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PRO-HSEC-SG-05 PLAN Y PROGRAMA SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL & MEDIO AMBIENTE SERVICIO DE LIMPIEZA Y ASEO INDUSTRIAL DE PLANTA DE CHANCADO, FLOTACIÓN COLECTIVA/SELECTIVA Y RELAVES "2018" N° Contrato: SG.14.CS.030.1 Redactado por Revisado por Aprobado por Nombre del Ingeniero Gestión de Riesgos Administrador de Contrato Administrador de Contrato Juan Ramos Vega Luis Vega Luis Vega Daniela Aro Revisión Fecha Redactado por Cargo Descripción 5 22-10-2018 Daniela Aro A Ingeniero Gestión de Riesgos Creación de un Plan y Programa de HSE Juan Ramos Vega Ingeniero Gestión de Riesgos AMERICA LATINA MAQUINARIAS LIMITADA

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PRO-HSEC-SG-05

PLAN Y PROGRAMA

SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL

& MEDIO AMBIENTE

SERVICIO DE LIMPIEZA Y ASEO INDUSTRIAL DE PLANTA DE CHANCADO,

FLOTACIÓN COLECTIVA/SELECTIVA Y RELAVES

"2018"

N° Contrato: SG.14.CS.030.1

Redactado

por

Revisado

por

Aprobado

por

Nombre del Ingeniero Gestión de

Riesgos Administrador de Contrato Administrador de Contrato

Juan Ramos Vega Luis Vega Luis Vega

Daniela Aro

Revisión Fecha Redactado por Cargo Descripción

5 22-10-2018 Daniela Aro A Ingeniero Gestión de

Riesgos

Creación de un Plan y

Programa de HSE

Juan Ramos Vega Ingeniero Gestión de

Riesgos

AMERICA LATINA MAQUINARIAS LIMITADA

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Datos de la Empresa

Ítem Clasificación Datos a completar

1 Nombre de Empresa: FAM AMERICA LATINA

MAQUINARIAS LIMITADA

2 Nombre del Administrador de la Empresa: Luis Ignacio vega Vargas

3 Numero y Correo (contacto) del Administrador de la Empresa: [email protected]

79977503

4 Organismo Administrador al cual pertenecen: ACHS

5 Dotación: 60 Mujeres: 1

Varones: 59

6 A que gerencia de Sierra Gorda Pertenecen (Ejemplo: Gerencia Mina,

Gerencia Planta, Gerencia Servicio Técnico, Gerencia de RRHH,

Gerencia de Abastecimiento, Gerencia de Finanza, Gerencia de HSE):

GERENCIA PLANTA

7 Cuenta con Ingeniero Gestión de Riesgos (Nombre del Ingeniero

Gestión de Riesgos):

Juan Ramos Vega

Daniela Aro Astudillo.

8 Numero de contacto y Correo del o los Ingeniero Gestión de Riesgos:

[email protected]

[email protected]

957983617

9 Número de Registro del Ingeniero Gestión de Riesgos (Clasificar "SNS o

SERNAGEOMIN".

Juan Ramos Vega

SNS AN/P-613

Daniela Aro Astudillo.

SNS VQ/P-261

10 Cuenta con una o más Empresa Subcontrato (Nombre de la Empresa): N/A

11 Nombre del Administrador de la Empresa Subcontratista: N/A

12 Numero y Correo (contacto) del Administrador de la Empresa

Subcontratista: N/A

13 Organismo Administrador al cual pertenece la Empresa Subcontratista: N/A

14 La Empresa Subcontratista cuenta con Ingeniero Gestión de Riesgos

(Nombre del Ingeniero Gestión de Riesgos): N/A

15 Número de Registro del Ingeniero Gestión de Riesgos (Clasificar "SNS o

SERNAGEOMIN". N/A

16 Si la Empresa Subcontratista, debe de nombrar quien es monitor en

temas de seguridad y salud. N/A

17 Fecha de inicio del Contrato: 31.07.2014

Fecha de término del Contrato: 31.07.2019

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INDICE

(En este apartado del Plan y Programa de HSE, se debe especificar ordenadamente los capítulos, secciones,

artículos, etc. que permita saber qué contenidos presenta, y en qué páginas se encuentran)

A. Introducción.

B. Punto N° 1: Identificación y cumplimiento de los requisitos legales y otros.

1.1 Política de Seguridad & Salud Ocupacional.

1.2 Política de Medio Ambiente.

1.3 Política de Alcohol de Drogas.

1.4 Política de Empresa.

1.5 Política de Comunidades.

1.6 Política de Responsabilidad Social.

1.7 Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de Sierra Gorda.

1.8 Misión.

1.9 Visión.

1.10 Propósito.

1.11 Alcance.

1.12 Objetivos.

1.12.1 Objetivo General.

1.12.2 Objetivos Específicos.

1.13 Responsabilidades.

C. Punto N° 2: Identificación, evaluación y control de los riesgos.

2.1 Inventario de Peligro y Evaluación del Riesgo.

2.2 Analisis de Riesgo del Trabajo.

2.3 Estos procesos se aplican a las Actividades Altamente Críticas

D. Punto N° 3: Preparación y respuesta básica ante emergencia.

3.1 Flujograma de comunicación a nivel de empresa.

3.2 Flujograma de comunicación de SGSCM,

3.3 Diagramas y layout, más sistemas de emergencias.

3.4 Preparación ante la emergencia.

3.5 Preparación de materiales de sistemas de emergencia.

3.6 Preparación de simulacros.

3.7 Preparación de capacitación y entrenamiento de emergencias

E. Punto N° 4: Salud Ocupacional e Higiene Industrial.

4.1 PLANESI

4.2 PREXOR

4.3 RUV SOLAR

4.3.1 UVA

4.3.2 UVB

4.4 MMC

4.5 TME-EESS

4.6 PSICOSOCIAL

4.7 ALCOHOL Y DROGA, "A&D".

4.8 Acciones.

4.8.1 De la higiene del trabajo.

4.8.2 De la salud ocupacional.

4.8.3 Plan de vigilancia epidemiológica.

4.8.4 Reglamento Especial para Empresa Contratista y Subcontratistas.

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F. Punto N° 5: Incidentes, accidentes, acciones correctivas y acciones preventivas.

5.1 Es importante para el Gerente y/o Administrador de Contrato:

5.2 Contenido del Informe de Investigación:

5.3 Re portabilidad del flash:

5.4 Procedimiento para realizar la Investigación de Incidente y seguimiento a PAEs:

G. Punto N° 6: Capacitación y entrenamiento.

6.1 Plan de capacitación y entrenamiento.

H. Punto N° 7: Auditorías Internas.

I. Punto N° 8: Revisión por la dirección.

J. Punto N° 9: Seguimiento y medición.

K. Punto N° 10: Programa 5x5s.

L. Punto N° 11: Manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos.

11.1 Etapas del manejo de residuos.

M. Punto N° 12: Listado maestro de Procedimientos, Instructivos y formatos del Plan y Programa de

Seguridad, Salud y Medio Ambiente, "Empresa".

N. Punto N° 13: Control de cambios.

Ñ. Anexo 1: Requisitos Legales.

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A. INTRODUCCIÓN. (Como referencia mínima, en este apartado del Programa de HSE, se debe explicar

resumidamente, la historia y tradición de la empresa)

Antecedentes de la empresa

FAM América Latina Maquinaria Limitada es una empresa privada con casa matriz en Magdeburg Alemania,

la tradición histórica de FAM como fabricante de sistemas para manejo de materiales se remonta hacia

mediados del siglo XIX. El grupo empresarial FAM posee un personal constituido que dispone del Know How

necesario para instalaciones que manejan material a granel, técnica de explotaciones a rajo abierto, de

almacenamiento, de procesamiento, de sistemas de carga, de extracción, de transporte y manejo de

material en puertos (cargadores de buque). Más del 50% del personal labora en el campo de la Ingeniería.

Nombre : FAM AMERICA LATINA MAQUINARIAS LIMITADA.

Rut : 77.683.790 - 3

Fono : 56 2 29123 000

Fax : 56 2 29123 000

E-Mail : [email protected]

Dirección : Av. Isidora Goyenechea 2800 Oficina 2501, Las Condes, Santiago

País : Chile

B. Punto N° 1: Identificación y cumplimiento de los requisitos legales y otros.

Requisitos legales, corporativos y compromisos

• Decreto N° 100/2005: Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la

República de Chile

• D.S. Nº 2385/96: Fija texto refundido y sistematizado del Decreto Ley Nº 3063, de 1979, sobre Rentas

Municipales

• DFL 458/75: Ley General de Urbanismo y Construcciones

• D.S. N° 47/92: Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones

• D.F.L. 850/97: Construcción y conservación de caminos

• Ley 20.005/2005: Tipifica y Sanciona el Acoso Sexual

• DFL N° 17/2002: Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo

• Ley Nº 16.744/1968 : Establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades

Profesionales

• D.S. N° 40/1969: Aprueba Reglamento Sobre Prevención de Riesgos

• DS Nº54/1968: Reglamento para la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y

Seguridad

• D.S. N° 67/1968: Aprueba Reglamento para la aplicación de artículos 15 y 16 de la Ley N° 16.744 sobre

rebajas y recargos de la cotización adicional diferenciada

• D.S. Nº 18/1982 : Certificación de Calidad de Elementos de Protección Personal contra Riesgos

Ocupacionales

• DS Nº 101/1968: Reglamento para la Aplicación de la Ley Nº 16.744

• Ley N° 20.949, que modifica el Código del Trabajo para reducir el peso de las cargas de manipulación

manual; en el decreto supremo N° 63, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en el decreto

supremo N° 72, de 2011, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Convenio N° 187 sobre

Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo;

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en el decreto supremo N° 47, de 2016, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y la facultad que me

confiere el N° 6 del artículo 32 de la Constitución Política de la República.

• Ley 19.419/1995: Regula Actividades que Indica Relacionadas con el Tabaco

• DFL 1/2009: Ley del Tránsito

• D.S. Nº 80/2004: Reglamenta el Transporte Remunerado de Pasajeros

• D.S. N° 313/1972: Incluye a escolares en seguro de accidentes

• Decreto Supremo Nº 50/2007: Aprueba Reglamento para la Aplicación del Artículo 13 del Código del Trabajo

• Ley 19.518/97: Fija nuevo estatuto de capacitación y empleo.

• Ley Nº 20.389/2009: Faculta a los cuerpos de bomberos para inspeccionar las condiciones de seguridad

de las instalaciones.

• Decreto Supremo Nº 157/2005: Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico.

• Ley Nº 20.308: Sobre protección a los trabajadores en el uso de productos fitosanitarios.

