PROVINCIA DE MENDOZA - Gobierno de...

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LEYES Pág. Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia 11.897 Ministerio de Hacienda y Finanzas 11.904 Ministerio de Economía Infraestructura y Energía 11.905 DECRETOS Ministerio de Economía Infraestructura y Energía 11.910 FALLOS Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza 11.917 RESOLUCIONES Mrio. de Salud Desarrollo Social y Deportes 11.918 Fiscalía de Estado 11.918 Secretaría de Cultura 11.919 Administ. Prov. del Fondo para la Transformación 11.934 SECCION GENERAL Contratos Sociales 11.949 Convocatorias 11.951 Irrigación y Minas 11.952 Remates 11.952 Concursos y Quiebras 11.953 Títulos Supletorios 11.961 Notificaciones 11.963 Sucesorios 11.973 Mensuras 11.976 Avisos Ley 11.867 11.978 Avisos Ley 19.550 11.978 Licitaciones 11.982 Fe de Erratas 11.984 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N° 94397 AÑO CXVII MENDOZA, JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2016 N° 30.272 Aparece todos los días hábiles FUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899 PROVINCIA DE MENDOZA GOBERNADOR Lic. Alfredo V. Cornejo VICEGOBERNADOR Ing. Laura Montero MINISTRO DE GOBIERNO TRABAJO Y JUSTICIA Mg. Dalmiro Fabián Garay Cueli MINISTRO DE SEGURIDAD Dr. Gianni Andrés Patricio Venier MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS C.P. Pedro Martín Kerchner MINISTRO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES Dr. Rubén Alberto Giacchi MINISTRO DE ECONOMIA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGIA Lic. Enrique Andrés Vaquié PODER EJECUTIVO Sumario LEYES MINISTERIO DE GOBIERNO TRABAJO Y JUSTICIA ______ LEY Nº 8.948 El Senado y Cámara de Dipu- tados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de L E Y: Artículo 1º - Ratifíquese el Decre- to N° 1.902 de fecha 27 de diciembre de 2.016, que como Anexo forman parte de la presente ley, por el cual se homologaron las Actas-Acuerdo y Ac- tas Acuerdo Aclaratorias, celebradas en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, suscriptas por Si.Tra.Vi., U.P.C.N., A.T.E., A.P.O.C., S.U.T.E., A.T.S.A., A.M.PROS., APEL y el Estado Provincia Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN EL RECINTO DE SE- SIONES DE LA HONORABLE LE- GISLATURA, DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. Laura Montero Vicegobernadora Presidenta H. Senado Diego Mariano Seoane Secretario Legislativo H. Cámara de Senadores Néstor Parés Presidente H. Cámara de Diputados María Carolina Lettry Secretaria Legislativa _______ DECRETO N° 1.924 Mendoza, 28 de diciembre de 2016 Visto el Expediente Nº 2687-D- 2016-20108 y su acumulado N° 2624-D-2016-20108, en el que a fs. 1 del Expediente citado en pri- mer término obra nota de la H. Cámara de Diputados de la Pro- vincia, recepcionada por el Poder Ejecutivo con fecha 28 de diciem- bre de 2016, mediante la cual co- munica la Sanción N° 8948, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1° - Téngase por Ley de la Provincia la Sanción N° 8948. Artículo 2° - El presente decre- to será refrendado por los seño- res Ministros de Gobierno, Traba- jo y Justicia y de Hacienda y Fi- nanzas. Artículo 3° - Comuníquese, pu- blíquese, dése al Registro Oficial y archívese. ALFREDO V. CORNEJO Dalmiro Garay Cueli Pedro Martín Kerchner _______ ANEXO DECRETO Nº 1.902 Mendoza, 27 de diciembre de 2016 Visto los exptes. N° 2565-D- 2016-20108, Nº 2566-D-2016- 20108, 2567-D-2016-20108, 2568-D-2016-20108, 2569-D- 2016-20108, 2570-D-2016-20108, 2571-D-2016-20108, 2572-D- 2016-20108, 2573-D-2016-20108, 2574-D-2016-20108, 2575-D- 2016-20108, 2576-D-2016-20108, 2579-D-2016-20108, 2583-D- 2016-20108 y 2584-D-2016- 20108; donde obran copias de las Actas Acuerdo firmadas con diver- sos gremios; y CONSIDERANDO: Que esta Administración ha iniciado negociaciones paritarias con los diversos sectores que agrupan a los agentes públicos provinciales, habiéndose llegado a un acuerdo uniforme sobre el otorgamiento de una Ayuda Eco- nómica Extraordinaria, con carác- ter no remunerativo y no bonificable; Que la misma consiste en el pago de las sumas de $ 2.000.- para aquellos agentes que perci- ben un salario bruto de hasta $ 20.000.- y de $ 1.000.- para aque- llos que perciben un salario bruto de hasta $ 30.000.-, entre otras condiciones; las que serán can- celadas el 5 de enero de 2017 en todos los casos; Que en particular para el caso de los agentes comprendidos en el Régimen Salarial 15, también se ha llegado a un acuerdo por incrementos en el salario básico y en el Adicional por Riesgo Psicofísico, tal y como se des- prende de lo previsto en el Acta Acuerdo respectiva; Que todas las propuestas fue- ron aceptadas por las entidades sindicales que conforman la par- ticipación mayoritaria de los sec- tores, integrando así la voluntad de la forma prevista en la regla- mentación (artículo 3 del Decreto N° 955/04); Por ello, atento lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministe- rio de Gobierno, Trabajo y Justicia EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º - Homológuense las Actas Acuerdo suscriptas en el ám- bito de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo con los representantes de las instituciones que se detallan cuyas copias forman parte integran- te del presente decreto como Anexos cuyos números se indican, según el siguiente detalle: a) Expte. N° 2565-D-2016-20108, SI.TRA.VI. por empleados de la Dirección Provincial de Vialidad, Anexo I. b) Expte. N° 2566-D-2016-20108, U.P.C.N. por empleados de la Administración de Parques y Zoológico, Anexo II. c) Expte. N° 2567-D-2016-20108, A.T.E. por empleados del Insti- tuto Provincial de Juegos y Casinos, Anexo III. d) Expte. N° 2568-D-2016-20108, U.P.C.N. por Dirigencia y Em- pleados del Fondo de Financiamiento de Inversiones Privadas para la Transforma- ción y el Crecimiento

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 18971

LEYES Pág.Ministerio de GobiernoTrabajo y Justicia 11.897Ministerio de Hacienday Finanzas 11.904Ministerio de EconomíaInfraestructura y Energía 11.905DECRETOSMinisterio de EconomíaInfraestructura y Energía 11.910FALLOSTribunal de Cuentas dela Provincia de Mendoza 11.917RESOLUCIONESMrio. de Salud DesarrolloSocial y Deportes 11.918Fiscalía de Estado 11.918Secretaría de Cultura 11.919Administ. Prov. del Fondopara la Transformación 11.934SECCION GENERALContratos Sociales 11.949Convocatorias 11.951Irrigación y Minas 11.952Remates 11.952Concursos y Quiebras 11.953Títulos Supletorios 11.961Notificaciones 11.963Sucesorios 11.973Mensuras 11.976Avisos Ley 11.867 11.978Avisos Ley 19.550 11.978Licitaciones 11.982Fe de Erratas 11.984

Registro Nacional de laPropiedad Intelectual N° 94397

AÑO CXVII MENDOZA, JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2016 N° 30.272

Aparece todos los d ías hábi lesFUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899

PROVINCIA DE MENDOZA

GOBERNADORLic. Alfredo V. Cornejo

VICEGOBERNADORIng. Laura Montero

MINISTRO DE GOBIERNOTRABAJO Y JUSTICIA

Mg. Dalmiro Fabián Garay CueliMINISTRO DE SEGURIDAD

Dr. Gianni Andrés Patricio VenierMINISTRO DE HACIENDA

Y FINANZASC.P. Pedro Martín Kerchner

MINISTRO DE SALUD,DESARROLLO SOCIAL

Y DEPORTESDr. Rubén Alberto GiacchiMINISTRO DE ECONOMIA,

INFRAESTRUCTURAY ENERGIA

Lic. Enrique Andrés Vaquié

PODER EJECUTIVO

SumarioLEYES

MINISTERIODE GOBIERNO TRABAJO

Y JUSTICIA______

LEY Nº 8.948

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendoza,sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º - Ratifíquese el Decre-to N° 1.902 de fecha 27 de diciembrede 2.016, que como Anexo formanparte de la presente ley, por el cual sehomologaron las Actas-Acuerdo y Ac-tas Acuerdo Aclaratorias, celebradasen el ámbito de la Subsecretaría deTrabajo y Empleo, suscriptas porSi.Tra.Vi., U.P.C.N., A.T.E., A.P.O.C.,S.U.T.E., A.T.S.A., A.M.PROS., APEL yel Estado Provincia

Artículo 2º- Comuníquese alPoder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SE-SIONES DE LA HONORABLE LE-GISLATURA, DE LA PROVINCIA DEMENDOZA, a los veintiocho díasdel mes de diciembre del año dosmil dieciséis.

Laura MonteroVicegobernadora

Presidenta H. SenadoDiego Mariano SeoaneSecretario Legislativo

H. Cámara de SenadoresNéstor Parés

PresidenteH. Cámara de Diputados

María Carolina LettrySecretaria Legislativa

_______

DECRETO N° 1.924

Mendoza, 28 de diciembre de2016

Visto el Expediente Nº 2687-D-

2016-20108 y su acumulado N°2624-D-2016-20108, en el que afs. 1 del Expediente citado en pri-mer término obra nota de la H.Cámara de Diputados de la Pro-vincia, recepcionada por el PoderEjecutivo con fecha 28 de diciem-bre de 2016, mediante la cual co-munica la Sanción N° 8948,

EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Téngase por Ley

de la Provincia la Sanción N° 8948.Artículo 2° - El presente decre-

to será refrendado por los seño-res Ministros de Gobierno, Traba-jo y Justicia y de Hacienda y Fi-nanzas.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJODalmiro Garay CueliPedro Martín Kerchner

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ANEXO

DECRETO Nº 1.902

Mendoza, 27 de diciembre de2016

Visto los exptes. N° 2565-D-2016-20108, Nº 2566-D-2016-20108, 2567-D-2016-20108,2568-D-2016-20108, 2569-D-2016-20108, 2570-D-2016-20108,2571-D-2016-20108, 2572-D-2016-20108, 2573-D-2016-20108,2574-D-2016-20108, 2575-D-2016-20108, 2576-D-2016-20108,2579-D-2016-20108, 2583-D-2016-20108 y 2584-D-2016-20108; donde obran copias de lasActas Acuerdo firmadas con diver-sos gremios; yCONSIDERANDO:

Que esta Administración hainiciado negociaciones paritariascon los diversos sectores queagrupan a los agentes públicos

provinciales, habiéndose llegadoa un acuerdo uniforme sobre elotorgamiento de una Ayuda Eco-nómica Extraordinaria, con carác-ter no remunerativo y nobonificable;

Que la misma consiste en elpago de las sumas de $ 2.000.-para aquellos agentes que perci-ben un salario bruto de hasta $20.000.- y de $ 1.000.- para aque-llos que perciben un salario brutode hasta $ 30.000.-, entre otrascondiciones; las que serán can-celadas el 5 de enero de 2017 entodos los casos;

Que en particular para el casode los agentes comprendidos enel Régimen Salarial 15, tambiénse ha llegado a un acuerdo porincrementos en el salario básicoy en el Adicional por RiesgoPsicofísico, tal y como se des-prende de lo previsto en el ActaAcuerdo respectiva;

Que todas las propuestas fue-ron aceptadas por las entidadessindicales que conforman la par-ticipación mayoritaria de los sec-tores, integrando así la voluntadde la forma prevista en la regla-mentación (artículo 3 del DecretoN° 955/04);

Por ello, atento lo dictaminadopor Asesoría Letrada del Ministe-rio de Gobierno, Trabajo y Justicia

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Homológuense las

Actas Acuerdo suscriptas en el ám-bito de la Subsecretaría de Trabajoy Empleo con los representantes delas instituciones que se detallancuyas copias forman parte integran-te del presente decreto comoAnexos cuyos números se indican,según el siguiente detalle:a) Expte. N° 2565-D-2016-20108,

SI.TRA.VI. por empleados de laDirección Provincial deVialidad, Anexo I.

b) Expte. N° 2566-D-2016-20108,U.P.C.N. por empleados de laAdministración de Parques yZoológico, Anexo II.

c) Expte. N° 2567-D-2016-20108,A.T.E. por empleados del Insti-tuto Provincial de Juegos yCasinos, Anexo III.

d) Expte. N° 2568-D-2016-20108,U.P.C.N. por Dirigencia y Em-pleados del Fondo deFinanciamiento de InversionesPrivadas para la Transforma-ción y el Crecimiento

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201618981

Socioeconómico de la Provin-cia de Mendoza, Anexo IV.

e) Expte. N° 2569-D-2016-20108,A.T.E. por empleados del EnteProvincial del Agua y de Sanea-miento, Anexo V.

f) Expte. N° 2570-D-2016-20108,A.T.E. y U.P.C.N. por emplea-dos de la Subsecretaría deTrabajo y Empleo del Ministe-rio de Gobierno, Trabajo y Jus-ticia, Anexo VI.

g) Expte. N° 2571-D-2016-20108,A.P.O.C. por empleados del H.Tribunal de Cuentas, Anexo VII.

h) Expte. N° 2572-D-2016-20108,S.U.T.E. por empleados de laDirección General de Escue-las: Docentes y Celadores,Anexo VIII.

i) Expte. N° 2573-D-2016-20108,A.T.E. y A.T.S.A. por empleadosdependientes del Régimen 15(Salud), Anexo IX.

j) Expte. N° 2574-D-2016-20108,A.T.E. y U.P.C.N. por trabajado-res Guardaparques, Anexo X.

k) Expte. N° 2575-D-2016-20108,A.T.E. y U.P.C.N. por emplea-dos de la Administración Cen-tral, Anexo XI.

l) Expte. N° 2576-D-2016-20108,A.M.PROS por empleados de-pendientes del Régimen 27(Salud), Anexo XII.

m) Expte. N° 2579-D-2016-20108,A.T.E. por empleados de lasHonorables Cámaras de Dipu-tados y Senadores, Anexo XIII.

n) Expte. N° 2583-D-2016-20108,A.P.O.C por empleados de Fis-calía de Estado, Anexo XIV.

o) Expte. N° 2584-D-2016-20108,A.P.O.C por empleados de laContaduría General de la Pro-vincia Anexo XV.Artículo 2º - Autorícese al Minis-

tro de Hacienda y Finanzas a rea-lizar los ajustes presupuestariospertinentes a efectos de hacer fren-te al pago acordado por el artículoprimero.

Artículo 3º - El presente decre-to será refrendado por los Minis-tros de Economía, Infraestructuray Energía y de Hacienda y Finan-zas, de Gobierno, Trabajo y Justi-cia, de Salud, Desarrollo Social yDeportes.

Artículo 4º - El presente decre-to se dicta ad referéndum de la Ho-norable Legislatura Provincial.

Artículo 5º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJODalmiro Garay CueliEnrique Andrés VaquiéRubén Alberto Giacchi

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ANEXO IEn la ciudad de Mendoza, a los

16 días del mes de diciembre de2016, siendo las 19:00 hs. com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Sr. OsvaldoMarin en carácter de Jefe de Divi-sión de Conflictos Colectivos. A talefecto comparecen por Sindicatode Trabajadores Viales: Dr.Claudio Diaz, Sr. Jorge Bastias yLic. Marcelo Scola; por la DirecciónProvincial de Vialidad: Ctdra. Su-sana Chamizo; por Ministerio deHacienda y Finanzas: Ctdor. Anto-nio Bizotto; por Cuerpo ParitarioCentral: Luis Santamaria. Abiertoel acto por el funcionario actuantey cedida la palabra a la represen-tación del ejecutivo expresa que:es voluntad del Estado dar co-mienzo a la discusión paritariasalarial, ello en el marco de la au-torización presupuestaria votadapor la Legislatura Provincial y enel convencimiento de que el es-pacio paritario responsable esbeneficioso para los empleados ypara la comunidad toda, que reci-be los servicios públicos que elEstado brinda. En tal contexto, yen el marco de la discusión sala-rial se propone a los empleadosrepresentados por la entidad sin-dical: 1- Una ayuda económicaextraordinaria, a ser cancelada el5 de enero del año 2017 a todoslos trabajadores de la DirecciónProvincial de Vialidad, que consis-te en: pesos dos mil ($ 2000) paraaquellos agentes que percibanhasta pesos veinte mil ($ 20.000)de salario bruto, de pesos mil ($1000) para aquellos que percibanhasta pesos treinta mil ($ 30.000)de salario bruto, con las siguien-tes consideraciones: a- La ayudaextraordinaria es por persona, b-Los montos de haberes que indi-can que el monto de ayuda le co-rresponde a cada caso será elque resulte de sumar todos loshaberes brutos de cada personacorrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes deNoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; f- Que estaayuda significa un esfuerzo consi-derable por parte del Poder Eje-cutivo hacia los sectores con me-nores ingresos dentro de la admi-nistración pública, por lo tanto elmonto del bono reviste el carácter

de máximo y único que la admi-nistración puede afrontar. g- Seaclara que en el caso de los tra-bajadores contratados, la instru-mentación de la "ayuda económi-ca extraordinaria" la dispondrá elPoder Ejecutivo en los mismostérminos explicitados respecto delpersonal de planta en los regíme-nes involucrados en este acta. 2-Respecto de la discusión de lapauta de aumento salarial del año2017, se da por abierta la misma.Cedida la palabra a la represen-tación del Sindicato deTrabajdores Viales expresa que:solicitamos que a los fines de serevaluado por sus representadosla aceptación o rechazo de la mis-ma, daremos a conoceer la res-puesta por escrito antes del 22 dediciembre de 2016. Con respectoa la apertura paritaria solicitamosfecha para el día 2 de febrero de2017 a las 09:00 hs, a los fines decontinuar con la negociación de laparitaria salarial. El funcionarioactuante fija fecha de audienciapara el día 2 de febrero de 2017 alas 09:00 hs. Ante este Organis-mo, quedando las partes presen-tes notificadas de conformidad eneste mismo acto. Con lo que sedio por finalizado, siendo las 19:30hs. firmando las partes por ante elfuncionario que suscribe y certifi-ca.

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ANEXO ISindicato de Trabajadores

Viales de Mendoza

Mendoza, 20 de diciembre del2016Sr. Subsecretario de Trabajode la Provincia de MendozaDr. Alejandro Jofre

REF. AYUDA ECONÓNICAFIN DE AÑO

Por la presente me dirijo a Ud.motivado en la decisión del Eje-cutivo Provincial, de ofrecer a losempleados de la Dirección Provin-cial de Vialidad una ayuda econó-mica, destinada a compensar enuna pequeña medida la pérdidadel poder adquisitivo que se le haocasionado a todos asalariados,productos de la elevada inflaciónsufrida este año, como así tam-bién haber tenido que soportar in-crementos en tarifas en serviciose impuestos, lo cual no se com-pensó en el ámbito de la paritariacorrespondiente. En virtud queesta decisión del Poder Ejecutivono es facultad de la Paritaria Pro-vincial su aceptación o no, es porello, que le comunicamos queesta institución no se opone a nin-gún tipo pago extraordinario cual-quiera sea su monto, siempre que

el mismo llegue al bolsillo de lostrabajadores.

A pesar de no oponernos alpago de dicha suma de dinero acasi todos los trabajadores vialesde la Provincia de Mendoza, noqueremos dejar de resaltar queconsideramos injusto por parte delempleador, en este caso el gobier-no provincial se tome dentro delingreso bruto del trabajador losítem desarraigo, viáticos y horasextras, ya que los primeros sonuna compensación de gastos decomida para todos los trabajado-res que permanecen en sus acti-vidades laborales más de 7 hs.diarias, en ninguno de los ítempodemos decir que son ingresosnormales y habituales, los mis-mos son aleatorios debido a lanecesidad de servicio de la repar-tición, lo cual hacen variable el in-greso del trabajador todos losmeses, pudiéndose provocar al-gunas inequidades al momentode liquidar el ítem, la liquidacióndependerá solo de los ingresospercibidos en el mes de noviem-bre, sin tener en cuenta, que si elresto de los meses del año susingresos brutos fueron inferioresa $ 20.000 (pesos veinte mil) y porcuestiones extraordinarias esemes superó dicho monto se verádisminuida la ayuda económicaen un 50% del valor dispuesto porel Gobierno de la Provincia y enalgunos casos se reduciría en el100%.

Sin perjuicio de lo aquí expues-to esta institución no se opone quese otorgue a los trabajadores via-les la ayuda económica dispues-ta por el Poder Ejecutivo Provin-cial.

Sin más aprovechamos laoportunidad para saludarlo enestas próximas fiestas de Navidady Año Nuevo, deseando que el año2017 se pueda encontrar en nues-tra Provincia la forma mejorar susituación y de este modo la situa-ción de todos los mendocinos.Atte.

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ANEXO IIACTA ACUERDO

Parque y ZooEn la ciudad de Mendoza, a los

22 días del mes de diciembre de2016, siendo las 11:00 hs. Com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, ante el Sr. Subsecretariode Trabajo: Alejandro Jofré, porATE: Joaquín Tolosa, GustavoEspíndola, Victor Oviedo; porUPCN: Dante Guaquinchay, LauraMartinez; por Ministerio de Gobier-no: Ulpiano Suarez; por Ministeriode Hacienda y Finanzas: AndreaMolina, por Cuerpo Paritario Cen-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 18991

tral: Luis Santamaria. Abierto elacto por el funcionario actuante laspartes acuerdan: 1- Estableceruna ayuda económica extraordi-naria, a ser cancelada el 5 de ene-ro del año 2017 a todos los traba-jadores de la Administración deParques y Zoo, que consiste en:Pesos dos mil ($ 2000) para aque-llos agentes que perciban hastapesos veinte mil ($ 20,000) de sa-lario bruto, de pesos mil ($ 1000)para aquellos que perciban hastapesos treinta mil ($ 30.000) de sa-lario bruto, con las siguientes con-sideraciones: a- La ayuda extraor-dinaria es por persona, b- Losmontos de haberes que indicanque el monto de ayuda le corres-ponde a cada caso será el queresulte de sumar todos los habe-res brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes denoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; 2- Se esta-blece la próxima fecha de audien-cia para el día 31 de enero de 2017a las 10:00 hs., ante este Orga-nismo, quedando las partes fir-mantes notificadas de conformi-dad. Con lo que se dio por finali-zado, firmando por ante el funcio-nario que suscribe y certifica.

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ANEXO IIIACTA ACUERDO IPJC

En la ciudad de Mendoza, a los22 días del mes de diciembre de2016, siendo las 09:00 hs. Com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, ante el Sr. Subsecretariode Trabajo: Alejandro Jofré; porATE: Cristian Paez; por UPJCM:Martin Cain, Roberto Ponce,Homero Di Berardino, Victor Na-vas; por Ministerio de Gobierno:Ulpiano Suarez; por Ministerio deHacienda y Finanzas: AndreaMolina; por Cuerpo Paritario Cen-tral: Luis Santamaria; por IPJyC:Alejandro Bardin, Santiago Corti.Abierto el acto por el funcionarioactuante las partes acuerdan: 1-Establecer una ayuda económicaextraordinaria, a ser cancelada el5 de enero del año 2017 a todoslos trabajadores del IPJC, queconsiste en: Pesos dos mil ($2000) para aquellos agentes que

perciban hasta pesos veinte mil($ 20.000) de salario bruto, de pe-sos mil ($ 1000) para aquellos queperciban hasta pesos treinta mil($ 30.000) de salario bruto, con lassiguientes consideraciones: a- laayuda extraordinaria es por perso-na, b- Los montos de haberes queindican que el monto de ayuda lecorresponde a cada caso será elque resulte de sumar todos loshaberes brutos de cada personacorrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes denoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; 2- Se esta-blece la próxima fecha de audien-cia para el día 30 de enero de 2017a las 10:00 hs. en reemplazo de laestablecida para el día 30 de ene-ro de 2017, ante este Organismo,quedando las partes firmantesnotificadas de conformidad. Conlo que se dio por finalizado, firman-do por ante el funcionario que sus-cribe y certifica.

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ANEXO IVACTA ACUERDO

En la ciudad de Mendoza, a los20 días del mes de diciembre de2016, siendo las 11:00 hs. com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Jefe de la Divi-sión de Conflictos Colectivos el Dr.Martin Antonaia; por ATE: MihailZagorac; por UPCN: MarianaBarrionuevo; por la Dirigencia delFondo para la Transformación:Ctdra. Sonia Hebe Ficiara, por losempleados del Fondo para laTransformación: Ctdra. PaveskaVerónica Edith y Dr. Javier A. Nudo;por Cuerpo Paritario Central: LuisSantamaria. Abierto el acto por elfuncionario actuante las partesacuerdan: 1- Establecer una ayu-da económica extraordinaria, a sercancelada el 5 de enero del año2017 a todos los trabajadores delFondo para la Transformación,que consiste en: Pesos dos mil ($2000) para aquellos agentes queperciban hasta pesos veinte mil($ 20.000) de salario bruto, de pe-sos mil ($ 1000) para aquellos queperciban hasta pesos treinta mil($ 30.000) de salario bruto, con lassiguientes consideraciones: a- Laayuda extraordinaria es por perso-

na, b- Los montos de haberes queindican que el monto de ayuda lecorresponde a cada caso será elque resulte de sumar todos los ha-beres brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes denoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable. Cedida lapalabra a la representación de ATEmanifiesta que: acatando el man-dato de los trabajadores del Fon-do de la Transformación, el cualdictaminó por amplia mayoría laaceptación del bono de fin de año,esta entidad acepta lo ofrecido porel ejecutivo. Asimismo se incorpo-ra al expediente planillas de vota-ción de los trabajadores dondeconsta el consenso mayoritariopor la aceptación, quedando laspartes firmantes notificadas deconformidad. Cedida la palabra ala representación de UPCN mani-fiesta que: ratifica la conformidadprestada por los compañeros delFondo para la Transformación,que por votación de los mismosAceptan la ayuda económica ofre-cida por el ejecutivo provincial. Conlo que se dio por finalizado el acto,firmando por ante el funcionarioque suscribe y certifica.

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ANEXO VACTA ACUERDO

En la ciudad de Mendoza, a los20 días del mes de diciembre de2016, siendo las 11:00 hs. com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Jefe de la Divi-sión de Conflictos Colectivos el Dr.Martin Antonaia; por ATE: MihailZagorac y Guillermo Moujan; porel Directorio de EPAS: el Dr. JuanEduardo Salvador; por Ministeriode Gobierno Trabajo y Justicia:Ulpiano Suarez; por el Ministeriode Hacienda y Finanzas: AndreaMolina. Abierto el acto por el fun-cionario actuante las partes acuer-dan: 1- Establecer una ayuda eco-nómica extraordinaria, a ser can-celada el 5 de enero del año 2017a todos los trabajadores del EnteProvincial del Agua y Saneamien-to, que consiste en: Pesos dos mil($ 2000) para aquellos agentesque perciban hasta pesos veintemil ($ 20.000) de salario bruto, de

pesos mil ($ 1000) para aquellosque perciban hasta pesos treintamil ($ 30.000) de salario bruto, conlas siguientes consideraciones:a- La ayuda extraordinaria es porpersona, b- Los montos de habe-res que indican que el monto deayuda le corresponde a cada casoserá el que resulte de sumar to-dos los haberes brutos de cadapersona correspondientes a la li-quidación mensual pagada en elmes de noviembre de 2016, sintener en cuenta las asignacionesfamiliares ni los ajustes por pa-gos de retroactividades, c- Estaayuda económica extraordinariano será aplicable a todas las per-sonas que ostenten un cargocomo funcionario político. d- Nocorresponde la ayuda económicaa quienes hayan cumplido menosde la mitad de las obligacionesmensuales del mes base. e- Estaayuda tendrá el carácter de no re-munerativo y no bonificable. Cedi-da la palabra a la representaciónde ATE manifiesta que: acatandoel mandato de los trabajadores delEPAS, el cual dictaminó por am-plia mayoría la aceptación del bonode fin de año, esta entidad aceptalo ofrecido por el ejecutivo. Asimis-mo se incorpora al expediente pla-nillas de votación de los trabaja-dores donde consta el consensomayoritario por la aceptación, que-dando las partes firmantes notifi-cadas de conformidad. Con lo quese dio por finalizado el acto, firman-do por ante el funcionario que sus-cribe y certifica.

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ANEXO VIACTA ACUERDO

En la ciudad de Mendoza, a los20 días del mes de diciembre de2016, siendo las 10:15 hs. com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Sr. OsvaldoMarin en carácter de Jefe de Divi-sión de Conflictos Colectivos; porATE: Mihail Zagorac, JoaquínTolosa, Nilda Klein; por UPCN:Dante Guaquinchay, MarianaBarrionuevo; Por Ministerio deGobierno, Trabajo y Justicia:Ulpiano Suarez; por Ministerio deHacienda y Finanzas: AndreaMolina; por Cuerpo Paritario Cen-tral: Luis Santamaria; por Subse-cretaría de Trabajo y Empleo:Martin Antonaia. Abierto el acto porel funcionario actuante las partesacuerdan: 1- Establecer una ayu-da económica extraordinaria, a sercancelada el 5 de enero del año2017 a todos los trabajadores dela Subsecretaría de Trabajo, queconsiste en: Pesos dos mil ($2000) para aquellos agentes queperciban hasta pesos veinte mil

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($ 20.000) de salario bruto, de pe-sos mil ($ 1000) para aquellos queperciban hasta pesos treinta mil($ 30.000) de salario bruto, con lassiguientes consideraciones: a- Laayuda extraordinaria es por perso-na, b- Los montos de haberes queindican que el monto de ayuda lecorresponde a cada caso será elque resulte de sumar todos los ha-beres brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes denoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; 2- Se esta-blece la próxima fecha de audien-cia para el día 27 de enero de 2016a las 10:00 hs. ante este Organis-mo, quedando las partes firman-tes notificadas de conformidad.Con lo que se dio por finalizado,firmando por ante el funcionarioque suscribe y certifica.

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ANEXO VIIACTA ACUERDO

Tribunal de CuentasEn la ciudad de Mendoza a los

22 días del mes de diciembre de2016 siendo las 10:00 hs. com-parecen ante esta Subsecretaríade Trabajo y Empleo, por ante elSr. Director de Relaciones Colec-tivas, Martin Antonaia; por APOClas Sras. Adriana Fondere y Ale-jandra Arias; por ATE: JoaquínTolosa, Rubén Damiani; por el Ho-norable Tribunal de Cuentas Sres.Julio Braconi, Jorge Alberto Peña;por Ministerio de Hacienda: AndreaMolina; por Ministerio de Gobier-no, Trabajo y Justicia: UlpianoSuarez; por el Cuerpo ParitarioCentral; el Dr. Luis Santamaria.Abierto el acto por el funcionarioactuante las partes acuerdan: 1-Establecer una ayuda económicaextraordinaria, a ser cancelada el5 de enero del año 2017 a todoslos trabajadores del Tribunal deCuentas, que consiste en: Pesosdos mil ($ 2000) para aquellosagentes que perciban hasta pe-sos veinte mil ($ 20.000) de sala-rio bruto, de pesos mil ($ 1000)para aquellos que perciban hastapesos treinta mil ($ 30.000) de sa-lario bruto, con las siguientes con-sideraciones: a- La ayuda extraor-dinaria es por persona, b- Los

montos de haberes que indicanque el monto de ayuda le corres-ponde a cada caso será el queresulte de sumar todos los habe-res brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes denoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; 2- Se esta-blece la próxima fecha de audien-cia para el día 7 de febrero de 2017a las 10:00 hs., ante este Orga-nismo, quedando las partes fir-mantes notificadas de conformi-dad. Con lo que se dio por finali-zado, firmando por ante el funcio-nario que suscribe y certifica.

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ANEXO VIIIEn la ciudad de Mendoza, a los

22 días del mes de diciembre de2016, siendo las 16:00 hs. Com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, ante el Sr. Subsecretariode Trabajo: Martin Antonaia Direc-tor de Conflictos Colectivo y el Sr.Jefe de Conflictos Colectivos:Osvaldo Marin; por SUTE: AdriánMateluna, Nidia Ibáñez, LilianaChaves, Cristina Raso y AmaliaAbucet, todos con el asesoramien-to del Dr. Hector Santander; por Mi-nisterio de Gobierno: UlpianoSuárez; por Ministerio de Hacien-da y Finanzas: Andrea Molina; porCuerpo Paritario Central: LuisSantamaria; por DGE: FranciscoFernández y Gabriel Sciola. Abier-to el acto por el funcionario actuan-te y cedida la palabra a la a laspartes Acuerdan: 1- Una ayudaeconómica extraordinaria, a sercancelada el 5 de enero del año2017 a todos los agentes depen-dientes de la Dirección General deEscuelas: Docentes y Celadoresde Pesos dos mil ($ 2.000) paraaquellos agentes que percibanhasta pesos veinte mil ($ 20.000)de salario bruto, de pesos mil ($1.000) para aquellos que percibanhasta pesos treinta mil ($ 30.000)de salario bruto, con las siguien-tes consideraciones: a- La ayudaextraordinaria es por persona, b-En el caso de las horas cátedrasdicha ayuda extraordinaria corres-ponde para 18 horas o más. Enlos casos que se registren enmenos de 18 horas se proporcio-

nará dicha ayuda económica ex-traordinaria a las horas correspon-dientes; c- Los montos de habe-res que indican que el monto deayuda le corresponde a cada casoserá el que resulte de sumar to-dos los haberes brutos de cadapersona correspondientes a la li-quidación mensual pagada en elmes de noviembre de 2016, sintener en cuenta las asignacionesfamiliares ni los ajustes por pa-gos de retroactividades. d- Estaayuda económica extraordinariano será aplicable a todas las per-sonas que ostenten un cargocomo funcionario político. e- Nocorresponde la ayuda económicaa quienes hayan cumplido menosde la mitad de las obligacionesmensuales del mes base. f- Estaayuda tendrá el carácter de no re-munerativo y no bonificable; 2-Respecto de la discusión de lapauta de aumento salarial del año2017, las partes acuerdan los si-guientes criterios a fin de avanzaren la misma: a- Los aumentos omodificaciones que se acuerdenimplicarán, una misma pauta deincremento para todos los docen-tes (de cualquier nivel y modali-dad) y celadores, b- Que los incre-mentos se aplicarán en los ítemsexistentes, siempre con carácterremunerativo y bonificable. c- Quela discusión salarial, en vista a alInicio del ciclo lectivo se desarro-llará de tal manera que concluyauna semana antes del inicio delciclo lectivo 2017. 3- Las partesacuerdan que darán tratamientoen este ámbito a las temáticas nosalariales inherentes a los traba-jadores de la educación. Con loque se dio por finalizado el pre-sente acto, firmando las partes porante el funcionario que suscribe ycertifica.

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ANEXO IXACTA ACUERDO

En la ciudad de Mendoza, a los22 días del mes de diciembre de2016, siendo las 13:30 hs, Com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, ante el Sr. Subsecretariode Trabajo: Alejandro Jofré; porATE: Roberto Macho, MihailZagorac, Gustavo Moreno, ArielZotelo, Adriana Iranzo, MarcosCastañeda; por Ministerio de Go-bierno: Ulpiano Suarez; por Minis-terio de Hacienda y Finanzas:Andrea Molina; por Ministerio deSalud: Rodolfo Montero. Abierto elacto por el funcionario actuante laspartes acuerdan: Una ayuda eco-nómica extraordinaria, a ser can-celada el 5 de enero del año 2017a todos los agentes dependien-tes del Régimen 15 de Pesos dos

mil ($ 2.000) para aquellos agen-tes que perciban hasta veinte milpesos de salario bruto, de pesosmil ($ 1.000) para aquellos agen-tes que perciban hasta treinta milpesos de salario bruto, con las si-guientes consideraciones: a- Laayuda extraordinaria es por perso-na, b- Los montos de haberes queindican que monto de ayuda le co-rresponde a cada caso será elque resulte de sumar todos los ha-beres brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes denoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades, c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político, d- Esta ayuda ten-drá el carácter de no remunerativoy no bonificable; e- Los trabajado-res contratados mediante contra-to de locación de servicios y losprestadores puros del régimen 15,percibirán la ayuda económicaextraordinaria en los mismos tér-minos antes detallados, debien-do instrumentarse el pago de lamisma a través de resolución delMinisterio de Salud, DesarrolloSocial y Deportes en los casos quecorresponda; 2- Un incrementosalarial para los agentes pertene-cientes al régimen Nº 15 del 17%del básico de revista en dos tra-mos: el primero del 10% al básicode revista a partir del 1 de febrerode 2017 y el segundo del 7% albásico de revista, no acumulativo,a partir del 1 de julio de 2017; 3-Un incremento en el adicional ries-go psicofísico, pasando del 70%actual al 73% a partir del 1 de fe-brero de 2017; 4- A instancia delas partes se podrá discutir en elúltimo trimestre del año 2017, enbase a la evolución de la inflacióndel año, así como la evolución dela recaudación, la pauta salarialaquí acordada. 5- Igual incremen-to al acordado en el punto 2 delpresente, se aplicará al personaldel Instituto Provincial de la Vivien-da sin afectación del AdicionalFONAVI. 6- Trabajadores Contra-tados: Un incremento del 17% endos tramos, el primero del 10% apartir del 1 de febrero de 2017, y elsegundo del 7%, no acumulativo,a partir del 1 de julio de 2017. 7-Prestadores: A través de Resolu-ción del Ministerio de Salud, De-sarrollo Social y Deportes, se dis-pondrá un incremento del 10% apartir del mes de febrero de 2017y oportunamente se comunicarápor ante esta Subsecretaría el in-cremento a otorgar en el mes dejulio de 2017. 8- En caso de otor-

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garse un incremento salarial ma-yor al aquí acordado en algún sec-tor estatal, el mismo se traslada-rá en los mismos términos a lostrabajadores de este régimen. 9-Respecto de los pases a plantadel personal se efectivizarán a tra-vés de los llamados a concursoque correspondan y en relación alos agentes vinculados por con-tratos de locación de servicio oprestadores períodos 2015 y2016, tendrán derecho a participaren los concursos con un recono-cimiento de su antigüedad comoantecedente a valorar en dicha ins-tancia; 10- Comenzar el 3 de mar-zo del 2017 a las 09:00 hs. en sedede la Subsecretaría de Trabajo ladiscusión y tratamiento del Con-venio Colectivo de Trabajo del sec-tor de salud y desarrollo socialRégimen 15, y asimismo confor-mar las comisiones de concursocorrespondientes; 11- Que en re-lación a los pases a planta per-manente pendientes respecto delos trabajadores alcanzados enlos acuerdos paritarios hasta el30 de diciembre del 2014, se ase-gura la continuidad en el marcode la legislación vigente hasta tan-to se concreten dichos pases aplanta, en una fecha no mayor al30 de junio de 2017. 12- CuotaSolidaria: Se establece por haberdesarrollado esta negociación,una cuota solidaria del 1,8% enfavor de ATE, por única vez, sobrelos haberes en bruto de los traba-jadores no afiliados a ningún otrosindicato, correspondientes alRégimen 15, con los haberes delmes de julio de 2017. 13- Las par-tes solicitan la homologación delpresente acuerdo. Con lo que sedio por finalizado, firmando porante el funcionario que suscribe ycertifica.

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ANEXO IXEn la ciudad de Mendoza, a los

19 días del mes de diciembre de2016, siendo las 9:30 hs. Compa-recen ante la Subsecretaría de Tra-bajo, por ante el Sr. Osvaldo Marínen carácter de Jefe de División deConflictos Colectivos. A tal efectocomparecen por ATSA: el Sr. JuanCarlos Navarro en calidad de Se-cretario General, Juan DomingoBolzón en calidad de Secretario deCapacitación, Lic. María ElenaFernandez Salgado, la Sra. PaolaRomero, el Sr. Carlos García, elSr. Osvaldo Barrionuevo, el Sr.Manuel Orellana en carácter deSecretario de Turismo y el Sr. Car-los Pacheco en calidad deProsecretario Gremial; por Minis-terio de Salud Desarrollo Social ydeportes: Rodolfo Montero; por

Ministerio de Hacienda y Finanzas:Antonio Bizotto; por CuerpoParitario Central: LuisSantamaría. Abierto el acto por elfuncionario actuante y cedida lapalabra a la representación delEjecutivo expresa que: Es volun-tad del Estado dar comienzo a ladiscusión paritaria salarial, ello enel marco de autorización presu-puestaria votada por la Legislatu-ra Provincial y en el convencimien-to de que el espacio paritario res-ponsable en beneficioso para losempleados y para la comunidadtoda, que recibe los servicios pú-blicos que el Estado brinda. En talcontexto y en el marco de la discu-sión salarial se propone a losempleados representados por laentidad sindical: 1- Una ayuda eco-nómica extraordinaria, a ser can-celada el 5 de enero del año 2017a los agentes del régimen sala-rial 15 que consiste en: Pesos dosmil ($ 2.000) para aquellos agen-tes que perciban hasta pesosveinte mil ($ 20.000) de salariobruto, de pesos mil ($ 1.000) paraaquellos que perciban hasta pe-sos treinta mil ($ 30.000) de sala-rio bruto, con las siguientes con-sideraciones: a- La ayuda extraor-dinaria es por persona, b- Losmontos de haberes que indicanque monto de ayuda le correspon-de a cada caso será el que resul-te de sumar todos los haberesbrutos de cada persona corres-pondientes a la liquidación men-sual pagada en el mes de noviem-bre de 2016, sin tener en cuentalas asignaciones familiares ni losajustes por pagos deretroactividades, c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político, d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base, nocomputándose las ausencias delas personas que están ampara-das en el régimen de licencias vi-gente, e- Esta ayuda tendrá el ca-rácter de no remunerativo y nobonificable, f- Que esta ayudasiginifica un esfuerzo considera-ble por parte del Poder Ejecutivohacia los sectores con menoresingresos dentro de la administra-ción pública, por lo tanto el montodel bono reviste el carácter demáximo y único que la adminis-tración puede afrontar. g- Se acla-ra que en el caso de los trabaja-dores contratados, la instrumen-tación de la “ayuda económica ex-traordinaria” la dispondrá el PoderEjecutivo en los mismos términosexplicitados respecto del personal

de planta en los regímenesinvolucrados en este acta. 2- Res-pecto de la discusión de la pautade aumento salarial del año 2017,se da por abierta la misma. Queen oportunidad de ingresar a ladiscusión salarial correspondien-te al año 2017 se podrá tratar tam-bién los temas pendientes inhe-rentes al CCT del sector (Ley7897). Cedida la palabra a la re-presentación de ATSA expresaque: el ofrecimiento será puestoen conocimiento del cuerpo deDelegados de ATSA en el día de lafecha y se comunicará mediantenota a la Subsecretaría de Traba-jo el día miércoles 21 de diciem-bre de 2016. Asimismo las partesacuerdan reunirse el día martes27 de diciembre de 2016. a las 10horas. Con lo que se dio por fina-lizado, siendo las 10.00 hs. firman-do las partes por ante el funciona-rio que suscribe y certifica.

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ANEXO IXMendoza, diciembre 20 de

2016Sr. Subsecretario de Trabajoy Seguridad Social de MendozaDr. Alejandro Jofré

En nombre y representaciónde la Asociación de Trabajadoresde la Sanidad Argentina (ATSA-Fi-lial Mza.), nos dirigimos a Ud. alos efectos de hacerle saber que,en virtud de haber informado en elcongreso provincial de Delegadosel día 19/12/16, en el camping deA.T.S.A. respecto del otorgamien-to de la Ayuda Económica Extraor-dinaria dispuesta por el PEP deconformidad con lo plasmado enla audiencia de fecha 19.12.2016en ese Organismo, los represen-tantes paritarios de esta Organi-zación Gremial le hacen saber laAceptación de la misma, en untodo dispuesto de acuerdo a lo es-tablecido en el acta antes mencio-nada.

Sin más le saludamos atenta-mente.

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ANEXO XACTA ACUERDO

En la ciudad de Mendoza, a los20 días del mes de diciembre de2016, siendo las 11:30 hs. com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Sr. OsvaldoMarin en carácter de Jefe de Divi-sión de Conflictos Colectivos; porATE: Joaquín Tolosa, Luis Arias,Enrique Juri; por UPCN: DanteGuaquinchay; Por Ministerio deGobierno, Trabajo y Justicia:Ulpiano Suarez; por Ministerio deHacienda y Finanzas: AndreaMolina; por Secretaría de Ambien-

te y Ordenamiento Territorial: Cdra.Ivana Pacini. Abierto el acto por elfuncionario actuante las partesacuerdan: 1- Establecer una ayu-da económica extraordinaria, a sercancelada el 5 de enero del año2017 a todos los trabajadores dela Subsecretaría de Trabajo, queconsiste en: Pesos dos mil ($2000) para aquellos agentes queperciban hasta pesos veinte mil($ 20.000) de salario bruto, de pe-sos mil ($ 1000) para aquellos queperciban hasta pesos treinta mil($ 30.000) de salario bruto, con lassiguientes consideraciones: a- Laayuda extraordinaria es por perso-na, b- Los montos de haberes queindican que el monto de ayuda lecorresponde a cada caso será elque resulte de sumar todos los ha-beres brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes denoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; 2- Se esta-blece la próxima fecha de audien-cia para el día 26 de enero de 2017a las 10:00 hs. ante este Organis-mo, quedando las partes firman-tes notificadas de conformidad,Con lo que se dio por finalizado,firmando por ante el funcionarioque suscribe y certifica.

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ANEXO XIACTA ACUERDO

En la ciudad de Mendoza, a los20 días del mes de diciembre de2016, siendo las 12:30 hs. Com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, ante el Sr. Jefe de Con-flictos Colectivos: Osvaldo Marin;por ATE: Mihail Zagorac, JoaquínTolosa, Enrique Juri; por UPCN:Dante Guaquinchay, GustavoLuna, Federico Corvalan; por Mi-nisterio de Gobierno: UlpianoSuárez; por Ministerio de Hacien-da y Finanzas: Andrea Molina.Abierto el acto por el funcionarioactuante las partes acuerdan: 1-Establecer una ayuda económicaextraordinaria, a ser cancelada el5 de enero del año 2017 a todoslos trabajadores de la Subsecre-taría de Trabajo, que consiste en:Pesos dos mil ($ 2000) para aque-llos agentes que perciban hastapesos veinte mil ($ 20.000) de sa-

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lario bruto, de pesos mil ($ 1000)para aquellos que perciban hastapesos treinta mil ($ 30.000) de sa-lario bruto, con las siguientes con-sideraciones: a- La ayuda extraor-dinaria es por persona, b- Losmontos de haberes que indicanque el monto de ayuda le corres-ponde a cada caso será el queresulte de sumar todos los habe-res brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes denoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; 2- Se esta-blece la próxima fecha de audien-cia para el día 1 de febrero de 2017a las 10:00 hs. en reemplazo de laestablecida para el día 30 de ene-ro de 2017, ante este Organismo,quedando las partes firmantesnotificadas de conformidad. Conlo que se dio por finalizado, firman-do por ante el funcionario que sus-cribe y certifica.

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ANEXO XIIACTA ACUERDO

En la ciudad de Mendoza, a los22 días del mes de diciembre de2016, siendo las 15:15 hs. Com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, ante el Sr. Director deRelaciones Colectivas MartinAntonaia; por AMPROS: María Isa-bel Del Popolo, Roberto Victoria,Gladys Velazquez, Claudia Iturbe,con el asesoramiento del Dr. Car-los Alico; por Ministerio de Gobier-no: Ulpiano Suarez; por Ministeriode Hacienda y Finanzas: AndreaMolina; por Cuerpo Paritario Cen-tral: Luis Santamaria; por Ministe-rio de Salud: Rodolfo Montero.Abierto el acto por el funcionarioactuante las partes acuerdan: Unaayuda económica extraordinaria, aser cancelada el 5 de enero delaño 2017 a todos los agentes de-pendientes del Régimen 27 de Pe-sos dos mil ($ 2.000) para aque-llos agentes que perciban hastaveinte mil pesos de salario bruto,de pesos mil ($ 1.000) para aque-llos agentes que perciban hastatreinta mil pesos de salario bruto,con las siguientes consideracio-nes: a- La ayuda extraordinaria espor persona, b- Los montos de ha-beres que indican que monto de

ayuda le corresponde a cada casoserá el que resulte de sumar to-dos los haberes brutos de cadapersona correspondientes a la li-quidación mensual pagada en elmes de noviembre de 2016, sintener en cuenta las asignacionesfamiliares ni los ajustes por pa-gos de retroactividades, c- Estaayuda económica extraordinariano será aplicable a todas las per-sonas que ostenten un cargocomo funcionario político, d- Estaayuda tendrá el carácter de no re-munerativo y no bonificable; e- lostrabajadores contratados median-te contrato de locación de servi-cios y los prestadores puros delrégimen 27, percibirán la ayudaeconómica extraordinaria en losmismos términos antes detalla-dos, debiendo instrumentarse elpago de la misma a través de re-solución del Ministerio de Salud,Desarrollo Social y Deportes en loscasos que corresponda. f- La ayu-da económica extraordinaria tam-bién incluye a OSEP y residentesbajo las mismas condiciones quelo expresado en los puntos ante-riores. Con lo que se ,dio por fina-lizado el presente acto, siendo las16:30 hs. firmando por ante el fun-cionario que suscribe y certifica.

