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País y localización : Leonardo Ortiz (Chiclayo -Región Lambayeque - Perú) El Agustino (Lima - Región Lima - Perú). Nombre del proyecto : Proyecto Piloto de Justicia Juvenil Restaurativa. Duración del proyecto : 3 años: Enero 2005 – Diciembre 2007 Contraparte Ejecutora: Asociación Encuentros, Casa de la Juventud Contrapartes locales : Instituciones públicas: ! Poder Judicial ! Academia de la Magistratura ! Ministerio Público – Fiscalía de la Nación ! Ministerio de Justicia ! Ministerio del Interior - PNP ! Ministerio de la Mujer y de Desarrollo Social ! Gobiernos locales y regionales Instituciones privadas y de la sociedad civil: ! COMETA ! Universidad Pontificia Católica del Perú ! Parroquia Virgen de Nazaret, El Agustino ! Unidades Receptoras del proyecto Personas de contacto : Jean Schmitz Delegado en Perú Pasaje Hernando Lavalle 143, Barranco Lima 4, Perú Teléfono: (51-1) 467-1735 Email: [email protected] John Orlando Responsable Departamento América Latina En Budron C 1052 Le Mont-sur-Lausanne, Suiza Teléfono 00- 41- 21- 654 66 07 Email: [email protected] Proyecto piloto de Justicia Juvenil Restaurativa Chiclayo y El Agustino, Perú 2005 - 2007

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País y localización: Leonardo Ortiz (Chiclayo -Región Lambayeque - Perú)

El Agustino (Lima - Región Lima - Perú).

Nombre del proyecto: Proyecto Piloto de Justicia Juvenil Restaurativa. Duración del proyecto: 3 años: Enero 2005 – Diciembre 2007 Contraparte Ejecutora: Asociación Encuentros, Casa de la Juventud

Contrapartes locales: Instituciones públicas:

! Poder Judicial ! Academia de la Magistratura ! Ministerio Público – Fiscalía de la Nación ! Ministerio de Justicia ! Ministerio del Interior - PNP ! Ministerio de la Mujer y de Desarrollo Social ! Gobiernos locales y regionales

Instituciones privadas y de la sociedad civil:

! COMETA ! Universidad Pontificia Católica del Perú ! Parroquia Virgen de Nazaret, El Agustino ! Unidades Receptoras del proyecto

Personas de contacto: Jean Schmitz Delegado en Perú Pasaje Hernando Lavalle 143, Barranco Lima 4, Perú Teléfono: (51-1) 467-1735 Email: [email protected]

John Orlando

Responsable Departamento América Latina En Budron C 1052 Le Mont-sur-Lausanne, Suiza Teléfono 00- 41- 21- 654 66 07

Email: [email protected]

Proyecto piloto de Justicia Juvenil Restaurativa Chiclayo y El Agustino, Perú

2005 - 2007

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RESUMEN EJECUTIVO A fines del 2002, una investigación realizada por la Fundación Terre de hommes – Lausanne (Tdh) sobre la situación del Sistema de Justicia Juvenil en el Perú, reveló que en el país aún existían algunas prácticas socio-jurídicas correspondientes al modelo retribucionista (castigador) y tutelar (proteccionista). De manera más específica, los resultados mostraron como problemas más importantes, la debilidad del sistema de defensa, el uso excesivo de la internación preventiva, la sobre judicialización de los casos y la escasa aplicación de la remisión y de medidas alternativas, socioeducativas, a la privación de la libertad. Como conclusión, se determinó que existían limitaciones en los procedimientos jurídicos empleados así como en la cultura de justicia vigente que no contribuían a la protección adecuada de los derechos de los adolescentes en conflicto con la ley penal ni a su proceso de integración social. Como consecuencia de dichos hallazgos, Tdh inició un proceso de sensibilización, formación y planificación participativa con actores públicos y privados, que dio como resultado la elaboración del Proyecto Piloto de Justicia Juvenil Restaurativa, propuesta que se desarrollará en un período de 3 años (2005-2007) en dos zonas pilotos del país, una de ellas ubicada en el distrito de El Agustino, ciudad de Lima y la otra en el distrito de Leonardo Ortiz, ciudad de Chiclayo. Como proyecto piloto se buscará demostrar las ventajas jurídicas, sociales y económicas del modelo de Justicia Restaurativa frente al retribucionista y tutelar. Para lograrlo, se propone fortalecer el sistema de defensa inmediata desde la etapa policial así como el desarrollo de programas socioeducativos en medio abierto, orientados a promover la reparación a la victima y el restablecimiento de los vínculos del adolescente con su comunidad. Para el desarrollo y viabilidad de esta propuesta, se contempla la participación conjunta de instituciones claves del Estado y la sociedad civil, así como el empoderamiento de los operadores de justicia (policías, fiscales y jueces) y operadores sociales (psicólogos, trabajadores sociales, promotores, educadores) que las integran. En ese sentido, se establecerán acuerdos y convenios con entidades como la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, Poder Judicial y organizaciones sociales de las dos zonas pilotos, con el fin de realizar con ellas, acciones de capacitación, coordinación, reflexión y difusión de la propuesta. Así mismo, se conformarán dos equipos de intervención interdisciplinaria que son el Equipo de Defensa Inmediata y el Equipo de Acompañamiento Educativo. El primero estará compuesto por un abogado, un psicólogo y un trabajador social, que de manera coordinada evaluaran la situación de cada adolescente detenido, estableciendo criterios para su defensa eficaz y promoviendo - cuando el caso amerite – la remisión y aplicación de medidas alternativas, socioeducativas, a la privación de la libertad. El Equipo de Acompañamiento Educativo por su lado, estará compuesto por un educador social, un trabajador social y un coordinador de redes. El primero estará encargado de establecer una relación educativa con el adolescente que permita el desarrollo de actitudes responsables y de competencias necesarias para que se revincule con su entorno familiar y comunitario. En el caso del trabajador social, su labor será fortalecer los mecanismos de soporte familiar así como promover el acceso del adolescente a oportunidades de integración educativa y laboral. En cuanto al coordinador de redes, éste será el responsable de establecer alianzas con instituciones privadas y públicas de la comunidad, denominadas Unidades Receptoras, con el fin de facilitar la participación del adolescente en acciones de Prestación de Servicios a la Comunidad, programas de tratamiento especializado en casos de consumo de drogas o violencia familiar, o servicios educativos y de esparcimiento. Finalmente, la validación de este proyecto permitirá - a través de un proceso de monitoreo, evaluación y capitalización de la experiencia - producir información y conocimiento necesario para lograr una incidencia política y social que posicione el enfoque de Justicia Juvenil Restaurativa en el Perú.

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Introducción

Es importante precisar que la construcción del presente proyecto ha sido elaborado a través de un proceso participativo multidisciplinario y multisectorial que se inicio a principio de septiembre de 2004 con un taller de planificación estratégica, lo cual reunió a unos 23 participantes, representando a 13 instituciones repartidas entre estatales1, organismos internacionales2 y de la sociedad civil3. Al finalizar el evento, se redactó una propuesta de proyecto la cual fue presentada en noviembre del 2004 en Lima y Chiclayo a operadores de justicia y operadores sociales de El Agustino y Chiclayo durante un seminario sobre Justicia Juvenil Restaurativa organizado por la Fundación Terre des hommes Lausanne (Suiza) y Encuentros – Casa de la Juventud (anexo 1) a fin de recoger comentarios y recomendaciones pertinentes para afinar y validar la presente propuesta.

1. Marco del proyecto

1.1 Punto de partida del proyecto

La investigación realizada a finales del 2002 por la Fundación Terre des hommes4 (Tdh) sobre la situación del sistema de Justicia Juvenil en el Perú así como los cinco seminarios realizados entre junio 2003 y noviembre del 2004 han puesto en evidencia la magnitud de la problemática de los “Niños y Adolescentes en conflicto con la ley penal” y los problemas del sistema, siendo los principales:

! Presencia de un sistema de justicia juvenil combinado entre retributivo (castigador) y tutelar (proteccionista y paternalista),

! No existe aún una especialidad en justicia juvenil, ni para policías, fiscales o jueces, ! Debilidad del sistema de defensa de los adolescentes infractores, ! Sobrejudicialización de los casos referidos a delito de menor y mediano grado, ! La remisión es raramente utilizada por los fiscales o jueces, ! La mediación no se usa como herramienta de solución al conflicto, ! Escasa aplicación de medidas alternativas a la privación de la libertad; existe un solo

centro juvenil abierto (Servicio de Orientación del Adolescente – SOA en el Rimac – Lima),

! Incremento de niños y adolescentes en los centros juveniles cerrados, ! Detención arbitraria a nivel policial y uso excesivo de la internación preventiva, ! Falta de un proceso de capacitación continua de los operadores de justicia y ! Escasez de operadores sociales capacitados en justicia juvenil,

La investigación de Tdh determinó también las prioridades temáticas y los medios por los cuales se puede aportar a una mejora en los procedimientos y en la formación de actores públicos y privados, tomando en cuenta el interés superior de los niños y adolescentes en conflicto con la ley. Desde el año 2003 y hasta la fecha, Tdh ha priorizado sensibilizar y formar a los actores públicos y privados5 en justicia juvenil restaurativa, buscando crear condiciones básicas6 para iniciar a principios del 2005 un proyecto piloto en dos zonas (Chiclayo y El Agustino). A través de este proyecto, Tdh

1 Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, MIMDES, MINJUS, Defensoría del Pueblo y municipalidad de independencia. 2 UNICEF y ASPEm 3 ONG nacionales: Encuentro-casa de la Juventud, CEAPAZ, COMETA; Universidad: PUCP. 4 Consultoría en Justicia Penal Juvenil en el Perú, Dr. Atilio Álvarez, Defensor de Menores de la República Argentina, nov-dic. 2002. 5 Operadores de Justicia (policías, fiscales, defensores y jueces) y operadores sociales (trabajadores sociales, psicólogos, promotores, educadores...). 6 Operadores de justicia y operadores sociales se capacitan en forma conjunta; trabajan en forma articulada; leyes en conformidad con las normas internacionales.

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buscará demostrar a la sociedad civil en general, a las instituciones estatales involucradas en la problemática y a los operadores de justicia en particular, la pertinencia y las ventajas, tanto jurídicas, sociales y económicas, de la puesta en marcha del modelo de justicia juvenil restaurativo en vez del sistema actual de tendencia retribucionista o proteccionista (Anexo 2: comparación de los dos modelos: retributivo vs. restaurativo).

1.2 Contexto regional y nacional

Según el Banco Interamericano de Desarrollo, América Latina es la región más violenta del mundo, que destina más del 14% de su PBI a los problemas de violencia y criminalidad, siendo éste el principal factor que afecta sus posibilidades de desarrollo7. La ciudad de Lima, cuya población oscila los 8 millones de habitantes, está considerada como una de las ciudades más peligrosas de América Latina, ubicándose en el mismo rango de ciudades como Río de Janeiro, Medellín, Cali, México DF y Caracas. Durante el 2001, se han registrado en Lima 1,700 homicidios, 32,000 hurtos y 28,000 robos8.

Este tipo de violencia ha generado una creciente percepción de inseguridad ciudadana entre la población, llevando a que ésta empiece a exigir al Estado cada vez más, mayores medidas de control y represión del crimen violento, provocando incluso el surgimiento de iniciativas organizadas de autodefensa comunitaria. Ello no hace sino alimentar una ideología del orden y la seguridad, así como incrementar el poder policial y punitivo con medidas pasajeras y de impacto social que, a largo plazo, resultan contraproducentes.