• Ley 20.096/1996: Establece Mecanismos de Control Aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de

ozono.

• Ley N° 20000/2005: Ley que Sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas

• Ley Nº 18.490/1986: Establece Seguro Obligatorio de Accidentes Personales causados por circulación de

vehículos motorizados

• DL 3607/1981 : Establece Normas de Funcionamiento de Vigilantes Privados

• D. S. N° 93/85: "Aprueba Reglamento del Artículo 5° Bis del DL N°3.607, Modificado por el D.L. N° 3.636,

Ambos de 1981, y por la Ley N° 18.422"

• Decreto Nº 1030 exento/2008: Declara Normas Oficiales de la República de Chile la Norma Chilena NCh

1258/1Of. 2004 Sistemas Personales para Detención de Caídas – Parte 1: Arneses para el

• Cuerpo Completo; NCh 1258/3.Of2005 Sistemas Personales para Detención de Caídas – Parte 3: Líneas de

vida autorrectráctiles y NCh 1258/4.Of 2005 Sistemas personales para la detención de caídas – Parte 4:

Rieles verticales y líneas de caídas verticales que incorporan un dispositivo para detención tipo deslizante

• Decreto Supremo Nº 735/1969: Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano.

• DFL Nº 725/67: Código Sanitario

• Resolución Nº 359/2005: Aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos

• Decreto Supremo Nº 499/2005: Aprueba Documento Electrónico de Declaración de Residuos Peligrosos

• D.S. 655/1940: Reglamento sobre Higiene y Seguridad Industriales

• Resolución Nº 1391/2007: Aprueba Guía que contiene recomendaciones para la selección, uso, limpieza,

mantención y almacenamiento de equipos de protección respiratoria

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• D.S. 144/61: Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier

naturaleza "

• D.S. 138/2005: "Establece obligación de declarar emisiones que indica la Circular Nº B32/23/2006 la cual

Imparte instrucciones sobre Aplicación del Decreto Supremo Nº 138, de 2005, sobre Declaración de

Emisiones de Contaminantes Atmosféricos.

• Resolución Nº 1392/2007 Aprueba Guía que contiene recomendaciones para la selección, uso,

limpieza, mantención y almacenamiento de equipos de protección auditiva en los lugares de trabajo

• D.S. N° 594/1999: Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

• LEY 20.123/2006: "Regula trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas

de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios"

• D.S. 76/2006: Aprueba reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la ley n°16.744 sobre la gestión

de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios que indica

• DS 132/2002: Aprueba texto refundido, coordinado y sistematizado del DS 72/1985, Reglamento de

Seguridad Minera

• Circular 3335: " Deroga y reemplaza las circulares N.ºs, 2.345 y 2.378, de 2007; 2.607 y 2.611 de 2010, y el Nª

5 del título II de la Circular Nº 2.893, de 2012.

• DECRETO N°29/1986: Aprueba reglamento de seguridad para almacenamiento, transporte y

expendio de gas

• D.S N°160/2008: Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y

refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles

• Decreto Nº 1045 exento/2003: Declara Norma Oficial de la República de Chile nch2427.Of2004,

aprobada por Instituto Nacional de Normalización

• D.S N°226 /1982: Requisitos de seguridad para instalaciones y locales de almacenamiento de

combustibles

• D. S. Nº 369/1996: Reglamento de normas para Extintores Portátiles

• D.S. N° 298/1994: Reglamenta Transporte de Sustancias Peligrosas por Calles y Caminos

• Resolución Exenta N° 610/82: Prohíbe el uso de bifenilos policlorados (PCB) como fluido eléctrico.

• D.S. N° 656/2000: Prohíbe uso de asbesto en productos que indica

• D.S. N° 144/1985: Reglamenta producción, distribución, expendio y uso de los solventes orgánicos nocivos

para la salud que indica

• Resolución Exenta Nº 1634/1985: Determina Lista de Solventes Orgánicos para los Efectos de lo

Establecido en D.S. N° 144, de 1985 de MINSAL

• D.S. N° 754/1998: Prohíbe uso de tolueno en adhesivos y pegamentos

• Decreto N° 29/2005: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCH 382.Of2004 Sustancias Peligrosas -

Clasificación General

• Decreto N° 29/2005: Declara Norma Oficial de la República de Chile nch 2120. Of 2004, parte 1 al 9, DO

30.03.2005

• Decreto N° 43/2004: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCH 2190/2003 Sustancias Peligrosas -

Marca para Información de peligro

• Decreto N° 383/1991: Declara Norma Oficial de la República de Chile nch 1.377. Of 91 "Regula los gases

comprimidos, cilindros de gases para uso industrial. Marcas para la identificación del

• contenido y de los riesgos inherentes"

• Decreto N° /2000: Declara Norma Oficial de la República de Chile nch.350/2000 "Construcción

• Seguridad- instalaciones eléctricas provisionales"

• Resolución N°110/1955: Declara Norma Oficial de la República de Chile nch 758. Of 71 - Regula las

sustancias peligrosas, almacenamiento de líquidos inflamables. Medidas particulares de seguridad

• Decreto N°1314/1955: Declara Normal Oficial de la República de Chile nch 387. Of 55 -Norma las medidas

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de seguridad en el empleo y manejo de materias primas inflamables

• Decreto N°954/1955: Declara Normal Oficial de la República de Chile NCh 385. Of 55

• Decreto N°1314/1955: Declara Normal Oficial de la República de Chile NCh 388. Of 55

• Decreto N°1164/1974: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh.389/1974 "Sustancias peligrosas-

Almacenamiento de Sólidos, líquidos y gases inflamable -Medidas Generales de Seguridad"

• Decreto N° 256/1978: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 1466.Of1978

"Prevención de Riesgos en los trabajos de corte y soldadura con gas"

• Decreto N° 11/2000: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 2111.Of1999

"Protección contra Incendio - Señales de Seguridad"

• Decreto N° 1081/2000: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 436.Of2000

"Prevención de Accidentes del Trabajo - Disposiciones Generales"

• Decreto N° 64/1999: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 1916.Of1999

"Prevención de Incendios en Edificios - Determinación de cargas combustibles"

• Decreto N° 21/1990: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 2114.Of1990

"Prevención de Incendios en Edificios - Condiciones básicas y clasificación de las vías de

• evacuación según capacidad de ocupantes"

• Decreto N° 98/1997: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 1430.Of1997 "Extintores

portátiles - características y rotulación"

• Resolución N°190/1977: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 1332.Of1977

"Protección Personal - Equipo de Protección contra el Calor Industrial - Selección"

• Resolución N° 19 exenta/2013: "Apruébase la siguiente ""Guía para la selección y control de cascos de

protección de uso industrial"", elaborada por el Departamento Salud Ocupacional del Instituto de Salud

Pública de Chile"

• Decreto N° 270/1978: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 1410.Of1978

"Prevención de Riesgos - Colores de Seguridad"

• Decreto N° 656/1997: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 1258/1.Of1997 "Equipos

de Protección Personal para trabajos con Riesgos de Caída - Parte 1: Requisitos y marcado"

• Decreto N° 64/1999: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh. 998.Of1999 Andamios

• Requisitos generales de seguridad

• Decreto N°294/1978: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 1411/4 Identificación de

Riesgos de Materiales

• Decreto N° 254/2003: Declara Norma Oficial de la República de Chile NCh 2245/2003 Hojas de Datos de

Seguridad

• DS N° 78/2009: Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

• NCh 10/1984: Electricidad. Trámite para puesto en servicio de una instalación interior.

• D.S. N° 327/1997: Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.

Identificación de Requerimientos

Se establecerán actividades de identificación de los requerimientos legales y otros requerimientos

definidos a nivel corporativo. Se debe asegurar que potenciales cambios en la legislación sean

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identificados y gestionados dentro del sistema de gestión de FAM. Esta actividad se realizará en cada una

de las gerencias de acuerdo a procedimiento PIG-007, PIG-008 y Anexo 1(Matriz estándar de riesgo)

teniendo presente la dinámica y flexibilidad de la empresa para su actualización.

Requerimientos de Salud

Será responsabilidad del Administrador de Contrato que los servicios médicos y de primeros auxilios sean

apropiados y suficientes. Deberá establecer programas orientados a promover y fomentar un estilo de vida

seguro y saludable. En caso de existir Empresas Colaboradoras deberán sumarse a los requerimientos

propuestos por la Asociación Chilena de Seguridad ACHS en el Acuerdo Nacional entre FAM América Latina

Maquinaria Ltda. ACHS, para la administración de exposiciones a agentes dañinos, evaluación médica,

administración de casos. Además deberán sumarse a los requerimientos propuestos por el DS N°594, para la

administración de las condiciones sanitarias y ambientales de su respectiva área.

Requerimientos de Seguridad

Se establecerán programas de verificación para el cumplimiento legal de nuestra Empresa a través del

Programa de Auditorías internas, en la cual se deben sumar las Empresas colaboradoras directamente

involucradas con nuestras actividades, de acuerdo a lo requerido en el DS N°76. Se establecerán programas

de verificación para vigilar el cumplimiento por parte de las empresas colaboradoras y/o

subcontratistas de la normativa relativa a higiene y seguridad (A través del Programa de control de las

actividades a las empresas colaboradoras) debiendo las mismas para ello implementar un Sistema de

Gestión HSEC para todos los trabajadores involucrados. La Administ ración del contrato a t ravés

del Departamento HSEC deberá elaborar y mantener un sistema documentado de procedimientos de

operación que garanticen el cumplimiento de los reglamentos locales.

Requerimientos de Medio Ambiente

En relación al medio ambiente será responsabilidad del departamento HSEC la implementación y

fiscalización del cumplimiento de la normativa vigente en materias de medio ambiente, para esto se

considerará normativa nacional vigente y estándares o procedimientos establecidos por el cliente respecto

del manejo de residuos y otros aspectos que pudieran ser impactados dañando el entorno referido al Medio

Ambiente.

Requerimientos de Comunidad

A pesar de no impactar directamente en las comunidades por las características del contrato, Fam

América Latina Maquinaria Ltda. Promueve las conductas del buen vecino, por lo que se procurará que la

permanencia de FAM en el poblado de Sierra Gorda propenda a la contribución positiva y colaboradora.

A pesar de no existir responsabilidades directas se evaluará la participación y aporte cada vez que la

compañía tome acciones con las diferentes comunidades que interfieren con SG SCM.

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1.1 Política de Seguridad & Salud Ocupacional.

1.2 Política de Medio Ambiente.

Política integral Salud ocupacional, seguridad y medio ambiente

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1.3 Política de Alcohol de Drogas.

