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¿QUÉ DEBEMOS SABER SOBRE LOS PARAISOS FISCALES Y LAS SOCIEDADES OFFSHORE? Fuente: Asesor Empresarial Revista de Asesoria Especializada 1º quincena de Abril 2016 - Año XXVII, Nº506 Para la gran mayoría de contribuyentes la imposición tributaria genera gran disconformidad, toda vez que es considerada sumamente excesiva, característica que ha sido confirmada por la propia Administración Tributaria (SUNAT) en la medida que ésta ha venido invirtiendo millones de soles, ya sea en publicidad, educación y capacitación contra el fraude fiscal, sin que ello haya dado los resultados esperados. Ahora bien, el Anexo del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, incorporado por el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 045-2001-EF, publicado el 20 de marzo de 2001, maneja al día de hoy una lista de 43 países o territorios considerados de baja o nula imposición, llamados comúnmente paraísos fiscales. Al respecto debemos señalar que un paraíso fiscal es un país que exime del pago de impuestos a los inversores extranjeros que mantienen cuentas bancarias o constituyen sociedades en su territorio. Existen una serie de peculiaridades adicionales que hacen que un país pase de ser considerado un simple territorio de baja tributación a un verdadero paraíso fiscal, siendo los siguientes: - Los datos personales de propietarios y accionistas de empresas no figuran en los registros públicos, o bien se permite el empleo de representantes formales. - Se fomenta la estabilidad política y monetaria - Existen estrictas normas de secreto bancario. - Cuentan con una excelente oferta de servicios legales, contables y de asesoría fiscal. - Suelen disponer de buenas infraestructuras turísticas y de transporte - No se firman tratados con otros países (relacionados al intercambio de información bancaria o fiscal). Cabe señalar, que los paraísos fiscales vienen atrayendo a un numero creciente de inversores extranjeros, los cuales huyen de la voracidad recaudadora de sus países de residencia en busca de mejores condiciones tributarias. En el caso peruano, nuestra legislación contempla una norma antiparaiso, contemplada en el inciso m) del articulo 44° de la ley del Impuesto a la Renta, el cual prohíbe la deducción de gastos y las perdidas de capital provenientes de operaciones efectuadas con sujetos que: Residan en países o territorios de baja o nula imposición. Tengan establecimientos permanentes situados o establecidos en países o territorios de baja o nula imposición. Obtengan rentas, ingresos o ganancias a través de un país o territorio de baja o nula imposición. Ahora bien, las sociedades offshore son empresas registradas en un país en el que no realizan ninguna actividad económica, comúnmente en un paraíso fiscal. La característica principal de una sociedad offshore es que no puede realizar negocios en el territorio donde esté constituida la empresa ya que pasaría a ser una sociedad onshore, es decir, el paraíso fiscal le haría tributar como cualquier sociedad registrada en el país y los tipos impositivos serian muy similares a los de una empresa constituida en un país de altos impuestos. Al respecto, debemos formular la siguiente interrogante ¿una sociedad offshore resulta ilegal?. Pues no, no son ilegales aunque son opacas en materia de información, ya que no existe transparencia sobre su actividad ni la de sus propietarios. No obstante, puede volverse un delito cuando son empleados para ocultar patrimonio, evadir impuestos o esconder capital de procedencia ilícita y ello en buena cuenta porque el paraíso fiscal no obliga al empresario a declarar los activos o rentas asignados a la empresa offshore en el país de origen de sus operaciones. Autor: Yannpool Rengifo Lara

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¿QUÉ DEBEMOS SABER SOBRE LOS PARAISOS FISCALES Y LAS SOCIEDADES

OFFSHORE?

Fuente: Asesor Empresarial Revista de Asesoria Especializada

1º quincena de Abril 2016 - Año XXVII, Nº506

Para la gran mayoría de contribuyentes la imposición tributaria genera gran disconformidad, toda vez que es considerada sumamente excesiva,

característica que ha sido confirmada por la propia Administración Tributaria (SUNAT) en la medida que ésta ha venido invirtiendo millones de soles, ya sea

en publicidad, educación y capacitación contra el fraude fiscal, sin que ello haya dado los resultados esperados.

Ahora bien, el Anexo del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, incorporado por el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 045-2001-EF, publicado el 20 de marzo de 2001, maneja al día de hoy una lista de 43 países o territorios considerados de baja o nula imposición, llamados comúnmente paraísos fiscales. Al respecto debemos señalar que un paraíso fiscal es un país que exime del pago de impuestos a los inversores extranjeros que mantienen cuentas bancarias o constituyen sociedades en su territorio. Existen una serie de peculiaridades adicionales que hacen que un país pase de ser considerado un simple territorio de baja tributación a un verdadero paraíso fiscal, siendo los siguientes: - Los datos personales de propietarios y accionistas de empresas no figuran

en los registros públicos, o bien se permite el empleo de representantes formales.