Esta tendencia también se ha extendido al tratamiento que se les ha dado en estos últimos años a los adolescentes en conflicto con la ley penal, para quienes se viene utilizando un modelo de justicia juvenil retributiva que busca la represión a través de la incriminación penal y la privación de la libertad. Ello, pese a que se cuenta con un marco jurídico adecuado a la Convención sobre los Derechos de Niño, que propone un modelo de justicia juvenil garantista que reconoce la responsabilidad juvenil ante la infracción, pero que a la vez busca propiciar la aplicación de medidas alternativas a la privación de la libertad con el fin de proteger el Interés Superior del Niño / Adolescente (Anexo 2). Finalmente, en el mismo Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2002-20109 se reconoce que la represión del Estado no ha logrado frenar el problema y que, por lo tanto, no basta con penalizar sino buscar alternativas como la prevención, atención y rehabilitación de las personas. De ahí que propone promover una mayor aplicabilidad de medidas alternativas socio-educativas y de reinserción que faciliten la continuidad de la vida socio familiar de los adolescentes infractores y que busque establecer la paz dentro de la comunidad. Esta propuesta se confirma incluso si se toma en cuenta los datos recogidos en el Anuario Estadístico de 199710, proporcionados por la Policía Nacional del Perú, en el que se constata que en términos comparativos, el incremento de adolescentes privados de libertad se ha dado en un marco delictivo que no puede ser considerado de extrema y suma gravedad, tanto desde lo cuantitativo como desde la naturaleza de los hechos cometidos.

2. Análisis de la situación

2.1 Los problemas

Para atender a los adolescentes en conflicto con la ley, se cuenta con el sistema penal juvenil que se ha venido construyendo desde que el Perú suscribió y ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño a inicios de la década de los 90. A partir de ese momento se estableció un cuerpo jurídico: Código del

7 Rodrigo Guerrero, Alejandro Gaviria, Londoño, Juan Luis, Asalto al Desarrollo: Violencia en América Latina – Washington, D.C., Banco Interamericano de Desarrollo. P. 27 8 Fuente Aprosec. El Comercio, 16/04/2002. A6 9 Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2002-2010, página 43, 44. 10 Anuario Estadístico 2000. Richard Webb y Graciela Fernández Baca. Ed. Cuanto, Pág. 279 y ss.

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Niño y el Adolescente (Ley 27337), con normas sustantivas y procesales que regulan la infracción de los adolescentes de acuerdo a la doctrina de la Protección Integral. Este nuevo sistema penal surge como crítica a la ideología tutelar de los sistemas implementados desde principios del siglo pasado y propugna la responsabilidad juvenil como forma de respuesta social válida. Así mismo, establece la privación a la libertad como último recurso y un abanico de medidas alternativas a ella. Pese a estas reformas, actualmente no existe un total correlato entre la formulación de la ley y las prácticas institucionales. Se sigue aplicando un modelo retributivo en vez del restaurativo y garantista como se propone, hecho que se expresa, sobre todo, en la débil defensa de muchos de los adolescentes detenidos y en el incremento de los adolescentes privados de su libertad. Al 2002, se tiene que de un total de 244 casos de adolescentes encuestados, el 87% de ellos revelaban que no habían contado con un abogado defensor en la sede policial y un 67% incluso ante la declaración al fiscal. Más grave aún es observar que sólo en el 4,69% de los casos, los abogados impugnaron la internación preventiva de sus defendidos11. Como consecuencia de ello, se encontró que un tercio de los adolescentes con infracciones leves, estaban privados de su libertad por períodos cercanos al año, con la estigmatización que ello provoca, refuerzo de códigos delincuenciales, pérdida de trato social y familiar, interrupción o alteraciones escolares y perjuicios laborales. Así mismo, se observó que de un total de 481 adolescentes privados de su libertad en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, sólo 300 provenían de Lima y Callao. El 38% restante era de provincias con notoria incidencia de Lambayeque que representaba el 14% de la población internada. En este último caso, se reveló que no existía una adecuada difusión de las medidas alternativas a la privación de la libertad que prevengan el traslado de adolescentes de provincias a la capital y, por lo tanto, el desarraigo de los mismos de su lugar de origen. En la actualidad, sólo existe un Servicio de Orientación al Adolescente (libertad restringida) que se encuentra en Lima y que al 2002 no se estaba utilizando en toda su capacidad ni con total efectividad. El costo del transporte público era un factor que disuadía a muchos adolescentes de trasladarse al SOA, al hacerlo podía significar muchas veces alejarse de sus centros educativos y recreativos naturales. Por lo tanto, existía y aún existe, una débil articulación del sistema de justicia juvenil con instituciones y redes sociales locales que faciliten la aplicación de medidas alternativas a la privación de la libertad en los mismos lugares de residencia de los adolescentes. En ese sentido, aún no se ha creado un sistema penal que privilegie la aplicación de un modelo de justicia juvenil restaurativa que garantice la protección de los derechos de los adolescentes en conflicto con la ley pero que, a la vez, promueva la reparación a la víctima con el apoyo de la misma comunidad, favoreciendo con ello, medidas que atiendan las necesidades de desarrollo del adolescente y no su estigmatización y exclusión.

2.2 Actores y colaboraciones previstas

Los protagonistas y beneficiarios:

Los Niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal y sus familias (beneficiarios directos): ! Todo aquello niño, niña y adolescente de 12 a 18 años de edad, que este detenido por haber

infringido la ley penal12 en una de las sedes policiales localizadas en una de las zonas del proyecto 11 Datos recogidos del Informe sobre la Consultoría realizada en Lima, Perú para Terre des Hommes, elaborado por el Dr. José Atilio Álvarez en el 2002. 12 Nos referimos solo a delitos menores o de mediano envergadura.

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será considerado como beneficiario directo del proyecto, pero también como actor y protagonista del mismo, toda vez que en el modelo de justicia juvenil restaurativa, la responsabilidad por el delito cometido y la voluntad de reparar el daño causado a la víctima o a la sociedad son ambos tan determinantes e imprescindibles para coadyuvar a restaurar la paz, como el involucramiento y la participación activa de la comunidad. Según los datos recopilados en las 5 comisarías de El Agustino y las 5 de Chiclayo, implicadas en el presente proyecto, se puede esperar tratar un promedio de 20 a 25 casos por mes por las dos zonas, o sea de 10 a 15 provenientes de El Agustino y de 5 a 10 de Chiclayo). En término de género, se puede esperar un balance de hechos delictivos cometidos en un 95% por infractores varones y por un 5% por adolescentes femeninas.

! Todo aquello niño, niña y adolescente de 12 a 18 años de edad y residentes en una de las zonas de intervención, que haya sido internado de forma preventiva o como sentenciado en uno de los centros juveniles de Lima o Chiclayo y que llega el momento que recupere su libertad será atendido por el Equipo de Acompañamiento Educativo (EACE) para contribuir a facilitar su integración en su familia y en la comunidad de donde proviene13. Se estima tener entre unos 15 a 20 casos anualmente para las dos zonas piloto.

Las víctimas (beneficiarios directos)

Cada vez que sea el caso, el fiscal o el juez utilizará en los casos que correspondan la mediación entre la víctima y el agresor, salvo caso de violación. En el modelo de justicia juvenil restaurativa, la víctima interviene también como un actor clave para optar por la reparación, la rehabilitación y reinserción del adolescente en la sociedad. En el modelo de Justicia Juvenil Restaurativa, las necesidades de las víctimas son consideradas importantes y por ello deben ser tratadas con seriedad, mientras que en el modelo de justicia retributiva, esas necesidades no son atendidas generalmente. La Sociedad Civil (beneficiario indirecto)

La sociedad civil14 es también considerada como un actor, aunque sea difícil caracterizarla como tal. De hecho, la sociedad tiene el deber de promover la participación de los niños y adolescentes en la vida de la comunidad a fin de prevenir conductas antijurídicas. Constituye responsabilidad de todos los ciudadanos intervenir en las actividades de integración social de los adolescentes en conflicto con la ley penal, brindándoles la oportunidad para integrarse a programas educativos y laborales sin discriminaciones. Los principales actores aliados formales:

Los Operadores de Justicia y operadores sociales (beneficiarios indirectos): Según la figura que se presente, parte o todos los operadores de justicia y operadores sociales intervienen en el proceso de justicia juvenil. Es con ellos que Tdh deberá relacionarse desde la etapa policial (primer contacto del infractor con el sistema de justicia) hasta la judicial (aplicación de la sentencia o medida), empleando una defensa eficaz y respetuosa de los derechos del adolescente infractor y, según el caso, tratando de conseguir la remisión, promoviendo la mediación o la aplicación de una medida socio-educativa15 en medio abierto, tomando siempre en cuenta el interés superior del niño o adolescente.

La Academia de la Magistratura - AMAG (beneficiario indirecto): La AMAG es la entidad estatal encargada de la formación de los magistrados (fiscales y jueces). Es imprescindible coordinar la capacitación de estos últimos con la AMAG, tomando en cuenta que es la

13 Hay que tener en cuenta que aún no existe un programa de transición entre la salida de un centro juvenil y reincorporación del adolescente con su familia y la comunidad, creando el riesgo para el adolescente de volver al mismo entorno que le llevó a delinquir o a tener problema con la ley penal. 14 Organización de base, Demunas, Parroquias, ONG, etc. 15 Lo que se busca es: una defensa inmediata y respetuosa de los derechos del adolescente infractor, y de la víctima; el reconocimiento de la responsabilidad del delito por parte del adolescente infractor (y en algunos casos de sus padres también), la reparación consciente y voluntaria por parte del adolescente infractor, la participación de la víctima en la mayoría de los casos y de la sociedad civil en el sistema de justicia juvenil.

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única entidad que puede otorgar el reconocimiento y validación de ésta, además que tiene un equipo de profesionales instructores. La AMAG es un importante actor ya que se considera realizar un trabajo conjunto no sólo en el diseño y desarrollo de la capacitación a magistrados sino también por querer diseñar conjuntamente un modulo de especialización en Justicia Juvenil a mediano plazo. Es importante notar que Tdh y la AMAG han previamente coordinado y organizado conjuntamente dos seminarios internacionales, uno en el 2003 y otro en el 2004. En el 2005, Tdh buscará formalizar su cooperación y colaboración con la AMAG a través de la suscripción de un convenio entre ambos instituciones. La Policía Nacional del Perú, y en particular la Academia de la Policía, la Dirección de Familia y Participación Ciudadana (DIRFAPACI) y las comisarías de las zonas piloto (beneficiario indirecto):

Del mismo modo que la AMAG, es necesario e importante colaborar con la Academia de la Policía para el desarrollo de la capacitación a sus miembros. Y si las condiciones lo permiten en el transcurso del proyecto, se podría apoyar también en la elaboración de un módulo de justicia juvenil especializado para policías. Por otra parte, la DIRFAPACI es una dirección clave de la PNP en relación al presente proyecto, ya que se encarga de todo lo relacionado al programa de Familia, seguridad ciudadana y prevención de la violencia juvenil. Cada comisaría cuenta por lo menos con uno o dos miembros de la DIRFAPACI dentro de su personal. Finalmente, todo el personal de la policía que labora en las comisarías de las zonas piloto tendrá un rol clave en el proyecto ya que es el primer lugar de contacto del adolescente infractor con el sistema judicial. Se hará las coordinaciones de alto nivel con la policía nacional a fin de que todos los adolescentes que infringen la ley sean derivados a una comisaría de referencia modelo en cada una de las zonas pilotos como fue planteado en las diversas intervenciones de los participantes en los seminarios sobre justicia juvenil. Hay de notar que desde 2003, Tdh esta coordinando estrechamente con la PNP en materia de capacitación en justicia juvenil a sus miembros y, puntualmente a través de un apoyo técnico de actividades recreativas dirigidas a ex pandilleros de Lima.

El Poder Judicial y la Gerencia de los Centros Juveniles (beneficiario indirecto): El poder judicial, y especialmente los Presidentes de las Cortes Supremas de Justicia de Lima y Chiclayo son dos actores claves ya que permiten movilizar y motivar a los magistrados sobre el tema de justicia juvenil. Desde que Tdh inició su intervención en capacitación en justicia juvenil a magistrados ha tenido siempre el apoyo de los Presidentes de las Cortes para la obtención de las licencias obligatorias de los jueces. Otro actor importante del Poder Judicial es la Gerencia de los Centros Juveniles, la cual ha mostrado siempre una constante apertura en proporcionar regularmente información y datos estadísticos sobre adolescentes registrados en los centros juveniles. Pero lo más valioso, ha sido el deseo de esta dirección de mejorar el tratamiento de los adolescentes en los centros juveniles cerrados y sobre todo, abogar por transformar algunos centros juveniles cerrados en centros juveniles abiertos como el SOA. Además la gerencia de los centros juveniles debe jugar en este proyecto un papel clave en el seguimiento de los adolescentes que han sido sentenciados a medidas alternativas socio-educativas en medio abiertos.