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1.4 Política de Empresa

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1.5 Política de Comunidades

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1.6 Política de Responsabilidad Social.

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1.7 Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de Sierra Gorda.

Sierra gorda SGSCM pone a disposición el “reglamento especial para empresas contratistas y

subcontratistas sierra gorda scm” SG-GHS-PR-R-12. Este reglamento tiene como objetivo lo siguiente:

a) Definir los responsables de implementar y mantener en funcionamiento el sistema de Gestión y Salud

en el Trabajo – SGRL

b) Fijar los mecanismos de coordinación en materia de seguridad y salud y salud en el trabajo (HS),

entre las distintas empresas presentes en las faenas de SGSCM.

c) Establecer la obligación de las empresas contratistas y subcontratistas de informar a la empresa

principal cualquier condición que implique riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, la

ocurrencia de cualquier accidente del trabajo o el diagnostico de cualquier enfermedad

profesional.

d) Establecer las obligaciones y prohibiciones a que están sujetas las empresas contratistas y

subcontratistas en materia de seguridad y salud en el trabajo

e) Definir los mecanismos de vigilancia y control que SGSM aplicará sobre las empresas contratistas y

subcontratistas.

f) Definir las sanciones que se aplicarán a las empresas contratistas y subcontratistas y su

procedimiento de sanción

Este reglamento establece las exigencias de seguridad y salud ocupacional, que, deben cumplir todas las

empresas contratistas y subcontratistas que mantienen contrato en SGSCM.

Además FAM América Latina Maquinarias Limitada cuenta con un reglamento especial para empresas

contratistas, el cual entrega lineamientos y directrices claras sobre las exigencias y requisitos que deben

cumplir las empresas que presten servicios a FAM América Latina Maquinaria Limitada.

1.8 Misión.

FAM América Latina Maquinaria Limitada tiene por misión, proporcionar valor agregado a nuestros clientes

a través de nuestro conocimiento, experiencia y capacidad de innovación, suministrando equipos y

servicios de reconocida calidad para el manejo de materiales a granel, los que se ajustan a sus

necesidades y superen las expectativas; considerando siempre nuestros más altos estándares de seguridad,

salud laboral y de medio ambiente; promoviendo el desarrollo de las capacidades profesionales a nuestros

empleados y la contribución positiva a la sociedad.

1.9 Visión.

FAM América Latina Maquinaria Limitada, ha definido como visión de ser la empresa líder de América Latina

en equipos y servicios para el manejo de material a granel.

1.10 PROPOSITO

Cumplir con lo establecido en las leyes vigentes, relacionadas con la prevención de accidentes del trabajo

y enfermedades profesionales.

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PRO-HSEC-SG-05

1.11 Alcance.

Este programa rige para todo el personal de FAM América Latina Maquinarias Limitada contractualmente

ligado con Minera Sierra Gorda Sociedad Contractual Minera en Adelante SG SCM. Rige también para

todas las empresas o personas naturales que presten servicios o mantengan ligada una actividad

contractual con Fam América Latina cuya administración dependa del contrato con SGSCM.

1.12 Objetivo.

Prevenir Evaluando, identificando, controlando y/o Minimizando los riesgos de accidente que puedan

originar daños a personas, instalaciones, Equipos, herramientas y al medio ambiente. Mediante el

cumplimiento de normas, procedimientos, planes, subplanes, programas y la normativa legal vigente.

Ejerciendo un desarrollo importante sobre la base de un mejoramiento continuo, mediante la participación

e involucramiento de todo el Personal y Gerencia.

1.12.1 Objetivo General.

Preservar la salud de los trabajadores en sus actividades de trabajo, mediante la prevención de accidentes

y enfermedades profesionales, promoviendo la higiene en el espacio laboral.

1.12.2 Objetivo específico.

Dar 100% de cumplimiento a todas las actividades contempladas en el presente programa.

Tener cero fatalidades y accidentes de alto potencial

1.13 Responsabilidades.

Administrador de Contratos.

Otorgar el máximo de facilidades: Recursos para la capacitación y entrenamiento de nuestro personal en

materias de HSEC.

Miembro principal en la investigación de los incidentes, con el objetivo de determinar causas y evitar

repeticiones con consecuencias mayores.

Otorga los recursos necesarios para tomar acciones correctivas en caso de presentarse algún suceso o

acontecimiento no deseado (Incidente).

Supervisión y Capataz.

Verificar el funcionamiento de los Procedimientos e Instructivos de trabajo.

Proveer capacitación y entrenamiento a los integrantes de su área, vinculada a la protección integral de

las personas y los recursos.

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PRO-HSEC-SG-05

Participar en la elaboración del Inventario de Peligros y Evaluación de Riesgos de su área.

Participar en la Investigación de incidentes: accidentes a personas, medio ambiente, equipos, Cuasi

pérdidas, fallas operacionales, tomando la acción correspondiente de las medidas correctivas para evitar

su repetición.

Revisar el cumplimiento de la implementación de medidas correctivas y preventivas, derivadas de las

observaciones e inspecciones.

Identificar riesgos materiales en instructivos de seguridad, verificar los controles críticos de cada una de sus

actividades.

De los Trabajadores.

Ejecutar todos los trabajos eficientemente considerando la salud, seguridad, medio ambiente y comunidad

como parte integral del proceso, eliminando las lesiones y pérdidas potenciales.

Cumplir todas las disposiciones estipuladas relacionadas con el sistema integrado, estipuladas en el Sistema

de FAM América Latina Maquinaria Ltda.

Corregir inmediatamente cualquier acto o condición que atente con la seguridad de los empleados o

deterioro del proceso de nuestros servicios.

Participar en el mejoramiento de nuestra cultura de salud, seguridad, medio ambiente y comunidad,

comprometiéndose con las actividades encomendadas por la compañía.

Dar cumplimiento a las normas de Prevención de Riesgos emitidas por la legislación Chilena, la gerencia

FAM América Latina Maquinaria Ltda. y por nuestros clientes Identificar, evaluar e informar todos aquellos

problemas de salud, seguridad, medio ambiente y comunidad, que atente contra la operación y/o

funcionamiento de la organización.

Identificar riesgos materiales en instructivos de seguridad, verificar los controles críticos de cada una de sus

actividades.

Ingenieros de Gestión de Riesgos

Asesorar a la Administración y Línea de Mando en temas de salud, seguridad, medio ambiente y

comunidad, y dar cumplimiento de requerimientos legales establecidos y aplicables.

Ejecutar y coordinar la aplicación del Programa HSEC FAM 2018.

Verificar y asegurar el cumplimiento de las medidas correctivas o planes de acción, resultante de una

Auditoria, Observaciones Preventivas o Inspecciones de Trabajo.

Confeccionar y presentar tanto al cliente como a los Organismos Gubernamentales, las Estadísticas de

Seguridad Mensual. (E-200) y el reporte correspondiente a la Subgerencia HSEC FAM.

Paralizar la ejecución de trabajos que signifique o represente riesgos catastróficos tanto a las personas, a la

propiedad o bienes tanto de la organización como del cliente.

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PRO-HSEC-SG-05

Promover y asesorar a la línea de mando en el cumplimiento del Programas HSEC FAM 2018.

Dictar charlas y ejecutar entrenamientos a la línea de mando en relación a nuevas metodologías de

trabajo, formatos o instrucciones entregadas por el cliente, en materias de HSEC, legislación aplicable y

Mutualidades.

Asesorar las investigaciones de incidentes, apoyando a la línea de mando en la recopilación de

declaraciones y presentación de informes.

C. Punto N° 2: Identificación, evaluación y control de los riesgos.

ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO

El análisis y control de riesgos y peligros proporciona la información necesaria para la prevención de estos

riesgos y mitigan el impacto en materias de salud, seguridad y medio ambiente de nuestras operaciones.

Identificación y Priorización de Riesgos

El objetivo de la administración de riesgos es identificar riesgos, evaluarlos y establecer medidas de control

necesarias para minimizar el nivel de probabilidad de exposición. En este contexto, la administración de

riesgos HSEC se utilizará para:

• Los peligros en la salud, seguridad y medio ambiente y sus riesgos asociados deben ser identificados,

evaluados, clasificados y gestionados para las actividades, productos y servicios.

• Los trabajadores propios y/o de las Empresas Colaboradoras deben realizan la identificación y

evaluaciones de riesgos, las cuales deben ser basado en el procedimiento de administración de riesgos

HSEC.

• Además, se debe revisar cuando ocurren eventos o cambios que puedan afectar la probabilidad o

severidad de los riesgos.

• Una vez al año, se realizará una revisión general, por medio de implementación de un proceso

estructurado y sistemático para la identificación de peligros, evaluación de riesgo y registro de riesgo.

2.1 Inventario de Peligros y evaluación de Riesgos

Este proceso contempla una secuencia de etapas que aseguran un tratamiento sistemático de los riesgos

HSEC, es decir que existe una mirada cíclica desde la identificación del riesgo y aspectos ambientales hasta

el monitoreo de los controles, detectando así cambios que ameriten una nueva evaluación del riesgo.

El departamento HSEC Será responsable de confeccionar un inventario de riesgos de Salud, Seguridad y

Medio Ambiente que cumpla con los siguientes criterios:

Ser conocido por todos los trabajadores del contrato

Ser difundido, mantenido y considerado en la planificación de todas las actividades del área.

Actualizar (reevaluar, revisar, incorporar) el inventario en forma anual o ante la ocurrencia de un

incidente que modifique el nivel de riesgo.

La actualización debe ser hecha con un equipo multidisciplinario y con la participación de trabajadores de

las distintas áreas del contrato

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PRO-HSEC-SG-05

Esta actividad se realizará de acuerdo a procedimiento PIG-007, PIG-008 y Anexo 1 (Registro de Inventario

de Peligro) teniendo presente la dinámica y flexibilidad del sistema para su actualización.

2.2 Procedimientos de trabajo

Cuando una labor es evaluada bajo la metodología establecida y es considerada como crítica se realiza

un procedimiento de trabajo, en el cual se describen en forma secuencial los pasos a seguir y se analizan

los potenciales riesgos asociados a cada etapa determinando sus medidas de control. Uno de los aspectos

principales a considerar en un procedimiento de trabajo es que debe ser confeccionado por todo el

personal que participa en la labor, además cada trabajo se debe analizar mediante un A.R.T, (análisis de

riesgos del trabajo) previo a la ejecución de la tarea.

