Reajustes en la ley 24.241

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Reajustes en la ley 24.241 Guillermo J. Jáuregui Instituto de Derecho Previsional de Bahía Blanca, 15/10/2014

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Reajustes en la ley 24.241. Guillermo J. Jáuregui Instituto de Derecho Previsional de Bahía Blanca, 15/10/2014. Clasificación de juicios de reajustes. 1. DE LEYES ANTERIORES A LA LEY 24.241 2. DE LA LEY 24.241. - PowerPoint PPT Presentation

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Reajustes en la ley 24.241

Guillermo J. Jáuregui

Instituto de Derecho Previsional de Bahía Blanca, 15/10/2014

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Clasificación de juicios de reajustes

1. DE LEYES ANTERIORES A LA LEY 24.241

2. DE LA LEY 24.241

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1.1. Leyes anteriores a la ley 14.499 (octubre de 1958) para trabajadores del sector privado y público

1.2. Leyes especiales para determinadas actividades

1.3. Ex Municipalidad de la Ciudad de Bs. As.1.4. Leyes jubilatorias de provincias que se

adhirieron al Pacto Federal1.5. Leyes para trabajadores dependientes y

autónomos vigentes desde el 1.1.19691.6. Reajustes que combinan dos o más leyes

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1.1. Leyes anteriores a la ley 14.499 (octubre de 1958) para trabajadores del sector privado y público

Las personas comprendidas en esas leyes tienen derecho a la movilidad de la ley 14.499 aunque se hayan jubilado con anterioridad

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1.2. Leyes especiales para determinadas actividades

Ley 14.473: Docentes no universitarios Ley 23.985: Docentes no universitarios en la ley 22.955. Ley 24.016: Docentes del Estatuto del docente (docentes

primarios, secundarios y terciarios no universitarios) (Gemelli)

Ley 22.955: Jubilación de agentes de la Administración Pública y Ministerio de Defensa, Estado Mayor Conjunto o comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas (Casella).

Leyes 22.929, 23.026 y 23.626: Investigadores, científicos y técnicos (Massani de Sese).

Ley 22.731: Servicio Exterior de la Nación (Siri). Ley 24.018: Poder Judicial de la Nación (Craviotto). Ley 24.018: Cargos políticos (Arrúes).

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1.3. Ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires

Ordenanza 30.062/74 para funcionarios de la Ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires

Ordenanza 31.382/75 para funcionarios de la Ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires

Ley 18.259 declaró aplicable la ley 18.037 hasta que se dicte un régimen especial

Decreto Ley 995/70 Régimen Previsional para la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires

Decreto Ley 1645/78 Régimen Previsional para la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires

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1.4. Leyes jubilatorias de provincias que se adhirieron al Pacto Federal

Fallos Blanco de Mazzina, Blanca Lidia y Aban, Francisca

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1.5. Leyes para trabajadores dependientes y autónomos vigentes desde el 1.1.1969

Ley 18.037 Trabajadores dependientes del sector público y privado (Chocobar - Sánchez - Badaro)

Ley 18.037 con inconstitucionalidad de los arts.49, 53 y 55 Ley 18.037 con inconstitucionalidad de los arts. 53 y 55 Ley 18.037 (segunda vuelta) con un fallo anterior Chocobar Ley 18.037 (segunda vuelta) con un fallo distinto a

Chocobar (Carutti y Apa) Ley 21.118 que modifica la ley 18037 vigente entre

noviembre de 1975 y 1976 Ley 18.038 Trabajadores autónomos (Empresarios,

Profesionales e Independientes) (Volonté-Rodriguez-Makler)

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2. JUICIOS DE REAJUSTES DE LA LEY 24.241

Miles de variantes para plantear el juicio de reajuste dependiendo del caso, tipo de servicios y topes afectados.

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Diferencias con los reajustes de la ley 18.037

La demanda habitual en la ley 18.037. Inconstitucionalidad de los arts. 49, 53 y 55.

