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1 INDICE Página Cláusula 1. Objeto 3 Cláusula 2. Plan básico de limpieza urbana 3 Cláusula 3. Limpieza viaria 4 Cláusula 4. Limpiezas especiales 4 Cláusula 5. Limpieza de la vía pública con motivo de ferias, fiestas y actos públicos en general 5 Cláusula 6. Nuevas vías. 5 Cláusula 7. Niveles de limpieza viaria 5 Cláusula 8. Barrido manual de aceras y/o calzadas 7 Cláusula 9. Barrido mecánico de calzadas 7 Cláusula 10. Barrido mecánico de aceras y áreas peatonales 7 Cláusula 11. Baldeos de aceras y/o calzadas 8 Cláusula 12. Baldeo mecánico de calzadas 9 Cláusula 13. Limpieza de zonas ajardinadas, parques y merenderos 9 Cláusula14. Limpieza de zonas verdes de uso poco frecuente 9 Cláusula 15. Parques infantiles 10 Cláusula 16. Vaciado de papeleras 10 Cláusula 17. Limpieza de escaleras, pasos subterraneos y aéreos 10 Cláusula 18. Limpieza de mercados y mercadillos de venta ambulante 10 Cláusula 19. Limpiezas especiales con motivo de las fiestas, 10 ferias y actos públicos en general Cláusula 20. Limpieza de patios de colegios 12

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INDICE

Página

Cláusula 1. Objeto 3

Cláusula 2. Plan básico de limpieza urbana 3

Cláusula 3. Limpieza viaria 4

Cláusula 4. Limpiezas especiales 4

Cláusula 5. Limpieza de la vía pública con motivo de ferias,

fiestas y actos públicos en general 5

Cláusula 6. Nuevas vías. 5

Cláusula 7. Niveles de limpieza viaria 5

Cláusula 8. Barrido manual de aceras y/o calzadas 7

Cláusula 9. Barrido mecánico de calzadas 7

Cláusula 10. Barrido mecánico de aceras y áreas peatonales 7

Cláusula 11. Baldeos de aceras y/o calzadas 8

Cláusula 12. Baldeo mecánico de calzadas 9

Cláusula 13. Limpieza de zonas ajardinadas, parques y merenderos 9

Cláusula14. Limpieza de zonas verdes de uso poco frecuente 9

Cláusula 15. Parques infantiles 10

Cláusula 16. Vaciado de papeleras 10

Cláusula 17. Limpieza de escaleras, pasos subterraneos y aéreos 10

Cláusula 18. Limpieza de mercados y mercadillos de venta ambulante 10

Cláusula 19. Limpiezas especiales con motivo de las fiestas, 10

ferias y actos públicos en general

Cláusula 20. Limpieza de patios de colegios 12

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Cláusula 21. Limpieza de aparcamientos municipales 13

Cláusula 22. Limpieza de alcorques 13

Cláusula 23. Limpieza de mobiliario urbano 13

Cláusula 24. Limpieza y retirada de excrementos de animales 14

Cláusula 25. Limpieza de los márgenes del rio 14

Cláusula 26. Limpieza de sumideros, canaletas e imbornales 14

Cláusula 27. Limpiezas especiales 15

Cláusula 28. Residuos procedentes de las labores de limpieza 18

Cláusula 29. Personal 18

Cláusula 30. Medios técnicos e instalaciones fijas 19

Cláusula 31. Calidad ambiental 21

Cláusula 32. Partes de trabajo y comunicación de las 21

situaciones contrarias al buen servicio objeto de contrato

Cláusula 33. Comunicaciones 22

Cláusula 34. Inspección y vigilancia 22

Anexo VI: Esquema resumen del contenido del plan básico de limpieza urbana 23

Anexo VII: Personal a subrogar 25

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS (PPT) PARA LA LICITACIÓN

DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA MEDIANTE

PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE

ADJUDICACIÓN EN EL BARRIO TRAÑA-MATIENA Y POLIGONOS

INDUSTRIALES DEL MUNICIPIO DE ABADIÑO

CLÁUSULA 1. OBJETO

El contenido de este Pliego se considera similar a un Proyecto Técnico

que define la prestación del servicio objeto de la presente licitación. Los trabajos de limpieza contemplados en este pliego, tendrán por objeto

realizar todas las operaciones necesarias para limpiar y mantener un buen nivel de limpieza en todas las calles, plazas, zonas ajardinadas y zonas verdes conforme a la zonificación establecida en el plano 02 (plano de

zonificación de limpieza). Anexos I a V: planos

CLÁUSULA 2. PLAN BÁSICO DE LIMPIEZA URBANA

Las empresas licitadoras presentarán el PLAN BÁSICO DE LIMPIEZA URBANA, cuya inclusión en la oferta es totalmente obligatoria. En dicho Plan

Básico de limpieza urbana se incluirá la descripción, organización y programación del servicio, la organización del personal asignado a los

trabajos a realizar, los medios técnicos que se adscribirán al servicio,… (ver esquema orientativo en Anexo VI). Este Plan Básico podrá ser contemplado haciendo referencias a los aspectos que van a ser tenidos en cuenta en los

criterios de adjudicación de la cláusula 9 del Pliego de Cláusulas Administrativas. Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza

urbana especificarán el modo en el que van a realizar los trabajos de barrido mecánico o manual y trabajos de baldeo manual, mecánico o mixto, a modo orientativo contendrá referencia a:

i. Calles, aceras, calzadas y áreas peatonales donde se prevé realizar este tipo de operaciones complementado con una descripción gráfica.

ii. Constitución de los equipos, indicando personal, material,

herramientas, tipos y marcas/modelo de máquina a utilizar, presiones, caudales, capacidades, etc, en función de las características de las zonas a

limpiar.

