Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Aralar · inicialmente y se somete a...

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Contenido

0. PREAMBULO ..................................................................................................................5

1. INTRODUCCIÓN. ANTECEDENTES Y DISPOSICIONES LEGALES ..................................6

2. DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO.........................................................................................8

2.1. MARCO GEOGRÁFICO Y ÁMBITO DE ESTUDIO................................................................................................8 2.2. CLIMA .................................................................................................................................................................8 2.3. GEA .....................................................................................................................................................................8 2.4. HIDROLOGÍA ......................................................................................................................................................9 2.5. ECOLOGÍA Y BIOLOGÍA...................................................................................................................................10

2.5.1. Vegetación (Hábitats)........................................................................................................................... 10 2.5.2. Flora ........................................................................................................................................................ 20 2.5.3. Fauna....................................................................................................................................................... 23

2.6. CARACTERÍSTICAS SOCIOECONÓMICAS.......................................................................................................26 2.6.1. Distribución de la propiedad.............................................................................................................. 26 2.6.2. Población................................................................................................................................................ 26 2.6.3. Aprovechamiento de los recursos....................................................................................................... 27

2.7. PATRIMONIO.....................................................................................................................................................37 2.7.1. Patrimonio cultural............................................................................................................................... 37 2.7.2. Patrimonio paisajístico y valores estéticos....................................................................................... 37

2.8. OTROS ASPECTOS LEGALES Y SOCIALES QUE AFECTAN A LA GESTIÓN....................................................38 2.8.1. Modificaciones puntuales del P.O.R.N.............................................................................................. 38 2.8.2. Otros planes que incluyen el Parque Natural de Aralar................................................................ 39 2.8.3. Relación con otros Espacios Naturales Protegidos........................................................................ 39

3. EVALUACION Y OBJETIVOS ........................................................................................41

3.1. PRIMERA EVALUACIÓN............................................................................................................................41 3.1.1. Criterios ecológicos.............................................................................................................................. 41 3.1.2. Criterios socioeconómicos................................................................................................................... 43

3.2. OBJETIVOS IDEALES DE LA CONSERVACIÓN................................................................................................45 3.3. FACTORES LIMITADORES Y MODIFICADORES..............................................................................................45 3.4. SEGUNDA EVALUACIÓN..................................................................................................................................48

3.4.1. Objetivos operacionales....................................................................................................................... 49

4. EJECUCION ..................................................................................................................52

4.1. DISPOSICIONES GENERALES...........................................................................................................................52 4.1.1. Naturaleza .............................................................................................................................................. 52 4.1.2. Régimen de intervención administrativa........................................................................................... 52 4.1.3. Objetivos................................................................................................................................................. 52 4.1.4. Contenido................................................................................................................................................ 53 4.1.5. Vigencia y condicionantes de revisión............................................................................................... 53 4.1.6. Ámbito de aplicación ............................................................................................................................ 53

4.2. DIRECTRICES, CRITERIOS, REGULACIONES Y ACTUACIONES.....................................................................54 4.2.1. Planificación hidrológica.................................................................................................................... 54 4.2.2. Conservación de los hábitats, de la fauna y de la flora.................................................................. 57

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4.2.3. Planificación forestal............................................................................................................................ 67 4.2.4. Plan de gestión ganadera .................................................................................................................... 72 4.2.5. Plan técnico de caza y pesca............................................................................................................... 76 4.2.6. Plan de uso público............................................................................................................................... 80 4.2.7. Desarrollo local..................................................................................................................................... 93 4.2.8. Edificaciones e infraestructuras......................................................................................................... 95

5. CARTOGRAFIA ........................................................................................................... 102

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0. PREAMBULO

Han transcurrido diez años desde que se declaró el Parque Natural de Aralar. Durante este periodo, el Parque se ha ido consolidando y su gestión ha sido enfocada principalmente hacia el diseño e implantación de infraestructuras, tanto para la gestión como para la acogida de visitantes, y hacia medidas de desarrollo rural, ayudas compensatorias, etc.

Durante este tiempo, las acciones de conservación han consistido principalmente en acciones de preservación, es decir, mantenimiento de las situaciones preliminares frente al desarrollo de políticas activas de conservación o mejora de hábitats o especies.

Este Plan Rector de Uso y Gestión, debido a los nuevos compromisos derivados de la inclusión del Parque Natural de Aralar en la Red Natura 2000, pretende incidir y profundizar en la conservación de la biodiversidad, ya que la Red Natura 2000 establece como objetivo principal la conservación de los hábitats y de las especies, el mantenimiento o reestablecimiento en un estado de conservación favorable de los hábitats naturales y de las especies silvestres de fauna y flora, en palabras de la propia Directiva Hábitats.

Para poder abordar estos nuevos objetivos, se ha diseñado un nuevo esquema para el PRUG que desarrolla cinco capítulos:

• Introducción, antecedentes y disposiciones legales

• Descripción del espacio

• Evaluación y objetivos

• Ejecución

• Cartografía

Sin duda, el punto más novedoso es el tercero, donde inicialmente se evalúa el espacio con criterios ecológicos y socioeconómicos, para establecer a continuación los objetivos ideales de la conservación. Estos objetivos son los que se derivan exclusivamente de la conservación de la naturaleza, sin atender a otro tipo de criterios. No obstante, como se ha señalado anteriormente, aunque los criterios de conservación deben primar, éstos deben ser planteados a la luz de las consideraciones económicas, sociales, culturales, o incluso atendiendo a especificaciones locales o regionales.

Por ello, en el apartado de factores limitadores y modificadores se analizan dichos factores, para realizar posteriormente una segunda evaluación que integra dicho análisis y define los objetivos que debe cumplir el PRUG y, por ende, las actuaciones necesarias para el logro de esos objetivos.

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1. INTRODUCCIÓN. ANTECEDENTES Y DISPOSICIONES LEGALES

El Gobierno Vasco, a instancias del Departamento de Agricultura y Pesca, aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Aralar mediante el Decreto 168/1994 de 26 de Abril, constituyendo el instrumento de planificación y gestión de los recursos naturales del Parque Natural de Aralar, a los efectos previstos en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, y en la Ley 16/1994, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.

Paralelamente, el Gobierno Vasco a instancias del Departamento de Agricultura y Pesca, declaró el Parque Natural de Aralar mediante el Decreto 169/1994, de 26 de abril, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el día 4 de julio de 1994. Esta declaración se produjo dentro del marco que ofrece la Ley 16/94, dotando a este espacio de un régimen de protección a través de su declaración como Parque Natural.

Con fecha de 8 de septiembre de 2000 se publicó en el BOPV la Orden por la que se aprueba inicialmente y se somete a información pública la modificación del PORN de Aralar con el objetivo de posibilitar el desarrollo de usos turístico-hoteleros e industriales en determinadas zonas del Parque Natural. Con fecha 29 de mayo de 2001, se publicó la orden en la que se aprueba provisionalmente dicha modificación. Finalmente, el 27 de julio de 2004 se publicó en el BOPV el Decreto 146/2004, de 13 de julio, de modificación del PORN del Parque Natural de Aralar.

En 1994 el Patronato del Parque Natural de Aralar aprobó el Plan Rector de Uso y Gestión. Este Plan, aunque no culminó su tramitación administrativa, se ha venido aplicando desde entonces, incluso una vez transcurrido su periodo teórico de vigencia.

Por otra parte, el Parque Natural de Aralar, además de estar sujeto a las oportunidades y condicionantes legislativos que supone haber sido declarado Parque Natural, en virtud de la Directiva Hábitats (43/92/CE) ha sido incluido en la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (ES2120011) de la Red Natura 2000 en la región biogeográfica atlántica (Decisión 2004/813/CE de la Comisión, de 7 de diciembre de 2004). Una vez se produzca la inclusión de este enclave en la Lista LIC, este lugar deberá ser designado como Zona de Especial Conservación (ZEC), debiéndose adoptar las medidas de conservación necesarias (reglamentarias, administrativas o contractuales) que respondan a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales del Anexo I y de las especies del Anexo II de la Directiva Hábitats (43/92/CE) presentes en el mismo. Dichas medidas de conservación pueden estar integradas en lo que la Directiva denomina “adecuados Planes de Gestión”. Estos Planes de Gestión pueden ser específicos de los lugares o estar integrados en otros planes de desarrollo, como los Planes Rector de Uso y Gestión.

La información transmitida a la Comisión Europea (acuerdo del Gobierno Vasco de 10 de junio de 2003 por el que se realiza la propuesta de lugares de la Comunidad Autónoma del País Vasco susceptibles de incluirse en la Red Ecológica europea “Natura 2000”) referente a este Lugar (ES2120011) incluía la relación de los tipos de hábitats naturales de interés comunitario existentes en Aralar cuya conservación requiere la designación de zonas de especial conservación. En esta relación se listaban un total de 13 hábitats obtenidos a partir del Mapa de Hábitats (escala 1:50.000) que suponían el 75% del Lugar.

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A la hora de redactar este Plan de Uso y Gestión, se ha procedido a la revisión del listado de hábitats, tomando como referencia la nueva cartografía vegetal escala 1:10.000 (mapa de vegetación según la clasificación EUNIS), un estudio específico sobre la distribución y ecología de diversos táxones de flora amenazada, así como determinados cambios de criterio producidos en la identificación de los hábitats. Finalmente, se han localizado un total de 10 hábitats del Anexo I de la Directiva que suponen el 56% del Lugar. Tres de los hábitats citados inicialmente han sido descartados. Dos de ellos (comunidades de megaforbios, 6430 y brezales enanos, 4060), debido a que ocupan superficies muy pequeñas y aparecen entrelazadas con otras comunidades vegetales, por lo que no han podido representarse gráficamente a la escala en la que se ha realizado el mapa. El tercero, (Bosques mediterráneos de Taxus baccata, 9580), ha sido descartado debido a que no se trata de la vegetación dominante.

Respecto a la fauna y la flora, diversos estudios han actualizado el conocimiento sobre la distribución de especies contenidas en el Anexo II de la Directiva 43/92. En total de han localizado: 2 especies de flora, 9 especies de vertebrados (2 mamíferos semiacuáticos, 6 quirópteros y 1 pez) y 6 especies de invertebrados (en este caso, no se ha localizado en el Parque una de las especies inicialmente listadas en el formulario, si bien, se ha constatado la presencia de otra especie incluida en el Anexo II). Los datos relativos a las aves presentes en el Parque Natural de Aralar incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves 879/409 no han sufrido modificaciones (16 especies).

Por lo que se refiere a su estado legal de conservación en la CAPV, un total de 24 especies de flora presentes en Aralar figuran en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas (1 especie en la categoría de Vulnerables, 15 en la de Raras y 8 de Interés Especial). Respecto a la flora, un total de 58 especies presentes en Aralar figuran en dicho Catálogo (3 en Peligro de Extinción, 14 Vulnerables, 18 Raras y 23 De Interés Especial).

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2. DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO

2.1. Marco geográfico y ámbito de estudio

El Parque Natural de Aralar está situado en el límite suroriental del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Está constituido por la vertiente norte de la Sierra Altzania-Lizarrusti, el Domo de Ataun y el núcleo de Enirio-Aralar con sus laderas periféricas. El eje montañoso principal del sur del Parque coincide con la divisoria de aguas cantábrico-mediterránea.

El Parque Natural, futura Zona de Especial Conservación, tiene una extensión de 10.971,05 ha y un perímetro de 72,6 km. La máxima distancia entre dos puntos es de 19,1 km, que corresponde a la separación entre el extremo noroeste (collado de Zarate) y sudoeste (cima de Balankaleku).

La altitud máxima corresponde al Ganbo (1.412 m) y la mínima a Zaldibia, con 185 m, si bien la mayor parte del territorio (67%) se sitúa entre los 300 y 900 m.

2.2. Clima El Parque Natural de Aralar, encuadrado en las montañas de la divisoria de aguas, constituye el paso entre el clima cantábrico oriental de influencia oceánica de Gipuzkoa (valle del Oria) y el mediterráneo continentalizado de la Barranca (Navarra). Estas montañas juegan un papel de pantalla climática, intensificando las precipitaciones y la nubosidad en la Sierra.

Tanto en invierno como en verano las temperaturas son suaves, dulcificadas por la influencia marina. La temperatura media anual ronda los 11ºC, siendo 17ºC la media de las máximas y 7ºC la de las mínimas.

En cuanto al régimen de lluvias, la precipitación media anual ronda los 1.800 mm, registrándose el máximo pluviométrico en los meses de noviembre-enero. Aunque la lluvia está, por lo general, presente todos los meses del año, el número de días de lluvia en la época estival es bajo.

2.3. Gea La zona está incluida en la terminación occidental de los Pirineos, dentro de la Cuenca vasco-cantábrica y cercana al extremo suroriental del sinclinorio vizcaíno.

Los materiales que dominan la zona son arcillas, margas, areniscas y calizas. Exceptuando los recubrimientos cuaternarios, todos los materiales son del Jurásico y Cretácico inferior.

Las calizas bioclásticas masivas de origen arrecifal constituyen la esencia del carácter abrupto, áspero y colosal de la Sierra de Aralar. La respuesta morfológica de estos materiales es espectacular, conformando los relieves principales (Txindoki, Ganbo) y dibujando la estructura del Domo de Ataun. Estos macizos muestran evidentes signos de disolución kárstica en forma de dolinas, cavernas, etc.

Las areniscas masivas aparecen englobadas dentro de un término detrítico generalizado y de gran representatividad en la gea regional como es el supraurgoniano. Se localizan en los extremos sur y norte de la zona y provocan resaltes de relativa importancia (Sierra de Altzania).

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Los recubrimientos cuaternarios son sedimentos de poco espesor, siendo principalmente derrubios de ladera, acarreos fluviales, fangos y arcillas. Destaca por su singularidad el afloramiento de carácter morrénico localizado en la margen derecha del arroyo Arritzaga.

2.4. Hidrología

Dadas las características geológicas de Aralar, la circulación hídrica en este espacio es esencialmente subterránea (cerca del 16% de la superficie del Parque drena directamente hacia sumideros kársticos), mientras que la circulación superficial se reduce a diversos cursos de agua y surgencias en las laderas periféricas. Según el destino final de las aguas, tanto superficiales como subterráneas, la superficie de Aralar puede dividirse en cuatro cuencas: Agauntza, Zaldibia, Ibiur y Amezketa.

Los niveles impermeables (arcillas, margas, areniscas) realizan el papel de pantallas, fragmentando las masas calcáreas en diversos niveles kársticos que sólo se comunican entre sí a través de grandes accidentes tectónicos. La permeabilidad por karstificación en las calizas es muy alta y la velocidad del agua dentro del macizo calcáreo es muy variable, pudiendo alcanzar centenares de metros al día.

Respecto a los cursos de agua superficiales, en Aralar son de pequeña magnitud en longitud y caudal. Cuentan, sin embargo, con una gran importancia naturalística dado que sostienen ecosistemas de gran valor y dan cobijo a especies gravemente amenazadas en el ámbito europeo (por ej. visón europeo o desmán del Pirineo). Además, estos cursos poseen importancia económica, dadas las numerosas captaciones con destino al abastecimiento o a la producción hidroeléctrica. Los cursos superficiales de Aralar sufren una época de estiaje bastante marcado durante el verano y el otoño. Por otra parte, es evidente la relación que existe entre la pluviometría y la circulación del agua superficial, que se constata en el gran número de pequeños manantiales, surgencias y arroyos que aparecen tras una temporada de fuertes lluvias.

Además de abastecer a los núcleos poblacionales de los alrededores por medio de pequeñas captaciones, varias surgencias subterráneas son conducidas hacia la cuenca del embalse de Lareo, que forma parte del sistema de abastecimiento de la población del entorno de Beasain-Ordizia.

En el interior del PN no se han detectado problemas generalizados de contaminación debido a vertidos industriales, urbanos, o fruto de la actividad antrópica. Este hecho viene avalado por los resultados analíticos de las aguas que evacua el macizo, que evidencian una excelente calidad de las mismas.

A pesar de la buena situación general de este recurso, se ha llegado a detectar un problema de calidad, localizado en una surgencia, que indica la vulnerabilidad de la misma, y que exige la adopción de medidas precautorias en torno a las actividades que se desarrollan en las infraestructuras ganaderas (mangadas y abrevaderos), que pueden ser potencialmente, junto con otras, fuentes de agresión y contaminación..

En paralelo, existen en Aralar otras perturbaciones ligadas al agua como los aprovechamientos hídricos que amenazan la conservación de los cursos de agua naturales, y los problemas erosivos en determinadas laderas del Parque.

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2.5. Ecología y Biología

2.5.1. Vegetación (Hábitats)

El Parque Natural de Aralar se enmarca íntegramente en la vertiente atlántica del País Vasco, si bien es colindante con la divisoria de aguas cántabro-mediterránea. Las partes más bajas del Parque (hasta los 500-600 m de altitud) pertenecen, por tanto, a la comarca natural de los Valles Atlánticos (aquellos situados al N de la cadena montañosa de la divisoria de aguas), con abundantes precipitaciones, inviernos frescos y veranos templados, y paisaje fuertemente humanizado, mientras que por encima de esas cotas se encontraría la comarca de las Montañas Septentrionales, con lluvias aún más abundantes, inviernos muy fríos y veranos frescos y paisaje asociado a usos del suelo extensivos.

Los elementos que constituyen la vegetación que cubre el área son en su mayoría eurosiberianos y circumboreales. Este fondo florístico se ve enriquecido por la presencia de elementos mediterráneos y submediterráneos en las laderas calizas soleadas de las partes bajas y por otros boreo-alpinos y cántabro-pirenaicos de las cotas altas de la Sierra.

La vegetación potencial, aquella que teóricamente se desarrollaría en ausencia de cualquier intervención humana, en la parte del territorio que corresponde a los valles atlánticos estaría dominada por los robledales de Quercus robur. Estos bosques serían eútrofos en los suelos más ricos y profundos, mientras que en los suelos más pobres y se instalarían los robledales acidófilos, más parcos en especies. Las condiciones de sequedad de las laderas calizas con orientaciones soleadas impiden el desarrollo del robledal, por lo que en su lugar se desarrollaría el encinar cantábrico y, ocupando una situación intermedia entre éste y el hayedo, el bosque mixto atlántico. En las orillas de los cursos de agua y en las zonas con humedad permanente dominaría la aliseda cantábrica.

Por encima de los 500-600 m de altitud, dentro de la comarca natural de las montañas septentrionales, el hayedo calcícola, sobre rocas carbonatadas, y el hayedo silicícola, sobre sustratos silíceos o suelos lavados, serían los que conformarían el paisaje vegetal.

En algunos lugares con vegetación azonal, como los pies de los roquedos o zonas de fuerte pendiente, no llegaría a formarse el bosque climácico, sino que aparecería en su lugar el bosque mixto.

Los roquedos, los lapiaces y las graveras, que apenas acumulan suelo, difícilmente pueden albergar masas arboladas. En estos espacios abiertos naturales se instalarían unos tipos de vegetación, fundamentalmente arbustivos y herbáceos, especializados para vivir en estas condiciones ambientales tan duras.

El marco potencial descrito ha sido transformado durante milenios por la actividad humana. Los robledales han proporcionado suelo para la instalación de prados, cultivos forrajeros, huertas, plantaciones arbóreas, zonas urbanas e industriales, etc. Buena parte de los hayedos están ocupados por praderas montanas y plantaciones arbóreas. Los encinares y quejigares-robledales calcícolas han sido explotados para la obtención de leñas, dando paso a otras etapas de la sucesión menos complejas y, en algunos casos, aparecen entre ellos pequeñas plantaciones forestales. Todo ello ha contribuido a la conformación del paisaje vegetal del Parque Natural de Aralar.

La distribución de las superficies ocupadas por los distintos tipos de vegetación actual se puede resumir en el siguiente cuadro:

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Tipo de vegetación Superficie (ha) % del total del Parque

Urbanizado/sin vegetación 45 0,4

Bosques naturales y seminat. 4.168,5 38,0

Plantaciones arbóreas 1.890 17,2

Matorrales 753,6 6,9

Prados y pastos 3.923 35,8

Otras formaciones 65,9 0,6

Roquedos y graveras 125 1,1

Parque Natural 10.971 100

Estas superficies han sido obtenidas a partir de la nueva cartografía de la vegetación del Parque, realizada a escala 1:10.000 sobre la base de la clasificación EUNIS y que ha proporcionado un mayor nivel descriptivo de las comunidades del ámbito de ordenación. Así, es de destacar la extensa superficie ocupada por las praderas de montaña, tal y como corresponde a un territorio de gran tradición pastoril. Por otra parte, los bosques naturales son asimismo un tipo de vegetación dominante en el Parque.

El siguiente cuadro resume los diferentes tipos de formaciones vegetales presentes en el Parque Natural de Aralar:

Bosques naturales y seminaturales

Código EUNIS

Superficie (ha)

% del total Parque

Alisedas G1.21 59,5 0,5 Alisedas no riparias G1.B2 3,1 0,03 Hayedos acidófilos G1.62 1.933,2 17,6 Hayedos basófilos G1.64 917,3 8,3 Hayedos robledales G1.82 45,9 0,4 Robledales de Q. pubescens G1.71 45,6 0,4 Melojares G1.7B 0,8 0,01 Castañares G1.7D9 0,8 0,01 Bosques mixtos dominados por Q.robur

G1.86 663,4 6,0

Avellanedas G1.96 2,4 0,02 Robledales con fresno G1.A19 110,6 1,0 Fresnedas G1.A23 8,6 0,08 Bosques mixtos de crestón G1.A44 88,9 0,8 Encinares cantábricos G2.121

1 288,4 2,6

Total - 4,168,5 37,75

Matorrales Matorrales de suelos ricos F3.11 358,8 3,3 Argomales de Ulex europaeus F3.15 204,5 1,9 Brezales atlánticos de Erica y Ulex

F4.23 16,6 0,2

Matorrales de Salix F9 2,3 0,0 Setos ricos en especies autóctonas

FA.3 29,2 0,3

Matorrales de árboles frondosos G5.61 139,6 1,3

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Matorrales de árboles mixtos G5.62 2,6 0,0 Total - 753,6 6,9

Pastos Junqueras D5.3 0,5 0,0 Prados calcáreos E1.27 848,1 7,7 Praderas de Agrostis y Festuca E1.72 2.077,2 18,9 Pastos no manipulados E2.11 127,8 1,2 Prados de heno atlánticos E2.21 768,0 7,0 Helechales de Pteridium aquilinum

E5.3 101,4 0,9

Total - 3.923 35,7 Plantaciones arbóreas

Plantaciones frutales G1.D 11,8 0,1 Plantaciones forestales G3-G5 1.878,2 17,1

Total - 1.890 17,2

Otras formaciones Gleras básicas orocantábricas H2.64 5,5 0,1 Barrancos básicos del interior H3.2 119,5 1,1 Zonas quemadas H5.5 0,8 0,0 Areas pisoteadas H5.6 3,3 0,0 Huertas mixtas I1.2 3,1 0,0 Construcciones, áreas extractivas y vertederos

J 44,9 0,4

Total - 177,1 1,6

El Parque Natural de Aralar ha sido incluido como Lugar de Importancia Comunitaria para formar parte de la Red Natura 2000, compuesta por los lugares que alberguen tipos de hábitats naturales (Anexo I) y de hábitats de especies que figuren en el Anexo II.

La siguiente tabla describe, por orden de extensión, los hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva Europea 92/43/CE con representación en el Parque (Mapa 1).

Hábitat Denominación EUNIS Sup (ha)

% PN

6230 Praderas de Agrostis y Festuca E1.72 2.077 18,9 9120 Hayedos acidófilos atlánticos G1.62 1.933 17,6 6210 Prados calcáreos E1.27 848 7,7 6510 Prados de heno atlánticos E2.21 768 7,0 9340 Encinares cantábricos G2.121

1 288 2,6

8210 Pendientes rocosas calcáreas con veg. casmofítica

H3.2 120 1,1

9180 Bosques de laderas, desprendimientos y barrancos

G1.A44 89 0,8

91E0 Bosques aluviales G1.21 59 0,5 4030 Brezales atlánticos F4.23 16 0,25 8130 Gleras básicas orocantábricas H2.64 5,5 0,05

Total 6.114 55,7 %

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Los hábitats 6430 (Megaforbios eútrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano y alpino) y 4060 (Brezales alpinos y boreales), ocupan superficies pequeñas y están inmersos en otro tipo de hábitats, por lo que no han podido ser cartografiados a la escala utilizada. Otros hábitats de la Directiva no listados en la tabla anterior (9230:melojares y 9260:castañares) poseen una presencia testimonial en el interior del Parque, con superficies menores a 1 ha, y no se consideran formaciones representativas.

Por otra parte, existen en Aralar varios hábitats de especies que figuran en el Anexo II de la Directiva y cuya conservación es clave para el mantenimiento de dichas especies. Entre estos hábitats destacan, además de los incluidos en el Anexo I, por su extensión los hayedos calcícolas y los bosques mixtos dominados por Q.robur que se extienden por los valles que circundan a la Sierra.

De la descripción del estado de conservación de cada uno de estos hábitats (tanto la de aquellos contenidos en el Anexo I, como la de los hábitats de las especies contenidas en el Anexo II) derivarán posteriormente los objetivos de conservación del espacio.

2.5.1.1. Hábitats del Anexo I de la Directiva 43/92

A continuación se realiza una descripción de los hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva 43/92, su superficie y localización (Mapa 1). Así mismo, se describe someramente el estado de conservación, entendido como el conjunto de influencias que actúan sobre el hábitat natural y sobre las especies típicas asentadas en el mismo y que pueden afectar a largo plazo a su distribución natural, estructura y funciones, así como a la supervivencia de especies típicas.

6230 Praderas de Agrostis y Festuca (Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos ácidos de zonas montañosas). (Código E1.72 de EUNIS). Ocupan más de 2.000 ha (aproximadamente el 19% de la superficie del Parque) y se distribuyen en su mayor parte en los rasos de la Mancomunidad. Aparecen también ocupando una extensión menor en otros lugares del Parque: vertiente sur del cordal de Sarastarri, en parte de los Montes de Utilidad Pública de Abaltzisketa, Amezketa, Ataun (Agauntza) y Zaldibia, y en determinadas zonas elevadas de Bedaio.

Estas formaciones herbosas conforman la pradera montana de diente, que ocupa los mejores suelos calizos de montaña, en terrenos ganados a los hayedos desde hace miles de años y su existencia actual esta ligada a la actividad pastoril. Se explotan a partir de comienzos de mayo por numerosos rebaños de oveja latxa, bovino y equino, hasta la época más adversa. Poseen una composición florística típica muy diversa y en muchas áreas aparece en mosaico, con brezos y argomas como consecuencia de una inadecuada gestión pastoral, la acidificación por lavado del suelo o por la presencia de un sustrato subyacente distinto del predominante calizo, y con pastos xerofíticos petranos en aquellas laderas pedregosas calizas donde la roca comienza a aflorar.

Los últimos años, la gestión de estos pastizales ha estado orientada a la corrección de los efectos de acidificación y pérdida de nutrientes fruto del lavado del suelo; a la consecución de un mejor equilibrio de la presión pastante entre las diferentes zonas de pastos, para evitar el sobrepastoreo y los fenómenos degradatorios asociados (defoliación, erosión, calidad del agua, etc.), y a disminuir la necesidad de las quemas para frenar la evolución de esta etapa serial a otro tipo de hábitat.

Los pastizales mesofíticos, además de poseer un gran valor ganadero y paisajístico, albergan una flora de interés que incluye varios endemismos pirenaico-cantábricos, así como una de las dos especies vegetales del Anexo II de la Directiva Hábitats presentes en el Parque: Narcissus asturiensis.

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Varias especies de fauna amenazada, por ejemplo las especies necrófagas como el quebrantahuesos, el buitre común y el alimoche, están relacionadas con el aprovechamiento ganadero de los pastizales de altura, ya que utilizan estos espacios abiertos como área de campeo y alimento. Otras especies, incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves y en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas, hacen uso de este hábitat, entre otros, como zona de alimentación: águila real, aguilucho pálido, chova piquirroja…

A pesar de que no se han realizado estudios específicos, los indicadores de referencia observados (agua, suelos, etc) abonan la impresión de que el estado de conservación de este hábitat es en general bueno. A pesar de todo, estos hábitats son sensibles a las alteraciones de las condiciones medioambientales que las condicionan, cambio climático, contaminación atmosférica, pascicultura inadecuada, etc..

En especial, se han detectado problemas en las inmediaciones de los puntos de agua, y en los senderos más transitados por senderistas y montañeros.

9120 Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion). Según la clasificación EUNIS corresponden a la denominación G1.62 que ocupa el 17,6% de la superficie del Parque (1.933 ha) formando masas extensas. Se localizan, por orden de extensión, al Sur del Parque en Lizarrusti (principal mancha que corresponde a un único propietario), en los Montes de Utilidad Pública de Agauntza y Marumendi, en el cordal que une Akaitz Txiki con Irupagoeta y al Noreste, en Bedaio.

Hasta un pasado reciente, los usos dados al monte (carboneo, extracción de leñas, ganadería extensiva…) implican la existencia de masas fundamentalmente en monte bajo, de escaso vigor y baja regeneración. Estudios recientes sobre la diversidad estructural de los hayedos del Parque (González-Esteban y Villate, 2003) detallan que, por lo general, se trata de hayedos monoespecíficos, con robles, castaños, acebos, majuelos, serbales y arces de elevado porte en muy pequeña proporción. Dentro de esta escasez, resulta llamativa la abundancia de tejos y de acebos jóvenes en algunos rodales. En cuanto a la presencia de elementos estructurales relevantes para la biodiversidad, la historia del uso de estos montes ha determinado que las masas estén compuestas fundamentalmente por árboles de pequeño diámetro, de corona regular y que no muestran estructuras muertas. Por tanto, la diversidad estructural es baja, con una baja densidad de árboles vivos de gran diámetro y menor densidad aún de árboles vivos en un estado de decaimiento avanzado. Así, la ausencia de árboles decrépitos limita la presencia de madera muerta en pie y la extracción de los restos de las labores de aclareo y el aprovechamiento de leñas limitan la presencia de madera en el suelo forestal. De hecho, los aprovechamientos han alcanzado a la totalidad de las masas de hayedo y no es posible localizar ninguna zona del Parque que destaque por la madurez del arbolado.

Por tanto, el estado de conservación del hayedo acidófilo es desde el punto de vista de la biodiversidad, en general, deficiente. Así, la oferta de recursos para la fauna, tanto vertebrada como invertebrada, es escasa (cavidades naturales, árboles vivos de gran tamaño y sustratos de alimentación), por lo que esta baja diversidad estructural se traduce en bajos valores de riqueza y abundancia de las especies que componen la comunidad faunística ligada al hayedo. Entre las especies amenazadas se pueden destacar varias especies de vertebrados (pito negro, marta…) e invertebrados (Rosalia alpina, Osmoderma eremita, Elona quimperiana…). La situación evidencia que el bosque precisa de largos periodos de tiempo para adquirir una mayor complejidad estructural.

Desde hace varios años se dispone de instrumentos de ordenación para los principales hayedos del Parque (tanto públicos como privados) que tienen como objetivo la conversión de

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masas (básicamente procedentes de cepa) hacia el monte alto, por lo que la regeneración natural quedaría asegurada por medio de sus propias semillas. Para ello, en los Planes de Ordenación Forestal de los MUP de Aralar, se define como método de regeneración el aclareo sucesivo y uniforme.

6210 Prados calcáreos (Prados secos semi-naturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos ). Corresponden a la categoría E1.27 de la clasificación EUNIS y tienen una extensión aproximada de 848 ha (el 8% de la superficie del Parque). Ocupan fundamentalmente los suelos esqueléticos de los rasos de Enirio-Aralar y las áreas al pie de los cortados del Domo donde el sustrato calcáreo comienza a aflorar. Aparecen, por tanto, en mosaico con la pradera montana de diente y en menor medida con los brezales secos europeos y, al igual que estos hábitats, son aprovechados de manera extensiva por el ganado.