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ANEXO XIIIEn la ciudad de Mendoza, a los

22 días del mes de diciembre de2016, siendo las 10:30 hs. Com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Sr. Jefe deConflictos Colectivos: OsvaldoMarin; por APEL: los Sres. Gusta-vo Juan Ramon y Lazaro Torres;por ATE: Vicente Frezza; por la Ho-norable Cámara de Senadores: elSr. Gustavo Maradona y Dra.Sandra Gomez, y por la Honora-ble Cámara de Diputados: El Sr.Martin Alfredo Leon. Abierto el actopor el funcionario actuante y cedi-da la palabra a la representaciónde la Honorable Cámara de Dipu-tados y Senadores manifiesta que:en relación al tema de licenciasgremiales, atendiendo a la dificul-tad de interpretación producidapor el texto del CCT en este as-pecto, y considerando que en laactualidad existen 5 licencias gre-miales, esta parte propone queeste aspecto del convenio deberámodificarse estableciendo un to-tal de 8 licencias gremiales, sien-do 4 para cada cámara y respe-tando la proporcionalidad de la re-presentación gremial conforme anormativa vigente, en cada una delas cámaras. Cedida la palabra ala representación de las entidadesgremiales manifiestan que: acep-tan la propuesta realizada. Asimis-

mo, solicitan se adopte un criteriorespecto del crédito horario de losrepresentantes sindicales que nogozan de licencia gremial. La re-presentación de las Cámarasmanifiesta que al respecto, lospermisos de esta naturaleza es-tán contemplados en la legisla-ción, por lo que no es necesariomayor debate. Sin embargo, co-rresponde aclarar que a efectosdel goce de tal derecho, la entidadsindical debe informar a la Cáma-ra el personal que hará uso delpermiso, con antelación suficien-te y con posterioridad el emplea-do debe acreditar la circunstancia,en razón de las exigencias de laART respecto de los agentes;cumplidos tales extremos, el per-miso debe otorgarse siempre queno exista una necesidad de servi-cio insuperable. Al respecto la re-presentación de las entidadesgremiales expresan su conformi-dad. Retomada la palabra por larepresentación de la HonorableCámara de Diputados y Senado-res manifiesta que: en relación ala licencia anual, las excepcionesrelativas a la toma de las mismasdurante el mes de enero, se en-cuentran contempladas en elacuerdo paritario correspondien-te. Sin embargo, es necesarioefectuar una aclaración respectode los criterios que se tendrán encuenta para el tratamiento excep-cional mencionado. En tal sentidopropone que, a efectos de autori-zar las excepciones, el personalinteresado deberá acreditar: 1- lacircunstancia o situación que loafecta, 2- que la misma no ha sidoprovocada por su causa y 3- quetal situación no puede ser subsa-nada Cedida la palabra a las enti-dades sindicales, manifiestan queaceptan la proposición y proponenque se tenga presente el criteriode unificación de licencia de loscónyuges. Retomada la palabrapor la representación de Cámarade Senadores, expresa que esteaspecto se encuadra en el tipo desituaciones no causadas por elagente interesado; continúa di-ciendo respecto de taquígrafos, noexiste decisión alguna de modifi-car la situación del personal quese encuentra en funciones conmotivo de los Concursos a reali-zarse, hasta tanto los mismos serealicen. Asimismo manifiestaque sobre la oficina de gestión desalud, el área continuará con susfunciones, hasta tanto se concre-te la creación de una junta médicalaboral que está en proceso enforma conjunta con la Cámara deDiputados. Respecto de la situa-ción de los empleadostemporarios, las partes conside-

ran que es conveniente realizar unanálisis particular de los casos, yluego de ello adoptar alguna deci-sión sobre el tema. Cedida la pa-labra la representación de las en-tidades sindicales manifiestanque: toman conocimiento de lorelativo a taquígrafos y área desalud del Senado y solicitan que alos efectos del análisis de los ca-sos del personal temporario setome como fecha de corte el 31 dediciembre de 2016. Finalmente,los representantes de las Cáma-ras proponen el otorgamiento deuna ayuda económica extraordi-naria a todos los agentesescalafonados de la Legislaturaconsistente en $ 2.000 para aque-llos que perciban hasta $ 20.000de salario bruto, y de $ 1.000 paralos que perciban hasta $ 30.000de salario bruto. Dicha ayuda seotorga por persona. El monto delhaber a efectos de calcular la ayu-da, será el que resulte de la liqui-dación mensual pagada en el mesde noviembre de 2016, sin teneren cuenta las asignaciones fami-liares, ni ajustes que pudieranexistir por pago de retroactivos. Laayuda no corresponderá a funcio-narios políticos fuera de escala-fón. Tendrá carácter de no remu-nerativo y no bonificable. Si la pro-puesta resulta aceptada en esteacto, la ayuda podrá ser cobradapor el personal el día 5 de enerode 2017. Cedida la palabra a larepresentación de las entidadessindicales, manifiestan que: acep-tan la ayuda extraordinaria ofreci-da pero solicitan la apertura de ladiscusión salarial en este ámbitoparitario en forma inmediata. Losrepresentantes de las Cámarasexpresan que en consecuencia laayuda será percibida el 5 de ene-ro próximo y proponen que, a finde poder elaborar una propuestasalarial, se fije un cuarto interme-dio. El funcionario actuante fija fe-cha de audiencia para el día 10 defebrero de 2017 a las 10:00 hs.Con lo que se dio por finalizado,siendo las 13:00 hs. firmando laspartes por ante el funcionario quesuscribe y certifica.

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ANEXO XIVEn la ciudad de Mendoza, a los

16 días del mes de diciembre de2016, siendo las 21:00 hs. com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Sr. OsvaldoMarin en carácter de Jefe de Divi-sión de Conflictos Colectivos. A talefecto comparecen por APOC: laSra. Adriana Fondere, CarlosPerafita y Jorge Sarmiento Garcia;por Ministerio de Hacienda y Fi-nanzas: Ctda. Andrea Molina; Por

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19031

Cuerpo Paritario Central: LuisSantamaria. Abierto el acto por elfuncionario actuante y cedida lapalabra a la representación delejecutivo expresa que: es volun-tad del Estado dar comienzo a ladiscusión paritaria salarial, ello enel marco de la autorización presu-puestaria votada por la Legislatu-ra Provincial y en el convencimien-to de que el espacio paritario res-ponsable es beneficioso para losempleados y para la comunidadtoda, que recibe los servicios pú-blicos que el Estado brinda. En talcontexto, y en el marco de la dis-cusión salarial se propone a losempleados representados por laentidad sindical: 1- Una ayuda eco-nómica extraordinaria, a ser can-celada el 5 de enero del año 2017a los agentes de Fiscalía de Esta-do, que consiste en: Pesos dosmil ($ 2000) para aquellos agen-tes que perciban hasta pesosveinte mil ($ 20.000) de salario bru-to, de pesos mil ($ 1000) paraaquellos que perciban hasta pe-sos treinta mil ($ 30.000) de sala-rio bruto, con las siguientes con-sideraciones: a- La ayuda extraor-dinaria es por persona, b- Losmontos de haberes que indicanque el monto de ayuda le corres-ponde a cada caso será el queresulte de sumar todos los habe-res brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes deNoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; f- Que estaayuda significa un esfuerzo consi-derable por parte del Poder Eje-cutivo hacia los sectores con me-nores ingresos dentro de la admi-nistración pública, por lo tanto elmonto del bono reviste el carácterde máximo y único que la admi-nistración puede afrontar. g- Seaclara que en el caso de los tra-bajadores contratados, la instru-mentación de la "ayuda económi-ca extraordinaria" la dispondrá elPoder Ejecutivo en los mismostérminos explicitados respecto delpersonal de planta en los regíme-nes involucrados en este acta. 2-Respecto de la discusión de lapauta de aumento salarial del año2017, se da por abierta la misma.Que en oportunidad de ingresar a

la discusión salarial correspon-diente al año 2017 se podrá tratartambién los temas pendientesineherentes al CCT del sector.Cedida la palabra a la represen-tación de APOC expresa que: elofrecimiento realizado por el Po-der Ejecutivo debería ser remune-rativo y bonificable, formando par-te del básico y abarcar a todos lostrabajadores de Fiscalia de Esta-do. Por lo que se solicita lafactibilidad de una propuesta inte-gral para la próxima reuniónparitaria, por lo que dicho ofreci-miento será tratado en asambleaconvocada al efecto, lo cual serácomunicado oportunamente alPoder Ejecutivo y SubsecretaríaCon lo que se dio por finalizado,siendo las 21:20 hs., firmando laspartes por ante el funcionario quesuscribe y certifica.

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ANEXO XIVEn la ciudad de Mendoza, a los

16 días del mes de diciembre de2016, siendo las 21:00 hs. com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Sr. OsvaldoMarin en carácter de Jefe de Divi-sión de Conflictos Colectivos. A talefecto comparecen por APOC: laSra. Adriana Fondere, CarlosPerafita y Jorge Sarmiento Garcia;por Ministerio de Hacienda y Fi-nanzas: Ctda. Andrea Molina; PorCuerpo Paritario Central: LuisSantamaria. Abierto el acto por elfuncionario actuante y cedida lapalabra a la representación delejecutivo expresa que: es volun-tad del Estado dar comienzo a ladiscusión paritaria salarial, ello enel marco de la autorización presu-puestaria votada por la Legislatu-ra Provincial y en el convencimien-to de que el espacio paritario res-ponsable es beneficioso para losempleados y para la comunidadtoda, que recibe los servicios pú-blicos que el Estado brinda. En talcontexto, y en el marco de la dis-cusión salarial se propone a losempleados representados por laentidad sindical: 1- Una ayuda eco-nómica extraordinaria, a ser can-celada el 5 de enero del año 2017a los agentes de Fiscalía de Esta-do, que consiste en: Pesos dosmil ($ 2000) para aquellos agen-tes que perciban hasta pesosveinte mil ($ 20.000) de salario bru-to, de pesos mil ($ 1000) paraaquellos que perciban hasta pe-sos treinta mil ($30.000) de sala-rio bruto, con las siguientes con-sideraciones: a- La ayuda extraor-dinaria es por persona, b- Losmontos de haberes que indicanque el monto de ayuda le corres-ponde a cada caso será el que

resulte de sumar todos los habe-res brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes deNoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; f- Que estaayuda significa un esfuerzo consi-derable por parte del Poder Eje-cutivo hacia los sectores con me-nores ingresos dentro de la admi-nistración pública, por lo tanto elmonto del bono reviste el carácterde máximo y único que la admi-nistración puede afrontar. g- Seaclara que en el caso de los tra-bajadores contratados, la instru-mentación de la "ayuda económi-ca extraordinaria" la dispondrá elPoder Ejecutivo en los mismostérminos explicitados respecto delpersonal de planta en los regíme-nes involucrados en este acta. 2-Respecto de la discusión de lapauta de aumento salarial del año2017, se da por abierta la misma.Que en oportunidad de ingresar ala discusión salarial correspon-diente al año 2017 se podrá tratartambién los temas pendientesineherentes al CCT del sector.Cedida la palabra a la represen-tación de APOC expresa que: elofrecimiento realizado por el Po-der Ejecutivo debería ser remune-rativo y bonificable, formando par-te del básico y abarcar a todos lostrabajadores de Fiscalia de Esta-do. Por lo que se solicita lafactibilidad de una propuesta inte-gral para la próxima reuniónparitaria, por lo que dicho ofreci-miento será tratado en asambleaconvocada al efecto, lo cual serácomunicado oportunamente alPoder Ejecutivo y SubsecretaríaCon lo que se dio por finalizado,siendo las 21:20 hs., firmando laspartes por ante el funcionario quesuscribe y certifica.

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ANEXO XVEn la ciudad de Mendoza, a los

16 días del mes de diciembre de2016, siendo las 21:30 hs. com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Sr. OsvaldoMarin en carácter de Jefe de Divi-sión de Conflictos Colectivos. A talefecto comparecen por APOC: laSra. Adriana Fondere, Lidia

Rodriguez y Monica Fisigaro; porMinisterio de Hacienda y Finanzas:Ctda. Andrea Molina y Dr. UlpianoSuarez; por Cuerpo Paritario Cen-tral: Luis Santamaria. Abierto elacto por el funcionario actuante ycedida la palabra a la representa-ción del ejecutivo expresa que: esvoluntad del Estado dar comienzoa la discusión paritaria salarial, elloen el marco de la autorización pre-supuestaria votada por la Legis-latura Provincial y en el convenci-miento de que el espacio paritarioresponsable es beneficioso paralos empleados y para la comuni-dad toda, que recibe los serviciospúblicos que el Estado brinda. Ental contexto, y en el marco de ladiscusión salarial se propone alos empleados representados porla entidad sindical: 1- Una ayudaeconómica extraordinaria, a sercancelada el 5 de enero del año2017 a los agentes de Fiscalía deEstado, que consiste en: Pesosdos mil ($ 2000) para aquellosagentes que perciban hasta pe-sos veinte mil ($ 20.000) de sala-rio bruto, de Pesos mil ($1000)para aquellos que perciban hastapesos treinta mil ($ 30.000) de sa-lario bruto, con las siguientes con-sideraciones: a- La ayuda extraor-dinaria es por persona, b- Losmontos de haberes que indicanque el monto de ayuda le corres-ponde a cada caso será el queresulte de sumar todos los habe-res brutos de cada persona co-rrespondientes a la liquidaciónmensual pagada en el mes denoviembre de 2016, sin tener encuenta las asignaciones familia-res ni los ajustes por pagos deretroactividades. c- Esta ayudaeconómica extraordinaria no seráaplicable a todas las personasque ostenten un cargo como fun-cionario político. d- No correspon-de la ayuda económica a quieneshayan cumplido menos de la mi-tad de las obligaciones mensua-les del mes base. e- Esta ayudatendrá el carácter de no remune-rativo y no bonificable; f- Que estaayuda significa un esfuerzo consi-derable por parte del Poder Eje-cutivo hacia los sectores con me-nores ingresos dentro de la admi-nistración pública, por lo tanto elmonto del bono reviste el carácterde máximo y único que la admi-nistración puede afrontar. g- Seaclara que en el caso de los tra-bajadores contratados, la instru-mentación de la "ayuda económi-ca extraordinaria" la dispondrá elPoder Ejecutivo en los mismostérminos explicitados respecto delpersonal de planta en los regíme-nes involucrados en este acta. 2-Respecto de la discusión de la

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619041

pauta de aumento salarial del año2017, se da por abierta la misma.Que en oportunidad de ingresar ala discusión salarial correspon-diente al año 2017 se podrá tratartambién los temas pendientesineherentes al CCT del sector.Cedida la palabra a la represen-tación de APOC expresa que: elofrecimiento realizado por el Po-der Ejecutivo debería ser remune-rativo y bonificable, formando par-te del básico y abarcar a todos lostrabajadores de Contaduría Gene-ral de la Provincia. Por lo que di-cho ofrecimiento será tratado enasamblea convocada al efecto, locual será comunicado oportuna-mente al Poder Ejecutivo y Subse-cretaría el día martes 20 de di-ciembre de 2016. Asimismo lasparte acuerdan reunirse el día jue-ves 2 de diciembre de 2016 a losfines de dar tratamiento al CCT conla presencia del Sr. Ministro de Go-bierno, Trabajo y Justicia. Con loque se dio por finalizado, siendolas 22:00 hs., firmando las partespor ante el funcionario que suscri-be y certifica.-

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ANEXO XVASOCIACION DEL PERSONAL

DE LOS ORGANISMOSDE CONTROL SECCIONAL

MENDOZAMendoza, 19 de diciembre de

2016Subsecretario de TrabajoDr. Alejandro JofreS/D

Ref.: Paritaria viernes 16/12/2016 Personal Contaduría Ge-neral de la Provincia de Mendo-za

Adriana Fondere como Secre-taria de la Asociación del Perso-nal de Organismos de Control(A.P.O.C.) Seccional Mendoza, sedirige a Usted a fin de comunicarque sometida a votación el ActaParitaria de referencia el resulta-do es: por mayoría Aceptar la pro-puesta realizada y Aceptar la re-unión con el señor Ministro deGobierno el día Jueves 22/12/2016a las 10:00 horas para tratamien-to paritario de Convenio (Decto.2558/15).

Atentamente._______

ANEXO XIACTA RECTIFICATORIA

En la ciudad de Mendoza, a los26 días del mes de diciembre de2016, siendo las 16:30 hs. Com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, ante el Sr. Jefe de Con-flictos Colectivos: Osvaldo Marín;por ATE: Joaquín Tolosa; porUPCN: Gustavo Luna; por Minis-

terio de Gobierno, Trabajo y Justi-cia: Ulpiano Suárez. Abierto el actopor el funcionario actuante, laspartes vienen a rectificar lo actua-do en fecha 20 de diciembre de2016, donde dice: "1- Estableceruna ayuda económica extraordi-naria, a ser cancelada el 5 de ene-ro del año 2017 a todos los traba-jadores de la Subsecretaría deTrabajo"; debe decir: "1- Estable-cer una ayuda económica extraor-dinaria, a ser cancelada el 5 deenero del año 2017 a todos lostrabajadores de la AdministraciónCentral". Con lo que se dio por fi-nalizado el presente acto, firman-do las partes por ante el funciona-rio que suscribe y certifica.

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ANEXO XACTA RECTIFICATORIA

En la ciudad de Mendoza, a los26 días del mes de diciembre de2016, siendo las 16:30 hs. com-parecen ante la Subsecretaría deTrabajo, por ante el Sr. OsvaldoMarín en carácter de Jefe de Divi-sión de Conflictos Colectivos; porATE: Joaquín Tolosa; por UPCN:Gustavo Luna; por Ministerio deGobierno, Trabajo y Justicia:Ulpiano Suárez. Abierto el acto porel funcionario actuante, las partesvienen a rectificar lo actuado el día20 de diciembre de 2016, dondedice: "1- Establecer una ayuda eco-nómica extraordinaria, a ser can-celada el 5 de enero del año 2017a todos los trabajadores de la Sub-secretaría de Trabajo", debe de-cir: "1- Establecer una ayuda eco-nómica extraordinaria, a ser can-celada el 5 de enero del año 2017a todos los trabajadoresGuardaparques". Con lo que sedio por finalizado, firmando porante el funcionario que suscribe ycertifica.____________________________

MINISTERIODE HACIENDA Y FINANZAS

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LEY Nº 8.941

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendoza,sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º - Sustitúyese el Artí-culo 49 de la Ley 8.930, el quequedará redactado de la siguien-te manera:

"Art. 49 - Facultad de delegar delPoder Judicial en sus autorida-des máximas la realización demodificaciones presupuesta-rias. Facúltese a las autorida-des máximas del Poder Judi-

cial, al Procurador General y al/la Defensor/a General a delegaren el funcionario con competen-cia de la Suprema Corte, del Mi-nisterio Público Fiscal y del Mi-nisterio Público de la Defensa yPupilar, respectivamente, la dis-posición de las modificacionespresupuestarias en su Jurisdic-ción, en las condiciones previs-tas en la presente ley, con co-municación al Ministerio de Ha-cienda y Finanzas."

Artículo 2º- Sustitúyese el pri-mer párrafo del Art. 20 de la Ley8.930, el que quedará redactadode la siguiente manera:

"Art. 20 - Afectación de la tasa dejusticia y de otros Recursos parael Poder Judicial. Aféctase el cienpor ciento (100%) de la Tasa deJusticia para atender gastos defuncionamiento del Poder Judi-cial. Dicho porcentaje se distri-buirá de la siguiente manera:sesenta y cinco por ciento (65%)para la Suprema Corte de Justi-cia, Jury de Enjuiciamiento, Jun-ta Electoral y Consejo de la Ma-gistratura; el treinta por ciento(30%) al Ministerio Público Fis-cal y el cinco por ciento (5%) res-tante al Ministerio Público de laDefensa y Pupilar. Los porcen-tajes deberán ser transferidosa partir de la vigencia de la pre-sente norma."

Artículo 3º- Comuníquese alPoder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SE-SIONES DE LA HONORABLE LE-GISLATURA, DE LA PROVINCIA DEMENDOZA, a los veintiún días delmes de diciembre del año dos mildieciséis.

Laura MonteroVicegobernadora

Presidenta H. SenadoDiego Mariano SeoaneSecretario Legislativo

H. Cámara de SenadoresNéstor Parés

PresidenteH. Cámara de Diputados

María Carolina LettrySecretaria Legislativa

H. Cámara de Diputados______

DECRETO N° 1.922

Mendoza, 28 de diciembre de2016

Visto el Expediente N° 2622-D-2016-20108 y acumulado N°2001-D-2016-20108, en el que afs. 1 del Expediente citado en pri-mer término obra nota de la H. Cá-mara de Diputados de la Provin-cia, recepcionada por el Poder Eje-cutivo con fecha 27 de diciembrede 2016, mediante la cual comu-nica la Sanción N° 8941,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Téngase por Ley

de la Provincia la Sanción N° 8941.Artículo 2° - Comuníquese, pu-

blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOPedro Martín Kerchner

____________________________

LEY Nº 8.947

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendoza,sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º - Incorpórase comoinciso e) al Art. 47 del Código Fis-cal, el siguiente:

"e) Por el transcurso de cinco(5) años, en el caso de todo otrotributo que no tuviera previsto unplazo diferente en este Código."

Artículo 2º - Sustitúyase el pun-to 17) del Art. 7 del Anexo "TasasRetributivas de Servicio" al que serefiere el Art. 13 de la Ley 8.923,correspondiente a la Dirección Ge-neral de Registro del Estado Civily Capacidad de las Personas, porel siguiente:

"17) Por cada trámite que debaser efectuado por otro organis-mo sea municipal, provincial,nacional o entes descentraliza-dos, en los supuestos que de-termine la reglamentación queal efecto dicte el Ministerio deGobierno, Trabajo y Justicia. $60.-”

Artículo 3º - Sustitúyase en elArt. 27 de la Ley 8.923, la mención“2.016” por la de "2.017"

Artículo 4º- Comuníquese alPoder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SE-SIONES DE LA HONORABLE LE-GISLATURA, DE LA PROVINCIA DEMENDOZA, a los veintisiete díasdel mes de diciembre del año dosmil dieciséis.

Laura MonteroVicegobernadora

Presidenta H. SenadoDiego Mariano SeoaneSecretario Legislativo

H. Cámara de SenadoresNéstor Parés

PresidenteH. Cámara de Diputados

María Carolina LettrySecretaria Legislativa

_____

DECRETO N° 1.923

Mendoza, 28 de diciembre de2016

Visto el Expediente N° 2677-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19051

D-2016-20108 y acumulado N°2443-D-2016-20108, en el que afs. 1 del Expediente citado en pri-mer término obra nota de la H. Cá-mara de Senadores de la Provin-cia, recepcionada por el Poder Eje-cutivo con fecha 28 de diciembrede 2016, mediante la cual comu-nica la Sanción N° 8947,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Téngase por Ley

de la Provincia la Sanción N° 8947.Artículo 2° - Comuníquese, pu-

blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOPedro Martín Kerchner

_____________________________

MINISTERIO DE ECONOMIAINFRAESTRUCTURA

Y ENERGIA_____

LEY Nº 8.945

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendoza,sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1° - Créase en el ám-bito de la Secretaría de Ambiente yOrdenamiento Territorial y bajo sudependencia, la DirecciónEcoparque Mendoza y la Direcciónde Parques y Paseos Públicos.

TITULO I:DE LA DIRECCION

ECOPARQUE MENDOZACAPITULO I:

DE LA COMPETENCIA, FINESY PRINCIPIOS GENERALESArtículo 2º - La Dirección

Ecoparque Mendoza, ejercerá susfunciones en el área del actualJardín Zoológico de la Provincia deMendoza y tiene como objeto:1. Lograr una correcta gestión,

administración y planificaciónambiental del Ecoparque.

2. Promover la protección de la flo-ra y fauna autóctonas de Men-doza y Región Cuyo a través deprogramas de:1. Conservación e investigación

sobre las especiesautóctonas de Mendoza y Re-gión Cuyo.

2. Recepción, rehabilitación yderivación de fauna prove-niente de procedimientos deaplicación de las leyes deprotección de fauna.

3. Promover la educación a los vi-sitantes del lugar sobre el cui-dado de la biodiversidadautóctona de Mendoza y RegiónCuyo.

4. Resguardar el patrimonio cul-tural existente en el predio.

5. Utilizar los senderos del prediopara mostrar las herramientasy tecnologías disponibles parael cuidado del ambiente y la pre-servación de los hábitats natu-rales de Mendoza.

6. Promover el bienestar animal,el respeto por los criterios deobservación no invasiva de lafauna y la protección de la florapresente en el predio.

7. Promover la participación de lospueblos originarios en la edu-cación hacia una cosmovisiónde integración armónica con lanaturaleza.Artículo 3° - Fíjanse como prin-

cipios generales de la presenteLey:1. Protección y bienestar animal

de acuerdo a estándares inter-nacionales de Bienestar Animal.

2. Generación de consciencia pú-blica a través de la educaciónen la conservación de labiodiversidad autóctona deMendoza y la Región Cuyo y eldesarrollo sustentable.

3. Promoción de actividades deinvestigación científica en bene-ficio de la conservación de lafauna y flora autóctonas de Men-doza y la Región Cuyo.

4. Generación de un espacio físi-co natural para la recreación yel esparcimiento de la socie-dad.Artículo 4° - La Dirección de

Ecoparque Mendoza tendrá encuenta los siguienteslineamientos estratégicos y herra-mientas de política ambiental:1. Educación ambiental.2. Aprovechamiento integral de los

recursos hídricos.3. Participación social y ciudada-

na.4. Cooperación científica y técnica.5. Gestión integral de residuos.6. Promoción y educación acerca

de los principios de bienestaranimal.

7. Manejo integral de la flora delpredio.

CAPITULO II:DEL GOBIERNO DE LA

DIRECCION ECOPARQUEMENDOZA

Artículo 5º - La DirecciónEcoparque Mendoza estará a car-go de un Director, designado porel Poder Ejecutivo.

Artículo 6° - Serán deberes yatribuciones de la DirecciónEcoparque Mendoza:

1) Realizar todos los actos quehagan al mejor cumplimientode los fines de la ley.

2) Elaborar y remitir al ConsejoConsultivo de la Dirección deEcoparque, el Plan Maestro deEcoparque para su interven-ción conforme las previsiones

de la presente ley.3) Elaborar proyectos, protoco-

los, procedimientos, progra-mas o planes y elevados alConsejo Consultivo de la Di-rección de Ecoparque.

4) Los actos administrativos queemita el Director deberán res-petar las previsiones de la Leyde Procedimiento Administra-tivo 3.909 o la que esté vigen-te siendo definitivas en el ám-bito de la Dirección eimpugnables por la vía jerár-quica pertinente, en los tiem-pos y formas que determinela norma citada.

5) Cumplir y hacer cumplir todaslas disposiciones legales y re-glamentar las relacionadascon el funcionamiento de laDirección.

6) Otorgar concesiones y permi-sos para el mantenimiento,desarrollo y explotación de losservicios que considere con-venientes para el cumplimien-to de los fines del Ecoparque,respetando los principios enlos que éste se sustenta, ydeterminar la caducidad de lasmismas por razones funda-das.

7) Ceder con o sin cargo, mate-riales y elementos que estu-viesen en condiciones de re-zago a organismos públicoso entidades de bien público,de acuerdo a la legislación vi-gente.

8) Proponer cánones de explota-ción y en general, de toda otraactividad relativa a la compe-tencia de esta Dirección, quepodrán ser consultados con elConsejo ConsultivoEcoparque y que deberán seraprobados por la SAYOT a tra-vés de resolución.

9) Promover la interacción conuniversidades y otras institu-ciones educativas o científicasprovinciales, nacionales, inter-nacionales a través de conve-nios de colaboración,pasantías o cualquier otro ins-trumento legal; el perfecciona-miento universitario o espe-cializado de los empleados; yla realización de estudios o in-vestigaciones científicas rela-cionadas con los objetivos dela Dirección del Ecoparque.

10) Administrar los bienes y recur-sos afectados a su servicio.

11) Administrar las áreas de com-petencia territorial de la Direc-ción.Artículo 7º - Créase el Consejo

Consultivo de la Dirección deEcoparque, como organismo con-sultor y asesor, que será presidi-do por el Director de Ecoparque y

estará constituido, además, por:–Un (1) representante de la Direc-

ción de Recursos Naturales Re-novables de la Provincia.

–Cuatro (4) representantes de lasuniversidades e institucionesacadémicas, científicas o profe-sionales con incumbencia enmaterias ambientales,agronómicas, biológicas y vete-rinarias.

–Cuatro (4) representantes de lasorganizaciones, asociaciones yagrupaciones de la sociedad ci-vil con objetos afines a los de laDirección Ecoparque Mendoza.

–Un (1) representante por los tra-bajadores del Ecoparque elegi-do por los agentes en la formaque determine la reglamenta-ción.

Artículo 8° - Serán Funcionesdel Consejo Consultivo:1) Elaborar y aprobar su reglamen-

to interno de funcionamiento.2) Emitir dictamen sobre el Plan

Maestro del Ecoparque elabo-rado por la Dirección deEcoparque.

3) Emitir dictamen sobre los infor-mes finales de los proyectos,protocolos, procedimientos,programas o planes elabora-dos por la Dirección deEcoparque y elevarlos a la Se-cretaría de Ambiente y Ordena-miento Territorial.

4) Emitir dictamen sobre los con-venios que ésta realice conotras instituciones.

5) Emitir dictamen sobre los tras-lados de animales a santuariosy otros centros especializados.

6) Proponer temas e identificarproblemas y/o conflictos sobrelos cuales se deba intervenirpara mejorar la gestión deEcoparque.

7) Emitir dictamen sobre cánonesde explotación del predio deEcoparque.

8) Emitir dictamen sobre el otor-gamiento y caducidad de con-cesiones y permisos para elmantenimiento, desarrollo y ex-plotación de los servicios nece-sarios para el cumplimiento delos fines del Ecoparque. La fun-ción consultiva fijada en el pre-sente artículo no será vinculantey el dictamen deberá ser eva-cuado en el plazo de quince (15)días hábiles de requerido, que-dando facultada la dirección oautoridad competente, en casode incumplimiento, a continuarel procedimiento administrativoen el estado en que se encuen-tre.

9) Recomendar anualmente alPoder Ejecutivo el presupuestode gastos necesarios para laadecuada ejecución de la pre-

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sente ley.CAPITULO III:

DE LA ELABORACIONDEL PLAN MAESTRO

Artículo 9º - La DirecciónEcoparque Mendoza deberá ela-borar y elevar al CCE para su dic-tamen en un plazo no mayor a losciento ochenta (180) días corridosa partir de la sanción de la pre-sente Ley, el Plan Maestro deEcoparque. El mismo deberá con-tener al menos los siguientes as-pectos:1. Plan de manejo de la población

animal permanente.2. Plan forestal conforme los

parámetros establecidos en laLey 7874/08.

3. Plan de obras yrefuncionalización del paseo.

4. Nueva estructura organizativade acuerdo a los lineamientosestratégicos y al bienestar ani-mal.

5. Planes de capacitación.6. Plan de financiamiento.

Dicho Plan tendrá una vigen-cia de tres (3) años, pasados loscuales se procederá a su actuali-zación, reformulación y elevaciónal CCE para su dictamen. El Planpodrá, asimismo, ser revisado yactualizado anualmente por la Di-rección del Ecoparque.

CAPITULO IV:DE LAS LIMITACIONES

Artículo 10 - Quedan expresa-mente prohibidas la compra/ven-ta y canje de animales con otrasinstituciones públicas o privadas,nacionales o extranjeras, y/o par-ticulares.

Artículo 11 - El Ecoparque sólorecibirá animales provenientes delos procedimientos de aplicaciónde las leyes de protección de fau-na silvestre y animales que ingre-sen como planteles de cría de lafauna autóctona, cuya entradaesté enmarcada en programas deconservación debidamente apro-bados y vigentes de la Direccióndel Ecoparque. Las acciones aseguir sobre el manejo y destinode los animales que ingresen a lainstitución, se determinarán en elPlan Maestro de Ecoparque.

Artículo 12 - Los animales do-mésticos de corral que se encuen-tre en el predio al momento depromulgarse esta Ley, podrán serdonados, derivados o entregadosen comodato a establecimientospúblicos o privados que demues-tren tener certificaciones de cali-dad y protocolos adecuados demanejo animal, o a particularesque aseguren la protección delbienestar animal y su tenenciaresponsable, de acuerdo a lo es-tipulado por la Ley de Fauna de laProvincia N° 4386, como deposi-

tarios legales. La Dirección deRecursos Naturales deberá reali-zar un monitoreo periódico de lascondiciones de vida de estos ani-males en los establecimientos alos que fueron trasladados y re-mitir los informes de inspecciónal CCE.

Los animales exóticos oautóctonos de otras zonas del paísserán derivados, en la medida delo posible, a lugares especializa-dos que les provean mejor cali-dad de vida y un clima y hábitatacordes a las necesidades de suespecie. En este sentido se des-taca que todo animal provenientede los procedimientos de aplica-ción de las leyes de protección dela fauna, que no pertenezca a es-pecies de la fauna autóctona deMendoza o de la Región de Cuyo,como asimismo aquellos exóticosque se encuentren a la fecha de lapromulgación de la presente leyen el ámbito del ex-Zoológico deMendoza, podrán ser derivados,luego de la debida atención y eva-luación, a centros especializadosen conservación, rehabilitación osantuarios.

Los animales de la faunaautóctona presentes en el predioal momento de aprobarse la ley,así como aquellos que ingresenpor procedimientos de aplicaciónde las leyes de fauna, que califi-quen para rehabilitación, podránser eventualmente incorporadosen estos programas para su pos-terior liberación, siguiendo los pro-tocolos y evaluaciones que se de-finirán para tal fin.

CAPITULO V:DE LA DIRECCION DE PARQUES

Y PASEOS PUBLICOSArtículo 13 - La Dirección de

Parques y Paseos Públicos ejer-cerá su competencia dentro de loslímites del Parque General SanMartín, Cerro de La Gloria, los es-pacios verdes correspondientes alBarrio Cívico, Parque EcológicoAvenida de Acceso Este y en aque-llos que determine el Poder Eje-cutivo para su administración ytendrá como objeto:1) Lograr una correcta gestión,

administración y planificaciónambiental de los parques y pa-seos de su incumbencia;

2) Preservar las especies de fau-na y flora existentes;

3) Conservar y mejorar la infraes-tructura (caminos, alumbrado,paseos), a fin de brindar un apro-piado ámbito de recreación;

4) Defender y conservar el patrimo-nio cultural existente;

5) Realizar obras que coadyuvenal mejoramiento de esta unidadecológica;

6) Hacer cumplir las reglamenta-

ciones correspondientes a lasáreas ambientales urbanasprotegidas.Artículo 14 - Serán deberes y

atribuciones de la Dirección deParques y Paseos Públicos:1) Cumplir y hacer cumplir todas

las disposiciones legales y re-glamentar las relacionadascon el funcionamiento de laDirección.

2) Otorgar concesiones y permi-sos para el mantenimiento,desarrollo y explotación de losservicios necesarios para elcumplimiento de sus fines ydeterminar la caducidad de lasmismas por razones funda-das.

3) Ceder con o sin cargo, mate-riales y elementos que estu-viesen en condiciones de re-zago a organismos públicos oentidades de bien público, deacuerdo a la legislación vigen-te.

4) Establecer cánones de explo-tación y en general, de todaotra actividad relativa a la com-petencia de esta Dirección, losque estarán sujetos a la apro-bación de la Secretaría de Am-biente y Ordenamiento Territo-rial y formalizados medianteresolución.

5) Impartir cursos de capacita-ción o convenir su dictado enuniversidades y otras institu-ciones públicas o privadas pro-vinciales, nacionales, interna-cionales o perfeccionamientouniversitario o especializado,de estudios o investigacionescientíficas.

6) Elaborar el plan anual operati-vo.

7) Administrar los bienes y recur-sos afectados a sus servicios.

8) Administrar las áreas de com-petencia de la Dirección.

9) Otorgar permisos precarios deuso gratuito cuando le sean re-queridos por organismos pú-blicos o instituciones privadassin fines de lucro, legalmenteconstituidas para el desarro-llo de sus actividades de biencomún, siempre que los usosprevistos no alteren las condi-ciones ambientales de los es-pacios verdes, de conformidadcon la reglamentación que seelabore.

10)Realizar todos los actos quehagan al mejor cumplimientode los fines de la ley.Artículo 15 - Todas las perso-

nas humanas o jurídicas quesean propietarias, concesionariaso permisionarias dentro del ám-bito de competencia de la Direc-ción de Parques y Paseos Públi-cos, quedan sujetos, al pago de

un canon o una contraprestacióncompensatoria por igual valor. Enambos casos la fijación e instru-mentación se efectuará por vía re-glamentaria.

TÍTULO II:DE LAS DISPOSICIONES

COMUNESCAPITULO

DEL FINANCIAMIENTOArtículo 16 - Régimen econó-

mico y financiero. Toda la actividadeconómico-financiera de las Di-recciones que se creen por me-dio de la presente, se regirá porlas disposiciones de la presenteLey como así también por la Ley8.706.

Artículo 17 - Presupuesto ordi-nario. El Poder Ejecutivo deberáincorporar en el Proyecto de Pre-supuesto Provincial Anual las par-tidas necesarias para el funciona-miento y aplicación de la presenteley.

Artículo 18 - Fondo de afecta-ción específica de la DirecciónEcopamue Mendoza. Créase unFondo de Afectación Específicapara la Dirección Ecoparque Men-doza, el que estará compuestopor:1. Los ingresos provenientes del

cobro de entradas al EcoparqueMendoza

2. Las subvenciones, aportes ytransferencias de otras reparti-ciones.

3. Las Donaciones y legados depersonas humanas y jurídicas,cuyo origen esté en armonía conlos fundamentos de esta ley.

4. Los recursos provenientes deconcesiones, multas, permi-sos, cánones ocontraprestaciones por el usodel Ecoparque y cualquier otrotipo de ingresos.

5. Lo recaudado por la cesión concargo de materiales y elemen-tos que estuviesen en condicio-nes de rezago a organismospúblicos o entidades de bienpúblico, de acuerdo a la legis-lación vigente.

6. Los recursos no utilizados delfondo, provenientes de ejerci-cios anteriores.

7. Otros fondos que se afectarencon posterioridad a la sanciónde esta ley.

8. Préstamos o cooperacionestécnicas de índole nacional o in-ternacional.Artículo 19 - Fondo de Afecta-

ción específica para la Direcciónde Parques y Paseos Públicos.Créase un Fondo de afectaciónespecífica para la Dirección deParques y Paseos Públicos, elque estará compuesto por:1. Las contribuciones del estado

provincial para la Instrumenta-

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ción y ejecución de programasprovinciales en lo referido a par-ques..

2. Los recursos provenientes deconcesiones, multas, permi-sos, canon ocontraprestaciones por el usodel parque y cualquier otro tipode ingresos.

3. Lo recaudado por la cesión concargo de materiales y elemen-tos que estuviesen en condicio-nes de rezago a organismospúblicos o entidades de bienpúblico, de acuerdo a la legis-lación vigente.

4. Las donaciones y legados, pú-blicos y privados.

5. Préstamos o cooperacionestécnicas de índole nacional o in-ternacional.

6. Otros fondos que se afectarencon posterioridad a la sanciónde esta ley.

7. En el caso de los permisiona-rios, el criterio se basará en lasutilidades que obtengan por lasactividades que desarrollan, nopudiendo optar por lacontraprestación señalada enel punto "1" del presente artícu-lo.

CAPITULO II:OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 20 - Autoridad de Apli-cación. Será Autoridad de Aplica-ción de la presente ley la Secreta-ría de Ambiente y OrdenamientoTerritorial y elevará al Poder Eje-cutivo para su aprobación, el or-ganigrama de las Direcciones, enel que se fijen las unidades degestión necesarias para poner enfuncionamiento las mismas.

Artículo 21 - Para el logro delos objetivos propuestos, todo elpersonal que actualmente cumplefunciones en la Administración deParques y Zoológicos, que por lapresente se suprime, podrá serasignado a cualquiera de las dosDirecciones creadas por la pre-sente Ley o a otro destino dentrodel Estado Provincial, quedandofacultada para ello la Secretaría deAmbiente y Ordenamiento Territo-rial, sin que la misma impliquemodificación de su situación derevista como efectivo, interino, tran-sitorio, licenciado o cualquier otracircunstancia en que se encuen-tren los agentes en la dependen-cia anterior, ni el régimen remu-nerativo preexistente.

Artículo 22 - La presente leyserá reglamentada en el plazo denoventa (90) días corridos a partirde su entrada en vigencia.

Artículo 23 - Apruébase el glo-sario, con la terminología técnicautilizada en la presente ley, que seincorpora como Anexo I.

Artículo 24 - Modifícase el inci-

so o) del artículo 24 de la Ley8.830, el que quedará redactadode la siguiente manera “Proveerla adecuada gestión de Parques yPaseos Públicos y del EcoparqueMendoza”.

Artículo 25 - Derógase la Ley6.006 de Creación de la Adminis-tración de Parques y Zoológico.

Artículo 26 - La superficie totalperteneciente al Zoológico deMendoza, seguirá siendo Patrimo-nio Ambiental de la provincia afec-tada a Ecoparque, no pudiendo serafectada a otros fines.

Artículo 27- Comuníquese alPoder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SE-SIONES DE HONORABLE LEGIS-LATURA, en Mendoza, a los veinti-siete días del mes de diciembredel año dos mil dieciséis.

Laura MonteroVicegobernadora

Presidenta H. SenadoDiego Mariano SeoaneSecretario Legislativo

H. Cámara de SenadoresNéstor Parés

PresidenteH. Cámara de Diputados

María Carolina LettrySecretaria Legislativa

H. Cámara de Diputados______

ANEXO IGlosario

Animal Autóctono o Nativo:son aquellos animales que perte-necen a las especies originariasdel lugar en el que habitan. Tie-nen toda una historia evolutiva enese lugar. Las referencias a es-pecies autóctonas en el marco deesta ley, y siempre que no se es-pecifique otra cosa, se refieren aespecies originarias del área deMendoza y de la región Cuyo.

Animal Doméstico: es el ani-mal que proviene de un procesode selección artificial que provocaen él cambios anatómicos, fisio-lógicos y comportamentales quelo ponen en estrecha dependen-cia con el hombre. Se lo denomi-na normalmente de granja o co-rral.

Animal Exótico: son aquellosanimales NO originarios del lugaren que se encuentran. Su introduc-ción puede ser intencional (hechapor el hombre) o accidental. Ge-neralmente se adaptan muy bieny en la mayoría de los casos pro-vocan efectos adversos en elecosistema. A saber: competenciapor el hábitat, alimento o parejacon especies nativas; contagio deenfermedades; hibridación omestización.

Bienestar Animal: es el equili-brio entre estado físico y psicoló-

gico de un animal en su esfuerzopor sobrevivir en su ambiente (de-finición aceptada por WAP - WoridAnimal Protection, organismo deconsulta de bienestar animal dela ONU). El concepto incluyevertebrados y cefalópodos. Talequilibrio se logra cuando cadaanimal tiene asegurado los si-guientes requisitos:• Libre de hambre y sed: con ac-

ceso fácil a agua fresca y limpiay a una dieta para mantener unasalud y vigor completos.

• Libre de incomodidad: median-te el suministro de un ambienteapropiado incluyendo alberguey un área confortable de reposo.

• Libres de dolor, lesión o enfer-medad: mediante la prevencióno diagnóstico y tratamientos rá-pidos.

• Libertad para expresar un com-portamiento normal: mediante elsuministro de suficiente espa-cio, instalaciones apropiadas ycompañía de la misma clase deanimal.

• Libres de miedo y estrés: me-diante el aseguramiento de con-diciones y tratamiento que pue-dan evitar el sufrimiento del ani-mal.

Biodiversidad: variedad de se-res vivos sobre la Tierra y de lospatrones naturales que la confor-man. La biodiversidad compren-de igualmente la variedad deecosistemas y las diferenciasgenéticas dentro de cada especieque permiten la combinación demúltiples formas de vida, y cuyasmutuas interacciones, con el res-to del entorno fundamentan elsustento de la vida sobre el pla-neta.

Conservación: en el marco deesta ley se define conservación ala ciencia que se ocupa de estu-diar las causas de la pérdida dediversidad biológica en todo susniveles (genética, individual, espe-cífica, ecosistémica) y de cómominimizar esta pérdida.

Derivación: es el destino quese le da al animal, pudiendo sersu liberación, que quede en el pre-dio como plantel de la PoblaciónAnimal Permanente, que pase aformar parte de programas de re-habilitación o conservación delEcoparque, y/o que sea enviado aotros centros especializados conparámetros de bienestar animalalineados con los descriptos enesta ley.

Ecoparque: es un parque quea través de espacios naturales,programas educativos, activida-des de conservación, recepción,rehabilitación y derivación de es-pecies nativas e infraestructuraacorde, busca alcanzar la

concientización ecológica por me-dio de la sensibilización, la moti-vación y el conocimiento de la pro-blemática que enfrenta el ambien-te natural que nos rodea. En estelugar los visitantes pueden apren-der sobre las interrelaciones en-tre los organismos y su ambiente,a partir de principios de respetopor todas las formas de vida, suimportancia en el ambiente, y lapreservación y conservación de losecosistemas, además de recibirherramientas para inspirar la bús-queda de soluciones a la proble-mática ambiental.

Estándares Internacionales:medidas requeridas por organis-mos e instituciones acreditadasinternacionalmente para garanti-zar el bienestar animal, las que setomarán como referencia a la horade diseñar instalaciones y proce-dimientos de manejo.

Fauna Silvestre: animales ca-paces de sobrevivir y reproducir-se en forma natural en una región,sin la intervención del hombre. Suevolución es ajena al ser huma-no. El término incluye a las pobla-ciones libres o cautivas. Defineuna concepción genética y no elestado (de libertad o cautiverio) enque vive el animal.

Observación (o Exposición)no Invasiva: en el marco de estaley se define la observación noinvasiva como el principio por elcual los recintos de los animalesy la forma en que los visitantes pue-den acercarse a los mismos sediseñan de modo tal de minimizarla incomodidad y el estrés que pro-vocan al animal la proximidad, elruido y otros estímulos sensoria-les generados por el observador.Bajo este principio, los animalesdeben tener la posibilidad de ocul-tarse de la vista de los observado-res cuando lo deseen, y puedenincorporarse al recinto elementosde diseño o tecnologías tales queel animal no se dé cuenta de quees observado. Además de prote-ger a los animales, la observaciónno invasiva tiene el fin de transmi-tir a los visitantes el valor del res-peto por todas las formas de vida.

Población Animal Permanen-te: entiéndase por población ani-mal permanente al conjunto deanimales que habitan en el pre-dio, tanto libres como en recintos,según censo del diagnóstico almomento de implementarse lapresente ley, más los animalesque desde ese momento en ade-lante son derivados al predio porel Area de Recepción, Rehabilita-ción y Derivación.

Rehabilitación: es la acción derecuperar sanitaria, física, psíqui-ca y conductualmente a un animal

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silvestre que padeció algún tipo depatología o bien fue sustraído desu hábitat.

Santuario: instalación que res-cata y brinda refugio y cuidado depor vida a animales que han sidoabusados, heridos, abandonadoso que están de cualquier otromodo necesitados, donde el bien-estar de cada animal individual esla primera prioridad. Los anima-les residentes en un santuario tie-nen la oportunidad de vivir natu-ralmente dentro de un entorno pro-tector. Estas instalaciones no es-tán abiertas al público, y la venta ocanje de animales así como laexperimentación con los mismosno está permitido. Al santuario in-gresan animales provenientessólo de rescate, confiscación odonación, y permanecen allí has-ta su muerte.

