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Prestaciones Laborales: Las prestaciones laborales son aquellas que por derecho le pertenecen al trabajador, en Guatemala están clasificadas de la siguiente manera: Prestación % Bono 14 8.3 3 Aguinaldo 8.3 3 Indemnizac ión 9.7 2 Vacaciones 4.1 7 Bono 14 (Decreto 42-92): Decretado el dos de julio de mil novecientos noventa y dos por el Gobierno en ése entonces, Jorge Serrano Elías. Éste da derecho al trabajador a devengar un sueldo base anual, siempre y cuando su relación laboral haya tenga cumplidos 12 meses laborados entre las fechas del 01 de julio al 30 de de junio del siguiente año, caso contrario, el cálculo se haría de forma proporcional. Aguinaldo (Decreto 76-78): Es una prestación la que garantiza la Constitución política de la República de Guatemala y que está emitido en el Gobierno del General Lucas Garcia, dicha prestación tiene por objeto sufragar los gastos de final de año o fiestas navideñas, las fechas que cubre esta prestación están entre el 01 de diciembre al 30 de noviembre del siguiente año, de igual manera si un trabajador solo ha trabajado una fracción de ése tiempo, se le pagará de forma proporcional sobre su sueldo base.. Vacaciones De acuerdo al Código de Trabajo de la República de Guatemala, cada trabajador tiene derecho a gozar 15 días hábiles de vacaciones por un periodo de un año laborado consecutivo. Indemnización La ley establece que el trabajador puede reclamar su indemnización en caso de despido por parte de su empleador, en el caso de ser el trabajador que renuncie a su empleo, el patrono no está obligado a pagar dicha prestación. La integración del porcentaje de esta prestación es de la siguiente manera:

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Prestaciones Laborales:Las prestaciones laborales son aquellas que por derecho le pertenecen al trabajador, en Guatemala estn clasificadas de la siguiente manera:Prestacin%

Bono 148.33

Aguinaldo8.33

Indemnizacin9.72

Vacaciones4.17

Bono 14 (Decreto 42-92):Decretado el dos de julio de mil novecientos noventa y dos por el Gobierno en se entonces, Jorge Serrano Elas. ste da derecho al trabajador a devengar un sueldo base anual, siempre y cuando su relacin laboral haya tenga cumplidos 12 meses laborados entre las fechas del 01 de julio al 30 de de junio del siguiente ao, caso contrario, el clculo se hara de forma proporcional.Aguinaldo (Decreto 76-78):Es una prestacin la que garantiza la Constitucin poltica de la Repblica de Guatemala y que est emitido en el Gobierno del General Lucas Garcia, dicha prestacin tiene por objeto sufragar los gastos de final de ao o fiestas navideas, las fechas que cubre estaprestacin estn entre el 01 de diciembre al 30 de noviembre del siguiente ao, de igual manera si un trabajador solo ha trabajado una fraccin de se tiempo, se le pagar de forma proporcional sobre su sueldo base..VacacionesDe acuerdo al Cdigo de Trabajo de la Repblica de Guatemala, cada trabajador tiene derecho a gozar 15 das hbiles de vacaciones por un periodo de un ao laborado consecutivo.IndemnizacinLa ley establece que el trabajador puede reclamar su indemnizacin en caso de despido por parte de su empleador, en el caso de ser el trabajador que renuncie a su empleo, el patrono no est obligado a pagar dicha prestacin.La integracin del porcentaje de esta prestacin es de la siguiente manera:ConceptoValor

Un sueldo anual o proporcional0.08333333

12ava. parte del Aguinaldo0.00694444

12ava parte de Bono 140.00694444

Total porcentaje Indemnizacin0.09722222