Hostigamiento sexual

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Hostigamiento Sexual Hacia las Mujeres en el Trabajo Alumna: Pamela Amaro Torres Catedratico: Manuel Miranda Quiroz

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Hostigamiento Sexual Hacia las

Mujeres en el Trabajo

Alumna: Pamela Amaro TorresCatedratico: Manuel Miranda Quiroz

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¿Qué es el Hostigamiento Sexual Laboral o Mobbing?

0 El mobbing es un tipo de violencia laboral que es ejercida por personas sin distinción de género sobre hombres y mujeres en formas sistemática y por un tiempo prolongado con el objetivo de provocar un daño deliberado, donde sus consecuencias pueden ser devastadoras para las victimas dando origen a una serie de trastornos psicológicos.

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¿Qué establece la Legislación Mexicana?

0 En el 2007, es publicada en el Diario Oficial de la Federación la “Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”

0 Artículo 13.- El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.

0 La Ley Federal del Trabajo no contempla el acoso u hostigamiento sexual.

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Efectos del Hostigamiento o Acoso Laboral

0 Para las víctimas, las consecuencias de ser provocadas por los acosadores pueden ser devastadoras, como cuadros de estrés, trastornos de ansiedad, trastornos del sueño, depresión e incluso intentos de suicidio, angustia, irritabilidad, agresividad, insomnio, enfermedades psicosomáticas y baja autoestima.

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Hostigamiento o Acoso Laboral en Cifras

0 El grupo de mujeres solteras muestra 52% en los casos en que las acariciaron sin su consentimiento, mientras que las insinuaciones o propuestas sexuales ocupan 43.9% y las represalias por no acceder a las propuestas se ubican en 39.5%.

0 De las mujeres víctimas de violencia laboral, específicamente de acoso laboral, las casadas o unidas ocupan el primer lugar cuando las ignoraron o las hicieron sentir menos (50.7%), seguidas de las humillaciones y denigraciones (48.8%), las agresiones físicas (48.8%) y las obligadas a tener relaciones sexuales (47.4%).

0 De las mujeres que laboran en empresas privadas, comercio, bancos y otros servicios, entre 10 y 20% de las incidencias se hace a las mujeres sin importar el estado conyugal

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 Criterios para Denunciar este

tipo de Acoso 0 1.- La persona que demanda deberá demostrar

que el objetivo de sus agresores y compañeros de trabajo es la de intimidarlo, opacarlo, aplanarlo, amedrentarlo o consumirlo emocional o intelectualmente

0 2.- La agresividad o el hostigamiento laboral se da entre compañeros del ambiente del trabajo y siempre hay una persona que solo recibe agresiones; es decir, hay un agresor activo y una víctima pasiva.

0 3.-Las conductas deben de presentarse de manera sistemática, es decir, a partir de una serie de actos o comportamientos hostiles hacia uno de los integrantes de la relación laboral.

0 4.- Se debe de detallar la forma en que se desarrolló la conducta hostil.