______

DECRETO N° 1.921

Mendoza, 28 de diciembre de2016

Visto el Expediente N° 2684-D-2016-20108, en el que a fs. 1obra nota de la H. Cámara de Se-nadores de la Provincia,recepcionada por el Poder Ejecu-tivo con fecha 28 de diciembre de2016, mediante la cual comunicala Sanción N° 8945.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Téngase por Ley

de la Provincia la Sanción N° 8945.Artículo 2º - Comuníquese, pu-

blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOEnrique Andrés Vaquié

____________________________

LEY Nº 8.949

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendoza,sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º - Apruébase el De-creto N° 1.900/2.016, por el cualse ratificó el Convenio Marco deColaboración, celebrado en fecha23 de diciembre de 2.016, entre elMinisterio del Interior, Obras Pú-blicas y Vivienda, la Secretaría deObras Públicas, la Subsecretaríade Recursos Hídricos y la Provin-cia de Mendoza, para la ejecuciónde la obra "AprovechamientoHídrico Multipropósito Portezuelodel Viento".

El referido instrumento integrala presente Ley como Anexo en fo-tocopia autenticada constante dedoce (12) fojas.

Artículo 2º- Comuníquese alPoder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SE-SIONES DE LA HONORABLE LE-GISLATURA, DE LA PROVINCIA DEMENDOZA, a los veintiocho díasdel mes de diciembre del año dosmil dieciséis.

Laura MonteroVicegobernadora

Presidenta H. SenadoDiego Mariano SeoaneSecretario Legislativo

H. Cámara de SenadoresNéstor Parés

PresidenteH. Cámara de Diputados

María Carolina LettrySecretaria Legislativa

_____

ANEXO

DECRETO N° 1.900

Mendoza, 27 de diciembre de2016

Visto el expediente N° 3587-D-2016-30093, en el cual se tramitala ratificación del Convenio Marcode Colaboración entre el Ministe-rio del Interior, Obras Públicas yVivienda, la Secretaría de ObrasPúblicas, la Subsecretaría de Re-cursos Hídricos y la Provincia deMendoza, para la ejecución de laobra "Aprovechamiento HídricoMultipropósito Portezuelo del Vien-to", celebrado en fecha 23 de di-ciembre de 2016;CONSIDERANDO:

Que las partes se comprome-ten a promover un marco establede colaboración que contribuya aldesarrollo e implementación deacciones y medidas necesarias aefectos de realizar la ejecución dela obra arriba mencionada, todoello en conformidad en lo estable-cido en las cláusulas del conve-nio cuya ratificación se gestiona.

Por ello y teniendo en cuentalo dictaminado por la Dirección deAsuntos Jurídicos del Ministerio deEconomía, Infraestructura y Ener-gía,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Ratifíquese el Con-

venio Marco de Colaboración ce-lebrado en fecha 23 de diciembrede 2016, entre el Ministerio del In-terior, Obras Públicas y Vivienda,de la Nación, representado por sutitular, Licenciado Rogelio Frigerio,la Secretaría de Obras Públicas,dependiente de ese Ministerio,representada por su titular, Arqui-tecto Daniel G. Chaín, la Subse-cretaría de Recursos Hídricos de-pendiente de la citada Secretaría,representada por su titular, Inge-

niero Pablo J. Bereciartúa y la Pro-vincia de Mendoza, representadapor el Señor Gobernador, Licen-ciado Alfredo Cornejo y por el Se-ñor Ministro de Economía, Infraes-tructura y Energía, Licenciado En-rique Vaquié. El citado instrumen-to integra la presente norma legalcomo Anexo constante de diez (10)fojas.

Artículo 2° - La presente nor-ma legal se dicta ad referéndumde la Honorable Legislatura Pro-vincial.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOEnrique Andrés Vaquié

______

ANEXOCONVENIO MARCO

DE COLABORACIÓN ENTREEL MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA,

LA SECRETARÍA DE OBRASPÚBLICAS, LA SUBSECRETARÍA

DE RECURSOS HÍDRICOSY LA PROVINCIA DE MENDOZA

PARA LA EJECUCIÓNDE LA OBRA

"APROVECHAMIENTO HÍDRICOMULTIPROPÓSITO

PORTEZUELO DEL VIENTO"En la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, a los 23 días delmes de diciembre de 2016, se re-únen el señor Ministro del Interior,Obras Públicas y Vivienda, Lic.Rogelio Frigerio (D.N.I. N°21.482.393), con domicilio en lacalle Balcarce N° 24, de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, enadelante "El Ministerio", el señorSecretario de Obras Públicas, Arq.Daniel G. Chaín (D.N.I. N°10.424.208), con domicilio en lacalle Hipólito Yrigoyen N° 250,piso 11, oficina 1121, de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, enadelante "La Secretaría" y el se-ñor Subsecretario de RecursosHídricos, Ing. Pablo J. Bereciartúa,(D.N.I. N° 22.029.186), con domi-cilio en la calle Hipólito YrigoyenN° 250, piso 11, oficina 1107, de laCiudad Autónoma de Buenos Ai-res, en adelante "La Subsecreta-ría", por una parte; y el señor Go-bernador de la Provincia de Men-doza, Lic. Alfredo Cornejo (D.N.I.N° 14.687.262), con domicilio enla Avenida L. Peltier Nº 351, de laCiudad de Mendoza, Provincia deMendoza y el señor Ministro deEconomía, Infraestructura y Ener-gía de la Provincia de Mendoza,Lic. Enrique Vaquié (DNI Nº17.204.227) con domicilio en laavenida L. Peltier N° 351, de laCiudad de Mendoza, Provincia deMendoza, en adelante ambas "La

Provincia", por la otra parte, y con-juntamente denominadas "LasPartes" acuerdan celebrar el pre-sente Convenio Marco de Colabo-ración entre el Ministerio del Inte-rior, Obras Públicas y Vivienda, laSecretaria de Obras Públicas, laSubsecretaría de RecursosHídricos y la Provincia de Mendo-za para la Ejecución de la Obra"Aprovechamiento HídricoMultipropósito Portezuelo del Vien-to", en adelante el "Convenio", yCONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuestoen el artículo 17 de la Ley de Mi-nisterios N° 22.520 (t.o. por De-creto N° 438/92) y susmodificatorias, El Ministerio tieneentre sus competencias la de en-tender en el dictado de normasrelacionadas con la contratación,construcción y conservación deobras públicas dentro de su ám-bito, en la elaboración y ejecución,de la política hídrica nacional.

Que el Decreto N° 212 de fe-cha 22 de diciembre de 2015 es-tablece como objetivos de La Se-cretaría la de entender en la ela-boración, propuesta y ejecuciónde la política nacional en todas lasmaterias relacionadas con obraspúblicas e hídricas y coordinar losplanes, programas relativos a di-chas obras a nivel internacional,nacional, regional, provincial ymunicipal que correspondan a lajurisdicción.

Que asimismo, por el Decretocitado en el considerando anterior,se dispone como competencia deLa Subsecretaría la de asistir alSecretario de Obras Públicas enla elaboración y ejecución de lapolítica hídrica nacional.

Que en los Autos "MendozaPcia. de c/Estado nacional s/Inconstitucionalidad" que tramita-ran ante la Corte Suprema de Jus-ticia de la Nación, La Provincia y elEstado Nacional celebraron el 29de agosto de 2006 un Acta Acuer-do, que forma parte del presentecomo Anexo I, por la cual el Esta-do Nacional asumió, como solu-ción transaccional, el pago de laobra denominada "Presa y Cen-tral Portezuelo del Viento" que in-tegra el Proyecto denominado"Aprovechamiento Integral de losRecursos Hídricos de Río Grande- Trasvase del Río Grande al RíoAtuel".

Que la Legislatura de La Pro-vincia ratificó el Acuerdo por Leyde la Provincia N° 7708, promul-gada a través del Decreto del Po-der Ejecutivo de la Provincia N°1144 del 30 de mayo de 2007.

Que el Poder Ejecutivo Nacio-nal ratificó el Acuerdo por DecretoN° 687 del 6 de Junio de 2007.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19091

Que la Corte Suprema de Jus-ticia de la Nación homologó confecha 15 de diciembre de 2009 elAcuerdo, citado ut supra, en lostérminos del artículo 308 del Có-digo Procesal Civil y Comercial dela Nación.

Que el Estado Nacional, aten-to la importancia federal que re-presenta contar con un aprovecha-miento hídrico multipropósito, con-sidera conveniente no sólo laconstrucción de la obra compro-metida con La Provincia en elacuerdo ya citado, esto es la cons-trucción de la Presa, la central apie de la Presa, la línea que lo vin-cula con el Sistema InterconectadoNacional, sino también las medi-das de mitigación y compensaciónambiental correspondientes, en elmarco de un proyecto más com-pleto que permita atender las ne-cesidades de la región, a travésde la concreción del proyecto de-nominado "AprovechamientoHídrico Multipropósito Portezuelodel Viento", en adelante "La Obra",emplazado en territorio de La Pro-vincia, sobre el cauce del Río Gran-de, Cuenca del Río Colorado.

Que La Obra, en el ámbito dela gestión integrada de los recur-sos hídricos, cumple con los prin-cipios rectores de la política hídricanacional, permitiendo el desarro-llo productivo del país.

Que es de interés del EstadoNacional incentivar la promociónde aprovechamientosmultipropósito en el territorio de laRepública Argentina, que contribu-yan a la optimización de los recur-sos hídricos con fines producti-vos, control de inundaciones y ge-neración de energía eléctrica.

Que el desarrollo de La Obratiene en cuenta el aumento del al-macenamiento en la CuencaInterjurisdiccional del Río Colora-do, dotando a las Provincias de LaPampa, Mendoza, Neuquén, Bue-nos Aires y Río Negro, integrantesde la misma, de reservas de re-cursos hídricos para afrontar lavariabilidad climática.

Que La Provincia consideraconveniente la realización de losagregados ya indicados a la Obra, ypresta su conformidad a los mis-mos, sujeta al cumplimiento efecti-vo de los compromisos contraídos.

Que conforme lo expuesto yatento que es conteste con la polí-tica pública impulsada por el Go-bierno nacional, La Secretaría con-sidera conveniente asumir la eje-cución de La Obra, conforme al ré-gimen jurídico nacional aplicable.

Que una vez estén resueltoslos acuerdos establecidos en elmarco del COIRCO se podrá ad-judicar La Obra.

Que por todo lo expuesto, LasPartes acuerdan:

Cláusula Primera: Las Partesse comprometen a promover unmarco estable de colaboraciónque contribuya al desarrollo e im-plementación de acciones y me-didas necesarias a efectos derealizar la ejecución de La Obra.

Cláusula Segunda: La Secre-taría se compromete a llevar ade-lante la ejecución de La Obra con-forme el régimen jurídico nacionalaplicable.

A los fines de iniciar los proce-dimientos de selección que co-rrespondan, La Subsecretaría ela-borará los documentos licitatoriosrespectivos, con la participaciónnecesaria de la Provincia, en loque corresponda.

Los procedimientos de selec-ción podrán iniciarse, mediante laimplementación de mecanismosde difusión del proyecto a nivel na-cional e internacional, que garan-ticen la mayor transparencia delprocedimiento, previo cumplimien-to de los compromisos asumidospor La Provincia en los acápitesa) y b) de la Cláusula Cuarta deeste Convenio.

Cláusula Tercera: La Secreta-ría se compromete a desarrollarlas gestiones correspondientesdestinadas a obtener elfinanciamiento necesario paraque la Nación ejecute La Obra, laque al concluirse será entregadaa La Provincia para su aprovecha-miento hidroeléctrico, en las con-diciones del Convenio que formaparte del presente como Anexo I.

Cláusula Cuarta: La Provinciase compromete a colaborar y par-ticipar en todo el procedimientolicitatorio aportando el apoyo téc-nico necesario para la concreciónde La Obra, siendo por su cuenta:a) Realizar las acciones conducen-

tes para dejar sin efecto todo trá-mite relacionado a procedimien-tos licitatorios pendientes conrelación a La Obra, en un plazoque no exceda los 20 días hábi-les desde la firma del presente;

b) Entregar a La Subsecretaría elProyecto de La Obra, en un plazoque no exceda los 10 días hábi-les desde la firma del presente;

c) Realizar las evaluaciones y otor-gar las aprobaciones técnicas,energéticas, hidráulicas y am-bientales a través de los res-pectivos organismos compe-tentes y conforme a la legisla-ción vigente en la materia, cuan-do ello sea oportuno;

d) Otorgar las autorizaciones per-tinentes a efectos de permitir laconcreción de La Obra;

e) Dictar los actos administrativos yrealizar las gestiones judiciales

o extrajudiciales que fueran me-nester para concretar eventualesexpropiaciones, constituir servi-dumbres u obtener permisos depaso, así como toda otra medidareferida al establecimiento derestricciones o límites al domi-nio para liberar la traza;

f) Dictar los actos que estén a sualcance y que sean necesariosa fin de lograr la exención de tri-butos provinciales y municipa-les, que le sean aplicables a LaObra, promoviendo, la sanciónde las normas que fueren me-nester a esos efectos;

g) Perfeccionar todo acto adminis-trativo que corresponda en ejer-cicio de la competencia provin-cial y que fuere necesario presen-tar por ante la autoridad de cuen-ca del Comité Interjurisdiccionaldel Río Colorado, y darle su debi-da participación

h) Colaborar, en todo lo que fuereconducente técnicamente, en elprocedimiento de contratación dela Obra que realice la Secretaría.Cláusula Quinta: La Secretaría,

a través de la Subsecretaría, pro-cederá a la contratación de la Ins-pección de la Obra. La Provinciacolaborará con La Subsecretaría,asistiendo en materia de supervi-sión de la obra en forma manco-munada a través de sus organis-mos o profesionales idóneos.

Cláusula Sexta: Las Partes es-tablecerán por Acuerdos específi-cos las condiciones particulares ydemás cuestiones que sea nece-sario implementar, de conformi-dad a la normativa aplicable y a loprevisto en el presente Convenio.

Cláusula Séptima: La Provin-cia se compromete a mantener in-demne al Estado Nacional porcualquier reclamo, demanda,sanción, juicio, daño, pérdida y/ocualquier otro concepto, incluyen-do multas, costas judiciales y ho-norarios de abogados, como con-secuencia de las responsabilida-des que La Provincia asume en laCláusula Cuarta del presente.

Cláusula Octava: El presenteConvenio entrará en vigencia apartir de la fecha de su suscrip-ción, y hasta el efectivo cumpli-miento de las obligaciones asu-midas por Las Partes, en los pla-zos, términos y modos previstosen el presente y en los PliegosLicitatorios, en cuanto no se leopongan.

Cláusula Novena: Los dere-chos de La Provincia emanadosdel Acta Acuerdo homologado porla Corte Suprema de Justicia dela Nación en los Autos "MendozaPcia. de c/Estado nacional s/Inconstitucionalidad" se conside-rarán cumplidos con la recepción

definitiva de La Obra. En caso deincumplimiento, La Provincia po-drá ejercer todos los derechosemanados del convenio que for-ma parte del Anexo I.

Cláusula Décima: Para el casode suscitarse alguna controversiaen cuanto a la interpretación, apli-cación y/o ejecución del Convenio,Las Partes intentarán resolverloen términos cordiales. De no arri-bar a una solución satisfactoriapara ambas, acuerdan someter lacuestión a la Corte Suprema deJusticia de la Nación.

Cláusula Décima Primera: LasPartes se comprometen a gestio-nar las autorizaciones que en elámbito de su jurisdicción fuerennecesarias para la concreción delos compromisos previstos en elConvenio.

En prueba de conformidad,Las Partes suscriben el presenteen dos (2) ejemplares de un mis-mo tenor y a un solo efecto.

_____

ACTA ACUERDOEn la Ciudad de Mendoza, a los

29 días del mes de agosto de 2006,se reúnen el Señor Ministro de Pla-nificación Federal, Inversión Públi-ca y Servicios, Arquitecto Julio M.De Vido, por una parte, en repre-sentación del Estado Nacional, yel Señor Gobernador de la Provin-cia de Mendoza, Ingeniero Julio C.Cobos, en representación de dichoEstado Provincial, y convienen sus-cribir el presente Acuerdo, sujeto alas siguientes cláusulas:

Primera: El Gobierno Nacio-nal, toma a su cargo elfinanciamiento en territorio de laprovincia de Mendoza, de la obradenominada “Presa y CentralPortezuelo del Viento”, que integrael proyecto denominado "Aprove-chamiento Integral de los Recur-sos Hídricos del Río Grande -Trasvase del Río Grande al RíoAtuel" de acuerdo a los montosindicados en el Anexo I del presen-te Acuerdo.

Segunda: La Provincia de Men-doza ejecutará la obra detalladaen la cláusula primera, de acuer-do a las especificaciones técnicasque surgen de los estudios pre-vios realizados por la Provincia ydel proyecto licitatorio cuyos plie-gos se encuentran elaborados yen etapa de aprobación, siendosupervisados por la Nación.

Tercera: El Estado Nacional secompromete a transferir en el pri-mer trimestre de cada ejercicio,los fondos detallados en el AnexoI, conforme al presupuesto deobra para cada ejercicio con máslas redeterminaciones de precios.El Estado Nacional a través de los

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funcionarios que designe el Minis-terio de Planificación Federal, In-versión Pública y Servicios, tendráel derecho de verificar en cualquiertiempo el estado de las obras ytambién de auditar, con laperiodicidadd que crea convenien-te, el empleo de los recursos re-mitidos, obligándose la Provinciaa facilitar la documentación nece-saria para el adecuado ejerciciode este derecho.

Cuarta: El aporte del EstadoNacional para el financiamientode la obra de la cláusula primerano genera derecho alguno del Es-tado Nacional a reclamar de aquélel reintegro de los fondos inverti-dos ni suma alguna provenientede la planificación, ejecución ypuesta en marcha de dicha obra.

Quinta: En el marco del presen-te, se establece que la ratificaciónde este Acuerdo en la forma pre-vista en la cláusula séptima, pro-ducirá el desistimiento de la accióny del derecho del proceso que tra-mita, por ante la Corte Suprema deJusticia de la Nación en los AutosM-457 «Mendoza, Pcia. de c/Esta-do Nacional s/Inconstitucionalidad» y el consen-timiento del Estado Nacional, enlos términos del artículo 304, 2ºpárrafo, CPCCN, y que los gastoscausídicos correspondientes a di-cho proceso sean soportados dela siguiente forma: los honorariosde los profesionales abogados deambas partes, por el orden causa-do; los honorarios, gastos corres-pondientes a las actuacionespericiales y los gastos de tasa dejusticia, por mitades. Ratificado elacuerdo en la forma prevista, cual-quiera de las partes podrá pedir elarchivo del referido proceso en ca-rácter de terminado.

Sexta: En caso de que la Na-ción no dé oportuno cumplimien-to a cualquiera de las obligacio-nes que le impone el presenteacuerdo, la Provincia quedaráfacultada, sin necesidad de inter-pelación judicial o extrajudicial al-guna, a perseguir el cumplimien-to coactivo de la prestación, me-diante la pertinente acción ejecu-tiva, quedando facultada la Provin-cia para promover además, pormedio de acción ejecutiva la eje-cución por el saldo no transferidodel total de lo presupuestado enel Anexo I para la terminación ypuesta en marcha de las obrascomprometidas.

Séptima: La vigencia del pre-sente Acuerdo se encuentra suje-ta a su ratificación por la H. Legis-latura de la Provincia de Mendoza(Art. 99 inc. 4º de la Constituciónde Mendoza) y por el Poder Ejecu-tivo Nacional.

En prueba de conformidad sefirman dos (2) ejemplares de unmismo tenor y a un solo efecto.

______

ANEXO IDe acuerdo a lo establecido en

la cláusula primera del convenio,el presupuesto de gastos básicospara la ejecución de los estudiosprevios, anteproyecto, proyectodefinitivo, proceso licitatorio, gas-tos generales y ejecución de lasobras hasta su total puesta enmarcha y funcionamiento, corres-pondientes a la I Etapa del «Apro-vechamiento Integral de los Re-cursos Hídricos del Río Grande -Trasvase del Río Grande al RíoAtuel», Presa y Central Portezuelodel Viento, asciende a la suma dePesos un mil cinco millones ($1.005.000.000), según estimacio-nes efectuadas por las áreas téc-nicas de la Provincia, con más lasredeterminaciones de precios queregistren los conceptos mencio-nados, estimados por la Provin-cia para cada transferencia y con-forme a la legislación provincial.

El monto anteriormente esta-blecido se discrimina de acuerdoal siguiente detalle:1- Estudios y

Proyectos $ 15.000.0002- Presa Portezuelo

del Viento $ 710.000.0003- Central Portezue-

lo del Viento a piede presa y líneade transmisiónde energía $ 280.000.000En caso de producirse econo-

mías de obra, los saldos seránafectados a las obras de Acondi-cionamiento y Mejora de las ac-tuales áreas bajo riego, y desa-rrollo y preparación de las nuevasáreas bajo riego.

El flujo de fondos estimado enforma provisoria y sin incluir lasredeterminaciones de precios esel siguiente:Ejercicio 2007 $ 115.000.000Ejercicio 2008 $ 130.000.000Ejercicio 2009 $ 150.000.000Ejercicio 2010 $ 165.000.000Ejercicio 2011 $ 165.000.000Ejercicio 2012 $ 150.000.000Ejercicio 2013 $ 130.000.000

_______

DECRETO N° 1.925

Mendoza, 28 de diciembre de2016

Visto el Expediente N° 2688-D-2016-20108 y acumulado N°3591-D-2016-30093, en el que afs. 1 del Expediente citado en pri-mer término obra nota de la H. Cá-mara de Diputados de la Provin-cia, recepcionada por el Poder Eje-

DECRETOS

MINISTERIO DE ECONOMIAINFRAESTRUCTURA

Y ENERGIA______

DECRETO N° 1.844

Mendoza, 20 de diciembre de2016

Visto el expediente N° 488-D-16-77308 mediante el cual la Di-rección de Servicios Eléctricos, de-pendiente de la Secretaria de Ser-vicios Públicos, solicita se aprue-be el pago de Subsidios Econó-micos, Sociales, Compensacióny Mantenimiento de AlumbradoPúblico, Compensación de ValorAgregado de Distribución (VAD),Compensación de Costo de Abas-tecimiento (CCA), Regantes Hijue-la Gallo, que deben ser afronta-dos por el Fondo ProvincialCompensador de Tarifas para elEjercicio 2016, yCONSIDERANDO:

Que la Ley N° 8830 designa ala Secretaría de Servicios Públi-cos, en su artículo 38, como auto-ridad de aplicación de las LeyesN° 6497, 6498, 7543 y 7544, com-plementarias y/o modificatorias.

Que por Decreto N° 2609/15se aprueba la estructuraorganizativa de la Secretaría deServicios Públicos quedando acargo de la Dirección de ServiciosEléctricos la administración delFondo Provincial de Compensa-ciones Tarifarias, creado por elartículo 74° de la Ley 6497, modi-ficada por la Ley N° 7543.

Que por tal razón, es la encar-gada de pagar a las EmpresasConcesionarias de distribución deenergía eléctrica y a los Municipiosde su zona de influencia, segúncorresponda, los subsidios eco-nómicos y sociales, las compen-saciones de Valor Agregado deDistribución (CVAD), Costos deAbastecimiento (CCA) y Alumbra-do Público y el Mantenimiento delAlumbrado Público; Regantes Hi-juela Gallo.

Que el artículo 1º de la Resolu-

ción N° 150/SSP/16 aprueba la mo-dificación presupuestaria de parti-das para el presente ejercicio porun monto de $ 35.285.454 (pesostreinta y cinco millones doscientosochenta y cinco mil cuatrocientoscincuenta y cuatro) para la partida903103- 43104-Fin 108.

Que se ha efectuado la afecta-ción preventiva del gasto, en cum-plimiento del Artículo 92 inciso a.de la Ley N° 8706, con la interven-ción de los Servicios Administrati-vos de la Contaduría General dela Provincia.

Por lo expuesto, y teniendo encuenta lo dictaminado por la Di-rección de Asuntos Legales y Fis-calización de la Secretaría de Ser-vicios Públicos;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Apruébese la Pla-

nilla Anexa I, "FPCT - Subsidios yCompensaciones Ejercicio 2016",que contiene las partidas para elpago de Subsidios Económicos,Sociales y Eléctricos, Compensa-ciones de Valor Agregado de Dis-tribución y de Costo de Abasteci-miento, Alumbrado Público y otrosa efectuar por Pago Bancario y/opor Compensación para el Ejerci-cio 2016, por un total de pesostreinta y cinco millones doscien-tos ochenta y cinco mil cuatrocien-tos cincuenta y cuatro con 00/100($ 35.285.454.-).

Artículo 2º - Autorícese a la Di-rección de Servicios Eléctricos aatender el gasto aprobado en elartículo precedente de la siguien-te manera: pesos once millonescon 00/100 ($ 11.200.000.-) enconcepto de Pago Bancario y depesos veinticuatro millonesochenta y cinco mil cuatrocientoscincuenta y cuatro con 00/100 ($24.085.454.-) en concepto dePago por Compensación con car-go a la siguiente partida: Presu-puesto de Erogaciones Ejercicio2016, Unidad de Gestión de Cré-dito: 903103; Clasificación Econó-mica 43104; Financiamiento 108;Unidad de Gestión de Consumo921095.

Artículo 3º - La recepción y ren-dición de los importes aprobadosen el Artículo Primero estará a car-go de los responsables identifica-dos en la Planilla Anexa II, en cum-plimiento de la Disposición N° 7/15 de la Contaduría General de laProvincia, que en dos (2) fojas for-ma parte integrante del presentedecreto.

Artículo 4º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOEnrique Andrés Vaquié

cutivo con fecha 28 de diciembrede 2016, mediante la cual comu-nica la Sanción N° 8949,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Téngase por Ley

de la Provincia la Sanción N° 8949.Artículo 2° - Comuníquese, pu-

blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOEnrique Andrés Vaquié

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619121

PLANILLA ANEXA IIRESPONSABLES S/DISPOSICION 7/15 CGP - DISTRIBUIDORAS

Hoja Nº 1

Distribuidoras Eléctricas Nómina de Responsables

Nombre DNI Nombre DNI

Coop. Eléct. y de Servicios Pcos. MEDRANO Ltda. Musse Manuel M. 10.800.857 Abraham H. Jorge 17.455.070

Coop. Eléctrica "MONTE COMAN" Ltda. García Rodolfo 10.980.082 Gil Gaspar 8.401.889

Coop. de Electrificación Rural Alto Verde Alvarez, José Bernardo 17.081.465 10.869.232

y Algarrobo Grande Ltda. Federici, Eduardo José 6.897.261 Carlos Alberto Fernández 12.018.380

Coop. Eléctrica y Anexos "POPULAR DE RIVADAVIA" Ltda. Carlos Javier Fornasari 22.185.814 Cont. Rolando Walter Baroni 13.591.130

Encina, Gonzalo 28.181.044 Forte, Daniel Pascual 12.931.981

Debandi, Ariel Alejandro 30.964.532 Pesce, Marcos Gustavo 29.717.200

Morales, Dante Horacio 8.369.180 Barossi, Julio Francisco 8.230.683

Coop. de Electrif. Rural "SUD RIO TUNUYAN RIVADAVIA" Ltda. Lanzarini Leonardo Carlos L.E. 6.869.260 Cdor. Lanzarini Ricardo Pedro 10.274.908

Coop. de Elect., Edificación y Serv. Pcos. "SANTA ROSA" Ltda. Formento Fernando Manuel 11.042.836 Cabrera Mirian del Carmen 12.948.341

Sánchez, Nancy Beatriz 16.011.625

C.E.C.S.A.G.A.L. Héctor Ambrosini 6.929.070 Ing. Santiago A. Bello 20.336.090

Marcelo E. Sandobal 18.463.714

C.O.S.P.A.C. de Bowen Ltda. Sarsotti Horacio 10.273.832 García Carlos Antonio 8.029.660

E.D.E.S.T.E.S.A. Stasi Raúl A. 7.889.291 Formento Fernando Manuel 11.042.836

La Coop., Empresa Eléctrica de "GODOY CRUZ" Ltda. Dr. Magnaghi Emilio Luis L.E. 8.146.345 Lic. Magnaghi Gloria A. 10.039.675

Sr. Aldunate, Juan Esteban 16.796.867

Empresa Distribuidora de Electricidad de Mza S.A. -EDEMSA- Sr. Esteban Silvestre Stirn 22.625.157

PLANILLA ANEXA IIRESPONSABLES S/DISPOSICION 7/15 CGP - MUNICIPIOS

Hoja Nº 2

MUNICIPIOS Intendente Tipo de Número Personas Autorizadas Tipo de NúmeroDocumento Documento

CAPITAL Dr. Rodolfo Alejandro Suárez D.N.I. 16.428.811 Roberto Federico Zapata D.N.I. 26.681.009

Sra. Aída Mabel Hudson Céd.Fed. 6.225.686

GODOY CRUZ Lic.Tadeo García Zalazar D.N.I. 25.064.477 Cont.Marta L.de Lourdes Muñoz D.N.I. 10.942.412

Sr. Rubén Alejandro Vega D.N.I. 16.555.858

GUAYMALLEN Sr. Marcelino Oscar Iglesias D.N.I. 10.628.626 Sr. Mario Raúl López D.N.I. 11.809.022

Sra. Deolinda Ropxana Moreno D.N.I. 21.705.105

SAN CARLOS Dr. Jorge Andrés Difonso D.N.I. 20.494.123 Cont. Fabio Alejandro Rey D.N.I. 17.672.377

Cont. Claudio Laciar D.N.I. 17.985.546

LUJÁN DE CUYO Dr. Omar Bruno De Marchi D.N.I. 17.640.658 Cont. Laura Noseda D.N.I. 16.023.827

Cont. Antonio Spezia D.N.I. 11.544.981

MALARGÜE Sr. José Vergara Martínez D.N.I. 6.933.350 Cont. Pablo Gregorio Cuello Barrera D.N.I. 31.985.809

Sra. Wanda Débora Sandoval D.N.I. 18.463.621

Sra. Yanet Guajardo Cansino D.N.I. 18.776.198

RIVADAVIA Sr. Miguel Angel Ronco D.N.I. 10.599.223 Sr. Luis Alberto Escribano D.N.I. 12.931.845

LAVALLE Sr. Roberto Victorio Righi D.N.I. 22.754.070 Cont. Juan Carlos Molina D.N.I. 17.322.969

TUNUYAN Prof. Martín Guillermo Aveiro D.N.I. 24.181.161 Cont. Daniel Ernesto Hurtado D.N.I. 16.562.497

LA PAZ Prof. Gustavo Pinto D.N.I. 14.659.162 Cont. Lorena Paola Garrido D.N.I. 26.219.076

Cont. César Martín Lazarini D.N.I. 23.059.245

TUPUNGATO Sr. Gustavo Adrián Soto D.N.I. 20.114.280 Cont. Jorge Gastón Galdame D.N.I. 28.979.507

José Miguel Jiménez D.N.I. 20.114.262

JUNIN Sr. Mario Enrique Abed D.N.I. 16.562.215 Sr. Mario Walter Morón D.N.I. 17.361.414

Sr. José Antonio Funes L.E. 5.542.901

SAN RAFAEL Sr. Emir Roberto Félix D.N.I. 16.836.837 Sr. Cristian Jesús A. Quiles D.N.I. 30.203.572

SAN MARTIN Sr. Omar Giménez D.N.I. 14.879.084 Cont. Juan M. Espín D.N.I. 26.241.539

Sr. José Carlos Muñoz D.N.I. 16.061.827

GENERAL ALVEAR Cont. Walter Marcolini D.N.I. 21.018.719 Sr. José Alberto Tempestti D.N.I. 21.740.647

Cont. Alain Koninckx Horta D.N.I. 92.255.099

MAIPU Sr. Alejandro D. Bermejo D.N.I. 14.985.237 Sr. Ernesto N. Rodríguez D.N.I. 11.263.802

Jorge A. Manguatte D.N.I. 10.039.123

Mario E. Loretti D.N.I. 12.783.306

Natalia E. Muñoz D.N.I. 29.386.486

SANTA ROSA Sra. Norma Viviana Trigo D.N.I. 14.006.755 Sr. Walter Eduardo Fredes D.N.I. 16.053.283

LAS HERAS Dr. Mario Daniel Orozco D.N.I. 13.470.000 Sra. Andrea Silvana Mardini D.N.I. 22.316.630

Sra. Andrea Vanina Casares D.N.I. 31.286.594

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19131

DECRETO N° 1.900

Mendoza, 27 de diciembre de2016

Visto el expediente N° 3587-D-2016-30093, en el cual se tra-mita la ratificación del ConvenioMarco de Colaboración entre elMinisterio del Interior, Obras Pú-blicas y Vivienda, la Secretaría deObras Públicas, la Subsecretaríade Recursos Hídricos y la Provin-cia de Mendoza, para la ejecuciónde la obra "AprovechamientoHídrico Multipropósito Portezuelodel Viento", celebrado en fecha 23de diciembre de 2016;CONSIDERANDO:

Que las partes se comprome-ten a promover un marco esta-ble de colaboración que contri-buya al desarrollo e implemen-tación de acciones y medidasnecesarias a efectos de realizarla ejecución de la obra arribamencionada, todo ello en confor-midad en lo establecido en lascláusulas del convenio cuya rati-ficación se gestiona.

Por ello y teniendo en cuenta lodictaminado por la Dirección deAsuntos Jurídicos del Ministerio deEconomía, Infraestructura y Energía,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Ratifíquese el

Convenio Marco de Colabora-ción celebrado en fecha 23 dediciembre de 2016, entre el Mi-nisterio del Interior, Obras Públi-cas y Vivienda, de la Nación, re-presentado por su titular, Licen-ciado Rogelio Frigerio, la Secre-taría de Obras Públicas, depen-diente de ese Ministerio, repre-sentada por su titular, ArquitectoDaniel G. Chaín, la Subsecreta-ría de Recursos Hídricos depen-diente de la citada Secretaría,representada por su titular, In-geniero Pablo J. Bereciartúa y laProvincia de Mendoza, repre-sentada por el Señor Goberna-dor, Licenciado Alfredo Cornejoy por el Señor Ministro de Eco-nomía, Infraestructura y Energía,Licenciado Enrique Vaquié. Elcitado instrumento integra lapresente norma legal comoAnexo constante de diez (10)fojas.

Artículo 2° - La presente nor-ma legal se dicta ad referéndumde la Honorable Legislatura Pro-vincial.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOEnrique Andrés Vaquié

ANEXOCONVENIO MARCO

DE COLABORACIÓN ENTREEL MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA,

LA SECRETARÍA DE OBRASPÚBLICAS, LA SUBSECRETARÍA

DE RECURSOS HÍDRICOSY LA PROVINCIA DE MENDOZA

PARA LA EJECUCIÓNDE LA OBRA

"APROVECHAMIENTO HÍDRICOMULTIPROPÓSITO

PORTEZUELO DEL VIENTO"En la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, a los 23 días delmes de diciembre de 2016, se re-únen el señor Ministro del Inte-rior, Obras Públicas y Vivienda,Lic. Rogelio Frigerio (D.N.I. N°21.482.393), con domicilio en lacalle Balcarce N° 24, de la Ciu-dad Autónoma de Buenos Aires,en adelante "El Ministerio", el se-ñor Secretario de Obras Públicas,Arq. Daniel G. Chaín (D.N.I. N°10.424.208), con domicilio en lacalle Hipólito Yrigoyen N° 250,piso 11, oficina 1121, de la Ciu-dad Autónoma de Buenos Aires,en adelante "La Secretaría" y elseñor Subsecretario de Recur-sos Hídricos, Ing. Pablo J.Bereciartúa, (D.N.I. N°22.029.186), con domicilio en lacalle Hipólito Yrigoyen N° 250,piso 11, oficina 1107, de la Ciu-dad Autónoma de Buenos Aires,en adelante "La Subsecretaría",por una parte; y el señor Gober-nador de la Provincia de Mendo-za, Lic. Alfredo Cornejo (D.N.I. N°14.687.262), con domicilio en laAvenida L. Peltier Nº 351, de laCiudad de Mendoza, Provincia deMendoza y el señor Ministro deEconomía, Infraestructura y Ener-gía de la Provincia de Mendoza,Lic. Enrique Vaquié (DNI Nº17.204.227) con domicilio en laavenida L. Peltier N° 351, de laCiudad de Mendoza, Provincia deMendoza, en adelante ambas "LaProvincia", por la otra parte, y con-juntamente denominadas "LasPartes" acuerdan celebrar el pre-sente Convenio Marco de Cola-boración entre el Ministerio del In-terior, Obras Públicas y Vivienda,la Secretaria de Obras Públicas,la Subsecretaría de RecursosHídricos y la Provincia de Mendo-za para la Ejecución de la Obra"Aprovechamiento HídricoMultipropósito Portezuelo delViento", en adelante el "Conve-nio", yCONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuestoen el artículo 17 de la Ley de Mi-nisterios N° 22.520 (t.o. por De-

creto N° 438/92) y susmodificatorias, El Ministerio tie-ne entre sus competencias la deentender en el dictado de normasrelacionadas con la contratación,construcción y conservación deobras públicas dentro de su ám-bito, en la elaboración y ejecu-ción, de la política hídrica nacio-nal.

Que el Decreto N° 212 de fe-cha 22 de diciembre de 2015 es-tablece como objetivos de La Se-cretaría la de entender en la ela-boración, propuesta y ejecuciónde la política nacional en todas lasmaterias relacionadas con obraspúblicas e hídricas y coordinar losplanes, programas relativos a di-chas obras a nivel internacional,nacional, regional, provincial ymunicipal que correspondan a lajurisdicción.

Que asimismo, por el Decre-to citado en el considerando an-terior, se dispone como compe-tencia de La Subsecretaría la deasistir al Secretario de Obras Pú-blicas en la elaboración y ejecu-ción de la política hídrica nacio-nal.

Que en los Autos "MendozaPcia. de c/Estado nacional s/Inconstitucionalidad" que tramita-ran ante la Corte Suprema de Jus-ticia de la Nación, La Provincia y elEstado Nacional celebraron el 29de agosto de 2006 un Acta Acuer-do, que forma parte del presentecomo Anexo I, por la cual el Esta-do Nacional asumió, como solu-ción transaccional, el pago de laobra denominada "Presa y Cen-tral Portezuelo del Viento" que in-tegra el Proyecto denominado"Aprovechamiento Integral de losRecursos Hídricos de Río Grande- Trasvase del Río Grande al RíoAtuel".

Que la Legislatura de La Pro-vincia ratificó el Acuerdo por Leyde la Provincia N° 7708, pro-mulgada a través del Decretodel Poder Ejecutivo de la Pro-vincia N° 1144 del 30 de mayode 2007.

Que el Poder Ejecutivo Nacio-nal ratificó el Acuerdo por DecretoN° 687 del 6 de Junio de 2007.

Que la Corte Suprema de Jus-ticia de la Nación homologó confecha 15 de diciembre de 2009 elAcuerdo, citado ut supra, en lostérminos del artículo 308 del Có-digo Procesal Civil y Comercial dela Nación.

Que el Estado Nacional, aten-to la importancia federal que re-presenta contar con un aprove-chamiento hídricomultipropósito, considera conve-

niente no sólo la construcción dela obra comprometida con LaProvincia en el acuerdo ya cita-do, esto es la construcción de laPresa, la central a pie de la Pre-sa, la línea que lo vincula con elSistema Interconectado Nacio-nal, sino también las medidas demitigación y compensación am-biental correspondientes, en elmarco de un proyecto más com-pleto que permita atender las ne-cesidades de la región, a travésde la concreción del proyecto de-nominado "AprovechamientoHídrico Multipropósito Portezuelodel Viento", en adelante "LaObra", emplazado en territorio deLa Provincia, sobre el cauce delRío Grande, Cuenca del Río Co-lorado.

Que La Obra, en el ámbitode la gestión integrada de losrecursos hídricos, cumple conlos principios rectores de lapolítica hídrica nacional, permi-tiendo el desarrollo productivodel país.

Que es de interés del EstadoNacional incentivar la promociónde aprovechamientosmultipropósito en el territorio dela República Argentina, que con-tribuyan a la optimización de losrecursos hídricos con fines pro-ductivos, control de inundacio-nes y generación de energíaeléctrica.

Que el desarrollo de La Obratiene en cuenta el aumento delalmacenamiento en la CuencaInterjurisdiccional del Río Colo-rado, dotando a las Provinciasde La Pampa, Mendoza,Neuquén, Buenos Aires y RíoNegro, integrantes de la misma,de reservas de recursoshídricos para afrontar la variabi-lidad climática.

Que La Provincia consideraconveniente la realización de losagregados ya indicados a la Obra,y presta su conformidad a los mis-mos, sujeta al cumplimiento efec-tivo de los compromisos contraí-dos.

Que conforme lo expuesto yatento que es conteste con la po-lítica pública impulsada por elGobierno nacional, La Secreta-ría considera conveniente asu-mir la ejecución de La Obra, con-forme al régimen jurídico nacio-nal aplicable.

Que una vez estén resueltoslos acuerdos establecidos en elmarco del COIRCO se podrá ad-judicar La Obra.

Que por todo lo expuesto, LasPartes acuerdan:

Cláusula Primera: Las Partes

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se comprometen a promover unmarco estable de colaboraciónque contribuya al desarrollo e im-plementación de acciones y me-didas necesarias a efectos derealizar la ejecución de La Obra.

Cláusula Segunda: La Secre-taría se compromete a llevar ade-lante la ejecución de La Obra con-forme el régimen jurídico nacionalaplicable.

A los fines de iniciar los proce-dimientos de selección que co-rrespondan, La Subsecretaría ela-borará los documentos licitatoriosrespectivos, con la participaciónnecesaria de la Provincia, en loque corresponda.

Los procedimientos de selec-ción podrán iniciarse, mediante laimplementación de mecanismosde difusión del proyecto a nivel na-cional e internacional, que garan-ticen la mayor transparencia delprocedimiento, previo cumplimien-to de los compromisos asumidospor La Provincia en los acápitesa) y b) de la Cláusula Cuarta deeste Convenio.

Cláusula Tercera: La Secreta-ría se compromete a desarrollarlas gestiones correspondientesdestinadas a obtener elfinanciamiento necesario paraque la Nación ejecute La Obra, laque al concluirse será entregadaa La Provincia para su aprovecha-miento hidroeléctrico, en las con-diciones del Convenio que formaparte del presente como Anexo I.

Cláusula Cuarta: La Provinciase compromete a colaborar y par-ticipar en todo el procedimientolicitatorio aportando el apoyo téc-nico necesario para la concreciónde La Obra, siendo por su cuenta:a) Realizar las acciones conducen-

tes para dejar sin efecto todo trá-mite relacionado a procedimien-tos licitatorios pendientes conrelación a La Obra, en un plazoque no exceda los 20 días hábi-les desde la firma del presente;

b) Entregar a La Subsecretaría elProyecto de La Obra, en un plazoque no exceda los 10 días hábi-les desde la firma del presente;

c) Realizar las evaluaciones y otor-gar las aprobaciones técnicas,energéticas, hidráulicas y am-bientales a través de los res-pectivos organismos compe-tentes y conforme a la legisla-ción vigente en la materia, cuan-do ello sea oportuno;

d) Otorgar las autorizaciones per-tinentes a efectos de permitir laconcreción de La Obra;

e) Dictar los actos administrativos yrealizar las gestiones judicialeso extrajudiciales que fueran me-

nester para concretar eventualesexpropiaciones, constituir servi-dumbres u obtener permisos depaso, así como toda otra medidareferida al establecimiento derestricciones o límites al domi-nio para liberar la traza;

f) Dictar los actos que estén a sualcance y que sean necesariosa fin de lograr la exención de tri-butos provinciales y municipa-les, que le sean aplicables a LaObra, promoviendo, la sanciónde las normas que fueren me-nester a esos efectos;

g) Perfeccionar todo acto adminis-trativo que corresponda en ejer-cicio de la competencia provin-cial y que fuere necesario presen-tar por ante la autoridad de cuen-ca del Comité Interjurisdiccionaldel Río Colorado, y darle su debi-da participación

h) Colaborar, en todo lo que fuereconducente técnicamente, en elprocedimiento de contratación dela Obra que realice la Secretaría.Cláusula Quinta: La Secretaría,

a través de la Subsecretaría, pro-cederá a la contratación de la Ins-pección de la Obra. La Provinciacolaborará con La Subsecretaría,asistiendo en materia de supervi-sión de la obra en forma manco-munada a través de sus organis-mos o profesionales idóneos.

Cláusula Sexta: Las Partes es-tablecerán por Acuerdos específi-cos las condiciones particulares ydemás cuestiones que sea nece-sario implementar, de conformi-dad a la normativa aplicable y a loprevisto en el presente Convenio.

Cláusula Séptima: La Provin-cia se compromete a mantener in-demne al Estado Nacional porcualquier reclamo, demanda,sanción, juicio, daño, pérdida y/ocualquier otro concepto, incluyen-do multas, costas judiciales y ho-norarios de abogados, como con-secuencia de las responsabilida-des que La Provincia asume en laCláusula Cuarta del presente.

Cláusula Octava: El presenteConvenio entrará en vigencia a par-tir de la fecha de su suscripción, yhasta el efectivo cumplimiento delas obligaciones asumidas porLas Partes, en los plazos, térmi-nos y modos previstos en el pre-sente y en los Pliegos Licitatorios,en cuanto no se le opongan.

Cláusula Novena: Los dere-chos de La Provincia emanadosdel Acta Acuerdo homologado porla Corte Suprema de Justicia dela Nación en los Autos "MendozaPcia. de c/Estado nacional s/Inconstitucionalidad" se conside-rarán cumplidos con la recepción

definitiva de La Obra. En caso deincumplimiento, La Provincia po-drá ejercer todos los derechosemanados del convenio que for-ma parte del Anexo I.

Cláusula Décima: Para el casode suscitarse alguna controversiaen cuanto a la interpretación, apli-cación y/o ejecución del Convenio,Las Partes intentarán resolverloen términos cordiales. De no arri-bar a una solución satisfactoriapara ambas, acuerdan someter lacuestión a la Corte Suprema deJusticia de la Nación.

Cláusula Décima Primera: LasPartes se comprometen a gestio-nar las autorizaciones que en elámbito de su jurisdicción fuerennecesarias para la concreción delos compromisos previstos en elConvenio.

En prueba de conformidad,Las Partes suscriben el presenteen dos (2) ejemplares de un mis-mo tenor y a un solo efecto.

_____

ACTA ACUERDOEn la Ciudad de Mendoza, a los

29 días del mes de agosto de 2006,se reúnen el Señor Ministro de Pla-nificación Federal, Inversión Públi-ca y Servicios, Arquitecto Julio M.De Vido, por una parte, en repre-sentación del Estado Nacional, yel Señor Gobernador de la Provin-cia de Mendoza, Ingeniero Julio C.Cobos, en representación de dichoEstado Provincial, y convienen sus-cribir el presente Acuerdo, sujeto alas siguientes cláusulas:

Primera: El Gobierno Nacional,toma a su cargo el financiamientoen territorio de la provincia de Men-doza, de la obra denominada “Pre-sa y Central Portezuelo del Viento”,que integra el proyecto denomina-do "Aprovechamiento Integral delos Recursos Hídricos del RíoGrande - Trasvase del Río Grandeal Río Atuel" de acuerdo a los mon-tos indicados en el Anexo I del pre-sente Acuerdo.

Segunda: La Provincia de Men-doza ejecutará la obra detalladaen la cláusula primera, de acuer-do a las especificaciones técnicasque surgen de los estudios pre-vios realizados por la Provincia ydel proyecto licitatorio cuyos plie-gos se encuentran elaborados yen etapa de aprobación, siendosupervisados por la Nación.

Tercera: El Estado Nacional secompromete a transferir en el pri-mer trimestre de cada ejercicio,los fondos detallados en el AnexoI, conforme al presupuesto deobra para cada ejercicio con máslas redeterminaciones de precios.

El Estado Nacional a través de losfuncionarios que designe el Minis-terio de Planificación Federal, In-versión Pública y Servicios, tendráel derecho de verificar en cualquiertiempo el estado de las obras ytambién de auditar, con laperiodicidadd que crea convenien-te, el empleo de los recursos re-mitidos, obligándose la Provinciaa facilitar la documentación nece-saria para el adecuado ejerciciode este derecho.

Cuarta: El aporte del EstadoNacional para el financiamientode la obra de la cláusula primerano genera derecho alguno del Es-tado Nacional a reclamar de aquélel reintegro de los fondos inverti-dos ni suma alguna provenientede la planificación, ejecución ypuesta en marcha de dicha obra.

Quinta: En el marco del presen-te, se establece que la ratificaciónde este Acuerdo en la forma pre-vista en la cláusula séptima, pro-ducirá el desistimiento de la accióny del derecho del proceso que tra-mita, por ante la Corte Suprema deJusticia de la Nación en los AutosM-457 «Mendoza, Pcia. de c/Esta-do Nacional s/Inconstitucionalidad» y el consen-timiento del Estado Nacional, enlos términos del artículo 304, 2ºpárrafo, CPCCN, y que los gastoscausídicos correspondientes a di-cho proceso sean soportados dela siguiente forma: los honorariosde los profesionales abogados deambas partes, por el orden causa-do; los honorarios, gastos corres-pondientes a las actuacionespericiales y los gastos de tasa dejusticia, por mitades. Ratificado elacuerdo en la forma prevista, cual-quiera de las partes podrá pedir elarchivo del referido proceso en ca-rácter de terminado.