En general, constituyen una etapa serial de vegetación que procede de otras etapas más maduras, y cuyo equilibrio es fruto básicamente de la defoliación y pisoteo por parte de los animales pastantes, y de la actividad humana ligada a la misma (quemas, desbroces, etc.). Al lindar con diferentes tipos de medios presenta un número importante de ecotonos que son fuente de diversidad florística. Destaca la presencia en este hábitat de los dos narcisos citados en el Anexo II de la Directiva Hábitats: Narcissus asturiensis y N. pseudonarcissus gr. nobilis-varduliensis.

Definir el estado de conservación de este hábitat resulta complejo, dada su situación intermedia entre la pradera de diente montana y los brezales secos, paso previo a la instalación del bosque, siendo todos ellos hábitats de interés comunitario. En cualquier caso, existen problemas puntuales de erosión que deberían ser corregidos.

6510 Prados de heno atlánticos. (E2.21 de EUNIS). Ocupan una extensión de 768 ha (7% de la superficie del PN). Se reparten por las zonas más bajas del Parque, fundamentalmente en los valles al norte de la sierra y al pie del Domo de Ataun, sobre suelos profundos de los dominios del roble pedunculado. Forman el paisaje típico de la campiña atlántica, en mosaico con cultivos atlánticos y plantaciones forestales, así como retazos de la vegetación autóctona y setos ricos en especies autóctonas.

Los prados de heno atlánticos se mantienen verdes durante todo el año ya que la mayoría de las especies son perennes. Se caracterizan por la rapidez de rebrote y por la capacidad de tolerancia a un aprovechamiento constante. Son segados durante 2 ó 3 veces al año, abonados y, a menudo, pastoreados durante el invierno. Cuando no son manejados, se embastecen con facilidad al ser colonizados por especies menos palatables, por lo que su conservación depende directamente del manejo.

La diversidad florística de estas formaciones es elevada y en el cortejo florístico existen especies de gramíneas, leguminosas y flores compuestas. A menudo estos prados incluyen plantaciones de frutales (manzanos, perales, nogales o cerezos). Las principales amenazas están relacionadas con la intensificación de las actividades agropecuarias que provocan una simplificación de las estructuras lineales (setos vivos), bosquetes y terrenos baldíos. A su vez es habitual el resembrado con especies de gran producción (alfalfa, ray-grass…) que provocan una pérdida de diversidad florística y un empobrecimiento de la fauna acompañante (insectos, micromamíferos, etc.). A su vez, el uso de abonos inorgánicos produce cambios en su composición. Otro tipo de amenazas están relacionadas con el abandono de usos y el cultivo en estas superficies de plantaciones arbóreas. Por tanto, y aunque este aspecto no ha sido estudiado para el Parque de Aralar, el estado de conservación es dependiente del manejo continuado tradicional (cortes, abonados y pastoreo), de la preservación del cortejo florístico de

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estos prados y, en general, del mantenimiento de la diversidad estructural del paisaje de campiña.

Respecto a la fauna, existen varias especies típicas del paisaje de campiña donde los prados de siega son el elemento más abierto. Además, tanto los bosquetes autóctonos como los setos vivos son elementos de indudable interés para un elevado número de especies animales que encuentran refugio, alimento y zonas de paso en estas estructuras. Entre estas especies destacan la mayor parte de los quirópteros amenazados presentes en el Parque y el alcaudón dorsirrojo, ave típica de la campiña.

9340 Encinares cantábricos (Encinares de Quercus ilex). Corresponden a la denominación G2.121 según el mapa EUNIS. Ocupan un total de 288 ha en el interior del Parque (el 2,6% aproximadamente). Se distribuyen por las laderas calizas con orientaciones soleadas del Domo de Ataun, allá donde las condiciones de sequedad de estos suelos esqueléticos se agudizan y la pendiente impide otros usos.

Se trata del encinar cantábrico más meriodinal de Gipuzkoa y, al igual que en el resto de la vertiente atlántica, el intenso aprovechamiento de estas masas para la obtención de leñas y para la ganadería extensiva de ganado caprino hasta épocas recientes implica una estructura muy simplificada, con árboles de escaso porte que proceden de las cepas aprovechadas como monte bajo. El cortejo florístico de estos encinares es similar al de aquellos ubicados en áreas más cercanas a la costa, si bien la aparición de especies lianoides es más limitada. En cualquier caso, se trata de formaciones de indudable interés paisajístico y biogeográfico, que mejoran los suelos esqueléticos que ocupan y que representan islotes de vegetación mediterránea en el contexto atlántico.

El estado de conservación es precario debido al intenso aprovechamiento al que han sido sometidos, aunque su recuperación podría ser relativamente rápida si bien el arbolado, al proceder de cepas antiguas, no llegaría a alcanzar grandes tallas. Se trata, sin embargo, de formaciones tupidas y densas, que dan cobijo a un número elevado de especies faunísticas, tanto de especies protegidas como de otras de interés cinegético. Entre las especies de la Directiva cabe citar Euphydryas aurinia, lepidóptero que busca el alimento en madreselvas (Lonicera peryclymenum y L. etrusca)

8210 Pendientes rocosas calcáreas con vegetación casmofítica: colonizadas por vegetación casmofítica, (EUNIS H3.2) corresponde al tipo de hábitat de los barrancos básicos del interior que poseen una extensión de 120 ha (el 1% de la superficie del Parque). Se trata de la vegetación que coloniza las laderas y cumbres calcáreas más elevadas, así como grietas y lapiaces de los roquedos kársticos. En Aralar, estas formaciones se distribuyen a lo largo de los resaltes rocosos y lapiaces del altiplano calizo de Enirio-Aralar.

En estas pendientes rocosas se distinguen diferentes ambientes: fisuras y pequeñas grietas de laderas y crestas; grietas más profundas con ambientes más frescos y sombríos; fisuras de cantiles y repisas colgantes; extraplomos… Dependiendo de la topografía, la flora es más o menos rica y variada, si bien en general poseen un alto interés botánico dado que varias especies son endémicas pirenaico-cántabras o alcanzan en las montañas vascas en general su límite de distribución. Narcissus asturiensis, especie incluida en el Anexo II de la Directiva Hábitats (43/92), ha sido localizada en este ambiente, así como el megaforbio Aconitum variegatum, especie catalogada como rara en el Catálogo de Especies Amenazadas de la CAPV. Además, en las laderas kársticas más elevadas del Parque, habitualmente batidas por el viento y sometidas a innivación prolongada, aparecen matorrales y brezales alpinos, en especial el enebro rastrero (Juniperus communis subsp. nana)

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En general, el estado de conservación de este hábitat es bueno dada su escasa accesibilidad. Las mayores amenazas podrían derivarse de la acción del ganado y de la recolección de determinados especímenes de especies amenazadas.

9180 Bosques de laderas, desprendimientos y barrancos: robledales y olmedas mixtas pirenaicocantábricas (EUNIS: G1.A44, 89 ha), suponen el 0,8% de la superficie del Parque. Son bosques mixtos de zonas abruptas y barrancos del piso montano y colino en sustratos muy inestables y rocosos que, por lo general, implican el desarrollo tortuoso de los árboles. Junto con un estrato herbáceo bien desarrollado y helechos, suelen estar presentes especies como olmos, arces, fresnos, tilos ,serbales, mostajos, hayas y robles, entre otras.

En el interior del Parque aparecen en las condiciones más karstificadas y con alta humedad ambiental: al Sur del Parque, en el acceso de Lizarrusti a Lareo, junto al arroyo Maizegi. Al Norte, en las cabeceras de los arroyos Osinbeltza, Aixolaerreka y Auzateko erreka. También existen al pie del Domo, en las laderas de Gurutzeberri.

Hasta un pasado reciente, los lugares más accesibles han sido explotados para la obtención de varas, leñas e incluso madera de calidad en los lugares más accesibles y estables, y con mayor desarrollo del suelo. Así, en la medida que la presión sobre estas formaciones va disminuyendo es de esperar que su diversidad estructural y específica mejore notablemente.

91E0 Bosques aluviales. Son las alisedas fresnedas aluviales, sometidas a inundación durante las crecidas, identificadas con el código G1.21 según la clasificación EUNIS. Ocupan las riberas de los principales cursos fluviales al N y NW del Parque en su curso medio y bajo (arroyo Arritzaga y tributarios, afluentes del Zaldibia y márgenes del Agauntza), y se extienden en un total de 60 ha por el interior del Parque (alrededor del 0,6% de la superficie total).

Este tipo de vegetación se desarrolla sobre suelos ricos en depósitos aluviales. Hoy en día a menudo están conformados por una única hilera de árboles donde el aliso (Alnus glutinosa) es la especie dominante. El estado de conservación de estas formaciones es, por tanto, precario dada la presión ejercida por los aprovechamientos forestales, agrícolas, ganaderos y, más puntualmente, de infraestructuras asociadas a aprovechamientos hidráulicos o edificaciones. En particular, las vías de tráfico rodado del interior del Parque circulan paralelas a los principales cauces y limitan el desarrollo de la vegetación riparia. Por otra parte, la calidad del agua está condicionada por el vertido directo de aguas negras y purines, o la acumulación junto al cauce de residuos procedentes de explotaciones ganaderas.

El uso más habitual dado a estas formaciones vegetales es la tala puntual de ejemplares para la obtención de leñas. Otras prácticas que han mermado su desarrollo, son la eliminación sistemática de los ejemplares arbóreos de mayor porte con el objetivo de evitar daños aguas abajo durante las avenidas o el aprovechamiento por parte del ganado de brotes de árboles y arbustos y, por supuesto, los diversos aprovechamientos desarrollados en torno a las llanuras aluviales, urbanización, canalizaciones de los cursos de agua, etc.

Los bosques de ribera están estrechamente relacionados con varias especies incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves, en el Anexo II de la Directiva Hábitats y en el Catálogo de Especies Amenazadas de la CAPV: aves (martín pescador, mirlo acuático), mamíferos (visón europeo, desmán del Pirineo y turón) o invertebrados (cangrejo autóctono). Además la vegetación de ribera funciona a modo de corredor biológico de contacto entre diferentes ecosistemas, dando cobijo a todo tipo de especies animales.

4030 Brezales secos europeos. (EUNIS: F4.23) Agrupa a las comunidades de matorrales de sustitución compuestos por brezos (Erica spp.), argomas (Ulex spp.) y helecho común (Pteridium aquilimun) que ocupan un área de 17 ha (el 0,25% del Parque) y se reparten en

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pequeñas superficies en claros forestales a alturas medias (400-600 m). La fisonomía de estas comunidades varía en función de su composición florística, si bien los brezos, que dominan en los enclaves más oligotróficos y secos, son de talla más modesta.

Este hábitat está en contacto con robledales de Quercus robur y diferentes tipos de pastos (prados de siega, pastos montanos…). El estado de conservación está notablemente influido por los usos humanos que condicionan su grado de evolución. En muchos casos han sido aprovechados para la obtención de cama para el ganado, en especial el helecho y, a menudo, el uso del fuego ha sido práctica habitual en su manejo.

De forma natural, evoluciona hacia diferentes formas de prebosque o matorral alto, necesitando largos periodos de tiempo para formar bosques debido a la escasa disponibilidad de nutrientes de los suelos sobre los que se asienta.

Estas formaciones, poseen un gran valor ecológico al formar parte de los pequeños claros del bosque, lo que añade diversidad de medios tanto para diferentes comunidades florísticas como faunísticas, potenciando las especies ligadas a bordes y ecotonos. Así, los brezales favorecen la presencia de especies de vertebrados característicos de espacios arbustivos, especialmente aves y micro y mesomamíferos. Estos espacios abiertos son también utilizados como área de campeo por rapaces forestales, aves rupícolas, quirópteros y reptiles.

8130 Gleras básicas oro-cantábricas. Según la clasificación EUNIS (H2.64) agrupa a las gleras básicas orocantábricas, que poseen una representación puntual en el Parque (5,64 ha, el 0,05% de la superficie total). Las gleras o graveras, acúmulos de piedra y rocas en las laderas de las montañas producto de la erosión mecánica sobre crestas y roquedos, ocupan extensiones reducidas en las montañas de Aralar. Las manchas cartografiadas, se ubican en el Norte del Parque, al pie del barranco de Arritzaga y del pico Balerdi.

Dadas las dificultades del medio (movilidad del sustrato, estrés hídrico y fuerte insolación), las especies que lo colonizan han desarrollado largos rizomas, tallos flexibles y facilidad para dar renuevos, con lo que hacen frente a las condiciones mencionadas y a la movilidad del sustrato. Aunque son escasas las plantas estrictamente asociadas a este medio, numerosas especies calcícolas bordean las graveras o las colonizan en las zonas más estables.

El estado de conservación es bueno y no se detectan problemas a excepción de la extracción localizada de piedras para su uso en construcciones.

Respecto al hábitat 9260, correspondiente a castañares (EUNIS G1.7D9), únicamente se han localizado dos manchas de plantaciones antiguas, de escasa extensión y junto a otras especies, robles y hayas según la zona. Se trata de castaños trasmochados muertos en pie, con grandes cavidades en el interior y que están acompañados por robles y hayas. El estado de conservación es precario debido a la nula regeneración del castaño en estos rodales, aunque la persistencia en el monte de estos elementos son cruciales para la conservación de algunos artrópodos saproxílicos amenazados. Aunque no se trata de un hábitat representativo del lugar, es sin duda un hábitat de suma importancia para la conservación de estas especies.

Los melojares cantábricos (9230) dada su presencia testimonial en el Parque (0.7 ha), no se consideran representativos de estas formaciones. Se trata de una única mancha en estado juvenil intercalada entre el hayedo silicícola.

El hábitat 6430 (Comunidades de megaforbios heliófilos y esciófilos) y 4060 (Matorrales y brezales enanos alpinos, subalpinos y oromediterráneos), a pesar de haber sido cartografiados en el mapa de Hábitats y haber sido listados en el formulario de la Red Natura 2000, al ocupar superficies muy pequeñas y entrelazadas con otras comunidades, no han podido representarse gráficamente a la escala en la que se ha realizado el mapa de vegetación.

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Las comunidades de megaforbios, a diferencia del Aralar navarro, en el área objeto de este PRUG, no conforman hábitats propiamente dichos. Sin embargo, se trata de comunidades de gran interés florístico dada la exclusividad de muchas de las especies que aparecen en estos ambientes. Entre ellas destacan por su nivel de amenaza Cicerbita plumieri (en al ámbito de la CAPV, únicamente se ha citado en Aralar), Aconitum variegatum (rara) y Geum rivale (vulnerable), si bien éstas no son especies exclusivas de estos ambientes.

Los matorrales y brezales alpinos, en especial el enebro rastreo, Junniperus communis subsp. nana, caracteriza algunos de los cresteríos más elevados fuertemente batidos por el viento y sometidos a innivación prolongada, formando mosaicos con pastos petranos y vegetación casmofítica calcárea. Se trata de un hábitat muy escaso, tanto en el ámbito de Gipuzkoa como de la CAPV, puesto que únicamente se localiza en las laderas kársticas más elevadas de Aralar y Aitzkorri-Aratz.

2.5.1.2. Hábitats de especies del Anexo II de la Directiva Hábitats (92/43) o del Anexo I de la Directiva (79/409)

Además de los hábitats contenidos en el Anexo I de la Directiva, en Aralar existen otros hábitats que contienen especies del Anexo II (Mapa 2). Destacan por el número y grado de amenaza de las especies que albergan los hayedos calcícolas y los robledales acidófilos y bosques mixtos de frondosas de los valles comprendidos en el interior del Parque.

Los hayedos basófilos (EUNIS G1.64) ocupan más de 900 ha en el interior del Parque. Se distribuyen a partir de los 500-600 m sobre laderas calizas con afloramiento de roca, principalmente en Bedaio, Akaitz, vertiente N de Balerdi, Txindoki y Ausoko Gaztelu, áreas del interior del Domo de Ataun, al pie del cordal de Sastarri y en las inmediaciones del puerto de Lizarrusti. Sin embargo, las áreas llanas o de relieve suave con suelos más desarrollados han sido deforestadas y transformadas en pastos. En el caso de Akaitz, el hayedo basófilo, de distribución rala, está acompañado por una tejeda (Taxus baccata) de gran singularidad por la abundancia y desarrollo de estos tejos. En esta zona, además, se dan cita algunas de las poblaciones de Narcissus pseudonarcissus gr. varduliensis detectadas en el Parque.

Por lo general, al aflorar el sustrato, el hayedo basófilo es más claro que el acidófilo, dando entrada a especies más exigentes de luz. Por otra parte, dadas las difíciles condiciones de accesibilidad y productividad, el aprovechamiento para carboneo o recogida de leñas y la actividad forestal no ha dejado una huella tan marcada en estas masas, aunque la escasez de árboles en un estado de decaimiento avanzado y de madera muerta en el suelo forestal evidencian también un manejo continuado. En cualquier caso, el elenco de especies animales amenazadas que han sido relacionadas en el apartado de los hayedos silicícolas son especies también presentes en las formaciones calcícolas.

Los bosques mixtos están dominados por el roble pedunculado (G1.86, 664 ha), aunque en su composición dan cabida a la mayoría de árboles y arbustos de la vertiente atlántica. Se reparten en pequeños bosquetes por los fondos de valle del Parque y forman parte del paisaje de campiña atlántica, si bien destacan por su extensión los robledales ubicados en Lizarrusti. En general, su estado de conservación es precario, dada la escasez de formaciones maduras y estructuralmente diversas ya que se han venido explotando para la obtención de madera desde antiguo.

Los bosques mixtos y robledales son hábitats de muchas especies de vertebrados incluidos en el Catálogo de fauna Amenazada del Parque Natural de Aralar. Desde el punto de vista de la conservación de especies de invertebrados amenazados, en los robledales de Aralar se han

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localizado varias especies. Destacan en este sentido el robledal de la zona de Kaxeta junto a un bosquete de viejos castaños y el rodal de Ezkalusoro, junto a castaños y hayas trasmochas.

2.5.2. Flora

La base florística está constituida por elementos de corología circumboreal y eurosiberiana. A ellos se le añaden otros táxones que dan especial riqueza al Parque Natural de Aralar, como son el mediterráneo, el boreoalpino y el cántabro-pirenaico, además de algunas especies adventicias. En cuanto al elemento endémico, en Aralar no existen especies endémicas en sentido estricto, dado que las plantas que presentan una distribución muy restringida siempre tienen un territorio que, al menos, comparte con los sistemas montañosos vecinos (El Mapa 3 muestra la distribución de las poblaciones de flora amenazada)..

El conjunto de especies de mayor interés presentes en Aralar se puede subdividir en las siguientes categorías, que conforman el Catálogo de Especies de Flora Amenazada del Parque Natural:

- 2 especies que se hallan incluidas en el Anexo II de la Directiva de Hábitats de la CE (43/92):

Narcissus asturiensis Narcissus pseudonarcissus gr. nobilis-varduliensis

- 2 especies que, en la actualidad, dentro de la CAPV únicamente se conocen en Aralar

Cicerbita plumieri Trifolium montanum subsp. gayanum

- 29 especies que, teniendo alguna otra localidad en la CAPV, sólo se conocen en Aralar para el Territorio Histórico de Gipuzkoa

Alchemilla connivens Arnica montana Avenula pubescens subsp. pubescens Blupeurum praealtum Bupleurum baldense Carex hallerana Centaurea montana Crepis pyrenaica Cuscuta europaea Dorycnium pentaphyllum Elymus caninus Eriophorum angustifolium Geum rivale Gladiolus illyricus Hypericum nummularium Lathyrus latifolius Ligusticum lucidum Muscari neglectum Nigritella gabasiana Omalotheca sylvatica Onobrychis argentea subsp. hispanica

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Ophrys lutea Orchis champagneuxii Orchis purpurea Pedicularis foliosa Scilla autumnalis Silybum marianum Tofieldia calyculata Trollius europaeus

- 32 especies que, conociéndose sólo dos localidades para Gipuzkoa, una de ellas se sitúa en Aralar

Alchemilla xanthochlora Allium oleraceum Botrychium lunaria Centaurea calcitrapa Centaurium tenuiflorum Coeloglossum viride Convallaria majalis Cynoglossum creticum Cynoglossum officinale Euphorbia hyberna Gentiana verna Geranium sylvaticum

Himantoglossum hircinum Hydrocotyle vulgaris Juniperus communis subsp. nana Koeleria cristata Lactuca perennis Lactuca tenerrima Lathyrus niger Myrrhis odorata Ophrys fusca Orchis ustulata

Poa alpina Poa compressa Polygonum bistorta Polystichun lonchitis Ribes petraeum Rumex amplexicaulis Saxifraga hirsuta subsp. paucicrenata Serapias parviflora Veronica orsiniana Viola bubanii Viola cornuta

- 7 especies protegidas por el Decreto Foral 4/1990 de 16 de enero que se encuentran en Aralar

Acer monspessulanum

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Ilex aquifolium Prunus mahaleb Quercus pubescens Sorbus aria Sorbus aucuparia Taxus baccata

Por lo que se refiere a su estado legal de conservación, un total de 24 especies aparecen en el Catálogo de Especies Amenazadas de la CAPV (1 vulnerable, 15 raras y 8 de interés especial).

- Especies, subespecies y poblaciones catalogadas como Vulnerables :

Geum rivale

- Especies, subespecies y poblaciones catalogadas como Raras:

Aconitum variegatum subsp. pyrenaicum Arnica montana Botrychium lunaria Carlina acaulis subsp. simplex Cicerbita plumieri Coeloglossum viride Crepis pyrenaica Dryopteris submontana Iris latifolia Nigritella gabasiana Pedicularis foliosa Pulsatilla alpina subsp. cantabrica Tofieldia calyculata Trollius europaeus Viola bubanii

- Especies, subespecies y poblaciones catalogadas como De Interés Especial.

Allium victorialis Armeria pubinervis Himantoglossum hircinum subsp. hircinum . Narcissus asturiensis Narcissus pseudonarcissus gr. nobilis-varduliensis Paris quadrifolia Taxus baccata Veratrum album

La protección de las especies valiosas va unida irremediablemente a la conservación de los ambientes en los que viven. Por ello se mencionan a continuación los ambientes en los que se encuentra un mayor número de plantas raras o de interés, que además, son en la práctica coincidentes con los hábitats de interés comunitario identificados en Aralar:

- Pastos de montaña de las zonas más altas

- Bosques de caducifolios

- Roquedos, lapiaces y zonas de megaforbios

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- Encinares cantábricos y robledales-bosques mixtos calcícolas

- Zonas húmedas de montaña

- Majadas y reposaderos de ganado en zonas altas

Además, dos poblaciones de táxones de flora amenazada (Narcissus bulbocodium subsp. citrinus y Trifolium montanum subsp. gayanum) están ubicadas en plantaciones forestales, por lo que con el objetivo de preservar dichas poblaciones habrán de elaborarse planes especiales que garanticen su conservación.

2.5.3. Fauna

En el Parque Natural de Aralar se han localizado un total de 201 especies de vertebrados (Estudio faunístico de vertebrados del Parque Natural de Aralar, 2000), cifra en la que se hallan incluidas las aves que utilizan este espacio sólo durante las migraciones (un total de 24 especies) o durante la invernada (14 especies).

Desde un punto de vista sistemático, la distribución por clases se expresa en la siguiente tabla:

Clases Peces Anfibios Reptiles Aves Mamíferos Especies 6 8 10 127 50 Porcentaje 3% 4% 5% 63% 25%

En general, se trata de un conjunto faunístico de carácter básicamente eurosiberiano que cuenta, como principales factores diversificadores, con una serie de elementos faunísticos de carácter montano que ocupan las zonas altas del macizo, una serie de especies ligadas a los roquedos y algunos elementos de carácter mediterráneo establecidos en determinados enclaves especialmente soleados y favorables.

Así, y respecto a la lista de especies presentada en el PORN (Gobierno Vasco, 1992) un total de 54 nuevas especies han sido localizadas (37 aves y 17 mamíferos). Este incremento se debe fundamentalmente a la avifauna no nidificante y a los quirópteros, no considerados en catálogos anteriores, además de otras especies residentes que constituyen nuevas citas o son de confirmación definitiva para la zona.

Sin tener en cuenta las especies que aparecen exclusivamente durante los pasos migratorios y las de aparición regular o esporádica, habitan en el Parque 177 especies estables, independientemente de las grandes diferencias observadas en las abundancias. Descartando las especies exclusivamente invernantes, se puede hablar de 163 especies que llevan a cabo su periodo reproductor en el interior del Parque Natural, de las cuales 6 son endemismos peninsulares: barbo de Graells, rana común (también presente en Baleares y Canarias), víbora de Seoane, desmán del Pirineo, topillo pirenaico y topillo lusitano.

Un total de 16 especies (14 son permanentes, 1 invernante y 1 en paso migratorio) están incluidas en la Directiva Aves (Anexo I de la Directiva 79/409/CEE) y 17 especies (8 mamíferos, 1 pez y 6 invertebrados) están incluidas en el Anexo II de la Directiva Hábitats (92/43). Por lo que se refiere a su estado legal de conservación, 60 especies presentan alguna amenaza en el ámbito estatal (Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, Real Decreto 439/1990) y 58 especies a nivel de la CAPV (Catálogo Vasco de Especies Amenazadas).

La siguiente tabla muestra el Catálogo de Especies de Fauna Amenazada del Parque Natural de Aralar. Las especies se han clasificado según su presencia en las Directiva Hábitats 92/43 (se antepone un asterisco * al nombre de una especie para indicar que dicha especie es

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prioritaria) y Directiva Aves 79/409 y según la categoría que poseen en los catálogos nacional y vasco (SAH: sensible a la alteración del hábitat; DIE: de interés especial; R: rara; E: en peligro de extinción; V: vulnerable).

Especie Directiva 92/43/CEE

Directiva 79/409/CEE

CNEA CVEA

INVERTEBRADOS

* Rosalia alpina II - DIE - Lucanus cervus II - DIE -

* Osmoderma eremita II - SAH - Elona quimperiana II - - Euphydryas aurinia II - -

Austropotamobius pallipes II V PECES

Chondrostoma toxostoma II - - - ANFIBIOS

Triturus alpestris - - DIE R REPTILES

Elaphe longissima - - DIE DIE AVES

Pernis apivorus I DIE R Milvus milvus - I DIE V

Milvus migrans - I DIE - Gypaetus barbatus - I E E

Neophron percnopterus - I DIE V Gyps fulvus - I DIE DIE Circaetus gallicus - I DIE R

Circus cyaneus - I DIE DIE Circus pygargus - - V V

Accipiter gentilis - - DIE R Accipiter nisus - - DIE DIE

Aquila chrysaetos - I DIE V Hieraaetus pennatus - - DIE R

Falco subbuteo - - DIE R Falco peregrinus - I DIE R

Grus grus - - DIE DIE Scolopax rusticola - - - -

Actitis hypoleucos - - DIE R Columba oenas - - - - Streptopelia turtur - - DIE -

Bubo bubo - - DIE R Asio flammeus - I DIE R

Caprimulgus europaeus - I DIE DIE Alcedo athis - I DIE DIE

Jynx torquilla - - DIE DIE Dryocopus martius - I DIE R

Dendrocopus minor - - DIE IE

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Especie Directiva 92/43/CEE

Directiva 79/409/CEE

CNEA CVEA

Cinclus cinclus - - DIE DIE Prunella collaris - - DIE DIE Phoenicurus phoenicurus - - DIE V

Saxicola rubetra - - DIE DIE Monticola saxatilis - - DIE DIE

Turdus torquatus - - DIE DIE Phylloscopus trochilus - - DIE R

Ficedula hypoleuca - - DIE R Certhia familiaris - - DIE R

Lanius collurio - I DIE - Lanius excubitor - - DIE V

Pyrrhocorax graculus - - DIE DIE Pyrrhocorax pyrrhocorax I DIE DIE

Corvus corax - - - DIE Carduelis spinus - - - DIE

Coccothraustes coccothraustes

- - DIE DIE

MAMIFEROS Galemys pyrenaicus II - DIE E

Rhinolophus ferrum-equinum

II - DIE V

Rhinolophus hipposideros II - DIE V Myotis myotis II - DIE R

Myotis emarginatus II - DIE V Myotis nattereri - - DIE R

Nyctalus leisleri - - DIE DIE Eptesicus serotinus - - DIE DIE

Barbastella barbastellus II - DIE V Plecotus austriacus - - DIE V

Miniopterus schreibersii II - DIE V Taradida teniotis - - DIE DIE

Mustela putorius - - - DIE Mustela lutreola II - V E

Martes martes - - - R Meles meles - - - - Canis lupus - - - -

Felis silvestris - - DIE DIE Glis glis - - - V

Chionomys nivalis - - - R

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2.6. Características socioeconómicas

2.6.1. Distribución de la propiedad

El territorio del Parque Natural de Aralar pertenece a seis municipios. Además existe un área común a cinco de ellos, la Mancomunidad de Enirio-Aralar, que pertenece a un total de 15 municipios en diferentes porcentajes. La contribución por superficie es la siguiente:

Término municipal Superficie implicada (ha) Porcentaje (%)

Abaltzisketa 605 5,52 Amezketa 999 9,11 Ataun 4.477 40,81 Lazkao 224 2,05 Tolosa 304 2,77 Zaldibia 974 8,88 Mancomunidad de Enirio-Aralar 3.384 30,85 Total Parque Natural 10.971 100

En el Parque Natural de Aralar coexisten distintos tipos de propiedad pública y particular dado que existen Montes de Utilidad Pública de diferentes Ayuntamientos y terrenos particulares (individuales o en agrupación). La extensión de las propiedades es muy variable, con algunas de apenas una hectárea y otras, como el Monte de Utilidad Pública Enirio-Aralar, con 3.404 ha. La siguiente tabla muestra la extensión de los Montes de Utilidad Pública según el catálogo de M.U.P.:

Municipio Superficie pública (ha)

Abaltzisketa 344,1 Amezketa 561,0 Ataun 1.788,3 Zaldibia 381,3 Enirio-Aralar 3,336,4 Total 6.401,2

La superficie pública supone por tanto un 57,5% del total del Parque, mientras que el 42,5% restante (4.659 ha repartidos en 1.827 parcelas) se reparte entre 543 propietarios particulares. Existen 3 propietarios con superficies mayores de 100 ha, uno de los cuales posee más de 1.500 ha.

2.6.2. Población

A excepción de su periferia y del núcleo de Aia, no existen núcleos habitados en el Parque. Unicamente se da la presencia de caseríos aislados, dispersos por las zonas más bajas del Parque y chabolas ganaderas de uso estacional. No obstante, el territorio se halla en una zona muy humanizada, con una población superior a los cien mil habitantes en las comarcas de Goierri y Tolosaldea.

Los seis municipios que aportan terrenos al Parque tienen una población conjunta de 27.274 habitantes. Sin embargo el carácter urbano e industrial de Tolosa y Lazkao hace a estos

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municipios mucho menos dependientes de las dinámicas derivadas del uso del territorio de Aralar que en el caso de los municipios restantes, de predominante orientación rural.

En sentido estricto, habría que hablar de una población directamente relacionada con el Parque de 4.389 habitantes (Datos de Eustat, 2001), repartidos entre los municipios de Abaltzisketa, Amezketa, Ataun y Zaldibia, así como el núcleo de Bedaio (municipio de Tolosa).

Municipio Habitantes Abaltzisketa 257 Amezketa 990 Ataun 1.547 Zaldibia 1.487 Bedaio (Tolosa) 108 Total 4.389

2.6.3. Aprovechamiento de los recursos

Para entender cual es el uso al que están sometidos los recursos naturales del parque de Aralar, es preciso señalar que la propiedad pública, en forma de Montes de Utilidad Pública, buena parte de los cuales se hallan gravados con una servidumbre vecinal para el aprovechamiento de pastos, aguas y leñas, ocupa el 58% de la superficie del Parque, quedando el resto, esto es el 42% en manos privadas.