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El Ministerio Público – Fiscalía de la Nación (beneficiario indirecto):

De igual manera que el Poder Judicial, la Fiscalía de la Nación juega también un rol preponderante en el sistema de justicia juvenil. Siempre ha manifestado su deseo de mejorar la actuación de los fiscales de familia en materia de justicia penal juvenil. La relación de colaboración entre la Fiscalía de la Nación y Tdh ha sido constantemente fluida y satisfactoria. Son numerosos los fiscales de familia que ya participaron en varios cursos de capacitación en justicia juvenil restaurativa organizados por Tdh, la AMAG y la UNICEF. Así mismo, existe la posibilidad de firmar a partir del 2005, un convenio en torno al tema de adolescentes en conflicto con la ley entre Tdh y el Ministerio Publico

El Ministerio de Justicia (beneficiario indirecto):

El Ministerio de justicia es igualmente un actor muy importante en este proyecto, especialmente en el proceso de defensa del adolescente en conflicto con la ley penal ya que es esta institución pública la que asigna los abogados de oficio a determinados juzgados de familia. Actualmente, se sabe que hay una insuficiencia de defensores de oficio, particularmente en el interior del país. Es importante notar que la mayoría de los defensores de oficio intervienen a partir de la etapa judicial y no desde la etapa policial. También la alta y frecuente rotación de los defensores de oficio no permite garantizar un buen seguimiento de los casos. Además el acceso a cursos de capacitación, puntual o de forma continua, dirigidos a ellos es muy limitado en la actualidad. Sin embargo, el MINJUS, a través del director general de justicia, ha aprovechado siempre las oportunidades ofrecidas estos últimos dos años por la Fundación Terre des hommes en materia de capacitación sobre justicia juvenil restaurativa y aplicación de medidas alternativas a la privación de la libertad; numerosos defensores de oficio, generalmente recién experimentados han participado en capacitaciones de Tdh.

Los Gobiernos Municipales y Regionales (beneficiarios indirectos)

En el sistema de justicia juvenil restaurativa, la entidad gubernamental político-administrativa tiene un rol importante ya que su apoyo en los programas de reinserción del adolescente infractor es imprescindible.

En la etapa de planificación del proyecto, tanto las municipalidades como la región de Lambayeque han mostrado un gran interés en desarrollar acciones que puedan contribuir a contener y posiblemente disminuir la violencia juvenil en sus comunidades. Por ello, son considerados ambos como actores claves en la promoción y apoyo del proyecto.

Son entidades que apuestan por lograr un territorio pacífico apoyando iniciativas como la creación de un sistema de justicia juvenil restaurativa que oriente sus acciones a la aplicación de medidas socio-educativas en medio abierto como forma de que el adolescente infractor repare el daño causado a la víctima o a la sociedad.

A nivel de los municipios, las Defensorías Municipales del Niño y Adolescente (DEMUNAS) y Comité Multisectorial por los Derechos de Niños y Adolescentes (COMUDENAS), entidades instaladas dentro de la municipalidad, son instancias que podrían tener un papel operacional y estratégico en el proyecto. Así mismo, pueden participar implementando la Prestación de Servicio a la Comunidad.

La Defensoría del Pueblo (beneficiario indirecto):

A lo largo de los dos últimos años, la Defensoría del Pueblo ha mostrado una constante apertura a Tdh en el tema de justicia juvenil, proporcionando regularmente información y datos estadísticos sobre violencia juvenil y adolescentes en conflicto con la ley y apoyando en las capacitaciones dirigidas a los operadores de justicia. Es importante recordar que en junio del 2003, se realizó el primer seminario internacional sobre medidas alternativas a la privación de la libertad en el sistema juvenil peruano, lo cual fue organizado conjuntamente entre la Defensoría del Pueblo, UNICEF, CEAPAZ y Tdh.

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Los Organismos Internacionales y las Agencias de Cooperación Internacional

Algunos organismos internacionales, como la UNICEF, el PNUD, la OPS, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y las Agencias de Cooperación de varios países (Alemania, Bélgica, Suiza, Austria, Holanda y otros) son actores que pueden intervenir en temas de investigación, apoyo de expertos en la materia y financiamiento. La UNICEF ha colaborado y participado activamente en el montaje de tres seminarios internacionales realizados entre 2003 y 2004, proveyendo expertos internacionales.

Las ONG nacionales e internacionales

Son pocas las ONG que intervienen directamente en el tema de la atención a niños y adolescentes en conflicto con la ley penal. En general, enfocan su intervención en el área de prevención de la violencia juvenil, enfoque sumamente prioritario. Su presencia en las zonas piloto, su experiencia adquirida a lo largo de los últimos años, su relación con los adolescentes en situación de riesgo así como su colaboración con los actores que intervienen directamente en el sistema de justicia juvenil son factores suficientes para articular nuestras actividades, unir esfuerzos y probablemente compartir algunas acciones como la realización de un mapeo, el seguimiento de casos o la capacitación de operadores, etc. Las más importantes y expertas en la temática son por orden alfabético las siguientes: ASPEm, CEAPAZ, COMETA, ENCUENTROS-CASA DE LA JUVENTUD, GIN y Save the Children - Suecia.

Los Medios de Comunicación (beneficiarios indirectos):

Los medios de comunicación influyen y sensibilizan a la población en general, los operadores de justicia y políticos en particular en cuanto a temas de interés general como es el caso de la violencia juvenil. Lamentablemente en el Perú, los medios de comunicación de prensa escrita, radial o televisiva difunden constantemente una imagen de la juventud bastante negativa y pesimista. Un estudio de la Comisión Nacional de la Juventud (CONAJU) realizado entre abril y mayo del 2003 sobre la información de jóvenes en la prensa escrita indica que los espacios periodísticos donde aparecen con mayor frecuencia notas sobre jóvenes son los policiales con un 39%, luego siguen los deportivos con un 26%, locales 20% y el de espectáculos 10%. El mismo estudio divulga también que las páginas policiales presentan una marcada tendencia a la presentación de notas que producen un efecto inmediato de impresión y curiosidad. No se aprecian mensajes de prevención; alrededor del 60% de los diarios revisados, muestran en mayor o menor proporción, información de jóvenes en actividades delincuenciales y también una importante presencia de jóvenes en actividades no menos preocupantes como el pandillaje (10%), conducta suicida (7%), tráfico de drogas (6%) y violación (6%). Tomando en cuenta lo anterior y según el tipo de manejo que se quiere dar a las noticias, los medios de comunicación pueden ser considerados en la temática que nos interesa como un aliado o como un adversario. Por ello, es sumamente importante estar regularmente en contacto con ellos e involucrarlos en el desarrollo del presente proyecto desde su inicio. Las Unidades Receptoras (beneficiarios indirectos):

Por Unidades Receptoras entendemos a todas las entidades públicas o privadas, de preferencia formales16, que puedan intervenir de una forma u otra en el tema de adolescentes en situación de riesgo o en conflicto con la ley penal. A través de los seminarios realizados últimamente, hemos identificado tres tipos de unidades receptoras que podrían intervenir con los adolescentes: ! Todas las Unidades Receptoras existentes en las zonas de intervención que podrían ofrecer

oportunidades a los adolescentes para cumplir una Prestación de Servicio a la Comunidad. Por ejemplo, la municipalidad o un hospital público podría recibir a los adolescentes para que realicen un trabajo comunitario / humanitario durante unas horas por semana, y bajo supervisión (por

16 Puede ser una ONG, una organización de base, una parroquia, una asociación, una entidad del Estado (municipalidad...), etc.

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ejemplo cortar el césped, regar jardines, pintar paredes, barrer calles, cuidar a ancianos, limpiar camas de los hospitales, etc.). Es necesario ser muy creativo y buscar que el servicio propuesto permita que el adolescente pueda reflexionar tanto sobre las consecuencias de su infracción como sobre el valor del servicio prestado.

! Todas las Unidades Receptoras que podrían ofrecer una atención y soporte especializado para los adolescentes infractores que presenten problemas de adicción (drogas o alcohol), que han sido victimas de violencia familiar, o para aquellos que manifiesten cuadros psicopatológicos.

! Y finalmente todas las Unidades Receptoras dispuestas a garantizar a los adolescentes su acceso a servicios básicos como es la educación, salud y esparcimiento. En este caso la unidad receptora podría ser un colegio, un puesto o centro de salud, un club deportivo, una parroquia u otro.

Lo importante es que estas unidades receptoras puedan participar tanto atendiendo el cumplimiento de las medidas socio-educativas en medio abierto como las necesidades de desarrollo de los adolescentes infractores. Los haría con la participación de la misma comunidad, asegurándoles que se haga también en un entorno favorable y no discriminatorio, a través de un acompañamiento regular por parte de profesionales (educadores, trabajadores sociales, psicólogos) o de personas capacitadas para cumplir con tal función.

2.3 Recursos y potencialidades

Recursos

Los recursos humanos con que puede contar el proyecto desde un inicio son todos aquellos individuos e instituciones que están a favor del modelo de justicia juvenil propuesto y que han demostrado motivación, e interés en considerar este tema como prioritario, ya que puede contribuir a mejorar el sistema de justicia juvenil y a controlar los índices de violencia en la zona de intervención. A lo largo del desarrollo de las actividades de Tdh durante el año 2003 y 2004, se han detectado en cada entidad pública clave, profesionales (fiscales, jueces, directores de centros juveniles, defensores de oficio, políticos, etc.), interesados por el nuevo modelo, los cuales se deberían considerar como agentes catalizadores y multiplicadores, dando al presente proyecto más posibilidades de lograr su objetivo y alcanzar los resultados esperados. Potencialidades

Entre los recursos potenciales, se deben considerar a las Universidades ya que son centros de estudios e investigaciones. Además, generalmente se encuentran muy dispuestas a colaborar y apoyar en temas específicos como el Derecho penal, el trabajo social, y la capacitación de agentes de cambio. Durante la planificación estratégica de este proyecto, dos representantes de la Pontificia Universidad Católica del Perú han mostrado una gran apertura en colaborar y apoyar en el diseño de programas de formación para operadores sociales. El Consejo Nacional de la Juventud – CONAJU es un organismo público descentralizado con rango ministerial, asesorado por GTZ. El CONAJU tiene como objetivo promover la participación del joven a través de formas, modalidades y mecanismos acordes a sus expectativas y en función del desarrollo local, regional y nacional. También busca generar espacios de comunicación intergeneracional y entre pares; así como desarrollar y promover estudios e investigaciones en materia de juventud. Otro de los objetivos es velar por los derechos de los jóvenes así como incentivar el cumplimiento de sus deberes y obligaciones para con la sociedad. Hubo ya un acercamiento con este organismo, el cual ha mostrado interés en el tema de justicia juvenil, y en la sensibilización a la juventud sobre este tema en particular. Se considerará también como potencialidades a todos los ex adolescentes infractores (y sus padres), que se beneficiaron de medidas alternativas socio-educativas en medio abiertos, y que lograron con éxito reparar el daño causado e integrarse de forma satisfactoria en la sociedad. Finalmente también se espera poder contar con el apoyo de instituciones públicas y privadas que trabajan en las dos zonas piloto para el uso de infraestructura local que ayude al desarrollo del proyecto.

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2.4 Limites, obstáculos y riesgos

Límites:

! Como en muchos países de latino América, se atribuye todavía poca importancia a la temática de justicia penal juvenil. Como modo de evidencia, no existe aún en el Perú la figura de los operadores de justicia especializados en justicia juvenil como ya existe en otros países del mundo. Si bien en el Perú existe la especialidad de familia para fiscales y jueces, la gran mayoría de los casos que tratan se refieren a casos del ámbito tutelar, como problemas de abandono, pensión alimenticia y patria potestad. La AMAG no tiene aún ninguna currícula especializada en justicia juvenil; el mismo problema se presenta con la policía.