2.3 Procedimiento de Actividades Altamente Críticas

El control de los Procedimientos de las actividades definidas por FAM América Latina Maquinarias Limitada

como mayor o catastrófico (Altamente criticas) en la evaluación del riesgo puro es obligatoria en todas las

Faenas y operaciones. Cualquier desviación a las especificaciones establecidas en los formatos

establecidos para las actividades altamente critica, debe ser aprobada por el ingeniero HSEC en turno. Los

Procedimientos de las actividades altamente críticas representan los mejores procedimientos actuales en el

control de riesgos fatales, estos derivan de evaluaciones de riesgos realizadas en los diferentes contratos

donde FAM América Latina Maquinarias Limitada desarrolla sus actividades.

Los Procedimientos de las actividades altamente críticas son apenas una parte de los requerimientos para

prevenir accidentes. Los procesos regulares de gestión de riesgos ayudaran a identificar los controles

adicionales y las actividades de la línea de mando requeridas para facilitar una gestión efectiva de estos

riesgos. Estos controles deberán ser implementados adicionalmente para asegurarse de que sean

adecuados y efectivos. Las actividades altamente críticas definidas de acuerdo a la evaluación de Riesgos

son:

1. Conducción de vehículos.

2. Aislamiento y bloqueo.

3. Trabajo en altura.

4. Trabajo en espacios confinados

Metodologías de Control Administrativo del Riesgo. Para este contrato se ha establecido el uso de algunas

herramientas preventivas establecidas contractualmente por el cliente. Lineando los focos 2 y 3 dela

gerencia HSE de SGSCM sobre capacitación y competencias en materias HSE y la gestión focalizada en las

tareas críticas del contrato.

2.4 Análisis de Riesgo del Trabajo Cód. SG-GHSE-PR-F-22

Herramienta de administración del Riesgo que nos permite de manera secuencial identificar, analizar y

controlar los riesgos operacionales incorporando el concepto “Que me puede lesionar” lo que permite de

una manera más simple determinar los riesgos y peligros de una actividad, dejando una resolución

elocuente a las medidas de control.

Se implementará un programa de reforzamiento de la Herramienta de administración del riesgo. El

entendimiento de esta capacitación será evaluado por los Ingenieros HSE a través de sus actividades de

seguridad.

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PRO-HSEC-SG-05

Riesgos No Materiales: Son aquellos riesgos cuyas consecuencias no genera fatalidades o de gravedad

establecidas en la Circular 2345. Se utiliza el formato detallado en el instructivo A”SG-GHSE-PR-IT-02.01

Análisis de Riesgo de Trabajo” de SGSCM. Asimismo, se realiza en cada actividad y cada vez que un trabajo

presente nuevos riesgos o que la planificación de la tarea cambie respecto del primer análisis.

Riesgos Materiales: Son aquellas que impactan la licencia para operar, afectando el cumplimiento de los

objetivos de SG SCM en SSO, MA, financieros y de propiedad. Se aplican cada vez que presenten,

utilizando los Instructivos de Seguridad (IS) generados por la Gerencia HSE de SGSCM, los cuales además son

considerados en la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos

2.5 Permiso trabajo (PT) SG-GHSE-PR-F-14

El PT es de vital importancia, ya que es un documento por el cual una persona, denominada para estos

efectos "Dueño" del área y/o equipo, autoriza el acceso a otra, denominada para estos efectos Ejecutor, a

un área o equipo con los riesgos del entorno identificados y sus medidas de control establecidas para que

éste pueda realizar una o más tareas.

Su Propósito es:

• Asegurar al Ejecutor (FAM o Empresa Colaboradora), que podrá desarrollar su actividad con todos

los riesgos del entorno, identificados y controlados.

• Asegurar que el estándar de permiso de trabajo seguro, sea comprendido y conocido, por el

personal que ejecutará la o las tareas.

• Establecer y garantizar que la responsabilidad en la entrega del área y/o equipo, con los riesgos del

entorno identificado y controlado, la tiene el "Dueño" del área y la responsabilidad en la ejecución del

trabajo en condiciones seguras, la tiene el Ejecutor.

• Cuando el ejecutor de los trabajos, desconozca los riesgos básicos del área o equipo y las medidas

de control donde se llevará a cabo la tarea.

• Cuando el dueño del área y/o equipo considere que la o las tareas a realizar interfieren con las

actividades de operaciones o el ejecutor introduce riesgos adicionales al área o equipo.

2.6 Charla de 5 minutos

La charla de cinco minutos se asocia directamente a la planificación del trabajo que se realiza en el día

analizando sus riesgos y sus medidas que se pudiesen presentar en la tarea a ejecutar, los cuales se deben

considerar para evitar posibles incidentes.

Los supervisores deberán cumplir con la realización de las charlas de cinco minutos a sus trabajadores,

cada día previo al inicio de un trabajo, coordinar y discutir los trabajos y tareas planeadas para el día. En

esta conversación se deberán incluir procedimientos de trabajos, equipos y herramientas que se requieran,

y otras informaciones de seguridad relativa al trabajo a ejecutar.

Cada persona que participe en las charlas deberá registrarse en el formato de charla de seguridad,

entregando los siguientes datos:

• Nombre del trabajador, RUT y firma.

• Nombre del relator.

• Firma del Jefe de Área

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PRO-HSEC-SG-05

• Firma del Asesor HSEC.

• Tema que fue comentado y dado a conocer a los trabajadores.

• Fecha de realización de la charla.

• Tiempo de duración de la charla.

• Descripción del tema tratado, sugerencias de los trabajadores y acciones tomadas relativas a las

opiniones o problemas analizados durante la charla

2.7 Observaciones conductuales segura de trabajo y liderazgo visible

Su objetivo es reforzar las buenas prácticas utilizando las instancias de Liderazgo Visible, permitiendo corregir

las desviaciones de seguridad más críticas e implementar las acciones para evitar su repetición.

Aplicado a:

• Tareas Críticas identificadas en el inventario de riesgos.

• Actividades que han dado origen a incidentes con lesión y/o de Alto Potencial.

• Actividades rutinarias que podrían generar algún tipo de pérdida

Beneficios:

• Eliminar las prácticas que provocan incidentes.

• Determinar las necesidades específicas de reforzamiento/entrenamiento.

• Determinar la efectividad del entrenamiento realizado.

• Impartir las correcciones adecuadas y constructivas en el lugar.

• Reforzar y destacar las buenas prácticas identificadas.

Su aporte, proceso y resultados esperados, se muestran en la siguiente figura:

El Liderazgo Visible refuerza la comunicación entre los trabajadores, supervisores, HS y administrador de

contrato, observando el comportamiento, entregando retroalimentación positiva y discutiendo

oportunidades de mejoras. Permite la comunicación cara a cara, bi-direccional, logrando un impacto en la

correcta preparación y ejecución de las tareas.

Al realizar el liderazgo visible se debe tomar en cuenta lo siguiente:

• Desarrollar un liderazgo de acuerdo a la Política Integral de FAM América Latina Maquinaria

Ltda.

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• Demostrar liderazgo visible realizando visitas en forma regular y consistente a la faenas para

evidenciar los problemas de los trabajadores.

• Mantener permanentemente un diálogo abierto entre las líneas de mando y el personal operativo,

dándole un carácter natural y social.

• Desarrollar un liderazgo en el contexto amplio del trabajo, donde no sólo se acentúe la aplicación

de reglas, sino también interacción y calor humano, de tal manera que el Personal operativo nos perciba

como verdaderos agentes de cambio que podemos influir positivamente en su comportamiento y

desempeño.

2.8 Inspecciones de seguridad

Las inspecciones son una revisión o verificación que se realiza a las áreas, estructuras, equipos, herramientas,

con el fin de identificar condiciones sub-estándares que puedan originar una pérdida.

La ejecución de esta actividad es incorporada al programa personalizado de la línea de mando y en las

actividades que realiza el Comité Paritario de Higiene y Seguridad la que aplicará a la amplitud de las

actividades que este contrato atiende.

Todas las acciones correctivas serán sometidas a seguimiento y verificación en terreno, de manera que

permitan asegurar su cabal realización o de lo contrario gestionar la ejecución de acciones

complementarias.

2.9 Inducción de hombre nuevo

Cada vez que la empresa contrata un trabajador nuevo, se imparte una inducción que describe todos los

riesgos que involucre su función y/o cargo, como también del área en la cual se desempeñará y las

medidas de control que él deberá adoptar para minimizar dichos riesgos. También se debe tener en cuenta

otros aspectos como políticas de la empresa, aspectos legales, planes de emergencia, etc. Esta inducción

será respaldada en el formato ODI R-HSEC-0054

Es por esta razón que se lleva a cabo esta inducción de hombre nuevo, el cual tiene por objetivo principal

dar a conocer al personal las normativas exigidas tanto por la legislación y/o mandante, además de la

instrucción mínima necesaria que exige el Decreto 40 sobre la Obligación de dar a conocer los riesgos

laborales a los cuales están expuestos los trabajadores. Esta instrucción será impartida por el Administrador

de Contrato, Jefe de área, Miembros del CPH&S o los Ingenieros HSE y considerará también a aquellos

trabajadores que se ausenten por periodos extensos de la faena por licencias médicas, traslados u otro

motivo que lo desligue del que hacer de este contrato.

Dentro de los temas principales se deben incluir los siguientes:

• Herramientas de administración del Riesgo (ART, reglas por la vida, políticas etc)

• Estándares de Prevención de Fatalidad, Riesgos materiales, Protocolos de fatalidad, etc

• Observaciones de conducta segura.

• Housekeeping (orden y aseo en el lugar de trabajo).

• Permisos de trabajo.-

• Riesgos asociados a la actividad convenida, y sus medidas de control.

• Enrolamiento a Salud, seguridad, medio ambiente.

• Procedimientos de Bloqueos.

• Manipulación de sustancias peligrosas.

• Normas entregadas por el cliente.-Aspectos ambientales.

• Temas de prevención de riesgos (primeros auxilios, combate y control de incendio, prevención de

accidente tránsito, etc.)

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PRO-HSEC-SG-05

2.10 Capacitación y entrenamiento

La capacitación es considerada como una herramienta estratégica en materia de HSEC, ya que cuando

esta es llevada en forma eficiente podemos lograr cambios significativos en la actitud de las personas,

como también en su nivel de competitividad.

Para dicho efecto la capacitación se realizara de acuerdo al Procedimiento de capacitación,

competencia, formación y toma de conciencia PIG-004.

El departamento HSE es responsable de la elaboración del programa de capacitación y el administrador de

contrato de su ejecución, esto último considerando que los tiempos en la faena deben ser discutidos con el

cliente y pudieran requerir de coordinaciones más generales ligadas directamente a la operación.