La gestión de los montes públicos recae por imperativo legal en manos de la administración foral. Esta gestión incluye el aprovechamiento integral del monte, el cuidado de las masas forestales: bosques, pastos, aguas, etc (protección legal, guardería, realización de proyectos de Ordenación), además de suponer una fuente de ingresos para los Ayuntamientos propietarios.

Al día de hoy, la mayor parte de las superficies públicas ocupadas por masas boscosas y/o pastos, disponen de Planes de Ordenación forestal. Además, el monte privado de Lizarrusti dispone también de un Plan de Gestión.

2.6.3.1. Uso forestal

A pesar de no formar parte del paisaje más conocido de Aralar, los bosques naturales y las plantaciones forestales constituyen más del 52% de la superficie del Parque. Entre estos bosques, la superficie ocupada por los naturales suponen el doble de las que ocupan las plantaciones forestales de coníferas exóticas.

En el apartado sobre la vegetación (2.5.1) se ha detallado la composición de las formaciones boscosas naturales y seminaturales del Parque. La tabla siguiente describe las superficies obtenidas para las diferentes plantaciones forestales en el mapa de vegetación EUNIS (2003).

Tipo de plantación Código EUNIS

Sup. (ha)

% Sup. total Parque

Plantaciones de frondosas caducas exóticas

G1.C 39,1 0,34

Otras plantaciones de coníferas exóticas G3.F2 4,4 0,04

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Tipo de plantación Código EUNIS

Sup. (ha)

% Sup. total Parque

Plantaciones de Pinus radiata G3.F21 425,7 3,9

Plantaciones de Pinus nigra G3.F22 362,2 3,3 Plantaciones de Larix decidua G3.F23 292.6 2,7

Plantaciones de Pseudotsuga menziesii G3.F25 329,9 3,0 Plantaciones forestales mixtas G4.F 30,5 0,3

Plantaciones jóvenes de frondosas caducas G5.72 32,9 0,3 Plantaciones jóvenes de coníferas G5.74 272,7 2,5

Plantaciones jóvenes mixtas de coníferas y frondosas

G5.75 70,0 0,6

Bosques de coníferas recién talados G5.82 18,2 0,2 Total Parque 1.878,2 17,1

El uso forestal, entendiendo como tal el conjunto de actividades destinadas a aprovechar los bienes y servicios proporcionados por los sistemas forestales, cuenta con una amplia tradición en Aralar. La relativa cercanía de núcleos habitados y la presencia de una importante cabaña ganadera en estos montes ha propiciado desde antiguo un intenso aprovechamiento forestal que ha conformado el paisaje actual de Aralar. Así, la deforestación y la introducción de técnicas y especies forestales destinadas a mejorar la rentabilidad económica han sido aspectos reseñables en la historia de Aralar, poniendo en evidencia la existencia de conflictos de los usos forestales: ganadero, recreativo, fauna salvaje, maderero, etc.

La propiedad pública, en forma de Montes de Utilidad Pública, ocupa el 58% de la superficie del Parque. Esto supone que la gestión de gran parte de los montes recae en manos de la administración foral: aprovechamiento integral del monte y cuidado de las masas forestales (protección legal, guardería, realización de proyectos de Ordenación), además de suponer una fuente de ingresos para los Ayuntamientos propietarios. Al día de hoy, la mayor parte de las superficies públicas ocupadas por masas boscosas disponen de Planes de Ordenación forestal. Además, el monte privado de Lizarrusti dispone también de un Plan de Gestión.

En el Parque destacan dos zonas forestales debido a su extensión, continuidad y buenas condiciones productivas: el interior del domo de Ataun, ocupado principalmente por masas de crecimiento intermedio, y el hayedo que se extiende por el Sur de Aralar desde Balankaleku hasta Errenaga, que constituye uno de los hayedos más extensos de la C.A.P.V. Sin embargo, desde el punto de vista de la conservación de la biodiversidad, la historia de usos de los bosques autóctonos y los tratamientos silvícolas aplicados han reducido la diversidad estructural y, por ende, han condicionado la abundancia y diversidad de distintos grupos de especies animales (tanto vertebrados como invertebrados), vegetales o fúngicas. Por otra parte, se detecta la falta de arbolado protector en varias zonas pascícolas de fuerte pendiente, en la que los riesgos erosivos son particularmente elevados y están agravados por la acción del ganado.

2.6.3.2. Uso de recursos pascícolas

La base económica de la mayor parte de los caseríos de la zona, sin contar con los ingresos ajenos al sector primario, es la ganadería. Buena parte de la cabaña ganadera existente se sustenta en los pastos públicos del PN, lo que condiciona los tipos de animales dominantes, con presencia mayoritaria del ovino de raza latxa, el bovino de carne y el caballar. El bovino de

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leche, el caballar, el porcino, el avícola, el cunícola, el caprino y el apícola tienen una menor importancia relativa, aunque en algunos casos alguno de ellos constituye la actividad principal de la explotación.

El tipo de ganadería más característico de Aralar es el del pastoreo trasterminante de oveja latxa. Los orígenes de esta actividad se remontan a tiempos del Neolítico y se ha venido desarrollando ininterrumpidamente hasta nuestros días, si bien durante los últimos años el modo de vida de los pastores ha comenzado a cambiar.

Durante la temporada estival, a partir del mes de mayo, los rebaños de ovejas, junto a vacas y yeguas, suben a las partes altas de la Sierra y en ellas permanecen hasta el otoño. Hacia finales del mes de octubre, por lo general, los pastores se desplazan hasta los lugares de invernada, situados en su mayoría en las partes bajas de los municipios colindantes o en lugares más alejados pero pertenecientes al Territorio Histórico de Gipuzkoa. Si bien la mayor parte de los pastos de montaña del Parque Natural de Aralar se sitúan en terrenos de la Mancomunidad de Enirio-Aralar, también existen pastos públicos en los municipios de Ataun (Marumendi), Zaldibia (Igirua), Abaltzisketa (Egido) y Amezketa, que son disfrutados por el ganado de los vecinos de los citados municipios.

El aprovechamiento de los pastos vecinales, como cualquier otro aprovechamiento de los que son susceptibles los montes de U.P., están sujetos a la Norma Foral de Montes, que establece que las Entidades Titulares de estos Montes elaborarán Ordenanzas Locales para regular este aprovechamiento, el del pastoreo en particular, remitiendo anualmente las solicitudes de pastoreo, épocas en que va a efectuarse el disfrute, zonas señaladas, etc. a esta Administración Forestal, la cual emitido informe favorable si procede constituirá el cuerpo del Plan Anual de Aprovechamientos.

En el entorno del PN, el disfrute de todos los pastos públicos, tanto de la Mancomunidad de Enirio-Aralar, como de Ataun, Abaltzisketa, Zaldibia y Amezketa, cuentan con las correspondientes Ordenanzas Locales y, salvo Amezketa, en fase de elaboración, cuentan con los correspondientes planes de Gestión y/o Actuación.

Durante el verano, sobre todo en los pertenecidos de la Mancomunidad, los pastores viven y desarrollan su actividad en las bordas pastoriles de la Sierra, una buena parte de las cuales carecen de acceso rodado, por lo que los traslados han de hacerse a pie o en caballerías. Sin embargo, durante los últimos años se ha puesto especial empeño en mejorar las condiciones de habitabilidad de estas chabolas.

En la gestión de pastos, la Diputación Foral de Gipuzkoa, en asunción de las competencias en materia de Montes, ha efectuado en los últimos 15 años, bien mediante convenio, caso de la Mancomunidad de Enirio-Aralar, bien en base a Planes de Gestión y Actuación en colaboración con los Entidades Titulares de los Montes, inversiones por un importe superior a los 3.100.000 €.

Como puede observarse, buena parte de las inversiones se han destinado a infraestructuras para mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los pastores y ganaderos, pero también en la mejora de los recursos pascícolas y en la de las infraestructuras necesarias para su correcto aprovechamiento y disfrute.

Actuaciones Unidades Nuevas chabolas 27

Chabolas renovadas 5

Chabolas y majadas

Equipos de electricidad 23

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Actuaciones Unidades

Ubicaciones para el ordeño en suelo árido 30 Rediles de madera 5

Distribución de agua a chabolas 49 Depósitos de agua ( 550 m 3 en total) 12

Mts. de tubería subterránea para abastecimiento de agua

20.000

Fosas sépticas 12

Recursos hídricos

Abrevaderos de 12 m 18

Subida a Amezketa 3 km Subida a Errekabeltza 5 km

Subida a Lareo 2 km

Arreglo de caminos

Subida a Igaratza 3 km

Durante los últimos años también, en base a los datos obtenidos se han realizado labores de desbroce y abono de terrenos, y se han habilitado abrevaderos para el ganado en lugares adecuados.

Por otra parte, a partir de encuestas realizadas a los pastores propietarios de los rebaños que pastan en la Mancomunidad, se deduce que las instalaciones en las explotaciones de los pastores de Aralar son escasas. Así, por ejemplo, de un total de 40 pastores, únicamente 10 pastores poseen registro sanitario, 12 de ellos cuentan con máquinas ordeñadoras, mientras que más del 50% venden directamente la leche.

A pesar de que el anterior Plan de Actuación de la Mancomunidad de Enirio-Aralar fijaba el número total de cabezas de ganado ovino entre 20.000 y 25.000 equivalentes de cabezas de ovino (15.000-18.000 en rebaños de ovejas y 5.000-7.000 entre yeguas y ganado bovino), los cambios producidos han modificado sustancialmente estas resoluciones. Así, el valor total del nº de cabezas ha llegado a 31.000. A comienzos de la década de los 90 accedían a los pastos de la Mancomunidad alrededor de 150 vacas. Hoy en día suben más de 800.

La evolución de la cabaña ganadera en los pastos de la Mancomunidad de Enirio-Aralar durante los últimos 13 años se puede resumir en el siguiente cuadro:

Año Ovejas Yeguas Vacas

1991 14.582 418 172 1992 14.476 454 130 1993 13.008 512 121 1994 13.075 522 206 1995 13.982 544 280 1996 13.880 609 377 1997 18.075 607 461 1998 18.122 599 547 1999 18.470 588 542 2000 18.434 611 656 2001 17.595 630 755 2002 17.757 655 811 2003 18.467 681 844

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Con carácter general, para la gestión del disfrute de este recurso, se dispone de un sistema de seguimiento y medición de la disponibilidad de biomasa forrajera, tanto en sus aspectos cualitativos y cuantitativos, que permite conocer la evolución temporal e interestacional de la oferta de la misma, asi como de un sistema informatizado para el seguimiento de la cabaña ganadera, número de cabezas por especie y edad, épocas de subida y bajada, etc., que permiten evaluar la demanda y la presión que se ejerce sobre el citado recurso. Todo ello facilita la toma de medidas cautelares para evitar el sobrepastoreo y sus procesos degradatorios asociados.

En el caso concreto de la Mancomunidad, durante los años 2001 y 2002 se puso en marcha un programa específico al objeto de evaluar la producción potencial del estrato herbáceo en los pastos, tanto pedregosos como de montaña, mediante la distribución aleatoria de jaulas de exclusión (“Producción forrajera de los pastos de la Mancomunidad de Enirio-Aralar y carga ganadera”, 2002), cuyas conclusiones, se han incorporado al Plan de Actuación elaborado y aprobado por la Mancomunidad de Enirio- Aralar

Teniendo en cuenta la totalidad del ganado (ovino, bovino y caballar), los datos obtenidos en el citado estudio, indican que actualmente el uso de los pastos de la Mancomunidad es superior que la oferta. A partir de los datos de producción, y según la oferta de comida, se estima que la carga máxima de ganado ovino ronda las 18.000 cabezas. Respecto al ganado mayor, se estima que la carga ideal ronda las 800-1000 cabezas, teniendo en cuanta las limitaciones topográficas del terreno. Si bien la cantidad de ovejas que pastan actualmente en Enirio-Aralar supera por muy poco la carga máxima determinada, en el caso del ganado mayor, actualmente son más de 1.500 las cabezas que pastan en los rasos de la Mancomunidad (en el año 2003, 681 yeguas y 844 vacas).

Por otra parte, las cargas ganaderas de las distintas zonas de pastos públicos y del total del Parque Natural de Aralar en 2003 son las siguientes:

Zona Ovino Equino Bovino Abaltzisketa 524 37 124 Ataun (Agauntza) - 11 28 Ataun (Marumendi) 956 11 - Zaldibia 1.354 134 86 Enirio-Aralar 18.467 681 844 Total 21.301 874 1.082

Se ha de tener en cuenta que las cabezas de ganado que pastan en los rasos de los MUP de Abaltzisketa, Zaldibia y Ataun, en general, permanecen en ellos durante el otoño e invierno y a partir de mayo lo hacen en los pastos de la Mancomunidad. Se ha de mencionar que los municipios de Lazkao y Tolosa, en su pertenencia de Bedaio, no poseen terrenos públicos dedicados a pasto dentro del Parque Natural de Aralar.

2.6.3.3. Caza y Pesca

2.6.3.3.1. Caza

Los terrenos comprendidos en el Parque Natural de Aralar, según establece el punto C.2 del artículo 12 del PORN, tienen la calificación de régimen cinegético especial. Antes de la declaración del Parque Natural la mayor parte de los terrenos eran de Aprovechamiento

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Cinegético Común aunque a partir de 1982 se crea también un Refugio de Caza de unas 3900 ha que ocupa gran parte de los terrenos de la Mancomunidad de Enirio-Aralar.

En Aralar se distinguen 3 tipos de caza en función de las características de las especies: caza menor migratoria, caza menor sedentaria y caza mayor.

La caza menor de especies migratorias se centra básicamente sobre la becada, las palomas y los zorzales. La becada se caza al salto por las zonas adecuadas del área. Aunque existen algunos individuos nidificantes en el área, las becadas que se aprovechan cinegéticamente son básicamente migrantes e invernantes. Estos contingentes se distribuyen principalmente por los hayedos y repoblaciones forestales del piso montano, con pastizales próximos donde se alimentan durante la noche. Aunque la población varía mucho de unos años a otros, en general se puede considerar relativamente abundante.

En el caso de palomas y zorzales, alguno de los contingentes del flujo migratorio que cruza los collados pirenaicos más occidentales y se canalizan por la cuenca del Oria para continuar su migración hacia el sur a través de la Parzonería de Altzania, faldean la vertiente noroeste del macizo de Aralar y acaban canalizándose por el valle del río Agauntza para avanzar hacia el sur por Balankaleku. Por este motivo, en el Parque Natural de Aralar existen una serie de tiros a vuelo que intentan aprovechar estos bandos, por lo que se sitúan todos ellos en los confines noroccidentales del mismo (dos en el interior del Parque y otros cinco en los aledaños, regulados por la Orden Foral de 9 de septiembre de 2003 por la que se crea el Registro de Líneas y Puestos de paso tradicional de Gipuzkoa). La especie más cazada es la paloma torcaz, aunque también se cazan algunas palomas zuritas y diversas especies de zorzales, principalmente zorzal común y zorzal alirrojo.

Las especies de caza menor de sedentarias, la liebre norteña, la perdiz roja y el conejo de monte, se encuentran vedadas en todo el ámbito del Parque desde 1996. La liebre se encuentra presente en todas las áreas abiertas del Parque Natural: pastizales montanos, landas y prados de siega de las zonas de campiña. Durante los últimos 10 años se ha venido muestreando esta especie mediante itinerarios nocturnos con focos halógenos. Los datos obtenidos indican una abundancia al alza (Indices Kilométricos de abundancia de 2003, fueron de 0,21 en primavera y de 0,20 en otoño), si bien la capacidad poblacional de este tipo de hábitats pudiera ser mayor. El núcleo de perdiz roja tiene su origen en sueltas realizadas en la década de los 80 y en la actualidad ocupa teóricamente las zonas de espinar, matorral y pastizal de orientación sur, entre los 700 y 1200 m de altitud. Sin embargo, durante los últimos años se considera que sus efectivos poblacionales son muy reducidos. En el caso del conejo, también se realizaron sueltas, si bien, al menos durante los últimos 10 años, no se ha detectado ningún individuo.

La caza mayor se realiza sobre el jabalí por medio de batidas. Esta modalidad ha experimentado un incremento progresivo en la zona durante los últimos años gracias a la expansión de que ha gozado la especie (datos de batidas del periodo 1993-2003). Sin embargo, el número de capturas no parece haberse incrementado y su tendencia es irregular. El corzo empieza a ser también habitual en el Parque, gracias tanto a la reintroducción llevada a cabo en la Mancomunidad de Enirio-Aralar hasta 1994, como a la recolonización natural de la especie. No obstante la densidad es aún baja y no permite la explotación cinegética.

Hay que señalar, por último, que al Sudoeste del Refugio de Caza y en contacto con el mismo hay una zona que se destina a la realización de campeonatos de caza menor. Las competiciones se han venido llevando a cabo sobre ejemplares liberados previamente.

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2.6.3.3.2. Pesca

Las especies pescables en Gipuzkoa presentes en el Parque Natural de Aralar son la trucha de río, la anguila, la madrilla y el barbo. Actualmente existe un coto de pesca, constituido por el embalse de Lareo, donde habitualmente se realizan repoblaciones de trucha de río, y eventualmente suelen vedarse algunos tramos de los ríos del área.

Mención aparte merece el cangrejo de río autóctono (Austropotamobius pallipes) cuya pesca está prohibida en toda la CAPV y que, según los últimos muestreos disponibles, ha registrado una disminución en su distribución. En los últimos años el Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa inició un programa de reintroducción de la especie en el embalse de Lareo, con la suelta de unos 100 ejemplares. Anualmente se realiza el seguimiento de la evolución de la población. En los muestreos realizados los años 2002 y 2003 ya se detectó la presencia de un núcleo asentado, sin embargo a mediados de septiembre de 2004 se ha producido un mortandad masiva que, tras el análisis de los ejemplares se ha podido comprobar que fue provocada por la Afanomicosis, enfermedad que posiblemente ha llegado a través de la introducción en el embalse de ejemplares de cangrejo rojo o señal.

2.6.3.4. Actividades industriales y extractivas

Dentro del Parque Natural de Aralar, la única actividad industrial reseñable es la factoría papelera de Amezketa, situada en el núcleo urbano. Es de reseñar también la central hidroeléctrica de Zaldibia, que aprovecha la caída del agua de dos canales procedentes de sendas surgencias kársticas (Osinberde y Osinbeltz). Esta agua, además, sirve para el abastecimiento de agua potable para el municipio de Zaldibia.

Restos de antiguas actividades extractivas se sitúan en las minas de Arritzaga, en la plataforma para vagonetas de Lizarrusti y en la cantera de calizas de Ataun (barrio de San Martín). A menor escala, aparecen diseminados por el Parque antiguos lugares de explotación de áridos, como la cantera realizada para la construcción de la presa del embalse de Lareo.

Por último, con la finalidad de realizar la instalación de una planta embotelladora de agua mineral en el área de Imatzenea (3,7 ha), y a instancias del Ayuntamiento de Ataun se ha realizado una modificación puntual del PORN dado que este uso no está permitido según la ordenación vigente.

2.6.3.5. Uso público

A los usos tradicionales de Aralar (ganadería, silvicultura, minería…) durante el último tercio del siglo XX se le ha sumado el relacionado con el ocio. Sin duda, entre todos los usos relacionados con el disfrute del tiempo libre (montañismo, mountain-bike, escalada, parapente, camping, ski, descenso de cañones, espeleología…) el montañismo es la práctica más extendida. De hecho, Aralar ha sido tradicionalmente un punto de referencia ineludible para el montañismo vasco en general, y en particular para el guipuzcoano. El atractivo de cimas como Txindoki, Ganbo, Putterri, Autza, Irumugarrieta…, los extensos hayedos de Lizarrusti a caballo entre Gipuzkoa y Navarra y el santuario de San Miguel, además de la cercanía de la sierra a zonas urbanas muy pobladas, han hecho de esta sierra una de las más frecuentadas.

Los accesos al Parque Natural de Aralar (Gipuzkoa) se realizan a partir de dos vías principales. La carretera GI-120, entre Lazkao y el puerto de Lizarrusti, recorre el valle del río Agauntza. La carretera GI-233, enlaza Ordizia y Alegia y recorre el piedemonte de Aralar atravesando los municipios de Zaldibia, Abaltzisketa y Amezketa.

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Partiendo de estas dos vías principales existen otros accesos secundarios: la GI-3715, que une Tolosa y Bedaio; la GI-3781, que partiendo desde Zaldibia llega hasta Antsurieta; y el acceso desde Amezketa, por la ermita de San Martín, hacia el valle de Arritzaga.

Respecto a las pistas transitables por turismos y cuyo acceso está hoy permitido, deben señalarse las siguientes:

- acceso al embalse de Lareo, hasta el límite de la Mancomunidad, desde Urkillaga

- pista hacia Intxausti y Enirio desde San Martín de Ataun

- pista desde Antsurieta hasta Arkaka

- pista desde Zaldibia al depósito Arkaka Txiki

- pista desde Amezketa hacia Urkixao.

A partir de la distribución de los accesos citados el uso público el Parque Natural de Aralar se configura en dos grandes sectores. Por una parte, el flanco Sur y el área de Ataun, accesible desde la carretera Lazkao-Lizarrusti, y que se centra en torno al Centro de Acogida de Lizarrusti a modo de Puerta del Parque en este sector. Por otra parte, el flanco Norte, accesible desde la carretera de Ordizia/Alegia y que abarca las áreas aledañas a Zaldibia, Abaltzisketa y Bedaio, y que tendría como Puerta de Parque el conjunto Abaltzisketa/Larraitz.

Respecto a las infraestructuras para el uso público, existen en el área de estudio y en los aledaños, 5 áreas recreativas, dotados con equipamientos de forma muy variable. Astigarraga e Intxausti son áreas de pequeña extensión en Ataun, que contrastan con Larraitz/Zamao en Abaltzisketa, gran foco de acceso al Parque en el flanco Norte y principal punto de referencia de cara a usos recreativos intensivos. A su vez, San Martín en Amezketa y Olako Zelaia en Zaldibia, son de dimensión intermedia.

Área Servicios Fuente Asador Mesas Juegos Basureros Parking Acceso rodado

Astigarraga - 1 1 4 - - - si

Intxausti - 1 3 - - - difícil San Martín WC 1 2 17 sí 3 sí sí

Olako Zelaia - 1 12 - 2 sí sí

Larraitz/Zamao Refugio, WC 2 19 - 20 sí sí

Las 5 áreas mencionadas se ubican en terrenos de titularidad municipal y dos de ellas (Intxausti y Olako Zelaia) están localizadas en MUP. Por último, Intxausti y Astigarraga son de gestión foral y el resto, de gestión municipal. Existen, además, en el municipio de Zaldibia, tanto en el interior del área de estudio o en el límite de la misma, pequeños equipamientos aislados.

Por lo que respecta a los itinerarios homologados, en el área de estudio y en su entorno inmediato existen 3 GR y 7 PR diseñados por la Federación de Montaña:

- GR 12: “Senda de Euskal Herria”

- GR 20: “Vuelta a Aralar”

- GR 20.1: “Puerto de Urkillaga-Lareo-Puerto de Lizarrusti”

- GR 121: “Vuelta a Gipuzkoa”

- PR-Gi2: “Ordizia-Lazkaomendi”

- PR-Gi3: “Lazkao-Iramendi”

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- PR-Gi4: “San Martin-San Martin”

- PR-Gi5 San Martin-San Gregorio-San Martin

- PR-Gi6: Kaxeta-Lareo

- PR-Gi7: San Gregorio-Balankaleku

- PR-Gi9: Calzada de Bernoa

Existen a su vez una serie de recorridos con contenido más didáctico auspiciados por la iniciativa local en torno a los pueblos y zonas bajas (Zaldibia, Ataun…). Además, en la cercanía del Parque Natural de Aralar se dan cita dos puntos ligados al ocio de poblaciones urbanas cercanas (Lazkao, Ordizia y Beasain): Lazkaomendi y el parque de la naturaleza de Oiangu.

Los caminos y pistas del macizo son muy recorridos por montañeros y en menor medida por bicicletas de montaña y jinetes. La no existencia en la actualidad de conflictos importantes ligados al ejercicio de estas actividades no parece exigir un tratamiento específico de las mismas.

Sin embargo, y de manera localizada, existen sendas clásicas de ascensión al macizo (por ej. la senda que comunica el Txindoki con Larraitz) que se encuentran en una situación delicada dado su uso masivo y continuo.

Existen en el área una serie de establecimientos de agroturismo (6 en la actualidad), así como hoteles y pensiones en los municipios del área de influencia del Parque de Aralar (2 en la actualidad) y en las zonas próximas de Tolosaldea (23 establecimientos de agroturismo), Goierri (4 establecimientos) y comarcas vecinas de Navarra (más de quince casas de agroturismo, un camping y más de 20 hoteles y pensiones en los pueblos más próximos al macizo de Aralar).

Municipio Establecimientos agroturismo

Ataun 1 Lazkao 1 Zaldibia 1 Abaltzisketa 1 Amezketa 1 Bedaio (Tolosa) 1 Resto Goierri/Tolosaldea 27

El área de estudio dispone así mismo de una oferta de alojamiento en refugios y albergues de montaña tanto públicos como privados que permiten el alojamiento a visitantes:

- Lizarrusti: Centro de Acogida del Parque

- Refugio público de Errenaga (Igaratza)

- Albergue municipal de Abaltzisketa

- Albergue de Ataun

Además existen otros alojamientos, que gestionados por personas, grupos o colectivos con intereses particulares, permanecen cerrados al visitante en general, si bien existen excepciones. En el interior de los límites de la Mancomunidad de Enirio-Aralar se ubican actualmente 2 refugios en los alrededores de Arritzaga, 1 en la majada de Oidui y 2 en Igaratza. En el sector navarro se dan a su vez posibilidades de alojamiento.

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Por otra parte, con la finalidad de revitalizar el área de Ataun, el Ayuntamiento de Ataun ha apoyado una serie de iniciativas de carácter turístico a establecer en el interior del Parque Natural de Aralar y a tal fin se han realizado modificaciones puntuales del PORN debido a que el uso turístico intensivo no está permitido en la zona forestal. En concreto, es objeto de modificación la zona de Marumendi (10,5 ha), en las proximidades del embalse de Lareo, donde se prevé la construcción de un complejo turístico formado por pequeñas cabañas con diversos servicios asociados. Asimismo, se está realizando la modificación puntual en la ladera sur de Beama-Buru (41,7 ha) donde se prevé recuperar el uso turístico de la zona, aunque no tendría que estar ligado necesariamente al antiguo balneario.

Además de las actividades de ocio mencionadas (senderismo y estancia), cabe destacar especialmente otras dos: la espeleología y la escalada.

En el macizo de Aralar existen un gran número de simas y cuevas, si bien una gran parte de ellas se sitúan en el sector navarro del macizo de Aralar (este es el caso del conjunto de simas de Ormazarreta, con 576 m de profundidad y 7 km de galerías, que es la más importante de ellas). Las características geológicas del área generan una importante circulación de aguas subterráneas. Un ejemplo de lo intrincado de esta red es el curso subterráneo localizado entre Desao y Aia-Iturrieta, que recorriendo gran parte del sudoeste de Aralar, recoge las aguas de numerosas simas y sumideros.

Respecto a la escalada, no se trata de una actividad especialmente importante en el área de estudio aunque se practica en algunas paredes de la Sierra. En especial, esta actividad se realiza en Zazpi Iturri, Txindoki y Jentilbaratza, aunque también en Intzartzu, Sastarri, Larraone y Autza-Gaztelu. La principal problemática detectada es la que afecta Intzartzu, en el cordal rocoso del Domo de Ataun, donde la presencia de vías de escalada interfería con la necesidad de protección de las rapaces que allí anidan. Con el objetivo de informar sobre este aspecto, se ha colocado un panel explicativo sobre las vías que sin provocar interferencia alguna pueden utilizarse.

Aralar es esporádicamente objeto también de otra serie de actividades recreativas y deportivas. Es el caso del descenso de cañones en la cabecera del Agauntza, entre Lizarrusti y Ergoiena. Se da también la presencia esporádica de practicantes de parapente y ala delta. Por último, la práctica del esquí de travesía es también una actividad típicamente ligada a Aralar.

La presencia en la zona de equipamientos ligados a la educación e interpretación del medio natural y cultural, caso del albergue de Abaltzisketa, la casa/museo de Jose Miel Barandiaran o el Parque de la naturaleza de Oiangu, son a su vez otras tantas variables a tomar en cuenta y a integrar dentro de una oferta coordinada con el Parque Natural.

En último término se ha de señalar que una de las características fundamentales de Aralar, al igual que en la práctica totalidad de la montaña vasca, es su carácter humanizado y la presencia ancestral de usos tradicionales del territorio: agricultura, ganadería, silvicultura, ligadas a las poblaciones rurales que habitan los valles que circundan la Sierra. El mantenimiento de tales actividades y su complemento con nuevos sectores de actividad, relacionados con la revalorización del medio natural y las actividades de ocio y cultura al aire libre, constituyen un punto de referencia claro a la hora de buscar fórmulas de desarrollo sostenible para la zona.

Existen actualmente una serie de planteamientos al respecto, surgidos desde la iniciativa local o desde ámbitos más amplios con los que este PRUG deberá coordinarse. Tal es el caso de los Programas de Desarrollo Rural (PDR) comarcales, elaborados al amparo de la Ley de Desarrollo Rural (Ley 10/1998, de 8 de Abril). Actualmente, está aprobado el PDR de

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Tolosaldea (Decreto 22/2003, de 4 de Febrero), mientras que el PDR del Goierri está en fase de aprobación. Otras iniciativas son el Plan estratégico del Goierri 2005, redactado a iniciativa de la agencia de desarrollo rural de la comarca, GOIEKI; el Plan estratégico de Ataun, redactado por el Ayuntamiento del municipio, o el Plan estratégico de Tolosaldea, redactado desde la asociación de agricultura de montaña Tolomendi. Por otro lado, existen programas de apoyo al medio natural que, en el marco de la PAC, incentivan actuaciones de armonización de la economía agraria con el respeto ambiental. Deberá posibilitarse desde el presente PRUG la rentabilización máxima de tales programas en los municipios del área de influencia socioeconómica del Parque Natural de Aralar.

2.7. Patrimonio

2.7.1. Patrimonio cultural

El patrimonio cultural de la Sierra de Aralar está relacionado con los usos pastoriles desde el Neolítico hasta la actualidad, y en menor medida con la minería y la obtención de carbón. En lo que respecta al pastoreo, el patrimonio cultural está relacionado, por una parte, con el pastoreo típico y que hoy permanece vivo (chabolas, majadas, apriscos, seles…), y por otra, los vestigios de esta actividad, compuestos por elementos megalíticos y restos arqueológicos (cuevas, túmulos, crómlechs, monolitos, dólmenes, menhires…) así como otros elementos de interés etnográfico (“saltarria” de Alotza, “korrikalekua” de Pagabe, “dantzalekua”, “pilotalekua”).

Desde hace varios años, está en marcha un proyecto arqueológico que, con un planteamiento a largo plazo, va desgranando progresivamente el interés arqueológico de los rasos de la Mancomunidad de Enirio-Aralar. Gracias a estas investigaciones, el catálogo arqueológico ha pasado de contener 30 elementos a más de 1.500 estructuras de diferentes cronologías. Entre los resultados parciales obtenidos hasta el momento, destaca la datación más antigua, concretamente del año 3.400 a.C.