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iii. Etc

CLÁUSULA 3. LIMPIEZA VIARIA

Incluye las operaciones de barrido, baldeo, vaciado de papeleras,

limpieza de desagües, etc.

- Calles: áreas peatonales, zonas porticadas, vías de rodadura, zonas de aparcamiento, etc.

- Zonas ajardinadas, parques, merenderos y zonas verdes de

uso poco frecuente.

- Parques infantiles: limpieza de juegos y suelos sintéticos de goma.

- Escaleras, pasos subterráneos y aéreos.

- Mercadillos de venta ambulante.

- Patios de Colegios.

- Limpieza de sumideros, canaletas e imbornales.

- Limpieza de alcorques.

- Limpieza de mobiliario urbano.

- Recogida de excrementos de animales.

- Limpieza de los márgenes del río.

- Otros.

CLÁUSULA 4. LIMPIEZAS ESPECIALES

Se incluyen las siguientes operaciones:

- Limpiezas de manchas de aceite, grasas, etc

- Limpieza de los puntos de ubicación de todo tipo de

contenedores destinados a residuos urbanos.

- Limpieza de fuentes ornamentales y estanques.

- Retirada de materiales abandonados en la vía pública.

- Limpieza por emergencias tales como nevadas, heladas, accidentes, incendios, etc.

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- Limpieza de pintadas y retirada de pancartas, carteles, etc.

- Retirada de animales muertos.

- Limpieza en época de caída de hoja y de poda.

- Eliminación de hierbas en juntas de pavimento.

- Limpiezas posteriores a determinados acontecimientos como

ferias, fiestas, etc.

- otros

CLÁUSULA 5. LIMPIEZA DE LA VIA PUBLICA CON MOTIVO DE FERIAS, FIESTAS Y ACTOS PUBLICOS EN GENERAL

Incluye los servicios complementarios de limpieza de la vía pública como consecuencia de la celebración de actos públicos de las siguientes características:

- Fiestas del Municipio o de distintos Barrios en particular (ver

Cláusula 19). - Actos en la Vía Pública.

CLÁUSULA 6. NUEVAS VIAS.

Solo en el caso de que la apertura de nuevas vías suponga un

incremento del 10% de los medios materiales y humanos iniciales del contrato se producirá un incremento en el precio del contrato, tomando

como referencia el precio/m2 que resulte del contrato vigente a tal efecto, la empresa adjudicataria estará obligado a presentar su estudio económico de costos.

CLÁUSULA 7. NIVELES DE LIMPIEZA VIARIA

Para la correcta definición de los servicios de limpieza viaria, se procede a la clasificación en función de la frecuencia mínima de prestación

del servicio. En el Anexo I (planos 1.1 y 1.2 Delimitación niveles de limpieza) se indica la extensión actual de cada uno de los niveles.

El contenido de los niveles de limpieza que a continuación se indican no podrán ser objeto de variantes, alternativas o mejoras.

Las frecuencias de cada uno de los servicios deben entenderse para

realizar la totalidad del nivel a que se correspondan.

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- NIVEL I

o Barrido diario manual, combinado con barrido mecánico en

jornada de mañana de lunes a sábado. o Baldeo mecánico de calzadas en jornada de mañana con

frecuencia mensual de octubre a abril y quincenal de mayo a setiembre.

o Baldeo manual, baldeo mixto, baldeo mecánico de acera en

jornada de mañana con una frecuencia mensual de octubre a abril y quincenal de mayo a setiembre.

- NIVEL II

o Barrido manual combinado con barrido mecánico en jornadas de mañana lunes, miércoles y sábados.

o Baldeo mecánico de calzadas en jornada de mañana con

frecuencia mensual de octubre a abril y quincenal de mayo a setiembre.

o Baldeo manual, baldeo mixto, baldeo mecánico de aceras con frecuencia mensual de octubre a abril y quincenal de

mayo a setiembre.

- NIVEL III

o Barrido manual con vehículo auxiliar en jornada de mañana, martes y jueves.

o Barrido mecánico en jornada de mañana, los jueves. o Baldeo mecánico de calzadas en jornada de mañana con

frecuencia mensual de octubre a abril y quincenal de mayo

a setiembre. o Baldeo manual, baldeo mixto, baldeo mecánico de aceras

con frecuencia mensual de octubre a abril y quincenal de mayo a setiembre.

Las labores de barrido mecánico en zonas residenciales comenzarán a las 8:00 h. (lunes a viernes) y a las 9:00 h. (sábados).