Las capacitaciones ya sean estas internas o dictadas por empresas capacitadoras externas u organismos

administradores del seguro, serán evaluadas a cada termino, de manera que se pueda constatar

objetivamente la recepción de los contenidos de estas. En los temas relacionados a las actividades críticas,

(Evaluadas en los inventarios de peligro y evaluaciones de riesgos) cada trabajador deberá cumplir con un

porcentaje mínimo de aprobación de un 90% para ser aprobada. (Las actividades de: Aislación y bloqueo,

trabajo de altura, espacios confinados deben obligadamente ser evaluado bajo esta metodología).

Además será obligación capacitar al personal en los siguientes temas:

• Radiaciones Ultra Violeta

• Manejo manual de carga

• Uso y manejo de extintores

• Primeros auxilios

• Manejo a la defensiva

• Exposición a sílice

• Exposición a ruido

• Trastornos musculo esqueléticos de extremidades superiores

• Trabajos en altura

• Trabajos en espacios confinados

• Aislación y bloqueo

• Riesgos materiales

• Concepto 5X5 S

2.11 Programa línea de mando

Con el objetivo de mantener un apropiado desempeño del presente documento el departamento HSEC,

generará anualmente un programa personalizado a cada cargo de la línea de mando con actividades

preventivas definidas que respondan principalmente al control de los riesgos existentes en las tareas. Este

contendrá el desarrollo de actividades preventivas para el Administrador de contrato, Supervisores,

Ingenieros HSEC y Lideres Generales. El cual será revisado y evaluado mensualmente. En dicha revisión y

evaluación se considera el cumplimiento de las actividades previamente programadas y la adecuada

información de estas actividades. Las cuales se verán reflejadas a través del Reporte de gestión mensual (R-

HSEC- 0072) que será reportado a la sub gerencia HSE.

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PRO-HSEC-SG-05

Actividades Administrador de contrato.

Nombre Fecha

Cargo ADMINISTRADOR DE CONTRATO Mes a Ejecutar

ITEM

ACTIVIDADES

FRECUENCIA SEMANA P R %C

S1 S2 S3 S4 1

Observación Preventiva Seguridad (OPS).

Mensual

1

1

2

2

Liderar reuniones con

líderes.

Semanal

1

1

2

3

Reconocimiento al trabajador destacado por su gestión del concepto

de 5X5 S

Bi mensual

1

1

4

Reportar incidentes Significativos

Cada Vez

5

Celebración de Cumpleaños o Actividad

extra programáticas

Trimestral

1

1

6

Realizar seguimiento y

verificación de los controles en matriz de

peligros y medio ambiente.

Mensual / Cada Vez

1

1

7 Programa de mantención de equipos.

Mensual / Cada Vez

1 1

8 Verificar Cumplimiento de Controles Críticos asociados a Riesgos

Materiales

Mensual

1 1

Total Actividades 09

Nombre y firma de quien recibe Aprobado Gerente GMS Fecha de entrega:

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ACTIVIDADES SUPERVISOR y CAPATAZ

Nombre Fecha

Cargo SUPERVISOR DE TURNO Mes a Ejecutar

Nombre y firma de quien recibe Aprobado Administrador Contrato

Fecha de entrega:

ITEM

ACTIVIDADES

FRECUENCIA

SEMANA P R %C S1 S2 S3 S4

1

Inspecciones Terreno. (Equipos – Instalaciones –

Medio Ambiente)

Mensual

1

1

2

2

Capacitación riesgos

materiales

Semestral

1

1

3 Observación Preventiva Seguridad (OPS- OPT).

Mensual 2

2 4

4

Charlas de 5 min en Terreno.

Diaria

7

7

14

5

Inspección EPP

Semanal

1

1

2

6

Bitácora 5X5 s Cuatrimestral

1

1

7 Revisión de Procedimiento Mensual / cada

Vez

1

1

8 Revisión de Inventario de

Riesgos Cada Vez

9

Buenas practicas Trimestral

1 1

Total Actividades 25

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PRO-HSEC-SG-05

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ACTIVIDADES HSEC

Nombre Fecha

Cargo PREVENCIONISTA DE RIESGOS Mes a Ejecutar

ITEM

ACTIVIDADES

FRECUENCIA SEMANA P R %C

S1 S2 S3 S4 1

Inspecciones Terreno. (equipos – Instalaciones –

Medio Ambiente)

Mensual

1

1

2

2 Observación Preventiva Seguridad (OPS-OPT).

Mensual 2

2

4

3

Capacitaciones

Bimensual

1

1

4

Pre auditora 5X5 S

Trimestral

1

1

5

Informes Mensuales HSEC

Mensual

1

1

6

Reportar Incidentes Significativos

Cada Vez

7

Auditoria 5X5 S

Trimestral

1 1

8

Bitácora 5X5 S

Cuatrimestral

1 1

9 Verificación y seguimiento de controles de Matriz de Riesgos y M ambiente.

Semestral 1 1

10

Verificar Cumplimiento de

Controles Críticos asociados a Riesgos Materiales

Mensual

1 1 2

Total Actividades 15

Nombre y firma de quien recibe Aprobado Administrador Contrato

Fecha de entrega:

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27

D. Punto N° 3: Preparación y respuesta básica ante emergencia.

Proceso para administrar crisis y/o emergencias, dando una respuesta basada en la gravedad de un acontecimiento real o potencial, disponiendo de recursos adecuados para aplicarlos en forma oportuna, de manera que puede ser definida una estrategia y adoptar las acciones para controlar los efectos del incidente, y para mantener o recuperar el control. El objetivo incluye la salud y seguridad del personal, la prevención de la contaminación al Medio Ambiente, la reputación, imagen corporativa y los objetivos de negocios de largo plazo de FAM América Latina Maquinaria Ltda, lo anterior se encuentra en el POF-SG-HSEC-004 Procedimiento de preparación y Respuesta ante Emergencias.

El proceso de Emergencia, reúne varios Estándar de administración de situaciones de emergencia y se alinea con lo dispuesto por la corporación en esta materia.

• Procedimiento Respuesta Ante Emergencias.

• Entrenamiento y Simulacros de Emergencia (Actividades señaladas en el Plan FAM – ACHS)

El programa de Simulacros tiene como objetivo de preparar y concientizar a las personas que se encuentren dentro de las diferentes aéreas, con el fin de adoptar las rutinas de acción más convenientes para afrontar una situación de emergencia. Cada Administrador de Contrato tiene la responsabilidad de gestionar las actividades de simulacro, con el objetivo de contar con la logística de dicha actividad. Para las emergencias que se puedan suscitar en el contrato y para todo efecto relacionado con las emergencias, regirá como único el siguiente flujograma de comunicaciones.

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PRO-HSEC-SG-05

28

3.1 Flujograma de comunicación a nivel de empresa.

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PRO-HSEC-SG-05

29

3.2 Flujograma de comunicación de SGSCM

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PRO-HSEC-SG-05

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3.3 Diagramas y layout, más sistemas de emergencias.

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PRO-HSEC-SG-05

31

3.4 Preparación ante la emergencia.

La preparación ante emergencias esta definida en el “procedimiento de preparación y respuestas

ante emergencias” POF-SG-HSEC-0004

3.5 Preparación de materiales de sistemas de emergencia.

3.6 Preparación de simulacros.

El simulacro programado, será coordinado y preparado, según disponibilidad, con brigada

de emergencias de faena SGSCM si los obejtivos asi lo requerien.

3.7 Preparación de capacitación y entrenamiento de emergencias

Se capacitara al personal respecto del “procedimiento de preparación y respuestas ante

emergencias” POF-SG-HSEC-0004 en forma anual .

Ademas se realizara un simulacro de forma anual en el mes de Diciembre Por ejemplo: Accidentes

Vehiculares, derrame de sustancias peligrosas, incendio, etc.

E. Punto N° 4: Salud Ocupacional e Higiene Industrial.

Fam América Latina Maquinarias Ltda. Cuenta con un programa corporativo sobre Higiene y Salud

Ocupacional a cargo del Sub Gerente HSEC y asesorado directamente por la Asociación Chilena

de Seguridad. De este plan se desprenden actividades relacionadas y adecuadas a la realidad

de cada contrato, en el caso del contrato con SG SCM el programa se aplica en su extensión,

identificando acciones específicas de diagnóstico, detección y capacitación para el periodo

2017.

Este calendario será responsabilidad del departamento HSEC y la Administración del

contrato en su ejecución y cumplimiento.

PROGRAMA CORPORATIVO DE HIGIENE Y SALUD OCUPACIONAL

Objetivo

Reconocer, evaluar y controlar aquellos factores higiénicos que se generan en los lugares de

trabajo y que pueden ocasionar alteraciones en la salud de los trabajadores.

Poner en práctica programas que consideren adecuada y oportuna vigilancia médica para todos

los trabajadores expuestos a agentes que representen algún grado de agresividad para la salud.

Pesquisar precoz y oportunamente signos o síntomas de Enfermedades Profesionales entre los

trabajadores, de manera de adoptar las medidas necesarias para evitar daños irreversibles a la

salud.

Prevenir y controlar el riesgo mediante acciones educativas y uso de elementos de protección

personal.

Diagnosticar y tratar en forma oportuna los casos agudos o crónicos que se produzcan.

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PRO-HSEC-SG-05

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Alcance

Este Plan es aplicable a todo el personal de FAM LA Ltda. Expuestos a Agentes contaminantes

(físicos, químicos y/o biológicos) en las diferentes áreas y faenas donde desarrollan sus servicios.

Definiciones.

Higiene Industrial: Ciencia que se enfoca hacia el reconocimiento, evaluación y control de

aquellos factores higiénicos que se generan en los lugares de trabajo y que pueden ocasionar

alteraciones en la salud de los trabajadores.

Enfermedad Profesional: Todo estado patológico derivado de la acción continúa de un agente

higiénico en concentración superior a la permitida y que tenga su origen o motivo en el trabajo o

en el medio donde el trabajador presta servicios.

Polvo Respirable: Partículas sólidas en suspensión capaces de ingresar al organismo por vía

respiratoria cuyo tamaño máximo es igual o inferior a 5 micrones, la que según su composición

química y concentración, pueden afectar la salud de las personas en el tiempo.

Plan Nacional para la Erradicación de la Silicosis 2009-2030 (PLANESI): Nace como una importante

iniciativa, que tiene por objetivo contribuir a terminar con esta enfermedad laboral en nuestro

país, la cual afecta de manera directa no sólo la salud y calidad de vida de quien la sufre, sino

que además la familia, situación económica y la productividad del país.

Se trata entonces de una iniciativa clave en la política de Protección Social que ha impulsado el

Gobierno de Chile y que además se enmarca dentro del Programa Global de Erradicación de la

Silicosis en el mundo al año 2030 que ha desarrollado la Organización Mundial de la Salud (OMS) y

la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Factor de Riesgo: Agentes físicos, químicos y/o biológicos, presente en el medio ambiente y que

pueden producir un deterioro en la salud y seguridad de las personas expuestas a ellos.