A continuación se listan los elementos inventariados de mayor interés arqueológico:

- Cuevas: Akaitz Txiki II, Laredo, Kobazarrene, Olasoro

- Túmulos: Igaratza, Ontzanburu, Pagabe, Pontoa (I, II, III y IV), Beaskin

- Crómlechs: Igaratza II, Beaskin I

- Monolitos: Igaratza III, Irazustako lepoa, Supitaitz, Arrubi

- Dólmenes: Igaratza Norte, Igaratza Sur, Jentilarri, Labeo, Uelogoena Norte-Sur, Arraztarangaña, Aranzadi, Uidui (i y II), Zearragoena, Baiarrate

Menhires: Saltarri.

2.7.2. Patrimonio paisajístico y valores estéticos

El paisaje de Aralar posee un elevado grado de alteración debido al uso y ocupación que de este territorio ha realizado el hombre desde tiempos inmemoriales. De esta relación aún perduran abundantes indicios y algunos usos continúan hoy en día vigentes, y gracias a ello constituye un paisaje de gran riqueza.

El conjunto paisajístico fundamental lo constituye la sierra caliza ubicada a modo de núcleo central del Parque. La gran planicie kárstica dominada por los pastos de montaña y roquedos salpicados con manchas de matorral y hayedo, posee una gran calidad estética y un enorme valor en el ámbito de Gipuzkoa y de la CAPV, puesto que supone uno de los pocos espacios

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de considerable amplitud que se ha mantenido relativamente inalterado hasta hoy en día. En el extremo occidental de este núcleo se forma el cierre periclinal del domo de Ataun y en sus estribaciones meridionales nace la sierra de Lizarrusti-Burunda, cordal montañoso de dirección E-O, y cuya vertiente Norte corresponde al Parque. Dichas sierras, interrumpidas por diversos valles de dirección perpendicular, destacan sobre el resto del paisaje debido a sus fuertes pendientes y altas cumbres.

Las laderas periféricas del núcleo calizo están cubiertas principalmente por hayedos, interrumpidos por matorral y por plantaciones forestales de modo disperso, lo que proporciona un paisaje en mosaico de gran calidad. Por otra parte, los valles están poblados principalmente por plantaciones y prados de siega, acompañados con setos vivos y pequeños bosquetes de frondosas. La artificialidad del paisaje es mayor en estas zonas, con un gran número de formas geométricas debido a la distribución de la propiedad.

Las zonas de Aralar de mayor calidad paisajística y de mayor fragilidad visual coinciden con las singularidades geomorfológicas (cumbres rocosas que sobresalen de la planicie kárstica: Txindoki, Balerdi, Ganbo, Alotza y cumbres del Domo) y con los amplios hayedos de Agauntza-Lizarrusti que están situados sobre laderas de notable pendiente y dotados de amplias vistas. Por el contrario, las zonas de menor calidad paisajística y menor fragilidad visual se sitúan en los valles de baja intervisibilidad dominados por plantaciones forestales y en áreas del interior del Domo.

2.8. Otros aspectos legales y sociales que afectan a la gestión

2.8.1. Modificaciones puntuales del P.O.R.N.

Se ha aprobado una modificación puntual del P.O.R.N del Parque Natural de Aralar. (Decreto 146/2004, de 13 de julio), ya que con la finalidad de revitalizar el área de Ataun, el Ayuntamiento de Ataun ha apoyado una serie de iniciativas de carácter turístico e industrial no contaminante a establecer en el interior de del Parque Natural de Aralar. El Consejo Asesor de Conservación de la Naturaleza “Naturzaintza” (21/7/00) así como la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco (4/6/2003) han informado favorablemente dichas modificaciones.

En concreto, las modificaciones en el articulado del PORN atañen a los siguientes artículos: Art. 13, relativo a las actividades recreativas, Art. 16, relativo a las actividades constructivas e infraestructuras, Art. 18, relativo a la protección del suelo y al Art. 30 bis, relativo a las zonas urbanas e infraestructuras.

Zonas objeto de modificación:

2.8.1.1. Marumendi

Zona de 10,5 ha de extensión, en la ladera sudoeste del monte Marumendi, en una altitud entre 725 y 850 m en el término municipal de Ataun y que originariamente estaba calificada como zona de Uso Forestal. En esta zona, ubicada en el interior del Monte de Utilidad Pública 2.015.3 propiedad del Ayuntamiento de Ataun, se prevé la construcción de un complejo turístico formado por pequeñas cabañas con diversos servicios asociados. Tras la modificación del Plan de Ordenación, éste área se integrará en la nueva zona de equipamientos e infraestructuras.

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2.8.1.2. Erremedio

Este área, de 41,7 ha, está localizada en la ladera Sur del monte Beama-Buru, entre los 500 y 752 m de altitud, en el interior del Término Municipal de Ataun, a cuyo Ayuntamiento le corresponde la titularidad. Se prevé recuperar el uso turístico de la zona, aunque no debería estar ligado necesariamente al antiguo balneario. Según la zonificación del P.O.R.N., a éste área le correspondía un Uso Forestal y se prevé su inclusión en la “Zona de Campiña”.

2.8.1.3. Imatzenea

Esta zona, de 3,7 ha, se ubica en el borde de la carretera de Arrateta, entre los 310 y 350 m de altitud y corresponde al Término Municipal de Ataun, si bien la titularidad del terreno es privada. El Ayuntamiento de Ataun prevé la instalación en esta área de una planta embotelladora de agua mineral. Según la zonificación del P.O.R.N., a éste área le correspondía un Uso Forestal y se prevé su inclusión en la “Zona de Campiña”.

2.8.2. Otros planes que incluyen el Parque Natural de Aralar

Con fecha de Julio de 2002, obedeciendo a las directrices de la Ley 4/1990 de Ordenación del Territorio del País Vasco, se ha redactado el Plan Territorial Parcial del área funcional Beasain-Zumarraga (Goierri) y el Plan Territorial Parcial de Tolosaldea , los cuáles analizan la situación actual de los aspectos socieconómicos y territoriales de la comarca y establecen una serie de pautas de ordenación de carácter supramunicipal. En cualquier caso, tanto los instrumentos de ordenación municipal como los de carácter supramunicipal, están supeditados a la ordenación prevista para el espacio natural en el P.O.R.N.

Por otra parte, los Planes de Desarrollo Rural de Goierri y de Tolosaldea, elaborados al amparo de la Ley de Desarrollo Rural, contemplan actuaciones que tienen como objetivo el desarrollo rural de estas comarcas.

Por último, el 28 de mayo de 2004 se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa las Ordenes Forales de 12-05-04 por las que se aprueban el Plan de Gestión del desmán del Pirineo Galemys pyrenaicus (E. Geoffroy, 1811) y el Plan de Gestión del visón europeo Mustela lutreola (Linnaeus, 1761) en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. Ambas especies están catalogadas en Peligro de Extinción en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas, lo que conlleva además de otras medidas protectoras, la elaboración de un Plan de Gestión que ha de contener directrices y medidas necesarias para tratar de eliminar las amenazadas existentes sobre dicha especie. En dichos planes, se determinan las áreas de interés especial para el desmán del pirineo y para el visón europeo, respectivamente. En el caso del Desmán del Pirineo las siguientes áreas de interés especial se ubican en el interior del Parque Natural de Aralar: río Amundarain (todas las aguas situadas por encima de la confluencia con el arroyo Urtsu) y río Agauntza (todas las aguas situadas por encima de la confluencia del arroyo Aralar). En el caso del visón europeo se consideran asimismo áreas de interés especial parte de los arroyos Agauntza y Amundarain incluidos en el interior del Parque Natural de Aralar (Mapa 4).

2.8.3. Relación con otros Espacios Naturales Protegidos

La parte navarra de la Sierra de Aralar (unas 14.000 ha) ha sido incluída como Lugar de Interés Comunitario (ES2200020). En esta parte del macizo, se han identificado un total de 14 hábitats de importancia comunitaria, donde destacan también por su extensión los hayedos silicícolas (15% del espacio). Así mismo, se han localizado 13 especies de aves que figuran en el Anexo 1 de la Directiva 79/409, entre las que destacan el quebrantahuesos, el águila real y el pico

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mediano. Al igual que en la parte correspondiente a Gipuzkoa, este lugar concentra una de las mayores densidades de monumentos megalíticos de Navarra.

Por otra parte, los arroyos Agauntza y Zaldibia, cuyas cabeceras están comprendidas en el interior del PN de Aralar, han sido incluidos en el LIC fluvial del Alto Oria (ES2120005) junto al tramo del eje principal del Oria comprendido entre la cabecera y el núcleo poblacional de Segura y el tramo entre Legorreta y Alegia. Ambos arroyos, por tanto, se hallan incluidos en su totalidad en uno u otro LIC. En concreto, el Agauntza es considerado desde San Martín de Ataun, límite del PN de Aralar, hasta su confluencia con el Oria en Beasain y el Zaldibia desde los límites del PN de Aralar hasta su confluencia con el Oria en Ordizia. El hecho de la continuidad de la protección en la totalidad de estas cuencas fluviales sugiere la necesidad de establecer pautas de gestión conjuntas entre estos dos LICs, de modo que debe asegurarse la coordinación en las actuaciones a establecer en uno y otro espacio.

La Sierra de Aralar posee una buena conectividad con otros lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica atlántica. Este es el caso del LIC de Aizkorri (ES2120022), que se extiende al otro lado del puerto de Etxegarate. A su vez, está en conexión con otros LICs donde comienzan a apreciarse influencias continentales: Sierra de Entzia (ES2110023) y el LIC navarro de las Sierras de Urbasa y Andía (ES2200021).

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3. EVALUACION Y OBJETIVOS

3.1. Primera evaluación

Una vez descrito el espacio, es necesario realizar una evaluación o diagnóstico del conjunto del ámbito de gestión, para lo que se debe tener en cuenta tanto criterios ecológicos como socioeconómicos.

3.1.1. Criterios ecológicos

a) Fragilidad y vulnerabilidad: Dada la naturaleza kárstica de la Sierra de Aralar, la circulación hídrica es esencialmente subterránea, hasta manar a través de diversas surgencias que alimentan el embalse de Lareo y otras captaciones para el consumo humano en la comarca. Dada que la vulnerabilidad de estos recursos es muy alta, y a

pesar de que su calidad actual es excelente, conviene prestar especial atención a aquellas actuaciones que, cuando efectuadas de manera incontrolada, pueden afectar negativamente a la integridad y calidad del mismo.

El pastizal de montaña es un ecosistema muy condicionado por los desequilibrios de las cargas ganaderas que acoge, al igual que las zonas húmedas, de pequeña extensión, cuya elevada fragilidad hace que su conservación pueda verse comprometida por el pisoteo del ganado mayor.

Varios taxones de flora amenazada muestran una gran vulnerabilidad a la recolección de especímenes o al abonado de los pastos de montaña. Entre las comunidades faunísticas, las asociadas a los cursos de agua del Parque poseen una elevada vulnerabilidad y actuaciones como la deforestación de las márgenes, la alteración de los cauces por obras civiles y el continuo abonado de los prados contiguos pueden ocasionarles grandes perturbaciones en su población. Las comunidades de quirópteros son también frágiles ante amenazas como molestias en refugios y lugares de cría, uso de insecticidas agroforestales, pérdida de hábitat natural o tratamiento de madera con sustancias organoclorados… Dentro de la comunidad de invertebrados, las especies asociadas a la existencia de árboles viejos, madera muerta y oquedades, son los más amenazados al tratarse de elementos que escasean en los bosques aprovechados.

b) Rareza: Respecto a los hábitats, son raros o poco comunes en el ámbito de la CAPV, y su conservación es importante por albergar la mayoría de las especies catalogadas como raras, los roquedos, lapiaces y cortados, los pastizales de montaña en mosaico con matorrales, las zonas húmedas de montaña, los cursos de agua y los bosques de

caducifolias, en especial los extensos hayedos del sur de la Sierra. Mención especial merece la tejeda de Akaitz por representar un hábitat raro en el ámbito de la CAPV.

Respecto a la flora, destacan dos especies (Cicerbita plumieri y Trifolium montanum subsp. gayanum) que en la actualidad en el ámbito de la CAPV solamente se han citado en Aralar. Otras especies, hasta un total de 29, se consideran raras en el ámbito de Gipuzkoa, dado que teniendo alguna otra localidad en la CAPV, sólo se conocen en Aralar para este territorio histórico. Por otra parte, 15 especies figuran en la categoría de raras en el Catálogo de Especies Amenazadas de la CAPV (Decreto167/1996).

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Respecto a la fauna, son raras en el ámbito de la CAPV el águila real y el quebrantahuesos, especies que procedentes de Navarra sobrevuelan habitualmente amplias zonas del Parque Natural. Entre los invertebrados Osmoderma eremita, coleóptero asociado a troncos con oquedades, es una rareza en el ámbito de la Península Ibérica. Además, un total de 17 especies animales citadas en el Parque figuran como raras en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Entre ellas, destaca la presencia de aves tales como el pito negro, el papamoscas cerrojillo y el agateador norteño, o mamíferos como el murciélago de Natterer y la marta. Todas estas especies están asociadas a bosques maduros (hayedos o robledales) con árboles decrépitos que proporcionan refugio y lugares de cría.

c) Naturalidad: Aralar posee vestigios de la completa humanización ancestral del territorio. De ahí que la naturalidad de los ecosistemas sea limitada excepto en aquellas áreas más

recónditas. Aún así, en la medida que la presión humana sobre determinados tipos de hábitats ha disminuido en las últimas décadas, algunos hábitats (lapiaces y zonas de elevada pendiente y, en menor medida, algunos rodales de bosques autóctonos) van recuperando progresivamente un mayor grado de naturalidad.

d) Tipicismo: En Aralar existen buenos ejemplos de hábitats o biotopos típicos. Algunos de ellos, como los pastos de montaña del Parque destacan por su extensión y muestran una

respuesta típica de las comunidades de plantas y animales frente a una determinada práctica del uso del suelo durante siglos. En otros casos, los hábitats contienen comunidades típicas que responden a una geología, suelo, clima o régimen hídrico local. Este es el caso de roquedos, lapiaces, vegetación asociada a los cursos de agua o a pequeñas zonas húmedas.

e) Interés especial: En Aralar, la vasta superficie de pastos de montaña, en mosaico con

espinares y matorrales, los cortados rocosos y la extensión de los bosques caducifolios poseen un interés especial desde el punto de vista naturalístico. En el interior del Parque Natural de Aralar se hallan un gran número de especies de flora y fauna incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas, de gran valor e interés en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Son, asimismo, de interés especial la hidrología del macizo, y en concreto el embalse de Lareo dada la singularidad de su funcionamiento.

f) Extensión: En términos de conservación, los espacios naturales de grandes dimensiones son potencialmente más valiosos. El Parque Natural de Aralar, con más de 10.900 ha, es uno de los mayores espacios protegidos de Gipuzkoa. Además, la prolongación del macizo de Aralar en su vertiente navarra ocupa más de 14.000 ha, y goza también de figuras de protección. Entre los hábitats presentes en Aralar, destacan por su extensión la pradera montana y los hayedos de Lizarrusti, con superficies poco comparables en el ámbito de la

CAPV.

g) Diversidad: Aralar supone un baluarte para la diversidad, tanto a nivel regional como en ámbitos de mayor extensión. La diversidad de hábitats representados y la riqueza de la estructura de estos hábitats dan cobijo a un número elevado de grupos biológicos y de especies. Son destacables, en este sentido, la campiña atlántica, los cursos de agua, los bosques de caducifolios y encinares, los espinares-landas, los pastizales de montaña, los

lapiaces y cortados rocosos del Parque. En la medida que los criterios de conservación vayan consolidándose en el espacio, en buena lógica determinados nichos ecológicos, aún

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sin completar, deberían ser ocupados aumentando así la diversidad estructural y específica del espacio.

h) Estabilidad e inestabilidad: aunque una gran parte del Parque Natural está cubierta por áreas boscosas, otros hábitats, como la pradera montana, prados de siega y brezales, requieren un manejo y el mantenimiento de usos tradicionales como la ganadería extensiva a fin de evitar su evolución hacia otras etapas seriales. Sin embargo, ciertos usos como la utilización del fuego y la aparición de fenómenos erosivos pudieran provocar una mayor inestabilidad tanto a escala local como del conjunto del Parque. A la escala de paisaje, los

aprovechamientos forestales intensivos, sobre todo las cortas a hecho, son la principal fuente de inestabilidad en comparación con la continuidad de las formaciones de bosque natural.

i) Lugar que ocupa el espacio en la estructura ecológica de la región. El Parque Natural constituye la parte oriental del macizo de Aralar que se extiende hacia Navarra, donde es también un espacio protegido e incluido en la propuesta de la Red Natura 2000 de la

Comunidad Foral. El macizo corresponde al cordal de montañas de la divisoria de aguas, a caballo entre los valles cantábricos de clima oceánico (valle del Oria) y los valles subatlánticos (valle de la Barranca) de clima más continentalizado. A una escala mayor Aralar supone, junto al resto de montañas de la divisoria, un importante corredor entre Pirineos y la Cordillera Cantábrica.

j) Reemplazabilidad. Determinados elementos del Parque, tales como el funcionamiento

hidrológico del macizo kárstico, las áreas húmedas o los pastos de montaña en mosaico con matorrales y espinares, se consideran difíciles o imposibles de restaurar en caso de destrucción, habida cuenta de los esfuerzos técnicos y económicos que supondría su reconstrucción.

3.1.2. Criterios socioeconómicos

La superficie total del Lugar es de más de 10.000 ha, de las cuales un 58% son de titularidad pública (Montes de Utilidad Pública, entre ellos la Mancomunidad de Enirio-Aralar). El resto, unas 4.700 ha, es propiedad de particulares, y está dividido en 1.827 parcelas catastrales de muy diferente extensión. Por tanto, la colaboración de estos propietarios es indispensable para conseguir una gestión acertada.

A la hora de describir los principales condicionantes de tipo social y económico que afectan a la gestión del espacio protegido, se ha considerado, además del territorio contenido en los límites del Parque, también aquellos núcleos colindantes. Así, en el interior del Parque la población se cifra en 4.389 habitantes repartidos entre los núcleos urbanos de Zaldibia, Abaltzisketa, Amezketa, Bedaio y Ataun, y en los caseríos dispersos por las partes bajas del valle. Los núcleos colindantes al Parque poseen un carácter más urbano e industrializado y acogen a una parte significativa de la población de Gipuzkoa (comarcas del Goierri y de Tolosaldea, con más de 100.000 habitantes en conjunto).

La humanización del paisaje de Aralar se remonta varios miles de años atrás. Así, fundamentalmente los usos ligados al pastoreo han perdurado hasta hoy en día sin demasiados cambios. En este sentido, el uso amancomunado del espacio, y en especial de los praderíos de montaña existentes en los montes públicos del Parque, supone un recurso económico irremplazable para un buen número de pastores y ganaderos. Al mismo tiempo, de la persistencia de este uso depende la conservación de hábitats y especies de importancia

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comunitaria y regional. La adopción de medidas que garanticen la sostenibilidad, perpetuación y el disfrute de este recurso, el mantenimiento de un mosaico complejo de pastos-matorrales-bosquetes y la mejora de las condiciones de vida de los pastores, son objetivos prioritarios de este documento.

En la parte baja de los valles del Parque, la estructura del medio rural se caracteriza por una gran dispersión del hábitat, que provoca una estructura paisajística muy variada: la campiña atlántica. Los caseríos y sus tierras constituyen la campiña, formada por cultivos, prados de siega, pequeñas plantaciones forestales, y los elementos naturales que se intercalan entre estos usos: ribazos, cursos de agua, bosquetes, setos… Además, este paisaje y su diversidad son dependientes del manejo continuado, si bien el progresivo abandono de la actividad agraria tradicional supone importantes variaciones en la estructura paisajística descrita y, por tanto, en la biodiversidad biológica y paisajística que contiene.

La tala del arbolado, por múltiples y diversos fines, es otro de los usos milenarios de este espacio, de tal forma que la eliminación de la vegetación arbórea que cubriría las zonas altas de la Sierra ha dado lugar a la aparición de los pastos de montaña actuales. Al día de hoy, más de la mitad de la superficie del Parque está arbolada. Una gran parte corresponde a bosques autóctonos, si bien las plantaciones forestales son también abundantes. Los usos dados a todos estos bosques, tanto los de titularidad pública como los de privada, han primado la obtención de determinados productos maderables, lo que redunda en una simplificación de la estructura de las masas y en su composición específica. Los cambios en los usos del monte, junto con la demanda social de criterios más conservacionistas obliga a los gestores a la puesta en práctica de proyectos de Ordenación Forestal adaptados a las nuevas exigencias

Además de los bosques de titularidad pública (MUP de Ataun, Amezketa, Abaltzisketa, Enirio-Aralar y Zaldibia), dentro del Parque se ubica una parcela de más de 1.000 ha de propiedad privada. La mayoría de estos montes poseen su propio Plan de Ordenación Forestal que debe ser imbricado en los criterios de este Plan Rector.

Respecto a la industria, a excepción de la Papelera de Amezketa, no existen instalaciones industriales en el interior de los límites del Parque. Recientemente se han realizado modificaciones al PORN para dar cabida a la instalación de una planta embotelladora de agua en el Término municipal de Ataun, si bien de momento esta iniciativa no ha fructificado. Sin embargo, en el área de influencia socioeconómica del Parque existe un fuerte desarrollo industrial que ha llegado a ocupar la totalidad de la parte baja del valle del Oria.

Por último, el patrimonio paisajístico y cultural de Aralar posee un enorme valor. Aralar es uno de los mayores espacios de Gipuzkoa con escasa intervención de infraestructuras y al mismo tiempo posee un importante legado cultural asociado casi siempre al pastoralismo. Ambas características son importantes valores de este espacio, que atraen anualmente a miles de personas amantes de un paisaje único, diverso y escasamente intervenido. Así, la presión provocada por el uso recreativo del espacio es alta y se localiza en las dos principales puertas de acceso: Lizarrusti y Larraitz, si bien la práctica del montañismo se extiende a la totalidad del Parque. En cualquier caso, el Parque Natural además de potenciar este uso recreativo, también lo ordena.

Además del uso recreativo, deben ser considerados otros atributos de enorme trascendencia, tales como el aprovechamiento de los recursos hídricos de la Sierra (abastecimiento de agua potable) o el uso cinegético del espacio.

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3.2. Objetivos ideales de la conservación

Se trata de los objetivos que perseguiría la gestión del espacio en el caso de que la conservación de la naturaleza fuera la única actividad a realizar y se tuviera un control total sobre las actividades y usos del espacio. Estos objetivos serán posteriormente matizados tras analizar los factores limitadores y modificadores, relacionados con los usos que se realizan en el Parque.

Como objetivo general, se trata de mantener el paisaje en equilibrio con los usos actuales y aumentar el valor de las comunidades faunísticas, florísticas y paisajísticas que contiene la sierra de Aralar.

En cuanto a los hábitats,

Obj.1) Mantener al menos las superficies actuales y un estado de conservación favorable para cada uno de los hábitats de interés comunitario y hábitats de especies catalogadas en el Parque Natural. El estado de conservación se considerará favorable cuando su área de distribución natural y las superficies comprendidas dentro de dicho área sean estables o se amplíen, la estructura y funciones específicas necesarias para su mantenimiento a largo plazo existan y puedan seguir existiendo en un futuro previsible, y el estado de conservación de sus especies típicas sea favorable.

Obj. 2) Conocer la ubicación exacta y proceder a la restauración y conservación de hábitats muy escasos, vulnerables o de fragilidad elevada (zonas húmedas, comunidades de megaforbios, brezales alpinos…).

Obj. 3) Evitar las actividades que supongan riesgo de erosión en las laderas del Parque o vulnerabilidad de los acuíferos existentes.

En cuanto a los hábitats de especies,

El objetivo general es mantener en un estado de conservación favorable los hábitats de las especies de interés comunitario y regional. El hábitat de una especie es el medio definido por factores abióticos y bióticos específicos donde vive la especie en alguna de las fases de su ciclo biológico.

Dentro de Aralar se considerarán especialmente, por su interés y/o fragilidad y grado de amenaza, los hábitats de las siguientes especies:

Obj. 4) Mantener y mejorar los hábitats de especies nemorales

Obj. 5) Mantener y mejorar los hábitats de especies acuáticas o semiacuáticas

Obj. 6) Mantener y mejorar los hábitats de quirópteros

Obj. 7) Mantener y mejorar los hábitats de especies de vertebrados forestales

Obj. 8) Mantener y mejorar los hábitats de grandes rapaces

En cuanto a las especies,

Obj. 9) Conocer y mejorar el estatus de las poblaciones de las especies de flora y fauna incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas del Parque Natural de Aralar.

3.3. Factores limitadores y modificadores Son aquellos que intervienen modificando o dificultando la consecución de los objetivos ideales.

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Limitaciones físicas

• Determinadas laderas del Parque poseen limitaciones físicas para cualquier tipo de actividad, tales como elevadas pendientes y fragilidad de los suelos que conllevan un elevado riesgo de erosión.

• Una elevada proporción de la superficie del Parque posee un alto grado de vulnerabilidad del acuífero kárstico que subyace a la zona central del espacio protegido.

• A consecuencia del pisoteo y de la compactación registrada en torno a las áreas de abrevada y zonas húmedas en los rasos de la Sierra, se producen fenómenos erosivos de

entidad. Del mismo modo, en determinados tramos con pendientes pronunciadas de los principales senderos y recorridos utilizados por los montañeros (subida a Txindoki, alrededores de Alotza, Baiarrate…), se producen además de fenómenos erosivos, una degradación importante de estos senderos y zonas aledañas.

Limitaciones de Gestión

• La propiedad privada de algunas zonas del Parque supone ciertas limitaciones para una gestión coherente con los objetivos del resto del espacio ordenado. A modo de ejemplo, rodales de bosque maduro de propiedad privada que poseen un interés constatado para la conservación de especies forestales amenazadas (por ej. Kaxeta, Ezkalusoro…) deberían incorporar en su conservación una serie de criterios actualmente no trabajados.

• El uso del fuego ha sido una práctica secular para el mantenimiento de los pastos de montaña libres de la colonización de etapas sucesionales de vegetación. Esta práctica,

cuando efectuada de manera alevosa y fuera de contexto, aunque cada vez es menos frecuente, supone un peligro manifiesto frente a los fenómenos de erosión y para el desarrollo de hábitats en mosaico de sumo interés para especies amenazadas o de interés cinegético.

• Los efectos nocivos de una presión ganadera fluctuante y que tiende a pivotar sobre elementos funcionales escasos (abrevaderos, refugios, etc.), provoca puntualmente cargas de pisoteo inadecuadas para el correcto mantenimiento de los hábitats presentes en zonas

húmedas y laderas con escaso desarrollo del suelo.

• Como en tantos otros montes europeos, en la gestión del arbolado de los MUP no se han priorizado tradicionalmente los aspectos relacionados con la conservación de las características del hábitat favorables para la conservación de varias de las especies de animales de la Directiva Hábitats (invertebrados forestales, aves, quirópteros, otros mamíferos …).

• Algunos tratamientos forestales pueden interferir en algunos casos con los objetivos ideales

de la conservación. En concreto, los métodos de explotación y de preparación del terreno para la siguiente plantación, en ciertas condiciones físicas del terreno, pueden provocar pérdidas de suelo y de diversidad.

• Actualmente rebaños de ganado mayor tienen acceso a diferentes rodales de hayedos públicos y a zonas en regeneración, dado que existen serias dificultades prácticas para erradicar esa costumbre y hacer cumplir la normativa existente.

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• La desaparición de la práctica del trasmocheo limita en el futuro la formación de oquedades y acumulaciones de materia orgánica naturales en los árboles. Estas limitaciones inciden negativamente en la conservación de las especies asociadas a la madera en

descomposición. Por otra parte, la tala de árboles añosos o decrépitos, tanto aislados como formando bosques, y la extracción de árboles caídos o madera muerta en general, supone limitar el recurso madera muerta y determinados nichos que únicamente se dan en estos ambientes.

• El uso indiscriminado de determinados compuestos químicos no específicos en aplicaciones contra la plaga de insectos, tanto forestales como de otros cultivos, puede acarrear efectos

no deseados sobre la comunidad faunística del Parque.

• Si la mejora en el estado zoosanitario de los rebaños de ovino del entorno del Parque Natural, es notoria desde que se ha implantado el uso de la ducha móvil para el control de los ectoparásitos, sarna, etc., no puede decirse lo mismo de la elección de las zonas para su ubicación, a veces sobre simas y sumideros kársticos, cuyo vertido por accidente, o debido al escurrido de la materia activa y posterior alcance de los cursos de agua, puede resultar potencialmente peligrosa (Igaratza, por ej.)

• La diversidad estructural y funcional del paisaje de campiña depende de su manejo continuado. El abandono de las labores ligadas al caserío supone una simplificación de usos y, por tanto, de la biodiversidad en los valles del Parque.

Limitaciones Normativas y Documentales

• Se desconoce cuál es el estado de conservación de los hábitats y de las especies del Parque, a excepción de algunas masas forestales y de las especies de flora amenazadas.

• El crecimiento registrado durante los últimos años del número de cabezas de ganado mayor, la insuficiente dotación de abrevaderos, y la ubicación crítica de algunos de los mismos favorece la concentración del ganado, el aumento del pisoteo, la aparición de problemas erosivos puntuales, la contaminación orgánica del agua y el pisoteo intenso de comunidades faunísticas y florísticas de interés (zonas húmedas).

Impactos potenciales

• La ausencia de acceso rodado consolidado a determinadas chabolas provoca innumerables rodadas en zonas potencialmente erosionables.

• El abandono de la actividad agrícola, el envejecimiento de la población activa sectorial, la intensificación agrícola, con la consiguiente artificialización y eliminación de elementos característicos del paisaje de campiña (setos vivos, bosquetes, árboles añosos aislados, cercados…) se traduce en una pérdida de hábitat, refugio, alimento y zonas de paso para la

fauna en general. Así mismo, en los últimos años ha aumentado la proporción de praderas sembradas frente a prados de siega naturales que conllevan un aumento en el uso de fertilizantes, un aumento en el número de cortes y una merma temporal de diversidad en el cortejo florístico característico y en la fauna acompañante, en especial artrópodos.

• La vegetación asociada a los cursos de agua se presenta muy mermada y en ocasiones conforma una única hilera de arbolado junto a praderas, cultivos y plantaciones forestales. De este modo se compromete tanto la calidad del agua como la calidad del hábitat de ribera

y de los cauces, y se limita la capacidad de acogida para especies catalogadas de gran

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interés para la conservación (cangrejo autóctono, visón europeo, desmán del Pirineo…). Los encauzamientos y las labores periódicas de limpieza de cauces añaden una fuente de

simplificación y una merma en la calidad del hábitat. Además, la profusión de obras civiles asociadas a antiguas concesiones (presas, azudes, derivaciones, canales…) y el vertido de purines de pastizales contiguos a los cursos de agua añaden serias limitaciones a la calidad del agua y del hábitat de especies amenazadas.

• La afluencia masiva de visitantes en determinadas fechas.

• La recolección desmedida de hongos y setas, y de diversos frutos forestales, puede provocar problemas sobre algunas especies y procesos.

• La masificación de determinadas rutas de acceso a las zonas elevadas del Parque pueden provocar una alteración de las condiciones de tranquilidad y sosiego necesarias para la fauna silvestre y que persiguen la mayor parte de los senderistas, montañeros y amantes de la naturaleza que lo visitan. Además, la acumulación de basuras llega a ser importante en determinados lugares.

• La práctica de la escalada en determinadas paredes de la Sierra (Zazpi Iturri, Txindoki, Jentilbaratza, Intzartzu, Sastarri, Larraone, Autza-Gaztelu…) pudiera interferir con la

necesidad de protección de las aves que allí anidan.

• La entrada a las numerosas cuevas y simas del Parque no está regulada. Además, la iluminación mediante carburo para la práctica de la espeleología resulta perjudicial para las colonias de murciélagos.