Complejidad de las prestaciones en la ley 24.241.

Las demandas de reajustes ingenuas.

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Las distintas prestaciones de la ley 24.241

Jubilación (Prestación Básica Universal-PBU; Prestación Compensatoria-PC y Prestación Adicional por Permanencia-PAP);

Retiro por Invalidez; Pensión por muerte del afiliado en actividad; Pensión de PBU, PC y PAP (pensión correspondiente a un afiliado que

estaba cobrando Jubilación o que a la fecha de fallecimiento tenía derecho a jubilación);

Pensión derivada de un Retiro por Invalidez (el causante estaba cobrando esa prestación o tenía derecho a la misma a la fecha del fallecimiento);

Prestación por Edad Avanzada para quien reúne los requisitos legales en vida: 10 años de aportes y 70 años de edad;

Prestación por Invalidez en Edad Avanzada, para quien se incapacita después de los 65 años y no tiene derecho a jubilación;

Prestación por muerte en edad avanzada, cuando el causante fallece después de los 65 años y no tiene derecho a jubilación;

Jubilación Ordinaria o de Invalidez para Minusválidos, conforme a la ley 20.475

Prestación Anticipada por Desempleo, conforme la ley 25.994.

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Estructura técnica de la movilidad

Motor de movilidad. Coeficientes de actualización de las remuneraciones históricas y aumentos a los beneficiarios

Serie numéricaEmpalmes de seriesIndiferencia del cese e igualdad ante la

ley (art. 16 CN)

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Reajuste de la PBU básica PBUs con adquisición del derecho anterior al 1.3.2009

(Ley 26.417)– Actualización del AMPO. Utilización del SIJP, Indice de Salarios del

INDEC (Badaro) o del ISBIC (Elliff) – Jurisprudencia actual:– Sala I (Pérez, José, 10.3.2009, RJP TXIX, 121 ): Badarización del

AMPO– Sala II (Alpuy, Carlos, 19.12.2008, RJP TXVIII, 910) Rechazo del

recálculo– Sala III (Bruzzo, Romilio Amario, 28.4.2010, RJP TXX, 260).

Ellifficación del AMPO– Fallo Taborda José María del CSJN (1.8.2013)– Tope máximo de 45 años para la PBU. Reforma de la Ley

26.417(PBU fija) PBUs con adquisición del derecho posterior anterior al

28.2.2009 (Ley 26.417)– Argumentos para cuestionar la nueva PBU fija

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Reajuste de la PC y de la PAP

PC dependiente y PC autónoma

PC = 0,015 x N x (n + p) x W + (m + p) x R (n + m + p)

0,015 x N x (n + p) x W (n + m + p)

0,015 x N x (m + p) x R (n + m + p)

PC dependiente PC autónoma

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Recálculo del haber inicial de la PC y de la PAP Necesaria actualización de las rem.históricas y del promedio dpte Suplemento por movilidad (Dto.1199/04). Res. 298/08-ANSeS y 6/09 SSS Tope de 35 años para la PC. Fallo Barrios Idilio de la Corte (21.8.2013) Tope de remuneración dependiente sujeta a aportes (Base Imponible

Máxima= $ 36.531,50) – Caso Leiva, José Francisco, RJP TXVII, 397– Caso Pozzo, Norma Susana, RJP TXXII, 177– Caso Ríspoli, Luis Jorge, RJP TXX, 836– Caso Cruz, Oscar Tadeo, RJP TXX, 732– Caso Real, Antonio Lorenzo, RJP TXX, 828– Caso Rainone de Ruffo, Juana Teresa Berta, RJP TXXI, 122– Caso Betancur, José, RJP TXX, 737

Superación del tope cuando una remuneración histórica se actualiza Superación del tope con remun.y rentas autónomas simultáneas Tope para PC= AMPO por año. Res.6/09-SSS ($160,30).Fallo Argento

Federico CSJN 26.3.2013 El Caso Elliff: utilización del ISBIC hasta la fecha de adquisición del derecho.

