Política pública de discapacidad

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¡Por un Nariño Mejor! RAUL DELGADO GUERRERO Gobernador de Nariño ELIZABETH TRUJILLO MONTALVO Instituto Departamental de Salud de Nariño Javier Andrés Ruano Sandra Belalcazar Carolina Pabon

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Page 1: Política pública de discapacidad

¡Por un Nariño Mejor!

RAUL DELGADO GUERREROGobernador de Nariño

ELIZABETH TRUJILLO MONTALVOInstituto Departamental de Salud de Nariño

Javier Andrés Ruano Sandra Belalcazar

Carolina Pabon

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MUNICIPIO POBLACION TOTAL CENSO

PERSONAS CON LIM CENSO

PREVALENCIA LIM CENSO

REGISTRO DE DISCAPACIDAD

META REG 2008

ANCUYA 8.304 991 11,93% 1.344 -353CUMBITARA 6.142 938 15,27% 906 32CUASPUD 8.108 670 8,26% 829 -159ALBAN 19.367 2.183 11,27% 2.094 89EL TABLON 13.890 2.107 15,17% 1.543 564FUNES 6.687 871 13,03% 832 39IMUES 7.387 1.049 14,20% 720 329LA LLANADA 3.694 447 12,10% 669 -222LINARES 11.546 1.312 11,36% 2.802 -1.490SAN PEDRO DE CARTAGO

7.047 731 10,37% 1.038

-307Total 1.498.234 133.442 8,91% 60.560 72.882

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• Diseñar e implementar un Sistema de Información sobre las características socio demográficas y condiciones de vida de la población con discapacidad, que contribuya al desarrollo de la Política Nacional y Territorial en cumplimiento de los lineamientos de prevención en discapacidad y de la exclusión social, habilitación rehabilitación y fomento de la realización humana, en los marcos de acción de protección básica, compensación y cohesión y equiparación para el desarrollo.

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• ARTÍCULO 13: El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad.

• ARTÍCULO 47: El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran.

• ARTÍCULO 54: El Estado debe garantizar a la persona en situación de discapacidad, el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud

• ARTÍCULO 68: La educación: La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.

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• La Ley 324 de 1996 “Por la cual se crean algunas normas a favor de la población sorda” (Lenguaje de Señas)

• La Ley 361 de 1997 “Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación”

• La Ley 582 de 2000 “ Por medio de la cual se define el deporte

asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales

• Ley 762 de julio de 2002, “por medio de la cual se aprueba la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con discapacidad.

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• La Ley 1145 del 10 de julio de 2007 “Por medio de la cual se organiza el Sistema Nacional de Discapacidad”

• Ley 1346 Por medio de la cual se aprueba la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006.

• LEY 1306 DE 2009La presente ley tiene por objeto la protección e inclusión social

de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad.

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Ley 1122 del 2001 Artículo  31. Prohibición en la prestación de servicios de salud. En ningún caso se podrán prestar servicios asistenciales de salud directamente por parte de los Entes Territoriales.

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LEY 361 - LEY 361 - La Ley 361 de 1997 “Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación”

PrevenciónPrevención RehabilitaciónRehabilitación Accesibilidad Accesibilidad EducaciónEducación TrabajoTrabajo Equiparación de Oportunidades Equiparación de Oportunidades Acceso a las ComunicacionesAcceso a las Comunicaciones Recreación ,Deporte y culturaRecreación ,Deporte y cultura

Gracias