3.4. Segunda evaluación El objetivo de la segunda evaluación es valorar los efectos de los factores limitadores o modificadores identificados en los objetivos ideales, a fin de conseguir unos objetivos factibles en la práctica.

OBJETIVOS IDEALES LIMITACIONES

1. Superficie y estado de conservación favorable para los hábitats

q Limitaciones por pendiente

q Uso del fuego

q Sobrecarga ganadera

q Actual gestión del arbolado

q Abandono del caserío

q Desconocimiento del estado de conservación

2. Hábitats muy escasos, vulnerables o de fragilidad elevada

q Acumulación de ganado en zonas húmedas

q Falta de conocimiento

3. Evitar actividades que supongan riesgo de erosión en las laderas del Parque o vulnerabilidad de los acuíferos existentes

q Erosión en caminos muy frecuentados

q Falta de acceso rodado a chabolas

q Métodos de explotación y preparación del terreno

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OBJETIVOS IDEALES LIMITACIONES

q Tratamientos desparasitarios

4. Hábitats de Especies nemorales

q Criterios de gestión en bosques privados

q Gestión del arbolado en los MUP

q Métodos de explotación y preparación del terreno

q Desaparición del trasmocheo

5. Hábitats de Especies acuáticas o semiacuáticas

q Deterioro de la vegetación de ribera y del hábitat fluvial

6. Hábitats de Quirópteros q Destrucción de hábitat, refugios y zonas de cría

q Compuestos químicos

q Espeleología

7. Especies amenazadas q Desconocimiento del estado de conservación

q Recolección de flora

q Escalada

3.4.1. Objetivos operacionales

En cuanto a los hábitats,

El Órgano Gestor del Parque velará por la conservación, en un estado favorable, de los hábitats de interés comunitario, de los hábitats de las especies contenidas en el Anexo II de la Directiva Hábitats (92/43), de las especies catalogadas en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas y de aquellos hábitats escasos o vulnerables.

Dado el escaso conocimiento sobre el estado de conservación de los hábitats más relevantes del Parque Natural, se tratará de impulsar el estudio de estos hábitats, encuadrados preferentemente en proyectos de investigación y desarrollo.

• Praderas montanas (hábitat 6230, prioritario): gestionar este hábitat adecuando el equilibrio entre la oferta de biomasa pastable y la demanda por parte de la cabaña ganadera,

potenciando las actuaciones correctoras de la parte perjudicial que la naturaleza y el propio pastoreo inducen sobre el mismo –escorrentías, erosión, lavado de nutrientes, acidificación, defoliación y extracción de nutrientes–, frente a la orientación productivista que determinadas actividades profesionalizadas pueden buscar para su rentabilidad económica.

• Hayedos acidófilos (hábitat 9120) y basófilos: implementar una gestión forestal conservadora de la biodiversidad, aumentando la diversidad específica y estructural del

conjunto de este hábitat.

• Prados calcáreos (6210): mantener y perpetuar el disfrute de este hábitat en los parámetros tradicionales mantenidos hasta la fecha, que han dado pie a su existencia y conservación, introduciendo las medidas correctoras para preservar su biodiversidad y sostenibilidad – erosión, lavado, acidificación, etc.-.

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• Prados de heno atlánticos (6510): mantener las superficies actuales de prados de siega, mediante labores de gestión tradicionales, y aumentar la diversidad estructural del paisaje de campiña (creación de setos vivos y mantenimiento de bosquetes naturales, árboles

añosos y ribazos).

• Encinares cantábricos (9340): garantizar el desarrollo de la madurez y complejidad estructural de estas formaciones en su área de distribución.

• Pendientes rocosas con vegetación casmofítica (8210): mantener el estado actual y controlar los elementos perturbadores.

• Bosques de laderas, desprendimientos y barrancos (9180): garantizar el desarrollo de estas formaciones en su área de distribución potencial.

• Bosques aluviales (91E0, prioritario): procurar la máxima madurez y complejidad estructural de estas formaciones a lo largo de su área de distribución potencial. Preservar una elevada complejidad del lecho fluvial y un buen estado físico-químico del agua.

• Brezales atlánticos (4030): mantener la superficie actual de este hábitat en los claros forestales y mejorar su estado de conservación.

• Gleras básicas orocantábricas (8130): preservar la estructura de los cascajares y asegurar su integridad.

• Procurar la permanencia y la regeneración de los castañares inventariados en el Parque.

• Conocer la ubicación exacta y proceder a la restauración y conservación de hábitats muy escasos, vulnerables o de fragilidad elevada (zonas húmedas, comunidades de

megaforbios, brezales alpinos…)

• Controlar las actividades que supongan riesgo de erosión o vulnerabilidad de acuíferos.

En cuanto a los hábitats de especies,

El objetivo principal es mantener en un estado de conservación favorable los hábitats de las especies de interés comunitario y regional.

Son objetivos especialmente destacables en Aralar:

• Asegurar la persistencia de las masas forestales.

• Obtener bosques estructuralmente complejos, con arbolado maduro y con abundante madera muerta en pie y en el suelo forestal, requisitos del hábitat para más del 36% de las especies amenazadas del Parque, compatibilizándolo con las actividades destinadas a aprovechar los bienes y servicios de la masa forestal.

• Proporcionar una especial protección a toda la red hidrográfica del Parque dado que es

utilizada como corredor y refugio por un gran número de especies de vertebrados. Destacan, además, como áreas de elevado interés faunístico en función de su aptitud para albergar poblaciones de visón europeo, desmán del Pirineo y cangrejo autóctono.

• Entre los táxones de fauna amenazados destacan por su número los quirópteros. La conservación de estas especies está relacionada con la disponibilidad de refugios y lugares de cría, debiéndose, por tanto, minimizar las molestias e intervenciones en ellos: ordenación

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de la actividad espeleológica, revisión previa de los puentes y construcciones rústicas objeto de restauración, regular el uso masivo de insecticidas inespecíficos agroforestales y en la

aplicación de sustancias organocloradas en los tratamientos de la madera.

En cuanto a las especies,

• Estudiar las poblaciones de las especies de flora y fauna incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas del Parque Natural de Aralar.

• Velar por su conservación, por su diversidad y contenido genético, extrapolando las determinaciones de la Ley 16/94 para las especies del Catálogo Vasco de Especies

Amenazadas a todas las especies del Catálogo de Aralar.

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4. EJECUCION

4.1. Disposiciones generales

4.1.1. Naturaleza

El Plan Rector de Uso y Gestión es el instrumento básico de gestión del Parque Natural de Aralar. Así mismo, se considera el Plan de Gestión del Lugar de Interés Comunitario y contiene las propuestas de gestión para asegurar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de los hábitats naturales y de los hábitats de especies, así como de las especies que hayan motivado la designación de este LIC. Contiene las directrices y criterios de gestión, de conformidad con las determinaciones normativas dispuestas en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y cuantas otras determinaciones resulten necesarias de acuerdo con las finalidades que motivaron la declaración del espacio.

4.1.2. Régimen de intervención administrativa

La actividad técnico-administrativa se hará a través de los distintos Servicios del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa, que constituyen el Órgano Gestor, coordinados por la Dirección del Parque Natural.

Otras directrices o actuaciones, que competencialmente no corresponden a dicho Departamento, principalmente iniciativas privadas y municipales relacionadas con la inclusión de este espacio en la Red Natura 2000, son incluidas en este PRUG al favorecer los objetivos del Parque Natural. En estos casos, el Órgano Gestor prestará su apoyo técnico, y económico cuando sea posible, estableciendo junto con los promotores, la mejor forma de llevarlos a cabo.

4.1.3. Objetivos

De acuerdo con el artículo 6, del Decreto 169/1994, de 26 de Abril, de declaración del Parque Natural de Aralar, el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Aralar persigue los siguientes objetivos:

a) Definir las normas de ordenación de las actividades económicas y recreativas que se consideren necesarias para la protección de los recursos naturales.

b) Establecer las directrices para la elaboración de los programas que desarrollen los objetivos concretos del Parque, en relación con la protección y conservación, la

interpretación de los fenómenos de la naturaleza, la educación ambiental, el uso y disfrute ordenado del espacio nat ural, la investigación y desarrollo socioeconómico de las comunidades que viven en el Parque o su entorno de influencia.

c) Establecer las directrices, criterios y pautas generales para la gestión del Parque.

Por otra parte, se ha de considerar la Directiva Hábitats 93/43/CE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres. Este documento es la principal disposición comunitaria a favor de la biodiversidad dado que establece la necesidad de preservar los hábitats y las especies clasificados de interés comunitario. El conjunto de las zonas especiales de conservación constituirá la red europea de espacios protegidos, denominada “Natura 2000” y de la cual Aralar formará parte. Dicha red, compuesta por los

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lugares que alberguen tipos de hábitats naturales que figuran en el Anexo I y de hábitats de especies que figuran en el Anexo II tiene por objetivo garantizar el mantenimiento, o en su caso, el restablecimiento en un estado de conservación favorable de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies de que se trate en su área de distribución natural.

4.1.4. Contenido

El presente Plan Rector de Uso y Gestión desarrolla y pone en práctica las disposiciones del Plan de Ordenación, a través de tres tipos de medidas:

- Directrices y criterios: disposiciones que indican las orientaciones a seguir en la gestión de las distintas zonas, recursos, usos y actividades a lo largo de la vigencia del presente Plan de Uso y Gestión. En general están dirigidas a orientar las actuaciones del Órgano Responsable de la Gestión del Parque.

- Regulaciones: disposiciones cuyo fin es desarrollar las normas del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales a lo largo de la vigencia del presente Plan Rector de Uso y Gestión.

En general están destinadas a los distintos usuarios del Parque.

- Actuaciones: medidas concretas a desarrollar o analizar a lo largo de la vigencia del presente Plan Rector de Uso y Gestión.

Con el fin de programar la puesta en práctica de las actuaciones propuestas, se valora su prioridad. Para ello se sigue la siguiente clasificación:

URGENTES: Actuaciones a llevar a cabo a muy corto plazo (que en general no excederá de un año) y, por tanto, prioritarias.

NECESARIAS: Actuaciones a realizar en un plazo más amplio o de manera periódica, con el fin de solucionar aspectos problemáticos de la gestión del Parque.

CONVENIENTES: Actuaciones aconsejadas y complementarias de las anteriores, aunque su cumplimiento no tiene por qué ser realizado a lo largo del periodo de vigencia del Plan Rector de Uso y Gestión.

CONDICIONADAS: Actuaciones que, se estima, no son necesarias a corto plazo, aunque su cumplimiento debe estar previsto cuando aparezca en el tiempo la causa que motive su realización.

4.1.5. Vigencia y condicionantes de revisión

De acuerdo con el artículo 28 de la Ley 16/1994, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, el presente Plan Rector de Uso y Gestión tendrá una vigencia de cinco años. Transcurrido dicho plazo será obligatoriamente revisado siguiendo los mismos trámites de su aprobación previstos en esta ley.

4.1.6. Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación del presente Plan Rector de Uso y Gestión es el Parque Natural de Aralar, recogido en el Anexo II del Decreto 168/1994, de 26 de abril, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de Aralar.

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4.2. Directrices, criterios, regulaciones y actuaciones

4.2.1. Planificación hidrológica

4.2.1.1. Directrices y criterios de gestión

1. Mantenimiento de los actuales sistemas de captación y saneamiento de aguas situados en el Parque de Aralar, dejando abierta al Órgano Gestor del Parque la posibilidad de ampliación o mejora de dichos sistemas en el caso de la variación de la demanda de agua.

2. Eliminación de la obra civil asociada a concesiones de agua extintas en los principales arroyos del Parque.

3. Establecimiento de prioridades de uso en los aprovechamientos hídricos de Aralar, con el fin de compatibilizar el uso del agua con el mantenimiento de un caudal mínimo ecológico. Se propone para ello la siguiente graduación en cuanto a prioridades de uso del agua de Aralar:

1. Abastecimiento de núcleos habitados que no dispongan de otras captaciones o bien éstas sean de cuantía insuficiente para abastecer a la población.

2. Caudal mínimo ecológico, entendiendo como tal el flujo suficiente para el establecimiento y mantenimiento de los ecosistemas naturales del cauce.

3. Abastecimiento de núcleos habitados que dispongan de otras captaciones de cuantía suficiente para abastecer a la población.

4. Resto de usos.

4. Vigilancia de las dolinas y sumideros kársticos con el fin de evitar la realización de vertidos y las concentraciones de ganado. Establecer un programa de limpieza periódica.

5. Diseño de las infraestructuras ganaderas de forma que no supongan riesgos para la calidad de las aguas en cuanto a los productos utilizados o en cuanto a los lugares previstos de acceso y concentración del ganado. Se evitará que el ganado abreve directamente en los cauces fluviales mediante la construcción y mant enimiento de abrevaderos.

6. Supervisión de las actividades llevadas a cabo en el interior del Parque, tratando de evitar la realización de vertidos contaminantes y el abandono de residuos.

7. En los lugares con problemas erosivos detectados, se identificarán las causas que la originan, adoptándose las medidas correctoras necesarias para su disminución y/o eliminación. En el marco de la información analizada para la elaboración de este PRUG, y con carácter orientativo, se adjunta cartografía (Mapa 5) donde se señalan lugares identificados como de posible intervención en esta línea.

8. Conservación de una banda de vegetación natural en las orillas de arroyos y embalses con el fin de preservar el medio acuático. Asimismo, la realización de intervenciones sobre la vegetación en superficies extensas (transformaciones a pastos, cortas a hecho, etc.), tratará de minimizar los daños que pudieran generarse en los cursos de agua. Se procurará que los restos de corta, así como los materiales finos (arena, grava…) no puedan ser arrastrados ni depositados en los cauces de agua.

9. Durante la realización de trabajos forestales, apertura o arreglo de pistas y caminos o cualquier actividad que exija la utilización de maquinaria pesada, se minimizará el trasiego de dicha maquinaria sobre los cauces fluviales para evitar alteraciones y enturbamientos en los mismos.

10. Se favorecerá el asentamiento y la conservación de las poblaciones de mamíferos semi-acuáticos existentes en el Parque mediante el establecimiento de Areas de Interés Especial

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para el desmán del Pirineo y el visón europeo en los ecosistemas fluviales donde actualmente se han identificado poblaciones de estas dos especies de especial interés para la conservación (ver Mapa 4).

11. El Órgano Gestor del Parque fomentará la implantación de las Ayudas Agroambientales establecidas en el Plan de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco (2000-2006) a fin de proteger los cauces fluviales.

4.2.1.2. Regulaciones

1. El Órgano Gestor del Parque deberá ser notificado sobre el tipo y dosis de las sustancias químicas utilizadas en Aralar, con anterioridad a su uso, de acuerdo con la Norma 2 del artículo 19 del Plan de Ordenación.

2. Cualquier actuación o modificación de la vegetación de ribera y del cauce en general necesitará de la autorización del Órgano responsable de la gestión del Parque, señalando en la autorización las condiciones de restauración que deberá acometer una vez finalizada la actuación.

3. En las franjas de terreno de 50 metros de anchura a ambos lados del cauce del río Agauntza, de 25 m de los arroyos Amezketa y Amundarain y de 200 metros de anchura entorno al embalse de Lareo, definidas como zonas de protección en el P.O.R.N., se dispondrán los controles y limitaciones necesarios para asegurar la calidad de las aguas, evitar la ocupación o alteración de los cauces y riberas y minimizar los daños derivados de riesgos naturales.

4.2.1.3. Actuaciones

Urgentes

• Establecer un registro continuo de la calidad de las aguas en las principales surgencias del Parque y en los principales cursos fluviales.

• Revisión de las localizaciones, construcción y mantenimiento de abrevaderos con el objetivo de evitar que el ganado abreve directamente en los arroyos del Parque.

• Establecer áreas de Interés Especial para el desmán del Pirineo y el visón europeo en las

zonas de Dominio Público Hidráulico y Zonas de Policía de los ríos Agauntza, Amundarain (Zaldibia), Urtsuerreka y Aia-Iturrieta a lo largo de todo el recorrido por el interior del Parque (ver cartografía).

Necesarias

• Vigilancia y control de los puntos negros susceptibles de producir vertidos en las aguas,

tanto de aportes directos (vertidos, fosas sépticas, áreas recreativas, bañeras de desparasitación, papelera de Amezketa…), como difusos (abonado de fincas adyacentes al cauce).

• Eliminar la obra civil asociada a concesiones de agua extintas: presas, azudes, derivaciones, canales, tuberías, depósitos y edificios, y de todas aquellas presas y azudes que no cuentan con autorización del organismo competente.

• Realizar trabajos de revegetación de las riberas en las que por acción directa del hombre o del ganado haya desaparecido su cubierta vegetal propia. A la hora de realizar estas

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plantaciones se han de utilizar árboles, arbustos y herbáceas correspondientes a la vegetación de ribera.

• Apoyo económico, a través de la política de concesión de ayudas forestales, dirigido a conseguir la recuperación de la vegetación arbórea natural en las riberas de los cauces de mayor interés y en las principales zonas de recarga de acuíferos. Se pretende conseguir una franja de al menos 10 m con cubierta arbórea permanente en cada margen de los arroyos tributarios y de 20 m en los principales cauces (Agauntza, Zaldibia y Arrizaga).

Convenientes

• Realizar un estudio diagnóstico de las condiciones del hábitat fluvial en los cursos de agua permanentes del Parque y de la vegetación de ribera. Posteriormente se establecerán las medidas oportunas para mejorar el estado de conservación de los hábitats del cauce y de sus riberas.

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4.2.2. Conservación de los hábitats, de la fauna y de la flora

4.2.2.1. Directrices y criterios de gestión de los hábitats

El Órgano Gestor del Parque velará por la conservación, en un estado favorable, de los hábitats de interés comunitario, de los hábitats de las especies contenidas en el Anexo II de la Directiva Hábitats (92/43), de las especies catalogadas en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas y de aquellos hábitats escasos o vulnerables.

Se evitarán las actividades que supongan riesgo de erosión, contaminación de acuíferos en zonas vulnerables y aquellas actividades que entren en conflicto con los objetivos de conservación o que hayan sido prohibidas en otros puntos de este PRUG o del PORN.

Se velará por la pureza de las poblaciones de la flora y fauna silvestres, evitando introducir subespecies, variedades o razas distintas a las propias de Aralar.

El Órgano Gestor del Parque apoyará la difusión y la aplicación del Código de Buenas Prácticas Agrarias del Gobierno Vasco, así como de las Ayudas Agroambientales establecidas en el Plan de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco (2000-2006).

Se desarrollan a continuación los criterios de gestión encaminados a obtener cada objeto operacional en particular:

En cuanto a los hábitats,

• Mantener una superficie suficiente y un estado de conservación favorable para cada uno de los hábitats de interés comunitario y hábitats de especies catalogadas en el Parque Natural.

• Determinación del estado de conservación de los hábitats de interés comunitario y hábitats de especies de interés, establecer pautas de gestión concretas para su

conservación y definir descriptores para su seguimiento.

• Elaboración de un protocolo para el registro y revisión de todas aquellas actuaciones que puedan tener repercusión sobre los hábitats de interés comunitario y regional.

• Praderas montanas (hábitat 6230, prioritario): La gestión de este hábitat combinará el aprovechamiento pascícola inherente al mismo, dentro de los parámetros que aseguren su sostenibilidad y conservación en un estado favorable.

• Se adecuará la demanda de biomasa pastable a la oferta existente, no rebasando nunca un índice aprovechamiento del 70%. En el caso concreto de los pastos de la

Mancomunidad de Enirio-Aralar se aplicará la Ordenanza de Pastos y Chabolas (2.002) aprobada, mientras que en el resto de los pastizales se continuará con el modelo del Departamento, que es el modelo del Organo Gestor del PN.

• La pascicultura a aplicar buscará la corrección de los procesos de deterioro inherentes a la naturaleza de su ubicación y uso –precipitación, escorrentía, lavado, acidificación, pisoteo, defoliación, etc.-, frente a las opciones productivistas, con especial acento a zonas húmedas y poblaciones de flora amenazada.

• En las áreas de suelos esqueléticos o acusada pendiente, se adoptarán las medidas correctoras necesarias para su conservación favorable se dará paso a las etapas seriales de sustitución.

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• El uso de herbicidas se someterá a la autorización del Órgano Gestor.

• Seguimiento continuo de las zonas húmedas para adoptar las medidas necesarias para su conservación favorable, o en su caso, restringir el acceso del ganado en caso

necesario.

• Seguimiento del estado de conservación de las poblaciones de flora amenazada.

• Hayedos acidófilos (hábitat 9120): Implementar una gestión forestal conservadora de la biodiversidad, aumentando la diversidad específica y estructural del conjunto de estos bosques.

• Se tenderá a aumentar la complejidad estructural y la diversidad de las masas (garantizar la distribución variada de edades a lo largo de la masa, aumento de la cantidad de madera muerta tanto en pie como en el suelo forestal, y mantenimiento y

plantación de especies acompañantes con el fin de mantener la diversidad específica de las masas).

• La preservación de algunos ejemplares añosos seguirá siendo una práctica en la gestión de las masas, así como la preservación de los árboles que poseen un interés ecológico especial. Además, la preservación de los escasos bosquetes trasmochos identificados es imprescindible dada la importancia que poseen para la conservación de especies amenazadas.

• Se controlarán los aprovechamientos silvopastorales de modo que no se comprometa la regeneración del arbolado.

• Prados calcáreos (6210): La gestión de este hábitat combinará el aprovechamiento pascícola inherente al mismo, dentro de los parámetros que aseguren su sostenibilidad y conservación en un estado favorable.

• Preservación activa de las áreas que ocupa mediante el mantenimiento ordenado de los usos tradicionales que los conforman.

• En las zonas en que adoptadas las medidas correctoras necesarias estas fueran

insuficientes para su conservación favorable, se estimularán etapas seriales de vegetación mas evolucionadas.

• Prados de heno atlánticos (6510): Mantener las superficies actuales de prados de siega, mejorar su biodiversidad, y aumentar la diversidad estructural del paisaje de campiña (creación de setos vivos y mantenimiento de bosquetes naturales).

• El uso del fuego para el control de la vegetación se hará, si procede, de manera regulada, bajo la autorización del Organo Gestor.

• Se fomentará la aplicación del Código de Buenas Prácticas Agrarias del Gobierno

Vasco.

• Se determinará mediante un estudio específico el cortejo florístico de estas praderas y las especies animales que los habitan con el fin de obtener descriptores que indiquen el estado de conservación.

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• La gestión de los prados de siega, siempre que no interfiera con los objetivos de la Directiva Hábitats, debería unirse a la gestión del área de campiña. Se incentivará la creación de setos y bosquetes, especialmente en los lindes de los terrenos. Además, se

tratará de divulgar la línea de subvenciones existentes para la instalación de setos y por la pérdida de renta producida. Estos nuevos setos serán creados mediante la plantación de árboles y arbustos autóctonos, en la medida de lo posible de semilla procedente del mismo Parque.

• Se procurará la conservación de árboles añosos aislados en la zona de campiña. La inventariación de los ejemplares más valiosos será incentivada.

• Encinares cantábricos (9340): garantizar el desarrollo de la madurez y complejidad estructural de este bosque.

• Se procederá a acotar algunas zonas para fomentar la regeneración de este tipo de bosques en forma de monte alto, por medio de semillas, para sustituir las actuales formas vegetativas.

• Pendientes rocosas con vegetación casmofítica (8210): Mantenimiento del estado actual y control de los elementos perturbantes.

• Se tratará de evitar que las especies presentes, en especial los arbustos y las matas, sean dañadas, pastoreadas o arrancadas.

• Evitar un exceso de pastoreo y el uso del fuego en las áreas identificadas como de interés.

• Bosques de laderas, desprendimientos y barrancos (9180): garantizar el desarrollo de estas formaciones en su área de distribución potencial.

• Se evitará intervenir en este hábitat.

• Se evitará el acceso del ganado a estas áreas.

• Bosques aluviales (91E0, prioritario): procurar la máxima madurez y complejidad estructural de estas formaciones a lo largo de su área de distribución potencial. Preservar una elevada complejidad del lecho fluvial y un buen estado físico-químico

del agua

• Se tenderá a aumentar la superficie ocupada por estos bosques dentro del Parque Natural, procurando una anchura mínima de 10 m a ambos lados del cauce.

• Los trabajos de revegetación de las riberas se realizarán a partir de árboles, arbustos y herbáceas propias de estos ambientes.

• Restringir el acceso del ganado y prohibir el acúmulo de estiercol en las inmediaciones de los cauces.

• Brezales atlánticos (4030): Mantenimiento de la superficie actual de este hábitat y

mejora de su estado de conservación.

• Se procurará el mantenimiento de este hábitat mediante el pastoreo controlado y leve.

• Se evitará realizar repoblaciones arbóreas de gran extensión o rozas para la creación de pastos en las áreas ocupadas por estas formaciones.

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• Se evitarán labores de desbroce y abonados.

• Gleras básicas orocantábricas (8130): preservar la estructura de los cascajares y asegurar su integridad.

• Se evitará la modificación de las condiciones naturales de acumulación de los derrubios, evitando en todo caso su aprovechamiento.

• Se prohibirá la recolección de las especies de flora exclusivas de este hábitat

• Garantizar la permanencia y la regeneración de los castañares inventariados en el Parque.

• Teniendo los castañares de la zona no solo un valor ecológico importante, en cuanto a producción de alimento y refugio para la fauna, sino que también un valor cultural e histórico apreciable, se procurará su regeneración natural.

• Se potenciará toda iniciativa tendente a recuperar el uso de esta especie como

productora de frutos.

• Se mantendrán las masas actuales en superficie y se procurará aumentar su complejidad estructural.

• Si la presencia de las dos enfermedades crónicas de esta especie, el Chancro y la Tinta, persiste se preverá la regeneración artificial con variedades resistentes a ellas.

• Espinares montanos

• En el caso de considerarse aconsejable reforestar estas áreas, se realizará mediante la plantación de bosquetes diversos.

• Se potenciará la instalación de estas formaciones en los lugares donde existe riesgo de

pérdida de suelo y el desarrollo de etapas seriales más desarrolladas esté limitado por la escasez de suelo.

• Conocer la exacta ubicación y proceder a la restauración y conservación de hábitats muy escasos, vulnerables o de fragilidad elevada (zonas húmedas, comunidades de megaforbios, brezales alpinos)

• Se controlará bienalmente el estado de estos hábitats para determinar si se debe tomar alguna medida protectora.

• Zonas húmedas de montaña:

• Se potenciará el abrevado del ganado fuera de los riachuelos y zonas encharcadas, mediante la construcción y mantenimiento de abrevaderos.

• Las tomas de agua dejarán en todo caso un caudal libre suficiente para el mantenimiento de estas zonas.

• Se evi tará cualquier tipo de vertido en las zonas húmedas: basuras, aceites, productos zoosanitarios, etc.

• Se controlará anualmente la presión ganadera y la de las demás actividades sobre los humedales de montaña a la hora de valorar el establecimiento de cercados en torno a estos humedales.

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• Se evitará el uso de abonos o herbicidas en el entorno a los humedales de montaña.

• Herbazales de la umbría (comunidades de megaforbios)

• Las laderas herbosas que existen en las partes altas de la umbría de Aralar (desde Txindoki hasta Balerdi) contienen una serie de especies de gran interés. Por ello, las labores de regeneración forestal que se acometan deberán tener en cuenta la protección de estas especies.

• Se permitirá el pastoreo de estos herbazales, pero se regulará si el estudio bienal demuestra que existe sobrepastoreo.

• Evitar las actividades que supongan riesgo de erosión o vulnerabilidad de acuíferos

• En las zonas de grandes pendientes y/o elevado riesgo de erosión potencial con cubierta vegetal no arbórea o arbustiva, si adoptadas las medidas correctoras necesarias para el mantenimiento de los hábitats presentes en un estado de conservación favorable no garantizasen el mismo, se promoverá la progresión de los hábitats hacia las etapas más evolucionadas de la serie de vegetación.

En cuanto a los hábitats de especies,

• Obtener bosques estructuralmente complejos, con arbolado maduro y con abundante madera muerta en pie y en el suelo forestal.

• Realizar una caracterización de las principales manchas de bosques mixtos del Parque con el objetivo de preservar aquellos bosques mejor conservados e implementar medidas tendentes a aumentar su complejidad estructural.

• Se realizará una Conservación estricta de bosquetes naturales y hábitats de constatado interés para la conservación de especies de flora y fauna amenazadas.

• Implementar medidas tendentes a aumentar la complejidad estructural dentro de los Planes de Ordenación Forestal.

• Especial protección de toda la red hidrográfica del Parque.

• Establecer áreas de Interés Especial para el desmán del Pirineo y el visón europeo en las zonas de Dominio Público Hidráulico y Zonas de Policía de los ríos Agauntza, Amundarain (Zaldibia), Urtsuerreka y Aia-Iturrieta a lo largo de todo el recorrido por el interior del Parque (ver Mapa 4).

• Eliminar la obra civil asociada a concesiones de agua extintas o sin autorización.

Realizar plantaciones para la revegetación de estos tramos y evitar el abonado de las fincas contiguas a los cauces.

• Entre los taxones de fauna amenazados destacan por su número los quirópteros. La conservación de estas especies está relacionada con la disponibilidad de refugios y lugares de cría, debiéndose, por tanto, minimizar las molestias e intervenciones en ellos.

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• Sustituir la utilización de productos organoclorados u organofosforados, sustituyendo su uso por permetrinas en los tratamientos de la madera durante la remodelación de edificios y regular la época de actuación de estas obras.

• Regular las obras a realizar en puentes y construcciones rústicas obligando a realizar una revisión previa de las estructuras objeto de remodelación y/o restauración y evitando el cierre de los orificios utilizados por los murciélagos.

En cuanto a las especies,

• Estudiar las poblaciones de las especies de flora y fauna incluidas en el Catálogo de

Especies Amenazadas del Parque Natural de Aralar

• Determinar el estado de conservación de las especies catalogadas y establecer planes de gestión para las especies del Catálogo de Especies Amenazadas de Aralar, que incorporen el seguimiento de las poblaciones y actuaciones tendentes a mejorar las condiciones del hábitat de cada especie.

• Velar por su conservación, por su diversidad y contenido genético, extrapolando las determinaciones de la Ley 16/94 para las especies del Catálogo Vasco de Especies Amenazadas a todas las especies del Catálogo de Aralar.

• Preservar la riqueza genética de las variaciones locales a la hora de realizar repoblaciones, mediante la repoblación con especies autóctonas a partir de semillas recogidas en el entorno y evitando introducir subespecies o razas distintas a las propias de Aralar.

• Determinar la disponibilidad trófica para las aves necrófagas en el interior del Parque y establecer medidas tendentes a garantizarla.

• Evitar la recolección, el uso de abonos y de herbicidas en las áreas de distribución de la poblaciones de flora amenazadas.

• Preservar las poblaciones de taxones de flora amenazadas ubicadas en plantaciones forestales

• Ordenar la práctica de la escalada en determinadas paredes de la Sierra.

4.2.2.2. Regulaciones

1. Con el objetivo de preservar las poblaciones de flora amenazada, se prohibe la recolección,

y se regula el uso de abonos, de herbicidas o del fuego donde se hayan cartografiado dichas poblaciones (ver Mapa 3). En el caso de las poblaciones ubicadas en plantaciones forestales, se elaborarán planes especiales para garantizar la supervivencia de las poblaciones de flora amenazadas identificadas.

2. El uso del fuego para el control de la vegetación se hará, si procede, de manera regulada, bajo la autorización del Organo Gestor. Para la quema de los restos de desbroces, basuras, etc., el Órgano Gestor velará porque se realicen en los lugares y condiciones

adecuados, tal y como se expresa en el párrafo 6 de las Normas del Artículo 17 del P.O.R.N. (Otros usos y actividades).