Las labores de baldeo comenzarán a las 6:30h.

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CLÁUSULA 8. BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS

Su aplicación será en los casos que no sea posible cualquier

mecanización.

Este trabajo consiste en la limpieza detallada de aceras, paseos, plazas, calzadas, etc., muy especialmente en las proximidades de los

bordillos.

Incluye asimismo la eliminación de hierbas o plantas de brote espontáneo, que pudieran generarse en las superficies pavimentadas de aceras y vías de rodadura.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana

especificarán el modo en el que van a realizar los trabajos de barrido manual.

CLÁUSULA 9. BARRIDO MECANICO DE CALZADAS

Se trata de una operación a realizar mecánicamente con el objetivo

de eliminar los desperdicios y residuos acumulados en las zonas de las calzadas próximas a los bordillos, en un ancho mínimo de 1,5m. pero se

podrá aumentar hasta 2,50m. en los casos que el estado de suciedad en la calzada lo requiera. Se utilizarán para ello máquinas barredoras

recogedoras de aspiración provistas al menos de tres cepillos y los correspondientes sistemas automáticos de humectación para evitar la formación de polvo y filtros del aire expulsado.

Se utilizaran preferiblemente en calzadas y zonas peatonales que

permitan el tratamiento mecánico.

CLÁUSULA 10. BARRIDO MECÁNICO DE ACERAS Y ÁREAS PEATONALES

Esta operación consiste en el barrido, mediante la utilización de

máquinas especiales, de las aceras y áreas peatonales existentes en la vía pública, recogiendo y eliminando todos los residuos, desperdicios, polvo,

etc., que aparezcan. Las máquinas a utilizar deberán ir provistas de sistemas de humectación para eliminar la formación de polvo, y serán de una gran maniobrabilidad en razón de sus condiciones especiales de

trabajo.

Tenderá a aplicarse en:

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- Aceras y paseos cuyo ancho permita el paso de las máquinas y

que presenten un importante tráfico peatonal. - Zonas peatonales. - En sustitución del barrido manual, con objeto de mejorar el nivel

de limpieza.

CLÁUSULA 11. BALDEOS DE ACERAS Y/O CALZADAS

Estos trabajos consistirán en una limpieza en profundidad de las aceras, plazas, paseos, aparcamientos y calzadas en aquellas zonas que por

sus características o condiciones no se pueda o no convenga efectuar el baldeo mecánico.

Se contemplan las labores de baldeo manual y baldeo mixto.

El abastecimiento de agua se realizará desde los puntos que indique los Servicios Municipales y dependerá del tipo de baldeo que se vaya

a realizar.

Se procurará la utilización de aguas no potables, aptas para el riego y

sistemas que eviten el derroche de agua

Las labores de baldeo deberán realizarse de tal forma que los residuos, arenas, etc., existentes queden amontonados en la vía pública

para su posterior recogida por los equipos de limpieza.

11.1.- El baldeo manual

Se trata de una operación que se realizará excepcionalmente en aquellas zonas donde no sea posible el baldeo mixto o el baldeo mecánico.

Consistirá en la proyección de agua a presión sobre aceras, plazas, paseos y calzadas mediante mangueras conectadas directamente sobre las

bocas de riego municipales.

Se realizará preferentemente en:

- Zonas de limpieza intensiva.

- Zonas que necesitando operaciones de baldeo no sean aptas

para el baldeo mecánico o baldeo mixto.

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11.2.- Baldeo mixto

Consiste en una combinación de baldeo mecánico y baldeo manual

mediante manguera conectada al vehículo, y dirigido hacia zonas no accesibles a las máquinas.

El baldeo mixto se aplicará preferentemente en:

- Calles con estacionamiento y ancho de aceras que no permitan

su mecanización.

- Aceras de gran densidad de mobiliario urbano.

CLÁUSULA 12. BALDEO MECÁNICO DE CALZADAS

Consiste esta operación en el lanzamiento de agua a presión sobre las calzadas, y muy especialmente en las proximidades de los bordillos.

Para ello se utilizarán máquinas especiales provistas de boquillas orientables y rampa, que dirigirán el chorro de agua hacia los bordillos a

una presión mínima de 15 kg/m² y caudal superior a 15m³/hora.

Los residuos serán desplazados mediante esta operación hacia las proximidades de los bordillos, donde serán recogidos en las operaciones de barrido.

CLÁUSULA 13. LIMPIEZA DE ZONAS AJARDINADAS, PARQUES Y MERENDEROS

En las áreas señaladas en el Anexo II (plano 2.1 y 2.2 Zonas verdes)

como zonas ajardinadas, parques y merenderos se procederá a la recogida

de papeles, colillas, envases, bolsas, embalajes, etc y retirando los

excrementos de animales si los hubiera.

En los merenderos se limpiaran las barbacoas, mesas, bancos,

piletas, etc.

Se prestaran servicios de limpieza diaria de lunes a sábado.

Las empresas licitadoras el Plan Básico de limpieza urbana

especificarán el modo en el que van a realizar los trabajos referidos en esta

cláusula.