- Se fomenta la estabilidad política y monetaria - Existen estrictas normas de secreto bancario. - Cuentan con una excelente oferta de servicios legales, contables y de

asesoría fiscal. - Suelen disponer de buenas infraestructuras turísticas y de transporte - No se firman tratados con otros países (relacionados al intercambio de

información bancaria o fiscal). Cabe señalar, que los paraísos fiscales vienen atrayendo a un numero creciente de inversores extranjeros, los cuales huyen de la voracidad recaudadora de sus países de residencia en busca de mejores condiciones tributarias.

En el caso peruano, nuestra legislación contempla una norma antiparaiso, contemplada en el inciso m) del articulo 44° de la ley del Impuesto a la Renta, el cual prohíbe la deducción de gastos y las perdidas de capital provenientes de operaciones efectuadas con sujetos que: • Residan en países o territorios de baja o nula imposición. • Tengan establecimientos permanentes situados o establecidos

en países o territorios de baja o nula imposición. • Obtengan rentas, ingresos o ganancias a través de un país o

territorio de baja o nula imposición. Ahora bien, las sociedades offshore son empresas registradas en un país en el que no realizan ninguna actividad económica, comúnmente en un paraíso fiscal. La característica principal de una sociedad offshore es que no puede realizar negocios en el territorio donde esté constituida la empresa ya que pasaría a ser una sociedad onshore, es decir, el paraíso fiscal le haría tributar como cualquier sociedad registrada en el país y los tipos impositivos serian muy similares a los de una empresa constituida en un país de altos impuestos. Al respecto, debemos formular la siguiente interrogante ¿una sociedad offshore resulta ilegal?. Pues no, no son ilegales aunque son opacas en materia de información, ya que no existe transparencia sobre su actividad ni la de sus propietarios. No obstante, puede volverse un delito cuando son empleados para ocultar patrimonio, evadir impuestos o esconder capital de procedencia ilícita y ello en buena cuenta porque el paraíso fiscal no obliga al empresario a declarar los activos o rentas asignados a la empresa offshore en el país de origen de sus operaciones.

Autor: Yannpool Rengifo Lara

TRES MILLONES DE EMPLEOS HASTA EL BICENTENARIO OFRECE PLAN DE

FORMALIZACIÓN DE PPK

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Una ambiciosa meta se ha planteado en materia económica y laboral el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, pues se quiere tener al 60% de la Población Económicamente Activa (PEA) en el sector formal de la economía y para ello se prevé crear tres millones de empleos hasta el 2021.

Fernando Zavala: "No podemos seguir pensando que Lima es el Perú "

De acuerdo con las recientes declaraciones del presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, así como al plan de gobierno de Peruanos Por el Kambio, el eje central de esta iniciativa será un programa de formalización laboral a través de incentivos tanto tributarios como laborales.

Este gobierno espera, en los próximos cinco años, que al menos un millón y medio de empleos sean resultado de la generación de nuevos empleos formales mayormente para jóvenes, mientras que otro millón y medio de informales, los cuales serán formalizados en el quinquenio 2016-2021, vale decir, 300 mil por año.

"El tema principal es el de la formalización. Dentro de ese programa de formalización hay varios temas como el seguro de desempleo, la reducción del IGV, simplificar el Régimen Único Simplificado (RUS) y el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) para tener un sistema de renta para la pequeña y microempresa", ha referido Zavala.

En la actualidad existen apenas 250 mil pequeñas empresas, en un universo de tres millones, que son formales en lo laboral, tributario y en lo relacionado a permisos.

ESTUDIARÁN MECANISMOS LEGISLATIVOS ALTERNATIVOS

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La formalización laboral es un eje importante, dice el ministro Grados.

Junto a la discusión de la Ley General del Trabajo se evaluarán mecanismos alternativos, como un

Código de Trabajo Integral, para llegar a un consenso entre los empleadores y los trabajadores,

adelantó el titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Alfonso Grados.

Asimismo, el ministro afirmó que la formalización laboral es un eje importante de la gestión del presidente Pedro Pablo Kuczynski, la cual es directamente dependiente de la formalización de la economía peruana.

