Patricia ozuna

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INTERCONTINENTAL (UTIC) FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y DERECHOS HUMANOS PROFESORA: Abog. SILVIA RODRIGUEZ INTEGRANTES: MIRIAM FERREIRA PATRICIA OZUNA CURSO: 3RO TURNO: NOCHE

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INTERCONTINENTAL (UTIC)

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y DERECHOS HUMANOS

PROFESORA: Abog. SILVIA RODRIGUEZ

INTEGRANTES:

MIRIAM FERREIRA

PATRICIA OZUNA

CURSO: 3RO TURNO: NOCHE

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En Roma los Tratados puede clasificar en:

AMICTIA: por el cual garantizaba al extranjero que su vida y sus

bienes serian respetados al tiempo que este se comprometa a no

ayudar a los enemigos de Roma.

HOSPITUM PUBLICUS: establecía mayores garantías,

hospitalidad publica y tutela jurídica en el ámbito del derecho

privado.

FOEDUS: considerado la forma más perfecta y evolucionada,

establecía una unión entre los Signatarios con el fin de crear un

Estado de Paz Permanente.

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La total conquista del país enemigo;

Con su anexión al Imperio, con la promulgación de una lex provinciae, o por un

tratado de Paz, con arreglo al derecho civil y formulas religiosas. El cual fue utilizado

más bien en la Republica.

En la época Imperial era típico el Tratado de Sumisión (Dedito), en el cual por medio

de un sistema formal siguiendo el modelo de la stipulatio, el representante romano

planteaba ciertas cuestiones sobre el poder del delegado y la libertad de disposición

a los vencidos, y al recibir una respuesta satisfactoria les preguntaba

si su nación estaba dispuesta a someterse en

personas y bienes a los romanos, si la

respuesta era positiva, el representante

romano declaraba la aceptación de la deditio

en el respectivo tratado en nombre del pueblo

romano.

Con ello conseguía la parte que se sometía una

franca oportunidad de trato indulgente aunque sin

derecho a exigirlo.

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Con el fin de proteger sus fronteras de Germanos y Partos,

Roma mediante “Amistades y Alianzas” fue anexando

estados amigos y aliados de poblaciones barbarás situados

en sus límites, fortaleciendo esta relación de dependencia

por medio del pago de unos subsidios y la concesión de

títulos, así se fue formando el anillo de los Estados Clientes.

Estos Aliados tenían la misión de atajar los ataques de los

enemigos, economizando así las tropas Imperiales. Por

Derecho, eran Estados Aliados, y de Hecho, Auxiliares

Dependientes, una conjunción de Derecho político e

Internacional.

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Las guerras podían ser iniciadas por el Estado o por particulares.

En este último caso de iniciarse por particulares la guerra podía

evitarse, con la institución de la extradición, el que se producía

cuando la familia o su propio Estado remitían al vencedor, la

persona solicitada, con lo cual concluía la guerra.

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El arbitraje fue un recurso común en Grecia, durante el dominio

macedónico y el romano, con frecuencia. El Rey de Macedonia en

los Estados Griegos, y el Senado Romano, respectivamente fueron

árbitros en contiendas entre Estados Extranjeros, y los

responsables en solucionar las cuestiones suscitadas.

Más tarde, el arbitraje ya no sirvió como medio para detener una

guerra entre pueblos griegos, era una especie de instrumento

administrativo en manos de Macedonia o Roma.

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La adquisición de influencia política permitió a Roma intervenir en

todas partes como árbitro, imponiéndose en el mundo

mediterráneo, custodiando la Paz mediante esa intervención. El

manejo del arbitraje fue el instrumento por el cual Roma decidió el

destino de los otros pueblos, mientras la soberanía de los mismos

le era formalmente reconocida.

Con el transcurrir del tiempo, iba acrecentándose la influencia

romana, hasta llegar a la incorporación efectiva del respectivo

territorio al Imperio Romano, en calidad de Provincia. De esta

manera, las relaciones de derecho internacional pasaban a ser

jurídico internas. Por todo ello, el Laudo arbitral romano es

considerado como un factor del progreso de su dominación.

