POLITICAS PUBLICAS DE PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL

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POLITICAS PUBLICAS DE PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Dirección General de la Mujer

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POLITICAS PUBLICAS DE PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL. Dirección General de la Mujer. HOSTIGAMIENTO SEXUAL. Es una vulneración de los derechos humanos: a la igualdad, a la no discriminación, al empleo, a la educación, los derechos sexuales. - PowerPoint PPT Presentation

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POLITICAS PUBLICAS DEPREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL

HOSTIGAMIENTO SEXUAL

Dirección General de la Mujer

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Hostigamiento Sexual

HOSTIGAMIENTO SEXUAL

Es una expresión de violencia que restringe el derecho de toda

persona al acceso y permanencia en el empleo en igualdad de

oportunidades

Es una vulneración de los derechos humanos: a la

igualdad, a la no discriminación, al empleo, a la educación, los derechos

sexuales.

Afecta desproporcionadamente a las mujeres.

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CONSULTAS DE ACOSO SEXUAL, SEGÚN AÑO Y MES 2006- 2008Meses Lima metropolitana Resto del País Nivel nacional

2006 14 94 108

2007 14 122 136

2008 4 164 168

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo informó que se han generado 178 órdenes

para inspeccionar sobre hostigamiento sexual:

Algunas Estadísticas

CONSULTAS DE INSPECCIONES POR HOSTIGAMIENTO SEXUAL

TRABAJADORAS DEL HOGAR Y HOSTIGAMIENTO SEXUAL3 DE CADA 10 trabajadoras del Hogar han sido hostigadas o violentadas sexualmente.(Investigación Detrás del Mandil

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MOTIVOS DE LAS DENUNCIAS RECEPCIONADAS EN CADER-MINEDU DE ENERO A SEPTIEMBRE 2008

Nº MOTIVO DE LAS DENUNCIAS DE ENERO A SEPTIEMBRE 2008

DENUNCIAS 2008 %

Expedientes-Casos

ATENDIDOS % EN

PROCESO %

1Incumplimiento - negligencia en el desempeño de funciones- inconducta funcional - abandono de cargo 1550 28% 1270 82% 280 18%

2 Abuso de autoridad 1090 20% 761 70% 329 30%

3Nombramiento/ racionalización indebido - Irregularidades en la evaluación de contrato - cuadro de horas. 561 10% 394 70% 167 30%

4 Cobros indebidos- matrÍcula-certificados 321 6% 263 82% 58 18%

5Destrucción, ocultamiento - sustracción - demora - defecto en tramitación expedientes y documentos 296 5% 192 65% 104 35%

6 Maltrato físico/psicológico 275 5% 216 79% 59 21%

7 Ruptura de relaciones humanas 197 4% 141 72% 56 28%

8 Resistencia, desobediencia , violencia contra la autoridad – desacato 166 3% 99 60% 67 40%

9 Apropiación ilícita - Malversación de Fondos – Peculado 105 2% 70 67% 35 33%

10 Recortes de pensión, haberes pendientes, robo de bienes, irregularidades Coproa 94 2% 57 61% 37 39%

11 Concusión-Corrupción funcionarios - Tráfico de Influencias 77 1% 45 58% 32 42%

12 Falsificación Documentos - Adulteración actas y nóminas 67 1% 48 72% 19 28%

13 Usurpación de funciones 57 1% 34 60% 23 40%

14 Hostigamiento sexual 50 1% 39 78% 11 22%

15 Actos contra el pudor de menores 31 1% 26 84% 5 16%

16 Violación sexual de menores 10 0% 10 100% 0 0%

17 Otras denuncias 608 11% 486 80% 122 20%

  Totales 5555 100% 4151 75% 1404 25%

CADER-MINEDU

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Factores que inciden

Ideas y valores predominantes socialmente

políticas y normas Entorno cercano Familia, Amigos

Compañeros de trabajo

El mundo interno

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Marco NormativoInternacional

Tratados o compromisos vinculantes suscritos por el Estado Peruano:

-CEDAW-Convención Interamericanapara prevenir la violenciacontra la mujer.-Metas del Milenio.