Ruido: Sensación auditiva desagradable para el oído humano; todo nivel de presión sonora que

supere los 85 decibeles con filtro A lento.

Protocolo de Exposición Ocupacional a Ruido (PREXOR): Las empresas que tengan áreas de

trabajo u operaciones con exposición a ruido, deben tener un programa de vigilancia ambiental y

de la salud de acuerdo con las directrices del Protocolo de Exposición Ocupacional a Ruido

(PREXOR).

Este protocolo, promulgado en noviembre del 2011, tiene entre sus objetivos aumentar la

población de trabajadores con exposición controlada, mejorar la eficiencia y oportunidad de las

medidas de control en los lugares de trabajo y disponer de procedimientos que permitan detectar

precozmente a trabajadores con problemas de audición debido a exposición a ruido.

Para ruido estable o fluctuante el límite permisible de ruido se mantiene en 85 dBA para 8 horas de

exposición diaria y equivale a una dosis de 1 o 100%.

Se agrega el termino Criterio de Acción, que corresponde a una dosis igual al 50% del límite

permisible, 82 dBA, que si es excedido, dará lugar a la implementación de medidas de control

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PRO-HSEC-SG-05

33

técnicas y /o administrativas, destinadas a disminuir la exposición ocupacional a ruido, junto con el

ingreso del trabajador al programa de vigilancia de la salud auditiva.

IDENTIFICACION DE AGENTES

Agentes Químicos

Polvo Respirable.

Sílice Libre Cristalizada (Cuarzo)

Humos metálicos.

Agentes Físicos

Ruido.

Iluminación.

Altura Geográfica.

Para cada agente se tendrá explicitado el listado de los exámenes médicos y de laboratorio que

se deberá realizar según el Instituto de Salud Pública.

De acuerdo a la frecuencia del chequeo, el cual dependerá del tiempo e intensidad de la

exposición al agente de riesgo, el empleado será examinado por los facultativos del Organismo

Administrador de la Ley Nº 16.744.

Los resultados serán enviados desde el Organismo administrador de la Ley, al Sub Gerente de

Prevención de Riesgos FAM América Latina Maquinaria Ltda.

El Administrador y el Asesor HSEC del Contrato, informarán los resultados a los trabajadores.

Todos los resultados, tanto del examen médico general, de salud ocupacional, psicosensotécnico,

como los de laboratorio e historia ocupacional, estarán contenidos en la ficha clínica individual

del trabajador en la Mutualidad respectiva.

Aquellos trabajadores, que resulten con algún examen alterado, recibirán la consejería profesional

de parte del equipo médico del Organismo Administrador.

Se implementarán planes de vigilancia médica, tendientes a detectar precozmente signos o

síntomas que permitan prevenir el desarrollo de alguna enfermedad profesional.

Este plan será específico para cada agente, considerando tantos exámenes médicos, monitoreos

biológicos y otros procedimientos necesarios para el diagnóstico y prevención.

Protocolos MINSAL

Se deberá implementar o realizar seguimiento según corresponda a los siguientes protocolos

MINSAL

4.1 PLANESI

Plan Nacional para la Erradicación de la SILICOSI

4.2 PREXOR

Protocolo de Exposición Ocupacional a Ruido

4.3 RUV SOLAR

Guía Técnica Radiación Ultravioleta de Origen Solar

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PRO-HSEC-SG-05

34

4.4 MMC

Manejo Manual de Cargas / Guía Técnica para la evaluación y control de los riesgos asociados al

manejo o manipulación manual de carga

4.5 TME-EESS

Trastornos Musculo esqueléticos de Extremidades Superiores relacionados con el trabajo

4.6 PSICOSOCIAL

Protocolo de Vigilancia de riesgos Psicosociales en el Trabajo

4.7 ALCOHOL Y DROGA, "A&D".

FAM AMERICA LATINA MAQUINARIAS LIMITADA realizara un Programa preventivo de uso y abuso

de alcohol y otras drogas, basado en el procedimiento de aplicación de la política de A&D de

Minera SGSCM.

Política de Alcohol y Drogas: La compañía promoverá acciones que incentiven

estilos y conductas de vida saludables, procurando y a la vez previniendo

conductas de riesgos asociadas al consumo de alcohol y de drogas sin

Prescripción médica

. Incentivando el auto cuidado, la responsabilidad individual y educando sobre los

riesgos en salud, el trabajo y la comunidad a traba vez de campañas, charlas de

concientización.

Cumplimiento del programa.

Se realizaran controles disuasivos del consumo de alcohol y drogas, incluyendo en examen

pre ocupacional.

Cumplimiento de controles a todo el personal de manera semestral.

Cumplimiento de programa mensual entregado por SGSCM.

Actividades educativas sobre el consumo de alcohol y drogas.

4.8 Acciones.

4.8.1 De la higiene del trabajo.

Descripción

Muestreos ambientales y mediciones personales en terreno:

Los agentes higiénicos son monitoreados para prevenir que los trabajadores se expongan al riesgo

de adquirir una enfermedad profesional en el tiempo, durante el ejercicio de sus funciones.

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PRO-HSEC-SG-05

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Se realizará monitoreo en los lugares de trabajo y además, se monitoreará directamente las

personas en el ejercicio de sus funciones diarias.

La determinación del número de muestras por agente se realizará en base a la cantidad de

personas efectivamente expuestas a un determinado agente, basados en lo estipulado en por el

Instituto de Salud Pública.

La Tabla I, permite una determinación rápida del tamaño del grupo de trabajadores a ser

muestreados, en el siguiente rango:

o Límite de trabajadores altamente expuesto, 10%

o Límite de Confianza, 95%

o N= Tamaño del grupo (turno en operación)

o n= Número de trabajadores del grupo (turno en operación) a muestrear

Tamaño del

Grupo (Turno)

N

12

13-

14

15-

16

17-

18

19-

21

22-

24

25-

27

28-

31

32-

35

36-

41

42-

50

Nº Trabajadores

necesarios a

medir (n)

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

29

(Usar n=N, si N≤11)

Los muestreos y/o mediciones de los agentes de riesgo relacionados con el desarrollo de posibles

enfermedades ocupacionales, serán realizadas con equipos que permiten obtener muestras en

terreno en tiempo real, trabajo que estará a cargo de personal especializado del área de Higiene

Industrial de la Asociación Chilena de Seguridad ACHS.

La calibración de equipos y tiempo de muestreo y/o mediciones, estará de acuerdo a lo

recomendado por el Laboratorio de Higiene Industrial de la mutualidad, en atención a las

técnicas de análisis normalizados (acreditación bajo la Norma ISO/IEC 17025 de la American

Industrial Higiene Association (AIHA) y certificación ISO 9001 por Lloyd’s Register QA), cuyo alcance

comprende: análisis de muestras ambientales, biológicas y provisión de equipos de terreno.

Evaluación (resultados)

Las evaluaciones constituyen la base para el desarrollo y direccionamiento de los programas de

salud ocupacional. Una vez realizado el muestreo o medición, el departamento de higiene de la

Mutualidad emitirá un informe técnico con medidas de eliminación o mitigación para los riesgos

evaluados.

Las medidas podrán ser de carácter administrativo o ingenieriles, considerando la jerarquía del

control de los riesgos. Para efectos de evaluación, se utilizarán los estándares nacionales que

estipula el Decreto Supremo Nº 594 del Ministerio de Salud, identificándose los siguientes tramos:

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Baja Exposición

La concentración del agente es menor o igual al 50 % del LPP.

En este caso no procede la aplicación de medidas de control

específicas.

Corresponde realizar una próxima evaluación dentro de 2 años para

agentes químicos y 3 años para agentes físicos.

Media

Exposición

Valores mayores al 50 % del LPP y menores al 100% del LPP.

En este caso se entregarán recomendaciones, medidas técnicas y/o

ingenieriles de control.

Generación de nómina de trabajadores a ser ingresados al Programa

de Vigilancia Médica de Enfermedades Profesionales de carácter

preventivo.

Para el caso de ruido, ingresan los niveles de dosis mayores de 0,5.

Alta Exposición

Niveles iguales o mayores al 100% del LPP.

Se entregará recomendaciones, medidas técnicas y/o ingenieriles de

control.

Se elaborará nómina de los trabajadores para ser ingresados al

Programa de Vigilancia.

Existe riesgo de enfermedad profesional.

4.8.2 De la salud ocupacional.

Examen Pre - ocupacional. Es aquel examen que se practica a todo trabajador previo a su

ingreso, tendiente a evaluar el estado de salud general y específicamente a sus condiciones

anatómicas, fisiológicas y psicológicas para enfrentar los riesgos existentes en los lugares de

trabajo al cual postula, con el fin de obtener una adaptación óptima a su ambiente laboral.

Examen Ocupacional: examen médico orientado a detectar la existencia de agentes biológicos,

químicos y físicos, que puedan provocar en el mediano o largo plazo alguna enfermedad

relacionada el trabajo. La detección se realizará por medio de exámenes específicos al personal

en cada uno de los agentes detectados.

4.8.3 Plan de vigilancia epidemiológica.

Vigilancia Médica

Consiste en practicar exámenes que serán efectuados por el área de Medicina del Trabajo de la

Asociación Chilena de Seguridad ACHS, los que estarán dirigidos a detectar efectos negativos en

la salud de las personas expuestas a los agentes higiénicos laborales, sospechosos de Enfermedad

Profesional detectados en las evaluaciones cuantitativas realizadas en terreno.

La periodicidad de estos estará dado por los resultados médicos obtenidos y los que determine

Medicina del Trabajo del Organismo Administrador, cuya acción permita observar y pesquisar en

forma precoz, cualquiera alteración que en él se produzca.

Para tal efecto se utilizará la metodología propuesta por la Mutualidad, fundamentado por

circulares del Ministerio de Salud, Ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades

Profesionales, tratados y manuales internacionales.

Recomendaciones – Seguimiento

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El análisis y seguimiento de los informes técnicos de resultados se realizarán conjuntamente con el

equipo médico y asesor de higiene de la mutualidad, focalizando en:

Los resultados de los monitoreos ambientales y personales

Los aspectos legales de la exposición a riesgos

Las recomendaciones respecto de:

Listado de expuestos para ingresar al Programa de vigilancia

Programa Educativo según riesgo ocupacional

Programas de Control y seguimiento a los riesgos ocupacionales detectados

Control de Cumplimiento y seguimiento de las recomendaciones

Recomendaciones técnicas y operacionales que corresponda (Ej.: Cambios transitorios o

definitivos de Puestos de Trabajo, cambios estructurales, sistema de rotación, etc.).