Sexta: En caso de que la Na-ción no dé oportuno cumplimien-to a cualquiera de las obligacio-nes que le impone el presenteacuerdo, la Provincia quedaráfacultada, sin necesidad de inter-pelación judicial o extrajudicial al-guna, a perseguir el cumplimien-to coactivo de la prestación, me-diante la pertinente acción ejecu-tiva, quedando facultada la Provin-cia para promover además, pormedio de acción ejecutiva la eje-cución por el saldo no transferidodel total de lo presupuestado enel Anexo I para la terminación ypuesta en marcha de las obrascomprometidas.

Séptima: La vigencia del pre-sente Acuerdo se encuentra suje-ta a su ratificación por la H. Legis-latura de la Provincia de Mendoza

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(Art. 99 inc. 4º de la Constituciónde Mendoza) y por el Poder Ejecu-tivo Nacional.

En prueba de conformidad sefirman dos (2) ejemplares de unmismo tenor y a un solo efecto.

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ANEXO IDe acuerdo a lo establecido en

la cláusula primera del convenio,el presupuesto de gastos básicospara la ejecución de los estudiosprevios, anteproyecto, proyectodefinitivo, proceso licitatorio, gas-tos generales y ejecución de lasobras hasta su total puesta enmarcha y funcionamiento, corres-pondientes a la I Etapa del «Apro-vechamiento Integral de los Re-cursos Hídricos del Río Grande -Trasvase del Río Grande al RíoAtuel», Presa y Central Portezuelodel Viento, asciende a la suma dePesos un mil cinco millones ($1.005.000.000), según estimacio-nes efectuadas por las áreas téc-nicas de la Provincia, con más lasredeterminaciones de precios queregistren los conceptos mencio-nados, estimados por la Provin-cia para cada transferencia y con-forme a la legislación provincial.

El monto anteriormente esta-blecido se discrimina de acuerdoal siguiente detalle:1- Estudios y

Proyectos $ 15.000.0002- Presa Portezue-

lo del Viento $ 710.000.0003- Central Portezue-

lo del Viento a piede presa y líneade transmisiónde energía $ 280.000.000En caso de producirse econo-

mías de obra, los saldos seránafectados a las obras de Acondi-cionamiento y Mejora de las ac-tuales áreas bajo riego, y desa-rrollo y preparación de las nuevasáreas bajo riego.

El flujo de fondos estimado enforma provisoria y sin incluir lasredeterminaciones de precios esel siguiente:Ejercicio 2007 $ 115.000.000Ejercicio 2008 $ 130.000.000Ejercicio 2009 $ 150.000.000Ejercicio 2010 $ 165.000.000Ejercicio 2011 $ 165.000.000Ejercicio 2012 $ 150.000.000Ejercicio 2013 $ 130.000.000________________________________

DECRETO N° 1.809

Mendoza, 12 de diciembre de2016

Visto el expediente N° 960-D-2016-02370 en el cual se eleva

para su aprobación el Conveniode Complementación celebradoentre el Ministerio de Economía,Infraestructura y Energía, la Muni-cipalidad de Rivadavia y la Direc-ción General de Escuelas;CONSIDERANDO:

Que el referido convenio tienepor objeto la realización de traba-jos de refacción, mantenimiento y/o construcción de obras menoresen las escuelas que se detallanen el Anexo I del mismo.

Que en tal sentido la mencio-nada comuna se compromete aproveer la mano de obra especia-lizada, materiales, herramientas ymaquinarias necesarias para losmencionados trabajos, por cuen-ta y orden del Ministerio de Econo-mía, Infraestructura y Energía, conla supervisión de los inspectoresde la Subsecretaría de Infraestruc-tura Social Básica.

Que a fojas 14 del citado expe-diente rola el volante de imputa-ción del gasto, que demandará laejecución de las obras de que setrata, por la suma de $ 800.000,00,debidamente intervenido por Con-taduría General de la Provincia,conforme lo establecido en laCláusula Segunda, 2.2.1 del con-venio cuya aprobación se gestio-na.

Por ello, teniendo en cuenta loprevisto por el Artículo 3° inciso i)de la Ley 8830 y el dictamen legalemitido por la Dirección de Asun-tos Jurídicos del Ministerio de Eco-nomía, Infraestructura y Energía afojas 21 y por Fiscalía de Estado afojas 33/34;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Apruébese el Con-

venio de Complementación cele-brado en fecha 03 de mayo de2016 entre el Ministerio de Econo-mía, Infraestructura y Energía, re-presentado por su titular, Licencia-do Enrique Andrés Vaquié, la Mu-nicipalidad de Rivadavia, repre-sentada por su Intendente, SeñorMiguel Angel Ronco y la DirecciónGeneral de Escuelas, representa-da por su titular, Licenciado JaimeCorreas. El citado instrumento in-tegra la presente norma legalcomo Anexo, en fotocopiaautenticada, constante de seis(06) fojas.

Artículo 2° - El gasto que de-mande el cumplimiento de lo esti-pulado en el Convenio deComplementación que se aprue-ba por el artículo anterior, que as-ciende a la suma de Ochocientosmil pesos ($ 800.000,00) seráatendido por intermedio de la Te-

sorería General de la Provincia concargo al Presupuesto deErogaciones vigente Ejercicio2016, Unidad de Gestión de Cré-dito O99139-512-01-248, Unidadde Gestión de Consumo O99793.

Artículo 3° - El presente decre-to será refrendado por los Seño-res Ministros de Economía, Infra-estructura y Energía y de Gobier-no, Trabajo y Justicia.

Artículo 4º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

ALFREDO V. CORNEJOEnrique Andrés VaquiéDalmiro Garay Cueli

______

ANEXOCONVENIO

DE COMPLEMENTACIÓN ENTREEL MINISTERIO DE ECONOMÍA,INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA

Y LA MUNICIPALIDADDE RIVADAVIA

Entre el Ministerio de Econo-mía, Infraestructura y Energía, re-presentado en este acto por elSeñor Ministerio de Economía, In-fraestructura y Energía, Licencia-do Enrique Andrés Vaquié, D.N.I.N° 17.204.227, con domicilio es-pecial en Casa de Gobierno 6°Piso, Ciudad, Mendoza, por unaparte, en adelante denominado"El Ministerio"; la Municipalidad deRivadavia, representada en esteacto por su Señor Intendente Mi-guel Angel Ronco, D.N.I. N°10.599.223 con domicilio especialen calle Lavalle y Aristóbulo delValle, Rivadavia, Mendoza, en ade-lante "La Municipalidad" y la "Di-rección General de Escuelas", re-presentada en este acto por elSeñor Director General de Escue-las, Licenciado Jaime Correas,D.N.I. N° 14.667.844, en represen-tación de los establecimientoseducativos que serán intervenidos,se acuerda en celebrar el presen-te Convenio de complementaciónpara la refacción, mantenimientoy construcción de obras menoresen escuelas del Departamento deRivadavia, el que se regirá por lassiguientes cláusulas:

Cláusula Primera: Objeto yMonto. El presente convenio tienepor objeto la realización de los tra-bajos de refacción, mantenimien-to y/o construcción de obras me-nores en las escuelas que se de-tallan en el Anexo I, que se adjuntay que forma parte del presente con-venio. El presente convenio se rea-liza por un monto total de Pesosochocientos mil con 00/100 ($800.000,00). Dichos fondos seránremitidos a la Municipalidad en

función de la presentación de lasrendiciones de los trabajos yobras realizadas y aprobadas porla Subsecretaría de Infraestructu-ra Social Básica. También formaparte del presente convenio, elAcuerdo del Tribunal de CuentasN° 2514/97 firmado por la Munici-palidad y el Ministerio.

Cláusula Segunda: Obligacio-nes de las Partes2.1. "De La Municipalidad"2.1.1. "La Municipalidad" se com-

promete por cuenta y ordendel Ministerio de Economía,Infraestructura y Energía aproveer la mano de obraespecializada, materiales,las herramientas y maqui-narias necesarias, para lostrabajos descriptos en lacláusula primera, con lasupervisión de los inspec-tores de la Subsecretaría deInfraestructura Social Bási-ca.

2.1.2. "La Municipalidad" realizarálos trabajos por el sistemaque estime conveniente,comprometiéndose a darcumplimiento a los precep-tos del Decreto Ley N° 4416/80 (de Obras Públicas) y sureglamentación. En todoslos casos será responsa-ble de las inspecciones ycontroles técnicos corres-pondientes, elaboración delos pliegos licitatorios, apro-bación del proyecto confor-me a la documentación téc-nica, pago de los trabajos,asumiendo toda responsa-bilidad por la ejecución y ca-lidad de las obras sin quepueda responsabilizarse a"El Ministerio" por tales cau-sas. "La Municipalidad"será responsable de la eje-cución de las obras y/o tra-bajos en los establecimien-tos educativos que se deta-llan en el Anexo I del conve-nio, liberando expresamen-te a "El Ministerio" de todaresponsabilidad por la con-tratación, o cualquier rela-ción laboral que celebre "LaMunicipalidad" o mantengacon profesionales, técnicosu otro personal que fuerennecesarios para la presen-tación adecuada del com-promiso asumido, quienesno tendrán relación laboralalguna ni de ninguna natu-raleza con "El Ministerio". "LaMunicipalidad" asume enforma exclusiva y excluyen-te las responsabilidadesciviles, laborales,

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previsionales, fiscales y detoda otra índole respectodel personal y bienes deque se valga para la ejecu-ción de la obra objeto delpresente convenio, liberan-do a "El Ministerio" de todaresponsabilidad en tal sen-tido.

2.1.3. "La Municipalidad" deberánotificar a la Dirección deMantenimiento y Reparacio-nes de la Subsecretaría deInfraestructura Social Bási-ca, por escrito y con cinco(5) días hábiles de anticipa-ción, la fecha en que reali-zará el acta de replanteo y/oinicio de las actuaciones dela obra a los efectos de per-mitir el control del "Ministe-rio". "El Ministerio" se reser-va la facultad de auditar lasobras en caso en que loestime necesario.

2.1.4. "La Municipalidad" se com-promete a presentar ante laSubsecretaría de Infraes-tructura Social Básica el Actade Recepción Provisoria delos trabajos o el final de laobra emitido por ella.

2.2 "Del Ministerio"2.2.1. "El Ministerio" se compro-

mete a transferir a la "Muni-cipalidad", los fondos esti-pulados en el presente con-venio y los cuales deberánser invertidos exclusiva-mente para cumplir con elobjeto de este Convenio, nopudiendo, cada obra y/o re-paración, superar el cin-cuenta por ciento del montoestablecido para las contra-taciones directas en el Ar-tículo 16 inc. a) de la Ley deObra Pública N° 4416, laremisión de los fondos serealizará conforme lo esti-pulado en la cláusula pri-mera.

Cláusula Tercera: Procedi-miento. Para llevar adelante el pre-sente convenio las partes debe-rán respetar el siguiente procedi-miento:1) Detalle de obras y/o trabajos a

realizar:En base al relevamiento reali-zado por El Ministerio y/o La Mu-nicipalidad de las necesidadesbásicas e indispensables parael normal funcionamiento deledifico escolar se determinarámediante un acta denominada"acta de trabajos a realizar" lastareas de refacción, manteni-miento y/o construcción de obramenores a efectuar. El acta de-berá contar como mínimo con

los siguientes puntos: a) fecha,b) datos completos del estable-cimiento educativo, c) detalle detrabajos a realizar, d) firma porparte de responsable de La Mu-nicipalidad y e) visto bueno porpersonal de la Dirección deMantenimiento y Reparacionesde las Subsecretaría de Infra-estructura Social Básica, delMinisterio de Economía, Infraes-tructura y Energía.

2) Contratación de los traba-jos:De acuerdo a lo establecidoen la cláusula segunda deeste convenio y en base a loespecificado en el acta detrabajos a realizar La Munici-palidad llevará adelante elprocedimiento administrativoque corresponda para con-tratar la realización de las re-facciones, mantenimiento y/oconstrucción de obras meno-res en los establecimientoseducativos.

3) Realización de los trabajos:Previo a la realización de los tra-bajos La Municipalidad deberácoordinar con el Directivo delestablecimiento educativo losdías para la realización de losmismos. Al momento del iniciode los trabajos La Municipalidadrealizará un Acta de Inicio de tra-bajos y/u obra.

4) Acta de Finalización de Traba-jos:Una vez finalizada las tareas seconfeccionará un acta en la cualse detallarán las tareas realiza-das, la misma deberá contarcon el visto bueno del Directivodel establecimiento de confor-midad y visto bueno del perso-nal de la Dirección de Manteni-miento y Reparaciones de laSubsecretaría de Infraestructu-ra Social Básica, del Ministeriode Economía, Infraestructura yEnergía.

5) Remisión de Fondos:La Municipalidad por cada re-paración y/u obra menor reali-zada a un establecimiento edu-cativo deberá elaborar un expe-diente municipal a los efectosde solicitar la remisión de fon-dos y deberá contener lo si-guiente: a) nota con solicitud deremisión de fondos, b) Copia fieldel Convenio y Anexo I y II, c)copia fiel de acta de trabajos arealizar, d) copia fiel de la adju-dicación de los trabajos y/uobras menores, e) copia fiel delacta de finalización de tareas y/o certificado de obra, f) copia fielde factura del proveedor contra-tado. Una vez cumplimentado

todos los requisitos exigidos, elMinisterio remitirá los fondos enun plazo máximo de 30 días alMunicipio.Cláusula Cuarta: Control de

Trabajos. Las obras y trabajos arealizar estarán siempre bajo elcontrol de la Subsecretaría de In-fraestructura Social Básica del Mi-nisterio de Economía, Infraestruc-tura y Energía, a través de los ins-pectores que ésta designe a talefecto, quienes tendrán facultadespara acceder y visitar el obrador, lascondiciones de trabajos, el estadode los materiales, el modo de con-tratación del personal, las normasde seguridad e higiene laboral y detodo lo que tenga relación con lasreparaciones y/o construcciones.

Cláusula Quinta: Obras Com-plementarias. Toda obra o repa-ración adicional que surja en elcurso de ejecución del presenteconvenio, deberá ser evaluadapor el Ministerio a pedido de LaMunicipalidad y será acordadamediante acta complementaria.

Cláusula Sexta: Responsabi-lidad del Ministerio. Asumirácomo única responsabilidad laentrega de los fondos comprome-tidos y el control de su aplicaciónen el seguimiento de las obras aejecutar, reservándose el derechoa auditar el sistema, y quedandoliberada de toda otra responsabi-lidad contractual o extracontractual,incluidos los daños producidos aterceros por motivo u ocasión delas obras originadas en el pre-sente financiamiento.

Cláusula Séptima:Subcontratación la Municipali-dad. Podrá subcontratar parcial-mente la obra sin necesidad deconsentimiento previo, estandosiempre a su cargo las responsa-bilidades contractuales y los cum-plimientos de las obligaciones la-borales, de riesgos de trabajo,impositivos y provisionales. Deigual modo la contratación porparte de La Municipalidad con ter-ceros no establecerá relación di-recta ni indirecta entre éstos y ElMinisterio. En el caso desubcontratación con terceros, LaMunicipalidad deberá exigirles lacobertura de toda responsabilidadcontra terceros derivada de acon-tecimientos y/o accidentes, cual-quiera sea su naturaleza, que seproduzcan a causa de la ejecuciónde las obras, para lo cual deberánasumir la cobertura del riesgomediante la contratación de segu-ros en los casos pertinentes. Seexime al Ministerio de cualquierresponsabilidad emergente de suincumplimiento.

Cláusula Octava: Incumpli-miento. El incumplimiento porparte de La Municipalidad de lasobligaciones establecidas por elpresente Convenio dará lugar a larescisión de pleno derecho, pre-via notificación por parte del Minis-terio, siendo a cargo de La Munici-palidad los daños y perjuiciosemergentes de los gastos ocasio-nados y de las sumas que faltarenpara dar por concluida la obra.Asimismo, en caso de incumpli-miento por parte del Ministerio seprocederá al reclamo de los Da-ños y Perjuicios ocasionados alMunicipio.

Cláusula Novena: NormativaAplicable. Las partes darán cum-plimiento al presente Convenio deacuerdo con las prescripciones dela Ley de Administración Financie-ra de la Provincia N° 8706 y suDecreto Reglamentario N° 1000/15; Ley de Obras Públicas N° 4416y sus modificatorias, declarandoasimismo La Municipalidad cono-cer las disposiciones estableci-das en el Acuerdo del Tribunal deCuentas N° 2514/97.

Cláusula Décima: Comunica-ción. Las partes reconocen comosus domicilios los que se indicanen la parte introductoria del pre-sente convenio donde se les harállegar válidamente cualquier co-municación relativa al mismo.

Cláusula Décima Primera: Vi-gencia. El presente convenio ten-drá vigencia a partir de su aproba-ción por el Gobernador de la Pro-vincia de Mendoza y hasta que seagote el monto establecido en lacláusula primera.

Cláusula Décima Segunda:Solución de Controversias y Ju-risdicción. "El Ministerio" y "La Mu-nicipalidad" ante cualquier contro-versia que surja procurarán resol-verla a través del trato directo, se-gún las reglas de la buena fe ycomún intención de las partes,procurando la máxima colabora-ción para la resolución de las di-ferencias. De no lograrse la solu-ción de las controversias, las par-tes someterán las diferencias a lajurisdicción provincial según loprescripto por la Constitución Pro-vincial de Mendoza.

Cláusula Décima Tercera:Anexo. Forman parte de este con-venio el Anexo I: Detalle de edifi-cios escolares, con indicación desu ubicación y el Anexo II.

En prueba de conformidad sefirman tres (3) ejemplares de unmismo tenor y a un solo efecto enla ciudad de Mendoza, a los 3 díasdel mes de Mayo del año dos mildieciséis.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19171

ANEXO I - CONVENIO MUNICIPIO DE RIVADAVIA

Orden N° Escuela Dirección Dpto.1 1-007 Bernardino Rivadavia (EGB) San Isidro 791 Rivadavia2 1-009 Cornelio Saavedra (EGB) Ruta Prov. 62 Rivadavia3 1-058 Heriberto Baeza (EGB) Florida s/n Rivadavia4 1-059 Formosa (EGB) Chañar s/n Rivadavia5 1-088 Alfonso Bernal (EGB) Albardón s/n Rivadavia6 1-177 Chubut (EGB) Circunv. Norte 450 Rivadavia7 1-180 Fragata Libertad (EGB) San Juan s/n Rivadavia8 1-403 Juan Hipólito Vieytes (EGB) Galigniana s/n Rivadavia9 1-515 Leonor Ferreyra (EGB) Colón s/n Rivadavia

10 01-549 Eusebio Blanco (EGB) Colombo s/n Rivadavia11 11-569 Jorge Galigniana (EGB) Las Rosas s/n Rivadavia12 21-690 Mtro Alfonso Doña Del Río (EGB) Luzuriaga 751 Rivadavia13 1-732 Angélica Margarita Comeglio (EGB) Altte Brown s/n Rivadavia14 4-119 Santa María de Oro (Polimodal) Alte Brown s/n Rivadavia15 4-192 Prof. A. M. Saffi (Polimodal) Juan M. Fangio s/n Bº Tittarelli Rivadavia16 7-003 Sergio Catena (Primaria Esp.) Mariano Gómez 658 Rivadavia17 9-006 Profesor Francisco Humberto Tolosa San Martín 562 Rivadavia

ANEXO IIACUERDO N° 2514/97 -HONORABLE TRIBUNAL

DE CUENTASA los 3 días del mes de mayo del

año 2016, en virtud de lo dispuesto enel Acuerdo N° 2514/97 del HonorableTribunal de Cuentas de la Provincia,se notifica al Señor Intendente delDepartamento de Rivadavia,representado por el Sr. Miguel ÁngelRonco, en relación con el Acta Acuerdocelebrado entre el Ministerio deEconomía, Infraestructura y Energía yla Municipalidad de Rivadavia, de losiguiente:

Primero: Identificación delorganismo otorgante: Ministeriode Economía, Infraestructura yEnergía.

Segundo: Identificación delreceptor: Municipalidad deRivadavia.

Tercero: Identificación delrepresentante legal: El Sr.Intendente: Miguel Ángel Ronco.

Cuarto: Identificación delresponsable de rendir cuenta: Sr.Miguel Ángel Ronco.

Quinto: Domicilio Legal yespecial del otorgante: Peltier N°351 - 6° Piso - Casa de Gobierno -Barrio Cívico - Mendoza

Sexto: Domicilio legal yespecial del receptor: calle Lavalley Aristóbulo del Valle, Rivadavia,Mendoza

Séptimo: Normal legal quefaculta la entrega de fondos:Decreto N°

Octavo: Suma convenida en di-nero o en especie: Pesos ocho-cientos mil ($ 800.000,00)

Noveno: Finalidad y destino delos fondos: Trabajos de refacción,mantenimiento y/o construcción deobras menores en las escuelasque se detallan en Anexo I

Décimo: Plazo de ejecución yrendición de cuentas parcial o fi-nal: el plazo de ejecución de lasobras será a partir de su aproba-ción por el señor Gobernador de laProvincia de Mendoza y hasta que

se agote el monto establecido enla cláusula 1ª. La rendición de cuen-tas de los fondos recibidos serápresentada conforme lo estableci-do en el Acuerdo 2514/97 del Ho-norable Tribunal de Cuentas.

En la fecha se firman de con-formidad tres (3) ejemplares de unmismo tenor y a un solo efecto

TRIBUNAL DE CUENTASDE LA PROVINCIA

DE MENDOZA______

F A L L O S

FALLO Nº 16.669(Publicación Abreviada)

Mendoza, 2 de noviembre de2016

Visto en el Acuerdo de la fechael Expte. Nº 404-PS-16, Pieza Se-parada del Expte. Nº 353-A-2014Fondo de Inversión y DesarrolloSocial, del que

RESULTA:CONSIDERANDO:

I... I... III... IV... V... VI...EL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIARESUELVE:

Artículo 1º - Formular cargo alProf. Eduardo E. Ruiz, DNI17118749 (Jefe de Gabinete) por lasuma de doscientos veinticuatro milsetenta y ocho pesos ($224.078,00) según lo expresado enel Considerando V y emplazarlo entreinta (30) días a contar desde sunotificación para que deposite di-cha suma en el Banco de la NaciónArgentina, Cuenta Corriente Nº 628-02371-81 Suc. Nº 2405 Mza. a laorden de "Hon.Tribunal de Cuentas-TC AUR" , y para que remita al Tribu-nal el respectivo comprobante deldepósito. El monto depositado porel concepto señalado, deberá sergirado por el Tribunal a la TesoreríaGeneral de la Provincia en el plazoprevisto en el Acuerdo Nº 3098.

Artículo 2º - Aplicar multa, de con-formidad con lo expresado en elConsiderando V, a los siguientesresponsables y por los importesque en cada caso se indican: Téc-nico Superior Federico A. Seltzer, DNI30536155 (Director de EconomíaSocial y Asociatividad) diez mil pe-sos ($ 10.000,00), Lic. Elvira MaríaYarza, DNI 18521446 (TrabajadoraSocial) diez pesos ($ 10.000,00),Cdora. Mónica Moga DNI 12128921(Responsable de rendiciones delFIDES) diez mil pesos ($ 10.000,00)y Sra. María Marcela Segovia, DNI32812431 (Presidenta de la Asocia-ción La Rañatela), diez mil pesos($ 10.000,00) y emplazarlos en 30días a contar desde su notificación,para que depositen dichas sumasen el Banco de la Nación Argentina,Cuenta Corriente Nº 628-02371-81Suc. Nº 2405 Mza. a la orden de"Hon.Tribunal de Cuentas- TCAUR", y para que remitan al Tribu-nal el respectivo comprobante deldepósito. Los montos depositadospor el concepto señalado, deberánser girados por el Tribunal a la Ad-ministración Tributaria Mendoza enel plazo previsto en el Acuerdo Nº3098.

Artículo 3º - Dar por terminadala presente Pieza Separada co-rrespondiente al ejercicio 2014 delFondo de Inversión y DesarrolloSocial.

Artículo 4º... Artículo 5º...Firmado: Dr. Salvador Carlos

Farruggia (Presidente); Dres. MarioFrancisco Angelini, Francisco JoséBarbazza, Héctor David Caputto, Ri-cardo Pettignano (Vocales).________________________________

FALLO Nº 16.670(Publicación Abreviada)

Mendoza, 2 de noviembre de2016

Visto en el Acuerdo de la fechael Expediente Nº 353, Letra “A”, enel que Contaduría General de laProvincia – Ministerio de Agroin-

dustria y Tecnología – Dirección deEstadísticas e InvestigacionesEconómicas - Jurisdicción 07 –Unidad Organizativa 02 rinde cuen-tas de la gestión administrativo-financiera y patrimonial correspon-diente al ejercicio 2015 yCONSIDERANDO:

I... II... III...EL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIARESUELVE:

Artículo 1º - Aprobar la rendi-ción de cuentas presentada porContaduría General de la Provin-cia – Ministerio de Agroindustria yTecnología – Dirección de Estadís-ticas e Investigaciones Económi-cas - Jurisdicción 07 – Unidad Or-ganizativa 02, correspondiente alejercicio 2015.

Artículo 2º... Artículo 3º... Artícu-lo 4º...

Firmado: Dr. Salvador CarlosFarruggia (Presidente); Dres. Ricar-do Pettignano, Héctor DavidCaputto, Mario Francisco Angelini,Francisco José Barbazza (Vocales).________________________________

FALLO Nº 16.671(Publicación Abreviada)

Mendoza, 2 de noviembre de2016

Visto en el Acuerdo de la fechael Expediente Nº 353, Letra, “A”, enel que Contaduría General de la Pro-vincia – Área Departamental de Sa-lud Maipú – Anexo 08 – U.O. 50 rin-de cuentas de la gestión adminis-trativo-financiera y patrimonial co-rrespondiente al ejercicio 2015, yCONSIDERANDO:

I... II... III...EL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIARESUELVE:

Artículo 1º - Aprobar la rendi-ción de cuentas presentada porContaduría General de la Provin-cia – Área Departamental de Sa-lud Maipú – Anexo 08 – U.O. 50correspondiente al ejercicio 2015.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619181

MINISTERIO DE SALUDDESARROLLO SOCIAL

Y DEPORTES______

RESOLUCION Nº 2.705

Mendoza, 23 de diciembre de2016

Visto el expediente 6469-D-2016-77770 y su acumulado 6202-D-16-77770 en el cual se tramitael llamado a concurso de Gestiónen el ámbito del Hospital "Dr.Humberto J. Notti"; yCONSIDERANDO:

Que resulta razonable exten-der el plazo fijado para que lospostulantes se inscriban y pre-senten la documentación re-querida en la Resolución N°2278/16, atendiendo al planteoefectuado;

Que la prórroga del plazo re-sulta un instrumento para garan-tizar y ponderar el principio deconcurrencia en el procedimien-to de concurso, tendiente a lo-grar una mayor participación y aevitar que los interesados sevean excluidos del proceso porcausas que no le resultan im-putables;

Que al efecto resulta pru-dente extender el plazo en quin-ce (15) días corridos, poster-gando su expiración al día 13de enero de 2017, tiempo queresulta suficiente a los efectosseñalados;

Que a fin de garantizar elprincipio de igualdad, corres-ponde permit i r a aquel lospostulantes que hayan presen-tado la documentación requeri-da, que puedan ampliar los an-tecedentes presentados hastala finalización del plazo de pró-rroga que se dispone;

Por ello,EL MINISTRO DE SALUD,DESARROLLO SOCIAL

Y DEPORTESRESUELVE:

Artículo 1º - Prorrogar el plazoestablecido en el Artículo 2° de laResolución N° 2278/16 del Minis-terio de Salud, Desarrollo Social yDeportes, por el término de quin-ce (15) días corridos a partir del30 de diciembre de 2016.

Artículo 2º - Establecer quetodos los postulantes podránsolicitar que se agregue a la yapresentada, nueva documenta-ción útil para su participación eneste procedimiento de concur-so, hasta el día 13 de enero de2017.

Artículo 3º - Comuníquese aquienes corresponda, publíquesey archívese.

Rubén Alberto Giacchi27/28/29/30/12/2016 y 3/5/9/11/13/01/2017 s/cargo______________________________

FISCALIA DE ESTADO______

RESOLUCIÓN N° 211 - F.E.

Mendoza, 6 de diciembre de2016

Visto el expediente nº 5819-D-2016-05179; yCONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo estable-cido en la Resolución N° 186/16F.E., la Comisión de Concursosprocedió a dar cumplimiento alos inc. a), b) y c) del art. 17 delRégimen de Concursos de Fis-calía de Estado (Resolución nº295/15-F.E. ratificada por Ley Nº8.897).

Que atento al estado de lasactuaciones, corresponde emitir elacto administrativo de convocato-ria en los términos el artículo 7ºdel Régimen de Concursos deFiscalía de estado.

Que corresponde a la Comi-sión de Concursos proceder a lapublicación del llamado a concur-so y elaborar los formularios y pla-nillas exigidos por el art. 8º delRégimen de Concursos.

Por ello y en uso de las atribu-ciones legales y constitucionalesque le son propias a Fiscalía deEstado,

EL FISCAL DE ESTADODE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:Artículo 1º - Convóquese a con-

curso de antecedentes y oposi-ción para ocupar el cargo vacanteclase 13 individualizado en Res.nº 186/16 F.E.; las habilidades,aptitudes y requisitos exigidospara el puesto, son los estableci-dos en el perfil del cargo elabora-do por la Comisión de Concursos,el cual como Anexo I forma partede la presente resolución. El con-curso será de carácter cerrado enlos términos del artículo 4º delRégimen de Concursos de Fisca-lía de Estado. Los postulantespodrán inscribirse hasta el díamiércoles 22 de febrero de 2017 -de 10 a 17 hs.-, en la oficina derecursos humanos de la Fiscalíade Estado, sita en calle San Mar-tín nº 624 - Ciudad de Mendoza.Deberán presentar en el acto deinscripción todas las probanzasque acrediten sus antecedentes.El examen de oposición tendrálugar el día miércoles 01 de mar-zo de 2017 de 15 a 17 hs. en la

ResolucionesArtículo 2º... Artículo 3º... Artícu-

lo 4º...Firmado: Dr. Salvador Carlos

Farruggia (Presidente); Dres. Ricar-do Pettignano, Héctor DavidCaputto, Mario Francisco Angelini,Francisco José Barbazza (Vocales).____________________________

FALLO Nº 16.672(Publicación Abreviada)

Mendoza, 2 de noviembre de2016

Visto en el Acuerdo de la fechael Expediente Nº 353, Letra “A”, enel que Contaduría General de laProvincia – Escribanía General deGobierno - Jurisdicción 04 – Uni-dad Organizativa 13 rinde cuentasde la gestión administrativo-finan-ciera y patrimonial correspondien-te al ejercicio 2015, yCONSIDERANDO:

I... II... III...EL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIARESUELVE:

Artículo 1º - Aprobar la rendi-ción de cuentas presentada porContaduría General de la Provin-cia – Escribanía General de Go-bierno - Jurisdicción 04 – UnidadOrganizativa 13, correspondienteal ejercicio 2015.

Artículo 2º... Artículo 3º...Firmado: Dr. Salvador Carlos

Farruggia (Presidente); Dres. Ricar-do Pettignano, Héctor DavidCaputto, Mario Francisco Angelini,Francisco José Barbazza (Vocales).____________________________

FALLO Nº 16.673(Publicación Abreviada)

Mendoza, 2 de noviembre de2016

Visto en el Acuerdo de la fechael Expediente Nº 266, Letra, “A”, enel que la Municipalidad de SantaRosa rinde cuentas de la gestiónadministrativo-financiera y patri-monial correspondiente al ejerci-cio 2013, del que

RESULTA:CONSIDERANDO:

I... II... III... IV... V... VI...EL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIARESUELVE:

Artículo 1º - Aprobar la rendiciónde cuentas presentada por la Muni-cipalidad de Santa Rosa corres-pondiente al ejercicio 2013 cuyosestados contables obran a fs. 958/1112, con las excepciones consig-nadas en los Considerandos IV y V.

Artículo 2º... Artículo 3º...Artículo 4º - Aplicar al respon-

sable, Cont. Walter FernandoFunes, DNI 25221967 (ContadorMunicipal) una multa de Tres milpesos ($ 3.000,00) por los hechos

referidos en el Considerando III, yemplazarlo en 30 días a contar des-de su notificación para que depo-site dicha suma en el Banco de laNación Argentina, Cuenta Corrien-te Nº 628-02371-81 Suc. Nº 2405Mza. a la orden de "Hon.Tribunalde Cuentas- TC AUR" , y para queremita al Tribunal el respectivocomprobante del depósito. El mon-to depositado por el concepto se-ñalado deberá ser girado por elTribunal a la AdministraciónTributaria Mendoza en el plazo pre-visto en el Acuerdo Nº 3098.

Artículo 5º - Formular cargo enforma conjunta y solidaria, a los si-guientes responsables: Cont.Walter Fernando Funes (ContadorMunicipal), DNI 25221967, Sr.Sergio Hernán Salgado (Intenden-te Municipal), DNI 25752905, Sr.Diego Franco Maures (Secretario deGobierno y Administración), DNI25976192, Sra. María ValeriaCabañez (Directora de Hacienda),DNI 27105227, por la suma de Unmillón doscientos seis mil nove-cientos seis pesos con 68/100 ($1.206.906,68), según lo expresadoen el Considerando IV, y emplazar-los en treinta (30) días a contar des-de su notificación para que deposi-ten dicha suma en el Banco de laNación Argentina, Cuenta CorrienteNº 628-02371-81 Suc. Nº 2405 Mza.a la orden de "Hon.Tribunal de Cuen-tas- TC AUR" , y para que remitan alTribunal el respectivo comprobantedel depósito. El monto depositadopor el concepto señalado deberáser girado por el Tribunal a la Teso-rería de la Municipalidad de SantaRosa, en el plazo previsto en elAcuerdo Nº 3098.

Artículo 6º - Formular cargo porla suma de Ciento cuatro mil sete-cientos setenta y siete pesos con69/100 ($ 104.777,69) al respon-sable, Cont. Walter FernandoFunes, DNI 25221967 (ContadorMunicipal), según lo expresado enel Considerando V, y emplazarlo entreinta (30) días a contar desde sunotificación para que deposite di-cha suma en el Banco de la Na-ción Argentina, Cuenta Corriente Nº628-02371-81 Suc. Nº 2405 Mza. ala orden de "Hon.Tribunal de Cuen-tas- TC AUR" , y para que remita alTribunal el respectivo comproban-te del depósito. El monto deposita-do por el concepto señalado de-berá ser girado por el Tribunal a laTesorería de la Municipalidad deSanta Rosa, en el plazo previsto enel Acuerdo Nº 3098.

Artículo 7º... Artículo 8º...Firmado: Dr. Salvador Carlos

Farruggia (Presidente); Dres. MarioFrancisco Angelini, Francisco JoséBarbazza, Héctor David Caputto, Ri-cardo Pettignano (Vocales).

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19191

SECRETARIA DE CULTURA______

RESOLUCION N° 2.986 -SC-

Mendoza, 16 de diciembre de2016

Visto el Expediente N° 2314-D-2016-18005, en el que obranantecedentes relacionados conResoluciones de SC N° 1529/16 y2029/16 modificada por Resolu-ción de SC N° 2083/16CONSIDERANDO:

Que por Resolución de SC N°1529/16, se convocó al "Llamado aConcurso Publico para la propues-ta del Guión -con su correspondien-te Síntesis Argumental - Proyecto dePuesta en Escena - ProyectoEscenográfico y Equipo Artístico-,para la realización y dirección Artísti-ca de la Fiesta Nacional de la Ven-dimia 2018, Primera, Segunda yTercera Noche", a llevarse a cabo el

03, 04 y 05 de marzo, en el TeatroGriego Frank Romero Day, y se apro-bó el Reglamento del mismo, comoAnexo forma parte de la citada Nor-ma Legal;

Que nos encontramos en lapresente instancia administrativa,según Nota de fs. 192/198 con so-licitud de efectuar un nuevo llama-do, atento el mismo fue declaradoDesierto conforme decisión de Ju-rado de Selección de Propuestasen Acta de fecha 21 de octubre de2016 obrante a fs. 191 y vta.;

Que en consecuencia de elloobra a fs. 192/197 Nota de eleva-ción suscripta por el Director deProducción Cultural y Vendimiapara nuevo Llamado y propuestade modificaciones parciales de losArts. 4, 5, 10, 31, 47 y 48 de lasBases originales, a fs. 198/238Proyecto de Bases y Reglamentodel Llamado a Concurso Públicode referencia y Anexos, suscriptopor funcionario competente, a fs.239 correspondiente Informe deDirección General de Administra-ción de la Secretaría de Cultura;

Que desde el punto vista legalla presente tramitación se encua-dra en lo dispuesto por Art. 100 inc.E) y 146 de la Ley N° 8706 de Ad-ministración Financiera y Art. 146del Decreto N° 1000/15, conformeal contenido sustancial desarro-llado en las Cláusulas del Regla-mento una cuestión de oportuni-dad, mérito y conveniencia, el Se-cretario de Cultura en el ejerciciodel ius vivandi es competente paraefectuar el Llamado en el marcode las competencias asignadaslegalmente de acuerdo lo dispues-to por Arts. 20, 19 y 23 de la Ley N°8830 de Ministerios,

Que conforme lo informado afs. 239 por la Dirección de Admi-nistración se desprende que losJurados designados por Resolu-ción de SC N° 2029/16 ymodificatoria N° 2083/16, se man-tendrán hasta el final del procesode Selección de la Propuesta Ga-nadora;

Por ello en virtud de lo dictami-nado a fs. 240/241 por Asesoría Le-trada de la Secretaría de Cultura;

EL SECRETARIO DE CULTURARESUELVE:

Artículo 1° - Declárese Desier-to el Llamado dispuesto por Re-solución de SC N° 1529/16, deaprobación de Bases y Anexos del"Llamado a Concurso Público parala propuesta del Guión -con su co-rrespondiente Síntesis Argumen-tal- Proyecto de Puesta en Esce-na - Proyecto Escenográfico y Equi-po Artístico-, para la realización yDirección Artística de la FiestaNacional de la Vendimia 2018, Pri-mera, Segunda y Tercera Noche",

sede de Fiscalía de Estado sitoen calle San Martín nº 624 - Ciu-dad de Mendoza.

Artículo 2º - Convóquesea con-curso de antecedentes y oposi-ción para ocupar el cargo vacanteclase 11 individualizado en Res.nº 186/16 F.E.; las habilidades, ap-titudes y requisitos exigidos parael cargo, son los establecidos enel perfil del cargo elaborado por laComisión de Concursos, el cualcomo Anexo II forma parte de lapresente resolución. El concursoserá de carácter cerrado en lostérminos del artículo 4º del Régi-men de Concursos de Fiscalía deEstado. Los postulantes podráninscribirse hasta el día viernes 03de marzo de 2017 - de 10 a 17 hs.-, en la oficina de recursos huma-nos de la Fiscalía de Estado, sitaen calle San Martín nº 624 - Ciu-dad de Mendoza. Deberán pre-sentar en el acto de inscripcióntodas las probanzas que acredi-ten sus antecedentes. El examende oposición tendrá lugar el díalunes 13 de marzo de 2017 de 15a 17 hs. en la sede de Fiscalía deEstado sita en calle San Martín nº624 - Ciudad de Mendoza.

Artículo 3º- La Comisión deConcurso deberá difundir la con-vocatoria efectuada por la presen-te Resolución mediante circula-res, avisos o cualquier otro mediosimilar en los lugares de trabajo.Deberá también elaborar las pla-nillas y formularios exigidos por elart. 8º y dar cumplimiento a lasobligaciones impuestas por losincisos d) a k) del artículo 17º delRégimen de Concursos de Fisca-lía de Estado.

Artículo 4º- Comuníquese, pu-blíquese por 2 días en el BoletínOficial y archívese.

Fernando Simon______

ANEXO IPERFIL DEL CARGO

PARA CUBRIR LA VACANTECLASE 13

Descripción del PuestoAbogado Litigante en Procedi-mientos en los que sea Parte elEstado Provincial o Municpal.Área: Dirección de Asuntos Judi-cialesObjetivo del puesto

Analizar, interpretar, interponery responder demandas judicialesen las que sea parte el estado Pro-vincial o Municipal. Realizar dictá-menes e informes vinculados conla competencia descripta prece-dentemente. Coordinareficientemente al personal que deél dependa.Principales actividades:

1. Analizar la documentación

jurídica y administrativa que ingre-sa y egresa del área destinada ala interposición o contestación dedemandas judiciales, o vinculadaa algún trámite del proceso judi-cial.

2. Intervenir en los distintos jui-cios representando al organismo.

3. Procurar, supervisar y con-trolar los juicios que le sean asig-nados directamente a él o al per-sonal que de él dependa.

3. Concurrir a las audienciasjudiciales.

4. Elaborar dictámenes jurídi-cos y confeccionar informes re-queridos por la superioridad.

5. Estudiar, analizar e interpre-tar la normativa, doctrina y juris-prudencia a fin de lograr uniformi-dad de criterios con las demásáreas de Fiscalía de Estado.

6. Coordinar eficientemente alpersonal administrativo que cola-bora en el cumplimiento de dichastareas.Atributos personales parael desempeño del puestoRequisitos excluyentes

Edad: No inferior a 35 años.Título universitario en aboga-

cía matrícula provincial y federal vi-gentes para litigar en dichos ám-bitos.

Experiencia mínima requeridade 5 años en tareas afines.

Conocimientos a evaluar: Pro-fundo conocimiento del derechoconstitucional, administrativo, ci-vil y comercial, régimen legal delempleo público, derecho procesal(procedimiento de amparo, acciónde inconstitucionalidad, acciónprocesal administrativa).

Habilidad para expresar en for-ma clara y exhaustiva los argumen-tos que fundamenten la posiciónadoptada en la elaboración de es-critos judiciales (demandas, contes-taciones. dictámenes o informes).

_____

ANEXO IIPERFIL DEL CARGO

PARA CUBRIR LA VACANTECLASE 11

Descripción del PuestoAbogado con experiencia en la tra-mitación, sustanciación y segui-miento de denuncias, sumariosadministrativos, procedimientosadministrativos y de causas pe-nales que tengan vinculación conlos mismos.Área: Dirección de Asuntos Admi-nistrativos y/o Ambientales.Objetivo del puesto

Tramitar, sustanciar y efectuarel seguimiento de las investiga-ciones administrativas que se ini-cien, por denuncias o actuación deoficio, ante irregularidades admi-nistrativas detectadas en actuacio-

nes que involucren la competen-cia de esta Fiscalía (art. 177. C:M.);y en las causas penales que deri-ven de las mismas.Principales actividades:

1. Analizar la documentaciónque ingresa y egresa ante denun-cias de irregularidades cometidas,o en las investigaciones iniciadasde oficio.

2. Llevar a cabo las investiga-ciones y dictámenes que se leasigne en el marco de las compe-tencias de esta Fiscalía.

3. Intervenir en la elaboraciónde dictámenes y elevación y se-guimiento de denuncias penalesvinculadas a los asuntos mencio-nados previamente.-Atributos personales parael desempeño del puestoRequisitos excluyentes

Edad: No inferior a 30 años.Título universitario de aboga-

do, con matrícula provincial vigen-te para litigar.

Experiencia mínima requeridade 2 años en tareas afines; y pres-tación de servicios en forma efec-tiva en Fiscalía de Estado, con unaantigüedad no inferir a tres (3)años continuos.

Conocimientos a evaluar: Pro-fundo conocimiento del derechoconstitucional, administrativo (Le-yes N° 3909 y 3918, Ley de Admi-nistración Financiera, régimen deempleo público, etc.), penal, pro-cesal penal.

Habilidad para expresar enforma clara y exhaustiva los argu-mentos que fundamenten la posi-ción adoptada en investigaciones,conclusiones, resoluciones y dic-támenes.28/29/12/2016 (2 P.) s/cargo_________________________________

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en virtud de lo decidido en Acta deJurado de fecha 21 de octubre de2016.

Artículo 2° - Autorícese a con-vocar a un nuevo "Llamado a Con-curso Público para la propuestadel Guión -con su correspondien-te Síntesis Argumental- Proyectode Puesta en Escena - ProyectoEscenográfico y Equipo Artístico-,para la realización y dirección Ar-tística de la Fiesta Nacional de laVendimia 2018, Primera, Segun-da y Tercera Noche", a llevarse acabo en 03, 04 y 05 de marzo, enel Teatro Griego Frank RomeroDay", y modifíquense parcialmen-te los artículos 4, 5, 10, 31, 47 y 48y Apruébese el Reglamento delmismo, que como Anexo formaparte integrante de la presente re-solución.

Artículo 3° - Establézcase queel pago de lo dispuesto en el Re-glamento de Bases del citado Lla-mado en Arts. 33 inc. a) e inc. b) yArt. 34 se hará con cargo al Presu-puesto año 2017, en tanto lo dis-puesto en Art. 33 inc. c) se harácontra Ejercicio Presupuesto año2018.

Artículo 5° - Comuníquese, aquienes corresponda y archívese.

Diego G. Gareca______

ANEXOLLAMADO A CONCURSO

PÚBLICOPARA LA PROPUESTA DE GUION

(CON SU CORRESPONDIENTESÍNTESIS ARGUMENTAL

INCLUIDA) PROPUESTA O PROYECTO

PARA LA REALIZACIÓN DE LAESCENOGRAFÍA, DIRECCIÓNARTÍSTICA DE LA PUESTA ENESCENA Y EQUIPO ARTÍSTICO

PARA EL ACTO CENTRAL,SEGUNDA Y TERCERA NOCHE DE

LA FIESTA NACIONAL DE LAVENDIMIA 2018 DECLARADAS

SEGÚN LEY 6973 "PATRIMONIOCULTURAL DE LA PROVINCIA DE

MENDOZA"

REGLAMENTOCAPITULO I:

DEL LLAMADO A CONCURSO:Artículo 1º: Llámese a Concur-

so Público de Guión (con su co-rrespondiente SíntesisArgumental Incluida), Propuestapara la Realización de la Esceno-grafía, Dirección Artística, Puestaen Escena y Equipos Artísticos,cuyos responsables tendrán a sucargo la realización y dirección ar-tística de La Fiesta Nacional de laVendimia 2018, en el Teatro Grie-go Frank Romero Day, los díasSábado 3, domingo 4 y lunes 5 demarzo de 2018.

Artículo 2º: Las propuestaspresentadas deberán ajustarse alas cláusulas y condiciones esta-blecidas en el presente reglamen-to. La sola presentación al concur-so implica por parte de los propo-nentes, el total conocimiento delas condiciones y aceptación delas especificaciones contenidasen el mismo.

Artículo 3° - El presente Regla-mento contiene Postulación paraGuión (con su correspondientesíntesis argumental incluida) ,pro-puesta para la realización de la es-cenografía ,dirección artística ,puesta en escena y equipo artísti-co para la Fiesta Nacional de laVendimia 2018

Artículo 4°: Del Formato y Me-todología del Presente ConcursoEstablézcase el formato y meto-dología de presentación de la si-guiente manera cronológica y te-niendo en cuenta los diferentesplazos de entrega de propuestaspara la Fiesta Nacional de la Ven-dimia 2018: siendo la Única Fe-cha de Presentación de las Mis-mas: el viernes 10 de febrero de2017 únicamente desde las 8:30y hasta las 13:00 hs indefectible-mente.

Las propuestas de Sobre Uni-co deberán presentarse, ante laSecretaría de Cultura de la Provin-cia según lo especificado en elpresente Reglamento, Únicamen-te y personalmente (no se admiti-rán presentaciones por otros me-dios) en la oficina de Dirección deProducción Cultural y Vendimia -Secretaría de Cultura, Gobierno deMendoza, sito en Av. España yGutiérrez, Ciudad de Mendoza.Inc. 1: Presentación en Sobre Úni-co con la Propuesta Presentadapor parte de los concursantes. Enel exterior del sobre es obligatoriomencionar el Titulo de la Propues-ta, Nombre y Apellido del DirectorGeneral y del Productor Ejecutivoy la Leyenda: "Propuesta para laFiesta Nacional de la Vendimia2018".Inc. 2: Apertura pública del SobreÚnico de cada Propuesta por par-te del jurado en presencia de Es-cribano Público de Gobierno, per-sonal administrativo de la Secre-taría de Cultura de la Provincia yparticipantes interesados, a fin deverificar la totalidad del materialrequerido para la presentación,dando un Plazo Perentorio de 48horas para la Propuesta que noContuviese la Totalidad de los Re-querimientos Solicitados a fin deque se adjunte la Totalidad de laDocumentación Faltante. Los as-pectos administrativos y de formade las propuestas concursantesestarán sujetos a contralor de

Admisibilidad que efectuará laSecretaria de Cultura de la Provin-cia.Inc. 3: Análisis de propuestas apuerta cerrada por parte del jura-do, según material obtenido delSobre Único de cada Propuesta.Inc. 4: Elaboración de Acta de Úni-co Coloquio por parte del jurado:.Serán elegidas como Finalistasaquellas Propuestas que el Jura-do considere en un mínimo de tres(3) en caso de existir cantidad su-ficiente de las mismas, conside-rando un máximo de cinco (5) encaso de existir cantidad suficientede las mismas, habilitando a es-tas a formar parte de la segundainstancia (coloquios).

