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MINISTERIO DE EDUCACIÓN Unidad de Gestión Educativa Local Jauja
Área de Gestión Pedagógica
“Año del Buen Servicio al Ciudadano”
UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – JAUJA
ÁREA DE GESTIÓN PEDAGÓGICA
2017
PLAN DE RECUPERACIÓN DE
HORAS LECTIVAS Y EFECTIVAS EN
LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
DE EDUCACIÓN BÁSICA.
UGEL JAUJA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Unidad de Gestión Educativa Local Jauja
Área de Gestión Pedagógica
I. FINALIDAD
La Unidad de Gestión Educativa de Educación Jauja mediante el presente Plan tiene por
finalidad garantizar el cumplimiento de las horas lectivas y efectivas en las II.EE. de nuestra
región. En tal sentido, es necesario disponer para el ámbito provincial las directrices pertinentes
para la implementación del Plan de Recuperación de las Horas Lectivas y Efectivas, que por
la paralización de las labores del personal docente se vieron afectadas en su normal
cumplimiento.
II. OBJETIVOS
2.1. OBJETIVO GENERAL
Implementar la recuperación de las horas lectivas y efectivas del año escolar 2017 en las
Instituciones Educativas de Educación Básica afectadas por la paralización de las labores
de los docentes.
2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Establecer las orientaciones y procedimientos para garantizar la recuperación de las
horas efectivas y lectivas en las instituciones educativas públicas de Educación Básica
en la Región Junín, con la participación de los actores educativos.
Determinar responsabilidades para la implementación y ejecución en cada instancia
educativa para el Monitoreo, Supervisión y Evaluación permanente del cumplimiento del
plan de recuperación de horas.
Propiciar estrategias de asistencia técnica, monitoreo y supervisión al personal de la
UGEL Jauja y directores de las instituciones educativas para la implementación y
ejecución del Plan de Recuperación de Horas Efectivas y Electivas del año escolar
2017.
III. ALCANCES
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica de la Provincia de Jauja:
Nivel Inicial.
Nivel Primaria
Nivel Secundaria.
PLAN DE RECUPERACIÓN DE HORAS LECTIVAS Y
EFECTIVAS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
DE EDUCACIÓN BÁSICA.
UGEL JAUJA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Unidad de Gestión Educativa Local Jauja
Área de Gestión Pedagógica
IV. BASE LEGAL
Constitución Política del Perú.
Ley N° 28044, Ley General de Educación y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 011-2012-
ED y sus respectivas modificatorias.
Ley N° 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como un servicio público
esencial.
Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 004-2013-
ED y sus modificatorias.
Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en
las instituciones educativas públicas y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 004-2006-ED.
Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas
y su Reglamento aprobado por D.S. N° 010-2012-ED.
D.S. N° 008-2006-ED, que aprueba los “Lineamientos para el Seguimiento y Control de la
Labor Efectiva del Trabajo Docente en las Instituciones Educativas Públicas”.
R.M. N° 451-2015-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar
Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria.
R.M. N° 627-2016-MINEDU, que aprueba las Normas y orientaciones para el desarrollo del
Año Escolar 2017 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica.
R.M. N° 644-2016-MINEDU, Normas y orientaciones para el desarrollo del Año Escolar
2017, en Instituciones Educativas y Programas de Educación Básica: Responsabilidades de
la DRE/GRE y las UGEL.
R.S.G. N° 008-2016-MINEDU, que aprueba “Norma que establece disposiciones para el
Acompañamiento Pedagógico en la Educación Básica” y su modificatoria R.S.G. N° 008-
2017-MINEDU.
R.M. N° 470-2017-MINEDU, Aprueban “Plan de Implementación de las Acciones Priorizadas
para la revalorización docente del Ministerio de Educación, a ejecutarse durante el 2017”.
D.U. N° 012-2017, “Dictan medidas extraordinarias para el restablecimiento del servicio
educativo a nivel nacional”.
R.D. 1910-2017-DREJ : “Plan de Recuperación de horas lectivas y efectivas en las
Instituciones Educativas de educación Básica en el ámbito de la Dirección Regional de
Educación Junín ”
V. DISPOSICIONES G E N E R AL E S
5.1. La UGEL Jauja hará público su Plan de Recuperación de Horas Efectivas y Lectivas en
el portal web https://ugeljauja.wordpress.com/ , lo cual es de cumplimiento obligatorio
por parte de la Unidad de Gestión Educativa Local Jauja y las Instituciones Educativas
Públicas del ámbito de la Provincia de Jauja.