! La escasez de recursos económicos y humanos (defensores de oficio, equipos multidisciplinarios) es también un freno que impide mejorar el sistema actual.

Obstáculos:

! La mentalidad enraizada de la población, de los medios de comunicación y de algunos operadores de justicia que abogan por una justicia más retributiva a través de la cual el adolescente infractor debe pagar el daño causado con una pena que es por lo general la privación de la libertad.

! Las constantes huelgas en el sector Justicia: El personal del Poder Judicial ha tenido casi tres meses de paro entre enero y septiembre del 2004, lo que ha generado un retraso en la gestión de los casos pendientes y a la vez más desconfianza de la población hacia este sector. A la vez, en estas condiciones, es a menudo muy difícil obtener los permisos para que los magistrados asistan a los cursos de capacitación.

! El cambio frecuente del personal directivo y de los subalternos de las instituciones claves (MIMDES/DIGNA; AMAG; PNP) puede impedir el desarrollo normal de las actividades previstas en el proyecto, ya que es siempre necesario volver a reanudar los contactos y restablecer la confianza que se ha logrado conseguir. Además la alta rotación, particularmente en el caso de la PNP, obliga a volver a capacitar a los nuevos operadores, perdiéndose la posibilidad de seguimiento y especialización.

Riesgos:

! La presión creciente por parte de la población y de los medios de comunicación sobre los operadores de justicia, para que castiguen drásticamente todo delito, cualquiera que sea, perpetrado por un adulto o adolescente, con el objetivo de disminuir el índice de violencia que tiene el país. Esto ha generado este último año a que la población tenga menos confianza en el sistema de justicia formal, motivando a poner en práctica medidas antijurídicas como es el linchamiento por la comunidad.

! La relevancia del tema de seguridad ciudadana en la agenda pública puede llevar a que en las próximas elecciones presidenciales, los candidatos aboguen por medidas más represivas como medio de control y lucha contra la ola creciente de delincuencia.

! La existencia de un recién proyecto de Ley de la Comisión Especial Revisora del Código Penal17 sobre la reducción de la edad de responsabilidad penal de 18 a 16 años. La mayoría de los comisionados han optado por establecer esta responsabilidad a los 16 años de edad; sin embargo, no hubo consenso en la votación de los artículos 20 y 22, referentes a la reducción de la edad de responsabilidad penal de los 18 años (Código Penal de 1991) a 16 años.

3. Lógica de intervención

3.1 Visión del futuro del proyecto Imaginamos que los resultados producidos por la puesta en marcha del modelo de Justicia Juvenil Restaurativa en dos zonas piloto no solamente habrán procurado grandes beneficios tanto para los adolescentes que hayan tenido conflicto con la ley penal, las víctimas y la comunidad en general, sino que también sus ventajas sociales y económicas sensibilizarán a toda la sociedad en general, a los

17 Creada por la Ley Nº 27837, el 04 de Octubre 2002.

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operadores de justicia y medios de comunicación en particular, permitiendo su aplicación en todo el país.

3.2 Finalidad

Comentarios:

! La finalidad ha sido enunciada como el ideal por alcanzar ya que es una visión guía a largo plazo. Para su consecución deben concurrir factores internos y externos, independientes de la intervención de este proyecto.

! “Una Cultura de Justicia Juvenil” es un concepto que se refiere a una filosofía, una manera de percibir y abordar la temática en su globalidad. Es un concepto que va más allá del círculo común de los operadores de justicia (Policía, Fiscal, Defensor y Juez), incluyendo también a toda la sociedad civil en general, entidades del Estado y medios de comunicación en particular.

3.3 Objetivo

Comentarios:

! Es importante recalcar que las dos zonas pilotos de proyecto han sido seleccionadas en base a los siguientes criterios: - Existe un índice significativo de violencia juvenil en cada una, - Son dos zonas geográficamente manejables (de tamaño moderado), - Son dos zonas urbanas fácilmente accesibles, - Los magistrados (fiscales y jueces de familia) ya participaron en por lo menos dos cursos de

capacitación sobre justicia juvenil restaurativa y medidas alternativas a la privación de la libertad.

- Hay una apertura y disponibilidad de los magistrados por implantar el nuevo modelo de justicia,

- Hay presencia de un módulo básico de justicia en las zonas piloto. - En las dos zonas, existe la presencia de varias organizaciones sociales e instituciones públicas

que pueden ejercer el rol de unidades receptoras. - Las autoridades municipales (Chiclayo y El Agustino) y regionales (Lambayeque) están

interesadas por la temática y dispuestas a apoyar. - En Chiclayo, el proyecto encaja perfectamente en el plan regional por la infancia, además que

Lambayeque hace parte de las cinco zonas identificadas como piloto para la implementación del nuevo código procesal penal (acusatorio garantista).

Equipo de Defensa Inmediata:

! La defensa del adolescente se inicia al momento de la detención de éste en la comisaría y termina al final de la fase judicial en la que se incluye el cumplimiento de la medida alternativa, si fuera el caso.

! La defensa es asegurada por un equipo del proyecto, llamado: “Equipo de Defensa Inmediata” (en adelante el EDI), lo cual esta compuesto por un(a) abogado(a), un(a) psicólogo(a) y un(a) trabajador(a) social.

A fines de 2007, en dos zonas piloto (Chiclayo y El Agustino), se ha validado un modelo de Justicia Juvenil Restaurativa, en el cual los adolescentes en conflicto con la ley penal cuentan con una defensa eficaz desde la etapa policial hasta la judicial.

El Perú cuenta con una Cultura de Justicia Juvenil, que se pone en práctica a través de un Sistema de Justicia Juvenil Restaurativa que permanece en el tiempo.

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! Por defensa eficaz, se refiere a una defensa inmediata, pues según la ley es dentro un periodo de 24 horas que se debe pronunciar el fiscal sobre el caso.

! El papel del EDI es velar por el cumplimiento y respeto de los derechos del adolescente en conflicto con la ley penal, y promover la remisión y la aplicación de medidas alternativas a la privación de la libertad, tomando siempre en cuenta el interés superior del niño o adolescente.

! El EDI funciona de manera interdisciplinaria. Si bien en un principio cada profesional que lo integra interviene dentro su propia especialidad, sin embargo al final, es el EDI en su conjunto que analiza el caso e identifica las propuestas más adecuadas. El abogado es el encargado de defender el caso frente al fiscal, promoviendo la remisión ante el Ministerio Público, y ante el Juez si se promoviere la causa. Del mismo modo ejercerá la defensa en juicio, en el supuesto de resultar necesario.

! A parte de proveer el apoyo psicológico al adolescente detenido, el rol del (de la) psicólogo(a) es múltiple: realiza un diagnóstico del perfil psicológico del adolescente, identifica los elementos principales que llevaron a éste a cometer una infracción y determina la posibilidad de un apoyo o tratamiento específico si el caso fuera necesario. El (la) trabajador(a) social se encarga de realizar una evaluación de la situación y del entorno socio-familiar del adolescente detenido, busca y propone también las mejores alternativas o soluciones. Y finalmente, en base a las opiniones y elementos proporcionados por sus colegas del ED y la suya, el abogado se encarga de toda la parte jurídica del caso, asegurando la defensa del adolescente frente al fiscal y al juez si se llega a llevar a juicio el caso.

Equipo de Acompañamiento Educativo:

! Una vez que el fiscal o el juez dicta una medida alternativa, el adolescente es derivado al Equipo de Acompañamiento Educativo (EACE) para que se responsabilice de la aplicación y cumplimiento de la misma.

! El EACE esta conformado por un educador social, un trabajador social y un coordinador de red que trabajan de forma coordinada e interdisciplinaria.

! También participan como apoyo al EACE el psicólogo y los colaboradores comunitarios. ! El educador es el encargado de tener un dialogo permanente con el adolescente en su vida

cotidiana mientras dure la medida socioeducativa. Es un dialogo que busca promover el desarrollo de actitudes responsables y de capacidades y habilidades para revincularse con su entorno sociofamiliar.

! El (la) coordinador(a) de redes es el encargado de identificar los recursos existentes (Unidades Receptoras18) en la comunidad referentes a programas y servicios educativos y sociales en los que pudieran participar e integrarse los adolescentes que cumplen medidas alternativas.

! El (la) trabajador(a) social se encarga de evaluar la relación entre el delito cometido y la dinámica socio-familiar así como los mecanismos de soportes existentes. También desarrollo actividades de orientación y consejería con el adolescente y su familia. Busca establecer los contactos y oportunidades relacionado a la educación y el desarrollo laboral del adolescente.

! El colaborador comunitario es un actor clave de la comunidad que brinda soporte socio-afectivo a los adolescentes y apoyan tanto al EDI como al EACE. Es una persona que muestra una motivación y compromiso claro para trabajar en beneficio de los adolescentes en situaciones de riesgo así como por su comunidad, estando dispuesto a dedicar tiempo y convertirse en un referente en la comunidad.

Relación EDI / EACE:

! Tomando en cuenta que debe existir una coordinación permanente entre el EDI y el EACE, ambos equipos trabajarán en una oficina común aunque en ambientes diferentes. Esta oficina estará ubicada cerca de la sede policial de referencia.

! El EACE debe ayudar al EDI aportando información (contactos y recursos disponibles) para construir una propuesta adecuada de aplicación de medidas alternativas a la privación de la libertad.

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! Una vez que el adolescente es derivado para cumplir su medida alternativa, el EDI debe remitir al EACE un informe sobre el adolescente desde una perspectiva interdisciplinaria, sobre todo brindándole elementos que contribuyan a iniciar el trabajo socio educativo.

! Así mismo, mientras dure la aplicación de la medida socioeducativa, el EACE establecerá contacto con el EDI cada vez que el adolescente requiera de un apoyo legal ya sea con fines de orientación u defensa (en el caso que el adolescente haya cometido infracción mientras cumplía medida socioeducativa)

Matriz de seguimiento del Objetivo

Indicadores de alcance Medio de verificación Condiciones críticas

1 30% del total de las sentencias condenatorias son medidas alternativas a la privación de libertad, por delitos leves y moderados.

2 Disminución en un 30% del índice de judicialización. 3 En el 100% de los casos, la pena de privación de

libertad es aplicada como último recurso.

1 Sistema de Monitoreo. 2 Sistema de Evaluación. 3 Los informes de defensa del

Equipo de Defensa Inmediata (EDI)

1. Aumento de los delitos mayores / delitos menores.

Comentarios:

! Debido al alto índice de delitos menores se prevé que: 1 1/3 de ellos no entran en un proceso judicial y puede ser resuelto por el Fiscal, este último a

través de la remisión o conciliación/mediación. 2 La intervención del Equipo de Defensa Inmediata (EDI) promueve principalmente las

medidas alternativas socio-educativas en medio abierto. 3 El sistema permanente de monitoreo permitirá realizar un seguimiento de cada caso desde su

primer contacto en la sede policial hasta el final de su etapa judicial (incluyendo el cumplimiento de la medida alternativa).

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Resultado intermedio 1.1 Los adolescentes de las zonas piloto detenidos y/o procesados por infracciones a la ley penal reciben defensa inmediata y efectiva y se respetan sus derechos consagrados en el Código del Niño y Adolescente y en la Constitución Nacional.

Resultado Intermedio 1.2 En las dos zonas piloto, los Fiscales y Jueces consideran la remisión y utilizan un sistema operativo de aplicación de medidas alternativas.

Resultado Final 1 Los adolescentes que participaron en el programa � medidas socioeducativas en medio abierto � se han incorporado a diferentes redes sociales (educativas, culturales, deportivas, laborales), existentes en su comunidad.

Resultado Intermedio 2.1 Capacidad técnica de los operadores de justicia fortalecida para el desempeño de sus funciones en el marco de una perspectiva de Justicia Juvenil Restaurativa y del respeto a los derechos de los adolescentes.