3. El Órgano Gestor velará por que no se produzcan remociones de suelo innecesarias, especialmente en el transcurso de las labores forestales y en las zonas de pastos.

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4. Para evitar el empleo indiscriminado de herbicidas, insecticidas, etc., así como, abonos –orgánicos e inorgánicos-, el Órgano Gestor abogará por la implantación en todo el entorno

del Parque Natural del Código de Buenas Prácticas Agrarias del Gobierno Vasco.

5. Pistas y caminos. Con el fin de preservar la vegetación de los alrededores de pistas y caminos, se velará por el buen estado del firme y de los desagües. Las pistas, caminos o ramales de los mismos en desuso y aún no integrados, serán recuperados e integrados en su entorno.

6. En los pastos montanos, el empleo de fertilizantes se orientará a la corrección de los

procesos degradatorios naturales que se den, cuidando las áreas a tratar y la composición y dosificación de abonos a emplear, con el fin de no afectar de manera notable a la vegetación natural, a las cualidades del suelo ni a la calidad de las aguas recogidas en el subsuelo kárstico.

7. En los prados de heno atlánticos se abogará por el empleo del Código de Buenas Prácticas Agrarias del Gobierno Vasco. Se evitará el resembrado exclusivo de especies de mayor

producción (raygrás inglés, raygrás italiano, trébol blanco, alfalfa…). Además se evitará el uso de herbicidas y abonos inorgánicos. En la aplicación de abonos orgánicos no se superarán los límites establecidos en el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la CAPV (Decreto 390/1998).

8. Se prohíbe dañar o arrancar las especies presentes en las pendientes rocosas con vegetación casmofítica, en especial los arbustos y las matas.

9. Con el objetivo de preservar la estabilidad de las gleras básicas y su vegetación asociada, se evitará la extracción de derrubios.

10. El Órgano Gestor del Parque evaluará con carácter previo la incidencia de cualquier actuación que pudiera afectar a la conservación de las especies de invertebrados saproxílicos en las áreas de interés faunístico para estas especies (Mapa 6). De este modo únicamente se autorizará esta actuación, estableciendo las regulaciones precisas, cuando

no comprometa significativamente los objetivos faunísticos de dichas áreas, salvo que la actuación esté motivada por razones de interés público de primer orden.

11. Se evitará la tala o la extracción de madera de los bosques de desprendimientos y barrancos. En el caso de que sea imprescindible para la persistencia de la masa podrían autorizarse trabajos tendentes a la regeneración de la misma.

12. Se evitará cualquier tipo de vertido en las zonas húmedas: basuras, aceites, productos

zoosanitarios, etc.

13. Se evitará el uso de abonos o herbicidas en el entorno de los humedales de montaña.

4.2.2.3. Actuaciones

Urgentes

• Realizar un estudio específico que determine en detalle los procesos degradatorios que se dan en el Parque Natural – erosión, pérdida de calidad aguas, etc.-, identifique los procesos antrópicos favorecedores frente a los naturales, y proponga las medidas correctoras, cuando estas sean viables y posibles, para la conservación de los hábitats en un estado favorable.

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• Realizar estudios específicos para determinar el estado de conservación de los hábitats de interés comunitario (Anexo I de la Directiva 92/43) y de los hábitats de especies de interés comunitario (Anexo II de la Directiva 92/43).

• Especies de fauna y de flora. Se realizará un seguimiento de las poblaciones de fauna y flora incluidas en el Anexo II de la Directiva y de aquellas poblaciones de especies incluidas en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.

• Se establecerá un protocolo para el registro y revisión de todas aquellas actuaciones que pudieran tener repercusión sobre los hábitats de interés comunitario y sobre los hábitats de especies de interés comunitario.

Necesarias

• Elaborar un estudio sobre la flora briofítica y liquénica del Parque.

• Realizar un seguimiento quinquenal de las poblaciones de especies de flora amenazadas.

• Dado que una buena parte de las poblaciones de flora amenazada están sometidas al pisoteo tanto de senderistas y montañeros como del ganado, se procederá a la señalización, o cercado en su caso, de las poblaciones de flora amenazada donde se prevean riesgos de conservación derivados del pisoteo y la recolección (ver cartografía).

4.2.2.3.1. Plan de seguimiento

• Se continuará y ampliará con el seguimiento de la evolución de la oferta de biomasa pastable de los diferentes tipos de hábitats de pastos ubicados en el Parque Natural, al objeto de adecuar la demanda a las posibilidades de los montes.

• Se realizará un seguimiento de los procesos erosivos activos, identificándose las causas que las originan, para adoptar las medidas correctoras necesarias.

• Se realizará un seguimiento quinquenal del estado de las comunidades vegetales de mayor

interés y de las más frágiles. Se analizarán, al menos, las siguientes:

• Hayedos acidófilos y basófilos

• Prados montanos

• Prados calcáreos

• Prados de heno atlánticos y zona de campiña

• Brezales atlánticos

• Encinares cantábricos

• Pendientes rocosas con vegetación casmofítica

• Bosques aluviales

• Gleras básicas orocantábricas

• Comunidades de megaforbios

• Brezales alpinos

• Castañares y bosques mixtos

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• Bosques de desprendimientos y barrancos

• Zonas húmedas de montaña

• Espinares montanos

• Herbazales de la umbría

Estos seguimientos quinquenales incidirán, al menos, en los siguientes aspectos:

• Cambios en la superficie ocupada por cada tipo de formación vegetal

• Cambios en la cobertura

• Cambios en la estructura del suelo

• Incidencia de los usos sobre la vegetación

• Situación fitosanitaria

• Cambios en la estructura del suelo

• Evolución de las especies vegetales de mayor interés

• Daños físicos que hayan podido sufrir las plantas

A la luz de los datos obtenidos, se analizará para cada tipo de vegetación de interés su evolución desde el punto de vista conservacionista.

Para los casos en los que se detecten problemas de conservación, se dictarán las recomendaciones pertinentes para corregir los factores responsables de dichos problemas.

La información obtenida y las conclusiones de los seguimientos servirán de base para la redacción del próximo PRUG.

4.2.2.4. Protección de la fauna

4.2.2.4.1. Directrices

La fauna del Parque Natural de Aralar, en especial las especies contenidas en el Anexo I de la Directiva Aves, en el Anexo II de la Directiva Hábitats y en el Catálogo de Especies Amenazadas del Parque, precisan de una gestión que garantice su mantenimiento en un estado de conservación favorable. Esto es, que el área de distribución natural de las especies sea estable o se amplíe, y que la estructura y las funciones específicas necesarias para su mantenimiento a largo plazo existan y puedan seguir existiendo.

4.2.2.4.2. Actuaciones

Urgentes

• Redactar Planes de Gestión de las especies incluidas en los Anexos de las Directivas (79/409/CEE y 92/43/CEE) y de aquellas especies catalogadas en Peligro de Extinción y Vulnerables en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Estos planes conllevarán como mínimo el seguimiento y vigilancia de sus poblaciones y del estado de sus hábitats, además de un calendario de actuaciones específicas para cada especie objeto del Plan.

• Establecer un plan de seguimiento de la fauna del Parque que genere de modo sistemático información sobre el conjunto de vertebrados del Parque. De este modo la información

faunística se mantendrá actualizada y constituirá una herramienta básica para la gestión eficaz del Parque.

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• Determinar la disponibilidad trófica para las aves necrófagas en el interior del Parque y establecer medidas tendentes a garantizarla.

• Establecer un protocolo específico para la conservación de los quirópteros en la totalidad

del Parque que incluya las zonas urbanas, de modo que se mitiguen las molestias o desalojo en refugios y lugares de cría. Así mismo se ha de restringir el uso masivo de insecticidas agroforestales y evitar el tratamiento de las estructuras de madera de los edificios con insecticidas organoclorados.

Necesarias

• Profundizar en el conocimiento de las comunidades faunísticas del Parque, especialmente las de aquellas especies de invertebrados contenidas en el Anexo II de la Directiva 43/92, así como de otras especies mundialmente amenazadas y que, a pesar de su probable presencia en el Parque, no han sido aún detectadas.

• En el caso del cangrejo autóctono (A. pallipes), dada la regresión detectada en sus poblaciones, se propone desarrollar un plan de recuperación de la especie en el Parque, basado en identificar las posibles amenazas, en el seguimiento de las poblaciones y en su

reintroducción en zonas favorables para la especie. Asimismo, dentro de dicho plan se continuará con el control de la evolución de la especie y de la aparición de otras especies de cangrejo en el embalse de Lareo, como base para procurar el asentamiento de una población estable de cangrejo autóctono.

Convenientes

• Estudios encaminados a la mejora del conocimiento de la distribución de las especies insuficientemente conocidas.

• Dada la crítica situación en la que se encuentra el desmán del Pirineo en la CAPV, el estado actual de especie en el Parque y las excepcionales condiciones que aún ofrecen sus ríos y arroyos, es éste un escenario idóneo para realizar trabajos orientados a la recuperación de sus poblaciones. Por ello se diseñará y ejecutará un Plan que deberá contemplar la cría en cautividad, la reintroducción y el reforzamiento de poblaciones en los ríos y arroyos que sea

posible y preciso, y un programa de seguimiento.

Condicionadas

• Desarrollo de planes de manejo para determinadas especies no incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas del Parque Natural con el fin de mantener poblaciones en un nivel adecuado.

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4.2.3. Planificación forestal

4.2.3.1. Introducción

La planificación forestal requiere de largos periodos de tiempo para su desarrollo y obtención de resultados. Dado que el presente Plan Rector de Uso y Gestión posee un horizonte previsto para 5 años, los objetivos últimos de este capítulo superan el marco establecido en este documento. Por tanto, en el apartado de directrices se enumerarán una serie de criterios de ordenación forestal a aplicar en las masas forestales del Parque y guiar así las actuaciones futuras. De forma más inmediata, se detallan las actuaciones a realizar en los próximos años, una vez realizado el diagnóstico de la situación actual de los bosques del Parque.

Gran parte de los montes de mayor extensión del Parque disponen de un Plan de Ordenación o de un Plan Técnico de Gestión. Este es el caso de los Montes de Utilidad Pública del municipio de Ataun (Agauntza y Marumendi), el monte Igurua de Zaldibia, el hayedo de la Mancomunidad de Enirio-Aralar y el monte de propiedad privada de Lizarrusti. Estos planes han de ser integrados en los criterios de este P.R.U.G., si bien simultáneamente han de incorporarse en estos Planes criterios de gestión forestal compatibles con el mantenimiento y mejora de la biodiversidad dado el objetivo de mantener los hábitats forestales de importancia comunitaria del Parque en un estado de conservación favorable (Directiva Hábitats, 43/92/CEE). Incluir estos criterios aconseja adoptar estrategias de gestión novedosas que contribuyan a la conservación y mejora de los hábitats típicos de gran parte de las especies amenazadas del Parque.

Como se recalca de manera más profusa en el capítulo sobre la “Protección de los hábitats, de la fauna y de la flora”, la conservación y mejora de estos hábitats implica que, por una parte, el área de distribución natural de las especies amenazadas sea estable o aumente en superficie y que, por otra parte, se garanticen la estructura y las funciones específicas necesarias de los hábitats para el mantenimiento a largo plazo y en un estado de conservación favorable de las especies que los ocupan.

Entre los hábitats de interés comunitario presentes en el Parque, los hayedos acidófilos representan el hábitat forestal de mayor extensión (más del 17% de la superficie del Parque). En general, mientras que las superficies de hayedo van en aumento, la presencia de elementos estructurales y la disponibilidad de madera muerta es muy limitada en estos bosques, motivado tanto por los usos pasados del monte como, en algunos casos, por las actuaciones silvícolas aplicadas. Sin embargo, la complejidad estructural del hayedo y la disponibilidad de madera muerta en diferentes estados de descomposición está en relación con la abundancia y diversidad de distintas especies de vertebrados e invertebrados, por lo que es preciso implementar actuaciones tendentes a favorecer la diversidad estructural y específica de las masas.

Como un primer paso, se hace necesario planificar actuaciones que afecten a la totalidad de las masas. Entre estas actuaciones figuran garantizar la distribución variada de edades a lo largo de la masa, la plantación y/o respeto de especies acompañantes, la permanencia en el suelo forestal de madera producto de los aclareos y la identificación de árboles o bosquetes que poseen un interés ecológico especial. Por otro lado, dado el actual vacío experimental sobre las técnicas idóneas para la incorporación a las masas de elementos estructurales, se ve la necesidad de realizar un ensayo en un área concreta con su correspondiente plan de seguimiento. Así mismo, es preciso realizar actuaciones dirigidas a favorecer grupos faunísticos concretos.

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4.2.3.2. Directrices y criterios de gestión

1. Aplicación de los principios técnicos de la Silvicultura y Ordenación de Monte, que tiene por objeto la persistencia y estabilidad de los sistemas forestales, así como el rendimiento sostenido y máximo de utilidad, teniendo en cuenta al mismo tiempo criterios de biodiversidad.

2. Continuar la gestión forestal de acuerdo a los objetivos y a la normativa que deriva del PORN y a los objetivos de conservación que derivan de la inclusión del Parque Natural de

Aralar en la Red Natura 2000. En este sentido, los criterios de gestión forestal compatibles con el mantenimiento y mejora de la biodiversidad habrán de ser imbricados en los Planes de Ordenación vigentes.

3. Control de las quemas y uso del fuego, sobre todo en grandes acumulaciones de material combustible.

4. Regular el pastoreo en cada uno de los casos, evitando la presencia de ganado no

controlado en las zonas que se prevea conseguir la regeneración del bosque

5. Potenciar las asociaciones de propietarios forestales. Éstas serán las interlocutoras directas con el Órgano Gestor del Parque para la gestión forestal de sus terrenos, estableciéndose los acuerdos necesarios para el establecimiento de compensaciones en el caso de limitación de uso. Estas asociaciones procurarán la gestión amancomunada de las plantaciones ubicadas en la misma cuenca hidrográfica.

6. Mantener los elementos estructurales del bosque en el momento de la intervención selvícola (grandes árboles en avanzado estado de decaimiento, troncos muertos, tanto en pie como sobre el suelo forestal…) de los bosques naturales.

7. Los restos de madera muerta preexistentes y parte de los obtenidos durante las labores de clara deberían mantenerse en el suelo forestal durante las cortas, cuidando que las labores de saca no destruyan los elementos más frágiles. Asimismo, respetar durante las labores

selvícolas las especies acompañantes dado que juegan diferentes papeles funcionales y estructurales en el bosque.

8. Las repoblaciones que se realicen en terrenos de titularidad pública irán encaminadas hacia la conservación y ampliación de los bosques que representan la vegetación potencial del área.

9. Aplicar en las plantaciones forestales los porcentajes de frondosas autóctonas estipulados

en la Normativa del PORN. Con el fin de determinar el tipo de ayudas o subvenciones forestales a conceder, se seguirán las siguientes directrices y criterios:

• En parcelas grandes de plantación coetánea (mayores de 5 ha), se llegará a acuerdos con los propietarios para que elaboren Planes de Gestión de sus montes, en los cuales tengan en cuenta la distribución más adecuada de cada especie y la forma de percepción de las ayudas establecidas.

• En las zonas que requieran una especial protección, por motivos físicos, ecológicos o

paisajísticos, se intentará aplicar, de acuerdo con los propietarios, unos porcentajes de empleo de frondosa autóctona superiores a los mínimos obligatorios. A estos efectos, y en cumplimiento del artículo 21 del PORN, se preservarán las singularidades del

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paisaje del Parque Natural de Aralar, teniendo en cuenta los elementos naturales y culturales a preservar.

4.2.3.3. Regulaciones forestales

1. En desarrollo de los artículos que regulan el uso forestal en el PORN, y de acuerdo con la zonificación, en las nuevas plantaciones que se realicen en montes de titularidad pública se utilizará la especie potencial de la zona junto a sus especies acompañantes típicas manteniendo como mínimo las proporciones indicadas en la siguiente tabla.

Zonificación Uso actual del terreno

Factor protector limitante

Actuación forestal principal

Zonas de reserva

Cualquiera Excepcionales valores naturales

Mantenimiento de la masa arbórea, restringiendo las actividades forestales a la protección contra incendios u otras medidas excepcionales

Zonas arboladas

Fuerte riesgo de degradación y pérdida de suelo

Mantenimiento de la masa arbórea, empleando en las plantaciones forestales al menos un 25% de frondosa autóctona Utilización en las plantaciones de especies arbóreas de turno mínimo de 60 años

Zonas de protección

Zonas no arboladas

Fuerte riesgo de degradación y pérdida de suelo

Empleo en las plantaciones forestales de, al menos, un 50% de frondosa autóctona Utilización en las plantaciones de especies arbóreas de turno mínimo de 60 años

Zonas de Monte Protector

Cualquiera Protección del suelo y de los recursos hídricos

Mantenimiento de la masa arbórea, empleando en las plantaciones forestales al menos un 25% de frondosa autóctona

Zonas de Uso Ganadero

Cualquiera - Creación de bosquetes de especies autóctonas en los nuevos pastizales, destinando para ello un mínimo del 5% de su superficie

Zonas de Uso Forestal

Cualquiera - Creación de plantaciones lineales o bosquetes de especies autóctonas en las plantaciones forestales, sin sobrepasar en general, un 5% de la superficie de la plantación. Este porcentaje podrá ser aumentado en caso de existir cursos de agua o de situarse la plantación en una zona de singularidad paisajística

Zonas de Campiña

Cualquiera - Cumplimiento de las Normas Subsidiarias de cada municipio

Zonas Urbanas e Infraestructuras

Cualquiera - Cumplimiento de las Normas Subsidiarias de cada municipio

2. Con el objetivo de preservar las poblaciones de flora amenazada ubicadas en plantaciones forestales, se elaborarán Planes Especiales a fin de garantizar la conservación de dichas poblaciones.

4.2.3.4. Actuaciones

4.2.3.4.1. Urgentes

• Incluir las directrices y criterios de gestión forestal de este Plan Rector de Uso y Gestión en los Planes de Ordenación Forestal y Planes de Gestión existentes.

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• Difundir dichos criterios de gestión entre los propietarios de las masas naturales de interés (municipios propietarios de MUP, municipios de la Mancomunidad de Enirio-Aralar y propietarios del monte de Lizarrusti) y las personas encargadas de materializar los Planes

de Ordenación forestal y Planes de Gestión.

• Continuar la repoblación forestal de terrenos desarbolados de la zona de pastos de la Mancomunidad de Enirio-Aralar situados en terrenos de gran pendiente en los que se ha identificado problemas de pérdida de suelo y peligro de erosión. (Ver cartografía orientativa, Mapa 5).

• Identificar, para poder proceder a su conservación, todos los árboles de interés ecológico especial (por ser utilizados habitualmente como lugares de refugio o reproducción por la

fauna o por sus cualidades futuras).

• Establecer una red de bosquetes de sumo interés para la conservación de especies vegetales (especies amenazadas incluidas en plantaciones forestales) y animales (bosquetes de Kaxeta, Ezkaluzoro, Barranco de Arritzaga (Amezketa), Osinbeltz (Zaldibia), Akaitz y Arrikolatza) en los que se estudie de modo específico las actuaciones a desarrollar con el objetivo de asegurar la pervivencia en la masa de los elementos de interés (ver

Mapa 6, donde se representan las áreas de sumo interés para la fauna de invertebrados). Además, se procurará su adquisición por parte del Órgano Gestor del Parque o, en su defecto, se establecerán medidas compensatorias.

4.2.3.4.2. Necesarias

• Determinar las parcelas de actuación para proceder a realizar ensayos experimentales para la obtención de árboles muertos en pie, así como la realización de prácticas con el objetivo de favorecer grupos faunísticos concretos en las zonas de conservación.

• Creación de bosquetes con frondosas autóctonas en los hayedos de titularidad pública. Para ello se utilizarán especies acompañantes del haya (serbales, cerezos, arces, robles, majuelos, perales, manzanos silvestres…).

• Establecer zonas de regeneración natural, en parcelas debidamente acotadas.

• Realizar un mantenimiento periódico de la red principal de pistas del Parque y de sus sistemas de drenaje (limpieza de cunetas y caños). Durante los días de máximo peligro de incendio dicha red debe estar transitable para los vehículos de extinción y se debe minimizar la incidencia de obstáculos que pudieran dificultar su circulación (cierres bajo llave, otros vehículos estacionados…).

4.2.3.4.3. Convenientes

• Revisión paulatina de los Proyectos de Ordenación vigentes, adaptándose a las directrices aquí expresadas.

• Cerramiento progresivo al ganado de las zonas en las que se vayan acometiendo cortas de regeneración

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• Crear una base de datos que recopile las características físicas y administrativas de cada parcela forestal y las ayudas recibidas.

• Instalación de señales advirtiendo sobre el peligro de incendio en las principales entradas

al Parque y en los itinerarios más frecuentados situados cerca de zonas de riesgo (paredes e interior del Domo de Ataun, monte público de Zaldibia). Estas señales se deberán basar en la prohibición de hacer fuego y arrojar desperdicios y colillas desde el vehículo.

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4.2.4. Plan de gestión ganadera

4.2.4.1. Directrices y criterios de gestión

La gestión ganadera en Aralar potenciará y promoverá los siguientes aspectos:

1. La capacitación profesional de los ganaderos.

2. Las asociaciones de ganaderos que velen por sus intereses y sirvan de interlocución con el Órgano Gestor.

3. La viabilidad económica de las explotaciones ganaderas, haciendo especial hincapié en los ganaderos profesionales.

4. La calidad genética de los animales.

5. La sanidad de la cabaña ganadera y de los procesos de manipulación de sus productos.

6. La calidad de los productos derivados.

7. La adecuada distribución y comercialización de los productos.

8. La ganadería extensiva ordenada frente a la intensiva y frente a los aprovechamientos extensivos indiscriminados, fuente de deterioro de los recursos pastorales, debido a las sobrecargas ganaderas puntuales y estacionales que origina

9. El pastoreo de oveja latxa cara rubia y la elaboración de quesos artesanales son unas de las actividades tradicionales básicas de Aralar. Se velará por su conservación y adecuación a las condiciones actuales de vida

10. Atendiendo a las demandas de pastores y ganaderos para la mejora de la capacidad productiva de los pastos, se potenciará de forma puntual, al menos en las Zonas Ganaderas, la superación de las limitaciones impuestas por el estado actual de los recursos pascícolas teniendo en cuenta el resto de directrices y criterios contenidos en este PRUG.

11. El Órgano Gestor del Parque colaborará con las asociaciones ganaderas en la conservación y previsión de nuevas infraestructuras, procurando la utilización plena de las ya existentes antes de la creación de nuevas. Se procederá a la eliminación de las infraestructuras ganaderas en desuso, a no ser que su ubicación u otras circunstancias que pudieran darse aconsejen su mantenimiento. Paralelamente, se potenciará la mejora de la infraestructura básica (chabolas, abastecimiento, saneamiento, etc) e infraestructura auxiliar (rediles, mangadas sanitarias, áreas de ordeño, etc) de modo que permita adecuar la estructura productiva de Aralar a las nuevas reglament aciones y circunstancias exigibles sectorialmente. En este sentido, y para el área de pastos de la Mancomunidad de Enirio-Aralar, se seguirá el guión establecido en la Ordenanza de 2002.

12. Se fomentará la salvaguarda y la pureza genética de las razas autóctonas de animales domésticos.

13. Se potenciará el aprovechamiento apícola en el Parque y, si surgieran conflictos con otros usos (sobre todo los recreativos) se buscarán soluciones más adecuadas para asegurar su viabilidad.

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4.2.4.2. Regulaciones

1. En los aspectos específicos del aprovechamiento de los recursos pastables, las Entidades Titulares se regirán por lo establecido en la Norma Foral de Montes 6/94, de 8 de julio, y el Decreto Foral 34/1989, de 6 de junio.

2. Si el mantenimiento de la integridad de los recursos pascícolas se ve comprometido vía sobre-defoliación, el Órgano Gestor podrá tomar las medidas necesarias para evitarlo, disminuyendo incluso el número de cabezas pastantes en el monte, hasta equilibrar el balance entre la oferta y demanda de pasto.

3. Para el ganado mayor, se protegerán las razas autóctonas (raza pirenaica para las vacas). Para los toros, exclusivamente se admitirán los de raza pirenaica.

4. El titular de los animales que vayan a pastar en Aralar deberá acreditar bajo su responsabilidad el cumplimiento de las normativas de carácter general y específico de obligado cumplimiento en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

5. Se procurará que los Ayuntamientos dicten ordenanzas de regulación de pastos, siguiendo las directrices y normas del Parque Natural de Aralar.

6. En aplicación del citado Decreto Foral, y de las Ordenanzas Locales en vigor, las Entidades titulares de los Montes remitirán en modo procedimentado a este Organo Gestor del Parque Natural, el registro del ganado que solicita el pastoreo en sus montes, junto con las fechas y zonas señaladas al efecto, así como el de las colmenas instalados en ellos, quien tras informar favorablemente, si procede, constituirá el Plan Anual de Aprovechamiento.

7. Identificación del ganado. El Organo Gestor del Parque Natural de Aralar facilitará a las entidades titulares de los montes de U.P. una identificación para el ganado que utilice su zona.

8. Retirada de ganado no identificado. El Organo Gestor del Parque Natural de Aralar, en aplicación de las competencias recogidas en la Norma Foral de Montes, procederá a la retirada del ganado no identificado o que no cumpla las ordenanzas municipales o las especificaciones de este Plan. Los costes derivados de esta retirada correrán a cargo del titular del ganado aprehendido.

9. Cargas ganaderas. El OG del PN establecerá las cargas ganaderas óptimas en función de la oferta de biomasa pastable, obtenidas a partir de los datos obtenidos del seguimiento y control que se sigue en los diferentes pastos del Parque Natural, y de la demanda estimada en base a los registros de solicitudes de pastoreo, que se sigue en los diferentes pastos del Parque Natural.

En caso de la Mancomunidad se aplicará lo contenido en la Ordenanza en vigor.

10. Normas sanitarias. Los titulares de las explotaciones ganaderas deberán cumplir estrictamente las normas sanitarias que dicten los servicios técnicos de las Administraciones. Los rebaños de animales positivos a cualquier enfermedad objeto o no de campaña sanitaria deberán cumplir las normas y protocolos que de forma particular o general dicten para cada caso las distintas Administraciones. Respecto a la sarna bovina, los dueños de todo rebaño afectado durante la invernada deberán poner en conocimiento del Órgano Gestor del Parque por medio de las entidades encargadas de llevar a cabo el registro de ganado a fin de que se tomen las medidas pertinentes y se salvaguarde al resto de rebaños que hacen uso del pasto.

11. Tratamientos antiparasitarios. Todos los animales deberán recibir los tratamientos antiparasitarios adecuados antes de acceder a los pastos públicos, sin menoscabo de los que

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tengan que realizar a lo largo de toda la campaña. Estas serán realizadas mediante duchas móviles en los lugares expresamente indicados para ello.

12. Mejora genética. Dado que el ganado pasta libremente, se controlará el número y la calidad genética de los machos sementales, teniendo en cuenta en todo caso la adaptación de la raza a las especiales circunstancias que el ganado debe soportar en la montaña.

13. Las Administraciones podrán dictar las normas zootécnicas que estimen oportunas, especialmente en lo concerniente a las épocas de cubrición.

14. Se prohíbe el pastoreo de cabras en los terrenos públicos. En los terrenos privados, en colaboración con los propietarios, podrán adoptarse las medidas pertinentes si se comprueba que los rebaños de cabras son incompatibles con el mantenimiento de los demás recursos, especialmente los forestales y la flora y vegetación de interés.

15. El Órgano Gestor hará retirar cuantas cabezas de ganado caprino se observen en los terrenos públicos. Si el titular no accediese a ello, o no figurase en ningún registro, se podrá adoptar la medida que se considere oportuna en cada caso, llegando a poder sacrificarlas en caso de imposibilidad de retirarlas de otra manera, tal y como se dicta en diversas Órdenes Forales.

16. Control de perros. Con el fin de evitar molestias que los perros sueltos pudieran provocar a los rebaños, se prohibe que los perros puedan ir sueltos en las zonas de pasto durante el tiempo en que los rebaños permanecen en ellas, salvo los perros de pastor que estén ejerciendo su trabajo y los perros de caza debidamente autorizados, en aplicación de la normativa propia del Parque y la normativa cinegética general.

Con este objetivo se establecen dos líneas de actuación:

• Información: para que esta medida pueda ser eficaz, se informará a los usuarios de manera clara de esta prohibición mediante señalizaciones y campañas informativas

• Medidas coercitivas: se buscará la posibilidad de imponer multas a los dueños de los perros que persigan al ganado.

4.2.4.3. Actuaciones

Urgentes

• Se continuarán aplicando las medidas correctoras necesarias para los reducir los efectos perjudiciales que los procesos degradatorios naturales asociados a la actividad puedan

causar en la calidad de los recursos pascícolas y en la conservación de los hábitats.

• Establecer un plan de seguimiento de los efectos del pastoreo sobre la integridad de los recursos naturales, controlando el estado de las aguas desde el punto de vista cargas contaminantes orgánicas y minerales, aporte de sedimentos, etc.. que puedan ser indicadores de procesos degradatorios como erosión, etc.

• Estudio de la infraestructura necesaria (abrevaderos, saleras, etc) para corregir aquellos hábitos de pastoreo del ganado mayor, que provocan sobrecargas ganaderas puntuales y localizadas en diferentes zonas del Parque Natural.

• Extender el programa de seguimiento de la capacidad productiva de los pastos de los montes de UP que se sigue en Abaltzisketa, Zaldibia y Ataun, a los pastos de la Mancomunidad de Aralar y del uso que de ellos realiza el ganado. Asimismo, conocer la

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adecuación de las nuevas cargas ganaderas establecidas, teniendo en cuenta el objetivo de garantizar un estado de conservación favorable de los hábitats.

• Incluir las directrices y criterios de gestión de esté PRUG en los planes de gestión ganadera existentes.

Necesarias

• Impulsar la capacitación técnica de los pastores mediante cursos, visitas a instalaciones, encuentros con otros pastores.

• Se continuará con la política de mejora de chabolas en Enirio Aralar (acondicionado, abastecimientos, saneamiento…).

• Se tomarán las medidas necesarias para superar puntualmente las deficiencias en la calidad de los recursos pascícolas, atendiendo en todo caso las limitaciones impuestas en otros capítulos de este PRUG y en el PORN. Además, estas prácticas atenderán a los condicionantes impuestos por la presencia de cursos de agua, humedales y flora de interés.

• Al objeto de acometer la mejora de la infraestructura auxiliar sectorial, se contará con las Entidades e Instituciones profesionales (Denominación de Origen Idiazabal, Eusko Oiloa, etc), al objeto de definir las características y requisitos mínimos para este tipo de infraestructura.

• Construcción de nuevos abrevaderos en las zonas de pasto que carezcan de ellos y adecuación de los que se encuentren en estado deficiente.

• Se realizará un adecuado mantenimiento de todas las infraestructuras e instalaciones ganaderas

• Realizar una nueva encuesta sociológico-profesional entre todos los pastores del Parque Natural, con el fin de conocer la realidad de esta profesión y sus necesidades

Convenientes

• Promover prácticas silvopastoriles durante los meses invernales con el doble objetivo de procurar un servicio de mantenimiento del ganado y ensayar la gestión mixta en determinadas masas. Con este fin se dictarán las normas de uso y gestión oportunas y se

dotará la zona con las infraestructuras necesarias para un funcionamiento óptimo, evitando la interferencia con el mantenimiento de otros recursos y con los tratamientos selvícolas necesarios para desarrollar el plan forestal previsto para las masas arboladas. Se propone el monte público de Aitzarte (Ataun) con estos fines.