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CLÁUSULA 14. LIMPIEZA DE ZONAS VERDES DE USO POCO FRECUENTE

En las áreas señaladas en el Anexo II (plano 2.1 y 2.2 Zonas verdes)

como zonas verdes de uso poco frecuente se procederá a la limpieza

eliminando papeles, envases, bolsas, embalajes, etc. y retirando los

excrementos de animales si los hubiera.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana

especificarán el modo en el que van a realizar los trabajos referidos en esta

cláusula.

Se prestarán servicios de limpieza con frecuencia quincenal.

CLÁUSULA 15. PARQUES INFANTILES

En los parques infantiles Anexo III (plano 3.1 Parques infantiles,

centros escolares y mercadillo) se prestaran los servicios de barrido manual

de suelos sintéticos los días laborales de lunes a sábados.

Limpieza de suelos y juegos con maquinaría de alta presión y una

solución antibacteriana con una frecuencia mensual.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana

especificarán el modo en el que van a realizar los trabajos referidos en esta

cláusula.

CLÁUSULA 16. VACIADO DE PAPELERAS

Comprende este servicio el vaciado de todas las papeleras existentes y futuras instaladas en el término municipal, así como la reposición de las

bolsas correspondientes. Se informará a los Servicios Técnicos de las papeleras que estén en estado deficiente.

Esta operación ha de ser realizada por los equipos de barrido manual, que procederán al vaciado de todos los desperdicios con una frecuencia

igual a la que presenten estos equipos en las zonas donde actúan.

Para el vaciado de las papeleras en tramos donde no se realicen operaciones de barrido manual las empresas licitadoras propondrán el

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sistema de vaciado que les parezca oportuno, no admitiéndose el vaciado

de las papeleras a la calzada para su admisión por las máquinas barredoras.

CLÁUSULA 17. LIMPIEZA DE ESCALERAS, PASOS SUBTERRANEOS Y AEREOS

Se procederá a la limpieza de todos los pasos subterráneos y aéreos

públicos mediante operaciones adecuadas y con una frecuencia igual a las calles a las cuales pertenecen.

Los pasos peatonales subterráneos y aéreos serán objeto de un barrido completado con un baldeo manual.

CLÁUSULA 18. LIMPIEZA DE MERCADOS Y MERCADILLOS DE VENTA AMBULANTE

Se celebra mercadillo los miércoles en la zona comprendida entre las calles Erezena, Perulanda y Trañapadura del Barrio de Traña-Matiena, en el

área señalada en el Anexo III (plano 3.1 Parques infantiles, centros escolares y mercadillo)

La empresa licitadora en el Plan Básico de limpieza urbana propondrá los medios mecánicos y manuales que considere para la limpieza del área

de ocupación de los mercadillos y zona de influencia, para inmediatamente después de la finalización de las actividades del mercadillo, las zonas

queden totalmente libre de residuos y limpia.

Caso de que el Ayuntamiento cambiara, por intereses municipales, el

lugar de emplazamiento de estos mercadillos existentes o cualquier otro nuevo autorizado por el mismo, la empresa adjudicataria está obligada a la limpieza del área de los nuevos emplazamientos, en las mismas condiciones

y sin variación económica. Asimismo si eventualmente se cambiara el día permanecerán las condiciones y obligaciones de la empresa.

CLÁUSULA 19. LIMPIEZAS ESPECIALES CON MOTIVO DE LAS FIESTAS, FERIAS Y ACTOS PÚBLICOS EN GENERAL

Contempla este Servicio la limpieza de aquellas zonas que presentan índices elevados de suciedad, por encima del que corresponde por la lógica

actividad ciudadana, con motivo de:

- Fiestas del municipio o de distintos barrios en particular.

- Ferias y Festivales.

- Otros acontecimientos.

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Se procederá a realizar la limpieza de estas zonas de la vía pública inmediatamente después de terminada la celebración de cada uno de estos actos o cuando proceda según las necesidades

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana propondrán en sus ofertas el plan de trabajo a realizar, indicando:

- Constitución de equipos a utilizar, indicando personal, tipo de maquinaría según la magnitud de los servicios a emplear.

Los horarios de trabajo serán establecidos por los servicios técnicos municipales.

Las calles donde se prevén realizar estas operaciones de limpieza

están reflejadas en el Anexo IV (planos 4.1 San prudentzio, 4.2 Romería, 4.3 San Trokaz-Aita Kurutzeko, 4.4 San Blas y 4.5 Muntsaratz Limpieza

actos festivos).

Relación de Fiestas:

- San Trokaz-mes de Mayo (4 limpiezas)

- San Prudentzio- mes de Abril (5 limpiezas)

- Barrio Muntsaratz- mes de septiembre (1 limpieza)

- Aita Kurutzeko- mes de septiembre (1 limpieza)

- Romeria- mes de abril (1 limpieza)

Relación de Ferias:

- San Blas mes de febrero (limpieza)

CLÁUSULA 20. LIMPIEZA DE PATIOS DE COLEGIOS

Comprende este servicio la limpieza, barrido, baldeo de los patios de juegos de los Colegios Públicos de titularidad Municipal y Haurreskolas.