5.2. Las UGEL Jauja, garantizará el proceso de monitoreo del cumplimiento de la recuperación
de las horas efectivas y lectivas, las acciones de asistencia técnica y la recalendarización
del Plan de Monitoreo y Acompañamiento a las II.EE.
5.3. Las Instituciones Educativas Públicas del ámbito de la Provincia de Jauja cumplirán con
las horas lectivas mínimas, que a continuación se indican:
Nivel Inicial
Servicio educativo no escolarizado : 640 horas
Servicio educativo escolarizado : 900 horas
Nivel Primaria : 1100 horas
Nivel secundario JER : 1200 horas.
Nivel Secundario JEC : 1600 horas.
EBA : 950 horas.
EBE : 1100 horas.
CETPRO : 1200 horas.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Unidad de Gestión Educativa Local Jauja
Área de Gestión Pedagógica
Con la participación concertada de los miembros de los Comités de Aula, Directivos de
los padres de familia y el CONEI, se reformularán la calendarización del año escolar 2017
(Recalendarización).
VI. DISPOSICIONES E S P E C Í F I C A S
PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS:
6.1. Los directivos de las instituciones educativas elevarán la recalendarización a la UGEL
Jauja.
6.2. Los directivos de las Instituciones Educativas, son los responsables de identificar el
número de horas lectivas suspendidas a la fecha de inicio/reinicio de labores del
personal docente.
6.3. Los directivos informarán a los padres de familia y estudiantes el cronograma de
recuperación en concordancia al presente Plan de Recuperación de Horas Lectivas y
Efectivas de la UGEL Jauja.
6.4. En el ámbito de la UGEL Jauja la recuperación de las horas efectivas se realizará
únicamente los días sábados y los días feriados. Queda prohibido la recuperación con
horarios extendidos.
6.5. La recuperación de las horas lectivas iniciará con el horario de clases del primer día de
la paralización docente y así sucesivamente con los días de la semana.
6.6. La formulación y aprobación del cronograma de recuperación de las horas lectivas y
efectivas estará a cargo del Equipo Directivos, Coordinadores de Grado/Ciclo, Miembros
del CONEI y representantes de la APAFA, considerando lo dispuesto en el presente
Plan de Recuperación.
6.7. Cada Institución Educativa debe elaborar el cronograma de recuperación, de acuerdo al
formato del Anexo 1. La misma que debe ser remitido a la UGEL Jauja.
6.8. Establecer mecanismos de comunicación oportuna y sensibilización a estudiantes y
Padres de Familia sobre la asistencia obligatoria a las jornadas de recuperación
pedagógica.
6.9. Durante las jornadas de recuperación pedagógica, los docentes deben promover el
desarrollo de aprendizajes según la programación curricular de aula, en ningún caso
debe programarse actividades extracurriculares (sin planificación curricular y que no
generen aprendizaje).
6.10. Quedan prohibidos la celebración de aniversarios de las instituciones educativas,
paseos, excursiones, desfiles, comparsas y otras celebraciones.
6.11. Los Directores de las Instituciones Educativas Públicas son los responsables de
garantizar el estricto cumplimiento del cronograma de recuperación de las horas lectivas
y efectivas con la asistencia del 100% de estudiantes, docentes, auxiliares de
educación, acompañantes pedagógicos, administrativos, programas educativos y
personal CAS (JEC); y el desarrollo de actividades netamente pedagógicas que
propicien el logro de los aprendizajes según la programación curricular anual.
6.12. El Director, personal jerárquico y docentes designados para el monitoreo deberán
reestructurar su cronograma del Plan de Monitoreo Pedagógico, así como brindar el
asesoramiento pedagógico a cada docente sobre la recuperación de clases. 6.13. La clausura del año escolar 2017 en las diferentes II.EE. de la UGEL Jauja, será hasta
el 29 de enero del 2018.
6.14. Las IIEE que no suspendieron las labores escolares, podrán clausurar el año escolar de
acuerdo a su calendarización inicialmente aprobada.