El Jurado podrá solicitar a laSecretaria de Cultura una consi-deración en los mínimos y máxi-mos, argumentando los motivosde dicha solicitud.Inc. 5: Comunicación publica pormedio fehaciente a: Propuestasno Seleccionadas para el Colo-quio y Propuestas Seleccionadaspara el Coloquio comunicándoseen este Mismos Acto: Fecha, Lu-gar y Hora de Presentación delContenido Obligatorio para lasPropuestas Finalistas y Coloquio.Inc. 6: Recepción por parte perso-nal administrativo de la Secretaríade Cultura de la Provincia, delmaterial solicitado para los Fina-listas a Coloquio, pudiendo losconcursantes adjuntar a su veztodo aquel material que conside-ren pertinente para un cabal y pro-fundo análisis de sus Propuestapor parte del Jurado.Inc. 7: Realización del Único Co-loquio de Carácter Público, segúnfecha otorgada anteriormente.Inc. 8: Análisis a puerta cerrada porparte del jurado de las propuestascoloquiadas y elaboración de Actade Propuesta Ganadora, debien-do obligatoriamente consignar elorden de mérito de las propuestasfinalistas en orden decreciente.Inc. 9: Lectura pública del Acta dePropuesta Ganadora, debiendoleerse en primer lugar la Propues-ta Ganadora de la Fiesta Nacionalde la Vendimia 2018, posterior-mente las propuestas siguientes.

CAPITULO II:DEL CONTENIDO

DEL SOBRE ÚNICOPARA LAS PROPUESTAS.

(PRIMER INSTANCIA)Artículo 5°: La propuesta del

Sobre Único deberá contener Ex-clusivamente sin poder Agregarningún Tipo de Material Adicional,el Siguiente Detalle:A. La Propuesta de GUIÓN (consu correspondiente SíntesisArgumental) enOriginal y 2 (dos) copias

1. Tanto el original como las 2(dos) copias deberán ser pre-sentadas en papel blanco tama-ño A4, escritas a máquina ocomputadora (fuente TimesNew Roman o Arial tamaño 12).a doble espacio en una solacarilla.

2. Deberá concebirse, crearse yelaborarse para ser puesta enescena en el Acto Central, Se-gunda y Tercera noche en elTeatro Griego Frank RomeroDay declarado Patrimonio Cul-tural de Mendoza por Decreto N°797 (07 Junio 1995), conside-rando el desarrollo visual y ladistancia desde el escenario alespectador.

3. El GUIÓN y trama argumentaldeberán estructurarse y desa-rrollarse dentro de losparámetros que se requierenpara su representación, conlenguaje que tenga la posibili-dad de suscitar imágenes vi-suales y/o sonoras, ya sea pormedios técnicos y/o actorales y/o coreográficos y/o musicales.

4. El texto debe manifestar la exal-tación del patrimonio cultural dela provincia, especialmente lavitivinicultura y la adhesión a laproducción local mediante eltrabajo y el esfuerzo de toda unapoblación; destacando los va-lores históricos, tradicionales ypatrimoniales que se proyectanhacia el futuro y expresan laidentidad provincial, dentro delcontexto nacional e internacio-nal.

5. El texto deberá permitir su de-sarrollo en escenas suscepti-bles de dividirse en cuadros ounidades menores mantenien-do el ritmo ágil que caracterizaa este tipo de espectáculo y quese traduce en la puesta; tenien-do en cuenta la posibilidad deincorporar nuevos recursos depuesta en escena en el ámbitoparticular del teatro Griego y suentorno físico natural.

B. La Propuesta de Puesta en Es-cena (con su correspondientecuadro de doble entrada) Origi-nal.

A los fines de aunar criteriosevaluativos en la puesta en esce-na solicitada deberán los propo-nentes resaltar y desarrollar conespecial atención los SiguientesÍtems:1. Guión / Texto2. Música / Sonido (debe mencio-

nar titulo, género musical, du-ración y si es o no original)

3. Tiempo escénico (por escena /por cuadro y total)

4. Desarrollo Coreográfico (queexprese la idea/espíritu de cadacuadro o unidad)

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5. Desarrollo Actoral (que expresela idea/espíritu de cada cuadroo unidad)En el caso en que la propues-

ta de puesta en escena, incluyaademás la presentación decandidatas al Trono Nacional, de-berá mencionarse claramente lapuesta y duración estimada enescena de la presentación de lasmismas, cuyo tiempo escénico nopodrá ser superior a veinticincominutos. El tiempo escénico totalde la puesta en escena - tenga ono presentación de candidatas enla misma - deberá tener un espa-cio temporal máximo de setentaminutos (70') y un mínimo de se-senta minutos (60'), excluido elacto de elección y coronación dela Reina Nacional de la Vendimia.C. La Propuesta Sintetizada deMúsica (demo soporte digital)

Deberá presentar la síntesismusical en forma escrita de todala propuesta musical, en ordentemporal de la puesta (títulos, gé-neros, autores, duraciones) de-biendo consignar claramente lostemas originales propuestos.

La maqueta en soporte digitaldeberá contener al menos un temamusical completo por cuadro.

Nota 1: se entiende por Músi-ca Original a toda aquella compo-sición creada especialmente parala Fiesta Nacional de la Vendimia,objeto del presente concurso.

En todas las instancias deeste concurso debe cumplirse conun 50% de composiciones origi-nales.D. La Propuesta Sintetizada deDiseño Escenográfico

A los fines de aunar criteriosevaluativos en la puesta en esce-na solicitada de forma sintética, esObligatorio la Presentación de:1. Bocetos y/o maquetas en for-

mato físico o digital de la esce-nografía a utilizar. (escala librepero Obligatoriamente Mencio-nada)

2. Obligatorio Presentar BocetosIndicando Escala De CajasLumínicas Con Al Menos DosEfectos Por Paño

E. Una Planilla de ConformaciónMínima Obligatoria de Staff Artísti-co, debidamente firmada por cadauno de los integrantes, indicandoclaramente la función o área detrabajo a desarrollar.

Se Exigirán ObligatoriamenteResponsables de las SiguientesAéreas:

1. Guión2. Dirección General3. Dirección Coreográfica4. Dirección Actoral5. Dirección Musical6. Diseño Escenográfico7. Diseño Cajas Lumínicas

8. Jefatura Técnica9. Producción Ejecutiva

10. Jefe de TraspuntesTodos los responsables arri-

ba detallados deberán presentarobligatoriamente: declaración ju-rada como integrante del staf pro-ponente, Curriculum Vitae, fotoco-pia DNI primera y segunda hoja,copia de la constancia de la últi-ma emisión de voto o su corres-pondiente justificación, antece-dentes correspondientes. Todosdeberán ser oriundos de la Pro-vincia de Mendoza o tener una re-sidencia inmediata anterior a laparticipación en el presente con-curso, no menor a cuatro años enla Provincia de Mendoza certifica-da por organismo competente.(Registro Civil)

En particular deberán reunirlas siguientes condiciones, de ca-rácter excluyente y acreditarse pormedio fehaciente para cada rol enparticular:

1. Autor/autores del guión.Los autores del guión podránser los únicos integrantes delequipo artístico, que puedanejercer otra función en el mis-mo equipo.

2. Director General, responsableartístico general de la FiestaNacional de la Vendimia y desu puesta en escena, con an-tecedentes como Director Ge-neral, Asistente de DirecciónGeneral, Coreógrafo General,Director de Actores o directormusical en Fiestas de la Ven-dimia, ya sean departamenta-les o nacionales, o espectácu-los artísticos de gran magni-tud que demuestren capaci-dad e idoneidad artística y téc-nica.

3. Director Coreográfico, res-ponsable de la totalidad de lascoreografías, con anteceden-tes como Coreógrafo o Asis-tente de Coreógrafo, en Fies-tas de la Vendimia, ya sean de-partamentales o nacionales y/o producciones artísticas quedemuestren capacidad e ido-neidad artística y técnica.

4. Director de Actores, respon-sable de la totalidad de la ac-ción actoral, en acuerdo con laDirección General, con antece-dentes en Dirección Actoral,Asistencia de Dirección de Ac-tores en Fiestas de la Vendi-mia, ya sean departamentales,nacionales o espectáculos ar-tísticos de gran magnitud quedemuestren capacidad e ido-neidad artística y técnica.

5. Director Musical, responsablede la totalidad de la producciónmusical, de la coordinación degrabación de la/s voz/ces en

off, de la música del máster yde la ejecución de música envivo, en acuerdo con la Direc-ción General, con experienciaen espectáculos en vivo y pro-ducción discográfica.

6. Escenógrafo o Responsablede la Idea Escenográfica, res-ponsable del DiseñoEscenográfico, en acuerdo conla Dirección General, con an-tecedentes en diseñoescenográfico de espectácu-los vendimiales o espectácu-los artísticos de gran magni-tud que demuestren capaci-dad e idoneidad técnica.

7. Responsable de CajasLumínicas: Responsable dela coordinación de su área enel diseño, traslado, montaje,cableado y operación de lascajas lumínicas. Cuya ejecu-ción técnica estará a cargo dela Secretaría de Cultura deCultura de la Provincia. Supe-ditado a la Dirección General,debiendo poseer obligatoria-mente antecedentes que acre-diten experiencia en cajaslumínicas para vendimias -sean departamentales y/o na-cionales-. La propuesta debe-rá Contener ObligatoriamenteUtilización de CajasLumínicas.

8. Jefe Técnico, responsable dela coordinación de su área enel montaje escenográfico,lumínico, sonoro y efectos es-peciales en acuerdo con la Di-rección General, con antece-dentes como Jefe Técnico,Asistente Técnico, en Fiestasde la Vendimia, ya sean depar-tamentales, nacionales o es-pectáculos artísticos de granmagnitud que demuestren ca-pacidad e idoneidad técnica.

9. Productor Ejecutivo, únicoresponsable del seguimientode plan de trabajo artístico y téc-nico de competencia del equi-po artístico, tanto como delcontrol y cumplimiento en tiem-po y forma, en acuerdo con laDirección General. Denunciade domicilio legal para las no-tificaciones (de conformidad alo dispuesto en art. 125 de laLey de Procedimiento Admi-nistrativo N° 3909).

10. Jefe de traspuntes, responsa-ble en acuerdo con la Direc-ción General del desarrollo ysincronización de la puesta enescena de la fiesta, con ante-cedentes de fiestas de la ven-dimia ya sean departamenta-les, nacionales o espectácu-los artísticos de gran magni-tud que demuestren capaci-dad e idoneidad técnica.

• No podrán participar comointegrantes del Equipo Artís-tico concursante, aquellaspersonas que mantenganvínculo laboral de cualquiertipo con la Secretaria de Cul-tura de la Provincia de Men-doza.

• El director de la propuestaserá considerado el jefe delequipo con facultades sufi-cientes de control y direcciónpara disponer sobre la pro-puesta y los integrantes, y deacuerdo a la presente regla-mentación.

Artículo 6°: Para la presenta-ción de las propuestas, los intere-sados están facultados a inspec-cionar y verificar las existencias de:vestuario, utilería, etc. del TeatroGriego Frank Romero Day y visitarlas instalaciones del mismo y delVestuario de Vendimia de lunes aviernes de 8:30 a 12:30 hs., previaautorización de la Secretaria deCultura de la Provincia sito en Av.España y Gutiérrez - Planta Baja.Ciudad - Mendoza.

Artículo 7°: Por cada una de lasáreas del equipo artístico se acep-tará hasta dos (2) co - responsa-bles.

Artículo 8º: Los hacedoresvendimiales que figuren en unapropuesta artística para la edición2018, podrán participar libremen-te en diferentes propuestas comoresponsables de área o asisten-tes según su propio criterio peroDebiendo tener para el Caso deResponsables de Área Experien-cia Comprobable para el Área enla que se Presentan.

Artículo 9°: La totalidad de losintegrantes del Staff Artístico Ga-nador no Podrán ser Proveedoresdel Estado ni pertenecer en cual-quiera de sus formas de contrata-ción a Empresas que Presten Ser-vicio en la Fiesta de la Vendimiapara la cual forman parte del StaffArtístico.

CAPITULO III:DEL CONTENIDO OBLIGATORIO

PARA LAS PROPUESTASFINALISTAS - SEGUNDAINSTANCIA (Coloquio)

Artículo 10º: Habiendo sido se-leccionada la propuesta para laetapa de coloquio (Finalista), elStaff deberá entregar, en Plazo co-municado fehacientemente por laSecretaria de Cultura de la Provin-cia, la siguiente documentación:

1. Documentación Staff Total:Agregar la Conformación total delStaff Artístico (Planilla/ DeclaraciónJurada Totalidad Staff) para lo cualse exigirán responsables de lassiguientes áreas:a. En la Jefatura Técnica obliga-

toriamente 2 (dos) ayudantes

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especialistas en Iluminación ySonido respectivamente. Ante-cedentes en eventos de granmagnitud y complejidad técni-ca.

b. Responsable de Efectos Espe-ciales Solo en caso de Existir enLa Propuesta: Antecedentes eneventos de gran magnitud y com-plejidad técnica. Responsablede la coordinación del área deefectos especiales, consigna-dos en la grilla de efectos espe-ciales adjunta, cuya ejecucióntécnica estará a cargo de la Se-cretaría de Cultura de Cultura dela Provincia. Supeditado a la Di-rección General.

c. Jefe de Vestuario y Maquillaje:Antecedentes en eventos degran magnitud y complejidadtécnica. Responsable de la to-talidad del vestuario y maquilla-je utilizado en la Fiesta. Supedi-tado a la Dirección General.Responsable de la verificacióndel vestuario y seguimiento enla confección y/o arreglos de losmismos. Seguimiento de losdiseños y realización de losmaquillajes necesarios para lapuesta en escena. IncluyeDiseñador/a y Asistente de Ves-tuario. La elección y pago de re-muneración de los mismos es-tará a cargo del Equipo Artísti-co. Quedando a cargo de la Se-cretaría de Cultura de Cultura dela Provincia, la contratación delos materiales y pago del per-sonal necesario para el maqui-llaje y acondicionamiento delvestuario, sea para el vestuarioexistente en depósito o del nue-vo vestuario a adquirir y para larealización del maquillaje aefectuar en los artistas.

d. Responsable de la Utilería Me-nor y/o Mayor: Solo en Caso deexistir en la Propuesta - Antece-dentes en eventos de gran mag-nitud y complejidad técnica.Responsable de la verificaciónde la Utilería Menor y/o Mayorexistente en el Secretaría deCultura de Cultura de la Provin-cia, seguimiento de la realiza-ción de la Utilería nueva a con-tratar y/o arreglos de la misma ysu mantenimiento. Supeditadoa la Dirección General. Quedan-do a cargo de la Secretaría deCultura de Cultura de la Provin-cia la contratación y pago demano de obra y materiales ne-cesarios para la Utilería Menory/o Mayor, sea para el acondi-cionamiento del material exis-tente en o del nuevo a adquirir opara su mantenimiento.

e. Responsable de Video Filma-ción Artística En caso de Exis-tir en la Propuesta, - Aunque In-

dependientemente de Poseer ono Video Filmación Artística seexigirá un Responsable delGuión Televisivo (obligatorio) - ,Dicho Responsable del GuiónTelevisivo deberá acreditar an-tecedentes en el área de Ela-boración de GuionesTelevisivos y/o Dirección de Cá-maras y/o Edición de Imágenes.

NOTA I: Será Obligatorio para elStaff concursante, Presentar almenos un Miembro del Equipocon antecedentes en MúsicaFolclórica Argentina, en pos de unavisión patrimonial y tradicional dela conformación histórica de LaFiesta Nacional de la Vendimia. -Podrá ser el propio Director Musi-cal Propuesto -.NOTA II: Independientemente delos responsables obligatorios de-tallados anteriormente, el Staffconcursante podrá Adjuntar la can-tidad de personas que crea con-veniente en cada Área quedandoa criterio del mismo la Acreditacióno no de Antecedentes de cadaPersona Adjuntada.NOTA III: La totalidad de las per-sonas que conformen las diferen-tes áreas Deberán firmar la Plani-lla Total de Staff para su Verifica-ción de conformidad de Aceptaciónde Grupo.Nota IV: A los efectos legales y ad-ministrativos e independiente-mente del domicilio legal requeri-do para el Productor Ejecutivo,Solamente el Equipo Ganadordeberá indicar un representantedebidamente acreditado, median-te poder, de todos y cada uno delos Integrantes del Equipo Artísti-co certificado ante Escribano Pú-blico, quien no deberá estar com-prendido en el régimen de incom-patibilidades para contratar con elEstado, acompañando Declara-ción Jurada de cargos, denunciade domicilio legal para notificacio-nes, constancias de inscripcionesimpositivas de AFIP y A.T.M (todode acuerdo al régimen legal decontrataciones con el Estado pro-vincial). El Productor Ejecutivo po-drá ser al mismo tiempo el repre-sentante debidamente acreditado.

2. Documentación puesta enEscena:Proyecto de Puesta en Escenacompleta, Desarrollada Y Detalla-da En Cuadro De Doble Entrada(planilla Sábana). Un solo Ejem-plar.

El diseño de la Planilla Saba-na deberá permitir al jurado unaóptima lectura y deberá ser de fá-cil plegado o enrollado teniendocomo objetivo la permanencia ycuidado de la misma para ser uti-lizada durante el proceso de aná-lisis de la propuesta.

Formatos impresos: Bannersen lona con su correspondientepie de banners o papel obra de 90Grs. (como mínimo) para ser utili-zado en formato pizarra.

Formato Digital: CD o PenDrive, consignando el programautilizado.

3. Documentación GuiónTelevisivo

Guión Televisivo de la puestacon el objetivo de aunar un únicocriterio estético de puesta entre elespectáculo en vivo y el espectá-culo trasmitido televisivamente. Unsolo Ejemplar

4. Documentación EscenograficaDeberá presentar obligatoria-

mente:En caso de no presentar Ma-

queta en 1° instancia, presentarMaqueta en formato físico o digitalde la escenografía a utilizar. (es-cala libre pero ObligatoriamenteMencionada)• Planimetrías: escala 1:100.• Esquema de planta, elevacio-

nes, vistas y cortes: escala1:100.

• Croquis y diseño de la totalidadde las Cajas Lumínicas: escala1:50.

Acotaciones Obligatorias parael Diseño Escenográfico:Especificaciones:a. Coherencia con el Guión, la Lí-

nea argumental y la Puesta enEscena propuesta.

b. Se deberá tener en cuenta lafactibilidad del montaje de la es-cenografía, la racionalidad delos costes y el aprovechamien-to del marco natural del teatroGriego Frank Romero Day de-biendo considerarse las limita-ciones y/o restricciones en elTeatro Griego Frank RomeroDay y su entorno natural, decla-rado Patrimonio Cultural deMendoza por Decreto N° 797/05.

c. El proyecto escenográfico debe-rá considerar, el impacto visualy la incidencia del color y formas.

d. Deberá incluirse en maqueta yplanta toda estructura portantede elementos de luz y/o sonido.

e. Se debe contemplar la ubica-ción de 2 (dos) pantallas de usoinstitucional, de dimensionesaproximadas de 7.50 a 4 me-tros de altura con sus respecti-vas estructuras. Las pantallaspodrán ser utilizadas para laproyección de videos en la pues-ta y retirarse durante la puestaen escena si así fuese el plan-teo en la propuesta. El empla-zamiento de dichas pantallasquedara a criterio del staff pro-ponente, siempre y cuando serespete su óptima visualizaciónpor parte de la totalidad de losespectadores.

f. Las Cajas Lumínicas deberánpresentarse, en su totalidad,con cantidades de efectos porpaño de trabajo de cada caja.Deberán especificarse las me-didas y observaciones internasrequeridas en el diseño: alturade costillar y en caso de reque-rir que sean cubiertas: tipo delienzo de cobertura a utilizarRequisitos:

g. Deberá contemplar las dimen-siones adecuadas de los esce-narios, contando obligatoria-mente con:1. Al menos 2 (dos) espacios

diferenciados para 2 (dos) in-térpretes de Lengua de Se-ñas, quienes deberán ser vis-tos; por la totalidad de losasistentes a la fiesta durante"el desarrollo de la totalidaddel espectáculo".

2. Un espacio claro y de fácil ac-ceso visual y físico para elacto de votación y coronaciónde la Reina Nacional de laVendimia. Un espacio desti-nado a personas de prensa -aproximadamente 50 (cin-cuenta) camarógrafos, fotó-grafos y cronistas pudiendoeste espacio utilizarse comoescenario artístico en lapuesta en escena.

3. Un espacio claro y de fácil ac-ceso visual y físico para la to-talidad de las Cortes acom-pañantes, calculado en nomenos de 280 personas, y lapermanencia durante el es-pectáculo de la Reina Nacio-nal de la Vendimia, la VirreinaNacional de la Vendimia y laReina Anfitriona.Nota: El anterior palco paracortes solicitado deberá con-tener: a) Otro acceso inde-pendiente para egreso e in-greso al mismo no a la vistade los espectadores b) Es-pacio cercano al palco parapunto de hidratación, estibade bolsos, artículos persona-les de las cortes., con cubier-ta, todo el conjunto fuera delalcance visual de espectado-res. c) Acceso a un sanitarioquímico.

4. Un espacio claro y de fácil ac-ceso físico para los músicosen vivo, teniendo en cuentael despliegue técnico queesto requiere (back line, mi-crófonos, retornos, etc.) De-berá considerarse la cons-trucción de una cubierta paraeste espacio, previendo in-clemencias climáticas, concriterio de unidad estética yacústica.NOTA: El anterior Escenariopara Músicos en vivo solici-

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tado deberá contener: a) Es-pacio cercano al mismo parapunto de hidratación, estibade bolsos y artículos perso-nales de las músicos.

5. Escenarios de dimensionesadecuadas, considerando lacantidad de artistas en esce-na, en situación coreográficay/o de desplazamientoescénico como así tambiénlos músicos en vivo; debien-do preverse un escenario pla-no, central y con dimensionesimportantes que pueda serutilizado para los músicosinvitados de las demás no-ches.

6. Cantidad de bocas, que per-mitan la fuga de los artistascon facilidad, el ingreso yegreso de utilería menor ymayor, en caso de existir ta-les elementos. La Distribu-ción y Medidas de Bocas,deberán contemplar espa-cios francos y accesibles deestiba de utilería menor ymayor cercana a cada cua-dro escénico. siempre en untodo de acuerdo con la Pro-puesta Argumental

7. Distribución de escaleras orampas que faciliten el des-plazamiento de los artistas.

8. Uso de interiores edificio ybajo escenario. Deberá pre-verse el número máximo deespacios a utilizar con la can-tidad prevista posible de ar-tistas que allí se cambiaran,debiendo priorizar el bajoescenario para el siguienteorden de prioridad absoluto1. Espacio de Efecto Especial2. Espacio de Logística de

Sonido, para Puesta enEscena y para Músicos In-vitados

3. Espacio de Guarda UtileríaMenor y/o Mayor si existie-se

4. Espacio Equipamiento deIluminación y Sonido deApoyo y Logística Especifi-ca

5. Espacio de Arte Audiovisualde Apoyo y Logistica

6. Espacio de Camarín Rápi-do de Primeras FigurasPuesta en Escena y Artis-tas Invitados.

7. Espacio de Camarín Rápi-do Artistas de Puesta enEscena.Las Propuestas que inclu-yan desarrollo artístico encerros aledaños, obligato-riamente deberán consig-nar Cantidad de Artistas enlos mismos, no se permi-tirán propuestas con usode Cerros Aledaños Exclu-

sivamente con tratamien-to escenográfico (sin Pre-sencia de Artistas) quedanexcluidos de tal prohibi-ción Efectos Especiales adesarrollarse en los Ce-rros siempre y cuando norequieran de montajesescenográficos.La Secretaría se reserva lafacultad de adecuar los es-cenarios, estructura y dise-ños escenográficos hori-zontales y verticales, deacuerdo con criteriosescenotécnicos, seguri-dad, accesibilidad, circula-ción, razones presupues-tarias excesivas y puestaen escena de reinas, cor-tes, locutores y artistas in-vitados

5. Documentación Musical:a. Deberá adjuntar Obligatoria-

mente: Maqueta en soportedigital con la totalidad de lamúsica de cada cuadro. Laspiezas musicales referencialesestarán sujetas a arreglos, ins-trumentación u orquestacióndefinitiva.

b. Será Obligatorio Mencionar EnColumna De Sonido / Música DeHoja Sabana De Puesta En Es-cena: Tipo De Música, Género,Autor, Y Duración "Estimada" DeLa Totalidad De La Música A Uti-lizar En La Puesta En Escena.

c. El Equipo artístico dispondrápara su propuesta escénica deun sistema acústico necesariopara satisfacer con 96 db. depresión sonora sobre las gra-das del Teatro Griego FrankRomero Day y sobre las faldasde los cerros aledaños con vis-ta al escenario mayor.

d. También dispondrá para la gra-bación y producción de la cintade audio con las instalacionesde un estudio adecuado a lasnecesidades habituales en estetipo de espectáculos debiendoproponer la Dirección Musicaldel staff competidor las Carac-terísticas Técnicas y Espacialesdel Tipo de Estudio necesariopara su Uso.

e. NO se permitirá la utilización demúsica bajo el formato de "PLAY- BACK"

f. Obligación de Música en Vivobajo las siguientes disposicio-nes:1. El jefe técnico del staff debe-

rá presentar en la propuestael detalle de sonido requeri-do para músicos en vivo, suubicación espacial en el es-cenario y el detalle artísticode aparición en escena conrelación a la propuesta pre-sentada (hoja sábana)

2. La puesta deberá contar conun mínimo del cincuenta porciento (50%) y un máximo delcien por ciento (100%) demúsica original, interpretadapor artistas mendocinos ensu mayoría, o que tengan unaresidencia inmediata anteriora la participación en el pre-sente concurso, no menor acuatro años en la Provinciade Mendoza.

3. La música editada propues-ta, deberá estar realizada porinterpretes mendocinos ycuya cantidad debe ser entreun veinte (20%) por ciento yun cincuenta (50%) del totalde la puesta. En caso de uti-lizar música editada univer-sal la misma no deberá su-perar el 30% del total de lapropuesta.

4. La puesta deberá contenerun mínimo de un ochenta porciento (80%) de música eje-cutada en vivo y un máximode cien por ciento (100%) demúsica en vivo.

5. La propuesta musical debe-rá ser presentada en sopor-tes digital pudiendo adjuntarcualquier otra documenta-ción que el director musicalconsidere conveniente.

6. La contratación de los músi-cos de referencia se entien-de comprendida dentro delas limitaciones previstas porla normativa para contratarcon el Estado Provincial.

6. Documentación Artistas enEscena:Presentada conforme a planillaadjunta, en Una sola Copia.1. Se establece un mínimo de

ochocientos cincuenta (850) yun máximo de mil (1000) artis-tas, entre bailarines, actores,figurantes, murgas, comparsas,artistas aéreos, bandas u otrasespecialistas en escena, losque serán seleccionados a tra-vés de audición de artistas. Maslos artistas que se seleccionenpara los traspuntes, utileros ysolistas.

2. Las cantidades indicadas en elpunto anterior deberán ser distri-buidas de la siguiente manera:a. Bailarines y/o bailarinas

pudiendo el equipo artísticodeterminar libremente la/sdisciplina/s a utilizar segúnpuesta en escena propues-ta; con un mínimo de quinien-tos setenta (570) y un máxi-mo de seiscientos veinte(620).

b. Actores con un mínimo deciento ochenta (180) y unmáximo de doscientos trein-ta (230).

c. Figurantes con un mínimocien (100) y hasta un máxi-mo de ciento cincuenta (150).

d. De la totalidad de artistas(según punto 1) sólo se ad-mitirá hasta un máximo dedoce (12) solistas.

e. La propuesta deberá incluirtreinta (30) artistas condiscapacidades. Los mis-mos podrán representar di-ferentes Géneros (Teatro oDanza). La inclusión de es-tos artistas no modifica elnúmero establecido en el pri-mer ítem de la presenta do-cumentación de artistas enescena

f. El número de músicos envivo que requiera la puesta enescena, deberá tener un mí-nimo de treinta (30) y un máxi-mo de cincuenta (50), dondese deberá especificar fun-ción, instrumentos y la canti-dad de vocalistas. La Selec-ción de los mismos podrá de-terminarse directamente porel Director Musical de la Pro-puesta Ganadora o bien a so-licitud del mismo realizar se-lección por casting, quedan-do a criterio del Staff la canti-dad e instrumentos aaudicionar hasta conformarel total de músicos requeri-dos para la Propuesta. Inde-pendientemente de elegir al-guna de las modalidades, lamodalidad de selección ele-gida Deberá comunicarsefehacientemente en la Etapade Coloquio. La inclusión deestos artistas no modifica elnúmero establecido en el pri-mer ítem de la presenta do-cumentación de artistas enescena.NOTA: En caso, que el Direc-tor Musical decida presentarensamble de musicos y/ovocalistas, estos deberan darconformidad en Planilla Ad-junta.

g. En planilla separada, se de-berá consignar traspuntes deboca de escenario a utilizar,como MÁXIMO de dos (2) porboca SEGÚN PLANTA DE ES-CENARIO Y DETALLE DECIRCULACIÓN ARTISTAS entotal, siendo su elección dela siguiente manera: SE ES-TABLECE UN (01) JEFE DEBOCA POR CADA BOCAESCÉNICA SIENDO ELEGI-DO POR EL STAFF, el restode los traspuntes hasta com-pletar la totalidad de los re-queridos surgirá de la elec-ción mediante concurso deantecedentes evaluados porjurado compuesto por; 01 re-

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presentante del staff - prefe-rentemente el jefe detraspuntes - 01 representan-te por parte de la AsociaciónArgentina de Actores CONANTECEDENTES COMOTRASPUNTE EN FIESTASNACIONALES DE LA VENDI-MIA y 01 representante de laSecretaría de Cultura de laProvincia. El pago de la tota-lidad de los traspuntes - ex-cluido el Jefe de Traspunte -quedara a cargo de la Secre-taria de Cultura de la Provin-cia. En caso de utilización decerros, se deberán contem-plar traspuntes para tal fin.

h. En planilla separada, se de-berá consignar traspuntesutileros a utilizar, SEGÚNPLANTA DE ESCENARIO YDETALLE DE CIRCULACIÓNDE UTILERIA MAYOR Y ME-NOR en total, siendo su elec-ción de la siguiente manera:SE ESTABLECE UN (01)JEFE DE TRASPUNTEUTILEROS SIENDO ELEGI-DO POR EL STAFF, el restode los Utileros hasta comple-tar la totalidad de los solicita-dos según planta de esce-nario y detalle de circulaciónutilería mayor y menor, surgi-rá de la elección medianteconcurso de antecedentesevaluados por jurado com-puesto por; 01 representan-te del staff - preferentementeel Responsable de UtileríaMayor y Menor - 01 represen-tante por parte de la Asocia-ción Argentina de ActoresCON ANTECEDENTESCOMO TRASPUNTEUTILERO EN FIESTAS NA-CIONALES DE LA VENDIMIAy 01 representante de la Se-cretaría de Cultura de la Pro-vincia. El pago de la totalidadde los Traspuntes Utileros -excluido el Responsable deUtilería Mayor y Menor - que-dara a cargo de la Secretariade Cultura de la Provincia. Encaso de utilización de cerros,se deberán contemplartraspuntes utileros para tal fin.

i. Sólo se admitirán las canti-dades de Bailarines, Actores,Figurantes y Músicos men-cionados precedentemente ybajo ninguna circunstanciase tomará en cuenta la con-tratación de recursos huma-nos, con destino a la puestaen escena no contempladoanteriormente.

j. Todos los participantes de lapuesta en escena deberánser mayores de edad ( 18años conforme artículo 25 del

Código civil y Comercial dela Nación). Excepcionalmen-te y sólo en el caso en que lapropuesta artística requirieranecesariamente la participa-ción de algún menor de edad,se requerirán las autorizacio-nes correspondientes quedetermina la normativa vi-gente sobre el particular. Laparticipación de menoresbajo esta última condición nopodrá superar el 1% del mí-nimo (850) de artistas previs-ta en párrafo 1º del apartado6 del art. 10. Este porcentaje,en caso de ser utilizado, seconsiderará numéricamenteincluido en los mínimos y/omáximos previstos en apar-tado de referencia. La formade selección será de exclu-siva responsabilidad del staffganador.

k. Los Artistas se podrán inscri-bir en un solo rubro para con-cursar (Actores o Bailarines,Figurantes, TraspuntesUtileros y Traspuntes.) Bajoningún aspecto podrán con-tratarse bailarines, actores,figurantes, TraspuntesUtileros y Traspuntes que nohayan participado en formasatisfactoria en la SelecciónGeneral de Artistas de Vendi-mia.

NOTA: El Equipo Artístico deberáespecificar en su propuesta el con-tenido de la convocatoria a inscrip-ción de artistas indicando discipli-nas, sexo y requerimientos espe-cíficos que necesite, a fin de quela Secretaria de Cultura de la Pro-vincia pueda instrumentar el lla-mado correspondiente a inscrip-ción para audición de selección,en un todo de acuerdo a la pro-puesta artística; pudiendo el StaffDETALLAR CLARAMENTE LA ME-TODOLOGÍA DE LA SELECCIÓNDE ARTISTAS QUE REQUIERA SUPROPUESTA, QUEDANDO A EVA-LUACIÓN DE LA SECRETARIA DECULTURA SU APROBACIÓN YPOSTERIOR IMPLEMENTACIÓN.LA SECRETARIA DE CULTURA NOSELECCIONARA NI TENDRA A SUCARGO LOS HONORARIOS CO-RRESPONDIENTES A SERVICIOSDE " MONITORES" ENTENDIEN-DO QUE LOS MISMOS SE EN-CUENTRAN CONTEMPLADOSEN LA CONFORMACIÓN DESTAFF SOLICITADA EN LAS PRE-SENTES BASES, quedando libra-do para cada propuesta determi-nar la cantidad de integrantes desu propio staff.

7. DOCUMENTACIÓN VES-TUARIO Y MAQUILLAJE:Deberá reunir las siguientes con-diciones:

• Ser presentada conforme aPLANILLA ADJUNTA, en unasola copia. INDICANDO EN LAMISMA: CANTIDAD DE VES-TUARIO POR CUADRO / ES-CENA, RECICLADO DE VES-TUARIO DE VENDIMIA, SINRECICLAR DEL VESTUARIODE VENDIMIA O NUEVO ACONFECCIONAR

• Que utilice en el diseño delVestuario propuesto, OBLIGA-TORIAMENTE entre un 60%(sesenta por ciento) y un 80 %- (ochenta por ciento) - del ves-tuario existente en el Secreta-ría de Cultura de Cultura de laProvincia (vestuario de vendi-mia). El porcentaje restantehasta alcanzar el 100% del to-tal a requerir, se podrá confec-cionar a pedido.

• Se deberá adjuntar obligatoria-mente, EN UN SOLO EJEM-PLAR, los bocetos de las pren-das nuevas a confeccionar ylos bocetos de las reformas arealizar del vestuario existen-te, solo si la reforma es lo sufi-cientemente relevante comopara requerir diseño.

• Respecto de los trajes de telacon paillets y vestuarios espe-ciales de vendimias anterioresexistentes en el Vestuario deVendimia, se establece quelos mismos NO PUEDEN SERMODIFICADOS POR LA PRO-PUESTA ARTÍSTICA, ello aten-diendo a razones de conser-vación patrimonial e históricade los mismos.8. DOCUMENTACIÓN EFEC-

TOS ESPECIALES (En caso deexistir en la propuesta)Presentada conforme a PLANILLAADJUNTA, en una sola copia.• Entiéndase a los fines del pre-

sente llamado por efectos:Fuente de Agua, Fuego, Piro-tecnia de Escena, Humo Bajo,Láser, Anclajes y Rigging decolgado para artistas en gene-ral y otros que pudieran surgir.Deberá precisarse además,en cada efecto laFACTIBILIDAD DE REALIZA-CIÓN EN EL TERRITORIO DELA REPÚBLICA ARGENTINA.Quedando su implementaciónfinal supeditadas a las posibi-lidades técnicas, presupues-tarias y de oportunidad queevalué el Secretaría de Cultu-ra.

• Los efectos que no se detallencon claridad de resolución noserán evaluados.9. DOCUMENTACIÓN VIDEO

FILMACIÓN Y PROYECCIÓN: (Encaso de existir en la propuesta)Presentada conforme a PLANILLAADJUNTA, en una sola copia.

• El Equipo Artístico podrá soli-citar para su propuesta, dife-rentes Sistemas Fílmicos y deVideo, los que deberán serdetallados específicamente.

• Entiéndase a los fines del pre-sente llamado por SistemasFílmicos y de Video: grabaciónde imágenes en distintos so-portes; pantallas, proyectores,retroproyectores, técnicas de2D, técnicas de 3D, cualquiersistema de proyección sea en:vídeo, Dvd, minidvd, sistemaslineales de tiempo, etc. Y SUFACTIBILIDAD DE REALIZA-CIÓN EN EL TERRITORIO DELA REPÚBLICA ARGENTINA.Quedando su implementaciónfinal supeditadas a las posibi-lidades técnicas, presupues-tarias y de oportunidad queevalué el Secretaría de Cultu-ra.

• EN CASO DE NECESIDAD DEPRODUCCIÓN DE CONTENI-DOS FÍLMICOS PARA LA PRO-PUESTA ARTÍSTICA DEBERÁCONSIGNARSE CLARAMEN-TE EL DETALLE DE PRODUC-CIÓN LOS MISMOS PONIEN-DO ESPECIAL HINCAPIÉ EN:TIEMPOS Y FECHAS DE FIL-MACIÓN / LOCACIONES YMASTERIZACIÓN POSTE-RIOR.10. DOCUMENTACIÓN

UTILERÍA MAYOR Y MENOR: (Encaso de existir en la propuesta)Presentada conforme a PLANILLAADJUNTA, en una sola copia.• Deberá adjuntarse el detalle de

ingreso, egreso y lugar de guar-da de utilería mayor según pro-puesta escenográfica y puestaen escena.

• Deberá adjuntarse croquis decada utilería mayor propuesta,con detalle del tipo de material ylos colores a utilizar, con desa-rrollo de la técnica y/o mecánicadefinida para la ejecución decada elemento, como tambiénlas dimensiones de la misma.Quedando su implementaciónfinal supeditadas a las posibili-dades técnicas, presupuesta-rias y de oportunidad que eva-lué el Secretaría de Cultura.

• Podrá utilizarse utilería mayor yahecha y en depósitos de la Se-cretaria de Cultura, en cuyo casodeberá mencionarse su uso -proponiendo en caso derequerirse, su refacción y/o mo-dificación - según boceto de re-facción adjunto. UNA SOLA CO-PIA.

• Deberá adjuntarse Croquis decada utilería menor propuesta,con detalle del tipo de material ylos colores a utilizar. Quedandosu implementación final supe-

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ditadas a las posibilidades téc-nicas, presupuestarias y deoportunidad que evalué el Secre-taría de Cultura.

• Podrá utilizarse utilería menor yahecha y en depósitos de la Se-cretaria de Cultura, en cuyo casodeberá mencionarse su uso -proponiendo en caso derequerirse, su refacción y/o mo-dificación - según boceto de re-facción adjunto. UNA SOLA CO-PIA.

• Las diferentes utilerías a prepa-rar para la puesta en escenadeberán incluir, lugar de guarda,boca de salida , escenarios a re-correr, boca de fuga, tipos de mo-vimiento en escena y demás ca-racterísticas técnicas especia-les, y, para aquellas queinvolucren artistas subidos aellas, el seguro reglamentariocorrespondiente.

• Los rodamientos, además deposeer la resistencia adecuadaal material y dimensión, debe-rán poseer un diámetro que per-mita la mejor adecuación al re-lieve del piso a recorrer, tantosea, dentro como fuera de es-cena.

• En el caso que se utilicen es-tructura, las mismas deberánestar concluidas con la debidaantelación y a medida que seavance en el montaje de lasmismas, en altura y desarrollohorizontal, deberá ir siendoarriostradas con "vientos" con-trapesos o lo que considerenadecuado a las características ydimensiones de las mismas.además, deberán contar con unseguro contra terceros, que in-cluya el lapso de tiempo duran-te el cual estarán en uso, no so-lamente, montaje y desmontajede las mismas.

NOTA: En el caso de que algún/oselemento/s de Utilería mayor ymenor propuesta por el staff y rea-lizada por la Secretaria de CulturaNO SEA UTILIZADA por una deci-sión MERAMENTE ARTÍSTICA, LASECRETARIA podrá realizar des-cuentos de hasta un 30% en elmonto designado en el Artículo 32°Inc. 3 del presente. Todo esto cer-tificado por la sola decisión delSUPERVISOR DE UTILERÍA MA-YOR Y MENOR DE LA SECRETA-RIA DE CULTURA.

11. DOCUMENTACIÓNLUMINOTÉCNICA: Presentadaconforme a PLANILLA ADJUNTA,en una sola copia.

Presentar PLOT LIGTH (sinnecesidad de escala) EN UNASOLA COPIA• En caso que la propuesta requie-

ra sistema de grúas, anclajes,rigging, etc. deberá detallarse su

emplazamiento espacial y tipode estructura. se deberá presen-tar plano de las estructuras ma-yores o menores que se preten-da colgar, detalle de peso y car-gas, ya sea estaticotas como di-námicas, de manera de poderevaluar el efectivo uso de lasmismas, además deberáagregarse un plano de plantacon la proyección en piso de susdesplazamientos.

• El Equipo Artístico deberá dise-ñar un sistema lumínico ade-cuado a las exigencias de lapuesta escénica y a la escala delTeatro Griego.

• El diseño lumínico deberá con-templar las exigencias requeri-das para la transmisióntelevisiva.

• La propuesta deberá prever sufactibilidad de contratación y laFACTIBILIDAD DE REALIZA-CIÓN EN EL TERRITORIO DE LAPROVINCIA DE MENDOZA. Que-dando su implementación finalsupeditada a las posibilidadestécnicas, presupuestarias y deoportunidad que evalúe el Secre-taría de Cultura.

• Deberá detallarse LISTADOCOMPLETO DE LUMINARIAS,independientemente de su lec-tura en Plot Light.

12. DocumentaciónSonotecnia: Presentada conformea PLANILLA ADJUNTA, en una solacopia.

OBLIGATORIAMENTE DEBE-RÁ INCLUIRSE:• Plot Sound de P.A.• Plot Sound de Side Fill Bailari-

nes y Actores• Plot Sound de Retardos público• Plot Sound de Monitoreo Músi-

cos en Vivo• Detalle Técnico sonido a pren-

sa / TV / Circuito CerradoLa propuesta deberá prever su

factibilidad de contratación y laFACTIBILIDAD DE REALIZACIÓNEN EL TERRITORIO DE LA REPÚ-BLICA ARGENTINA. Quedando suimplementación final supeditadaa las posibilidades técnicas, pre-supuestarias y de oportunidad queevalúe el Secretaría de Cultura.

Artículo 11°: la Secretaria deCultura de la Provincia tendrá fa-cultades para realizar adaptacio-nes y/o modificaciones que esti-me necesarias solamente en losaspectos técnicos de la puestaescena ganadora (no así en elGuión ganador), fundamentandotal cambio a través del equipo téc-nico que depende de la Secreta-ria de Cultura de la Provincia sinalterar su lineamiento general yconcepto en particular, entendién-dose por modificaciones exclusi-vamente en la puesta en escena,

en aquellos imprevistos que seencuentren relacionados con im-pedimentos físicos y/o técnicos dela puesta en escena o relaciona-dos con costos económicos exce-sivos.

Artículo 12°: El Equipo Artísticoganador deberá respetar la totali-dad de la Propuesta presentada(Guión y Puesta en Escena) por laque fue elegido. Si por razones defuerza mayor ajenas a si mismotuviera que realizar alguna adap-tación y/o modificación de la Pro-puesta, la misma estará sujetasa la consideración de la Secreta-ria de Cultura de la Provincia.

CAPITULO V:DE LA SELECCIÓN

DE ARTISTASArtículo 13°: Para la conforma-

ción del Jurado de Selección deArtistas, se seguirá el siguientecriterio:• Para la Selección de bailarines:

1 (un) integrante de la DirecciónCoreográfica, 2 (dos) integran-tes la Dirección General, o aquienes - dentro del staff - estosdesignen en su lugar, 1 (un) su-pervisor seleccionado por laSecretaria de Cultura de la Pro-vincia y 1 (un) representante porcada una de las asociacionesde danza vigentes con ALTA CER-TIFICADA ANTE LA SECRETARIADE CULTURA debiendo este úl-timo presentar en todos los ca-sos antecedentes como coreó-grafos en vendimias departa-mentales y/o nacionales de ladisciplina que selecciona.

• Para la Selección de actores: 1(un) integrante de la DirecciónActoral, 2 (dos) integrantes de laDirección General, o a quienes -dentro del staff - estos designenen su lugar, un supervisor de ac-tores seleccionado por la Secre-taria de Cultura de la Provincia y1 (un) representante de la Aso-ciación Argentina de Actores - De-legación Mendoza - debiendoeste último presentar antece-dentes como director de actoreso asistente de director de acto-res en vendimias departamen-tales y/o nacionales de la disci-plina que selecciona.

• Para la Selección de Músicos:En caso de ser esta opción delDirector Musical del Staff. 1 (un)integrante de la Dirección musi-cal, 2 (dos) integrantes de la Di-rección General, o a quienes -dentro del staff - estos designenen su lugar, un (un) supervisorde músicos seleccionado por laSecretaria de Cultura de la Pro-vincia y 1 (un) representante porcada una de las asociacionesde música y/o Sindicato vigen-tes con ALTA CERTIFICADA ANTE

LA SECRETARIA DE CULTURA -debiendo presentar en todos loscasos antecedentes como di-rector musical, músico o produc-tor musical en vendimias depar-tamentales y/o nacionales o enproyectos musicales de granenvergadura.

Nota I: En el caso que sea nece-sario y así lo requiera la propues-ta ganadora y habiendo sido auto-rizado por la Secretaria de Cultu-ra, se hará un casting diferencia-do para actividades especialestales como sección de varones endanza académica, danza contem-poránea, tango, árabe, malabaris-tas, acróbatas, artistas aéreos, etc.Nota II: En el caso que sea nece-sario la Secretaria de Cultura dela Provincia en acuerdo con el StaffGanador podrá realizar un segun-do llamado a Casting en cualquie-ra de las Áreas.

Artículo 14°: El contenido de lagrilla de evaluación de cada se-lección de artistas y la metodolo-gía de sistema de audición seráel propuesto por el Equipo Artísti-co. En caso de no recibirse la grillade evaluación con una antelaciónmínima de diez (10) días hábilesantes del inicio de las pruebas deselección; se procederá a evaluara los artistas, con una "grilla tipo"provista por la Secretaria de Cul-tura de la Provincia.

Artículo 15º: Queda facultado elstaff ganador, para decidir sobrela elección de los artistas "SOLIS-TAS", debiendo comunicarfehacientemente a los Superviso-res de Danza y Actores de la Se-cretaria de Cultura de la Provinciaesta decisión HASTA 10 DÍAS dehaber comenzado los ensayos .En caso de NO cumplir con dichoplazo establecido, no se tendrá encuenta la categoría de Solista enla puesta. Los solistas elegidospor el staff ganador podrán perte-necer a cualquiera de las discipli-nas artísticas necesarias para lapuesta.

Artículo 16º: Por el presente Re-glamento de Concurso, quedanotificado el Staff ganador, sobreel pleno derecho a la asistencia ypermanencia en la selección deartistas, ensayos parciales, gene-rales, acto central, segunda nochey tercera noche de un (01) veedorpor CADA ASOCIACIÓN DADA DEALTA EN LA SECRETARIA DE CUL-TURA, ASÍ COMO DE CADA SINDI-CATO ARTÍSTICO

Artículo 17º: En caso de produ-cirse bajas de artistas durante losensayos (según lo dispuesto enrégimen de ausencias, conducta,enfermedad., etc. a fijarse oportu-namente por la Secretaría de Cul-tura de Cultura ) las altas por ba-

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jas consecuentes que puedanproducirse, surgirán del listado deselección de artistas y de acuerdoal orden de mérito establecido enel mismo. Debiendo seguirse atales efectos el procedimiento ad-ministrativo que disponga la Se-cretaria de Cultura de la Provincia.