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Roma logro el dominio del mundo antiguo a través de la guerra, yque además constituía un medio de mantener ocupado a la plebe,razón la cual el Senado siempre encontraba un motivo de guerra yuna causa para declararla. No obstante, una contienda no seconsideraba justa si no se cumplían las formalidades religiosaspreestablecidas.

Este ritual consistía en que un enviado Fecial, cubierto con un velode lana, se trasladaba hasta la frontera del país que había ofendidoa Roma, lugar donde exponía las quejas y reclamos, requiriendoreparaciones. Si estas no se cumplían en el acto, el enviadoretornaba, comunicando al Senado de lo acontecido. Este organismoromano, daba un plazo de días para que los reclamos seansatisfechos.

Vencido el plazo y con el acuerdo y voto del Senado, se declaraba laguerra, entonces el fecial volvía a la frontera y arrojaba una lanzaensangrentada en el territorio considerado desde ese momentocomo enemigo, pronunciando una formula y desgraciada, por lotanto no gozaba del favor de los dioses. solemne. Si no se cumplíanestos rituales y solemnidades, la guerra se consideraba injusta

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Los feciales tenían al mismo tiempo funciones religiosas, políticas yjudiciales. Sus funciones consistían sobre todo, en velar por laobservancia de las normas de “derecho internacional”. Los fecialescomenzaron por perder su importancia en la declaración de guerracon el ensanchamiento de las fronteras de Roma y fueronsustituidos por miembros del senado. Al fin de la republica, laceremonia que ellos practicaban en la frontera del Estado enemigopasa a ser realizada en la plaza en frente al templo de Belona laDiosa de la Guerra. Los feciales ya no existían al final del siglo III dela era cristiana. Si se declaraba la guerra ya no podía ser justa ypiadosa: Bellum justum et plum.

En realidad la formula de la doctrina de la Guerra Justa constituyelamas destacada contribución de Roma a la Historia del DerechoInternacional.

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La propia PAX ROMANA (Pax = Pacto ) era considerada como una

paz impuesta al país conquistado, puesto que no había igualdad

entre Roma y los Estados que con ella contrataban.

Las relaciones pacificas con Estados extranjeros solo eran posibles

sobre la base de una convención. Con el transcurrir del tiempo, fue

afianzándose la teoría de que únicamente la tranquilidad general de

la Pax Romana proporcionaría la seguridad jurídica y el desarrollo

de los pueblos, todos bajo el mando del imperio universal Romano.

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El extranjero, como en la mayoría de los pueblos antiguos, era

considerado enemigo. Esta posición acarreaba que durante la

guerra los enemigos y todos sus bienes no tenían ninguna tutela.

Esta práctica entretanto, fue atenuada con la admisión del Principio

de la inviolabilidad de los Prisioneros de guerra.

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En la época Imperial romana trajo consigo un cambio importante de

los fundamentos ideológicos del derecho internacional, con la

penetración de la cultura helenística y la filosofía estoica, llega a los

romanos la idea del Derecho Natural, como derecho anterior y fuera

del establecido por la ley, conforme a la equidad (aequitas) natural y

racional el cual estaba expresado en el derecho común de los

pueblos (Jus gentium).

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Es la actitud justa y recta que presupone en los que obran así, que

van a cumplir las prestaciones estipuladas.

Es un requisito indispensable en la posesión para que produzca

efectos adquisitivos de la propiedad; así como en los negocios

jurídicos.

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El Estado Romano era considerado como una entidad superior,

respecto a los demás.

Dicha superioridad era aun mayor con relación con los pueblos

conquistados.

Por lo tanto, los conquistados debían someterse a la Legislación y

Autoridades Romanas.

Los ideales de la Pax Romana, de la aequitas, de las fides y del jus

gentium, fueron también el legado más valioso que el término de su

evolución había de transmitir el derecho romano al naciente

Occidente cristiano.

Otro aporte lo constituye la tajante separa

ción entre el Derecho Público y Privado, y la

idea propiamente dicha de la supremacía

del Estado.

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