Resultado Intermedio 2.2 Operadores sociales de programas dirigidos a los adolescentes, en especial, de los Centros Juveniles y equipos técnicos del Poder Judicial, del MIMDES, de las redes sociales de la comunidad y otras que trabajan con adolescentes en conflicto con la ley o en prevención de la violencia juvenil han fortalecido capacidad para comprender el fenómeno y actuar sobre él.

Resultado Final 2 Se ha especializado recursos humanos (operadores jurídicos y sociales), que generan condiciones para la implementación y el desarrollo de un sistema de justicia juvenil, basado en el modelo de justicia restaurativa.

Resultado Intermedio 3.1 Un sistema de monitoreo, evaluación y capitalización es diseñado en colaboración con unas entidades claves. * Tdh, Univ., ONG.

Resultado Intermedio 3.2 El sistema de monitoreo, evaluación y capitalización es aplicado por los actores* y los datos son centralizados, analizados y compartidos. * EDI, UR, Fiscales, Jueces y EACE

Resultado Final 3 Se cuenta con un sistema de monitoreo, evaluación y capitalización que permite la validación y promoción del modelo y su posterior replica.

Objetivo En diciembre de 2007, en dos zonas piloto (Chiclayo y El Agustino), se ha validado un modelo de Justicia Juvenil Restaurativa, en el cual los adolescentes en conflicto con la ley penal cuentan con una defensa eficaz desde la etapa policial hasta la judicial.

EJE 1: ACCIÓN DIRECTA "OPERACIONALIDAD DE LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS"

EJE 2: CAPACITACIÓN CONTINUA

EJE 3: MONITOREO Y CAPITALIZACIÓN

Finalidad El Perú cuenta con una Cultura* de Justicia Juvenil, la cual se pone en práctica a través de un Sistema de Justicia Juvenil Restaurativa** (JJR) que permanece en el tiempo.

Cuadro sinóptico de la estrategia del proyecto piloto de justicia juvenil restaurativa 2005-2007 - Reformulado

Resultado Intermedio 4.2 Opinión pública conoce y discute el modelo de JJR implementado por el proyecto, sus resultados y las lecciones aprendidas en él, asimismo las iniciativas legislativas para la organización del sistema juvenil.

Resultado Final 4 Un proyecto de ley presentado en el Congreso con apoyo multipartidario y aval del Poder Ejecutivo (de ministerios interesados), Poder Judicial y Ministerio Público, para la creación de un sistema de justicia juvenil basado en modelo de justicia restaurativa.

EJE 4: ABOGACIA E INCIDENCIA POLITICA

Resultado Intermedio 4.1 Responsables políticos conocen el modelo de JJR implementado por el proyecto, sus resultados y las lecciones aprendidas en él. Conocen asimismo las propuestas legislativas y/o reglamentarias para la organización y funcionamiento del sistema juvenil.

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3.5 Ejes de intervención

Título del proyecto: Proyecto Piloto de Justicia Juvenil Restaurativa 2005 - 2007

Región de intervención: Distritos de El Agustino (Lima) y José Leonardo Ortiz (Chiclayo)

Duración del ciclo: Enero 2005 � Diciembre 2007

Delegación responsable: Tdh Perú

Fecha del cuadro lógico inicial: 25 de Diciembre 2004

Populación meta: Adolescentes en conflicto con la ley penal, detenidos en comisarías

Personas de referencia en la sede (RP et CP): Philipe Buchs (RP) John Orlando (CP

Contraparte(s) local(es): Encuentros, Casa de la Juventud

Versión: 3

Fecha eventual de revisión: Agosto 2005

Lógica de intervención Indicadores Fuente de verificación Condiciones críticas Finalidad: El Perú cuenta con una Cultura de Justicia Juvenil, que se pone en práctica a través de un Sistema de Justicia Juvenil Restaurativa que permanece en el tiempo.

Objetivo: En diciembre de 2007, en dos zonas piloto (Chiclayo y El Agustino), se ha validado un modelo de Justicia Juvenil Restaurativa, en el cual los adolescentes en conflicto con la ley penal cuentan con una defensa eficaz desde la etapa policial hasta la judicial.

! 30% del total de las sentencias

condenatorias son medidas alternativas a la privación de libertad, por infracciones leves y moderadas

! Disminución en un 30% del índice de judicialización

! En el 100% de los casos, la pena de privación de libertad es aplicada como último recurso.

! Sistema de Monitoreo. ! Sistema de Evaluación. ! Los informes de defensa del

Equipo de Defensa Inmediata (EDI)

! Aumento de los delitos mayores / delitos

menores

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Lógica de intervención Indicadores Fuente de verificación Condiciones críticas

Resultado final 1: Los adolescentes que participaron en el programa � medidas socioeducativas en medio abierto � se han incorporado a diferentes redes sociales (educativas, culturales, deportivas, laborales), existentes en su comunidad.

! 10 instituciones locales o programas comunitarios existentes en cada zona piloto han participado como unidades receptoras.

! 70% de adolescentes con medidas socioeducativas en medio abierto las cumplen.

! 50% adolescentes que cumplieron las medidas continúan, al cabo de 3 meses, participando en el programa o en otros similares (retornan a la escuela, se inscriben en programas educativos, deportivos, etc.).

! 75% de adolescentes con remisión asiste a programas socioeducativos que le proponen fiscales y/o jueces.

! 70% de adolescentes que asisten a programas socioeducativos, al cabo de 3 meses, sigue participando en el programa o en otros similares.

! Copia de actas de compromiso de las instituciones.

! Copia de actas de compromiso de las instituciones.

! Informes de seguimiento ! Reportes de asistencia ! Informes de seguimiento ! Informes de seguimiento

! Los operadores jurídicos están interesados en mejorar su actuación en el terreno de la administración de justicia juvenil y son receptivos a propuestas argumentadas.

! La población y sociedad civil es, mayoritariamente, sensible y receptiva a los resultados de la intervención.

! Existe la preocupación en las autoridades políticas del país por mejorar la administración de justicia y las condiciones de seguridad ciudadana, así como prevenir la violencia y la delincuencia juveniles.

Resultado final 2: Se ha especializado recursos humanos (operadores jurídicos y sociales), que generan condiciones para la implementación y el desarrollo de un sistema de justicia juvenil, basado en el modelo de justicia restaurativa.

! Un grupo de fiscales y jueces especializados en justicia juvenil con enfoque de justicia restaurativa, en Lima y Lambayeque.

! Una red de instituciones que desarrollan programas de atención a adolescentes en conflicto con la ley penal según el modelo validado y discuten sus dificultades y logros, conformada en Lima y Lambayeque

! Reconocimiento por la Academia de la Magistratura, Poder Judicial y Fiscalía de la Nación, de los fiscales y jueces especializados en justicia juvenil.

! Informes de reuniones de la red

! Ha ganado consenso entre las autoridades políticas y judiciales la idea de desarrollar un sistema de justicia juvenil inspirada en el modelo de justicia restaurativa.

Resultado final 3: Se cuenta con un sistema de monitoreo, evaluación y capitalización que permite la validación y promoción del modelo y su posterior replica.

! Informe final que presente los resultados alcanzados y experiencia adquirida (capitalización) del proyecto.

! Registros en base de datos ! Memoria del taller de

capitalización

Resultado final 4: Un proyecto de ley presentado en el Congreso con apoyo multipartidario y aval del Poder Ejecutivo (de ministerios interesados), Poder Judicial y Ministerio Público, para la creación de un sistema de justicia juvenil basado en modelo de justicia restaurativa.

! Proyecto de ley presentado a la plenaria del Parlamento. ! Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Ministerio Público

avalan proyecto y crean instancias especializadas

! Copia del proyecto de Ley ! Existe preocupación entre las autoridades políticas y judiciales por mejorar la administración de justicia y los programas de intervención con adolescentes infractores. Y se los mantienen informados

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Eje estratégico 1: Acción directa “operacionalidad de las medidas alternativas" ► Resultado final 1: Los adolescentes que participaron en el programa � medidas socioeducativas en medio abierto � se han incorporado a diferentes redes sociales (educativas, culturales, deportivas, laborales), existentes en su comunidad.

Lógica de intervención Plazo

limite Indicador(es)

Medios de

verificación Condiciones críticas Acciones principales

Resultado intermedio 1.1: Los adolescentes de las zonas piloto detenidos y/o procesados por infracciones a la ley penal reciben defensa inmediata y efectiva y se respetan sus derechos consagrados en el Código del Niño y Adolescente y en la Constitución Nacional.

2007

! 80% de adolescentes detenidos en zonas piloto se ha entrevistado con abogado y ha recibido asistencia en el momento de dar declaraciones.

! En 80% de adolescentes procesados por infracciones leves o moderadas en zonas piloto, la defensa presenta informe técnico jurídico-psico-social y propuesta sustentada de remisión y/o de medidas socioeducativas

! Registro de comisarías

! Registro de fiscalía

! Registro de EDI (actividades)

! Copia de expedientes

! Ha ganado aceptación, dentro del Estado y la sociedad civil, el criterio de respetar los DD. HH. en las intervenciones con adolescentes en conflicto con la ley penal

! Selección de equipos de defensa inmediata (EDI)

! Capacitación continúa de EDI. ! Presentación del proyecto y

coordinación con PNP y comisarías. ! Diligencias policiales y del ministerio

público, acciones de defensa, investigación.

! Diligencias policiales y del ministerio público, acciones de defensa, investigación.

! Capacitación a abogados de oficio

Resultado intermedio 1.2: En las dos zonas piloto, los Fiscales y Jueces consideran la remisión y utilizan un sistema operativo de aplicación de medidas alternativas

2007

! Reducción del 30% de sentencias con penas de privación de libertad en relación a la población meta.

! Cruces de datos estadísticos entre centros juveniles cerrados de Lima y Chiclayo.

! Adolescentes con remisión o medidas alternativas a la privación de libertad.

! Aumento de los delitos graves en las zonas de intervención.

! Selección de Equipo Técnico PsicoSocial.

! Capacitación continúa de EACE. ! Evaluación psicosocial de

adolescentes que llegan al programa (entrevistas, visitas a sus domicilios).

! Presentación del proyecto y coordinación con el Ministerio Público, el Poder Judicial y el MIMDES.

! Capacitación a fiscales y jueces. ! Presentación de informes de

seguimiento del cumplimiento de medidas a fiscales y jueces.

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Eje estratégico 2: Capacitación

► Resultado final 2: Se ha especializado recursos humanos (operadores jurídicos y sociales), que generan condiciones para la implementación y el desarrollo de un sistema de justicia juvenil, basado en el modelo de justicia restaurativa.

Lógica de intervención Plazo limite

Indicador(es) Medios de verificación Condiciones críticas Acciones principales

Resultado intermedio 2.1: Capacidad técnica de los operadores de justicia fortalecida para el desempeño de sus funciones en el marco de una perspectiva de Justicia Juvenil Restaurativa y del respeto a los derechos de los adolescentes.

2007

! Policías de 20% de las comisarías de Lima (entre ellas, las cinco de El Agustino) y 60% de las comisarías de Chiclayo asisten a 75% sesiones del programa de capacitación sobre Justicia Juvenil Restaurativa.

! Policías de 20% de las comisarías de Lima (entre ellas, las cinco de El Agustino) y de las comisarías de Chiclayo asisten a 75% sesiones del programa de capacitación sobre Justicia Juvenil Restaurativa.

! Listas de asistencia

! Los operadores jurídicos están interesados en mejorar su actuación en el terreno de la justicia juvenil y en fortalecer el marco jurídico de respeto a los derechos del niño, niña y adolescente.

! Elaboración de un programa continúo de capacitación en Justicia Juvenil Restaurativa con las entidades concernidas (Tdh, AMAG, PNP, ONG).

! Organización y realización de los seminarios en Doctrina, Normatividad y Jurisprudencia en JJR en Lima y Chiclayo

Resultado intermedio 2.2: Operadores sociales de programas dirigidos a los adolescentes, en especial, de los Centros Juveniles y equipos técnicos del Poder Judicial, del MIMDES, de las redes sociales de la comunidad y otras que trabajan con adolescentes en conflicto con la ley o en prevención de la violencia juvenil han fortalecido capacidad para comprender el fenómeno y actuar sobre él.

