesenincurrido los servidores públicos que secitan en este párrafo, pero que sonajenos a la queja in ic ia lmenteplanteada ante este Organismo;además de que, según se observa, unade las averiguaciones ha sido yaintegrada y consignada al Juezcorrespondiente y las dos restantes seencuentran en proceso de integración,a fin de contar con los elementossuficientes tendentes a llevar a cabo ladeterminación que conforme a derechopusiese proceder.

Por todo lo anterior, exclusivamentepor lo que hace a lo considerado en elinciso "A" de este apartado, se coligeque servidores públicos de esaProcuraduría General de Justicia delEstado de México han transgredido lossiguientes preceptos legales:

A) De la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos:

Artículo 21. ".... La investigación ypersecución de los delitos incumbe alMinisterio Público, el cual se auxiliarácon una policía que estará bajo suautoridad y mando inmediato...."

CODHEM

178

Page 41: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

B) De la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de México:

Artículo 5. "En el Estado de Méxicotodos los individuos son iguales ytienen las libertades, derechos ygarantías que la Constitución Federal,esta Constitución y las leyes del Estadoestablecen."

Artículo 81. "Corresponde al MinisterioPúblico la investigación y persecuciónde los delitos y el ejercicio de la acciónpenal.

La policía judicial estará bajo laautoridad y mando inmediato delMinisterio Público."

C) De la Ley de Responsabilidades delos Servidores Públicos del Estado yMunicipios:

Artículo 42. "Para salvaguardar lalegal idad, honradez, leal tad,imparcialidad y eficiencia que debanser observadas en el servicio público,independientemente de lasobl igaciones especí f icas quecorrespondan al empleo, cargo ocomisión, todo servidor público, sinperjuicio o independientemente de susderechos y deberes laborales, tendrálas siguientes obligaciones de caráctergeneral:

I. Cumplir con la máxima diligencia elservicio que le sea encomendado yabstenerse de cualquier acto u omisiónque cause la suspensión o deficienciade dicho servicio o implique abuso o

ejercicio indebido de un empleo, cargoo comisión;"

"XXII. Abstenerse de cualquier acto uomisión que implique incumplimientode cualquier disposición jurídicarelacionada con el servicio público".

Art ículo 43. "Se incurre enresponsabilidad administrativa por elincumplimiento de cualesquiera de lasobligaciones a que se refiere el artículoanterior, dando lugar a la instruccióndel procedimiento administrativo antelos órganos disciplinarios y a laaplicación de las sanciones que en estaLey se consignan, atendiendo a lanaturaleza de la obligación que setransgreda."

En razón de todo lo expuesto estaComisión de Derechos Humanosrespetuosamente formula a usted,señor Procurador General de Justiciadel Estado de México, las siguientes:

V. RECOMENDACIONES

PRIMERA: Se si rva girar susinstrucciones a quien competa, a fin deque se integre, a la brevedad posible,la averiguación previa TEX/MR/875/94a que se alude en este documento,para que, en su oportunidad, seaemitida la determinación que conformea derecho proceda.

SEGUNDA: Se sirva ordenar a quiencorresponda, sean brindados losmedios suficientes al agente delMinisterio Público encargado de laintegración de la averiguación previa

Recomendaciones

179

Page 42: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

TEX/MR/875/94, para el efecto de queésta se perfeccione y determineconforme a derecho.

TERCERA: De acuerdo con el artículo50, segundo párrafo, de la Ley queCrea la Comisión de DerechosHumanos del Estado de México,solicito a usted que la respuesta sobrela aceptación de esta Recomendación,nos sea informada dentro de untérmino de 15 días hábiles siguientes ala notificación de la presente.

Con fundamento en el mismo preceptolegal, solicito que, en su caso, laspruebas correspondientes alcumplimiento de la Recomendación se

envíen a este Organismo durante losquince días hábiles siguientes a lafecha de aceptación de la presente.

La falta de presentación de pruebasdará lugar a que se interprete que lapresente Recomendación no fueaceptada, quedando la Comisión deDerechos Humanos del Estado enl ibertad de hacer públ ica estacircunstancia.

La presente Recomendación, acorde alo dispuesto por el Artículo 102,apartado B, de la Constitución Generalde la República y 16 de la Particular delEstado, tiene el carácter de pública.

A T E N T A M E N T EDRA. MIREILLE ROCCATTI VELAZQUEZ

PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOSDEL ESTADO DE MÉXICO

CODHEM

180

Page 43: RECOMENDACIÓN Nº. 52/96 - historico.juridicas.unam.mxhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/20/pr/... · Rafael Ochoa Guzmán mandó una carta al Sr. Lic. Felipe

Gobierno del Estado de MéxicoProcuraduría General de Justicia

OFICIO: 213004000/3405/96Toluca, Estado de México

agosto 7 de 1996

Doctora

MIREILLE ROCCATTI VELAZQUEZPresidenta de la Comisión de Derechos Humanosdel Estado de MéxicoPresente.

En respuesta a su atento oficio del día 2 de agosto del año en curso, mediante elcual hace del conocimiento de esta Dependencia la RECOMENDACION 52/96,emitida por el H. Organismo que usted dignamente representa y motivada por laqueja CODHEM/549/95-2 presentada por SARA ELENA PEREZ DE HALBINGER,le informo:

La misma es aceptada en términos del Artículo 50 Párrafo Segundo de la Ley quecrea la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México y a la brevedadposible le será remitida la documentación que acredite su debido cumplimiento.

Sin otro particular por el momento le reitero mi distinguida consideración.

A T E N T A M E N T E LIC. LUIS ARTURO AGUILAR BASURTOPROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA

C.c.p. LIC. CESAR CAMACHO QUIROZ. Gobernador del Estado de MéxicoLIC. RAUL VERA AGUILAR. Subprocurador General de JusticiaLIC. JOSEFINA GUTIERREZ ESPINOZA. Coordinadora de Derechos Humanos.LAAB‘JGE‘SPLB‘jbsg.

Recomendaciones

181