PARA LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL JAUJA:
6.15. La UGEL Jauja es la encargada de hacer cumplir las horas lectivas y efectivas de las
Instituciones Educativas de su ámbito, teniendo como prioridad la asistencia de los
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Área de Gestión Pedagógica
estudiantes, docentes y demás actores educativos, así como brindar las orientaciones
técnicas y pedagógicas correspondientes formuladas en el plan de recuperación.
6.16. La UGEL Jauja es la responsable de monitorear, sistematizar y consolidar la información
con respecto al estricto cumplimiento de las horas lectivas y efectivas para la
recuperación de las labores escolares y remitirlas a la DRE Junín. Esta información será
presentada a una semana posterior al inicio de la ejecución del plan de recuperación de
horas efectivas.
6.17. La UGEL Jauja, considera como días no laborados por la paralización de los profesores
de acuerdo al siguiente cuadro:
DÍAS DE PARALIZACIÓN DE LOS PROFESORES
UGEL JAUJA
JULIO 2017
Lunes 10 Martes 11 Miércoles 12 Jueves 13 Viernes 14 Sábado 15 Domingo 16
Día 01 Día 02 Día 03 Lunes 17 Martes 18 Miércoles 19 Jueves 20 Viernes 21 Sábado 22 Domingo 23
Día 04 Día 05 Día 06 Día 07 Día 08 Lunes 24 Martes 25 Miércoles 26 Jueves 27 Viernes 28 Sábado 29 Domingo 30
VACACIONES DE LOS ESTUDIANTES
AGOSTO 2017
Martes 01 Miércoles 02 Jueves 03 Viernes 04 Sábado 05 Domingo 06
VACACIONES DE LOS ESTUDIANTES
Lunes 07 Martes 08 Miércoles 09 Jueves 10 Viernes 11 Sábado 12 Domingo 13
Día 09 Día 10 Día 11 Día 12 Día 13 Lunes 14 Martes 15 Miércoles 16 Jueves 17 Viernes 18 Sábado 19 Domingo 20
Día 14 Día 15 Día 16 Día 17 Día 18 Lunes 21 Martes 22 Miércoles 23 Jueves 24 Viernes 25 Sábado 26 Domingo 27
Día 19 Día 20 Día 21 Día 22 Día 23 Lunes 28 Martes 29 Miércoles 30 Jueves 31
Día 24 Día 25 FERIADO Día 26 SETIEMBRE 2017
Viernes 01 Sábado 02 Domingo 03
Día 27 Lunes 04 Martes 05 Miércoles 06 Jueves 07 Viernes 08 Sábado 09 Domingo 10
Día 28
HORAS A RECUPERAR POR NIVEL
NIVEL EDUCATIVO HORAS
EFECTIVAS (RV N° 627-
2016)
CARGA HORARIA POR DÍA
DIAS NO LABORADOS POR
HUELGA Inicio: 7/08/2017
Hasta: 31/08/2017
HORAS POR RECUPERAR
Educación Inicial 900 5 horas
28 días
140 horas
Educación Primaria 1100 6 horas 168 horas
Educación
Secundaria
JER 1200 7 horas 196 horas
JEC 1600 9 horas 252 horas
EBA Ciclo
Inicial/
Intermedio
950 5 horas 140 horas
Ciclo/
Avanzado
950 5 horas 140 horas
EBE Ciclo
Inicial
1100 6 horas 168 horas
Ciclo 1100 6 horas 168 horas
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Unidad de Gestión Educativa Local Jauja
Área de Gestión Pedagógica
PROCESO DE RECUPERACIÓN
PROPUESTA UGEL JAUJA
CON SÁBADOS Y FERIADOS
FECHAS CANTIDAD DE DÍAS
HÁBILES
2017
09 de setiembre Día 01
16 de setiembre Día 02
23 de setiembre Día 03
30 de setiembre Día 04
7 de octubre Día 05
14 de octubre Día 06
21 de octubre Día 07
28 de octubre Día 08
4 de noviembre Día 09
11 de noviembre Día 10
18 de noviembre Día 11
25 de noviembre Día 12
2 de diciembre Día 13
8 de diciembre Día 14
9 de diciembre Día 15
16 de diciembre Día 16
23 de diciembre Día 17
26 de diciembre Día 18
27 de diciembre Día 19
28 de diciembre Día 20
29 de diciembre Día 21
30 de diciembre Día 22
2018
3 de enero Día 23
4 de enero Día 24
5 de enero Día 25
6 de enero Día 26
8 de enero Día 27
9 de enero Día 28
TOTAL 28 DÍAS HÁBILES
TRABAJO COLEGIADO
10 de enero *TPEDDDFDAYLP2018
11 de enero *TPEDDDFDAYLP2018
12 de enero *TPEDDDFDAYLP2018
13 de enero Inicio de Clausuras
Los Directores de las IIEE, deberán de prever días de *TRABAJO PARA LA
ELABORACIÓN DE DOCUMENTOS DE FIN DE AÑO Y LA PLANIFICACIÓN 2018” (*TPEDDDFDAYLP2018).