Dato:

El ministro Grados sostuvo que su cartera priorizará la generación de empleo en todo el país, mediante la formalización de la fuerza laboral, y atendiendo, sobre todo, a los jóvenes peruanos.

BCP E INTERBANK SÍ COBRAN POR TRAMITAR 25% DE AFP

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Cobro no autorizado. Gremio de banqueros dice que la SBS debe verificar si las comisiones tienen sustento técnico que vaya acorde con el servicio que brindan. Superintendencia sostiene que absolvió las consultas de Asbanc.

Existen más casos de afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) afectados por el cobro del trámite de los bancos para usar el 25% de su fondo AFP y amortizar un crédito hipotecario.

Eva Céspedes, directora del Sistema de Relaciones con el Consumidor de la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), sostuvo que la SBS debe verificar si las comisiones que cobran los bancos tienen sustento técnico y van acorde al servicio que brindan las entidades.

Por su parte, la SBS solo informó que el martes envió un oficio a las entidades financieras. En el documento responde a las consultas realizadas por Asbanc relacionadas al procedimiento operativo para que los afiliados a una AFP dispongan del 25% de su fondo para la compra de un primer inmueble o amortizar un crédito hipotecario, otorgado por una empresa del sistema financiero. Indicó que la SBS estará pendiente.

RECUPERACIÓN ECONÓMICA DEL PERÚ ES MAYOR A LO ESPERADO

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Las expectativas empresariales alcanzan en julio sus mejores niveles, informó el BCR.

El Perú registró una recuperación económica mayor a lo esperado, lo que motivó la revisión al alza de la proyección de crecimiento a 3.5% para este año, sostuvo el jefe para América Latina y el Caribe del Banco Mundial, Augusto de la Torre.

El economista indicó que el Perú junto con Colombia y Panamá son los países de mayor crecimiento en la región, pese a la desaceleración que se ha presentado.

Por otra parte, destacó que el Perú es un país atractivo para la inversión privada en la región, pero como en el mundo hay una competencia por la atracción del capital internacional, se debe trabajar en qué se ofrece para que estos recursos lleguen al país.

Por otro lado, el Banco Central de Reserva (BCR) resaltó que todos los indicadores de expectativas económicas presentaron una importante mejoría en julio de este año, pues está en el tramo optimista (más de 50 puntos).

ES JUBILADO, LE CORRESPONDE EL 95,5% PERO SU AFP SOLO LE ENTREGÓ

EL 3%

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En los últimos días se conoció que los bancos ponen muchas trabas para que los afiliados a las AFP puedan acceder a créditos hipotecarios usando el 25% de sus fondos, incluso les llegan a cobrar por todos los trámites; pero no son los únicos que ponen trabas, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) también obstaculizan en el cumplimiento de las reformas realizadas en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Es el caso de la AFP Profuturo, que se niega a liberar el 95,5% de algunos usuarios que así lo demandan, como Francisco Ventura, quien a sus 62 años y como no trabaja desde hace ocho años decidió acogerse al régimen de jubilación anticipada (REJA), pero su administradora le dio la espalda.

Los abusos no se detienen. Pese a que en la ley no se contempla ningún cobro adicional por los trámites para acceder a un crédito hipotecario con el 25% de la AFP, los bancos cobran a los afiliados por calificarlos para el préstamo. Una afiliada afirmó que en el BCP el precio de los trámites es de S/ 59.

AUMENTO DE REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA SON PEDIDOS A PPK

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Un nuevo Gobierno y los mismos planteamientos laborales de los últimos años. Hoy el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Alfonso Grados Carraro, sostendrá una reunión con la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), quienes plantearán la agenda laboral así como los puntos claves de la problemática sindical.

En esta primera reunión entre el titular del MTPE y la CGTP, la agenda laboral tiene como principal punto el incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV), explicó Carmela Sifuentes, presidenta de la CGTP.

Un tema central sobre el alza del sueldo mínimo, indicó la representante de la CGTP, es que su incremento debe ser discutido de manera tripartita –Gobierno, empresarios y trabajadores– por el Consejo Nacional de Trabajo (CNT), el cual debe ser liderado por el ministro de Trabajo.

La propuesta de la CGTP es que el salario mínimo en el Perú llegue hasta los S/ 1.500 pero de manera progresiva y bajo criterios establecidos en el CNT.

FOMENTARÁ INNOVACIÓN EN EMPRESAS

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El Ministerio de la Producción (Produce) fomentará el uso de la tecnología e innovación en las empresas como uno de los faros de la presente gestión, pues el Estado juega un rol importante en esta materia, afirmó el titular de esa cartera, Bruno Giuffra.