2007

! 50% de los operadores sociales de los equipos técnicos adscritos a los juzgados de familia y 30% de los operadores de los centros juveniles asisten a 75% de las sesiones de los programas de capacitación que se realizan en Lima y Chiclayo.

! Operadores sociales de más de 10 instituciones que trabajan con niños y adolescentes en conflicto con la ley o en prevención de la violencia juvenil asisten a 75% de sesiones de los programas de capacitación que se realizan en Lima y Chiclayo.

! Un grupo de fiscales y jueces especializados en justicia juvenil con enfoque de justicia restaurativa, en Lima y Lambayeque.

! Una red de instituciones que desarrollan programas de atención a adolescentes en conflicto con la ley penal según el modelo validado y discuten sus dificultades y logros, conformada en Lima y Lambayeque.

! Listas de asistencia

! Reconocimiento por la Academia de la Magistratura, Poder Judicial y Fiscalía de la Nación de los fiscales y jueces especializados en justicia juvenil

! El Poder Judicial y Ministerio Público valoran y reconocen la importancia del trabajo de los equipos psicosociales para la evaluación, elaboración de las propuestas de intervención y seguimiento de su ejecución.

! Ha ganado consenso entre las autoridades políticas y judiciales la idea de desarrollar un sistema de justicia juvenil inspirada en la justicia restaurativa.

! Organización y realización de los seminarios en Doctrina, Normatividad y Jurisprudencia en JJR.

! Coordinación con una universidad de Lima que acoja el programa como cursos libres o en el marco de un programa de postgrado Ciencias SH

! Organización y ejecución de los cursos sobre El adolescente en conflicto con la ley desde una perspectiva psico-social en Lima.

! Elaboración de un programa de seminarios de capacitación para operadores sociales en Chiclayo sobre adolescentes en conflicto con la ley, desde una perspectiva psico-social.

! Organización y ejecución de los cursos sobre El adolescente infractores de una perspectiva psico-social Elaboración de un programa de voluntariado basado en la estrategia Aprendizaje-Servicio dirigido a estudiantes de derecho, psicología y trabajo social.

! Organización y ejecución del programa de voluntariado en Lima y Chiclayo.

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Eje estratégico 3: Monitoreo y capitalización

► Resultado final 3: Se cuenta con un sistema de monitoreo, evaluación y capitalización que permite la validación y promoción del modelo y su posterior replica.

Lógica de intervención Plazo limite

Indicador(es)

Medios de verificación Condiciones críticas Acciones principales

Resultado intermedio 3.1: Un sistema de monitoreo, evaluación y capitalización es diseñado en colaboración con unas entidades claves. * Tdh, Univ., ONG.

2007

! Un sistema de monitoreo y evaluación diseñado.

! Adhesión de los actores al sistema de monitoreo y evaluación.

! Observación del sistema

! Discusión con los actores y usuarios del sistema

! Diseño y elaboración de instrumentos para el recojo de información.

! Diseño y construcción de base de datos.

! Recolección, procesamiento y análisis de la información generada por el proyecto.

! Elaboración de los informes del monitoreo de actividades y evaluación de impacto.

! Reuniones con grupo consultor (conformado por un fiscal de familia, un juez, un abogado en derecho penal, el gerente de los Centros Juveniles del MINJUS, un representante de la DIRFA-PNP/DIRPACI-PNP) para discutir soluciones a los problemas que resulten de la evaluación.

Resultado intermedio 3.2: El sistema de monitoreo, evaluación y capitalización es aplicado por los actores* y los datos son centralizados, analizados y compartidos. * EDI, UR, Fiscales, Jueces y EACE

2007

! Dos informes anuales con análisis de los resultados alcanzados semestralmente

! Registros en base de datos

! Reuniones de equipo para discutir los casos y las intervenciones realizadas: dificultades y logros, resultados imprevistos.

! Entrevistas con adolescentes atendidos por el proyecto y sus familias.

! Elaboración de informes, artículos, clases y ponencias con avances de capitalización.

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Eje estratégico 4: Cabildeo y Abogacía

► Resultado final 4: Un proyecto de ley presentado en el Congreso con apoyo multipartidario y aval del Poder Ejecutivo (de ministerios interesados), Poder Judicial y Ministerio Público, para la creación de un sistema de justicia juvenil basado en modelo de justicia restaurativa

Lógica de intervención Plazo limite

Indicador(es)

Medios de verificación

Condiciones críticas Acciones principales

Resultado intermedio 4.1: Responsables políticos conocen el modelo de Justicia Juvenil Restaurativa implementado por el proyecto, sus resultados y las lecciones aprendidas en él. Conocen asimismo las propuestas legislativas y/o reglamentarias para la organización y funcionamiento del sistema juvenil.

2007

! 100% instancias responsables de políticas públicas en justicia juvenil reciben información del proyecto.

! Informes de reuniones.

! Registro de envíos (cargos)

! Existe preocupación entre las autoridades políticas y judiciales por mejorar la administración de justicia y los programas de intervención con adolescentes infractores.

! Reuniones con responsables políticos (Fiscal de la Nación, Presidente de Corte Suprema, Congresistas, Ministro de Justicia, Gerencia de Centros Juveniles, Ministro del Interior, PNP, MIMDES) para informar del modelo de justicia juvenil propuesto en el proyecto y sus resultados.

! Envío permanente de información sobre el modelo de justicia juvenil implementado por el proyecto y sus resultados a responsables políticos.

Resultado intermedio 4.2: Opinión pública conoce y discute el modelo de Justicia Juvenil Restaurativa implementado por el proyecto, sus resultados y las lecciones aprendidas en él, asimismo las iniciativas legislativas para la organización del sistema juvenil.

2007

! 3 MMC escrita, 1 MMC televisivo y 1 MMC radial de alcance nacional se muestran interesados y difunden información sobre el tema.

! Recortes de prensa

! Grabaciones de programas

! Las autoridades políticas son receptivas al sentir de la opinión pública.

! La población y sociedad civil es, mayoritariamente, sensible y receptiva a los resultados de la intervención y a argumentos basados en evidencias.

! Acciones de asesoría a MMC sobre Justicia Juvenil Restaurativa.

! Acciones de Prensa.

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4. Modelo de acción El proyecto busca contribuir al desarrollo de una cultura de justicia juvenil respetuosa del principio del Interés Superior del Niño / Adolescente, y de los derechos específicos que asisten a los adolescentes en conflicto con la ley en el Perú. Con esa finalidad, el proyecto propone un modelo de acción basado en un enfoque de derechos que capacita e involucra a actores del Estado y de la sociedad civil para el desarrollo y validación de un modelo de Justicia Juvenil Restaurativa en dos zonas piloto del país: El Agustino (Lima) y Chiclayo (Región Lambayeque). Este modelo de Justicia Juvenil Restaurativa busca garantizar la protección de los derechos de los adolescentes infractores y la reparación a la victima, aplicando, a su vez, la remisión, mediación y medidas alternativas a la privación de la libertad en los casos de infracción menor o de mediano grado. Para ello, se propone fortalecer el sistema de defensa inmediata de todos los adolescentes detenidos en las sedes policiales y atendidos posteriormente por las oficinas descentralizadas del Poder Judicial de las dos zonas piloto, así como promover el empoderamiento de la comunidad para la aplicación de las medidas dictadas por el Fiscal o el Juez, a través de Unidades Receptoras. Además a través de este modelo de acción, se espera también contribuir e influir en tres aspectos importantes: 1. Tener una incidencia política, promoviendo por parte de actores e instituciones claves

algunas modificaciones en el marco legal y político de modo que se oriente hacía una perspectiva restaurativa y que aporte a instituir “un sistema de garantías para la protección de los derechos de la niñez y adolescencia”19.

2. Tener una incidencia en la Representación Social, buscando a través de los medios de comunicación afectar la perspectiva cultural de la población para posicionar el enfoque restaurativo y no punitivo.

3. Contribuir a la investigación y capitalización de experiencia de modo que se genere una base de conocimiento sobre la realidad de los adolescentes en conflicto con la Ley penal y sobre la maduración del modelo de intervención (este último como perspectiva de aplicación en otras zonas y de socialización como alternativa eficaz y eficiente.

19 Además, este elemento esta ligado al objetivo estratégico 4 del Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2002.

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TDH (Terre des hommes Lausanne)• Capacitación a un pool

de defensores (+/- 30) al inicio del proyecto.

• Selección de los mejores candidatos para conformar 3 EDI.

• EDI compuesto de un abogado, un trabajador social y un psicólogo.

EDI (Equipo de Defensa Inmediata)

• 2 EDI en El Agustino (Lima) y 1

EDI en Chiclayo. • Contacto inmediato con

adolescentes detenidos en las Comisarías. • Vela por el respeto de los

derechos del niño/adolescente • Promueve la remisión del caso

ante el MP / PJ. • Promueve medidas alternativas a

la privación de la libertad ante el PJ, tomando en cuenta el interés superior del adolescente.

FISCAL (Ministerio Público)

• Aplica la remisión, o • Refiere el caso al Juez.

EACE Equipo de Acompañamiento

Educativo • Compuesto de 3 a 5

educadores sociales. • Facilita acceso a U. R. • Seguimiento de la

remisión. • Seguimiento de las

medidas alternativas. • Retroalimentación al EDI,

• Proceso de capacitación continúa a EDI, Policía, Fiscal, Juez, EACE y UR. • Sistema de monitoreo y evaluación permanente. • Sistema de capitalización de la experiencia.

OBJETIVO

A fines de 2007, en dos zonas piloto (Chiclayo y El Agustino), se ha validado un modelo de Justicia Juvenil Restaurativo en el cual los adolescentes en conflicto con la ley penal cuentan con una defensa eficaz desde la etapa policial hasta la judicial (aplicación de la medida socio-educativa).

DEFENSOR DE OFICIO (Ministerio de Justicia)

Interviene en situación de cese del EDI y garantiza el seguimiento del adolescente privado de libertad.

COMISARIA (PNP)

• Recoge las evidencias de la infracción cometida.

• Comunica a la familia. • Entrega el adolescente a sus

padres cuando la infracción no revista gravedad, o

• Comunica al Fiscal.

UR (Unidades Receptoras) • SOA • DEMUNAS • ONG • Org. de base • Parroquias, • Club deportivos, etc

CENTRO JUVENIL CERRADO

(Poder Judicial) Internamiento del adolescente

JUEZ (Poder Judicial)

• Aplica la remisión, o • Determina la detención preventiva, o • Aplica una medida alternativa en

medio abierto, o • Aplica una medida alternativa a la

privación de la libertad en sentencia condenatoria, o

• Aplica una pena de privación de libertad en sentencia condenatoria.

DIAGRAMA DEL PROYECTO JUSTICIA JUVENIL RESTAURATIVA

FASE 2005-2007

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Circuito del sistema justicia Juvenil

Adolescenteinfringe la ley penal

Policía

Fiscal

Cierre del caso sin tomar ninguna

medida

Padres o Tutor

Decisión para Conciliación / Mediación

Exigencia de Una Pena / Medida

Juez

Sesión en Tribunales

Infractor Víctima

Compensación - Al nivel emocional - Al nivel material

Contrato / Informe Escrito al

Fiscal / Juez

Conciliación tuvo éxito Se cierra el caso

Conciliación no tuvo éxito Se continua con sesión en

Tribunales

Intervención del Equipo de Defensa

Inmediata

Conciliación / Mediación

Remisión del caso

Juez dicta medida

alternativa

Juez dicta privación

de libertad

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Comentarios en relación al diagrama del proyecto páginas 17 y 18:

! La formación continúa a todos los operadores de justicia y sociales es la clave del proyecto para que ellos adopten el concepto del proyecto y especialmente el modelo de Justicia Juvenil Restaurativa.

