Presentaciones exposicion sucesiones

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HISTORIA DEL DERECHO SUCESORAL EN LA EDAD ANTIGUA MARY LUZ URREGO NIDIA DUARTE GARAVITO ESTEFHANIA CONTRERAS MARIO CASTILLO YEFFER BECERRA-

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HISTORIA DEL DERECHO SUCESORAL EN LA EDAD ANTIGUA

MARY LUZ URREGO NIDIA DUARTE GARAVITOESTEFHANIA CONTRERAS MARIO CASTILLOYEFFER BECERRA-

DERECHO EN LOS PUEBLOS PRIMITIVOS 

Debido a la gran cantidad de pueblos prerromanos en Hispania se da una situación heterogénea en sus formas de vida.

La península Ibérica estaba formada por pueblos de orígenes y formas de una vida muy diferente.

El derecho primitivo s e estudia a través de fuentes indirectas como son restos arqueológicos y fuentes literarias de escritores latinos y griegos.

Características :  Fue un derecho poco desarrollado y rudimentario.

Se observó un derecho consuetudinario, es decir el derecho es fijado por la conducta de los hombres y la repetición le daría fuerza obligatoria de la norma jurídica escrita.

Se habla de sanciones para los que se apartan de la conducta habitualmente aceptada.

DERECHO EN EL ANTIGUO EGIPTO

Lo relativo a cuestiones familiares o particulares: competen al derecho privado, salvo cuando se trata de herencia de un cargo oficial.

Existía y estaba regulado el divorcio o la adopción, se juzgaban los malos tratos o el adulterio.

SUCESION EN EGIPTO

La familia estaba constituida por lasos sanguíneos , papa, mama e hijos, la familia era muy importante en Egipto y es así que la edad para contraer matrimonio era de 12 a 14 años en las mujeres y de 16 en los varones existían frases donde se daba importancia para que el egipcio respete a su familia y hogar “Funda un hogar y ama a tu mujer en tu casa como conviene, toma mujer mientras eres joven para que pueda darte hijos, puesto que un hombre es considerado en relación al número de hijos. En Egipto, se permitía al padre conceder derechos sucesorios a sus hijas mediante acta especial, que constituye uno de los más remotos antecedentes del Testamento.

La organización familiar estaba representada por el padre de familia y todas las acciones de los miembros de los mismos estaban sujetos a la decisión del padre;

El matrimonio se efectuaba por la estricta decisión del padre y era calificada como monogamia ya que la poligamia era reservada para el faraón y el padre de familia rica

había dos clases de hijos los de matrimonio y los de extra matrimonio; los hijos de matrimonio eran los únicos que heredaban mientras que los extramatrimoniales no lo hacían.

, El padre debía repartir los bienes a los hijos que consistía en las dos terceras partes que era para ellos y el se quedaba con la tercera parte de los bienes para su segundo matrimonio, si los hijos estaban conformes con la repartición autorizaban el segundo matrimonio el divorcio se hacía por repudiación.

APORTE DERECHO EN GRECIA- ATENAS

• Su experimentación con el régimen constitucional de los diversos estados-ciudades(polis).

• La discusión en temas directa o indirectamente jurídicos.

• El derecho Griego no era tan unificado como el Romano existía un fondo jurídico común, panhelénico, las opiniones de los especialistas discrepan (no estar de acuerdo en un asunto).

• Existen los derechos de Atenas, Esparta, y Gortyna este derecho según el historiador es relativamente vago y no tan claramente fijado x legisladores como otros derechos de antigüedad.

Los griegos opinaban que las autoridades debían dictar sentencias en fundamento a una intuición de la justicia, sin tantos obstáculos por normas legisladas.

• No hubo una ciencia jurídica autónoma sobre lo “justo”.

• Forman parte de la filosofía general, sobre las especulaciones sobre lo ético bello, etc.

• Los dorios se organizaron por clanes (polis), grupos de familias reunidas en torno a un bacileus (jefe del clano o rey).

• El monarca suele para mejorar su presticio añade a un árbol geológico un importante dios(Zeus).

• Hay relaciones íntimas entre polis siendo una dominada por otra cuando no haya embajador.

• De lo anterior nacen los “contratos de hospitalidad y de protección” entre familias poderosas de varias polis.

DERECHO DE FAMILIA EN ATENAS

• El matrimonio en Grecia constituyo la base y fundamento de la familia, fue monogámica pero se permitió la existencia de concubinas, es por eso que se ha podido encontrar hijos de matrimonio y fuera de matrimonio los mismos que tienen derecho en lo que hace relación a las herencias.

• El divorcio se da por parte del marido mediante la devolución de la mujer a su familia y por abandono de la mujer pudiendo esta reclamar la devolución de la dote.

• El adulterio se pena con la muerte, cuando el novio encuentra en adulterio in fraganti; este puede matar.

LA SUCESIÓN

• La sucesión es de dos tipos: Intestado, es decir sin testamento y testamentaria es decir con testamento, la herencia pertenece a los descendientes (hijos, nietos) y a los colaterales (tíos, sobrinos), los hijos recibían igual cuota hereditaria a excepción de la hijas que únicamente pueden pedir la dote y alimentos; en el caso de no existir hijos varones la herencia se la da al pariente más próximo con quien deberá casarse con su hija.