Marco Normativo Nacional

Estandarización del derechointernacional en las normasnacionales:-Constitución Política-Acuerdo Nacional-Legislación nacional-Institucionalización Mimdes, Comisión Mujer-CRDefensoría Mujer-DP

Marco Jurídico

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MIMDES y Sectores

CEDAW BELEN DO PARA

Normativa Nacional

(LIO, LEY 27942)

Meta 3: Metas del Milenio: Promover Igualdad entre géneros y autonomía de la mujer

Gobiernos Regionales

Gobiernos Municipales

RESULTADOS PIONo 5 – las instituciones y el Estado han adoptado una cultura organizacional que fomenta actitudes, comportamientos y relaciones no discriminarorias y promueven la equidad de genero.

ARTICULAR

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Art. 6: El Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y Gobiernos locales, en todos los sectores adoptan políticas , planes y programas, integrando los principios de la presente Ley de manera transversal. Para tal efecto son lineamientos:

Inciso f) Garantizar el derecho a un trabajo productivo ejercido en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, incorporando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, en la información, en la promoción y condiciones de trabajo de y en una idéntica remuneración por trabajo de igual valor. Se incluye entre los derechos laborales la protección frente al hostigamiento sexual.

Ley Nº 28983 de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y

Hombres

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Complementa esta norma, el Plan Nacional Contra la Violencia hacia la Mujer- 2009-2015 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-MIMDES. Su Objetivo Estratégico 2: Garantizar el acceso de las mujeres afectadas por la violencia basada en género, a los servicios públicos de calidad, incluyendo el acceso al sistema de justicia, salud, entre otros, contribuyendo a superar su condición de víctimas.

PLAN NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2009-2015

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ACUERDO NACIONALDécimo Primera Política de Estado

Promoción de la Igualdad de Oportunidades sin Discriminación

b). El Estado fortalecerá la participación de las mujeres como sujetos sociales y políticos que dialogan y conciertan con el Estado y la sociedad civil.

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Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las Entidades del

Estado (DS 027) Descentralizacion Igualdad de hombres y mujeres Juventud Pueblos andinos, amazónicos, afroperuanos y asiático peruanos. Personas con discapacidad Inclusión Extensión tecnológica, medio ambiente y competitividad. Aumento de capacidades sociales. Empleo y Mype Simplificación administrativa Anticorrupción Seguridad

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Nuestros AvancesMIMDES

1.- A nivel normativo, se impulso una propuesta de Anteproyecto de Ley para modificar la Ley 27942.

Hubo un proceso politico para conseguir la modificación de la norma.

Con fecha 08 de Noviembre del 2009, se promulgo la Ley No 29430, Ley que modifica la Ley No 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, norma que constituye una victoria frente a vacíos legales existentes, regula entre otras la incorporación del hostigamiento ambiental, responsabilidades del empleador.

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Difusión y cumplimiento de la Ley Nº 27492 en el campo laboral Podemos afirmar que los tres niveles de Estado han iniciado procesos

de adecuación normativa según los lineamientos determinados por la norma

En los sectores del Estado se han realizado :

La implementación de directivas de PSHS en los Ministerios:- MTC - MIMDES - MEF - MINTRA – MINDEF – PJ –INDECI MINEDU - RENIEC- JNE

Está en proceso de elaboración y aprobación de directivas internas de PSHS en:- PCM -PRODUCE - MININTER

- MINEM-MINJUS - RREE

Con sectores

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Con sectores Se ha ejecutado el Plan de Sensibilización y

capacitación dirigido al Poder Judicial:Magistrados y técnicos judiciales de 29 sedes Judiciales: 4 112 en el año 2007 y 12 058 en el año 2008[1]

y al Ministerio de Defensa:Escuelas de Formación del Ejército, Marina y Fuerza Aérea, del Ministerio de Defensa (alumnos, cadetes y personal de tropa); magistrados/as, personal jurisdiccional y administrativo del Consejo Supremo de Justicia Militar

[1].Fuente: Oficio 1935-2007-GG/PJ, Oficio 3055-2008-GPEJ-GG/PJ

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A nivel descentralizada. Se elaboro una Ordenanza tipo difundida en las 25 regiones y 1760 municipalidades provinciales y distritales la misma que declara de interés de la región, provincia o distrito, la prevención y sanción frente al hostigamiento sexual. La asistencia técnica y capacitaciones a funcionarios/as y servidores/as de gobiernos regionales (con especial énfasis al personal de recursos humanos) para que implementen políticas internas de prevención y sanción frente al hostigamiento sexual ha dado los siguientes resultados cuantitativos:

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A nivel Regional 13 Gobiernos Regionales: , Puno,Ucayali, Cajamarca, Pasco, Tumbes, Moquegua, Huancavelica, Lima, Amazonas, Huanuco, Madre de Dios. Callao. Ancash

05 Gobiernos Regionales han creado el Sistema Regional de Prevención del Hostigamiento Sexual: Pasco, Tumbes, Huancavelica, Huanuco y Madre de Dios,

A nivel Local

16 Gobiernos provinciales han apoyado el proceso de implementación de políticas preventivas sobre la problemática a través de ordenanzas regionales o, directivas:Lauricocha(Huanuco),Lambayeque y Ferreñafe (Lambayeque),Tarma,Junin,Satipo(Junin),Cutervo , Hualgayoc-Bambamarca,Requena(Cajamarca), Yungay, Carlos Fermín Fitzcarrald, asunción, (Ancash),Gran Chimu Cascas, Grau(La libertad), Yahuamanu,Iñapari(Madre de Dios),Islay(Arequipa)

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3.- A nivel jurisprudencial

Contamos con el caso emblemático, del vocal superior Jovino Guillermo Cabanillas Zaldívar, quien fue investigado por la Unidad Operativa Móvil de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), sobre el recayó denuncias por presunto hostigamiento sexual a dos de sus ex empleada. Mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura No 140-2008-PCNM, se le destituyo por su actuación como vocal en funciones internas en la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, asimismo se dispuso la cancelación del titulo de vocal. Posteriormente con Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura No 042-2009-CNM, de fecha 12 de Febrero del 2009 se resolvió declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el magistrado, contra la Resolución No 140-2008-PCNM, “la que debe declararse firme, dándose por agotada la vía administrativa”.

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INSTITUCIÓN O CENTRO LABORAL RESPONSABLE

Centros de Trabajo públicos y privados Oficina de Recursos Humanos de cada Sector o quien haga sus veces.

Instituciones Educativas

MINEDU Oficinas de personal del organismo central y órganos intermedios en coordinación con las oficinas encargadas de las acciones de tutoría prevención y atención integral.

UNIVERSIDADES Rectores de cada universidad en forma conjunta con los Decanos de Facultad, supervisados por de Rectores.

Instituciones MilitaresDirecciones o Comandos de Personal, Direcciones o Comandos de Instrucción y Doctrina, Directores, Jefes o Comandantes en todos los niveles.

Policía Nacional del

Perú

Órganos Policiales Dirección General de (Oficina de Telecomunicaciones de Telemática) en coordinación con de Instrucción y Doctrina Policial y de la Policía.

Órganos No Policiales Oficina de Comunicación Social del Ministerio del Interior.

Relaciones no reguladas por el derecho laboral;Trabajadores del hogar y personas comprendidas en el numeral 4) del artículo 2

MIMDES en coordinación con Dirección general de la Mujer.

Responsables de Acciones de Prevención y Difusión Art. 63 Reglamento Ley 27942

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CAMPAÑAS DE DIFUSIÓNCAMPAÑAS DE DIFUSIÓN

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministerio de Educación, serán los encargados de promover conjuntamente campañas de difusión a nivel nacional de la Ley y del Reglamento. Art.65. Reglamento Ley 27942

ACCIÓN DEL ESTADO:ACCIÓN DEL ESTADO:

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EVALUACIÒN DE LAS POLÌTICASEVALUACIÒN DE LAS POLÌTICASSEGUIMIENTO Y MONITOREO SEGUIMIENTO Y MONITOREO

Análisis situacional. Línea de Base . Seguimiento y Monitoreo en el ámbito del Sector Público a Nivel Nacional: (PCM e INEI)

•Existencia de Directivas, documentos de difusión a nivel nacional•Conocimiento de las normas a nivel de las personas que interactúan dentro de la Administración Pública.•Confidencialidad•Mecanismos transparentes y eficaces

Seguimiento y Monitoreo en el ámbito del Sector Privado a Nivel Nacional. (MTPE)Existencia de Directivas, documentos de difusión a nivel nacionalConocimiento de las normas a nivel de las personas que interactúan dentro de la Administración Pública.ConfidencialidadMecanismos transparentes y eficacesIndemnización de la victimaExistencia de Programas de rehabilitación.

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““Una mujer con oportunidadesUna mujer con oportunidadesUn país que avanza”Un país que avanza”

GRACIAS