Anexo III (plano 3.1 Parques infantiles, centros escolares y mercadillo)

Se incluye las limpiezas de los parques infantiles y sumideros

existentes en los patios.

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Se aplicarán la misma frecuencia de limpieza establecida para la zona

en que se ubican estas instalaciones y deberá estar finalizada antes de las 8:30 h.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana especificarán

el modo en el que van a realizar los trabajos referidos en esta cláusula.

CLÁUSULA 21. LIMPIEZA DE APARCAMIENTOS MUNICIPALES

Contempla este servicio la limpieza de toda la superficie correspondiente a los lugares de aparcamientos de titularidad municipal.

Esta limpieza deberá realizarse con los medios que consideren oportunos las empresas licitadoras.

Se aplicará la misma frecuencia de limpieza establecidas para la zona

en que se ubican estas instalaciones.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana especificarán

el modo en el que van a realizar los trabajos referidos en esta cláusula.

CLÁUSULA 22. LIMPIEZA DE ALCORQUES

Esta operación consistirá en la retirada de desperdicios que se depositen en los alcorques (abiertos y cerrados), como papeles, colillas,

etc…, contemplando también la eliminación de hierbas.

La frecuencia y horario de limpieza de los alcorques habrán de ser iguales a las operaciones de barrido del resto de la acera.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana especificarán

el modo en el que van a realizar los trabajos referidos en esta cláusula.

CLÁUSULA 23. LIMPIEZA DE MOBILIARIO URBANO

La limpieza de papeleras, bancos, paneles de anuncios, fuentes de agua potable, etc. con productos limpiadores y/o con maquinaría de alta presión, con frecuencia mensual.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana especificarán

el modo en el que van a realizar los trabajos referidos en esta cláusula.

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CLÁUSULA 24. LIMPIEZA Y RETIRADA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES

Se incluye su recogida y limpieza dentro de las operaciones de

barrido en todas las calzadas, aceras, paseos, zonas ajardinadas, parques, merenderos, áreas peatonales, etc., del municipio correspondiendo por tanto su realización al trabajador al que se asigne la zona de limpieza.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana propondrán los sistemas de limpieza más eficaces, proponiendo los medios,

equipos de repaso, frecuencias y atención de avisos recogidos a lo largo del día para la correcta prestación de este servicio.

CLÁUSULA 25. LIMPIEZA DE LOS MARGENES DEL RIO

Se procederá a la retirada de plásticos, envases, etc, y en general de todo tipo de residuos de los márgenes de los ríos. La frecuencia será mensual.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana especificarán el modo en que se van a realizar los trabajos recogidos en

esta cláusula.

CLÁUSULA 26. LIMPIEZA DE SUMIDEROS, CANALETAS E IMBORNALES

La limpieza de sumideros, canaletas e imbornales o rejillas de evacuación de aguas pluviales de zonas municipales es una tarea considerada de gran importancia.

La limpieza de estos elementos podrá ser manual o mecánica y consistirá básicamente en:

- Extracción de los residuos depositados en los sumideros,

imbornales y canaletas o rejillas.

- Limpieza mecánica de la conducción entre el propio elemento y

el colector general en el que desemboca.

La limpieza se realizará siempre que las necesidades lo exijan y, como mínimo, una vez cada 2 Meses.

Las incidencias que se puedan producir durante la limpieza se comunicarán de forma inmediata a los servicios municipales,

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independientemente de que sean recogidas en los informes que el

contratista deba remitir al propio Ayuntamiento.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana

especificarán el modo en el que van a realizar los trabajos referidos en esta

cláusula.

De forma diaria, se procederá a la limpieza de los desagües de las fuentes públicas de agua potable.

CLÁUSULA 27. LIMPIEZAS ESPECIALES

Las características especiales de estos servicios, cuya programación obedece a problemas estacionales, accidentales y locales, que hacen difícil su programación anual dentro del plan de limpieza, debiéndose contemplar

su ejecución en función de las necesidades reales del servicio en cada momento.

La prestación de este servicio se programará con la utilización de los medios generales ofertados, procurando que los restantes servicios no

queden sensiblemente deteriorados.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana especificarán

las distintas modalidades de limpieza de esta cláusula.

A) Limpieza de manchas de aceite, grasa, etc.

De forma programada y con una periodicidad semestral, se procederá

a una limpieza de las manchas de aceite, grasa, etc., que normalmente no desaparecen en las operaciones de barrido.

Estos trabajos abarcarán especialmente aceras y zonas pavimentadas con circulación y estacionamiento restringido. No obstante, la

planificación de estas tareas deberá ser presentada a los servicios municipales con quienes se acordará las zonas y puntos de actuación.

La empresa licitadora deberá expondrá o detallara en el Plan Básico de limpieza urbana el mecanismo para la realización de este servicio.

Asimismo, con carácter extraordinario se procederá a la limpieza inmediata de manchas de aceite o grasa producidas de forma

accidental.

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B) Limpieza de los puntos de ubicación de contenedores destinados a los residuos sólidos urbanos.