! Al inicio del proyecto Tdh formará un pool de treinta profesionales compuestos por diez abogados, diez asistentes sociales y diez psicólogos. Veinte de ellos serán provenientes de Lima y los diez restantes de Chiclayo. De estos treinta participantes se seleccionará a tres abogados (uno de Chiclayo y dos de Lima), tres asistentes sociales (uno de Chiclayo y dos de Lima) y tres psicólogos (uno de Chiclayo y dos de Lima) para conformar los tres Equipos de Defensa Inmediata (uno en Chiclayo y dos en Lima). El resto de los participantes recibirán un certificado de capacitación y podrán más tarde integrar el proyecto, si el caso se presenta (cambio de personal, aumento del numeró de EDI).

! Así mismo, el EDI estará en coordinación constante con el Equipo de Acompañamiento Educativo (EACE) con el fin de decidir la mejor propuesta socioeducativa para los adolescentes atendidos, la que posteriormente será presentada al Fiscal o al Juez.

! En casos en los que la medida alternativa no aplique, el EDI coordinara con el abogado de oficio para transferirle el expediente para su seguimiento.

! Se coordinara con la PNP para establecer un convenio que facilite la comunicación, participación e intervención inmediata del EDI las 24 horas del día a nivel de las comisarías. Así mismo, se buscará que se establezca la derivación de los adolescentes detenidos a una sola comisaría que centralice la atención, favoreciendo con ello mejores condiciones para la intervención rápida de los operadores de justicia y del EDI en un ambiente adecuado a las normas internacionales y a los fines que el proyecto propone.

! Tdh conformará dos Equipos de Acompañamiento Educativo (EACE), capacitando a veinticinco profesionales, diez procedentes de Chiclayo y quince de Lima. Se seleccionará los mejores para formar un EACE en Chiclayo y un EACE en Lima (anexo 3).

! La identificación de las Unidades Receptoras se hará durante el transcurso del proyecto. Sin embargo antes de iniciar el proyecto, ya se cuenta con dos diagnósticos20, además de las numerosas informaciones proporcionadas por los participantes en los dos últimos seminarios realizados en noviembre 2004 en Chiclayo y Lima. Es necesario al iniciar el proyecto iniciar con un mapeo de todas las Unidades Receptoras disponibles en la zona y categorizarlas según el tipo se apoyo o soporte que puedan ofrecer al adolescente.

! Una vez el mapeo realizado, se prevé establecer convenios, entre otros con la Gerencia de Centros Juveniles del Poder Judicial, para que validen su trabajo y garanticen un seguimiento oficial.

5. Criterios de apreciación del proyecto

5.1 Viabilidad del proyecto Este proyecto busca empoderar a operadores de justicia y operadores sociales, así como a las instituciones de las dos zonas piloto en la aplicación coordinada del modelo restaurativo. Desde esta perspectiva, se trabajará con actores claves, que cuenten con experiencia en el trabajo comunitario con adolescentes y jóvenes, y que se encuentren dispuestos a participar en la aplicación demostrativa del nuevo modelo. Al final de la experiencia, estos actores se encontrarán capacitados y habrán participado en procesos de monitoreo, evaluación y capitalización de la experiencia, permitiéndoles con ello, el recojo de lecciones aprendidas que les sean útiles para optimizar su rol, difundir la propuesta en otras localidades del país, y en la medida de lo posible que este modelo sea validado por el Estado. Es importante notar que el desarrollo del proyecto se llevará a cabo desde un principio con la gran mayoría de entidades públicas y de la sociedad civil, la mayoría de ellas bajo un convenio oficial, evitando de este modo importar sistemas o recursos desde fuera y buscando el sostenimiento del proyecto desde su etapa inicial.

20 « Los jóvenes de El Agustino, del Barrio la Propuesta” (primera fase), Organización cívica Acción Joven, Parroquia La Virgen de Nazaret – Consorcio Juventud y país. “Jóvenes pandilleros: Reinserción Social y Ocupacional en zonas urbano marginales de Lima”, ASPEm, Noviembre del 2004.

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Al cabo de 3 años, el proyecto habría validado la actuación de equipos de defensa inmediata (EDI) interdisciplinarios en por lo menos 2 zonas del país. En cada una de estas zonas existirían varios equipos con experiencia de tarea, monitoreo y evaluación suficientes, formados por abogados, trabajadores sociales y psicólogos. La reforma procesal penal de inminente implementación progresiva en el Perú pondrá en crisis la actual organización de la defensa oficial, insuficiente para sostener las exigencias de un sistema acusatorio y oral en el proceso penal de adultos. Esa necesidad de transformar la defensa de oficio se proyectará al proceso especial de adolescentes. La experiencia comparada en países de la región indica que ante estas transformaciones del sistema procesal las respuestas tienden a orientarse en dos sentidos: ⇒ La organización de un Ministerio Público de la Defensa, con Magistrados o funcionarios de alta

especialización y designados por concurso (modelo federal argentino; Art. 120 Constitución Nacional 1994 y Ley Nº 24946);

⇒ La licitación o contratación directa de estudios profesionales o abogados de la matricula, con presupuesto ejecutado por el Ministerio de Justicia (modelo de la República de Chile a través de la Defensoría Nacional, dependiente del Ministerio de Justicia, que licita grupos de defensas en cada región del país).

En cualquiera de las dos alternativas, planteadas como extremos que permiten múltiples combinaciones intermedias o sistemas mixtos, el proyecto tendría una continuidad natural ya sea a través del concurso de los defensores experimentados para acceder a la Magistratura especializada (modelo argentino), o de la favorable posición para contratar esos mismos servicios, ya sea individualmente o a través del misma ONG Encuentros, Casa de la Juventud (modelo chileno). El punto crucial, que depende de la validación del proyecto es lograr que la función de defensa, jurídica en su esencia, sea acompañada interdisciplinariamente por la intervención social y psicológica, que es la verdadera innovación que introduce la metodología de Terre de Hommes en la actividad de defensa inmediata. No se trata solamente de dotar de un defensor subsidiado por una ONG sino de transformar el concepto mismo de defensa para hacerlo pasar de una mera defensa técnica jurídica (propia de los modelos del Tribunal de Justicia) a una intervención integral e interdisciplinaria y que a la vez de garantista tienda a ser restaurativa del daño sufrido por la victima y también en la propia persona del presunto victimario y del grupo social en el cual se ha originado el conflicto (propio de una justicia juvenil restaurativa). Si la dinámica gubernamental de transformación del Sistema de Defensa Penal se demorare por dificultades en la aplicación progresiva del nuevo código, el proyecto podrá ampliarse más allá de los tres años, prudencialmente el apoyo a la espera de las circunstancias favorables para la asunción estatal de la función que hoy se propone iniciar desde la sociedad civil. Para sostener en prospectiva que es razonable pensar en una asunción estatal del costo del proyecto, es necesario advertir que, en pleno funcionamiento el gasto per capita de una defensa resulta muy bajo, pues la capacidad de actuación simultanea de un equipo de defensa inmediata permite prorratear su presupuesto entre una medio centenar de causas lo que reduce significativamente la inversión por adolescente defendido. Los términos breves y perentorios del proceso juvenil en el Perú, que no superan los seis meses aún contando apelaciones permiten una rotación de casos que tiende a cubrir la totalidad de las expectativas de la defensa. Desde el punto de vista del presupuesto estatal, tanto la remisión prevista en las leyes peruanas como la derivación de los adolescentes en conflicto con la Ley a sistemas alternativos, que será el fruto del proyecto iniciado, significará una considerable economía en cuanto al presupuesto de los Centros Juveniles, y, desde el principio tornará innecesario invertir en la ampliación o creación de otros centros. En cuanto al equipo de acompañamiento su futura absorción estatal no sigue la misma lógica de transferencia del EDI, por que es mucho más acorde a la función de las DEMUNAS y del organismo que continué o reemplace en su caso a la conducción de Centros Juveniles en ámbito judicial o a las áreas administrativas competentes. En el primero de los casos la conveniencia de absorción es evidente pues cada niño atendido

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por el equipo de acompañamiento es un niño menos en los centros juveniles, con notorio ahorro en el gasto público y mejores resultados en cuanto a la reinserción social. Es por eso que en el subprograma de Chiclayo ya participarán desde el inicio del proyecto tres operadores que prestaban servicios en el Centro Juvenil José Quiñones de Pimentel y que son comisionados por la autoridad judicial para trabajar en el equipo de Acompañamiento. Si las funciones en el futuro volvieren a ser administrativas, habrá que aguardar la definición del área gubernamental competente. Por el momento son las DEMUNAS municipales las posibles receptoras de estos servicios, y por ello son consideradas desde el principio unidades receptoras y además se encuentran en gestión en convenio con las autoridades municipalidades de cada zonas de intervención.

5.2 Fortalecimiento de las capacidades locales Se fortalecerán las capacidades locales a través de un proceso de capacitación continúa a los operadores de justicia y operadores sociales que participan en cada zona piloto. Se les capacitará en el tema de adolescentes en conflicto con la ley penal y en el rol y función que tienen desde un enfoque de derechos y de justicia juvenil restaurativa. Así mismo, se promoverá su involucramiento permanente en los procesos de monitoreo, evaluación, y capitalización, así como en la aplicación de procedimientos, estrategias, tácticas y metodologías.

5.3 Participación Hasta el momento, operadores de justicia y operadores sociales, así como instituciones vinculadas al tema de justicia juvenil han participado en la identificación del problema, en el diseño de la propuesta y en la definición de las zonas de intervención. Así mismo, se han ofrecido a participar activamente en las acciones de convocatoria, capacitación y selección de los actores claves que se encargarán de la aplicación del modelo de justicia juvenil restaurativa en cada zona piloto. Estos actores claves, conformados por operadores de justicia y operadores sociales, así como por instituciones de las localidades de intervención, movilizarán capacidad humana e infraestructura, y pondrán a disposición de los adolescentes atendidos, programas y servicios que favorezcan su desarrollo, y que a la vez garanticen el cumplimiento de las medidas socio-educativas dictadas por el Juez.

5.4 Coherencia A nivel nacional, el proyecto guarda coherencia con los objetivos y resultados establecidos por el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2002 – 2010. El resultado 14 de dicho plan, propone prevenir y disminuir la violencia juvenil mejorando el acceso de los adolescentes a servicios y programas educativos, y de tiempo libre que centren sus acciones en el eje personal – social y en el fomento de valores democráticos. A nivel local, el proyecto se integra a un conjunto de iniciativas institucionales que vienen aplicando pequeñas experiencias comunitarias para la atención preventiva de adolescentes con problemas de violencia e infracción a la ley. El proyecto cuenta con el respaldo de dichas instituciones y buscará, desde esa perspectiva, articular sus funciones y roles en la implementación eficaz de un modelo de justicia juvenil restaurativa. Entre las instituciones, se encuentran ONG, Parroquias, Comisarías y los Módulos Básicos Descentralizados de Justicia del Poder Judicial.

5.5 Impactos esperados Se espera concienciar / sensibilizar a la población en general y a los operadores de justicia en particular sobre los limites y consecuencias de una justicia penal retributiva y, por otro lado, los beneficios que pueda crear el modelo de justicia juvenil restaurativa para el adolescente que ha cometido el delito, la víctima y la comunidad (sociedad). Finalmente lo que busca este proyecto, a través sus resultados, es demostrar a los operadores de justicia, los políticos y la sociedad civil en general que es posible apostar por una justicia juvenil restaurativa.

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Se espera también crear iniciativas por parte de algunos operadores de justicia, operadores sociales y políticos para apoyar su aplicación en otras zonas del país.

5.6 Enfoque genero El proyecto aborda los diferentes ejes de intervención teniendo en cuenta el equilibrio entre sexos ya sea en la atención de los adolescentes infractores o en la participación de los profesionales que componen el EDI y EACE.

5.7 Enfoque Red No se puede referirse a un modelo de justicia juvenil restaurativa y de aplicación de medidas alternativas a la privación de la libertad sin contar con una articulación y colaboración entre los diferentes actores, tanto del Estado como de la sociedad civil, a distintos niveles: local, regional y nacional. El proyecto busca favorecer sinergias entre los distintos actores citados en el punto 2.2.