• En Atenas, apareció el Testamento como una manifestación del derecho del testador de disponer libremente de sus bienes, se prohibía testar a los moribundos, existía también la Sucesión legal para suplir a la testada, igual que en el Antiguo oriente.

DERECHO EN BABILONIA 

• En la actualidad Babilonia estaba situada en lo que hoy es Irak su gobierno fue teocrático. El rey más ilustré de Babilonia fue Hammurabi, es famoso por que codifico las leyes y costumbres dispersas; dejo el código de leyes más antiguo que lleva su nombre “El Código de Hammurabi” que fue escrito hace más de 2000 años A.C. y fue encontrado en 1901, fue escrito en una piedra cilíndrica de 2 metros de altura.

DERECHO DE FAMILIA Los derechos supremos dentro de la familia le pertenecen al padre, la patria potestad otorga derechos absolutos hasta el extremo que el padre de familia podía vender o arrojar de la casa del hogar a su mujer y a sus hijos; el matrimonio se arreglaba de forma contractual el padre otorga una dote a su hija y el pretendiente correspondía haciéndoles regalos.

El matrimonio se redactaba en una tablilla en la que quedaba constancia de la unión. La esposa inválida estaba protegida por la disposición en donde se le prohíbe al marido echarla de la casa pero podía lícitamente tener una concubina.

SUCESION

La herencias eran iguales a la actual estaban reconocidas a los hijos, había diferencia entre hijos e hijas solo heredaba si no había varones y heredaba la totalidad de los bienes, cuando se moría el padre la mujer no tenía derecho s/gn el código aunque en otros textos si acaba heredando.

La práctica del derecho Ur III respondió a una norma en función del reparto de la riqueza, teniendo carácter conservador.

DERECHO EN LA INDIA 

FAMILIA Y MATRIMONIO 

En la india es admitida la poligamia aunque en la antigüedad fue monogámico el matrimonio. Tiene el principio de que el varón constituye una sola persona con su mujer pero es lícita la poligamia, de tal modo puede tomar a la primera mujer de su casta y luego descender por todas las mujeres de las castas inferiores por lo tanto el sudra debe tener una sola y de su casta. El varón de castas inferiores no puede poner los ojos en una mujer de casta superior, ya que se establecen sanciones severas y es relegado a la situación de los patrias (sin casta).

EL DIVORCIO Se permite a las dos partes por diversas razones, se concedió importancia a la institución de la familia ya que en la ley encontramos: “Solo es perfecto el nombre cuando ha pasado de uno a tres, el mismo su esposa y su hijo”.

Si la mujer incurre en adulterio, el esposo puede divorciarse de inmediato si es bebedora enferma, rebelde, derrochadora, podía ser repudiada o reemplazada sin más trámite por otra.

DERECHO HEBREO

la ley judía fue la primera ley que ordeno amar al prójimo como a uno mismo.

el talmud el matrimonio divorcio ESCLAVITUD DERECHO SUCESORIO

En el derecho sucesorio el padre era el dueño y solo él podía disponer en forma absoluta e incondicional de los bienes, la herencia correspondía a los hijos varones la mujer solo en ausencia de los varones; Al primogénito le correspondía una porción doble.

DERECHO EN LA CIVILIZACION CHINA 

DERECHO DE ESCLAVITUD

DERECHO SUCESORIO

En la antigüedad el padre es dueño y señor de la familia, podía disponer en forma absoluta e incondicional de todos sus bienes, esos derechos absolutos luego se restringieron y la herencia corresponde a los hijos varones excluyendo a las hijas mujeres que no recibían nada, más tarde se les da una parte para su manutención. Al primogénito le corresponde una porción doble de la herencia, los hijos, concubinas, y adoptivos eran como los demás hijos.El marido no tiene la condición de heredero de su mujer y el padre no puede castigar a su hijo privándole de la herencia. 

ANTIGUO ORIENTE: 

El padre cuidaba de que la fortuna no pasara a manos de quien no pertenecían a la gens. La Comunidad de sangre era la base de la sucesión o transmisión hereditaria, inexistente entre los cónyuges, cuyas familias eran muchas veces enemigas. Con el correr de los siglos, se reconoce la vocación hereditaria entre los cónyuges.

La autoridad paterna pasaba al primogénito a la espera de que algún pariente tomase por mujer a la viuda, en cumplimiento a los deberes del Levirato.

SUCESION TESTAMENTARIA EN EL DERECHO ANTIGUO

 El derecho antiguo reconoció tres formas testamentarias

Testamente calatis comitiis, realizado ante los comicios:Testamento in proncinctu; frente al ejército.Testamento per aes et libramo testamento mancipatorio.

TESTAMENTO CALATIS COMITIIS: Es el testamento que el pater familias hacía en tiempo de paz frente al comisio curiado, cuando la asamblea se reunía para ese fin, dos veces al año, siempre presidida por el Pontífice máximo.

TESTAMENTO IN PRONCINCTU: se realizaba en tiempo de guerra, frente al ejecito equipado y bajo armas, el jefe de familia soldado que quería testar antes de marchar al combate, declaraba su voluntad delante de sus compañeros de armas, que representaban la asamblea del pueblo.

TESTAMENTO PER AES ET LIBRAMO: Se le denomina también testamento mancipatorio. Los jurisconsultos decidieron que el patrimonio de familia se transmitiera en la misma forma que las cosas más apreciadas: por la mancipatio. El padre de familia que no había podido testar calatis comitiis y sentía su próximo fin.

GRACIAS