Este servicio consistirá en la limpieza del espacio físico en el que se encuentran ubicados tanto los contenedores destinados a recogida de residuos orgánicos como los contenedores destinados a la recogida

selectiva de papel cartón, envases, vidrio ropa y aceite instalados en el municipio.

La limpieza consistirá en la retirada de residuos (bolsas, embalajes, sacos, escombros, etc.) que se puedan acumular en estas zonas.

Se aplicará la misma frecuencia de limpieza establecida para la zona en que se ubiquen esas instalaciones.

C) Limpieza de fuentes ornamentales y estanques.

Incluye la limpieza de las fuentes ornamentales y estanques existentes:

Fuentes ornamentales:

- Calle Trañabarren

- Calle Juan Antonio Untzueta

Estanque:

- Parque Polígono Industrial Urbitarte

La realización de los trabajos de limpieza incluye las siguientes

operaciones:

- Retirada diaria de flotantes y materiales depositados en las

rejillas de depuración externas.

- Limpieza anual del vaso del estanque.

D) Retirada de materiales abandonados en la vía pública

Se precederá a la retirada de residuos, enseres, restos, escombros, madera, plásticos y similares que de manera siempre ocasional

queden depositados en la vía pública.

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E) Trabajos a realizar en caso de nevadas o fuertes heladas.

En caso de producirse nevadas y/o heladas, la empresa concesionaria dispondrá los medios necesarios para dejar en perfecto estado de

limpieza las principales calles del Casco Urbano recogidas en el Anexo V (Plano 5.1 y 5.2, limpieza nevadas, heladas).

- En caso de fuertes heladas se procederá a esparcir fundentes en las aceras y calzadas.

- En caso de nevadas se procederá a la retirada de la nieve en las aceras y calzadas.

Las empresas licitadoras especificarán en el Plan Básico de limpieza urbana la organización, medios humanos y materiales (vehículos con pala quitanieves, esparcidor de sal, etc.) a emplear, destacando los

equipos complementarios que pudieran poner a disposición del Ayuntamiento.

F) Limpieza de pintadas y retirada de pancartas, carteles, etc

Las empresas licitadoras especificarán en el Plan Básico de limpieza urbana viaria el modo en que se realizara la limpieza de

pintadas y retirada de pancartas, carteles, etc en:

- Vías públicas.

- Edificios de titularidad pública o privada.

- Cierres.

- Mobiliario Urbano.

En caso de necesidad de proceder a un pintado se realizará en colores similares al existente.

La actuación se realizará al menos una vez por semana pudiendo

requerirse una actuación inmediata si lo considerasen los Servicios Municipales.

G) Retirada de animales muertos

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Se procederá a la retirada de las vías o zonas públicas, de animales

encontrados muertos.

H) Limpieza en época de caída de hoja.

Para la época de la caída de la hoja, las empresas licitadoras

deberán contemplar este servicio como un adicional y no sustitutivo de los servicios básicos de limpieza. Además de los trabajos propios

de la recogida de la hoja, se intensificará la limpieza de sumideros e imbornales, habida cuenta de la importancia que en la obstrucción de los mismos tienen estos residuos.

Las empresas licitadoras en el Plan Básico de limpieza urbana especificarán

las distintas modalidades de limpieza de esta cláusula.

I) Eliminación de hierbas

Consiste en la eliminación manual y/o mecánica de las hierbas que con gran frecuencia crecen en aceras, plazas, bordillo, etc.

La empresa adjudicataria indicará los medios a disponer para la ejecución de dichas labores. No se permitirá el uso de herbicidas.

No se establece frecuencia para este servicio por considerarse

continuo y necesario durante todo el año.

CLÁUSULA 28. RESIDUOS PROCEDENTES DE LAS LABORES DE

LIMPIEZA

La adjudicataria se hará cargo de los costes correspondientes a la recogida, transporte a un Centro de Tratamiento autorizado y abono del

canon correspondiente, de los residuos generales generados durante la realización de cada uno de los servicios de limpieza presentados.

CLÁUSULA 29. PERSONAL

Las empresas licitadoras formularan propuesta detallada de las

previsiones de personal que considere necesarias para la ejecución de los

servicios del presente pliego, especificando número de personas destinado a

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cada puesto y perfil, con indicación expresa del contenido y tareas a realizar

por cada una de las personas destinadas a la ejecución de la tarea.

La empresa adjudicataria vendrá obligada a subrogarse en el personal

que se relaciona en el Anexo VII según la normativa vigente que resulte de

aplicación a dicho personal.

Todo el personal que la empresa adjudicataria adscriba para la prestación del servicio, percibirá los haberes y jornales establecidos en las reglamentaciones laborales vigentes y estará en todo momento al corriente

de las cuotas de la Seguridad Social, así como debidamente asegurado por las condiciones de su trabajo.

A estos efectos se tendrá en cuenta lo previsto en punto 16 del Pliego

de Condiciones administrativas, referido a la Subrogación en relaciones

laborales.

El personal adscrito al servicio no tendrá relación laboral, jurídica, ni de ningún otro tipo con el Ayuntamiento de Abadiño.