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4.2.5. Plan técnico de caza y pesca

4.2.5.1. Directrices y criterios de gestión

1. La gestión de la caza y de la pesca en el Parque Natural de Aralar se realizará buscando un equilibrio entre las poblaciones objeto de aprovechamiento y el medio social y natural donde se desarrollan.

2. El Refugio de Caza de Aralar se mantendrá con las dimensiones y límites actuales.

3. El aprovechamiento de los recursos cinegéticos y piscícolas se realizará con arreglo a lo establecido en este Plan Técnico.

4. En lo referido a la caza mayor el plan técnico integrará lo establecido en el plan cinegético de las Zonas de Caza Controlada declaradas según la Orden Foral de 16 de julio de 2004 por el que se declaran 12 zonas de caza controlada en Gipuzkoa.

5. El Órgano Gestor del Parque establecerá, en desarrollo del plan técnico, las zonas de caza, cupos de captura, número de permisos y calendarios para las diferentes especies cazables. La aplicación de plan técnico se realizará a través de las organizaciones de cazadores, Federación de Caza y sociedades de cazadores, las cuales serán los interlocutores ante el órgano gestor y se encargaran de la distribución de los permisos de caza.

6. En lo no contemplado o especificado en este Plan Técnico, serán las Órdenes Forales anuales de Caza y Pesca en Aguas Continentales las que determinen las condiciones generales de dicho aprovechamiento.

4.2.5.2. Regulaciones

1. Las condiciones de aprovechamiento no contempladas o especificadas en este Plan Técnico de Caza y Pesca, serán determinados por las Ordenes Forales Anuales de Caza y Pesca en Aguas Continentales.

2. Los cazadores que utilicen los puestos de caza de especies migratorias deberán proceder a la limpieza de los mismos y su entorno, recogiendo las vainas de los cartuchos y otros desperdicios que pudieran generarse. Así mismo, se abstendrán de talar o podar árboles y hacer hogueras, en consonancia con la normativa del Parque en materia de uso público.

4.2.5.3. Capturas cinegéticas

Las especies cinegéticas presentes en Aralar no mencionadas en la relación que se expone a continuación, podrán cazarse en el Parque Natural con las limitaciones establecidas en las Ordenes Forales de Vedas. Para los demás aspectos no contemplados en el presente plan de capturas (como pueden ser los días hábiles, periodos de caza, etc.) se atenderá también a lo dispuesto en dichas órdenes.

4.2.5.3.1. Becada.

Se cazará exclusivamente en la modalidad “al salto” en un cupo de 3 becadas por cazador y día como máximo.

4.2.5.3.2. Caza de migratorias en pasos tradicionales

La caza desde puesto fijo de palomas, zorzales y otras especies de caza autorizada estará sometida a lo dispuesto en la Orden Foral de 9 de septiembre de 2003 por la que se regula la caza de palomas migratorias en pasos tradicionales Asimismo se aplicará el contrato firmado

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por el Departamento para el Desarrollo del Medio Rural con la Federación de Caza para la gestión de las líneas de paso tradicional en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

En el desarrollo de esta modalidad de caza, se tomarán medidas, de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior, para evitar conflictos con otros usos del Parque, especialmente con senderistas y montañeros.

4.2.5.3.3. Perdiz roja

Los escasos efectivos localizados se encuentran en el refugio de caza, siendo raros los individuos que se observan fuera del mismo. Para esta especie se estima necesario una labor de seguimiento de las poblaciones y labores de mejora del hábitat que aseguren su permanencia.

4.2.5.3.4. Liebre

Aunque los estudios de campo y el número de piezas abatidas en los aledaños del Parque muestran la presencia de una población estable en el Parque, la liebre norteña no alcanza las densidades determinadas para otras comarcas de la CAPV. Se sugiere el mantenimiento del seguimiento anual de la especie mediante muestreos nocturnos en vehículo con censos en primavera y otoño, y el seguimiento bienal en las zonas más altas mediante muestreos nocturnos a pie. Además debe mantenerse la veda en la totalidad del Parque y luchar de manera efectiva contra el furtivismo. Se podrán autorizar muestreos con perros y cacerías controladas, ligadas a la evolución de la población.

4.2.5.3.5. Conejo

La población actual del conejo no permite el aprovechamiento cinegético de la especie.

4.2.5.3.6. Jabalí

El jabalí podrá seguir cazándose en el Parque Natural mediante la modalidad de batidas.

La presencia de jabalí en el Parque Natural se puede inferir a partir de los resultados de las batidas realizadas durante los últimos años. En esta zona, al igual que en el resto de Gipuzkoa, la mancha a batir es seleccionada en función de los rastros de jabalí previamente localizados. No se trata por tanto de batidas realizadas al azar. Este hecho, y más aún con un tamaño de muestra tan pequeño, impide aplicar métodos estadísticos para estimar la población de jabalíes de Aralar.

El Órgano Gestor del Parque promoverá especialmente la aplicación de criterios de gestión en el aprovechamiento cinegético de esta especie. En particular, se tenderá a la corrección de los desequilibrios detectados en su estructura poblacional con el fin de obtener una mejor tasa de reproducción, mejor calidad de los rayones y, a la larga, un aumento en la cantidad de capturas.

4.2.5.3.7. Corzo

En 1994 se dio por finalizado el programa de reintroducción del corzo en la Mancomunidad de Enirio-Aralar y se inició un seguimiento de la evolución numérica de la población.

Mientras no se alcancen niveles poblacionales que se considere que permitan un aprovechamiento cinegético de la especie, su caza quedará vedada en el Parque Natural. En el caso de que su abundancia permita el aprovechamiento cinegético, éste se realizará con arreglo a lo que establezca el Servicio Forestal y de Medio Natural del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación.

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4.2.5.3.8. Zorro

Su aprovechamiento cinegético se realizará con arreglo a lo que establezcan las Órdenes Forales anuales de Vedas para los terrenos de Régimen Cinegético Común del Territorio Histórico, siempre que sea acorde con lo establecido en el Plan Técnico de Caza.

4.2.5.3.9. Campeonatos de caza

Se podrán realizar campeonatos de caza en el interior del Parque; pero será el Organo Gestor del Parque, de acuerdo con la federación territorial de caza, el que determine en cada caso la zona donde se desarrollara la competición y las especies a cazar durante la misma.

4.2.5.3.10. Refugios de caza

Se mantiene el Refugio de Caza existente en el momento de la declaración de Parque Natural, con sus mismos límites.

Se declara Refugio de Caza el embalse de Lareo. Los límites de dicho refugio están definidos por la pista que circunvala el embalse.

4.2.5.3.11. Interferencia de la actividad cinegética con actividades agrícolas y ganaderas

Durante el ejercicio de la caza deberán respetarse todos los cierres y vallados, procediendo a cerrar inmediatamente cualquier puerta de acceso utilizada.

4.2.5.4. Pesca

Queda prohibida la pesca en todo el territorio abarcado por la Mancomunidad de Enirio-Aralar, excepto el embalse de Lareo, que mantendrá su condición de Coto de Pesca.

Se evitará cualquier tipo de vertido que pueda contaminar los cursos de agua.

En la gestión de los aprovechamientos hídricos (captaciones, instalaciones hidroeléctricas, trasvases, bombeo de agua para riegos, etc.) se asegurará el mantenimiento de los caudales ecológicos precisos para la adecuada conservación de la fauna piscícola.

4.2.5.5. Actuaciones

Necesarias

• Realizar un seguimiento anual del estado de las especies de interés cinegético. Estos planes conllevarán, como mínimo, el seguimiento y vigilancia de sus poblaciones y del estado de sus hábitats. Asimismo, realizar un control anual del resultado de las cacerías, dirigidos ambos a establecer un Plan Anual de Capturas previsto en las directrices de este

Plan Técnico.

• Realización de trabajos de seguimiento de la perdiz roja (censos anuales mediante batidas, en primavera y otoño; y el control de parejas y bandos) y de diagnosis y valoración precisa del hábitat y análisis de los factores limitantes para la especie. De este modo se deducirá qué actuaciones habría que aplicar para conservar la presencia de la especie en la sierra y la conveniencia y posibilidades reales de aplicación.

• Delimitación y señalización de las áreas dentro de las cuales se realizan batidas de jabalí.

Convenientes

• Continuación de un estudio exhaustivo que determine la composición y la estructura de la población de las especies piscícolas en el interior del Parque. Este estudio servirá de base para determinar en el futuro la conservación y gestión de estos recursos.

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• Evaluación de la posibilidad de reintroducción de especies cinegéticas que hayan formado parte en el pasado de la fauna de Aralar o que actualmente se encuentren en estado precario.

Condicionadas

• Al margen de la actividad propiamente venatoria, el Órgano Responsable de la Gestión del Parque podrá autorizar la captura selectiva de un determinado número de ejemplares de ciertas especies, de acuerdo con los métodos permitidos por la legislación vigente, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

• Necesidad de proteger a especies animales o vegetales amenazadas

• Necesidad de evitar problemas sanitarios o genéticos a las poblaciones de otras especies

• Necesidad de evitar daños importantes a las personas o sus bienes

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4.2.6. Plan de uso público

4.2.6.1. Planteamiento general

4.2.6.1.1. Directrices y criterios de gestión

1. La demanda de uso público en el interior del Parque Natural de Aralar estará supeditada a la conservación del medio natural y a la protección de sus elementos más singulares y vulnerables. De este modo, el Órgano Gestor del Parque podrá establecer cuantas medidas de urgencia y limitaciones considere oportunas a fin de garantizar los objetivos de la conservación.

2. Tratamiento diferenciado del área de estudio en razón de la mayor o menor vocación de diferentes zonas para albergar actividades y equipamientos de uso público según la intensidad de los mismos, trasladando a las partes bajas del macizo todas aquellas propuestas que impliquen un uso intenso del territorio que precisen la instalación de equipamientos importantes.

3. Consolidación de Larraitz y Lizarrusti en su papel de Puertas de Parque para los sectores del área de estudio correspondientes respectivamente a los valles de Zaldibia, Abaltzisketa y Amezketa, por un lado y valle de Ataun por otro, posibilitando en estos puntos la acogida e información de visitantes.

4. Dada la especial problemática del área de Larraitz, ordenar específicamente la zona, resolviendo los problemas de aparcamiento y tránsito rodado en la zona urbanizada, regulando los usos permisibles en el área, desarrollando su papel recreativo, interpretativo y de acogida y estableciendo en dicha zona la principal Puerta del Parque en el sector septentrional del mismo.

5. Promoción del uso peatonal de la sierra, desincentivando la penetración rodada al interior del monte mediante la creación de equipamientos en las áreas más cercanas a los pueblos, áreas recreativas principales y otros puntos de concentración de visitantes. Tales equipamientos tendrán el carácter de Puntos de Partida para el recorrido del Parque.

6. Utilización educativa e interpretativa de los valores naturales, paisajísticos y culturales de Aralar.

7. Implicación de los pueblos incluidos en el área de influencia socioeconómica del Parque en la oferta de servicios del mismo: alojamiento, restauración, actividades de ocio..., contribuyendo así al desarrollo sostenible del área e imbricando al espacio protegido en el tejido socioeconómico local. Ello debiera implicar la discriminación positiva de dichos pueblos a la hora de beneficiarse de esfuerzos públicos de cara a la creación de servicios y equipamientos, así como para apoyar el desarrollo de las actividades tradicionales de forma compatible con las exigencias medioambientales y de acceso público del Parque.

8. Establecimiento de mecanismos de coordinación con los organismos competentes en el sector navarro de Aralar, con el fin de dar coherencia a la gestión de la Sierra a ambos lados de la muga y evitar impactos y disfuncionalidades de gestión que pudiesen afectar al Parque Natural desde procesos con origen en áreas pertenecientes a Navarra.

4.2.6.1.2. Zonificación

- Zonas de uso intensivo. Se localizan junto a las principales carreteras, en las áreas bajas, englobando la mayor parte de las zonas que, en la zonificación general del PORN, se señalan como zonas de campiña (incluyendo también las zonas urbanas). Se integra también entre estas zonas de uso intensivo el entorno más inmediato al conjunto de Lizarrusti. Su vocación

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es la de servir de soporte a aquellas actividades de uso público que precisen de infraestructura de estancia: áreas recreativas, zonas de acampada, zonas de acogida de visitantes…

- Zonas de uso moderado. Se trata de diferentes tipos de zonas, caracterizadas por algunas de las variables siguientes: proximidad a las zonas de uso intensivo, existencia de algún tipo de equipamiento de estancia, constituir puntos de referencia y de encuentro de los principales recorridos de montaña... En cualquier caso, son zonas susceptibles de un uso orientado a complementar actividades de estancia, interpretación, información, restauración y albergue en algunos casos..., a un nivel inferior que en las zonas de uso intensivo. Se localizan estas zonas entre aquellas de las Zonas de campiña definidas en el PORN más alejadas de los ejes de comunicación, así como en el entorno de majadas de pastores o agrupaciones de refugios.

Con respecto a las actividades de tipo lineal, todas las zonas citadas hasta ahora deberán constituir la localización fundamental de aquellos recorridos, educativos, interpretativos y didácticos en general, que precisen de un elevado nivel de equipamiento sobre el terreno. Asimismo deberán concentrar el grueso del esfuerzo informativo: paneles, señales y otros, destinados a orientar al usuario.

- Zonas de uso extensivo. Constituyen el resto de zonas no incluidas en categorías anteriores. Abarcan la mayor parte del área de estudio. El uso propuesto para estas zonas es exclusivamente lineal, de recorridos montañeros, con un equipamiento de señalización reducido, sólo cuando se considere necesario, una señalítica direccional, sin interpretación.

4.2.6.1.3. Regulaciones generales

1. Se prohibe la corta de leña con fines recreativos (construcción, hogueras, etc.) en todo el territorio del Parque sin permiso previo.

2. Los equipamientos relacionados con el Parque que pudieran realizarse fuera del ámbito del Parque Natural de Aralar se ajustarán a las previsiones del planeamiento municipal vigente.

3. Se permitirá la realización de fuego exclusivamente en los lugares acondicionados a tal fin: barbacoas de áreas recreativas e interior de los refugios.

4. En las áreas recreativas, servicios o equipamientos de uso público (centro de acogida, etc) que cuenten con áreas de aparcamiento señalizadas, se prohíbe el estacionamiento fuera de las mismas.

4.2.6.2. Areas recreativas

4.2.6.2.1. Directrices y criterios de gestión

1. Favorecer el control de la actividad recreativa tipo pic-nic en el área del Parque, mediante la concentración de usuarios en áreas dotadas de equipamiento y servicios necesarios para ofrecer una experiencia recreativa de calidad y soportar dicho uso sin detrimento del carácter de la zona.

2. Consolidar y desarrollar los equipamientos actualmente existentes en las zonas de campiña cercanas a los núcleos habitados y/o a las principales vías de comunicación, especialmente Larraitz/Zamao y San Martin, sin promocionar especialmente aquellos situados en el interior del monte (Intxusti y Aldazbarrena). Concentrar los nuevos equipamientos en las zonas bajas, impulsando el sector de Lizarrusti/Ataun. Se consolidarían así Abaltzisketa/Larraitz, Lizarrusti y Amezketa/San Martin en su papel de Puertas del Parque para los sectores del área de estudio correspondientes respectivamente a los valles de Zaldibia, Abaltzisketa y Amezketa, por un

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lado y valle de Ataun por otro, posibilitando en estos puntos la acogida e información de visitantes.

4.2.6.2.2. Actuaciones

Necesarias

• Realizar un seguimiento de la afluencia de visitantes a la zona de Larraitz, dado que se configura como la principal Puerta del Parque por el número de visitantes; analizando los impactos que de tal afluencia pudieran derivarse de cara a establecer las medidas correctoras oportunas. Larraitz se convertiría así en observatorio privilegiado para estudiar el impacto de la frecuentación sobre el medio y exportar después los resultados obtenidos

de dicho análisis al resto del Parque Natural.

• Ordenar el área recreativa de Larraitz/Zamao, instalando mayor equipamiento: paseos, mesas, fuentes, juegos infantiles…

• Adecuar zonas de aparcamiento en Larraitz a ambos extremos del área edificada, evitando el aparcamiento junto a la carretera en la zona aledaña a la ermita y las edificaciones (restaurantes, etc.) existentes.

Convenientes

• Instalar nuevas áreas recreativas, con su aparcamiento de servicio, en el entorno del alto de Urkillaga, en las proximidades del barrio de Aia.

4.2.6.3. Itinerarios

4.2.6.3.1. Directrices y criterios de gestión

1. Fortalecer el control de las actividades recreativas desarrolladas de forma lineal, promocionando el acceso peatonal desde las proximidades de los pueblos que bordean el Parque, así como desde las áreas recreativas principales.

2. Conectar los principales núcleos urbanos de las proximidades del área de estudio (Lazkao, Ordizia, Beasain) con la red de itinerarios del Parque, enlazando con la misma a Lazkaomendi y el parque de la naturaleza de Oiangu.

3. Evitar la instalación de equipamiento de señalización en las zonas altas del Parque, orientando la promoción e información sobre tales zonas hacia folletos, guías y publicaciones en general; concentrando el grueso del equipamiento en las zonas bajas.

4. Desincentivar el acceso rodado al interior del monte a partir del establecimiento de Puntos de Partida, concebidos como lugares a partir de los cuales iniciar la penetración peatonal hacia el interior del Parque, en los pueblos, principales áreas recreativas y otros puntos de concentración de visitantes en las partes más accesibles por carretera.

4.2.6.3.2. Regulaciones

1. La circulación con bicicletas y a caballo sólo podrá realizarse por la red de pistas y caminos principales, no pudiendo abandonarlos. No obstante, se considerará siempre prioritario el uso peatonal de los mismos; por lo que, en caso de detectarse conflictos de uso entre peatones y ciclistas o jinetes, podrá limitarse y/o eliminarse la utilización de bicicletas y caballos en zonas concretas o en la totalidad de la red de caminos.

2. El balizamiento y/o la promoción mediante folletos u otras publicaciones de cualquier recorrido por el interior del Parque deberá contar con la aprobación del Órgano Responsable

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de la Gestión del mismo, que velará por la necesaria coherencia en el diseño y tratamiento de dicho recorrido, con el fin de integrar el mismo en la red de itinerarios del Parque.

4.2.6.3.3. Actuaciones

Necesarias

• Promover la realización de un estudio que determine la utilización actual de los puntos de partida acondicionados, determine de forma periódica el estado de los servicios instalados e identifique los principales problemas del uso de la red de itinerarios del Parque (masificación, acumulación de basuras, reposición de balizas…).

• Promover la realización de un estudio que localice los principales tramos de la red de itinerarios que sufran problemas de erosión. Asimismo, este estudio deberá proponer

soluciones que mitiguen este problema.

• Garantizar el mantenimiento de la transitabilidad de los itinerarios, procediendo a la limpieza de los mismos (desbroces en los trayectos poco frecuentados) y al mantenimiento de las condiciones del firme en aquellos casos en los que el itinerario transcurra por pistas o caminos consolidados (no en el caso de que se trate de senderos de montaña), así como el equipamiento.

• Promover la realización de un estudio para potenciar medidas tendentes a favorecer la

dispersión del uso público y puntos de acceso alternativos enlazando el Parque a través de senderos con los principales núcleos urbanos (Lazkaomendi, Oiangu…).

• Se procederá al seguimiento de la frecuentación rodada a partir de aquellos puntos desde los que se pretende que el uso principal sea peatonal, con el fin de analizar la eventual necesidad de pasar de medidas disuasorias a otras más coercitivas.

Convenientes

• Finalizar el acondicionamiento de los puntos de partida (creación de pequeño aparcamiento y un limitado equipamiento de mesas y bancos), así como con información en panel del recorrido/s y sector/es a los que se accede desde el citado punto, normas de comportamiento, etc. En las siguientes localizaciones:

- Area recreativa de Urkillaga en Aia

- Area recreativa de Astigarraga en San Martin de Ataun

• Acondicionamiento de las fuentes y abrevaderos situados en las proximidades de los principales itinerarios

• Realizar un inventario de los recursos culturales del Parque, con el fin de integrarlos en los itinerarios didácticos que se vayan desarrollando, así como de incluirlos en los instrumentos de difusión: paneles, publicaciones y folletos, etc. de información general. Tal

inventario deberá recoger los elementos y clasificarlos en función de su mayor o menor vocación para ser incluidos dentro de la estructura de uso público del Parque Natural, estableciendo un esquema de integración en tal estructura para los que mayor potencialidad ofrezcan: inclusión en itinerarios, difusión por publicaciones, visitas guiadas...

• Establecer un mecanismo de coordinación con los organismos competentes en el sector navarro de Aralar con el fin de cerrar el acceso rodado a particulares desde Navarra hasta

Igaratza.

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4.2.6.3. Escalada

4.2.6.3.1. Directrices y criterios de gestión

1. Se pretende favorecer el control de la actividad de escalada en el área del Parque, evitando la práctica de la misma si conlleva el detrimento de los valores faunísticos y botánicos de los roquedos.

4.2.6.3.2. Regulaciones

1. Se prohibe la práctica de la escalada en las paredes de Sastarri (roquedos de Berazeaga), así como en las paredes del Domo de Ataun con la excepción de Jentilbaratza, donde queda regulada.

2. En el resto de las zonas, donde actualmente no se señala ninguna regulación específica, queda autorizada la práctica de la escalada, pudiendo en cualquier caso el Órgano Responsable de la Gestión del Parque establecer las regulaciones necesarias que aseguren el correcto desarrollo de la actividad; así como, eventualmente, limitar o eliminar la misma en caso de detectarse en el futuro problemas que así lo aconsejen.

4.2.6.3.3. Actuaciones

Necesarias

Se realizarán labores de seguimiento de la actividad, en colaboración con las asociaciones implicadas en la misma (Federación guipuzcoana de Montaña, etc.), con el fin de conocer la evolución de las necesidades generadas y la adecuación de la actividad a los fines propuestos, facilitando así la ordenación y gestión futuras.

4.2.6.4. Espeleología

4.2.6.4.1. Directrices y criterios de gestión

1. Facilitar el conocimiento de la riqueza espeleológica del Parque, regulando el acceso y la exploración de las cavidades a los grupos espeleológicos organizados.

2. Posibilitar el acceso del público en general hacia aquellas cavidades más seguras y de más fácil acceso, evitando sin embargo su deterioro.

3. Favorecer el conocimiento de los ecosistemas hipogeos.

4.2.6.4.2. Regulaciones

1. El acceso a las cavidades por parte de grupos organizados con fines deportivos o científicos deberá ser notificado al Órgano Responsable de la Gestión del Parque, pudiendo éste justificadamente desautorizar el acceso a las mismas o imponer condiciones para ello: número de personas, tiempo de estancia, colaboración en alguna cuestión de interés para el mantenimiento de la cavidad (limpieza, señalización, etc.)...

2. En el caso de actividades científicas o de exploración, cualquier avance en el conocimiento de los recursos del Parque: nuevas cavidades, nuevos elementos o galerías en las mismas, generación de cartografía, información faunística, etc., deberá ser notificado y puesto en conocimiento del Organo Responsable de la Gestión del Parque.

3. La instalación de señalizaciones, así como la de cualquier tipo de equipamiento fijo en las cavidades deberá contar con la autorización del Órgano Responsable de la Gestión del Parque.

4. Las visitas organizadas para el público general a cavidades deberán autorizarse desde el Órgano Responsable de la Gestión del Parque.

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4.2.6.4.3. Actuaciones

Convenientes

• Se realizarán labores de seguimiento de la actividad, en colaboración con las asociaciones implicadas en la misma, con el fin de conocer la evolución de las necesidades generadas y la adecuación de la actividad a los fines propuestos, facilitando así la ordenación y gestión futuras.

• Se impulsarán nuevas campañas de exploración, especialmente en aquellas zonas que se establezcan en coordinación con los grupos y asociaciones interesadas en la espeleología de Aralar. Se realizará el estudio de cuevas y simas, así como de las condiciones hidrogeológicas del entorno de las mismas. En función de los resultados obtenidos del estudio de una primera zona, se procederá a completar el mismo para el resto de las áreas del Parque.

• En colaboración con asociaciones implicadas en la temática espeleológica, proc eder a la

señalización y, en su caso, establecimiento de medidas de seguridad (pequeños cercados de piedra u otros), con el fin de proteger a peatones y ganado en aquellas simas que, por la disposición de su boca y/o lo frecuentado de su entorno pudiesen resultar más peligrosas.

Condicionadas

• Instalación, en su caso, de equipamiento de apoyo (escalas, cuerdas de seguridad, etc.) en la cueva de Troskaeta o cualquiera otra para la que se decida su uso público por visitantes

no especializados.

4.2.6.5. Otras actividades deportivas

4.2.6.5.1. Directrices y criterios de gestión

1. Privilegiar, en caso de conflicto entre usos recreativos, el desarrollo de aquellas actividades de uso público menos impactantes para el medio, así como, en igualdad de condiciones, aquellas que, por su carácter más generalizado, afecten a un mayor número de usuarios; así el uso peatonal frente al ciclista o ecuestre, o estos últimos frente a otros usos más restringidos.

4.2.6.5.2. Regulaciones

1. La realización de vuelos en parapente, vuelo con ala delta o similares se permite en el ámbito del Parque, pudiéndose regular restrictivamente en un futuro en caso de surgir conflictos con la protección de la biodiversidad u otros usos.

2. La realización de descensos deportivos de cañones se permite en el ámbito del Parque, pudiéndose regular restrictivamente en un futuro en caso de surgir conflictos con la protección de la biodiversidad u otros usos.

3. Se permitirán todas aquellas otras actividades que no hubiesen sido taxativamente prohibidas y que no entren en manifiesta contradicción con los objetivos del Parque.

4. Para la realización de actividades recreativas o deportivas se podrán otorgar permisos especiales de tránsito para el transporte de material y personas por las vías de tránsito restringido. Igualmente se podrá autorizar la instalación de los campamentos e infraestructuras necesarias en zonas no habilitadas a tal fin.

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4.2.6.6. Educación, interpretación e investigación

4.2.6.6.1. Directrices y criterios de gestión

1. Favorecer el acercamiento de la población hacia el entorno natural y a las actividades rurales, con el fin de aumentar su conocimiento sobre este medio así como lograr una mayor sensibilización, sobre todo en el caso de las poblaciones urbanas, hacia la necesidad de su conservación. Asimismo, se pretende conocer la dinámica o evolución de los procesos naturales, especialmente de los hábitats de la Directiva 92/43, en el Espacio Natural Protegido.

2. Establecer un servicio de Actividades didáctico-educativas dirigido a centros escolares, centrado fundamentalmente en el Centro de Acogida de Lizarrusti, mediante monitores-educadores y entrega de publicaciones y diversa información al público. Tal servicio podrá también extenderse a otros equipamientos, puntuales o lineales, por el resto del territorio, especialmente al área de Abaltzisketa/Larraitz y San Martín de Amezketa.

3. Establecimiento de mecanismos de coordinación con otras iniciativas didáctico-culturales, existentes o previstas en la zona; más específicamente con las iniciativas que puedan plantearse a partir de la Fundación José Miguel de Barandiaran, intentando caracterizar el Parque Natural de Aralar, desde el punto de vista del patrimonio cultural, en torno a la figura de Aita Barandiaran.

4. Promover actividades de investigación encuadradas especialmente en las siguientes líneas generales:

5. Inventarios básicos de los recursos naturales, en especial el estudio sobre la distribución y el estado de conservación de los hábitats y las especies de interés comunitario y/o regional

6. Inventarios básicos de los recursos culturales

7. Conocimiento de los procesos naturales que se desarrollan en el Parque Natural

8. Conocimiento de los procesos originados por la gestión del Parque Natural, especialmente por el uso público del mismo

9. Exploraciones espeleológicas

10. Medidas de protección y promoción del patrimonio cultural

11. Figura y obra de José Miguel de Barandiaran

12. Investigación aplicada a la restauración de los impactos existentes en el Parque Natural.

4.2.6.6.2. Regulaciones

1. Toda actividad científica o de investigación que se desarrolle en el Parque Natural deberá ser notificada al Órgano responsable de la gestión del Parque. Cuando conlleve la retirada o recogida de cualquier material del Parque o alteración del medio natural del mismo, se necesitará la autorización expresa del Organo responsable de la Gestión del Parque, quien lo pondrá en conocimiento del Ayuntamiento en el que se desarrolle la actividad.

2. Para la realización de actividades científicas o de investigación se podrán otorgar permisos especiales de tránsito para el transporte de material y personas por las vías de tránsito restringido. Igualmente se podrá autorizar la instalación de los campamentos e infraestructuras necesarias en zonas no habilitadas a tal fin.

3. El responsable de las investigaciones realizadas en el Parque deberá proceder a los trabajos necesarios para la restauración de las condiciones naturales que hubiera con anterioridad.

4. Los resultados de los trabajos de investigación realizados en el Parque Natural deberán ser puestos en conocimiento y a disposición del Órgano Responsable de la Gestión del mismo.

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4.2.6.6.3. Actuaciones

Urgentes

• Elaborar actividades y materiales pedagógicos específicos para diferentes tipos de programas

Necesarias

• Establecimiento de equipamiento educativo e interpretativo en Abaltzisketa/Larraitz, dado su carácter, junto a Lizarrusti, de Puerta del Parque. Tal equipamiento debiera ubicarse en algún edificio público disponible.

• Equipamiento, en colaboración con los agentes locales implicados, de la red de itinerarios didácticos (a la que se ha hecho referencia en el apartado de itinerarios como formando parte de la red de itinerarios del Parque).

• Favorecer la difusión de cualquier investigación, estudio, trabajo, etc., realizado en el Parque o en estrecha relación con el mismo mediante la exposición pública de los

resultados a través de internet, charlas, coloquios, publicaciones, etc.

• Crear mecanismos de coordinación con los gestores de iniciativas didáctico-culturales existentes o previstas en la zona. Es el caso específicamente del albergue municipal de Abaltzisketa, la Casa/Museo de José Miguel de Barandiaran y el Parque de la Naturaleza de Oiangu.

• Establecer, en coordinación con organizaciones sectoriales y asociaciones y entes locales, una oferta de recorridos didácticos de visita a explotaciones representativas de los sectores

productivos presentes en la zona.

Convenientes

• Consolidar el Parque Natural de Aralar como centro de encuentros y reuniones para desarrollar temas relacionados con el mismo, espacios naturales protegidos en general, medio natural, espeleología, etc.

4.2.6.7. Alojamiento

4.2.6.7.1. Directrices y criterios de gestión

Dar servicio a diferentes tipos de usuario, proporcionando al visitante la posibilidad de pernoctar en el Parque y en sus proximidades inmediatas, desarrollando diversas modalidades de alojamiento.

Integrar en la medida de lo posible a la economía local (incluyendo las zonas del “Area de Influencia” del Parque) en la generación de este servicio: agroturismo, hostelería de la zona, etc.

Orientar hacia el interés general el uso de los refugios de utilización particular o restringida a grupos actualmente existentes en el Parque.

4.2.6.7.2. Regulaciones

Se permite la acampada de una noche desde dos horas antes de anochecer hasta dos horas después de amanecer en todo el territorio, a excepción de las zonas de Reserva. En los terrenos privados, deberá contarse con la autorización del propietario.

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Se podrá permitir la acampada en cualquier zona de las definidas como de uso intensivo y uso moderado que el Órgano Responsable de la Gestión del Parque determine y en las condiciones dictadas por el mismo.

Otras acampadas excepcionales, exceptuando lo señalado en los puntos anteriores y por razones justificadas, sólo se autorizarán previa solicitud al Organo Responsable de la Gestión del Parque. Este dispondrá el lugar y el tiempo de estancia así como el número de tiendas permitidas.

