Prevención de Lavado de Dinero - serf.libertyfianzas.com › publics_files › ... · Lavado de...
Transcript of Prevención de Lavado de Dinero - serf.libertyfianzas.com › publics_files › ... · Lavado de...
Temario1. Introducción
Definición de Lavado de Dinero¿Qué es el GAFI?La Unidad de Inteligencia FinancieraFinanciamiento al Terrorismo
2. Marco Regulatorio3. Identifica y Conoce a tu Cliente
Identificación del ClienteConocimiento del Cliente
4. Señales de alerta en el Proceso de Identificación y Conocimiento del Cliente5 Tipo de operaciones
InusualesPreocupantesRelevantes
6. Reserva y Confidencialidad
Objetivo
Identificar el marco normativo relacionado con el Delito de Lavado de Dinero yFinanciamiento al Terrorismo.Así como Identificar la necesidad y beneficios del proceso de Identificar yConocer al cliente.
Definición de Lavado de Dinero
Es el proceso a través del cual, es encubierto el origen de los fondosgenerados mediante el ejercicio de actividades ilegales o criminales.El objetivo de la operación que generalmente se realiza en varios niveles,consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través deactividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades legítimas ycirculen sin problema en el sistema financiero.
¿Qué es GAFI?
El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).Es un ente intergubernamental y su propósito es fijar estándares y promoverla implementación efectiva de medidas legales, regulatorias y operativaspara combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y elfinanciamiento de la proliferación y otras amenazas a la integridad del sistemafinanciero internacional.
La Unidad de Inteligencia FinancieraLas principales tareas de la UIF consisten en implementar y dar seguimiento amecanismos de prevención de actos, omisiones y operaciones, quepudieran favorecer a o ayudar para la comisión e delitos.
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita-SancionesArtículo 400 Bis del Código Penal Federal
Al que, por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientesconductas: Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie,convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta,traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste haciael extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquiernaturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan elproducto de una actividad ilícita, o
Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen,ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos,derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden orepresentan el producto de una actividad ilícita.
Penas por del Delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Lavado de DineroArtículo 400 Bis del Código Penal Federal
Pena
De 5 a 15 años de prisión
De 1,000 a 5,000 días de multa*
* Nota: Equivalente al salario mínimo vigente en el momento de cometerse el delito.
Financiamiento al Terrorismo
Artículo 139 Quáter del Código Penal Federal
Al que por cualquier medio que fuere ya sea directa o indirectamente, aporte orecaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, conconocimiento de que serán destinados para financiar o apoyar actividades deindividuos u organizaciones terroristas, o para ser utilizados, o pretendan serutilizados, directa o indirectamente, total o parcialmente, para la comisión, enterritorio nacional o en el extranjero del delito de terrorismo nacional ointernacional, sabotaje, robo y ataques a las vías de comunicación.
Etapas del Lavado de Dinero
3Colocación
2Estratificación
1Integración
El dinero ilegal ingresa al sistema financiero
(depósitos en efectivo)
Se envía el dinero a través de diversas transacciones para cambiar su formaLos fondos aparecen como legítimos y
pueden ser reutilizados
(red de empresas fachada, venta de un yate que se adquirió en la etapa de
estratificación)
Préstamo de “X” a empresa “Y” Compra de
bienes raíces o de lujo
Transferencias
Identifica y Conoce a tu Cliente
Identifica Datos del
cliente
Solicita Documentos
Constituye el Expediente
Identificación y Conocimiento del Cliente
Conocimiento del Cliente.
Conoce la actividad de tu cliente, elorigen y destino de sus recursos,propósito de la fianza, beneficiarioreal, identifica si es una PersonaPolíticamente Expuesta.
Identificación del Cliente.Integrar y conservar un expedientede identificación de cada uno de susClientes, previamente a que secelebren los contratos para realizarOperaciones de cualquier tipo.
¿Por qué Identificar y Conocer a nuestro Cliente?Para detectar operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita.
Para mitigar riesgos de posible Lavado de Dinero.
Para evitar que la Afianzadora sea utilizada pararealizar operaciones con recursos de procedenciaIlícita.
¿Qué es un PEP?
Persona Políticamente Expuesta, aquel individuo que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en un país extranjero o en territorio nacional.
Se asimilan a las Personas Políticamente Expuestas el cónyuge, la concubina, el concubinario y las personas con las que mantengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como las personas morales con las que la Persona Políticamente Expuesta mantenga vínculos patrimoniales.
Se continuarán considerando Personas Políticamente Expuestas nacionales a aquellas personas que hubiesen sido catalogadas con tal carácter, durante el año siguiente a aquél, en que hubiesen dejado su encargo.