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Reajuste de la PC y PAP de los trabajadores autonomos Necesaria actualización de la renta autónoma promedio

administrativa con el criterio de las equivalencias del caso “Volonté” de la Corte

Rodríguez o Makler Equivalencias hasta 6/94 y luego como lo hace ANSeS (Sala

I CFSS CABA) Rentas sin moratoria con equivalencias y rentas con

moratoria actualizadas como lo hace ANSeS (Sala II CFSS CABA)

Equivalencias con Volonté para todas las rentas autónomas anteriores o posteriores a 6.94, con o sin moratoria ( Sala III CFSS CABA cuando la fecha de adq. es la misma que la fecha del último aporte autónomo. Caso contrario cuando el últ. mes aut. no es el del cese, equiv. a ese mes y actualización con índice hasta la fecha de adquisición)

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Movilidad de la PBU, PC y PAPEl Caso Elliff que mantiene la movilidad de Badaro. Fechas de adquisición anteriores al 1.1.2007: ISBIC

para el recálculo del haber inicial + Ind.Sal.INDEC + Aumentos de ley desde el 1.1.2007

Fechas de adquisición posteriores al 31.12.2006: ISBIC para el recálculo del haber inicial + Aumentos de ley desde el 1.1.2007

Incidencia de la nueva ley de movilidad 26.417Nuevo criterio. Plenario de hecho de la CFSS-

CABA:Valtuille A.R. (S.I), Ackerman D.J. (S.II) y Golovca O. (S.III)

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Otros TopesTope máximo del art. 9 de la ley 24.463

($23.675,54)

Tope del art. 79 de la ley 18.037 cuando concurren dos o más prestaciones civiles

Tope de la ley 19.101, art. 80 bis, cuando concurren prestaciones civiles y militares

Tope del haber del activo (Villanustre). Circular 58/2011-ANSeS

Inaplicabilidad de la escala de reducción del art.9 de la ley 24.463 en la ley 24.241

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La situación especial de los beneficiarios del ex-régimen de Capitalización Afiliados de la Capitalización que al 5.12.2008 no se

encontraban jubilados Afiliados de la Capitalización que al 5.12.2008 ya se

encontraban jubilados cobrando retiro programado o fraccionario. Caso Peláez, Sara del Juzgado Federal 4 de Mar del Plata

Afiliados de la Capitalización que al 5.12.2008 ya se encontraban jubilados cobrando renta vitalicia. Caso Vitiello del Juzgado Federal 2 de Mar del Plata

Beneficiarios de la Capitalización sin componente público (Casos Fragueiro, Kevorkian, Llanquileo y Toloza)

Beneficiarios de la Capitalización que optaron por el Retiro Programado por su estado de salud y buscando que los fondos sean heredables. Caso Pegasano

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Errores u omisiones más comunes en los juicios de reajuste de la ley 24.241

Necesaria verificación de la conveniencia del reajuste mediante el cálculo del posible haber reajustado con la jurisprudencia vigente

Errores en el encuadre de la ley aplicable Errores en la identificación de la prestación por la cual se

solicita el reajuste Error en la condición de dependiente o autónomo del actor

(muchos años autónomos y meses como dependiente) No pedir el reajuste de la PBU No pedir la actualización de las remuneraciones históricas No cuestionar todos los topes que se traducen en una

reducción importante del haber reajustado No evaluar en forma prudente la incidencia del reajuste

autónomo dentro del reajuste total Incorrecto análisis de la sentencia de primera instancia y no

agraviarse por aquellos temas que han sido planteados y no han sido tratados o han sido rechazados

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La declaración de inconstitucionalidad de los topes y la cosa juzgada. Caso Bazan

La aplicación del precedente Actis Caporale

La demanda informática y la sentencia informática