Programación de eventuales nuevos controles.

4.8.4 Reglamento Especial para Empresa Contratista y Subcontratistas.

Sierra gorda SGSCM pone a disposición el “reglamento especial para empresas contratistas y

subcontratistas sierra gorda scm” SG-GHS-PR-R-12. Este reglamento tiene como objetivo lo

siguiente:

a) Definir los responsables de implementar y mantener en funcionamiento el sistema de

Gestión y Salud en el Trabajo – SGRL

b) Fijar los mecanismos de coordinación en materia de seguridad y salud y salud en el trabajo

(HS), entre las distintas empresas presentes en las faenas de SGSCM.

c) Establecer la obligación de las empresas contratistas y subcontratistas de informar a la

empresa principal cualquier condición que implique riesgos para la seguridad y salud de

los trabajadores, la ocurrencia de cualquier accidente del trabajo o el diagnostico de

cualquier enfermedad profesional.

d) Establecer las obligaciones y prohibiciones a que están sujetas las empresas contratistas y

subcontratistas en materia de seguridad y salud en el trabajo

e) Definir los mecanismos de vigilancia y control que SGSM aplicará sobre las empresas

contratistas y subcontratistas.

f) Definir las sanciones que se aplicarán a las empresas contratistas y subcontratistas y su

procedimiento de sanción

Este reglamento establece las exigencias de seguridad y salud ocupacional, que, deben cumplir

todas las empresas contratistas y subcontratistas que mantienen contrato en SGSCM

F. Punto N° 5: Incidentes, accidentes, acciones correctivas y acciones preventivas.

Los Incidentes / No Conformidades de HSEC son reportados, registrados, investigados e

informados según procedimiento vigente de la Empresa.

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PRO-HSEC-SG-05

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Se debe determinar las causas que contribuyen al incidente como también los controles orientados a la prevención de eventos similares y el análisis de fallas de los controles. La identificación y reporte de incidentes sin intercambio de energía es promovido y valorado en toda la organización. Los Incidentes Significativos (reales o potenciales) deben ser reportados utilizando según procedimiento de investigación de incidentes. (PIG-012), Además se deberá aplicar para la gestión de incidentes el “Procedimiento de gestión de Gestión de Incidentes” SG-GHSE&GAAEE-PG-13

Cabe destacar que la metodología utilizada para la investigación de accidente será ICAM

5.1 Es importante para el Gerente y/o Administrador de Contrato:

Administrador de contrato deberá, establecer las responsabilidades para la aplicación de:

Circular N° 2.345. imparte instrucciones respecto de las obligaciones impuestas a las

empresas por los incisos 4° y 5° del art., 76/16.744, en virtud de lo establecido en la ley n°

20.123.

Circular N° 2.378. complementa instrucciones impartidas mediante circular N° 2.345, de 10-

01/07, respecto de las obligaciones impuestas a las empresas por los incisos 4° y 5° del art.,

76/16.744, en virtud de lo establecido en la ley N° 20.123.

Norma Técnica 0142. Para la implementación de sistemas de vigilancia de Accidentes de

trabajo con resultados fatales y Graves

5.2 Contenido del Informe de Investigación:

La información obtenida en el proceso de investigación es registrada en el Formato de Informe de

Investigación de Incidente, este informe considerará a lo menos la siguiente información:

Identificación.

Clasificación del Incidente.

Descripción del Suceso.

Factores de incidencia en la causalidad.

Análisis de Causalidad y Potencialidad

Medidas Correctiva.

Croquis

Retroalimentación

Registro

Cuadro de costos

5.3 Re portabilidad del flash:

Con el objetivo de informar y alertar a la organización respecto a la ocurrencia de un incidente, se

deberá reportar mediante informe flash, antes de que se cumplan 4 hrs después de ocurrido el

incidente, este reporte se realizara en plataforma ANTIRION, Aplicando instructivo de Re

portabilidad de incidente Rev. N° 2

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PRO-HSEC-SG-05

39

5.4 Procedimiento para realizar la Investigación de Incidente y seguimiento a PAEs:

Para la investigación de incidentes se complementara Procedimiento de investigación de

incidentes. (PIG-012), Además se deberá aplicar para la gestión de incidentes el “Procedimiento

de gestión de Gestión de Incidentes” SG-GHSE&GAAEE-PG-13

Cabe destacar que la metodología utilizada para la investigación de accidente será ICAM

Una vez finalizada la investigación y respaldada con informe de investigación de incidentes, se

deberá cargar a la plataforma ANTIRION.

G. Punto N° 6: Capacitación y entrenamiento.

La capacitación es considerada como una herramienta estratégica en materia de HSEC, ya que

cuando esta es llevada en forma eficiente podemos lograr cambios significativos en la actitud de

las personas, como también en su nivel de competitividad.

Para dicho efecto la capacitación se realizara de acuerdo al Procedimiento de capacitación,

competencia, formación y toma de conciencia PIG-004.

El departamento HSE es responsable de la elaboración del programa de capacitación y el

administrador de contrato de su ejecución, esto último considerando que los tiempos en la faena

deben ser discutidos con el cliente y pudieran requerir de coordinaciones más generales ligadas

directamente a la operación. Las capacitaciones ya sean estas internas o dictadas por empresas

capacitadoras externas u organismos administradores del seguro, serán evaluadas a cada

termino, de manera que se pueda constatar objetivamente la recepción de los contenidos de

estas. En los temas relacionados a las actividades críticas, (Evaluadas en los inventarios de peligro

y evaluaciones de riesgos). Cada trabajador deberá cumplir con un porcentaje mínimo de

aprobación de un 90% para ser aprobada. (Las actividades de: Aislación y bloqueo, trabajo de

altura, espacios confinados deben obligadamente ser evaluado bajo esta metodología).

Se realizará capacitaciones al todo el personal en los siguientes temas:

Radiaciones Ultra Violeta.

Manejo manual de carga.

Uso y manejo de extintores

Taller de primeros auxilios

Silicosis y su consecuencia.

Ruido y sus enfermedades.

Protocolos Minsal

Procedimientos Operativos

Se realizará capacitaciones a los operadores de equipos en los siguientes temas:

Manejo a la defensiva.

Fatiga y somnolencia.

Se deberá capacitar a los integrantes del CPHS en los siguientes temas:

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PRO-HSEC-SG-05

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Inducción comité paritario.

Investigación de accidentes.

Se realizara capacitaciones a línea de mando en los siguientes temas:

Responsabilidad civil y penal.

Investigación de accidente

6.1 Plan de capacitación y entrenamiento.

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PRO-HSEC-SG-05

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PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PROCEDIMIENTOS 2018

SG.14.CS.030.1 Faena Sierra Gorda

7

N° CÓDIGO NOMBRE MES CAPACITACION

1 POF-SG-ASE-001 Procedimiento Aseo Industrial con Camion Alto Vacio AGOSTO

2 POF-SG-ASE-002 Procedimiento Aseo Industrial de Correas Transportadoras AGOSTO

3 POF-SG-ASE-003 Procedimiento desatollo de Sistemas Operativos planta SEPTIEMBRE

4 POF-SG-ASE-004 Procedimiento de Seguridad Señalero-Paletero SEPTIEMBRE

5 POF-SG-ASE-005 Procedimiento Aseo Industrial Operación de Mini Cargador OCTUBRE

6 POF-SG-ASE-006 Procedimiento Operación Camión Tolva OCTUBRE

7 POF-SG-ASE-007 Procedimiento Operación Retroexcavadora OCTUBRE

8 POF-SG-ASE-008 Procedimiento para Aseo con herramientas manuales . NOVIEMBRE

9 POF-SG-ASE-009 Procedimiento Aseo Industrial en Planta de Molibdeno NOVIEMBRE

10 POF-SG-ASE-010 Procedimiento de Abastecimiento de Combustible a Equipos Moviles y Estacionarios Fuera del Servicentro NOVIEMBRE

11 POF-SG-ASE-011 Procedimiento Trabajo con Hidrolavadora NOVIEMBRE

12 POF-SG-ASE-012 Procedimiento Aseo industrial en areas donde se utilizen productos quimicos . DICIEMBRE

13 POF-SG-ASE-013 Procedimiento Aseo Industrial Lavado Interior Espesador de Relaves DICIEMBRE

14 POF-SG-ASE-014 Procedimiento de Trabajo en piscinas DICIEMBRE

15 POF-SG- HSEC 001 Procedimiento aislacion y bloqueo JULIO

16 POF-SG- HSEC 002 Procedimiento espacios confiados JULIO

17 POF-SG- HSEC 003 Procedimeinto trabajos en altura JULIO

18 POF-SG-HSEC -004 Procedimeinto preparacion y respuesta ante emergencias JULIO

19 POF-SG- HSEC-005 Procediemiento de conduccion y normas para peatones NOVIEMBRE

20 POF-SG-MEC-01 Procedimieinto mantenimiento programado NOVIEMBRE

21 POF-SG-MEC-02 Procedimiento cambio de alternador NOVIEMBRE

22 POF-SG-MEC-03 Procedimiento mantenimeinto correctivo sisitema de susupension de equipos NOVIEMBRE

23 POF-SG-MEC-04 Procedimiento mantencion aire acondicionado NOVIEMBRE

23 POF-SG-MEC-05 Procedimiento mantenimeinto correctivo sisitema de direccion NOVIEMBRE

24 POF-SG-MEC-06 Procedimiento de mantencion a sisitema de inyeccion de motor NOVIEMBRE

25 POF-SG-MEC-07 Procedimiento de mantencion a sisitema de lubricacion de motor NOVIEMBRE

26 POF-SG-MEC-08 Procedimiento mantenimiento correctivo sistema hidraulico NOVIEMBRE

27 POF-SG-MEC-09 Procedimiento mantenimiento correctivo carroseria NOVIEMBRE

28 POF-SG-MEC-10 Procediemiento cambio de bateria NOVIEMBRE

29 POF-SG-MEC-11 Procedimiento cambio de motor de arranque NOVIEMBRE

REVISIÓN

R-GG-0025

CONTRATO

FECHA DEL REGISTRO

LISTADO MAESTRO DE PROCEDMIENTOS INTERNOS/EXTERNOS

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PRO-HSEC-SG-05

42

H. Punto N° 7: Auditorías Internas.

El Contrato en acciones comprometidas con el desempeño del SIG, se someterá voluntariamente

a las auditorias fijadas por la Sub Gerencia HSE de FAM calendarizadas o no, como así también a

las auditorías internas que fije el cliente a través de los distintos departamentos que las pudieran

ejecutar, para esto el departamento HSEC realizara revisiones, actualizaciones y mejoras

periódicas al SIG del contrato con la finalidad de mantener actualizado el sistema y lo

relacionado, como a su vez mantener preparativos constantes de Pre Auditorias.