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Unidad de Gestión Educativa Local Jauja
Área de Gestión Pedagógica
VII. DISPOSICIONES PEDAGÓGICAS PARA LA RECUPERACIÓN DE SESIONES DE
APRENDIZAJE
7.1. El presente Plan considera los Principios Psicopedagógicos de los estudiantes:
Principio de construcción de los propios aprendizajes, Principio de necesidad del
desarrollo de la comunicación y el acompañamiento en los aprendizajes, Principio de
significatividad de los aprendizajes, Principio de organización de los aprendizajes,
Principio de integralidad de los aprendizajes y Principio de evaluación de los aprendizajes.
Por lo que no se pueden saturar a los estudiantes con tareas. Queda prohibido el uso
excesivo de copias.
7.2. Elaborar Unidades Didácticas y Sesiones de Aprendizaje, con apoyo del equipo directivos
de las II.EE. y acompañantes de las diferentes intervenciones, priorizando la secuencia
de los Cuadernos de Trabajo y textos del MINEDU.
VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
8.1. El Director de la l.E. actualizará el PAT según la recalendarización e informará a la UGEL
Jauja, el reinicio de las labores escolares de manera oportuna. Además, informará
mensualmente a la UGEL Jauja el avance de las actividades, así como la asistencia del
personal a su cargo, bajo responsabilidad funcional y administrativa.
8.2. El equipo directivo de las IIEE, es el encargado de garantizar las condiciones adecuadas
para el normal desarrollo del aprendizaje.
8.3. La UGEL Jauja, realizará la asistencia técnica y el monitoreo de las actividades
programadas en las horas de recuperación, para luego informar a la DRE Junín de su
ejecución.
8.4. En las Instituciones Educativas el CONEI será responsable de apoyar y verificar el
cumplimiento de lo dispuesto en el presente documento, de ser necesario informará a la
UGEL Jauja las irregularidades que se pudieran detectar, a fin de que esta tome las
acciones administrativas correspondientes.
8.5. Los docentes, por ningún motivo deben recargar las tareas escolares o el desarrollo de
cuadernos de trabajo fuera de la Institución Educativa como pretexto para la recuperación
pedagógica.
8.6. La recuperación de las jornadas laborales por día de suspensión incluye al personal
directivo, jerárquico, auxiliares de educación, administrativo, de servicio, personal CAS,
personal de PRONOEI y acompañantes pedagógicos; garantizando de esta manera el
servicio educativo en la recuperación de clases de los estudiantes.
8.7. La recuperación de las clases, no deben interferir con los concursos nacionales
establecidos en la R.M. Nº 627-2016-MINEDU.
8.8. Los aspectos no previstos en el presente documento serán resueltos en la UGEL Jauja
por el Área de Gestión Pedagógica, Área de Gestión Institucional y el Área de Asesoría
Jurídica, en coordinación con la Dirección de Gestión Pedagógica de la DRE Junín.
8.9. Los talleres programados por los diferentes programas e intervenciones, no deben
perjudicar el normal desarrollo de las sesiones de aprendizaje, por lo que no se
suspenderán las labores escolares, para desarrollar los mencionados talleres. Es así que
los acompañantes, deben ejecutar GIAS o MICROTALLERES en cada IIEE, en horario
alterno.
Jauja, setiembre de 2017.
ORIGINAL FIRMADO
Lic. DENNIS RAÚL MUCHA MONTOYA
JEFE DEL ÁREA DE GESTIÓN PEDAGÓGICA