En el supuesto de que, durante el plazo contractual se produjeran alteraciones o incidencias laborales, serán de responsabilidad de la empresa

adjudicataria.

La plantilla de personal fijo que se emplee en la prestación del

servicio, no podrá ser inferior a la establecida en la oferta que resultase adjudicataria, debiendo ser sustituidas por otras, con cargo al adjudicatario,

cuando por bajas, licencias, vacaciones o cualquier otra causa, impliquen una disminución en el número total de personas.

El personal deberá ir correctamente uniformado por cuenta de la empresa adjudicataria con la imagen corporativa del Ayuntamiento.

La empresa adjudicataria cumplirá en todo momento durante la prestación

del servicio, con la reglamentación vigente en materia de prevención de riesgos laborales.

CLÁUSULA 30. MEDIOS TÉCNICOS E INSTALACIONES FIJAS

La ejecución de las labores de limpieza urbana descritas en este

Pliego deberá realizarse sobre la premisa de que todo el material móvil

deberá ser de nueva adquisición (equipos nuevos). La totalidad de

maquinaria de nueva adquisición a emplear deberá de tener siempre en

cuenta el objetivo de minimizar el impacto sonoro, la contaminación

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ambiental, etc, sin reducir significativamente las características técnicas y

capacidades de las máquinas ni su comportamiento, cumpliendo la

Normativa vigente (Normativa medioambiental Euro,…).

Las empresas licitadoras deberán hacer constar expresa y

detalladamente los vehículos que deciden adscribir al servicio, número y características de los mismos, teniendo en cuenta las previsiones de

vehículos de reserva para cubrir incidencias.

El material móvil (barredoras, carros, etc) que se oferte para la prestación del servicio será objeto de descripción detallada aportando la documentación que se estime conveniente.

La empresa adjudicataria asumirá de su cuenta íntegramente los

trabajos de mantenimiento de los vehículos.

La empresa adjudicataria será responsable de realizar a su cargo

cuantas inspecciones reglamentarias requieran los vehículos, así como dotarlos de aquellos elementos que la legislación vigente obligue a

incorporar a los mismos. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de enviar a un diagnostico por parte de una ITV, homologada, el equipo o equipos que considere oportunos, corriendo a cargo del contratista las tasas de

inspección en todos los casos.

Serán a cargo de la empresa adjudicataria, además de los gastos de adquisición de todo el material para la correcta prestación del servicio y mantenimiento, todos los gastos de combustibles, carburantes, lubricantes,

etc… necesarios durante toda la vigencia del contrato.

Todos los vehículos deberán contar con la imagen corporativa y la inscripción que determine el Ayuntamiento.

Todos los vehículos y maquinaria afectos al servicio deberán ser asegurados a cargo de la empresa adjudicataria, al menos con coberturas

por responsabilidad civil y por daños a terceros.

Igualmente, todos los vehículos e instalaciones cumplirán en todo

momento durante la prestación del servicio, la reglamentación vigente sobre prevención de riesgos laborales.

Para la custodia, mantenimiento de vehículos y materiales, así como

para albergar debidamente al personal en cumplimiento de la legislación

laboral vigente, la empresa adjudicataria deberá disponer durante la vigencia del contrato de instalaciones adecuadas.

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Las instalaciones deberán cumplir al menos los siguientes condicionantes:

Estar ubicadas en el término municipal de Abadiño. Disponer de un lugar adecuado para estacionamiento y mantenimiento de

los vehículos e instalaciones para el personal que cumplan las normas laborales salud laboral y prevención de riesgos laborales.

La adquisición de todo el material necesario para la prestación de los servicios lo será por cuenta y cargo de la empresa adjudicataria, al igual

que las mejoras o modificaciones para las instalaciones fijas, así como los gastos de reparaciones y conservación.

CLÁUSULA 31. CALIDAD AMBIENTAL

Dado que en los criterios de adjudicación del Pliego Administrativo se

incluye la calidad ambiental de la oferta, las empresas licitadoras

presentarán dentro del Plan Básico de limpieza urbana todas las referencias

que estimen necesarias y todos aquellos aspectos que supongan un valor

añadido a la faceta ambiental de la oferta respecto al medioambiente,

sostenibilidad, elección de tecnologías más limpias, etc (ver cláusula

anterior).

CLÁUSULA 32. PARTES DE TRABAJO Y COMUNICACIÓN DE LAS

SITUACIONES CONTRARIAS AL BUEN SERVICIO OBJETO DE

CONTRATO.

En el caso de detectarse anomalías en cualquier elemento del mobiliario urbano, incluido losas y baldosas, éstas deberán comunicarse

inmediatamente a los servicios técnicos del Ayuntamiento.

Asimismo, remitirán unos partes mensuales, que deberán ser presentados en los diez primeros días de cada mes y entre los que se incluirán, como

mínimo, los siguientes datos:

1. Incidencias en el desarrollo de la prestación del servicio con

respecto a lo previsto en la programación operativa y en particular:

2. Rutas y trabajos realizados por los distintos equipos tanto si están o no sujetos a una programación fija.

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3. Informe mensual de cualquier incidencia que repercuta directa

o indirectamente en el servicio. 4. Relación de los trabajos de carácter especial realizados en el

mes.