También señaló que cuando no hay derechos de propiedad bien definidos, ni esquemas de patentes sólidos, es difícil que las empresas inviertan en innovación y por ahí existe una oportunidad por explotar para beneficio de diferentes actores.

LA MITAD DE LOS TRABAJADORES EN PERÚ RECIBE MENOS DEL SALARIO

MÍNIMO

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Una investigación de la Red Latinoamericana de Investigaciones sobre Compañías Multinacionales (RedLat) muestra que el mercado laboral peruano es uno de los peores de la región en cuanto al cumplimiento de la remuneración mínima legal.

El mercado laboral peruano se caracteriza por sus altos niveles de informalidad (supera el 65%) y, en consecuencia, por su baja productividad, una combinación que se traduce en un bajo cumplimiento del pago del salario mínimo de S/850.

La investigación Trabajo Decente en América Latina, de la Red Latinoamericana de Investigaciones sobre Compañías Multinacionales (RedLat), a la que pertenecen siete países, reveló que en Perú el 50% de los trabajadores recibe menos del salario mínimo, el peor nivel en la región.

RECAUDACIÓN TRIBUTARIA PODRÍA SUBIR EN DOS PUNTOS

PORCENTUALES, SEGÚN EL MEF

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El ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne, estimó que la recaudación tributaria podría aumentar hasta en dos puntos porcentuales del Producto Bruto Interno (PBI) si se aprueban las medidas incluidas en la solicitud de facultades legislativas que será presentada al Congreso.

Sostuvo que el presupuesto para el 2017, que será presentado antes del 30 de agosto, se elaboró sobre la base de los actuales ingresos del Estado, sin considerar las reformas estructurales previstas y las medidas que se piensa introducir dentro de las facultades que se solicitarán al Congreso.

Reiteró que la meta del gobierno es lograr un nivel de formalidad de 60% de la Población Económicamente Activa (PEA) para el 2021.

MTPE: SERÍA IMPORTANTE TENER UN CÓDIGO DE TRABAJO QUE INTEGRE A

TODA LA LEGISLACIÓN

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El ministro de Trabajo anunció que se revisará la ley que autoriza los ceses colectivos de trabajadores por razones económicas y financieras. Así como la creación de otros regímenes especiales.

La formalización de la fuerza laboral, se enmarca en el principal programa del Gobierno, y que se desarrollará a través de una comisión multisectorial liderada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Otro eje será facilitar la accesibilidad de la juventud al mercado laboral (revertir el empleo inadecuado).

También modernizar la legislación laboral; cumplir con los acuerdos de la legislación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); reforzar la inclusión social, prohibición de trabajo infantil, forzoso y otros; y los programas de empleo.

La expectativa es que la formalización tenga resultados relativamente rápidos, pero los detalles se conocerán cuando se constituya. Solo en el tema laboral el reto es pasar de 30% de formalidad laboral a 60% al 2021.

CONOCE CINCO MITOS DE LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS DE LA

SUNAT

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Este año más de 12,000 empresas se encuentran obligadas a emitir comprobantes de pago de forma electrónica.

Existen algunos mitos sobre este nuevo sistema que se deben desterrar para lograr una exitosa implementación y no morir en el intento:

1.- Las facturas electrónicas deben imprimirse por seguridad

2.- Facturar electrónicamente es más costoso

3.- Las facturas electrónicas ponen en riesgo información de la empresa

4.- Las facturas electrónicas tienen menos validez

5.- La implementación de la facturación electrónica es complicada

De acuerdo a información de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) este año más de 12,000 empresas se encuentran obligadas a emitir comprobantes de pago de forma electrónica.

SUNAT: EN ESTOS CASOS NO SE APLICARÁN SANCIONES A PEQUEÑOS

EMPRESARIOS O PERSONAS NATURALES

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Ya no se están aplicando multas a los trabajadores dependientes que perciban Rentas de Quinta Categoría, cuando no se hayan presentado a las citaciones para esclarecer inconsistencias o lo hagan fuera del plazo legal.

la Superintendencia Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (Sunat) publicó un conjunto de ocho disposiciones internas emitidas el último año, sobre la no aplicación de multas o el no cierre de establecimientos, en beneficio de numerosos contribuyentes, principalmente pequeños empresarios o personas naturales con negocio.

La Sunat indicó que la resolución informativa publicada el viernes se enmarca en el compromiso de la Administración Aduanera y Tributaria de aumentar la transparencia de sus disposiciones internas para evitar sanciones que afecten la economía de los contribuyentes y los alejen de la formalización.