I. Punto N° 8: Revisión por la dirección.

La dirección “Gerencia general y/o Administrador de contrato, deberá realizar seguimiento al SG

HS, Segú el siguiente programa:

Los resultados de las revisiones y seguimientos serán informados mediante un informe ejecutivo a

los responsables del cumplimiento.

J. Punto N° 9: Seguimiento y medición.

FAM América Latina Maquinaria Limitada, deberá preparar un programa de seguimiento y

medición el que debe ser aplicado según el Procedimiento de Gestión SG-GHSE&GAAEE-PG-09

Seguimiento y Medición

Este programa de seguimiento y medición deberá materializarse el primer trimestre del Año 2018

K. Punto N° 10: Programa 5x5s.

FAM América latina Maquinaria Limitada, deberá generar un programa de actividades 5x5s

DESCRIPCIÓN FRECUENCIA RESPONSABLE

s incidentes con lesión y alto potencial están cerrados en el sistema ANTIRION. CADA VEZ ADMINISTRADOR

DE CONTRATO

CADA VEZ ADMINISTRADOR

DE CONTRATO

siendo comunicado y continua siendo apropiado ANUAL ADMINISTRADOR

DE CONTRATO

SEMESTRAL

ADMINISTRADOR

DE CONTRATO

SEMESTRAL ADMINISTRADOR

DE CONTRATO

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PRO-HSEC-SG-05

43

tomando en consideración el Estándares operativos de HSE / N° 21 Lineamientos Programa 5x5s,

Rev. 01

PLAN DE ACCION 5x5 S 2018

ACTIVIDADES DESCRIPCION FRECUENCIA RESPONSABLE

Mirada interior Al inicio de turno se deberá realizar charla de seguridad enfocada a la

mirada interior y difusión de aprendizajes

Cada vez HSEC /SUPERVISOR

Mirada interior Celebración de Cumpleaños O Actividad extra programáticas

Trimestral ADMISTRADOR

Mirada interior Realizar actividades enfocada a los incidentes ocurridos (Charlas de

sensibilización, autocuidado campañas, Buenas practicas, etc.)

Cada vez

HSEC / SUPERVISOR

Mirada interior

Difusión de procedimientos operativos FAM, estándares

SGSCM.

Cada vez HSEC/SUPERVISOR

Mirada interior Reconocimiento al trabajador destacado por su gestión del

concepto de 5X5 S

Bi mensual HSEC / ADMISTRADOR

Mirada interior Capacitación y evaluación a todo el personal de concepto de mirada

interior

Trimestral HSEC

SEPARAR -ORGANIZAR Revisión oficinas ,escritorios ,baños, salas de cambio

Cada vez HSEC/SUPERVISOR

LIMPIAR Control de segregación y retiro de residuos del punto limpio

Semanal HSEC/SUPERVISOR

SUSTENAR 1.-Publicación de layout de oficinas y bodegas

2.- Observación preventiva de seguridad.

3.-Inspeccion de herramientas y equipos.

4.-Observacion planeada de trabajo. 5.- Inspecciones de seguridad.

Cada vez

Semanal

Cada vez

Semanal

Semanal

ADMISTRADOR

HSEC/SUPERVISOR ADMISTRADOR BODEGUERO

HSEC/SUPERVISOR

ADMISTRADOR HSEC/SUPERVISOR

ADMISTRADOR

Sustentar Buenas practicas Trimestral SUPERVISOR

L. Punto N° 11: Manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos.

Para dar cumplimiento al Reglamento Sanitario Nº 148 sobre Manejo de Residuos Peligrosos y el

D.S. N° 594 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias Básicas en los Lugares de Trabajo

FAM América latina maquinarias limitada considera que, Por la característica del contrato y

desarrollo de los trabajos el manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos se

realiza como lo describe el punto 11.1

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11.1 Etapas del manejo de residuos.

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45

M. Punto N° 12: Listado maestro de Procedimientos, Instructivos y formatos del Plan y

Programa de Seguridad, Salud y Medio Ambiente, "Empresa".

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PRO-HSEC-SG-05

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N. Punto N° 13: Control de cambios.

Nº Identificación de(l) (los) cambio(s)

(Páginas afectadas)

Fecha

del cambio

Firma

del custodio

0 Creación del Programa. 01-02-2015

1 Revisión y actualización del Programa para el año 12-02-2016

2 Revisión y actualización del Programa para el año 15-01-2017

3 Revisión y actualización del programa para el año 22-02-2018

4 Revisión y actualización del programa para el año 11-07-2018

5 Revisión y actualización del programa 22-10-2108

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Ñ. Anexo 1: "Requisitos Legales".

Ítem Documento N° Descripción

1 Ley 16.744 Establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades

Profesionales.

2 Ley 19.300 Sobre Bases Generales Del Medio Ambiente (Modificada por ley

20.173/07).

3 Ley 20.946 Regula el peso máximo de carga humana.

4 Ley 20.096 Mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de

la capa de ozono.

5 Ley 20.123

Regula el trabajo en régimen de Subcontratación,

funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios, y el

contrato de trabajo de servicios transitorios

6 Ley 20.137 Otorga permiso laboral por nacimiento y muerte de parientes

7 Ley 20.545 Modifica las normas sobre protección a la maternidad e

incorpora el Permiso Postnatal Parental.

8 Ley 19.518 Comité Bipartito de capacitación.

Ítem Documento N° Descripción

1 Decreto Supremo 3 Aprueba reglamento de protección radiológica de instalaciones

radiactivas.

2 Decreto Supremo 18 Certificación de calidad de elementos de protección personal

contra riesgos ocupacionales.

3 Decreto Supremo 40 Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

4 Decreto Supremo 54 Decreto Supremo N°54 - Comités Paritarios de Higiene y Seguridad

5 Decreto Supremo 67

Aprueba reglamento para aplicación de artículo 15 y 16 de ley N°

16.744, sobre exenciones, rebajas y recargos de la cotización

adicional diferenciada.

6 Decreto Supremo 73 Reglamento especial de explosivos para las faenas mineras

7 Decreto Supremo 76 Reglamenta el art 66 bis de la Ley de Subcontratación

8 Decreto Supremo 78 Aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias

peligrosas

9 Decreto Supremo 109 Aprueba el reglamento para la calificación y evaluación de los

Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales

10 Decreto Supremo 110

Establece escala para la determinación de cotización adicional

diferenciada a que se refiere la letra b) del artículo 15 de la Ley Nº

16.744

11 Decreto Supremo 132 Reglamento de Seguridad Minera

12 Decreto Supremo 148 Aprueba reglamento sobre uso de residuos peligrosos

13 Decreto Supremo 173

Reglamenta autorización de laboratorios que certifiquen la

calidad de elementos de protección personal contra riesgos

ocupacionales

14 Decreto Supremo 369 Reglamenta normas sobre extintores portátiles

15 Decreto Supremo 379

Aprueba Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para

el almacenamiento y manipulación de combustible líquidos

derivados del petróleo

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PRO-HSEC-SG-05

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16 Decreto Supremo 594 Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales

Básicas en los Lugares de Trabajo

Ítem Documento N° Descripción

1 Reglamento 76

Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la

ley n°16.744 sobre la gestión de la seguridad y salud en el Trabajo

en obras, faenas o servicios que indica.

2 Reglamento 298 Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos

3 Reglamento 977 Reglamento sanitario de los alimentos

4 Reglamento s/n Reglamento Especial para Empresas Contratistas y

Subcontratistas.

Ítem Documento N° Descripción

1 NCh 1430 Extintores Características y Rotulación

2 NCh 2056 Extintores portátiles: Inspección, Mantenimiento, Recarga y

Requisitos Generales.

3 NCh 998 Andamios - requisitos generales de seguridad

4 NCh 2728 Organismo Técnico de Capacitación

Ítem Documento N° Descripción

1 Circular 3335

Imparte instrucciones respecto de las obligaciones impuestas a las

empresas por los incisos 4° y 5° del artículo 76 de la ley N° 16.744,

en virtud de lo establecido en la ley n° 20.123.

Ítem Documento N° Descripción

1 Guía Técnica s/n Guía para la selección y control de equipos de protección

personal para trabajos con riesgo de caídas (ISP)

2 Guía Técnica s/n Guía para la selección y control de protección respiratoria

3 Guía Técnica s/n Radiación ultravioleta de origen solar

4 Guía Técnica s/n Protocolo de vigilancia para trabajadores de riesgo de TME-EESS.

5 Norma Técnica 156

Protocolo sobre normas mínimas para el desarrollo de programas

de vigilancia de la pérdida auditiva por exposición a ruido en los

lugares de trabajo.

6 Norma Técnica s/n Identificación y evaluación de factores de riesgo de TMERT

Ítem Documento N° Descripción

1 MMC s/n

Manejo Manual de Cargas / Guía Técnica para la evaluación y

control de los riesgos asociados al manejo o manipulación

manual de carga

2 PLANESI. s/n Plan Nacional para la Erradicación de la SILICOSIS

3 PREXOR. s/n Protocolo de Exposición Ocupacional a Ruido

4 PSICOSOCIAL s/n Protocolo de Vigilancia de riesgos Psicosociales en el Trabajo

5 RUV SOLAR s/n Guía Técnica Radiación Ultravioleta de Origen Solar

6 TME-EESS s/n Trastornos Musculo esqueléticos de Extremidades Superiores

relacionados con el trabajo

Ítem Otros Descripción

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PRO-HSEC-SG-05

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1

Estadísticas de

accidentes, registro de

lesiones (E-200 /

FORMULARIO SIMIN)

La empresa debe llevar el registro de accidentes y lesiones

ocurridas. Asimismo debe de remitir el E-200 & SIMIN (si presenta

eventos lo remite el simin), los primeros 3 días de cada mes.

2

Reglamento interno de

orden, higiene y

seguridad.

Indicar si la empresa cuenta con un reglamento interno de orden,

higiene y seguridad, y además fue visado por el SNS e Inspección

del Trabajo, y entregado al personal.

3 Derecho a Saber

La empresa debe de contar con un registro que avale que el

100% de los trabajadores ha sido informado sobre sus riesgos

laborales, medidas preventivas y métodos correctos de trabajo.

4

Lista de Legislación

Aplicable

SG-GHSE-&GAAEE-F-02

5

Matriz identificación de

Cumplimiento de

Requisito Legal

SG-GHSE&GAAEE-F-18