Artículo 18º: Para el caso, en elque el staff ganador, decidiera rea-lizar ensayos parciales en el Tea-tro Griego Frank Romero Day, eldía Domingo 25 de febrero de2018, el mismo deberá ser comu-nicado en nota adjunta, con el res-to de la propuesta artística, a finde comunicar este día laboral alos músicos en vivo, actores, bai-larines, traspuntes y traspuntesutileros y de igual manera a lasempresas prestadoras de los di-ferentes servicios involucrados enlos ensayos.

CAPITULO VI:DEL JURADO - CONFORMA-

CIÓN Y MÉTODO DE TRABAJOArtículo 19º: Se establece un

JURADO para la selección de pro-puesta Fiesta Nacional de la Ven-dimia 2018. Todos los miembrosde jurado deberán notificar su par-ticipación fehacientemente, porMesa General de Entradas de laSecretaría de Cultura de la Provin-cia, con fecha limite diez (10) díasposteriores a la fecha de publica-ción de las bases, bajo apercibi-miento de tenerlos por desistidode su participación. Los mismosse comprometen a cumplir con elrégimen de trabajo propuesto porla presidencia del jurado, previoacuerdo con la totalidad de los ju-rados.

Artículo 20º: Los miembros delJurado no podrán participar eneste cuerpo por más de 2 (dos)años seguidos, debiendo dejarpasar un período similar de 2(dos) años para volver a formarparte del mismo, independiente-mente del área de pertenencia, asícomo tampoco podrán participaren la Propuesta Artística Ganado-ra en cualquiera de sus formas decontratación. Los miembros deljurado no podrán estar vinculadosde ninguna forma a los proponen-tes con los alcances del art. 116de la Ley de Procedimiento Admi-nistrativo Nº 3909 y modificat., niestar comprendidos en el régimende incompatibilidades para con-tratar con el Estado, ni pertenecerbajo ninguna forma de contrata-ción a la Secretaria de Cultura. Aexcepción del /o los representan-tes de la Secretaria de Culturaquienes además actuarán ad -honorem.

Artículo 21º: El jurado estaráconformado por 12 (DOCE) miem-bros con derecho a voto. Los que

a su vez implican áreas derepresentatividad de las distintasespecialidades artísticas y técni-cas que necesariamente debenparticipar en la selección de laspropuestas objeto del presenteLlamado. Se aclara que en losrubros Danza (tres representan-tes) y Música (dos representantes)participarán colegiadamente, conmás de un integrante con voz , perocon derecho a un único voto porrubro , esto es un voto por los re-presentantes de asociaciones dela danza y un voto por los repre-sentantes de asociaciones demúsicos. Según lo expresado enlos apartados subsiguientes.

1 (un) Representante de la Se-cretaria de Cultura de la Provin-cia, designado por el propio orga-nismo, con experiencia en Vendi-mia. No pudiendo estar vinculadode ninguna forma a los proponen-tes. Recayendo en el la Presiden-cia del Jurado.

1 (un) Representante de laAsociación Argentina de Actores- Delegación Mendoza- designa-do por la propia Asociación, conexperiencia en vendimias seandepartamentales y/o Nacional oeventos de igual jerarquía artísti-ca, debiéndose acreditar a travésde la certificación que tendrá ca-rácter de declaración jurada. Nopudiendo pertenecer bajo ningu-na forma de contratación a la Se-cretaria de Cultura de la Provincia,ni vinculado de ninguna forma alos proponentes. Ni haber estadovinculado con ninguno de los pro-ponentes en los últimos 2 (dos)años anteriores al presente con-curso. En caso de no concurren-cia del Jurado por parte del áreadetallada, la Secretaría de Culturade Cultura a través de su Área deTeatro elegirá un representanteidóneo del medio mendocino paragarantizar la participación de estesector artístico en el Jurado.

1 (un) Representante de la Se-cretaría de Cultura, ÁREA TÉCNI-CA designado por el propio orga-nismo, con experiencia en Áreastécnicas de Vendimia. No pudien-do estar vinculado de ninguna for-ma a los proponentes. Ni haberestado vinculado con ninguno delos proponentes en los últimos 2(dos) años anteriores al presenteconcurso.

1 (un) Representante de CanalAcequia TV designado por el pro-pio organismo, con experiencia enVendimia o eventos de igual jerar-quía artística . No pudiendo estarvinculado de ninguna forma a losproponentes. Ni haber estado vin-culado con ninguno de los propo-nentes en los últimos 2 (dos) añosanteriores al presente concurso.

1 (un) Representante de His-toria -Antropología designado porantecedentes por el Archivo Gene-ral de la Provincia. Con experien-cia en vendimias sean departa-mentales y/o Nacional o eventosde igual jerarquía artística. No pu-diendo pertenecer bajo ningunaforma de contratación a la Secre-taria de Cultura de la Provincia, nihaber estado vinculado con nin-guno de los proponentes en losúltimos 2 (dos) años anteriores alpresente concurso

1 (un) Representante de losdepartamentos de la provincia deMendoza, elegido POR LA MITADMAS UNO DE LOS MUNICIPIOSPRESENTES. Con experiencia envendimias sean departamentalesy/o Nacional o eventos de igualjerarquía artística No pudiendopertenecer bajo ninguna forma decontratación a la Secretaria deCultura de la Provincia, ni haberestado vinculado con ninguno delos proponentes en los últimos 2(dos) años anteriores al presenteconcurso.

1 (un) Representante deArgentores - Delegación Mendo-za -, designado por antecedentesdramatúrgicos CON CERTIFICA-CIÓN DE HABER PUBLICADO OREGISTRADO AL MENOS UNAFIESTA DE LA VENDIMIA DEPAR-TAMENTAL O NACIONAL Y/O ALMENOS TRES OBRAS LITERA-RIAS SEA COMO AUTOR O COAUTOR. Con experiencia en ven-dimias sean departamentales y/oNacional o eventos de igual jerar-quía artística. No pudiendo perte-necer bajo ninguna forma de con-tratación a la Secretaria de Cultu-ra de la Provincia, ni haber estadovinculado con ninguno de los pro-ponentes en los últimos 2 (dos)años anteriores al presente con-curso.

1 (un) Representante de laCORENAVE (Comisión de ReinasNacionales de la Vendimia) conexperiencia en FiestasVendimiales. No pudiendo perte-necer bajo ninguna forma de con-tratación a la Secretaria de Cultu-ra de la Provincia, ni haber estadovinculado con ninguno de los pro-ponentes en los últimos 2 (dos)años anteriores al presente con-curso.

1 (un) Representante de la Fa-cultad de Artes y Diseño de laU.N.C., preferentemente de la ca-rrera de Artes del Espectáculo, conexperiencia en vendimias seandepartamentales y/o Nacional oeventos de igual jerarquía artísti-ca, debiéndose acreditar a travésde la certificación que tendrá ca-rácter de declaración jurada, de-signado por el propio organismo.

No pudiendo pertenecer bajo nin-guna forma de contratación a laSecretaria de Cultura de la Provin-cia, ni haber estado vinculado conninguno de los proponentes en losúltimos 2 (dos) años anteriores alpresente concurso.

1 (un) Representante de EXDIRECTORES DE FIESTAS NACIO-NALES DE LA VENDIMIA, teniendoen cuenta quienes cumplieron conese rol desde el año 2000 y hastala fecha, QUIEN SERA ELEGIDODE COMUN ACUERDO ENTRE LATOTALIDAD DE LOS EX DIREC-TORES, con experiencia en vendi-mias Nacionales, debiéndoseacreditar a través de la certifica-ción que tendrá carácter de decla-ración jurada ; dejándose constan-cia que en caso de no compare-cer ningún jurado proveniente dela mencionada organización, laSecretaría de Cultura de Cultura através de su Área de ProducciónArtística y Vendimia elegirá un re-presentante para garantizar la par-ticipación de este sector artísticoen el Jurado.

Se aclara que en los rubrosDanza y Música participaráncolegiadamente, con más de unintegrante con voz , pero con dere-cho a un único voto por rubro, estoes un voto por los representantesde asociaciones de la danza y unvoto por los representantes deasociaciones de músicos . Lamodalidad de trabajo consistiráen participar de las deliberacionesdel jurado con voz . En tanto el votodel área ( veredicto final) surgirádel acuerdo al que los integrantesarriben , lo que deberá plasmarseen correspondiente Acta suscritapor los integrantes del área y pre-sentada al Presidente del jurado,para la correspondiente inclusiónde voto en el Acta de Jurados deVendimia.

Participarán representantesde las Asociaciones de Danza vi-gentes y con personería jurídicaCERTIFICADA ANTE LA SECRETA-RIA DE CULTURA con experienciaen vendimias sean departamen-tales y/o Nacionales o eventos deigual jerarquía artística y experien-cia en montaje de coreografíasmasivas, debiéndose acreditar através de la certificación que ten-drá carácter de declaración jura-da .No pudiendo pertenecer bajoninguna forma de contratación ala Secretaria de Cultura de la Pro-vincia, ni vinculado de ninguna for-ma a los proponentes. Ni haberestado vinculado con ninguno delos proponentes en los últimos 2(dos) años anteriores al presenteconcurso. En caso de no concu-rrencia del Jurado por parte delárea detallada, el Secretaría de

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Cultura de Cultura a través de suÁrea de Danza elegirá un repre-sentante idóneo del mediomendocino para garantizar la par-ticipación de este sector artísticoen el Jurado.

Participarán representantesde las asociaciones y/o sindica-to de Músicos vigentes y conpersonería jurídica CERTIFICADAANTE LA SECRETARIA DE CULTU-RA con experiencia en vendimiassean departamentales y/o Nacio-nal o eventos de igual jerarquía ar-tística, experiencia en ejecución ygrabación en estudio de ensam-ble musical, debiéndose acredi-tar a través de la certificación quetendrá carácter de declaración ju-rada. No pudiendo pertenecer bajoninguna forma de contratación ala Secretaria de Cultura de la Pro-vincia, ni vinculado de ninguna for-ma a los proponentes. Ni haberestado vinculado con ninguno delos proponentes en los últimos 2(dos) años anteriores al presenteconcurso. dejándose constanciaque en caso de no comparecerningún jurado proveniente de lasmencionadas organizaciones, laSecretaría de Cultura de Cultura através de su Área de Música elegi-rá un representante idóneo delmedio mendocino para garantizarla participación de este sector ar-tístico en el Jurado.

Artículo 22º: Al momento de laApertura Pública del SOBRE ÚNI-CO - - los miembros del Juradoestán obligados a excusarse, deconformidad a lo que dispone elart. 116 de la Ley de Procedimien-to Administrativo N° 3909 y modifi-cado, siendo causales obligato-rias de excusación:a) Tener parentesco por consan-

guinidad dentro del cuarto gra-do o por afinidad hasta el se-gundo grado, con alguno de losmiembros del Equipo Artísticoconcursante.

b) Tener interés en el asunto, oamistad íntima o enemistadmanifiesta con alguno de losmiembros del Equipo Artísticoconcursante.Artículo 23º: El Reglamento de

trabajo Interno del jurado serádado por el propio Jurado, esta-bleciéndose un quórum parasesionar, de la mitad más uno dela totalidad de sus miembros -conderecho a voto- y para decidir serequerirá de la simple mayoría delos miembros presentes. En casode empate, el Presidente del Ju-rado tendrá doble voto. En los de-más temas se aplicarásupletoriamente la Ley 3909. ElJurado analizará y evaluará sólolas Propuestas que hayan cum-plimentado las exigencias de

admisibilidad administrativas entiempo y forma, establecidas enel presente llamado. Siendo laevaluación de admisibilidad, tareade la Secretaría de Cultura de laProvincia; quedandoautomáticamente descalificada lapropuesta que no contuviese latotalidad de los requerimientossolicitados y vencidos los plazosde entrega de material faltanteestipulados en el presente Regla-mento.

Artículo 24°: El fallo del Juradoserá de carácter inapelable. Esta-bleciéndose la obligación de asis-tencia de al menos 10 (diez) jura-dos con derecho a voto para la ins-tancia de COLOQUIO, estable-ciéndose que los miembros deljurado que no participen de algu-nos de los coloquios no podránEMITIR SU VOTO EN LA DECISIÓNFINAL MOTIVO OBJETO DEL PRE-SENTE REGLAMENTO.

Artículo 25°: La lista final de Ju-rados a intervenir en el presenteconcurso será de pública difusión.

Artículo 26°: La/s impugnación/es planteadas/s y debidamentefundada/s, deberán presentarseformalmente y por escrito anteMesa General de Entradas de laSecretara de Cultura de la Provin-cia, en un plazo máximo 10 ( diez )días , contados a partir del día si-guiente en que haya sido publica-do o comunicado .Debiendo darvista dicho organismo de lo impug-nado al Jurado, para que éste seexpida sobre el particular contes-tando por escrito la decisión finalsobre el caso, en un plazo admi-nistrativo que no podrá exceder delos 10 ( diez) los días.

Artículo 27°: El Análisis de Pro-puestas por parte del Jurado serealizará a puerta cerrada, no asíla etapa de coloquios que seránde carácter público. El Jurado in-mediatamente después de loscoloquios, elaborara la correspon-diente Acta de Ganador, debiendoestablecer en ella un orden demérito de la totalidad de las pro-puestas que fueron desarrolladasen los coloquios. El jurado conta-rá además, con asesores técni-cos designados por la Secretariade Cultura de la Provincia, para suconsulta en temas específicos deresolución técnica, quienes debe-rán elaborar informes escritos deasesoramiento, no teniendo po-testad de voto en sus informes.

Artículo 28°: Para emitir su fa-llo, el Jurado tendrá en cuenta lossiguientes aspectos:• La propuesta artística de Pues-

ta en Escena y la originalidad dela misma.

• Los antecedentes del EquipoArtístico.

• El uso escénico artístico deUtilería Mayor y Menor - en casode existir en la propuesta -.

• El uso escénico artístico demontaje y realización de CajasLumínicas.

• El uso escénico artístico de sis-tema de Vídeo Filmación - encaso de existir en la propuesta.

• El uso escénico artístico y tipode los Efectos Escénicos pro-puestos.

• El Diseño Escenográfico y suuso escénico artístico.

• La originalidad y ritmo del Guiónpresentado y su viabilidad de serpuesto en escena.

• La cantidad de Artistas propues-tos.

• La calidad artística de Músicoslocales en escena propuestos yla calidad musical en general,armonía, originalidad, ejecuciónapreciable en las grabacionespresentadas.

• La relevancia PatrimonialFolclórica de la composiciónmusical original y no original,para la propuesta y su ejecuciónen vivo.

• El nivel de relación entre Públi-co y Artistas.

• La consustanciación con lo so-licitado, para la elaboración delguión

• La correlación entre Puesta enEscena, el Guión y SíntesisArgumental.

Artículo 29°: El/los ganadoresdel staff, respecto a la propuestaganadora, ceden a la Secretariade Cultura de la Provincia con susola presentación, por tres (3)años, contado el mismo a partirde la fecha de notificación del re-sultado del presente concurso,el derecho de real izaciónescénica de la misma, la trans-misión radial, televisiva y perio-díst ica del espectáculovendimial: acto central , segun-da y tercera noche, no teniendonada que reclamar por derechosde transmisión y reproducciónen razón de estar contempladoen su premio y en su liquidaciónlos derechos de autor. Se dejaestablecido que para el caso depostergación de los eventosvendimiales, motivo del presen-te concurso, el/los concursante/s que resulte/n ganador/es sesomete/n a la nueva fecha quefije la Secretaría de Cultura, sinderecho a reclamo alguno porextras o diferencias.

Artículo 30°: Prohibiciones:Los concursantes no podránmantener comunicaciones refe-rentes al concurso con miembrosdel Jurado y/o con personas rela-cionadas a la Secretaria de Cultu-ra de la Provincia, salvo en la for-

ma que se establece en el pre-sente reglamento en oportunidaddel coloquio.Obligaciones:

Los concursantes se compro-meten, bajo Declaración Jurada,a no publicar ni difundir bajo nin-guna de sus formas, el contenidototal o parcial de Guión y SíntesisArgumental durante la etapa deevaluación por parte del Jurado yhasta la publicidad y notificaciónfehaciente del fallo.

Artículo 31°: El presente con-curso podrá declararse desierto.Decidida la propuesta ganadorapor el fallo del Jurado , se efectua-rá comunicación fehacientementea los ganadores como así tambiéna los restantes participantes delColoquio . Por consiguiente el re-presentante administrativo-legaldesignado por el Equipo Artísticoganador, deberá proceder a reti-rar la Orden de Compra para susellado y posterior cumplimiento,en la Subdirección de Compras dela Secretaria de Cultura de la Pro-vincia y presentar la correspon-diente Garantía de Cumplimientode Contrato, mediante un Pagaréa la vista por la suma del porcen-taje legal correspondiente y cuyafirma deberá ser certificada anteEscribano Público o firmado anteel Director de la Dirección Gene-ral de Compras y Suministros, oquien lo reemplace en su ausen-cia, el que certificará la identidaddel firmante.

CAPITULO VII:DEL PREMIO

Artículo 32°: Se establece comoúnico premio para la PropuestaGanadora de la Fiesta Nacional dela Vendimia 2018 la suma total delo que resulte de multiplicar por 130veces el sueldo base - mediana -de bailarines y actores de vendi-mia 2017 - categoría bailarín- actorde coro - . POR TODO CONCEP-TO, dejando constancia que esteimporte es PAGO TOTAL, no tenien-do más nada que reclamar por todoconcepto y en la forma que se de-talla a continuación:Inc. 1: Por la explotación del Guión,la cantidad de 4.5% del total delpremio, siendo este monto porTODO CONCEPTO Y como ÚNI-CO PAGO no teniendo más nadaque reclamar. DEBIENDO ABO-NARSE TAL MONTO AL/ LOS TI-TULAR/ES DEL GUION GANADORPRESENTADO.Inc. 2: Por la Propuesta de Puestaen Escena y Equipo Artístico, lacantidad de 30% del total del pre-mio, siendo este premio por TODOCONCEPTO y COMO ÚNICO PAGOno teniendo más nada que recla-mar en concepto de pago de Pues-ta en Escena y Equipo Artístico.

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Inc. 3: Por la Dirección Artística dela Puesta en Escena y RealizaciónArtística, la cantidad de 65.5% deltotal del premio, siendo este pre-mio por TODO CONCEPTO Ycomo ÚNICO PAGO no teniendomás nada que reclamar en con-cepto de pago de la "dirección ar-tística de la puesta en escena yrealización artística. El que seráabonada una vez finalizada laPuesta en Escena motivo del pre-sente reglamento.

Artículo 33°:Inc. a: La cuota parte del premiocorrespondiente al concepto de"Guión Ganador" se hará efectivacontra presentación de Constan-cia de su registración enArgentores ante la Secretaría deCultura de Cultura de la Provincia.A abonar una vez finalizada la Fies-ta nacional de la Vendimia 2017.Inc. b: Por la Propuesta de Puestaen Escena y Equipo Artístico, lacantidad de 30% del total del pre-mio mencionado en art. 38º sien-do este premio por TODO CON-CEPTO y COMO ÚNICO PAGO noteniendo más nada que reclamaren concepto de pago de Puestaen Escena y Equipo Artístico. DE-BIENDO ABONARSE TAL MONTOAL/ LOS TITULAR/ES DE LA PRO-PUESTA DE PUESTA EN ESCENAY EQUIPO ARTÍSTICO GANADORENTRE LOS MESES DE MAYO YJULIO DE 2017Inc. c: Los honorarios correspon-dientes al concepto de: "DirecciónArtística de la Puesta en Escena yRealización Artística DE LA FIESTANACIONAL DE LA VENDIMIA 2018se liquidarán con posterioridad ala efectiva prestación del servicio,una vez certificado por la Secreta-ria de Cultura de la provincia y con-tra presentación de la factura co-rrespondiente, dentro de los trein-ta (30) días posteriores a su pre-sentación y conformidad y habién-dose cumplimentado el servicio. Asatisfacción de la Secretaria deCultura de la Provincia. La facturadeberá presentarse enSubdirección de Compras y Con-trataciones de la Secretaria deCultura de la Provincia, para suconformación y posterior pago. Lamisma debe cumplir las condicio-nes establecidas por la AFIP yacompañarse con la copia de laOrden de Compra, debidamentesellada. Deben ser Tipo "B" o "C"según la condición del responsa-ble frente al IVA, extendida a nom-bre de la Secretaria de Cultura dela Provincia, sito en calle Gutiérrez204 - Ciudad Mendoza -,confeccionarse con la misma tin-ta desde el principio hasta el final,sin enmiendas ni tachaduras, elimporte total, el que deberá expre-

sarse en números y letras e indi-car el Nº de Orden de Compra.

La factura se considerarárecepcionada, cuando se cumpli-menten las condiciones antesmencionadas en su totalidad, delo contrario no se dará curso al trá-mite de pago de las mismas.

Se establece que en caso deexistir discrepancias en la satis-factoria prestación del servicio, sesometerá a consideración de Fis-calía de Estado , siguiéndose asi-mismo los procedimientos admi-nistrativos establecidos en la LeyNº 8706 y D. Nº 100/15

Artículo 34°: Se establece ade-más un único pago en conceptode PREMIO a cada uno de losEquipos Finalistas (COLOQUIO),un monto equivalente al 1 % (unopor ciento) del total del premio es-tablecido PARA LA VENDIMIA 2018.Esto es un importe por TODOCONCEPTO, el que se hará efec-tivo a favor del Productor Ejecutivodel equipo artístico, debidamenteacreditado según lo solicitado enel presente reglamento.

Artículo 35°: Quedará a cargodel Equipo Artístico ganador y bajosu exclusiva responsabilidad, lossiguientes Costos y Honorariospropios de la Puesta en Escena yDiseño Escenográfico y que seencuentran comprendidos dentrode la retribución total establecidaen el presente reglamento: Adqui-sición de Guión, honorarios y gas-tos de Dirección General, Asisten-tes de Dirección, Jefe Técnico,Responsables de Diseño dePuesta de Luces y Sonido, Direc-tor Musical, Voces en off, Jefe deVestuario y Asistentes de Vestua-rio y Maquillaje, Responsable deUtilería Mayor y/o Menor, Respon-sable de Cajas Lumínicas, Coreó-grafo General y Coreógrafos Asis-tentes, Director de Actores y Asis-tentes de Actores, Monitores - encaso de proponerlos -, Jefes deTraspuntes y toda otra persona queintegre dicho Equipo Artístico o supersonal de apoyo. Los integran-tes del Equipo Artístico y su perso-nal de apoyo no mantienen rela-ción de dependencia con el Esta-do Provincial y no podrán efectuarreclamos por utilización de músi-ca original, coreografías, acciónactoral y/o reclamos por otros con-ceptos sean laborales,previsionales, daños y perjuicios.

Artículo 36°: En caso de que elEquipo Artístico ganador del pre-sente concurso de Guión (con sucorrespondiente Síntesis Argu-menta!), Proyecto de Puesta enEscena, Proyecto Escenográfico yEquipo Artístico, incurriera en in-cumplimiento que imposibilite to-tal o parcialmente la ejecución de

los actos debidos para el normaldesenvolvimiento de la Fiesta Na-cional de la Vendimia 2018 o cual-quier incumplimiento grave, (todoello evaluado al sólo juicio de laSecretaria de Cultura de la Provin-cia mediante Acta que se deberálabrar al efecto en el momento deocurrido, con la presencia del fun-cionario a cargo del área o la per-sona que éste designe y el Equi-po Artístico ganador o quien éstedesigne). Podrá ser sancionado ,dependiendo la gravedad del caso, con la pérdida del documento degarantía ( pagaré) , una multa en-tre el 20 y el 30% calculada sobreel valor total del premio, pudiendoretenerse la misma de los rubrosque quedaran pendientes de can-celación e interposición de accio-nes judiciales pertinentes por da-ños y perjuicios ocasionados losque serán valorizados por la Se-cretaría de Cultura , más la apli-cación de una inhabilitación por 2(dos) años consecutivos para pre-sentarse en los concursosvendimiales nacionales; siendoesta inhabilitación concurrente ala totalidad de los miembros delEquipo Artístico . Se aclara queaplicada un multa o ejecutado elcorrespondiente documento degarantía , sus importes serán de-positados en le cuenta que deter-mine la Secretaría de Cultura

Artículo 37°: Queda a cargo dela Secretaria de Cultura de la Pro-vincia, además de los pagos men-cionados precedentemente lossiguientes ítems a utilizarse en laFiesta Nacional de la Vendimia2018 y sus correspondientes no-ches: materiales y mano de obradel montaje escenográfico y cajaslumínicas, iluminación, estructu-ras de iluminación y sonido; soni-do (tanto de ensayos, como delespectáculo central y repeticio-nes), fono grabación, mano deobra y materiales de: utilería ma-yor y menor - en caso de existir -,elementos de maquillaje, vestua-rio, efectos especiales - en casode existir -, pago de bailarines,actores, solistas, figurantes, mú-sicos en vivo , utileros y precepto-res según requerimiento de pues-ta, pago de traspuntes (No jefe detraspuntes ) , camarinistas, mo-distas, planchadoras, transporte yrefrigerio de: bailarines, actores ,solistas, figurantes, músicos envivo, traspuntes .

Artículo 38°: Para la obtenciónde los insumos y servicios nece-sarios para la realización de lapuesta en escena de la propues-ta ganadora, cuyo costo esté acargo de la Secretaria de Culturade la Provincia , el Equipo Artísticoganador deberá solicitar por es-

crito su adquisición, compra, al-quiler o realización dentro del pla-zo de 15 (quince) días hábiles,contados a partir de la fecha denotificación fehaciente del fallo delJurado, reservándose la Secreta-ria de Cultura de la Provincia laaprobación o no de dicha solici-tud por razones temporales y/o fi-nancieras. Vencido dicho plazo, elSecretaría de Cultura ordenará losprocesos de contratación, confor-me al requerimiento y asesora-miento de sus áreas de produc-ción. Téngase en cuenta que defi-nido el equipo ganador los deta-lles de diseño y desarrollo técnicode su propuesta serán utilizadospara el llamado a licitación no pu-diendo agregar ni modificar la do-cumentación presentada. La Se-cretaria de Cultura de la Provinciase reserva el derecho de definirlos elementos que considerecomo faltante a las necesidadesde la propuesta ganadora.

CAPITULO VIII:REGISTRO Y DERECHOSSOBRE GUION Y PUESTA

EN ESCENAArtículo 39°: El/los autor/es del

Guión seleccionado se obligan aefectuar los trámites de registra-ción del Guión ante Argentores.

Artículo 40°: El/los propietariosde la obra seleccionada como ga-nadora ceden los derechos patri-moniales a título- oneroso, por unperíodo de 3 (tres) años, al Secre-taría de Cultura de Cultura de laProvincia de Mendoza, con los al-cances y efectos previstos por losArts. 51 (derecho de disposición),52, (derecho de fidelidad), 53 (de-ber de inscripción) y cc. de la Ley11.723 y de acuerdo a los térmi-nos establecidos en el presenteReglamento.

Artículo 41°: El Contrato de Ce-sión de Derechos Autorales parala explotación y representación dela obra seleccionada se deberásuscribir dentro de los diez (10)días contados a partir de la notifi-cación fehaciente de la propuestaganadora en el domicilio oportu-namente denunciado.

Artículo 42°: El Contrato de Ce-sión de Derechos Autorales de to-das las obras y/o imágenes queforman parte del guion ganador,para la explotación y representa-ción de la obra seleccionada sedeberá suscribir, dentro de loscuarenta y cinco (45) días conta-dos a partir de la notificación feha-ciente de la propuesta ganadora.

Se informa que las propues-tas que comprometan, afecten oincluyan la utilización total o par-cial de obras, fotos, imágenes,versos u otros elementos protegi-dos por Ley de propiedad intelec-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19291

tual y cuyos titulares de derechosde autor , sean personas distin-tas a los responsables del proyec-to, deberán incluir en su propues-ta una autorización escrita, cesiónde derechos u otro acto jurídicoidóneo que haga eficaz el uso; to-dos estos instrumentos deberánser extendidos ante Escribano Pú-blico, para su utilización. Dicha au-torización deberá contener los re-quisitos establecidos en la Ley dePropiedad Intelectual y el corres-pondiente marco legal regulatorio,siempre que el proyecto afectederechos de autor de terceros. Elproductor General y Director Ge-neral de la propuesta serán res-ponsables en forma personal detodos los reclamos legales quepudieran presentarse por regalías,derechos u otras acciones, tantode terceros como de participantesen cualquier medida y que esténvinculadas con la propuesta artís-tica y su puesta en escena, libe-rando al Gobierno de la Provinciade Mendoza, de cualquier reclamoque pueda surgir al respecto.

Artículo 43°: El Equipo ArtísticoGanador cede al Gobierno de laProvincia de Mendoza, por tres (3)años, a partir de la fecha de notifi-cación del resultado del presenteconcurso, el derecho de imagen,de realización escénica, la trans-misión radial, televisiva y periodís-tica del espectáculo vendimial:acto central, segunda y terceranoche no teniendo nada que re-clamar por derechos de transmi-sión y reproducción, en razón deestar contemplado en su retribu-ción y en su liquidación de dere-chos de autor e intérprete.

Artículo 44°: Derechos del Ce-sionario: El Gobierno de la Provin-cia de Mendoza, durante tres (3)años, tiene derecho sobre elGuión seleccionado para aprove-charlo y/o explotarlo económica-mente, representarlo y/o reprodu-cirlo por cualquier medio, todo ellogarantizando la salvaguarda de losderechos de creación. El directorserá el responsable de garantizartodas las autorizaciones y cesio-nes legales correspondientes quese pudieren necesitar.

Artículo 45°: Obligaciones delCesionario: El Gobierno de la Pro-vincia de Mendoza ejercerá los de-rechos reconocidos en el Artículo44 "CC y JJ " de este Reglamento,obligándose:1. Deber de no alterar su título, for-

ma y contenido2. Deber de Fidelidad del Texto y

Título3. Deber de abonar los arance-

les fijados por Argentores,en virtud de los procedimien-tos de recaudación y liquida-

ción de las sumas percibidaspor el uso del repertorio según,Ley Nº 20.115 y Dto. NacionalNº 461/73.

CAPITULO IX:GENERALIDADES

Artículo 46°: Se deja expresaconstancia, que para el caso delStaff Ganador, la Secretaria deCultura ofrecerá en forma gratui-ta, entradas para la Fiesta , a ra-zón de dos (02) entradas por cadamiembro figurante en la PlanillaTotal de Staff, siendo las mismaspara Acto Central.

Artículo 47°: RETIRO DE BA-SES. Las presentes Bases sepodrán retirar a partir de la publi-cación en los medios de comuni-cación del Llamado a Concurso,y hasta el 13 de ENERO de 2017inclusive, de lunes a viernes de9:00 a 13:00 horas, en la Mesade Entradas de la Secretaria deCultura de la Provincia, ubicadaen Av., España y Gutiérrez, Ciudadde Mendoza. Las consultas po-drán efectuarse, dentro del plazoestablecido para el retiro de Ba-ses de lunes a viernes en horario9:00 a 13:00 horas, en la Direc-ción de Producción Cultural y Ven-dimia.

Artículo 48°: PRESENTACIONDE PROPUESTAS PLAZOS. Laspropuestas de SOBRE UNICO de-berán presentarse, ante la Secre-taría de Cultura de la Provincia se-gún lo especificado en el presen-te Reglamento, ÚNICAMENTE ypersonalmente (no se admitiránpresentaciones por otros medios)en la oficina de Dirección de Pro-ducción Cultural y Vendimia - Se-cretaría de Cultura, Gobierno deMendoza, sito en Av. España yGutiérrez, Ciudad de Mendoza.

Se establece el día viernes 10DE FEBRERO DE 2017 UNICA-MENTE DESDE LAS 8:30 Y HASTALAS 13:00 hs. INDEFECTIBLE-MENTE.

Las presentaciones que serealicen fuera de la hora y día indi-cados no serán aceptadas ni con-sideradas por ninguna causa ojustificativo. Al momento de su re-cepción se entregará un recibodonde se constate la presentaciónDEL SOBRE ÚNICO,agregándose en caso de pertinen-cia la constancia de materialfaltante con un plazo perentorio depresentación de 48 horas.

Artículo 49°: Se deja estableci-do que para el caso de posterga-ción de los eventos vendímiales,motivo del presente concurso, el/los concursante/s que resulte/nganador/es se somete/n a la nue-va fecha que fije la Secretaría deCultura, sin derecho a reclamo al-guno por extras o diferencias.

Artículo 50°: Por cualquier con-troversia que surgiera con motivodel presente Concurso, las partesse someterán a la jurisdicción ycompetencia de los Tribunales Or-dinarios de la Primera Circuns-cripción Judicial de la Provincia deMendoza, con renuncia expresa atodo otro fuero o jurisdicción quepudiere corresponder.

Artículo 51°: GARANTÍA DECUMPLIMIENTO DE LA OBRA AR-TÍSTICA A REALIZAR. Se deja ex-presa constancia que en caso defuerza mayor, razones presupues-tarias de domino público o cual-quier otro impedimento significa-tivo que impidan la normal reali-zación de la Fiesta Nacional de laVendimia 2018 según propuestaganadora emanada del presenteReglamento, la Secretaría de Cul-tura y el representante legal de lapropuesta ganadora se obligarána la realización de Acta Acuerdo co-rrespondiente, la que será refren-dada por la propia Secretaria y elStaff Ganador ante Escribanía Ge-neral de Gobierno, debiendo ma-nifestar entre otras cosas el expre-so compromiso de la realizaciónde la Propuesta Ganadora, supe-radas las causales que impidie-ron su realización en tiempo y for-ma.

Artículo 52°: ACUERDO DECONFIDENCIALIDAD DE LA OBRAARTÍSTICA A REALIZAR. Se dejaexpresa constancia que el Satffganador de la Propuesta Artísticapara la Vendimia Nacional 2018no podrá divulgar sin previo acuer-do de la Secretaría de Cultura, enun todo o en partes, aspectos sig-nificativos sean artísticos, tecno-lógicos y de texto de su obra ga-nadora, a fin de mantener el lógi-co secreto de carácter de "Estre-no Artístico" de su obra ganadora.Así mismo los miembros del Ju-rado por el solo hecho de ser par-te, se encuentran obligados aguardar la debida confidencialidada que hace referencia el presenteartículo.

PARA IDEA ESCENOGRÁFICADECLARACIÓN JURADAConcurso Público para la Pro-puesta de Guión (con su corres-pondiente Síntesis Argumental),Proyecto de Puesta en Escena,Proyecto Escenográfico, y EquipoArtístico para la Realización y Di-rección Artística de la Fiesta Na-cional de la Vendimia 2018, ActoCentral, segunda y tercera noche.Declarada Por Ley 6973 "Patrimo-nio Cultural de la Provincia deMendoza"APELLIDO Y NOMBRES DEL AU-TOR:DIRECCIÓN Y TELÉFONO:D.N.I. / L.C. / L.E. Nº:

Declaro que el total de la Propues-ta Presentada, como así tambiénlos elementos que la componen,son fruto de elaboración personaly no han sido presentados ante-riormente en forma parcial y/o to-tal, no existiendo Traba Legal, Con-tractual ni de ninguna otra índoleque impida su Disponibilidad.Acepto sin objeción alguna todolo especificado en el Reglamentodel Concurso, relacionado con laidea escenográfica, los derechosy obligaciones emergentes; comoasí también la jurisdicción y com-petencia de los Tribunales Ordi-narios de la Primera Circunscrip-ción Judicial de la Provincia deMendoza.

Firma

PARA GUIONISTA/SDECLARACIÓN JURADAConcurso Público para la Pro-puesta de Guión (con su corres-pondiente Síntesis Argumental),Proyecto de Puesta en Escena,Proyecto Escenográfico, y EquipoArtístico para la Realización y Di-rección Artística de la Fiesta Na-cional de la Vendimia 2018, ActoCentral, segunda y tercera noche.Declarada por Ley 6973 "Patrimo-nio Cultural de la Provincia deMendoza"NOMBRE Y APELLIDO COMPLE-TO DEL AUTOR/ADOMICILIO REAL:D.N.I. / L.C. / L.E. Nº :NACIONALIDAD:DATOS:NOMBRE DE LA OBRACANTIDAD DE HOJAS INGRESA-DAS Y FIRMADAS:DATOS DEL CONCURSO:a) Declaro conocer y aceptar en su

totalidad las cláusulas comoasí también los derechos y obli-gaciones emergentes del lla-mado al concurso, aceptando enun todo los Artículos del regla-mento.

b) Declaro, bajo mi exclusiva res-ponsabilidad, ser el legítimopropietario de la obra propues-ta, conforme a los datos consig-nados en este formulario y queno existe impedimento legal,contractual ni de ninguna otraíndole que impida su represen-tación y disponibilidad.

c) Declaro que los datos en esteformulario son verdaderos,como así también que las fir-mas insertas en la documenta-ción presentada me pertenecen.

d) Me comprometo a no publicarni difundir bajo ninguna de susformas, el contenido total o par-cial del Guión y SíntesisArgumental, según lo estable-ce el reglamento del concurso.

Firma

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619301

PLANILLA EQUIPO ARTÍSTICODECLARACIÓN JURADA

Concurso Público para la Propuesta de Guión (con su correspondiente Sín-tesis Argumental), Proyecto de Puesta en Escena, Proyecto Escenográfico, yEquipo Artístico para la Realización y Dirección Artística de la Fiesta Nacional dela Vendimia 2018, Acto Central, segunda y tercera noche. Declarada por Ley6973 "Patrimonio Cultural de la Provincia de Mendoza"Presto mi Conformidad Explícita para Integrar el Equipo Artístico:

Nombre y Apellido DNI Area Firma

Diseño Sonido

Diseño Luces

Efectos

Especiales

Vestuario y Maquillaje

Utilería Mayor y

Menor

Resp. Video y

Filmación

Coreógrafo

Folclore

Coreógrafo

Contemporáneo

Coreógrafo

Contemporáneo

PLANILLA EQUIPO ARTÍSTICODECLARACIÓN JURADAConcurso Público para la Propuesta de Guión (con su correspondiente SíntesisArgumental), Proyecto de Puesta en Escena, Proyecto Escenográfico, y EquipoArtístico para la Realización y Dirección Artística de la Fiesta Nacional de laVendimia 2018, Acto Central, segunda y tercera noche. Declarada por Ley 6973"Patrimonio Cultural de la Provincia de Mendoza"Presto mi Conformidad Explícita para Integrar el Equipo Artístico:

Nombre y Apellido DNI Área Firma

Asistente de Dirección

Responsable

Música Folclórica

PLANILLA EQUIPO ARTÍSTICODECLARACIÓN JURADAConcurso Público para la Propuesta de Guión (con su correspondiente SíntesisArgumental), Proyecto se Puesta en Escena, Proyecto Escenográfico, y EquipoArtístico para la Realización y Dirección Artística de la Fiesta Nacional de laVendimia 2018, Acto Central, segunda y tercera noche. Declarada por Ley 6973"Patrimonio Cultural de la Provincia de Mendoza"Presto mi Conformidad Explícita para Integrar el Equipo Artístico:

Nombre y Apellido DNI Área Firma

Autor

Dirección General

Dirección

Coreográfica

Dirección Actoral

Dirección Musical

Diseño

Escenográfico

Diseño Cajas

Lumínicas

Jefatura Técnica

Jefe de

Traspuntes

Producción Ejecutiva

Nombre y Apellido DNI Area Firma

Autor

Dirección General

Dirección

Coreográfica

Dirección Actoral

Dirección Musical

Diseño

Escenográfico

Diseño Cajas

Lumínicas

Jefatura Técnica

Jefe de

Traspuntes

Producción Ejecutiva

PLANILLA EQUIPO ARTÍSTICODECLARACIÓN JURADAConcurso Público para la Propuesta de Guión (con su correspondiente SíntesisArgumental), Proyecto se Puesta en Escena, Proyecto Escenográfico, y EquipoArtístico para la Realización y Dirección Artística de la Fiesta Nacional de laVendimia 2018, Acto Central, segunda y tercera noche. Declarada por Ley 6973"Patrimonio Cultural de la Provincia de Mendoza"Presto mi Conformidad Explícita para Integrar el Equipo Artístico:

VENDIMIA CENTRAL 2018

Acto

Cuadro

Tiempo

Texto

Música y Sonido

Coreografía

Acción Actoral

Iluminacion

Vestuario

Utilería Menor

Utilería Mayor

Efectos Especiales

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19311

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19331

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PROPUESTA DE EFECTOS ESPECIALES NECESARIOS PARA LA PUESTA EN ESCENAFIESTA NACIONAL DE LA VENDIMIA 2018.

UNA PLANILLA POR EFECTO ESPECIAL

DETALLE CONCEPTUAL DEL EFECTO ESPECIAL

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DETALLE DE MATERIALES DEL EFECTO ESPECIAL

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619341

ADMINISTRADORA PROVINCIAL DEL FONDOPARA LA TRANSFORMACION

_______

RESOLUCIÓN Nº 830/2016

Mendoza, 22 de diciembre de 2016.Asunto: Aprobación del Reglamento de Condiciones "Operatoria

Financiamiento Gastos de Cosecha y Acarreo de Uva y Elaboración deProductos Vitivinícolas - Vendimia 2017"

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Visto: El expediente Nº 1139-D-2016 caratulado "Cosecha y Aca-rreo Vendimia 2017", y;CONSIDERANDO:

Que el Decreto Provincial Nº 3/2012, modificatorio del Decreto Nº347/1994 reglamentario de la Ley Nº 6.071, establece como función deesta Dirección Ejecutiva la de dictar y/o modificar el Reglamento deCondiciones Generales y/o los Reglamentos de Condiciones Particu-lares, todo ello conforme los lineamientos que determine el ÓrganoColegiado de esta Institución;

Que en este sentido, el Cuerpo Colegiado dictó la Resolución Nº

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PROPUESTA DE SISTEMA DE LUMINICO NECESARIOS PARA LA PUESTA EN ESCENAFIESTA NACIONAL DE LA VENDIMIA 2018

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19351

Una misma persona humana o jurídica, que revista la calidad deproductor vitícola, y sea titular de un establecimiento vitivinícola podráacceder a ambos destinos de financiamientos (gastos de cosecha y/ogastos de elaboración), con los límites y requisitos exigidos para cadacaso en el presente Reglamento.B- Bodegas o Fábricas de Mosto (Depositarias de Vino y/o Mosto)Admitidos

Serán admitidas para actuar como depositarias del vino/mos-to aquellas bodegas y/o fábricas de mosto, según el tenor o moda-lidad de las relaciones comerciales que lo vinculen con el postu-lante, que siendo personas humanas y/o jurídicas se encuentrenautorizadas a funcionar como tales, según constancia expedidapor el I.N.V.3- Condiciones de Exclusion

Postulantes (productores, cooperativas asociadas a Fe.Co.Vit.A.Coop. Ltda. y/o establecimientos vitivinícolas) ExcluidosNo podrán ser admitidos como postulantes:

1. Las personas humanas que hubieren sido condenadas por cual-quier tipo de delito doloso, con pena privativa de la libertad o inha-bilitación mientras se encuentren inhabilitadas y las personas jurí-dicas cuyos representantes o miembros de sus respectivos órga-nos hubieren sufrido las mismas penas, y mientras se encuentreninhabilitados.

2. Las personas humanas que figuren en el Registro de DeudoresAlimentarios Morosos (Re.D.A.M.) - Ley Nº 6.879 y modificatorias.Asimismo serán postulantes excluidos las personas jurídicas cu-yos integrantes titulares del órgano de administración figuren endicho Registro.

3. Las personas humanas o jurídicas que se encuentren inhibidas,inhabilitadas, concursadas o fallidas. Asimismo, serán postulantesexcluidos las personas jurídicas cuyos miembros titulares de suórgano directivo y/o de administración se encuentren inhibidos,inhabilitados, concursados o fallidos.

4. Las personas humanas o jurídicas que tuvieren deudas exigiblesimpagas de carácter fiscal con la Provincia de Mendoza.

5. Las personas humanas o jurídicas que hubieren incurrido en in-cumplimiento de financiamientos otorgados por el Gobierno de laProvincia de Mendoza, sus organismos descentralizados yautárquicos, Dirección de Administración de Activos de Ex BancosOficiales y/o cualquier otro organismo creado o a crearse y nohubieren remediado adecuadamente el incumplimiento de que setrate.

6. Los deudores de financiamientos otorgados por la Administra-dora, por sí o en su carácter de mandataria o fiduciaria o cual-quier otro carácter jurídico que ésta adopte, en trámite de ejecu-ción judicial y hasta cinco (5) años de cancelada la deuda objetodel proceso judicial en cuestión. Igual término regirá para aque-llos tomadores de financiamiento de la Administradora que sehubieren presentado en concurso o se les hubiere declarado laquiebra y hubieren posteriormente levantado o cancelado dichasituación.

7. Las personas inhabilitadas por el Banco Central de la RepúblicaArgentina y las personas jurídicas cuyos representantes legales oapoderados registren tal inhabilitación.

8. Las sucesiones. Sin perjuicio de ello, podrán ser postulantesquienes revistan el carácter de herederos y cuenten con senten-cia declaratoria de herederos, y designación de administradordefinitivo. Se deberá tener en cuenta que la totalidad de los he-rederos declarados deben prestar su consentimiento (art 2.325CCyCN.).

9. Los deudores de financiamientos que hubieren incurrido enincumplimiento de cualesquiera de las obligaciones deriva-das de los contratos de préstamo o mutuo suscritos con laAdministradora, por sí o en su carácter de mandataria o fidu-ciaria o cualquier otro carácter jurídico que ésta adopte, y nohubieran remediado adecuadamente el incumplimiento de quese trate. Asimismo, serán solicitantes excluidos las personasjurídicas cuyos miembros titulares de sus respectivos órga-nos de administración hubieren incurrido en incumplimientode cualesquiera de las obligaciones antes mencionadas. Enel caso de cooperativas, serán solicitantes excluidos aquellascuyos representantes legales hubieren incurrido en los incum-plimientos citados.

50/2016 del 7 de diciembre de 2016, mediante la cual aprueba loslineamientos que regulan la "Operatoria Financiamiento Gastos deCosecha y Acarreo de Uva y Elaboración de Productos Vitivinícolas -Vendimia 2017";

Que este acto se dicta en virtud de la asignación efectuada por elDecreto Provincial Nº 3/2012, modificatorio del Decreto Nº 347/1994, ypor la delegación efectuada por el Órgano Colegiado de la Administra-dora Provincial del Fondo, mediante Resolución Nº 27/1998 y confor-me a lo dispuesto en los Artículos 7º y 9º de la Ley de ProcedimientoAdministrativo Nº 3.909.

Por lo expuesto:EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA ADMINISTRADORA PROVINCIAL DEL FONDORESUELVE:

Artículo 1º - Apruébese el Reglamento de Condiciones de la"Operatoria Financiamiento Gastos de Cosecha y Acarreo de Uva yElaboración de Productos Vitivinícolas - Vendimia 2017", el cual formaparte integrante de la presente como Anexo.

Artículo 2º - Exceptúese la aplicación de la Resolución Nº 795/2016 emitida por esta Dirección Ejecutiva o de las que la reemplaceno modifiquen, correspondiente a la "Determinación montos máximosa financiar por tomador de crédito", a todas aquellas solicitudes decrédito que se tramiten en la presente Operatoria.

Artículo 3º - Dispóngase que los créditos provenientes de la"Operatoria Financiamiento Gastos de Cosecha y Acarreo de Uva yElaboración de Productos Vitivinícolas - Vendimia 2017", y de lasOperatorias de cosecha y acarreo y elaboración subsiguientes congarantía fiduciaria - fideicomisos de garantía, se considerarán cance-lados con la emisión del informe que al efecto confeccione el Departa-mento de Tesorería y Administración de Créditos, debiendo realizarselas debidas registraciones en el Módulo GIC del Sistema Integrado dela Institución.

Artículo 4º - Notifíquese, publíquese y archívese.Sergio D. Moralejo

_________

ANEXO IREGLAMENTO DE CONDICIONES DE LA OPERATORIA

FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHA Y ACARREO DE UVA YELABORACIÓN DE PRODUCTOS VITIVINÍCOLAS - VENDIMIA 2017.