5.8 Gestión del ciclo de proyecto El presente proyecto ha respetado las etapas del ciclo del proyecto de Tdh, iniciándose con una investigación sobre la situación de la justicia juvenil en el Perú. En septiembre del 2004, se ha tenido un taller de planificación estratégica para diseñar el presente documento, el cual contó con la participación activa de unos 23 representantes de diversas entidades públicas (Ministerio Público, Poder Judicial, Defensoría del Pueblo, Ministerio de Justicia, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Policía Nacional del Perú, Municipalidad) y de la sociedad civil (ONG nacionales e internacionales). El presente proyecto contempla un proceso de capacitación permanente, un sistema de monitoreo y evaluación, así como de capitalización de experiencias.

6. Estructura y recursos del proyecto 6.1 Estructura del proyecto

Recursos humanos ! Personal expatriado Tdh: 1 Delegado ! Personal de apoyo Tdh: 1 Administrador / Logista (30%) ! Personal EDI Chiclayo (contraparte) 2 Abogado (100%)

2 Trabajador social (100%) 1 Psicólogo (100%) Uno de ellos tomando también la función de coordinador del EDI

Personal EDI El Agustino (contraparte) 2 Abogados (100%)

2 Trabajadores sociales (100%) 2 Psicólogos (100%) Uno de ellos tomando también la función de coordinador del EDI

! Personal EACE Chiclayo (Contraparte) 2 Educadores, 1 colaborador comunitario, 1 trabajador(a)

social, 1 coordinador(a) de redes. Uno de ellos asumirá también la función de coordinador del EACE

! Personal EACE El Agustino (contraparte) 2 Educadores, 1 colaborador comunitario, 1 trabajador(a)

social, 1 coordinador(a) de redes. Uno de ellos asumirá también la función de coordinador del EACE

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! Personal adicional (Tdh): Apoyo de un voluntario nacional Consultorías externas.

Infraestructuras y logística

! Oficina para la Delegación en Lima. ! Oficinas en Chiclayo y El Agustino ! Las infraestructuras de la contraparte: Encuentros - Casa de la Juventud

6.2 Recursos financieros

! Financiamiento: 50% de Tdh Lausanne. ! 50% de la Dirección de Desarrollo y de la Cooperación Suiza (DDC).

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Anexo 1

ASOCIACION ENCUENTROS, CASA DE LA JUVENTUD ! Encuentros, Casa de la Juventud: Personería jurídica Partida de inscripción en Registros Públicos de Lima Nº 11333302 Encuentros, Casa de la Juventud es una Asociación Civil sin fines de lucro, promovida por la Compañía de Jesús en el Perú. Encuentros, se creo en 1992 con el propósito de fomentar y promover el desarrollo integral de la juventud en el Perú, a través de la formación, capacitación y asistencia técnica a jóvenes y a instituciones públicas y privadas que trabajan con juventud. Encuentros, desde el 2004, atendiendo la situación de violencia en la que se ven involucrados miles de adolescentes y jóvenes, inicia una línea de trabajo orientado a mejorar el sistema de justicia juvenil desde una perspectiva de los derechos humanos, teniendo como referencia la Convención sobre los Derechos del Niño. La sede de Encuentros se encuentra en la ciudad de Lima, y su representante legal es el señor Oscar Vásquez Bermejo

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Anexo 2

CUADRO COMPARATIVO DE MODELOS DE JUSTICIA JUVENIL

El juicio reconcilia a las partes

El juicio separa a las partes

Se reconoce el rol del agresor, la víctima y la

comunidad

El Estado tiene monopolio para ocuparse del agravio

cometido

Se logra un balance a través de un acto o acción positiva

por parte del infractor

El balance es entre el mal causado por el infractor y el castigo que se aplica al que

delinquió

Las necesidades de la víctima son importantes

Las necesidades de la víctima no son atendidas

La justicia une La justicia divide Se denuncia el agravio Se denuncia al agresor

El infractor restituye o repara el daño causado

Castigo por hacer algo malo y que al final no es útil para la

persona que obró mal

Orientación al futuro Orientación al pasado Reparación Castigo

Responsabilidad Culpabilidad

Un delito es un acto en contra de otra persona y de

la comunidad

Un delito es un acto en contra del Estado, una violación de

la ley, una idea abstracta

RESTAURATIVA RETRIBUTIVA

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Conceptos relacionados al modelo de Justicia Restaurativa

El adolescente cuando no toma conciencia del daño causado a las víctimas, de la necesidad de repararlo y no comprende el desastre social que su acción provocó, tiende a repetir sus delitos; mientras tanto, las víctimas, al no conocer las circunstancias en que el adolescente actuó, tienen rabia y dolor toda su vida. En consecuencia, la comunidad pide penas más largas y severas para los infractores juveniles. La experiencia muestra que la aplicación del modelo de Justicia Juvenil Restaurativa puede ayudar a resolver a estos acontecimientos.

¿Que es la Justicia Juvenil Restaurativa?

Más que una herramienta del sistema de justicia penal, la Justicia Restaurativa es un nuevo modelo de justicia relativamente novedoso; es un proceso donde todos los involucrados en un incidente o delito, es decir el infractor, la víctima y la comunidad, se reúnen para resolver colectivamente cómo tratar las consecuencias del incidente y sus implicaciones para el futuro. Para el responsable de un delito, la Justicia Restaurativa ofrece una verdadera oportunidad de asumir el hecho y reparar su relación con la víctima y la comunidad. Aunque todos los responsables de un delito pueden tener una o mil excusas para su comportamiento, el responsable puede crecer emocionalmente de este proceso al conocer el contexto personal de la víctima.

Un verdadero programa de Justicia Restaurativa se base en cinco criterios:

1. La Justicia Restaurativa busca un sentido pleno y directo de responsabilidad: La responsabilidad va más allá de que los adolescentes infractores comprendan que han violado a ley penal; también tienen que enfrentarse con las víctimas a quienes hayan causado daños y comprender cómo sus acciones han perjudicado a otras personas y a su comunidad. Es de esperar que los infractores expliquen (¡y no justifiquen!) su conducta, de modo que el agredido y la comunidad puedan tratar de entenderla. También se sobreentiende que los infractores tomen medidas para reparar / restaurar el daño provocado.

2. La Justicia Restaurativa intenta subsanar lo que haya destruido: ¿Qué necesita la víctima para sanarse, recuperarse y recobrar un sentido de seguridad? Las victimas pueden necesitar información; pueden necesitar la posibilidad de expresar su ira hacia las personas que les han hecho daño; pueden necesitar la reparación de dichos daños. Tal vez los infractores también necesitan sanar; liberarse de los sentimientos de culpa y del temor; resolver los conflictos o problemas subyacentes que condujeron al delito; tener la oportunidad de reparar los daños causados.

3. La Justicia Restaurativa busca la participación plena y el consenso total: Esto significa que las victimas y los infractores intervienen en el proceso, y que también se abren las puertas a otras personas que consideren que se han vulnerado sus intereses (por ejemplo, aquellos vecinos que ya no se sienten seguros debido a la criminalidad existente en su barrio).

4. La Justicia Restaurativa intenta reagrupar lo que se haya dividido: El delito provoca divisiones entre las personas y dentro de las comunidades. El proceso restaurativo se dirige a reconciliar a la victima y al infractor, y a que ambos se reintegren en la comunidad. Se debe guiar tanto a uno como al otro hacia un futuro en que se vean liberados de su pasado, donde ya no se les defina principalmente por el daño que hayan infligido o sufrido.

5. La Justicia Restaurativa intenta fortalecer a la comunidad con el fin de evitar futuros perjuicios: La criminalidad provoca perjuicios, pero al mismo tiempo la criminalidad pude poner al descubierto determinadas injusticias preexistentes. Las mismas pueden ser de carácter personal (como por ejemplo, una vieja rencilla entre el “infractor” y la “víctima” que dé lugar a una conducta criminal). También pueden ser desigualdades sistemáticas por razones de origen

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racial o posición económica, que si bien no justifica la conducta del infractor, deben resolverse para fortalecer a la comunidad y convertirla en un lugar justo y seguro donde se puede vivir.

El funcionamiento práctico de la Justicia Restaurativa se basa sobre cuatro pilares:

1. La Compensación: Se pide disculpas, las victimas se sienten muy satisfechas cuando reciben la palabra del ofensor disculpándose, es una actitud sincera, -como se asegura este cambio- Se compromete a conseguir trabajo, asistir al colegio, no frecuentar más a los lugares de expendio de bebidas alcohólicas, participar a actividades deportivas, devolver lo robado, entregar sus recursos mal habidos a los pobres, etc.

2. La Reintegración: Se trata del reingreso de la persona en la vida de la comunidad como un miembro completo, productivo y que contribuye. Tanto la victima como el ofensor pueden necesitar ayuda, se les debe tratar con dignidad, los dotes y habilidades que tienen deben ser respetados, motivarlos a que hagan uso de ellos.

3. El Encuentro: La victima y el ofensor se encuentran, tienen una reunión o varias, en esto pueden involucrar a la comunidad. Se analiza como salir de este conflicto, conociendo la verdad de propia voz del infractor y de la víctima o de sus familiares, se busca la comprensión, la tolerancia y el entendimiento, se puede llegar a algún acuerdo.

4. La Participación: El reconocimiento de la falta es muy importante; se quiere que los ofensores hablen, no sus abogados, lo mismo en el caso de la víctima, debe participar para saber que esta sintiendo. Juntos víctima y ofensor pueden abordar alternativas de solución que no estaban contemplados; se puede analizar la compensación (compromiso de pagar cierto dinero, trabajar para la víctima, ayudar en su trabajo…), la reintegración (se evita el encarcelamiento, se ponen condiciones para el acuerdo, se ven las necesidades mutuas, se ayuda a otras victimas).

Es importante señalar también que la Justicia Restaurativa reduce en forma significativa los costos para el sistema de administración de justicia, pues el proceso es muy simple y ofrece mayores oportunidades que la justicia retributiva (es decir castigadora / punitiva) para iniciar un proceso educativo con el adolescente porque, frente a la víctima, asume más responsabilidad por lo dañino de su acción.

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Anexo 3

Medidas alternativas a la Privación de la Libertad

Objetivos: "Resolver conflictos

"Establecer la paz entre la(s)víctima(s) y el infractor

"Poner en duda el derecho exclusivo del Estado para aplicar un �castigo�

"Promover medida socio-educativa vs. penas punitivas Antes del juicio:

� En lugar de un proceso: desviación Durante el juicio:

� En lugar de la condena Después del juicio:

� En lugar de una sanción

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Anexo 4

EQUIPO DE ACOMPAÑAMIENTO EDUCATIVO (EACE)

Contraparte Personal Rol

Educador 1

Educador 2

• Mediador • Diseño de plan socio �educativo con

equipo • Acompañamiento individual para abordar

responsabilización, desarrollo personal y derechos, en sede y en ámbitos de socialización (familia, escuela, trabajo)

• Diseño y desarrollo de talleres grupales • Acompañamiento en situación de

servicio a la comunidad e ingreso a Urs

Trabajador social

• Diseño de plan socio educativo con equipo

• Orientación con cada familia • Talleres, jornadas, encuentros con

familias

Equipo educativo

Coordinador de redes

• Identificación de instituciones receptoras • Diseño de plan socio educativo con

equipo • Establecimiento y seguimiento de

acuerdos con instituciones receptoras • Promover una cultura de JJR en la

comunidad y a nivel de las instituciones locales

Equipo de sostén Colaborador 1

Colaborador 2

• Diseño del plan socio educativo con equipo

• Apoyo y soporte diario en comunidad • Recojo de situaciones, necesidades y

demandas del adolescente y su familia • Canalización de ayuda inmediata en

situaciones de crisis

Asesor de equipos Analista psico-social

• Soporte a miembros de equipos • Asesoría en el trabajo de equipos

(supervisión y discusión de casos) • Capacitación y formación permanente de

equipos • Capitalización de la experiencia