Actividades con mayor riesgoSociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No ReguladasUniones de CréditoTransmisores de DineroInstituciones de Tecnología FinancieraAgente AduanalCasinosAgentes InmobiliariosComerciantes de metales y piedras preciosasProveedores de servicios societarios y fideicomisosProfesiones con mayor riesgoAbogadosNotariosProfesionales Jurídicos IndependientesContadores
Origen de recursos con mayor riesgo:DonaciónAhorrosHerenciaPréstamosVenta de bienes inmueblesInversiones
Número de Fianzas de acuerdo a su actividad
Montos estimados de fianzas que pretende contratar
DomicilioDatos generales Origen de los recursos
Beneficiario Real
Tipo de Persona
Giro o Actividad que lleva a cabo
Perfil Transaccional
CONOCEa tu cliente
Origen y destino de los recursos que pretende utilizar
Actividad
Giro o Actividad Variaciones en su giro, actividad o actividades de mayor riesgo
Número de Fianzas de acuerdo a su actividad
Si el objeto, número y monto de fianzas NO corresponde a la actividad del cliente
Forma de pago Cuando realiza pagos en efectivo por montos mayores
Origen y destino de los recursos que pretende
contratar
Cuando se identifique que los recursos a utilizarse en las fianzas, provienen de un tercero o son de origen ilícito
Domicilio Cuando NO sea posible identificarlo
Tipo de PersonaPersona Moral
Perfil Transaccional
Políticamente Expuesta Nacional o Extranjera
IDENTIFICAseñales de Alerta
Si tienes conocimiento de pagos en efectivo por parte de tus clientes, infórmalo de inmediato a tu Ejecutivo.
Persona Física
PROMOVER las TRANSFERENCIAS BANCARIAS a las cuentas de la Afianzadora para cualquier tipo de depósito
Para evitar riesgos debes:
https://www.libertyfianzas.com/clientes/formas-de-pago
INFORMAA TU
EJECUTIVO
Consecuencias de NO identificar y Conocer al Cliente
Que tus Clientes utilicen a la Afianzadora para realizar operaciones con recursos de procedencia Ilícita.
Que la Afianzadora y los Agentes se hagan acreedores a sanciones por incumplimiento de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el Artículo 112 de la LFIF, hoy artículo 492 de la LISF.
La Afianzadora será acreedora a multas potenciales incluso pudiera llegar hasta la cancelación del registro para operar.
Riesgo o Impacto Reputacional. Es decir, la perdida de credibilidad y confianza de nuestros clientes, así como opinión pública negativa, lo cual resulta en perdida de clientes y nuevos negocios.
Debida Diligencia Reforzada para casos de Alto RiesgoUna debida diligencia nos permite conocer mejor a nuestros clientes para ellodeberás confirmar los datos de tu cliente, entrevistarlo y actualizar de formarecurrente su expediente.
Confirmar lo datos y cotejar la información
del cliente
Entrevista minuciosa con el Cliente
Actualizar y conservar el Expediente
Variación en el giro o actividad del cliente.No se puede identificar el origen de los recursosEl cliente se resiste a entregar información para laexpedición de la fianza
Operaciones en Efectivoque rebasan el límite
Operaciones Inusuales. Operación o conducta de un Cliente que no concuerde conlos antecedentes o actividad conocida o declarada a la Afianzadora, o con el perfil transaccionalinicial o habitual de dicho Cliente, en función del origen o destino de los recursos, así como al monto,frecuencia, tipo o naturaleza de la operación de que se trate, sin que exista una justificaciónrazonable para su realización, o aquella que un Cliente realice o pretenda realizar con la Afianzadoraen la que se considere que los recursos correspondientes pudieran ubicarse en alguno de lossupuestos previstos en los artículos 139, 148 Bis o 400 Bis del Código Penal Federal.
Operaciones Relevantes. Es aquella que se realice con losbilletes y las monedas metálicas de curso legal en los Estados UnidosMexicanos o en cualquier otro país, así como con cheques de viajero ymonedas acuñadas en platino, oro y plata, por un monto igual o superioral equivalente en moneda nacional a diez mil dólares de los EstadosUnidos de América.
Ejemplo
Ejemplo
Operaciones Preocupantes. Es la Operación o conducta de cualquiera de los directivos,funcionarios, empleados y apoderados de las Afianzadoras, que por sus características, pudieracontravenir, vulnerar o evadir la aplicación de lo dispuesto por la Ley o las Disposiciones, o aquélla que,por cualquier otra causa, resulte dubitativa para las Afianzadoras por considerar que pudiese favorecero no alertar sobre la actualización de los supuestos previstos en los artículos 139, 148 Bis o 400 Bis delCódigo Penal Federal.
Reserva y ConfidencialidadDisposición Cuadragésima Tercera, Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 112 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
Los Agentes de Fianzas (ya sea persona física y moral), Promotores, Brókers quetienen relación comercial con la Afianzadora, tienen estrictamente prohibidoalertar o dar aviso a:
I. Los Clientes, respecto de cualquier información adicional que se solicitedel cliente o cualquier comentario que el Ejecutivo observe.
II. Informar a los Clientes o a cualquier tercero respecto de algúnrequerimiento especial sobre datos o información que se solicite a los Agentespor parte de la Compañía.
III. Los Clientes o a algún tercero sobre la existencia o presentación de órdenesde aseguramiento a que se refiere la Disposición Trigésima Novena, fracción IX,antes de que sean ejecutadas.