CAPÍTULO 1 - OBJETO DE LA FINANCIACIÓN1 - Objeto

El presente Reglamento contiene los lineamientos de laoperatoria de crédito para asistir financieramente a productores vitícolasindividuales y establecimientos vitivinícolas que se encuentreninscriptos en el Instituto Nacional de Vitivinicultura, cuyosemprendimientos se encuentren radicados en la Provincia de Mendo-za, respecto de los gastos en que incurran para cosecha y acarreo deuva y/o elaboración de productos vitivinícolas. Asimismo serán asisti-das las cooperativas asociadas a Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda. (Federaciónde Cooperativas Vitivinícolas Argentinas Cooperativa Limitada) en re-lación a los gastos por cosecha y acarreo que deban hacer frente losproductores integrantes de dichas cooperativas.

CAPÍTULO 2 - CONDICIONES DE ADMISIÓN Y EXCLUSIÓNSerán admitidas las personas humanas o jurídicas que se en-

cuadren adecuadamente en el marco de regulación de la actividadeconómica que desarrollen y que cumplan las siguientes condicionesconforme a su actuación en la operatoria:2- Condiciones de Admisión

A- Postulantes (productores, cooperativas asociadas a Fe.Co.Vit.A.Coop. Ltda., Cooperativa Agraria de Productores del Este Ltda. y/o es-tablecimientos vitivinícolas) Admitidos:

Serán admitidas como postulantes las personas humanas y/ojurídicas que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidosen el presente Reglamento, y sean:a) Titulares de emprendimientos agrícolas radicados en la Provincia

de Mendoza, acreditado mediante la presentación de la copia de laCédula de Identificación del Viñedo (C.I.V.) expedida por el I.N.V.;

b) Cooperativas asociadas a Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda.;c) Cooperativa Agraria de Productores del Este Ltda (C.A.P.E.); y/od) Titulares de establecimientos vitivinícolas (bodegas o fábricas de

mosto) autorizados a funcionar como tales, según constancia expe-dida por el I.N.V..

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619361

10. Los Tomadores de financiamientos y/u operaciones de leasing asícomo los deudores por otras operaciones otorgadas por MendozaFiduciaria S.A., por sí o en su carácter de mandataria, fiduciaria,fiduciante o cualquier otro carácter jurídico que ésta adopte, quehubieren incurrido en incumplimiento de cualesquiera obligacio-nes derivadas de los contratos suscritos y no hubieran remediadoadecuadamente el incumplimiento de que se trate. Asimismo, se-rán solicitantes excluidos las personas jurídicas cuyos miembrosde su respectivo órgano de administración hubieren incurrido enincumplimiento de cualesquiera de las obligaciones antes men-cionadas. En el caso de cooperativas, serán solicitantes excluidosaquellas cuyos representantes legales hubieren incurrido en losincumplimientos citados.

11. Las personas humanas o jurídicas que sean productores asocia-dos a Cooperativas vitivinícolas integradas a Fe.Co.Vit.A. Coop.Ltda., en la medida que tales Cooperativas asuman el carácter depostulantes en la operatoria de financiamiento gastos de cosechay acarreo de uva vendimia 2017.

12. Las personas humanas o jurídicas que sean productores asocia-dos a Cooperativa Agraria de Productores del Este Ltda., en lamedida que la Cooperativa asuma el carácter de postulante en laoperatoria de financiamiento gastos de cosecha y acarreo de uvavendimia 2017.

13. Los deudores de financiamientos que sean beneficiarios de acuer-dos de pago y/o refinanciaciones vigentes.

CAPÍTULO 3 - DOMICILIOS4- Domicilio del Postulante

El postulante y la bodega o fábrica de mosto depositarias delvino/mosto, deberán denunciar su domicilio real y/o social. Asimismodeberán constituir domicilio especial en el Gran Mendoza, o en el radiourbano de los Departamentos donde se localice la propiedad dondese produce la uva objeto de la cosecha y acarreo o se elabora el vino omosto sulfitado, respectivamente, sometiéndose a la jurisdicción delos Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Mendoza, Primera Circuns-cripción Judicial, haciendo renuncia expresa a todo otro fuero o juris-dicción, incluso el Federal.

Si el postulante o la bodega y/o fábrica de mosto depositariacambiaran su domicilio especial constituido, deberán comunicarlo porescrito a la Administradora, a fin de que pueda recibir sin demora lasnotas aclaratorias y/o circulares pertinentes o cualquier otra documen-tación. Sólo será válido el cambio de domicilio cuando fuera constitui-do en el Gran Mendoza o en el radio urbano del Departamento dondese localice el emprendimiento.

En el domicilio especial constituido, será considerada válida cual-quier comunicación que se le formule al postulante.

CAPÍTULO 4 - CONDICIONES DEL FINANCIAMIENTO5- Monto A Financiara) Cosecha y Acarreo de uva: Para los postulantes productores indi-

viduales el monto a financiar para gastos de cosecha y acarreode uva de la vendimia 2.017 se determinará en función del valorpor quintal de uva a cosechar, que establecerá oportunamente elDirector Ejecutivo de la Administradora, multiplicado por la canti-dad probable de uva a cosechar. En ningún caso la asistenciafinanciera total otorgada a cada postulante podrá superar los seismil (6.000) quintales y en los casos correspondientes a producto-res que cosechen las siguientes uvas varietales: Malbec,Cabernet Sauvignon, Bonarda, Syrah, Merlot, Tempranillo oChardonnay, la citada asistencia no podrá superar los cuatro mil(4.000) quintales. La asistencia financiera total otorgada a cadapostulante no deberá superar la cantidad de quintales dispuestapara los distintos tipos de uva, ni se admitirá la asistencia con-junta para atender la cosecha y acarreo de uvas varietales y novarietales.El monto a financiar a cada postulante Cooperativa integrada aFeCoVitA Coop. Ltda. estará en función del valor por quintal de uva acosechar, que establecerá oportunamente el Director Ejecutivo de laAdministradora, por la cantidad probable a cosechar por los asocia-dos que las componen, según el comportamiento de su producciónelaborada en temporadas anteriores y la participación de cada Coo-perativa en el plan de negocios estratégicos 2017 proyectado porFeCoVitA Coop. Ltda.. Igual mecanismo se aplicará a la postulanteCooperativa Agraria de Productores del Este Ltda., en lo que corres-ponda.

b) Elaboración de productos vitivinícolas: Asimismo, el monto máximoa financiar para gastos de elaboración de productos vitivinícolas, sedeterminará en función de los quintales que hayan sido objeto definanciamiento de los gastos de cosecha y acarreo mediante estaoperatoria de financiamiento, ingresados al establecimiento perte-neciente al postulante bodega elaboradora. El monto a financiar porquintal de uva elaborado se establecerá oportunamente por el Di-rector Ejecutivo de la Administradora.

La efectivización de los préstamos al igual que sus reintegros,tanto el capital como los intereses, se realizarán en pesos.

Se asignará como importe total de asistencia a las Cooperativasasociadas a Fe.Co.Vit.A Coop. Ltda. hasta la suma de pesos treintamillones ($ 30.000.000.-).

Se asignará como importe total de asistencia a la CooperativaAgraria de Productores del Este Ltda. hasta la suma de pesos unmillón ($ 1.000.000.-)con garantía de fianza/aval extendida por SGR.

Se asignará como importe total de asistencia a los productoresindividuales no asociados a cooperativas vitivinícolas integradas aFE.CO.VIT.A. Coop. Ltda. y afianzados por ésta hasta la suma de pesoscinco millones ($ 5.000.000.-).6- Pre-Aprobacion - Determinación de la Cantidad de Quintalesde Tipo de Uva a Financiar

Las propuestas de financiamiento de cosecha y acarreo de uvano varietal, presentadas por aquellos tomadores que hayan cumplidocon el pago de sus obligaciones financieras generadas en lasoperatorias crediticias de cosecha y acarreo de las vendimias 2014,2015 y 2016 y mantenido la Situación 1. Normal (conforme ResoluciónNº 008/2008 de la Administradora), gozarán del siguiente tratamientodiferencial:• La Administradora les asignará a estos tomadores un monto de prés-

tamo predeterminado y disponible para gastos de cosecha y acarreode uva, por hasta el equivalente al promedio anual de quintales finan-ciados desde la operatoria 2014, en la medida que hayan obtenido elfinanciamiento en al menos dos vendimias. No obstante ello, el Di-rector Ejecutivo de la Administradora podrá aplicar otra metodologíapara la determinación de la cantidad de quintales preaprobados encasos debidamente justificados.

• La información acerca de la cantidad de quintales de uvapreasignados estarán a disposición de los tomadores definanciamientos en las sedes de la Administradora para su consultay aceptación, en caso de solicitarlo el productor.

Si con posterioridad a la pre-aprobación del financiamiento, porrazones climáticas o por cualquier otra causal, variara en menos lacantidad estimada de quintales a cosechar en la vendimia 2017, sereducirá el monto del financiamiento otorgado.7- Trámite Normal - Determinación de la Cantidad de Quintalesde Uva a Cosechar y a Ingresar al EstablecimientoVitivinícola (Postulantes Productores Individuales)

Cosecha y Acarreo de Vid: La cantidad de quintales de uva acosechar en la vendimia 2017 que podrá ser financiada por la Adminis-tradora a cada productor vitícola, resultará de lo declarado por el postu-lante en la respectiva Solicitud de Crédito, teniendo en cuenta el nivelde cosecha histórica del/los viñedo/s y cualquier otra información rele-vante, tal como las denuncias de daños de períodos anteriores y/o dela vendimia en curso.

El I.N.V. corroborará la razonabilidad de las cantidades antes re-feridas, de acuerdo al procedimiento detallado en el Capítulo 10- Cláu-sula 17 del presente Reglamento. El I.N.V. deberá informar a la Admi-nistradora, a partir del comienzo de la cosecha, los quintales de uvaefectivamente ingresados por los postulantes en las bodegas o fábri-cas de mosto depositarias.

Elaboración de Productos Vitivinícolas: La cantidad de quintalesde uva a elaborar en la vendimia 2017 que podrá ser financiada por laAdministradora a cada establecimiento elaborador resultará de lo de-clarado por el mismo en la respectiva Solicitud de Crédito, relaciona-dos con la cantidad de productores tomadores de financiamiento queingresarán su uva al establecimiento, indicando la cantidad de quinta-les de uva que los mismos estiman cosechar, en base a la modalidadde cálculo indicado precedentemente.

Si con posterioridad a la aprobación del financiamiento, por razo-nes climáticas o por cualquier otra causal, variara en menos la canti-dad estimada de quintales a cosechar en la vendimia 2017, se reduci-rá el monto del financiamiento otorgado.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19371

2) Con garantía hipotecaria:Primer desembolso: El cincuenta por ciento (50%) dentro de losnoventa (90) días de presentado ante la Administradora la constan-cia de ingreso -dentro del plazo establecido por la normativa aplica-ble- a la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de laProvincia de Mendoza del primer testimonio del Contrato de Mutuo yuna vez verificado por el Asesor Notarial designado al efecto por laAdministradora.Segundo desembolso: El porcentaje restante una vez presentadoante la Administradora el primer testimonio del Contrato de Mutuoinscripto en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial dela Provincia de Mendoza, y recibida del I.N.V. la certificación de laentrega de la uva por parte del tomador, que represente como míni-mo el setenta por ciento (70%) de los quintales de uva por cuyacosecha y acarreo ha solicitado la asistencia financiera.

3) Con otro tipo de garantíasLos fondos serán entregados en dos desembolso al tomador sien-do el primero de ellos dentro de los noventa (90) días deinstrumentado el Contrato de Mutuo y sus garantías, y en general,una vez cumplimentados todos los requisitos exigidos como pre-vios a la entrega del mismo. El segundo desembolso se otorgaráuna vez que el I.N.V. certifique la entrega de la uva por parte deltomador, que represente como mínimo el setenta por ciento (70%)de los quintales de uva por cuya cosecha y acarreo ha solicitado laasistencia financiera.

Si con posterioridad a la suscripción del contrato de mutuo, porrazones climáticas o por cualquier otra causal, variara en menos lacantidad determinada de quintales a cosechar y/o a elaborar en lavendimia 2017, se reducirán los desembolsos aún no realizados.

Una vez habilitado el desembolso, el mismo será liquidado víatransferencia bancaria al tomador del financiamiento. La sola transfe-rencia bancaria a la cuenta denunciada será suficiente constancia deldesembolso del financiamiento. Cuando el Director Ejecutivo de laAdministradora así lo disponga los fondos serán desembolsados altomador del financiamiento mediante cheque corriente con Cláusula"no a la orden" extendido a nombre de éste.B- Elaboración de productos vitivinícolas:

Los fondos, en general, serán entregados al tomador del créditouna vez formalizada la adecuada instrumentación del contrato de mu-tuo y sus garantías, y cumplimentados todos los requisitos exigidoscomo previos a la entrega del mismo. En particular, en relación a lasgarantías constituidas, se liquidarán de acuerdo al siguiente esque-ma:1) Con garantía fiduciaria:

Primer desembolso: El cincuenta (50%) dentro de los noventa (90)días de la firma del Contrato de Mutuo.Segundo desembolso: El porcentaje restante se liquidará una vezrecibida del I.N.V. la certificación de que se ha hecho entrega alestablecimiento, por parte de los productores que obtuvieron elfinanciamiento mediante esta línea de financiamiento, de una canti-dad de uva equivalente al setenta (70%) del total de los quintalesque deberían ingresar al establecimiento de conformidad al proce-dimiento determinado en el Capítulo 4 Cláusula 7.

2) Con garantía hipotecaria:Primer desembolso: El cincuenta por ciento (50%) dentro de losnoventa (90) días de presentado ante la Administradora la constan-cia de ingreso -dentro del plazo establecido por la normativa aplica-ble- a la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de laProvincia de Mendoza del primer testimonio del Contrato de Mutuo yuna vez verificado por el Asesor Notarial designado al efecto por laAdministradora.Segundo desembolso: El porcentaje restante una vez presentadoante la Administradora el primer testimonio del Contrato de Mutuoinscripto en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial dela Provincia de Mendoza y recibida del I.N.V. la certificación del ingre-so en un setenta por ciento (70%) del total de los quintales quedeberían ingresar al establecimiento de conformidad al procedimien-to determinado en el Capítulo 4 Cláusula 7.

3) Con otro tipo de garantíasLos fondos serán entregados en dos desembolso al tomador sien-do el primero de ellos dentro de los noventa (90) días deinstrumentado el Contrato de Mutuo y sus garantías, y en general,una vez cumplimentados todos los requisitos exigidos como pre-

8- Financiamiento a Cooperativas Vitivinícolas Integradasa Fecovita Coop. Ltda. y a Cooperativa Agraria de Productoresdel Este Ltda.

El monto a financiar a la Cooperativa postulante estará en fun-ción de la cantidad de quintales de uva a cosechar y a ingresarglobalmente por los productores asociados a las mismas y con elmáximo determinado en la Cláusula 5- Monto a Financiar.

La cantidad de quintales de uva a cosechar en la vendimia 2017,resultará de lo declarado por la Cooperativa en la respectiva Solicitudde Crédito, teniendo en cuenta el nivel de cosecha histórica del/losviñedo/s de los asociados acreditada mediante la cantidad de uvaentregada a la Cooperativa, y/o cualquier otra información relevante, talcomo las denuncias de daños de períodos anteriores y/o de la vendi-mia en curso.

El I.N.V. corroborará la razonabilidad de las cantidades antes re-feridas, de acuerdo al procedimiento detallado en el Capítulo 10- Cláu-sula 17 del presente Reglamento.9- Reintegro del Crédito

Los vencimientos operarán en fecha 15 de noviembre de 2017 y15 de enero de 2018.10- Intereses Compensatorios

Los intereses se devengarán a partir de la fecha en que se efec-túe cada desembolso, sobre los saldos pendientes de devolución yhasta el vencimiento del financiamiento y/o cancelación anticipada yse cancelarán juntamente a las cuotas de capital.

Las solicitudes de crédito que se tramiten en esta operatoriapodrán ingresar hasta el día 28 de abril de 2017. La tasa de interéscompensatorio aplicable se determinará en función de la fecha deingreso de la solicitud de financiamiento del postulante, según la si-guiente escala:• A las presentadas hasta el 31/01/2017 se les aplicará una tasa de

interés nominal anual equivalente al cincuenta por ciento (50%) de latasa de interés variable vencida en pesos de la cartera general delBanco de la Nación Argentina.

• A las presentadas en fecha posterior al 31/01/2017 y hasta el 28/04/2017 se les aplicará una tasa de interés nominal anual equivalenteal setenta por ciento (70%) de la tasa de interés variable vencida enpesos de la cartera general del Banco de la Nación Argentina.

11- Intereses Moratorios y PunitoriosLa falta de pago a su vencimiento, o el incumplimiento de cual-

quiera de las obligaciones del deudor, provocará la mora automática sinnecesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno. En tales ca-sos, y sin perjuicio de las demás sanciones y resarcimientos previstosen el contrato de mutuo, se aplicarán las siguientes tasas de interés:1. Intereses moratorios: serán calculados a la tasa nominal anual equi-

valente al ciento cinco por ciento (105%) de la tasa de interés nomi-nal anual variable vencida en pesos de la cartera general del Bancode la Nación Argentina, sobre el monto adeudado y a partir de lafecha en que se produzca la respectiva causal de incumplimientohasta el efectivo pago.

2. Intereses punitorios: el deudor abonará en concepto de interesespunitorios, el importe que resulte de aplicar el cincuenta por ciento(50%) de la tasa prevista para los moratorios, calculados sobre elmonto adeudado y a partir de la fecha en que se produzca la respec-tiva causal de incumplimiento y hasta el efectivo pago.

CAPÍTULO 5- DE LOS DESEMBOLSOS12- Condiciones de los DesembolsosA- Cosecha y Acarreo de Uva:

Los fondos, en general, serán entregados al tomador del créditouna vez formalizada la adecuada instrumentación del contrato de mu-tuo y sus garantías, y cumplimentados todos los requisitos exigidoscomo previos a la entrega del mismo. En particular, en relación a lasgarantías constituidas, se liquidarán de acuerdo al siguiente esque-ma:1) Con garantía fiduciaria/fianza de Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda.:

Primer desembolso: El cincuenta por ciento (50%) del monto apro-bado dentro de los noventa (90) días de la firma del Contrato deMutuo.Segundo desembolso: El porcentaje restante se liquidará una vezrecibida del I.N.V. la certificación de la entrega de la uva por parte deltomador, que represente como mínimo el setenta por ciento (70%)de los quintales de uva por cuya cosecha y acarreo ha solicitado laasistencia financiera.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619381

notificará al I.N.V. las novedades (pagos de las cuotas de capital y/osustitución de garantías) a efectos que éste realice las transferenciascorrespondientes en forma proporcional.B) Garantia Hipotecaria

La garantía hipotecaria a ofrecer será en primer grado de privile-gio a favor de la Administradora, sobre bienes inmuebles de propiedaddel postulante o de terceros, debiendo adjuntarse detalle del o de losbienes ofrecidos en garantía conforme al ANEXO E. Los terceroshipotecantes, personas humanas, deberán asumir la condición detomadores del crédito. En tal carácter no deberán encontrarse com-prendido/s en la causales de exclusión previstas en este Reglamentoy cumplir con todos los requisitos de admisibilidad contemplados enel mismo.

Cuando la única garantía ofrecida sea la hipotecaria, el valor netode realización del o de los bien/es ofrecido/s en garantía deberá cubrirsatisfactoriamente la totalidad del financiamiento solicitado a la Admi-nistradora con más sus intereses, accesorios y gastos necesariosque demande el recupero total del financiamiento, quedando a criteriodel Director Ejecutivo de la Administradora determinar su suficiencia yconveniencia, y la necesidad de constituir garantías complementarias,en su caso.

Dicho/s bien/bienes deberá/n estar libre/s de todo tipo degravámenes, limitaciones, restricciones, o medidas cautelares, (ej.usufructos, alquileres, sometimiento a algún cargo o condición, em-bargos, anotaciones de litis, inembargabilidad, inenajenabilidad y/ocualquier otro supuesto que afecte o imposibilite la libre disponibilidaddel bien).

En el caso de que se ofrezcan bienes inmuebles provenientes deun proceso sucesorio, el hipotecante deberá acreditar que ha sidoinscripta la hijuela (en la que se incluya el inmueble) a su nombre enlos Registros respectivos.

No se admitirán inmuebles adquiridos a título gratuito, exceptoque el donatario y/o subadquirente haya/n adquirido la titularidad delbien donado por escritura pública debidamente inscripta en el Regis-tro de la Propiedad Raíz y mantenga/n la posesión del mismo ininte-rrumpidamente por un plazo mínimo de diez años, computados: A)Desde la muerte del donante si este falleció antes del 01/08/2015; o,B) Desde dicha adquisición, si el donante está vivo o falleció con pos-terioridad al 31/07/2015. En ambos supuestos, el Solicitante deberáacreditar por medio fehaciente la muerte o supervivencia del donante,según el caso.

En todos los casos la tasación del inmueble ofrecido en garantíaserá realizada por un Perito Tasador designado por el Director Ejecuti-vo de la Administradora.

Los inmuebles ofrecidos en garantía no deben registrar deudasvencidas exigibles por impuestos, servicios o contribuciones por me-joras, y en caso que existieran, deberán ser canceladas como requisi-to previo a la suscripción del contrato de mutuo respectivo.C) Fianza Extendida Por Sociedad De Garantia Reciproca.

El postulante deberá adjuntar una carta compromiso emitida porla Sociedad de Garantía Recíproca propuesta, conforme al modelo delANEXO F-1 o ANEXO F-2 según corresponda, que formará parte de ladocumentación a presentar para el análisis de la propuesta.

A fin de que la garantía resulte admisible, las Sociedades deGarantía Recíproca emisoras del "Certificado de garantía" o documen-to equivalente respectivo, deberán estar debidamente constituidas,inscriptas en el Registro Público respectivo, autorizadas para funcio-nar como tales por la autoridad de aplicación, de conformidad con loestablecido en la Ley Nacional Nº 24467, sus modificatorias y decretosreglamentarios. Además deberán mantener vigente la inscripción enel Registro de Sociedades de Garantía Recíproca que a tal efecto llevala Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (BCRA),con el fin que las garantías concedidas por tales sociedades se lesotorgue en el sistema financiero a las mismas el carácter de garantíaspreferidas autoliquidables (Garantía Preferida "A"). Asimismo y, con elobjeto de acreditar el cumplimiento de tales recaudos, se deberá cons-tatar la inclusión de la S.G.R. en el Registro que para este tipo deEntidades regula el Banco Central de la República Argentina y quepublica como "Registro de Sociedades de Garantía Recíproca - Artícu-lo 80º de la Ley N° 24467", no obstante ello, las citadas sociedadesdeberán suministrar toda la información y/o documentación que la Ad-ministradora, a través de su Director Ejecutivo de la Administradora,les requiera.

vios a la entrega del mismo. El segundo desembolso se otorgaráuna vez que el I.N.V. certifique el ingreso en un setenta por ciento(70%) del total de los quintales que deberán ingresar al estableci-miento de conformidad al procedimiento determinado en el Capítulo4 Cláusula 7.

Si con posterioridad a la suscripción del Contrato de Mutuo, porrazones climáticas o por cualquier otra causal, variara en menos lacantidad estimada de quintales a cosechar y/o elaborar en la vendimia2017, se reducirán los desembolsos aún no realizados.

Una vez habilitado el desembolso, el mismo será liquidado víatransferencia bancaria al tomador del financiamiento. La sola transfe-rencia bancaria a la cuenta denunciada será suficiente constancia deldesembolso del financiamiento. Cuando el Director Ejecutivo de laAdministradora así lo disponga los fondos serán desembolsados altomador del financiamiento mediante cheque corriente con Cláusula"no a la orden" extendido a nombre de éste.

CAPÍTULO 6 - DE LA GARANTÍA13- Tipos De Garantía Y Alcance

En todos los casos el postulante deberá ofrecer garantías quecubran ampliamente la totalidad del financiamiento solicitado a laAdministradora con más sus intereses, accesorios y gastos nece-sarios que demande el recupero total del financiamiento, siendofacultad exclusiva de la misma, evaluar la conveniencia y suficienciade tales garantías, pudiendo admitirlas, rechazarlas y/o solicitarnuevas.

La propuesta efectuada deberá incluir necesariamente el ofre-cimiento de alguno de los siguientes tipos de garantías: GarantíaFiduciaria - Fideicomiso de Garantía, Hipoteca, Prenda, Aval/FianzaExtendida por Sociedad de Garantía Recíproca y Fianza extendidapor Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda. (Federación de CooperativasVitivinícolas Argentinas Cooperativa Limitada). Dichas garantíasdeberán cumplir con todos los requisitos exigidos a continuaciónpara las mismas:A) Garantía Fiduciaria- Fideicomiso de Garantía.Obligaciones de las Partes

En particular para esta línea se admitirá como garantía del pagodel mutuo, tanto para los financiamientos correspondientes a Cose-cha y Acarreo como para aquellos destinados a la Elaboración de Pro-ductos Vínicos, la transferencia en propiedad fiduciaria de los produc-tos vínicos al Fideicomiso a celebrar. El Fiduciario ejecutará la garantíaen caso de determinarse el incumplimiento del deudor conforme alprocedimiento establecido en el mutuo y sus contratos accesorios, y elproducido obtenido con la realización de los bienes fideicomitidos pro-cederá a aplicarlo a la cancelación del financiamiento otorgado.

Para este caso, se deberá tener en cuenta que:• El postulante deberá adjuntar el ofrecimiento de dicha garantía, me-

diante nota suscripta por el mismo a dicho efecto, conforme al mode-lo de ANEXO D.

• El tomador del financiamiento deberá transferir al Fideicomiso deGarantía una cantidad de vino y/o mosto sulfitado equivalente al mon-to del financiamiento acordado más un aforo del veinte por ciento(20%). El Director Ejecutivo de la Administradora fijará oportunamen-te el valor de referencia a considerar por litro de producto vínico aafectar, previo a la suscripción del correspondiente contrato de mu-tuo. La Bodega depositaria del producto vínico transferido en garan-tía (tanto en el caso de ser también la tomadora del financiamiento,como en el caso de ser sólo depositaria) deberá garantizar el mante-nimiento de las características organolépticas del producto y se com-prometerá, en el supuesto de incumplimiento del tomador y/o cuan-do se detectase una disminución de la cantidad o alteración en lacalidad del vino y/mosto sulfitado transferido en propiedad fiduciaria,a transferir en propiedad fiduciaria, a favor del fiduciario del fideicomi-so de garantía, una cantidad de vino y/o mosto sulfitado de su titula-ridad equivalente al monto del financiamiento otorgado más un aforodel 20%. Los estándares de calidad mínima exigida respecto delproducto a inmovilizar serán establecidos al momento de la firma delcontrato. Todo costo relacionado con la elaboración de los productosvínicos será soportado por el Tomador / Fiduciante.

En todos los casos antes detallados, el I.N.V. verificará lasregistraciones de dichas operaciones en los respectivos libros oficia-les llevados por la bodega o fábrica de mosto. A tal efecto la Administra-dora remitirá al I.N.V. fotocopia de los Contratos suscriptos. A medidaque se cancele el financiamiento y/o se sustituya garantía, el Fiduciario

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19391

En cuanto aquellas sociedades de garantía recíproca que noemitan este tipo de garantías, podrán ser admitidas, previa calificaciónpor parte de la Dirección Ejecutivo, deberán estar debidamente consti-tuidas, inscriptas en el Registro Público respectivo, autorizadas parafuncionar como tales por la autoridad de aplicación, de conformidadcon lo establecido en la Ley Nacional Nº 24.467, sus modificatorias ydecretos reglamentarios. Además deberán cumplir con la normativadispuesta por la Resolución N° 128/2010 y modificatorias de SEPYME,mantener vigente la inscripción en el Registro de Sociedades de Ga-rantía Recíproca y acreditar cada vez que se lo requiera la autorizaciónpara funcionar otorgada por SEPYME.

El cumplimiento de los requisitos mencionados deberá mante-nerse durante todo el periodo del financiamiento y hasta su cancela-ción total. Para el supuesto en que sobreviniere la infracción a talesrequisitos, el deudor deberá sustituir la referida fianza por otra garantíaadmisible.D) Garantia Prendaria

La garantía prendaria a ofrecer será en primer grado de privilegioa favor de la Administradora sobre automotores radicados en la Provin-cia de Mendoza de titularidad del Postulante o de terceros, debiendoadjuntarse detalle del o de los bien/es ofrecidos en garantía conformeal ANEXO G.

Los terceros dadores en prenda, personas humanas, deberánasumir la condición de tomador/es de crédito. En tal carácter no debe-rán encontrarse comprendido/s en la causales de exclusión previstasen este Reglamento y cumplir con todos los requisitos de admisibilidadcontemplados en el mismo.

Cuando la única garantía ofrecida sea la prendaria, el valor netode realización del o de los bien/es ofrecido/s en garantía, deberá cubrirsatisfactoriamente la totalidad del financiamiento solicitado a la Admi-nistradora con más sus intereses, accesorios y gastos necesariosque demande el recupero total del financiamiento, quedando a criteriodel Director Ejecutivo de la Administradora determinar su suficiencia yconveniencia, y la necesidad de constituir garantías complementarias,en su caso.

La antigüedad de los automotores ofrecidos en garantía no po-drá superar los cinco (5) años a la fecha de aprobación delfinanciamiento y no más de ocho (8) años de antigüedad al momentode finalizar la amortización del financiamiento. Dicho/s bien/bienesdeberá/n estar libre/s de todo tipo de gravámenes, limitaciones, res-tricciones, medidas cautelares, o cualquier otro supuesto que afecte oimposibilite la libre disponibilidad del o los mismos.

La tasación del o los bienes será determinada por un Perito Ta-sador designado por el Director Ejecutivo de la Administradora y cuan-do éste lo autorice, su valuación surgirá de la última Tabla de Valorespublicada por la A.F.I.P. para la determinación del impuesto a los bie-nes personales.

Los bienes registrables objeto de garantía deberán encontrarseadecuadamente asegurados en compañías de seguros a satisfac-ción de la Administradora, con las coberturas que se juzguen conve-nientes de acuerdo a la naturaleza de los mismos.

Los bienes ofrecidos en garantía no deben registrar deudas ven-cidas exigibles por impuestos, tasas, etc., y en caso que existieran,deberán ser canceladas como requisito previo a la suscripción delcontrato de mutuo respectivo.F) Fianza Extendida por FECOVITA Coop. Ltda.

Se admitirá como garantía del préstamo a otorgar la fianza exten-dida por Fe.Co.Vit.A. Coop Ltda. (Federación de CooperativasVitivinícolas Argentinas Cooperativa Limitada) en caso que lospostulantes sean cooperativas vitivinícolas asociadas a dicho ente osean productores individuales no asociados a cooperativas deFe.Co.Vit.A. Coop. Ltda.

A tales efectos el postulante deberá adjuntar una carta compro-miso emitida por dicha entidad, conforme al modelo del ANEXO H, queformará parte de la documentación a presentar para el análisis de lapropuesta.

Se aceptará la fianza de la entidad en la medida que la mismaresulte calificada positivamente por la Administradora. La fiadoradeberá mantener su calificación ante la Administradora durante todoel periodo del financiamiento hasta su cancelación total. En casoque por cualquier circunstancia sobreviniere la infracción a tal re-quisito, el deudor deberá sustituir la referida fianza por otra garantíaadmisible.

Asimismo la entidad no deberá encontrarse comprendida en lossupuestos del Capítulo 2- Cláusula 3 del Reglamento de Condicionesde la Línea.

CAPÍTULO 7 - REGLAMENTO DE CONDICIONES14- Adquisición De Reglamento

La adquisición del presente Reglamento no es requisito para lapresentación y consideración de la propuesta.CAPÍTULO 8 - FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

15- Documentación Integrante de la Solicitud -Cosecha y Acarreo y Elaboración

La propuesta de financiamiento presentada deberá necesaria-mente contener la documentación que se contempla en este Regla-mento, de acuerdo al tipo de postulante, de garantía a ofrecer y deproceso de tramitación a iniciar, y deberá reunir los requisitos y exigen-cias establecidos.

Asimismo, en los casos en que el postulante se presente solici-tando financiamiento tanto para cosecha y acarreo como para elabora-ción de productos vitivinícolas, deberá presentar la totalidad de la do-cumentación requerida para ambos casos, siempre que la misma nose repita.I- Documentación a presentar por el postulante- Trámite Normala- Personas humanas

1) Solicitud de Crédito, conforme al modelo que forma parte del pre-sente Reglamento. El postulante deberá indicar nombre completoy número de documento de identidad y acompañar fotocopias delas dos primeras hojas del documento mencionado (en caso deno figurar en las dos primeras hojas el último domicilio declarado,acompañar fotocopia de la hoja respectiva).

2) Constancia registral de no inhibición de bienes, emitida por auto-ridad competente, cuando el domicilio real declarado sea estable-cido fuera de la Provincia de Mendoza o en los Departamentos deSan Rafael, General Alvear y Malargüe.

3) Copia del Poder que confiera representación a la persona quedesigne el postulante para la presentación de la propuesta, confacultades expresas para asumir las obligaciones emergentes dela línea de financiamiento - incluso la firma del contrato de mutuo yconstitución de garantías - y constancia de su inscripción en elRegistro Público respectivo, en caso que corresponda.

4) Constancia de inscripción ante la A.F.I.P. como contribuyente deimpuestos. Se admitirá la presentación de C.U.I.L. o C.D.I. del/lospostulante/s que sea/n el/los co- titulares de la/s cédula/s del/losviñedo/s, para el caso de viñedos bajo titularidad de dos o máspersonas.

5) Constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Bru-tos de la Provincia de Mendoza ya sea como contribuyente local ocomprendido en el régimen del Convenio Multilateral, que contem-ple la actividad para la cual se solicita el financiamiento, admitién-dose su no inscripción en caso de nuevos emprendimientos losque deberán ser acreditados previo a la firma del contrato de mu-tuo. No se exigirá tal constancia al/los postulante/s que sea/n co-titulares de la/s cédula/s del/los viñedo/s.

6) Constancia de Cumplimento Fiscal (F-CCF) o Constancia de Cum-plimento Fiscal con Deuda Regularizada (F-CCFDR) vigente emi-tida por Administración Tributaria Mendoza (A.T.M.), según corres-ponda, o aquellas constancias con igual funcionalidad que en elfuturo las reemplacen.

7) Fotocopia Cédula de Identificación del Viñedo (C.I.V.) emitida por elI.N.V.

8) Para el caso de financiamiento de viñedos con uva varietal, fotoco-pia última Declaración Jurada de Actualización del Registro deViñedos y Acta de Verificación de Viñedos donde se detallen losviñedos varietales respecto de los cuales se solicita elfinanciamiento.

9) Información referida a la entidad financiera en la que se depositaráel financiamiento, en caso de corresponder, identificación de su-cursal y domicilio, Tipo y Nº de cuenta, C.B.U. de la misma y C.U.I.T.vinculado a la cuenta.

10) ANEXO C (Instructivo para presentación de información contable)debidamente suscripto e integrado en los formularios insertos enel mismo. Cuando corresponda deberá adjuntarse la documenta-ción en él solicitada.

La documentación requerida en el punto 10) no deberá ser pre-sentada por el postulante, cuando el financiamiento solicitado sea

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619401

destinado a gastos de cosecha y acarreo de uva o cuando elfinanciamiento solicitado sea destinado a gastos de elaboración deproductos vitivinícolas por un importe de hasta pesos trescientos mil($ 300.000.), o cuando la garantía ofrecida sea la Fianza emitida poruna S.G.R. Tampoco se exigirá su presentación al postulante que asu-ma tal carácter (codeudor) por ser el titular del bien ofrecido en garan-tía.

En el caso de viñedos integrantes de un acervo hereditario, losherederos sólo podrán acceder al financiamiento cuando tengan sen-tencia declaratoria de herederos, debiendo acreditar tal circunstanciacon copia certificada o compulsada de dicha sentencia, adjuntandoasimismo la documentación citada en los puntos 1), 2), 3), 4) , 5), 6) y10) anteriores respecto de cada uno de los herederos.b- Personas jurídicas

Además de la documentación indicada en el apartado a) anterior,en cuanto sea pertinente, cuando el postulante revista el carácter depersona jurídica deberá adjuntar:1) Copia certificada por Notario Público del contrato social, estatutos y

demás documentos relativos a la capacidad jurídica de la empresapostulante para acceder al financiamiento solicitado conforme a suobjeto, debidamente actualizados e inscriptos en la Dirección dePersonas Jurídicas, Registro Público de Comercio u organismo equi-valente en otras provincias o a nivel nacional. De corresponder, de-berá acreditarse apertura de sucursal en la Provincia de Mendoza einscripciones pertinentes en el Registro Público de Comercio dedicha jurisdicción.

2) Copia certificada por Notario Público de las actas de asamblea uórgano similar o de reunión de socios, donde surja la designaciónde los actuales directores, gerentes o representantes legales; y delacta de directorio u órgano similar de distribución de cargos, decorresponder.

3) Copia certificada en contenido por Notario Público del acta de re-unión de directorio u órgano de administración que corresponda altipo social de que se trate del cual surja la voluntad de solicitar elfinanciamiento, la determinación del monto, el ofrecimiento de latransferencia de la propiedad del vino y/o mosto al Fideicomiso deGarantía, y la individualización de la persona designada a los efec-tos de la firma del contrato. Se adjunta ANEXO I como modelo.

4) Nómina de los miembros del Directorio, socios Gerentes y Síndicoso miembros del Consejo de Vigilancia o cargos equivalentes segúnel tipo social de que se trate, indicando el número del documento deidentidad, -D.N.I., L.C., L.E. o C.E. - y CUIT, de cada uno de dichosmiembros.

5) Constancia registral de no inhibición de bienes, emitida por autori-dad competente de la persona jurídica y de los miembros de suórgano de administración, cuando el domicilio social /real declara-do sea establecido fuera de la Provincia de Mendoza o en los Depar-tamentos de San Rafael, General Alvear y Malargüe.

6) Postulante Cooperativa integrada a Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda. y Coo-perativa Agraria de Productores del Este Ltda., deberán presentarnota suscripta por el presidente de dicha Cooperativa, en la que sedeclare la vigencia de la condición de asociados de cada uno de losindividualizados como tal, en el "Padrón de Asociados al ……/……./……", Anexo al último Estado Contable presentado ante esta Admi-nistradora. Asimismo deberá contemplarse que, en el citado Padróno en información complementaria, se indiquen debidamente losD.N.I., L.C., L.E. o C.E. y CUIT de cada uno de dichos asociados.

7) ANEXO C (Instructivo para presentación de información contable)debidamente suscripto e integrado en los formularios insertos en elmismo. Cuando corresponda deberá adjuntarse la documentaciónen él solicitada.

La documentación requerida en el punto 7) no deberá ser pre-sentada por el postulante, cuando el financiamiento solicitado seadestinado a gastos de cosecha y acarreo de uva o cuando elfinanciamiento solicitado destinado a gastos de elaboración de pro-ductos vitivinícolas sea por un importe hasta pesos trescientos mil ($300.000.)-, o cuando la garantía ofrecida sea la Fianza emitida por unaS.G.R. Tampoco se exigirá su presentación al Solicitante que asumirátal carácter (codeudor) por ser el titular del bien ofrecido en garantía.

A excepción del punto I).b) 3), cuando la documentación requeri-da no esté certificada, los Agentes de la Administradora compulsaránla copia con el original.

En los casos en que el postulante se presente solicitando

financiamiento tanto para cosecha y acarreo como para elaboraciónde productos vitivinícolas, deberá presentar la totalidad de la docu-mentación requerida para ambos casos, siempre que la misma no serepita.II- Documentación a presentar por el postulante-Trámite Pre-abrobaciona- Personas humanas1) Solicitud de Crédito, conforme al modelo que forma parte del pre-

sente Reglamento. El postulante deberá indicar nombre completo ynúmero de documento de identidad y acompañar fotocopias de lasdos primeras hojas del documento mencionado (en caso de nofigurar en las dos primeras hojas el último domicilio declarado, acom-pañar fotocopia de la hoja respectiva).

2) Constancia de inscripción como contribuyente de impuestos corres-pondientes a los terceros hipotecantes o dadores en prenda queasuman la condición de postulantes, admitiéndose la presentaciónde CUIT o CUIL.

3) Constancia registral de no inhibición de bienes, emitida por autori-dad competente, cuando el domicilio real declarado sea estableci-do fuera de la Provincia de Mendoza o en los Departamentos de SanRafael, General Alvear y Malargüe.

4) Copia del Poder que confiera representación a la persona que de-signe el postulante para la presentación de la propuesta, con facul-tades expresas para asumir las obligaciones emergentes de la lí-nea de financiamiento - incluso la firma del contrato de mutuo yconstitución de garantías - y constancia de su inscripción en el Re-gistro Público respectivo, en caso que corresponda.

5) Constancia de Cumplimento Fiscal (F-CCF) o Constancia de Cum-plimento Fiscal con Deuda Regularizada (F-CCFDR) vigente emiti-da por Administración Tributaria Mendoza (A.T.M.), según correspon-da, o aquellas constancias con igual funcionalidad que en el futurolas reemplacen.

6) Información referida a la entidad financiera en la que se depositaráel financiamiento, en caso de corresponder, identificación de sucur-sal y domicilio, Tipo y Nº de cuenta, C.B.U. de la misma y CUITvinculado a la cuenta, En caso que se haya modificada a la ya regis-trada en la Administradora.

En el caso de viñedos integrantes de un acervo hereditario, losherederos sólo podrán acceder al financiamiento cuando tengan sen-tencia declaratoria de herederos, debiendo acreditar tal circunstanciacon copia certificada o compulsada de dicha sentencia, adjuntandoasimismo la documentación citada en los puntos 1), 2), 3) y 4) anterio-res respecto de cada uno de los herederos.b- Personas jurídicas

Además de la documentación indicada en el apartado a) anterior,en cuanto sea pertinente, cuando el postulante revista el carácter depersona jurídica deberá adjuntar:1) Copia certificada por Notario Público del contrato social, estatutos y

demás documentos relativos a la capacidad jurídica de la empresapostulante para acceder al financiamiento solicitado conforme a suobjeto, debidamente actualizados e inscriptos en la Dirección dePersonas Jurídicas, Registro Público de Comercio u organismo equi-valente en otras provincias o a nivel nacional. De corresponder, de-berá acreditarse apertura de sucursal en la Provincia de Mendoza einscripciones pertinentes en el Registro Público de Comercio dedicha jurisdicción. Esta documentación podrá ser acreditada hastala etapa de la firma del Contrato de Mutuo que instrumente elfinanciamiento correspondiente, cuando la garantía a constituir seala reglamentada en Capítulo 5- Cláusula 13-A (Fideicomiso de Ga-rantía) del Reglamento.

2) Copia certificada por Notario Público de las actas de asamblea uórgano similar o de reunión de socios, donde surja la designaciónde los actuales directores, gerentes o representantes legales; y delacta de directorio u órgano similar de distribución de cargos, decorresponder.

3) Copia certificada en contenido por Notario Público del acta de re-unión de directorio u órgano de administración que corresponda altipo social de que se trate del cual surja la voluntad de solicitar elfinanciamiento, la determinación del monto, el ofrecimiento de latransferencia de la propiedad del vino y/o mosto al Fideicomiso deGarantía, y la individualización de la persona designada a los efec-tos de la firma del contrato. Se adjunta ANEXO I como modelo.

4) Nómina de los miembros del Directorio, Socios Gerentes y Síndicos

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19411

o miembros del Consejo de Vigilancia o cargos equivalentes segúnel tipo social de que se trate, indicando el número del documento deidentidad, -D.N.I., L.C., L.E. o C.E. - y CUIT, de cada uno de dichosmiembros, en caso de corresponder.

5) Constancia registral de no inhibición de bienes, emitida por autori-dad competente de la persona jurídica y de los miembros de suórgano de administración, cuando el domicilio social /real declara-do sean establecidos fuera de la Provincia de Mendoza o en losDepartamentos de San Rafael, General Alvear y Malargüe.

A excepción del punto II).b) 3), cuando la documentación requeri-da no esté certificada, los Agentes de la Administradora compulsaránla copia con el original.

En los casos en que el postulante se presente solicitandofinanciamiento tanto para cosecha y acarreo como para elaboraciónde productos vitivinícolas, deberá presentar la totalidad de la docu-mentación requerida para ambos casos, siempre que la misma no serepita.II- Documentación Particular de la GarantíaA) Fideicomiso de Garantía:

Presentación de la solicitud de ofrecimiento de constitución deFideicomiso de garantía, conforme al ANEXO D.B) Garantía hipotecaria:

Declaración de los Bienes ofrecidos en garantía, conforme alANEXO E, debiendo acompañar las siguientes constancias:1. Informe sobre la titularidad dominial del inmueble y de inexistencia

de gravámenes, emitido por el Registro de la Propiedad adjuntandocopia del Tomo o Folio Real respectivo, en original.

2. Copia del título de propiedad. Los Agentes de la Administradora,compulsarán la copia con el original.

3. Copia de los planos citados en el título de propiedad, debidamentevisados por la autoridad competente, la que será compulsada consu original por los Agentes de la Administradora. En caso que noexista plano del inmueble o que por su antigüedad no pueda serhallado, deberá adjuntarse copia de plano actualizado que se con-feccione al efecto de la presentación de la propuesta, debidamentevisado por la autoridad competente, la que será compulsada con suoriginal por los agentes del fondo.

4. Al momento de la suscripción del Contrato de Mutuo, deberá pre-sentar las correspondientes constancias de libre deuda por impues-tos, servicios y contribuciones por mejoras, emitidos por los orga-nismos pertinentes.

C) Fianza/Aval de Sociedad de Garantía Recíproca:Carta compromiso de la Sociedad de Garantía Recíproca (Art. 80

Ley Nacional Nº 24.467 y sus modificaciones) manifestando su volun-tad de garantizar el financiamiento en caso de resultar aprobado, conel cumplimiento de los requisitos exigidos en la Cláusula Nº 13, con-forme a los Modelos del ANEXO F-1 y F-2, debiendo acompañar lasociedad garante, cuando corresponda y a requerimiento expreso dela Administradora, la siguiente documentación:a) Copia certificada por Escribano Público del Estatuto Constitutivo y

sus modificaciones (si las hubiere), con la correspondiente cons-tancia de inscripción en el Registro Público correspondiente. Encaso que la S.G.R. no esté constituida en la Provincia de Mendoza sedeberá requerir asimismo copia certificada de: 1. Acta del órganosocial pertinente por medio del cual se resuelve establecer una su-cursal o cualquier otro tipo de representación en la Provincia deMendoza; 2. Constancia de Inscripción en el Registro Público deComercio de Mendoza de dicha representación.

b) Copia certificada por Escribano Público del Acta de Asamblea por lacual se designan las autoridades del Consejo y Acta de Consejo deAdministración por la cual se distribuyen los cargos, juntamente conla constancia de inscripción en el Registro Público respectivo.

c) Copia certificada del Acta de Consejo de Administración por mediode la cual se resuelve otorgar el Aval correspondiente para la opera-ción particular.

D) Garantía Prendaria:Declaración de los Bienes ofrecidos en garantía, conforme al

ANEXO G, debiendo acompañar las siguientes constancias:1. Documentación que acredite la propiedad de los bienes ofrecidos

en garantía (títulos).2. Libre deuda en el Impuesto del Automotor e Informe de dominio

emitido por el Registro de la Propiedad del Automotor que certifiqueque el/los bien/bienes ofrecido/s en garantía no registra/an deudas

fiscales, gravámenes, medidas precautorias o restricciones al do-minio. Asimismo se deberá indicar nombre completo y número dedocumento nacional de identidad del cónyuge del titular registral delbien, en caso de corresponder, acompañando fotocopias de las dos(2) primeras hojas del documento mencionado (en caso de no figu-rar en las dos primeras hojas el último domicilio declarado, acom-pañar fotocopia de la hoja respectiva).

3. Detalle de seguros constituidos y copia de las pólizas pertinentes obien adjuntar informe de una compañía de seguros que declare queel bien ofrecido en garantía es susceptible de ser asegurado en lascondiciones exigidas en cada caso toda la vigencia delfinanciamiento.

E) Fianza extendida por Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda. (Federaciónde Cooperativas Vitivinícolas Argentinas Cooperativa Limitada):

Carta compromiso emitida por Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda., manifes-tando su voluntad de garantizar el financiamiento en caso de resultaraprobado, con el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Cláu-sula 13, conforme al modelo del ANEXO H, debiendo acompañar laentidad garante, a requerimiento expreso de la Administradora, la si-guiente documentación:a) Copia certificada por Escribano Público del Estatuto Constitutivo y

sus modificaciones (si las hubiere), con la correspondiente cons-tancia de inscripción en el Registro Público correspondiente.

b) Copia certificada por Escribano Público del Acta de Asamblea por lacual se designan las autoridades del Consejo y Acta de Consejo deAdministración por la cual se distribuyen los cargos, juntamente conla constancia de inscripción en el Registro Público respectivo.

c) Copia certificada del Acta de Consejo de Administración por mediode la cual se resuelve otorgar el Aval correspondiente para la opera-ción particular (cooperativas integradas y productores individualesno asociados a cooperativas integradas).

d) Información contable y societaria necesaria para proceder a su cali-ficación.