Los refugios que en este momento están sometidos a gestión particular o de grupos restringidos, una vez finalizado el plazo de cesión de los mismos deberán revertir al uso público general; estableciéndose a partir de ese momento mecanismos de gestión, directamente desde el Órgano Responsable de la Gestión del Parque o desde la participación de otras asociaciones y organismos (Federación de Montaña, etc). Mientras tanto, su utilización deberá respetar escrupulosamente las condiciones de la cesión, a falta de lo cual se procederá a iniciar los mecanismos para su reversión a uso público general.

Los refugios, de gestión pública o particular, existentes, deberán respetar las condiciones señaladas más adelante en el apartado de regulaciones edificatorias.

4.2.6.7.3. Actuaciones

Necesarias

• Instalación de un refugio público, gestionado por el Órgano Responsable de la Gestión del Parque o, en su defecto, por la Federación de Montaña, en el conjunto de edificaciones de

hormigón de Igaratza, construidas como refugio particular. Tales edificaciones podrían asimismo albergar usos ligados a la gestión y guardería del Parque. Ello implicaría también la posibilidad de derribo de alguno de ellos y el adecentamiento general, estético y sanitario, de los mismos.

• Ubicación, en el interior de los refugios abiertos al público, de paneles con información relativa a normas y consejos de utilización de los mismos.

• Se asegurará la puesta en marcha de los mecanismos de coordinación precisos, con

Ayuntamientos, Asociaciones, u otros, para conseguir la generación de una oferta turística y de alojamiento integrada entre el Parque Natural y su área de influencia. Ello deberá suponer la promoción y el apoyo desde el Parque a las ofertas turísticas y de alojamiento existentes en los municipios del área, así como la inclusión de aquel en las campañas de promoción de éstas.

4.2.6.8. Información y divulgación

4.2.6.8.1. Directrices y criterios de gestión

1. Potenciar el acercamiento del público al Parque mediante el establecimiento de un sistema de información y divulgación que permita descubrir los valores tradicionales o de interés paisajístico, cultural o natural que posee el área, preservando al mismo tiempo el carácter de la misma.

2. Centrar el equipamiento informativo a instalar sobre el terreno, paneles, etc., en las zonas de uso intensivo y uso moderado del Parque, así como en el exterior del mismo, en aquellos emplazamientos más accesibles a los visitantes.

3. Dar al resto de núcleos que limitan o bordean el Parque el carácter de puertas secundarias del mismo, instalando en ellos equipamiento informativo.

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4. Implicar a los establecimientos e instituciones, públicos y privados: Ayuntamientos, Asociaciones, bares, restaurantes, hoteles y pensiones... de los municipios que rodean el Parque en la distribución de información sobre el mismo: publicaciones, folletos, etc.

5. Potenciar la relación de esta zona con otros Espacios Naturales Protegidos de la CAPV y en especial con la también futura ZEC de Aralar en Navarra.

6. Velar por la necesaria coordinación entre los diversos agentes implicados en el diseño y gestión de paneles e itinerarios en el entorno del Parque Natural, con el fin de lograr criterios uniformes en la denominación y divulgación de los mismos.

4.2.6.8.2. Regulaciones

1. La instalación de cualquier equipamiento informativo orientado al uso público y ajeno al Parque deberá contar con la autorización del Órgano Responsable de la Gestión del mismo.

2. La utilización del Parque Natural de Aralar como reclamo comercial en publicaciones y otros soportes, ajenos al Parque, deberá contar con la autorización del Órgano Responsable de la Gestión del mismo.

4.2.6.8.3. Actuaciones

Urgentes

• Se procederá a la redacción y publicación de material divulgativo relativo a cartografía de interés general del Parque y áreas próximas.

Necesarias

• Se instalarán paneles con información general, cartográfica, normativa... del Parque en los siguientes puntos:

- Dado su carácter de Puertas del Parque en:

* Larraitz

* Lizarrusti

- Dado su carácter de puertas secundarias en:

* San Gregorio de Ataun

* Ergoiena, en Ataun

* Área recreativa de Urkillaga, en Aia de Ataun

* Área recreativa de Astigarraga, en Ataun

* San Martín de Ataun

* Lazkao

* Zaldibia

* Amezketa

* Bedaio

- Por su localización estratégica de cara a servir de conexión entre zonas urbanas próximas y el Parque:

* Lazkaomendi

* Parque recreativo de Oiangu

• Se instalarán paneles con información del itinerario/s u otros elementos de interés afectando al sector/es a los que se accede desde o están próximos a, como mínimo, los siguientes puntos:

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- Puntos de Partida:

* Puerto de Lizarrusti

* Área recreativa de Urkillaga

* Área recreativa de Astigarraga en San Martin de Ataun

* Central de Arkaka

* Área recreativa de Olako Zelaia

* Área recreativa de Larraitz/Zamao

* Área recreativa de San Martin de Amezketa

* Bedaio

- Áreas recreativas menores:

* Intxusti

* Aldazbarrena

• Se instalarán las señales direccionales y balizajes que se consideren convenientes en la red de itinerarios del Parque, así como aquella precisa para informar al visitante de la localización de los diversos elementos de acogida: áreas de aparcamiento, Centro de Acogida, zonas de acampada...

Convenientes

• Se instalarán paneles con información del itinerario/s u otros elementos de interés afectando al sector/es a los que se accede desde o están próximos a las áreas recreativas menores de Intxausti y Aldazbarrena.

• En aquellos establecimientos públicos: bares, restaurantes y otros, localizados en el área de influencia del Parque y que se consideren estratégicos para la ubicación de puntos de

distribución de información, se promoverán acuerdos que permitan constituirlos como Centros de Información colaboradores con el Parque. Estos contarán con un distintivo externo que los identifique, así como con un estante interior donde se dispondrá el material informativo del mismo (folletos, mapas, guías, etc.). Se procurará especialmente la colaboración de la casa conocida como Guardetxe en el Aralar navarro, dada su localización estratégica en uno de los accesos principales al Aralar gipuzkoano.

• Se establecerán contactos periódicos y colaboraciones con diversos colectivos ajenos al Parque (federaciones de escalada y montaña, grupos espeleológicos, deportivos, naturalistas...), implicados en el desarrollo de diferentes actividades en el mismo, con el fin de adaptar los contenidos informativos y divulgativos a sus demandas (temas específicos, normativa...).

• Se utilizarán los medios de comunicación específicos de los colectivos antes señalados (revistas especializadas de montaña, bicicleta, escalada, ornitología, espeleología, etc.)

para ofrecer información adaptada a los mismos.

• Se establecerán mecanismos de coordinación con los organismos competentes en el sector navarro de Aralar y sus principales accesos con el fin de divulgar información referida al sector guipuzcoano

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• Se integrará el Parque Natural de Aralar dentro de una oferta turística general a través de su incorporación a medios de difusión (folletos, publicaciones, etc.) donde se impliquen espacios geográficos más amplios.

• Se establecerán mecanismos de coordinación con los organismos competentes para la instalación de señalizaciones, indicando los accesos al Parque desde las principales vías de comunicación (autopistas, carreteras generales) que transcurran próximas al mismo.

• Se procederá a la redacción y publicación de material divulgativo relativo a estudios científicos sobre la incidencia de diversas actividades sobre el medio natural (espeleología, montañismo, escalada...) y a un comportamiento respetuoso con el medio natural.

• Boletín informativo del Parque, con un apartado específico dirigido a la población local

sobre ayudas, subvenciones, actividades...

• Se realizarán labores de seguimiento de la aceptación y demanda del material divulgativo, que permitan orientar la elaboración de nuevo material o reedición del existente.

Condicionadas

• En aquellos lugares donde se realicen trabajos o existan instalaciones que puedan ofrecer interés desde el punto de vista educativo (embalse, restauraciones ecológico/paisajísiticas,

de patrimonio, etc.) se ofrecerá información de carácter divulgativo a través de paneles temporales u otros elementos que se consideren oportunos.

• En las épocas en que la caza está permitida, y en aquellas zonas en las que se considere que se pueden originar molestias a los paseantes, se procederá a la instalación de señalización informativa relativa a la actividad cinegética que se está realizando, consejos, rutas alternativas, etc.

4.2.6.9. Grupos privados de apoyo al Parque

4.2.6.9.1. Directrices y criterios de gestión

1. Integrar la figura del Parque en la sociedad mediante el acercamiento y establecimiento de una serie de relaciones con diversas asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro interesados en el mismo.

2. Apoyar las iniciativas y trabajos planteados por estos grupos, facilitando su participación en la discusión y puesta en marcha de los mismos

3. Optimizar los recursos humanos invertidos por estos colectivos a través de la coordinación con los mismos.

4.2.6.9.2. Actuaciones

Necesarias

• Se analizarán los mecanismos de creación, patrocinio, financiación, integración en la estructura de funcionamiento del Parque, y todos aquellos aspectos relacionados con los grupos y asociaciones de apoyo al Parque.

4.2.6.10. Plan de seguimiento

4.2.6.10.1. Directrices y criterios de gestión

1. Conocer la evolución de los usos recreativos (modelos dinámicos de distribución espacial y temporal) que permita adaptar la gestión futura a las nuevas situaciones.

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4.2.6.10.2. Actuaciones

Urgentes

• Redactar un Plan de Seguimiento de las actividades de uso público. Este Plan deberá basarse en una inventariación sistemática y periódica, cualitativa y cuantitativa, de los usos e impactos asociados a los mismos.

4.2.6.11. Servicios generales

4.2.6.11.1. Actuaciones

Urgentes

• Adecuar el número de guardas del Parque a las necesidades de control que resultan de la aplicación de la Normativa vigente (Normas y Decretos Forales, P.O.R.N. y P.R.U.G.) reforzando la vigilancia en días festivos y durante las épocas de mayor necesidad: temporada cinegética o de cría, días de mayor riesgo de incendio, etc.

• Los daños o impactos detectados en cualquier zona del Parque, incluyendo infraestructuras del mismo, tanto en el interior como en cavidades internas (derivados tanto del uso como de cualquier factor imprevisible: causas naturales, vandalismo…) deberán ser eliminados en la mayor brevedad posible.

Necesarias

• Acometer labores periódicas de recogida de basuras y desperdicios acumulados o dispersos en todas las áreas recreativas, áreas de partida, refugios abiertos y zonas más frecuent adas.

• Realizar labores de seguimiento de la frecuentación de las áreas recreativas, áreas de partida, itinerarios y refugios con el fin de conocer la demanda real de los/las usuarios/as y

facilitar así la ordenación y gestión futuras de las mismas.

• Realizar labores periódicas de vigilancia que aseguren el correcto estado del material informativo y de las infraestructuras del Parque.

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4.2.7. Desarrollo local

4.2.7.1. Directrices y criterios de gestión

1. Contribuir desde el Parque, en la medida de sus posibilidades, a la diversificación de la economía de su entorno inmediato, favoreciendo el desarrollo de actividades económicas compatibles con los objetivos del Parque Natural.

2. Promover la formación de la población rural de la zona para perfeccionar y complementar una mejora del manejo y de las buenas prácticas ambientales.

3. Promover la formación de la población de la zona para establecer una oferta de servicios ligados al uso público: guías de montaña, espeleología, agroturismo…

4. Implicar a la población del entorno del Parque en la gestión del mismo, favoreciendo su integración en aquellas actividades económicas ligadas a los servicios que el Parque deba ofrecer: hostelería, servicio de guías, promotores turísticos...

4.2.7.2. Actuaciones

Urgentes

• El Órgano Responsable de la Gestión del Parque, en coordinación con el resto de instituciones y agentes implicados en el desarrollo socioeconómico del medio rural de los

municipios del área de influencia socioeconómica del Parque Natural de Aralar, impulsará la aplicación del Plan de Desarrollo Rural Sostenible de la CAPV (2000-2006), en el marco del Reglamento CEE 1257/99. Por otra parte, el Órgano Responsable impulsará los Programas de Desarrollo Rural elaborados al amparo de la Ley de Desarrollo Rural (Ley 10, 1998 de 8 de Abril). En concreto, los PDR comarcales de Goierri (en fase de aprobación) y de Tolosaldea (aprobado por Decreto 22/2003 del 4 de Febrero).

Necesarias

• El Órgano Responsable de la Gestión del Parque, junto a otros entes interesados, realizará un inventario de las potencialidades de su área de influencia de cara a la generación de productos y servicios que pudieran ser impulsados desde el Parque.

Convenientes

• Coordinación con la Asociación de Desarrollo Rural para reforzar el servicio permanente de asesoramiento y consulta, tanto a particulares como a organismos y colectivos, en materia de desarrollo rural y, más concretamente, de apoyo a la demanda de subvenciones de cara a la aplicación del citado Programa de agricultura compatible o cualquiera otro que pueda aportar recursos al desarrollo rural de la zona.

• El Órgano Responsable de la Gestión del Parque analizará la posibilidad de instalación de

establecimientos en los que pudieran ser puestos a la venta objetos y productos elaborados en el Parque y en su área de influencia socioeconómica (agropecuarios, artesanía, etc.) y las publicaciones editadas por el mismo.

• Puesta en marcha de una imagen de marca Aralar de cara a promocionar e individualizar las producciones locales.

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Condicionadas

• El Órgano Responsable de la Gestión del Parque procurará la inclusión de las publicaciones que edite o patrocine de aquella información que, referente al ámbito local, se considere de interés: establecimientos hosteleros y agroturísticos, puntos de venta de productos artesanales o agropecuarios de calidad, actividades de ocio, etc.

• El Órgano Responsable de la Gestión del Parque podrá participar en la financiación y/o el equipamiento de actividades y servicios de ocio: empresas privadas de guías espeleológicos y de montaña, alquiler de caballos y bicicletas, campings y albergues, etc.,

si lo considera conveniente, en cuyo caso se arbitrarán los mecanismos pertinentes.

• Promover la difusión de obras que ayuden a divulgar labores rurales (tradicionales y actuales) que han tenido lugar en el PN de Aralar.

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4.2.8. Edificaciones e infraestructuras

4.2.8.1. Edificaciones

4.2.8.1.1. Directrices y criterios de gestión

1. El principal protagonismo en la regulación de los usos edificatorios se confía a los documentos de planeamiento municipal y a la Ordenanza de pastos y chabolas de la Mancomunidad de Enirio-Aralar.

2. El Órgano Responsable de la Gestión del Parque promoverá la adecuación de las características interiores y exteriores de aquellas edificaciones existentes en la actualidad en las que se observan deficiencias referidas tanto al uso que albergan actualmente como al entorno donde se ubican.

3. El Órgano Responsable de la Gestión del Parque deberá dotarse de las edificaciones precisas a su gestión, poniendo en marcha cuando ello sea necesario, mecanismos para la reversión a gestión pública de aquellos edificios, refugios fundamentalmente, actualmente en manos de particulares.

4. Los usos constructivos autorizados en el Parque Natural, excluyendo las zonas urbanas/urbanizables, deben limitarse a:

- Los ligados a la explotación agropecuaria o forestal

- Los ligados a actividades rurales de transformación agropecuaria o forestal

- Los relacionados con el equipamiento y el uso público del Parque, sean o no iniciativa del mismo, aunque en cualquier caso, con su autorización y en coherencia con los objetivos del mismo.

5. Cualquier demanda de autorización de construcción o ampliación de un edificio incluido en los dos primeros tipos de uso citados, debe acompañar informe del Servicio competente en el Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Tal informe debe contemplar la viabilidad de la explotación agropecuaria o forestal para la que se solicita la edificación, así como la adecuación de ésta a las necesidades planteadas en ella.

6. Cualquier modificación en el uso de las edificaciones, tanto de las actualmente existentes como de aquella para las que se pide nueva construcción o ampliación, debe ser sometida a consulta del Órgano Responsable de la Gestión del Parque.

7. Toda edificación que en función de su uso así lo precise, debe contar con un sistema de saneamiento adecuado: fosa séptica o similar que impida aportes contaminantes a la red hidrográfica y al suelo.

8. Se procurará que todas las actuaciones edificatorias respeten las siguientes condiciones de estilo:

- Las obras de reforma se realizarán procurando conservar todos los elementos arquitectónicos que dan carácter al edificio y, si se encontraran elementos ocultos que anteriormente no estuvieran visibles, se intentará devolverles su antigua función, armonizándolos con los nuevos que se precisen.

- Los edificios de nueva planta se ajustarán al estilo tradicional predominante en la zona, manteniendo la armonía general del ambiente natural donde estén ubicados en cuanto a su composición general (desniveles, módulos, proporciones de huecos, etc.), materiales y color, tanto en las fachadas como en las cubiertas u otras partes vistas desde el exterior.

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- El tipo de cubierta será el usual en la zona.

- Todos los elementos colocados sobre las cubiertas se tratarán arquitectónicamente, quedando prohibidos los depósitos de fibrocemento al descubierto y cualquier tipo de anuncio publicitario.

- Se recomienda conservar el tipo de carpintería usual en la zona, evitándose el uso de persianas enrollables, cierres metálicos, así como la colocación en los balcones de antepechos de fábrica.

- Se utilizarán como materiales de fachada los habituales en la zona, preferiblemente la piedra natural de la región.

- Se evitarán los revestimientos de plástico, metálicos y de fibrocemento.

- Se actuará con la mayor sencillez en la decoración de los edificios, empleando con moderación los elementos de remate y sólo donde estén justificados.

- Se tenderá a utilizar colores neutros y armónicos con el entorno para la pintura de rejas, balaustradas, fachadas y elementos de carpintería.

- Los rótulos o anuncios de los establecimientos comerciales se colocarán en los límites del espacio interior de los huecos en planta baja, dejando libres, y sin superposición de otros materiales que los propios de la fachada, las jambas entre los huecos y dinteles o arcos.

- Dichos rótulos serán discretos, con las letras en madera, hierro forjado, bronce u otro material de calidad.

- En el caso de edificaciones ligadas a equipamiento comunitario, éstas deberán integrarse al entorno en el que se encuentran, evitando volúmenes desproporcionados y adaptándose a aquellas determinaciones de estilo de entre las anteriormente señaladas que les puedan ser de aplicación. En aquellos casos en los que sea precisa una ocultación paisajística de elementos poco acordes con el entorno, el promotor de la edificación procederá a su ocultación por medio de pantallas vegetales o medios similares.

- Los elementos accesorios a las edificaciones (antenas, placas solares...) deberán ajustarse en sus dimensiones a las necesidades de protección paisajística del entorno de las mismas.

- Las edificaciones actualmente existentes y que así lo requieran deberán proceder a su integración paisajística, siguiendo las condiciones de estilo antes señaladas.

- En el caso de edificaciones promovidas por organismos públicos, el Órgano Responsable de la Gestión del Parque deberá asegurarse de la inclusión y cumplimiento de cláusulas de acabado de obras en el Pliego de Condiciones Técnicas de Construcción.

- En el caso de construcciones promovidas por particulares, el Órgano Responsable de la Gestión del Parque deberá, previa autorización de las mismas, comprobar la inclusión en el proyecto de obra y su posterior cumplimiento de condiciones de acabado de obra que aseguren la eventual reparación de cualquier daño sobre el medio producido durante la ejecución de la misma.

4.2.8.1.2. Regulaciones

1. Los proyectos de construcción de líneas de distribución de energía eléctrica (de menos de 100 kV) y de distribución de energía fósil de tipo fluido, vapor y agua caliente (excluido el Suelo

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Urbano/Urbanizable) y las subestaciones de transformación de energía eléctrica requerirán autorización del Órgano Responsable de la Gestión del Parque.

2. Se prohíbe la realización de cualquier tipo de vertido contaminante asociado al uso edificatorio.

3. La instalación de nuevas construcciones fuera de la zona definida como Zona Urbana e Infraestructuras deberá ser regulada por el documento de planeamiento del municipio correspondiente, debiendo ser aprobado por el Órgano Responsable de la Gestión del Parque. En ningún caso se autorizará la construcción de nuevas edificaciones con uso residencial no vinculado al sector primario fuera de la zona definida como Urbana e Infraestructuras y fuera de los núcleos rurales definidos por el documento de planeamiento municipal.

4. Toda actuación a realizar en edificaciones ya existentes en el SNU del Parque se regirá por el documento de planeamiento del municipio correspondiente, debiendo ser aprobada por el Órgano Responsable de la Gestión del Parque.

5. Dado el caso particular de la Mancomunidad de Enirio-Aralar, no sometida a documento de planeamiento municipal, las actividades constructivas son reguladas por las “Ordenanzas sobre Pastos y Chabolas” cuya última modificación fue aprobada definitivamente el 12 de setiembre de 2003 y publicada en el B.O.G. nº 209, de fecha 3 de noviembre de 2003 (Anexo 1).

6. En dicha ordenanza se consolidan las siguientes chabolas y se especifica también el rebaño máximo que corresponde a cada una:

Chabola Rebaño máximo

Ariñate 1 500 cabezas Ariñate 2 500 cabezas Arraztaran (Intzentsaro 3) 500 cabezas Arritzaga 500 cabezas Beaskin 1 500 cabezas Beaskin 2 (Pardeluts 3) 500 cabezas Beltzulegi 600 cabezas Buruntzuzin 600 cabezas Doniturrieta Azpikoa 1 500 cabezas Doniturrieta Azpikoa 2 500 cabezas Doniturrieta Garakoa 1 500 cabezas Doniturrieta Garakoa 2 500 cabezas Egurral (Muitze) 600 cabezas Elordi-1 500 cabezas Elutseta Azpikoa (Zirigarate) 600 cabezas Elutseta Goikoa 600 cabezas Enirio 500 cabezas Errenaga (Latosa 1) 600 cabezas Esnaurreta 1 500 cabezas Esnaurreta 2 500 cabezas Ezkizubarrena (Txutxuta Goikoa) 500 cabezas Goroskintxu 500 cabezas Intzentsaro 1 500 cabezas Intzentsaro 2 500 cabezas Kobaurre 500 cabezas Kutixao 500 cabezas

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Chabola Rebaño máximo

Latosa 2 600 cabezas Oiduegi 1 500 cabezas Oiduegi 2 500 cabezas Oiduegi 3 (Urruzti) 500 cabezas Orabiel 500 cabezas Pardeluts 1 600 cabezas Zotaleta 1 500 cabezas Zotaleta 2 500 cabezas Zotaleta 3 500 cabezas

Las chabolas no consolidadas las emplearán únicamente los concesionarios hasta la jubilación y si cumplen el número mínimo de rebaño. En este caso no se admitirán sustituciones ni de familiares de primer grado.

Chabola Rebaño máximo

Astarte Goikoa 500 cabezas Etitzegi 500 cabezas Latosa 1 - Latosa 3 500 cabezas Lizarreta 500 cabezas Muitze (Egurral) - Zirigarate (Elutseta Azpikoa) - Urruzti (Oiduegi 3) - Txutxuta Behekoa 500 cabezas Intzentsaro 3 (Arraztazaran) - Pagabe 1 (Enirio) - Pagabe 2 (Goroskintxu) - Pardeluts 3 (Beaskin 2) -

7. La recalificación del suelo hacia Suelo Urbano o Urbanizable en la Zona de Campiña no precisará de la modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Aralar. La recalificación que afecte a otras zonas precisará de la revisión total del Plan de Ordenación.

8. Todos los titulares de refugios situados en el interior del Parque deberán responsabilizarse de los desechos generados por los mismos, así como de las condiciones estéticas y de acondicionamiento al entorno; pudiéndoseles exigir durante el tiempo que la cesión de los mismos dure las obras necesarias para resolver las deficiencias que pudieran observarse.

9. Los usuarios de los refugios abiertos sitos en el Parque deberán responsabilizarse de los desechos generados por los mismos.

10. No se permitirá la nueva construcción ni el cambio de uso de ningún edificio con fines de uso público fuera de los expresamente promovidos por el Órgano Responsable de la Gestión del Parque.

11. El uso albergado por los refugios particulares no podrá en ningún caso suponer su consideración como uso residencial.

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Departamento para el Desarrollo del Medio Rural Gipuzkoako Foru Aldundia Diputación Foral de Gipuzkoa

4.2.8.1.3. Actuaciones

Necesarias

• Proceder a la mejora ambiental y paisajística del entorno de los refugios de Igaratza.

• Realizar un inventario exhaustivo de las edificaciones y ruinas existentes en el Parque Natural, con especial atención a las incluidas dentro de la Mancomunidad de Enirio-Aralar. Este inventario incluirá un estudio sistemático de Evaluación del estado y uso de las edificaciones e infraestructuras localizadas en el Parque, que permita determinar el grado

de integración paisajística al entorno y el uso que sustentan, con el fin de favorecer el control, mejora y mantenimiento de éstas de forma acorde con los objetivos del P.R.U.G. Este estudio deberá incidir especialmente sobre los propietarios, usuarios, derechos, concesiones, plazos y obligaciones de los refugios con el fin de definir y orientar su vocación de uso, procurando una utilización acorde a las necesidades del Parque.

• Establecer un Plan de Actuación respecto a las edificaciones existentes en el Parque

Natural, especialmente enfocado a las construcciones sitas en el interior de la Mancomunidad de Enirio-Aralar. Los fines principales de dicho Plan deben ser:

• Proceder a la recuperación estética de aquellas edificaciones situadas en la Mancomunidad de Enirio-Aralar, majadas fundamentalmente, que así lo precisen.

• Proceder a la demolición de aquellas edificaciones que, situadas en la Mancomunidad de Enirio-Aralar y siempre que se considere que no poseen valor patrimonial, hayan perdido su uso y supongan un impacto paisajístico.

• Se diseñarán mecanismos de incentivación, de cara a los particulares y otros agentes

ajenos al Parque que fomenten la aplicación de las condiciones de estilo establecidas en las Directrices y criterios de gestión.

Convenientes

• Adecuar alguna de las edificaciones existentes que permita dar cabida a un centro secundario de acogida e información en Abaltzisketa/Larraitz y Amezketa/San Martin.

4.2.8.2. Infraestructuras

4.2.8.2.1. Directrices y criterios de gestión

1. Mejorar y conservar la red viaria actual del Parque de forma que permita, durante el mayor periodo de tiempo y en las mejores condiciones posibles, el tránsito de los vehículos autorizados. Estos trabajos de mejora y conservación deberán ser particularmente intensos en la red principal, dado su carácter estratégico.

2. Limitar en las principales pistas del Parque la circulación de vehículos pesados en condiciones que pudieran dar lugar a daños importantes para la red viaria (días lluviosos, carga por eje excesiva…).

3. Regular el control de los vehículos a motor que acceden al área mediante la determinación y el acondicionamiento para el tránsito de los principales accesos de forma acorde con el uso y carácter de la zona.

4. Adoptar las directrices emanadas del Plan de Actuación (2002) adoptado por la Mancomunidad de Enirio-Aralar. Así, con un planteamiento a medio o largo plazo, se establece el objetivo de acercar el mayor número de parcelas a la red de accesos rodados.

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4.2.8.2.2. Regulaciones

1. El tránsito con vehículos a motor se encuentra regulado en al artículo 16 del P.O.R.N. del Parque Natural de Aralar. En virtud de la Norma 1 del citado artículo se clasifican los caminos y pistas del Parque Natural de Aralar del siguiente modo:

4.2.8.2.2.1. Vías de libre tránsito

Carreteras, calles de núcleos habitados y caminos de acceso a barrios y caseríos aislados.

4.2.8.2.2.2. Vías de tránsito autorizado

- Pista de acceso al embalse de Lareo desde Urkillaga (Ataun), hasta el límite de la Mancomunidad.

- Pista de acceso a Enirio desde San Martín (Ataun), hasta el límite de la Mancomunidad.

- Pista de acceso a Olako Zelaia desde Zaldibia, hasta el área recreativa.

- Pista de acceso al Monte Público de Amezketa, hasta Amarlekuta.

4.2.8.2.2.3. Vías de tránsito restringido

- Resto de pistas y caminos.

2. En los terrenos comprendidos en el interior de la Mancomunidad de Enirio-Aralar, el acceso a las pistas estará limitado a los pastores y a los servicios que la Mancomunidad estime necesarios.

3. En el interior de los terrenos de la Mancomunidad, las pistas de tránsito restringido a impulsar y a mantener en buenas condiciones serán:

- Ascenso desde Arrateta a Errekabeltza

- Acceso desde Guardetxe a Errenaga

- Ascenso desde Amezketa a la barrera de Ondarre

- Acceso desde el collado de Urkillaga a Lareo

4. Las tarjetas de autorización del uso de las pistas de tránsito restringido serán emitidas por la Mancomunidad y serán renovadas anualmente. Las tarjetas se deberán colocar visibles en el interior del vehículo para su identificación.

4.2.8.2.3. Actuaciones

4.2.8.2.3.1. Equipamiento

Urgentes

• Realizar el mantenimiento de la pista que sube de Arrateta a Errekabeltza.

• Establecer un calendario de actuación (a ejecutar de manera paulatina en un horizonte

superior a la vigencia del presente PRUG) para la prolongación de la red de caminos actual o la apertura de nuevas pistas y la reorganización de las chabolas en el interior de la Mancomunidad de Enirio-Aralar, de acuerdo al Plan de Actuación 2002.

• Instalación de señales disuasorias de uso rodado de las pistas y potenciadoras del uso peatonal de las mismas, informando de la localización del aparcamiento más cercano en, al menos, las siguientes localizaciones:

- Acceso a Igaratza desde la pista que nace en Guardetxe (Navarra)

- Pista hacia Lareo, en el Punto de Partida del alto de Urkillaga

- Pista hacia Enirio, en el inicio de la subida a los caseríos de Arrateta

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- Pista de Arkaka, en el Punto de Partida de la central

- Pista hacia el depósito de Arkaka, en el Punto de Partida de Olako Zelaia

- Pista hacia Amarlekuta, en la curva donde dicha pista enlaza con la carretera de acceso a la ermita de San Martín.

• Instalación de señales informativas, en los puntos que se consideren necesarias, que adviertan sobre el lugar adecuado para el estacionamiento de vehículos, corte de la vía, imposibilidad de estacionar el vehículo en otros espacios, etc. Estas señales deberán también informar sobre las limitaciones que existen en el Parque relativas a la circulación de bicicletas y vehículos a motor.

Necesarias

• Mantener en condiciones idóneas las pistas de acceso restringido de la Mancomunidad: Acceso desde Amezketa a la barrera de Ondarre

• Mejorar la pista que rodea la cuenca del arroyo Azpildegi, dado su mal estado actual y su gran interés para dar servicio a la zona del monte Aitzarte.

• Acondicionar un almacén en el entorno de Ariñate

• Acondicionar una chabola en el entorno de Oidui que cumpliría las funciones de almacén

• Arreglo de la pista que accede a Oidui

• Arreglo de la pista que accede a Intzensao y Esnaurreta a través de Jentilarri.

4.2.8.2.3.2. Servicios

Urgentes

• El Órgano Gestor del Parque mantendrá un registro de los usuarios de las pistas que permita establecer los vehículos y zonas de tránsito autorizado para los mismos.

Necesarias

• El Órgano Responsable de la Gestión del Parque controlará el acceso de vehículos al interior del Parque, procediendo a revisiones periódicas de su efectividad, principalmente a través de la vigilancia del estado de conservación de los cierres y del número de llaves disponibles entre los usuarios.

• Promover un servicio de tractor entre Ariñate y Arritzaga para el traslado de enseres y material con opción de llegar hasta Buruntzuzin (esta opción supone acondicionar el paso

sobre la regata).

Convenientes

• Realizar labores de seguimiento de los niveles de uso de los accesos y aparcamientos, que permita adaptar la gestión futura de estas infraestructuras a la demanda observada.

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5. CARTOGRAFIA

1. Hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43 con representación en el Parque Natural de Aralar

2. Hábitats de especies del Anexo II de la Directiva 92/43 y de la Directiva 79/409 con representación en el Parque Natural de Aralar

3. Distribución de las poblaciones de flora amenazada en el interior del Parque

4. Áreas de interés especial para el Desmán del Pirineo y el Visón europeo

5. Mapa orientativo de repoblaciones forestales a realizar en terrenos de la Mancomunidad de Enirio-Aralar

6. Localización de bosquetes de sumo interés para la fauna invertebrada