5. Asimismo presentarán mensualmente los TC1 y TC2 del personal adscrito a las empresas adjudicatarias, con el fin de

verificar el cumplimiento de las obligaciones de la empresa con relación a las cotizaciones de la Seguridad Social. Este control no significará relación laboral alguna entre el personal

señalado en estos documentos y el Ayuntamiento. La empresa adjudicataria no podrá utilizar para el desarrollo de sus

trabajos personas no incluidas en dichos documentos. CLÁUSULA 33. COMUNICACIONES

La empresa adjudicataria dispondrá de una red de comunicación que deberá

poder conectarse con los Servicios Técnicos del Ayuntamiento. Se establecerá una conexión mediante telefonía móvil y correo electrónico con el Servicio Técnico de Ayuntamiento corriendo por cuenta del contratista los

gastos de adquisición, instalación, conservación, mantenimiento y puesta en servicio de este equipo.

Además la empresa adjudicataria aportará cuantos medios sean necesarios tanto, humanos como materiales, para el buen funcionamiento de la red de

comunicación.

CLÁUSULA 34. INSPECCIÓN Y VIGILANCIA.

Los servicios a prestar estarán sometidos de modo permanente a la inspección y vigilancia de la Corporación, la cual nombrará si lo estima

oportuno a inspectores con la misión de vigilancia y de hacer que se cumplan estas condiciones técnicas, así como las cláusulas del contrato que

se formalice. La inspección que al efecto designe la corporación tendrá acceso a los

locales y dependencias de la empresa adjudicataria y le serán facilitados cuantos datos precisen respecto a la organización, así como cuantos

documentos le sean requeridos y sean necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato

La empresa adjudicataria deberá contar con un delegado técnico en calidad de responsable autorizado y representante de la empresa ante la

Corporación Municipal.

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ANEXO VI: ESQUEMA RESUMEN DEL CONTENIDO DEL

PLAN BÁSICO DE LIMPIEZA URBANA

Barrido manual de aceras y/o calzadas (Cláusula 8)

Barrido mecánico de calzadas (Cláusula 9)

Barrido mecánico de aceras y áreas peatonales (Cláusula 10)

Baldeos de aceras y/o calzadas (Cláusula 11)

Baldeo mecánico de calzadas (Cláusula 12)

Limpieza de zonas ajardinadas, parques y merenderos (Cláusula 13)

Limpieza de zonas verdes de uso poco frecuente (Cláusula14)

Parques infantiles (Cláusula 15)

Vaciado de papeleras (Cláusula 16)

Limpieza de escaleras, pasos subterráneos y aéreos (Cláusula 17)

Limpieza de mercados y mercadillos de venta ambulante (Cláusula 18)

Limpiezas especiales con motivo de las fiestas, ferias y actos públicos en

general (Cláusula 19)

Limpieza de patios de colegios (Cláusula 20)

Limpieza de aparcamientos municipales (Cláusula 21)

Limpieza de alcorques (Cláusula 22)

Limpieza de mobiliario urbano (Cláusula 23)

Limpieza y retirada de excrementos de animales (Cláusula 24)

Limpieza de los márgenes del río (Cláusula 25)

Limpieza de sumideros, canaletas e imbornales (Cláusula 26)

Limpiezas especiales (Cláusula 27)

1.- Limpieza de manchas de aceite, grasa, etc.

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2.- Limpieza de los puntos de ubicación de contenedores destinados a los residuos sólidos urbanos

3.- Limpieza de fuentes ornamentales y estanques

4.- Retirada de materiales abandonados en la vía pública

5.- Trabajos a realizar en caso de nevadas o fuertes heladas

6.- Limpieza de pintadas y retirada de pancartas, carteles, etc

Personal (Cláusula 29)

Medios técnicos e instalaciones fijas (Cláusula 30)

Calidad ambiental (Cláusula 31)

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ANEXO VII. PERSONAL A SUBROGAR

DNI CODIGO %

JORNADA

CATEGORIA

PROFESIONAL

ANTIGÜEDAD SALARIO

BRUTO

ANUAL

/CONVENIO

APLICABLE

PLUS

14948659Q 100 100 Peón conductor 01.06.2005 S/convenio

colectivo

CESPA

3000€/brutos

año

30690845J 410 100 Peón 01.09.2005 S/convenio

Udalhitz

24969,72€

72254851Y 410 100 Peón 01.12.2001 S/convenio

Udalhitz

25719,72€

15399783H 410 100 Peón 20.12.2005 S/convenio

Udalhitz

24969,72€

30653355J 289 28,5 Peón 09.07.2011 S/convenio

colectivo

CESPA

45667727P 289 28,5 Peón 13.03.2001 S/convenio

colectivo

CESPA

30685236Q 289 20 Peón 04.10.2008 S/convenio

colectivo

CESPA

20177039J 501 14 Peón conductor 12.12.2011 S/convenio

colectivo

CESPA