CAPÍTULO 9 - GASTOS PARTICULARES DE LA LÍNEA16 - Gastos

Serán a exclusivo cargo del postulante, o en su caso, del toma-dor:1. La preparación de la propuesta y, en general, todos los gastos pro-

venientes del cumplimiento de los demás recaudos exigidos por lareglamentación.

2. Los gastos de administración en que incurra la Administradora conrelación al financiamiento en cuestión, incluidos los gastos deriva-dos de los controles notariales que deban efectuarse para la sus-cripción del contrato respectivo, serán solventados con una deduc-ción al Tomador en un porcentaje del uno por ciento (1%) del montoaprobado, con un mínimo de pesos mil quinientos ($ 1.500.-), el queserá descontado del primer desembolso previsto en el Contrato deMutuo.

3. Los honorarios y gastos de tasación de los bienes y/o derechosofrecidos en garantía.

4. El costo de la fianza y/o todos los gastos que se ocasionen conmotivo de la constitución, mantenimiento, modificación y cancela-ción de las garantías del financiamiento y de la instrumentación delcontrato de mutuo y sus modificaciones.

5. Los gastos que genere la constitución y mantenimiento de los segu-ros que requiera la Administradora, tales como: incendio y riesgo dedestrucción total o parcial por cualquier causa, sobre el bien ofreci-do en garantía, cuando sea aplicable y cualquier otra cobertura deseguro que no se halle contemplado en este Reglamento, pero queel Director Ejecutivo de la Administradora estime conveniente.

6. Todos los gastos que se originen en la eventual cobranza judicial oextrajudicial del financiamiento.

CAPÍTULO 10 - PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LASPROPUESTAS Y SEGUIMIENTOS DE LOS FINANCIAMIENTOS

17- Proceso de Evaluación, Aprobación, Instrumentacióny Seguimiento de los Financiamientos

Las solicitudes serán recepcionadas y controladas, en primertérmino, por personal de la Administradora quienes darán ingreso for-mal solo a aquellas presentaciones que cumplan con los requisitos yacompañen la documentación exigida en el presente Reglamento.

La Administradora, en los casos de propuestas con tramitaciónnormal, obtendrá para cada uno de los productores vitícolas postulantesy por Cédula de Identificación del Viñedo (C.I.V.), la cantidad de hectá-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619421

DATOS DE CONTACTO

Teléfonos (2)

Principal (correspondiente

al postulante) (3) Fijo

Nombre

Móvil

Nombre

Vinculación Vinculación

Número Número

Alternativos (4) Fijo

Nombre

Móvil

Nombre

Vinculación Vinculación

Número Número

DOMICILIO REAL

País

Provincia

Departamento

Localidad Código

Postal

Calle Número

Barrio

Manzana Casa/Lote

Piso Departam

ento

DATOS DEL POSTULANTE PERSONA JURÍDICA U OTROS

Razón Social Nº Inscripción

C.U.I.T.

Condición frente al I.V.A. (1)

Responsable Inscripto

Monotributista

Nº Inscripción

Ingresos Brutos

Exento

No inscripto

DATOS DEL POSTULANTE PERSONA HUMANA

Apellido y Nombre Tipo y Nº de

Documento

Fecha de Nacimiento Nacionalidad

Estado Civil (1) Soltero/a Casado/a Viudo/a Divorciado/a

C.U.I.T. (1) Condición

frente al I.V.A.

(1)

Responsable Inscripto

C.U.I.L. (1) Monotributista

Nº Inscripción

Ingresos Brutos

Exento

No inscripto

reas afectadas a la producción (uvas varietales y no varietales) y losrelacionará con los quintales que el productor estima cosechar en lavendimia 2017 para las cuales solicita financiamiento para cosecha yacarreo, y en su caso, con los porcentajes de daño por siniestrosagropecuarios sufridos en los últimos tres (3) años, todo ello confor-me a la información obrante en la Solicitud de Crédito. Tal proceso sepracticará a fin de establecer la razonabilidad de los quintales a finan-ciar solicitados.

Esta información también será provista para el caso de los esta-blecimientos vitivinícolas que solicitan financiar sus gastos de elabo-ración, en relación a los datos de los productores proveedores de losmismos.

Cuando las solicitudes de financiamiento sean gestionadas porlas Cooperativas asociadas a Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda. y por Cooperati-va Agraria de Productores del Este Ltda., se cumplirá con el procedi-miento citado precedentemente, procesando la cantidad de quintalesdeclarados cosechar en la vendimia 2017, todo ello conforme a lainformación obrante en la Solicitud de Crédito.

En los casos que las solicitudes de financiamiento para gastosde elaboración sean superior a pesos trescientos mil ($ 300.000.-), elárea de Análisis de Crédito deberá analizar el respaldo patrimonial delos postulantes respecto a la totalidad de su endeudamiento frente a laAdministradora, adicionando al ya contraído, en caso de existir, el nue-vo financiamiento solicitado. Igual tratamiento se otorgará a las solici-tudes que sean presentadas por cooperativas asociadas a Fe.Co.Vit.A.Coop. Ltda., independientemente del monto de cada propuesta.

La Administradora, independientemente del tipo de tramitaciónadoptado para el tratamiento de la solicitud de crédito, verificará elcumplimiento de las condiciones de admisibilidad y el no encuadra-miento en condiciones de exclusión, en base a la información y docu-mentación contenida en la solicitud, y en especial lo manifestado encarácter de declaración jurada por el postulante. Podrá requerirse in-formación adicional a otros organismos públicos o privados, entre otrosa la Suprema Corte de Justicia y a la Dirección de Registros Públicosy Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza.

El Director Ejecutivo de la Administradora efectuará la valoraciónde las garantías, las cuales deberán ser satisfactorias conforme a lostipos admitidos y la suficiencia de las mismas, en relación al montodel financiamiento solicitado.

Los financiamientos se aprobarán, tanto en cantidad de quinta-les como en importes, cuando a sólo juicio del Director Ejecutivo de laAdministradora, los postulantes hayan cumplimentado satisfactoria-mente los recaudos y condiciones dispuestos en el presente Regla-mento.

El I.N.V. verificará la existencia, la titularidad y volumen de los vinosy/o mostos sulfitados transferidos en propiedad fiduciaria, durante todala vigencia del financiamiento, controlando que los mismos correspon-dan a la calidad y características enunciadas en el presente Reglamen-to e informará inmediatamente a la Administradora sobre cualquier ob-servación o incumplimiento en tal sentido. El producto vínico a transferirpor los postulantes productores que cosechen uvas varietales serán lossiguientes: vinos Malbec, Cabernet Sauvignon, Bonarda, Syrah, Merlot,Tempranillo o Chardonnay cosecha 2017 y deberán responder a lascaracterísticas organolépticas y analíticas de la materia prima ingresa-da, debiendo cumplir con los límites y tolerancias para un vino varietalgenuino apto para el consumo como lo dicta el I.N.V.

A medida que se cancele el financiamiento, la Administradoranotificará a la Fiduciaria los pagos parciales o totales para que proce-da a permitir la restitución de la propiedad del vino y/o mosto sulfitadoa los tomadores de financiamiento/Fiduciantes/ o a la bodega deposi-taria, en la proporción que corresponda.18 - Pagaré

Cuando corresponda, el tomador del financiamiento suscribiráun pagaré a la vista sin protesto por el importe total del financiamiento,con cláusula de intereses compensatorios, moratorios y punitorios.

CAPÍTULO 11 - AUDITORIA EN APLICACIÓN DE FONDOS19- Auditorías

Teniendo en cuenta las condiciones propias de la Operatoria deFinanciamiento que se regulan en el presente Reglamento, en losfinanciamientos que se tramiten a través de la misma, se considera-rán auditorías de aplicación de fondo los controles y/o condiciones quese estipulan en el Capítulo 5. Cláusula 12- Condiciones de los Des-embolsos.

ANEXO AOPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Solicitud de crédito para gastos de cosecha y acarreo

El/Los que suscribe/n …………………………………, en nombre yrepresentación de …………………………. (en adelante "el postulan-te"), solicita/n acceder a la asistencia financiera de la Operatoriafinanciamiento gastos de cosecha y acarreo de uva y elaboración deproductos vitivinícolas - Vendimia 2017 y garantiza/n, en carácter dedeclaración jurada:–La veracidad y exactitud de toda la información incluida en la solicitud,

autorizando a los organismos oficiales intervinientes, o a quienesellos designen, a verificar la referida información;

–No encontrarse comprendido en las prohibiciones del Capítulo 2 -Cláusula 3 Postulantes Excluidos;

–Satisfacer en su totalidad los requisitos de admisibilidad previstosen el "Reglamento de la Operatoria financiamiento gastos de cose-cha y acarreo de uva y elaboración de productos vitivinícolas - Vendi-mia 2017";

–Conocer y aceptar, en todos sus términos el "Reglamento de laOperatoria financiamiento gastos de cosecha y acarreo de uva y ela-boración de productos vitivinícolas - Vendimia 2017", el que se consi-dera integrante de la solicitud.

El postulante libera expresamente al I.N.V. de reservar el secretode información establecido conforme al Decreto Nº 24910/45.Asimismo, el postulante se somete a la jurisdicción de los TribunalesOrdinarios de la Provincia, Primera Circunscripción Judicial, haciendorenuncia expresa a todo otro fuero, incluso el Federal.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19431

El que suscribe ……………………………………………, en nom-bre y representación de …………………………………, en adelante labodega / fábrica de mosto, suficientemente facultado a tenor de ladocumentación oportunamente presentada ante la Administradora Pro-vincial del Fondo, manifiesta en carácter de declaración jurada:• Conocer y aceptar, en todos sus términos el Reglamento de la

Operatoria Financiamiento Gastos de Cosecha y Acarreo de uva yElaboración de Productos Vitivinícolas - Vendimia 2017.

• Que, en caso de aprobarse el financiamiento solicitado por el postu-lante, en su calidad depositaria, se compromete a asumir las obliga-ciones y funciones previstas en el mencionado Reglamento para labodega/ fábrica de mosto, suscribiendo en tal carácter el contrato demutuo y/o el contrato de fideicomiso de garantía, según corresponda.

• Que en caso de ser Cooperativa integrada a Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda.está en conocimiento que el postulante es un productor no asociado.

…......................................................Firma y aclaración Representante de la bodega o fábrica de mosto

ATENCION: Este formulario deberá ser integrado si a la fecha depresentación de la solicitud el postulante ya estuviera en conocimientodel establecimiento donde elaborará. Igual aplicación tendrá para lospostulantes que sean cooperativas integradas a Fe.Co.Vit.A. Coop. Ltda.

ATENCIÓN: Se deberán suscribir por el/los postulante/s o su/s repre-sentante/s todas las hojas del formulario con las respectivas aclaraciones.GUÍA PARA EL LLENADO DEL FORMULARIO(1) Seleccionar según corresponda.

________

ANEXO BOPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Solicitud de crédito para gastos de elaboración

El/Los que suscribe/n …………………………………………………,en nombre y representación de ………………………………… (en ade-lante "el postulante"), solicita/n acceder a la asistencia financiera de laOPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHA Y ACARREODE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA2017 y garantiza/n, en carácter de declaración jurada:–La veracidad y exactitud de toda la información incluida en la solicitud,

autorizando a los organismos oficiales intervinientes, o a quienesellos designen, a verificar la referida información;

–No encontrarse comprendido en las prohibiciones del Capítulo 2-C.POSTULANTES EXCLUIDOS;

–Satisfacer en su totalidad los requisitos de admisibilidad previstosen el Reglamento de la Operatoria para cosecha y acarreo de uva ygastos de elaboración de productos vitivinícolas-Vendimia 2017;

–Conocer y aceptar, en todos sus términos el "Reglamento de Condi-ciones de la Operatoria para cosecha y acarreo de uva y gastos deelaboración de productos vitivinícolas- Vendimia 2017", el que se con-sidera integrante de la solicitud.

El postulante libera expresamente al I.N.V. de reservar el secretode información establecido conforme al Decreto Nº 24910/45.

Asimismo, el postulante se somete a la jurisdicción de los Tribu-nales Ordinarios de la Provincia, Primera Circunscripción Judicial, ha-ciendo renuncia expresa a todo otro fuero, incluso el Federal.

Apellido y nombre del postulante

Lugar de Deposito del Vino o Mosto:

(nombre y Nº de Establecimiento)

Bga. de Terceros(1) Bga. Propia(1)

CUIT

Representante/s Cargo/s

Domicilio real Bodega:

Domicilio especial Bodega: Teléfono:

Producto a Depositar:

Vino común(1) Mosto(1)

Vino varietal(1)

CONTINUACIÓN ANEXO AOPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Deposito de vino o mosto sulfitado -

Crédito para gastos de cosecha y acarreo

ATENCIÓN: Las personas humanas o jurídicas individualizadoscomo PRODUCTORES no podrán intervenir como postulante en elfinanciamiento de los gastos de cosecha y acarreo de uva 2017.

ATENCIÓN: Se deberán suscribir por el/los postulante/s o su/s re-presentante/s todas las hojas del formulario con las respectivas acla-raciones.GUÍA PARA EL LLENADO DEL FORMULARIO(1) Seleccionar según corresponda.(2) Los números de teléfonos deberán integrarse respetando los si-

guientes formatos: fijo 0261-4…… y móvil 0261-15…….(3) Consignar datos de: Titular, Representante Legal y/o Persona/s de

cargo similar.(4) Consignar datos de: Contador, Gestor, Consultor, etc.

………………………………………….Firma/s y aclaraciones postulante/s o su/s Representante/s

Quintales por los que se

solicita el crédito

Financiamiento máximo

solicitado $

ATENCIÓN: Si el postulante posee mayor cantidad de viñedos,anexar planilla adicional con el detalle requerido.

A INTEGRAR POR COOPERATIVAS ASOCIADAS A FECOVITA COOP.LTDA. y POR COOPERATIVA AGRARIA DE PRODUCTORES DEL ESTELTDA.

La Cooperativa garantiza, en carácter de declaración jurada, quelos PRODUCTORES detallados en el "Padrón de Asociados al ……/……./……", integrante como Anexo al último Estado Contable presen-tado ante esta Administradora, mantienen vigente su condición de aso-ciados. Asimismo garantiza la veracidad de los datos declarados paracada uno de ellos referidos a D.N.I., L.C., L.E. o C.E. y CUIT/CUIL.

Nº viñedo

C.I.V.

Hectáreas

en

producción

Producción

estimada cosecha

2017 (qq)

Localización de

viñedos

Porcentaje de daños por

Siniestros agropecuarios

Departamento 2014 2015 2016

1

2

3

4

5

TOTAL

Quintales por los que se

solicita el crédito

Financiamiento

máximo solicitado $

ATENCIÓN: Se deberá declarar un único domicilio especial a losefectos de la tramitación del crédito y el que tendrá plena validez legal,hasta que sea actualizado e informado por escrito a la Administradoracualquier cambio del mismo.

DOMICILIO ESPECIAL

País

Provincia

Departamento

Localidad Código Postal

Calle Número

Barrio

Manzana Casa/Lote

Piso Departamento

ATENCIÓN: Por cada uno de los postulantes se deberá declararlos datos solicitados en los cuadros precedentes.

El/Los abajo firmante/s se compromete/n a recibir en la direcciónde correo electrónico arriba indicada como "PRINCIPAL" las comuni-caciones oficiales que al respecto me/nos haga la Administradora laque tendrá plena validez legal, comprometiéndome/nos a mantenerlaactualizada e informarles por escrito cualquier cambio de la misma.

Correos electrónicos

Principal(correspondiente

al postulante) (3)

Nombre

Vinculación

Dirección

Alternativos (4)

Nombre

Vinculación

Dirección

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619441

ATENCIÓN: Se deberán suscribir por el/los postulante/s o su/srepresentante/s todas las hojas del formulario con las respectivas acla-raciones.GUÍA PARA EL LLENADO DEL FORMULARIO(1) Seleccionar según corresponda.

El que suscribe ………………., en nombre y representación de…………………., en adelante la Tomadora, suficientemente facultadoa tenor de la documentación oportunamente presentada ante la Admi-nistradora Provincial del Fondo, manifiesta en carácter de declaraciónjurada:• Conocer y aceptar, en todos sus términos el Reglamento de la

Operatoria Financiamiento Gastos de Cosecha y Acarreo de uva yElaboración de Productos Vitivinícolas - Vendimia 2.017.

• Que, en caso de aprobarse el financiamiento solicitado, se compro-mete a asumir las obligaciones y funciones previstas en el mencio-nado Reglamento, suscribiendo en tal carácter el contrato de mutuoy/o o el contrato de fideicomiso de garantía, según corresponda.

.......................................................Firma y aclaración Representante de la bodega o fábrica de mosto

Localización de

Viñedos Hectáreas en

producción

Producción

estimada cosecha

2.017 (en quintales)

Porcentaje de daños por

Siniestros agropecuarios C.I.V.

Departamento 2014 2015 2016

1

2

3

4

5

ATENCIÓN: Completar el siguiente cuadro con todos los datos de losviñedos cuya producción se va a elaborar y por los cuales se solicita-ron financiamiento para cosecha:

Lugar de Deposito del Vino o Mosto:

(nombre y Nº de Establecimiento)

Producto a Depositar

Vino común(1) Mosto(1)

Vino Varietal(1)

CONTINUACIÓN ANEXO BOPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Deposito de vino o mosto sulfitado -Crédito para gastos de elaboración

Si el postulante posee mayor cantidad de viñedos, anexar planillaadicional con el detalle requerido.ATENCIÓN: Se deberán suscribir por el/los postulante/s o su/s repre-sentante/s todas las hojas del formulario con las respectivas aclara-ciones.GUÍA PARA EL LLENADO DEL FORMULARIO(1) Seleccionar según corresponda.(2) Los números de teléfonos deberán integrarse respetando los si-

guientes formatos: fijo 0261-4…… y móvil 0261-15…….(3) Consignar datos de: Titular, Representante Legal y/o Persona/s de

cargo similar.(4) Consignar datos de: Contador, Gestor, Consultor, etc.

…………………………………………………….Firma/s y aclaración/es postulante/s o su Representante/s

Nº viñedo

C.I.V.

Hectáreas en

producción

Producción estimada

cosecha 2017 (en quintales)

Localización

viñedos

Porcentaje de daños por

Siniestros agropecuarios

Departamento 2014 2015 2016

1

2

3

4

5

TOTAL

Quintales por los que se solicita el crédito Financiamiento máximo solicitado $

ATENCIÓN: Se deberá declarar un único domicilio especial a los efec-tos de la tramitación del crédito y el que tendrá plena validez legal,hasta que sea actualizado e informado por escrito a la Administradoracualquier cambio del mismo.

DOMICILIO ESPECIAL

País

Provincia

Departamento

Localidad Código Postal

Calle Número

Barrio

Manzana Casa/Lote

Piso Departamento

El/Los abajo firmante/s se compromete/n a recibir en la direcciónde correo electrónico arriba indicada como "PRINCIPAL" las comuni-caciones oficiales que al respecto me/nos haga la Administradora, laque tendrá plena validez legal, comprometiéndome/nos a mantenerlaactualizada e informarles por escrito cualquier cambio de la misma.

ATENCIÓN: Por cada uno de los postulantes se deberá declararlos datos solicitados en los cuadros precedentes.

DATOS DEL POSTULANTE PERSONA JURÍDICA U OTROS

Razón Social Nº Inscripción

C.U.I.T. Condición frente

al I.V.A. (1)

Responsable Inscripto

Monotributista

Nº Inscripción

Ingresos Brutos

Exento

No inscripto

DOMICILIO REAL

País

Provincia

Departamento

Localidad Código Postal

Calle Número

Barrio

Manzana Casa/Lote

Piso Departamento

DATOS DE CONTACTO

Teléfonos (2)

PRINCIPAL

(correspondiente

al postulante) (3)

Fijo

Nombre

Móvil

Nombre

Vinculación Vinculación

Número Número

Alternativos (4) Fijo

Nombre

Móvil

Nombre

Vinculación Vinculación

Número Número

Correos electrónicos

PRINCIPAL

(correspondiente

al postulante) (3)

Nombre

Vinculación

Dirección

Alternativos (4)

Nombre

Vinculación

Dirección

DATOS DEL POSTULANTE PERSONA HUMANA

Apellido y Nombre Tipo y Nº de

Documento

Fecha de Nacimiento Nacionalidad

Estado Civil (1) Soltero/a Casado/a Viudo/a Divorciado/a

C.U.I.T. (1)

Condición frente

al I.V.A. (1)

Responsable Inscripto

C.U.I.L. (1) Monotributista

Nº Inscripción

Ingresos Brutos

Exento

No inscripto

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 2016 19451

PASIVO NO CORRIENTENota xxPATRIMONIO NETOEl importe corresponde al capital.Firma CPN - Firmado para identificación con mi certificación de fecha…………………...

CAPÍTULO II- PERSONAS JURÍDICAS1) Estados Contables que incluyan Memoria (LGS), auditados

por Contador Público, suscritos en todas las hojas por el representan-te de la firma solicitante, correspondientes a los dos (2) últimos ejerci-cios económicos cerrados con anterioridad a la fecha de presentaciónde la propuesta. Las firmas deben ser originales y la suscripción delprofesional dictaminante deberá estar legalizada por el Consejo Pro-fesional respectivo, en original. Cuando entre la fecha de cierre delúltimo ejercicio y la de presentación de la propuesta hubiesen transcu-rrido más de tres (3) meses podrán solicitarse Estados Contablesintermedios a una fecha actualizada. Dichos Estados Contables, de-berán ser confeccionados con similares características a los anuales(notas-anexos), firmados en original por el representante de la empre-sa, estar aprobados por Asamblea u órgano similar y auditados porContador Público, cuya firma debe estar legalizada por el ConsejoProfesional de Ciencias Económicas en original.

Los Estados Contables anuales no deberán presentar dictáme-nes adversos o con abstención de opinión. Si existen salvedades,deben estar perfectamente identificadas y aclaradas.

Cuando el solicitante esté sujeto al régimen de fiscalización de laComisión Nacional de Valores, deberá acompañar los Estados Conta-bles correspondientes a períodos intermedios posteriores al últimoejercicio económico cerrado, presentados ante dicho Organismo, coniguales recaudos a los consignados en los párrafos anteriores.

En todos los casos mencionados precedentemente las firmas ylegalizaciones deben ser originales.

2) Actas de asamblea de aprobación o instrumentos equivalen-tes, de todos los Estados Contables presentados. En las menciona-

Nota 10:……………………………..Nota xx: El titular es GARANTE de un financiamiento asumido por elSeñor ……. por ………pesos

Entidad Monto de origen Monto adeudado a la fecha Vencimiento Garantía Destino

a- Bienes propios del Postulante: considerar el 100% del valor de losmismos

b- Bienes propios del cónyuge: no se deben considerarc- Bienes registrables gananciales de titularidad del Postulante y no

del cónyuge: considerar el 50% del valor de los mismosd- Bienes registrables gananciales de titularidad del Postulante y del

cónyuge: considerar el 50% del valor de los mismos, excepto que elporcentaje de participación de dominio sea inferior, en cuyo casodeberá considerarse el menor

e- Bienes registrables gananciales de titularidad del cónyuge: no de-berán incluirse en la Manifestación de Bienes

3. OTROS BIENESNota……….: El Rubro …………………………..PASIVO (Deben contemplarse todas las deudas, incluso las origina-das en tarjetas de créditos)PASIVO CORRIENTENota 8: El rubro Deudas Comerciales se compone de ………..( Sedeberá indicar si existen bienes afectados)Nota 9: El rubro Deudas Bancarias y/o Financieras se compone de lasiguiente forma:

1. RODADOS (por cada uno de los vehículos y/o tractores declarados)

Identificación

(marca, modelo,

dominio, etc.)

Titularidad

(s/inscripción

registro)

Propio/Ganancial (indicar

antecedente: anticipo

herencia, etc.)

Gravámenes/Restricciones

(prendas, embargos, etc.)

Valuación

del

Porcentaje

a- Bienes propios del Postulante: considerar el 100% del valor de losmismos

b- Bienes propios del cónyuge: no se deben considerarc- Bienes registrables gananciales de titularidad del Postulante y no

del cónyuge: considerar el 50% del valor de los mismosd- Bienes registrables gananciales de titularidad del Postulante y del

cónyuge: considerar el 50% del valor de los mismos, excepto que elporcentaje de participación de dominio sea inferior, en cuyo casodeberá considerarse el menor

e- Bienes registrables gananciales de titularidad del cónyuge: no de-berán incluirse en la Manifestación de Bienes

1. INMUEBLES (por cada uno de los inmuebles declarados)

Ubicación Titularidad

(s/inscripción registro)

Propio/Ganancial (indicar

antecedente: anticipo de

herencia, etc)

Gravámenes/Restricciones

(embargos, usufructos, bien

flia., hipotecas, etc.)-

Nombre del Beneficiario.

Valuación

del

Porcentaje

NOTAS COMPLEMENTARIAS A LA MANIFESTACIÓN DE BIENESDE:……………

Se requiere seguir el formato que a continuación se expone ytener presente en la confección de la Manifestación y por ende en lasnotas, las pautas técnicas que aquí se detallan.

Sólo deben desarrollarse y exponerse aquellas notas corres-pondientes a los rubros que componen el Patrimonio del postulanteACTIVOACTIVO CORRIENTENota 1: El rubro Caja y Bancos se compone de la siguienteforma: $....• Efectivo y valores a depositar................................................. $ ……• .............Nota 2: …………ACTIVO NO CORRIENTENota ….: El rubro Bienes de Uso se componede la siguiente forma: $ ……

ANEXO CINSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN

CONTABLE. OPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017CAPÍTULO I- PERSONAS HUMANAS

Manifestación de Bienes, confeccionada a una fecha no anteriora dos meses de la de presentación de la solicitud de financiamiento yEstado de Resultados (por el período de un año, a la fecha de la Mani-festación de Bienes, que incluya los gastos personales).

Cuando el postulante sea una Sociedad de Hecho, deberá pre-sentar Manifestación de Bienes y Estado de Resultados (por el perío-do de un año, a la fecha de la Manifestación de Bienes) de la sociedady de cada uno de los integrantes. En estas últimas debe contemplarsela inversión que la persona tiene en la sociedad y todos los bienes queposee. Esta documentación deberá ser confeccionada a la mismafecha y no ser anterior a los dos meses de presentación de la solicitud.

Tanto la Manifestación como el Estado de Resultados deben estarsuscriptos, en todas sus fojas, en original por el postulante y certifica-dos por Contador Público, debiendo la firma de este último estar lega-lizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

En la confección de la Manifestación se solicita considerar lo ex-puesto en el formulario "NOTAS COMPLEMENTARIAS A LA MANIFESTA-CIÓN DE BIENES DE:.." y, acompañar las mismas en forma impresa.

Igualmente, se requiere tener presente y conciliar con lo indicadoen Informes de Riesgo Crediticio y base del B.C.R.A., de lo contrario seconsiderarán los importes mayores o no informados por el postulante.NOTA: Para editar el formulario "Notas Complementarias a la Manifes-tación de Bienes de..." que a continuación se presenta, clickee sobre elcuadro con el botón derecho del Mouse y elija: Objeto de trabajo / abrir.Al terminar de completar el cuadro, cierre la ventana del mismo, eldocumento se guardará automáticamente. Al finalizar de completartoda la información guarde como este documento ANEXO C en susdocumentos.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, jueves 29 de diciembre de 201619461

ANEXO DOPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Garantía fiduciaria

El que suscribe ………….., con poder que se anexa para esteacto en nombre y representación de …………….. (en adelante "el pos-tulante"), solicita acceder a la asistencia financiera de la OperatoriaFinanciamiento Gastos de Cosecha y Acarreo de Uva y Elaboración deProductos Vitivinícolas- Vendimia 2017 y garantiza, en carácter de de-claración jurada, conocer los siguientes términos / definiciones:1. Definiciones• Fiduciante: Revisten el carácter de Fiduciantes los tomadores de

créditos y/o la bodega depositaria, esta última cuando corresponda.• Fiduciario: Mendoza Fiduciaria S.A., con sede social en calle 25 de

Mayo 1078, Ciudad Capital de la Provincia de Mendoza, RepúblicaArgentina.

• Fideicomisario: Reviste y asume la calidad de Fideicomisarios losFiduciantes.-

• Bienes fideicomitidos: Son los productos vínicos que integren losFiduciantes al Fideicomiso.-

• Patrimonio fideicomitido: Es el patrimonio de afectación creado porel contrato de fideicomiso, el que estará integrado por los bienesfideicomitidos antes indicados, y, en virtud del principio de subroga-ción real, por los bienes o derechos que ingresaren por inversión,reinversión o adquisiciones realizadas con bienes fideicomitidos,como también por los frutos de los bienes componentes del Patri-monio Fideicomitido, aumentos y ganancias que se produzcan ogeneren como consecuencia de las operaciones y negocios que seencomiendan por dicho contrato al Fiduciario.

• Contrato de fideicomiso o el fideicomiso o el contrato: Es el contratode fideicomiso celebrado entre el Fiduciante y la Fiduciaria, que daorigen al "Fideicomiso de Cosecha y Acarreo y/o Elaboración de Pro-ductos Vitivinícolas Vendimia 2017".

• Reglamento: Es el conjunto de condiciones que se expresan en elpresente.

• Postulante: Es la persona humana o jurídica que solicitafinanciamiento a la Administradora Provincial del Fondo.

• Adjudicatario: Es el Postulante al que se le ha aprobado su solicitudde financiamiento por parte de la Administradora Provincial del Fon-do.

• Contrato de mutuo: Es el instrumento que suscribirá el Postulanteque resulte Adjudicatario, como Tomador del crédito, la Administra-dora Provincial del Fondo como dador del crédito y la Bodega/Fábricade mosto como depositaria del vino/mosto a transferir en propiedadfiduciaria.

• Tomador: es el adjudicatario que suscribe el contrato de mutuo.2. La sola suscripción de este Anexo, por parte del postulante

implica el pleno consentimiento y aceptación de la transferencia de

vino o mosto sulfitado en garantía fiduciaria y del contrato de "Fideico-miso de Garantía de Cosecha y Acarreo y/o Elaboración de ProductosVitivinícolas Vendimia 2017"

…………………………………………………….Firma y aclaración/es postulante/s o su/s Representante/s

_______

ANEXO EOPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Declaración de bienes ofrecidos en garantía hipotecaria

El que suscribe ……….., con poder que se anexa para este acto,en nombre y representación de (nombre del hipotecante) ……………….,ofrece en garantía el/los siguiente/s inmueble/s:1) Descripción del inmueble a hipotecar:–Ubicación: (Dirección, Localidad, Departamento, Provincia)–Medidas:–Inscripción Registral:–Número de padrón general y parcial del Dpto. General de Irrigación:–Número de padrón territorial:–Número de padrón municipal: (según corresponda)–Nomenclatura catastral:–Mejoras:2) Valor Neto de Realización asignado al bien: ……………………….-3) Consignar en la presente declaración la calidad de:

–POSTULANTE HIPOTECANTE–POSTULANTE TERCERO HIPOTECANTEAsimismo manifiesta que el inmueble detallado precedentemente

no registra deuda por impuestos, servicios y/o contribuciones por me-joras que lo gravan. Caso contrario manifiesta su voluntad de cancelarlas deudas que gravan al bien, previo a la suscripción del contrato demutuo, presentando las correspondientes constancias.

.....................................................................Firma y aclaración/es postulante/s y/o postulante/s terceros

hipotecante/s o su/s Representante/s______

ANEXO F-1OPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Modelo de carta compromiso de fianza de sociedad

de garantía recíprocaMendoza, …………de ………… de ……………SEÑORESADMINISTRADORA PROVINCIAL DEL FONDODe nuestra consideración:

Por la presente informamos a Uds. que el Consejo de Adminis-tración de ………………………………… S.G.R. ha aceptado la incorpo-ración de la firma ………………………………………, con C.U.I.T. Nº…………………… como Socio Partícipe, aprobándose asimismo elotorgamiento de la garantía en las condiciones que a continuación sedetallan para afianzar un crédito con vuestra Institución y que se encua-dran en las condiciones financieras estipuladas en el Reglamento deCondiciones de la Reglamento de Condiciones de la Operatoria definanciamiento gastos de cosecha y acarreo de uva y elaboración deproductos vitivinícolas- Vendimia 2017, las que declaramos conocer yaceptar en todos su términos:

CONDICIONES DEL CREDITO GARANTIZADODestino de los fondosMonto del financiamientoPlazo totalPlazo de graciaPrimer vencimiento amortización de capital.Periodicidad cuotas amortización de capitalPeriodicidad servicio de interesesTasa de interés

Sin perjuicio de ello, se destaca que el otorgamiento de la garan-tía antes mencionada estará sujeto al efectivo cumplimiento del SocioPartícipe de todos los requisitos estipulados por……………………………………… S.G.R. en sus procedimientos, y de

Entidad Monto de origen Monto adeudado a la fecha Vencimiento Garantía

das actas debería informarse el Patrimonio Neto que surge de losEstados Contables que se aprueban y detallarse el proyecto de distri-bución de utilidades.

3) Certificación del auditor de la sociedad donde exponga que losEstados Contables anuales presentados, se encuentran transcriptosal Libro de I.N.V.entarios y Balances (salvo que esté detallado explícita-mente en el Informe del auditor).NOTA: Para editar el formulario (Detalle de Deuda Bancaria) que acontinuación se presentan clickee sobre el cuadro con el botón dere-cho del Mouse y elija: Objeto de trabajo / abrir. Al terminar de completarcada cuadro cierre la ventana del mismo, el documento se guardaráautomáticamente. Al finalizar de completar toda la información guardecomo este documento ANEXO C en sus documentos.

4) Detalle de Deuda Bancaria y/o Financiera al último día hábilanterior a la presentación, de acuerdo al formulario expuesto a conti-nuación. Se requiere tener presente y conciliar con lo indicado en Infor-mes de Riesgo Crediticio y base del B.C.R.A., de lo contrario se consi-derarán los importes mayores o no informados por el postulante.

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Sin perjuicio de ello, se destaca que el otorgamiento de la garan-tía antes mencionada estará sujeto al efectivo cumplimiento del SocioPartícipe de todos los requisitos estipulados por Garantizar S.G.R. ensu Acuerdo Nº……………de fecha …….. y de la constitución decontragarantías suficientes, a la entera satisfacción de nuestra enti-dad.

De esta forma, una vez cumplimentado estos requisitos, Ga-rantizar S.G.R. emitirá el correspondiente Certificado de Garantíadefinitivo, el cual será título ejecutivo en las condiciones expresa-das y conforme a lo previsto por el Artículo 70 de la ley Nº 24.467 ysus modificatorias.

La presente garantía se otorga sin perjuicio de cualquier otragarantía, personal o real, que La Administradora Provincial del Fondo,haya recibido en conexión con la obligación citada, pudiendo ésta, a sumera opción, ejecutar las garantías simultánea e independientementeunas de otras.

Asimismo manifestamos en carácter de declaración juradaencontrarnos debidamente constituidos, autorizados a funcionarcomo tales por la autoridad de aplicación e inscriptos en el RegistroPúblico de Comercio, Inspección General de Justicia o autoridadlocal competente y -de conformidad con lo establecido por la Ley Nº24.467, su modificaciones y decretos reglamentarios- en el Regis-tro de Sociedades de Garantía Recíproca (Art. 80 de la Ley Nº 24.467)que al efecto lleva la Superintendencia de Entidades Financieras yCambiarias - BCRA-, y nos comprometemos a mantener la vigenciay validez de tales inscripciones durante el lapso que dure elfinanciamiento a otorgar al Solicitante, en caso de que el mismoresulte aprobado.

En concordancia con lo precedentemente manifestado nos com-prometemos a presentar todos los elementos que nos sean requeri-dos a fin de permitir nuestra evaluación para actuar en carácter deFiador.

Emitimos la presente Carta Compromiso con vigencia hasta eldía……….............................………….., al único efecto de posibilitar a lafirma antes mencionada la gestión del financiamiento en vuestra Insti-tución.

Para mayor información comunicarse con nuestras oficinas alteléfono…………………… ints. ………………..o en Calle ……………..Nº ……, Piso……………..E-Mail……………………………………………………….Saludamos a Uds. atentamente.

.........................................................................Firma Representante Legal

_______

ANEXO G

OPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHA

Y ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOSVITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017

Declaración de bienes muebles ofrecidos en garantía prendaria

El que suscribe ……………, con poder que se anexa para esteacto en nombre y representación de ………………… (nombre del pro-pietario del/de los bien/es), ofrece en garantía el/los siguiente/s bien/es:

1)- Descripción del/de los bien/es a prendar:

• Tipo (descripción, Nº de identificación, marca, modelo, etc.):

• Características:

• Cantidad:

• Ubicación:

• Inscripción registral :

2)- Valor neto de realización asignado al/a los bien/es:

Pesos ……………. ($...................)

Consignar en la presente declaración la calidad de:

POSTULANTE

POSTULANTE TERCERO DADOR EN PRENDA

...........................................................................................................

Firma y aclaración/es postulante/s y/o postulante/s terceros

dador/es en prenda o su/s Representante/s

la constitución de contragarantías suficientes, a la entera satisfacciónde nuestra entidad. De esta forma, una vez cumplimentado estos re-quisitos, ………………………………………… S.G.R. emitirá el corres-pondiente Certificado de Garantía definitivo, el cual será título ejecutivoen las condiciones expresadas y conforme a lo previsto por el Artículo70 de la ley Nº 24.467 y sus modificatorias.

La presente garantía se otorga sin perjuicio de cualquier otra garantía,personal o real, que la Administradora Provincial del Fondo, haya recibidoen conexión con la obligación citada, pudiendo ésta, a su mera opción,ejecutar las garantías simultánea e independientemente unas de otras.

Asimismo manifestamos en carácter de declaración jurada en-contrarnos debidamente constituidos, autorizados a funcionar comotales por la autoridad de aplicación e inscriptos en el Registro Públicode Comercio, Inspección General de Justicia o autoridad local compe-tente - de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 24.467, sumodificaciones y decretos reglamentarios- y en el Registro de Socie-dades de Garantía Recíproca (Art. 80 de la Ley Nº 24.467) que al efectolleva la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias -BCRA-, y nos comprometemos a mantener la vigencia y validez detales inscripciones durante el lapso que dure el financiamiento a otor-gar al Solicitante, en caso de que el mismo resulte aprobado.

En concordancia con lo precedentemente manifestado nos com-prometemos a presentar todos los elementos que nos sean requeri-dos a fin de permitir nuestra evaluación para actuar en carácter deFiador.

Emitimos la presente Carta Compromiso al único efecto de posi-bilitar a la firma antes mencionada la gestión del financiamiento envuestra Institución.

Para mayor información comunicarse con nuestras oficinas alteléfono ……………………… ints. …………o en calle………………………………………………… Nº ………, Piso ……… E-Mail …………………………………………….Saludamos a Uds. atentamente.

.........................................................................Firma Representante Legal

______

ANEXO F-2OPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Modelo de carta compromiso de fianza de sociedad de garantía

recíproca- convenio marco celebrado entre "la Administradora" Provin-cial del Fondo y Garantizar S.G.R. en fecha 29/04/2014 y adenda defecha…/…/….

Mendoza, ___ de ________ de _____

SEÑORESADMINISTRADORA PROVINCIAL DEL FONDODe nuestra consideración:

Por la presente informamos a Uds. que el Consejo de Adminis-tración de Garantizar S.G.R. ha aceptado la incorporación de la fir-ma……………………………………………………………, con C.U.I.T. Nº……………………………………………….como Socio Partícipe,aprobándose asimismo el otorgamiento de la garantía en las condi-ciones que a continuación se detallan para afianzar un financiamientocon vuestra Institución y que se encuadran en las condiciones finan-cieras estipuladas en el Reglamento de Condiciones de la Operatoriade financiamiento gastos de cosecha y acarreo de uva y elaboraciónde productos vitivinícolas- Vendimia 2017, las que declaramos cono-cer y aceptar en todos su términos:

CONDICIONES DEL CREDITO GARANTIZADODestino de los fondosMonto del FinanciamientoDesembolsos (a definir por la Administradora)Plazo TotalPlazo de GraciaPrimer Vto. Amortiz. de Capital.Periodicidad Cuotas Amortiz.De CapitalPeriodicidad Servicio de InteresesTasa de interés

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ANEXO HOPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Modelo de carta compromiso de fianza extendida

por FeCoVitA Coop. Ltda.Lugar y Fecha: ……………SeñoresAdministradora Provincial del FondoDe nuestra consideración:

Por la presente informamos a Uds. que en caso de que ...................(en adelante el POSTULANTE) resulte beneficiario de un financiamientopor un máximo de ………………….($................), por un plazo de………………… , según los términos descriptos en la propuesta efec-tuada, que declaramos conocer y aceptar (*), nos comprometemos aafianzar el pago de las obligaciones del POSTULANTE, en los térmi-nos que a continuación se indican:(*) En caso que la Empresa Fiadora, requiera la constitución de

contragarantías, podrá agregar lo siguiente: "y siempre que consti-tuya las contragarantías requeridas por esta Empresa".

Modelo de fianza(NOMBRE, DNI, DOMICILIO, C.U.I.T)................................... (en ade-

lante la FIADORA), en garantía del cumplimiento de las obligacionesde ............................. (en adelante el TOMADOR) con la AdministradoraProvincial del Fondo (en adelante el ACREEDOR), originadas en elcontrato de préstamo a suscribir, por medio del presente me/nos cons-tituyo/constituimos en deudor/es solidario/s, liso/s, llano/s y principal/es pagador/es (art. 1591 CCCN), renunciando expresamente a losbeneficios de excusión (art. 1584 inc.4 CCCN) y división (art. 1589 infine CCCN), del pago de todas y cada una de las sumas de dinero y delcumplimiento de los compromisos y obligaciones, garantizados o no,derivados del mencionado préstamo, que adeude el TOMADOR. Asi-mismo, esta garantía es con renuncia al beneficio de extinción de lafianza por prórrogas, renovaciones, modificaciones o novaciones quepudieran producirse en las obligaciones contraídas como consecuen-cia de dicho préstamo, sin intervención y consentimiento de la FIADO-RA.

Como FIADORA declaro/declaramos conocer los términos ycondiciones de la obligación afianzada, los que acepto/aceptamosexpresamente. Asimismo, renuncio/renunciamos a pedir su libera-ción de acuerdo con lo previsto en el art. 1594 del CCCN y acepto/aceptamos que la no iniciación de acciones judiciales para el cobrode las cuotas impagas o el otorgamiento de plazos a el TOMADORno afectará la subsistencia de la obligación que por el presente seasume.

Ante el mero incumplimiento del TOMADOR, el ACREEDORpodrá exigirme/exigirnos el cumplimiento de los compromisos yobligaciones por mi/nosotros afianzados, cualquiera sea su natu-raleza, sin que sea necesaria ninguna intimación o interpelaciónprevia judicial o extrajudicial contra el TOMADOR como deudor ori-ginario, siendo suficiente las constancias de los libros del ACREE-DOR, las que acepto/aceptamos desde ahora. Nada de lo aquíexpresado se modificará como consecuencia de la existencia deotras garantías.

La presente fianza se otorga sin perjuicio de cualquier otra ga-rantía, personal o real, que el ACREEDOR haya recibido en conexióncon la obligación citada, pudiendo el ACREEDOR, a su mera opción,ejecutar las garantías simultánea e independientemente unas de otras.

Asimismo me/nos comprometo/comprometemos a presentartodos los elementos que nos sean requeridos a fin de permitir mi/nuestra calificación para actuar en el carácter de FIADORA.

Se otorga el presente compromiso a efectos de cumplir con losrequerimientos de los Reglamentos de Condiciones, cuyos textos de-claramos conocer y aceptar en todos sus términos.

A todos los fines del presente acepto/aceptamos la jurisdicciónde los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Mendoza, correspon-dientes a su Primera Circunscripción Judicial, con renuncia expresa acualquier otro fuero o jurisdicción incluso el Federal, y constituyo/cons-tituimos domicilio especial en calle ........................... N° …….., Provinciade Mendoza.

Saludo/saludamos a Uds. muy atentamente..........................................................................

Firma y aclaración fiador/es o su/ Representante/s -apoderado/s

ANEXO IOPERATORIA FINANCIAMIENTO GASTOS DE COSECHAY ACARREO DE UVA Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS

VITIVINÍCOLAS- VENDIMIA 2017Modelo de Acta con ofrecimiento del Fideicomiso

de Garantía a constituirActa de Directorio Número ___: En la ciudad de Mendoza, a los

_____ días del mes de ______ de dos mil ____, siendo las ___ horas,se reúne en __________, el Directorio de _________, encontrándosepresentes la totalidad de los Directores Titulares,Sres:_____________; toma la palabra el Sr. _________ quien se diri-ge al Directorio y mociona en el sentido de que resultaría convenientepara la firma aprobar la solicitud y aceptación de un financiamiento ten-diente a solventar los gastos [de cosecha y acarreo de uva] / [elaboraciónde productos vitivinícolas] - Vendimia 2017, ante la Administradora Pro-vincial del Fondo, en el marco de la Operatoria de Crédito creada pordicho ente para tal fin. Asimismo, indica que el monto del financiamientoserá determinado por la cantidad de quintales de [uva-uva varietal] a[cosechar](*)/[elaborar] y que el valor asignado a cada quintal será deter-minado por el Director Ejecutivo de la Administradora Provincial del Fon-do. Finalmente se expresa que para esta operatoria de créditos en par-ticular, en resguardo de la devolución de las sumas financiadas, ade-más de las garantías tradicionales, se ha previsto la posibilidad detransferir productos vínicos en dominio fiduciario a favor de un Fideico-miso de Garantía que se constituirá a tales efectos, del cual será Fidu-ciario Mendoza Fiduciaria S.A.. Puesto lo expresado a consideración delDirectorio y habiéndose leído el Reglamento de Condiciones de la refe-rida Operatoria, aprobado por Director Ejecutivo de la AdministradoraProvincial del Fondo, luego de una breve deliberación, por unanimidadse resuelve aprobar la moción del Sr. y en consecuencia, también porunanimidad: a) aprobar la solicitud del financiamiento por la suma dedinero que resulte pertinente -conforme a los montos que oportuna-mente determine el Director Ejecutivo de la Administradora Provincial delFondo-, para la [cosecha y acarreo]/[elaboración] de hasta _______quintales de uva; b) aprobar la transferencia, en resguardo de la devolu-ción del financiamiento solicitado y en dominio fiduciario, al Fideicomisode Garantía correspondiente, de una cantidad de litros de [vino- vinovarietal] / [mosto sulfitado] equivalente al monto del crédito acordado -conforme al valor por litro de producto a afectar que el Director Ejecutivode la Administradora Provincial del Fondo oportunamente fije-, con másun aforo del 20%; c) autorizar al Sr. ______________ , D.N.I. Nº___________ en su carácter de __________ [en caso de ser apodera-do consignar los datos del poder especial otorgado]__ a los efectos deque realice todos aquellos actos necesarios a los efectos de la obtencióndel financiamiento y en especial a suscribir la solicitud del financiamiento,el contrato de mutuo, la transferencia de dominio fiduciario antes indicaday los recibos correspondientes. No existiendo más temas que tratar en elorden del día y siendo las __ horas, se cierra el acto.

Modelo de Acta con ofrecimiento de otras garantías a constituirACTA DE DIRECTORIO Nº …………: En ………………………… , a los……… días del mes de ………………… de …………………, siendo las………… horas en la sede social de la calle ………………… , Distrito,……………………… Departamento ………………………………, Provin-cia de ………………………………, se reúnen los señores miembrosdel directorio de ………………………………… que firman al pie de estaacta, bajo la presidencia de su titular ……………………………………….Toma la palabra el señor Presidente/Director y manifiesta que el objetode la reunión es solicitar ante la Administradora Provincial del Fondo,en la Operatoria de Crédito para ………………………. Un financiamientocon garantía ………………………………… destinado a .........................(indicar en términos generales) …………………………………… , porun monto total de ………………………………… o lo que la Administra-dora apruebe, entregando en garantía ………………………………………(colocar una descripción detallada del tipo de bien a ofrecer en garan-tía, especialmente datos registrales, en caso de corresponder ).

En tal sentido, luego de un breve cambio de opiniones por unani-midad se decide iniciar las gestiones tendientes a obtener el créditode la Administradora Provincial del Fondo y autorizar al señor………………………………………… D.N.I. …………… (en su carácterde ……………………… ) para asumir las obligaciones emergentes dela operatoria de crédito, incluso la firma del contrato de mutuo y cons-titución de garantías. No habiendo otros temas que tratar, se levanta lasesión siendo las …………… horas.